PROY-NOM-011-STPS-2018 Condiciones de seguridad y salud ... · posibles alteraciones a la salud por...
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PROY-NOM-011-STPS-2018Condiciones de seguridad y salud para ambientes donde se
genere o esté presente ruido en los centros de trabajo
David S. Rodríguez Marín, PCHI
Junio, 2018
Ruido
• Uno de los riesgos más comunes en el lugar de trabajo
• Efectos a la salud significativos – Perdida de la audición y Tinnitus
– Estrés y ansiedad
– Interrupción de la comunicación
• Menos obvios que otros riesgos – Los síntomas se desarrollan de
forma lenta a través de los años
– Usualmente no generan dolor
Naturaleza de la lesión 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
TOTAL 3466 4105 4853 6364 8301 12009 12622
Hipoacusias 1286 1341 1333 1489 1636 1790 1873
Neumoconiosis 641 792 768 914 859 1106 1017
Afecciones respiratorias por inhalación de
gases, humos, vapores y sustancias
orgánicas
320 239 195 201 378 362 378
Dermatitis por contacto por irritantes 107 88 132 165 323 568 580
Dermatitis por contacto alergica 36 35 59 77 95 - -
Enfermedades del ojo 23 35 66 174 507 993 1364
Intoxicaciones 36 33 59 143 388 917 876
Trastornos mentales y del comportamiento 37 31 34 91 95 140 168
Enfermedades crónicas de las vias
respiratorias inferiores53 71 71 58 - - -
Enfermedad vascular periférica 10 22 14 51 50 51 76
Cancer ocupacional 1 3 6 15 15 32 35
Enfermedades musculo esqueleticas 546 857 1186 2040 2845 3991 4257
Enfermedades infecciosas y parasitarias 45 42 67 283 124 217 229
Varios de frecuencia menor 326 516 646 663 1005 1664 1694
Ruido
http://www.eluniversal.com.mx/nacion/172088.html
PROY-NOM-011-STPS-2018
Proyecto en revisión por el Grupo de Expertos nombrado por la STPS
El proyecto incluye:1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Referencias
4. Definiciones
5. Obligaciones del patrón
6. Obligaciones del Personal Ocupacionalmente Expuesto
7. Programa específico de conservación de la audición
8. Reconocimiento de la exposición a ruido
9. Evaluación
10. Medidas de control
11. Valores Límites Máximos Permisibles de exposición a ruido NER y TMPE
PROY-NOM-011-STPS-2018
12. Equipo de protección auditiva
13. Vigilancia a la salud
14. Capacitación y adiestramiento
15. Centros de trabajo de nueva creación o modificación de procesos en los centros de trabajo existentes
16. Unidades de verificación y laboratorios de prueba
17. Procedimiento de Evaluación de la conformidad
18. Vigilancia
19. Bibliografía
20. Concordancia con normas internacionales
Objetivo y campo de aplicación
Objetivo.
Establecer las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajodonde en el medio ambiente laboral se genere exposición a ruido, que porsus características, niveles y tiempo de acción, sea capaz de alterar la saluddel Personal Ocupacionalmente Expuesto; los niveles de exposición a ruido ylos tiempos máximos permisibles de exposición por jornada de trabajo y sucorrelación, así como la implementación de un programa específico deconservación de la audición.
Campo de aplicación.
Esta Norma rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros detrabajo en los que exista exposición del trabajador a ruido.
La presente Norma no aplica en aquellos puestos o área de trabajo en dondeel nivel sonoro “A” (NSA) sea inferior a 80 dB(A). durante la jornada laboral.
5. Obligaciones del patrón
• Implementar un programa específico de conservación de la audición para elPOE, dónde se encuentren niveles iguales o por arriba de 85 dB (NSCEA,T)
• Realizar el reconocimiento de ruido en dónde existan trabajadorespotencialmente expuestos, y cuyo nivel sonoro sea igual o superior a 80dB(A), incluyendo sus características y componentes de frecuencia
• Colocar señalamientos de uso obligatorio de equipo de protección auditiva,de acuerdo a la NOM-026-STPS-2008
• Efectuar la evaluación de ruido en las áreas en dónde exista el POE, endónde el Nivel Sonoro sea igual o superior a 80 dB(A)
• Implementar medidas de control, cuando el nivel de exposición al ruidorebase los valores límites máximos permisibles de exposición establecidosen la Tabla 7, de acuerdo con lo señalado en los Capítulos 10 y 11, a fin dedisminuir la exposición del trabajador a ruido. En ningún caso, debe haberexposición sin equipo de protección personal auditiva a más de 102 dB(A).
5. Obligaciones del patrón
• Proporcionar el equipo de protección personal auditiva, de acuerdo a lo establecido en la NOM-017-STPS-2008, o la que la sustituya, a todos los trabajadores expuestos a nivel sonoro “A” (NSA) igual o superior a 85 dB(A) y al Capítulo 12.
• Practicar exámenes médicos del sistema auditivo al Personal Ocupacionalmente Expuesto a niveles de exposición a ruido (NER) o sonoro continuo equivalente “A” (NSCEA,T) de 85 dB(A) o superiores, así como la vigilancia a su salud indicado en el Capítulo 13.
