Propuesta Proyecto de Investigacion Can

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IV CONGRESO INTERNACIONAL EN DERECHO EMPRESARIAL Y CONTRACTUAL: La Contratación Internacional, un Derecho sin Fronteras MECANISMOS DE PROTECCIÓN DEL DERECHO DEL HABEAS DATA CON QUE CUENTAN LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES Aura Alejandra Villalba Armella Juan David Camelo Calixto Universidad Santo Tomas de Aquino, Floridablanca

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IV CONGRESO INTERNACIONAL EN DERECHO EMPRESARIAL Y CONTRACTUAL: La Contratación Internacional, un Derecho sin Fronteras

MECANISMOS DE PROTECCIÓN DEL DERECHO DEL HABEAS DATA CON QUE CUENTAN LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES

Aura Alejandra Villalba ArmellaJuan David Camelo Calixto

Universidad Santo Tomas de Aquino, FloridablancaBucaramanga-Colombia

División de ciencias humanasFacultad de derecho

22 de septiembre del año 2014

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RESUMEN

El presente trabajo de investigación pretende en aspectos generales hacer un análisis de la manera en que se regula legalmente en los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) la protección de datos como elemento fundante del Habeas Data, este último entendido como un derecho inherente que le asiste a todo ser humano por el simple hecho de ser persona. La idea principal de la que parte esta propuesta es la creciente acogida que ha tenido en todo el mundo especialmente en los países Latinoamericanos la tecnología, esto se comprueba a partir de estadísticas dadas por las diferentes entidades encargadas de esta labor.

Este auge tecnológico ha influido de manera directa en Colombia, Bolivia, Perú y Ecuador, en los cuales actualmente se realiza una transferencia de datos entre los mismos, vulnerándose de esta manera el derecho de protección con el que toda persona cuenta de proteger la información que se tenga sobre ella en bases de datos, por tal motivo se hace indispensable esta investigación en la medida que pretende básicamente estudiar con que mecanismos legales y validos cuentan los estados pertenecientes a la CAN en lo que a esta materia se refiere.

PALABRA CLAVES: Datos personales, Habeas data, Comunidad andina de naciones, Sociedad de la información.

ABSTRACT

This research work pretends at general aspects, an analysis of the way in which it is legally regulated in the member countries of the Andean Community of Nations (ACN) the data protection as a fundamental element of Habeas Data, the latter understood as an inherent right it to every human being for the simple fact of being a person. The main idea of this proposal is that of the growing reception given to technology throughout the world especially in Latin American countries. This is proved from statistics for the different entities responsible for this work.

This technological boom has directly influenced in Colombia, Bolivia, Peru and Ecuador, where currently a data transfer is performed between themselves violating the right of protection to which every person has to protect information held about it in databases, for this reason this research is essential to the extent that basically pretends to study the legal mechanisms at their disposal the states that belong to the ACN as far as this topic is concerned.

KEYWORDS: Personal Data, Habeas data, Andean Community of Nations, Information Society.

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INTRODUCCION

El presente es un avance del proyecto investigativo, el cual pretende con su ejecución analizar el habeas data dentro de los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones, siendo así se hace fundamental tener claro que la anterior, está integrada por los países de Ecuador , Perú, Bolivia y Colombia quienes desde su nacimiento con la suscripción del acuerdo de Cartagena, han tenido como principal objetivo alcanzar mediante su labor el desarrollo equilibrado e igualitario entre ellos como miembros de la comunidad, utilizando normas conjuntas promovidas por el sistema andino de integración (SAI) con el fin de beneficiar a todos sus habitantes, obteniendo importantes logros desde 1969 hasta el día de hoy, representados en el derecho a viajar por los cuatros países andinos sin pasaporte, ni visa, siendo suficiente portar el documento nacional de identificación; a su vez el derecho a la libre circulación de mercancía de origen andino dentro de los cuatro países miembros de la comunidad formando una zona de libre comercio, es decir, un espacio en el que sus productos circulan libremente, sin pagar arancel alguno; no obstante diferente es la relación comercial frente a terceros pues los países andinos establecieron desde sus inicios el compromiso de adoptar un Arancel Externo Común como mecanismo fundamental para alcanzar los objetivos de la integración; de igual forma el derecho de acceder a los órganos judiciales nacionales y comunitarios, este último representado en el Tribunal Andino de Justicia, siendo la entidad encargada de velar por el cumplimiento de los acuerdos asumidos en el marco de la comunidad andina, controlando la legalidad de los actos y resolviendo las controversias presentadas por la vulneración de derechos e intereses entre los países miembros, entre los ciudadanos y los países y los ciudadanos, donde uno de los temas con mayor relevancia es la protección de los derechos de autor y derechos conexos, ya que cada país miembro concede a los nacionales de otro país, una protección no menos favorable que la reconocida a sus propios nacionales en esta materia; todo esto bajo los parámetros de legalidad establecidos en la carta andina, siendo así la encargada de dirimir las controversias ocasionadas a raíz del incumplimiento de los acuerdos asumidos en el marco de la comunidad andina,

