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2014
SECRETARIA DE EDUCACIÓN SUBSECRETARIA DE EDUCACIÓN BÁSICA Y NORMAL DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN NORMAL Y DESARROLLO DOCENTE SUBDIRECCION DE EDUCACIÓN NORMAL
PROGRAMA RECTOR DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA DE LAS ESCUELAS NORMALES PÚBLICAS DEL
ESTADO DE MÉXICO
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Tabla de contenido Página
Mensaje del Director General 3 1. ANTECEDENTES 1.1 El desarrollo histórico institucional de la investigación educativa en las
ENPEM 5
1.2 Diagnóstico general de la planta docente de las ENPEM, con la plaza de investigador educativo
7
2. FUNDAMENTOS 2.1 Base legal 11 2.2 Base filosófica 13 2.3 La misión y la visión de la IIE de la escuela normal 15 2.4 Políticas institucionales 16 2.5 Justificación académica del PRIIE 17 3. EL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN EDUCATIVA DE
LA ESCUELA NORMAL
El Departamento de Investigación e Innovación Educativa de la Escuela
Normal 20
3.1 La pertinencia de la investigación educativa 21 3.2 La innovación educativa 21 3.3 Prioridades por atender en el DIIE 21
3.4 Compromisos del DIIE 22 4. LINEAMIENTOS QUE ORIENTAN LA IIE DE LAS ENPEM DEL SUBSISTEMA
EDUCATIVO ESTATAL
4.1 Capítulo primero. El Consejo Estatal de Investigación e Innovación
Educativa 24
4.1.1 De la conceptuación 24 4.2 Capítulo segundo. De la Integración del CEIIE y las funciones de sus
miembros 24
4.2.1 De la integración del CEIIE 24 4.2.2 De las atribuciones de los miembros del CEIIE 25 4.2.3 De las funciones del CEIIE 25 4.2.3.1 Funciones del Presidente Honorario 25 4.2.3.2 Funciones del Presidente Ejecutivo 26 4.2.3.3 Funciones del Secretario 26 4.2.3.4 Funciones de los Consejeros del subsistema educativo estatal 27 4.2.3.5 Funciones de los Consejeros externos 27 4.3 Capítulo tercero. De los Comités conformados en el marco del CEIIE 28 4.3.1 Comité de Investigación 28 4.3.1.1 Objetivo 28 4.3.1.2 Atribuciones y responsabilidades 29 4.3.2 Del Comité Científico 29 4.3.2.1 Objetivo 29 4.3.2.2 Atribuciones y responsabilidades 30 4.3.3 Del Comité de Vinculación para el desarrollo de la Investigación, la
Innovación, la Difusión y la Divulgación 30
4.3.3.1 Objetivo 30 4.3.3.2 Atribuciones y responsabilidades 31 4.3.4 Del Comité Editorial 31 4.3.4.1 Objetivo 32
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4.3.4.2 Atribuciones y responsabilidades 32 4.3.5 Del Comité de ética, honor y justicia 32 4.3.5.1 Objetivo 33 4.3.5.2 Atribuciones y responsabilidades 33 4.4 Capítulo cuarto. Del tipo de investigación y la orientación metodológica de
las investigaciones educativas 33
4.4.1 Del tipo de Investigación para la generación de conocimiento 34 4.4.2 Del tipo de investigación para la aplicación de conocimiento 35
4.4.3 De la orientación metodológica de las investigaciones educativas 36
4.5 Capítulo quinto. De las líneas de Investigación e Innovación 38
4.5.1 De las líneas de investigación e innovación educativa 38 4.5.1.1 Pensamiento y razonamiento matemático 39 4.5.1.2 Lenguas: procesos de lectura y de escritura 39 4.5.1.3 Ciencias y tecnologías 39 4.5.1.4 Arte, cultura y humanidades 40 4.5.1.5 Gestión y administración 40 4.5.2 De los campos temáticos 41
4.6 Capítulo sexto. De las características de la generación y/o aplicación del conocimiento en las investigaciones educativas
43
4.7 Capítulo séptimo. Del registro del proyectos ante la SEN, su aprobación y
el curso de la investigación 48
4.8 Capítulo octavo. Del desarrollo del proyecto a los productos de
investigación 51
4.8.1 De los proyectos de Investigación 53 4.8.2 De los avances de investigación 55 4.8.3 De los resultados de Investigación 56 4.9 Capítulo noveno. De las funciones del PTC con plaza efectiva de
investigador educativo, adscrita a la ENPEM 57
4.10 Capítulo décimo. De la movilidad de los investigadores 59 4.11 Capítulo décimo primero. De la organización para el desarrollo de la
investigación. La colegialidad, los Cuerpos Académicos (CA) y las Redes Temáticas de Colaboración (RTC)
60
4.12 Capítulo décimo segundo. Del sistema de citado y referencia, formato y
uso ético de la información en los trabajos de investigación. 62
4.13 Capítulo décimo tercero. De la producción, gestión y difusión del
conocimiento generado y/o aplicado. 64
4.14 Capítulo décimo cuarto. Del programa editorial de investigación 71 4.15 Capítulo décimo quinto. Becas y financiamiento. 72 4.16 Transitorios 74
5. Fuentes Bibliográficas 74
6. Rúbrica 75
7. Directorio 76
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Mensaje del Director General
La sociedad mexiquense confía en la calidad de los procesos formativos de la
Educación Normal Estatal. Por ello, la autoridad dispuso el redimensionamiento
académico de la plaza de investigador educativo, hoy por hoy, una de las funciones
sustantivas en las Instituciones de Educación Superior (IES).
La Dirección General de Educación Normal y Desarrollo Docente, a través de la
Subdirección de Educación Normal, emite el Programa Rector de Investigación e
Innovación Educativa (PRIIE). Esta estrategia institucional fue diseñada para
potenciar la función y con ello la generación y la aplicación de conocimiento
pedagógico y, alentar la formación permanente del docente adscrito a las Escuelas
Normales Públicas del Estado de México (ENPEM) con dicha plaza y función.
A efecto de atender los procesos académicos de la Escuela Normal (EN), desde la
Investigación Educativa (IE), y coadyuvar con los inherentes de las instituciones para
las que forma, la acción se proyecta en dos niveles: a) como proceso académico ético
asumido volitivamente en función de las circunstancias del contexto nacional e
internacional y, b) como práctica profesional para abordar pertinente y
científicamente los temas educativos.
Las ENPEM viven grandes cambios y nuevos retos. Nuestra institución forma
profesionales de la educación y las aportaciones de los investigadores educativos
serán insumos necesarios para la toma de decisiones que coadyuven al mejoramiento
de dicho servicio.
Mtro. José Eugenio J. Martínez Gutiérrez
Director General de Educación Normal y Desarrollo Docente
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1. ANTECEDENTES
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1.1 El desarrollo histórico institucional de la IE en las ENPEM
El normalismo mexiquense estatal fue instituido con la creación escalonada de las
escuelas normales públicas, a la fecha suman 36, cada una, en distinto grado, ha
consolidado sus procesos académicos. A partir de 1986, la Investigación Educativa
(IE) ha sido sustantiva; para ello, fue materializada en la estructura orgánica de las
ENPEM con la creación de la sección de investigación. En dicho año, el escalafón de
la entidad creó la plaza de investigador educativo que por influencia del contexto de
la época pronto adquirió fuerte estatus entre el profesorado.
En el año 2003, el Departamento de Posgrado e Investigación (DPI) dependiente de
la Secretaría de Educación Cultura y Bienestar Social (SECyBS) elaboró el Programa
de Investigación Educativa, normativa planeada para administrar la investigación de
las ENPEM y del Instituto Superior de Ciencias de la Educación del Estado de México
(ISCEEM); para entonces, ambos organismos dependían de la Dirección General de
Educación Normal y Desarrollo Docente (DGENyDD). Al año siguiente el DPI entró en
liquidación.
En febrero de 2005, la Gaceta del Gobierno Estatal publicó el Manual General de
Organización de la SECyBS otorgó al ISCEEM el desarrollo institucional de la IE y el
establecimiento de “políticas y lineamientos para el desarrollo y la evaluación del
posgrado y de la investigación educativa [realizada] en el Instituto y en las escuelas
normales del Subsistema Educativo Estatal y vigilar su cumplimiento” (GEM,
2005:29). La determinación tuvo dos implicaciones: 1) el Departamento de Educación
Normal (DEN) mantuvo la administración de la IE de las escuelas normales, 2) pero, el
ISCEEM influyó en las perspectivas teóricas de sus investigadores educativos.
Institucionalmente, la relación se dio a través del Programa de Investigación
Educativa de las Escuelas Normales del Estado (PIEENE), tal documento refirió temas
como la actualización metodológica de los investigadores educativos, la
conformación de los cuerpos colegiados, la evaluación institucional de los proyectos
e informes de investigación por académicos externos, la vinculación con las
Instituciones de Educación Básica (IEB) a través de la IE y la difusión en
publicaciones con registro.
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En el año 2006, las autoridades convinieron cancelar la colaboración conjunta entre
ambos organismos. A partir de entonces, el DEN retomó la coordinación de la IE de
las ENPEM.
El Área de Investigación e Innovación Educativa del DEN, sin perder de vista la
dinámica de las Instituciones de Educación Superior (IES) entre los años 2007 y 2011,
elaboró un nuevo documento bajo una perspectiva de mediano plazo. En el
Programa Indicativo de Investigación de las ENPEM incorporó las orientaciones de la
Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la Educación
(DGESPE). La afiliación de las ENPEM al universo de las IES le dio un nuevo matiz a la
IE, ahora caracterizado por la planeación estratégica, los programas de habilitación
del profesorado, la constitución de las redes académicas y la difusión de los hallazgos
de investigación1.
En 2012, el Manual General de Organización de la Secretaría de Educación de la
entidad (antes SECyBS) actualizó la estructura orgánica del DEN, instaurándole
como la Subdirección de Educación Normal (SEN) con la atribución de “[participar]
en la realización de investigaciones educativas orientadas a fortalecer y mejorar los
servicios de educación básica y normal, así como proponer actividades de
intercambio institucional a nivel estatal, nacional e internacional , que favorezcan la
formación normalista de la Entidad” (GEM, 2012: 31). A partir de la fecha, el ISCEEM
fue desconcentrado de la estructura orgánica de la DGENyDD.
En el desarrollo histórico de la IE, puede advertirse que los cambios de la
administración central trucaron algunos programas indicativos del momento.
1 La investigación educativa ha sido objeto de múltiples análisis. De Landsheere (1996) destaca presenta
un balance mundial en torno a la polémica de los resultados de las investigaciones educativas y su suficiencia en la práctica. En México, Latapí (1994), Martínez Rizo (1996) y Domínguez (2007) dan cuenta del boom de la IE en los centros de investigación del país en los ochentas y noventas, relatando además la influencia de las políticas gubernamentales, en la evolución histórica y apoyos del sector. En el caso del Estado de México, los estudios sobre la IE son menos numerosos Zarur (1990), Sandoval (2003) hacen un análisis de las instituciones estatales dedicadas a dicha actividad, sus líneas de investigación y principales producciones. Sin embargo, los estudios sobre el desarrollo institucional de la IE en las ENPEM tienen un carácter exploratorio más reducido, destacan Sánchez (1992), Cabello (1994), Aguirre y López (1997) y Guadarrama (2006).
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1.2 Diagnóstico general de la planta docente con la plaza de investigador
educativo
En el primer semestre del ciclo escolar 2013 – 2014, en las 36 ENPEM están radicadas
2382 plazas de investigador educativo. El 95.14% de base y el 4.86 % interinas.
Esta categoría laboral requiere un nivel de habilitación afin a la velocidad con que
avanza el conocimiento. Del universo de investigadores referido, el 2.29% posee
estudios de bachillerato o licenciatura trunca, el 15.19% licenciatura concluida, el
2.83% acredita una especialidad, el 31.86% estudios terminados de maestría, el 35.59%
maestría, el 5.14 % estudios de doctorado y el 7.1% doctorado.
La experiencia formativa adquirida por los egresados de dichos programas desarrolló
en ellos ciertas competencias para la investigación. Entre las instituciones elegidas
para cursar dichos estudios destacan el Instituto Superior de Ciencias de la Educación
del Estado de México cuya demanda fue del 29.66%, la Escuela Normal Superior del
Estado de México con 9.84%, la Universidad Autónoma del Estado de México con un
2.18%, las ENPEM captaron en conjunto un 11.23%, la Universidad del Valle de México
un 10.33%, el Instituto Tecnológico de Estudios Superiores de Monterrey con un
2.07% y un amplio espectro de instituciones,3 con programas ejecutivos formaron
alrededor del 34.69%. Las instituciones referidas se clasifican en públicas y privadas,
a las primeras asistieron el 55.60% y a las segundas, el 44.39%.
Sin embargo, además de la habilitación teórica, el oficio de investigador educativo
demanda incursionar en las comunidades de investigación y de debate académico,
intercambiar fuentes de información de primera mano, gestionar espacios de
actualización y publicar artículos. Tales acciones han sido operadas a nivel nacional
con la incorporación de los académicos en Asociaciones, Consejos y Redes de
colaboración. El 95.71% de los investigadores educativos de las ENPEM no es
miembro de estos organismos y el 4.29% está integrado a alguna Red Académica. El
0.83% colaboró con el Consejo Mexicano de Investigación Educativa (COMIE)
durante la integración de los Estados del Conocimiento y el 0.16% solicitó admisión al
Sistema Nacional de Investigadores (SNI).
2 Sin considerar las ocupadas en funciones directivas y comisiones especiales.
3 Entre otras figuran el Centro de Estudios Superiores en Educación, el Colegio de Estudios de Posgrado
de la Ciudad de México y el Instituto Latinoamericano de la Comunicación Educativa.
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En los subsistemas de las IES es usual que el profesor nombrado en la función quede
adscrito al Departamento de Investigación y atienda otras tareas sustantivas. Sin
embargo, en las ENPEM sólo el 46.2% del personal con dicho nombramiento está
adscrito al Departamento de Investigación e Innovación Educativa (DIIE). El resto del
profesorado fue distribuido de la siguiente manera: el 18.87% al Departamento de
Formación Inicial o Posgrado, el 2.47% en la Unidad de Servicios de Apoyo a la
Formación (USAFI), el 9.92% en la Unidad de Planeación Seguimiento y Evaluación
(UPSE), el 5.37% en el Departamento de Promoción y Difusión Cultural, el 5.92% en el
Departamento de Recursos Materiales y Servicios Generales, el 6.15% en el
Departamento de Desarrollo Docente y el 5.1% en los Departamentos de Recursos
Humanos y el Financiero. En consecuencia, sólo el 73% de los investigadores
educativos desarrolló un proyecto de investigación anual o bianual, y el 27% no lo
realizó.
En este orden de ideas, durante el ciclo escolar 2012- 2013, la IIE estuvo regida por el
documento denominado Lineamientos para la Investigación Educativa en las ENPEM,
en él fueron descritas 7 líneas de investigación básicas4. De 109 trabajos autorizados,
el 51.65% se vinculó con la línea Sujetos, Actores y Procesos de Formación, el 4.37%,
con Gestión, Organización de Instituciones y Práctica Educativa, el 6.58% con
Enseñanza, 0.54% con la línea Aprendizaje, el 0.75% con Currículo, el 4.47% con
Seguimiento y Evaluación Educativa; y, en Filosofía, Economía, Historia y Sociedad se
inscribieron el 0.54%. El 7% de las investigaciones no se vinculó con ninguna de las
líneas autorizadas.
Por su grado de producción académica, los investigadores se diferencian en dos
sectores: A) 54.06% corresponde a profesores que publican regularmente en órganos
de difusión arbitrados y, B) 45.93% a quienes no registran ningún tipo de
producción5. Ello contextualiza su participación y asistencia en eventos locales,
4 Los investigadores educativos han tratado las problemáticas de estudio bajo una racionalidad
teoricista; aun así, en los informes de investigación se identifican juicios de valor sobre el hecho educativo, en lugar de juicios de hecho, a pesar que el universo tratado ha sido, la mayoría de las veces, el propio centro de trabajo. En comparación con el compromiso institucional adquirido por la escuela ante las instancias coordinadoras, es más notorio el compromiso del investigador para con su proyecto. En cualquiera de los dos casos el alcance de los productos de investigación continúa siendo endógeno. En términos generales, la teoría sensu lato, no se ha resemantizada pedagógicamente.
5 El plazo programado para el desarrollo de la investigación no se cumple a cabalidad, la situación se
excusa en diversos órdenes: a) la orientación metodológica de la investigación, b) los recursos materiales necesarios para su desarrollo, c) la carencia de procedimientos técnicos para el tratamiento de la información acopiada en campo y d) la poca interlocución del investigador con otros para la interpretación a profundidad de los hallazgos. De ello se sigue que las temáticas de investigación
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estatales y nacionales. El 71.72% asiste con regularidad a estos escenarios y el 28.24%
no tiene una actividad significativa.
