Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

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Inscrita en la partida 11396556 del Registro de Personas Jurídicas de Lima y Callao Miembro de Ernst & Young Global Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 2010) Versión Final Consultoría para la Comisión Multisectorial de Trabajo del ITIE Perú 13 de diciembre de 2011

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Inscrita en la partida 11396556 del Registro de Personas

Jurídicas de Lima y Callao

Miembro de Ernst & Young Global

Producto 3: Informe Final

Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) – Versión Final

Consultoría para la Comisión Multisectorial de Trabajo del ITIE Perú

13 de diciembre de 2011

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Cláusula de Propiedad Intelectual

Todos los estudios, informes, gráficos, programas de computación u otros materiales preparados por el

Consultor para el contratante son de propiedad de la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú y del

Swiss Confederation – State Secretariat for Economic Affairs – SECO en virtud de este Contrato. El Consultor

podrá conservar una copia de dichos documentos y programas de computación.

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Ernst & Young Perú Av. Víctor Andrés Belaúnde 171 San Isidro, Lima 27 - Perú Telf: +51 (1) 411 4444 Fax: +51 (1) 411 4445

www.ey.com

Inscrita en la partida 11396556 del Registro de Personas

Jurídicas de Lima y Callao Miembro de Ernst & Young Global

Lima, 13 de Diciembre de 2011

Señor

José Luis Carbajal Briceño

Secretario Técnico de la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

Director General de la Oficina General de Gestión Social

Ministerio de Energía y Minas

Estimado Señor Carbajal:

De acuerdo con el Contrato suscrito con la Swiss Confederation – State Secretariat for Economic

Affairs – SECO (en adelante el “Contrato” y la “SECO, respectivamente), firmado con fecha 13 de

julio de 2011, siendo beneficiario del mismo la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

(en adelante “la Comisión ITIE”), y considerando que:

- la fecha de inicio del trabajo fue fijada el 5 de agosto de 2011,

- se estableció que a los cuarenta (40) días calendario posteriores a la validación por parte de

la Comisión ITIE del Producto N° 2: Informe de Avance Intermedio (el cual fue el 2 de

noviembre de 2011), se presentara el Producto 3: Informe Final, y que

- el Producto 3 deberá ser revisado y aprobado por la Comisión en un período no mayor a los

diez (10) días calendario, a partir de la fecha de presentación.

Se adjunta a la presente el Producto 3: Informe Final (tercer Informe), el cual presenta:

- un Resumen Ejecutivo,

- las precisiones metodológicas aplicadas,

- los resultados finales de la conciliación entre los pagos realizados por las compañías

participantes y los ingresos recibidos por el Estado Peruano a través de las instituciones

públicas, y su correspondiente distribución,

- conclusiones y recomendaciones

Asimismo, se ha incluido información de carácter estadística que la Comisión de Trabajo ha

solicitado incluir en el presente Producto. Dicha información está compuesta por:

- Importe agregado de los ingresos percibidos por el Gobierno peruano de parte de las

compañías extractivas no adheridas correspondiente al período de 2008 al 2010.

- Montos de los Contratos de servicios de petróleo correspondiente al período de 2008 al

2010.

- Monto del Aporte Minero Voluntario correspondiente al período de 2007 al 2011.

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Los estudios, informes, gráficos, archivos de cómputo u otros materiales relacionados y preparados

por Ernst & Young Asesores S. Civil de R.L. (en adelante “el Consultor”) para el SECO, serán de

propiedad de la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú y del Swiss Confederation –

State Secretariat for Economic Affairs – SECO en virtud de este Contrato. El Consultor podrá

conservar una copia de dichos documentos y archivos de cómputo relacionados.

Valoramos la oportunidad de trabajar con ustedes y apreciamos sinceramente la cooperación y

asistencia brindada durante la ejecución del presente Estudio. Estaremos complacidos en discutir

con usted u otros miembros de la Comisión, cualquier tema relacionado con nuestros

procedimientos o de este informe que considere conveniente.

Atentamente,

______________________________________________

Ernst & Young Asesores S. Civil de R.L.

Numa Arellano

Socio

c. c. Swiss Confederation – State Secretariat for Economic Affairs – SECO (Sr. Christian Robin)

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Contenido

Resumen Ejecutivo 9

I. Objetivo 15

II. Alcance 17

1. Compañías participantes 17

2. Representatividad de las Compañías adheridas al Segundo Estudio de Conciliación

de la ITIE en el Perú 24

2.1. Sector Minero 24

2.2. Sector Hidrocarburos 25

2.3 Participación material de compañías del sector extractivo peruano (minería e

hidrocarburos) 25

3. Pagos realizados por las Compañías participantes 27

4. Representatividad de los pagos realizados por las compañías adheridas al Segundo

Estudio respecto de los totales nacionales por concepto y por subsector 28

1. Identificación de compañías, coordinaciones y tipología de pagos 31

2. Relevamiento y documentación del proceso de pagos, ingresos y

distribución de los pagos efectuados por las compañías 32

3. Obtención, procesamiento y verificación de la información 32

3.1. Obtención de la información 32

3.2. Procesamiento y verificación de la información 33

IV. Marco conceptual de los conceptos que forman parte del Segundo Estudio de Conciliación

ITIE 36

IV.1. Impuesto a la Renta 39

1. Aspectos Generales 39

1.1. Concepto 39

1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 39

1.3. Participantes 40

1.4 Base de cálculo 40

1.5 Periodicidad 40

1.6 Utilización del canon 41

2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y de

distribución del canon minero 41

2.1 Recaudación 41

2.2 Distribución 42

2.2.1. Área de Influencia 42

2.2.2. Criterios de Distribución 42

2.2.3. Determinación de los índices de distribución: 44

2.2.4. Tipo de cambio 45

2.2.5. Transferencia del canon minero 45

2.3. Esquema del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y

distribución del Canon Minero 46

IV.2. Regalía Minera 47

1. Aspectos Generales 47

1.1 Concepto 47

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1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 47

