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PROYECTO DE LÍNEA DE ALTA TENSIÓN SUBTERRANEA PARA EL ABASTECIMIENTO DE LA PLANTA DE BIOMETANIZACIÓN DE LAS DEHESAS Propietario: Ayuntamiento de Madrid Ubicación: Parque Tecnológico Valdemingómez (Madrid).

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PROYECTO DE LÍNEA DE ALTA TENSIÓN SUBTERRANEA PARA EL ABASTECIMIENTO DE LA PLANTA DE BIOMETANIZACIÓN DE LAS DEHESAS

Propietario: Ayuntamiento de Madrid Ubicación: Parque Tecnológico Valdemingómez (Madrid).

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1.  MEMORIA DESCRIPTIVA ........................................................................................................ 4 1.1. ANTECEDENTES Y FINALIDAD DE LA INSTALACION. ...................................................... 4 1.2. OBJETO DEL PROYECTO. .................................................................................................. 4 1.3. REGLAMENTACION Y DISPOSICIONES OFICIALES Y PARTICULARES. .......................... 4 1.4. DESCRIPCION DE LA INSTALACION. ................................................................................ 5 

1.4.1. TRAZADO. ................................................................................................................... 5 1.4.2. CRUZAMIENTOS Y PARALELISMOS. .......................................................................... 5 1.4.3. CLASE DE ENERGIA. .................................................................................................. 6 1.4.4. MATERIALES. ............................................................................................................... 6 

1.5. CONDUCTORES, EMPALMES Y APARAMENTA ELECTRICA. .......................................... 6 1.6. PUESTA A TIERRA. ............................................................................................................... 6 1.7. CÁLCULO ELÉCTRICO. ...................................................................................................... 7 1.8. PLAZO DE EJECUCIÓN. ..................................................................................................... 9 1.9. CONCLUSIÓN ................................................................................................................... 10 

2.  PLANOS ................................................................................................................................ 11 2.1. LISTA DE PLANOS .............................................................................................................. 11 

2.1.1. PLANO DE SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO ......................................................... 11 2.1.2. TRAZADO DE LÍNEA DE 45KV .................................................................................. 11 2.1.3. CANALIZACIONES ................................................................................................... 11 2.1.4. ARQUETAS ................................................................................................................ 11 

3.  PLIEGO DE CONDICIONES .................................................................................................. 12 3.1. CONDICIONES GENERALES. ........................................................................................... 12 

3.1.1. OBJETO. .................................................................................................................... 12 3.1.2. CAMPO DE APLICACION. ...................................................................................... 12 3.1.3. DISPOSICIONES GENERALES. .................................................................................. 12 

3.2. CONDICIONES FACULTATIVAS LEGALES....................................................................... 12 3.2.1. SEGURIDAD EN EL TRABAJO. ................................................................................. 13 3.2.2. SEGURIDAD PÚBLICA. ............................................................................................. 13 

3.3. ORGANIZACION DEL TRABAJO. .................................................................................... 13 3.3.1. DATOS DE LA OBRA. ............................................................................................... 13 3.3.2. REPLANTEO DE LA OBRA. ....................................................................................... 14 3.3.3. MEJORAS Y VARIACIONES DEL PROYECTO. ........................................................ 14 3.3.4. RECEPCION DEL MATERIAL. ................................................................................... 14 3.3.5. ORGANIZACION. ..................................................................................................... 15 3.3.6. EJECUCION DE LAS OBRAS. ................................................................................... 15 3.3.7. SUBCONTRATACION DE LAS OBRAS. .................................................................... 16 3.3.8. PLAZO DE EJECUCION. ........................................................................................... 16 3.3.9. RECEPCION PROVISIONAL. .................................................................................... 16 3.3.10. PERIODOS DE GARANTIA. .................................................................................... 17 3.3.11. RECEPCION DEFINITIVA. ....................................................................................... 17 3.3.12. PAGO DE OBRAS. .................................................................................................. 17 3.3.13. ABONO DE MATERIALES ACOPIADOS. ............................................................... 18 

3.4. DISPOSICION FINAL. ........................................................................................................ 18 3.5. CONDICIONES PARA LA OBRA CIVIL Y MONTAJE DE LAS LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN CON CONDUCTORES AISLADOS ................................................................ 18 

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3.5.1. PREPARACION Y PROGRAMACION DE LA OBRA. ............................................. 18 3.5.2. ZANJAS ...................................................................................................................... 19 3.5.3. CRUCES (CABLES ENTUBADOS). ............................................................................ 25 3.5.4. TENDIDO DE CABLES. .............................................................................................. 29 3.5.5. MONTAJES. ............................................................................................................... 30 3.5.6. TRANSPORTE DE BOBINAS DE CABLES. ................................................................. 32 3.5.7. DERIVACIONES, SECCIONAMIENTO Y PROTECCIONES. .................................... 32 

4.  PRESUPUESTO ....................................................................................................................... 34 4.1. MEDICIONES ..................................................................................................................... 35 4.2. LISTADO DE MATERIALES VALORADO ........................................................................... 45 4.3. CUADRO DE PRECIOS 1 .................................................................................................. 49 4.4. CUADRO DE PRECIOS 2 .................................................................................................. 57 4.5. CUADRO DE DESCOMPUESTOS ..................................................................................... 67 4.6. PRESUPUESTO Y MEDICIONES ......................................................................................... 83 4.7. RESUMEN DEL PRESUPUESTO/ PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA ....... 95 

A1.ANEJO 1. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD (MEMORIA) ...................................................... 97 A1.1. OBJETO ........................................................................................................................... 99 A1.2. GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL ....................................................... 99 A1.3. ALCANCE DEL ESTUDIO .............................................................................................. 104 A1.4. SITUACIÓN Y CONDICIONES DEL EMPLAZAMIENTO .............................................. 104 A1.5. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LA OBRA. ...................................................................... 104 A1.6. ACTIVIDADES A DESARROLLAR. LABORES Y PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO .... 105 A1.7. PREVISIÓN DE TRABAJADORES A UTILIZAR ............................................................... 105 A1.8. MAQUINARIA A EMPLEAR .......................................................................................... 106 A1.9. INSTALACIONES AUXILIARES A UTILIZAR ................................................................... 106 A1.10. ANÁLISIS DE RIESGOS ............................................................................................... 107 A1.11. MEDIDAS A EMPLEAR PARA PREVENIR LOS RIESGOS ........................................... 108 A1.12. FORMACIÓN DEL PERSONAL .................................................................................. 112 A1.13. MEDICINA ASISTENCIAL Y PRIMEROS AUXILIOS .................................................... 113 A1.14. CONDICIONES DE HIGIENE ...................................................................................... 113 A1.15. COORDINADOR DE SEGURIDAD ............................................................................ 114 A1.16. ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL. ................................ 114 A1.17. LIBRO DE INCIDENCIAS............................................................................................. 115 A1.18. PLANOS ...................................................................................................................... 115 A1.19. CONCLUSIÓN ............................................................................................................ 118 

A1P.ANEJO 1P. PLIEGO DE CONDICIONES DEL ESTUDIO SEGURIDAD Y SALUD ...................... 119 A1P.1.- CONDICIONES GENERALES .................................................................................... 120 A1P.1.1.- PRINCIPIOS GENERALES ....................................................................................... 120 A1P.1.2.- NORMATIVA ESPECÍFICA PARA LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN ................. 121 A1P.1.3.- LUGARES DE TRABAJO ......................................................................................... 122 A1P.1.4.- SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD ........................................................................... 122 A1P.1.5.- MÁQUINAS Y EQUIPOS DE TRABAJO ................................................................. 122 A1P.1.6.- APARATOS ELEVADORES ..................................................................................... 123 A1P.1.7.- EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL ............................................................ 123 A1P.1.8.- MANIPULACIÓN DE CARGAS ............................................................................. 124 

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A1P.1.9.- ELECTRICIDAD ....................................................................................................... 124 A1P.1.10.- INCENDIOS .......................................................................................................... 124 A1P.1.11.- PROTECCIÓN FRENTE A DETERMINADOS AGENTES ....................................... 125 A1P.1.12.- ETIQUETADO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS ..................................................... 125 A1P.1.13.- RUIDO ................................................................................................................... 125 A1P.1.14.- EXPLOSIVOS ......................................................................................................... 126 A1P.1.15.- RESIDUOS ............................................................................................................. 126 A1P.2. CONDICIONES PARTICULARES ................................................................................ 126 A1P.2.2.- NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS A CUMPLIR POR LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL ................................................................................................... 127 A1P.2.3.- NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS A CUMPLIR POR LOS EQUIPOS DE TRABAJO ................................................................................................................................ 128 

A1P.2.3.1.- GENERALIDADES .......................................................................................... 128 A1P.2.3.2.- CONDICIONES PREVIAS DE SELECCIÓN ................................................... 129 A1P.2.3.3.- MEDIDAS DE PROTECCIÓN ......................................................................... 130 A1P.2.3.4.- INFORMACIÓN E INSTRUCCIONES ............................................................. 131 A1P.2.3.5.- CONDICIONES NECESARIAS PARA SU UTILIZACIÓN ................................ 132 A1P.2.3.6.- MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN ........................................................ 133 

A1P.2.4.- SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA ................................................................................ 136 A1P.2.4.1.- GENERAL ....................................................................................................... 136 A1P.2.4.2.- SEÑALIZACIÓN DE RIESGOS EN EL TRABAJO ............................................ 136 A1P.2.4.3.- SEÑALIZACIÓN VIAL ..................................................................................... 137 A1P.2.4.4.- PERSONAL AUXILIAR DE LOS MAQUINISTAS PARA SEÑALIZACIÓN ........ 137 

A1P.2.5.- ILUMINACIÓN ARTIFICIAL .................................................................................... 138 A1P.2.6.- NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL TRATAMIENTO DE MATERIALES Y SUBSTANCIAS PELIGROSAS ............................................................................................... 138 A1P.2.7.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES .......................................................................... 138 

A1P.2.7.1.- OBLIGACIONES DE LOS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS ............... 138 A1P.2.7.3.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES .................................................. 152 A1P.2.7.4.- OBLIGACIONES DEL PROMOTOR ............................................................... 153 A1P.2.7.5.- OBLIGACIONES DEL COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA .......................................................................................... 153 A1P.2.7.6.- OBLIGACIONES DE COOPERACIÓN ENTRE LAS EMPRESAS QUE COINCIDAN EN UN MISMO LUGAR DE TRABAJO (CONCURRENTES) ....................... 156 

A1P.2.8.- PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA .......................................................... 159 A1P.2.8.1. ARTÍCULO 15 LEY PRL: PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA ............ 159 A1P.2.8.2.- SOLICITUD AL CONTRATISTA PRINCIPAL .................................................... 160 

A1P.2.11.- COMISIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN OBRA ............................................... 163 A1P.2.12.- MEDIDAS DE EMERGENCIA .......................................................................... 163 

A1P.2.13.- RESPONSABILIDAD CIVIL .................................................................................... 165 A1P.2.14.- RECURSO PREVENTIVO ...................................................................................... 165 

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1. MEMORIA DESCRIPTIVA

1.1. ANTECEDENTES Y FINALIDAD DE LA INSTALACION.

Se redacta el presente proyecto de "LÍNEA DE ALTA TENSIÓN SUBTERRANEA PARA EL ABASTECIMIENTO DE LA PLANTA DE BIOMETANIZACIÓN DE LAS DEHESAS " por encargo de la Dirección General del Parque Tecnológico de Valdemingómez, Área de Gobierno de Medio Ambiente, perteneciente al Ayuntamiento de Madrid, con C.I.F.: P-2807900-B , domicilio social en C/ Divino Pastor, nº9, 4ª Planta y CP: 28.004 , de Madrid por Benjamín Cereceda Céspedes colegiado 14.088 del COIIM.

El proyecto en cuestión se ubica en la localidad de Madrid, tal como se indica

en el plano de situación y Emplazamiento.

1.2. OBJETO DEL PROYECTO.

El objeto del presente proyecto es establecer las especificaciones técnicas y reglamentarias necesarias para el montaje, aprobación y puesta en servicio de una Línea subterránea de 45 Kv que une la subestación de Valdemingómez y la planta de biometanización de Las Dehesas, dando servicio a esta última.

1.3. REGLAMENTACION Y DISPOSICIONES OFICIALES Y PARTICULARES.

El presente proyecto recoge las características de los materiales, los cálculos que justifican su empleo y la forma de ejecución de las obras a realizar, dando con ello cumplimiento a las siguientes disposiciones:

• REGLAMENTO SOBRE CONDICIONES TÉCNICAS Y GARANTÍAS DE SEGURIDAD EN CENTRALES ELÉCTRICAS Y CENTROS DE TRANSFORMACIÓN (“RAT”).

− REAL DECRETO 3.275/1982, de 12-NOV, del Ministerio de Industria y Energía − B.O.E: 1-DIC-82 − Corrección errores: B.O.E. 18-ENE-83 • INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS DEL RAT (“MIE-RAT”). − ORDEN de 6-JUL-84, del Ministerio de Industria y Energía − B.O.E: 1-AGO-84 − Complemento de la ITC MIE-RAT 20 “Anteproyectos y Proyectos”: O.M. de 18-OCT-84; B.O.E 25-OCT-84. • ACTUALIZACIONES Y MODIFICACIONES POSTERIORES DE LAS ITC MIE-RAT.

• REGLAMENTO ELECTROTÉCNICO PARA BAJA TENSIÓN (“REBT”) Y SUS INSTRUCCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS.

− REAL DECRETO 842/2002, de 2-AGO, del Ministerio de Ciencia y Tecnología − B.O.E: 18-SEP-02

• EXIGENCIAS DE SEGURIDAD DEL MATERIAL ELÉCTRICO DESTINADO A SER UTILIZADO EN DETERMINADOS LÍMITES DE TENSIÓN.

− REAL DECRETO 7/1988 de 8-ENE, del Ministerio de Industria y Energía

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− B.O.E: 14-ENE-88 − Desarrollo y complemento: O.M. de 6-JUN-89; B.O.E 21-JUN-89 − Modificación: R.D. 154/1995 de 3-FEB-95; B.O.E 3-MAR-95

• AUTORIZACIÓN PARA EL EMPLEO DE SISTEMAS DE INSTALACIONES CON CONDUCTORES AISLADOS BAJO CANALES PROTECTORES DE MATERIAL PLÁSTICO.

− RESOLUCIÓN de 18-ENE-88, de la Dirección General de Innovación Industrial − B.O.E: 19-FEB-88 • REGLAMENTO SOBRE PERTURBACIONES RADIOELÉCTRICAS E INTERFERENCIAS. − REAL DECRETO 138/1989 de 27-ENE − Procedimientos de evaluación de conformidad: R.D. 444/1994 de 11-MAR-94; B.O.E 1-ABR-94 − Modificación: R.D. 1.950/1995 de 1-DIC-95; B.O.E 28-DIC-95 • NORMAS PARTICULARES Y DE NORMALIZACIÓN DE LA CIA. SUMINISTRADORA

DE ENERGÍA ELÉCTRICA. • LEY 31/1995, DE 8 DE NOVIEMBRE, DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES. • REAL DECRETO 1627/1997 DE 24 DE OCTUBRE DE 1.997, SOBRE DISPOSICIONES

MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD EN LAS OBRAS. • REAL DECRETO 485/1997 DE 14 DE ABRIL DE 1997, SOBRE DISPOSICIONES

MÍNIMAS EN MATERIA DE SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO. • REAL DECRETO 1215/1997 DE 18 DE JULIO DE 1997, SOBRE DISPOSICIONES

MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD PARA LA UTILIZACIÓN POR LOS TRABAJADORES DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO.

• REAL DECRETO 773/1997 DE 30 DE MAYO DE 1997, SOBRE DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD RELATIVAS A LA UTILIZACIÓN POR LOS TRABAJADORES DE EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL.

• CONDICIONES IMPUESTAS POR LOS ORGANISMOS PÚBLICOS AFECTADOS Y ORDENANZAS MUNICIPALES.

1.4. DESCRIPCION DE LA INSTALACION.

1.4.1. TRAZADO.

La línea subterránea partirá de la Posición de 45kV, que se construirá al efecto en la Subestación de Valdemingómez, y discurrirá por su trazado dentro del Parque Tecnológico hasta la otra Subestación (Centro de Transformación 45Kv-20Kv) situado en la Planta de Biometanización de “Las Dehesas”.

Todo el trazado de la Red discurrirá por el Parque Tecnológico Valdemingómez, siendo la longitud total de la línea 1.500 m.

La potencia eléctrica a transportar es de 11,250 MVA, para dar suministro a la planta de Biometanización y la las posibles ampliaciones del centro de tratamiento de Las Dehesas.

1.4.2. CRUZAMIENTOS Y PARALELISMOS.

Cuando las circunstancias lo requieran y se necesite efectuar Cruzamientos o Paralelismos, éstos se ajustarán a las condiciones que como consecuencia de las disposiciones legales puedan imponer los Organismos competentes de las instalaciones o propiedades afectados.

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Paralelismo con CONDUCCIÓN DE GAS

1.4.3. CLASE DE ENERGIA.

Todas las características de la energía a transportar figuran en el apartado de cálculo del proyecto.

1.4.4. MATERIALES.

Todos los materiales serán de los tipos "aceptados" por la Cía. Suministradora de Electricidad.

El aislamiento de los materiales de la instalación estará dimensionado como mínimo para la tensión más elevada de la red (Aislamiento pleno).

Los materiales siderúrgicos serán como mínimo de acero A-42b. Estarán galvanizados por inmersión en caliente con recubrimiento de zinc de 0,61 kg/m² como mínimo, debiendo ser capaces de soportar cuatro inmersiones en una solución de SO4 Cu al 20 % de una densidad de 1,18 a 18 ºC sin que el hierro quede al descubierto o coloreado parcialmente.

1.5. CONDUCTORES, EMPALMES Y APARAMENTA ELECTRICA.

Los conductores utilizados en la red eléctrica estarán dimensionados para soportar la tensión de servicio y las botellas terminales y empalmes serán adecuados para el tipo de conductores empleados y aptos igualmente para la tensión de servicio.

Los empalmes para conductores con aislamiento seco podrán estar

constituidos por un manguito metálico que realice la unión a presión de la parte conductora, sin debilitamiento de sección ni producción de vacíos superficiales. El aislamiento podrá ser construido a base de cinta semiconductora interior, cinta autovulcanizable, cinta semiconductora capa exterior, cinta metálica de reconstitución de pantalla, cinta para compactar, trenza de tierra y nuevo encintado de compactación final, o utilizando materiales termorretráctiles, o premoldeados u otro sistema de eficacia equivalente. Los empalmes para conductores desnudos podrán ser de plena tracción de los denominados estirados, comprimidos o de varillas preformadas.

La aparamenta eléctrica que interviene en el diseño de la red eléctrica queda

descrita perfectamente en el anexo de cálculo del proyecto.

1.6. PUESTA A TIERRA. En los extremos de las líneas subterráneas se colocará un dispositivo que permita poner a tierra los cables en caso de trabajos o reparación de averías, con el fin de evitar posibles accidentes originados por existencia de cargas de capacidad. Las cubiertas metálicas y las pantallas de las mismas estarán también puestas a tierra.

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1.7. CÁLCULO ELÉCTRICO.

Características de los conductores: Características físicas.

Sección: 800 mm². Al. Aislamiento: Polietileno reticulado (XLPE). Nivel aislamiento: 26/45 kV. Cubierta exterior: Poliolefina termoplástica libre de halógenos.

Características eléctricas.

Resistencia a 20° C: 0,277 Ω/Km. C: 0,415 µF/Km. X: 0,098 Ω/Km. Intensidad Máxima: 635 A.

a) La comprobación de la sección en función de la intensidad máxima se realizará partiendo de la potencia que ha de transportar el cable calculando la intensidad correspondiente y comprobando que no supera la intensidad máxima admisible por el cable fijada por el fabricante.

La Intensidad se determinará por la fórmula:

U3)kVA(SI

×= = 144,34 A < 635 x 0,8

Como se puede apreciar, las intensidades previstas son menores que la máxima admisible por el conductor de 635 A.

b) La comprobación de la sección en función de la caída de tensión se realizará mediante la fórmula:

)XsencosR(*L*I*3U ϕ+ϕ=Δ = 36.57 V ~ 0,081 %

en donde:

S = Potencia aparente en kVA

P = Potencia en KW.

U = Tensión compuesta en KV (45 KV).

ΔU= Caída de tensión en voltios.

I = Intensidad en amperios.

L = Longitud de la línea en Km.

R = Resistencia del conductor en Ω/Km.

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X = Reactancia a frecuencia 50 Hz. en Ω/Km.

En ambos casos, a) y b), se considerará un factor de potencia para el cálculo de cos ϕ=0,9.

c) Aplicando la expresión de cálculo para la intensidad de cortocircuito con una potencia de cortocircuito de la línea de:

IpccM = Scc x 1000 / 1.732 x U= 6.415,19 A.

Siendo: IpccM: Intensidad permanente de c.c. máxima de la red en Amperios. Scc: Potencia de c.c. en MVA. U: Tensión nominal en kV.

Icccs = Kc x S / (tcc)½= 10.5217,49 A. Siendo: Icccs: Intensidad de c.c. en Amperios soportada por un conductor de sección "S", en un tiempo determinado "tcc". S: Sección de un conductor en mm². tcc: Tiempo máximo de duración del c.c., en segundos. Kc: Cte del conductor que depende de la naturaleza y del aislamiento (93). En nuestro caso el tiempo de duración del cortocircuito es de 0,5 segundos, que es el tiempo de actuación de los elementos de protección. La Icc admisible, del conductor a emplear es de 10,52 KA., valor que es superior a los de 6,41 KA obtenidos.

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1.8. PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo de ejecución desde su aprobación será de 2 meses.

1 2 3 4 5 6 7 8 91011121314151617181920212223242526272829301 2 3 4 5 6 7 8 9101112131415161718192021222324252627282930311 2 3 4 5 6 7 8 910111213141516171819202122232425262728293031

PROGRAMA DE TRABAJO REALIZACIÓN DE LÍNEA DE 45KV

TRÁMITES, PERMISOS Y CONTRATACIÓN

DEMOLICIONES / TRAB.PREVIOS

CERRAMIENTO

OBRA CIVIL SUBESTACIÓN

PARQUES DE 45 KV

INSTALACIONES AUXILIARES

ZANJA LINEA SUBTERRANEA

TENDIDO DE LINEA

EMPALMES/PRUEBAS

PROGRAMA DE TRABAJO REALIZACIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE LA SUBESTACIÓN DE VALDEMINGÓMEZ Y DE UNA LÍNEA DE ALTA TENSIÓN SUBTERRÁNEA

ACTUACIÓN mes 1 mes 2 mes 3

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1.9. CONCLUSIÓN

Por todo lo que antecede y los anexos aportados, estima el técnico que suscribe haber aportado datos suficientes como para conocer las diversas circunstancias que concurren en el presente proyecto, sometiendo el mismo a la consideración de los distintos organismos para su aprobación, ejecución y puesta en servicio posterior si así procede.

Madrid, junio 2008 El autor del Proyecto: Por la Administración: _______________________________ ____________________ Fdo.: J. Benjamín Cereceda Céspedes Fdo. Juan Carlos Pastor Rey de Viñas Ingeniero Industrial. Col. Nº 14088. Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid

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2. PLANOS

2.1. LISTA DE PLANOS

2.1.1. PLANO DE SITUACIÓN Y EMPLAZAMIENTO 2.1.2. TRAZADO DE LÍNEA DE 45KV 2.1.3. CANALIZACIONES 2.1.4. ARQUETAS

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3. PLIEGO DE CONDICIONES

3.1. CONDICIONES GENERALES.

3.1.1. OBJETO. Este Pliego de Condiciones determina los requisitos a que se debe ajustar la ejecución de instalaciones para la distribución de energía eléctrica cuyas características técnicas estarán especificadas en el correspondiente Proyecto.

3.1.2. CAMPO DE APLICACION. Este Pliego de Condiciones se refiere a la construcción de redes aéreas o subterráneas de alta tensión. Los Pliegos de Condiciones particulares podrán modificar las presentes prescripciones.

3.1.3. DISPOSICIONES GENERALES. El Contratista está obligado al cumplimiento de la Reglamentación del Trabajo correspondiente, la contratación del Seguro Obligatorio, Subsidio familiar y de vejez, Seguro de Enfermedad y todas aquellas reglamentaciones de carácter social vigentes o que en lo sucesivo se dicten. En particular, deberá cumplir lo dispuesto en la Norma UNE 24042 ”Contratación de Obras. Condiciones Generales“, siempre que no lo modifique el presente Pliego de Condiciones. El Contratista deberá estar clasificado, según Orden del Ministerio de Hacienda, en el Grupo, Subgrupo y Categoría correspondientes al Proyecto y que se fijará en el Pliego de Condiciones Particulares, en caso de que proceda.

3.2. CONDICIONES FACULTATIVAS LEGALES. Las obras del Proyecto, además de lo prescrito en el presente Pliego de Condiciones, se regirán por lo especificado en: a) Reglamentación General de Contratación según Decreto 3410/75, de 25 de noviembre. b) Pliego de Condiciones Generales para la Contratación de Obras Públicas aprobado por Decreto 3854/70, de 31 de diciembre. c) Artículo 1588 y siguientes del Código Civil, en los casos que sea procedente su aplicación al contrato de que se trate. d) Decreto de 12 de marzo de 1954 por el que se aprueba el Reglamento de Verificaciones eléctricas y Regularidad en el suministro de energía. e) Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos laborales y RD 162/97 sobre Disposiciones mínimas en materia de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción.

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3.2.1. SEGURIDAD EN EL TRABAJO. El Contratista está obligado a cumplir las condiciones que se indican en el apartado ”f“ del párrafo 3.1. de este Pliego de Condiciones y cuantas en esta materia fueran de pertinente aplicación. Asimismo, deberá proveer cuanto fuese preciso para el mantenimiento de las máquinas, herramientas, materiales y útiles de trabajo en debidas condiciones de seguridad. Mientras los operarios trabajen en circuitos o equipos en tensión o en su proximidad, usarán ropa sin accesorios metálicos y evitarán el uso innecesario de objetos de metal; los metros, reglas, mangos de aceiteras, útiles limpiadores, etc. que se utilicen no deben ser de material conductor. Se llevarán las herramientas o equipos en bolsas y se utilizará calzado aislante o al menos sin herrajes ni clavos en suelas. El personal de la Contrata viene obligado a usar todos los dispositivos y medios de protección personal, herramientas y prendas de seguridad exigidos para eliminar o reducir los riesgos profesionales tales como casco, gafas, banqueta aislante, etc. pudiendo el Director de Obra suspender los trabajos, si estima que el personal de la Contrata está expuesto a peligros que son corregibles. El Director de Obra podrá exigir del Contratista, ordenándolo por escrito, el cese en la obra de cualquier empleado u obrero que, por imprudencia temeraria, fuera capaz de producir accidentes que hicieran peligrar la integridad física del propio trabajador o de sus compañeros. El Director de Obra podrá exigir del Contratista en cualquier momento, antes o después de la iniciación de los trabajos, que presente los documentos acreditativos de haber formalizado los regímenes de Seguridad Social de todo tipo (afiliación, accidente, enfermedad, etc.) en la forma legalmente establecida.

3.2.2. SEGURIDAD PÚBLICA. El Contratista deberá tomar todas las precauciones máximas en todas las operaciones y usos de equipos para proteger a las personas, animales y cosas de los peligros procedentes del trabajo, siendo de su cuenta las responsabilidades que por tales accidentes se ocasionen. El Contratista mantendrá póliza de Seguros que proteja suficientemente a él y a sus empleados u obreros frente a las responsabilidades por daños, responsabilidad civil, etc. que en uno y otro pudieran incurrir para el Contratista o para terceros, como consecuencia de la ejecución de los trabajos.

3.3. ORGANIZACION DEL TRABAJO. El Contratista ordenará los trabajos en la forma más eficaz para la perfecta ejecución de los mismos y las obras se realizarán siempre siguiendo las indicaciones del Director de Obra, al amparo de las condiciones siguientes:

3.3.1. DATOS DE LA OBRA. Se entregará al Contratista una copia de los planos y pliegos de condiciones del Proyecto, así como cuantos planos o datos necesite para la completa

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ejecución de la Obra. El Contratista podrá tomar nota o sacar copia a su costa de la Memoria, Presupuesto y Anexos del Proyecto, así como segundas copias de todos los documentos. El Contratista se hace responsable de la buena conservación de los originales de donde obtenga las copias, los cuales serán devueltos al Director de Obra después de su utilización. Por otra parte, en un plazo máximo de dos meses, después de la terminación de los trabajos, el Contratista deberá actualizar los diversos planos y documentos existentes, de acuerdo con las características de la obra terminada, entregando al Director de Obra dos expedientes completos relativos a los trabajos realmente ejecutados. No se harán por el Contratista alteraciones, correcciones, omisiones, adiciones o variaciones sustanciales en los datos fijados en el Proyecto, salvo aprobación previa por escrito del Director de Obra.

3.3.2. REPLANTEO DE LA OBRA. El Director de Obra, una vez que el Contratista esté en posesión del Proyecto y antes de comenzar las obras, deberá hacer el replanteo de las mismas, con especial atención en los puntos singulares, entregando al Contratista las referencias y datos necesarios para fijar completamente la ubicación de los mismos. Se levantará por duplicado Acta, en la que constarán, claramente, los datos entregados, firmado por el Director de Obra y por el representante del Contratista. Los gastos de replanteo serán de cuenta del Contratista.

3.3.3. MEJORAS Y VARIACIONES DEL PROYECTO. No se considerarán como mejoras ni variaciones del Proyecto más que aquellas que hayan sido ordenadas expresamente por escrito por el Director de Obra y convenido precio antes de proceder a su ejecución. Las obras accesorias o delicadas, no incluidas en los precios de adjudicación, podrán ejecutarse con personal independiente del Contratista.

3.3.4. RECEPCION DEL MATERIAL. El Director de Obra de acuerdo con el Contratista dará a su debido tiempo su aprobación sobre el material suministrado y confirmará que permite una instalación correcta. La vigilancia y conservación del material suministrado será por cuenta del

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Contratista.

3.3.5. ORGANIZACION. El Contratista actuará de patrono legal, aceptando todas las responsabilidades correspondientes y quedando obligado al pago de los salarios y cargas que legalmente están establecidas, y en general, a todo cuanto se legisle, decrete u ordene sobre el particular antes o durante la ejecución de la obra. Dentro de los estipulado en el Pliego de Condiciones, la organización de la Obra, así como la determinación de la procedencia de los materiales que se empleen, estará a cargo del Contratista a quien corresponderá la responsabilidad de la seguridad contra accidentes. El Contratista deberá, sin embargo, informar al Director de Obra de todos los planes de organización técnica de la Obra, así como de la procedencia de los materiales y cumplimentar cuantas órdenes le de éste en relación con datos extremos. En las obras por administración, el Contratista deberá dar cuenta diaria al Director de Obra de la admisión de personal, compra de materiales, adquisición o alquiler de elementos auxiliares y cuantos gastos haya de efectuar. Para los contratos de trabajo, compra de material o alquiler de elementos auxiliares, cuyos salarios, precios o cuotas sobrepasen en más de un 5% de los normales en el mercado, solicitará la aprobación previa del Director de Obra, quien deberá responder dentro de los ocho días siguientes a la petición, salvo casos de reconocida urgencia, en los que se dará cuenta posteriormente.

3.3.6. EJECUCION DE LAS OBRAS. Las obras se ejecutarán conforme al Proyecto y a las condiciones contenidas en este Pliego de Condiciones y en el Pliego Particular si lo hubiera y de acuerdo con las especificaciones señaladas en el de Condiciones Técnicas. El Contratista, salvo aprobación por escrito del Director de Obra, no podrá hacer ninguna alteración o modificación de cualquier naturaleza tanto en la ejecución de la obra en relación con el Proyecto como en las Condiciones Técnicas especificadas, sin prejuicio de lo que en cada momento pueda ordenarse por el Director de Obra a tenor de los dispuesto en el último párrafo del apartado 4.1. El Contratista no podrá utilizar en los trabajos personal que no sea de su exclusiva cuenta y cargo, salvo lo indicado en el apartado 4.3. Igualmente, será de su exclusiva cuenta y cargo aquel personal ajeno al propiamente manual y que sea necesario para el control administrativo del mismo. El Contratista deberá tener al frente de los trabajos un técnico suficientemente especializado a juicio del Director de Obra.

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3.3.7. SUBCONTRATACION DE LAS OBRAS. Salvo que el contrato disponga lo contrario o que de su naturaleza y condiciones se deduzca que la Obra ha de ser ejecutada directamente por el adjudicatario, podrá éste concertar con terceros la realización de determinadas unidades de obra. La celebración de los subcontratos estará sometida al cumplimiento de los siguientes requisitos: a) Que se dé conocimiento por escrito al Director de Obra del subcontrato a celebrar, con indicación de las partes de obra a realizar y sus condiciones económicas, a fin de que aquél lo autorice previamente. b) Que las unidades de obra que el adjudicatario contrate con terceros no exceda del 50% del presupuesto total de la obra principal. En cualquier caso el Contratista no quedará vinculado en absoluto ni reconocerá ninguna obligación contractual entre él y el subcontratista y cualquier subcontratación de obras no eximirá al Contratista de ninguna de sus obligacion respecto al Contratante.

3.3.8. PLAZO DE EJECUCION. Los plazos de ejecución, total y parciales, indicados en el contrato, se empezarán a contar a partir de la fecha de replanteo. El Contratista estará obligado a cumplir con los plazos que se señalen en el contrato para la ejecución de las obras y que serán improrrogables. No obstante lo anteriormente indicado, los plazos podrán ser objeto de modificaciones cuando así resulte por cambios determinados por el Director de Obra debidos a exigencias de la realización de las obras y siempre que tales cambios influyan realmente en los plazos señalados en el contrato. Si por cualquier causa, ajena por completo al Contratista, no fuera posible empezar los trabajos en la fecha prevista o tuvieran que ser suspendidos una vez empezados, se concederá por el Director de Obra, la prórroga estrictamente necesaria.

3.3.9. RECEPCION PROVISIONAL. Una vez terminadas las obras y a los quince días siguientes a la petición del Contratista se hará la recepción provisional de las mismas por el Contratante, requiriendo para ello la presencia del Director de Obra y del representante del Contratista, levantándose la correspondiente Acta, en la que se hará constar la conformidad con los trabajos realizados, si este es el caso. Dicho Acta será firmada por el Director de Obra y el representante del Contratista, dándose la

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obra por recibida si se ha ejecutado correctamente de acuerdo con las especificaciones dadas en el Pliego de Condiciones Técnicas y en el Proyecto correspondiente, comenzándose entonces a contar el plazo de garantía. En el caso de no hallarse la Obra en estado de ser recibida, se hará constar así en el Acta y se darán al Contratista las instrucciones precisas y detallados para remediar los defectos observados, fijándose un plazo de ejecución. Expirado dicho plazo, se hará un nuevo reconocimiento. Las obras de reparación serán por cuenta y a cargo del Contratista. Si el Contratista no cumpliese estas prescripciones podrá declararse rescindido el contrato con pérdida de la fianza. La forma de recepción se indica en el Pliego de Condiciones Técnicas correspondiente.

3.3.10. PERIODOS DE GARANTIA. El periodo de garantía será el señalado en el contrato y empezará a contar desde la fecha de aprobación del Acta de Recepción. Hasta que tenga lugar la recepción definitiva, el Contratista es responsable de la conservación de la Obra, siendo de su cuenta y cargo las reparaciones por defectos de ejecución o mala calidad de los materiales. Durante este periodo, el Contratista garantizará al Contratante contra toda reclamación de terceros, fundada en causa y por ocasión de la ejecución de la Obra.

3.3.11. RECEPCION DEFINITIVA. Al terminar el plazo de garantía señalado en el contrato o en su defecto a los seis meses de la recepción provisional, se procederá a la recepción definitiva de las obras, con la concurrencia del Director de Obra y del representante del Contratista levantándose el Acta correspondiente, por duplicado (si las obras son conformes), que quedará firmada por el Director de Obra y el representante del Contratista y ratificada por el Contratante y el Contratista.

3.3.12. PAGO DE OBRAS. El pago de obras realizadas se hará sobre Certificaciones parciales que se practicarán mensualmente. Dichas Certificaciones contendrán solamente las unidades de obra totalmente terminadas que se hubieran ejecutado en el plazo a que se refieran. La relación valorada que figure en las Certificaciones, se hará con arreglo a los precios establecidos, reducidos en un 10% y con la cubicación, planos y referencias necesarias para su comprobación. Serán de cuenta del Contratista las operaciones necesarias para medir unidades ocultas o enterradas, si no se ha advertido al Director de Obra oportunamente para su medición.

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La comprobación, aceptación o reparos deberán quedar terminadas por ambas partes en un plazo máximo de quince días. El Director de Obra expedirá las Certificaciones de las obras ejecutadas que tendrán carácter de documentos provisionales a buena cuenta, rectificables por la liquidación definitiva o por cualquiera de las Certificaciones siguientes, no suponiendo por otra parte, aprobación ni recepción de las obras ejecutadas y comprendidas en dichas Certificaciones.

3.3.13. ABONO DE MATERIALES ACOPIADOS. Cuando a juicio del Director de Obra no haya peligro de que desaparezca o se deterioren los materiales acopiados y reconocidos como útiles, se abonarán con arreglo a los precios descompuestos de la adjudicación. Dicho material será indicado por el Director de Obra que lo reflejará en el Acta de recepción de Obra, señalando el plazo de entrega en los lugares previamente indicados. El Contratista será responsable de los daños que se produzcan en la carga, transporte y descarga de este material. La restitución de las bobinas vacías se hará en el plazo de un mes, una vez que se haya instalado el cable que contenían. En caso de retraso en su restitución, deterioro o pérdida, el Contratista se hará también cargo de los gastos suplementarios que puedan resultar.

3.4. DISPOSICION FINAL. La concurrencia a cualquier Subasta, Concurso o Concurso-Subasta cuyo Proyecto incluya el presente Pliego de Condiciones Generales, presupone la plena aceptación de todas y cada una de sus cláusulas.

3.5. CONDICIONES PARA LA OBRA CIVIL Y MONTAJE DE LAS LÍNEAS ELÉCTRICAS DE ALTA TENSIÓN CON CONDUCTORES AISLADOS

3.5.1. PREPARACION Y PROGRAMACION DE LA OBRA.

Para la buena marcha de la ejecución de un proyecto de línea eléctrica de alta tensión, conviene hacer un análisis de los distintos pasos que hay que seguir y de la forma de realizarlos.

Inicialmente y antes de comenzar su ejecución, se harán las siguientes comprobaciones y reconocimientos:

- Comprobar que se dispone de todos los permisos, tanto oficiales como particulares, para la ejecución del mismo (Licencia Municipal de apertura y cierre de zanjas, Condicionados de Organismos, etc.). - Hacer un reconocimiento, sobre el terreno, del trazado de la canalización,

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fijándose en la existencia de bocas de riego, servicios telefónicos, de agua, alumbrado público, etc. que normalmente se puedan apreciar por registros en vía pública. - Una vez realizado dicho reconocimiento se establecerá contacto con los Servicios Técnicos de las Compañías Distribuidoras afectadas (Agua, Gas, Teléfonos, Energía Eléctrica, etc.), para que señalen sobre el plano de planta del proyecto, las instalaciones más próximas que puedan resultar afectadas. - Es también interesante, de una manera aproximada, fijar las acometidas a las viviendas existentes de agua y de gas, con el fin de evitar, en lo posible, el deterioro de las mismas al hacer las zanjas. - El Contratista, antes de empezar los trabajos de apertura de zanjas hará un estudio de la canalización, de acuerdo con las normas municipales, así como de los pasos que sean necesarios para los accesos a los portales, comercios, garajes, etc., así como las chapas de hierro que hayan de colocarse sobre la zanja para el paso de vehículos, etc.

Todos los elementos de protección y señalización los tendrá que tener dispuestos el contratista de la obra antes de dar comienzo a la misma.

3.5.2. ZANJAS 3.5.2.1. ZANJAS EN TIERRA.

3.5.2.1.1. Ejecución. Su ejecución comprende: a) Apertura de las zanjas. b) Suministro y colocación de protección de arena. c) Suministro y colocación de protección de rasillas y ladrillo. d) Colocación de la cinta de Atención al cable. e) Tapado y apisonado de las zanjas. f) Carga y transporte de las tierras sobrantes. g) Utilización de los dispositivos de balizamiento apropiados. a) Apertura de las zanjas.