Las modalidades de generación de la investigación fueron, A) individual en un
54.74%, B) Colegiada, de dos a tres integrantes en un 17.48%, C) 4.51% a través de
Cuerpo Académico y, D) 23.25% en ninguna6 de las anteriores.
Por último, la percepción de los investigadores respecto a las condiciones que les
ofrece la institución para el desarrollo de la investigación es diversa y fue expresada
desde la función que ocupan. El 28.91% refiere tener condiciones óptimas para su
desarrollo. El 44.65% señala lo contrario, percibe carencias materiales, falta de
cubículo y equipo de cómputo con paquetes especializados, conexión a internet y
papelería en general; escasez de recursos económicos para el pago a eventos fuera
de la entidad, obstáculos administrativos para el otorgamiento de permisos para el
trabajo de campo en tiempo laboral. El 26.12% del universo de investigadores, no
opinó al respecto.
En general la población de investigadores educativos estimó necesaria, la elaboración
de un marco regulatorio7 para precisar sus funciones a tenor de las circunstancias
presentes.
históricamente sean reiterativas y sustentadas en fuentes bibliográficas y fuentes de información cuyo rezago no advierte con claridad las circunstancias del presente.
6 Estas acciones son secuela, de la carencia de un programa efectivo de formación de investigadores
profesionales, erróneamente se ha creído que el formador de docentes al obtener un grado académico está en condiciones de hacer investigación educativa. La puede realizar en los términos de las exigencias de la formación escolarizada. Aunque en el sentido de que la investigación a la que nos referimos es una investigación hecha a solicitud de las instancias que lo requieren, bajo los objetivos institucionales y sus líneas de trabajo. Esta ha sido una ausencia, dado que el investigador plantea sus temáticas asumiéndose como estudiante y no cómo investigador profesional.
7 Este panorama sugiere la elaboración de documentos orientadores o tutoriales, publicados
periódicamente, con la intención de acompañar institucionalmente la profesionalización del investigador mediante un medio impreso que sea eje inicial de una serie de discusiones académicas sobre temáticas específicas, perspectivas metodológicas, corrientes teóricas, cuyas conclusiones queden documentadas en una serie de cuadernos de discusión, reeditables, cuya función sea la de prontuarios de auto estudio para aquellos profesores que no tienen la experiencia específica de la función, en nuestras instituciones o en otras afines. Esta es una necesidad.
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2. FUNDAMENTOS
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2.1 Base legal
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Última Reforma, DOF 08-10-
2013). Artículo Tercero. Diario Oficial de la Federación).
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México (Última Reforma, Gaceta
de Gobierno, 07-08-2013).
Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018. Respecto a la investigación, dicho documento
señala:
En contraste con la importante participación que tiene México en el mundo, persiste un rezago en el mercado global de conocimiento. Algunas cifras son reveladoras de esa situación: la contribución del país a la producción mundial de conocimiento no alcanza el 1% del total; los investigadores mexicanos por cada 1000 miembros de la población económicamente activa, representan alrededor de un décimo de lo observado en países más avanzados (…) (PND 2013-2018:63).
Se requiere consolidar la continuidad y disponibilidad de los apoyos necesarios para que los investigadores en México puedan establecer compromisos en plazos adecuados para abordar problemas científicos y tecnológicos relevantes, permitiéndoles situarse en la frontera del conocimiento y la innovación y, competir en los circuitos internacionales” (PND 2013-2018:65).
Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-2017. El Pilar 1 Gobierno Solidario
refiere:
Objetivo 1. Ser reconocido como el Gobierno de la Educación. 1.1 Alcanzar una educación de vanguardia. Realizar investigación para la innovación y la competitividad.
1.2 Impulsar la educación como palanca del progreso social. Promover, entre los actores del proceso educativo, el desarrollo de las habilidades de pensamiento, las capacidades creativas, la investigación y la innovación. (PD Edomex: 38).
Ley General de Educación (Última reforma publicada DOF 11-09-2013).
Ley General para la Coordinación de la Educación Superior (DOF 29 de diciembre de
1978).
Código Administrativo del Estado de México, Libro Tercero. Gaceta de Gobierno, 13
de diciembre de 2001.
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, artículos 29 y 30,
fracciones III, IX y XXIV. Gaceta de Gobierno, 17 de septiembre de 1981.
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Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de México y
Municipios. Gaceta de Gobierno, 11 de septiembre de 1990.
Ley Orgánica de la Administración Pública (2005) (en Manual General de
Organización de la Secretaría de Educación, Cultura y Bienestar Social (sic), Sección
III (sobre las atribuciones), Sección IV (sobre su objetivo general). Sección VII
(objetivos y funciones por unidad administrativa): 205100000 Subsecretaría de
Educación Básica y Normal, 205120000 Dirección General de Educación Normal y
Desarrollo Docente.
Ley de Planeación del Estado de México y Municipios.
Manual General de Organización de la Secretaría de Educación.
Manual de Organización de las Escuelas Normales Públicas del Estado de México.
Programa Sectorial. Gobierno Solidario 2012 – 2017. Estado de México.
Acuerdo número 678 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de
Mejoramiento del Profesorado (PROMEP)
Programa de Mejoramiento Institucional de las Escuelas Normales Públicas
Programa Nacional de Investigación Educativa del CONACYT
Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México. Dicha ley expresa
en el artículo 30, fracción XVI que:
Corresponde a la Secretaría de Educación y sus dependencias fomentar y vigilar el
desarrollo de la Investigación Científica y Tecnológica de la entidad y promover la
creación de centros de investigación, laboratorios, observatorios y en general, la
infraestructura que requiera la investigación formal, la investigación científica y el
desarrollo tecnológico.
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2.2 Base filosófica
El PRIIE asume una filosofía centrada en el valor social de la calidad de la formación
humana, del cultivo de las habilidades éticas y la concientización crítica para el
desempeño de la investigación educativa. Concibe al sujeto como ente volitivo y con
autonomía para atender las tareas y responsabilidades inherentes a las prácticas de
investigación, en plena observancia del contexto donde transcurren.
Para asumir el significado de la anterior expresión, es prioritario reconocer las tesis de
los organismos internacionales y nacionales, que influyen las actuales discursividades
educativas del país8. Dado que sus posicionamientos clarificarán la base filosófica del
PRIIE ante los planteamientos9 de dichos organismos
10.
8 La UNESCO, en las recomendaciones 27, 28, 29 y 30 del Proyecto Regional de Educación de
Latinoamérica y el Caribe señala la importancia de desarrollar el conocimiento, el intercambio de información entre los países de la región, de promover y difundir el desarrollo de las teorías pedagógicas y los marcos explicativos del fenómeno educativo, así como promover el intercambio de información y de las experiencias mutuas (2007; 3). También refiere a la generación del conocimiento como “actividad sistemática de creación susceptible de aplicación e incidencia favorable en el desarrollo de los países” (UNESCO, 2010). Se trata de una actitud de las sociedades modernas que busca identificar líneas de desarrollo bajo cánones de la propia ciencia, para consolidar sus expectativas como nación. Las recomendaciones del Banco Mundial (BM) para México del año 2001, hicieron énfasis en la educación como “Sector Estratégico” (incluso, así se denomina el apartado dedicado al país), a la fecha se centran en la denotación de resultados obtenidos en la evaluación del aprendizaje de los estudiantes y del desempeño académico, tanto de éstos de los como profesores; de igual forma plantean el atraso y el rezago educativo en el que se encuentra la educación básica y media superior en el país.
9 Las preocupaciones del Banco Interamericano de Desarrollo (BID, 2013) son más diversificadas y hacen
énfasis en asuntos de Medio Ambiente, Micro-finanzas, Generación de Conocimiento, Desarrollo de Tecnología e Innovación, Proyectos Transfronterizos, Desastres Naturales, Educación, entre otros; a nivel de América Latina y el Caribe. El BID “utiliza casi íntegramente los indicadores del Banco Mundial en materia de educación y ciencia” (BID: 1996: 2). Por ello, comparte ciertas afirmaciones y recomendaciones generales con dicho organismo, en el sentido de que “la cobertura de la educación ha crecido pero su calidad se ha deteriorado” o bien, coincide en “la urgencia de establecer mecanismos de estandarización de los distintos sistemas educativos”, tales como los exámenes nacionales. En lo referente a la Educación Superior (ES), el BID sostiene que las Universidades de América Latina y el Caribe constituyen la piedra angular de los esfuerzos para potenciar el desarrollo y la innovación tecnológica y educativa, puesto que posibilitan la mejora de la productividad; en tal sentido, recomienda la colaboración entre las universidades, las industrias e instituciones sociales, grupos de investigación y redes académicas (BID: 2012: 1-8). Por cierto, se erige como el organismo financiero bilateral o multilateral que ha realizado mayores contribuciones a la educación latinoamericana; se designa a sí mismo como el “Banco de la Universidad”. Su interés por la investigación se ha traducido en brindar apoyos económicos, financiando investigaciones, que atiendan problemas del sector al que refieren, porque busca consolidar la fluidez de los capitales invertidos en razón de los intereses de crecimiento y desarrollo de la región Latinoamericana y del Caribe, a favor del proyecto de mundialización y globalidad.
10 En el contexto nacional, uno organismo que ha influido directamente en el desarrollo de la
investigación científica y educativa, contribuyendo a conformar una filosofía sobre esta práctica es el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONACYT). Promueve el desarrollo de la investigación
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La base filosófica del PRIIE queda expresada en las siguientes tesis:
1) El investigador educativo, en su condición humana, es el principal actor en la
generación y aplicación de conocimiento; como profesional con carácter ético
político, sensible a las necesidades de su quehacer y como intérprete de la
complejidad de la formación de docentes y de la educación básica.
2) La dimensión volitiva del hombre es factor decisivo para la generación y aplicación
innovadora de conocimiento, le dispone a invertir en su condición de investigador. De
ella depende el desarrollo de la tecnología, que potencie el sentido de las prácticas
educativas. La producción y aplicación de conocimiento es altamente potencial,
cuando se gesta bajo criterios que proceden de la sistematización de los datos; no
por ello pierden su carácter abierto, libre y plural.
3) La socialización del conocimiento generado o aplicado es un principio fundamental
para acceder a mecanismos para la construcción de consensos situados en una
geografía cada vez más extensa, que favorezcan el reconocimiento y la proyección
de su valor académico, científico y estratégico, en el estado, en el país y en el plano
internacional.
científica, propiciar el desarrollo y el fortalecimiento académico y coadyuvar así en la productividad, la competitividad, el crecimiento económico y social del país. Pero además, impulsa la participación de organizaciones académicas que fomenten las actividades de investigación científica básica y aplicada, para el fortalecimiento del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como el establecimiento de políticas que apoyen la infraestructura científica. Otro organismo, estratégico para la investigación desde 1950, es la Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES). Su principal eje de acción consiste en el desarrollo de la Educación Superior Mexicana, pero justamente por esta razón, impulsa el mejoramiento integral de la Docencia, la Investigación y la Extensión de la Cultura y los servicios. Su principal interés se dirige al diseño de propuestas y ejecución de proyectos estratégicos para la Educación Media Superior y Superior del país con énfasis en el manejo eficiente de información, desarrollo de conocimientos, de producción de ideas y su traducción en líneas de acción concretas, que orienten la toma de decisiones. Sus proyectos actuales se enfocan hacia la atención del estudiante sobre asuntos del aprendizaje, la nueva función docente según la dinámica del marco institucional, fortalecimiento de programas de tutoría y constitución de un mapa de la investigación en México (ANUIES, 2013).
A través de la Dirección General para Profesionales de la Educación (DGESPE) se ha impulsado desde 2005, la participación de las Escuelas Normales en el Programa de Mejoramiento del Profesorado (PROMEP; creado en 1996). Si bien, este programa se acuñó en el seno de las Universidades y su procedencia se definió a través de iniciativas formales por parte de la ANUIES y el CONACYT, con el fin de mejorar el nivel de habilitación del Profesor de Completo (PTC). Hoy es el único programa formal a través del cual las Escuelas Normales tienen la posibilidad tanto de mejorar el nivel de habilitación de su personal académico, como orientar el desarrollo de la generación y aplicación del conocimiento producido en éstas. Por consiguiente PROMEP es un mecanismo académico cuyo énfasis es el mejoramiento del profesorado, de tal manera que reconoce al PTC con perfil deseable otorgándole apoyo; más aun estando organizados como Cuerpo Académico (CA). Desde esta perspectiva los principales puntos de atención son dos: el apoyo para la Generación y la Aplicación de Conocimiento; y, por otro lado el impulso a los PTC y la incorporación de académicos que aún no lo son.
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4) Es fundamental trazar y definir horizontes de posibilidad que además de atender
los temas de actualidad, proyecten la conciencia histórica a una visión a futuro y las
nuevas condiciones a las que se aspira, según la tarea profesional que a cada quien
corresponde.
5) Es esencial colocar el conocimiento y su aplicación en la esfera pública y no sólo
en el plano de los expertos o especialistas. Lo público es el medio para hacer la
praxis, para lograr su legitimación a partir de la capacidad y el poder constructivo de
los investigadores educativos; como críticos e intelectuales de la cultura pedagógica,
cuya producción enraíza el valor institucional y sociopolítico de las ENPEM como
formadoras de docentes y productoras de saber, que saben trazar “caminos”,
construidos con base a producciones, tecnologías y prototipos, reconocidos y
legitimados, que “mueven el mundo de la formación.
2.3 La Misión y la Visión de la IIE en la Escuela Normal
Misión
La investigación e Innovación educativas de las ENPEM, son de tipo educativo y
herramientas estratégicas que atienden problemas relevantes y pertinentes de la
Educación Básica y Normal; que contribuyen al desarrollo de la teoría pedagógica y
tecnologías orientadas a la mejora de las prácticas educativas y de los procesos
formativos con alta calidad profesional.
Visión
Constituir a la investigación e innovación como herramientas de alto valor científico,
que generen y/o apliquen el conocimiento educativo en su máximo nivel, para la
mejora y transformación permanente de la Educación Normal y Básica.
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2.4 Políticas Institucionales
La calidad de la Investigación e Innovación Educativa (IIE) en las ENPEM, se guía por
las siguientes políticas:
1. La IIE deben impulsar la calidad académica de la docencia, tendrá como
antecedente la profesionalización del investigador.
2. La IIE tiene que ser colegiada y regida por los parámetros estatuidos en el PRIIE y
los programas de orden estatal y federal.
3. La IIE deben ser dos de las principales responsabilidades del Profesor de Tiempo
Completo (PTC) con plaza y función efectiva de investigador educativo, y se
corresponderán con las funciones propias de las IES.
4. La IIE deben ser vía estratégica para el desarrollo del conocimiento pedagógico y
educativo, a través de las cuales se busque asegurar la formación docente de
acuerdo a las circunstancias actuales de la educación básica y la educación
superior.
5. La IIE deben constituir una masa crítica de profesionales de la educación, capaces
de generar conocimiento y saber aplicado en beneficio de las comunidades
normalistas y de la sociedad.
6. La IIE tienen que ser insumo para la toma de decisiones que garantice el buen
funcionamiento de las instituciones.
7. La publicación y difusión de la IIE tienen que constituir el criterio constante para
el reconocimiento de la calidad del conocimiento generado o aplicado.
8. La IIE tienen que justificarse por sí misma para lograr financiamiento de las
instituciones gubernamentales y no gubernamentales.
9. Las metodologías dominantes de la IIE en las escuelas normales deben ser el
precedente para la mejora y transformación continua de una investigación de
alto nivel, reconocida social e institucionalmente.
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2.5 Justificación académica del PRIIE
El PRIIE tiene tres aristas para argumentar su operación, una teórica, otra práctica y la
de tipo metodológico, quizá haya otras más, pero las indicadas son las primordiales.
Tres inferencias11 (Brandom, 2002: 58) apoyan la arista teórica. Con la primera, se afirma
la imposibilidad de separar la investigación de la docencia y a la inversa. Con la
segunda, se diferencia la investigación destinada a los profesionales de la educación, de
otras de distinta connotación disciplinar. Y; la tercera inferencia plantea la generación
de objetos de investigación propios del normalismo, bajo la exigencia del conocimiento
socialmente útil.
Las anteriores inferencias justifican las siguientes evidencias argumentativas12
:
Primera evidencia. La práctica de la investigación educativa y la docencia forman un bucle complejo, susceptible de ser analizado e interpretado.
Segunda evidencia. La potenciación de la práctica investigativa institucional tiene como conditio a priori, la formación permanente del investigador educativo.
Tercera evidencia. La investigación educativa normalista requiere construir objetos de estudio y modelos de investigación propios
13.
