PROYECTO PEDAGOGICO DE SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO ...

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PROYECTO PEDAGOGICO DE SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO ESTUDIANTIL DE LA INSTITUCION EDUCATIA PEDRO PABLO BELLO FORMANDO CIUDADANOS QUE CONTRIBUYAN AL MEJORAMIENTO DE LA SOCIEDAD Y SU ENTORNO” MARIA SOCORRO MORALES ARBELAEZ INSTITUCION EDUCATIVA PEDRO PABLO BELLO LA VIRGINIA (RDA) 2021

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PROYECTO PEDAGOGICO DE SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO ESTUDIANTIL

DE LA INSTITUCION EDUCATIA PEDRO PABLO BELLO

FORMANDO CIUDADANOS QUE CONTRIBUYAN AL MEJORAMIENTO DE LA

SOCIEDAD Y SU ENTORNO”

MARIA SOCORRO MORALES ARBELAEZ

INSTITUCION EDUCATIVA PEDRO PABLO BELLO

LA VIRGINIA (RDA) 2021

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CARACTERIZACIÓN: En la ejecución del presente proyecto se desarrollará de

conformidad con lo establecido por la Ley 115 de 1994 en su artículo 97, por el Decreto

1860 en su artículo 39 y la resolución 4210 de 1996; artículos 1 a 7, donde se establece

que es obligación de los estudiantes de educación media durante los grados 10 y 11,

prestar el servicio social obligatorio estudiantil; siendo este un elemento más del

proceso educativo, que busca integrar al estudiante a la vida comunitaria y desarrollar

en el educando distintos valores como la solidaridad, la participación, la protección y

conservación del medio ambiente, la dignidad, el sentido del trabajo y del tiempo libre,

integrarlo a la vida comunitaria, con el fin de contribuir a su formación social y cultural a

través de proyectos pedagógicos, y como requisito indispensable para optar por el

título de bachiller.

JUSTIFICACIÓN: En la Institución Educativa PEDRO PABLO BELLO se instituye el

servicio social obligatorio, como un espacio de formación en donde el educando tiene la

posibilidad de proyectar su ser y su saber hacer, interactuando con su medio y la

comunidad de la cual hace parte, aplicando los conocimientos, habilidades y

competencias desarrolladas en su proceso de formación integral y así mejoren su

proyecto de vida.

En Colombia el Ministerio de Educación Nacional exige un mínimo de 80 horas y

máximo de 140 horas de servicio social, según la resolución 4210 de 1996, para que los

estudiantes puedan optar por el título de bachiller, razón por la que los educandos de

LA INSTITUCION EDUCATIVA PEDRO PABLO BELLO de manera voluntaria deciden

en cuál de las actividades establecidas en las líneas de acción, participarán para dar

cumplimiento con el servicio social, contribuyendo de esta manera a solucionar

problemáticas de la comunidad e institución educativa, como es impulsar el cuidado y el

mejoramiento del medio ambiente, específicamente del entorno social donde se ubica la

institución, utilizar y promover actividades de aprovechamiento del tiempo libre y apoyar

actividades institucionales que contribuyan al desarrollo de los objetivos definidos en el

Proyecto Educativo Institucional.

1. MARCO TEÓRICO:

Según la resolución 4210 del 12 de Septiembre de 1996, El Servicio Social

Estudiantil Obligatorio es una disposición del gobierno para cumplir el propósito

fundamental de integrar al educando del nivel de educación media académica a la

vida comunitaria, con el fin de contribuir a su formación social y cultural, a través de

proyectos pedagógicos tendientes al desarrollo de valores, especialmente, la

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solidaridad, la participación, protección, conservación y mejoramiento del ambiente y

la dignidad y sentido del trabajo y del tiempo libre. El servicio social estudiantil

obligatorio hace parte integral del currículo y por ende del proyecto educativo

institucional de la institución. Como tal, es adoptado en los términos establecidos en

los artículos 15º y 37º del Decreto 1860 de 1994. En el reglamento o manual de

convivencia se establece expresamente los criterios y las reglas específicas que

deberán atender los educandos, así como las obligaciones del establecimiento

educativo, en relación con la prestación del servicio. El propósito principal del

servicio social estudiantil obligatorio establecido en el artículo 39º del Decreto 1860

de 1994, se desarrolla dentro del proyecto educativo institucional, de tal manera que

se atienden debidamente los siguientes objetivos generales: 1. Sensibilizar al

educando frente a las necesidades, intereses, problemas y potencialidades de la

comunidad, para que adquiera y desarrolle compromisos y actitudes en relación con

el mejoramiento de la misma. 2. Contribuir al desarrollo de la solidaridad, la

tolerancia, la cooperación, el respeto a los demás, la responsabilidad y el

compromiso con su entorno social.