Las canalizaciones, salvo casos de fuerza mayor, se ejecutarán en

terrenos de dominio público, bajo las aceras, evitando ángulos pronunciados.

El trazado será lo más rectilíneo posible, paralelo en toda su longitud a

bordillos o fachadas de los edificios principales.

Antes de proceder al comienzo de los trabajos, se marcarán, en el

pavimento de las aceras, las zonas donde se abrirán las zanjas marcando tanto su anchura como su longitud y las zonas donde se dejarán puentes para la contención del terreno.

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Si ha habido posibilidad de conocer las acometidas de otros servicios a

las fincas construidas se indicarán sus situaciones, con el fin de tomar las precauciones debidas.

Antes de proceder a la apertura de las zanjas se abrirán calas de

reconocimiento para confirmar o rectificar el trazado previsto.

Al marcar el trazado de las zanjas se tendrá en cuenta el radio mínimo

que hay que dejar en la curva con arreglo a la sección del conductor o conductores que se vayan a canalizar, de forma que el radio de curvatura de tendido sea como mínimo 20 veces el diámetro exterior del cable.

Las zanjas se ejecutarán verticales hasta la profundidad escogida,

colocándose entibaciones en los casos en que la naturaleza del terreno lo haga preciso.

Se dejará un paso de 50 cm entre las tierras extraídas y la zanja, todo a

lo largo de la misma, con el fin de facilitar la circulación del personal de la obra y evitar la caída de tierras en la zanja.

Se deben tomar todas las precauciones precisas para no tapar con

tierra registros de gas, teléfonos, bocas de riego, alcantarillas, etc.

Durante la ejecución de los trabajos en la vía pública se dejarán pasos

suficientes para vehículos, así como los accesos a los edificios, comercios y garajes. Si es necesario interrumpir la circulación se precisará una autorización especial.

En los pasos de carruajes, entradas de garajes, etc., tanto existentes

como futuros, los cruces serán ejecutados con tubos, de acuerdo con las recomendaciones del apartado correspondiente y previa autorización del Supervisor de Obra.

b) Suministro y colocación de protecciones de arenas.

La arena que se utilice para la protección de los cables será limpia,

suelta, áspera, crujiente al tacto; exenta de substancias orgánicas, arcilla o partículas terrosas, para lo cual si fuese necesario, se tamizará o lavará convenientemente.

Se utilizará indistintamente de cantera o de río, siempre que reúna las

condiciones señaladas anteriormente y las dimensiones de los granos serán de

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dos o tres milímetros como máximo.

Cuando se emplee la procedente de la zanja, además de necesitar la

aprobación del Supervisor de la Obra, será necesario su cribado.

En el lecho de la zanja irá una capa de 10 cm. de espesor de arena,

sobre la que se situará el cable. Por encima del cable irá otra capa de 15 cm. de arena. Ambas capas de arena ocuparán la anchura total de la zanja.

c) Suministro y colocación de protección de rasilla y ladrillo.

Encima de la segunda capa de arena se colocará una capa protectora

de rasilla o ladrillo, siendo su anchura de un pie (25 cm.) cuando se trate de proteger un solo cable o terna de cables en mazos. La anchura se incrementará en medio pie (12,5 cm.) por cada cable o terna de cables en mazos que se añada en la misma capa horizontal.

Los ladrillos o rasillas serán cerámicos, duros y fabricados con buenas

arcillas. Su cocción será perfecta, tendrá sonido campanil y su fractura será uniforme, sin caliches ni cuerpos extraños. Tanto los ladrillos huecos como las rasillas estarán fabricados con barro fino y presentará caras planas con estrías.

Cuando se tiendan dos o más cables tripolares de M.T. o una o varias ternas de cables unipolares, entonces se colocará, a todo lo largo de la zanja, un ladrillo en posición de canto para separar los cables cuando no se pueda conseguir una separación de 25 cm. entre ellos.

d) Colocación de la cinta de Atención al cable.

En las canalizaciones de cables de media tensión se colocará una cinta

de cloruro de polivinilo, que denominaremos Atención a la existencia del cable, tipo UNESA. Se colocará a lo largo de la canalización una tira por cada cable de media tensión tripolar o terna de unipolares en mazos y en la vertical del mismo a una distancia mínima a la parte superior del cable de 30 cm. La distancia mínima de la cinta a la parte inferior del pavimento será de 10 cm.

e) Tapado y apisonado de las zanjas.

Una vez colocadas las protecciones del cable, señaladas anteriormente,

se rellenará toda la zanja con tierra de la excavación (previa eliminación de piedras gruesas, cortantes o escombros que puedan llevar), apisonada, debiendo realizarse los 20 primeros cm. de forma manual, y para el resto es conveniente apisonar mecánicamente.

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El tapado de las zanjas deberá hacerse por capas sucesivas de diez centímetros de espesor, las cuales serán apisonadas y regadas, si fuese necesario, con el fin de que quede suficientemente consolidado el terreno. La cinta de Atención a la existencia del cable, se colocará entre dos de estas capas, tal como se ha indicado en d). El contratista será responsable de los hundimientos que se produzcan por la deficiencia de esta operación y por lo tanto serán de su cuenta posteriores reparaciones que tengan que ejecutarse.

f) Carga y transporte a vertedero de las tierras sobrantes.

Las tierras sobrantes de la zanja, debido al volumen introducido en

cables, arenas, rasillas, así como el esponje normal del terreno serán retiradas por el contratista y llevadas a vertedero.

El lugar de trabajo quedará libre de dichas tierras y completamente limpio.

g) Utilización de los dispositivos de balizamiento apropiados.

Durante la ejecución de las obras, éstas estarán debidamente

señalizadas de acuerdo con los condicionamientos de los Organismos afectados y Ordenanzas Municipales.

3.5.2.1.2. Dimensiones y Condiciones Generales de Ejecución.

Zanja normal para media tensión.

Se considera como zanja normal para cables de media tensión la que

tiene 0,60 m. de anchura media y profundidad 1,10 m., tanto en aceras como en calzada. Esta profundidad podrá aumentarse por criterio exclusivo del Supervisor de Obras.

La separación mínima entre ejes de cables tripolares, o de cables

unipolares, componentes de distinto circuito, deberá ser de 0,20 m. separados por un ladrillo, o de 25 cm. entre capas externas sin ladrillo intermedio.

La distancia entre capas externas de los cables unipolares de fase será

como mínimo de 8 cm. con un ladrillo o rasilla colocado de canto entre cada dos de ellos a todo lo largo de las canalizaciones.

Al ser de 10 cm. el lecho de arena, los cables irán como mínimo a 1 m.

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de profundidad. Cuando ésto no sea posible y la profundidad sea inferior a 0,70 m. deberán protegerse los cables con chapas de hierro, tubos de fundición u otros dispositivos que aseguren una resistencia mecánica equivalente, siempre de acuerdo y con la aprobación del Supervisor de la Obra.

Zanja para media tensión en terreno con servicios.

Cuando al abrir calas de reconocimiento o zanjas para el tendido de

nuevos cables aparezcan otros servicios se cumplirán los siguientes requisitos.

a) Se avisará a la empresa propietaria de los mismos. El encargado de la obra tomará las medidas necesarias, en el caso de que estos servicios queden al aire, para sujetarlos con seguridad de forma que no sufran ningún deterioro. Y en el caso en que haya que correrlos, para poder ejecutar los trabajos, se hará siempre de acuerdo con la empresa propietaria de las canalizaciones. Nunca se deben dejar los cables suspendidos, por necesidad de la canalización, de forma que estén en tracción, con el fin de evitar que las piezas de conexión, tanto en empalmes como en derivaciones, puedan sufrir. b) Se establecerán los nuevos cables de forma que no se entrecrucen con los servicios establecidos, guardando, a ser posible, paralelismo con ellos. c) Se procurará que la distancia mínima entre servicios sea de 30 cm. en la proyección horizontal de ambos. d) Cuando en la proximidad de una canalización existan soportes de líneas aéreas de transporte público, telecomunicación, alumbrado público, etc., el cable se colocará a una distancia mínima de 50 cm. de los bordes extremos de los soportes o de las fundaciones. Esta distancia pasará a 150 cm. cuando el soporte esté sometido a un esfuerzo de vuelco permanente hacia la zanja. En el caso en que esta precaución no se pueda tomar, se utilizará una protección mecánica resistente a lo largo de la fundación del soporte, prolongada una longitud de 50 cm. a un lado y a otro de los bordes extremos de aquella con la aprobación del Supervisor de la Obra. Zanja con más de una banda horizontal.

Cuando en una misma zanja se coloquen cables de baja tensión y

media tensión, cada uno de ellos deberá situarse a la profundidad que le corresponda y llevará su correspondiente protección de arena y rasilla.

Se procurará que los cables de media tensión vayan colocados en el

lado de la zanja más alejada de las viviendas y los de baja tensión en el lado de la zanja más próximo a las mismas.

De este modo se logrará prácticamente una independencia casi total

entre ambas canalizaciones.

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La distancia que se recomienda guardar en la proyección vertical entre

ejes de ambas bandas debe ser de 25 cm.

Los cruces en este caso, cuando los haya, se realizarán de acuerdo con

lo indicado en los planos del proyecto.

3.5.2.2. ZANJAS EN ROCA.

Se tendrá en cuenta todo lo dicho en el apartado de zanjas en tierra. La

profundidad mínima será de 2/3 de los indicados anteriormente en cada caso. En estos casos se atenderá a las indicaciones del Supervisor de Obra sobre la necesidad de colocar o no protección adicional.

3.5.2.3. ZANJAS ANORMALES Y ESPECIALES.

La separación mínima entre ejes de cables multipolares o mazos de

cables unipolares, componentes del mismo circuito, deberá ser de 0,20 m. separados por un ladrillo o de 0,25 m. entre caras sin ladrillo y la separación entre los ejes de los cables extremos y la pared de la zanja de 0,10 m.; por tanto, la anchura de la zanja se hará con arreglo a estas distancias mínimas y de acuerdo con lo ya indicado cuando, además, haya que colocar tubos.

También en algunos casos se pueden presentar dificultades anormales

(galerías, pozos, cloacas, etc.). Entonces los trabajos se realizarán con precauciones y normas pertinentes al caso y las generales dadas para zanjas de tierra.

3.5.2.4. ROTURA DE PAVIMENTOS.

Además de las disposiciones dadas por la Entidad propietaria de los

pavimentos, para la rotura, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

a) La rotura del pavimento con maza (Almádena) está rigurosamente prohibida, debiendo hacer el corte del mismo de una manera limpia, con lajadera. b) En el caso en que el pavimento esté formado por losas, adoquines, bordillos de granito u otros materiales, de posible posterior utilización, se quitarán éstos con la precaución debida para no ser dañados, colocándose luego de forma que no sufran deterioro y en el lugar que molesten menos a la circulación.

3.5.2.5. REPOSICION DE PAVIMENTOS.

Los pavimentos serán repuestos de acuerdo con las normas y disposiciones dictadas por el propietario de los mismos.

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Deberá lograrse una homogeneidad, de forma que quede el pavimento

nuevo lo más igualado posible al antiguo, haciendo su reconstrucción con piezas nuevas si está compuesto por losas, losetas, etc. En general serán utilizados materiales nuevos salvo las losas de piedra, bordillo de granito y otros similares.

3.5.3. CRUCES (CABLES ENTUBADOS). El cable deberá ir en el interior de tubos en los casos siguientes: A) Para el cruce de calles, caminos o carreteras con tráfico rodado. B) En las entradas de carruajes o garajes públicos. C) En los lugares en donde por diversas causas no debe dejarse tiempo la zanja

abierta. D) En los sitios en donde esto se crea necesario por indicación del Proyecto o

del Supervisor de la Obra.

3.5.3.1. MATERIALES. Los materiales a utilizar en los cruces normales serán de las siguientes cualidades y condiciones: a) Los tubos podrán ser de cemento, fibrocemento, plástico, fundición de hierro, etc. provenientes de fábricas de garantía, siendo el diámetro que se señala en estas normas el correspondiente al interior del tubo y su longitud la más apropiada para el cruce de que se trate. La superfice será lisa.

Los tubos se colocarán de modo que en sus empalmes la boca hembra esté situada antes que la boca macho siguiendo la dirección del tendido probable, del cable, con objeto de no dañar a éste en la citada operación.

b) El cemento será Portland o artificial y de marca acreditada y deberá reunir en sus ensayos y análisis químicos, mecánicos y de fraguado, las condiciones de la vigente instrucción española del Ministerio de Obras Públicas. Deberá estar envasado y almacenado convenientemente para que no pierda las condiciones precisas. La dirección técnica podrá realizar, cuando lo crea conveniente, los análisis y ensayos de laboratorio que considere oportunos. En general se utilizará como mínimo el de calidad P-250 de fraguado lento. c) La arena será limpia, suelta, áspera, crujiendo al tacto y exenta de sustancias orgánicas o partículas terrosas, para lo cual si fuese necesario, se tamizará y lavará convenientemente. Podrá ser de río o miga y la dimensión de sus granos será de hasta 2 ó 3 mm.

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d) Los áridos y gruesos serán procedentes de piedra dura silícea, compacta, resistente, limpia de tierra y detritus y, a ser posible, que sea canto rodado. Las dimensiones será de 10 a 60 mm. con granulometría apropiada.

Se prohíbe el empleo del llamado revoltón, o sea piedra y arena unida, sin dosificación, así como cascotes o materiales blandos.

e) AGUA - Se empleará el agua de río o manantial, quedando prohibido el empleo de aguas procedentes de ciénagas. f) MEZCLA - La dosificación a emplear será la normal en este tipo de hormigones para fundaciones, recomendándose la utilización de hormigones preparados en plantas especializadas en ello.

3.5.3.2. DIMENSIONES Y CARACTERISTICAS GENERALES DE EJECUCION.

Los trabajos de cruces, teniendo en cuenta que su duración es mayor

que los de apertura de zanjas, empezarán antes, para tener toda la zanja a la vez, dispuesta para el tendido del cable.

Estos cruces serán siempre rectos, y en general, perpendiculares a la

dirección de la calzada. Sobresaldrán en la acera, hacia el interior, unos 20 cm. del bordillo (debiendo construirse en los extremos un tabique para su fijación).

El diámetro de los tubos será de 20 cm. Su colocación y la sección

mínima de hormigonado responderá a lo indicado en los planos. Estarán recibidos con cemento y hormigonados en toda su longitud.

Cuando por imposibilidad de hacer la zanja a la profundidad normal los

cables estén situados a menos de 80 cm. de profundidad, se dispondrán en vez de tubos de fibrocemento ligero, tubos metálicos o de resistencia análoga para el paso de cables por esa zona, previa conformidad del Supervisor de Obra.

Los tubos vacíos, ya sea mientras se ejecuta la canalización o que al

terminarse la misma se quedan de reserva, deberán taparse con rasilla y yeso, dejando en su interior un alambre galvanizado para guiar posteriormente los cables en su tendido.

Los cruces de vías férreas, cursos de agua, etc. deberán proyectarse

con todo detalle.

Se debe evitar posible acumulación de agua o de gas a lo largo de la

canalización situando convenientemente pozos de escape en relación al perfil altimétrico.

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En los tramos rectos, cada 15 ó 20 m., según el tipo de cable, para

facilitar su tendido se dejarán calas abiertas de una longitud mínima de 3 m. en las que se interrumpirá la continuidad del tubo. Una vez tendido el cable estas calas se taparán cubriendo previamente el cable con canales o medios tubos, recibiendo sus uniones con cemento o dejando arquetas fácilmente localizables para ulteriores intervenciones, según indicaciones del Supervisor de Obras.

Para hormigonar los tubos se procederá del modo siguiente:

Se hecha previamente una solera de hormigón bien nivelada de unos 8

cm. de espesor sobre la que se asienta la primera capa de tubos separados entre sí unos 4 cm. procediéndose a continuación a hormigonarlos hasta cubrirlos enteramente. Sobre esta nueva solera se coloca la segunda capa de tubos, en las condiciones ya citadas, que se hormigona igualmente en forma de capa. Si hay más tubos se procede como ya se ha dicho, teniendo en cuenta que, en la última capa, el hormigón se vierte hasta el nivel total que deba tener.

En los cambios de dirección se construirán arquetas de hormigón o

ladrillo, siendo sus dimensiones las necesarias para que el radio de curvatura de tendido sea como mínimo 20 veces el diámetro exterior del cable. No se admitirán ángulos inferiores a 90º y aún éstos se limitarán a los indispensables. En general los cambios de dirección se harán con ángulos grandes. Como norma general, en alineaciones superiores a 40 m. serán necesarias las arquetas intermedias que promedien los tramos de tendido y que no estén distantes entre sí más de 40 m.

Las arquetas sólo estarán permitidas en aceras o lugares por las que

normalmente no debe haber tránsito rodado; si esto excepcionalmente fuera imposible, se reforzarán marcos y tapas.

En la arqueta, los tubos quedarán a unos 25 cm. por encima del fondo

para permitir la colocación de rodillos en las operaciones de tendido. Una vez tendido el cable los tubos se taponarán con yeso de forma que el cable queda situado en la parte superior del tubo. La arqueta se rellenará con arena hasta cubrir el cable como mínimo.

La situación de los tubos en la arqueta será la que permita el máximo

radio de curvatura.

Las arquetas podrán ser registrables o cerradas. En el primer caso

deberán tener tapas metálicas o de hormigón provistas de argollas o ganchos que faciliten su apertura. El fondo de estas arquetas será permeable de forma que permita la filtración del agua de lluvia.

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Si las arquetas no son registrables se cubrirán con los materiales

necesarios para evitar su hundimiento. Sobre esta cubierta se echará una capa de tierra y sobre ella se reconstruirá el pavimento.

3.5.3.3. CARACTERISTICAS PARTICULARES DE EJECUCION DE

CRUZAMIENTO Y PARALELISMO CON DETERMINADO TIPO DE INSTALACIONES.

El cruce de líneas eléctricas subterráneas con ferrocarriles o vías férreas

deberá realizarse siempre bajo tubo. Dicho tubo rebasará las instalaciones de servicio en una distancia de 1,50 m. y a una profundidad mínima de 1,30 m. con respecto a la cara inferior de las traviesas. En cualquier caso se seguirán las instrucciones del condicionado del organismo competente.

En el caso de cruzamientos entre dos líneas eléctricas subterráneas

directamente enterradas, la distancia mínima a respetar será de 0,25 m.

La mínima distancia entre la generatriz del cable de energía y la de una

conducción metálica no debe ser inferior a 0,30 m. Además entre el cable y la conducción debe estar interpuesta una plancha metálica de 3 mm de espesor como mínimo u otra protección mecánica equivalente, de anchura igual al menos al diámetro de la conducción y de todas formas no inferior a 0,50 m.

Análoga medida de protección debe aplicarse en el caso de que no

sea posible tener el punto de cruzamiento a distancia igual o superior a 1 m. de un empalme del cable.

En el paralelismo entre el cable de energía y conducciones metálicas

enterradas se debe mantener en todo caso una distancia mínima en proyección horizontal de:

- 0,50 m. para gaseoductos.

- 0,30 m. para otras conducciones.

En el caso de cruzamiento entre líneas eléctricas subterráneas y líneas

de telecomunicación subterránea, el cable de energía debe, normalmente, estar situado por debajo del cable de telecomunicación. La distancia mínima entre la generatriz externa de cada uno de los dos cables no debe ser inferior a 0,50 m. El cable colocado superiormente debe estar protegido por un tubo de hierro de 1m. de largo como mínimo y de tal forma que se garantice que la distancia entre las generatrices exteriores de los cables en las zonas no protegidas, sea mayor que la mínima establecida en el caso de paralelismo, que indica a continuación, medida en proyección horizontal. Dicho tubo de

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hierro debe estar protegido contra la corrosión y presentar una adecuada resistencia mecánica; su espesor no será inferior a 2 mm.

En donde por justificadas exigencias técnicas no pueda ser respetada la

mencionada distancia mínima, sobre el cable inferior debe ser aplicada un protección análoga a la indicada para el cable superior. En todo caso la distancia mínima entre los dos dispositivos de protección no debe ser inferior a 0,10 m. El cruzamiento no debe efectuarse en correspondencia con una conexión del cable de telecomunicación, y no debe haber empalmes sobre el cable de energía a una distancia inferior a 1 m.

En el caso de paralelismo entre líneas eléctricas subterráneas y líneas de

telecomunicación subterráneas, estos cables deben estar a la mayor distancia posible entre sí. En donde existan dificultades técnicas importantes, se puede admitir una distancia mínima en proyección sobre un plano horizontal, entre los puntos más próximos de las generatrices de los cables, no inferior a 0,50 m. en los cables interurbanos o a 0,30 m. en los cables urbanos.

3.5.4. TENDIDO DE CABLES.

3.5.4.1. TENDIDO DE CABLES EN GALERIA O TUBULARES.

3.5.4.1.1. Tendido de cables en tubulares.

Cuando el cable se tienda a mano o con cabrestantes y dinamómetro, y haya que pasar el mismo por un tubo, se facilitará esta operación mediante una cuerda, unida a la extremidad del cable, que llevará incorporado un dispositivo de manga tiracables, teniendo cuidado de que el esfuerzo de tracción sea lo más débil posible, con el fin de evitar alargamiento de la funda de plomo, según se ha indicado anteriormente.

Se situará un hombre en la embocadura de cada cruce de tubo, para

guiar el cable y evitar el deterioro del mismo o rozaduras en el tramo del cruce.

Los cables de media tensión unipolares de un mismo circuito, pasarán

todos juntos por un mismo tubo dejándolos sin encintar dentro del mismo.

Nunca se deberán pasar dos cables trifásicos de media tensión por un

tubo.

En aquellos casos especiales que a juicio del Supervisor de la Obra se

instalen los cables unipolares por separado, cada fase pasará por un tubo y en estas circunstancias los tubos no podrán ser nunca metálicos.

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Se evitarán en lo posible las canalizaciones con grandes tramos

entubados y si esto no fuera posible se construirán arquetas intermedias en los lugares marcados en el proyecto, o en su defecto donde indique el Supervisor de Obra (según se indica en el apartado CRUCES (cables entubados)).

Una vez tendido el cable, los tubos se taparán perfectamente con cinta

de yute Pirelli Tupir o similar, para evitar el arrastre de tierras, roedores, etc., por su interior y servir a la vez de almohadilla del cable. Para ello se sierra el rollo de cinta en sentido radial y se ajusta a los diámetros del cable y del tubo quitando las vueltas que sobren.

3.5.5. MONTAJES.

3.5.5.1. EMPALMES.

Se ejecutarán los tipos denominados reconstruidos indicados en el proyecto, cualquiera que sea su aislamiento: papel impregnado, polímero o plástico.

Para su confección se seguirán las normas dadas por el Director de Obra

o en su defecto las indicadas por el fabricante del cable o el de los empalmes.

En los cables de papel impregnado se tendrá especial cuidado en no

romper el papel al doblar las venas del cable, así como en realizar los baños de aceite con la frecuencia necesaria para evitar coqueras. El corte de los rollos de papel se hará por rasgado y no con tijera, navaja, etc.

En los cables de aislamiento seco, se prestará especial atención a la

limpieza de las trazas de cinta semiconductora pues ofrecen dificultades a la vista y los efectos de una deficiencia en este sentido pueden originar el fallo del cable en servicio.

3.5.5.2. BOTELLAS TERMINALES.

Se utilizará el tipo indicado en el proyecto, siguiendo para su confección

las normas que dicte el Director de Obra o en su defecto el fabricante del cable o el de las botellas terminales.

En los cables de papel impregnado se tendrá especial cuidado en las

soldaduras, de forma que no queden poros por donde pueda pasar humedad, así como en el relleno de las botellas, realizándose éste con calentamiento previo de la botella terminal y de forma que la pasta rebase por la parte

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superior.

Asimismo, se tendrá especial cuidado en el doblado de los cables de

papel impregnado, para no rozar el papel, así como en la confección del cono difusor de flujos en los cables de campo radial, prestando atención especial a la continuidad de la pantalla.

Se recuerdan las mismas normas sobre el corte de los rollos de papel, y la

limpieza de los trozos de cinta semiconductora dadas en el apartado anterior de Empalmes.

3.5.5.3. AUTOVALVULAS Y SECCIONADOR.

Los dispositivos de protección contra sobretensiones de origen

atmosférico serán pararrayos autovalvulares tal y como se indica en la memoria del proyecto, colocados sobre el apoyo de entronque A/S, inmediatamente después del Seccionador según el sentido de la corriente. El conductor de tierra del pararrayo se colocará por el interior del apoyo resguardado por las caras del angular del montaje y hasta tres metros del suelo e irá protegido mecánicamente por un tubo de material no ferromagnético.

El conductor de tierra a emplear será de cobre aislado para la tensión

de servicio, de 50 mm² de sección y se unirá a los electrodos de barra necesarios para alcanzar una resistencia de tierra inferior a 20 Ω.

La separación de ambas tomas de tierra será como mínimo de 5 m.

Se pondrá especial cuidado en dejar regulado perfectamente el

accionamiento del mando del seccionador.

Los conductores de tierra atravesarán la cimentación del apoyo mediante tubos de fibrocemento de 6 cm. φ inclinados de manera que partiendo de una profundidad mínima de 0,60 m. emerjan lo más recto posible de la peana en los puntos de bajada de sus respectivos conductores.

3.5.5.4. HERRAJES Y CONEXIONES.

Se procurará que los soportes de las botellas terminales queden fijos

tanto en las paredes de los centros de transformación como en las torres metálicas y tengan la debida resistencia mecánica para soportar el peso de los soportes, botellas terminales y cable.

Asimismo, se procurará que queden completamente horizontales.

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3.5.6. TRANSPORTE DE BOBINAS DE CABLES.

La carga y descarga, sobre camiones o remolques apropiados, se hará siempre mediante una barra adecuada que pase por el orificio central de la bobina.

Bajo ningún concepto se podrá retener la bobina con cuerdas, cables o cadenas que abracen la bobina y se apoyen sobre la capa exterior del cable enrollado, asimismo no se podrá dejar caer la bobina al suelo desde un camión o remolque.

3.5.7. DERIVACIONES, SECCIONAMIENTO Y PROTECCIONES.

3.5.7.1. DERIVACIONES, SECCIONAMIENTO DE LINEAS.

Como norma general, deberá instalarse un seccionamiento en el arranque de la línea derivada.

3.5.7.2. SECCIONADORES O DESCONECTADORES.

En el caso en que se instalen seccionadores en el arranque de las

derivaciones, la línea derivada deberá ser seccionada sin carga o, a lo sumo, con la correspondiente a la de vacío de los transformadores a ella conectados, siempre que la capacidad total de los mismos no exceda de 500 kVA.

Sin embargo, previa la justificación de características, podrán utilizarse

los denominados seccionadores bajo carga.

Las características de los desconectadores serán las adecuadas a la

tensión e intensidad máxima del circuito en donde han de establecerse y sus contactos estarán dimensionados para una intensidad mínima de paso de 200 amperios.

3.5.7.3. INTERRUPTORES.

En el caso en que por razones de explotación del sistema fuera

aconsejable la instalación de un interruptor automático en el arranque de la derivación, su instalación y características estarán de acuerdo con lo dispuesto para estos aparatos en el Reglamento Técnico correspondiente.

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3.5.7.4. PROTECCIONES.

En todos los puntos extremos de las líneas eléctricas, sea cual sea su

categoría, por los cuales pueda influir energía eléctrica en dirección a la línea, se deberán disponer protecciones contra cortocircuitos o defectos en línea, eficaces y adecuadas.

En los finales de líneas eléctricas y sus derivaciones sin retorno posible de

energía eléctrica hacia la línea se dispondrán las protecciones contra sobreintensidades y sobretensiones necesarias de acuerdo con la instalación receptora.

El accionamiento automático de los interruptores podrá ser realizado por

relés directos solamente en líneas de tercera categoría.

Se prestará especial atención en el proyecto del conjunto de las

protecciones a la reducción al mínimo de los tiempos de eliminación de las faltas a tierra, para la mayor seguridad de las personas y cosas, teniendo en cuenta la disposición del neutro de la red puesto a tierra, aislado o conectado a través de una impedancia elevada.

Madrid, junio 2008

El autor del Proyecto: Por la Administración: _______________________________ ____________________ Fdo.: J. Benjamín Cereceda Céspedes Fdo. Juan Carlos Pastor Rey de Viñas Ingeniero Industrial. Col. Nº 14088. Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid

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4. PRESUPUESTO 4.1 MEDICIONES 4.2 LISTADO DE MATERIALES VALORADO 4.3 CUADRO DE PRECIOS 1 4.4 CUADRO DE PRECIOS 2 4.5 CUADRO DE DESCOMPUESTOS 4.6 PRESUPUESTO Y MEDICIONES 4.7 RESUMEN DEL PRESUPUESTO/ PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA

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4.1. MEDICIONES

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CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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CAPÍTULO 4.1 LÍNEA DE 26/45 KV 4.1.1 ud Arqueta prefabricada con marco y tapa para suministro eléctrico Arqueta prefabricada de hormigón de dimensiones exteriores 1,00x1,00x1,00 m, homologada por UNIÓN FENOSA, con tapa, sobre encachado de piedra, solera de hormigón perforada para drena- je. Totalmente terminada.

30 30,00 ______________________________________________________ 30,00 4.1.2 m. RED A.T.CALZ. RHZ1-OL 26/45Kv 3(1x800) mm2 AL+ H 130 Red eléctrica de alta tensión entubada bajo calzada, realizada con cables conductores de 3(1x800)Al. 26/45 kV., con aislamiento de dieléctrico seco, formados por: conductor Aluminio, semirrígido clase 2, aislamiento Polietileno reticulado (XLPE), pantalla de corona de hilos de cobre y cubierta de polio- lefina termoplástica libre de halógenos, en instalación subterránea bajo calzada, en zanja de 70 cm. de ancho y 125 cm. de profundidad, incluyendo excavación de zanja, asiento con 5 cm. de hormi- gón HM-20 N/mm2, montaje de tubos de material termoplástico de 160/125 mm. de diámetro, relleno con una capa de hormigón HM-20 N/mm2 hasta una altura de 10 cm. por encima de los tubos en- volviéndolos completamente, y relleno con tierras propias compactadas según especificaciones Unión Fenosa, hasta la altura donde se inicia el firme; incluso suministro y montaje de cables con- ductores, con parte proporcional retirada y transporte a vertedero de los productos sobrantes de la excavación y pruebas de rigidez dieléctrica, totalmente instalada, transporte, montaje y conexionado. Total cantidades alzadas 1.200,00 ______________________________________________________ 1.200,00 4.1.3 ud Empalme c. seco RZHI 26/45 Kv 1x800 mm2 AL Empalme c. seco RZHI 26/45 Kv 1x800 mm2 AL

3 3,00 ______________________________________________________ 3,00 4.1.4 ud Conjunto terminado int. Pol. 26/45 1x800 mm2 AL Conjunto terminado int. Pol. 26/45 1x800 mm2 AL

2 2,00 ______________________________________________________ 2,00

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MEDICIONES

CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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CAPÍTULO 4.2 RED DE TELECONTROL 4.3.1 UD INSTALACIÓN RED DE TELECONTROL Red de telecontrol entubada, realizada con cables de fibra optica, para la conexión de las subestacio- nes de Las Dehesas y de Valdemingómez, con las caracteriasticas homologadas por la compañia Unión Fenosa, incluyendo pruebas, conexionado, tendido y personal necesario para su instalación 7 y puesta en funcionamiento. Total cantidades alzadas 1.200,00 ______________________________________________________ 1.200,00 4.3.2 ud EQUIPO CONVERTIDOR RS232-FIBRA Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente insta- lado y puesto en funcionamiento. CABECERA 1 1,00 PLANTA DEHESAS 1 1,00 ______________________________________________________ 2,00 4.3.3 UD EQUIPO DE TELECONTROL REMOTO Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente insta- lado y puesto en funcionamiento. Total cantidades alzadas 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.3.4 UD UCI-RACK Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente insta- lado y puesto en funcionamiento. Total cantidades alzadas 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.3.5 UD ARMARIO DE TELEDISPARO Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, donde se ubica- rán los distintos equipos en la subestación de las Dehesas. Total cantidades alzadas 1,00 ______________________________________________________ 1,00

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CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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CAPÍTULO 4.3 SEGURIDAD Y SALUD SUBCAPÍTULO 4.4.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES 4.4.1.1 Ud Casco de seguridad homologado Casco de seguridad homologado. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.2 Ud Gafa antipolvo y anti-impactos Gafa antipolvo y anti-impactos. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.3 Ud Mascarilla respiración antipolvo Mascarilla de respiración antipolvo. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.4 Ud Filtro para mascarilla antipolvo Filtro para mascarilla antipolvo. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1..5 Ud Protector auditivo Protector auditivo. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1..6 Ud Cinturón de seguridad Cinturón de seguridad. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.7 Ud Cinturón segurid. antivibratorio Cinturón de seguridad antivibratorio. 17 17,00 ______________________________________________________ 17,00 4.4.1.8 Ud Mono de trabajo Mono de trabajo. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.9 Ud Impermeable Impermeable. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.10 Ud Par de guantes fino de goma Para de guantes de goma finos. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.11 Ud Par de botas seguridad de lona Para de botas de seguridad de lona. 18 18,00 ______________________________________________________

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18,00 4.4.1.12 Ud Par de botas seguridad de cuero Par de botas de seguridad de cuero. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.13 Ud Chaleco reflectante Chaleco reflectante. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.14 Ud Par de guantes de cuero Par de guantes de cuero. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.15 Ud Pantalla seguridad soldador Pantalla de seguridad para soldador. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.1.16 Ud Gafa de seguridad anticorte Gafas de seguridad para oxicorte. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.1.17 Ud Mandil de cuero soldador Mandil de cuero para soldador. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.1.18 Ud Par de manguitos para soldador Par de manguitos para soldador. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.1.19 Ud Par de botas impermeables Par de botas impermeables. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 4.4.1.20 Ud Par de polainas para soldador Par de polainas para soldador. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.1.21 Ud Par de guantes para soldador Par de guantes soldador. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.1.22 Ud Par de guantes dieléctricos Par de guantes dieléctricos. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00

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4.4.1.23 Ud Par de botas dieléctricas Par de botas dieléctricas 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 SUBCAPÍTULO 4.4.2 PROTECCIONES COLECTIVAS 4.4.2.1 Ud Jalón de señalización. Jalón de señalización, incluso montaje y desmontaje. 30 30,00 ______________________________________________________ 30,00 4.4.2.2 Ud Pórtico de señalización. Pórtico de señalización de altura compuesto por dos perfiles verticales. 2 2,00 ______________________________________________________ 2,00 4.4.2.3 H Camión de riego. Camión regador, incluso conductor. 0,5 22,00 2,00 22,00 ______________________________________________________ 22,00 4.4.2.4 H Señalista Señalista. 1 22,00 2,00 44,00 ______________________________________________________ 44,00 4.4.2.5 H Brigada mantenimiento y repos Brigada empleada en el mantenimiento y reposición de protecciones. 1 22,00 2,00 44,00 ______________________________________________________ 44,00 4.4.2.6 ML Cordón balizamiento reflectante Cordón de balizamiento reflectante, incluso soportes, colocación y desmontaje. 2 1.200,00 2.400,00 ______________________________________________________ 2.400,00 4.4.2.7 Ud Valla movil 2.50x1.00 Valla movil de 2.50 m. de longitud y 1.10 m. de altura, para contención de peatones, colocada. 21 21,00 ______________________________________________________ 21,00 4.4.2.8 Ud Valla movil 1.65x0.20 Valla móvil para señalización de obras, de 1.65x0.20 m., reflectante, incluso bípodes de sustenta- ción, colocada. 21 21,00 ______________________________________________________ 21,00 4.4.2.9 Ud Cono baliza 50 cm. Cono-baliza de 50 cm. de altura, reflectante, colocado. 53 53,00 ______________________________________________________ 53,00 4.4.2.10 Ud Baliza luminosa autonoma Baliza luminosa intermitente, autónoma, con célula fotoeléctrica. 20 20,00 ______________________________________________________

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20,00 4.4.2.11 Ud Señal circular reflectante ø60cm Señal circular reflectante de 60 cm. de diámetro, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. 30 30,00 ______________________________________________________ 30,00 4.4.2.12 M2 Cartel informativo localización Cartel informativo de localización u orientación, en chapa de acero reflexivo, fijado sobre dados de hormigón HM-20 de 50x50x50 cm., incluso p.p. de anclajes y postes de sustentación IPN-120 gal- vanizados, totalmente colocado. 10 10,00 ______________________________________________________ 10,00 4.4.2.13 Ud Señal triangular de 90 cm. Señal triangular de 90 cm. de lado reflectante, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. 10 10,00 ______________________________________________________ 10,00 4.4.2.14 Ud Señal reflect. rectang 90x120 cm Señal reflectante rectangular de 90x120 cm., fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 55x40x70 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. 3 3,00 ______________________________________________________ 3,00 4.4.2.15 Ud Señal octogonal de "STOP" 90cm Señal octogonal de "STOP" de 90 cm., reflectante, de doble apotema, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x60 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. 3 3,00 ______________________________________________________ 3,00 4.4.2.16 ud Tapa provisional para pozos, pilotes o asimilables de 100x100 cm Tapa provisional para pozos, pilotes o asimilables de 100x100 cm., formada mediante tablones de madera de 20x5 cm. armados mediante encolado y clavazón, zócalo de 20 cm. de altura, incluso fa- bricación y colocación, (amortizable en dos usos). 30 30,00 ______________________________________________________ 30,00 4.4.2.17 m. MALLA POLIETILENO DE SEGURIDAD Malla de polietileno alta densidad con tratamiento antiultravioleta, color naranja de 1 m. de altura, tipo stopper, i/colocación y desmontaje, amortizable en tres usos. s/R.D. 486/97. 2 1.200,00 2.400,00 ______________________________________________________ 2.400,00 4.4.2.18 m. PASARELA MADERA SOBRE ZANJAS Pasarela para paso sobre zanjas formada por tres tablones de 20x7 cm. cosidos a clavazón y doble barandilla formada por pasamanos de madera de 20x5, rodapié y travesaño intermedio de 15x5 cm., sujetos con pies derechos de madera cada 1 m. incluso colocación y desmontaje (amortizable en 3 usos). s/R.D. 486/97. 10 10,00 ______________________________________________________ 10,00

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SUBCAPÍTULO 4.4.3 PROTECCIONES CONTRA INCENDIOS 4.4.3.1 Ud Extintor de polvo ABCE 6 KG. Extintor de polvo polivalente ABCE, eficacia 13A/89B, de carga 6 kg., incluso soporte a pared, co- locado. 5 5,00 ______________________________________________________ 5,00 4.4.3.2 Ud Extinton de CO2 de 3,5 KG. Extintor de CO2 de 3.5 kg. de carga, eficacia 21B, incluso anclajes y soporte a pared, colocado.olo- cado. 5 5,00 ______________________________________________________ 5,00 SUBCAPÍTULO 4.4.4 PROTECCIONES INSTALACIONES ELECTRICAS 4.4.4.1 Ud Puesta a tierra Conjunto de puesta a tierra constituido por pica de acero cobrizado de 2 mt. de longitud, con cabeza roscada, cable de fijación del soporte a la pica, terminal y restante material. Incluido conexionado. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.4.2 Ud Interruptor diferencial 300 mA Interruptor diferencial de media sensibilidad (300 mA) 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.4.3 Ud Interruptor diferencial 30 mA Interruptor diferencial de alta sensibilidad (30mA) 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.4.4 Ud Transformador seg. 24V Transformador de seguridad 24 V. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 SUBCAPÍTULO 4.4.5 PROTECCIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR 4.4.5.1 Ud Mes alquiler barracón vest. come Mes de alquiler de barracón para comedor, vestuarios y aseos para 37 personas. 3 3,00 ______________________________________________________ 3,00 4.4.5.2 Ud Acometida agua y elect. aseos Acometida de agua para aseos y energía eléctrica par vestuarios y aseos, totalmente acabados y en servicio. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.5.3 Ud Mesa de madera Mesa de madera para 10 personas. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.5.4 Ud Banco de madera Banco de madera para 5 personas. 2 2,00 ______________________________________________________