Aunque el conocimiento teórico es el vehículo que informa sobre el acontecimiento
cotidiano está sometido a constante desfase. Al menos este es el prejuicio inicial. De ello
se sigue que la arista práctica tenga el mismo grado de relevancia que la teórica, porque
plantea la traducción de los conceptos en acciones y la reversibilidad de las acciones en
conceptos. En esta concepción, la investigación educativa objetivaría el saber de la
investigación bajo la perspectiva del racionalismo aplicado. Por ello en términos
prácticos, rectorar la IIE implica establecer lineamientos consecuentes para 1) investigar
11
En este contexto equivalen al procedimiento de evaluación de las condiciones de verdad de una frase,
para afirmarla o negarla
12
La evidencia es un acto puramente racional, consiste en la contundencia del argumento, por la cual se muestra una idea. 13
Las mismas inferencias podrían cargar otras evidencias; sin embargo, aunque en ciernes, quedó explicitado el panorama teórico del PRIIE. Es posible que estas pocas acotaciones no muestren su imagen exacta, pero en tal caso y para ampliar su la información el lector se remitirá a los apartados específicos del documento.
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la docencia 2) hacer docencia de la investigación, 3) difundir los hallazgos de la
investigación y, 4) gestionar la IIE para abrir nuevas oportunidades para su desarrollo.
Cuatro facetas de una misma función donde hay, no poco de práctico.
Bajo ésta arista práctica, conciliadora del racionalismo y la intervención pedagógica, dos
evidencias argumentativas contribuirán a salvar la clásica polémica entre la teoría y la
práctica.
Primera evidencia. La praxis es una díada conformada por la acción y la conciencia, considerando precautoriamente que toda praxis es actividad pero no toda actividad es praxis (Sánchez, 1973: 153).
Segunda evidencia. La investigación educativa como tal no es racionalismo puro, sino un acto de inteligibilidad del acontecimiento, confrontando los supuestos con la realidad misma (Hidalgo, 1989: 84).
Finalmente, con la arista metodológica se reconoce que toda metodología se basa en
una tradición pero al método lo hace ser, el uso específico y particular de sus preceptos
en el campo y movilidad de la realidad, por lo tanto en las perspectivas emergentes y
complejas el debate de la pureza del método es asunto bizantino de segundo plano.
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3. EL DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN E
INNOVACIÓN EDUCATIVA DE LAS ENPEM
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3. El Departamento de Investigación e Innovación Educativa (DIIE) de las ENPEM
El DIIE está vinculado a la Subdirección Académica de la EN junto con los
departamentos de Posgrado, de Formación Inicial, de Desarrollo Docente y de
Promoción y Divulgación Cultural. Según la normatividad vigente, el DIIE tiene como
funciones “planear, organizar, desarrollar y evaluar el programa de proyectos de
investigación educativa, alternativas de innovación pedagógica, asesoría
especializada y atención al rezago de titulación” (GEM, 2003). Por lo tanto, su campo
se acción se articula través de la docencia con el resto de los procesos institucionales.
Debido al carácter estratégico de la IIE, el DIIE transita cambios de gran envergadura,
tanto en la propia concepción de la investigación aplicada (innovación), como en sus
nuevas responsabilidades sociales. Entre otros, destacan la articulación de la
investigación con la docencia, la difusión, divulgación, la gestión y la extensión del
conocimiento; la atención pertinente de las problemáticas de la escuela en función de
los retos del contexto; su capacidad académica en la formación inicial que en realidad
constituye su vínculo con el sistema de educación superior y el conocimiento de la
dinámica curricular del nivel para el que forma.
Para efectuar su función, el personal adscrito al DIIE tiene a cargo la elaboración del
proyecto institucional de IIE, a través del cual sus acciones, objetivos y metas se
vinculan con los departamentos del área académica de la institución, con el propósito
de generar sistemas conceptuales sustantivos que tengan su fundamento en las
complejidades de la práctica. El proyecto institucional de investigación e innovación
denota la capacidad académica del DIIE, la forma como proyecta la formación de
recursos de alto nivel; pero además expresa la responsabilidad ética de su personal
para extender, vincular y difundir la cultura pedagógica generada con financiamiento
público.
En la EN, el DIIE tiene como competencias institucionales, la Investigación y la
Innovación Educativa, como función la “[promoción] de programas y proyectos de
investigación que respondan a las necesidades y realidades de la política educativa
estatal y nacional” y como responsabilidades, la pertinencia en sus compromisos y
metas.
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3.1 La pertinencia de la IIE
El concepto de pertinencia “se refiere al papel social que desempeñan las IES y a su
responsabilidad con los diversos sectores para la formación de estudiantes” (ANUIES,
2006). La pertinencia de la IE radica entre lo que la sociedad espera de las
instituciones y lo que éstas hacen, manteniendo en todo momento la evaluación de
los productos logrados en función de las figuras institucionales que están a cargo de
ellas; en lugar de hacerlo sobre los sujetos como entes particulares. La condición de
pertinencia de la IIE generada por el DIIE, será ganada cuando sus productos
contribuyan a la solución de problemas institucionales, de la práctica, fundamenten la
toma de decisiones o, constituyan una ruta para el trabajo del docente.
3.2 La Innovación Educativa
En las últimas décadas, los teóricos y expertos han insistido en la noción de
innovación educativa, como clave para avanzar en la sociedad del conocimiento, en
franca alusión al cambio y la transformación de los esquemas instituidos del decir y el
hacer. Sin embargo, la noción no siempre se retoma en su sentido crítico. Por
innovadoras, en el ámbito de la IE, se entienden acciones como las siguientes: 1) El
análisis de una problemática desde varias metodologías, en lugar de abordarla desde
el monismo metodológico, 2) Asumir una nueva concepción de la investigación,
desde su plataforma epistemológica y teórica y no sólo desde los dogmas de la
técnica, 3) Considerar que el método sigue al problema y no a la inversa, 4) Trabajar
estructuras de gestión colegiadas, 5) Incorporar estudiantes al desarrollo de los
proyectos de investigación de la escuela normal, 6) Promover el intercambio y la
movilidad de investigadores (entre otros).
3.3 Prioridades por atender en el DIIE
IE colegiada.
integración de redes temáticas de investigación.
Articulación de la IE con el resto de los departamentos del área académica de
la EN. a partir del estudio de sus problemas y necesidades, en una actitud de
mejora continua.
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Formación de recursos humanos de alto nivel empleando la IE como estrategia
de profesionalización.
Extensión de los resultados de la IE a la instancia institucional de toma de
decisiones.
Conformación de una política de producción editorial a partir de los productos
de la IE.
3.4 Compromisos del DIIE
Articular colegiadamente los proyectos de investigación e innovación con la
planeación institucional, práctica docente, tutoría, asesoría, gestión
académica, vinculación y difusión del conocimiento.
Desarrollar proyectos de IIE, que atiendan problemas pertinentes y relevantes
de la institución.
Desarrollar IIE a partir de la conformación de redes de investigación.
Potenciar la comunicación con la comunidad escolar a partir de resultados de
la generación y aplicación de conocimiento.
Cultivar y consolidar las líneas investigación e innovación educativa que
impacten en la institución
Favorecer la habilitación y profesionalización del investigador.
Realizar propuestas de innovación educativa para reorientar los procesos
académicos y administrativos de la institución.
Sistematizar la producción intelectual generada en el DIIE a través de su
difusión y divulgación en medios indizados.
Promover la vinculación a partir de la gestión de procesos y productos de
investigación para fortalecer la relación con otras IES, organizaciones y
sectores de orden nacional e internacional.
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4. LINEAMIENTOS QUE ORIENTAN LA IIE DE LAS ENPEM DEL SUBSISTEMA EDUCATIVO ESTATAL
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4.1 Capítulo primero. El Consejo Estatal de Investigación e Innovación Educativa
4.1.1 De la conceptuación
El Consejo Estatal de Investigación e Innovación Educativa (CEIIE) es una figura
colegiada, con autoridad académica de alto nivel. Es el órgano decisorio intermedio
de la Dirección General de Educación Normal y Desarrollo Docente (DGENyDD) y la
Subdirección de Educación Normal (SEN) para asegurar la calidad e impacto de la
IIE de las ENPEM. Su función es impulsar el valor científico y académico de los
productos de investigación y su impacto en la educación normal y en las instituciones
de educación básica.
Como órgano colegiado decisorio, define las políticas internas, los ejes de trabajo, las
normas y las reglas de operación encaminadas a la organización para el desarrollo
colegiado de la IE; así como establece, orienta y vigila que el desarrollo del programa
de investigación de las ENPEM favorezca la generación y/o aplicación de
conocimiento de manera organizada y sistemática. Sus acciones fomentan un espíritu
científico en la vida académica de los actores educativos de las Escuelas Normales
definiendo mecanismos de operación sobre las formas de difusión, divulgación del
conocimiento generado y/o aplicado en escenarios, espacios ex profeso, y establece
líneas académicas, pedagógicas y de valor científico a favor de un pensamiento
fuerte que impacte en las comunidades normalistas, en los especialistas y en los
sectores interesados.
4.2 Capítulo Segundo. De la Integración, las atribuciones del CEIIE y de las
funciones de sus miembros
4.2.1 De la integración del CEIIE
El CEIIE, se integrará por académicos de reconocido prestigio, por invitación o
designación directa del Director General de Educación Normal y Desarrollo Docente.
Se integra de la siguiente manera:
Presidente Honorario: representado por el titular de la DGENyDD
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Presidente Ejecutivo: representado por la titular de la SEN
Secretario: representado por el responsable del Área de Investigación e
Innovación Educativa de la SEN
10 Consejeros del Subsistema Educativo Estatal, nombrados por el Presidente
5 Consejeros externos
4.2.2 De las atribuciones del CEIIE
El CEIIE tendrá las siguientes atribuciones:
a) Definir las políticas, directrices y estrategias a seguir para el desarrollo de la IIE,
y asegurar su impacto en la educación básica y normal, orientando los procesos de profesionalización de los Investigadores Educativos de las ENPEM.
b) Emitir observaciones y recomendaciones para la corrección de procedimientos
y situaciones anómalas en las que se incurra en incumplimiento de la normatividad establecida, mismas que serán de observancia obligatoria.
c) Proponer estrategias para la inversión de recursos que favorezcan el desarrollo del Programa de Investigación e Innovación correspondiente.
d) Realizar evaluaciones periódicas sobre los procesos que implique el PRIIE de
las ENPEM
e) Decidir sobre los comités académicos que deban crearse para el fortalecimiento de la IIE de las ENPEM.
f) Aprobar y vigilar la correcta administración y aplicación del recurso asignado
al desarrollo de la IIE.
g) Difundir la normatividad, reglas de operación y acuerdos referidos al desarrollo e impacto de la IIE de las ENPEM, así como la referida a la profesionalización del Investigador Educativo.
h) Asegurar la difusión y divulgación oportuna del conocimiento generado y/o
aplicado en las ENPEM.
4.2.3 De las funciones de los miembros del CEIIE
4.2.3.1 Funciones del Presidente Honorario
a) Presidir el CEIIE
b) Vigilar el cumplimiento de los ordenamientos normativos emitidos por la autoridad federal, estatal y los objetivos que rigen la organización y funcionamiento del PRIIE de las ENPEM
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c) Autorizar las actualizaciones periódicas, (derogaciones o abrogaciones) del
PRIIE de las ENPEM
d) Avalar la integración de los comités y las comisiones que el CEIIE considere necesarias para su buen funcionamiento
e) Validar el informe anual de labores del CEIIE de las ENPEM.
f) Resolver los asuntos no previstos en el documento, inherentes al ámbito legal
de su competencia.
4.2.3.2 Funciones del Presidente Ejecutivo a) Presidir las reuniones del CEIIE cuando por causas de fuerza mayor no esté
presente el Presidente Honorario.
b) Coordinar el CEIIE, en cumplimiento a los preceptos legales que a su autoridad le confieren las leyes y reglamentos vigentes.
c) Vigilar el cumplimiento de los ordenamientos normativos y académicos que rijan
la organización y funcionamiento del PRIIE de las ENPEM.
d) Coordinar el Consejo para la aprobación de procesos y ordenamientos necesarios que orienten el buen funcionamiento de todos los órganos que se definen a su interior y los correspondientes al PRIIE.
e) Presentar ante el Consejo los proyectos de reformas (derogaciones o
abrogaciones) de la normatividad vigente. f) Llevar al Pleno del CEIIE, los proyectos de modificación, restructuración y /o
ajustes que implique el PRIIE.
g) Proponer la integración de comisiones necesarias para la atención oportuna de las diversas tareas implícitas en el PRIIE.
h) Exponer ante el CEIIE, el contenido del PRIIE.
4.2.3.3 Funciones del Secretario
a) Supervisar el cumplimiento de los ordenamientos normativos que rijan la organización y funcionamiento PRIIE.
b) Coordinar las propuestas que se generan ante el CEIIE, sobre los ordenamientos necesarios para el buen funcionamiento de todos los Comités.
c) Coordinar la elaboración de los proyectos derivados de las acciones indicadas en el PRIIE.
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d) Elaborar el Plan de Desarrollo Institucional del rubro. e) Elaborar y exponer ante el pleno del CEIIE el informe anual de actividades
desarrolladas en el marco del PRIIE. f) Coordinar la elaboración de las propuestas sobre todos aquellos asuntos no
previstos en este documento, pero que sean inherentes al ámbito legal de su competencia.
g) Enviar las convocatorias a los consejeros, incluyendo el orden del día, propuesto por el Presidente Ejecutivo.
h) Ayudar al Presidente Ejecutivo a determinar la información que se pondrá a
disposición de los consejeros. i) Garantizar el correcto desarrollo de los procedimientos y el cumplimiento de la
normatividad establecida. j) Dar seguimiento al citatorio de las sesiones ordinarias y extraordinarias. k) Elaborar el acta de acuerdos de las sesiones ordinarias y extraordinarias y dar fe
de ello. l) Levantar el cómputo de los acuerdos y certificarlos.
4.2.3.4 Funciones de los Consejeros del Subsistema Educativo Estatal
a) Asistir a las reuniones convocadas.
b) Participar en los temas de la agenda.
c) Aprobar y discutir los problemas relativos al desarrollo de la IIE.
d) Participar en la discusión y la presentación de propuestas.
e) Aprobar las decisiones del Consejo mediante el voto.
f) Evaluar los productos de investigación de las ENPEM.
g) Asesorar la organización de eventos públicos vinculados a la IIE.
h) Evaluar el PRIIE de las ENPEM.
i) Atender las convocatorias extraordinarias.
4.2.3.5 Funciones de los Consejeros Externos:
Serán colaboradores, ajenos al Subsistema Educativo Estatal, de reconocida calidad y
experiencia académica que coadyuvarán en la correcta gestión del CEIIE, no tendrán
vinculación alguna con las instancias de coordinación de la EN. Su trayectoria y
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reconocimiento intelectual en su campo disciplinar aportará un criterio para constituir
una visión externa, independiente y ante todo experta sobre la calidad de la IIE.
Entre sus funciones principales están:
a) Asistir a las sesiones del Consejo y/o comisiones a las que sean convocados.
b) Participar en la discusión y la presentación de propuestas.
c) Aprobar las decisiones del Consejo mediante el voto.
d) Brindar asesoría sobre las temáticas motivo de análisis de las comisiones
e) Proponer alternativas de solución a las problemáticas detectadas.
f) Proponer mejoras, innovaciones o actualización de las líneas de investigación e
innovación educativa y desarrollo estratégico del PRIIE de las ENPEM.
g) Evaluar los productos de investigación generados en el DIIE de las ENPEM.
4.3 De los Comités conformados en el marco del CEIIE
4.3.1 Comité de Investigación
Es el órgano promotor de la construcción de los objetos de investigación, establece
las líneas y orienta los campos temáticos hacia necesidades académicas, de
formación profesional, de administración, gestión y de orden institucional. Emite
propuestas para dar pertinencia, consistencia teórica y rigor metodológico a las
prácticas de investigación e innovación, para las modalidades individual, colegiada y
por Cuerpo Académico.
4.3.1.1 Objetivo
Orientar, desde el marco normativo correspondiente, de acuerdo a lo establecido en
el PRIIE, de los procesos, prácticas para la Generación y/o Aplicación de
Conocimiento, que atienden de manera directa y oportuna los problemas,
necesidades realidades de la Educación Normal y de su relación con la Educación
Básica.
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4.3.1.2 Atribuciones y responsabilidades:
a) Vigilar que la construcción de los objetos de estudio sea de acuerdo con la
normatividad de las ENPEM y responda a sus principios y objetivos formativos.
b) Elaborar estrategias y propuestas de mejora para el enriquecimiento teórico
metodológico de la experiencia en los procesos de investigación.
c) Definir las estrategias y procedimientos que favorezcan la organización y el
desarrollo de los paradigmas teóricos metodológicos que orienten la
investigación educativa en las ENPEM.
d) Programar los procesos, etapas, fases o momentos que puntualicen el registro,
desarrollo de las investigaciones y los períodos de presentación de los
resultados y productos.
e) Establecer los mecanismos para el seguimiento y la evaluación de la
investigación y la innovación educativa.
f) Informar anual y públicamente y ante el CEIIE los resultados obtenidos en el
rubro.