Esta comunidad además de lo antes mencionado, mediante su sistema de integración ha establecido un orden jurídico donde los gobiernos adoptan normas comunitarias supranacionales que reciben el nombre de decisiones, estas a su vez generan derechos y obligaciones que son directamente exigibles por los ciudadanos ante las autoridades administrativas y judiciales, las cuales tienen por fin asegurar el interés común además de esto, cabe resaltar que el campo de acción con el que cuentan es bastante amplio, ya que han trabajado en promover el desarrollo sostenible de sus regiones, emprendiendo campañas en pro de la conservación del patrimonio nacional, igualmente han creado programas que rechazan la desigualdad e incentivan la lucha contra la pobreza, sin tener en cuenta fronteras representado en el fortalecimiento a la cooperación por la lucha contra el delito internacional, y por ultimo han contribuido en el perfeccionamiento

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y consolidación de un mercado ampliado andino en el cual circulan libremente los bienes (Comunidad Andina de Naciones).

Las tecnologías de la información que permiten el flujo de datos personales en el comercio y demás actividades propias de la comunidad han sido primordiales en el desarrollo de la misma, sin embargo esta circunstancia preocupa como quiera que a partir de la Declaración de Derechos Humanos el derecho a la protección de datos personales basado en la dignidad ha permeado todo la sociedad como una preocupación fundamental. Es por esto que en la era de la Sociedad de la información en comunidades tan fuertes como la Latinoamérica se hace menester revisar el estado de protección del habeas data a los miembros de la comunidad para fortalecer, mejorar y proponer reflexiones en pro de armonizar las normativas que fortalezcan la misma comunidad y sobre todo prima facie a los miembros; naciendo así la problemática sobre cuáles serían los mecanismos idóneos dentro de cada país para la protección de los datos personales y cuan oportuno seria que dentro de la comunidad andina de naciones el sistema jurídico del mismo reglamentara tal situación con el fin de evitar encontrarse en contraposición con lo estipulado por las constituciones nacionales de cada país miembro.

Objetivo general

Establecer los mecanismos de protección de datos personales con que cuentan los miembros de la comunidad andina de naciones

Objetivos específicos

1. Describir el derecho de habeas data desde las constituciones de los países miembros de la comunidad andina de naciones

2. Comparar las normas que regulan el habeas data en países pertenecientes a la comunidad andina de naciones

3. Caracterizar los mecanismos de protección al derecho de habeas data en cada uno de los países miembros de la comunidad andina de naciones.

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JUSTIFICACIÓN

A través de los años, pero sobre todo en el siglo XXI el uso del internet ha tenido una acogida significativa en la vida diaria de todas las personas, pues este ha facilitado muchas operaciones que antes debían ser realizadas personalmente, tales como la compra y venta de productos, operaciones bancarias, bursátiles, entre otras, que hoy pueden ser llevadas a cabo desde cualquier lugar, en casa, en el trabajo, siendo solo necesario tener acceso a un computador o mejor aún desde un dispositivo móvil; este hecho ha creado que existan las sociedades de la información donde los datos personales son expuestos al público. Esta situación que se ha suscitado ocurren en todo el mundo pero en este caso haremos análisis solo a algunos casos como el Colombiano, Ecuatoriano, Peruano y Boliviano, quienes son miembros activos de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), pues luego de alcanzar metas antes inimaginadas y contribuir en gran medida en el mejoramiento y fortalecimiento de las dificultades que afectan a la población, tras hacer posible su unión; su labor y gestión aunque dirigida a la cosecha de logros para la sociedad, ha traído sin ser previsto una problemática que toca y afecta directamente a los ciudadanos de estos cuatro países Andinos, esto es la violación al habeas data consagrado de forma independientemente en cada uno de los sistemas jurídicos de estos; que sin lugar a dudas ha conmemorado la posterior aparición de métodos antijurídicos que afectan así mismo la protección de datos personales que cada estado miembro promete cumplir para con sus habitantes.