3. Promover acciones educativas orientadas a la construcción de un espíritu de

servicio para el mejoramiento permanente de la comunidad y a la prevención integral

de problemas socialmente relevantes. 4. Promover la aplicación de conocimientos y

habilidades logrados en áreas obligatorias y optativas definidas en el plan de

estudios que favorezcan el desarrollo social y cultural de las comunidades. 5.

Fomentar la práctica del trabajo y del aprovechamiento del tiempo libre, como

derechos que permiten la dignificación de la persona y el mejoramiento de su nivel

de vida. Con el fin de facilitar la determinación de los objetivos específicos, los

temas, las actividades, los procedimientos que se estructuran y organizan para la

prestación del servicio social estudiantil obligatorio, al adoptar o modificar el

proyecto educativo institucional, se tienen en cuenta los siguientes criterios:

1. El servicio social estudiantil permite la relación y correlación del desempeño

académico de los estudiantes en las distintas áreas del conocimiento y de la

formación, con su desarrollo personal y social.

2. Los proyectos pedagógicos del servicio social estudiantil que se adoptan en el

plan de estudios, son integrales y continuos, esto es, brindan una sistemática y

efectiva atención a los grupos poblacionales, beneficiarias de este servicio.

3. Los proyectos pedagógicos del servicio constituyen un medio para articular las

acciones educativas del establecimiento con las expresiones culturales locales,

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satisfacen necesidades de desarrollo comunitario e integran acciones adelantadas

por otras organizaciones sociales, en favor de la comunidad

4. El servicio social atiende, prioritariamente, necesidades educativas, culturales,

sociales y de aprovechamiento de tiempo libre, identificadas en la comunidad del

área de influencia del establecimiento educativo, tales como la alfabetización, la

promoción y preservación de la salud, la educación ambiental, la educación

ciudadana, la organización de grupos juveniles y de prevención de factores

socialmente relevantes, la recreación dirigida y el fomento de actividades físicas,

prácticas e intelectuales. El plan de estudios del establecimiento educativo programa

una intensidad mínima de ochenta (80) horas de prestación del servicio social

estudiantil obligatorio en un proyecto pedagógico, durante el tiempo de formación en

los grados 10º y 11º de la educación media, de acuerdo con lo que establece el

proyecto educativo institucional, atendiendo a las disposiciones del Decreto 1860 de

1994. Esta intensidad se cumplirá de manera adicional al tiempo prescrito para las

actividades pedagógicas y para las actividades lúdicas, culturales, deportivas y

sociales de contenido educativo, ordenadas en el artículo 57º del Decreto 1860 de

1994.

MARCO LEGAL:

La prestación del servicio social obligatorio está enmarcada en su parte legal bajo las

siguientes normas:

LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, LEY 115 DE 1994, concibe el servicio social

estudiantil obligatorio como componente curricular exigido para la formación integral del

estudiante en los distintos niveles y ciclos de la educación formal y así construir un

programa que contribuya a la construcción de su identidad cultural, nacional y local,

permitiendo el desarrollo del proceso educativo de los educandos no solo en el

establecimiento educativo sino también en el contexto familiar, en el ambiente y en la

sociedad.

En el artículo 30, en el numeral F, dice que el fomento de la conciencia y la participación

responsables del educando en acciones cívicas y de servicio social.

En el artículo 97, se establece que los estudiantes de educación media prestarán un

servicio social obligatorio durante los dos grados de estudios, de acuerdo con la

reglamentación que expida el Gobierno Nacional.