4.3.2 Comité Científico
Es el órgano consultivo integrado por un grupo de expertos cuya función consiste en
tomar decisiones sobre las tareas de la investigación científica, el seguimiento y la
evaluación de las tareas y la dictaminación de los productos de investigación
desarrollados por los Investigadores Educativos; de igual manera, define y avala los
posicionamientos sobre proyectos y acciones que, de acuerdo a los propósitos,
políticas, filosofía, visión y misión del PRIIE, sean accionados.
4.3.2.1 Objetivo
Promover el desarrollo científico de la Investigación Educativa a partir de la
sistematización y organización de sus prácticas, sus objetos y herramientas, y en
atención directa a necesidades, vicisitudes y ambientes; cuyo impacto incida en la
mejora continua de la Educación Normal y Básica.
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4.3.2.2 Atribuciones y responsabilidades:
a) Asegurar el valor científico y educativo de los proyectos, avances y productos
de investigación a través de su valoración oportuna.
b) Valorar y actualizar de manera periódica el PRIIE de las ENPEM.
c) Informar periódica y oportunamente sobre resultados de valoración y
recomendaciones de mejora y de acuerdo al programa para valoración de
proyectos, avances e investigaciones concluidas.
d) Definir los productos viables de publicación.
e) Participar en la organización del congreso bianual para la difusión de las
mejores investigaciones sobre generación y/o aplicación de conocimiento.
f) Definir metodologías para la difusión y divulgación del conocimiento generado
y/o aplicado.
g) Contribuir al establecimiento de estrategias para la mejora de los procesos
epistemológicos de la Investigación Educativa de las ENPEM.
4.3.3 Comité de Vinculación para la gestión del desarrollo de la Investigación, la Difusión y la Divulgación
Es el órgano cuya función consiste en establecer la normatividad para la vinculación y
regular con ella, los procesos formales de comunicación y relaciones académicas que
sean necesarias para promover el desarrollo de la investigación en sus diferentes
órdenes y modalidades y a la vez crear las condiciones para la difusión y divulgación
del conocimiento generado y/o aplicado; en específico de aquel validado
formalmente por los Comités correspondientes (científico y editorial)
4.3.3.1 Objetivo
Fortalecer la vinculación, difusión y divulgación para favorecer el desarrollo e
impacto de la Generación y/o aplicación de conocimiento producido por las escuelas
normales; con instituciones de educación básica, de Educación Superior,
organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, grupos de investigación y
comunidades científicas; cuyos procesos y productos logre alcances benefactores
desde el plano local hasta el internacional, que consolide en redes de investigación,
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asociaciones u otro tipo de organizaciones que coadyuven al prestigio e impacto de
ésta.
4.3.3.2 Atribuciones y Responsabilidades
a) Normar desde la política de gestión las prácticas de vinculación, difusión y
divulgación establecida en el PRIIE de las ENPEM los diversos procesos que
implique.
b) Integrar, aprobar, supervisar y evaluar el Programa Bianual de Vinculación,
difusión y divulgación derivado de las necesidades de Generación y/o
Aplicación de conocimiento producido por los Investigadores Educativos,
Cuerpos Académicos y Grupos de Investigación de las ENPEM.
c) Formular las recomendaciones necesarias sobre la gestión para sustentar el
valor académico, científico y profesional de la vinculación, difusión y
divulgación, y asegurar su condición estratégica a favor del desarrollo de la
generación y/o aplicación de conocimiento de acuerdo al PRIIE, en su caso,
mediar procesos para favorecer el apoyo de organismos, instituciones u
organizaciones para lo correspondiente.
d) Supervisar y evaluar las condiciones en las que se gesten los acuerdos de
vinculación, procesos y productos de difusión y divulgación, cuando así lo
amerite, o de los procesos que implique hasta su consolidación o impacto.
e) Presentar públicamente y ante el Consejo el informe anual correspondiente.
4.3.4 Del Comité Editorial
Es el órgano colegiado, integrado por expertos o especialistas, a través del cual se
define la normatividad que regula la calidad de los procesos y formas de producción
editorial, a partir de la generación y/o aplicación de conocimiento por investigadores,
Cuerpos Académicos y Grupos de Investigación de las ENPEM. A su vez organiza y
define la ruta para las publicaciones correspondientes, en el marco de un ciclo o
periodo y en razón de los propósitos del PRIIE, de las necesidades de difusión y
divulgación del conocimiento y de la legitimación de las Instituciones de Educación
Normal como IES.
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4.3.4.1 Objetivo
Impulsar la producción editorial a través de la sistematización de productos
derivados de la generación y/o aplicación de conocimiento, de la definición de
periodos, criterios e índices específicos que resguarden la calidad de su valor
científico/tecnológico y aseguren su impacto en el ámbito institucional, profesional y
social.
4.3.4.2 Atribuciones y responsabilidades
a) Normar desde la política editorial establecida en el PRIIE de las ENPEM los
diversos procesos que implique el Programa Editorial correspondiente.
b) Integrar, aprobar, supervisar y evaluar el Programa Bianual Editorial sobre
la Generación y/o aplicación de conocimiento producido por los
Investigadores Educativos, Cuerpos Académicos y Grupos de Investigación
de las Escuelas Normales del Estado.
c) Formular las recomendaciones necesarias para el otorgamiento de apoyos
de orden financiero, material y humano para hacer expedita la labor
editorial o, en su caso, mediar procesos para favorecer el apoyo de
organismos, instituciones o fundaciones para lo correspondiente.
d) Supervisar y evaluar las condiciones en las que se gesten los acuerdos
editoriales interinstitucionales, cuando así lo amerite, o de los procesos que
implique a los autores y autoridades co-responsables de la producción.
e) Dictaminar los productos con fines editoriales y a su vez constituirse en
árbitro para conciliar, dirimir y/o atender inconformidades o desacuerdos
por parte de los autores.
f) Presentar públicamente y ante el Consejo el informe anual correspondiente.
4.3.5 Del Comité de ética, honor y justicia
Es el órgano consultivo, conformado en el marco del Consejo de las ENPEM que tiene
por objeto cuidar del estricto cumplimiento de la normatividad y disposiciones
vigentes establecidas por este Consejo, para el desarrollo de la investigación en
términos de Generación y/o Aplicación de conocimiento; de carácter individual y
colegiado; de corto y mediano plazo. Tiene la responsabilidad, además, de establecer
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los códigos éticos necesarios que aseguren el cumplimiento cabal de las
responsabilidades de acuerdo a tales normativas y disposiciones.
4.3.5.1 Objetivo
Vigilar que los diversos procesos y prácticas relacionadas a la generación y/o
aplicación de conocimiento se produzcan en concordancia con la normatividad y
disposiciones establecidas en el PRIIE de las ENMPEM, a través de un código integral
de ética que defina el sentido del honor y la justicia ex profeso que asegure el
desarrollo de éstas en su pleno sentido académico, científico y de impacto
profesional.
4.3.5.2 Atribuciones y responsabilidades:
a) Normar desde un código de ética integral, el sentido del honor y la justicia
que habrá de caracterizar el ejercicio y desarrollo de procesos y prácticas
sobre la generación y/o aplicación de conocimiento establecida en el PRIIE
de las ENPEM los diversos procesos que implique.
b) Ejercer la normatividad ética; de honor y justicia sobre los distintos
procesos y prácticas relativas a la Generación y/o Aplicación de
conocimiento según el PRIIE de las ENPEM.
c) Formular las recomendaciones necesarias –cuando se amerite- para
mantener la integridad y sentido ético de procesos y prácticas para la
Generación y/o aplicación de conocimiento; de su valor honorífico y
condición de justicia dentro del marco del PRIIE.
d) Valorar periódicamente la condición ética, de honor y justicia sobre la
Generación y/o aplicación de conocimiento.
e) Presentar públicamente y ante el Consejo el informe anual correspondiente.
4.4 Capítulo cuarto. Del tipo de investigación y la orientación metodológica de las investigaciones educativas
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4.4.1 Del tipo de Investigación para la generación de conocimiento
Por tipo de investigación en general, deberá entenderse como la forma y/o tendencia
que adquiere la investigación según las condiciones empíricas, epistemológicas, de
los intereses científicos (educativos) y necesidades de conocimiento (generado o
aplicado); expuestos en un proceso de problematización de cualquier objeto de
investigación o tema motivo de estudio; Así por ejemplo será cualitativa si el énfasis
de la problematización es en este sentido, o bien, si el énfasis es en razón de un
posicionamiento temporal es probable que sea histórica (o socio-histórica),
racionalista o pragmática si busca implicar el conocimiento en situaciones de
solución, alternativa o respuesta, etcétera.
Por otro lado, la definición o especificación sobre el tipo de investigación es, en
principio, un rasgo y carácter de orden metodológico que define el sentido
epistemológico de la investigación, pero además, es una forma lógica de asegurar la
consistencia y carácter de ésta, tanto para la generación como la aplicación de
conocimiento, tan necesaria, que, en parte, también de esto depende el valor
científico o epistemológico que se le otorgue.
Bajo esta perspectiva de generalidad, el tipo de investigación, implica evocar el
reconocimiento de dos perspectivas clásicas devenidas de debates históricos entre
Ciencias Sociales o Humanas y las Ciencias Naturales. Tales debates han sido
protagonizados por epistemólogos reconocidos que han permitido advertir dos tipos
generales: Cualitativa y Cuantitativa. No obstante, en la actualidad existe un denso
relativismo de orden epistemológico sobre el interés de precisar tipos de
investigación, situación que incrementa la complejidad para definir con tal carácter
esta supuesta necesidad.
A diferencia de lo señalado y en reconocimiento de la diversidad de los discursos
dominantes que han acuñado tal relativismo, el tipo de investigación del PRIIE queda
en absoluto abierto a las condiciones en las que se definen los objetos y/o temas de
investigación; de las necesidades, intereses y habilidades del o los investigadores
pero bajo los siguientes criterios:
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a) Los objetos de estudio categorialmente tienen que definirse o caracterizarse
por sí mismos desde el propio tema de investigación; al menos con dos
componentes estratégicos: objeto de estudio y empírico observable.
b) La problematización es una condición absoluta sobre la definición y/o
construcción del objeto de investigación que habrá de poseer las
precisiones/discusiones necesarias que definan el tipo de investigación que se
pretende.
c) La construcción del objeto de investigación, producto de la misma
problematización, es la condición epistemológica para la definición del tipo de
investigación pretendida; por lo tanto, todos los detalles, situaciones o
circunstancias contenidas en la problematización tienen que dar pauta de
manera “natural” al tipo de investigación que pretenda el o los investigadores.
Definido el tipo de investigación, este tendrá que ser congruente y consistente en la
forma de tratamiento desde el proyecto, los avances y el cierre de la investigación
correspondiente.
4.4.2 Del tipo de investigación para la aplicación de conocimiento
La investigación para la aplicación de conocimiento, habrá de comprenderse, de
acuerdo a los fines del PRIIE, como las formas de racionalidad en la que se organiza la
investigación y los sistemas de conocimiento generados para direccionarlos en la
atención de situaciones concretas de la vida académica de las Escuelas Normales y/o
de la Educación Básica, como solución de problemas, alternativas para la mejora de
las prácticas educativas, para la innovación y transformación de las instituciones a
favor de la mejora continua de la educación y los procesos que implica. Se entiende
de igual forma como investigación aplicada, por lo que su esencia es, utilizar o aplicar
los sistemas de conocimiento (producidos desde la generación de conocimiento)
para resolver o mejorar situaciones del contexto real.
Los tipos de investigación aplicada, es de igual forma una condición epistemológica
abierta a las necesidades, intereses y circunstancias para su definición. Cada
investigador, grupo de investigación o Cuerpo Académico podrá definir el tipo y,
dependerá en estricto de la forma de problematización o de diagnóstico que le dé
sentido a la aplicación de conocimiento. Por ejemplo, si refiere a usos de sistemas de
información de forma virtual será de tipo socio-cibernética o cibernética, si es para
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mejorar procesos áulicos, de intervención o mediación entonces será de tipo
experimental, ex post-facto, correlacional. Si la intención fuera valorar el
funcionamiento de alguna alternativa, método, técnica…, entonces podría ser de
validación o factibilidad, etcétera.
La definición general sobre este tipo de investigación, es en definitiva “aplicada”
(aplicación de conocimiento). No obstante las circunstancias, necesidades,
condiciones o problemáticas hacia las cuales es plausible dirigir la investigación,
implica considerar los siguientes parámetros.
a) La definición del tipo de investigación en cuanto a la Aplicación de
Conocimiento (o investigación aplicada), el objeto de estudio como tal
adquiere el carácter de empírico observable, es decir, se trata de un fenómeno
epistemológico de conversión. Por consiguiente, la problematización y/o
diagnóstico, que es necesario producir, se desarrolla en función de esta
conversión. La problematización y/o diagnóstico tendrá que evidenciar el tipo
de investigación de acuerdo a la aplicación de conocimiento.
b) El tipo de investigación definido a través de la problematización o diagnóstico,
tendrá que dar pauta a las diversas variables o asuntos de énfasis sobre la
operacionalización de la aplicación de conocimiento y, de igual forma tendrá
que generar el precedente para la definición tanto de carácter teórico, como
metodológico.
c) Finalmente, el tipo de investigación anunciado y argumentado a través de la
problematización y/o diagnóstico, tendrá el carácter de establecer los límites o
demarcaciones en los que en estricto es funcional u operable el conocimiento
aplicado.
4.4.3 De la orientación metodológica de las investigaciones educativas
Se entiende como Orientación Metodológica de las Investigaciones Educativas, a la
perspectiva metodológica formulada desde la problematización y/o diagnóstico,
tanto para la generación como la aplicación de conocimiento y tratada a lo largo del
proyecto, de los avances de investigación hasta su conclusión o cierre.
Se distingue por tres caracteres:
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a) Sobre la definición del método o herramienta de estudio (Cuestión del
Método).
b) Sobre el ejercicio o acción del método o herramienta de estudio en el
tratamiento de los sistemas de conocimiento como producción y/o aplicación,
sobre el objeto investigado y sobre las condiciones de la realidad o empírico
observable (identificado comúnmente como metodología: Cuestión de
Metodología).
c) Sobre la consistencia de la investigación entre el aparato crítico, la forma
metodológica y la condición del conocimiento generado o aplicado
(identificado comúnmente como lo metodológico o la Cuestión Metodológica).
Estos tres caracteres son la constante principal en la orientación metodológica de la
Investigación Educativa desde e l PRIIE, y tendrán que observarse en los distintos
procesos y etapas que implique la investigación (proyecto, avance o cierre)
En la orientación metodológica de la investigación (Generación y/o Aplicación de
Conocimiento) cabe considerar lo siguiente:
1. El tipo de investigación jamás sustituye al método o herramienta de estudio, en
cambio, por lo general, deriva de éste. Por lo tanto es necesario formular el
método para la investigación; ya sea para generar conocimiento o aplicarlo y, a
la vez, vigilar su formulación desde la definición del tipo de investigación.
2. Ningún método se impone al objeto de investigación (porque se pierde su
naturaleza), menos aún a los empíricos observables. Por tanto es necesario
hacer evidente la adecuación del método al objeto de estudio y empírico
observable. O en el mejor de los casos construir el método o herramienta de
estudio a partir del tipo de objeto de investigación.
3. El método o herramienta de estudio tiene que ser congruente al tratamiento
teórico-conceptual del objeto de investigación; ya sea para generación y/o
aplicación de conocimiento.
4. El método tiene que dejar a la observancia la forma epistemológica del
tratamiento teórico-conceptual del objeto y del empírico observable.
5. Habrá de observarse el dinamismo constitutivo del método entre la forma
epistemológica de la investigación, la construcción de la experiencia de
campo, la instrumentación y construcción de conclusiones, de la definición de
hallazgos, evidencias, dato, novedades, actualidades, etcétera.
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6. El método tiene que ser congruente a la forma discursiva del tratamiento de la
investigación, asegurar la consistencia y coherencia de los asuntos tratados,
caracterizar el estilo intelectual del investigador en su condición de autor y en
especial, en la construcción de las conclusiones como el espacio estelar de los
resultados de la investigación (ya sea generación y/o aplicación de
conocimiento) Es decir, el propio método dará cuenta de la metodología y de
lo metodológico para asegurar la calidad de la investigación y, de esta forma,
también asegurar su posible publicación y difusión.
7. Habrá de asegurarse, que el método otorgue consistencia a la investigación, su
importancia y valor científico con relación a la realidad estudiada o hacia
donde se dirija la aplicación de conocimiento (asegurar su impacto)
8. Cualquiera de los métodos hasta hoy conocidos son viables para la
Investigación Educativa, siempre y cuando hayan sido problematizados en
función de sus intencionalidades científicas y epistemológicas, por tanto, es
necesario asegurar el reconocimiento del método en su forma epistemológica
adquirida en la investigación, ya sea a nivel de proyecto, avance o cierre de
ésta.