• Informar y orientar al Personal Ocupacionalmente Expuesto sobre el objetivo de la evaluación de ruido, de los exámenes audiométricos, las posibles alteraciones a la salud por la exposición a ruido y sobre la forma de evitarlas o atenuarlas.
• Capacitar al Personal Ocupacionalmente Expuesto sobre las prácticas de trabajo seguras y las Medidas de Control, de acuerdo con lo dispuesto por el Capítulo 14, de esta Norma.
5. Obligaciones del patrón
• Se prohíbe asignar a mujeres en estado de gestación para la realización de trabajos donde estén expuestas a ruido que rebase valores límites máximos permisibles de exposición establecidos en la Tabla 7.
• Llevar los registros sobre el reconocimiento, Evaluación y Control efectuados, así como de los exámenes médicos practicados.
• Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando ésta así se lo solicite, la documentación que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer.
7. Programa específico de conservación de la audición El programa específico de conservación de la audición debe incluir losiguiente:a) El reconocimiento de los puestos de trabajo o áreas en donde se genere o esté
presente el ruido en el centro de trabajo
b) La evaluación del Nivel Sonoro “A” promedio, (NSA), del Nivel Sonoro Continuo Equivalente “A”, (NSCEA,T), y la determinación del Nivel de Exposición a Ruido (NER), así como del Tiempo Máximo Permisible de Exposición, (TMPE);
c) La evaluación del Nivel de Presión Acústica, (NPA), en bandas de octava;
d) El equipo de protección personal auditiva;
e) La capacitación y adiestramiento;
f) La vigilancia a la salud;
g) Las medidas de control, y
h) La documentación correspondiente a cada uno de los elementos establecidos en este numeral.
8. Reconocimiento
El reconocimiento es la actividad previa a la evaluación, cuyo objetivo es recabar información confiable técnica y administrativa, cuando en el puesto de trabajo o área de trabajo el Nivel Sonoro “A” (NSA), sea igual o superior a 80 dB(A), que permita identificar a:
a) El Personal Ocupacionalmente Expuesto y/o los grupos de exposición homogénea;
b) El tipo de ruido (estable, inestable o impulsivo);
c) El método de evaluación a emplear;
d) Los instrumentos y equipos a utilizar con su certificado de calibración vigente, y
e) La jerarquización de las zonas del lugar de trabajo en donde se efectuará la evaluación.
8. Reconocimiento
El reconocimiento deberá contener:
a) La descripción general de los procesos realizados en el área de trabajo, donde segenere o esté presente el ruido;
b) La identificación y ubicación de las fuentes generadoras de ruido y de las áreasdonde esté presente el ruido;
c) La ubicación y área de influencia de las fuentes de ruido secundarias;
d) La descripción de los puestos de trabajo expuestos a ruido;
e) Realizarse con un sonómetro calibrado, con el objeto de determinar lascaracterísticas del tipo de ruido (estable, inestable o impulsivo);
f) La indicación de la duración, la identificación del tipo de ruido y rango de NSApresente en cada una, para identificar el NSA instantáneo mayor de 80 dB(A),durante el recorrido en las áreas y/o puestos de trabajo. En caso de que lospuestos de trabajo tengan tareas que generen diferentes niveles de ruido, deellas;
g) La orientación del micrófono en aquella posición donde se registre el máximoNSA en el punto de medición;
8. Reconocimiento
El reconocimiento deberá contener:
h) La colocación micrófono a una altura, de conformidad con el numeral 9.1.6.,incisos b) y c) en la medición del NSCEA,T y NPA;
i) La identificación de los trabajadores y/o grupos de exposición homogénea conexposición potencial a ruido en el lugar de trabajo. Cuando en un mismo lugar detrabajo se realicen más de una tarea con diferente nivel de ruido se deberán indicarlos rangos de ruido de cada tarea, el tipo de ruido y la duración de ella;
j) Los horarios o tiempo de la jornada de trabajo;
k) La cantidad de trabajadores por puesto de trabajo, en el lugar donde realizan susactividades que están relacionadas con la exposición a ruido;
l) El tiempo de exposición a ruido, duración de la jornada y frecuencia de laexposición;
m) Los grupos de exposición homogénea a ruido, de aquellos trabajadores querealizan las mismas tareas o actividades similares, que se exponen a intensidades deruido similares en el mismo tiempo;
8. Reconocimiento
El reconocimiento deberá contener:
n) El registro en un plano con la distribución en las áreas del centro de trabajo, lasfuentes generadoras de ruido y la distribución del Personal OcupacionalmenteExpuesto;
o) Los controles técnicos y/o administrativos que utilizan para atenuar la exposición aruido al personal ocupacionalmente expuesto en el puesto o área de trabajo;
p) El tipo de equipo de protección personal auditivo utilizado por el personalocupacionalmente expuesto, indicando marca, modelo y las tablas de atenuación yel factor de nivel de reducción a ruido establecido por el fabricante (NRR);
q) La selección del método para realizar la evaluación y los puntos para ladeterminación del NSCEA,T y NPA en el puesto de trabajo o el área de trabajo;
r) La selección del método para determinar el Nivel de Exposición a Ruido (NER) delPersonal Ocupacionalmente Expuesto, de acuerdo con el numeral 9.7;
s) La determinación de la instrumentación y sus características para efectuar laevaluación de la exposición a ruido del Personal Ocupacionalmente Expuesto enlos puestos o áreas de trabajo;
8. Reconocimiento
El reconocimiento deberá contener:
t) El registro de los valores de ruido detectados, durante el recorrido en las áreas o puestos de trabajo, el NSA fue igual o mayor de 80 dB(A), y
u) En su caso, la utilización de sustancias otológicas en el centro de trabajo.