1.3. Participantes 47

1.4. Base de cálculo 47

1.5. Periodicidad 48

1.6. Utilización 48

2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de la regalía

minera 48

2.1. Recaudación 48

2.2. Distribución 50

2.2.1 Criterios de distribución 50

2.2.2 Determinación de los índices de distribución 50

2.2.3 Transferencia de la regalía minera 51

2.3. Esquema del proceso de recaudación y distribución de la Regalía

Minera 53

IV.3. Regalía Petrolera 54

1. Aspectos Generales 54

1.1. Concepto 54

1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 54

1.3. Participantes 55

1.4. Base de cálculo 55

1.5. Periodicidad 56

1.6. Utilización del canon y sobrecanon 56

2. Procedimiento del proceso de recaudación de la regalía petrolera y

distribución del canon y sobrecanon petrolero 56

2.1. Recaudación 56

2.2. Distribución 57

2.2.1 Área de Influencia 57

2.2.2 Criterios de Distribución 57

2.2.3 Determinación de los índices de distribución 58

2.2.4 Tipo de cambio 59

2.2.5 Transferencia del canon y sobrecanon 59

2.3 Esquema del proceso de recaudación de la Regalía Petrolera y la

distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero 60

IV.4 Regalía Gasífera 61

1. Aspectos Generales 61

1.1. Concepto 61

1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 61

1.3. Participantes 61

1.4. Base de cálculo 62

1.5. Periodicidad 62

1.6. Utilización del canon 63

2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y Regalía

Gasífera y distribución del canon gasífero 63

2.1. Recaudación 63

2.2. Distribución 64

2.2.1 Área de influencia 65

2.2.2. Criterios de Distribución 65

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2.2.3. Determinación de los índices de distribución 66

2.2.4 Tipo de cambio 66

2.2.5 Transferencia del canon gasífero 67

IV.5 Derecho de Vigencia 69

1. Aspectos Generales 69

1.1. Concepto 69

1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio 69

1.3. Participantes 70

1.4. Base de Cálculo 70

1.5. Periodicidad 70

1.6. Utilización 70

2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de los Derechos de

Vigencia 70

2.1. Recaudación 70

2.2. Distribución 71

2.2.1 Área de influencia 71

2.2.2 Criterios de Distribución 72

2.2.3 Determinación de los índices de distribución 72

2.2.4 Tipo de cambio 72

2.2.5 Transferencia del derecho de vigencia 73

2.3 Esquema del proceso de recaudación y distribución del Derecho de

Vigencia 74

V. Resumen final de los resultados del Segundo Estudio de conciliación de la recaudación 75

V.1. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación del Impuesto a la Renta 78

V.2. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de las Regalías Mineras y de

Hidrocarburos 79

V.3. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de los Derechos de Vigencia 80

VI. Detalle de los resultados del Segundo Estudio de Conciliación de la Recaudación 81

VI.1. Impuesto a la Renta 84

VI.2. Regalía Minera 91

VI.3. Regalías de Hidrocarburos 95

VI.4. Derecho de Vigencia 99

VII. Detalle de los resultados finales del Segundo Estudio de Conciliación de la Distribución 106

VII.1. Canon Minero 106

VII.2. Regalía Minera 111

VII.3. Canon y Sobrecanon Petrolero 116

VII.4. Canon Gasífero 133

VII.4.1 Canon Gasífero – Regalía Gasífera 133

VII.4.2. Canon Gasífero – Impuesto a la Renta 139

VII.4.3 Distribución Canon Gasífero – Impuesto a la Renta 140

VII.5. Derecho de Vigencia 142

VIII. Conclusiones y recomendaciones finales sobre el Segundo Estudio de Conciliación

Nacional de la ITIE Perú 155

VIII.1 Conclusiones 155

VIII.1.2 Conclusiones del estudio de conciliación de los ingresos recaudados por los

organismos del Estado y los importes distribuidos a nivel central, regional y

local 156

Page 8: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

VIII.1.3 Conclusiones del estudio de conciliación respecto a la participación de las

compañías adheridas al Estudio 156

VIII.1.4 Conclusiones del estudio de conciliación respecto de los niveles de

materialidad propuestos en los Términos de Referencia del Segundo Estudio

de Conciliación Nacional del ITIE Perú 157

VIII.2 Recomendaciones 157

VIII.2.1 Recomendaciones para mejorar el proceso de conciliación 157

VIII.2.2 Recomendaciones para los próximos estudios de conciliación de acuerdo

con las normas ITIE recomendados 158

IX. Información de carácter informativa propuesta por la Comisión de Trabajo del ITIE en el

Perú 159

IX.1 Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP) 160

IX.2 Contrato de Servicios Petroleros 171

X. Anexos 172

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Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 9

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010)

Resumen Ejecutivo

El objetivo del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la ITIE en el Perú (en adelante el “Estudio”) fue

efectuar una revisión y análisis independiente entre los pagos que realizaron algunas compañías mineras,

petroleras y gasíferas (que voluntariamente participan de este estudio) y que operan en el territorio nacional,

al Gobierno peruano, y los ingresos que recibieron de estas industrias extractivas diversos organismos del

Gobierno peruano, así como su distribución a nivel central, regional y local, durante el período 2008 - 2010,

como parte del cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias que aplican en la normatividad

vigente del país.

En tal sentido, la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú (en adelante la “Comisión de Trabajo “ o

“la Comisión”), determinó que: 1) los resultados del Estudio deben reflejar el valor de los pagos, efectuados por

las compañías extractivas adheridas a la iniciativa, por los conceptos de impuesto a la renta, regalías y derecho

de vigencia, que corresponden a la materialidad que sustenta este segundo Estudio, al igual que en el caso del

primer Estudio de la ITIE, efectuado en 2009; 2) los resultados de este Estudio deben reflejar la participación

de las compañías de los siguientes subsectores que:

(a) Representen una proporción no menor al 75% del valor anual de la producción nacional minera

valorizada.