9. La importancia del método en el PRIIE, es a su vez estratégico, pues de éste
dependen, las formas de la difusión y los estilos de su tipificación, a nivel de
revista, seminario o de definición de prácticas institucionales, educativas, de
gestión y administración, etcétera. Por tanto, será necesario atender con la
meticulosidad necesaria la cuestión del método en la construcción de la
investigación, ya sea para generar o aplicar conocimiento.
4.5 Capítulo quinto. De las líneas de investigación e innovación educativa
4.5.1 Líneas de investigación e innovación educativa
Se entiende por Línea de Investigación e Innovación Educativa (LIIE) a la tendencia
sobre la cuál es posible tipificar un cuerpo de problemas o fenómenos educativos
concéntricos que por su condición específica, demandan ser investigados bajo
determinados sistemas de saber concreto y metodologías adecuadas. A tenor del
presente documento, más allá de su concepción reflexiva, la LIIE es asumida desde
las nociones de la intervención docente, la generación y de la aplicación del
conocimiento pedagógico. Dada la trascendencia de la vinculación entre la EN con
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las Instituciones de Educación Básica, la LIIE abre al investigador un doble campo de
acción para el análisis.
Por ello, para especificar aún más la construcción de los objetos de estudio, en torno
a la LI se concentran sus campos temáticos, que son la estrategia operativa para
precisar los alcances de cada investigación y su pertinencia en función las
necesidades del subsistema educativo estatal, en estos términos, las LIIE del PRIIE
son:
4.5.1.1 Pensamiento y razonamiento matemático
Comprende situaciones relativas al sentido pedagógico de las prácticas de
construcción del aprendizaje y el desarrollo de las competencias matemáticas en la
resolución de situaciones de la vida cotidiana, otorgado por los formadores y los
docentes en formación, en sus prácticas docentes; desde el sistema de conocimiento
que las matemáticas representan para la educación básica y desde el enfoque
formativo que se plantea en la educación normal para este ámbito disciplinar.
4.5.1.2 Lenguas: procesos de lectura y de escritura
El desarrollo de competencias para la comunicación constituye el cuerpo de
problemas a tratar en la línea, al igual que el tratamiento de la lengua materna (L1) y
de una segunda lengua (L2). La más dominante en la actualidad es el inglés, no
obstante podría ser alguna otra. Al igual que la anterior, la línea comprende la
administración y la gestión del conocimiento, su orden metodológico y técnico, las
disposiciones curriculares y los ambientes de aprendizaje recomendados para dirigir
las prácticas; las tecnologías y los sistemas de información a los que los agentes
recurren, de los niveles cognitivos y cognoscitivos que implican, de las condiciones
de posibilidad del docente para edificar su experiencia, entre otros asuntos.
4.5.1.3 Ciencias y tecnologías
La línea se enfoca al acercamiento del profesorado y del alumnado a la ciencia, a la
comprensión y uso de las tecnologías, como herramienta útil a lo largo de la vida. En
la formación de docentes se destaca su uso formativo como apoyo a las estrategias
didácticas pedagógicas para la construcción del aprendizaje y el desarrollo de las
competencias científicas. También comprende todas las variables relacionadas a las
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de situaciones expuestas. De tipo metodológico y técnico, de la administración y
gestión, sobre cuestiones de ambientes y procesos áulicos, lenguajes, herramientas y
materiales curriculares, infraestructura, espacios físicos, disposiciones y formas de
relación docente-alumno, etcétera.
4.5.1.4 Arte, cultura y humanidades
Esta línea comprende asuntos curriculares para la formación ciudadana, el desarrollo
humano, el acercamiento a las artes y el involucramiento en los diversos asuntos de
orden cultural. Implica la vida particular y ciudadana en el seno de la libertad, la
participación social y las instituciones del entorno como la familia, la escuela, los
clubes, etcétera. La cuestión del arte, la cultura y las humanidades es, en la educación
básica y normalista, la principal fuente constitutiva del sentido del mundo de la vida;
del acercamiento y la participación en la ciencia, el uso de la tecnología y los sistemas
de información que implica; del valor moral y ético de la diversidad cultural, de las
bases socio-políticas de la identidad nacional-territorial. Representa la posibilidad de
asegurar desde lo pedagógico, el carácter humanístico del sujeto individual y social.
4.5.1.5 Gestión y administración
Está relacionada a los aspectos relativos a formas y procesos en los que se producen
las prácticas educativas; desde lo institucional, lo profesional y laboral; desde el plano
individual particular y desde lo colectivo y colegiado. Implica la diversidad de
procesos que participan en la organización, comunicación, desarrollo, evaluación,
negociación, prácticas de consenso y acuerdos, liderazgo, métodos, técnicas y
mecanismos, normatividad, políticas, financiamiento, contabilidad, control,
producción, rendimiento e impacto. La gestión y la administración son decisivas en la
capacidad de producción o generación de aprendizajes, así como también en el
desarrollo de competencias. Las condiciones, aspectos y procesos que implican se
constituyen en variables y constantes que afectan directamente la calidad de los
productos educativos como: la propia práctica, las actitudes, los aprendizajes, las
competencias, los perfiles, los estados anímicos de profesores y alumnos, los
ambientes para el aprendizaje y procesos áulicos, el rendimiento y el desempeño.
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4.5.2 Los campos temáticos
Cada LIIE concentra diversos campos temáticos cuya función es aminorar la
dispersión subtemática y articular los intereses profesionales del investigador
educativo con las necesidades institucionales. Por la importancia que ejerce la
problematización en la fase de construcción de los objetos de estudio, las LIIE
comparten los mismos campos temáticos. La estrategia se fundamenta en la técnica
de la rejilla, a fin de potenciar que cada investigador dé sentido a sus propias
construcciones, a raíz de una matriz común conformada por problemáticas de
actualidad y relacionada con los perfiles de formación de los dictaminadores, que
estarán a cargo del seguimiento de cada investigación registrada en el AIIE de la
SEN.
La técnica de la rejilla es un procedimiento para captar un amplio repertorio de estos
constructos y explorar sus interrelaciones y estructura; constituye un enmallado
cognitivo con el cual el investigador ubicará conceptual y disciplinarmente su objeto
de estudio.
Los campos temáticos, tienen una carga semántica simple, fácilmente entendible,
cada uno de ellos da pauta para trazar investigaciones tanto en el sentido de
generación como de aplicación de conocimiento. Ellos son:
a) Procesos de Formación Docente y Seguimiento a Egresados (PFDSE)
Comprende toda serie de temas que refieren a procesos y dinámicas de
formación, mediación, intervención, asesoría, tutoría, práctica educativa,
desempeño del egresado, desempeño del estudiante, desempeño docente,
etcétera.
b) Enfoques Pedagógicos (EP)
Comprende diversas temáticas relacionadas a la actitud epistemológica del
desempeño y desarrollo docente; del dominio de enfoques de Plan y
Programas de Estudio; de la condición epistemológica, de la práctica
educativa, de la mediación e inducción; de la actitud pedagógica, de la gestión
áulica, etcétera.
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c) Flexibilidad Curricular de los Materiales Educativos y las tecnologías de la información y la comunicación (FCMETIC) Comprende toda temática que es posible alinear a la idea curricular como
planeación, material didáctico, movilidad académica, experiencias de
aprendizaje, experiencias de formación, materiales curriculares (libros, guías,
manuales, reglamentos, etcétera), uso de tecnologías cibernéticas, digitales,
analógicas, sistemas de información, redes de colaboración, colegialidad,
etcétera.
d) Metodologías para la Planificación, el Seguimiento y la Evaluación (MPSE)
Comprende temáticas relacionadas a todo tipo de racionalidad perceptible en
la planificación de las prácticas educativas, procesos formativos; temáticas
relacionadas a procesos de seguimiento, metodologías, variables, escenarios
de seguimiento, sujetos de seguimiento (desempeño, egresados, tutoría, etc.);
Y comprende de igual forma temáticas ligadas a la evaluación (de procesos, de
desempeño, de rendimiento académico, de experiencias formativas, etcétera).
e) Atención a la Diversidad, Inclusión e Interculturalidad (ADII)
Comprende todas las temáticas relacionadas a la diversidad cultural,
intelectual, moral, de raza, políticas y prácticas de inclusión, reconocimiento de
la pluralidad de pensamiento, de lengua, usos y costumbres, etcétera.
f) Educación Centrada en el Aprendizaje (ECA)
Comprende temáticas asociadas a la organización y formación del
pensamiento, tratamientos de contenidos curriculares, de carácter
deontológico, de identidad profesional, de dominio disciplinar, etcétera.
g) Desarrollo de Competencias y logro de Estándares Curriculares (DCEC)
Comprende todo tipo de temática centrada en habilidades, capacidades y
destrezas en el marco de la competencia, de estándares de orden cultural,
cognitivo, académico, de dominio, etcétera.
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Delimitadas las líneas y los campos temáticos, su representación en la rejilla referida,
es la siguiente:
La ubicación de los objetos de estudio en la rejilla permitirá a las autoridades, prever
el perfil profesional más idóneo del revisor de las investigaciones y avalar el proceso
de dictaminación de los productos.
4.6 Capítulo sexto. De las características de la generación y/o aplicación del conocimiento en las investigaciones educativas
Se entiende por generación y/o aplicación de conocimiento a los resultados de
procesos de investigación que contribuyen a la creación, profundización, ampliación,
o especialización de conocimiento en el campo de la educación, de la formación
humana y relativa a procesos de aprendizaje; y, de igual forma a los resultados que
contribuyen a la innovación y/o transformación de las prácticas, procesos y
mecanismos, de orden tecnológico, metodológico, técnico y estratégico que
impactan en la mejora de la educación, de los procesos formativos y del aprendizaje.
Para asegurar que tales resultados, ya sea como generación o aplicación de
conocimiento tengan el impacto deseado, habrá que atender las siguientes
características:
1. PensamientoMatemático
2. Lenguas:Procesos de Lectura
y de Escritura
3. Ciencias yTecnologías
4. Arte, Cultura yHumanidades
5. Gestión yAdministración
Enmallado de las líneas de investigación e innovación educativa y los campos temáticos
PFDSE EP FCMETIC MPSE ADII ECA DDEC
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a) Las investigaciones educativas, tendrán que exponer y asegurar desde el
proyecto hasta su culminación la relación con el campo temático y la LIIE a la
que corresponde, para lo cual deberá problematizar lo necesario en el espacio
correspondiente a los datos de identificación de la investigación; ya sea
proyecto, avance o investigación concluida. En los casos específicos de
Investigación Concluida, deberá incluir al final y como parte sustantiva del
cuerpo del documento un apartado que exponga con la suficiencia, precisión y
claridad pertinente, los aportes al campo temático y a la línea de investigación
a la que pertenece.
b) Toda investigación para generar y/o aplicar conocimiento deberá asegurar que
la problematización (o diagnóstico, en los casos que así proceda) está
desarrollada y es consistente al tema y objeto de investigación, que es
consistente al contenido general de la obra, con los objetivos o
intencionalidades científico-investigativas, con los resultados-conclusiones y
con lo tratado con relación a la pertenencia al campo temático y LIIE; ya sea
proyecto, avance o investigación concluida.
c) Toda investigación educativa deberá ser de interés netamente institucional y
no personal. Reconocer que la investigación educativa es una actividad
profesional orientada por un PRIIE y derivada de un marco normativo
institucional, que la propone como una tarea específica y a la vez estratégica
para atender las necesidades, problemas o situaciones concretas de la realidad
educativa tanto de la educación Normal como de la educación Básica, por lo
que tendrá que ser lo suficientemente explícita a lo señalado aquí, ya sea a
nivel de Proyecto de Investigación, avance o investigación concluida.
d) Toda investigación educativa generadora de conocimiento o destinada a la
aplicación de éste, ya sea a nivel de proyecto, avance o investigación
concluida, deberá plantear en documento adjunto, una ruta crítica que asegure
el uso, manejo o traducción de los resultados en situaciones reales, de acuerdo
a los problemas, necesidades tratados en ésta. Esta ruta crítica, al menos
deberá considerar tres vertientes:
1. Tratamiento del problema, necesidad o situación
2. Publicación (en espacio abierto, indizada, arbitrada; ya sea de manera
electrónica o impresa)
3. Difusión y divulgación (escenarios, tipo de eventos, nivel del evento,
etcétera)
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Las últimas dos vertientes, deberán cuidar su congruencia con el programa
estatal editorial, difusión y divulgación correspondiente.
e) Las investigaciones en procesos de avance o concluidas deberán hacer énfasis
en los hallazgos, nuevas categorías, conceptos, novedades y/o
descubrimientos; debidamente tratados en términos de la exigencia
epistemológica requerida, de acuerdo al objetivo de la investigación e
intereses denotados desde la problematización. De igual manera, el énfasis
tendrá que ser congruente a la forma metodológica de tratamiento hasta
exposición de resultados; ya sea en términos de generación o aplicación de
conocimiento.
f) Las investigaciones educativas para la generación y/o aplicación de
conocimiento se ajustarán a una serie de componentes generales, cuyo orden
será relativo a las necesidades epistemológicas de las mismas, y de la forma en
que se justifique. Estos componentes serán los principales referentes para la
metodología de evaluación tanto de proyectos, avances e investigaciones
concluidas. Véase el capítulo octavo.
g) Las investigaciones educativas serán individuales, colegiadas o grupales,
interdisciplinarias, multidisciplinarias, transdisciplinarias, especializadas e
interinstitucionales de acuerdo a las siguientes circunstancias:
1. Las investigaciones educativas tendrán el carácter de individuales
cuando la autoría se ejerza desde la participación de un solo
investigador.
2. Las investigaciones educativas serán colegiadas o grupales cuando la
autoría se asuma desde la participación de dos o más investigadores, ya
sean estudiantes, adjuntos, asociados o colegas a nivel de Grupo de
Investigación o Cuerpo Académico.
3. Las investigaciones educativas serán interdisciplinares cuando la autoría
denote el carácter interdisciplinar y el tratamiento teórico-metodológico
muestre de manera contundente el cruce e intersticios de las disciplinas;
ya sea a nivel de objeto de conocimiento, categorial, conceptual, de
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axiomas, tesis o conjeturas; tanto en la generación como en la aplicación
de conocimiento. Tales intersticios y cruces podrán ser en el orden de
perspectivas teóricas (y no meramente conceptuales o categoriales),
disciplinares, de escuelas, enfoques o paradigmas, y, tendrán que ser
consistentes en el sentido de lo metodológico de la investigación, ya
tratado en el rubro 4.6 sobre la orientación metodológica de las
investigaciones educativas.
4. Serán investigaciones multidisciplinarias cuando la autoría evidencie
contundentemente esta condición y el tratamiento denote con absoluta
claridad la presencia de al menos dos perspectivas teóricas (enfoques,
escuelas, paradigmas, autores, representantes) con efecto en la
metodología de tratamiento de la investigación y en la demarcación de
las posiciones en la formulación de hallazgos, novedades, actualidades,
invenciones, prototipos, demostración de tesis; y en razón del objetivo e
intencionalidad de la investigación.
5. Serán investigaciones transdisciplinarias aquellas que, desde la
perspectiva de objetos heterogéneos, metodologías heterogéneas o
bien disciplinas heterogéneas (como por ejemplo la socio-cibernética u
ontología relacional) evidencien contundentemente desde la autoría, la
condición heterogénea disciplinar (transdisciplina) de la investigación,
del tratamiento del Objeto de Estudio desde esta condición y evidencia
consistencia en la heterogeneidad de las categorías, conceptos y
metodología con los resultados producidos, según el objetivo e
intencionalidad científica en la generación y/o aplicación de
conocimiento.
6. Las investigaciones educativas serán especializadas en estas dos
circunstancias: Primero; cuando la autoría evidencie contundentemente
sobre la demarcación que hace que lo tratado está en términos de
frontera de conocimiento, que rebasa el sistema convencional
instaurado en el ámbito disciplinar, del ejercicio profesional o de los
límites teóricos metodológicos que han dado pauta para explicar o
comprender realidades, hechos o fenómenos. Segundo; cuando la
autoría evidencie con contundencia sobre la particularidad o
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peculiaridad del detalle, de las distinciones o controversias específicas
en el tratamiento de un objeto de investigación, ya sea para la
generación o aplicación de conocimiento. En cualquiera de las dos
circunstancias, las investigaciones educativas tendrán que mostrar con
la claridad suficiente, el plano de especialidad a la que le fue posible
acceder en el tratamiento de los objetos de investigación, del sentido
metodológico y de los resultados en su condición de generación o
aplicación de conocimiento.