Siendo así surge la necesidad de la realización de este trabajo investigativo para poder establecer cuáles han sido las causantes que lograron hacer de este, un tema relevante dentro del contexto nacional e internacional, que por ende debe ser prontamente tratado, así también, determinar la gran importancia de la que se encuentra revestido el habeas data luego de grandes avances a lo largo de la historia y las vías por los cuales este es protegido aunque de manera independiente por cada país miembro de la CAN. El estudio detallado de esta problemática que es en síntesis la respuesta a la pregunta del ejercicio investigativo, conlleva así mismo ha demostrar la ausencia normativa frente al tema de la protección de datos personales dentro de la Comunidad Andina de Naciones, pero de igual forma abrir la brecha para lograr una pronta purga que ponga fin a las situaciones venideras de esta grave problemática, así previniendo y dando solución a los casos donde ya se ha hecho notoria la vulneración del derecho en estudio y de esta manera brindarle al lector que se convierte en investigador, una guía de procedimientos por los cuales se pueda ahora sí, proteger y respaldar de manera prevalente el habeas data bajo los sistemas jurídicos actuales con que cuentan cada país andino.

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MARCO TEORICO

ANTECEDENTES HISTÓRICOS

La comunidad andina de naciones tiene su primer antecedente el 26 de mayo de 1969, día en el cual se firmó el acuerdo de Cartagena entre los países de Bolivia, Colombia, Ecuador, chile y Perú, más tarde el 13 de febrero de 1973 Venezuela entro a ser parte de este grupo, en el año de 1976 el 30 de octubre chile dejo de ser parte de este grupo, para el año de 1979 en la ciudad de galápagos, Ecuador los presidentes de las naciones integrantes de esta comunidad debatieron y aprobaron el diseño estratégico y el plan de trabajo el cual busca un nuevo sistema de ejecución de los objetivos.

Con las directrices dadas en 1989 hacia el año 1993 se eliminaron los aranceles y se creó una zona de libre comercio, todo esto con llevo a una expansión acelerada del comercio intracomunitario y el aumento de empleos para el año de 1997 se propuso y acepto realizar alguna reforma al acuerdo de Cartagena, uno de ellos fue que los presidentes de cada republica llevaran la dirección de la comunidad y también se cambió el nombre de pacto andino por comunidad andina, en el año 2007 en la ciudad de Tarija en Bolivia se acordó promover una integración para equilibrar los aspectos sociales, culturales, económicos, políticos, ambientales y comerciales de los cuatro países integrantes de la comunidad. En el mes de Julio de 2011 en la cumbre de Lima Perú se estipulo fortalecer el proceso andino de integración y para lograr dicho fin se inició con la revisión de la estructura institucional y funcionamiento del sistema.

Con lo que respecta a la protección de datos, como derecho fundamental de todo ser humano, su historia ha sido amplia aunque su principal estudio se esté vislumbrando en el siglo XXI, es decir, ha sido estudiada desde año atrás. El primero antecedente que se encuentra sobre este tema es el derecho a la intimidad, el cual se puede decir que es el género de donde se desprende la protección de datos, su especie

La intimidad como una disciplina jurídica ha perdido su carácter exclusivo, individual y privado, para asumir progresivamente una significación pública y colectiva, consecuencia del cauce tecnológico. Esto es, en palabras de Lusky, la privacy más que un mero sentido estático de defensa de la vida privada del conocimiento ajeno, tiene la función dinámica de controlar la circulación de informaciones relevante para cada sujeto (Gonzalez, 2011)

Para el caso Colombiano, que es en este caso nuestro punto de referencia en el cual de desarrolla la presente investigación, la constitución de la república de Colombia de 1886 no consagraba el derecho a la intimidad de la persona debido a que en esta no existía una inclusión ni una garantía para la protección de los derechos fundamentales, por su parte la constitución de 1991, en su artículo 15 consagra lo siguiente,

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Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y archivos de entidades públicas y privadas.

En la recolección, tratamiento y circulación de datos, se respetara la libertad y demás garantías consagradas en la constitución.