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2,00 4.4.5.5 Ud Acometida agua y elect. comedor Acometida de agua y energía eléctrica para comedor, totalmente en servicio. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4.4.5.6 Ud Limpieza y conservacion instalac Limpieza y conservación de instalaciones de personal. 1 1,00 10,00 2,00 20,00 ______________________________________________________ 20,00 4.4.5.7 Ud Radiador infrarojos 1000W Radiador de infrarrojos de 1000 W, instalado. 2 2,00 ______________________________________________________ 2,00 4.4.5.8 Ud Recipiente acogida de basuras Recipiente para acogida de basuras. 3 3,00 ______________________________________________________ 3,00 4.4.5.9 Ud Taquilla individual metálica Taquilla individual metálica, con llave, para 3 usos. 15 15,00 ______________________________________________________ 15,00 4.4.5.10 Ud Calienta comidas Calienta comidas para 20 servicios, 4 usos instalado. 2 2,00 ______________________________________________________ 2,00 4.4.5.11 Ud Calentador agua 50 l. Calentador de agua de 50 l., para 4 usos, instalado. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 SUBCAPÍTULO 4.4.6 MEDICINA PREVENTIVA ES061000 Ud Reconocimiento médico obligatori Reconocimiento médico obligatorio. 2 15,00 30,00 ______________________________________________________ 30,00 ES061010 Ud Botiquín Botiquín colocado. 2 2,00 ______________________________________________________ 2,00 ES061020 Ud Reposición material sanitario Reposición de material sanitario durante el transcurso de la obra. 2 2,00 4,00 ______________________________________________________ 4,00

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SUBCAPÍTULO 4.4.7 FORMACION 4.4.7.1 H Vigilante de seguridad e higiene Vigilante de seguridad e higiene. 1 8,00 60,00 480,00 ______________________________________________________ 480,00 4.4.7.2 H Reunión mensual comité Reunión mensual del comité de seguridad e higiene en el trabajo. 4,5 2,00 9,00 ______________________________________________________ 9,00 4.4.7.3 H Formación en seguridad e higiene Formación en seguridad e higiene en el trabajo. 2 4,50 2,00 18,00 ______________________________________________________ 18,00

Madrid, junio 2008 El autor del Proyecto: Por la Administración: _______________________________ ____________________ Fdo.: J. Benjamín Cereceda Céspedes Fdo. Juan Carlos Pastor Rey de Viñas Ingeniero Industrial. Col. Nº 14088. Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid

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LISTADO DE MATERIALES VALORADO

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4.2. LISTADO DE MATERIALES VALORADO

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CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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4.3.2.1 2,000 UD EQUIPO CONVERTIDOR RS232-FIBRA 450,97 901,94 4.3.3.1 1,000 UD EQUIPO DE TELECONTROL REMOTO 570,32 570,32 4.3.4.1 1,000 UCI-RACK 1.629,43 1.629,43 Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente instalado y puesto en funcionamiento. 4.3.5.1 1,000 Ud ARMARIO DE TELECONTROL 5.431,44 5.431,44 Armario de telecontrol, homologado por la compañia de distribución eléctrica Unión Fenosa, incluido instalción, conexionado, puesta en marcha. ________________ Grupo 4.3 .................................. 8.533,13 A002 30,000 ud Arqueta prefabricada, 100x100x100 cm, con tapa HORMIGON (p.o.) 277,33 8.319,90 Arqueta prefabricada 100x100xx100 cm con tapa fundición, pie de obra, HOMOLOGADA POR UNIÓN FENOSA PARA LINEAS SUBTERRANEAS DE 26/45 KV. A0061 0,870 t Cemento CEM II/A-V 42,5 R a granel (p.o.) 100,64 87,56 A0062 1,236 m³ Arena (en cantera) 17,29 21,37 A0063 5,472 m³ Grava (en cantera) 11,68 63,91 A0064 0,480 m³ Agua (p.o.) 0,54 0,26 __________________ Grupo A00 ................................ 8.493,00 P0000010 0,874 M3 Agua 0,65 0,57 P0010180 8,740 M3 Material granular 4,25 37,15 MATERIAL GRANULAR.eque_o..lar procedente de pr+stamos, incluso transporte desde zona de acopio temporal, extendido y compactado, con una densidad no inferior al 95% del proctor normal. P0020120 1,442 Tm Cemento CEM-I 71,16 102,62 P0063160 13,300 Ml IPN-120. 11,75 156,28 __________________ Grupo P00 ................................ 296,61 P0181010 30,000 Ud Señal circular reflectante ø60cm 66,97 2.009,10 60 cm. de diámetro, incluso p.p. de tornillería. ter_stica 150 kp/cm2, a pie de obra.de 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y torniller_a, colocada y totalmente terminada. P0181020 111,600 Ml Poste galvanizado 80x40x2mm 9,80 1.093,68 mm. P0181040 10,500 Ml Poste galvanizado 100x50x3mm 17,11 179,66 mm. m. de di_metro, incluso p.p. de torniller°a. ter_stica 150 kp/cm2, a pie de obra.de 55x40x70 cm., incluso poste galvanizado y torniller_a, colocada y totalmente terminada. P0181080 3,000 Ud Señal rectangular reflectante 218,86 656,58 de 90x120 cm. de lado, incluso p.p. de tornillería. _stica 150 kp/cm2, a pie de obra.de 55x40x70 cm., incluso poste galvanizado y torniller_a, colocada y totalmente terminada. P0181090 3,000 Ud Señal octogonal reflectante 90 156,95 470,85 e STOP de 90 cm., incluso p.p. de tornillería. racter_stica 150 kp/cm2, a pie de obra.de hormig_n H-150 de 40x40x60 cm., incluso poste galvanizado y torniller_a, colocada y totalmente terminada. P0181100 10,000 Ud Señal triangular reflectante 90 72,26 722,60 de 90 cm. de lado, incluso p.p. de tornillería. acter_stica 150 kp/cm2, a pie de obra. 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y torniller_a, colocada y totalmente terminada. P0181290 10,000 M2 Panel reflexivo de chapa de a 226,55 2.265,50 cero. . o de madera plano en paramento vistos, incluso desencofrado y limpieza posterior del paramento. de hormigín H-150 de 50x50x50 cm., incluso p.p. de anclajes y postes de sustentaciín IPN-120 galvanizados, totalmente colocado. ________________ Grupo P01 ................................ 7.397,97 P0251060 17,000 Ud Cinturón segurid. antivibratorio 15,66 266,22 P0261010 1,000 Ud Pica cilindrica Acero-Cu ø=14,6mm/L=2m 19,56 19,56 P0261020 1,000 Ud Grapa conexión pica-cable en Acero inox-Cu Zn 33 1,75 1,75 __________________ Grupo P02 ................................ 287,53 P0350010 5,000 Ud Extintor de Polvo ABCE 6 Kg 36,90 184,50 P0350020 5,000 Ud Extintor de CO2 de 3,5 Kg 80,83 404,15 P0351010 18,000 Ud Gafa antipolvo y anti-impactos. 8,16 146,88

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CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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P0351020 18,000 Ud Mascarilla respiración antipolvo 9,13 164,34 P0351030 18,000 Ud Filtro mascarilla antipolvo 0,39 7,02 P0351040 18,000 Ud Protector auditivo 11,10 199,80 P0351050 18,000 Ud Cinturón de seguridad 17,95 323,10 P0351070 18,000 Ud Mono de trabajo 12,40 223,20 P0351080 18,000 Ud Impermeable 11,75 211,50 P0351090 18,000 Ud Par fino guantes de goma 1,30 23,40 P0351100 18,000 Ud Par de botas segurdad de lona 19,58 352,44 P0351110 18,000 Ud Par de botas seguridad de cuero 21,54 387,72 P0351120 18,000 Ud Chaleco reflectante 24,22 435,96 P0351130 18,000 Ud Par de guantes de cuero 2,28 41,04 P0351140 1,000 Ud Pantalla seguridad soldador 10,45 10,45 P0351150 1,000 Ud Gafa de seguridad oxicorte 3,92 3,92 P0351160 1,000 Ud Mandil de cuero soldador 10,45 10,45 P0351170 1,000 Ud Par de manguitos soldador 3,60 3,60 P0351180 18,000 Ud Par de botas impermeables. 8,48 152,64 P0351190 1,000 Ud Par de polainas soldador 4,57 4,57 P0351200 1,000 Ud Par de guantes soldador 5,55 5,55 P0351210 1,000 Ud Par de guantes dielectricos 39,17 39,17 P0351220 1,000 Ud Par de botas dieléctricas 42,44 42,44 P0352030 30,000 Ud Jalón de señalizacion 7,83 234,90 P0352040 2,000 Ud Pórtico limitación de altura. 230,80 461,60 P0352090 2.400,000 Ml Tira colgante reflectante. 0,65 1.560,00 P0352100 96,000 Ud Cartel indicativo riesgo soporte 6,10 585,60 P0352110 21,000 Ud Valla movil contención peatones 69,85 1.466,85 P0352120 21,000 Ud Valla móvil 165x20 2 sop. reflec 75,08 1.576,68 P0352140 53,000 Ud Cono baliza 50 cm reflectante 21,21 1.124,13 P0352150 20,000 Ud Baliza autónoma célula fotoelect 71,81 1.436,20 P0354010 1,000 Ud Interruptor diferencial 300mA 86,22 86,22 P0354020 1,000 Ud Interruptor diferencial 30 mA 98,54 98,54 P0354040 1,000 Ud Transformador 24V 54,32 54,32 P0355000 3,000 Ud Mes alquiler barracón comedor 163,22 489,66 P0355010 3,000 Ud Mes alquiler barracón vestuarios 184,95 554,85 P0355020 1,000 Ud Acometida agua elect aseos 123,17 123,17 P0355030 1,000 Ud Mesa madera para 10 personas 52,22 52,22 P0355040 2,000 Ud Banco de madera para 5 personas 14,36 28,72 P0355050 1,000 Ud Acometida agua elect. comedor 92,60 92,60 P0355060 2,000 Ud Radiador infrarrojos 1000W 39,17 78,34 P0355070 3,000 Ud Recipiente recogida de basura 19,58 58,74 P0355080 15,000 Ud Taquilla individual metálica 39,17 587,55 P0355090 2,000 Ud Calienta comidas 203,46 406,92 P0355100 0,250 Ud Calentador de agua 50 l 195,87 48,97 P0356010 2,000 Ud Botiquín instalado 32,64 65,28 P0356020 4,000 Ud Reposición mat. sanitario obra 61,59 246,36 P0357010 9,000 Ud Reunión mensual comite 81,46 733,14 P0366000 30,000 Ud Reconocimiento médico obligatori 19,58 587,40 __________________ Grupo P03 ................................ 16.216,80 P31CA120 15,000 ud Tapa provisional pozo 100x100 24,33 364,95 P31CB030 0,150 m3 Tablón madera pino 20x7 cm. 251,48 37,72 P31CB035 0,040 m3 Tabloncillo madera pino 20x5 cm. 251,48 10,06 P31CB040 0,030 m3 Tabla madera pino 15x5 cm. 239,32 7,18 P31CR010 799,200 m. Malla plástica stopper 1,00 m. 0,97 775,22 __________________ Grupo P31 ................................ 1.195,13 R003 378,000 m3 Hormigón HM-20/P/20/I central 87,64 33.127,92 R004 1.230,000 ud Pequeño material 1,36 1.672,80 R0061 1.200,000 m. Tubo corrugado rojo doble pared D 125 2,38 2.856,00 R008 2.400,000 m. Cinta señalizadora 0,16 384,00 R0093 672,000 m3 Agua obra 1,21 813,12 __________________ Grupo R00 ................................ 38.853,84

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LISTADO DE MATERIALES VALORADO

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

P. 080601 Página 48

R010 3.600,000 LÍNEA RHZ1-OL 26/45Kv (1x800) mm2 AL+ H 130 65,44 235.584,00 Cable conductor de (1x800)Al. 26/45 kV., con las caracteriasticas homologadas por la compañia Unión Fenosa: CONDUCTOR: Aluminio, semirrígido clase 2 AISLAMIENTO: Polietileno reticulado (XLPE) PANTALLA: Corona de hilos de cobre CUBIERTA EXTERIOR: Poliolefina termoplástica libre de halógenos ________________ Grupo R01 ................................ 235.584,00 R101 4.800,000 m. Tubo corrugado rojo doble pared D 160 3,63 17.424,00 __________________ Grupo R10 ................................ 17.424,00 ___________________________________________________________________________________________________________________________________________ TOTAL ....................................................................................... 334.282,00

Madrid, junio 2008 El autor del Proyecto: Por la Administración: _______________________________ ____________________ Fdo.: J. Benjamín Cereceda Céspedes Fdo. Juan Carlos Pastor Rey de Viñas Ingeniero Industrial. Col. Nº 14088. Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid

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CUADRO DE PRECIOS 1

P. 080601 Página 49

4.3. CUADRO DE PRECIOS 1

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CUADRO DE PRECIOS 1

CÓDIGO UD RESUMEN PRECIO ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

P. 080601 Página 50

CAPÍTULO 4.1 LÍNEA DE 26/45 KV 4.1.1 ud Arqueta prefabricada con marco y tapa para suministro eléctrico 445,82 Arqueta prefabricada de hormigón de dimensiones exteriores 1,00x1,00x1,00 m, homologada por UNIÓN FENOSA, con tapa, sobre encachado de piedra, solera de hormigón perforada para drenaje. Totalmente terminada. CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS con OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.1.2 m. RED A.T.CALZ. RHZ1-OL 26/45Kv 3(1x800) mm2 AL+ H 130 261,67 Red eléctrica de alta tensión entubada bajo calzada, realizada con cables conductores de 3(1x800)Al. 26/45 kV., con aislamiento de dieléctrico seco, formados por: conductor Aluminio, semirrígido clase 2, aislamiento Polietileno reticulado (XLPE), pantalla de corona de hilos de co- bre y cubierta de poliolefina termoplástica libre de halógenos, en instalación subterránea bajo cal- zada, en zanja de 70 cm. de ancho y 125 cm. de profundidad, incluyendo excavación de zanja, asiento con 5 cm. de hormigón HM-20 N/mm2, montaje de tubos de material termoplástico de 160/125 mm. de diámetro, relleno con una capa de hormigón HM-20 N/mm2 hasta una altura de 10 cm. por encima de los tubos envolviéndolos completamente, y relleno con tierras propias compactadas según especificaciones Unión Fenosa, hasta la altura donde se inicia el firme; in- cluso suministro y montaje de cables conductores, con parte proporcional retirada y transporte a vertedero de los productos sobrantes de la excavación y pruebas de rigidez dieléctrica, totalmen- te instalada, transporte, montaje y conexionado. DOSCIENTOS SESENTA Y UN EUROS con SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.1.3 ud Empalme c. seco RZHI 26/45 Kv 1x800 mm2 AL 6.846,37 Empalme c. seco RZHI 26/45 Kv 1x800 mm2 AL SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS EUROS con TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.1.4 ud Conjunto terminado int. Pol. 26/45 1x800 mm2 AL 10.714,28 Conjunto terminado int. Pol. 26/45 1x800 mm2 AL DIEZ MIL SETECIENTOS CATORCE EUROS con VEINTIOCHO CÉNTIMOS

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P. 080601 Página 51

CAPÍTULO 4.2 RED DE TELECONTROL 4.3.1 UD INSTALACIÓN RED DE TELECONTROL 49,15 Red de telecontrol entubada, realizada con cables de fibra optica, para la conexión de las subes- taciones de Las Dehesas y de Valdemingómez, con las caracteriasticas homologadas por la compañia Unión Fenosa, incluyendo pruebas, conexionado, tendido y personal necesario para su instalación y puesta en funcionamiento. CUARENTA Y NUEVE EUROS con QUINCE CÉNTIMOS 4.3.2 ud EQUIPO CONVERTIDOR RS232-FIBRA 450,97 Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente instalado y puesto en funcionamiento. CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS con NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.3.3 UD EQUIPO DE TELECONTROL REMOTO 570,32 Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente instalado y puesto en funcionamiento. QUINIENTOS SETENTA EUROS con TREINTA Y DOS CÉNTIMOS 4.3.4 UD UCI-RACK 1.629,43 Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente instalado y puesto en funcionamiento. MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE EUROS con CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS 4.3.5 UD ARMARIO DE TELEDISPARO 5.431,44 Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, donde se ubicarán los distintos equipos en la subestación de las Dehesas. CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UN EUROS con CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS

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CAPÍTULO 4.3 SEGURIDAD Y SALUD SUBCAPÍTULO 4.4.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES 4.4.1.1 Ud Casco de seguridad homologado 1,59 Casco de seguridad homologado. UN EUROS con CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS 4.4.1.2 Ud Gafa antipolvo y anti-impactos 8,65 Gafa antipolvo y anti-impactos. OCHO EUROS con SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.1.3 Ud Mascarilla respiración antipolvo 9,68 Mascarilla de respiración antipolvo. NUEVE EUROS con SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS 4.4.1.4 Ud Filtro para mascarilla antipolvo 0,41 Filtro para mascarilla antipolvo. CERO EUROS con CUARENTA Y UN CÉNTIMOS 4.4.1..5 Ud Protector auditivo 11,77 Protector auditivo. ONCE EUROS con SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.4.1..6 Ud Cinturón de seguridad 19,03 Cinturón de seguridad. DIECINUEVE EUROS con TRES CÉNTIMOS 4.4.1.7 Ud Cinturón segurid. antivibratorio 16,60 Cinturón de seguridad antivibratorio. DIECISEIS EUROS con SESENTA CÉNTIMOS 4.4.1.8 Ud Mono de trabajo 13,14 Mono de trabajo. TRECE EUROS con CATORCE CÉNTIMOS 4.4.1.9 Ud Impermeable 12,46 Impermeable. DOCE EUROS con CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS 4.4.1.10 Ud Par de guantes fino de goma 1,38 Para de guantes de goma finos. UN EUROS con TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS 4.4.1.11 Ud Par de botas seguridad de lona 20,76 Para de botas de seguridad de lona. VEINTE EUROS con SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS 4.4.1.12 Ud Par de botas seguridad de cuero 22,83 Par de botas de seguridad de cuero. VEINTIDOS EUROS con OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS 4.4.1.13 Ud Chaleco reflectante 25,67 Chaleco reflectante. VEINTICINCO EUROS con SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.4.1.14 Ud Par de guantes de cuero 2,42 Par de guantes de cuero. DOS EUROS con CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.1.15 Ud Pantalla seguridad soldador 11,08 Pantalla de seguridad para soldador. ONCE EUROS con OCHO CÉNTIMOS 4.4.1.16 Ud Gafa de seguridad anticorte 4,15 Gafas de seguridad para oxicorte. CUATRO EUROS con QUINCE CÉNTIMOS 4.4.1.17 Ud Mandil de cuero soldador 11,08 Mandil de cuero para soldador. ONCE EUROS con OCHO CÉNTIMOS 4.4.1.18 Ud Par de manguitos para soldador 3,82 Par de manguitos para soldador. TRES EUROS con OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS

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4.4.1.19 Ud Par de botas impermeables 8,99 Par de botas impermeables. OCHO EUROS con NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS 4.4.1.20 Ud Par de polainas para soldador 4,85 Par de polainas para soldador. CUATRO EUROS con OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.1.21 Ud Par de guantes para soldador 5,89 Par de guantes soldador. CINCO EUROS con OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS 4.4.1.22 Ud Par de guantes dieléctricos 41,52 Par de guantes dieléctricos. CUARENTA Y UN EUROS con CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.1.23 Ud Par de botas dieléctricas 44,98 Par de botas dieléctricas CUARENTA Y CUATRO EUROS con NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 4.4.2 PROTECCIONES COLECTIVAS 4.4.2.1 Ud Jalón de señalización. 8,64 Jalón de señalización, incluso montaje y desmontaje. OCHO EUROS con SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS 4.4.2.2 Ud Pórtico de señalización. 244,65 Pórtico de señalización de altura compuesto por dos perfiles verticales. DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS con SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.2.3 H Camión de riego. 17,03 Camión regador, incluso conductor. DIECISIETE EUROS con TRES CÉNTIMOS 4.4.2.4 H Señalista 12,17 Señalista. DOCE EUROS con DIECISIETE CÉNTIMOS 4.4.2.5 H Brigada mantenimiento y repos 12,17 Brigada empleada en el mantenimiento y reposición de protecciones. DOCE EUROS con DIECISIETE CÉNTIMOS 4.4.2.6 ML Cordón balizamiento reflectante 1,22 Cordón de balizamiento reflectante, incluso soportes, colocación y desmontaje. UN EUROS con VEINTIDOS CÉNTIMOS 4.4.2.7 Ud Valla movil 2.50x1.00 75,00 Valla movil de 2.50 m. de longitud y 1.10 m. de altura, para contención de peatones, colocada. SETENTA Y CINCO EUROS 4.4.2.8 Ud Valla movil 1.65x0.20 85,92 Valla móvil para señalización de obras, de 1.65x0.20 m., reflectante, incluso bípodes de susten- tación, colocada. OCHENTA Y CINCO EUROS con NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.2.9 Ud Cono baliza 50 cm. 22,71 Cono-baliza de 50 cm. de altura, reflectante, colocado. VEINTIDOS EUROS con SETENTA Y UN CÉNTIMOS 4.4.2.10 Ud Baliza luminosa autonoma 76,35 Baliza luminosa intermitente, autónoma, con célula fotoeléctrica. SETENTA Y SEIS EUROS con TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.2.11 Ud Señal circular reflectante ø60cm 103,73 Señal circular reflectante de 60 cm. de diámetro, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. CIENTO TRES EUROS con SETENTA Y TRES CÉNTIMOS

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4.4.2.12 M2 Cartel informativo localización 265,97 Cartel informativo de localización u orientación, en chapa de acero reflexivo, fijado sobre dados de hormigón HM-20 de 50x50x50 cm., incluso p.p. de anclajes y postes de sustentación IPN-120 galvanizados, totalmente colocado. DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS con NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.4.2.13 Ud Señal triangular de 90 cm. 111,42 Señal triangular de 90 cm. de lado reflectante, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. CIENTO ONCE EUROS con CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.2.14 Ud Señal reflect. rectang 90x120 cm 307,27 Señal reflectante rectangular de 90x120 cm., fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 55x40x70 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. TRESCIENTOS SIETE EUROS con VEINTISIETE CÉNTIMOS 4.4.2.15 Ud Señal octogonal de "STOP" 90cm 207,79 Señal octogonal de "STOP" de 90 cm., reflectante, de doble apotema, fijada sobre dado de hor- migón HM-20 de 40x40x60 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. DOSCIENTOS SIETE EUROS con SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS 4.4.2.16 ud Tapa provisional para pozos, pilotes o asimilables de 100x100 cm 18,27 Tapa provisional para pozos, pilotes o asimilables de 100x100 cm., formada mediante tablones de madera de 20x5 cm. armados mediante encolado y clavazón, zócalo de 20 cm. de altura, in- cluso fabricación y colocación, (amortizable en dos usos). DIECIOCHO EUROS con VEINTISIETE CÉNTIMOS 4.4.2.17 m. MALLA POLIETILENO DE SEGURIDAD 1,90 Malla de polietileno alta densidad con tratamiento antiultravioleta, color naranja de 1 m. de altura, tipo stopper, i/colocación y desmontaje, amortizable en tres usos. s/R.D. 486/97. UN EUROS con NOVENTA CÉNTIMOS 4.4.2.18 m. PASARELA MADERA SOBRE ZANJAS 13,35 Pasarela para paso sobre zanjas formada por tres tablones de 20x7 cm. cosidos a clavazón y doble barandilla formada por pasamanos de madera de 20x5, rodapié y travesaño intermedio de 15x5 cm., sujetos con pies derechos de madera cada 1 m. incluso colocación y desmontaje (amortizable en 3 usos). s/R.D. 486/97. TRECE EUROS con TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 4.4.3 PROTECCIONES CONTRA INCENDIOS 4.4.3.1 Ud Extintor de polvo ABCE 6 KG. 46,23 Extintor de polvo polivalente ABCE, eficacia 13A/89B, de carga 6 kg., incluso soporte a pared, colocado. CUARENTA Y SEIS EUROS con VEINTITRES CÉNTIMOS 4.4.3.2 Ud Extinton de CO2 de 3,5 KG. 92,79 Extintor de CO2 de 3.5 kg. de carga, eficacia 21B, incluso anclajes y soporte a pared, coloca- do.olocado. NOVENTA Y DOS EUROS con SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS

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SUBCAPÍTULO 4.4.4 PROTECCIONES INSTALACIONES ELECTRICAS 4.4.4.1 Ud Puesta a tierra 33,94 Conjunto de puesta a tierra constituido por pica de acero cobrizado de 2 mt. de longitud, con ca- beza roscada, cable de fijación del soporte a la pica, terminal y restante material. Incluido cone- xionado. TREINTA Y TRES EUROS con NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS 4.4.4.2 Ud Interruptor diferencial 300 mA 91,39 Interruptor diferencial de media sensibilidad (300 mA) NOVENTA Y UN EUROS con TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS 4.4.4.3 Ud Interruptor diferencial 30 mA 104,45 Interruptor diferencial de alta sensibilidad (30mA) CIENTO CUATRO EUROS con CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.4.4 Ud Transformador seg. 24V 57,58 Transformador de seguridad 24 V. CINCUENTA Y SIETE EUROS con CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 4.4.5 PROTECCIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR 4.4.5.1 Ud Mes alquiler barracón vest. come 369,06 Mes de alquiler de barracón para comedor, vestuarios y aseos para 37 personas. TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS con SEIS CÉNTIMOS 4.4.5.2 Ud Acometida agua y elect. aseos 130,56 Acometida de agua para aseos y energía eléctrica par vestuarios y aseos, totalmente acabados y en servicio. CIENTO TREINTA EUROS con CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS 4.4.5.3 Ud Mesa de madera 55,35 Mesa de madera para 10 personas. CINCUENTA Y CINCO EUROS con TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.5.4 Ud Banco de madera 15,22 Banco de madera para 5 personas. QUINCE EUROS con VEINTIDOS CÉNTIMOS 4.4.5.5 Ud Acometida agua y elect. comedor 98,16 Acometida de agua y energía eléctrica para comedor, totalmente en servicio. NOVENTA Y OCHO EUROS con DIECISEIS CÉNTIMOS 4.4.5.6 Ud Limpieza y conservacion instalac 12,17 Limpieza y conservación de instalaciones de personal. DOCE EUROS con DIECISIETE CÉNTIMOS 4.4.5.7 Ud Radiador infrarojos 1000W 41,52 Radiador de infrarrojos de 1000 W, instalado. CUARENTA Y UN EUROS con CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.5.8 Ud Recipiente acogida de basuras 20,76 Recipiente para acogida de basuras. VEINTE EUROS con SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS 4.4.5.9 Ud Taquilla individual metálica 41,52 Taquilla individual metálica, con llave, para 3 usos. CUARENTA Y UN EUROS con CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.5.10 Ud Calienta comidas 215,67 Calienta comidas para 20 servicios, 4 usos instalado. DOSCIENTOS QUINCE EUROS con SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS

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CUADRO DE PRECIOS 1

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4.4.5.11 Ud Calentador agua 50 l. 48,97 Calentador de agua de 50 l., para 4 usos, instalado. CUARENTA Y OCHO EUROS con NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 4.4.6 MEDICINA PREVENTIVA ES061000 Ud Reconocimiento médico obligatori 20,76 Reconocimiento médico obligatorio. VEINTE EUROS con SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS ES061010 Ud Botiquín 35,51 Botiquín colocado. TREINTA Y CINCO EUROS con CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS ES061020 Ud Reposición material sanitario 65,29 Reposición de material sanitario durante el transcurso de la obra. SESENTA Y CINCO EUROS con VEINTINUEVE CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 4.4.7 FORMACION 4.4.7.1 H Vigilante de seguridad e higiene 13,14 Vigilante de seguridad e higiene. TRECE EUROS con CATORCE CÉNTIMOS 4.4.7.2 H Reunión mensual comité 86,35 Reunión mensual del comité de seguridad e higiene en el trabajo. OCHENTA Y SEIS EUROS con TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.7.3 H Formación en seguridad e higiene 13,14 Formación en seguridad e higiene en el trabajo. TRECE EUROS con CATORCE CÉNTIMOS

Madrid, junio 2008 El autor del Proyecto: Por la Administración: _______________________________ ____________________ Fdo.: J. Benjamín Cereceda Céspedes Fdo. Juan Carlos Pastor Rey de Viñas Ingeniero Industrial. Col. Nº 14088. Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid

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CAPÍTULO 4.1 LÍNEA DE 26/45 KV 4.1.1 ud Arqueta prefabricada con marco y tapa para suministro eléctrico Arqueta prefabricada de hormigón de dimensiones exteriores 1,00x1,00x1,00 m, homologada por UNIÓN FENOSA, con tapa, sobre encachado de piedra, solera de hormigón perforada para drenaje. Totalmente terminada. Mano de obra ......................................................... 130,77 Maquinaria ............................................................. 18,66 Resto de obra y materiales .................................... 296,39 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 445,82 4.1.2 m. RED A.T.CALZ. RHZ1-OL 26/45Kv 3(1x800) mm2 AL+ H 130 Red eléctrica de alta tensión entubada bajo calzada, realizada con cables conductores de 3(1x800)Al. 26/45 kV., con aislamiento de dieléctrico seco, formados por: conductor Aluminio, semirrígido clase 2, aislamiento Polietileno reticulado (XLPE), pantalla de corona de hilos de co- bre y cubierta de poliolefina termoplástica libre de halógenos, en instalación subterránea bajo cal- zada, en zanja de 70 cm. de ancho y 125 cm. de profundidad, incluyendo excavación de zanja, asiento con 5 cm. de hormigón HM-20 N/mm2, montaje de tubos de material termoplástico de 160/125 mm. de diámetro, relleno con una capa de hormigón HM-20 N/mm2 hasta una altura de 10 cm. por encima de los tubos envolviéndolos completamente, y relleno con tierras propias compactadas según especificaciones Unión Fenosa, hasta la altura donde se inicia el firme; in- cluso suministro y montaje de cables conductores, con parte proporcional retirada y transporte a vertedero de los productos sobrantes de la excavación y pruebas de rigidez dieléctrica, totalmen- te instalada, transporte, montaje y conexionado. Mano de obra ......................................................... 14,64 Maquinaria ............................................................. 3,84 Resto de obra y materiales .................................... 243,19 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 261,67 4.1.3 ud Empalme c. seco RZHI 26/45 Kv 1x800 mm2 AL Empalme c. seco RZHI 26/45 Kv 1x800 mm2 AL TOTAL PARTIDA .................................................. 6.846,37 4.1.4 ud Conjunto terminado int. Pol. 26/45 1x800 mm2 AL Conjunto terminado int. Pol. 26/45 1x800 mm2 AL TOTAL PARTIDA .................................................. 10.714,28

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CAPÍTULO 4.2 RED DE TELECONTROL 4.3.1 UD INSTALACIÓN RED DE TELECONTROL Red de telecontrol entubada, realizada con cables de fibra optica, para la conexión de las subes- taciones de Las Dehesas y de Valdemingómez, con las caracteriasticas homologadas por la compañia Unión Fenosa, incluyendo pruebas, conexionado, tendido y personal necesario para su instalación y puesta en funcionamiento. TOTAL PARTIDA .................................................. 49,15 4.3.2 ud EQUIPO CONVERTIDOR RS232-FIBRA Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente instalado y puesto en funcionamiento. Resto de obra y materiales .................................... 450,97 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 450,97 4.3.3 UD EQUIPO DE TELECONTROL REMOTO Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente instalado y puesto en funcionamiento. Resto de obra y materiales .................................... 570,32 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 570,32 4.3.4 UD UCI-RACK Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente instalado y puesto en funcionamiento. Resto de obra y materiales .................................... 1.629,43 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 1.629,43 4.3.5 UD ARMARIO DE TELEDISPARO Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, donde se ubicarán los distintos equipos en la subestación de las Dehesas. Resto de obra y materiales .................................... 5.431,44 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 5.431,44

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CAPÍTULO 4.3 SEGURIDAD Y SALUD SUBCAPÍTULO 4.4.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES 4.4.1.1 Ud Casco de seguridad homologado Casco de seguridad homologado. Resto de obra y materiales .................................... 1,59 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 1,59 4.4.1.2 Ud Gafa antipolvo y anti-impactos Gafa antipolvo y anti-impactos. Resto de obra y materiales .................................... 8,65 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 8,65 4.4.1.3 Ud Mascarilla respiración antipolvo Mascarilla de respiración antipolvo. Resto de obra y materiales .................................... 9,68 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 9,68 4.4.1.4 Ud Filtro para mascarilla antipolvo Filtro para mascarilla antipolvo. Resto de obra y materiales .................................... 0,41 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 0,41 4.4.1..5 Ud Protector auditivo Protector auditivo. Resto de obra y materiales .................................... 11,77 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 11,77 4.4.1..6 Ud Cinturón de seguridad Cinturón de seguridad. Resto de obra y materiales .................................... 19,03 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 19,03 4.4.1.7 Ud Cinturón segurid. antivibratorio Cinturón de seguridad antivibratorio. Resto de obra y materiales .................................... 16,60 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 16,60 4.4.1.8 Ud Mono de trabajo Mono de trabajo. Resto de obra y materiales .................................... 13,14 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 13,14 4.4.1.9 Ud Impermeable Impermeable. Resto de obra y materiales .................................... 12,46 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 12,46 4.4.1.10 Ud Par de guantes fino de goma Para de guantes de goma finos. Resto de obra y materiales .................................... 1,38 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 1,38 4.4.1.11 Ud Par de botas seguridad de lona Para de botas de seguridad de lona. Resto de obra y materiales .................................... 20,76 _______________

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TOTAL PARTIDA .................................................. 20,76 4.4.1.12 Ud Par de botas seguridad de cuero Par de botas de seguridad de cuero. Resto de obra y materiales .................................... 22,83 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 22,83 4.4.1.13 Ud Chaleco reflectante Chaleco reflectante. Resto de obra y materiales .................................... 25,67 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 25,67 4.4.1.14 Ud Par de guantes de cuero Par de guantes de cuero. Resto de obra y materiales .................................... 2,42 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 2,42 4.4.1.15 Ud Pantalla seguridad soldador Pantalla de seguridad para soldador. Resto de obra y materiales .................................... 11,08 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 11,08 4.4.1.16 Ud Gafa de seguridad anticorte Gafas de seguridad para oxicorte. Resto de obra y materiales .................................... 4,15 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 4,15 4.4.1.17 Ud Mandil de cuero soldador Mandil de cuero para soldador. Resto de obra y materiales .................................... 11,08 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 11,08 4.4.1.18 Ud Par de manguitos para soldador Par de manguitos para soldador. Resto de obra y materiales .................................... 3,82 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 3,82 4.4.1.19 Ud Par de botas impermeables Par de botas impermeables. Resto de obra y materiales .................................... 8,99 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 8,99 4.4.1.20 Ud Par de polainas para soldador Par de polainas para soldador. Resto de obra y materiales .................................... 4,85 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 4,85 4.4.1.21 Ud Par de guantes para soldador Par de guantes soldador. Resto de obra y materiales .................................... 5,89 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 5,89 4.4.1.22 Ud Par de guantes dieléctricos Par de guantes dieléctricos. Resto de obra y materiales .................................... 41,52 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 41,52

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4.4.1.23 Ud Par de botas dieléctricas Par de botas dieléctricas Resto de obra y materiales .................................... 44,98 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 44,98 SUBCAPÍTULO 4.4.2 PROTECCIONES COLECTIVAS 4.4.2.1 Ud Jalón de señalización. Jalón de señalización, incluso montaje y desmontaje. Mano de obra ......................................................... 0,32 Resto de obra y materiales .................................... 8,32 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 8,64 4.4.2.2 Ud Pórtico de señalización. Pórtico de señalización de altura compuesto por dos perfiles verticales. Resto de obra y materiales .................................... 244,65 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 244,65 4.4.2.3 H Camión de riego. Camión regador, incluso conductor. Maquinaria ............................................................. 16,06 Resto de obra y materiales .................................... 0,97 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 17,03 4.4.2.4 H Señalista Señalista. Mano de obra ......................................................... 11,48 Resto de obra y materiales .................................... 0,69 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 12,17 4.4.2.5 H Brigada mantenimiento y repos Brigada empleada en el mantenimiento y reposición de protecciones. Mano de obra ......................................................... 11,48 Resto de obra y materiales .................................... 0,69 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 12,17 4.4.2.6 ML Cordón balizamiento reflectante Cordón de balizamiento reflectante, incluso soportes, colocación y desmontaje. Mano de obra ......................................................... 0,26 Resto de obra y materiales .................................... 0,96 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 1,22 4.4.2.7 Ud Valla movil 2.50x1.00 Valla movil de 2.50 m. de longitud y 1.10 m. de altura, para contención de peatones, colocada. Mano de obra ......................................................... 0,90 Resto de obra y materiales .................................... 74,10 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 75,00 4.4.2.8 Ud Valla movil 1.65x0.20 Valla móvil para señalización de obras, de 1.65x0.20 m., reflectante, incluso bípodes de susten- tación, colocada. Mano de obra ......................................................... 5,97 Resto de obra y materiales .................................... 79,95 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 85,92 4.4.2.9 Ud Cono baliza 50 cm. Cono-baliza de 50 cm. de altura, reflectante, colocado. Mano de obra ......................................................... 0,22

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Resto de obra y materiales .................................... 22,49 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 22,71 4.4.2.10 Ud Baliza luminosa autonoma Baliza luminosa intermitente, autónoma, con célula fotoeléctrica. Mano de obra ......................................................... 0,22 Resto de obra y materiales .................................... 76,13 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 76,35 4.4.2.11 Ud Señal circular reflectante ø60cm Señal circular reflectante de 60 cm. de diámetro, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. Mano de obra ......................................................... 1,19 Resto de obra y materiales .................................... 102,54 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 103,73 4.4.2.12 M2 Cartel informativo localización Cartel informativo de localización u orientación, en chapa de acero reflexivo, fijado sobre dados de hormigón HM-20 de 50x50x50 cm., incluso p.p. de anclajes y postes de sustentación IPN-120 galvanizados, totalmente colocado. Mano de obra ......................................................... 5,75 Resto de obra y materiales .................................... 260,22 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 265,97 4.4.2.13 Ud Señal triangular de 90 cm. Señal triangular de 90 cm. de lado reflectante, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. Mano de obra ......................................................... 1,19 Resto de obra y materiales .................................... 110,23 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 111,42 4.4.2.14 Ud Señal reflect. rectang 90x120 cm Señal reflectante rectangular de 90x120 cm., fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 55x40x70 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. Mano de obra ......................................................... 1,19 Resto de obra y materiales .................................... 306,08 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 307,27 4.4.2.15 Ud Señal octogonal de "STOP" 90cm Señal octogonal de "STOP" de 90 cm., reflectante, de doble apotema, fijada sobre dado de hor- migón HM-20 de 40x40x60 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. Mano de obra ......................................................... 1,19 Maquinaria ............................................................. 0,29 Resto de obra y materiales .................................... 206,31 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 207,79 4.4.2.16 ud Tapa provisional para pozos, pilotes o asimilables de 100x100 cm Tapa provisional para pozos, pilotes o asimilables de 100x100 cm., formada mediante tablones de madera de 20x5 cm. armados mediante encolado y clavazón, zócalo de 20 cm. de altura, in- cluso fabricación y colocación, (amortizable en dos usos). Mano de obra ......................................................... 4,74 Resto de obra y materiales .................................... 13,53 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 18,27 4.4.2.17 m. MALLA POLIETILENO DE SEGURIDAD Malla de polietileno alta densidad con tratamiento antiultravioleta, color naranja de 1 m. de altura,