7. Las investigaciones educativas serán interinstitucionales
(independientemente al tipo de institución (pares, universitaria,
politécnica, tecnológica, humanística, etcétera) cuando más allá de la
condición de autoría, de la forma de tratamiento teórico-metodológico
(transdisciplinar, interdisciplinar, colegiada, etcétera) deje explícito de
manera formal sobre las intencionalidades, intereses y beneficios (de
orden académico, disciplinar y científico) de la investigación
interinstitucional. Pero además, cuando corresponda de dos a más
instituciones en el marco de una red de conocimiento, red de
investigación o redes de colaboración, de algún acuerdo formalizado o
producto de gestión académica en términos de congreso, coloquio o
convención. Cabe advertir que una investigación interinstitucional no es
equivalente a interdisciplinar o multidisciplinar.
8. A partir del PRIIE, el énfasis entre investigaciones individuales y
colegiadas, será con relación a las últimas, para atender con
oportunidad los requerimientos planteados por programas federales
como PROMEP o bien por las tendencias sobre los valores que acreditan
las investigaciones colegiadas en los diversos espacios institucionales.
h) Todas las Investigaciones educativas para la generación y/o aplicación
de conocimiento deberán asegurar su originalidad, actualidad, valor
académico y científico. Considerar, además, que el valor académico y
científico no redunda en la extensión o atiborramiento de información,
sino en la precisión y profundidad del tratamiento del objeto de
investigación, o del conocimiento aplicado a situaciones concretas de la
realidad educativa.
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i) Todas las investigaciones educativas, para asegurar su valor y calidad
deberán someterse a valoración por dictamen, bajo la metodología de
pares ciegos, en el marco de un comité científico y de acuerdo a las
etapas y especificidades establecidas en el PRIIE. Para lo cual, es
responsabilidad de sus autores registrar oportunamente, de acuerdo a
tales etapas y a través de un mecanismo electrónico, los productos
generados (proyecto, avances y/o investigación concluida) para su
valoración correspondiente.
j) Todas las investigaciones educativas para la generación y/o aplicación
de conocimiento podrán tener una duración máxima de dos años y un
mínimo de un año para su culminación, a partir de la aprobación del
proyecto por el Comité Científico y deberán emitir el informe académico
sobre los procesos de avance y conclusión, de acuerdo a las etapas de
evaluación de los productos. Cualquiera de las investigaciones
educativas, ya sea a uno o dos años deberán justificar
metodológicamente su duración en el tratamiento del proyecto ex
profeso.
4.7 Capítulo séptimo. Del registro del proyecto ante la SEN, su aprobación y el curso
de la investigación
4.7.1 Los profesores adscritos al DIIE, a través de la Dirección de la EN, registrarán
su proyecto de investigación en el Área de Investigación e Innovación
Educativa de la SEN, según el proceso y calendarización especificada y emitida
anualmente; deberá ser orientado a los Programas Educativos impartidos en la
escuela, en correspondencia con las LIIE y los campos temáticos demarcados
en este Programa Rector; incluyendo las LGAC de los CA.
4.7.2 El proyecto tendrá como propósito fundamental mostrar la pertinencia de la
investigación, explicitando desde una problematización sus objetivos,
fundamentos teóricos, metodológicos, el esquema de trabajo, el cronograma
de actividades a desarrollar en el periodo respectivo y fuentes de información.
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4.7.3 Para su registro en la SEN, el proyecto de investigación se acompañará de un
dictamen técnico de factibilidad emitido por la Dirección de la EN, instancia
que aprobará su viabilidad y contribución para el desarrollo académico de la
institución.
4.7.4 El registro del proyecto tendrá una vigencia estándar de un año, y podrá
prorrogarse, uno más, a petición y justificación expresa del autor o autores,
quedando su aprobación sujeta a un estudio técnico de viabilidad, a cargo del
Comité Científico.
4.7.5 El tiempo laboral asignado al investigador educativo, para el desarrollo del
proyecto de investigación aprobado, será de 18 horas a la semana y el resto de
carga horaria se distribuirá en acciones de tutoría, docencia, gestión,
divulgación y difusión.
4.7.6 El proyecto deberá plantear el logro de productos esperados, por año. Entre
otros los pertinentes serán:
a) Artículo inscrito, aceptado y/o publicado en una revista indizada o
arbitrada.
b) Libro o capítulo de libro, inscrito, aceptado y/o publicado con ISBN.
c) Producto tecnológico, prototipo, alternativa de intervención u obra
pedagógica con iniciativa a patente.
d) Ponencia, vinculada con la investigación, publicada en memorias de
congresos nacionales o internacionales.
e) Otros productos, no referidos cuya pertinencia sea valorada por el Área
de Investigación e Innovación Educativa de la SEN.
4.7.7 El registro de proyectos, durante el ciclo escolar 2013 - 2014 tendrá como
fecha límite el 28 de febrero de 2014; la aprobación, desarrollo de la
investigación y evaluación se apegará al siguiente cronograma:
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Registro y entrega de
proyectos de investigación a la
SEN
Etapa de dictaminación de
proyectos de investigación
Entrega de dictamen de
registro
Etapa de desarrollo de la investigación
28 de Febrero de
2014
Marzo de 2014
26 de marzo de
2014
Abril de 2014 a enero de 2015
Entrega de avance
Dictaminación del primer
avance
Entrega de dictamen
Entrega de la investigación
concluida
27 de junio de
2014.
Julio de 2014
18 de julio de
2014
Enero de 2015
Etapa de dictaminación de la investigación
concluida
Entrega de dictámenes
Etapa de réplica
Etapa de entrega de
investigaciones con
recomendaciones y dictamen no
favorable
Febrero de 2015
20 de febrero de
2015
23 al 27 de
febrero de 2015
23 de febrero al 13 de marzo de
2015
Etapa de gestión académica
derivada de las investigaciones
Etapa de seguimiento de la
gestión académica
Informe final de la gestión
académica, derivada de las investigaciones
Entrega de la evaluación del informe final
23 de febrero al 26 de junio de
2015
23 de febrero al 26 de junio de
2015
26 de junio de
2015
Agosto de 2015
Figura 1
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4.7.8 Todo proyecto de investigación se entregará ocho días hábiles antes de la
sesión ordinaria del CEIIE, convocada por el Presidente Ejecutivo.
4.7.9 No se dictaminarán proyectos de investigación incompletos o extemporáneos.
4.7.10 La resolución de casos particulares, en caso de alta controversia en la
dictaminación, tales como el plagio, la reiterada presentación del mismo
documento o de informes pasados, serán turnados al Comité de Ética, Honor y
Justicia, cuya respuesta será emitida en un plazo máximo de ocho días hábiles.
4.7.11 La EN no podrá registrar nuevos proyectos de investigación en la SEN hasta
que el investigador a cargo haya recibido un oficio a través del cual
oficialmente se dé por concluido el anterior.
4.7.12 En todos los productos y actividades derivadas del proyecto, se deberá
otorgar el crédito correspondiente a la Secretaría de Educación de la entidad.
4.8 Capítulo octavo. De los avances y productos de investigación
4.8.1 Se denomina avance a toda construcción que refiera al tratamiento del objeto
o problema de investigación, en términos de discusión/argumentación y
sentido metodológico. Por lo tanto, se diferenciará del proyecto en razón de la
condición y nivel del tratamiento.
4.8.2 De abril de 2014 a enero de 2015, se considerará avance de investigación,
hasta que metodológica y epistemológicamente defina su cierre como
investigación concluida.
4.8.3 Los avances y productos de investigación se expondrán públicamente en los
períodos de gestión académica descritos (Ver figura 1) y bajo metodologías
específicas.
4.8.4 A partir del mes de febrero de 2015, los investigadores tomarán providencias
para cerrar su investigación a junio de 2015, por ello el estatus asignado será el
de producto.
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4.8.5 En caso de que la investigación se justifique como bianual, el criterio aplica de
la misma forma.
4.8.6 El producto de investigación denotará hallazgos, distinciones, novedades,
innovaciones y/o actualidades como muestra fehaciente de los resultados y se
acompañará de un Resumen Analítico Educativo (RAE), que enfatice sobre el
posible impacto que se espera en razón de los resultados. Es obligación del
autor entregar el producto para su valoración por el Comité Científico del
Consejo Estatal de Investigación Educativa; pero además es su obligación
institucional entregarlo al Director de la escuela normal patrocinadora del
estudio, para su liberación correspondiente.
4.8.7 La funcionalidad del RAE será catalogar un stock de productos posibles de
publicación, difusión y divulgación.
4.8.8 Los productos de investigación serán registrados y entregados, en el período
indicado, al Área de Investigación e Innovación Educativa de la SEN, para su
remisión al Comité Científico que hará la valoración correspondiente bajo el
procedimiento de Pares Ciegos.
4.8.9 El comité dictaminador evaluará los productos de investigación a través de la
cédula específica de dictamen validada por el CEIIE. Y será canalizado al
investigador por el Área de Investigación e Innovación Educativa de la SEN.
4.8.10 El AIIE de la SEN remitirá vía oficio a los directores escolares, el dictamen
emitido por los revisores, notificándole el estatus de la investigación, el nivel
de logro observado y una serie de recomendaciones para su corrección y/o
difusión entre la comunidad escolar. (Ver figura 1)
4.8.11 Los elementos básicos de la investigación, de acuerdo a su estatus
correspondiente, quedarán integrados de la siguiente forma:
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4.8.1 De los proyectos de Investigación
4.8.1.1 Se entenderá por proyecto de investigación al documento que exponga,
justifique y argumente la necesidad de estudiar un problema o realidad
concreta, como objeto de análisis a favor de mejorar los procesos educativos a
los que refiera.
De los componentes:
4.8.1.2 Título. Denotará el objeto de estudio con dos componentes imprescindibles,
objeto de investigación y empírico observable. El primero es de orden
epistemológico y el segundo de orden pragmático o circunstancia de campo.
Es importante señalar que en estricto sentido, abordará problemas concretos
de la escuela normal, sus necesidades y situaciones de los programas
educativos.
4.8.1.3 Introducción. Descripción suscita que conduce la comprensión del contenido
de una obra intelectual.
4.8.1.4 Diagnóstico. Estudio sistemático, el cual mostrará científicamente la necesidad
de investigar la problemática a partir de la definición del dato y su
construcción hasta la constitución de una base que justifique el planteamiento
del problema.
4.8.1.5 Planteamiento del problema. Denotación discutida y argumentada sobre las
condiciones circunstanciales que dominan el interés científico de un objeto de
investigación, realidad o problema concreto.
4.8.1.6 Justificación. Deberá señalar para qué es necesario realizar la investigación,
destacar su relevancia social y valor científico, teórico, conveniencia,
implicaciones prácticas, o utilidad metodológica. En particular, quienes serán
los beneficiarios, cómo generaría o aplicaría conocimiento, o la contribución
que haría al debate académico.
4.8.1.7 Objetivo científico. Expresará con claridad aquello que se pretende lograr al
finalizar la investigación.
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4.8.1.8 Perspectiva teórica. Descripción de los elementos planteados por los
diferentes corrientes que le permiten al investigador, fundamentar su proceso
de conocimiento.
4.8.1.9 Perspectiva metodológica. Se refiere a los supuestos epistemológicos, la
teoría metodológica, los procedimientos, las estrategias y las técnicas, cada
aspecto será empleado en distinto nivel para recabar datos o la información
necesaria que amplié la comprensión de la realidad escolar estudiada. Por su
importancia deberá existir congruencia entre estos presupuestos.
4.8.1.10 Esquema de trabajo. Será la exposición tentativa de preocupaciones
científicas tratadas en el planteamiento del problema, expresado en forma de
listado detallado de las temáticas a tratar, organizadas lógicamente en función
de la naturaleza del problema en estudio y su relación con su sustento teórico
y metodológico.
4.8.1.11 Cronograma. Descripción detallada de tareas epistemológicas y de campo a
desarrollar que muestra una ruta sistemática de trabajo para la construcción y
concreción de la investigación, a través de períodos quincenales.
4.8.1.12 Fuentes de información. Registro de fuentes bibliográficas,
hemerográficas, archivísticas, monumentales, entre otras. En atención al
sistema de publicaciones de la APA (2009; 6ª edición).
4.8.1.13 Carta de apoyo institucional. El proyecto se acompañará de dicha carta
emitida por la Dirección escolar, cuyo texto avale el valor de la investigación
para la institución, especificando el impacto esperado y el compromiso del o
los investigadores; esto permitirá clarificar el sentido del producto final y el
aseguramiento de éste como parte del patrimonio intelectual de la escuela
normal.
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4.8.2 De los avances de investigación
4.8.2.1 Preámbulo. Contextualizará los ajustes al proyecto original, realizados en
atención a la información localizada en el estado de la cuestión, en la
literatura especializada y en atención a los primeros archivos de trabajo.
Describirá los alcances de esa versión del documento y de los avances que
presenta.
4.8.2.2 Problematización. Consiste en la construcción de un plano de discusión de
orden epistemológico y metodológico plenamente articulado en torno al
objeto de investigación y el empírico observable, generado a partir de
denotaciones de interés científico, y decantadas en cuestionamientos y
preguntas de investigación. El problema por consiguiente deberá
expresarse a través de una serie de preguntas debidamente discutidas, de
las cuales deriven los objetivos de la investigación. (Estado de la cuestión,
en la sección se incluirá con precisión el conocimiento previamente
construido en el campo del conocimiento y la forma cómo la investigación
contribuye a la ampliación de dicho estado) (Fundamentos conceptuales,
descripción de los conceptos que harán inteligible la temática estudiada y a
partir de los cuales se dará tratamiento metodológico a la información del
expediente de campo o los datos).
4.8.2.3 Tratamiento del avance (Deberá distinguirse por fundamentos
conceptuales debatidos en razón de lo planteado en la
problematización)
4.8.2.4 Nitidez metodológica.(Uso metodológico de la metodología, deberá
evidenciar el uso concreto del método o herramienta analítica empleada, de
las adecuaciones que impliquen los procedimientos, estrategias y técnicas
derivadas de la literatura revisada y de la postura epistemológica adoptada;
además de las distintas fuentes de referencia que sustentan el desarrollo
de la investigación en cuestión).
4.8.2.5 Integración capitular (Se refiere a la composición o arquitectónica del
avance, en el que de manera lógica y ordenada se presenta el desarrollo de
las ideas).
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4.8.2.6 Documentación que evidencie tratamiento de datos. (Expediente de
campo. Descripción del sistema de clasificación y organización de los
registros, archivos, carpetas que contengan la información referida al
cuerpo de la investigación).
4.8.2.7 Conclusiones parciales. (Tratamiento de la interpretación de registros o
decodificación de los datos con la cual se valora la dirección que toman los
supuestos o hipótesis de la investigación. Este apartado constituirá una
reflexión del investigador, para con su propio trabajo).
4.8.3 De los resultados de Investigación (obra completa)
4.8.3.1 Se entiende por resultados de investigación, a la obra completa que incluye:
Resumen analítico, Presentación, Introducción, Cuerpo de la obra,
Conclusiones y/o resultados de la investigación, Anexos y carta institucional
que avale la conclusión o continuidad de la investigación, e informe
corresponde.
4.8.3.2 De la extensión de los trabajos de investigación (generación y/o aplicación
de conocimiento). Los trabajos tendrán una extensión mínima de sesenta
cuartillas y un máximo de ciento diez, a doble espacio, (sin incluir cuadros,
figuras, ni referencias).
4.8.3.3 Resumen Analítico Educativo (RAE). Resumen ejecutivo de una extensión
no superior a 20 líneas. Deberá indicar las palabras clave que identifican su
contenido, el objetivo, metodología, caracterización del tipo de trabajo
realizado, resultados o ideas tratadas y conclusiones.
4.8.3.4 Presentación. Referida al informe final de investigación.
4.8.3.5 Introducción. Dará una imagen articulada del proceso de investigación, sus
avances y problemáticas enfrentadas.
4.8.3.6 Cuerpo de la obra, (capitulario, apartados, secciones, separatas, otros).
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4.8.3.7 Conclusiones y/o resultados de la investigación (denotación de hallazgos,
distinciones, novedades, descubrimientos de la invención y o creación
sustentados). Serán registradas en atención a los objetivos de la
investigación. Esta sección constituirá el mayor de los énfasis como los
resultados de la investigación. El autor de la investigación, describirá la
forma cómo su trabajo contribuye al debate académico o en su caso a la
solución de problemas de la práctica docente o educativa.
4.8.3.8 Anexos: Argumentación metodológica, instrumentos, evidencias de trabajo
de campo, laboratorio o taller, productos parciales, archivos, documentos
de proceso, otros.
4.8.3.9 Carta institucional de conclusión o continuidad de la investigación. Será
dirigida por el Director escolar a la SEN, según las disposiciones oficiales.
4.9 Capítulo noveno. De las funciones del PTC con plaza efectiva de investigador educativo, adscrito a la ENPEM
4.9.1 La plaza efectiva de investigador educativo es de tiempo completo y su
carga horaria cubrirá las funciones de investigación y docencia, y en los
casos procedentes de difusión, divulgación y gestión de la
investigación. Las cinco funciones serán esenciales para la proyección
de la escuela en el ámbito de la Educación Superior.
