PROYECTO: CONSTRUCCION PASARELA (PUENTE PEATONAL ... · construcción del proyecto Construcción...

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MUNICIPALIDAD DE ZUNIL, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO, GUATEMALA, C.A.-------------- BASES DE COTIZACION PÚBLICA PROYECTO: CONSTRUCCION PASARELA (PUENTE PEATONAL), CABECERA MUNICIPAL, ZUNIL Municipalidad de Zunil, Departamento de Quetzaltenango Teléfono 7768-4790 Evento de Cotización No. 008-2009

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MUNICIPALIDAD DE ZUNIL, DEPARTAMENTO DE QUETZALTENANGO, GUATEMALA, C.A.--------------

BASES DE COTIZACION PÚBLICA

PROYECTO: CONSTRUCCION PASARELA (PUENTE PEATONAL), CABECERA MUNICIPAL,

ZUNIL

Municipalidad de Zunil, Departamento de Quetzaltenango

Teléfono 7768-4790 Evento de Cotización No. 008-2009

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INTRODUCCION LA MUNICIPALIDAD DE ZUNIL A TRAVÉS DEL PORTAL DE TRANSPARENCIA DEL GASTO PÚBLICO DENOMINADO GUATECOMPRAS EFECTÚA LA PRESENTE COTIZACIÓN PUBLICA, LA QUE TIENE POR OBJETO EL PROYECTO: CONSTRUCCION PASARELA (PUENTE PEATONAL) CABECERA MUNICIPAL ZUNIL, QUETZALTENANGO. TODO AQUEL INTERESADO EN PARTICIPAR DEBE DE APEGARSE A LAS PRESENTES BASES Y ASISTIR A LA APERTURA PUBLICA DE LAS PLICAS QUE SE PRESENTEN

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DOCUMENTOS DE COTIZACION

INVITACIÓN A COTIZAR

Zunil, Quetzaltenango, 4 de agosto del 2,009.

Señor: Proveedor Presente. La Municipalidad de Zunil, departamento de Quetzaltenango, en cumplimiento a la Ley de Contrataciones del Estado, le invita a participar en la presentación de ofertas para la l obra de Construcción Pasarela (puente peatonal), Cabecera Municipal Zunil, Quetzaltenango de acuerdo a las disposiciones y especificaciones que se consignan en los Documentos de COTIZACION, los cuales podrá imprimirlos de Internet en la página www.guatecompras.gt ó adquirirlos en esta Municipalidad, Edificio Municipal, 4ª. Avenida 1-83 zona 1, Centro Zunil, en la Oficina Municipal de Planificación, ubicado en el segundo nivel, de lunes a viernes de 9:00 a 1:00 horas y de 14:00 a 16:00 horas, hasta el día 17 de agosto del presente año, por lo que tendrá que cancelar Q. 300.00 en receptora municipal de la Municipalidad de Zunil en concepto de adquisición de las bases para el presente concurso, siempre que se acredite estar inscrito como proveedor en el portal de Guate compras y presente el sello de la empresa. Deberá de presentar solicitud, por escrito, de adquisición de las Bases de Cotización, presentar la constancia de pago de Bases por el valor de tres cientos Quetzales exactos (Q. 300.00). Así mismo, las Bases del presente concurso pueden leerse a través de Internet en la dirección www.guatecompras.gt, consultando el Número de Operación NOG: 831050 Guate compras -------------- La recepción de plicas será el día 17 de agosto del presente año a las 10:00 horas en la Oficina de Municipal de Planificación, segundo nivel del Edificio Municipal, transcurridos 30 minutos de la hora señalada se cerrará la recepción de plicas y se levantará el acta correspondiente. Atentamente,

Oficina Municipal de Planificación

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BASES DE COTIZACIÓN DESCRIPCIÓN:CONSTRUCCION PASARELA (PUENTE PEATONAL), CABECERA MUNICIPAL, ZUNIL, QUETZALTENANGO.----------