(b) Representen una proporción no menor al 85% del valor anual de la producción nacional de

hidrocarburos valorizada.

Con referencia a las empresas extractivas no adheridas a esta iniciativa, los resultados del Segundo Estudio

Nacional de Conciliación reflejan:

(a) El importe agregado de los ingresos percibidos por el Gobierno de parte de las compañías extractivas no

adheridas, por los siguientes conceptos tributarios y no tributarios deducidos del importe total

recaudado del correspondiente ejercicio fiscal por las entidades recaudadoras:

- Impuesto a la Renta determinado por el Contribuyente (de las Declaraciones Juradas presentadas

anualmente durante el período 2008 – 2010, por lo subsectores Minería e Hidrocarburos).

- Regalías correspondientes al período 2008-2010 (subsectores de minería y petróleo).

- Derecho de Vigencia correspondiente al período 2008-2010 (sólo para el subsector minería).

(b) El número de compañías, por subsector, cuyo valor de producción supere el promedio del:

- 2% con respecto al total del valor de la producción nacional en minería.

- 2% con respecto al total del valor de la producción nacional de hidrocarburos líquidos.

- 1% con respecto al total del valor de la producción nacional de gas natural.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 10

El alcance de la asistencia del Consultor se limita a la elaboración del Segundo Estudio de Conciliación Nacional

de la ITIE Perú de 51 compañías adheridas voluntariamente.

Respecto del alcance del Estudio, la Comisión, ha establecido los Términos de Referencia que forman parte del

contrato suscrito con SECO, en el cual se establecen los procedimientos para llevar a cabo el Segundo Estudio.

En este sentido, la Comisión es la única responsable de determinar la suficiencia de los procedimientos a llevar

a cabo para sus propósitos y por la suficiencia de la documentación y pruebas para los propósitos del Segundo

Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE Perú.

Representatividad de las Compañías adheridas al Segundo Estudio de Conciliación de la ITIE en el Perú.

Sector Minero

La producción minera valorizada de las compañías adheridas al presente Estudio y el porcentaje que

representan sobre la producción nacional se indica a continuación:

a. En el año 2008, el porcentaje de participación de las compañías adheridas al ITIE Perú fue de 86.94%,

que equivale a US$ 18,571,667,437.25 del valor de la producción total (US$ 21,360,787,878.68).

b. En el año 2009, el porcentaje de participación de las compañías adheridas al ITIE Perú fue de 84.41%,

que equivale a US$ 15,330,224,405.13 del valor de la producción total (US$ 18,161,827,319.09).

c. En el año 2010, el porcentaje de participación de las compañías adheridas al ITIE Perú fue de 83.42%

que equivale a US$ 19,531,240,178.23 del valor de la producción total (US$ 23,412,898,359.70).

FUENTE: Estadística Mensual – Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera

ELABORACIÓN: Oficina General de Gestión Social – Ministerio de Energía y Minas METALES: Cobre, Plata, Plomo, Zinc, Oro, Estaño, Molibdeno

Sector Hidrocarburos

La producción de hidrocarburos de las compañías adheridas al presente Estudio y el porcentaje que

representan sobre la producción nacional se indica a continuación:

a. En el año 2008, el porcentaje de participación de la producción valorizada de las compañías adheridas

al ITIE Perú (hidrocarburos líquidos y gas natural) fue de 88.06% que equivale a US$ 4,816,484,594.53

del valor de la producción total (US$ 5,469,782,912.62).

b. En el año 2009, el porcentaje de participación de la producción valorizada de las compañías adheridas

al ITIE Perú (hidrocarburos líquidos y gas natural) fue de 89.73% que equivale a US$ 3,377,548,732.00

del valor de la producción total (US$ 3,764,019,398.81).

c. En el año 2010, el porcentaje de participación de la producción valorizada de las compañías adheridas

al ITIE Perú (hidrocarburos líquidos y gas natural) fue de 90.33% que equivale a US$ 5,137,416,902.55

del valor de la producción total (US$ 5,687,106,187.72).

FUENTE: Estadística Mensual – Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera ELABORACIÓN: Oficina General de Gestión Social – Ministerio de Energía y Minas

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 11

Participación de Compañías en el Segundo Estudio

En este Segundo Estudio, han participado 51 compañías (33 del sector minero y 18 del sector de

hidrocarburos) en comparación con las 33 compañías participantes del Primer Estudio (24 del sector minero y

9 del sector de hidrocarburos), lo cual representa un incremento global del 54.5% (37.5% del sector minero y

100% del sector de hidrocarburos).

Asimismo, han participado del proceso de conciliación seis (6) instituciones públicas en las fases de

recaudación y distribución:

Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (en adelante SUNAT)

Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante MEF)

Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (en adelante INGEMMET)

Ministerio de Energía y Minas (en adelante MEM)

Presidencia del Consejo de Ministros (en adelante PCM)

Perupetro

Los pagos realizados al Estado Peruano por las compañías extractivas, involucrados en el presente Estudio

fueron:

Impuesto a la Renta

Regalías Mineras

Regalías de Hidrocarburos

Derechos de Vigencia

Ernst & Young en su condición de conciliador realizó las siguientes tareas:

Relevamiento y documentación del proceso de pagos, recepción de ingresos y distribución de los pagos

efectuados por las compañías extractivas a los distintos estamentos del Estado, con el objetivo de incluir

información conceptual sobre este proceso. En este sentido, por tipo de pago conciliado, se desarrollo un

marco conceptual que sintetiza los conceptos, base legal, participantes, base de cálculo, periodicidad,

utilización de los recursos distribuidos, proceso de recaudación y distribución de los conceptos incluidos en

este Estudio.