4.9.2 Al profesor nombrado por el Estado en la plaza efectiva de investigador
educativo le compete el desarrollo de 45 horas de trabajo a la semana,
distribuidas en función de las necesidades institucionales y a propuesta
del director de la escuela normal.
4.9.3 El investigador educativo atenderá la docencia cuya carga horaria
estará determinada por la curricula del programa educativo atendido en
la institución. Esta función, será básica para problematizar la realidad
educativa desde el aula y adentrarse en las problemáticas del nivel para
el que se forma.
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4.9.4 El investigador educativo destinará 18 horas a la semana para el
desarrollo de la función de investigación, aún si no está directamente
adscrito al DIIE. Esta función es la razón de ser de la relación contractual
adquirida con el Estado, por ello, toda vez que, conozca los plazos y
características del Programa Rector. Cuando la autoridad lo juzgue
pertinente, el registro del proyecto, justificará el uso adecuado del
tiempo de trabajo y por ello el investigador quedará atento a la solicitud
de información que le sea requerida por las instancias de coordinación,
institucional y estatal.
4.9.5 Los investigadores educativos no adscritos al DIIE deberán participar en
investigaciones colegiadas a nivel institucional o interinstitucional.
4.9.6 Cuando el proyecto de investigación no sea evaluado favorablemente y
no justifique el uso del tiempo, la carga horaria del investigador será
canalizada para asumir, preferentemente, funciones de docencia.
4.9.7 La difusión, divulgación y gestión de la investigación son tres funciones,
que el investigador desarrollará en la medida que tenga el
reconocimiento de la comunidad científica para difundir sus
producciones. La Dirección de la EN brindará los apoyos necesarios
cuando se muestren los probatorios para su desarrollo.
4.9.8 El investigador educativo gestionará la difusión de sus productos
editoriales, para ello acordará con el director escolar la carga horaria
requerida para tal efecto, podrá solicitar las comisiones oficiales
necesarias a lo largo del semestre, siempre y cuando corrobore su
autoría en dichos materiales.
4.9.9 A la divulgación, entendida como el conjunto de actividades que hacen
accesible el conocimiento producido por su autor al público en general,
el director autorizará al investigador educativo, la carga horaria y las
comisiones necesarias para su realización; exhibiendo la invitación oficial
que justifique la divulgación de sus producciones en eventos
académicos científicos y de otro orden de interés profesional o
disciplinar.
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4.9.10 A la gestión comprende acciones de apoyo y fomento para la
investigación, a ella el investigador educativo podrá dedicar el tiempo
necesario, siempre y cuando demuestre a través de una carpeta de
evidencias que realiza los enlaces con otras instituciones, con otros
investigadores o con los responsables de los programas federales del
ramo.
4.9.11 A la tutoría y asesoría académica, además del trabajo en Colegio
Institucional, corresponderá la carga horaria destinada por la Dirección
escolar.
4.10 Capítulo décimo. De la movilidad de los investigadores
4.10.1 La movilidad es la táctica institucional prevista para potencializar la
construcción de conocimiento pedagógico entre los investigadores de
las ENPEM, con otras IES, organismos, institutos, asociaciones,
fundaciones. Siempre y cuando se justifique documental y
académicamente (Acuerdos, convenios, programas de trabajo,
dictámenes, etc.)
4.10.2 La movilidad entre investigadores podrá concertarse bajo alguna de las
siguientes modalidades y definida en función de los propósitos del
intercambio; tal podrá ser: a) por profesor visitante, b) por visita
científica, c) por estancia científica, d) por adjuntía o, e) por tutoría.
4.10.3 La modalidad del investigador educativo como Profesor Visitante, se
refiere al desplazamiento académico de éste toda vez que sus
investigaciones y/o línea de generación y aplicación del conocimiento
goce de prestigio, tal que, otra institución solicite su visita, para impartir
cátedra o para brindar asesoría a otro investigador en su centro de
trabajo, en un lapso no menor a tres días ni mayor a cinco, normada por
un proyecto autorizado previamente por las Direcciones de ambas
instituciones.
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4.10.4 La modalidad de Visita científica, se refiere a la recepción de otro
investigador educativo al centro de trabajo del primero, con el propósito
de integrar e intercambiar producciones, valorar el desarrollo de la
investigación en curso o participar de foros o congresos organizados ex
profeso para tal propósito. De igual manera procederá en un lapso no
menor a un día ni mayor a tres y será normada por un proyecto
autorizado previamente por las direcciones de ambas instituciones.
4.10.5 La modalidad por Estancia Científica, tiene como propósito negociar un
plan de trabajo in extenso; en la estancia, el investigador permanece
hasta cinco días en otra institución, en un máximo de dos periodos por
semestre, para no interferir el desarrollo de la docencia que imparte en
su institución de adscripción. La estancia fomentará el acercamiento del
investigador con un experto de la línea de generación y aplicación de
conocimiento.
4.10.6 La modalidad por Adjuntía, procede a la inversa de la estancia, quien
recibe al profesor visitante dado su carácter de experto, es el
investigador educativo de la escuela normal.
4.10.7 Como resultado de la operación de alguna de las modalidades de la
movilidad del investigador educativo, se generará un documento
académico para su difusión en los órganos impresos de las instituciones
participantes.
4.10.8 La movilidad académica gestionada por el o los investigadores será
objeto de evaluación
4.11 Capítulo décimo primero. De la organización para el desarrollo de la investigación (generación y aplicación de conocimiento). La colegialidad, los Cuerpos Académicos (CA) y las Redes de investigación
4.11.1 Se entenderá por Colegio a la actividad académica producida por un
grupo de profesionales del mismo campo u otros; y la colegialidad será
la estrategia para discutir, acordar y consensuar ideas generadoras de
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alternativas o productos que tiendan a fomentar la vida académica a
favor de la institución.
4.11.2 La colegialidad, deberá infundir no sólo un sentido de pertenencia, sino
potenciar la identidad disciplinar y profesional de sus miembros, por
esta razón el DIIE de la escuela normal, planteará, preferentemente
proyectos de investigación bajo tal estrategia.
4.11.3 El planteamiento de las investigaciones será colegiado, en términos de
sus alcances y productos, bajo la pregorrativa de que a mayor discusión
de la construcción corresponde mayor impacto disciplinar.
4.11.4 Las formas de colegiamiento podrán ser de la siguiente forma: Colegio,
Cuerpo Académico, Grupo de Investigación, Grupo disciplinar y Redes
de investigación.
4.11.5 El trabajo organizado en Colegio deberá integrarse por profesionales
interesados en un objeto de investigación o LGAC en común,
independientemente de su grado de habilitación, tipo de asignatura o
programa educativo que atienda y contribuirá a la generación y/o
aplicación de conocimiento.
4.11.6 El Cuerpo Académico (CA) es un colectivo de profesores que
comparten una línea de investigación común y ejercen una docencia de
alto nivel como resultado de su trabajo académico y que ha sido
reconocido formalmente por PROMEP.
4.11.7 El CA es una estrategia para favorecer el desarrollo de los programas
educativos a través de la investigación científica para la generación y/a
aplicación de conocimiento.
4.11.8 El trabajo colegiado a nivel de grupo de investigación, será aquel
colectivo de profesionales que aspiran conformar un CA, pero que aún
no tienen el registro correspondiente.
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4.11.9 El trabajo colegiado a nivel de grupo disciplinar, será aquel colectivo de
profesionales que de igual forma aspira a conformar un CA, que no
tienen el registro correspondiente, pero cuyo interés es profundizar
sobre la disciplina que caracteriza al programa educativo que atiende.
4.11.10 Con relación al reconocimiento formal de los CA, la SEN a través del
AIIE será la instancia estatal mediadora ante la DGESPE y el PROMEP
por lo que tomará conocimiento irrestricto de los beneficiarios, ejercerá
su seguimiento en tareas financieras, académicas y de gestión para
evaluarlos sistemáticamente.
4.11.11 Se entenderá por red de investigación al colectivo conformado por
académicos, especialistas y estudiantes cuyo trabajo se fundamenta en
flujos permanentes y continuos de comunicación, información,
intercambio de recursos, experiencias y conocimientos, para la
producción, difusión, divulgación y gestión del conocimiento.
4.11.12 Las redes de investigación podrán ser regionales, nacionales e
internacionales y se constituirán para favorecer la generación y/o
aplicación del conocimiento, en la LGAC o campo temático en la que
participan.
4.11.13 Sobre la coordinación del trabajo colegiado planteado en este Programa
Rector; por lo tanto, es de responsabilidad de la SEN a través del AIIE
coordinar la organización, desarrollo y evaluación del trabajo colegiado
para el desarrollo de la investigación de las EN.
4.12 Capítulo Décimo Segundo. Del sistema de citado y referencia, formato y uso ético de la información en los trabajos de investigación.
Se entiende aquí como sistema de citado y de referencias a la forma metodológica y
técnica a través de la cual se asegura la legitimidad, el uso y procedencia de las
fuentes de información (según sea bibliográfica, hemerográfica, archivística,
monumental, electrónica información empleada en la generación o aplicación de
conocimiento). Es a su vez una forma de la crítica que acompaña a la producción de
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texto del autor como investigador en términos de fundamentos, argumentos o
demarcaciones entre nociones de conocimiento nuevo o inédito, de frontera o
invención.
El sistema de citado y referencia, es también la forma estilística, que de acuerdo a las
necesidades y tipo de investigación del autor, este necesariamente recurre para
edificar lo que considera como investigación, ensayo, producto, avance, etcétera; que
a su vez, le permite posicionar un estilo en función de un Estado de la Cuestión que
siempre está presente en la configuración de las afirmaciones, declaraciones,
axiomas, demarcaciones, etcétera, de lo que en su momento produce.
En otro sentido, el sistema de citación y referencia es una forma política, científica y
académica de alto valor ético que legitima el sentido de los Derechos de Autor, del
reconocimiento de la intelectualidad, descubrimientos o invenciones del otro; cuyos
productos u obra intelectual es retomada y reconocida para generar y/o aplicar
conocimiento por el investigador. El propio sistema de citación y referencia no sólo
es fuente que da cuenta del valor/nivel científico y académico de la producción, sino
de la honestidad intelectual del investigador al valerse de la producción citada y
referenciada.
Para atender con suficiencia esta necesidad de citación y asegurar el uso ético de las
fuentes e información y así potenciar el valor científico y académico de las
investigaciones generadas en las EN, es necesario considerar lo siguiente:
a) Toda investigación deberá definir, desde el proyecto correspondiente la forma
específica de citado y referencia.
b) Será responsabilidad del investigador o grupo de investigadores (colegio, CA,
Grupo de investigación o Redes de Investigación) advertir la forma de citado y
referencia que implique el tipo de investigación a desarrollar. No todos los
sistemas disponibles en la actualidad son adecuados, el investigador deberá
reconocer las diferencias de citado entre lo que produce y lo requerido para
publicación o participación en espacios de revista indizada, arbitrada o
electrónica.
c) El investigador o grupo de investigadores deberán reconocer que el valor
epistemológico del sistema de citación y referencia no es suficiente con
mostrarlo, es obligación, en la condición de autoría, asegurar que ha sido
tratado, problematizado y/o traducido en el tratamiento de la obra en
cuestión, ya sea proyecto, avance o resultado de investigación.
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d) Las opciones de citación podrán ser las de mayor dominancia y la que mejor se
adecue a las necesidades e intencionalidades de la investigación. Algunas de
las más importantes que son posibles de utilizar, son las siguientes:
Sistema según la norma ISO 690 y 690 – 2 (International
Organization for Standardization)
Sistema APA-7 (American Psychological Association)
Sistema Harvard
Sistema Chicago (CMS) (CMOS) (The Chicago Manual of Style
Online)
Estilo Vancouver (URM) (Uniform Requirements for Manuscripts
Submitted to Biomedical Journals)
e) Es importante que el investigador o grupo de investigadores (Cuerpo
Académico) mantenga el mismo sistema de citación y referencia, sin
embargo, si existiera la necesidad de una mixtura, entonces está tendrá que
ser justificada en alguna parte estratégica de la investigación.
f) El investigador y/o grupo de investigadores (Cuerpo Académico) deberán
asegurarse que tanto las citas como las referencias sean tratadas en el cuerpo
del documento. Por ejemplo, en el caso de las citas estas tienen que
problematizarse como parte de las discusiones o del discurso que caracteriza
a la obra en proceso, excepto cuando se trate de un epígrafe, éstas no
deberán ser o estar ajenas al margen del tratamiento o expuestas a la deriva.
En el caso de la bibliografía o fuentes de información, de igual manera,
deberá observarse que han sido tratadas en el contenido.
4.13 Capítulo décimo tercero. De la producción, gestión y difusión del conocimiento generado y/o aplicado.
Se entiende por producción, gestión y difusión del conocimiento generado y/o
aplicado a la acción holística, posterior al cierre o termino de investigaciones
individuales o colegiadas, que implica dirigir y/o exponer públicamente los resultados
obtenidos (productos), definir las formas de difusión y divulgación y generar los
procesos que sean necesarios para tal fin.
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Por lo tanto, es prioritario asegurar que las investigaciones arriben a productos
concretos y tengan el impacto deseado, ya sea para beneficio de estudiantes,
profesores, de las instituciones normalistas o de educación básica. Para lograrlo será
necesario reconocer y hacer énfasis en los procesos de gestión. La investigación
como tal, ya sea para generar o aplicar conocimiento es ya un mecanismo específico
de gestión de orden epistemológico, sobre determinados sistemas de conocimientos,
orientado hacia la mejora de procesos educativos, de desempeño y de
funcionamiento institucional.
En tal sentido, la gestión de los productos derivados de la investigación hacia la
atención de problemas, necesidades o situaciones de mejora es una cuestión
totalmente estratégica para provocar que ocurra el impacto esperado; lo mismo
habrá de proceder con la gestión para la difusión y divulgación de conocimiento,
tanto para mostrar el grado de productividad de los PTC, de los investigadores y CA
como para contribuir a la instauración de un sistema de generación y/o aplicación de
conocimiento, que impulse el desarrollo de las EN como IES y que favorezca su
reconocimiento por los diferentes padrones y organismos que impulsan el desarrollo
de este tipo de instituciones.
Para lograr que la producción, gestión y divulgación de la generación y/o aplicación
de conocimiento, sean un factor estratégico para la mejora de la EN y de la
educación básica será necesario que los investigadores y Grupos de Investigación
atiendan lo siguiente:
a) El conocimiento generado y/o aplicado deberá hacer énfasis –en el cuerpo de
la obra- en los hallazgos, novedades o invenciones, demarcar las distinciones
que lo colocan como conocimiento disciplinar, tecnológico, técnico o
especializado; a diferencia del conocimiento ordinario, o bien del conocimiento
convencional, para asegurar, de esta manera, que no se trata de reproducción
de los sistemas de conocimiento ya validados en otros campos profesionales o
disciplinares.
b) Los productos que cumplan con lo anterior podrán ser diseñados y difundidos
en las modalidades que a continuación se exponen:
Tesis (generación de conocimiento nuevo) Producto generado de un
esfuerzo de investigación cuya función es sostener con fundamentos y
argumentos fehacientes, nuevos planteamientos sobre realidades
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concretas a través de afirmaciones igualmente concretas sobre la
realidad educativa, que favorezcan su mejora, desarrollo o innovación;
orientada hacia el desarrollo de teoría pedagógica/educativa o nueva
teoría (no se refiere a la tesis de grado o para la obtención de un título).
Libro: obra que procede de resultados de investigación, de la
formulación de tesis o experiencias en un campo disciplinar;
experiencias que son problematizadas según los intereses de su
autor/es. Consiste de igual manera en la Generación de conocimiento
nuevo o recreado en perspectiva teórico-metodológica diferente a su
condición original; o bien, aplicado. Por ejemplo, una tesis puede
ajustarse a un Libro, o bien una experiencia metodológica de trabajo de
campo o experiencia de laboratorio puede ajustarse a la condición de
libro.
Capítulo de libro o apartado: Producto que se refiere solo a una parte de
un libro en proceso, de un apartado de una tesis en desarrollo, o de una
investigación en proceso (por ejemplo, trabajo de campo)
Artículo: es una obra intelectual de menor extensión que deriva de un
capitulo, apartado o experiencia de procesos de desarrollo de una
investigación y/o del tratamiento de una tesis, trabajo de campo o de
diseño de algún prototipo o propuesta.
Monografía (de orden metodológico o de orden epistemológico) Obra
intelectual que expone el tratamiento exclusivo de un tema particular,
derivado de una experiencia de mayor alcance como una tesis,
experiencia de campo o de laboratorio. En este caso se trata de
monografías que aborden y discutan la experiencia metodológica o
epistemológica para desarrollar la generación y/o aplicación de
conocimiento y su relación directa con el escenario o realidad hacia la
que refiere o está dirigida y no de otra índole.