GENERALIDADES Introducción: La Municipalidad de Zunil, departamento de Quetzaltenango, con el propósito de adquirir servicios profesionales para realizar la ingeniería de proyectos como parte del estudio técnico en la Formulación de proyectos, específicamente para la elaboración de diseños, presupuestos, especificaciones técnicas de proyectos, ubicados en diferentes comunidades del municipio de Zunil para la ejecución de proyectos. Por ello procede a realizar el siguiente documento que tiene por objeto el establecimiento de normas y procedimientos que regirán la presente cotización. OBJETO DE LA COMPRA: La Municipalidad de Zunil, Departamento de Quetzaltenango, invita a las personas individuales o jurídicas a presentar ofertas considerando los requerimientos plasmados en las presentes bases, para realizar el proyecto: CONSTRUCCION PASARELA (PUENTE PEATONAL), CABECERA MUNICIPAL ZUNIL, QUETZALTENANGO. TERMINOLOGÍA UTILIZADA EN LOS DOCUMENTOS DOCUMENTOS: Documentos de Cotización, que proveen la información suficiente para que el Oferente pueda presentar su Oferta con pleno conocimiento de los aspectos técnicos, legales, administrativos y financieros que rigen a este Proceso. Incluyen lo siguiente: bases y sus anexos, especificaciones generales, especificaciones técnicas y disposiciones especiales. OFERENTE (S): Persona individual o jurídica, nacional o extranjera, que presenta una Oferta. OFERTA (S): Propuesta presentada por cada oferente para ejecutar el objeto del Proceso. Esta propuesta debe incluir los aspectos técnicos, económicos y legales, de acuerdo con lo solicitado en estos documentos de Cotización. RENGLÓN: Se refiere al tipo de proyecto que se está cotizando. JUNTA: Junta de Cotización nombrada por la autoridad correspondiente para este Proceso y a la que le compete recibir y calificar las Ofertas y adjudicar el negocio. ADJUDICATARIO: Oferente a quien se le adjudica la negociación. CONTRATO: Instrumento legal que se celebra y que detalla las condiciones que rigen la negociación, así como los derechos y obligaciones respectivos. PLAZO CONTRACTUAL: Período de tiempo (días de la semana, incluyendo sábados, domingos y días de asueto o festivos), meses o años, de que dispone el adjudicatario para el cumplimiento del objeto del Contrato. MUNICIPALIDAD: Entidad que cotiza el proyecto de compra

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LEY: Ley del Contrataciones del Estado, Decreto Número 57-92 del Congreso de la República y sus Reformas. REGLAMENTO: Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, Acuerdo Gubernativo No. 1056-92 del 22 de diciembre de 1,992 y sus reformas. ÁMBITO LEGAL DE APLICACIÓN: Las bases de Cotización se rigen por las leyes de la República de Guatemala y específicamente por la Constitución Política de la República de Guatemala, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, por lo tanto para la correcta aplicación de los instrumentos legales citados en las presentes bases, deberá utilizarse las definiciones establecidas en el artículo 78 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. DEPENDENCIA INTERESADA Y OBJETO DE LA COTIZACIÓN: La Municipalidad de Zunil del Departamento de Quetzaltenango, desea adquirir la construcción del proyecto Construcción Pasarela (Puente Peatonal), Cabecera Municipal Zunil, Quetzaltenango de acuerdo con los requerimientos detallados en estas bases de cotización, para uso exclusivo de la institución. 3. CARACTERÍSTICAS: Las especificaciones generales, técnicas y específicas del proyecto que se requieren se describen a continuación, de conformidad con los renglones solicitados de la siguiente manera CONDICIONES GENERALES La persona individual o jurídica que desee participar en el presente evento de Cotización deberá estar habilitada por el Sistema de Contrataciones y Adquisiciones del Estado –GUATECOMPRAS- y la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-, para lo cual debe realizar las consultas previas correspondientes. Las ofertas de los proveedores que se encuentren inhabilitados, será rechazada por la Junta de cotización, sin responsabilidad de su parte. BASE LEGAL: Artículos 30 de la Ley de Contrataciones del Estado, 56 del Código Tributario; y 54 bis del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Se aceptará una sola oferta por persona individual o jurídica, nacional o extranjera. BASE LEGAL: Artículos 25, 39 y 42 de la Ley de Contrataciones del Estado, y Artículo 11 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La Junta de cotización podrá solicitar a los oferentes la información complementaria, aclaraciones y muestras que considere pertinentes. BASE LEGAL: Artículos 27 y 42 de la Ley de Contrataciones del Estado. La oferta debe estar firmada y sellada por el oferente, si es propietario de empresa individual, o por el representante legal si es una sociedad, debiendo consignar la dirección y número de identificación tributaria (NIT) del oferente, y demás datos que se le soliciten en el respectivo formulario. BASE LEGAL: Artículos 39, 41 y 42 de la Ley de Contrataciones del Estado y 9 Numeral 1, 17, y 54 Bis, del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Las ofertas deben contener el precio total del Proyecto, así como el valor total de la oferta, que se deberá anotar en cifras y en letras expresadas en quetzales. BASE LEGAL: Artículos 6 y 41 de la Ley de Contrataciones del Estado y 32 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