Conciliación de los pagos realizados por las compañías adheridas al Estudio, al Estado Peruano por

concepto de Impuesto a la Renta, Regalías Mineras, Regalías de Hidrocarburos y Derechos de Vigencia con

lo declarado como recaudado por las instituciones públicas por dichos conceptos. Para esto, se solicitó

información a las compañías e instituciones mediante formatos pre-diseñados, se tabuló dicha información

y se determinaron las diferencias. De existir divergencias, se procedió a la reconfirmación de los saldos

conciliados a fin de poder esclarecer las diferencias encontradas originalmente.

Conciliación entre los ingresos recaudados por los conceptos descritos anteriormente y los importes

distribuidos por las instituciones públicas correspondientes: MEF y PCM, para el caso de Impuesto a la

Renta y Regalías Mineras; Perupetro y PCM, para el caso de Regalías de Hidrocarburos y Gasíferas; e

INGEMMET para el caso de Derecho de Vigencia.

Page 12: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 12

Determinación de Recomendaciones y Conclusiones referido a los resultados del Estudio.

La conciliación para todos los casos, excepto para el Impuesto a la Renta, se ha realizado sobre montos

declarados y pagados por las compañías. Para el caso del Impuesto a Renta se ha procedido a conciliar los

montos declarados anualmente a la SUNAT por dos razones:

El pago del Impuesto a la Renta no se da de una sola manera como en el caso de los demás conceptos.

Para este fin, las compañías realizan pagos a cuenta mensuales, regularizaciones anuales del impuesto a la

renta, aplicación de créditos, entre otros; por lo que resulta más eficiente realizar la revisión por el monto

declarado (el cual finalmente resulta siendo también el monto pagado a lo largo del tiempo).

La distribución del Impuesto a la Renta como Canon Minero, se realiza sobre la base de los montos

declarados anualmente por las Compañías a la SUNAT vía la Declaración Jurada Anual.

El alcance de nuestro trabajo se limitó a los puntos indicados en los párrafos anteriores.

Conclusiones del Estudio de Conciliación de los pagos que han realizado al Estado Peruano las compañías

adheridas a este Estudio y los ingresos que han recibido de estas compañías los organismos del Estado

Los resultados finales de la conciliación de los pagos que han realizado al Estado Peruano las compañías

adheridas a este Estudio y los ingresos que han recibido de éstas compañías los organismos del Estado se

muestran a continuación:

Para el caso de la conciliación de Impuesto a la Renta, no hemos encontrado diferencias entre los pagos

efectuados por las compañías adheridas y los ingresos que han recibido las instituciones del Estado.

Para el caso de las Regalías Mineras, hemos identificado una diferencia de S/. 110,764 de un total de S/.

1,249,024,351 (para el período 2008 - 2010), lo cual representa un 0.009% del total conciliado de

Regalías Mineras En comparación con el total recaudado en el Segundo Estudio (S/.31,704,457,467),

dicha diferencia representa menos del 0.001%

Para el caso de las Regalías de Hidrocarburos, hemos identificado una diferencia de US$ 14,558 de un

total de US$ 2,824,038,049 (para el período 2008 - 2010), lo cual representa un 0.001%.del total

conciliado). En comparación con el total recaudado en el Segundo Estudio (S/. 31,704,457,467), dicha

diferencia representa menos del 0.001%

Para el caso de los Derechos de Vigencia, hemos identificado una diferencia de US$ 942,359 de un total

de US$ 23,924,029 (para el período 2008 - 2010), lo cual representa un 3.939% del total conciliado En

comparación con el total recaudado en el Segundo Estudio (S/.31,704,457,467 ), dicha diferencia

representa menos del 0.009%. Estas diferencias corresponden principalmente a reportes de pagos de

denuncios mineros por parte de las compañías que no registran titularidad de las mismas; asimismo,

identificamos denuncios mineros de titularidad de las compañías adheridas al Estudio cuyos derechos de

vigencia habrían sido pagados por terceros; por otra parte, las diferencias también corresponden a la

utilización de tipos de cambio promedio para la conversión de las cifras reportadas en Nuevos Soles para

efectos de la conciliación.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 13

Conclusiones del Estudio de Conciliación de los ingresos recaudados por los organismos del Estado y los

importes distribuidos a nivel central, regional y local

Debido a que la información oficial de la distribución del canon minero, petrolero y gasífero, sobrecanon

petrolero y de las regalías mineras es preparada por los organismos del Estado de manera agregada y no

detallando los importes a distribuir por los pagos realizados por la compañía aportante y debido a que las 51

compañías adheridas al Estudio, no representan el 100% de la producción nacional de los recursos que extraen,

se realizaron recálculos de las cifras distribuidas por compañía y se consideró como razonable que los

resultados de dichos recálculos debieran ser menores o iguales (según sea el caso), a las cifras oficiales

reportadas por las instituciones públicas correspondientes (PCM e INGEMMET).

De esta revisión se obtuvo que para el caso de Canon Minero, Regalías Mineras, Canon y Sobrecanon Petrolero

y Canon Gasífero, los resultados de los recálculos fueron menores o iguales que las cifras reportadas por PCM,

guardando coherencia con la metodología planteada en el párrafo anterior.

Por otra parte, respecto a la conciliación de los Derechos de Vigencia recaudados por INGEMMET y los importes

distribuidos por este mismo organismo a nivel central, regional y local, se determinó que el monto distribuido

por INGEMMET, en la mayor parte de los casos, representa el 75% de los importes recaudados según lo indica

su normatividad. La distribución no necesitó recalcularse ya que dicha información fue presentada por

INGEMMET para las compañías adheridas al Estudio.