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tipo stopper, i/colocación y desmontaje, amortizable en tres usos. s/R.D. 486/97. Mano de obra ......................................................... 1,58 Resto de obra y materiales .................................... 0,32 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 1,90 4.4.2.18 m. PASARELA MADERA SOBRE ZANJAS Pasarela para paso sobre zanjas formada por tres tablones de 20x7 cm. cosidos a clavazón y doble barandilla formada por pasamanos de madera de 20x5, rodapié y travesaño intermedio de 15x5 cm., sujetos con pies derechos de madera cada 1 m. incluso colocación y desmontaje (amortizable en 3 usos). s/R.D. 486/97. Mano de obra ......................................................... 7,85 Resto de obra y materiales .................................... 5,50 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 13,35 SUBCAPÍTULO 4.4.3 PROTECCIONES CONTRA INCENDIOS 4.4.3.1 Ud Extintor de polvo ABCE 6 KG. Extintor de polvo polivalente ABCE, eficacia 13A/89B, de carga 6 kg., incluso soporte a pared, colocado. Mano de obra ......................................................... 6,39 Resto de obra y materiales .................................... 39,84 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 46,23 4.4.3.2 Ud Extinton de CO2 de 3,5 KG. Extintor de CO2 de 3.5 kg. de carga, eficacia 21B, incluso anclajes y soporte a pared, coloca- do.olocado. Mano de obra ......................................................... 6,39 Resto de obra y materiales .................................... 86,40 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 92,79 SUBCAPÍTULO 4.4.4 PROTECCIONES INSTALACIONES ELECTRICAS 4.4.4.1 Ud Puesta a tierra Conjunto de puesta a tierra constituido por pica de acero cobrizado de 2 mt. de longitud, con ca- beza roscada, cable de fijación del soporte a la pica, terminal y restante material. Incluido cone- xionado. Mano de obra ......................................................... 10,07 Resto de obra y materiales .................................... 23,87 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 33,94 4.4.4.2 Ud Interruptor diferencial 300 mA Interruptor diferencial de media sensibilidad (300 mA) Resto de obra y materiales .................................... 91,39 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 91,39 4.4.4.3 Ud Interruptor diferencial 30 mA Interruptor diferencial de alta sensibilidad (30mA) Resto de obra y materiales .................................... 104,45 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 104,45 4.4.4.4 Ud Transformador seg. 24V Transformador de seguridad 24 V. Resto de obra y materiales .................................... 57,58 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 57,58 SUBCAPÍTULO 4.4.5 PROTECCIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR 4.4.5.1 Ud Mes alquiler barracón vest. come Mes de alquiler de barracón para comedor, vestuarios y aseos para 37 personas. Resto de obra y materiales .................................... 369,06

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_______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 369,06 4.4.5.2 Ud Acometida agua y elect. aseos Acometida de agua para aseos y energía eléctrica par vestuarios y aseos, totalmente acabados y en servicio. Resto de obra y materiales .................................... 130,56 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 130,56 4.4.5.3 Ud Mesa de madera Mesa de madera para 10 personas. Resto de obra y materiales .................................... 55,35 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 55,35 4.4.5.4 Ud Banco de madera Banco de madera para 5 personas. Resto de obra y materiales .................................... 15,22 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 15,22 4.4.5.5 Ud Acometida agua y elect. comedor Acometida de agua y energía eléctrica para comedor, totalmente en servicio. Resto de obra y materiales .................................... 98,16 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 98,16 4.4.5.6 Ud Limpieza y conservacion instalac Limpieza y conservación de instalaciones de personal. Mano de obra ......................................................... 11,48 Resto de obra y materiales .................................... 0,69 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 12,17 4.4.5.7 Ud Radiador infrarojos 1000W Radiador de infrarrojos de 1000 W, instalado. Resto de obra y materiales .................................... 41,52 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 41,52 4.4.5.8 Ud Recipiente acogida de basuras Recipiente para acogida de basuras. Resto de obra y materiales .................................... 20,76 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 20,76 4.4.5.9 Ud Taquilla individual metálica Taquilla individual metálica, con llave, para 3 usos. Resto de obra y materiales .................................... 41,52 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 41,52 4.4.5.10 Ud Calienta comidas Calienta comidas para 20 servicios, 4 usos instalado. Resto de obra y materiales .................................... 215,67 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 215,67 4.4.5.11 Ud Calentador agua 50 l. Calentador de agua de 50 l., para 4 usos, instalado. Resto de obra y materiales .................................... 48,97 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 48,97 SUBCAPÍTULO 4.4.6 MEDICINA PREVENTIVA ES061000 Ud Reconocimiento médico obligatori

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CÓDIGO UD RESUMEN PRECIO ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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Reconocimiento médico obligatorio. Resto de obra y materiales .................................... 20,76 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 20,76 ES061010 Ud Botiquín Botiquín colocado. Mano de obra ......................................................... 0,86 Resto de obra y materiales .................................... 34,65 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 35,51 ES061020 Ud Reposición material sanitario Reposición de material sanitario durante el transcurso de la obra. Resto de obra y materiales .................................... 65,29 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 65,29 SUBCAPÍTULO 4.4.7 FORMACION 4.4.7.1 H Vigilante de seguridad e higiene Vigilante de seguridad e higiene. Mano de obra ......................................................... 12,40 Resto de obra y materiales .................................... 0,74 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 13,14 4.4.7.2 H Reunión mensual comité Reunión mensual del comité de seguridad e higiene en el trabajo. Resto de obra y materiales .................................... 86,35 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 86,35 4.4.7.3 H Formación en seguridad e higiene Formación en seguridad e higiene en el trabajo. Mano de obra ......................................................... 12,40 Resto de obra y materiales .................................... 0,74 _______________ TOTAL PARTIDA .................................................. 13,14

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CUADRO DE DESCOMPUESTOS

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4.5. CUADRO DE DESCOMPUESTOS

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CUADRO DE DESCOMPUESTOS

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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CAPÍTULO 4.1 LÍNEA DE 26/45 KV 4.1.1 ud Arqueta prefabricada con marco y tapa para suministro eléctrico Arqueta prefabricada de hormigón de dimensiones exteriores 1,00x1,00x1,00 m, homologada por UNIÓN FENO- 4.1.1.1 0,860 m3 Excavación manual hueco- arqueta c/acopio de mat y relleno post. 130,30 112,06 4.1.1.2 1,000 ud Arqueta prefabricada de hormigón de 1,00x1,00x1,00 m, instalada 333,76 333,76 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 130,77 Maquinaria ........................................................................ 18,66 Materiales ......................................................................... 283,10 Otros ................................................................................. 13,29 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 445,82 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO EUROS con OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.1.2 m. RED A.T.CALZ. RHZ1-OL 26/45Kv 3(1x800) mm2 AL+ H 130 Red eléctrica de alta tensión entubada bajo calzada, realizada con cables conductores de 3(1x800)Al. 26/45 kV., con aislamiento de dieléctrico seco, formados por: conductor Aluminio, semirrígido clase 2, aislamiento Polietileno reticulado (XLPE), pantalla de corona de hilos de cobre y cubierta de poliolefina termoplástica libre de halógenos, en instalación subterránea bajo calzada, en zanja de 70 cm. de ancho y 125 cm. de profundidad, incluyendo exca- vación de zanja, asiento con 5 cm. de hormigón HM-20 N/mm2, montaje de tubos de material termoplástico de 160/125 mm. de diámetro, relleno con una capa de hormigón HM-20 N/mm2 hasta una altura de 10 cm. por enci- ma de los tubos envolviéndolos completamente, y relleno con tierras propias compactadas según especificaciones Unión Fenosa, hasta la altura donde se inicia el firme; incluso suministro y montaje de cables conductores, con parte proporcional retirada y transporte a vertedero de los productos sobrantes de la excavación y pruebas de rigi- R001 0,200 h. Oficial 1ª electricista 18,08 3,62 R002 0,200 h. Oficial 2ª electricista 16,91 3,38 R003 0,315 m3 Hormigón HM-20/P/20/I central 87,64 27,61 R004 1,000 ud Pequeño material 1,36 1,36 R005 4,000 ml Tubo de plastico de 160 mm de diametro 45/66 KV, para alojar con 3,63 14,52 R006 1,000 ml Tubo de plastico verde de 125 mm de diametro, para alojar instal 2,38 2,38 R007 0,880 m3 EXCAV. ZANJA TIERRA 4,32 3,80 R008 2,000 m. Cinta señalizadora 0,16 0,32 R009 0,560 m3 RELL/COMP.C/PLAN.VIBR. S/APOR. 14,93 8,36 R010 3,000 LÍNEA RHZ1-OL 26/45Kv (1x800) mm2 AL+ H 130 65,44 196,32 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 14,64 Maquinaria ........................................................................ 3,84 Materiales ......................................................................... 243,19 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 261,67 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y UN EUROS con SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.1.3 ud Empalme c. seco RZHI 26/45 Kv 1x800 mm2 AL Sin descomposición _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 6.846,37 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS EUROS con TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.1.4 ud Conjunto terminado int. Pol. 26/45 1x800 mm2 AL Sin descomposición _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 10.714,28 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DIEZ MIL SETECIENTOS CATORCE EUROS con VEINTIOCHO CÉNTIMOS

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CAPÍTULO 4.2 RED DE TELECONTROL 4.3.1 UD INSTALACIÓN RED DE TELECONTROL Red de telecontrol entubada, realizada con cables de fibra optica, para la conexión de las subestaciones de Las Dehesas y de Valdemingómez, con las caracteriasticas homologadas por la compañia Unión Fenosa, incluyendo Sin descomposición _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 49,15 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUARENTA Y NUEVE EUROS con QUINCE CÉNTIMOS 4.3.2 ud EQUIPO CONVERTIDOR RS232-FIBRA Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente instalado y puesto 4.3.2.1 1,000 UD EQUIPO CONVERTIDOR RS232-FIBRA 450,97 450,97 Materiales .............................. _______________ 450,97 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 450,97 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA EUROS con NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.3.3 UD EQUIPO DE TELECONTROL REMOTO Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente instalado y puesto en funcionamiento. 4.3.3.1 1,000 UD EQUIPO DE TELECONTROL REMOTO 570,32 570,32 Materiales .............................. _______________ 570,32 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 570,32 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de QUINIENTOS SETENTA EUROS con TREINTA Y DOS CÉNTIMOS 4.3.4 UD UCI-RACK Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente instalado y puesto en funcionamiento. 4.3.4.1 1,000 UCI-RACK 1.629,43 1.629,43 Materiales .............................. _______________ 1.629,43 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 1.629,43 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de MIL SEISCIENTOS VEINTINUEVE EUROS con CUARENTA Y TRES CÉNTIMOS 4.3.5 UD ARMARIO DE TELEDISPARO Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, donde se ubicarán los distin- 4.3.5.1 1,000 Ud ARMARIO DE TELECONTROL 5.431,44 5.431,44 Materiales .............................. _______________ 5.431,44 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 5.431,44 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UN EUROS con CUARENTA Y CUATRO CÉNTIMOS

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CAPÍTULO 4.3 SEGURIDAD Y SALUD SUBCAPÍTULO 4.4.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES 4.4.1.1 Ud Casco de seguridad homologado Casco de seguridad homologado. P0351000 1,000 Ud Casco de seguridad homologado 1,50 1,50 %6CI 6,000 % Costes indirectos 1,50 0,09 Otros .............................. _______________ 1,59 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 1,59 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de UN EUROS con CINCUENTA Y NUEVE CÉNTIMOS 4.4.1.2 Ud Gafa antipolvo y anti-impactos Gafa antipolvo y anti-impactos. P0351010 1,000 Ud Gafa antipolvo y anti-impactos. 8,16 8,16 %6CI 6,000 % Costes indirectos 8,20 0,49 Materiales .............................. _______________ 8,16 Otros ................................................................................. 0,49 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 8,65 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de OCHO EUROS con SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.1.3 Ud Mascarilla respiración antipolvo Mascarilla de respiración antipolvo. P0351020 1,000 Ud Mascarilla respiración antipolvo 9,13 9,13 %6CI 6,000 % Costes indirectos 9,10 0,55 Materiales .............................. _______________ 9,13 Otros ................................................................................. 0,55 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 9,68 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de NUEVE EUROS con SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS 4.4.1.4 Ud Filtro para mascarilla antipolvo Filtro para mascarilla antipolvo. P0351030 1,000 Ud Filtro mascarilla antipolvo 0,39 0,39 %6CI 6,000 % Costes indirectos 0,40 0,02 Materiales .............................. _______________ 0,39 Otros ................................................................................. 0,02 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 0,41 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CERO EUROS con CUARENTA Y UN CÉNTIMOS 4.4.1..5 Ud Protector auditivo Protector auditivo. P0351040 1,000 Ud Protector auditivo 11,10 11,10 %6CI 6,000 % Costes indirectos 11,10 0,67 Materiales .............................. _______________ 11,10 Otros ................................................................................. 0,67 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 11,77 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de ONCE EUROS con SETENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.4.1..6 Ud Cinturón de seguridad Cinturón de seguridad. P0351050 1,000 Ud Cinturón de seguridad 17,95 17,95 %6CI 6,000 % Costes indirectos 18,00 1,08 Materiales .............................. _______________ 17,95 Otros ................................................................................. 1,08 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 19,03 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DIECINUEVE EUROS con TRES CÉNTIMOS

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4.4.1.7 Ud Cinturón segurid. antivibratorio Cinturón de seguridad antivibratorio. P0251060 1,000 Ud Cinturón segurid. antivibratorio 15,66 15,66 %6CI 6,000 % Costes indirectos 15,70 0,94 Materiales .............................. _______________ 15,66 Otros ................................................................................. 0,94 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 16,60 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DIECISEIS EUROS con SESENTA CÉNTIMOS 4.4.1.8 Ud Mono de trabajo Mono de trabajo. P0351070 1,000 Ud Mono de trabajo 12,40 12,40 %6CI 6,000 % Costes indirectos 12,40 0,74 Materiales .............................. _______________ 12,40 Otros ................................................................................. 0,74 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 13,14 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRECE EUROS con CATORCE CÉNTIMOS 4.4.1.9 Ud Impermeable Impermeable. P0351080 1,000 Ud Impermeable 11,75 11,75 %6CI 6,000 % Costes indirectos 11,80 0,71 Materiales .............................. _______________ 11,75 Otros ................................................................................. 0,71 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 12,46 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOCE EUROS con CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS 4.4.1.10 Ud Par de guantes fino de goma Para de guantes de goma finos. P0351090 1,000 Ud Par fino guantes de goma 1,30 1,30 %6CI 6,000 % Costes indirectos 1,30 0,08 Materiales .............................. _______________ 1,30 Otros ................................................................................. 0,08 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 1,38 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de UN EUROS con TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS 4.4.1.11 Ud Par de botas seguridad de lona Para de botas de seguridad de lona. P0351100 1,000 Ud Par de botas segurdad de lona 19,58 19,58 %6CI 6,000 % Costes indirectos 19,60 1,18 Materiales .............................. _______________ 19,58 Otros ................................................................................. 1,18 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 20,76 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTE EUROS con SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS 4.4.1.12 Ud Par de botas seguridad de cuero Par de botas de seguridad de cuero. P0351110 1,000 Ud Par de botas seguridad de cuero 21,54 21,54 %6CI 6,000 % Costes indirectos 21,50 1,29 Materiales .............................. _______________ 21,54 Otros ................................................................................. 1,29 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 22,83 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTIDOS EUROS con OCHENTA Y TRES CÉNTIMOS

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4.4.1.13 Ud Chaleco reflectante Chaleco reflectante. P0351120 1,000 Ud Chaleco reflectante 24,22 24,22 %6CI 6,000 % Costes indirectos 24,20 1,45 Materiales .............................. _______________ 24,22 Otros ................................................................................. 1,45 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 25,67 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTICINCO EUROS con SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.4.1.14 Ud Par de guantes de cuero Par de guantes de cuero. P0351130 1,000 Ud Par de guantes de cuero 2,28 2,28 %6CI 6,000 % Costes indirectos 2,30 0,14 Materiales .............................. _______________ 2,28 Otros ................................................................................. 0,14 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 2,42 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOS EUROS con CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.1.15 Ud Pantalla seguridad soldador Pantalla de seguridad para soldador. P0351140 1,000 Ud Pantalla seguridad soldador 10,45 10,45 %6CI 6,000 % Costes indirectos 10,50 0,63 Materiales .............................. _______________ 10,45 Otros ................................................................................. 0,63 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 11,08 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de ONCE EUROS con OCHO CÉNTIMOS 4.4.1.16 Ud Gafa de seguridad anticorte Gafas de seguridad para oxicorte. P0351150 1,000 Ud Gafa de seguridad oxicorte 3,92 3,92 %6CI 6,000 % Costes indirectos 3,90 0,23 Materiales .............................. _______________ 3,92 Otros ................................................................................. 0,23 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 4,15 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUATRO EUROS con QUINCE CÉNTIMOS 4.4.1.17 Ud Mandil de cuero soldador Mandil de cuero para soldador. P0351160 1,000 Ud Mandil de cuero soldador 10,45 10,45 %6CI 6,000 % Costes indirectos 10,50 0,63 Materiales .............................. _______________ 10,45 Otros ................................................................................. 0,63 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 11,08 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de ONCE EUROS con OCHO CÉNTIMOS 4.4.1.18 Ud Par de manguitos para soldador Par de manguitos para soldador. P0351170 1,000 Ud Par de manguitos soldador 3,60 3,60 %6CI 6,000 % Costes indirectos 3,60 0,22 Materiales .............................. _______________ 3,60 Otros ................................................................................. 0,22 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 3,82 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRES EUROS con OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS

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4.4.1.19 Ud Par de botas impermeables Par de botas impermeables. P0351180 1,000 Ud Par de botas impermeables. 8,48 8,48 %6CI 6,000 % Costes indirectos 8,50 0,51 Materiales .............................. _______________ 8,48 Otros ................................................................................. 0,51 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 8,99 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de OCHO EUROS con NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS 4.4.1.20 Ud Par de polainas para soldador Par de polainas para soldador. P0351190 1,000 Ud Par de polainas soldador 4,57 4,57 %6CI 6,000 % Costes indirectos 4,60 0,28 Materiales .............................. _______________ 4,57 Otros ................................................................................. 0,28 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 4,85 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUATRO EUROS con OCHENTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.1.21 Ud Par de guantes para soldador Par de guantes soldador. P0351200 1,000 Ud Par de guantes soldador 5,55 5,55 %6CI 6,000 % Costes indirectos 5,60 0,34 Materiales .............................. _______________ 5,55 Otros ................................................................................. 0,34 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 5,89 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CINCO EUROS con OCHENTA Y NUEVE CÉNTIMOS 4.4.1.22 Ud Par de guantes dieléctricos Par de guantes dieléctricos. P0351210 1,000 Ud Par de guantes dielectricos 39,17 39,17 %6CI 6,000 % Costes indirectos 39,20 2,35 Materiales .............................. _______________ 39,17 Otros ................................................................................. 2,35 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 41,52 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUARENTA Y UN EUROS con CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.1.23 Ud Par de botas dieléctricas P0351220 1,000 Ud Par de botas dieléctricas 42,44 42,44 %6CI 6,000 % Costes indirectos 42,40 2,54 Materiales .............................. _______________ 42,44 Otros ................................................................................. 2,54 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 44,98 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUARENTA Y CUATRO EUROS con NOVENTA Y OCHO CÉNTIMOS

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SUBCAPÍTULO 4.4.2 PROTECCIONES COLECTIVAS 4.4.2.1 Ud Jalón de señalización. Jalón de señalización, incluso montaje y desmontaje. O0000070 0,028 H Peón especialista 11,49 0,32 P0352030 1,000 Ud Jalón de señalizacion 7,83 7,83 %6CI 6,000 % Costes indirectos 8,20 0,49 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 0,32 Materiales ......................................................................... 7,83 Otros ................................................................................. 0,49 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 8,64 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de OCHO EUROS con SESENTA Y CUATRO CÉNTIMOS 4.4.2.2 Ud Pórtico de señalización. Pórtico de señalización de altura compuesto por dos perfiles verticales. P0352040 1,000 Ud Pórtico limitación de altura. 230,80 230,80 %6CI 6,000 % Costes indirectos 230,80 13,85 Materiales .............................. _______________ 230,80 Otros ................................................................................. 13,85 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 244,65 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO EUROS con SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.2.3 H Camión de riego. Camión regador, incluso conductor. M0002080 1,000 H Camión regador 16,06 16,06 %6CI 6,000 % Costes indirectos 16,10 0,97 Maquinaria .............................. _______________ 16,06 Otros ................................................................................. 0,97 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 17,03 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DIECISIETE EUROS con TRES CÉNTIMOS 4.4.2.4 H Señalista Señalista. O0000080 1,000 H Peón Ordinario 11,48 11,48 %6CI 6,000 % Costes indirectos 11,50 0,69 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 11,48 Otros ................................................................................. 0,69 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 12,17 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOCE EUROS con DIECISIETE CÉNTIMOS 4.4.2.5 H Brigada mantenimiento y repos Brigada empleada en el mantenimiento y reposición de protecciones. O0000080 1,000 H Peón Ordinario 11,48 11,48 %6CI 6,000 % Costes indirectos 11,50 0,69 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 11,48 Otros ................................................................................. 0,69 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 12,17 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOCE EUROS con DIECISIETE CÉNTIMOS

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CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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4.4.2.6 ML Cordón balizamiento reflectante Cordón de balizamiento reflectante, incluso soportes, colocación y desmontaje. O0000070 0,023 H Peón especialista 11,49 0,26 P0352090 1,000 Ml Tira colgante reflectante. 0,65 0,65 P0352100 0,040 Ud Cartel indicativo riesgo soporte 6,10 0,24 %6CI 6,000 % Costes indirectos 1,20 0,07 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 0,26 Materiales ......................................................................... 0,89 Otros ................................................................................. 0,07 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 1,22 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de UN EUROS con VEINTIDOS CÉNTIMOS 4.4.2.7 Ud Valla movil 2.50x1.00 Valla movil de 2.50 m. de longitud y 1.10 m. de altura, para contención de peatones, colocada. O0000030 0,045 H Oficial de primera 12,40 0,56 O0000070 0,030 H Peón especialista 11,49 0,34 P0352110 1,000 Ud Valla movil contención peatones 69,85 69,85 %6CI 6,000 % Costes indirectos 70,80 4,25 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 0,90 Materiales ......................................................................... 69,85 Otros ................................................................................. 4,25 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 75,00 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de SETENTA Y CINCO EUROS 4.4.2.8 Ud Valla movil 1.65x0.20 Valla móvil para señalización de obras, de 1.65x0.20 m., reflectante, incluso bípodes de sustentación, colocada. O0000030 0,050 H Oficial de primera 12,40 0,62 O0000070 0,250 H Peón especialista 11,49 2,87 O0000080 0,216 H Peón Ordinario 11,48 2,48 P0352120 1,000 Ud Valla móvil 165x20 2 sop. reflec 75,08 75,08 %6CI 6,000 % Costes indirectos 81,10 4,87 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 5,97 Materiales ......................................................................... 75,08 Otros ................................................................................. 4,87 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 85,92 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de OCHENTA Y CINCO EUROS con NOVENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.2.9 Ud Cono baliza 50 cm. Cono-baliza de 50 cm. de altura, reflectante, colocado. O0000080 0,019 H Peón Ordinario 11,48 0,22 P0352140 1,000 Ud Cono baliza 50 cm reflectante 21,21 21,21 %6CI 6,000 % Costes indirectos 21,40 1,28 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 0,22 Materiales ......................................................................... 21,21 Otros ................................................................................. 1,28 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 22,71 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTIDOS EUROS con SETENTA Y UN CÉNTIMOS 4.4.2.10 Ud Baliza luminosa autonoma Baliza luminosa intermitente, autónoma, con célula fotoeléctrica. O0000070 0,019 H Peón especialista 11,49 0,22 P0352150 1,000 Ud Baliza autónoma célula fotoelect 71,81 71,81 %6CI 6,000 % Costes indirectos 72,00 4,32 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 0,22 Materiales ......................................................................... 71,81 Otros ................................................................................. 4,32 _______________

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CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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TOTAL PARTIDA ............................................................. 76,35 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de SETENTA Y SEIS EUROS con TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.2.11 Ud Señal circular reflectante ø60cm Señal circular reflectante de 60 cm. de diámetro, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. AX003010 0,080 M3 Hormigón en masa tipo HM-20 61,12 4,89 O0000030 0,050 H Oficial de primera 12,40 0,62 O0000070 0,050 H Peón especialista 11,49 0,57 %5UH 5,000 % Utiles y herramientas (5% s/M+O) 6,10 0,31 P0181010 1,000 Ud Señal circular reflectante ø60cm 66,97 66,97 P0181020 2,500 Ml Poste galvanizado 80x40x2mm 9,80 24,50 %6CI 6,000 % Costes indirectos 97,90 5,87 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 1,19 Materiales ......................................................................... 96,36 Otros ................................................................................. 6,18 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 103,73 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CIENTO TRES EUROS con SETENTA Y TRES CÉNTIMOS 4.4.2.12 M2 Cartel informativo localización Cartel informativo de localización u orientación, en chapa de acero reflexivo, fijado sobre dados de hormigón HM-20 de 50x50x50 cm., incluso p.p. de anclajes y postes de sustentación IPN-120 galvanizados, totalmente co- AX003010 0,042 M3 Hormigón en masa tipo HM-20 61,12 2,57 O0000070 0,500 H Peón especialista 11,49 5,75 %5UH 5,000 % Utiles y herramientas (5% s/M+O) 8,30 0,42 P0181290 1,000 M2 Panel reflexivo de chapa de a 226,55 226,55 P0063160 1,330 Ml IPN-120. 11,75 15,63 %6CI 6,000 % Costes indirectos 250,90 15,05 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 5,75 Materiales ......................................................................... 244,75 Otros ................................................................................. 15,47 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 265,97 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO EUROS con NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.4.2.13 Ud Señal triangular de 90 cm. Señal triangular de 90 cm. de lado reflectante, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x50 cm., incluso AX003010 0,080 M3 Hormigón en masa tipo HM-20 61,12 4,89 O0000030 0,050 H Oficial de primera 12,40 0,62 O0000070 0,050 H Peón especialista 11,49 0,57 %5UH 5,000 % Utiles y herramientas (5% s/M+O) 6,10 0,31 P0181100 1,000 Ud Señal triangular reflectante 90 72,26 72,26 P0181020 2,700 Ml Poste galvanizado 80x40x2mm 9,80 26,46 %6CI 6,000 % Costes indirectos 105,10 6,31 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 1,19 Materiales ......................................................................... 103,61 Otros ................................................................................. 6,62 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 111,42 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CIENTO ONCE EUROS con CUARENTA Y DOS CÉNTIMOS

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4.4.2.14 Ud Señal reflect. rectang 90x120 cm Señal reflectante rectangular de 90x120 cm., fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 55x40x70 cm., incluso pos- te galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. AX003010 0,154 M3 Hormigón en masa tipo HM-20 61,12 9,41 O0000030 0,050 H Oficial de primera 12,40 0,62 O0000070 0,050 H Peón especialista 11,49 0,57 %5UH 5,000 % Utiles y herramientas (5% s/M+O) 10,60 0,53 P0181080 1,000 Ud Señal rectangular reflectante 218,86 218,86 P0181040 3,500 Ml Poste galvanizado 100x50x3mm 17,11 59,89 %6CI 6,000 % Costes indirectos 289,90 17,39 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 1,19 Materiales ......................................................................... 288,16 Otros ................................................................................. 17,92 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 307,27 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRESCIENTOS SIETE EUROS con VEINTISIETE CÉNTIMOS 4.4.2.15 Ud Señal octogonal de "STOP" 90cm Señal octogonal de "STOP" de 90 cm., reflectante, de doble apotema, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de AX003010 0,096 M3 Hormigón en masa tipo HM-20 61,12 5,87 O0000030 0,050 H Oficial de primera 12,40 0,62 O0000070 0,050 H Peón especialista 11,49 0,57 M0002020 0,010 H Camión caja basculante 29,33 0,29 %5UH 5,000 % Utiles y herramientas (5% s/M+O) 7,40 0,37 P0181090 1,000 Ud Señal octogonal reflectante 90 156,95 156,95 P0181020 3,200 Ml Poste galvanizado 80x40x2mm 9,80 31,36 %6CI 6,000 % Costes indirectos 196,00 11,76 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 1,19 Maquinaria ........................................................................ 0,29 Materiales ......................................................................... 194,18 Otros ................................................................................. 12,13 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 207,79 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOSCIENTOS SIETE EUROS con SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS 4.4.2.16 ud Tapa provisional para pozos, pilotes o asimilables de 100x100 cm Tapa provisional para pozos, pilotes o asimilables de 100x100 cm., formada mediante tablones de madera de 20x5 cm. armados mediante encolado y clavazón, zócalo de 20 cm. de altura, incluso fabricación y colocación, R0091 0,300 h. Peón ordinario 15,80 4,74 P31CA120 0,500 ud Tapa provisional pozo 100x100 24,33 12,17 R004 1,000 ud Pequeño material 1,36 1,36 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 4,74 Materiales ......................................................................... 13,53 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 18,27 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DIECIOCHO EUROS con VEINTISIETE CÉNTIMOS 4.4.2.17 m. MALLA POLIETILENO DE SEGURIDAD Malla de polietileno alta densidad con tratamiento antiultravioleta, color naranja de 1 m. de altura, tipo stopper, i/co- R0091 0,100 h. Peón ordinario 15,80 1,58 P31CR010 0,333 m. Malla plástica stopper 1,00 m. 0,97 0,32 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 1,58 Materiales ......................................................................... 0,32 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 1,90 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de UN EUROS con NOVENTA CÉNTIMOS

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CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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4.4.2.18 m. PASARELA MADERA SOBRE ZANJAS Pasarela para paso sobre zanjas formada por tres tablones de 20x7 cm. cosidos a clavazón y doble barandilla for- mada por pasamanos de madera de 20x5, rodapié y travesaño intermedio de 15x5 cm., sujetos con pies dere- O01OB010 0,300 h. Oficial 1ª encofrador 18,28 5,48 R0091 0,150 h. Peón ordinario 15,80 2,37 P31CB030 0,015 m3 Tablón madera pino 20x7 cm. 251,48 3,77 P31CB035 0,004 m3 Tabloncillo madera pino 20x5 cm. 251,48 1,01 P31CB040 0,003 m3 Tabla madera pino 15x5 cm. 239,32 0,72 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 7,85 Materiales ......................................................................... 5,50 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 13,35 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRECE EUROS con TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 4.4.3 PROTECCIONES CONTRA INCENDIOS 4.4.3.1 Ud Extintor de polvo ABCE 6 KG. Extintor de polvo polivalente ABCE, eficacia 13A/89B, de carga 6 kg., incluso soporte a pared, colocado. O0000060 0,550 H Ayudante 11,61 6,39 P0350010 1,000 Ud Extintor de Polvo ABCE 6 Kg 36,90 36,90 O%5 5,000 % Utiles y herramientas 6,40 0,32 %6CI 6,000 % Costes indirectos 43,60 2,62 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 6,39 Materiales ......................................................................... 36,90 Otros ................................................................................. 2,94 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 46,23 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUARENTA Y SEIS EUROS con VEINTITRES CÉNTIMOS 4.4.3.2 Ud Extinton de CO2 de 3,5 KG. Extintor de CO2 de 3.5 kg. de carga, eficacia 21B, incluso anclajes y soporte a pared, colocado.olocado. O0000060 0,550 H Ayudante 11,61 6,39 P0350020 1,000 Ud Extintor de CO2 de 3,5 Kg 80,83 80,83 O%5 5,000 % Utiles y herramientas 6,40 0,32 %6CI 6,000 % Costes indirectos 87,50 5,25 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 6,39 Materiales ......................................................................... 80,83 Otros ................................................................................. 5,57 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 92,79 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de NOVENTA Y DOS EUROS con SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 4.4.4 PROTECCIONES INSTALACIONES ELECTRICAS 4.4.4.1 Ud Puesta a tierra Conjunto de puesta a tierra constituido por pica de acero cobrizado de 2 mt. de longitud, con cabeza roscada, cable O0000030 0,395 H Oficial de primera 12,40 4,90 O0000080 0,450 H Peón Ordinario 11,48 5,17 P0261010 1,000 Ud Pica cilindrica Acero-Cu ø=14,6mm/L=2m 19,56 19,56 P0261020 1,000 Ud Grapa conexión pica-cable en Acero inox-Cu Zn 33 1,75 1,75 P%3 3,000 % Material compl. y auxiliar. 21,30 0,64 %6CI 6,000 % Costes indirectos 32,00 1,92 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 10,07 Materiales ......................................................................... 21,31 Otros ................................................................................. 2,56 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 33,94 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TREINTA Y TRES EUROS con NOVENTA Y CUATRO CÉNTIMOS 4.4.4.2 Ud Interruptor diferencial 300 mA Interruptor diferencial de media sensibilidad (300 mA) P0354010 1,000 Ud Interruptor diferencial 300mA 86,22 86,22 %6CI 6,000 % Costes indirectos 86,20 5,17 Materiales .............................. _______________ 86,22

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Otros ................................................................................. 5,17 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 91,39 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de NOVENTA Y UN EUROS con TREINTA Y NUEVE CÉNTIMOS 4.4.4.3 Ud Interruptor diferencial 30 mA Interruptor diferencial de alta sensibilidad (30mA) P0354020 1,000 Ud Interruptor diferencial 30 mA 98,54 98,54 %6CI 6,000 % Costes indirectos 98,50 5,91 Materiales .............................. _______________ 98,54 Otros ................................................................................. 5,91 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 104,45 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CIENTO CUATRO EUROS con CUARENTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.4.4 Ud Transformador seg. 24V Transformador de seguridad 24 V. P0354040 1,000 Ud Transformador 24V 54,32 54,32 %6CI 6,000 % Costes indirectos 54,30 3,26 Materiales .............................. _______________ 54,32 Otros ................................................................................. 3,26 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 57,58 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CINCUENTA Y SIETE EUROS con CINCUENTA Y OCHO CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 4.4.5 PROTECCIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR 4.4.5.1 Ud Mes alquiler barracón vest. come Mes de alquiler de barracón para comedor, vestuarios y aseos para 37 personas. P0355000 1,000 Ud Mes alquiler barracón comedor 163,22 163,22 P0355010 1,000 Ud Mes alquiler barracón vestuarios 184,95 184,95 %6CI 6,000 % Costes indirectos 348,20 20,89 Materiales .............................. _______________ 348,17 Otros ................................................................................. 20,89 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 369,06 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE EUROS con SEIS CÉNTIMOS 4.4.5.2 Ud Acometida agua y elect. aseos Acometida de agua para aseos y energía eléctrica par vestuarios y aseos, totalmente acabados y en servicio. P0355020 1,000 Ud Acometida agua elect aseos 123,17 123,17 %6CI 6,000 % Costes indirectos 123,20 7,39 Materiales .............................. _______________ 123,17 Otros ................................................................................. 7,39 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 130,56 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CIENTO TREINTA EUROS con CINCUENTA Y SEIS CÉNTIMOS 4.4.5.3 Ud Mesa de madera Mesa de madera para 10 personas. P0355030 1,000 Ud Mesa madera para 10 personas 52,22 52,22 %6CI 6,000 % Costes indirectos 52,20 3,13 Materiales .............................. _______________ 52,22 Otros ................................................................................. 3,13 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 55,35 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CINCUENTA Y CINCO EUROS con TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.5.4 Ud Banco de madera Banco de madera para 5 personas. P0355040 1,000 Ud Banco de madera para 5 personas 14,36 14,36 %6CI 6,000 % Costes indirectos 14,40 0,86 Materiales .............................. _______________ 14,36 Otros ................................................................................. 0,86

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CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

P. 080601 Página 80

_______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 15,22 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de QUINCE EUROS con VEINTIDOS CÉNTIMOS 4.4.5.5 Ud Acometida agua y elect. comedor Acometida de agua y energía eléctrica para comedor, totalmente en servicio. P0355050 1,000 Ud Acometida agua elect. comedor 92,60 92,60 %6CI 6,000 % Costes indirectos 92,60 5,56 Materiales .............................. _______________ 92,60 Otros ................................................................................. 5,56 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 98,16 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de NOVENTA Y OCHO EUROS con DIECISEIS CÉNTIMOS 4.4.5.6 Ud Limpieza y conservacion instalac Limpieza y conservación de instalaciones de personal. O0000080 1,000 H Peón Ordinario 11,48 11,48 %6CI 6,000 % Costes indirectos 11,50 0,69 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 11,48 Otros ................................................................................. 0,69 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 12,17 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOCE EUROS con DIECISIETE CÉNTIMOS 4.4.5.7 Ud Radiador infrarojos 1000W Radiador de infrarrojos de 1000 W, instalado. P0355060 1,000 Ud Radiador infrarrojos 1000W 39,17 39,17 %6CI 6,000 % Costes indirectos 39,20 2,35 Materiales .............................. _______________ 39,17 Otros ................................................................................. 2,35 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 41,52 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUARENTA Y UN EUROS con CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.5.8 Ud Recipiente acogida de basuras Recipiente para acogida de basuras. P0355070 1,000 Ud Recipiente recogida de basura 19,58 19,58 %6CI 6,000 % Costes indirectos 19,60 1,18 Materiales .............................. _______________ 19,58 Otros ................................................................................. 1,18 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 20,76 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTE EUROS con SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS 4.4.5.9 Ud Taquilla individual metálica Taquilla individual metálica, con llave, para 3 usos. P0355080 1,000 Ud Taquilla individual metálica 39,17 39,17 %6CI 6,000 % Costes indirectos 39,20 2,35 Materiales .............................. _______________ 39,17 Otros ................................................................................. 2,35 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 41,52 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUARENTA Y UN EUROS con CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS 4.4.5.10 Ud Calienta comidas Calienta comidas para 20 servicios, 4 usos instalado. P0355090 1,000 Ud Calienta comidas 203,46 203,46 %6CI 6,000 % Costes indirectos 203,50 12,21 Materiales .............................. _______________ 203,46 Otros ................................................................................. 12,21 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 215,67

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CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de DOSCIENTOS QUINCE EUROS con SESENTA Y SIETE CÉNTIMOS 4.4.5.11 Ud Calentador agua 50 l. Calentador de agua de 50 l., para 4 usos, instalado. P0355100 0,250 Ud Calentador de agua 50 l 195,87 48,97 Materiales .............................. _______________ 48,97 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 48,97 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de CUARENTA Y OCHO EUROS con NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 4.4.6 MEDICINA PREVENTIVA ES061000 Ud Reconocimiento médico obligatori Reconocimiento médico obligatorio. P0366000 1,000 Ud Reconocimiento médico obligatori 19,58 19,58 %6CI 6,000 % Costes indirectos 19,60 1,18 Materiales .............................. _______________ 19,58 Otros ................................................................................. 1,18 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 20,76 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de VEINTE EUROS con SETENTA Y SEIS CÉNTIMOS ES061010 Ud Botiquín Botiquín colocado. O0000070 0,075 H Peón especialista 11,49 0,86 P0356010 1,000 Ud Botiquín instalado 32,64 32,64 %6CI 6,000 % Costes indirectos 33,50 2,01 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 0,86 Materiales ......................................................................... 32,64 Otros ................................................................................. 2,01 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 35,51 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TREINTA Y CINCO EUROS con CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS ES061020 Ud Reposición material sanitario Reposición de material sanitario durante el transcurso de la obra. P0356020 1,000 Ud Reposición mat. sanitario obra 61,59 61,59 %6CI 6,000 % Costes indirectos 61,60 3,70 Materiales .............................. _______________ 61,59 Otros ................................................................................. 3,70 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 65,29 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de SESENTA Y CINCO EUROS con VEINTINUEVE CÉNTIMOS SUBCAPÍTULO 4.4.7 FORMACION 4.4.7.1 H Vigilante de seguridad e higiene Vigilante de seguridad e higiene. O0000030 1,000 H Oficial de primera 12,40 12,40 %6CI 6,000 % Costes indirectos 12,40 0,74 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 12,40 Otros ................................................................................. 0,74 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 13,14 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRECE EUROS con CATORCE CÉNTIMOS 4.4.7.2 H Reunión mensual comité Reunión mensual del comité de seguridad e higiene en el trabajo. P0357010 1,000 Ud Reunión mensual comite 81,46 81,46 %6CI 6,000 % Costes indirectos 81,50 4,89 Materiales .............................. _______________ 81,46 Otros ................................................................................. 4,89 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 86,35