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El Oferente deberá circunscribirse a lo requerido en las bases de Cotización, el formulario de Cotización y la invitación a cotizar se le envíe y/o la información que se emita por medio electrónico a través del Sistema GUATECOMPRAS. Artículos 19, 39, y 41 de la Ley de Contrataciones del Estado; y, 16 bis del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El oferente deberá presentar su oferta y la documentación requerida en estas bases, en tres plicas, (cada una firmada y sellada por el propietario o representante legal de la entidad), una con la documentación original y la otra con fotocopia de la misma; ambas de forma legible, ordenada y foliada, de tal forma que sea posible su estudio de manera ágil y sin dar lugar a dudas o contradicciones. BASE LEGAL: Artículos 19 inciso 4 y 42 de la Ley de Contrataciones del Estado. El oferente debe dedicarse de manera legal y permanente al giro comercial relacionado con los bienes, suministros o servicios requeridos; así como estar en condiciones de vender y/o contratar los mismos. BASE LEGAL: Artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado. La Junta de cotización, verificará la autenticidad de los documentos presentados, así como la veracidad de la información que contenga la oferta. De encontrar falsedad o engaño en los mismos, procederá a rechazar la oferta, sin perjuicio de las acciones penales, administrativas y civiles que sean del caso y su inhabilitación en el Registro de Proveedores de GUATECOMPRAS. BASE LEGAL: Artículos 16, 30 y 42 de la Ley de Contrataciones del Estado; y, 54 Bis del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En los casos en que el adjudicatario no sostenga su oferta o no concurriere a celebrar el contrato respectivo, dentro del plazo de ley, la negociación podrá llevarse a cabo con el subsiguiente clasificado en su orden, sin perjuicio de que se reclame el monto de la fianza de sostenimiento de oferta. BASE LEGAL: Artículos 28, 64 y 42 de la Ley de Contrataciones del Estado; 36 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. La oferta y todos los documentos a presentarse deben ser cuidadosamente redactados, escritos a máquina, en español y no deben contener errores, borrones, raspaduras, enmiendas, alteraciones. BASE LEGAL: Artículo 19 inciso 1 de la Ley de Contrataciones del Estado Las bases obtenidas por medio del sistema GUATECOMPRAS deberán guardar total identidad con las que se hallen publicadas en dicho medio. del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. BASE LEGAL: Artículo 16 bis del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado ACLARACIONES Y AMPLIACIONES: La Municipalidad de Zunil, departamento de Quetzaltenango, si así lo considera conveniente y necesario, podrá efectuar aclaraciones y ampliaciones a las presentes Bases y Formulario de Cotización, las que serán publicadas en GUATECOMPRAS. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: I) COMERCIANTE INDIVIDUAL

1. Carta de Compromiso para ejecutar el proyecto, indicando el tiempo de ejecución del proyecto, la calidad y garantía del trabajo que ofrece.

2. Fotocopia de patente de comercio en caso de ser persona individual y del

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3. patente de comercio y de sociedad de la empresa

4. Fotocopia de Cédula completa del Propietario o representante legal de la empresa.

5. Fotocopia de Constancia de Inscripción de la Empresa individual o Jurídica ante la Superintendencia de Administración Tributaria S.A.T. actualizado.

6. Fotocopia de la Escritura Constitutiva de la Sociedad o jurídica, debidamente Inscrita en el Registro Mercantil en caso de ser jurídica.

7. Fotocopia del Pago del Impuesto al Valor Agregado, (IVA). Periodo Actualizado.

8. Fotocopia del pago del IMPUESTO SOBRE LA RENTA, (I.S.R.). Periodo Actualizado.

9. Fotocopia de pago al I. G. S. S. actualizado

10. Fotocopia de precalificación actualizada.

11. Fotocopia del nombramiento del Representante Legal debidamente inscrito en el Registro correspondiente en caso de no ser Individual o estar ausente el Representante Legal.