La correspondencia y demás formas de comunicación privada son inviolables. Sólo pueden ser interceptadas o registradas mediante orden judicial, en los casos y con las formalidades que establezca la ley. (constitucion politica de Colombia , 1991)

De lo anterior es posible deducir que el tema de la protección de datos ha sido un elemento importante de los estados modernos ya que da la posibilidad a los ciudadanos de tener formas eficaces para la real y verdadera salvaguarda de su información personal, tanto por entidades públicas como privadas.

 ESTADO DEL ARTE

El Hábeas data nace con el objeto de preservar derechos que estaban siendo violados, como consecuencia de los constantes avances tecnológicos y la imposibilidad de garantizarlos debido al vacío normativo vigente en los ordenamientos jurídicos de los países pertenecientes a la Comunidad Andina de Naciones para la época, donde se evidenció el enfriamiento y letargo vivido por el hacedor de la norma; que luego de tomar conciencia sobre esta problemática, se logró conmemorarlo como una garantía constitucional creada para mantener el control de los datos que existan sobre una persona o sobre sus bienes, y para proteger los derechos conexos al mismo.

En el presente trabajo investigativo, empezaremos por describir el desarrollo del Habeas data en el estado boliviano, donde este derecho fundamental, el derecho a la intimidad se encuentra protegido y estipulado en la constitución boliviana de 2009 en el artículo 130, estableciendo que:

”Toda persona individual o colectiva que crea estar indebida o ilegalmente impedida de conocer, objetar u obtener la eliminación o rectificación de los datos registrados por cualquier medio físico, electrónico, magnético o informático, en archivos o bancos de datos públicos o privados, o que afecten a su derecho fundamental a la intimidad y privacidad personal o familiar, o a su propia imagen, honra y reputación” (Constitucion politica delEstado plurinacional de Bolivia , 2009)

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Procederá luego de hacerse evidente la transgresión, valiéndose de la Acción de Protección de Privacidad, cuyo procedimiento según lo dispuesto en el artículo 131 de la nombrada Constitución, tendrá lugar de acuerdo con el procedimiento previsto para procedimiento de la Acción de amparo constitucional.

El estado Peruano dentro de su constitución política de 1993, lo considerada como un instrumento procesal que protege derechos fundamentales, como a continuación se indica, “El “Habeas data” en el Perú tiene la connotación de un proceso constitucional, es decir, es un proceso de tutela urgente que se encarga de proteger dos derechos constitucionales regulados en el articulo 2° incisos 5) y 6) respectivamente de la Constitución de 1993” (Viera)

Artículo 2 “Toda persona tiene derecho a: 5. A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal (…). Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional.6. A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar” (Constitucion politica de Peru,1993)

La Republica de Ecuador utilizando su Constitución Política de 2008, establece que es una figura de rango constitucional, cuyo objeto es el de velar por determinados derechos consagrados en la misma carta; de esta manera; “La figura del hábeas data es, de conformidad con la normativa constitucional y legal aplicable a la fecha en el Ecuador, una garantía, de rango constitucional, la misma que protege determinados derechos constitucionales, entre ellos el acceso a la información ligado al derecho a la intimidad y al buen nombre, derecho reconocidos y garantizados por nuestra Carta Magna de los que gozamos todos los ciudadanos”. (Gonzalez M. A.)

Por último el estado Colombiano, trata el tema concerniente al Habeas data en su Constitución política de 1991, en el artículo 15, como un derecho fundamental, que se hace exigible mediante acción de tutela, de esta forma la carta magna deja claro que:

“Artículo 15 Todas las personas tienen derecho a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo, tienen derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en los bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. En la recolección, tratamiento y circulación de datos se respetarán la libertad y demás garantías consagradas en la Constitución”. (constitucion politica de Colombia , 1991)

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“Es cierto que esta definición no contiene la expresión hábeas data, aparece está en el artículo 42 del Decreto 2591 “por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política”, el cual hace referencia en su numeral sexto a la protección del hábeas data que se encuentra establecido en el artículo 15 de la ley fundamental” (RESTREPO, 2009)

El derecho citado hoy por hoy tiene un rango de garantía Constitucional, en todos los países de la comunidad andina de naciones y este se caracteriza por ser una herramienta eficaz en la búsqueda de la justicia, a la que todos los habitantes de su territorio pueden acceder, convirtiéndose en un pilar fundamental de apoyo para ellos, pues este derecho aunque estipulado de diferentes maneras por los estados en mención, se encuentra respaldado por mecanismos distintos dentro cada legislación; garantizando a sus ciudadanos el derecho de conocer la información que se tenga sobre ellos mismos, tanto positiva como negativa, evitando los abusos y dándole una oportunidad a los titulares de la información, a defenderse en caso de verse injustamente afectados por registros negativos.