Traducción de obra (dirigida a atención de necesidades o resolución de
problemas) Se trata de productos intelectuales cuya traducción se
sustenta en una serie de argumentaciones que justifican tal necesidad,
para ser incorporados sobre algún proceso concreto identificado como
necesidad, problema o circunstancia que coadyuve a su atención,
resolución o cambio, en el sentido total de mejora e innovación,
actualidad o transformación.
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Memorias arbitradas (por ejemplo de congresos o seminarios) Es un
producto de orden intelectual que conjunta las principales aportaciones
sobre el tratamiento epistemológico de algún objeto de conocimiento
específico (línea de investigación, campo temático, área de
conocimiento, campo disciplinar, etcétera), que a su vez es tratado
epistemológicamente para definir su sentido de acuerdo a la
intencionalidad que le antecede sobre la experiencia o realidad a la que
refiere la memoria.
Obra Pedagógica: Propuesta de intervención y/o mediación, guía
didáctica, libro de texto, antología, metodología o didáctica específica,
propuesta curricular. Este tipo de productos por lo general son obras
intelectuales orientadas a la Aplicación de Conocimiento. Como obra
pedagógica, es todo aquel producto que expone de manera específica
la aplicación de un sistema de conocimiento en términos de experiencia
formativa o educativa. Las formas de la Obra Pedagógica más
convencionales son, por ejemplo: Libro de texto, Antología (de cuentos,
juegos, modelos matemáticos, modelos semióticos, Métodos de lectura
–comprensiva, analítica, crítica, de traducción…- sobre el uso de idiomas,
etcétera) Guía Didáctica (para el aprendizaje de la ciencia, para
desarrollo de la atención, para el desarrollo del pensamiento
matemático, etcétera), Didáctica (para el lenguaje abstracto, para
habilidades artísticas, para el fortalecimiento de competencias, etcétera)
o propuesta curricular (para la formación disciplinar en ética, de
formación ciudadana, de pensamiento complejo, etcétera): todas estas
formas de obra pedagógica evidentemente requieren de un tratamiento
teórico-metodológico y del estudio del contexto en el que se insertan,
por tanto son formas concretas de obra más relacionadas a la aplicación
de conocimiento. Otras formas menos convencionales, pero cuya
tradición ya es de antaño, se refieren a la intervención y mediación;
éstas son formas de obra pedagógica de mayor complejidad y
centradas en la experiencia curricular en términos operativos de diseño,
desarrollo y evaluación curricular; se trata de formas de aplicación de
conocimiento con un sentido más holístico e integral, que tendrían que
adquirir un tratamiento más interdisciplinar o multidisciplinar.
Prototipo: tecnológico (software por ejemplo), técnico, metodológico,
estratégico (material didáctico) o modelo (tecnológico o de
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infraestructura). Se trata de productos concretos de investigación
absolutamente del dominio de la aplicación de conocimiento (de pleno
sentido tecnológico) el cual puede ser a nivel técnico, metodológico o
estratégico. En el caso tecnológico, que es el de mayor complejidad, que
se refiere a la generación de alguna tecnología de orden instrumental
que comprende dispositivos como: software, herramientas curriculares
(traductores, convertidores, procesadores, monitores, etcétera, que
simplifican o facilitan la intervención o mediación docente o
pedagógica) incluye, de igual forma todo aquel mecanismo o
instrumento de orden ergonómico que facilita el trabajo de aula o con
materiales curriculares como libros, sistemas de información, datos,
imágenes, utilería, muebles, espacios físicos, nomenclaturas, etcétera)
En el caso técnico, se refiere a la aplicación de conocimiento para
generar productos altamente sintetizados o simplificados que
responden a necesidades concretas de resolución, atención o mejora,
pero que necesita de una fundamentación sólida que los respalde y
evidencia su novedad y eficacia como: Técnicas para el razonamiento
crítico, técnicas para potenciar la lectura de comprensión, etcétera. En el
caso metodológico, se refiere al diseño de métodos funcionales a las
necesidades curriculares o de la formación (en educación básica o en
educación normal): métodos de orden epistemológico, de orden
pedagógico y disciplinar, métodos de orden curricular, etcétera.
Finalmente, en el caso estratégico, se trata de prototipos relacionados a
las formas de la gestión, de la producción sinérgica, de organización y
desplazamiento de tareas, de actuación y desempeño, de tratamiento
de problemas, etcétera.
c) Para asegurar la producción en términos de generación y/o aplicación de
Conocimiento, los investigadores, Cuerpos Académicos o Grupos de
Investigación tendrán que procurar la Gestión Académica en todos sus
sentidos. La gestión Académica es la forma de actitud profesional dispuesta a
tratar toda serie de asuntos, acuerdos y mecanismos necesarios para incidir en
la Generación y/o Aplicación de Conocimiento, que de acuerdo a la forma
política de la institución y los marcos normativos correspondientes favorezcan
el desarrollo de esta tarea
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d) La Gestión académica requerirá de los siguientes principios éticos para
salvaguardar todos los procesos que implique. Los principios deberán ser:
Responsabilidad
Integridad
Sensatez
Tolerancia
Persistencia
Productividad
Honestidad
Sentido Profesional
Actitud Académica
Poder de colegialidad
e) La Gestión Académica tendrá que ser la principal estrategia para asegurar el
desarrollo e impacto de la investigación tanto en la Generación como en la
Aplicación de conocimiento. Investigadores, Cuerpos Académicos y Grupos de
Investigación, deberán mostrar su poder de gestión en los diversos productos:
desde el proyecto, avances, resultados de investigación y lo referente a la
difusión y divulgación del conocimiento, a través de sus diversas formas
posibles (ya señaladas) y asegurar que se produzca el impacto esperado.
f) A través de la gestión académica los investigadores, Cuerpos Académicos y
Grupos de Investigación deberán asegurar la difusión y divulgación de
conocimiento, para lo cual habrán de disponer sobre la formulación de
acuerdos a nivel institucional, interinstitucional y con otros organismos sobre
las condiciones, los medios y las formas para lograr tal fin. De igual manera, los
procedimientos que implique, deberán estar alineados a un programa general
(institucional y/o Estatal) de vinculación y divulgación correspondiente a favor
de un sentido sistemático y profesional de esta tarea
g) Es de responsabilidad de los Investigadores, Cuerpos Académicos y Grupos de
Investigación de las EN demarcar y coordinar la condición de los productos en
términos de difusión y divulgación, así como de determinar las formas de la
extensión, que asegure, de alguna manera, el impacto deseado. Las más típicas
son las siguientes:
Formato 1: Articulo, capitulo, obra completa, ponencia o apartado (por lo
general estas formas son más recomendables para difusión en términos
de publicación)
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Formato 2: Conferencia, plática o conversatorio, mesa de comentarios,
foro, entrevista. (más recomendable para divulgación; implica la
preparación del artículo o ponencia)
Formato 3: Coloquio, Seminario, Visita o Estancia Científica, Profesor
Visitante, Congreso, Taller, Clínica, Laboratorio, Debate, Simposio. (De
igual manera, implica la construcción del artículo o ponencia, pero con el
carácter disciplinar y epistemológico que requiere el documento; más
propio para difusión)
Formato 4: La forma académica básica de la difusión y la divulgación es
la que se desarrolla al interior de la institución. Este tipo de acción
permite crear consistencia académica en el núcleo de profesorado y
universo estudiantil, pero además contribuye al fortalecimiento sinérgico
sobre el poder de colaboración y competencia comunicativa, situación
que favorece la participación y comprensión de las prácticas de
investigación al interior de la Escuela Normal, por lo tanto es
fundamental que esta acción fortalezca tal condición, a través de
mecanismos concretos de difusión y/o divulgación, como: radio escolar,
trípticos, boletines, conferencia a estudiantes, seminarios internos
dirigido a profesores, conversatorios internos, círculos de análisis o de
estudio, etcétera.
h) Tanto los Investigadores, Cuerpos Académicos y Grupos de Investigación
de las EN deberán hacer de la Gestión Académica una herramienta
estratégica no solo para gestionar las condiciones adecuadas para le
generación y/o aplicación del conocimiento, sino para asegurar que los
productos logrados impacten en la atención de las necesidades, problemas
o situaciones por las cuales se justifica la investigación. Las formas de
difusión y divulgación son mecanismos para perfeccionar los productos
logrados o bien es el medio para advertir el grado de significancia y eficacia
de los resultados logrados a través de la investigación en el esfuerzo por
atender los problemas, necesidades o situaciones de la Escuela Normal y, en
su caso, de la Educación Básica.
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4.14 Capítulo décimo cuarto. Del programa editorial de Investigación
Se entiende por Programa Editorial al sistema metodológico a través del cual se
organiza la difusión y/o divulgación de los productos de la investigación que se
desarrolla al interior de las Escuelas Normales. Este sistema metodológico funciona a
través de la caracterización del tipo/s de obra/s intelectuales objeto de divulgación-
difusión, de su integración en periodos de temporalidad específicos, con sentido de
publicación y de penetración en el mercado o escenario hacia el cual va dirigido;
tipificado con los registros que le corresponda en función de la legalidad que le
implica y secuenciados en función del programa de investigación que los respalda,
del carácter y calidad de la obra y del medio por el cual pretende editarse-difundirse:
medio impreso o electrónico; incluye además las estrategias de colocación en el
espacio o universo al que va dirigido y del seguimiento y evaluación sobre su
impacto.
Para que este Programa Rector de Investigación e Innovación Educativa de las
ENPEM cumpla con su cometido, será necesario atender las siguientes necesidades:
a) Se establecerá un Programa Editorial Estatal de Investigación que defina las
especificaciones necesarias para sistematizar y homogeneizar los diversos
productos generados por los Investigadores Educativos, Cuerpos Académicos y
Grupos de Investigación de las EN.
Cada Escuela Normal, de acuerdo al Programa Editorial Estatal de Investigación,
tendrá que hacer lo mismo, esto permitirá no solo sistematizar la difusión y
divulgación de productos derivados del Programa Rector de Investigación, sino
disciplinar la forma final de la producción y crear condiciones para que la
investigación producida por académicos de las EN tenga el impacto esperado, en
el sentido de mejoramiento de las Escuelas Normales como responsables de la
Formación Docente y de las Instituciones de Educación Básica.
b) El Programa Editorial deberá impulsar la difusión y divulgación de productos, y
asegurar su calidad, en forma impresa, electrónica o audiovisual; a su vez deberá
contribuir al logro del impacto, que se espera, tengan las investigaciones y los
productos generados a partir de ellas.
c) El Comité Editorial ejercerá la responsabilidad de valorar los productos con
intenciones de publicación, difusión y divulgación, ya sea impresa, audiovisual o
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electrónica. Este Comité Editorial deberá suscribir sus criterios a los establecidos
por Consejo Editorial de la Administración Pública Estatal. En el caso de que en
éste último exista algún convenio o acuerdo de colaboración con algún
organismo, organización o institución, se ajustará de acuerdo al sentido de
responsabilidad signado en tal convenio o acuerdo.
d) El Programa Editorial de Investigación deberá constituirse técnica y
metodológicamente con base a las necesidades expuestas en el Programa Rector
de Investigación e Innovación Educativa de las ENPEM, de la naturaleza de las
líneas de investigación y campos temáticos, de las opciones sobre el tipo de obra
o producto y de la intencionalidad sobre el potenciamiento de la investigación
educativa y sus efectos en la Educación Normal y Educación Básica.
e) El Programa Editorial deberá trazar las acciones necesarias como parte de su
estrategia, para impulsar no solo la socialización del conocimiento y
aseguramiento de su impacto, sino el impulso de las intelectualidades de los
investigadores, Cuerpos Académicos y Grupos de Investigación, para influir como
comunidad experta dentro de las disciplinas y campos que conforman la cultura
del normalismo, crear autoridad e influir en la conformación de los nuevos
horizontes de la Educación Normal y de la Educación Básica.
4.15 Capítulo décimo quinto. Becas y financiamiento.
Las Becas y Financiamiento son formas estrategias de subvención para el desarrollo
eficiente de los trabajos de investigación y del desempeño de los investigadores,
Cuerpos Académicos y Grupos de Investigación. Para tal caso y en el contexto de
este Programa Rector se declara como necesario lo siguiente:
a) Para sostener un sistema de becas y apoyos financieros a la Investigación en las
Escuelas Normales será necesario gestionar la asignación de una partida
presupuestaria por parte del Gobierno Estatal para apoyar el desarrollo de esta
acción.
b) Para el caso de Gestión de Financiamiento Federal y de organizaciones No
Gubernamentales será necesario atender lo siguiente:
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1. Sistematizar en su máximo sentido y valor las acciones en la planeación
ProFEN y ProGEN que potencien las posibilidades de financiamiento a través
de PROMIN. La opción más viable es una sistematización integral derivada
de un programa Rector de Investigación Institucional, de Un Programa
Editorial Institucional y Estatal, de un Programa Rector de Vinculación y
Difusión, de un Programa Rector de Docencia y de un Programa estatal de
Desarrollo Docente.
2. Sistematizar la autoevaluación de Programas Educativos de las Escuelas
Normales, tanto de Licenciatura como de Posgrado, a través de los Comités
Interinstitucionales de Evaluación de la Educación Superior (CIEES), de su
acreditación por Consejo para la Acreditación de la Educación Superior A.C.
(COPAES) para así tener oportunidad de registrar los programas educativos
correspondientes ante Programas Institucionales, Asociaciones y
Organismos como ANUIES, PADES o CONACYT y aprovechar los apoyos en
subvenciones y becas que otorgan este tipo de instituciones para el
desarrollo de investigación educativa de las IES.
3. Gestionar la sistematización y formalizar la creación de Patronatos dirigidos
al apoyo financiero de la investigación en Instituciones de Educación
Normal.
4. Gestionar la formulación de CONVENIOS o ACUERDOS, con otras IES para
asociar investigaciones de alto nivel que puedan ser subsidiadas por
conformidad en razón de los beneficios comunes o propios, según sus
condiciones.
c) Para lograr financiamiento, becas u otros apoyos de orden instrumental,
científico o colegiales, será necesario elevar la calidad de la investigación que
se genera en las Escuelas Normales. Es la opción más viable y rentable, razón
de este Programa Rector de Investigación e Innovación Educativa de las
ENPEM.
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4.16 Transitorios
1° Lo no previsto en este Programa Rector de Investigación e Innovación Educativa
será tratado por el CEIIE de las ENPEM.
2° El contenido del presente Programa Rector entra en vigor a partir del 14 de enero
de 2014 y deroga la normatividad anterior.
5. Fuentes Bibliográficas
ANUIES, (2006) Consolidación y avance de la educación superior en México. México.
BM, (2013) Sector educativo para el desarrollo mexicano; Recomendaciones del BM
en educación. Reunión Banco Mundial, México.
Brandom R., (2002) La articulación de las razones. Siglo XXI, Madrid.
De Landsheere Gilbert, (1996) La investigación educativa en el mundo. FCE, México.
Domínguez Martínez Raúl, (2007) Panorama general de la investigación en institutos
y centros de humanidades de la Universidad Nacional durante el siglo XX. Porrúa,
México.
GEM, (2003) Manual de organización de las Escuelas Normales del Estado de México.
Toluca, México.
GEM, (2012) Manual General de Organización de la Secretaría de Educación.
Hidalgo Guzmán, Juan Luis, (1992) La investigación educativa. Una estrategia
constructivista. Paradigmas ediciones, México.
Imbernón Francisco Et. al., (2002) La investigación educativa como herramienta de
formación del profesorado. Graó, España.
Latapí Sarre Pablo, (1994) La investigación educativa en México. FCE, México.
Rodríguez Gómez Gregorio Et. al., (1999) Metodología de la investigación cualitativa.
Ediciones Aljibe, España.
Sánchez Vázquez Adolfo, (1973) Filosofía de la praxis. FCE, México.
UNESCO, (2007) Recomendaciones UNESCO. UNESCO, México.
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Walker Melissa, (2007) Cómo escribir trabajos de investigación. Gedisa, España.
BM, (2007) Las recomendaciones del BM para México. FLACSO, México.
ANUIES, (2012) Documento ANUIES; Región Centro-Occidente. México.
PROMEP, (2013) Reglas de Operación 2013; Programa para el Mejoramiento del
Profesorado. SEP, México.
OCDE, (2010) Acuerdo de cooperación México-OCDE; para mejorar la calidad de la
educación. México.
CONACYT, (2013) Marco de referencia para la evaluación de programas educativos.
México.
Rúbrica
Mtro. José Eugenio J. Martínez Gutiérrez
Director General de Educación Normal y Desarrollo Docente
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DIRECTORIO
Mtro. José Eugenio J. Martínez Gutiérrez
Director General de Educación Normal y Desarrollo Docente
Profra. María Isabel Bustos Martínez
Directora de Formación y Actualización Docente
Profra. Alejandra Iliana Acolt Hernández
Subdirectora de Educación Normal
Área de Investigación e Innovación Educativa
Profra. Minerva Reyes Hernández
Mtra. María Esthela López Tapia
Dr. Eusebio Carlos Pérez Mendoza
Dr. Sergio Dotor Fernández