12. Registró específico de proveedor extendida por el MICIVI, para el presente evento, en Original.

13. Fianza de sostenimiento de oferta por el 3% del valor de la oferta, que deberá estar vigente hasta que sea sustituida por la fianza de cumplimiento, en el caso del adjudicatario. En cualquier caso, la fianza de sostenimiento de oferta tendrá una vigencia de 120 días.

14. Declaración jurada de que su empresa o, en su caso, su representante no están comprendidos dentro de las prohibiciones enumeradas en el artículo 80 de la Ley de Contrataciones del Estado.

15. Declaración Jurada en que el oferente esté enterada de los requisitos de la presente base para ofertar.

16. Presentación de la Oferta en el formulario de cotización aprobado por el Concejo Municipal, publicada en el sistema Guatecompras o solicitarlos a la Municipalidad, debidamente firmadas y selladas por el Propietario de la Empresa o Representante Legal.

17. Presentación del presupuesto desglosado y renglones de Trabajos (Resumen del presupuesto) incluidos en este instrumento.

18. Programa de inversión y ejecución o (Tiempo de ejecución del proyecto en mención).

19. Constancia de Visita de Campo debidamente firmada y sellada por el Coordinador de la Oficina Municipal de Planificación (OMP).

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20. Estar comprendidos en el Inciso “K” de capacidad económica del artículo

46 del Reglamento de Ley de Contrataciones del Estado o más.

21. Todas las fotocopias debidamente autenticadas por profesional Abogado y Notario, a excepción de las Originales.

22. Deberán de presentarse un sobre conteniendo todos los documentos enumerados en original y/o fotocopias autenticadas y dos sobres con fotocopias de los documentos.

Todas las fotocopias contenidas en la plica original deben presentarse autenticadas por Notario SOCIEDADES MERCANTILES Deberá presentar toda la documentación que se solicita para el Comerciante Individual, en cuanto le sea aplicable, así como la siguiente: Fotocopia del documento vigente que compruebe la personería del Representante Legal o Mandatario de la entidad oferente; (debidamente inscrito y razonado por el o los Registros Correspondientes). BASE LEGAL: Artículo 9 Numeral 9 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Fotocopia de la Cédula de Vecindad del Representante Legal o Mandatario de la entidad oferente. BASE LEGAL: Artículos 19 inciso 4 y 41 de la Ley de Contrataciones del Estado. Si la persona que ejerce la representación legal es extranjera, deberá presentar fotocopia de su pasaporte, de no poseer cédula de vecindad, extendida en Guatemala. Artículos 9 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y 9 de la Ley de Cédulas de Vecindad. Fotocopia del Testimonio de la Escritura de Constitución de Sociedad así como de sus modificaciones de ser el caso, debidamente inscrito y razonado por el Registro Mercantil. BASE LEGAL: Artículo 9 Numeral 9 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Fotocopia de la Patente de Sociedad. BASE LEGAL: Artículo 41 de la Ley de Contrataciones del Estado. Todas las fotocopias contenidas en la plica original deben presentarse autenticadas por Notario INTEGRACIÓN DE LA JUNTA DE COTIZACIÓN: La Junta de Cotización estará integrada de acuerdo a lo que establece el artículo 15 de la Ley de Contrataciones del Estado. Podrá contar con la asesoría legal y técnica que crea conveniente para realizar en mejor forma el proceso de recepción, calificación y adjudicación de las ofertas. 8 . COMPETENCIA DE LA JUNTA DE COTIZACIÓN: Recibir y aceptar las propuestas de las oferentes, mismas que deberán firmar, foliar y sellar luego de darse la apertura de plicas. Revisar y aceptar la documentación básica que se detalla en la documentación que deberán presentar los oferentes.