En el artículo 204- Literal A, establece que la educación ambiental es un elemento

principal para la prestación del servicio social obligatorio, y el aprovechamiento del

tiempo libre, teniendo en cuenta que “La educación en el ambiente es aquella que se

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practica en los espacios pedagógicos diferentes a los familiares y escolares mediante la

utilización del tiempo libre de los educandos, y uno de los objetivos es enseñar la

utilización constructiva del tiempo libre para el perfeccionamiento personal y el servicio

a la comunidad”.

DECRETETO 1860 DE 1994, en su artículo 39 dice que el servicio social que prestan

los estudiantes de la educación media tiene el propósito principal de integrarse a la

comunidad para contribuir a su mejoramiento social, cultural y económico, colaborando

en los proyectos y trabajos que lleva a cabo y desarrollar valores de solidaridad y

conocimiento del educando respecto a su entorno social.

En el artículo 59, dice que los establecimientos educativos según su propio proyecto

educativo institucional, adelantarán actividades dirigidas a la comunidad educativa y a la

vecindad, en las horas que diariamente queden disponibles despuéss de cumplir la

jornada escolar. Se dará prelación a las siguientes actividades: proyectos de trabajo con

la comunidad dentro del servicio social estudiantil.

RESOLUCIÖN 4210 DE1996, establece reglas generales para la organización y el

funcionamiento del servicio social estudiantil obligatorio.

SISTEMA INSTITUCIONAL DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES SIEE,

establece en el artículo 14, que los estudiantes que culminen la Educación Media en la

INSTITUCIÓN EDUCATIVA PEDRO PABLO BELLO, deben haber prestado el Servicio

Social Estudiantil Obligatorio a cabalidad, para poderse promocionar como bachilleres.

Orientaciones para desarrollar el Servicio Social Estudiantil Obligatorio en el marco de

la emergencia sanitaria por COVID – 19

Con base en las estrategias de apoyo al aprendizaje enunciadas en la Circular No.19

(14 de marzo del 2020) y las orientaciones para el desarrollo de procesos de planeación

pedagógica y trabajo académico en casa enunciadas en la Circular No. 21 (17 de marzo

de 2020), el Ministerio de Educación Nacional propone las siguientes orientaciones

pedagógicas y operativas para la realización del Servicio Social Estudiantil Obligatorio

(SSEO) que se articulan con las estrategias de trabajo académico en casa o según el

esquema de alternancia que se defina, buscando flexibilizar la metodología y productos

realizados por los estudiantes, en el marco de los mínimos exigidos en la Resolución

No. 4210 de 1996. Estas orientaciones facilitan a los estudiantes de grado 11º el

cumplimiento del SSEO como requisito de grado.

Según lo dispuesto en la Ley 115 de 1994, el artículo 2.3.3.1.6.4 del Decreto 1075 de

2015 y la Resolución No. 4210 de 1996, cada establecimiento educativo en su Proyecto

Educativo Institucional tiene la autonomía para definir los temas y objetivos del SSEO.

La situación actual brinda entonces, la oportunidad de revisar el enfoque y las

actividades de este espacio de trabajo y ajustarlas a las posibilidades de movilidad e

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interacción que tienen los estudiantes en cada uno de sus entornos, garantizando las

condiciones de seguridad sanitaria, para ello se propone que los estudiantes que deban

culminar su sseo en el año 2021, desarrollen un proyecto en casa o según el

esquema de alternancia que se defina, monitoreado por un educador.

El proyecto puede tener como alcance o puede ir hasta la implementación de algunas

actividades en el entorno mas cercano del estudiante, dependiendo de las condiciones

en territoriales en el marco de la emergencia sanitaria.

2. OBJETIVOS – PROPÓSITOS Y METAS

2.1. OBJETIVOS GENERALES: Integrar al educando a la vida comunitaria con el fin

de contribuir a su formación social, familiar y cultural a través de actividades que

forman parte de los proyectos pedagógicos de la institución para suscitar la

aplicación de conocimientos y habilidades alcanzadas por ellos en las diferentes

áreas del saber.

2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS:

2.2.1. Sensibilizar a los estudiantes frente a las necesidades intereses,

problemas y potencialidades de la comunidad educativa, para que adquiera

y desarrolle compromisos y actitudes en relación con el mejoramiento de la

misma.