Para el desarrollo de este trabajo de investigación se encuentra que el tema objeto de análisis hace alusión a Evidenciar los mecanismos de protección de datos personales, especialmente con los que cuentan los países de la comunidad andina de naciones, tema que se encuentran en desarrollo, pues la protección al habeas data está siendo vulnerado dentro de la comunidad junto con otros derechos conexos a este, a raíz de esto sus fuentes doctrinales son limitadas pero sirven de referencia. Se tomarán cosas concretas que ayuden de manera adecuada a realizar el proceso de consolidación del trabajo.

En la biblioteca jurídica virtual, en la revista jurídica, el boletín mexicano de derecho comparado trata en su totalidad contenido necesario para el desarrollo de la investigación ya que da una mirada clara respecto de toda la temática acerca de la evolución de la protección de datos en el siglo XXI, Además de tratar temas sustanciales como los anteriores, también trata la vulneración a derechos conexos tales como: el derecho a la intimidad a la protección de datos personales y sobre El reconocimiento a la protección de datos personales. Ámbito europeo y constitucional (Gonzalez, biblioteca juridica virtual)

El documento de las naciones unidas sobre comercio y desarrollo, a lo largo de toda su estructura trata varios temas, pero sin duda el más importante es el estudio sobre las perspectivas de la armonización de la ciberlegislación en América Latina, estudio pertinente al momento de analizar que los países miembros de la can tienen vacíos normativos con respecto a esta materia. Este documento de las naciones unidas nace de una conferencia realizada en el año 2009, donde los cuatro países pertenecientes a la comunidad andina participaron activamente en el mismo, estipulándose un reporte exhausto de la normatividad de dichos países, a su vez dentro del capítulo III, titulado “hacia la armonización

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regular” numeral F pagina 33 se analiza en concreto el caso de la CAN especificando datos importantes con respecto a la estipulación de normas que ayudan en gran medida al progreso de la problemática planteada. (nacionesunidas sobre comercio y desarrollo , 2009)

Sobre la protección de datos en aspectos generales se encuentra el documento de la revista internacional de protección de datos, titulado “Aproximación constitucional de la protección de datos personales en Latinoamérica” de Nelson Remolina Angarita, el cual es una muy buena referencia pues trata del tema central de este proyecto, en él se analiza como primer ítem la protección de datos personales como un derecho autónomo, tema relevante pues como se ha dicho antes este vacío normativo ha perjudicado otro tipo de derechos, a su vez hace una explicación detallada sobre la constitucionalizarían de la protección de datos personales en Latinoamérica, incluyendo a los países miembros de la CAN. (Angarita, 2012)

En cuanto al tema del derecho de protección de datos y teniendo en cuenta que este es un derecho de carácter personal, se encontré una guía titulada ¨ guía del derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal”, el cual es una muy buena referencia acerca del tema a tratar en este trabajo pues se dan unas serie de pasos a seguir para los ciudadanos no conocedores a profundidad de las leyes sobre el derecho fundamental a la protección de datos personales que deriva de la constitución en donde esta atribuye a los ciudadanos un poder de disposición sobre sus datos, de modo que, en base a su consentimiento las personas puedan disponer de los mismo, información esta que poco es conocida por los ciudadanos comunes perjudicando grandemente la protección eficaz del mismo por parte de los Estados. (Agencia española de proteccion de datos, 2004)

Finalmente es fundamental analizar las cartas constitucionales de los cuatro países miembro de la comunidad andina de naciones, para poder establecer con exactitud los numerales en donde se reglamenta el tema concerniente de dicho proyecto, a su vez la jurisprudencia de cada país para determinar así la categoría y el desarrollo que ha tenido el habeas data dentro de los países miembros, para con posterioridad llevar a cabo el cumplimento de los tres objetivos específicos que a manera de conclusión terminaran por resolver la pregunta problema del trabajo investigativo.

MARCO REFERENCIAL O CONCEPTUAL

Para el desarrollo de la investigación es indispensable dejar claros algunos términos relevantes que sirven para el entendimiento del mismo y que son base fundamental en el proceso que se llevará a cabo.