Conclusiones del Estudio de Conciliación respecto a la participación de las compañías adheridas al Estudio

Se ha obtenido en este Segundo Estudio de Conciliación la participación de 51 compañías del sector extractivo

peruano (18 compañías del subsector hidrocarburífero y 33 compañías del sector minero). Esto representa un

incremento del 54.5% respecto al Primer Estudio realizado en 2009.

Conclusiones del Estudio de Conciliación respecto de los niveles de materialidad propuestos en los Términos

de Referencia del Segundo Estudio de Conciliación Nacional del ITIE Perú

En el presente Estudio, se puede observar que se han alcanzado los niveles de materialidad respecto de los

volúmenes de producción nacional por subsector propuestos en los Términos de Referencia, vale decir, mayor

al 75% en el caso del subsector minero ( 86.94% en 2008, 84.41% en 2009 y 83.42% en 2010) y al 85% en

el caso del sector hidrocarburífero (88.06% en 2008, 89.73 en 2009 y 90.33% en 2010). Asimismo, se ha

logrado la participación de la totalidad de las compañías cuya producción superara el 2% de participación en los

volúmenes de producción nacional (para el caso del subsector minero y petrolero) y 1% (para el caso del

subsector gasífero).

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 14

Recomendaciones

Las recomendaciones que se presentan en este informe están orientadas a mejorar el desempeño de futuros

Estudios de Conciliación, entre las cuales podemos destacar las siguientes:

Que INGEMMET considere implementar un control de seguimiento y cruce de información con la Dirección

General de Minería del Ministerio de Energía y Minas, respecto de la titularidad de los denuncios mineros

(para el caso de la gestión de los derechos de vigencia).

Con el fin de uniformizar la información requerida, que la Comisión de Trabajo comprometa en futuros

estudios a las instituciones públicas a la utilización de las herramientas proporcionadas por el Conciliador

para poder realizar una conciliación de manera más eficiente.

Que la Comisión de Trabajo difunda y canalice de mejor manera la información al siguiente personal clave

dentro de las compañías a fin de que brinden apropiadamente la información requerida para efectos del

Estudio de conciliación:

- Gerente Legal o de Asuntos Regulatorios

- Gerente Financiero

- Contador General

- Jefe de Impuestos

Que la Comisión promueva la exposición de manera detallada (desagregada) por compañía, de las cifras

correspondientes a los pagos realizados por los conceptos relacionados con el objeto del Estudio.

Considerar en adición a los montos valorizados, los volúmenes de los recursos que los generan en futuros

Estudios de Conciliación, a fin de cubrir mejor los requerimientos de la iniciativa del ITIE y que estén

alineados con las prácticas ITIE en países que ya son miembros de la Iniciativa.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 15

Producto 3: Informe Final

I. Objetivo

El objetivo del Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE en el Perú (en adelante el “Estudio”)

fue efectuar una revisión y análisis independiente entre los pagos que realizaron algunas compañías

mineras, petroleras y gasíferas (que voluntariamente participan de este estudio) y que operan en el

territorio nacional, al Gobierno Peruano, y los ingresos que recibieron de estas industrias extractivas

diversos organismos del Gobierno Peruano, así como su distribución a nivel central, regional y local,

durante el período 2008 - 2010, como parte del cumplimiento de las obligaciones tributarias y no

tributarias que aplican en la normatividad vigente del país.

Asimismo, como parte del Estudio, se presenta la información conceptual sobre el proceso de

generación de los pagos y recepción de los ingresos, provenientes de las industrias extractivas, así como

del proceso que involucra la distribución de las rentas hacia los distintos estamentos del Gobierno y la

ejecución de las mismas (precisiones conceptuales sobre el proceso de determinación del impuesto a la

renta, modalidades y mecanismos de pago, factor de temporalidad entre los pagos efectuados por las

compañías y las transferencias realizadas a los diferentes niveles de gobierno, etc.).

En tal sentido, la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú (en adelante la “Comisión de

Trabajo “ o “la Comisión”), determinó que: 1) los resultados del Estudio deben reflejar el valor de los

pagos, efectuados por las compañías extractivas adheridas a la iniciativa, por los conceptos de impuesto

a la renta, regalías y derecho de vigencia, que corresponden a la materialidad que sustenta este

segundo Estudio, al igual que en el caso del primer Estudio de la ITIE, efectuado en 2009; 2) los

resultados de este Estudio deben reflejar la participación de las compañías de los siguientes subsectores

que:

(a) Representen una proporción no menor al 75% del valor anual de la producción nacional minera

valorizada.

(b) Representen una proporción no menor al 85% del valor anual de la producción nacional de

hidrocarburos valorizada.

En este sentido, y de acuerdo con los objetivos específicos establecidos, el Segundo Estudio Nacional de

Conciliación ha tenido por objeto reflejar la proporción de la participación material de las compañías

extractivas, adheridas a la ITIE Perú, en la generación de recursos que son canalizados por el gobierno

central (vía ingresos tributarios y no tributarios provenientes de los sub sectores minería e

hidrocarburos), y luego distribuidos hacia los gobiernos regionales y locales.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 16

Por otro lado, con referencia a las compañías extractivas no adheridas a esta iniciativa, los resultados

del Segundo Estudio Nacional de Conciliación reflejan:

(a) El importe agregado de los ingresos percibidos por el Gobierno peruano de parte de las

compañías extractivas no adheridas, por los siguientes conceptos tributarios y no tributarios

deducido del importe total recaudado en el ejercicio fiscal por las entidades recaudadoras, según

el concepto de ingreso involucrado:

- Impuesto a la Renta determinado por el Contribuyente (de las Declaraciones Juradas

presentadas anualmente durante el período 2008 – 2010, por lo subsectores minería e

hidrocarburos.

- Regalías correspondientes al período 2008-2010 (subsectores de minería e

hidrocarburos).

- Derecho de Vigencia correspondiente al período 2008-2010 (sólo para el subsector

minería).

(b) El número de compañías, por subsector, cuyo valor de producción supere el promedio del:

- 2% con respecto al total del valor de la producción nacional en minería.