2.2.2. contribuir con el desarrollo de la solidaridad, tolerancia, la cooperación, el

respeto a los demás, la responsabilidad y el compromiso con su entorno

social y familiar

2.2.3. Crear en el estudiante sentido de organización y manejo del tiempo libre

en la ejecución del proyecto

2.2.4. Fomentar en el estudiante el liderazgo frente a actividades de

participación democrática en la comunidad educativa.

3. PROPÓSITOS:

Este proyecto se desarrolla según lo establecido por la Ley 115 de 1994, artículo 97,

resolución 4210 de 1996; artículos 1 a 7 y los parágrafos establecidos por la Ley.

Tiene el propósito de integrar al educando de educación media académica a la vida

comunitaria, con el fin de contribuir a su formación social y cultural a través de

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proyectos pedagógicos tendientes al desarrollo de valores, especialmente solidaridad,

participación, protección y conservación del medio ambiente, dignidad, sentido del

trabajo y del tiempo libre.

4. METAS:

Integrar al mes de abril de 2021, al 100% de los estudiantes de grado 10 y 11 del nivel

de Educación Media en las actividades del Proyecto de Servicio Social Estudiantil

Obligatorio, de acuerdo a sus intereses de servicio y ajustándose a las limitantes

generadas por la nueva situación de pandemia por COVID – 19, de acuerdo con

orientaciones emanadas del Ministerio de Educación Nacional.

Ejecutar a diciembre de 2021, el 100% de las actividades propuestas en los espacios

adecuados y tiempos definidos.

Desarrollar el sentido de pertenencia institucional.

5. DESTINATARIOS O BENEFICIARIOS

Toda la comunidad educativa del barrio Pedro Pablo Bello, Los Libertadores, y las

zonas rurales del Aguacate y Las Palmas. Las responsabilidades del control

corresponden en integración con todas las áreas del saber y con todos los proyectos

pedagógicos; y el proceso de ejecución corresponde al cuerpo de docentes.

6. PRODUCTOS Y/O RESULTADOS ESPERADOS

Artículo 7° Resolución 4210 de 1996. Requisitos para la aprobación del Servicio

Social Estudiantil Obligatorio.

Atender de manera efectiva las actividades del proyecto asignado.

Cumplir con la intensidad horaria definida para el proyecto social obligatorio, requisito

indispensable para obtener título de bachiller, artículo 88 y 97 de la ley 115 de 1994,

artículo 11 del decreto 1860 de 1994.

CERTIFICACIÓN

A cada estudiante que cumpla con la intensidad horaria y con las actividades

pedagógicas asignadas se le entregará una constancia de terminación a satisfacción

del servicio social estudiantil obligatorio debidamente firmada por el rector y

coordinador(a).

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LINEAS DE ACCION

LINEA DE

PROYECCIÓN

SOCIAL

LUGAR ASESOR

ACOMPAÑANTE

RESPONSABLE

DE EVALUACION

Apoyo al proyecto

pedagógico club de

LECTURA en casa

Modalidad no

presencial

Jefe de Area de

castellano

Jefe de Area de

castellano

Apoyo proyecto

pedagógico club de

matematicas en

casa

Modalidad no

presencial. Redes

colaborativas

Jefe de area del

area de

matematicas

Jefe de Area de

matematicas

Apoyo al proyecto

pedagógico de

gestión ambiental y

ornamentación en

casa

Modalidad no

presencial

Jefe del area de

ciencias Naturales

Jefe de Area de

ciencias Naturales

Apoyo al proyecto

pedagógico Cultura

ciudadana y

movilidad segura

Modalidad no

presencial

Jefe del area de

Ética, Ciudadanía y

catedra para la paz

Jefe de Area de

ética, Ciudadanía y

catedra para la paz

Apoyo al

Prevención De

Desastres en casa

Modalidad no

presencial

Jefe del proyecto

de prevención de

desastres

Jefe del proyecto

de prevención de

desastres

Apoyo al Proyecto

de vida

Modalidad no

presencial

(computador)

Jefe del proyecto

de vida

Jefe del proyecto

de vida

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES

Velar porque su hijo cumpla estrictamente con el reglamento del Servicio Social

Estudiantil Obligatorio Pedro Pablo Bello (SSEOPPB).