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Verificar la autenticidad de los documentos presentados, así como la veracidad de la información que contenga la oferta. De encontrar falsedad o engaño en los mismos, procederá a rechazar la oferta, sin perjuicio de las acciones penales, administrativas y civiles que sean del caso e inhabilitación del oferente en el Registro de Proveedores del Sistema GUATECOMPRAS. Calificar y adjudicar en forma razonada el negocio de acuerdo a lo que establecen las bases, clasificando sucesivamente a los oferentes; Notificar a los oferentes, dentro del plazo de ley;, Y elevar el expediente a la Autoridad correspondiente, dentro del plazo de ley, para la aprobación de lo actuado. BASE LEGAL: Artículos: 10, 11, 16, 27, 28, 29, 30, 32, 33, 34, 35, 36 y 41 de la Ley de Contrataciones del Estado y 9, 10, 11, 12 y 54 bis del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

CRITERIOS DE CALIFICACIÓN DE OFERTAS: Se manejará el siguiente criterio de calificación: PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y APERTURA DE PLICAS: La Junta de Cotización recibirá directamente las ofertas el DIECISITE (17) de Agosto de 2009, a las 10:00 horas, en la oficina de Secretaría Municipal. ADJUDICACIÓN: La Junta de Cotización realizará la adjudicación total o parcial dentro de un plazo de cinco (5) días hábiles después de la apertura de plicas, adjudicará la compra a la oferta que cumpla con los requisitos solicitados y que obtenga el mayor punteo en los criterios de calificación que señalan las bases, constituyéndose esta en la oferta más conveniente y favorable para los intereses de la municipalidad. Hará también la calificación de las ofertas que clasifiquen sucesivamente para que en el caso de que el adjudicatario no suscribiere el contrato correspondiente dentro del plazo legal, la negociación pueda llevarse a cabo con el subsiguiente clasificado en su orden. BASE LEGAL: Artículo 33, 34, de la Ley de Contrataciones del Estado y 12 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado Las decisiones de la JUNTA serán objetivas y razonadas y estarán sujetas a la eventual verificación pública. RECHAZO DE OFERTAS: La Junta de Cotización sin responsabilidad de su parte, rechazara las ofertas que: No presenten los requisitos fundamentales definidos como tales en las bases. Cuando los precios, calidades u otras condiciones ofrecidas sean inconvenientes para los intereses de LA MUNICIPALIDAD. Si comprueba falsedad en la documentación presentada por el oferente. No cumplan con todas las especificaciones solicitadas. No subsane los requisitos formales, no fundamentales y los errores u omisiones que la Junta de Cotización señale.

DESCRIPCIÓN PUNTOS COSTO OFERTADO 60% EXPERIENCIA Y TRABAJOS SIMILARES EJECUTADAS

35 %

TIEMPO DE ENTREGA 5% TOTAL 100%

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Las ofertas no legibles, que no se encuentren debidamente foliadas, o que dieran lugar a dudas sobre su interpretación. Evidencie colusión entre oferentes, sin perjuicio de las medidas que determine el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, y otras Leyes. BASE LEGAL: Artículos 25 y 30 de la Ley de Contrataciones del Estado y Artículo 11 de su Reglamento. AUSENCIA DE OFERTAS: En caso de que a la convocatoria a cotización no concurriere ningún oferente, la Junta levantará el acta correspondiente y lo hará del conocimiento de la autoridad administrativa superior respectiva, para que se prorrogue el plazo para recibir ofertas. Si aún así no concurriere algún oferente, la autoridad superior (Ministro del ramo) quedará facultada a realizar la compra directa. BASE LEGAL: Artículos 9, inciso 3, subinciso 3.1.; 32, 42 y 43 de la Ley de Contrataciones del Estado, y 78 definiciones 12 y 13 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. EN CASO DE EMPATE: La Junta de Cotización podrá asignar igual cantidad de puntos a una o varias ofertas si de conformidad con los documentos presentados los oferentes se encuentran en igualdad de condiciones, si es el caso que dos o más oferentes tengan puntuaciones idénticas, la Junta de Cotización determinará la oferta más conveniente y favorable para los intereses del Estado, seleccionando en primer término, la oferta que tenga el mejor precio, en segundo término, la oferta que tenga la mejor experiencia, en tercer término, la oferta que obtenga la mayor puntuación en la evaluación física, en cuarto término, la oferta que tenga mayor facturación, en quinto termino, la oferta que tenga mejor capacidad técnica, en sexto termino, , de persistir el empate, se decidirá por la oferta que obtenga la decisión de la mayoría de los miembros de la Junta de Cotización. Los miembros de la Junta de Cotización no podrán abstenerse de votar. BASE LEGAL: Artículos 10, 11, 16, 28, 33, y 42 de la Ley de Contrataciones del Estado. CELEBRACIÓN DEL CONTRATO: Cuando el monto de la negociación sea mayor a Cien Mil Quetzales (Q.100,000.00); se celebrará el contrato administrativo correspondiente. BASE LEGAL: Artículos 47, 48, 49 y 50 de la Ley de Contrataciones del Estado y Artículo 26 de su Reglamento. CONDICIONES DEL CONTRATO: El contrato celebrado, se someterá a lo dispuesto por la ley, especialmente a la Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, así como a los pormenores de la negociación contenidos en las presentes bases, oferta, y el expediente respectivo. 17. VIGENCIA DEL CONTRATO El contrato estará vigente desde la fecha de notificación de su aprobación hasta la aprobación de la resolución de liquidación del mismo. 18. GARANTÍAS: Las garantías deberán formalizarse mediante Fianza a favor de La Municipalidad de Zunil por una institución afianzadora debidamente autorizada para operar en la República de Guatemala.