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CUADRO DE DESCOMPUESTOS

CÓDIGO CANTIDAD UD RESUMEN PRECIO SUBTOTAL IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de OCHENTA Y SEIS EUROS con TREINTA Y CINCO CÉNTIMOS 4.4.7.3 H Formación en seguridad e higiene Formación en seguridad e higiene en el trabajo. O0000030 1,000 H Oficial de primera 12,40 12,40 %6CI 6,000 % Costes indirectos 12,40 0,74 ______________________________ Mano de obra .................................................................... 12,40 Otros ................................................................................. 0,74 _______________ TOTAL PARTIDA ............................................................. 13,14 Asciende el precio total de la partida a la mencionada cantidad de TRECE EUROS con CATORCE CÉNTIMOS

Madrid, junio 2008 El autor del Proyecto: Por la Administración: _______________________________ ____________________ Fdo.: J. Benjamín Cereceda Céspedes Fdo. Juan Carlos Pastor Rey de Viñas Ingeniero Industrial. Col. Nº 14088. Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid

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4.6. PRESUPUESTO Y MEDICIONES

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CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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CAPÍTULO 4.1 LÍNEA DE 26/45 KV 4.1.1 ud Arqueta prefabricada con marco y tapa para suministro eléctrico Arqueta prefabricada de hormigón de dimensiones exteriores 1,00x1,00x1,00 m, homologada por UNIÓN FENOSA, con tapa, sobre encachado de piedra, solera de hormigón perforada para drena- je. Totalmente terminada. 30 30,00 ______________________________________________________ 30,00 445,82 13.374,60 4.1.2 m. RED A.T.CALZ. RHZ1-OL 26/45Kv 3(1x800) mm2 AL+ H 130 Red eléctrica de alta tensión entubada bajo calzada, realizada con cables conductores de 3(1x800)Al. 26/45 kV., con aislamiento de dieléctrico seco, formados por: conductor Aluminio, semirrígido clase 2, aislamiento Polietileno reticulado (XLPE), pantalla de corona de hilos de cobre y cubierta de polio- lefina termoplástica libre de halógenos, en instalación subterránea bajo calzada, en zanja de 70 cm. de ancho y 125 cm. de profundidad, incluyendo excavación de zanja, asiento con 5 cm. de hormi- gón HM-20 N/mm2, montaje de tubos de material termoplástico de 160/125 mm. de diámetro, relleno con una capa de hormigón HM-20 N/mm2 hasta una altura de 10 cm. por encima de los tubos en- volviéndolos completamente, y relleno con tierras propias compactadas según especificaciones Unión Fenosa, hasta la altura donde se inicia el firme; incluso suministro y montaje de cables con- ductores, con parte proporcional retirada y transporte a vertedero de los productos sobrantes de la excavación y pruebas de rigidez dieléctrica, totalmente instalada, transporte, montaje y conexionado. Total cantidades alzadas 1.200,00 ______________________________________________________ 1.200,00 261,67 314.004,00 4.1.3 ud Empalme c. seco RZHI 26/45 Kv 1x800 mm2 AL Empalme c. seco RZHI 26/45 Kv 1x800 mm2 AL 3 3,00 ______________________________________________________ 3,00 6.846,37 20.539,11 4.1.4 ud Conjunto terminado int. Pol. 26/45 1x800 mm2 AL Conjunto terminado int. Pol. 26/45 1x800 mm2 AL 2 2,00 ______________________________________________________ 2,00 10.714,28 21.428,56 ________________

TOTAL CAPÍTULO 4.1 LÍNEA DE 26/45 KV ............................................................................................. 369.346,27

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CAPÍTULO 4.2 RED DE TELECONTROL 4.3.1 UD INSTALACIÓN RED DE TELECONTROL Red de telecontrol entubada, realizada con cables de fibra optica, para la conexión de las subestacio- nes de Las Dehesas y de Valdemingómez, con las caracteriasticas homologadas por la compañia Unión Fenosa, incluyendo pruebas, conexionado, tendido y personal necesario para su instalación y puesta en funcionamiento. Total cantidades alzadas 1.200,00 ______________________________________________________ 1.200,00 49,15 58.980,00 4.3.2 ud EQUIPO CONVERTIDOR RS232-FIBRA Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente insta- lado y puesto en funcionamiento. CABECERA 1 1,00 PLANTA DEHESAS 1 1,00 ______________________________________________________ 2,00 450,97 901,94 4.3.3 UD EQUIPO DE TELECONTROL REMOTO Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente insta- lado y puesto en funcionamiento. Total cantidades alzadas 1,00 ______________________________________________________ 1,00 570,32 570,32 4.3.4 UD UCI-RACK Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, totalmente insta- lado y puesto en funcionamiento. Total cantidades alzadas 1,00 ______________________________________________________ 1,00 1.629,43 1.629,43 4.3.5 UD ARMARIO DE TELEDISPARO Según las especificaciones y homologación de la compañía electrica Unión Fenosa, donde se ubica- rán los distintos equipos en la subestación de las Dehesas. Total cantidades alzadas 1,00 ______________________________________________________ 1,00 5.431,44 5.431,44 ________________

TOTAL CAPÍTULO 4.2 RED DE TELECONTROL .................................................................................... 67.513,13

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CAPÍTULO 4.3 SEGURIDAD Y SALUD SUBCAPÍTULO 4.4.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES 4.4.1.1 Ud Casco de seguridad homologado Casco de seguridad homologado. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 1,59 28,62 4.4.1.2 Ud Gafa antipolvo y anti-impactos Gafa antipolvo y anti-impactos. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 8,65 155,70 4.4.1.3 Ud Mascarilla respiración antipolvo Mascarilla de respiración antipolvo. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 9,68 174,24 4.4.1.4 Ud Filtro para mascarilla antipolvo Filtro para mascarilla antipolvo. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 0,41 7,38 4.4.1..5 Ud Protector auditivo Protector auditivo. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 11,77 211,86 4.4.1..6 Ud Cinturón de seguridad Cinturón de seguridad. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 19,03 342,54 4.4.1.7 Ud Cinturón segurid. antivibratorio Cinturón de seguridad antivibratorio. 17 17,00 ______________________________________________________ 17,00 16,60 282,20 4.4.1.8 Ud Mono de trabajo Mono de trabajo. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 13,14 236,52 4.4.1.9 Ud Impermeable Impermeable. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 12,46 224,28 4.4.1.10 Ud Par de guantes fino de goma Para de guantes de goma finos. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 1,38 24,84 4.4.1.11 Ud Par de botas seguridad de lona Para de botas de seguridad de lona. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 20,76 373,68 4.4.1.12 Ud Par de botas seguridad de cuero

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CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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Par de botas de seguridad de cuero. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 22,83 410,94 4.4.1.13 Ud Chaleco reflectante Chaleco reflectante. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 25,67 462,06 4.4.1.14 Ud Par de guantes de cuero Par de guantes de cuero. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 2,42 43,56 4.4.1.15 Ud Pantalla seguridad soldador Pantalla de seguridad para soldador. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 11,08 11,08 4.4.1.16 Ud Gafa de seguridad anticorte Gafas de seguridad para oxicorte. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4,15 4,15 4.4.1.17 Ud Mandil de cuero soldador Mandil de cuero para soldador. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 11,08 11,08 4.4.1.18 Ud Par de manguitos para soldador Par de manguitos para soldador. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 3,82 3,82 4.4.1.19 Ud Par de botas impermeables Par de botas impermeables. 18 18,00 ______________________________________________________ 18,00 8,99 161,82 4.4.1.20 Ud Par de polainas para soldador Par de polainas para soldador. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 4,85 4,85 4.4.1.21 Ud Par de guantes para soldador Par de guantes soldador. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 5,89 5,89 4.4.1.22 Ud Par de guantes dieléctricos Par de guantes dieléctricos. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 41,52 41,52 4.4.1.23 Ud Par de botas dieléctricas Par de botas dieléctricas 1 1,00 ______________________________________________________

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CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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1,00 44,98 44,98 ________________

TOTAL SUBCAPÍTULO 4.4.1 PROTECCIONES INDIVIDUALES 3.267,61

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SUBCAPÍTULO 4.4.2 PROTECCIONES COLECTIVAS 4.4.2.1 Ud Jalón de señalización. Jalón de señalización, incluso montaje y desmontaje. 30 30,00 ______________________________________________________ 30,00 8,64 259,20 4.4.2.2 Ud Pórtico de señalización. Pórtico de señalización de altura compuesto por dos perfiles verticales. 2 2,00 ______________________________________________________ 2,00 244,65 489,30 4.4.2.3 H Camión de riego. Camión regador, incluso conductor. 0,5 22,00 2,00 22,00 ______________________________________________________ 22,00 17,03 374,66 4.4.2.4 H Señalista Señalista. 1 22,00 2,00 44,00 ______________________________________________________ 44,00 12,17 535,48 4.4.2.5 H Brigada mantenimiento y repos Brigada empleada en el mantenimiento y reposición de protecciones. 1 22,00 2,00 44,00 ______________________________________________________ 44,00 12,17 535,48 4.4.2.6 ML Cordón balizamiento reflectante Cordón de balizamiento reflectante, incluso soportes, colocación y desmontaje. 2 1.200,00 2.400,00 ______________________________________________________ 2.400,00 1,22 2.928,00 4.4.2.7 Ud Valla movil 2.50x1.00 Valla movil de 2.50 m. de longitud y 1.10 m. de altura, para contención de peatones, colocada. 21 21,00 ______________________________________________________ 21,00 75,00 1.575,00 4.4.2.8 Ud Valla movil 1.65x0.20 Valla móvil para señalización de obras, de 1.65x0.20 m., reflectante, incluso bípodes de sustenta- ción, colocada. 21 21,00 ______________________________________________________ 21,00 85,92 1.804,32 4.4.2.9 Ud Cono baliza 50 cm. Cono-baliza de 50 cm. de altura, reflectante, colocado. 53 53,00 ______________________________________________________ 53,00 22,71 1.203,63 4.4.2.10 Ud Baliza luminosa autonoma Baliza luminosa intermitente, autónoma, con célula fotoeléctrica. 20 20,00 ______________________________________________________ 20,00 76,35 1.527,00 4.4.2.11 Ud Señal circular reflectante ø60cm Señal circular reflectante de 60 cm. de diámetro, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. 30 30,00 ______________________________________________________ 30,00 103,73 3.111,90

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4.4.2.12 M2 Cartel informativo localización Cartel informativo de localización u orientación, en chapa de acero reflexivo, fijado sobre dados de hormigón HM-20 de 50x50x50 cm., incluso p.p. de anclajes y postes de sustentación IPN-120 gal- vanizados, totalmente colocado. 10 10,00 ______________________________________________________ 10,00 265,97 2.659,70 4.4.2.13 Ud Señal triangular de 90 cm. Señal triangular de 90 cm. de lado reflectante, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x50 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. 10 10,00 ______________________________________________________ 10,00 111,42 1.114,20 4.4.2.14 Ud Señal reflect. rectang 90x120 cm Señal reflectante rectangular de 90x120 cm., fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 55x40x70 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. 3 3,00 ______________________________________________________ 3,00 307,27 921,81 4.4.2.15 Ud Señal octogonal de "STOP" 90cm Señal octogonal de "STOP" de 90 cm., reflectante, de doble apotema, fijada sobre dado de hormigón HM-20 de 40x40x60 cm., incluso poste galvanizado y tornillería, colocada y totalmente terminada. 3 3,00 ______________________________________________________ 3,00 207,79 623,37 4.4.2.16 ud Tapa provisional para pozos, pilotes o asimilables de 100x100 cm Tapa provisional para pozos, pilotes o asimilables de 100x100 cm., formada mediante tablones de madera de 20x5 cm. armados mediante encolado y clavazón, zócalo de 20 cm. de altura, incluso fa- bricación y colocación, (amortizable en dos usos). 30 30,00 ______________________________________________________ 30,00 18,27 548,10 4.4.2.17 m. MALLA POLIETILENO DE SEGURIDAD Malla de polietileno alta densidad con tratamiento antiultravioleta, color naranja de 1 m. de altura, tipo stopper, i/colocación y desmontaje, amortizable en tres usos. s/R.D. 486/97. 2 1.200,00 2.400,00 ______________________________________________________ 2.400,00 1,90 4.560,00 4.4.2.18 m. PASARELA MADERA SOBRE ZANJAS Pasarela para paso sobre zanjas formada por tres tablones de 20x7 cm. cosidos a clavazón y doble barandilla formada por pasamanos de madera de 20x5, rodapié y travesaño intermedio de 15x5 cm., sujetos con pies derechos de madera cada 1 m. incluso colocación y desmontaje (amortizable en 3 usos). s/R.D. 486/97. 10 10,00 ______________________________________________________ 10,00 13,35 133,50 ________________

TOTAL SUBCAPÍTULO 4.4.2 PROTECCIONES COLECTIVAS 24.904,65

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SUBCAPÍTULO 4.4.3 PROTECCIONES CONTRA INCENDIOS 4.4.3.1 Ud Extintor de polvo ABCE 6 KG. Extintor de polvo polivalente ABCE, eficacia 13A/89B, de carga 6 kg., incluso soporte a pared, co- locado. 5 5,00 ______________________________________________________ 5,00 46,23 231,15 4.4.3.2 Ud Extinton de CO2 de 3,5 KG. Extintor de CO2 de 3.5 kg. de carga, eficacia 21B, incluso anclajes y soporte a pared, colocado.olo- cado. 5 5,00 ______________________________________________________ 5,00 92,79 463,95 ________________

TOTAL SUBCAPÍTULO 4.4.3 PROTECCIONES CONTRA ...... 695,10 SUBCAPÍTULO 4.4.4 PROTECCIONES INSTALACIONES ELECTRICAS 4.4.4.1 Ud Puesta a tierra Conjunto de puesta a tierra constituido por pica de acero cobrizado de 2 mt. de longitud, con cabeza roscada, cable de fijación del soporte a la pica, terminal y restante material. Incluido conexionado. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 33,94 33,94 4.4.4.2 Ud Interruptor diferencial 300 mA Interruptor diferencial de media sensibilidad (300 mA) 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 91,39 91,39 4.4.4.3 Ud Interruptor diferencial 30 mA Interruptor diferencial de alta sensibilidad (30mA) 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 104,45 104,45 4.4.4.4 Ud Transformador seg. 24V Transformador de seguridad 24 V. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 57,58 57,58 ________________

TOTAL SUBCAPÍTULO 4.4.4 PROTECCIONES ...................... 287,36

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CÓDIGO RESUMEN UDS LONGITUD ANCHURA ALTURA PARCIALES CANTIDAD PRECIO IMPORTE ___________________________________________________________________________________________________________________________________________

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SUBCAPÍTULO 4.4.5 PROTECCIONES DE HIGIENE Y BIENESTAR 4.4.5.1 Ud Mes alquiler barracón vest. come Mes de alquiler de barracón para comedor, vestuarios y aseos para 37 personas. 3 3,00 ______________________________________________________ 3,00 369,06 1.107,18 4.4.5.2 Ud Acometida agua y elect. aseos Acometida de agua para aseos y energía eléctrica par vestuarios y aseos, totalmente acabados y en servicio. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 130,56 130,56 4.4.5.3 Ud Mesa de madera Mesa de madera para 10 personas. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 55,35 55,35 4.4.5.4 Ud Banco de madera Banco de madera para 5 personas. 2 2,00 ______________________________________________________ 2,00 15,22 30,44 4.4.5.5 Ud Acometida agua y elect. comedor Acometida de agua y energía eléctrica para comedor, totalmente en servicio. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 98,16 98,16 4.4.5.6 Ud Limpieza y conservacion instalac Limpieza y conservación de instalaciones de personal. 1 1,00 10,00 2,00 20,00 ______________________________________________________ 20,00 12,17 243,40 4.4.5.7 Ud Radiador infrarojos 1000W Radiador de infrarrojos de 1000 W, instalado. 2 2,00 ______________________________________________________ 2,00 41,52 83,04 4.4.5.8 Ud Recipiente acogida de basuras Recipiente para acogida de basuras. 3 3,00 ______________________________________________________ 3,00 20,76 62,28 4.4.5.9 Ud Taquilla individual metálica Taquilla individual metálica, con llave, para 3 usos. 15 15,00 ______________________________________________________ 15,00 41,52 622,80 4.4.5.10 Ud Calienta comidas Calienta comidas para 20 servicios, 4 usos instalado. 2 2,00 ______________________________________________________ 2,00 215,67 431,34

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES

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4.4.5.11 Ud Calentador agua 50 l. Calentador de agua de 50 l., para 4 usos, instalado. 1 1,00 ______________________________________________________ 1,00 48,97 48,97 ________________

TOTAL SUBCAPÍTULO 4.4.5 PROTECCIONES DE HIGIENE Y 2.913,52

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PRESUPUESTO Y MEDICIONES

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SUBCAPÍTULO 4.4.6 MEDICINA PREVENTIVA ES061000 Ud Reconocimiento médico obligatori Reconocimiento médico obligatorio. 2 15,00 30,00 ______________________________________________________ 30,00 20,76 622,80 ES061010 Ud Botiquín Botiquín colocado. 2 2,00 ______________________________________________________ 2,00 35,51 71,02 ES061020 Ud Reposición material sanitario Reposición de material sanitario durante el transcurso de la obra. 2 2,00 4,00 ______________________________________________________ 4,00 65,29 261,16 ________________

TOTAL SUBCAPÍTULO 4.4.6 MEDICINA PREVENTIVA ......... 954,98 SUBCAPÍTULO 4.4.7 FORMACION 4.4.7.1 H Vigilante de seguridad e higiene Vigilante de seguridad e higiene. 1 8,00 60,00 480,00 ______________________________________________________ 480,00 13,14 6.307,20 4.4.7.2 H Reunión mensual comité Reunión mensual del comité de seguridad e higiene en el trabajo. 4,5 2,00 9,00 ______________________________________________________ 9,00 86,35 777,15 4.4.7.3 H Formación en seguridad e higiene Formación en seguridad e higiene en el trabajo. 2 4,50 2,00 18,00 ______________________________________________________ 18,00 13,14 236,52 ________________

TOTAL SUBCAPÍTULO 4.4.7 FORMACION ............................. 7.320,87 ____________ TOTAL CAPÍTULO 4.3 SEGURIDAD Y SALUD........................................................................................ 40.344,09 ____________ TOTAL ........................................................................................................................................................ 477.203,49

Madrid, junio 2008 El autor del Proyecto: Por la Administración: _______________________________ ____________________ Fdo.: J. Benjamín Cereceda Céspedes Fdo. Juan Carlos Pastor Rey de Viñas Ingeniero Industrial. Col. Nº 14088. Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid

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RESUMEN DEL PRESUPUESTO/ PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA

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4.7. RESUMEN DEL PRESUPUESTO/ PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA

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RESUMEN DEL PRESUPUESTO/ PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA

CAPITULO RESUMEN EUROS % ___________________________________________________________________________________________________________________________________ _______

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4.1 LÍNEA DE 26/45 KV ......................................................................................................................................................... 369.346,27 77,40 4.2 RED DE TELECONTROL................................................................................................................................................ 67.513,13 14,15 4.3 SEGURIDAD Y SALUD ................................................................................................................................................... 40.344,09 8,45 ______________________ PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL 477.203,49 13,00 % Gastos generales ............................. 62.036,45 6,00 % Beneficio industrial ........................... 28.632,21 _______________________________________ SUMA DE G.G. y B.I. 90.668,66

16,00 % I.V.A................................................................................... 90.859,54 ______________________ PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN POR CONTRATA 658.731,69 ______________________ TOTAL PRESUPUESTO GENERAL 658.731,69

Asciende el presupuesto a la expresada cantidad de SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN EUROS con SESEN- TA Y NUEVE CÉNTIMOS

Madrid, junio 2008 El autor del Proyecto: Por la Administración: _______________________________ ____________________ Fdo.: J. Benjamín Cereceda Céspedes Fdo. Juan Carlos Pastor Rey de Viñas Ingeniero Industrial. Col. Nº 14088. Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid

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A1.ANEJO 1. ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD (MEMORIA)

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A1.1. OBJETO

A1.2. GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

A1.3. ALCANCE DEL ESTUDIO

A1.4. SITUACIÓN Y CONDICIONES DEL EMPLAZAMIENTO

A1.5. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LA OBRA.

A1.6. ACTIVIDADES A DESARROLLAR. LABORES Y PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO

A1.7. PREVISIÓN DE TRABAJADORES A UTILIZAR

A1.8. MAQUINARÍA A EMPLEAR

A1.9. INSTALACIONES AUXILIARES A UTILIZAR

A1.10. ANÁLISIS DE RIESGOS

A1.11. MEDIDAS A EMPLEAR PARA PREVENIR LOS RIESGOS

A1.12. FORMACIÓN DEL PERSONAL

A1.13. MEDICINA ASISTENCIAL Y PRIMERIOS AUXILIARES

A1.14. CONDICIONES DE HIGIENE

A1.15. COORDINADOR DE SEGURIDAD

A1.16. ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE ACIDENTE LABORAL

A1.17. LIBRO DE INCIDENCIAS

A1.18. PLANOS

A1.19. CONCLUSIONES

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A1.1. OBJETO El objeto del presente estudio de seguridad y salud laboral es describir los trabajos a realizar en la construcción de la línea subterránea de 45 kv para suministro de la planta de biometanización Len Valdemingómez para prevenir los accidentes laborales que pudieran producirse por el riesgo intrínseco de los mismos. Para ello se describe y analiza: Situación y condiciones del emplazamiento. Descripción técnica de la obra. Labores y procedimientos de trabajo. Maquinaria a emplear. Instalaciones auxiliares a utilizar. Riesgos que conlleva la construcción. Medidas a emplear para prevenir los riesgos. Formación del personal. Medicina asistencial y primeros auxiliares. Condiciones de higiene. a) El presente estudio se realiza según lo dispuesto en el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, que dado que se darán en la obra alguno de los siguientes supuestos:

b) Que el presupuesto de ejecución es superior a 450.759 €. Que la duración será superior a 30 días. Que se emplearan más de 20 trabajadores en diversos momentos de la construcción. Que el volumen de mano de obra estimada será de 2.000 días de trabajo del total de trabajadores. Tiene el carácter de Estudio de Seguridad y Salud Laboral. A1.2. GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

Como forma mas apropiada de gestionar la seguridad y salud laboral en la construcción del presente parque fotovoltaico se entiende que será la que se refleja en los esquemas de flujos que figuran a continuación:

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FASE DE ELABORACIÓN DEL PROYECTO

PROMOTOR

INGENIERÍA

PROYECTISTA TÉCNICO COMPETENTE COORDINADOR

CONTRATO DE PROYECTO

NOMBRAMIENTO

TÉCNICO COMPETENTE (Proyectista)

ELABORACIÓN

PROYECTO EJECUCIÓN

EXAMEN DEL PROYECTO

DIALOGO CONTINUO

PROYECTISTA COORDINADOR

PROYECTO CON DECISIONES DEFINITIVAS

REALIZACIÓN

ESTUDIO

VISADO PROYECTOS DE EJECUCIÓN CON ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

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FASE PREVIA AL INICIO DE LA OBRA

CONTRATISTA PROMOTOR COORDINADOR EN LA

EJECUCIÓN

CONTRATACIÓN DE LA OBRA

NOMBRAMIENTO

COORDINADOR DE LA EJECUCIÓN

ENTREGA PROYECTO

EJECUCIÓN Y ESTUDIO

SEGURIDAD

ENTREGA

PROYECTO EJECUCIÓN Y

ESTUDIO SEGURIDAD

REALIZA PLAN DE SEGURIDAD Y

SALUD

ASESORAMIENTO

APRUEBA PLAN DE SEGURIDAD Y

SALUD

AVISO PREVIO A LA AUTORIDAD LABORAL

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FASE DE INICIO DE LA OBRA

CONTRATISTA COORDINADOR DE LA

EJECUCIÓN ENCARGADO DE SEGURIDAD

COMUNICACIÓN APERTURA DE CENTRO DE TRABAJO + ENTREGA DE PLAN DE SEGURIDAD Y

SALUD A LA AUTORIDAD LABORAL

ABRIR Y DILIGENCIAR

LIBRO DE INCIDENCIAS Y

CONSERVAR EN SU PODER

NOMBRAMIENTO DEL ENCARGADO

DE SEGURIDAD

RECIBE PLAN DE

SEGURIDAD Y SALUD

DIFUNDE EL PLAN DE SEGURIDAD

REGISTRA Y CONTROLA EL

ENTENDIMIENTO Y CONFORMIDAD

DEL PLAN

LISTA DE CHEQUEO Y CONTROL DE LOS EQUIPOS DE

PROTECCIÓN PREVIO A CADA FASE

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FASE DE EJECUCIÓN DE LA OBRA

CONTRATISTA COORDINADOR DE LA

EJECUCIÓN ENCARGADO DE SEGURIDAD

DA EL VISTO BUENO AL COMIENZO DE

FASES

CONTROLA Y

DIRIGE LAS CUADRILLAS DE

SEGURIDAD

SUPERVISIÓN DE REGISTROS Y DEL

PLAN DE SEGURIDAD

CONTROL DE ENTREGA

DE PROTECCIONES PERSONALES. CHEQUEO

DE SEGURIDAD EN LA OBRA EJECUTADA.

AUTORIZACIONES DE USO.

REGISTRO EN LIBRO

INCIDENCIAS

INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES

COPIA A AUTORIDAD LABORAL ANTES DE 24

HORAS. NOTIFICA A CONTRATISTA Y DIRECCIÓN DE OBRA. INDICA MEDIDAS

PREVENTIVAS.

ACEPTA MEDIDAS PREVENTIVAS Y

ACTUALIZA PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD

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A1.3. ALCANCE DEL ESTUDIO El alcance es el marcado en el mencionado Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por lo que cada contratista elaborara un Plan de Seguridad y Salud en el que se complementen y amplíen las previsiones contenidas en este, en función del sistema y peculiaridades de la ejecución parcial de cada obra. c) Aunque cada contratista puede elaborar su Plan especifico, en este caso se exigirá LA ELABORACIÓN DE UN PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD POR EL CONTRATISTA PRINCIPAL, que lo hará al realizarse la obra, incorporándose al Plan los distintos subcontratistas y trabajadores autónomos del contratista principal. Es esta una medida de coordinación muy importante de cara a la prevención de riesgos laborales. Con independencia del tratamiento que tenga cada obra en particular todas las empresas intervinientes están obligadas por ley a: Evaluar sus riesgos laborales. Planificar su prevención. Informar y formar a los trabajadores. A1.4. SITUACIÓN Y CONDICIONES DEL EMPLAZAMIENTO

La obra se realizará en el área Todo el trazado de la Red discurrirá por el Parque Tecnológico Valdemingómez, término municipal de Madrid (Madrid), queda totalmente definida en los planos nº 1, Plano de situación y Plano de emplazamiento. El clima es continental con temperaturas muy bajas en los meses de invierno y caluroso en verano sin transición entre ambas estaciones. La pluviometría es escasa, destacando cara a la seguridad y salud laboral. Considerando que el trabajo se realizará en el 95% del tiempo a la intemperie se deberá prestar atención a la realización de ciertas operaciones según la climatología. A1.5. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DE LA OBRA.

La obra consiste de manera sintética en los siguientes trabajos, que se exponen por orden de actuación, pudiéndose abrir varios tajos una vez comenzado el primer periodo, pero siempre en idéntico orden: Acondicionamiento de terrenos y vallado perimetral. Ejecución de Zanjas. Montaje de líneas subterráneas de MT. Cableado y conexionado. Pruebas y puesta en marcha.

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A1.6. ACTIVIDADES A DESARROLLAR. LABORES Y PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO Zanjas. La actividad laboral es:

a) Apertura de zanjas. Transporte de materiales y equipos dentro de la obra. Movimiento de tierras. Rellenos. Extendido de materiales. Compactación. Montaje de elementos prefabricados. Tráfico de Maquinaria pesada. b) Montaje de líneas subterráneas de MT. La actividad laboral es: Tendido y conexionado de cables. Señalización. Señalización. Conexionado de fibra óptica. c) Pruebas y puesta en marcha. La actividad laboral es: Trabajos con presencia de tensión eléctrica. Las operaciones y procedimientos específicos y que pueden entrañar más riesgo son: Vertido del hormigón en las zanjas. Energización de líneas eléctricas. A1.7. PREVISIÓN DE TRABAJADORES A UTILIZAR

Se prevé una media de unos 7 trabajadores con puntas de hasta 15 y con un número de días de trabajo totales de 1.000.

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A1.8. MAQUINARIA A EMPLEAR

Cabestrante de izado. Máquina compactadora.

Máquina retroexcavadora. Máquina de excavación con martillo

hidráulico.

Camión con tren de tendido de cables

aislados.

Máquinas herramientas de mano.

Camión grúa. Martillo neumático.

Camión hormigonera. Pistolas de fijación.

Camión de transporte. Radiales.

Camión volquete. Plantilla de nivelación.

Compresor. Portabobinas de cable aislado.

Pala frontal. Plumas telescópicas.

Retroexcavadora con bivalva y martillo. Equipo de izado.

Tractor con remolque. Pilotos de acero de diversos tamaños.

Motovolquete. Poleas de tendido.

Vehículos ligeros todo-terreno. Cabestrante hidráulico con dispositivo de

bloqueo.

Bomba para hormigonado. Frenadora hidráulica.

Moto bomba. Gato alza bobinas.

Vibradores de hormigón. Protecciones metálicas y/o de madera

para cruzamientos.

Cortatubos. Mangueras de cable aislado.

Eslingas y aparejos de acondicionamiento

de cargas.

Emisoras.

Esmeriladoras. Aparejos.

Herramientas manuales diversas. Taquímetros.

Máquina niveladora. Estrobos.

Detectores de tensión.

A1.9. INSTALACIONES AUXILIARES A UTILIZAR

Grupo electrógeno.

Instalación eléctrica provisional de obras.

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A1.10. ANÁLISIS DE RIESGOS Los riesgos se dividen en dos grandes grupos: Generales: Son los que pueden afectar indiscriminadamente a todos los trabajadores de la central solar fotovoltaica independientemente de la actividad que desarrollen. Específicos: Son los que pueden afectar solamente a los trabajadores que realizan las labores concretas de cada actividad. No se presentan riesgos contra la salud que deriven en enfermedades profesionales, son riesgos de seguridad. Generales. Podrán ser: Atrapamientos entre objetos. Golpes por caídas de objetos. Golpes contra objetos. Caídas a distinto nivel. Caídas al mismo nivel. Proyecciones de partículas en los ojos. Heridas por manipulación de objetos metálicos. Heridas por golpes y cortes de Máquinas. Sobreesfuerzos. Choque eléctrico. Atrapamiento por vuelco de Máquinas, vehículos o equipos. Atropellos por vehículos en movimiento. Específicos. Según la actividad laboral que se realice pueden estar expuestos a los siguientes riesgos: Movimiento de tierras. Atropellos por Maquinaria. Poco frecuente pero importante. Agravamientos. Poco frecuente. Caídas de materiales transportados. Importante en el vertido del material con volquete. Vuelco de vehículos. Importante en volquetes. Proyección de partículas. Poco importante. Polvo ambiental. Importante en zona cercana a vertido. Compactación. Atropellos con Máquinas y vehículos. Poco frecuente, gran visibilidad y pequeña velocidad. Transporte de Maquinaria pesada. Atropellos por Máquinas y vehículos. Operación que puede ser peligrosa. Caída de objetos. Poco probable por ser piezas de gran tamaño. Colisiones de vehículos.

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Inherentes a suspensión de grandes cargas de transporte con relación a resistencia del terreno. Montaje de la línea de media tensión: Atrapamiento por hundimiento o deslizamiento del terreno en zanjas y pozos excavación. Atrapamiento por desprendimiento de tierras en zanjas y pozos de excavación. Caídas a distinto nivel en zanjas, pozos, apoyos en armado, de la maquinaria. Desprendimiento de la carga de los vehículos. Proyección de esquirlas en el graneteado. Vuelco o rotura de plumas de izado, apoyos, postes de cruzamientos, vientos de arriostramiento. Colisión por cables por deslizamiento o rotura de los mismos Atrapamientos por bobinas y su maquinaria de manipulación. Atrapamiento por carros sobre los cables. Deslizamiento por los cables en el carro. Caída de los cables. Electrificación de la línea: Choque eléctrico

A1.11. MEDIDAS A EMPLEAR PARA PREVENIR LOS RIESGOS Para prevenir los riesgos anteriores se tomarán como mínimo las siguientes medidas de protección, que pueden ser de dos tipos: colectivas y/o personales, siendo preferentes siempre las primeras sobre las personales. Protecciones colectivas. Generales. Para prevenir los riesgos generales descritos:

a) Señalización de acceso a las obras. Prohibición de acceso a personas extrañas. Avisos de uso obligatorio de medidas de protección personal. Acotamiento y señalización de zonas donde exista riesgo de caída de objetos. Barandillas en los huecos de excavación, pozos o zanjas donde exista riesgo de caída de personas, de profundidad superior a 1,5 m. Mamparas opacas en zonas de soldadura por arco. Los materiales serán acopiados con ordenados para evitar riesgos en su manipulación o paso. Señalizar las preferencias en la circulación de vehículos. Limitar la velocidad a 20 km/h en los caminos de la obra. Todos los vehículos y máquinas autopropulsadas estarán equipadas con señalizadores ópticos y acústicos que funcionarán mientras estén en movimiento cualquiera de sus partes. La carga se transportará amarrada con cables de acero, cuerdas o estrobos de suficiente resistencia. Se señalizará con luz roja o banderola las partes salientes de la carga de los vehículos.

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No se permitirá el transporte de cargas suspendidas en grúas móviles. Las máquinas solo serán manejadas por personal capacitado, la capacitación llevará implícita los carnés, licencias, etc. obligatorios por cualquier normativa. Montar cuadros eléctricos provistos de: Interruptor general manual. Protecciones contra sobrecargas y cortocircuitos. Interruptores diferenciales de intensidad de defecto máxima 300 mA. Instalar tomas de tierras de 20 Ω como máximo. Señalización de riesgo eléctrico. Utilizar conductores aislados de tensión nominal 0,6/1 kV. En instalaciones eléctricas solo podrá manipular electricistas. Los prolongadores, clavijas y conexiones y tomas de corriente solo serán utilizables las de seguridad. Empalmes de cables con cintas vulcanizadas. En las zonas de paso los cables se protegerán contra daños mecánicos. Todas las herramientas y portátiles serán de doble aislamiento. Las operaciones se realizarán sin tensión eléctrica. Especificas. Para prevenir los riesgos específicos señalados. Excavaciones. Movimiento de tierras. Vertido, extendido y compactado: Entibación de excavaciones de profundidad superior a 1,5 m. No se acopiarán tierras ni materiales a menos de 2 m del borde de las excavaciones. Barandillas resistentes a 2 m del borde de excavaciones de profundidad superior a 2 m de 0,9 m de altura mínima. Escaleras de acceso a excavaciones de profundidad superior a 1 m. Riego de la zona donde se genere polvo. No se cargarán camiones por encima del peso máximo autorizado ni que la misma sobresalga por encima de la caja. Sé prohíbe el traslado de personas fuera del de la cabina del vehículo. Se utilizarán calzos en la proximidad de excavaciones o desniveles en la zona de descarga. Hormigonado: Se acotará una zona de seguridad durante la operación. El vertido del hormigón mediante canaleta se realizará instalando topes de final de recorrido de los camiones. No se situará ningún operario detrás del camión en maniobras de retroceso. En aquellos casos en que sea peligroso maniobrar o acercarse se utilizará descarga mediante bomba. Voladuras. Almacenamiento de explosivos: Las voladuras deberán de contar con su propio proyecto de ejecución y se ajustarán en su realización a la legislación minera vigente. No habrá almacenamiento de explosivos en la obra. Recepción y transporte de explosivos en la obra:

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Los trabajos de voladura, si hay que realizarlo en cimentaciones, se organizarán dé tal forma que el pedido se ajustará siempre a las necesidades de cada voladura, no produciéndose sobrantes. La recepción del explosivo se realizará por la persona cualificada, designada por el Director Facultativo de la voladura, actuará como encargado de la distribución y controlará la entrega a los artilleros. El encargado de la distribución controlará en un Libro de Registro el material recibido e utilizado. El explosivo se situará en los puntos de carga en sus envases originales y no se abrirán hasta que no vayan a utilizarse. Para el empleo de cajas de explosivos no se pueden utilizar herramientas metálicas. Durante las operaciones de carga y descarga se mantendrá apagado el vehículo de transporte, se prohibirá la presencia de personas no autorizadas y se suspenderá cualquier actividad en un radio de 50 m. Seguridad en el área de la voladura: La zona de voladura se señalizará con estacas de colores llamativos y se prohibirá el uso de maquinaria y de personal no autorizado sobre ella. Todos los barrenos que componen la voladura deben estar perfectamente señalizados. Operaciones de cebado, carga: Los detonadores se mantendrán en cortocircuito hasta iniciar la conexión entre ellos. Igualmente se mantendrá en cortocircuito la línea de tiro hasta la conexión a la fuente de energía. No se podrá realizar uso de detonadores, ni por tanto realizar voladuras durante tormentas o fuera de distancia segura (según la normativa vigente), de fuentes de electricidad estática como: radio transmisores, repetidores de TV y líneas eléctricas, No se usarán detonadores eléctricos de diferente sensibilidad en una misma voladura. Hincar una varilla de cobre en un lugar próximo a la voladura para descarga de electricidad estática que pueda soportar el personal manipulador de los detonadores, antes de comenzar el conexionado. Comprobar desde un lugar seguro el circuito. No desmontar nunca detonadores fallidos. Comprobar la longitud de los barrenos antes de su carga. Fijar el extremo del cordón detonante a una estaca de madera o roca para impedir su caída dentro de los barrenos. Impermeabilizar con cinta los extremos del cordón detonante en los barrenos con agua. La carga de los barrenos se efectuará después de las perforaciones no pudiendo coincidir ambas operaciones. Se prohibirá terminantemente: cortar cartuchos. Aplastarlos con el atacador. Quitarles la envoltura. Medidas antes y después del disparo: Todas las voladuras se ejecutarán con el empleo de pega eléctrica, con detonadores de microretardo de secuencia 30 ms. La fuente de energía solo serán explosores.

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Cerciorarse de que en el área de la voladura no hay maquinaria ni personas. Impedir accesos al área. No disparar sin haber dado la señal de aviso. No disparar sin señal de autorización de la persona encargada. Disparar desde lugares seguros. No regresar al área de la voladura hasta que no se hayan disipado los humos y gases. Medidas contra barrenos fallidos: Señalizar el lugar donde se encuentran. Eliminarlos mediante otro explosivo tipo cebo. Contra la caída de objetos: Coordinar los trabajos para que no se realicen trabajos superpuestos. Poner redes o marquesinas en trabajos necesarios que dos o más operarios estén en la zona de una misma vertical. Acotar y señalizar las zonas con riesgo de caída de objetos. Señalizar y controlar la zona donde se realicen maniobras de cargas suspendidas hasta que estas se encuentren totalmente apoyadas y sujetas. Emplear cuerdas para el guiado de cargas suspendidas manejadas desde fuera de la zona de influencia de la carga, y acceder a esta zona cuando la carga esté firmemente apoyada. No sobrepasar el peso máximo de las grúas, según su ángulo de inclinación y la curva de características. Contra la caída de personas: Instalar barandillas sobre plataformas. Los andamios tendrán: suficiente superficie y resistencia. No emplear andamios móviles. Arriostrarlos a partir de 3 m. Proteger con rodapiés a partir de 2 m de altura. No sobrecargar la zona de trabajo. Utilizar cinturón de seguridad a partir de 2 m de altura, en caso de no haber barandillas. Los cinturones estarán anclados. Acceso por las escaleras de las torres de las turbinas o por los apoyos metálicos a través de “cuerda de vida” con arnés provisto de absorbedor de energía. En caso de utilizar escaleras de tijera poner tope o cadena para que no se puedan abrir. Nunca ponerse a caballo en ellas. Protecciones personales. Casco. Botas de seguridad según la actividad o condiciones climáticas (de lona, de cuero, impermeables o dieléctricas). Cinturón de seguridad de caída. Arnés con absorbedores de energía. Chalecos reflectantes. Gafas contra proyecciones, para oxicorte o soldadura. Guantes de seguridad según la actividad o condiciones climáticas. Mascarillas antipolvo.