- 2% con respecto al total del valor de la producción nacional de hidrocarburos líquidos.

- 1% con respecto al total del valor de la producción nacional de gas natural.

Para los efectos de disponibilidad de información, la misma fue facilitada por el órgano gubernamental

competente según el concepto involucrado.

Sobre la base de lo anteriormente expuesto, el objetivo del presente Informe Final es, presentar a la

Comisión, los resultados finales del Segundo Estudio de la ITIE en el Perú al 13 de diciembre de 2011.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 17

II. Alcance

1. Compañías participantes

El alcance de la asistencia del Consultor se limita a la elaboración del Segundo Estudio de Conciliación

Nacional de la ITIE Perú de 51 compañías adheridas voluntariamente, y que son las siguientes:

N° Compañía Participación (*) Actividad

Sector Hidrocarburos

1 Ecopetrol del Perú S.A. Agregado Exploración

2 Graña y Montero Petrolera S.A. Agregado Explotación

3 Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú Agregado Explotación

4 Interoil Perú S.A. Desagregado Explotación

5 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. Agregado Explotación

6 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú Desagregado Explotación

7 Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú Agregado Exploración

8 Perenco Perú Limited Sucursal del Perú Agregado Exploración

9 Petrobras Energía Perú S.A. Desagregado Explotación

10 Pluspetrol Lote 56 S.A Agregado Explotación

11 Pluspetrol Camisea S.A Agregado Explotación

12 Pluspetrol Norte S.A Agregado Explotación

13 Pluspetrol Perú Corporation S.A Agregado Explotación

14 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú Desagregado Explotación

15 Savia Perú S.A. Agregado Explotación

16 SK Innovation Sucursal Peruana Agregado Explotación

17 Sonatrach Perú Corporation S.A.C Desagregado Explotación

18 Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú Agregado Exploración

Sector Minería

1 Anglo American Exploration Perú S.A. Desagregado Exploración

2 Anglo American Michiquillay S.A. Desagregado Exploración

3 Anglo American Perú S.A. Desagregado Exploración

4 Anglo American Quellaveco S.A. Desagregado Exploración

5 Castrovirreyna Compañía Minera S.A. Agregado Explotación

6 Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. Agregado Explotación

7 Compañía Argentum S.A. Agregado Explotación

8 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A Desagregado Explotación

9 Compañía Minera Antamina S.A. Desagregado Explotación

10 Compañía Minera Ares S.A.C Agregado Explotación

11 Compañía Minera Atacocha S.A.A Desagregado Explotación

12 Compañía Minera Condestable S.A Agregado Explotación

13 Compañía Minera Milpo S.A.A. Desagregado Explotación

14 Compañía Minera Poderosa S.A. Desagregado Explotación

15 Compañía Minera Raura S.A Agregado Explotación

16 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. Desagregado Explotación

17 Consorcio Minero Horizonte S.A. Desagregado Explotación

18 Empresa Minera Los Quenuales S.A. Desagregado Explotación

19 Gold Fields La Cima S.A.A. Agregado Explotación

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 18

N° Compañía Participación (*) Actividad

20 Lumina Copper S.A.C. Agregado Exploración

21 Minera Barrick Misquichilca S.A. Desagregado Explotación

22 Minera Bateas S.A.C. Agregado Explotación

23 Minera Pampa de Cobre S.A Desagregado Explotación

24 Minera Suyamarca S.A.C Agregado Explotación

25 Minera Yanacocha S.R.L. Desagregado Explotación

26 Minsur S.A. Desagregado Explotación

27 Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca Agregado Explotación

28 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. Desagregado Exploración

29 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. Desagregado Explotación

30 Sociedad Minera El Brocal S.A.A. Agregado Explotación

31 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú Desagregado Explotación

32 Volcan Compañía Minera S.A.A. Agregado Explotación

33 Xstrata Tintaya S.A. Desagregado Explotación

(*) Participación agregada: Corresponde a la voluntad de ciertas compañías para presentar información dentro

de este Estudio sin detallar su nombre dentro de la información conciliable, y agrupadas en una línea que

consolide dichos montos.

(*) Participación desagregada: Corresponde a la voluntad de ciertas compañías de presentar información dentro

de este Estudio mostrando su nombre dentro de la información conciliable, de manera individual.

Respecto del alcance del Estudio, la Comisión, estableció los Términos de Referencia que forman parte

del contrato suscrito con SECO, en el cual se establecieron los procedimientos para llevar a cabo el

Segundo Estudio. En este sentido, la Comisión ITIE es la única responsable por la suficiencia de los

procedimientos a llevar a cabo para sus propósitos y por la suficiencia de la documentación y pruebas

para los propósitos del Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE Perú. Consecuentemente, el

nosotros no emitimos una declaración respecto de la suficiencia de los procedimientos para los

propósitos para los cuales esta asistencia fue solicitada o para ningún otro propósito.

Asimismo, la Gerencia de las Compañías, son las únicas obligadas y responsables de: (a) establecer y

mantener controles internos efectivos para el monitoreo de sus pagos realizados al Estado Peruano, que

son materia de este Estudio, durante el período de revisión; (b) la suficiencia de su documentación de

control interno y del mantenimiento del mismo; e (c) identificar las leyes y los reglamentos aplicables y

buscar el cumplimiento de los mismos.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 19

Es importante destacar el incremento de la participación de las compañías adheridas al Segundo Estudio

con respecto al Primer Estudio, ejecutado para analizar el período 2004 – 2007. A fin de poder

visualizar este incremento de una manera gráfica, presentamos a continuación el detalle de estas

variaciones:

33

51

0

10

20

30

40

50

60

Primer Estudio (2004-2007)

Segundo Estudio (2008-2010)

Compañias participantes en el Estudio de Conciliación del ITIE

54.5%

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 20

Participantes Subsector Hidrocarburos Primer Estudio (2004-2007) Segundo Estudio (2008-2010)

Nuevas compañías participantes

No. Compañía

10 Ecopetrol del Perú S.A.

11 Graña y Montero Petrolera S.A.

12 Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú

13 SK Innovation Sucursal Peruana

14 Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú

15 Savia Perú S.A.

16 Pluspetrol Lote 56 S.A

17 Interoil Perú S.A.

18 Sonatrach Perú Corporation S.A.C

No. Compañía

1 Hunt Oil Company of Perú L.L.C.

2 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.