9. Evaluación
• Realizado por un laboratorio acreditado (ema)y aprobado (STPS)
• Se debe realizar a partir del reconocimiento
• Tomando en cuenta condiciones normales deoperación
9. Evaluación
CALIBRACION: Antes y después del muestreo
POSICION DEL MICROFONO:
• DE PIE: 1.45 m +/- 0.1 m.
• SENTADOS: A la altura de la cabeza
POSICION DEL OBSERVADOR: Lateral con respecto al micrófono
9. Evaluación.
Evaluación Ambiental
Método de puesto fijo de
trabajo
Método de prioridad de
áreas de trabajo
Evaluación Personal
Puesto fijo de trabajo
• Ubicar el punto de medición en el lugar que
habitualmente ocupa el trabajador o, de no ser
posible, lo más cercano a él, sin interferir en sus
labores.
Prioridad de áreas de evaluación
• Análisis de información del reconocimiento sensorial
• Identificar Zonas con NSA superior o igual a 80 dB(A),
• Dividir en áreas, guiándose por los ejes de columnas delplano de distribución de planta y cuidando que éstas nosean superiores a 6 metros por lado.
• Las áreas en que existan trabajadores, a las que se lesdenominará áreas de evaluación;
• jerarquizar, exponiendo las razones
• Ubicar los puntos de medición en las zonas de mayordensidad de trabajadores. De no ser posible estaubicación, deben localizarse en el centro geométrico decada área.
Método de evaluación personal
Se debe configurar el dosímetro en base a los siguientes criterios:
• Se deberá medir al menos 80% de la jornada laboral
• Respuesta: Rápida
• Filtro de ponderación: A
• Nivel Sonoro Criterio: 87 dB(A)
• Tasa de intercambio: 3 dB(A)
• Valor Umbral: 70 dB(A) o menor
Ruido estable
Aquel que se registra con variaciones en su nivel
sonoro “A” dentro de un intervalo de 5 dB(A)
60
70
80
90
100
110
120
1 3 5 7 9 11 13 15 17 19
N° de Lectura
dB
(A)
Nivel Sonoro dB(A) Límite Máximo Permisible dB(A)
Ruido inestable
Aquel que se registra con variaciones en su nivel
sonoro “A” con un intervalo mayor a 5 dB(A).
80
85
90
95
100
105
110
115
120
125
130
0 1 2 3 4 5 6 7 8 9 1 0
Tiempo (Horas)
Co
ncen
tració
m (p
pm
)
CPT (TLV-TWA) PPM CCT (TLV-STEL) PPM CONCENTRACION PROMEDIO
Evaluación con sonómetro integrador
RUIDO ESTABLE
Sonómetro integrador 20 lecturas en dos periodos distribuidos en elturno de trabajo. 10 lecturas con intervalos de integración de 5segundos en un periodo de medición de 5 minutos.
RUIDO INESTABLE
Sonómetro integrador: 30 lecturas en 3 periodos de medición
distribuidos en el turno de trabajo. 10 lecturas de intervalos de
integración de 5 segundos en un periodo total de 5 minutos
RUIDO IMPULSIVO
Sonómetro integrador: 45 lecturas en 1 periodo de medición de 15
minutos. Registrar el NSCEA,T cada 20 segundos, utilizando la
respuesta dinámica IMPULSO en el sonómetro
Evaluación con sonómetro
RUIDO ESTABLE
Sonómetro: 150 lecturas en tres periodos de observación distribuidosen el turno de trabajo. 50 lecturas cada periodo con un intervalo de 5segundos entre cada lectura.
RUIDO INESTABLE
Sonómetro: 250 lecturas en cinco periodos de observación distribuidos
en el turno de trabajo. 50 lecturas cada periodo con un intervalo de 5
segundos entre cada lectura.
12. EPPA
10.0 - log 10 - NERi = Ri 10 10
Qj - Lj7
1=j
∑
donde:
Ri es el factor de reducción R en el punto de medición i
NERi es el nivel de exposición a ruido en el punto de medición i
Lj es el nivel de presión acústica por bandas de octava 125,250, 500, 1000,
2000, 4000 y 8000 Hz
¡Gracias por su atención!
David S. Rodríguez Marín
Asturias 22, Col. Álamos
Ciudad de México, C.P. 03400
Tel. (55) 5402 1850