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Ropa de trabajo. Protecciones auditivas. Equipo de puesta a tierra de cables eléctricos. Cruzamientos. Trabajos en zona de peligro. En el cruzamiento de líneas eléctricas puede usarse como medida alternativa el dejar sin tensión la misma para la ejecución. Paralelismo: Trabajos en zona de peligro en el circuito más cercano a la línea, en él mas alejado hay una protección de barrera de los propios apoyos. Todos los trabajos se realizaran, y así sé preverán, según lo establecido en el Real Decreto 614/2001.

DISTANCIAS LIMITE DE LAS ZONAS DE TRABAJO

Un DPEL-1 DPEL-2 DPROX-1 DPROX-2 ≤ 1 50 50 70 300 3 62 52 112 300 6 62 53 112 300 10 65 55 115 300 15 66 57 116 300 20 72 60 122 300 30 82 66 132 300 45 98 73 148 300 66 120 85 170 300 110 160 100 210 500 132 180 110 330 500 220 260 160 410 500 380 390 250 540 700

Un = Tensión nominal de la instalación en kV

DPEL-1: Distancia hasta el limite exterior de la zona de peligro cuando exista riesgo de sobre tensión por rayo (cm) DPEL-2: Distancia hasta el limite exterior de la zona de peligro cuando no exista riesgo de sobre tensión por rayo (cm) DPROX-1: Distancia hasta el limite exterior de la zona de proximidad cuando resulte posible delimitar con precision la zona de trabajo y controlar que esta no se sobrepasa durante la realización del mismo (cm) DPROX-2 : Distancia hasta el limite exterior de la zona de proximidad cuando no resulte posible delimitar con precisión la zona de trabajo y controlar que esta no se sobrepasa durante la realización del mismo (cm)

A1.12. FORMACIÓN DEL PERSONAL Toda persona que se incorpore a la obra deberá ser informado individual o colectivamente de: Riesgos generales de la obra. Riesgos específicos (aquellos que desarrollen labores que los contengan). Riesgos de otros trabajos que puedan afectarles. Medidas preventivas para evitar los riesgos.

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Normas de Seguridad de obligado cumplimiento. Material de protección a utilizar. Aspectos generales de primeros auxilios. Al inicio de un nuevo trabajo, y en todo caso como mínimo semanalmente, el encargado de seguridad impartirá charlas sobre: Trabajos a realizar. Medidas y normas preventivas. Material de prevención a utilizar. Al inicio de cada semana se reunirán el personal de seguridad, el de dirección de obra y los encargados de cada grupo de trabajo, para: Analizar la situación de seguridad laboral de la obra. Analizar las incidencias habidas. Prever las situaciones en que pudieran encontrarse. A1.13. MEDICINA ASISTENCIAL Y PRIMEROS AUXILIOS

Se establecen tres situaciones que pueden presentarse en el transcurso de la obra y a las que se deberá dar respuesta adecuada en cada caso: Control Médico: Todos los trabajadores que intervengan en la obra deberán pasar los controles y reconocimientos médicos previstos en función del riesgo. Como mínimo se establecerá uno durante el transcurso de la obra, aunque según los casos se estará a la legislación vigente en la materia. Primeros auxilios: La primera asistencia médica a los posibles accidentados será realizada por los servicios médicos de la Mutua Laboral con la que cada contratista tenga concertada. Cuando la gravedad de la situación lo requiera se trasladara al accidentado al Servicio de Urgencias de los Hospitales, tanto públicos como Privados más cercanos. Para ello se dispondrá: Botiquín de primeros auxilios ubicado en la zona de vestuarios que más adelante se describe. Concierto con ambulancia equipada existente en el lugar más cercano. Teléfono de contacto. Difusión mediante comunicación a todos los trabajadores y notas colocada en los vestuarios de modo de actuación, direcciones y teléfonos de Hospitales más cercanos, ambulancias más cercanas y las concertadas y médicos y personal sanitario locales. Medicina asistencial: El contratista o contratistas acreditarán que este servicio esta cubierto por la Organización de una Mutua Patronal con la que deberán tener contratada una póliza de incapacidad laboral transitoria, permanente o de muerte en el trabajo tanto por accidente como por enfermedad profesional.

A1.14. CONDICIONES DE HIGIENE En la zona adyacente a la central solar fotovoltaica, donde confluyen los caminos de acceso general y caminos de servicios el contratista establecerá de manera

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provisional y mientras dure la obra casetas prefabricadas para aseos y vestuarios de personal en función del numero de trabajadores máximo que pueda estar en el parque fotovoltaico durante la construcción, las condiciones mínimas a reunir serán las marcadas por el Capitulo III de la Ordenanza General de Seguridad e Higiene del Trabajo. En previsión de la existencia de trabajadores de ambos sexos ambas zonas están debidamente diferenciadas y señalizadas. A1.15. COORDINADOR DE SEGURIDAD

Al frente de la seguridad de la obra estará un titulado de nivel superior en prevención de riesgos laborales. El mismo será el máximo responsable en los aspectos relativos a la seguridad, destacando entre sus funciones, obligatorias para el promotor, director de obra, jefes de obra y demás personal, las siguientes: • Aprobar el Plan de Seguridad y Salud de cada contratista. • Análisis de todos los accidentes que se produzcan. • Elección de medios de protección. • Comunicación con los servicios médicos. • Comunicación con los trabajadores. • Inspección de medios. • Inspección de cumplimiento de normas y procedimientos de seguridad. • Aprobación de métodos de trabajo y de medidas alternativas. • Promover actuaciones de formación. • Comprobación de la formación, en cuanto a prevención de riesgos laborales, del personal. • Capacidad de paralización de la obra en su totalidad o parte por incumplimiento de medidas de seguridad, o por riesgo grave o inminente. A1.16. ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL.

Cuando se conozca la existencia de un accidente, el trabajador que lo supiese procurará el auxilio inmediato que esté a su alcance y lo comunicará inmediatamente a: Asistencia médica más cercana. Jefe de obra. b) El jefe de obra tomará las medidas a su alcance para evitar daños mayores. Tendrá en cuenta: El accidentado es lo primero. La atención será inmediata. En caso de caídas a distinto nivel y de accidentes por choque eléctrico, se supondrá siempre, que pueden existir lesiones graves y se extremarán las precauciones de atención primaria, aplicando técnicas de inmovilización y de reanimación en caso de accidente eléctrico. Se evacuará al herido en camilla y ambulancia. c) El responsable del contratista, al que pertenezca el trabajador accidentado, realizará:

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En accidentes leves: Comunicará al Coordinador de seguridad, el cual investigara el accidente, sus causas y adoptará las medidas y correcciones oportunas. Comunicará a la Mutua de Accidentes de Trabajo. Accidentes graves, muy graves, mortales o que afecten a más de 4 trabajadores: Comunicará al Coordinador de seguridad, el cual investigara el accidente, sus causas y adoptará las medidas y correcciones oportunas. Comunicará a la Autoridad Laboral en el plazo máximo de 24 horas, especificando: Razón social. Domicilio de la empresa. Teléfono de la empresa. Nombre del trabajador accidentado. Lugar del accidente. Breve descripción del mismo. A1.17. LIBRO DE INCIDENCIAS

En la obra existirá un libro de incidencias, con fines de control y seguimiento del plan de seguridad y salud que constará de hojas por duplicado, habilitado al efecto. Estará en poder del Coordinador de seguridad durante la ejecución de la obra. Se reflejarán en el mismo todas las incidencias habidas en la materia y estará a disposición de: • Director de obra. • Encargados de seguridad de las empresas contratistas. • Comité de seguridad y salud. • Inspección de Trabajo. • Técnicos de Prevención de riesgos laborales de la Comunidad Autónoma de Madrid.

A1.18. PLANOS

A continuación se presentan los planos en los que se han desarrollado los gráficos y

esquemas necesarios para una mejor definición y comprensión de las medidas

preventivas expuestas en los apartados anteriores”.

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Detalle del proceso de entibado y colocación en lecho de la canalizaciónsubterránea:

Detalle del proceso de encofrado y hormigonado de la canalizaciónsubterránea:

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Detalle de la canalización subterránea:

Detalle de las vallas y conos delimitadores de la canalización subterránea:

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A1.19. CONCLUSIÓN Plan de seguridad y salud en el trabajo. En aplicación del presente Proyecto de Seguridad y Salud, el contratista adjudicatario de la obra proyectada, en su día deberá elaborar un plan de seguridad y salud en el trabajo en el que se analicen, estudien y desarrollen completamente las previsiones contenidas en este estudio de seguridad básico. En dicho plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrá implicar disminución de los niveles de seguridad previstos en este estudio básico de seguridad. El plan de Seguridad y Salud deberá ser aprobado antes del inicio de la obra por el coordinador en materia de seguridad y de salud durante la obra, o en su caso, por la dirección facultativa.

Madrid, junio 2008 El autor del Proyecto: Por la Administración: Fdo.: J. Benjamín Cereceda Céspedes Fdo. Juan Carlos Pastor Rey de Viñas Ingeniero Industrial. Col. Nº 14088. Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid

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A1P.ANEJO 1P. PLIEGO DE CONDICIONES DEL ESTUDIO SEGURIDAD Y SALUD

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PLIEGO DE CONDICIONES DEL ESTUDIO SEGURIDAD Y SALUD El Pliego de Condiciones de este ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD se divide en dos partes: Condiciones Generales y Condiciones Particulares, en las que se hace referencia a la normativa de Seguridad y Salud vigente en España, y a las estipulaciones particulares que regirán en esta obra, respectivamente. A1P.1.- CONDICIONES GENERALES

Se reproduce una relación de la normativa aplicable a esta obra en materia de Seguridad y Salud, no teniendo carácter de exhaustividad.

A1P.1.1.- PRINCIPIOS GENERALES ● Constitución Española de 1978 sobre Seguridad y Salud en el trabajo. ● Convenio 155 de la OIT sobre seguridad y salud de los trabajadores de 22 de junio de 1981. ● Directiva 89/391/CEE, relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo. ● Ley 26/1990, Ley General de Seguridad Social. ● Reforma de la Constitución de 27 de agosto de 1992. ● Ley 14/1994, de 1 de junio sobre Empresas de trabajo temporal. ● Artículos 115 y 116 Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio de 1994 por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. ● Artículos Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea 95 (antiguo 100 A) y 138 (antiguo 118 A) (Tratado de Niza). ● Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Y sus modificaciones posteriores. ● Ley 31/1995 de 8 de noviembre sobre Prevención de Riesgos Laborales. ● Ley Orgánica 10/95 de 23 de noviembre, del Código Penal. ● Real Decreto 1879/1996, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Y su modificación por Real Decreto 309/2001. ● Real Decreto 39/1997 de 17 de enero por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, modificada por el Real Decreto 780/1998, de 30 de abril. ● Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. (Modificación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, artículos 45, 47, 48 y 49). ● Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre Disposiciones mínimas de seguridad y salud en el ámbito de las Empresas de Trabajo Temporal. ● Ley 24/1999, de 6 de julio por el que se modifica del Estatuto de los Trabajadores referida a la extensión de Convenios Colectivos. ● Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. Y sus modificaciones posteriores.

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● Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la prevención de riesgos laborales. ● Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. ● Real Decreto 707/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo especial de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito de la Administración General del Estado. ● Real Decreto 1273/2003, de 10 de octubre, por el que se regula la cobertura de las contingencias profesionales de los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, y la ampliación de la prestación por incapacidad temporal para los trabajadores por cuenta propia. ● Orden de 16 de diciembre de 1987 por la que se establecen nuevos modelos para la notificación de accidentes de trabajo y se dan instrucciones para su cumplimentación y tramitación. Modificado por ORDEN TAS/2926/2002, de 19 de noviembre, por la que se establecen nuevos modelos para la notificación de los accidentes de trabajo y se posibilita su transmisión por procedimiento electrónico. A1P.1.2.- NORMATIVA ESPECÍFICA PARA LAS OBRAS DE CONSTRUCCIÓN

● Convenio de la OIT, número 62, de 23 de junio de 1937, sobre prescripciones de la Seguridad en la Industria de la Edificación. Ratificado por España el 12 de junio de 1958. ● Orden de 31 de enero de 1940. Reglamento sobre Seguridad e Higiene en el Trabajo. ● Orden de 20 de mayo de 1952. Reglamento de Seguridad en el Trabajo en la Industria de la Construcción y Obras Públicas. ● Orden de 28 de agosto de 1970, por la que se aprueba la Ordenanza de Trabajo de la Construcción, Vidrio y Cerámica. ● Decreto 3565/1972, de 23 de diciembre. Normas Tecnológicas de Edificación (NTE). ● Órdenes de 1 de marzo y 29 de diciembre de 1976, sobre la NTE “Acondicionamientos del Terreno. Desmontes”: “Vaciado” y “Zanjas y pozos”, respectivamente. ● Orden de 29 de diciembre de 1976, aprueba la Norma Tecnológica NTE-ADZ/1976, Acondicionamiento del Terreno. Desmontes: Zanjas y Pozos. ● Orden de 23 de mayo de 1997. Reglamento de aparatos elevadores para obras. ● Directiva 92/57/CEE del Consejo de 24 de junio de 1992, relativa a las disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben aplicarse en las obras de construcción temporales o móviles. ● Orden 19 de noviembre de 1998, por la que se aprueba la Instrucción para el proyecto, construcción y explotación de obras subterráneas para el transporte terrestre. ● Convenio General del Sector de la Construcción, 2002-2006 ● Real Decreto 1627/1997 por el que se aprueban las disposiciones mínimas de Seguridad y Salud en las obras de construcción. ● Resolución de 8 de abril de 1999, sobre Delegación de Facultades en Materia de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción, complementa art. 18 del Real Decreto

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1627/1997, de 24 de octubre de 1997, sobre Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en las Obras de Construcción. ● Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. A1P.1.3.- LUGARES DE TRABAJO

● Real Decreto 556/1989, de 19 de mayo, por el que se arbitran medidas mínimas sobre accesibilidad en los edificios. ● Directiva 89/654/CEE, de 30 de noviembre de 1989, establece las Disposiciones mínimas de seguridad y de salud en los lugares de trabajo. ● Real Decreto 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud en los lugares de trabajo (no aplicable a obras de construcción móviles o temporales e industrias de extracción). A1P.1.4.- SEÑALIZACIÓN DE SEGURIDAD

● Directiva 92/58/CEE del Consejo, de 24 de junio de 1992, establece las Disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. ● Real Decreto 485/1997 de 14 de abril sobre Disposiciones Mínimas en materia de Señalización de Seguridad y Salud en el Trabajo. ● Real Decreto 1627/1997, Anexo IV, parte A, 19. ● Norma 8.3-IC de carreteras, sobre señalización de obras. A1P.1.5.- MÁQUINAS Y EQUIPOS DE TRABAJO

● Directiva 89/655/CEE de 30 de Noviembre de 1989, que establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores en el trabajo de los equipos de trabajo. ● Directiva 95/63/CE, de 5 de diciembre de 1995, modifica la 89/655/CEE. ● Directiva 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre máquinas. ● Directiva del Consejo 91/368/CEE, modifica la 89/392/CEE. ● Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, sobre Seguridad en Máquinas, por la que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre las máquinas. (Incluye la modificación posterior realizada por el R.D. 56/1995). ● Decisión del Consejo 93/465/CEE, de 22 de julio de 1993, relativa a los módulos correspondientes a las diversas fases de los procedimientos de evaluación de la conformidad y a las disposiciones referentes al sistema de colocación y utilización del marcado. ● Real Decreto 56/1995, de 20 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 1435/1992, de 27 de noviembre, relativo a las Disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, sobre máquinas. ● Real Decreto 1215/1997 de 18 de julio, por el que se establecen las Disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

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● Directiva del Consejo 93/68/CEE de 22 de Julio (DOCE nº L220/1, de 30 de Agosto de 1993) que modificó a su vez varias Directivas, entre ellas la Directiva 89/392/CEE. A1P.1.6.- APARATOS ELEVADORES

● Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que aprueba el Reglamento de aparatos de elevación y manutención de los mismos. ● Orden de 26 de mayo de 1989, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AEM-3 del Reglamento de Aparatos de elevación y manutención, referente a carretillas automotoras de manutención. ● Real Decreto 1513/1991 de 19 de octubre, por el que se establecen las exigencias sobre los certificados y las marcas de cables, cadenas y ganchos. ● Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba una nueva Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-2» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas-torre para obras u otras aplicaciones. ● Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria «MIE-AEM-4» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas. A1P.1.7.- EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

● Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las Condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los Equipos de Protección Individual. ● Real Decreto 159/1995 de 3 de febrero, que modifica el R.D.1407/1992, de 20 de noviembre. ● Orden de 20 de febrero de 1997, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 159/1995, de 3 de febrero. ● Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre Disposiciones Mínimas de seguridad y salud relativas a la Utilización por los Trabajadores de Equipos de Protección Individual. Modificaciones al R.D. 1407/1992: - Corrección de erratas del Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. - Orden de 16 de mayo de 1994 por la que se modifica el periodo transitorio establecido en el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. - Real Decreto 159/1995, de 3 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. - Orden de 20 de febrero de 1997 por la que se modifica el anexo del Real Decreto 159/1995, de 3 de febrero, que modificó a su vez el Real Decreto 1407/1992, de 20 de

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noviembre, relativo a las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. - Resolución de 25 de abril de 1996, de La Dirección General de Calidad y Seguridad Industrial, por la que se publica, a titulo informativo, información complementaria establecida por el Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regula las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual. - Directiva 89/686/CEE establece las exigencias mínimas esenciales que deberán cumplir todos los equipos de protección individual ● Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y Salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. ● Directiva 89/656/CEE fija las disposiciones mínimas de seguridad, y salud que garanticen una protección adecuada del trabajador en la utilización de los equipos de protección individual en el trabajo. A1P.1.8.- MANIPULACIÓN DE CARGAS

● Real Decreto 487/1997 sobre Manipulación Manual de Cargas. A1P.1.9.- ELECTRICIDAD

● Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión e Instrucciones Técnicas Complementarias. ● Real Decreto 3275/1982 de 12 de noviembre, sobre Condiciones Técnicas y Garantías de Seguridad en Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación. ● Resolución de 30 de abril de 1984, sobre Verificación de las instalaciones eléctricas antes de su puesta en servicio. ● Orden de 10 de marzo de 2000, por la que se modifican las instrucciones técnicas Complementarias MIE-RAT01, MIE-RAT02, MIE-RAT06, MIE-RAT14, MIE-RAT15, MIE-RAT16, MIE-RAT17, MIE-RAT18 y MIE-RAT19 del Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en centrales eléctricas, subestaciones y centros de transformación. ● Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre Disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. ● Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión. A1P.1.10.- INCENDIOS

● Orden de 31 de mayo de 1982, por la que se aprueba la Instrucción Técnica Complementaria MIE-AP5 sobre extintores de incendios. ● Orden de 29 de noviembre de 1984 por el que se establece el Manual de autoprotección para el desarrollo del Plan de emergencia y evacuación de locales y edificios. ● Real Decreto 1942/1993 de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios.

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● Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre, por el que se aprueba la Norma Básica de la Edificación “NBE-CPI/96: Condiciones de protección contra incendios en los edificios”. ● Orden de 16 de abril de 1998, sobre normas de procedimiento y desarrollo del Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios y se revisa el Anexo 1 y los apéndices del mismo. ● Orden de 27 de julio de 1999, por la que se determinan las Condiciones que deben reunir los extintores de incendios instalados en vehículos de transporte de personas o de mercancías. A1P.1.11.- PROTECCIÓN FRENTE A DETERMINADOS AGENTES

● Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre la Protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. ● Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE-APQ-1, MIE-APQ-2, MIE-APQ-3, MIE-APQ-4, MIE-APQ-5, MIE-APQ-6, y MIE-APQ7. A1P.1.12.- ETIQUETADO DE SUSTANCIAS PELIGROSAS

● Real Decreto 1078/1993, de 2 de julio de 1993, sobre Clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos (actualizado en los anejos técnicos por la Orden 20-2-1995). ● Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo de 1995, Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas. ● Orden de 16 de julio de 1999, por la que se modifica partes de los Anexos I y V del Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo de 1995. Reglamento sobre Notificación de Sustancias Nuevas y clasificación Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas. ● Real Decreto 507/2001, de 11 de mayo, por el que se modifican el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo. ● Orden de 5 de octubre de 2000, por la que se modifican los anexos I, III, IV y VI del Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo de 1995. ● Orden de 5 de abril de 2001, por la que se modifican los anexos I, IV, V, VI y IX del Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo. A1P.1.13.- RUIDO

● Real Decreto 1316/1989, sobre Protección frente al Ruido y posteriores correcciones. ● Real Decreto 245/1989, sobre Determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra. ● Orden de 17 de noviembre de 1989, del Ministerio de Industria , que modifica el Anexo I del R.D.245/89, de 27 de febrero, sobre Determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra.

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● Orden de 18 de julio de 1991, que modifica el Anexo I del R.D.245/89, de 27 de febrero, sobre Determinación y limitación de la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra. ● Real Decreto 71/1992, del Ministerio de Industria, por el que se amplía el ámbito de aplicación del R.D. 245/1989 y se establecen nuevas especificaciones técnicas de determinados materiales y maquinaria de obra. ● Orden del Ministerio de Industria y Energía, modificación del Anexo I del R.D. 245/1.989. ● Ley 37/2003 de Ruido. A1P.1.14.- EXPLOSIVOS

● Real Decreto 400/1996, de 1 de marzo, por el que se dictan disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 94/9/CE, relativa a los aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. ● Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Explosivos. ● Real Decreto 681/2003, de 12 de junio, sobre la Protección de la salud y la seguridad de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo. A1P.1.15.- RESIDUOS

● Real Decreto 833/88 por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos. ● Orden de 28 de Febrero de 1989 del MOPU sobre la gestión de aceites usados. ● Orden de 13 de Junio de 1990 por la que se modifica la Orden de 28 de Febrero de 1989, y por la que se regula gestión de aceites usados. ● Real Decreto 952/1997 por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986 Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, y aprobado mediante Real Decreto 833/1988. ● Ley 10/1998 de Residuos.

A1P.2. CONDICIONES PARTICULARES

A1P.2.1.- NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS A CUMPLIR POR LOS MEDIOS DE PROTECCIÓN COLECTIVA Los medios de protección colectiva que se van a utilizar para la prevención de los riesgos detectados en esta obra cumplirán con las siguientes condiciones generales: ● La protección colectiva de esta obra, ha sido diseñada y representada en los planos de seguridad y salud para que según lo que en ellos se especifica, sea puesta en práctica.

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● Las protecciones colectivas de esta obra, estarán en acopio disponible para uso inmediato, dos días antes de la fecha decidida para su montaje, y según la previsión que se debe hacer en el Plan de Ejecución de Obra. ● Serán nuevas y a estrenar, si sus componentes tienen caducidad de uso reconocida se reemplazarán una vez caducadas. ● Serán instaladas previamente antes de iniciar cualquier trabajo que requiera su montaje, quedando prohibido el comienzo de un trabajo o actividad que requiera protección colectiva, hasta que esta esté montada por completo en el ámbito del riesgo. ● Se desmontará de inmediato toda protección colectiva en uso en la que se aprecien deterioros con merma efectiva de su calidad real. Se sustituirá a continuación el componente deteriorado y se volverá a montar la protección colectiva una vez resuelto el problema. Entre tanto se realiza esta operación, se suspenderán los trabajos protegidos por el tramo deteriorado y se aislará eficazmente la zona para evitar accidentes. ● Durante la realización de la obra, puede ser necesario variar el modo o la disposición de la instalación de la protección colectiva prevista en este ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. Si esto ocurre, la nueva situación será definida por el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra. De estas variaciones, se dejará constancia en el libro de órdenes y asistencia de la obra. ● Las protecciones colectivas proyectadas en este trabajo, están destinadas a la protección de los riesgos de todos los trabajadores y visitantes de la obra: trabajadores de la empresa principal, los de las empresas subcontratistas, empresas colaboradoras, trabajadores autónomos y visitas de los técnicos de dirección de obra o de la Promotora; visitas de las inspecciones de organismos oficiales, o de invitados por diversas causas. ● Para cada unidad de obra se realizará el montaje, mantenimiento en buen estado y retirada de la protección colectiva por sus medios o mediante subcontratación, salvo que a través del contrato de adjudicación asigne esta responsabilidad a la subcontrata correspondiente a esa unidad. ● En aplicación de los principios de la acción preventiva recogidos en el Art. 15 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, el montaje y uso correcto de la protección colectiva definida en este ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD, es prioritaria sobre la utilización de equipos de protección individual para defenderse de idéntico riesgo. A1P.2.2.- NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS A CUMPLIR POR LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL

Como norma general, se han elegido equipos de protección individual (EPI) cómodos y operativos con el fin de evitar las negativas a su uso. Todos los equipos de protección individual que se utilicen en esta obra, cumplirán las siguientes condiciones generales: ● Tendrán el marcado "CE" según lo estipulado en la legislación vigente (R.D. 1407/92 . ● De cada lote de EPIs el empresario deberá conservar una hoja o manual de instrucciones para su gestión preventiva. ● Todas las empresas llevarán un control de los equipos de protección individual entregados a cada uno de sus trabajadores. Cada trabajador firmará la recepción de dichos equipos en el formato correspondiente, quedando autorizado y obligado a su uso en esta obra durante su periodo de vigencia; una vez expirada la fecha de caducidad, el trabajador

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reclamará la entrega de un EPI nuevo, devolviendo el caducado. ● Los equipos de protección individual en uso que estén deteriorados, serán reemplazados de inmediato, quedando constancia en la oficina de obra del motivo del cambio y el nombre de la empresa y de la persona que recibe el nuevo equipo de protección individual, con el fin de dar la máxima seriedad posible a la utilización de estas protecciones. ● Todo EPI a utilizar en esta obra deberá contar con el folleto informativo elaborado y entregado obligatoriamente por el fabricante, donde se incluirá además del nombre y la dirección del fabricante y/o de su mandatario en la Comunidad Económica Europea, toda la información útil sobre: Instrucciones de almacenamiento, uso, limpieza, mantenimiento, revisión y desinfección. Rendimientos alcanzados en los exámenes técnicos dirigidos a la verificación de los grados o clases de protección de los EPI. Accesorios que se pueden utilizar en los EPI y características de las piezas de repuesto adecuadas. Clases de protección adecuadas a los diferentes niveles de riesgo y límites de uso correspondientes. Fecha o plazo de caducidad de los EPI Los equipos destinados a la prevención del riesgo de caída en altura deberán pasar las preceptivas revisiones periódicas indicadas por los fabricantes, por lo que para cada uno de los elementos integrantes de este tipo de EPIs (arnés, carrete retráctil, cuerdas, etc.) deberán rellenarse las fichas que el fabricante incorpora en la hoja de instrucciones que acompaña a cada elemento del EPI. A1P.2.3.- NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS A CUMPLIR POR LOS EQUIPOS DE TRABAJO

A1P.2.3.1.- GENERALIDADES

Son equipos de trabajo las máquinas móviles o estacionarias, utensilios, útiles y aperos de cualquier tipo (medios auxiliares, etc.), herramientas manuales, mecánicas (traspaleta, cazos de excavadoras, palas de excavadoras, traíllas, cubas de agua, etc. o eléctricas (maquinillo, sierras circulares, desbarbadoras, grupos electrógenos móviles, etc.), partes de máquinas, medios auxiliares, etc. que se utilicen en esta obra, tal como vienen definidos en el R.D. 1215 /1.997 Artículo 17 LPRL: Equipos de trabajo y medios de protección El empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo sean adecuados para el trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que garanticen la seguridad y la salud de los trabajadores al utilizarlos. Cuando la utilización de un equipo de trabajo pueda presentar un riesgo específico para la seguridad y la salud de los trabajadores, el empresario adoptará las medidas necesarias con el fin de que:

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La utilización del equipo de trabajo quede reservada a los encargados de dicha utilización. Los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación sean realizados por los trabajadores específicamente capacitados para ello. El empresario deberá proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y velar por el uso efectivo de los mismos cuando, por la naturaleza de los trabajos realizados, sean necesarios. Los equipos de protección individual deberán utilizarse cuando los riesgos no se puedan evitar o no puedan limitarse suficientemente por medios técnicos de protección colectiva o mediante medidas, métodos o procedimientos de organización del trabajo. ● Se prohíbe el montaje de los medios auxiliares, máquinas y equipos, de forma parcial, es decir, omitiendo el uso de alguno o varios de los componentes con los que se comercializan para su función específica. ● El uso, montaje y conservación de los medios auxiliares, máquinas y equipos de trabajo se hará siguiendo estrictamente las condiciones de montaje y utilización segura, contenidas en el manual de uso editado por su fabricante. Será preceptivo disponer en obra de copias del Manual de instrucciones de cada equipo de trabajo, con el fin de poder comprobar en todo momento su contenido. ● Todos los medios auxiliares, máquinas y equipos de trabajo a utilizar en esta obra, tendrán incorporados sus propios dispositivos de seguridad exigibles por aplicación de la normativa vigente. Se prohíbe expresamente, la introducción en el recinto de la obra de medios auxiliares, máquinas y equipos de trabajo que no cumplan la condición anterior.

A1P.2.3.2.- CONDICIONES PREVIAS DE SELECCIÓN

La maquinaria a utilizar en obra deberá cumplir con las disposiciones vigentes, R.D. 1215/97 disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los Equipos de Trabajo, cuya observancia garantiza a los trabajadores usuarios un nivel adecuado de seguridad y salud. Las máquinas y/o equipos de trabajo actuantes en esta obra deberán poseer placa de marcado CE y el Certificado de Conformidad CE, ambos deberán estar redactados en idioma español. La Placa CE contendrá al menos: ● Nombre del fabricante. ● Año de fabricación y/o suministro. ● Tipo y número de fabricación. ● Potencia. ● Contraseña de homologación, si procede. ● Marca CE Esta placa será de material duradero y estará fijada sólidamente al chasis de la máquina y situada en zona de fácil acceso para su lectura una vez instalada, estando el operario obligado a mantenerla visible para su consulta e inspección por quién esté

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autorizado a ello, prohibiéndose que esté tapada o invisible por pintura, deterioro, rasgado, o cualquier otro deterioro que impida su consulta. El Certificado de Conformidad CE con el contenido preceptivo, deberá estar permanentemente a disposición de quién lo pueda consultar. Toda máquina o equipo de trabajo actuante en esta obra debe ir acompañado de un Manual de instrucciones extendido por su fabricante o, en su caso, por el importador. En dicha manual, figurarán las características técnicas y las condiciones de instalación, uso y mantenimiento, normas de seguridad y aquellas otras gráficas que sean complementarias para su mayor conocimiento; el Manual estará siempre a disposición del trabajador asignado. De este manual se exigirá una copia cuyo texto literal figure en el idioma castellano. ● Cualquier equipo de trabajo que se utilice en esta obra deberá reunir las condiciones de seguridad que se recogen en el REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, especialmente las recogidas en los dos Anexos del citado Decreto. En esta obra queda prohibido el uso de equipos de trabajo que no dispongan del preceptivo Certificado de Conformidad CE, así como de la placa CE en su chasis; En su defecto se autorizará la actuación de equipos de trabajo que sin placa y certificado CE posean certificado de puesta en conformidad CE suscrito por técnico competente u organismo de control autorizado (OCA). ● Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación utilizados en el trabajo será seleccionado de modo que no ocasione riesgos añadidos para la seguridad y salud de los trabajadores y/o para terceros en la condiciones de utilización específicas de esta obra. ● Las diferentes partes de los equipos, así como sus elementos constitutivos deben poder resistir a lo largo del tiempo los esfuerzos a que vayan a estar sometidos, así como cualquier otra influencia externa (climatología, etc.) que puedan presentarse en esta obra. ● Los equipos a utilizar estarán basados en las condiciones y características específicas del trabajo a realizar y en los riesgos existentes en el centro de trabajo y cumplirán las normas y disposiciones en vigor que les sean de aplicación, en función de su tipología, empleo y posterior manejo por los trabajadores. ● El equipo de trabajo no podrá utilizarse para operaciones o en condiciones para las cuales no haya sido diseñado o no sea adecuado, siendo responsabilidad exclusiva del Jefe de Obra el uso inadecuado. ● El equipo de trabajo deberá llevar las advertencias y señalizaciones indispensables para garantizar la seguridad de los trabajadores. ● Los sistemas de accionamiento de un equipo de trabajo que tengan incidencia en la seguridad deberán ser claramente visibles e identificables y, cuando corresponda, estar identificados con la señalización adecuada.

A1P.2.3.3.- MEDIDAS DE PROTECCIÓN

● Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para proteger a los trabajadores contra los riesgos de incendio o de calentamiento del propio equipo, de emanaciones de gases, polvos, líquidos, vapores u otras sustancias producidas por él o en él utilizadas o almacenadas.

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● Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para prevenir el riesgo de explosión del propio equipo o de sustancias producidas por él o en él utilizadas o almacenadas. ● Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para proteger a los trabajadores expuestos contra el riesgo de contactos directos e indirectos con la electricidad. ● Para evitar la pérdida de estabilidad del equipo de trabajo, especialmente durante su funcionamiento normal, se tomarán las medidas técnicas adecuadas, de acuerdo con las condiciones de instalación y utilización previstas por el fabricante. ● Cualquier equipo de trabajo que entrañe riesgos debidos a emanaciones de gases, vapores o líquidos o emisiones de polvos deberá estar provisto de dispositivos adecuados de captación y/o extracción cerca de la fuente correspondiente a esos riesgos. ● Los equipos capaces de emitir radiaciones ionizantes u otras que puedan afectar a la salud de las personas estarán provistos de sistemas de protección eficaces. ● Cuando sea de aplicación, los equipos de trabajo deberán tener instalados elementos protectores contra el atropamiento, el corte accidental, así como dispositivos de para el paro inmediato automático o a voluntad del operario asignado.

A1P.2.3.4.- INFORMACIÓN E INSTRUCCIONES ● El empresario está obligado a facilitar al trabajador información sobre los equipos de trabajo, su empleo, uso y mantenimiento requerido, mediante folletos gráficos y, en caso necesario, mediante cursos formativos en tales materias; con advertencia además de los riesgos y situaciones anormales previsibles. ● La información gráfica o verbal deberá ser comprensible para los trabajadores afectados, y el empresario deberá asegurarse de que los trabajadores han comprendido las instrucciones de uso seguro que ha impartido. Los trabajadores que manejen o mantengan equipos con riesgos específicos recibirán una formación obligada y especial sobre tales equipos. ● Estarán previstos las instrucciones y medios adecuados para el transporte de los equipos a fin de efectuarlo con el menor peligro posible para los trabajadores que ejecuten ese transporte. A estos efectos y en equipos estacionarios se observará: ● Se indicará el peso del equipo o partes desmontables de éste que tenga un peso mayor de 500 Kg. ● Se indicará la posición de transporte que garantice la estabilidad del equipo y se sujetará éste de forma adecuada para la seguridad de los trabajadores. ● Los equipos o partes de ellos de difícil amarre, se dotarán de puntos de sujeción de resistencia apropiada; en todos los casos se indicará, al menos en castellano, la forma de amarre. ● Se darán las instrucciones necesarias para que el montaje de los equipos de trabajo pueda efectuarse correctamente y con el menor riesgo posible. ● Se facilitarán las instrucciones necesarias para el normal funcionamiento de los equipos de trabajo, indicando los espacios de maniobra y de zonas peligrosas del radio de acción, y que puedan afectar a personas como consecuencia de su incidencia.

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A1P.2.3.5.- CONDICIONES NECESARIAS PARA SU UTILIZACIÓN ● Cuando la utilización de un equipo de trabajo pueda presentar un riesgo específico para la seguridad o la salud de los trabajadores, la empresa adoptará las medidas necesarias para evitarlo. ● Los equipos estarán dotados de protecciones adecuadas tendentes a evitar riesgos de atrapamiento en los puntos de operación, tales como resguardos fijos, dispositivos apartacuerpos, barra de paro, dispositivos de alimentación automática, etc. ● La empresa adoptará las medidas necesarias con el fin de que los equipos de trabajo puestos a disposición de los trabajadores sean adecuados para las unidades de obra que han de realizar y convenientemente adaptados a tal efecto, de forma que no quede comprometida la seguridad y salud de los trabajadores al utilizarlos. Así mismo, el Contratista aportará a los trabajadores los equipos más adecuados para la ejecución de cada tarea. ● Los equipos provistos de elementos giratorios cuya rotura o desprendimiento pueda originar daños deberán estar dotados de un sistema de protección que retenga los posibles fragmentos, impidiendo su impacto sobre las personas. ● Cuando existan partes del equipo cuya pérdida de sujeción pueda dar lugar a peligros, deberán tomarse precauciones adicionales para evitar que dichas partes puedan incidir en personas. ● Se evitará la emisión de ruidos de nivel superior a los límites establecidos por la normativa vigente en cada momento: Real Decreto 245/1989, sobre la potencia acústica admisible de determinado material y maquinaria de obra, y posteriores modificaciones; R.D. 1316/1989 sobre protección frente al ruido. Si el ruido excesivo no puede eliminarse, el Contratista aportará y obligará a los trabajadores a usar las protecciones auditivas más adecuadas al caso. ● Cualquier equipo de trabajo que entrañe riesgos debidos a caídas de objetos, proyecciones, estallidos o roturas de sus elementos o del material que trabajen deberá estar provisto de dispositivos de seguridad adecuados a esos riesgos. ● Cuando los elementos móviles de un equipo de trabajo presenten riesgos de contacto mecánico que puedan acarrear accidentes, deberán ir equipados con protectores o dispositivos que impidan el acceso a las zonas peligrosas o que detengan las maniobras peligrosas antes del acceso a dichas zonas. ● Los protectores y dispositivos de protección: Deberán ser de construcción sólida No deberán ocasionar riesgos adicionales No deberán ser fáciles de retirar o de inutilizar Deberán estar situados a suficiente distancia de la zona peligrosa Deberán permitir las intervenciones indispensables para la colocación y/o la sustitución de los elementos, así como para los trabajos de mantenimiento, limitando el acceso únicamente al sector en que deba realizarse el trabajo y, a ser posible, sin desmontar el protector o el dispositivo de protección. ● Las partes de un equipo de trabajo que alcancen temperaturas elevadas o muy bajas deberán estar protegidas, contra los riesgos de contacto o proximidad de los trabajadores. ● Todo equipo de trabajo deberá estar provisto de dispositivos claramente

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identificables que permitan aislarlos de cada una de sus fuentes de energía. Solo podrán conectarse de nuevo cuando no exista peligro alguno para los trabajadores afectados. ● Los sistemas de accionamiento no deberán ocasionar en su manipulación riesgos adicionales. Asimismo, no deberán acarrear riesgos como consecuencia de una manipulación involuntaria. ● El operario que maneje un equipo deberá poderse cerciorar desde su puesto de trabajo de la ausencia de personas en las zonas peligrosas afectadas por el equipo. Si ello no fuera posible, la puesta en marcha deberá ir siempre automáticamente precedida de un sistema seguro, tal como una señal acústica y/o visual. Las señales emitidas por estos sistemas deberán ser perceptibles y comprensibles fácilmente y sin ambigüedades. ● Los sistemas de accionamiento deberán ser seguros: Una avería o daño en los mismos no deberá conducir a una situación peligrosa para el usuario. ● La puesta en marcha de un equipo de trabajo solamente deberá poder efectuarse mediante una acción voluntaria sobre un sistema de accionamiento previsto a tal efecto. ● Cada equipo de trabajo deberá estar provisto de un sistema de accionamiento que permita su parada total en condiciones de seguridad. ● Las órdenes de parada del equipo de trabajo tendrán prioridad sobre las órdenes de puesta de marcha. ● Si un equipo se para, aunque sea momentáneamente, por un fallo en su alimentación de energía y su puesta en marcha inesperada puede suponer peligro, no podrá ponerse en marcha automáticamente al ser restablecida la alimentación de energía. ● Si la parada de un equipo se produce por la actuación de un sistema de protección, la nueva puesta en marcha sólo será posible después de restablecidas las condiciones de seguridad y previo accionamiento del órgano que ordena la puesta en marcha diseñado al efecto.