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18.1 Tipos de Fianzas a) FIANZA DE SOSTENIMIENTO DE OFERTA: El oferente caucionará fianza de sostenimiento de oferta, por un porcentaje no menor del tres por ciento 1% ni mayor del cinco por ciento 5% (1-5%) del valor total de su oferta, a favor de La Municipalidad de Zunil que cubrirá el período comprendido desde la recepción y apertura de plicas hasta la aprobación de la adjudicación y en todo caso tendrá una vigencia no menor de ciento veinte (120) días; La Municipalidad de Zunil, podrá hacerla efectiva en los siguientes casos: a) Si el adjudicatario no sostiene su oferta; b) Si no concurre a celebrar el contrato respectivo dentro del plazo que determina el artículo 47 de la ley de Contrataciones del Estado, o si habiéndolo hecho no presenta la garantía de Cumplimiento dentro del plazo de quince (15) días siguientes a la firma del contrato. BASE LEGAL: Artículos 64 de la Ley de Contrataciones del Estado, y 9 inciso 4, 36 y 37 de su Reglamento b) FIANZA DE CUMPLIMIENTO: El contratista caucionará fianza de cumplimiento, a favor de la Municipalidad de Zunil por el equivalente del diez por ciento (10%) del monto del contrato respectivo, para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, la cual estará vigente hasta que la entidad interesada extienda la constancia de haber recibido a su satisfacción la garantía de calidad; BASE LEGAL: Artículo 65 de la Ley de Contrataciones del Estado, Artículos 38 y 39 de su Reglamento. c) FIANZA DE CALIDAD: El contratista caucionará fianza de calidad, a favor de La Municipalidad de Zunil, por el equivalente del quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como requisito previo a la recepción de lo contratado, la que se hará efectiva para cubrir el valor de las reparaciones de las fallas o desperfectos que le sean imputables y que aparecieren durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho meses, contados a partir de la fecha de recepción de los bienes objeto del contrato. BASE LEGAL: Artículo 55 y 67 de la Ley de Contrataciones del Estado. 20. CONTROVERSIAS Cualquier controversia que surgiere entre las partes, derivado del incumplimiento, interpretación, aplicación y efectos del contrato que se celebre, será resuelta con carácter conciliatorio; pero si no fuere posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones a dilucidarse se someterá a la jurisdicción del Tribunal de lo Contencioso Administrativo. BASE LEGAL: Artículo 102 de la Ley de Contrataciones del Estado. 22.1 RETRASO DE LA ENTREGA: El retraso del contratista en la entrega del bien y por causas imputables a él, se sancionará con el pago de una multa por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 o/oo) del valor total del contrato. Las multas por retraso en ningún caso excederán del cinco por ciento (5%) del valor del contrato. Si esto ocurre, la entidad contratante podrá rescindir del contrato sin responsabilidad de su parte y sin perjuicio de aplicar las medidas que establece esta ley y su reglamento. BASE LEGAL: Artículo 85 de la Ley de Contrataciones del Estado. 27.2 VARIACIÓN EN LA CALIDAD O CANTIDAD: Si el contratista, contraviniendo total o parcialmente el contrato, perjudicare a La Municipalidad de Zunil, variando la calidad o cantidad del objeto del mismo, será sancionado con una multa del cien por ciento (100%) del valor que represente la parte afectada de la negociación.

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NOTA: Las bases del presente concurso, así como los anexos respectivos, pueden leerse a través de Internet en la dirección www.guatecompras.gt consultando el Número de Operación Guatecompras correspondiente.