En primer lugar debe entenderse por Habeas data:

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“Es un proceso judicial de carácter constitucional que tiene como finalidad proteger el derecho de las personas de acceder a determinada información por parte de cualquier entidad pública y el derecho a que los bancos de información (públicos o privados) no suministren informaciones que afecten a la intimidad personal y familiar. Lo puede presentar el mismo afectado o cualquier otra persona en su nombre; si el Juez comprueba que, efectivamente, se está atentando contra estos derechos, ordena que se permita acceder a la información denegada al demandante o, en su caso, se proceda a impedir que se suministre determinada información”. (HabeasData)

Respecto al tema del Habeas Data Iván Humberto Escurecía expresó basándose en un estudio hecho a la jurisprudencia de la Corte Constitucional que:

El núcleo esencial del Habeas Data está integrado por el derecho a la autodeterminación informática y por la libertad, en general y en especial la económica; en este sentido, la autodeterminación implica una facultad de la persona a la cual se refieren los datos, para autorizar su conservación uso y circulación, de conformidad con las regulaciones legales. (Escrucería Mayolo)

Seguidamente, es importante entender por comunidad andina de naciones:

“La Comunidad Andina fue establecida como un mecanismo de integración regional en Cartagena de Indias, el 26 de mayo de 1969 con la suscripción del “Acuerdo de Cartagena”. En la actualidad hacen parte del grupo: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú; Venezuela se retiró en 2006, año en que Chile se re-incorporó en calidad de País Asociado, posición que también ostentan Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay. Desde 2011, se le confirió a España el estatus de País Observador. La máxima instancia política de la CAN es el Consejo Presidencial Andino, conformado por los Jefes de Estado de los Países Miembros y que se reúne por lo menos una vez al año de manera ordinaria. Los órganos decisorios de la CAN son el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (CAMRE) y la Comisión de la Comunidad Andina”. (Cancilleria ministerio de relaciones exteriores)

Se hace necesario entender que los datos personales:

“Es cualquier pieza de información vinculada a una o varias personas determinadas o determinables o que puedan asociarse con una persona natural o jurídica. Los datos impersonales no se sujetan al régimen de protección de datos de la presente ley. Cuando en la presente ley se haga referencia a un dato, se presume que se trata de uso personal. Los datos

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personales pueden ser públicos, semiprivados o privados” (LEYESTATUTARIA 1266, 2008)

Seguidamente y en relación con la base de datos, se debe entender según el concepto del experto Lleras que la Corte prohíja "elemento material susceptible de ser convertido en información cuando se inserta en un modelo que lo relaciona con otros datos y hace posible que el dicho dato adquiera sentido” (Sentencia T-414, 1992).

En la última década, "sociedad de la información" es sin duda la expresión que se ha consagrado como el término hegemónico, no porque exprese necesariamente una claridad teórica, sino gracias al bautizo que recibió, en las políticas oficiales de los países más desarrollados y la coronación que significó tener una Cumbre Mundial dedicada en su honor. Los antecedentes del término, sin embargo, datan de décadas anteriores. En 1973, el sociólogo estadounidense Daniel Bell introdujo la noción de la «sociedad de información» en su libro El advenimiento de la sociedad post-industrial, donde formula que el eje principal de ésta será el conocimiento teórico y advierte que los servicios basados en el conocimiento habrían de convertirse en la estructura central de la nueva economía y de una sociedad apuntalada en la información, donde las ideologías resultarían sobrando.(Bell, 1976)

El desarrollo de la Sociedad de la Información, lejos de ser un fin en sí mismo, es un objetivo que tiene como razón la mejora y el aumento de la calidad de vida del ciudadano. Por otro, son muchas las acciones emprendidas en los últimos años orientadas a hacer llegar las ventajas del uso de las Tecnologías de la información y las Comunicaciones, las TIC, por esta de debe entender:

“En líneas generales podríamos decir que las nuevas tecnologías de la información y comunicación son las que giran en torno a tres medios básicos: la informática, la microelectrónica y las telecomunicaciones; pero giran, no sólo de forma aislada, sino lo que es más significativo de manera interactiva e interconexionadas, lo que permite conseguir nuevas realidades comunicativas”. (Ortí)

Teniendo claridad de los anteriores términos se puede llegar a un éxito cumplimiento de los objetivos planteados en este trabajo de investigación.

METODOLOGÍA

El presente trabajo de investigación es de carácter netamente descriptivo, en el cual inicialmente se utilizan los conceptos y pre saberes esenciales para abordar la temática, analizando el tema concerniente a la protección de datos personales dentro de los países miembros de la CAN.