A1P.2.3.6.- MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN ● La empresa contratista adoptará las medidas necesarias con el fin de que, mediante su mantenimiento adecuado, los equipos de trabajo se conserven durante todo el tiempo de utilización en un nivel tal que satisfagan las condiciones de seguridad y salud requeridas por la legislación de Prevención de Riesgos Laborales vigente. ● Los trabajos de reparación, transformación, mantenimiento o conservación deberán ser realizados por trabajadores específicamente capacitados para ello. ● Las operaciones de mantenimiento deberán poderse efectuar cuando el equipo de trabajo está parado. Si ello no fuera posible deberán poderse adoptar las medidas de protección pertinentes para la ejecución de dichas operaciones, o éstas deberán poder efectuarse fuera de las situaciones y zonas peligrosas. ● Los trabajadores deberán poder acceder y permanecer en condiciones de seguridad en todos los lugares necesarios para efectuar las operaciones de producción, ajuste y mantenimiento de los equipos de trabajo. ● Para cada equipo de trabajo que posea un Libro de Mantenimiento es necesario que éste se encuentre actualizado. Deberá establecerse un Plan de Mantenimiento riguroso, con operaciones programadas y llevadas a cabo por la empresa propietaria del equipo de trabajo que lo aporte a la obra. Por el trabajador asignado, se comprobará diariamente el

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estado de funcionamiento de los órganos de mando y elementos sometidos a esfuerzo y desgaste, sustituyendo esos elementos cuando lo indique el programa de mantenimiento previsto, e independientemente de estado de uso o desgaste. Si como resultado de revisiones o inspecciones de cualquier tipo, se observara un peligro manifiesto o un excesivo riesgo potencial, de inmediato se paralizará la máquina en cuestión y se adoptarán las medidas necesarias para eliminar o reducir el peligro o riesgo. Una vez corregida, deberá someterse a nueva revisión para su sanción. Los órganos móviles o elementos de transmisión en las máquinas estarán dispuestos o, en su caso protegidos de modo que eliminen el riesgo de contacto accidental con ellos y de atrapamiento, corte, etc. Tales protecciones serán: resguardos fijos, apartacuerpos barras de paro, autoalimentación, etc. En el caso de máquinas eléctricas, la estructura metálica de la máquina fija estará conectada al circuito de puesta a tierra y su cuadro eléctrico dispondrá de un interruptor magnetotérmico y un diferencial, en el caso de que este cuadro sea independiente del general. Los mismos dispositivos de seguridad eléctrica deberán montar las máquinas eléctricas móviles (grupos electrógenos, etc.) Las máquinas eléctricas deberán disponer de los sistemas de seguridad adecuados para eliminar el riesgo de contacto eléctrico directo e indirecto, o minimizar sus consecuencias en caso de accidente. Estos sistemas siempre se mantendrán en correcto estado de funcionamiento, para lo cual se realizará el oportuno mantenimiento preventivo programado, y las reparaciones necesarias que aseguren su buen estado de funcionamiento y seguridad. Para el transporte exterior de las máquinas se darán las instrucciones precisas, arbitrarán los medios adecuados y se cumplirán las normativas que los órganos oficiales intervenientes tengan dictadas y afecten al transporte en cuestión. El montaje de las máquinas se hará siempre por personal especializado y dotado de los medios operativos y de seguridad necesarios. En la obra existirá un Libro de Registro en el que se anotarán, por la persona responsable, todas las incidencias que de las máquinas se den en su montaje, uso, mantenimiento y reparaciones, con especial incidencia en los riesgos quesean detectados y en los medios de prevención y protección adaptados para eliminar o minimizar sus consecuencias. En esta obra no se podrán emplear las máquinas en trabajos distintos para los que han sido diseñadas y fabricadas. El personal de manipulación, mantenimiento, conductores en su caso, y personal de maniobras deberá estar debidamente cualificado para la utilización de la máquina de que se trate. Será señalizado o acotado el espacio de influencia de las máquinas en funcionamiento que puedan ocasionar riesgos, así como los espacios de la obra destinados a mantenimiento y aparcamiento. El personal de mantenimiento será especializado. Las máquinas pesadas de Obra Civil y los vehículos de transporte, solo podrán ser conducidos por personal con Formación específica, de acuerdo con el R.D. 1627/97 En los Planos de este Estudio de Seguridad se incluyen Instrucciones de seguridad para cada una de las máquinas allí grafiadas, las que se deben considerar como transcritas a este

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Pliego, e integrantes del cuerpo del mismo.

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A1P.2.4.- SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA

A1P.2.4.1.- GENERAL El R.D. 1627/97, en su Anexo IV, 19, disposiciones varias, dispone: Los accesos y el perímetro de la obra deberán señalizarse y destacarse de manera que sean claramente visibles e identificables.

La empresa contratista establecerá un sistema de señalización de seguridad a efectos de llamar la atención de forma rápida e inteligible sobre objetos y situaciones susceptibles de provocar peligros determinados, así como para indicar el emplazamiento de dispositivos y equipos que tengan importancia desde el punto de vista de seguridad, y en todo caso se señalizará la obra en todo su contorno exterior y se colocarán carteles de advertencia y prohibición con las señales preceptivas.

En el Presupuesto de este Estudio de Seguridad y Salud se especifican el tipo, tamaño y material de cada una de las señales previstas para ser utilizadas en la obra. Estos textos deben tenerse por transcritos a este Pliego de Condiciones, como normas de obligado cumplimiento, al igual que todas las instrucciones de Seguridad incluidas en los Planos. La puesta en práctica del sistema de señalización será la adecuada a las características de la obra, no siendo exhaustiva la recomendación y presupuesto que de las mismas se hace en este Estudio, siendo obligación del Contratista Principal el dar en su Plan de Seguridad y Salud el dar una relación de la señalización que propone para esta obra. En el sistema de señalización se adoptarán las exigencias reglamentarias para el caso, según la legislación vigente y nunca atendiendo a criterios caprichosos. El material constitutivo de las señales (paneles, conos de balizamiento, letreros, etc.), será capaz de resistir tanto las inclemencias del tiempo como las condiciones adversas de la obra; cuando el material de señalización disponible en el mercado no garantice esa resistencia en las condiciones climatológicas del lugar de la obra, se deberá proceder a la restitución de la señalización deteriorada por las inclemencias o por desgaste natural de los materiales. Sin que esta circunstancia suponga excusa para la no señalización, aunque sea temporal, de la obra. La fijación del sistema de señalización de la obra se realizará de modo que se mantenga en todo momento estable hasta donde permitan los materiales. El Plan de Seguridad desarrollará los sistemas de fijación más adecuados para las condiciones particulares de la obra, sin que puedan suponer una disminución de la seguridad que se establece en este Estudio.

A1P.2.4.2.- SEÑALIZACIÓN DE RIESGOS EN EL TRABAJO Esta señalización cumplirá con lo preceptuado en R.D. 485/1997, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de Seguridad y Salud en el trabajo (de aplicación restringida en las obras de construcción). En los PLANOS de este Estudio, se dan las características de las señales más habituales en las obras de construcción. Se deberán atender también las instrucciones que sobre señalización da el R.D. 1627/1.997

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A1P.2.4.3.- SEÑALIZACIÓN VIAL De acuerdo con el R.D. 1627/1997, Anexo IV parte A, se señalizarán las vías de circulación interiores de la obra cuando sea necesario por el tráfico existente. En los PLANOS de este Estudio, se dan indicaciones gráficas de la señalización recomendada, y que deberán ser ajustadas a la obra por el Contratista Principal en su Plan de Seguridad y Salud, y en última instancia por el Coordinador durante la ejecución de la obra El objetivo de la señalización vial de esta obra es doble: por un lado pretende proteger a los conductores de la vía respecto de riesgo a terceros por la existencia de obras, que es totalmente ajeno a los objetivos de un Estudio de seguridad y Salud, y por otro proteger a los trabajadores de la obra de los accidentes causados por la irrupción por lo general violenta, de los vehículos en el interior de la obra. En consecuencia, este apartado tiene por objeto resolver exclusivamente el riesgo en el trabajo de los trabajadores actuantes por irrupción de vehículos en la obra. Las vías de circulación en el recinto de la obra, por donde transcurran máquinas y vehículos deberán estar señalizadas de acuerdo con lo establecido por la vigente normativa, es decir con el CÓDIGO DE CIRCULACIÓN vigente y con el contenido de la Norma de carreteras 8.3-IC, señalización, balizamiento, defensa, limpieza y terminación de obras fijas fuera de poblado promulgada por el MOPU. Por el interior de la obra, y en tramos próximos a los tajos donde se hallen los operarios, la velocidad quedará limitada y señalizada a 20 Km/h. En otras vías interiores si el terreno lo permite podrá aumentarse la velocidad de circulación, debiendo estar siempre señalizada la velocidad máxima prevista en cada tramo. Todos los vehículos, máquinas , y equipos de trabajo actuantes que trabajen en movimiento, deberán disponer de dispositivos luminosos de color amarillo en la cumbrera , los que estarán encendidos siempre que estén trabajando, al igual que dispositivos de aviso sonoro que se activarán automáticamente al inicio de la marcha hacia atrás . A los maquinistas y conductores se les dotará de chalecos reflectantes instruyéndoles para que lo vistan desde que vayan a iniciar el descenso de la máquina (de transporte, de obra civil, auxiliar, o cualquiera otra actuante). El ruido dentro de la cabina deberá estar dentro de los límites marcados en la normativa vigente sobre ruido que se relaciona en el apartado 1.13 de este Pliego sobre ruido; cuando este riesgo no sea evitable se dotará a los trabajadores afectados protecciones auditivas adecuadas a la intensidad y tipo de ruido generado.

A1P.2.4.4.- PERSONAL AUXILIAR DE LOS MAQUINISTAS PARA SEÑALIZACIÓN Cuando un maquinista realice operaciones o movimientos en los que existan zonas que queden fuera de su campo de visión, y más si por ellos deban pasar personas u otros vehículos, se empleará a una o varias personas para efectuar señales adecuadas, de modo que se eviten daños a los demás y al maquinista. Tanto maquinistas como personal auxiliar para señalización de las maniobras serán instruidos y deberán conocer el sistema de señales previamente establecido y normalizado, de acuerdo con el contenido del R.D. 485/ 1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo.

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A1P.2.5.- ILUMINACIÓN ARTIFICIAL

En las zonas de trabajo o momentos del día que carezcan de iluminación natural, ésta sea insuficiente o se proyecten sombras que dificulten las operaciones laborales o la circulación se empleará iluminación artificial. Las intensidades mínimas de iluminación artificial, según los distintos trabajos, serán: ● Patios, galerías y lugares de paso ............................................ 50 lux ● Zonas de carga y descarga .................................................... 100 lux ● Almacenes, depósitos, vestuarios y aseos ............................... 100 lux ● Trabajos con máquinas ......................................................... 200 lux ● Zonas de oficinas .................................................... de 300 a 500 lux A1P.2.6.- NORMAS Y CONDICIONES TÉCNICAS PARA EL TRATAMIENTO DE MATERIALES Y SUBSTANCIAS PELIGROSAS

Si se descubriesen materiales peligrosos inesperados, las empresas informaran al personal designado para la prevención de riesgos laborales, que procederá según la legislación vigente relacionada en el apartado 1. de este Pliego. A1P.2.7.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES

A1P.2.7.1.- OBLIGACIONES DE LOS CONTRATISTAS Y SUBCONTRATISTAS A1P.2.7.1.1.- EN LA EJECUCIÓN

El art. 11 del R.D. 1627/97 establece las obligaciones de todas las partes intervenientes en la ejecución. El art. 15 de la ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales especifica los principios de la acción preventiva; ambos artículos configuran la acción preventiva durante la ejecución de preceptivo cumplimiento para el contratista. Artículo 11 R.D. 1627/97: Obligaciones de los contratistas y subcontratistas. Los contratistas y subcontratistas estarán obligados a: - Aplicar los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en particular al desarrollar las tareas o actividades indicadas en el artículo 10 del presente Real Decreto. - Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el plan de seguridad y salud al que se refiere el artículo 7. - Cumplir la normativa en materia de prevención de riesgos laborales, teniendo en cuenta, en su caso, las obligaciones sobre coordinación de actividades empresariales previstas en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como cumplir las disposiciones mínimas establecidas en el anexo IV del presente Real Decreto, durante la ejecución de la obra.

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- Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos sobre todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud en la obra. - Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en materia de seguridad y de salud durante la ejecución de la obra o, en su caso, de la dirección facultativa. - Los contratistas y los subcontratistas serán responsables de la ejecución correcta de las medidas preventivas fijadas en el plan de seguridad y salud en lo relativo a las obligaciones que les correspondan a ellos directamente o, en su caso, a los trabajadores autónomos por ellos contratados. - Además, los contratistas y los subcontratistas responderán solidariamente de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las medidas previstas en el plan, en los términos del apartado 2 del artículo 42 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. - Las responsabilidades de los coordinadores, de la dirección facultativa y del promotor no eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas. Se transcriben las disposiciones mínimas de seguridad adecuadas a las características constructivas de esta obra: ANEXO IV R.D. 1627/97: Disposiciones mínimas de seguridad y de salud que deberán aplicarse en las obras Parte A: disposiciones mínimas generales relativas a los lugares de trabajo en obras Observación preliminar: Las obligaciones previstas en la presente parte del anexo se aplicarán siempre que lo exijan las características de la obra o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo. 1. Ámbito de aplicación de la parte A: La presente parte del anexo será de aplicación a la totalidad de la obra, incluidos los puestos de trabajo en las obras en el interior y en el exterior de los locales. 2. Estabilidad y solidez: Deberá procurarse, de modo apropiado y seguro, la estabilidad de los materiales y equipos y, en general, de cualquier elemento que en cualquier desplazamiento pudiera afectar a la seguridad y la salud de los trabajadores. El acceso a cualquier superficie que conste de materiales que no ofrezcan una resistencia suficiente sólo se autorizará en caso de que se proporcionen equipos o medios apropiados para que el trabajo se realice de manera segura. 4. Vías y salidas de emergencia:

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Las vías y salidas de emergencia deberán permanecer expeditas y desembocar lo más directamente posible en una zona de seguridad. En caso de peligro, todos los lugares de trabajo deberán poder evacuarse rápidamente y en condiciones de máxima seguridad para los trabajadores. El número, la distribución y las dimensiones de las vías y salidas de emergencia dependerán del uso, de los equipos y de las dimensiones de la obra y de los locales, así como del número máximo de personas que puedan estar presentes en ellos. Las vías y salidas específicas de emergencia deberán señalizarse conforme al Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Dicha señalización deberá fijarse en los lugares adecuados y tener la resistencia suficiente. Las vías y salidas de emergencia, así como las vías de circulación y las puertas que den acceso a ellas, no deberán estar obstruidas por ningún objeto, de modo que puedan utilizarse sin trabas en cualquier momento. En caso de avería del sistema de alumbrado, las vías y salidas de emergencia que requieran iluminación deberán estar equipadas con iluminación de seguridad de suficiente intensidad. 5. Detección y lucha contra incendios: Según las características de la obra y según las dimensiones y el uso de los locales, los equipos presentes, las características físicas y químicas de las sustancias o materiales que se hallen presentes así como el número máximo de personas que puedan hallarse en ellos, se deberá prever un número suficiente de dispositivos apropiados de lucha contra incendios y, si fuere necesario, de detectores de incendios y de sistemas, de alarma. Dichos dispositivos de lucha contra incendios y sistemas de alarma deberán verificarse y mantenerse con regularidad. Deberán realizarse, a intervalos regulares, pruebas y ejercicios adecuados. Los dispositivos no automáticos de lucha contra incendios deberán ser de fácil acceso y manipulación. Deberán estar señalizados conforme al Real Decreto sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Dicha señalización deberá fijarse en los lugares adecuados y tener la resistencia suficiente. 7. Exposición a riesgos particulares: Los trabajadores no deberán estar expuestos a niveles sonoros nocivos ni a factores externos nocivos (por ejemplo, gases, vapores, polvo). En caso de que algunos trabajadores deban penetrar en una zona cuya atmósfera pudiera contener sustancias tóxicas o nocivas, o no tener oxígeno en cantidad suficiente o ser inflamable, la atmósfera confinada deberá ser controlada y se deberán adoptar medidas adecuadas para prevenir cualquier peligro. En ningún caso podrá exponerse a un trabajador a una atmósfera confinada de alto riesgo. Deberá, al menos, quedar bajo vigilancia permanente desde el exterior y deberán

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tomarse todas las debidas precauciones para que se le pueda prestar auxilio eficaz e inmediato. 8. Temperatura: La temperatura debe ser la adecuada para el organismo humano durante el tiempo de trabajo, cuando las circunstancias lo permitan, teniendo en cuenta los métodos de trabajo que se apliquen y las cargas físicas impuestas a los trabajadores. 9. Iluminación: Los lugares de trabajo, los locales y las vías de circulación en la obra deberán disponer, en la medida de lo posible, de suficiente luz natural y tener una iluminación artificial adecuada y suficiente durante la noche y cuando no sea suficiente la luz natural. En su caso, se utilizarán puntos de iluminación portátiles con protección antichoques. El color utilizado para la iluminación artificial no podrá alterar o influir en la percepción de las señales o paneles de señalización. Las instalaciones de iluminación de los locales, de los puestos de trabajo y de las vías de circulación deberán estar colocadas de tal manera que el tipo de iluminación previsto no suponga riesgo de accidente para los trabajadores. Los locales, los lugares de trabajo y las vías de circulación en los que los trabajadores estén particularmente expuestos a riesgos en caso de avería de la iluminación artificial deberán poseer una iluminación de seguridad de intensidad suficiente. 11. Vías de circulación y zonas peligrosas: Las vías de circulación, incluidas las escaleras, las escalas fijas y los muelles y rampas de carga deberán estar calculados, situados, acondicionados y preparados para su uso de manera que se puedan utilizar fácilmente, con toda seguridad y conforme al uso al que se les haya destinado y de forma que los trabajadores empleados en las proximidades de estas vías de circulación no corran riesgo alguno. Las dimensiones de las vías destinadas a la circulación de personas o de mercancías, incluidas aquellas en las que se realicen operaciones de carga y descarga, se calcularán de acuerdo con el número de personas que puedan utilizarlas y con el tipo de actividad. Cuando se utilicen medios de transporte en las vías de circulación, se deberá prever una distancia de seguridad suficiente o medios de protección adecuados para las demás personas que puedan estar presentes en el recinto. Se señalizarán claramente las vías y se procederá regularmente a su control y mantenimiento. Las vías de circulación destinadas a los vehículos deberán estar situadas a una distancia suficiente de las puertas, portones, pasos de peatones, corredores y escaleras. Si en la obra hubiera zonas de acceso limitado, dichas zonas deberán estar equipadas con dispositivos que eviten que los trabajadores no autorizados puedan penetrar en ellas. Se deberán tomar todas las medidas adecuadas para proteger a los trabajadores que estén autorizados a penetrar en las zonas de peligro. Estas zonas deberán estar señalizadas de modo claramente visible.

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13. Espacio de trabajo: Las dimensiones del puesto de trabajo deberán calcularse de tal manera que los trabajadores dispongan de la suficiente libertad de movimientos para sus actividades, teniendo en cuenta la presencia de todo el equipo y material necesario. 14. Primeros auxilios: Será responsabilidad del empresario garantizar que los primeros auxilios puedan prestarse en todo momento por personal con la suficiente formación para ello. Asimismo, deberán adoptarse medidas para garantizar la evacuación, a fin de recibir cuidados médicos, de los trabajadores accidentados o afectados por una indisposición repentina. Cuando el tamaño de la obra o el tipo de actividad lo requieran, deberá contarse con uno o varios locales para primeros auxilios. Los locales para primeros auxilios deberán estar dotados de las instalaciones y el material de primeros auxilios indispensables y tener fácil acceso para las camillas. Deberán estar señalizados conforme al Real Decreto sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. En todos los lugares en los que las condiciones de trabajo lo requieran se deberá disponer también de material de primeros auxilios, debidamente señalizado y de fácil acceso. Una señalización claramente visible deberá indicar la dirección y el número de teléfono del servicio local de urgencia. 15. Servicios higiénicos: Cuando los trabajadores tengan que llevar ropa especial de trabajo deberán tener a su disposición vestuarios adecuados. Los vestuarios deberán ser de fácil acceso, tener las dimensiones suficientes y disponer de asientos e instalaciones que permitan a cada trabajador poner a secar, si fuera necesario, su ropa de trabajo. Cuando las circunstancias lo exijan (por ejemplo sustancias peligrosas, humedad, suciedad), la ropa de trabajo deberá poder guardarse separada de la ropa de calle y de los efectos personales. Cuando los vestuarios no sean necesarios, en el sentido del párrafo primero de este apartado, cada trabajador deberá poder disponer de un espacio para colocar su ropa y sus objetos personales bajo llave. Cuando el tipo de actividad o la salubridad lo requieran, se deberán poner a disposición de los trabajadores duchas apropiadas y en número suficiente. Las duchas deberán tener dimensiones suficientes para permitir que cualquier trabajador se asee sin obstáculos y en adecuadas condiciones de higiene. Las duchas deberán disponer de agua corriente, caliente y fría. Cuando, con arreglo al párrafo primero de este apartado, no sean necesarias duchas, deberá haber lavabos suficientes y apropiados con agua corriente, caliente si fuere necesario, cerca de los puestos de trabajo y de los vestuarios.

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Si las duchas o los lavabos y los vestuarios estuvieren separados, la comunicación entre unos y otros deberá ser fácil. Los trabajadores deberán disponer en las proximidades de sus puestos de trabajo, de los locales de descanso, de los vestuarios y de las duchas o lavabos, de locales especiales equipados con un número suficiente de retretes y de lavabos. Los vestuarios, duchas, lavabos y retretes estarán separados para hombres y mujeres, o deberá preverse una utilización por separado de los mismos. 16. Locales de descanso o de alojamiento: Cuando lo exijan la seguridad o la salud de los trabajadores, en particular debido al tipo de actividad o el número de trabajadores, y por motivos de alejamiento de la obra, los trabajadores deberán poder disponer de locales de descanso y, en su caso, de locales de alojamiento de fácil acceso. Los locales de descanso o de alojamiento deberán tener unas dimensiones suficientes y estar amueblados con un número de mesas y de asientos con respaldo acorde con el número de trabajadores. Cuando no existan este tipo de locales se deberá poner a disposición del personal otro tipo de instalaciones para que puedan ser utilizadas durante la interrupción del trabajo. Cuando existan locales de alojamiento fijos, deberán disponer de servicios higiénicos en número suficiente, así como de una sala para comer y otra de esparcimiento. Dichos locales deberán estar equipados de camas, armarios, mesas y sillas con respaldo acordes al número de trabajadores, y se deberá tener en cuenta, en su caso, para su asignación, la presencia de trabajadores de ambos sexos. En los locales de descanso o de alojamiento deberán tomarse medidas adecuadas de protección para los no fumadores contra las molestias debidas al humo del tabaco. 18. Trabajadores minusválidos: Los lugares de trabajo deberán estar acondicionados teniendo en cuenta, en su caso, a los trabajadores minusválidos. 19. Disposiciones varias: Los accesos y el perímetro de la obra deberán señalizarse y destacarse de manera que sean claramente visibles e identificables. En la obra, los trabajadores deberán disponer de agua potable y, en su caso, de otra bebida apropiada no alcohólica en cantidad suficiente, tanto en los locales que ocupen como cerca de los puestos de trabajo. Los trabajadores deberán disponer de instalaciones para poder comer y, en su caso, para preparar sus comidas en condiciones de seguridad y salud. Parte B: disposiciones mínimas específicas relativas a los puestos de trabajo en las obras en el interior de los locales.

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Observación preliminar: Las obligaciones previstas en la presente parte del anexo se aplicarán siempre que lo exijan las características de la obra o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo. 1. Temperatura. La temperatura de los locales de descanso, de los locales para el personal de guardia, de los servicios higiénicos, de los comedores y de los locales de primeros auxilios deberá corresponder al uso específico de dichos locales. Las ventanas, los vanos de iluminación cenitales y los tabiques acristalados deberán permitir evitar una insolación excesiva, teniendo en cuenta el tipo de trabajo y uso del local. 2. Suelos, paredes y techos de los locales. Los suelos de los locales deberán estar libres de protuberancias, agujeros o planos inclinados peligrosos, y ser fijos, estables y no resbaladizos. Las superficies de los suelos, las paredes y los techos de los locales se deberán poder limpiar y enlucir para lograr condiciones de higiene adecuadas. Los tabiques transparentes o translúcidos y, en especial, los tabiques acristalados situados en los locales o en las proximidades de los puestos de trabajo y vías de circulación, deberán estar claramente señalizados y fabricados con materiales seguros o bien estar separados de dichos puestos y vías, para evitar que los trabajadores puedan golpearse con los mismos o lesionarse en caso de rotura de dichos tabiques. Parte C: disposiciones mínimas específicas relativas a puestos de trabajo en las obras en el exterior de los locales. Observación preliminar: Las obligaciones previstas en la presente parte del anexo se aplicarán siempre que lo exijan las características de la obra o de la actividad, las circunstancias o cualquier riesgo. 1. Estabilidad y solidez. Los puestos de trabajo móviles o fijos situados por encima o por debajo del nivel del suelo deberán ser sólidos y estables teniendo en cuenta: - El número de trabajadores que los ocupen. - Las cargas máximas que, en su caso, puedan tener que soportar, así como su distribución. - Los factores externos que pudieran afectarles. En caso de que los soportes y los demás elementos de estos lugares de trabajo no poseyeran estabilidad propia, se deberá garantizar su estabilidad mediante elementos de fijación apropiados y seguros con el fin de evitar cualquier desplazamiento inesperado o involuntario del conjunto o de parte de dichos puestos de trabajo.

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Deberá verificarse de manera apropiada la estabilidad y la solidez, y especialmente después de cualquier modificación de la altura o de la profundidad del puesto de trabajo. 2. Caídas de objetos. Los trabajadores deberán estar protegidos contra la caída de objetos o materiales; para ello se utilizarán, siempre que sea técnicamente posible, medidas de protección colectiva. Cuando sea necesario, se establecerán pasos cubiertos o se impedirá el acceso a las zonas peligrosas. Los materiales de acopio, equipos y herramientas de trabajo deberán colocarse o almacenarse de forma que se evite su desplome, caída o vuelco. 3. Caídas de altura. Las plataformas, andamios y pasarelas, así como los desniveles, huecos y aberturas existentes en los pisos de las obras que supongan para los trabajadores un riesgo de caída de altura superior a 2 metros, se protegerán mediante barandillas u otro sistema de protección colectiva de seguridad equivalente. Las barandillas serán resistentes, tendrán una altura mínima de 90 centímetros y dispondrán de un reborde de protección, un pasamanos y una protección intermedia que impidan el paso o deslizamiento de los trabajadores. Los trabajos en altura sólo podrán efectuarse, en principio, con la ayuda de equipos concebidos para tal fin o utilizando dispositivos de protección colectiva, tales como barandillas, plataformas o redes de seguridad. Si por la naturaleza del trabajo ello no fuera posible, deberá disponerse de medios de acceso seguros y utilizarse cinturones de seguridad con anclaje u otros medios de protección equivalente. La estabilidad y solidez de los elementos de soporte y el buen estado de los medios de protección deberán verificarse previamente a su uso, posteriormente de forma periódica y cada vez que sus condiciones de seguridad puedan resultar afectadas por una modificación, período de no utilización o cualquier otra circunstancia. 4. Factores atmosféricos. Deberá protegerse a los trabajadores contra las inclemencias atmosféricas que puedan comprometer su seguridad y su salud. 5. Andamios y escaleras. Los andamios deberán proyectarse, construirse y mantenerse convenientemente de manera que se evite que se desplomen o se desplacen accidentalmente. Las plataformas de trabajo, las pasarelas y las escaleras de los andamios deberán construirse, protegerse y utilizarse de forma que se evite que las personas caigan o estén expuestas a caídas de objetos. A tal efecto, sus medidas se ajustarán al número de trabajadores que vayan a utilizarlos. Los andamios deberán ser inspeccionados por una persona competente:

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- Antes de su puesta en servicio. - A intervalos regulares en lo sucesivo. - Después de cualquier modificación, período de no utilización, exposición a la intemperie, sacudidas sísmicas, o cualquier otra circunstancia que hubiera podido afectar a su resistencia o a su estabilidad. Los andamios móviles deberán asegurarse contra los desplazamientos involuntarios. Las escaleras de mano deberán cumplir las condiciones de diseño y utilización señaladas en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. 6. Aparatos elevadores. Los aparatos elevadores y los accesorios de izado utilizados en las obras, deberán ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica. En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, los aparatos elevadores y los accesorios de izado deberán satisfacer las condiciones que se señalan en los siguientes puntos de este apartado. Los aparatos elevadores y los accesorios de izado, incluidos sus elementos constitutivos, sus elementos de fijación, anclajes y soportes, deberán: - Ser de buen diseño y construcción y tener una resistencia suficiente para el uso al que estén destinados. - Instalarse y utilizarse correctamente. - Mantenerse en buen estado de funcionamiento. - Ser manejados por trabajadores cualificados que hayan recibido una formación adecuada. En los aparatos elevadores y en los accesorios de izado se deberá colocar, de manera visible, la indicación del valor de su carga máxima. Los aparatos elevadores lo mismo que sus accesorios no podrán utilizarse para fines distintos de aquéllos a los que estén destinados. 7. Vehículos y maquinaria para movimiento de tierras y manipulación de materiales. Los vehículos y maquinaria para movimientos de tierras y manipulación de materiales deberán ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica. En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, los vehículos y maquinaria para movimientos de tierras y manipulación de materiales deberán satisfacer las condiciones que se señalan en los siguientes puntos de este apartado. Todos los vehículos y toda maquinaria para movimientos de tierras y para manipulación de materiales deberán: - Estar bien proyectados y construidos, teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, los principios de la ergonomía. - Mantenerse en buen estado de funcionamiento. - Utilizarse correctamente. Los conductores y personal encargado de vehículos y maquinarias para movimientos de tierras y manipulación de materiales deberán recibir una formación especial.

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Deberán adoptarse medidas preventivas para evitar que caigan en las excavaciones o en el agua vehículos o maquinarias para movimiento de tierras y manipulación de materiales. Cuando sea adecuado, las maquinarias para movimientos de tierras y manipulación de materiales deberán estar equipadas con estructuras concebidas para proteger al conductor contra el aplastamiento, en caso de vuelco de la máquina, y contra la caída de objetos. 8. Instalaciones, máquinas y equipos. Las instalaciones, máquinas y equipos utilizados en las obras, deberán ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica. En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, las instalaciones, máquinas y equipos deberán satisfacer las condiciones que se señalan en los siguientes puntos de este apartado. Las instalaciones, máquinas y equipos, incluidas las herramientas manuales o sin motor, deberán: - Estar bien proyectados y construidos, teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, los principios de la ergonomía. - Mantenerse en buen estado de funcionamiento. - Utilizarse exclusivamente para los trabajos que hayan sido diseñados. - Ser manejados por trabajadores que hayan recibido una formación adecuada. Las instalaciones y los aparatos a presión deberán ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica. 9. Movimientos de tierras, excavaciones, pozos, trabajos subterráneos y túneles. Antes de comenzar los trabajos de movimientos de tierras, deberán tomarse medidas para localizar y reducir al mínimo los peligros debidos a cables subterráneos y demás sistemas de distribución. En las excavaciones, pozos, trabajos subterráneos o túneles deberán tomarse las precauciones adecuadas: - Para prevenir los riesgos de sepultamiento por desprendimiento de tierras, caídas de personas, tierras, materiales u objetos, mediante sistemas de entibación, blindaje, apeo, taludes u otras medidas adecuadas. - Para prevenir la irrupción accidental de agua, mediante los sistemas o medidas adecuados. - Para garantizar una ventilación suficiente en todos los lugares de trabajo de manera que se mantenga una atmósfera apta para la respiración que no sea peligrosa o nociva para la salud. - Para permitir que los trabajadores puedan ponerse a salvo en caso de que se produzca un incendio o una irrupción de agua o la caída de materiales. - Deberán preverse vías seguras para entrar y salir de la excavación. Las acumulaciones de tierras, escombros o materiales y los vehículos en movimiento deberán mantenerse alejados de las excavaciones o deberán tomarse las medidas

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adecuadas, en su caso mediante la construcción de barreras, para evitar su caída en las mismas o el derrumbamiento del terreno. 10. Instalaciones de distribución de energía. Deberán verificarse y mantenerse con regularidad las instalaciones de distribución de energía presentes en la obra, en particular las que estén sometidas a factores externos. Las instalaciones existentes antes del comienzo de la obra deberán estar localizadas, verificadas y señalizadas claramente. Cuando existan líneas de tendido eléctrico aéreas que puedan afectar a la seguridad en la obra será necesario desviarlas fuera del recinto de la obra o dejarlas sin tensión. Si esto no fuera posible, se colocarán barreras o avisos para que los vehículos y las instalaciones se mantengan alejados de las mismas. En caso de que vehículos de la obra tuvieran que circular bajo el tendido se utilizarán una señalización de advertencia y una protección de delimitación de altura. 11. Estructuras metálicas o de hormigón, encofrados y piezas prefabricadas pesadas. Las estructuras metálicas o de hormigón y sus elementos, los encofrados, las piezas prefabricadas pesadas o los soportes temporales y los apuntalamientos sólo se podrán montar o desmontar bajo vigilancia, control y dirección de una persona competente. Los encofrados, los soportes temporales y los apuntalamientos deberán proyectarse, calcularse, montarse y mantenerse de manera que puedan soportar sin riesgo las cargas a que sean sometidos. Deberán adoptarse las medidas necesarias para proteger a los trabajadores contra los peligros derivados de la fragilidad o inestabilidad temporal de la obra. Es también obligación de contratistas y subcontratistas el ejercer una protección efectiva de sus trabajadores y así lo ordena la Ley PRL en su artículo 14, que se transcribe: Artículo 14 LPRL: Derecho a la protección frente a los riesgos laborales 1.- Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El citado derecho supone la existencia de un correlativo deber del empresario de protección de los trabajadores frente a los riesgos laborales. Este deber de protección constituye, igualmente, un deber de las Administraciones públicas respecto del personal a su servicio. Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud, en los términos previstos en la presente Ley, forman parte del derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El texto de 2. de este artículo 14 ha sido reemplazado recientemente por la ley 54/2003 de Modificación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales : 2.- Texto reemplazado por la Ley 54/2003 por este otro: En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con

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el trabajo. A estos efectos, en el marco de sus responsabilidades, el empresario realizará la prevención de los riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores, con las especialidades que se recogen en los artículos siguientes en materia de plan de prevención de riesgos laborales, evaluación de riesgos, información, consulta y participación y formación de los trabajadores, actuación en casos de emergencia y de riesgo grave e inminente, vigilancia de la salud, y mediante la constitución de una organización y de los medios necesarios en los términos establecidos en el capítulo IV de esta ley. El empresario desarrollará una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva con el fin de perfeccionar de manera continua las actividades de identificación, evaluación y control de los riesgos que no se hayan podido evitar y los niveles de protección existentes y dispondrá lo necesario para la adaptación de las medidas de prevención señaladas en el párrafo anterior a las modificaciones que puedan experimentar las circunstancias que incidan en la realización del trabajo. 3.- El empresario deberá cumplir las obligaciones establecidas en la normativa sobre prevención de riesgos laborales. 4.- Las obligaciones de los trabajadores establecidas en esta Ley, la atribución de funciones en materia de protección y prevención a trabajadores o servicios de la empresa y el recurso al concierto con entidades especializadas para el desarrollo de actividades de prevención complementarán las acciones del empresario, sin que por ello le eximan del cumplimiento de su deber en esta materia, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercitar, en su caso, contra cualquier otra persona. 5.- El coste de las medidas relativas a la seguridad y la salud en el trabajo no deberá recaer en modo alguno sobre los trabajadores. El Contratista principal viene obligado por la normativa anterior durante la ejecución de la obra que se le ha encomendado, lo que observará primero en el Plan de Seguridad y Salud que redactará para su aprobación, el cual cumplirá y hará cumplir a su personal, al subcontratado y a los autónomos , en particular las disposiciones mínimas del Anexo IV anteriormente transcrito; durante la ejecución atenderá las indicaciones y cumplirá las instrucciones del Coordinador de Seguridad y Salud designado por el Promotor. El Coordinador, cuando haya observado incumplimiento de las mediadas de seguridad y salud del Plan de Seguridad o des las que considere necesarias a la vista de cómo deviene la ejecución (muy cambiante en una obra del tamaño y la diversidad de la presente), advertirá la Contratista de los incumplimientos y dejará constancia de los mismos en el Libro de Incidencias a que se refiere el artículo 13 del R.D. 1627/1997; realizada una anotación en ese Libro por el Coordinador, este está obligado a comunicarla a la Inspección de Trabajo de la provincia en la que se ejecuta la obra en el plazo dentro de las 24 horas siguientes de haberla escrito.

El incumplimiento de las advertencias e instrucciones del Coordinador no exonera en absoluto ni al Contratista ni al Promotor por el incumplimiento de sus responsabilidades.

A1P.2.7.1.2.- FORMACIÓN DE LOS TRABAJADORES La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales preceptúa:

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Artículo 19 LPRL: Formación de los trabajadores 1.- En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar que cada trabajador reciba una formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, en materia preventiva, tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario. 2.- La formación a que se refiere el apartado anterior deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma. La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos, y su coste no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores. Así mismo el R.D. 1627/1997 en su capítulo Tercero, Derechos de los Trabajadores, artículo 15 Información a los trabajadores, dice: 1.- De conformidad con el art. 18 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los contratistas y subcontratistas deberán garantizar que los trabajadores reciben una información adecuada de todas las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y su salud en la obra. 2.- La información deberá ser comprensible para los trabajadores afectados. El mismo R.D. 1627/1997 en su anexo IV, 7.C especifica: - Los conductores y personal encargado de vehículos y maquinarias para movimientos de tierras y manipulación de materiales deberán recibir una formación especial. Se debe pues garantizar por el Contratista Principal la información de los riesgos que conlleva la ejecución de esta obra antes del comienzo de la ejecución, sobre todo a los trabajadores de nueva incorporación, así como el dar la formación necesaria sobre la manera segura de trabajar con ellos a todos los actuantes. En el documento 4 PRESUPUESTO de este Estudio se provee un apartida para estos fines. A1P.2.7.1.3. VIGILANCIA DE LA SALUD La Ley 31/1995 en su artículo 22 preceptúa: Artículo 22 LPRL: Vigilancia de la salud 1.- El empresario garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo. Esta vigilancia sólo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento. De este carácter voluntario sólo se exceptuarán, previo informe de los representantes de los trabajadores, los supuestos en los que la realización de los reconocimientos sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores o para verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para el mismo, para los demás trabajadores o para otras personas relacionadas con la empresa o cuando así esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad. En todo caso se deberá optar por la realización de aquellos reconocimientos o pruebas que causen las menores molestias al trabajador y que sean proporcionales al riesgo.

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2.- Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo respetando siempre el derecho a la intimidad y a la dignidad de la persona del trabajador y la confidencialidad de toda la información relacionada con su estado de salud. 3.- Los resultados de la vigilancia a que se refiere el apartado anterior serán comunicados a los trabajadores afectados. 4.- Los datos relativos a la vigilancia de la salud de los trabajadores no podrán ser usados con fines discriminatorios ni en perjuicio del trabajador. El acceso a la información médica de carácter personal se limitará al personal médico y a las autoridades sanitarias que lleven a cabo la vigilancia de la salud de los trabajadores, sin que pueda facilitarse al empresario o a otras personas sin consentimiento expreso del trabajador. No obstante lo anterior, el empresario y las personas u órganos con responsabilidades en materia de prevención serán informados de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajador para el desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que puedan desarrollar correctamente su funciones en materia preventiva. 5.- En los supuestos en que la naturaleza de los riesgos inherentes al trabajo lo haga necesario, el derecho de los trabajadores a la vigilancia periódica de su estado de salud deberá ser prolongado más allá de la finalización de la relación laboral, en los términos que reglamentariamente se determinen. 6.- Las medidas de vigilancia y control de la salud de los trabajadores se llevarán a cabo por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada. En el apartado 4 PRESUPUESTO se provee una partida específica para la realización de la información y formación. A1P.2.7.2.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS Los trabajadores autónomos estarán obligados por el Artículo 12 del R.D. 1627/97 a lo siguiente: - Aplicar los principios de la acción preventiva, que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, en particular al desarrollar las tareas o actividades indicadas en el artículo 10 del Real Decreto 1627/1997. - Cumplir las disposiciones mínimas de seguridad y salud, durante la ejecución de la obra, establecidas en el anexo V del Real Decreto 1627/1997. - Cumplir las obligaciones en materia de prevención de riesgos, que se establece en el artículo 24, de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. - Ajustar su situación en la obra conforme a los deberes de coordinación de actividades empresariales, participando en particular en cualquier medida de actuación coordinada que se hubiera establecido. - Utilizar equipos de trabajo que se ajusten a lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. - Elegir y utilizar equipos de protección individual, conforme a los términos previstos en el Real Decreto 773/1997. - Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra, o en su caso, de la dirección facultativa. - Cumplir todo lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud.