ESPECIFICACIONES TECNICAS LIMPIEZA, TRAZO, EXCAVACION Y NIVELACION: Son los elementos previos que caracterizan las primeras operaciones en el inicio del proyecto los que establecen conjuntamente con los planos la remoción o eliminación de los materiales que se encuentran en el lugar donde se construirá la pasarela o puente peatonal , tomando en cuenta que en la ejecución y elaboración se comprobará la factibilidad técnica y económica de este proyecto. Los cortes y rellenos se deben de realizar en base a los planos de construcción, teniendo así una base de terreno natural y/o relleno que deberá de ser debidamente compactada para que los elementos descansen de forma adecuada y no sufran deformaciones. ACERO: El acero de refuerzo podrá ser varilla de sección circular corrugada de distintos diámetros, según lo descrito en los planos constructivos correspondientes. Las barras de acero de grado estructural cuarenta (40) deben cumplir con las normas ASTM A-15-568-T; las corrugaciones deben cumplir las normas ASTM A-305. La resistencia del acero de refuerzo será, para cada caso, la indicada en los planos y las barras deberán estar libres de escamas y suciedades, grasas o cualquier sustancia extraña debiendo, antes de su empleo, si es necesario, limpiase adecuadamente. AGUA: Para la realización de cualquier de los trabajos de construcción se utilizará solamente agua dulce de las fuentes aprobadas, fresca, limpia, libre de sulfatos, materia orgánica y materiales extraños. La obtención, suministro, transporte y aplicación del agua necesaria para la ejecución de los trabajos será por cuenta del contratista. ALAMBRE DE AMARRE: El alambre de amarre deberá ser calibre dieciséis (16), se considera fuera de cualquier norma. ARENA DE RIO: La arena de río deberá cumplir con la norma ASTM C-33 Y ASTM C-144. Deberá estar libre de arcilla, limo, álcalis, mica, sulfatos, materia orgánica y materiales perjudiciales. No deberá contener más del uno por ciento (1%) de fragmentos blandos, extremadamente finos, desmenusables. Constituida por granos de tamaño variable, cuya granulometría será tal que el total en peso retenido en el tamiz número cuatro (4) estará comprendido entre cero y cinco por ciento (0% y 5%) y el total en peso retenido en el tamiz número cien (100) estará comprendido entre noventa y cien por ciento (90% y 100%).

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CEMENTO: El cemento a utilizarse será Pórtland, modificado con puzolana y deberá cumplir con las “Especificaciones para cemento Pórtland” (ASTM- C-595). Por ninguna razón podrá utilizarse después de dos (2) meses de su fabricación. CLAVO: El clavo para formaleta deberá ser calibre ocho punto cinco (8.5) para tres pulgadas (3”) y tres y media pulgadas (3.5”), calibre nueve (9) para tres pulgadas (3”), calibre diez (10), para dos pulgadas y media (2.5”), calibre once punto cinco (11.5), para dos pulgadas (2”), sé considera fuera de cualquier norma. MADERA: La madera para formaleta deberá ser de secciones de aserradero, queda descartado el uso de madera de tiro (lepa o cachetes), las piezas que se encuentren en contacto directo con el concreto deberá ser cepillada; se considera fuera de norma. PIEDRIN: Consistirá en grava o roca triturada y deberá estar formado de partículas duras, angulosas, resistentes, duraderas, limpias y sin recubrimiento de materiales extraños. El agregado grueso debe estar libre de partículas delgadas, planas o alargadas. El contenido de arcilla o limo no podrá de exceder el uno por ciento (1%) en peso, con abrasión máxima del 40%. El tamaño del agregado grueso no será mayor a tres cuarto de pulgada (3/4”), ni menor a tres octavos de pulgadas (3/8”) de la separación menor entre barras corridas. Los agregados gruesos deberán cumplir con la norma ASTM C-33 y ASTM C-131. SELECTO: El material selecto deberá de cumplir con la norma ASTM C-39 Y ASTM C-149. Deberá estar libre de arcilla, limo, álcalis, mica, sulfatos, materia orgánica y materiales extraños perjudiciales. No deberá contener más del uno por ciento (1 %) de terrones. Constituidas por granos de tamaño variables, cuya granulometría, será tal que el total en peso retenido en el tamiz número ocho (8) estará comprendido entre cero y cinco por ciento (0 % y 5 %) y el total en peso retenido en el tamiz doscientos (200) estará comprendida entre noventa y cien por ciento (90 % y 100%). ESTRUCTURA PRINCIPAL: Para todos los elementos estructurales el recubrimiento mínimo será de 0.05 mts. y su resistencia como se indica: VIGA: Esta será la estructuras horizontales que le proporcionaran al puente resistencia a la losa, serán de concreto reforzado f’c = 210 kg/cm2, de una sección y refuerzo indicado en planos. LOSA: Esta será de concreto de fc = 210 kg/cm2, con una relación en volumen de la mezcla de 1:2:3, de materiales cemento Portland, arena de río, y grava (piedrín) distribución