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La inquietud que surgió para desarrollar esta investigación fue profundizar y constatar la vulneración del derecho del habeas data en lo concerniente a la protección de datos personales, pues el vínculo creado por la comunidad andina se ha caracterizado por su flexibilidad en cuanto a las normas vigentes dentro de su sistema jurídico, esto a su vez ha tenido consecuencias secundarias no previstas al momento de adoptar las decisiones, viéndose reflejado en la transgresión del derecho antes mencionado ya que la información de los ciudadanos es utilizada libremente dentro de los cuatro países sin una autorización previa, naciendo así la necesidad de establecer cuáles son los mecanismos idóneos de protección de datos personales con que cuentan los miembros de la comunidad andina de naciones.

Este proyecto es realizado a partir de una metodología cualitativa, puesto que no se utiliza el método experimental y por tanto, no se acude a encuestas y trabajos de campo, como ocurre con la metodología cuantitativa. Además, el barrido bibliográfico que sirve como base de esta investigación es realizado mediante libros, jurisprudencia, cartas políticas y monografías originales, que tratan el tema de la protección de datos personales, conformando las fuentes primarias en la investigación.

En cuanto a la realización del trabajo de investigación tiene como finalidad desarrollar los objetivos planteados en el proyecto paso a paso, con el propósito de obtener conclusiones y la respuesta del problema inicial. Dicha respuesta puede ser acertada con lo que en un principio se planteaba o por el contrario, llegar a una respuesta diferente que se obtiene como producto de la dedicación y el trabajo investigativo realizado.

El primer objetivo a desarrollar consiste en describir el desarrollo y la categoría del derecho del habeas data desde las constituciones de los países miembros de la comunidad andina de naciones, seguido de esto se podrán comparar las normas que regulan el habeas data en países pertenecientes a la comunidad y, finalmente se analizaran los mecanismos de protección de cada uno de los países miembros, para de esta manera poder llegar a una conclusión a la pregunta planteada inicialmente.

RESULTADOS ESPERADOS

Con el presente trabajo de investigación se pretende analizar la importancia del concepto de Habeas data en los países miembros de la CAN, los mecanismos de protección de datos personales con que cuentan, las similitudes y desigualdades entre los mismos; donde para poder llegar a una respuesta adecuada a este interrogante es necesario cumplir con cada uno de los objetivos propuestos.

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Se aspira mediante el presente poder llegar a una posible respuesta de la pregunta inicialmente planteada, la cual es el punto de estudio del trabajo y la cual se configura como fundamento rector del mismo. Se espera poder realizar tres capítulos que tratarán de los objetivos específicos respectivamente y en cada uno de ellos se desarrollarán todas las temáticas propuestas; se pretende llegar a una solución descriptiva que pueda servir de fundamento para una futura continuación sobre el tema de la transferencia involuntaria de datos personales de los ciudadanos de los estados pertenecientes a la Comunidad Andina de Naciones.

Se espera durante la realización de esta investigación obtener una satisfactoria conexión entre los temas de Habeas data, protección de datos personales, y sociedades de la información dentro del Derecho Internacional, para de esta forma encontrar las implicaciones tanto positivas como negativas luego del nacimiento de la comunidad que aunque su objetivo fundamental es propositivo, con miras obtener innumerables beneficios, como sin lugar a dudas a pasado, donde siempre ha pregonado su propósito de interconectar a todas las regiones y personas de los cuatro países miembros, ha ocasionado fenómenos no esperados, como el descrito en el presente trabajo investigativo, siendo la problemática de la trasferencia involuntaria de datos personales entre los países pertenecientes a la CAN; por lo que haremos énfasis sobre la relevancia de la protección a la privacidad de los ciudadanos.

Se espera de igual forma que tras empaparnos sobre el tema que consideramos una cuestión de interés general, mediante el estudio detallado de las normas nacionales como internacionales en donde se hallan los fundamentos de los conceptos mencionados a lo largo de la propuesta y podamos adquirir cuantos conocimientos en esta área del saber, podamos conocer los niveles de seguridad que ofrecen cada país miembros de la Comunidad Andina de Naciones, para así evidenciar finalmente la cuestión sobre si resulta seguro compartir desde nuestro país, Colombia, hacia las restantes tres naciones, e inversamente, los datos de contenido personal.

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