Facilitar y suministrar oportunamente los elementos y tiempos necesarios e

indispensables para que su hijo desarrolle normalmente el Servicio Social Estudiantil

Obligatorio Pedro Pablo bello (SSEOPPB).

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7. METODOLOGÍA Y ESTRATEGIAS

Para la aplicación del presente proyecto los estudiantes de grado 10° y 11° en horas

extra clase se remitirán de manera virtual con los docentes responsables para recibir

las instrucciones y poder desarrollar el servicio social a través de metodologías no

presenciales y ejecutar las actividades propias del proyecto en el cual están

trabajando. La propuesta de servicio social cumplida será evaluada

permanentemente por medio de un control donde se registrarán las actividades

realizadas por cada estudiante e igualmente se harán verificaciones del desarrollo

de las mismas para conocer y constatar la realidad del proyecto.

REGLAMENTO

a. Cada estudiante deberá escoger en una línea de proyección social, en el cual se

comprometa a desarrollar responsablemente, teniendo en cuenta que una vez

inscrito no podrá cambiarse.

b. El Servicio Social Estudiantil Obligatorio Salesiano SSEOS deberá desarrollarse

cumpliendo con ochenta (80) horas, de las cuales cinco (5) serán teóricas para el

reconocimiento de la institución o lugar donde ejecutarán su proyecto; planeación,

elaboración y entrega del proyecto y demás reuniones a las que sean citados por el

docente responsable encargado del frente y del SSEOS y será autorizado para

iniciar sólo si el acudiente asiste a la reunión y lo autoriza.

c. Cada estudiante tiene la responsabilidad de representar y llevar muy en alto el

nombre del colegio Salesiano San Pedro Claver. d. Los estudiantes al grabar o

enviar las evidencias deberán presentarse luciendo correctamente el uniforme del

colegio.

e. En caso de inasistencia será el acudiente quien deberá presentar en forma

oportuna la excusa.

f. Los estudiantes deberán responder a las actividades asignadas en él o frente de

trabajo asignado

8. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES FEBRERO

FECHA ACTIVIDAD RESPONSABLES

08 - 12 Elaboración y ajustes del proyecto

SSOE de la Institución Educativa

Pedro Pablo Bello

Maria Socorro Morales Arbelaez

20/02 Socialización del proyecto de

SSOEPPB.

Maria Socorro Morales Arbelaez

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22 - 26 Presentacion del proyecto de

SSOEPPB a estudiantes

Maria Socorro Morales Arbelaez

Entrega de planillas de control del

proyecto SSOEPPB

Maria Socorro Morales Arbelaez

9. INDICADORES DE EVALUACIÓN

a) CUMPLIMIENTO: Se llevará un registro en las matrices propuestas por el MEN,

las actas y una carpeta de evidencias.

b) EFICIENCIA: Se medirá mediante las conductas observables de las

competencias logradas

c) SATISFACCIÓN: Se verificará de acuerdo con las opiniones, conceptos,

argumentos y aportes de los alumnos, docentes y comunidad educativa en

general.

d) COBERTURA: Se tendrá en cuenta que el proyecto incluya un gran sector de la

comunidad educativa

e) CALIDAD: Se contará con personal idóneo en diferentes áreas del desarrollo

humano.

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ANEXOS

FORMATOS PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

ESTUDIANTIL INSTITUCION EDUCATIVA PEDRO PABLO BELLO

La Virginia, 20 de febrero de 2021

Señor (a)

GINA ALEXANDRA LOPEZ

Asesor (a) de Proyecto Pedagogico de Lectura

Ciudad

Cordial saludo:

El Coordinador del Servicio Social Obligatorio Estudiantil (SSOE) de la institución

Educativa Pedro Pablo Bello, se permite remitir al educando:

______________________________________________________________________

quien actualmente está matriculado en este establecimiento cursando el grado 10 - 11 y

lo estoy enviando como candidato para que pueda cumplir con el servicio social

obligatorio en el proyecto que usted(es) orienta(n) y dirige(n).

Atentamente,

MARIA SOCORRO MORALES ARBELAEZ

Coordinador Servicio Social Estudiantil

(Favor desprender por la línea punteada, firmar y devolver con el educando)

………………………………………………………………………………………………………

INSCRIPCIÓN DEL EDUCANDO PARA EL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO

Educando: ________________________________________________________ Grupo: ___________.