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del acero de refuerzo de colocará de acuerdo a sus dimensiones según a los detalles y especificaciones indicados en los planos. MURO APOYO: Se deberán trazar los muros conforme las cotas indicadas en los planos, Los muros de apoyo del puente serán la combinación se muestran en los planos de construcción y será de una cubierta de concreto armado No. 4 y en el interior de concreto ciclópeo con piedra en un porcentaje mínimo de 67% y 33% de concreto. Este trabajo incluye el formaleteado, fundido y desencofrado con acabado natural. La piedra preferiblemente debe de ser colocada a mano y no tirada para evitar daños de los materiales. FORMALETA: La formaleta deberá ajustarse a la forma y dimensiones de los elementos a fundir. Deben ser suficientemente sólidas y estables para resistir la presión debida a la colocación del concreto. Se apuntalará y sujetará de manera adecuada para que conserven su forma y posición. Las juntas no deberán permitir la fuga del mortero. La remoción (desencofrado) de la formaleta deberá hacerse de tal forma que no perjudique la seguridad y durabilidad de la estructura. Al concreto al que se le quite, debe ser suficientemente resistente para no sufrir daños posteriores. La reparación de imperfecciones del concreto deberá hacerse inmediatamente, después de remover la formaleta. Las formaletas permanecerán en su lugar en un tiempo prudente de 20 días a 28 días máximo, bien cuando el supervisor indique retirarlo. BODEGA: Se debe de contar con un área destinada para la bodega para el almacenamiento de todos los materiales de construcción, ya que estos no deben de permanecer a la intemperie, la ubicación de esta debe de ser la más razonable para que no interfiera en las actividades de la construcción. Esta parte de las especificaciones son importante ya que deben de considerarse los acarreos correspondientes. Todos los cambios de la obra deben de ser sujetos a consulta de las empresas actuantes en el proyecto previo al consentimiento del supervisor y bajo las justificaciones correspondientes.

PRESUPUESTO

No. RENGLON CANTIDAD UNIDAD P.

UNITARIO TOTAL

1 trazo y nivelación 73 M2

2 Excavación y demolición 1 GLOBAL

3 Muro de Apoyo 4 UNIDAD

4 Losa 50 M2

5 Viga tipo 1 16 M2

6 viga tipo 2 22 M3

7 Diafragmas 14 ML

8 Pasamanos 84 ML

9 Ingresos 12 M2

TOTAL

Q

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ANEXO 1

Municipalidad de ZUNIL Departamento de Quetzaltenango

Empresa.____________________________________

Teléfono:____________________________________

Representante:________________________________

Fecha de Entrega:_____/____/____Hora:___________

Proyecto: Mejoramiento de camino Paraje Pasiguan Chalej,

Aldea Pachaj, Cantel, Quetzaltenango.

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ANEXO 2

FORMATO PARA COTIZACIÓN DE PRECIOS NOMBRE DE LA DEPENDENCIA EJECUTORA: NOMBRE DEL PROYECTO: NOMBRE DE LA EMPRESA: DIRECCIÓN EXACTA: NUMERO DE PATENTE DE COMERCIO: NUMERO DE NIT: NUMERO DE PRECALIFICACIÓN: PLAZO DE ENTREGA: OFERTA SOSTENIDA POR: PUNTO DE ENTREGA: No. Descripción Unidad

de medida

cantidad Costo unitario

Costo total

COTIZACIÓN HECHA POR: NOMBRE DEL POVEEDOR: SELLO FECHA: Original: para adjuntar a la orden de compra y pago Duplicado: Para el proveedor. Triplicado: para el administrador del proyecto.

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