3 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú

4 Perenco Perú Limited, Sucursal del Perú

5 Petrobras Energía Perú S.A.

6 Pluspetrol Norte S.A.

7 Pluspetrol Perú Corporation S.A.

8 Pluspetrol Camisea S.A.

9 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú

No. Compañía

1 Hunt Oil Company of Perú L.L.C

2 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.

3 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú

4 Perenco Perú Limited Sucursal del Perú

5 Petrobras Energía Perú S.A.

6 Pluspetrol Norte S.A

7 Pluspetrol Perú Corporation S.A

8 Pluspetrol Camisea S.A

9 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú

9 9

9

0

2

4

6

8

10

12

14

16

18

20

Primer Estudio (2004-2007)

Segundo Estudio (2008-2010)

Compañías del subsector hidrocarburos participantes en el Segundo Estudio de Conciliación

del ITIE Perú

100%

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 21

Participantes Subsector Minería

Primer Estudio (2004-2007) (*) Segundo Estudio (2008-2010)

No. Compañía

1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A

2 Compañía Minera Antamina S.A.

3 Compañía Minera Argentum S.A.

4 Compañía Minera Milpo S.A.A.

5 Compañía Minera Raura S.A

6 Empresa Minera Los Quenuales S.A.

7 Minera Bateas S.A.C.

8 Minera Pampa de Cobre S.A.

9 Minera Yanacocha S.R.L.

10 Minsur S.A.

11 Pan American Silver S.A.C. - Mina Quiruvilca

12 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.

13 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

14 Xstrata Tintaya S.A.

15 Minera Barrick Misquichilca S.A.

16 Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

17 Anglo American Michiquillay S.A.

18 Anglo American Quellaveco S.A.

19 Anglo American Exploration Perú S.A.

20 Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.

Nuevas compañías participantes (*) Adicionalmente existieron 4 compañías en el Primer Estudio que no participan del Segundo Estudio. Es decir, en total, 24 compañías mineras.

No. Compañía

1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A

2 Compañía Minera Antamina S.A.

3 Compañía Minera Argentum S.A.

4 Compañía Minera Milpo S.A.A.

5 Compañía Minera Raura S.A

6 Empresa Minera Los Quenuales S.A.

7 Minera Bateas S.A.C.

8 Minera Pampa de Cobre S.A.

9 Minera Yanacocha S.R.L.

10 Minsur S.A.

11 Pan American Silver S.A.C. - Mina Quiruvilca

12 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.

13 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

14 Xstrata Tintaya S.A.

15 Minera Barrick Misquichilca S.A.

16 Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

17 Anglo American Michiquillay S.A.

18 Anglo American Quellaveco S.A.

19 Anglo American Exploration Perú S.A.

20 Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.

No. Compañía

21 Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

22 Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

23 Compañía Minera Ares S.A.C

24 Compañía Minera Condestable S.A

25 Gold Fields La Cima S.A.A.

26 Lumina Copper S.A.C.

27 Minera Suyamarca S.A.C

28 Anglo American Perú S.A.

29 Compañía Minera Atacocha S.A.A

30 Compañía Minera Poderosa S.A.

31 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A.

32 Consorcio Minero Horizonte S.A.

33 Volcan Compañía Minera S.A.A.

Page 22: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 22

24

33

0

5

10

15

20

25

30

35

Primer Estudio (2004-2007)

Segundo Estudio (2008-2010)

Compañias mineras participantes en el Estudio de Conciliación ITIE

37.5%

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 23

Subsector Hidrocarburos

Subsector Minería

Según la clasificación de Agregadas y No Agregadas

Primer Estudio

Segundo Estudio

Incremento (%)

Primer Estudio

Segundo Estudio

Incremento (%)

Compañías Agregadas

2 13

Compañías Agregadas

6 13

Compañías Desagregadas

7 5

Compañías Desagregadas

18 20

Total

9

18

100%

Total

24

33

37.5%

Subsector Hidrocarburos Subsector Minería

Según la clasificación de Exploración y Explotación

Primer Estudio

Segundo Estudio

Incremento (%)

Primer Estudio

Segundo Estudio

Incremento (%)

Exploración

1

3

Exploración

5

6

Explotación

8

15

Explotación

19

27

Total 9 18 100% Total 24 33 37.5%

Page 24: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 24

2. Representatividad de las Compañías adheridas al Segundo Estudio de Conciliación de la ITIE en el

Perú

Sobre la base de lo expresado en los Términos de Referencia del presente Estudio, a continuación se

presenta el porcentaje de participación que tienen las compañías adheridas al Segundo Estudio en la

producción peruana minera y de hidrocarburos durante el período 2008 a 2010:

Participación de las compañías adheridas al Segundo Estudio

Sector

Año Año Año

2008 2009 2010

Minería 86.94% 84.41% 83.42%

Hidrocarburos 88.06% 89.73% 90.33%

Fuente: Oficina General de Gestión Social – Ministerio de Energía y Minas.