Documento de identidad: T.I. ___ C.C. __ No. ______________ de _____________

Apoyo al Proyecto Pedagogico de Lectura en casa para la Prestación del Servicio Social Estudiantil

Dirección de la casa: ______________________________ Teléfono: _______

Nombre del Proyecto y/o actividad a desarrollar:

__________________________________________________

Horario para la prestación del servicio (indicar con una “X”:

DÍAS A

ASISTIR

L M M J V S D

HORARIO

Firma del jefe del Proyecto Firma del Padre de familia y/o Acudiente

Nombre_________________________ Nombre ________________________

Coordinador Servicio Social Estudiantil

Nombre: MARIA SOCORRO MORALES ARBELAEZ

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FORMATO DE SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO ESTUDIANTIL PEDRO PABLO

BELLO PARA EL REGISTRO DE HORAS

ESTUDIANTE________________________________________GRUPO: ___________ TELÉFONO:

_______________

DOCUMENTO DE IDENTIDAD: T.I. ___ R.C. ___ C.C. ___ No. _________________________ DE

_________________________

Joven estudiante: Usted es el responsable directo de llevar este control. Para su

diligenciamiento no utilice lápiz, solamente bolígrafo. Firme cada vez que se presenta a cumplir

con su servicio social. El asesor sólo firma cuando haya control y revisión. La planilla debe ser

conservada por el estudiante con el fin de facilitar procesos de control interno por parte del

Coordinador del Servicio Social Estudiantil de la Institución Educativa.

FECHA DEL SERVICIO PRESTADO

HORA DE INICIO

HORA DE TERMINO

TOTAL, HORAS DIA

TOTAL, HORAS ACUMULADAS

ACTIVIDAD DESARRO FIRMA DEL ESTUDIANTE

FIRMA DEL AESOR

DIA MES

TOTAL, HORAS CUMPLIDAS ==================== CERTIFICO QUE EL ESTUDIANTE QUE APARECE EN EL REPORTE, CUMPLE

CON TODOS LOS REQUISITOS EXIGIDOS POR LEY (DECRETO 1860/94;

RESOLUCIÓN 4210/96)

OBSERVACIONES Y CONCEPTO DEL ASESOR DEL PROYECTO

FRENTE AL TRABAJO REALIZADO POR EL ESTUDIANTE:

FIRMA DE ASESOR DEL PROYECTO FIRMA DEL COORDINADOR DEL

SERVICIO SOCIAL

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EVALUACIÓN A LA PRÁCTICA DEL SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL

APOYO AL PROYECTO PEDAGOGICO

EVALUADOR CARGO FECHA EVALUACION

ESTUDIANTE EVALUADO DOCUMENTO DE IDENTIDAD GRUPO No LISTA

INSTRUCCIONES: Por favor evalúe en términos de EXCELENTE (E), SOBRESALIENTE (S), ACEPTABLE (A), INSUFICIENTE (I), o DEFICIENTE (D), la práctica del estudiante que prestó su servicio social en dicha institución. Si en algún aspecto fue evaluado como INSUFICIENTE o DEFICIENTE, por favor indique el motivo en la columna de observaciones

ASPECTOS A EVALUAR DESEMPEÑO OBSEVACIONES

Cumplimiento de la filosofía y normatividad de la Institución

E S

A

I

D

Puntualidad a las actividades programadas

E S

A

I

D

Asistencia

E S

A

I

D

Utilización del tiempo en la ejecución de sus actividades programadas

E S

A

I

D

Organización en el desarrollo de sus actividades asignadas

E

S

A

I

D

Conocimiento y comprensión de las actividades asignadas

E S

A

I

D

Interés por las actividades asignadas

E

S

A

I

D

Actúa en forma independiente en la solución de problemas

E S

A

I

D

Relaciones interpersonales

E S

A

I

D

Manejo adecuado de los recursos institucionales

E

S

A

I

D

Cooperación en las actividades generales de

la institución

E

S

A

I

D

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____________________ ____________________

FIRMA ASESOR DE PROYECTO FIRMA ASESOR DEL ESTUDIANTE

__________________________

FIRMA COORDINADOR DE PROYECTO SSOE