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- A la firma del contrato, se entregará a cada trabajador autónomo la notificación de sus obligaciones y responsabilidades establecidas en el presente apartado y recogidas en un formato, quedando constancia por escrito de su realización.

A1P.2.7.3.- OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES

Según lo dispuesto en el Artículo 29, apartados 1 y 2, de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: - Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención que en cada caso sean adoptadas, por su propia seguridad y salud en el trabajo y por las de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional, a causa de sus actos u omisiones en el trabajo, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario. - Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, deberán en particular: 1º Usar adecuadamente, de acuerdo con su naturaleza y los riesgos previsibles, las máquinas aparatos, herramientas, substancias peligrosas, equipos de transporte y, en general, cualesquiera otros medios con los que desarrollen su actividad. 2º Utilizar correctamente los medios y equipos de protección facilitados por el empresario, de acuerdo con las instrucciones recibidas de este. 3º No poner fuera de funcionamiento y utilizar correctamente los dispositivos de seguridad existentes o que se instalen en los medios relacionados con su actividad o en los lugares de trabajo en los que esta tenga lugar. 4º Informar de inmediato a su superior jerárquico directo, y a los trabajadores designados para realizar actividades de protección y prevención o, en su caso, al servicio de prevención, acerca de cualquier situación que, a su juicio, entrañe, por motivos razonables, un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores. 5º Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente con el fin de proteger la seguridad y la salud de los trabajadores en el trabajo. 6º Cooperar con el empresario para que este pueda garantizar unas condiciones de trabajo que sean seguras y no entrañen riesgos para la seguridad y la salud de los trabajadores. - El incumplimiento por los trabajadores de las obligaciones en materia de prevención de riesgos a que se refieren los apartados anteriores tendrá la consideración de incumplimiento laboral a los efectos previstos en el articulo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores o de falta, en su caso, conforme a lo establecido en la correspondiente normativa sobre régimen disciplinario de los funcionarios públicos o del personal estatutario al servicio de las Administraciones públicas. Lo dispuesto en este apartado será igualmente aplicable a los socios de las cooperativas cuya actividad consista en la prestación de su trabajo, con las precisiones que se establezcan en sus Reglamentos de Régimen Interno.

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A la firma del contrato, se entregara a cada trabajador la notificación de sus obligaciones y responsabilidades establecidas en el presente apartado y recogidas en un formato, quedando constancia por escrito de su realización. El Contratista Principal viene obligado a informar a todos los trabajadores actuantes de las obligaciones que estos contraen durante la ejecución de esta obra por cuenta del mismo.

A1P.2.7.4.- OBLIGACIONES DEL PROMOTOR

Velar, a través del Coordinador de Seguridad y Salud durante la ejecución de la obra, por el cumplimiento de la legislación vigente en materia de Prevención de Riesgos Laborales durante el desarrollo de los trabajos. En caso de observar alguna anomalía e, informado por el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, el promotor establecerá las medidas oportunas para subsanarla. Efectuar el Aviso Previo a la Autoridad Laboral competente antes del comienzo de los trabajos. Designar un Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución cuando así lo requiera el Proyecto de Ejecución. Designar antes del comienzo de la obra un Coordinador de Seguridad y Salud durante la fase de ejecución. Procurar del Contratista Principal un Plan de Seguridad y Salud, y hacerlo llegar al Coordinador designado para su examen y aprobación. Cumplir las instrucciones del Artículo 8 de la Ley 54/2003, mediante su encargo al Coordinador en fase de ejecución., y según lo dispuesto en la DISPOSICIÓN ADICIONAL PRIMERA de esa Ley

A1P.2.7.5.- OBLIGACIONES DEL COORDINADOR DE SEGURIDAD Y SALUD DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

El coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra deberá desarrollar las siguientes funciones: Artículo 9 R.D. 1627/97 - Coordinar la aplicación de los principios generales de prevención y de seguridad: - Al tomar las decisiones técnicas y de organización con el fin de planificar los distintos trabajos e fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente. - Al estimar la duración requerida para la ejecución de estos distintos trabajos o fases de trabajo. -Coordinar las actividades de la obra para garantizar que los contratistas y, en su caso, los subcontratistas y los trabajadores autónomos apliquen de manera coherente y responsable los principios de la acción preventiva que se recogen en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante la ejecución de la obra y, en particular, en las tareas a actividades a que se refiere el artículo 10 del R.D.1627/1997. - Aprobar el plan de seguridad y salud elaborado por el contratista y, en su caso, las modificaciones introducidas en el mismo. Conforme a lo dispuesto en el último párrafo del

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apartado 2 del artículo 7 del R.D.1627/1997, la dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación de coordinador. - Organizar la coordinación de actividades empresariales prevista en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. - Coordinarlas acciones y funciones de control de la aplicación correcta de los métodos de trabajo - Adoptar las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra. La dirección facultativa asumirá esta función cuando no fuera necesaria la designación del coordinador. Las obligaciones preceptivas anteriores se materializan para esta obra en las siguientes obligaciones particulares del Coordinador: ANTES DEL COMIENZO DE LA OBRA 1.- El Coordinador analizará los Proyectos de Ejecución y los Estudios de Seguridad y Salud correspondientes a la Obra. 2.- Deberá girarse visita por el Coordinador al lugar de las obras efectuando un reconocimiento del mismo antes del comienzo de la ejecución. 3.- Estudiará los Planes de Seguridad presentados por el contratista/as, siendo su obligación proponer las modificaciones a los mismos que considere oportunas para proceder a su aprobación. 4.- Una vez haya aprobado el Plan de Seguridad y Salud, el Coordinador entregará al contratista el documento de aprobación para que este obtenga la apertura del centro de trabajo ante la autoridad laboral. 5.- Obtener el Libro de Incidencias en el Colegio Profesional correspondiente. 6.- Tomar las decisiones técnicas y de organización necesarias con el fin de planificar la ejecución de los distintos trabajos o fases de trabajo que vayan a desarrollarse simultánea o sucesivamente, según lo preceptuado en el R.D. 1627/97 7.- Estimar la duración requerida para la ejecución de los distintos trabajos o fases de trabajo, según R.D. 1627/97. 8.- Entregar al Contratista Principal copia del documento del documento SOLICITUD y recabar la entrega al Coordinador de la información requerida antes del comienzo efectivo de la ejecución de la Obra. DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA GENERALES 1.- El Coordinador reunirá a los diferentes intervenientes en la Obra al objeto de coordinar las tareas simultaneas o sucesivas, disponiendo la planificación de medidas tanto técnicas como organizativas de ejecución de la obra que aseguren la eliminación de los riesgos evitables y la reducción al mínimo técnicamente factible de los inevitables, proponiendo y haciendo cumplir las medidas correctoras. 2.- Vigilará y hará cumplir la colocación de la señalización obligatoria del RD 1627/97 y del R.D. 485/1997

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3.- Realizará las acciones de control para la aplicación correcta de los métodos de trabajo, priorizando en todo momento la preservación de la Salud y Seguridad de los trabajadores sobre otros aspectos técnicos o económicos inherentes a la ejecución de la obra. 4.- Adoptará las medidas necesarias para que sólo las personas autorizadas puedan acceder a la obra, estableciendo el sistema de acceso de esas personas, según estipula el R.D. 1627/1997. 5.- Cuando las circunstancias de ejecución lo requieran es obligación del Coordinador realizar la anotación correspondiente en el Libro de Incidencias, y según el Art. 13.4 del RD 1627/97, remitirá una copia de las anotaciones efectuadas en el mismo, y en el plazo de 24 horas a partir de su escritura, a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la provincia correspondiente, comunicando la anotación al Contratista y a los Representantes de los Trabajadores de este 6.- Se recabará del contratista el nombramiento de un DELEGADO DE PREVENCIÓN O DE SEGURIDAD Y SALUD, que será un trabajador de entre su personal actuante en la obra, y en quién delegará la interlocución a pie de obra con la coordinación el Coordinador. 7.- Es responsabilidad del Coordinador el asegurar la presencia permanente del Libro de Incidencias en la Obra. 8.- Deberá asistir a todas las reuniones relacionadas con las obras a las que sea requerido por el Promotor o la Dirección Facultativa. INFORMACIÓN AL PROMOTOR 1.- Después de cada visita a Obra, el Coordinador redactará un Acta de Visita a Obra por triplicado, dejando constancia de aquellas incidencias que en materia de Prevención de Riesgos Laborales haya observado durante la misma, recabando la firma del Delegado del Contratista en la Obra y la del Promotor, haciéndoles entrega de una copia firmada por ellos y por el Coordinador. 2.- El contenido de ese Acta tendrá carácter de obligado cumplimiento tanto para el Contratista como para el Promotor, quienes deberán dar cuenta de la implementacion de las medidas correctoras exigidas al Coordinador en su siguiente visita a la obra. 3.- Es obligación del Coordinador el elaborar y presentar personalmente al PROMOTOR un Informe mensual con el grado de cumplimiento del Plan de Seguridad y Salud, documentado fotográficamente, y en el que se plasmará el estado de las obras durante su desarrollo, las principales anomalías detectadas y las principales correcciones realizadas, y adjuntando fotocopia en papel o soporte informático de toda la documentación relacionada en 16 anteriormente. 4.- Cuando se produzca algún incidente de especial relevancia que afecte a su competencia en materia de Prevención de Riesgos Laborales, el Coordinador elaborará un Informe específico para el promotor, entregando copia del mismo al Contratista. OTRAS OBLIGACIONES DEL COORDINADOR Además de lo relacionado en los apartados anteriores, la actuación de la Coordinador en materia de Seguridad y Salud será la de velar por los principios de la acción preventiva dispuestos en el artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales durante

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la ejecución de la obra y por el cumplimiento de los nuevos requisitos que se recogen en la Ley 54/2003 y en el RD 171/2004 sobre Obligaciones del Promotor y Coordinación de Actividades Empresariales y, en particular durante las visitas: 1.- Recordar y exigir a los contratistas su obligación de cumplir y hacer cumplir su Plan de Seguridad y Salud. 2.- Comprobar la aplicación de los principios generales de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales descritos en el artículo 10 del RD 1627/97, así como todas las disposiciones vigentes sobre Prevención de Riesgos Laborales que sean de aplicación a las tareas específicas realizadas en la ejecución de la obra. 3.- Comprobar que los contratistas cumplen los puntos del Anexo IV del RD 1627/97 4.- En caso de nuevos contratistas, aprobación de sus Planes de Seguridad y Salud en el momento de su incorporación, actualización del Aviso Previo, anotación en el Libro de Incidencias y procedimiento consiguiente según Art. 13.4 del RD 1627/97. 5.- En caso de modificación de los Planes de Seguridad y Salud existentes, anotación en el Libro de Incidencias y procedimiento consiguiente según Art. 13.4 del RD 1627/97. 6.- Comprobar: ● Formación de los trabajadores ● Instalaciones de higiene y descanso para los trabajadores a pié de obra. ● Existencia de los avisos que deben estar expuestos a pie de obra: Servicios sanitarios, ambulancia, calendario laboral, aviso previo.

A1P.2.7.6.- OBLIGACIONES DE COOPERACIÓN ENTRE LAS EMPRESAS QUE COINCIDAN EN UN MISMO LUGAR DE TRABAJO (CONCURRENTES)

El R.D. 171/2004 establece la información a facilitar por el empresario titular del centro de trabajo: Artículo 8 RD 171/2004. Instrucciones del empresario titular. 1.- Recibida la información a que se refiere el artículo 4.2, el empresario titular del centro de trabajo, cuando sus trabajadores desarrollen actividades en él, dará al resto de empresarios concurrentes instrucciones para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes y sobre las medidas que deben aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia. 2.- Las instrucciones deberán ser suficientes y adecuadas a los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes y a las medidas para prevenir tales riesgos. 3.- Las instrucciones habrán de proporcionarse antes del inicio de las actividades y cuando se produzca un cambio en los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes que sea relevante a efectos preventivos.

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4.- Las instrucciones se facilitarán por escrito cuando los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de las empresas concurrentes sean calificados como graves o muy graves. Artículo 9. Medidas que deben adoptar los empresarios concurrentes. 1.- Los empresarios que desarrollen actividades en un centro de trabajo del que otro empresario sea titular tendrán en cuenta la información recibida de éste en la evaluación de los riesgos y en la planificación de su actividad preventiva a las que se refiere el artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. 2.- Las instrucciones a que se refiere el artículo 8 dadas por el empresario titular del centro de trabajo deberán ser cumplidas por los demás empresarios concurrentes. 3.- Los empresarios concurrentes deberán comunicar a sus trabajadores respectivos la información y las instrucciones recibidas del empresario titular del centro de trabajo en los términos previstos en el artículo 18.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. 4.- Las medidas a que se refieren los apartados anteriores serán de aplicación a todas las empresas y trabajadores autónomos que desarrollen actividades en el centro de trabajo, existan o no relaciones jurídicas entre el empresario titular y ellos. Sin embargo, el mismo R.D. 171/2004, aporta unas particularidades para el caso de las obras de construcción, cual es el objeto de este Estudio de Seguridad y Salud, y que dados la amplitud, dimensión y diversidad de esta obra son aquí de aplicación; así se estipula en R.D. 171/2004 Disposición adicional primera. Aplicación del real decreto en las obras de construcción. Las obras incluidas en el ámbito de aplicación del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, se regirán por lo establecido en el citado real decreto. A los efectos de lo establecido en este real decreto, se tendrá en cuenta lo siguiente: a. La información del artículo 7 se entenderá cumplida por el promotor mediante el estudio de seguridad y salud o el estudio básico, en los términos establecidos en los artículos 5 y 6 del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. Las instrucciones del artículo 8 se entenderán cumplidas por el promotor mediante las impartidas por el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, cuando tal figura exista; en otro caso, serán impartidas por la dirección facultativa. b. Las medidas establecidas en el capítulo IV para el empresario principal corresponden al contratista definido en el artículo 2.1.h) del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre. c. Los medios de coordinación en el sector de la construcción serán los establecidos en Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, y en la disposición adicional decimocuarta de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, así como cualesquiera otros complementarios que puedan establecer las empresas concurrentes en la obra. Para el caso, como el de esta obra, en que concurran trabajadores de varias empresas y diferentes condiciones (por cuenta ajena y por cuenta propia) en el mismo centro de trabajo, el mismo R.D. 171/2004 establece:

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Artículo 10. Deber de vigilancia del empresario principal. 1.- El empresario principal, además de cumplir las medidas establecidas en los capítulos II y III de este real decreto, deberá vigilar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales por parte de las empresas contratistas o subcontratistas de obras y servicios correspondientes a su propia actividad y que se desarrollen en su propio centro de trabajo. 2.- Antes del inicio de la actividad en su centro de trabajo, el empresario principal exigirá a las empresas contratistas y subcontratistas que le acrediten por escrito que han realizado, para las obras y servicios contratados, la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo, el empresario principal exigirá a tales empresas que le acrediten por escrito que han cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios en el centro de trabajo. Las acreditaciones previstas en los párrafos anteriores deberán ser exigidas por la empresa contratista, para su entrega al empresario principal, cuando subcontratara con otra empresa la realización de parte de la obra o servicio. 3.- El empresario principal deberá comprobar que las empresas contratistas y subcontratistas concurrentes en su centro de trabajo han establecido los necesarios medios de coordinación entre ellas. 4.- Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio de lo establecido en el artículo 42.3 del texto refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto Dada la amplitud, diversidad, dispersión y duración de esta obra , se considera que la coordinación de la actividad preventiva debe realizarse por una persona, cuyas funciones están estipuladas en el Artículo 14 del R.D. 171/2004 : Artículo 14. Funciones de la persona o las personas encargadas de la coordinación de las actividades preventivas. 1.- La persona o las personas encargadas de la coordinación de las actividades preventivas tendrán las siguientes funciones: a. Favorecer el cumplimiento de los objetivos previstos en el artículo 3. b. Servir de cauce para el intercambio de las informaciones que, en virtud de lo establecido en este real decreto, deben intercambiarse las empresas concurrentes en el centro de trabajo. c. Cualesquiera otras encomendadas por el empresario titular del centro de trabajo. 2.- Para el ejercicio adecuado de sus funciones, la persona o las personas encargadas de la coordinación estarán facultadas para: a. Conocer las informaciones que, en virtud de lo establecido en este real decreto, deben intercambiarse las empresas concurrentes en el centro de trabajo, así como cualquier otra documentación de carácter preventivo que sea necesaria para el desempeño de sus funciones. b. Acceder a cualquier zona del centro de trabajo.

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c. Impartir a las empresas concurrentes las instrucciones que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones. d. Proponer a las empresas concurrentes la adopción de medidas para la prevención de los riesgos existentes en el centro de trabajo que puedan afectar a los trabajadores presentes. 3.- La persona o las personas encargadas de la coordinación deberán estar presentes en el centro de trabajo durante el tiempo que sea necesario para el cumplimiento de sus funciones. 4.- La persona o personas encargadas de la coordinación de actividades preventivas deberán contar con la formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones del nivel intermedio. (según R.D. 39/1997, Reglamento de los Servicios de Prevención, 350 horas de duración) Cada empresa responderá solidariamente de las consecuencias que se deriven del incumplimiento de las medidas previstas en el Plan de Seguridad y Salud que fueran imputables a cualquiera de sus subcontratistas. Las Responsabilidades de los Coordinadores, de la Dirección Facultativa y del Promotor no eximirán de sus responsabilidades a los contratistas y a los subcontratistas. A la firma del contrato, se entregara a cada subcontratista la notificación de sus obligaciones y responsabilidades establecidas en el presente apartado y recogidas en un formato, quedando constancia por escrito de su realización. A1P.2.8.- PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA

El articulo 15, “principios de la acción preventiva“ de la Ley 31/1995 , de Prevención de Riesgos Laborales , especifica los principios del acción preventiva durante la ejecución de la obra; las obras de construcción mediante su normativa específica, el R.D. 1627/97, a través de su Artículo 10 concreta materialmente la manera de cómo aplicar esos principios durante la ejecución de la obra .

A1P.2.8.1. ARTÍCULO 15 LEY PRL: PRINCIPIOS DE LA ACCIÓN PREVENTIVA

El empresario aplicará las medidas que integran el deber general de prevención previsto en el artículo anterior, con arreglo a los siguientes principios generales: - Evitar los riesgos - Evaluar los riesgos que no se puedan evitar - Combatir los riesgos en su origen - Adaptar el trabajo a la persona, en particular en lo que respecta a la concepción de los puestos de trabajo, así como a la elección de los equipos y los métodos de trabajo y de producción, con miras, en particular, a atenuar el trabajo monótono y repetitivo y a reducir los efectos del mismo en la salud - Tener en cuenta la evolución de la técnica - Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro - Planificar la prevención, buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo - Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual

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- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores - El empresario tomará en consideración las capacidades profesionales de los trabajadores en materia de seguridad y de salud en el momento de encomendarles las tareas. - El empresario adoptará las medidas necesarias a fin de garantizar que sólo los trabajadores que hayan recibido información suficiente y adecuada puedan acceder a las zonas de riesgo grave y específico. - La efectividad de las medidas preventivas deberá prever las distracciones o imprudencias no temerarias que pudiera cometer el trabajador. Para su adopción se tendrán en cuenta los riesgos adicionales que pudieran implicar determinadas medidas preventivas, las cuales sólo podrán adoptarse cuando la magnitud de dichos riesgos sea substancialmente inferior a la de los que se pretende controlar y no existan alternativas más seguras. - Podrán concertar operaciones de seguro que tengan como fin garantizar como ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa respecto de sus trabajadores, los trabajadores autónomos respecto a ellos mismos y las sociedades cooperativas respecto a sus socios cuya actividad consista en la prestación de su trabajo personal. No se transcribe aquí el Artículo 10 del R.D. 1627/1997 por haberlo hecho más arriba en este documento

A1P.2.8.2.- SOLICITUD AL CONTRATISTA PRINCIPAL

A los efectos de esta obra, se exigirá por el Coordinador al Contratista Principal la aportación antes del comienzo de la ejecución de los siguientes documentos: 1.- Plan de Seguridad y Salud de la obra. 2.- Comunicación por escrito de la modalidad de actividad preventiva desarrollada por TODOS los empresarios previstos para la ejecución. 3.- Comunicación por escrito de TODOS los trabajadores (propios, subcontratistas, autónomos) que esté previsto que vayan a intervenir en la obra, identificándolos por su nombre, D.N.I., nº S.S., así como los trabajos que vayan a desempeñar. Con periodicidad semanal, se aportará una actualización (altas y bajas) con el personal efectivamente presente. Se aportarán copias de los últimos TCs que demuestren la vinculación de los trabajadores a sus empresas, así como certificados de reconocimientos médicos previos y/o periódicos de TODOS los trabajadores que vayan a prestar servicio en este centro de trabajo conteniendo como mínimo los siguientes datos: Identificación del trabajador (nombre completo y DNI), fecha de reconocimiento médico y juicio clínico resultante (apto o no apto). 4.- Justificación de la formación en Prevención de Riesgos Laborales impartida a TODOS los trabajadores que vayan a prestar servicio en este centro de trabajo, conteniendo los datos siguientes: Identificación del trabajador, entidad que haya impartido la formación, fechas y horas lectivas, siendo imprescindible la firma del trabajador a modo de recibí de la formación indicada.

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5.- Justificación de entrega de Equipos de Protección Individual (EPIs) y de información recibida con respecto a su correcta utilización, mantenimiento, y sobre los riesgos de los que los protegen, siendo imprescindible la firma del trabajador afectado a modo de conformidad y recibí de la entrega de los EPIs e información indicadas. 6.- Justificación de la entrega de la información de los riesgos y medidas preventivas recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en relación con las labores de su puesto de trabajo para TODOS y cada uno de los trabajadores intervenientes. Para los trabajadores designados o autorizados para el uso y manejo de la maquinaria y equipos de trabajo, deberán figurar los siguientes datos mínimos: Identificación de la máquina o equipo de trabajo (marca, modelo, tipo, número de serie, etc.), identificación del trabajador; entidad o persona encargada de la información de los riesgos y formación preventiva en el uso de la máquina o equipo de trabajo, documentación facilitada al trabajador (normas de uso y seguridad de las máquinas y equipos), siendo imprescindible la firma del trabajador afectado a modo de conformidad y recibí de la información, la formación y la documentación indicadas. 7.- Relación de la maquinaria, herramientas y medios auxiliares que van intervenir en la obra, junto con la documentación acreditativa de que ésta cumple la normativa vigente en materia de Seguridad y Salud (Declaración CE de Conformidad) y con fotocopia del Manual de Instrucciones del Fabricante de la Máquina o del Equipo de Trabajo. Deberá así mismo aportarse la documentación acreditativa de las revisiones y mantenimiento de cada una de las máquinas por personal autorizado, de modo que su uso no represente ningún riesgo para los trabajadores de la obra, debiendo indicar para cada una los siguientes datos: Identificación del equipo o máquina (denominación, marca, modelo, número de serie, etc.), nombre del fabricante, año de fabricación, potencia en Kw., marcado CE y certificado de seguridad (en su caso), disponibilidad de normas de uso, mantenimiento y seguridad. Indicar también las autorizaciones/asignaciones de uso de cada máquina o equipo de trabajo. 8.- Justificación de la Entrega, Información y Asunción del Plan de Seguridad y Salud por sus subcontratistas. 9.- Justificación del nombramiento del Representante de los trabajadores y de la Entrega del Plan de Seguridad y Salud al mismo. En caso de no existir, comunicación de su inexistencia. 10.- Justificación del nombramiento del Trabajador que representará permanentemente al Empresario en temas de Prevención de Riesgos Laborales (preferentemente con formación de Nivel Básico de 50 horas), Responsable o Vigilante de Seguridad y Salud en la Obra. 11.- Póliza de seguro de Responsabilidad Civil para esta Obra , y en vigor durante toda la duración de la misma, cubriendo los daños corporales, materiales y perjuicios consecuencia de la ejecución de la misma, y tanto a los intervenientes como a terceros. Esta

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Póliza no deberá excluir las reclamaciones por incumplimiento de las obligaciones de tipo laboral, referentes a Seguridad Social y Seguro de Accidentes de Trabajo. 12.- Comunicación de Subcontratación de tareas por parte de una Empresa Subcontratista. A tenor de lo indicado en el Art. 30 del Convenio General de la Construcción 2002 - 2006, si una empresa Subcontratista requiere los servicios de otra Empresa deberá realizar una Comunicación que debe enviarse a la Empresa Contratista y a la Inspección de Trabajo. Modelo: Impreso del Anexo V del Convenio. 2.9.- PRINCIPIOS GENERALES APLICABLES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA Artículo 10 RD 1627/97: Principios generales aplicables durante la ejecución de la obra. - De conformidad con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, los principios de la acción preventiva que se recogen en su artículo 15 se aplicarán durante la ejecución de la obra y, en particular, en las siguientes tareas o actividades: - El mantenimiento de la obra en buen estado de orden y limpieza. - La elección del emplazamiento de los puestos y áreas de trabajo, teniendo en cuenta sus condiciones de acceso, y la determinación de las vías o zonas de desplazamiento o circulación. - La manipulación de los distintos materiales y la utilización de los medios auxiliares. - El mantenimiento, el control previo a la puesta en servicio y el control periódico de las instalaciones y dispositivos necesarios para la ejecución de la obra, con objeto de corregir los defectos que pudieran afectar a la seguridad y salud de los trabajadores. -La delimitación y el acondicionamiento de las zonas de almacenamiento y depósito de los distintos materiales, en particular si se trata de materias o sustancias peligrosas. - La recogida de los materiales peligrosos utilizados. -El almacenamiento y la eliminación o evacuación de residuos y escombros. - La adaptación, en función de la evolución de la obra, del período de tiempo efectivo que habrá de dedicarse a los distintos trabajos o fases de trabajo. - La cooperación entre los contratistas, subcontratistas y trabajadores autónomos. - Las interacciones e incompatibilidades con cualquier otro tipo de trabajo o actividad que se realice en la obra o cerca del lugar de la obra. Así mismo son de observancia las condiciones mínimas de Seguridad y Salud descritas en el ANEXO IV del R.D. 1627/97, un extracto de las cuales se ha transcrito más arriba. 2.10.- COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD DE LA OBRA En el caso de que el número de trabajadores presentes en esta obra sea superior a 50 simultáneamente, y los trabajadores elijan Delegados de Prevención se constituirá un Comité de Seguridad y Salud. Estará constituido por los Delegados de prevención de la obra y, en igual número, por los representantes de las empresas. Estos serán el Jefe de Obra, los responsables de prevención designados por el Jefe de Obra hasta igualar el número de Delegados de Prevención. Además de sus elementos constitutivos, pueden participar, con voz, pero sin voto, los responsables técnicos de la prevención de la empresa, trabajadores de la empresa que cuenten con una especial cualificación o información respecto de concretas cuestiones a debatir en dicho órgano, o técnicos en prevención ajenos a la empresa, siempre que así lo

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solicite alguna de las representaciones del Comité. En el caso de que en la obra no se constituya Comité de Seguridad y Salud sus funciones serán asumidas por la Comisión de Seguridad y Salud para la Coordinación de las actividades preventivas. En todo momento se seguirá lo establecido en la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales. A1P.2.11.- COMISIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD EN OBRA

Se constituirá una Comisión de Seguridad y Salud, presidida por el Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución de la obra, con los objetivos de coordinación y seguimiento de la actividad preventiva. La Comisión de Seguridad y Salud estará formada por una parte por la empresa contratista, representada por el Jefe de obra, el responsable de prevención de la obra y los responsables técnicos de la ejecución de la obra, y por otra, los subcontratistas, representados por los empresarios o sus representantes legales, los responsables de prevención y los delegados de prevención de cada subcontrata, en el caso de que los hubiera, conforme a la duración de los trabajos y a la presencia de cada empresa en la obra. También formarán parte de esta Comisión los trabajadores autónomos que por la incidencia de sus trabajos en la seguridad de la obra la Comisión estime conveniente. Es por ello que la composición de la Comisión de Seguridad y Salud será cambiante en función de las actividades que se desarrollen y el momento de la ejecución de la misma. En las reuniones de la Comisión de Seguridad y Salud podrán participar, con voz pero sin voto, los Delegados Sindicales y los responsables técnicos de la prevención de la empresa que no se encuentren incluidos en la composición a la que se refiere el párrafo anterior. En las mismas condiciones podrán participar trabajadores de las empresas que cuenten con una especial calificación o información respecto a cuestiones concretas que se debatan en esta comisión y técnicos en prevención ajenos a la obra, siempre que así lo solicite alguna de las partes. Las competencias de esta Comisión serán: ● Vigilar el cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Seguridad y Salud de la obra. ● Promover iniciativas sobre métodos y procedimientos para la efectiva prevención de los riesgos, proponiendo las mejoras de las condiciones o la corrección de las deficiencias existentes durante las distintas fases de ejecución de la obra. ● La Comisión de Seguridad y Salud estará facultada a: Conocer directamente la situación relativa a la prevención de riesgos en la obra, realizando a tal efecto las visitas que se estimen oportunas. Conocer cuantos documentos e informes relativos a las condiciones de trabajo sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones. Conocer y analizar los daños producidos a la salud o en la integridad física de los trabajadores, al objeto de valorar sus causas y proponer las medidas preventivas oportunas.

A1P.2.12.- MEDIDAS DE EMERGENCIA

En cumplimiento de lo prescrito en el Art. 20 de La LEY 31/95

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Artículo 20 Ley PRL: Medidas de emergencia El empresario, teniendo en cuenta el tamaño y la actividad de la empresa, así como la posible presencia de personas ajenas a la misma, deberá analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. El citado personal deberá poseer la formación necesaria, ser suficiente en número y disponer del material adecuado, en función de las circunstancias antes señaladas. Para la aplicación de las medidas adoptadas, el empresario deberá organizar las relaciones que sean necesarias con servicios externos a la empresa, en particular en materia de primeros auxilios, asistencia médica de urgencia, salvamento y lucha contra incendios, de forma que quede garantizada la rapidez y eficacia de las mismas. De acuerdo con lo anterior, cada Contratista en su Plan de Seguridad y Salud deberá elaborar un Plan de Emergencia adecuado a las características in situ de esta obra, que cumplirá como mínimo las siguientes Condiciones: a) Respecto de las Instalaciones permanentes de la obra, como locales destinados a oficinas, almacenes, parques de maquinaria, etc. se deberá contemplar los riesgos de Incendio, Primeros Auxilios y Evacuación de un accidentado. Si la evaluación de los riesgos de los puestos de trabajo que se desarrollen en esos locales hiciese necesario estudiar algún otro tipo de emergencia, está se añadiría a los anteriores supuestos. b) El Plan de Emergencia deberá cumplir los requisitos que se recogen en el Anexo IV del RD 1627/97, en parte A, 4. y 14. c) Respecto de los trabajos que se realicen a pie de obra deberá contemplarse las situaciones de prestación de auxilios y evacuación en el supuesto de un accidente grave. d) Las medidas preventivas que deberán recogerse en el Plan de Emergencia respecto de las situaciones descritas en el apartado c, deberán contemplar las siguientes condiciones: ● Los trabajos pueden realizarse en zonas rurales, lejos de núcleos de población, por lo que cada equipo de trabajo, o en cada tajo que se halle a una distancia tal que se considere como aislado del resto de equipos, deberá contar con un mínimo de dos operarios con formación en Primeros Auxilios, formación que se impartirá por el SPA y que deberá repetirse con periodicidad anual. ● Se prohibirá la realización de trabajos por parte de un solo operario en zonas rurales si queda fuera del alcance de la visión de otros trabajadores. ● Al abordar la problemática de la prestación de los Primeros Auxilios y la evacuación de un posible accidentado deberá considerarse la dificultad que pueda tener una ambulancia para encontrar el tajo o para alcanzar el mismo, por la naturaleza del lugar y las características del terreno. ● Deberá considerarse la dificultad de poder dar aviso pidiendo ayuda, por lo que todos los equipos de trabajo deberán disponer de teléfono móvil o equipos de radiofonía con alcance adecuado.

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a) De realizarse trabajos en las proximidades de cauces de ríos, canales, etc. deberá contemplarse el riesgo de caída de un operario al agua y la propuesta de medidas preventivas de tal riesgo. b) En los tablones de noticias que se dispondrán en los locales de oficinas y vestuarios de los operarios, se hallará expuesto un cartel con los números de teléfonos de Emergencia (Protección Civil 112, Guardia Civil, Ambulancias, Hospitales, Mutua, etc.) A1P.2.13.- RESPONSABILIDAD CIVIL

La Ley 31/1995 en su Art. 15.5 prevé: Artículo 15.5 Ley 31/95 LPRL: Podrán concertar operaciones de seguro que tengan como fin garantizar como ámbito de cobertura la previsión de riesgos derivados del trabajo, la empresa respecto de sus trabajadores, los trabajadores autónomos respecto a ellos mismos y las sociedades cooperativas respecto a sus socios cuya actividad consista en la prestación de su trabajo personal. La anterior potestad se transforma en obligatoriedad en los Artículos 30 y 71 del vigente Convenio General del Sector de la Construcción, que estipula unas indemnizaciones mínimas para los caso de accidente laboral. Por otra parte es práctica habitual que los Promotores exijan al Contratista la suscripción de un Seguro de Responsabilidad Civil que cubra a todas las contingencias derivadas de la ejecución de esta obra, y la que debe cubrir como mínimo: Coberturas Suma ( € ) - Accidentes de trabajo …………………………… 3.000.000 - Productos ……………………………………………… 3.000.000 Independientemente de lo anterior, cada vehículo debe de tener su Seguro Obligatorio de Accidentes como mínimo, y todas las máquinas un Seguro de R.C. que cubra los daños tanto corporales como materiales que puedan derivarse de su actuación en esta obra, y sin el cual queda prohibida su participación. A1P.2.14.- RECURSO PREVENTIVO

La Ley 54/2003 ha introducido la figura del Recurso Preventivo en su Capítulo cuarto: Artículo 32 bis. Presencia de los recursos preventivos 1.- La presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria en los siguientes casos: a. Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo. b. Cuando se realicen actividades o procesos que reglamentariamente sean considerados como peligrosos o con riesgos especiales.

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c. Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas. 2.- Se consideran recursos preventivos, a los que el empresario podrá asignar la presencia, los siguientes: a. Uno o varios trabajadores designados de la empresa. b. Uno o varios miembros del servicio de prevención propio de la empresa. c. Uno o varios miembros del o los servicios de prevención ajenos concertados por la empresa. Cuando la presencia sea realizada por diferentes recursos preventivos éstos deberán colaborar entre sí. 3.- Los recursos preventivos a que se refiere el apartado anterior deberán tener la capacidad suficiente, disponer de los medios necesarios y ser suficientes en número para vigilar el cumplimiento de las actividades preventivas, debiendo permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en que se mantenga la situación que determine su presencia. 4.- No obstante lo señalado en los apartados anteriores, el empresario podrá asignar la presencia de forma expresa a uno o varios trabajadores de la empresa que, sin formar parte del servicio de prevención propio ni ser trabajadores designados, reúnan los conocimientos, la cualificación y la experiencia necesarios en las actividades o procesos a que se refiere el apartado 1 y cuenten con la formación preventiva correspondiente, como mínimo, a las funciones del nivel básico.( según R.D. 39/1997 , 50 horas de duración ) Para el caso de las obras de construcción, en la misma Ley 54/2003, se especifica el Recurso preventivo en su Artículo séptimo: Artículo séptimo. Coordinación de actividades empresariales en las obras de construcción. Se añade una nueva disposición adicional, la decimocuarta, a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales con la siguiente redacción: «Disposición adicional decimocuarta. Presencia de recursos preventivos en las obras de construcción. 1.- Lo dispuesto en el artículo 32 bis de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales será de aplicación en las obras de construcción reguladas por el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción, con las siguientes especialidades: a. La preceptiva presencia de recursos preventivos se aplicará a cada contratista. b. En el supuesto previsto en el apartado 1, párrafo a), del artículo 32 bis, la presencia de los recursos preventivos de cada contratista será necesaria cuando, durante la obra, se desarrollen trabajos con riesgos especiales, tal y como se definen en el citado real decreto. c. La preceptiva presencia de recursos preventivos tendrá como objeto vigilar el cumplimiento de las medidas incluidas en el plan de seguridad y salud en el trabajo y comprobar la eficacia de éstas. 2.- Lo dispuesto en el apartado anterior se entiende sin perjuicio de las obligaciones del coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.» Dada la envergadura de esta obra, así como su largo tiempo de ejecución, se considera necesario que el Contratista Principal aporte un Recurso Preventivo de manera permanente, el cual deberá tener como mínimo la formación de Nivel Básico en PRL.

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A1P.2.15.- EQUIPO DE COORDINACIÓN Por la envergadura de esta obra, su gran tamaño, diversidad y dispersión, se recomienda el siguiente EQUIPO DE COORDINACIÓN: ● Director de Coordinación Funciones: Representante del Promotor en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución. Interlocución con los Contratistas, Subcontratistas, Autónomos, Dirección de Obra. Organización de la Coordinación de Seguridad y Salud, Coordinación y supervisión del equipo de Coordinación. Informes mensuales de Coordinación al Promotor. Presencia: estará a pié de obra tanto como la ejecución lo requiera, y como mínimo dos días por semana. ● Coordinadores: Tantos como estime oportuno el Promotor, sugiriéndose un mínimo de dos con presencia permanente en obra. ● Medios: Se considera necesario el que este Equipo disponga de una Oficina equipada con medios ofimáticos adecuados a su función, así como de vehículos todoterreno que les posibiliten la realización de su trabajo, y de la manera expresada en 2.8.5, siendo además responsables de la revisión y custodia de la DOCUMENTACIÓN EN OBRA de 2.17. A1P.2.16.- DOCUMENTACIÓN EN OBRA 1.- El Coordinador recopilará la siguiente documentación del contratista/s: ● Acuse de recibo de la formación de los trabajadores en prevención y otra prescrita en el R.D. 1627/97. ● En caso de existir subcontratistas o trabajadores autónomos, documento acreditativo de asunción del Plan de Seguridad y Salud por su parte. ● Cumplimiento del R.D. 1215/97 de los equipos de trabajo que se utilicen en la obra, o en su caso de los R.D. 1435/92 y 1495/1986, el que sea de aplicación a cada caso concreto así como Declaración CE de Conformidad y Manual de Instrucciones del fabricante. ● Seguros obligatorios de vehículos, así como los de responsabilidad civil exigibles a cada uno de los vehículos, máquinas y equipos de trabajo presentes para la ejecución de la obra. ● Libro de Mantenimiento de las máquinas o equipos de trabajo. ● Los Certificados de formación que sean exigibles a los trabajadores. ● Documento de conocimiento y asunción por los subcontratistas y Autónomos del Plan de Seguridad y Salud del contratista principal. ● Apto médico de los trabajadores participantes. ● Acuse de recibo de los EPIs por los trabajadores. Libro de Incidencias.

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2.- Se constituirá con el Listado anterior y fotocopia de la documentación de 1.-, un Expediente–Archivo, el cual mantendrá actualizado el Coordinador con cualquier cambio que se produzca en el personal actuante o en la maquinaria/equipos de trabajo/vehículos intervenientes en la ejecución de la Obra. 3.- El Coordinador custodiará la presencia permanente en la Obra del Expediente-Archivo y asegurará que se encuentra permanentemente actualizado, y a disposición de quién pueda tener acceso al mismo: Dirección Facultativa, Promotor, Inspección de Trabajo, Delegado de Prevención del Contratista.

Madrid, junio 2008 El autor del Proyecto: Por la Administración: _______________________________ ____________________ Fdo.: J. Benjamín Cereceda Céspedes Fdo. Juan Carlos Pastor Rey de Viñas Ingeniero Industrial. Col. Nº 14088. Colegio Oficial de Ingenieros de Madrid

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