A continuación se presenta la producción valorizada del sector minero y de hidrocarburos a nivel

nacional:

2.1. Sector Minero

METAL 2008 2009 2010

COBRE 8,661,303,527.44 6,454,782,084.41 9,215,329,610.41

PLATA 1,460,037,519.79 1,487,411,707.67 1,883,303,973.58

PLOMO 532,375,842.66 355,940,309.28 377,832,697.08

ZINC 2,406,587,433.91 2,034,172,164.17 2,555,420,046.63

ORO 3,726,795,276.79 4,202,969,160.57 4,289,524,923.05

ESTAÑO 733,478,609.87 516,845,083.47 701,899,333.91

MOLIBDENO 1,051,089,226.79 278,103,895.56 507,929,593.57

TOTAL US $ 18,571,667,437.25 15,330,224,405.13 19,531,240,178.23

Valor de la producción total US $

21,360,787,878.68 18,161,827,319.09 23,412,898,359.70

Participación % de las empresas adheridas al

ITIE Perú 86.94% 84.41% 83.42%

FUENTE: Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera /Estadística Minera

Page 25: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 25

2.2. Sector Hidrocarburos

Detalle

Valor de la Producción 2008 - US$

Hidrocarburos Líquidos

Gas Natural Total Hidrocarburos

Producción valorizada compañías adheridas (C) 3,948,945,057.56 867,539,536.97 4,816,484,594.53

Producción valorizada compañías no adheridas (D) 425,641,784.52 227,656,533.57 653,298,318.09

Total Producción Valorizada (E) 4,374,586,842.08 1,095,196,070.54 5,469,782,912.62

% Participación Total Adheridas (C/E) 88.06%

% Participación Total No adheridas (D/E) 11.94%

Detalle

Valor de la Producción 2009 - US$

Hidrocarburos Líquidos

Gas Natural Total Hidrocarburos

Producción valorizada compañías adheridas (C) 2,973,307,427.37 404,241,304.63 3,377,548,732.00

Producción valorizada compañías no adheridas (D) 292,627,227.15 93,843,439.66 386,470,666.81

Total Producción Valorizada (E) 3,265,934,654.52 498,084,744.29 3,764,019,398.81

% Participación Total Adheridas (C/E) 89.73%

% Participación Total No adheridas (D/E) 10.27%

Detalle

Valor de la Producción 2010 - US$

Hidrocarburos Líquidos

Gas Natural Total Hidrocarburos

Producción valorizada compañías adheridas (C) 4,106,241,706.98 1,031,175,195.57 5,137,416,902.55

Producción valorizada compañías no adheridas (D) 440,847,314.94 108,841,970.23 549,689,285.17

Total Producción Valorizada (E) 4,547,089,021.92 1,140,017,165.80 5,687,106,187.72

% Participación Total Adheridas (C/E) 90.33%

% Participación Total No adheridas (D/E) 9.67%

FUENTE: Estadística Mensual – Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera

ELABORACIÓN: Oficina General de Gestión Social – Ministerio de Energía y Minas

2.3 Participación material de compañías del sector extractivo peruano (minería e hidrocarburos)

A continuación se detalla la representatividad de las compañías mineras y de hidrocarburos que

sobrepasan el 2% (para las compañías mineras y petroleras) y el 1% (para las compañías gasíferas) del

total del valor de producción del sector extractivo (minería e hidrocarburos):

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 26

Año 2008

Compañía Valor de Producción

(US$) % Participación

Producción Segundo Estudio

Compañías Mineras

Compañía Minera Antamina S.A. 3,840,055,003 14.31% Adherida

Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

3,104,885,393 11.57% Adherida

Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 2,385,746,462 8.89% Adherida

Minera Yanacocha S.R.L. 1,633,411,198 6.09% Adherida

Minera Barrick Misquichilca S.A. 1,400,799,950 5.22% Adherida

Volcan Compañía Minera S.A.A. 1,008,188,793 3.76% Adherida

Xstrata Tintaya S.A. 828,673,908 3.09% Adherida

Minsur S. A. 749,713,001 2.79% Adherida

Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 575,190,388 2.14% Adherida

Empresa Minera Los Quenuales S.A. 543,134,886 2.02% Adherida

Compañías de Hidrocarburos Líquidos

Pluspetrol Perú Corporation S.A. (Lote 88) 1,374,313,717 5.12% Adherida

Pluspetrol Norte S.A. (Lote 1AB) 1,382,737,110 5.15% Adherida

Compañías Gasíferas

Pluspetrol Perú Corporation 764,922,929 2.85% Adherida

Subtotal 19,591,772,737 73.02%

Total de compañías con % menor a los requeridos

7,238,798,054 26.98%

Totales 26,830,570,792 100.00%

Año 2009

Compañía Valor de Producción

(US$) % Participación

Producción Segundo Estudio

Compañías Mineras

Compañía Minera Antamina S.A. 2,948,974,390 13.45% Adherida

Minera Yanacocha S.R.L. 2,051,721,819 9.36% Adherida

Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

1,921,862,326 8.77% Adherida

Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 1,632,397,842 7.45% Adherida

Minera Barrick Misquichilca S.A. 1,269,227,275 5.79% Adherida

Volcan Compañía Minera S.A.A. 812,361,440 3.71% Adherida

Xstrata Tintaya S.A. 610,771,451 2.79% Adherida

Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 577,508,627 2.63% Adherida

Minsur S. A. 519,172,362 2.37% Adherida

Compañías de Hidrocarburos Líquidos

Pluspetrol Perú Corporation S.A. (Lote 88) 1,514,393,194 6.91% Adherida

Pluspetrol Norte S.A. (Lote 1AB) 674,829,374 3.08% Adherida

Petrobras Energía Perú S.A. 515,491,703 2.35% Adherida

Compañías Gasíferas

Pluspetrol Perú Corporation 364,387,648 1.66% Adherida

Subtotal 15,413,099,451 70.30%

Total de compañías con % menor a los requeridos

6,512,747,267 29.70%

Totales 21,925,846,718 100.00%

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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Año 2010

Compañía Valor de Producción

(US$) % Participación

Producción Segundo Estudio

Compañías Mineras

Compañía Minera Antamina S.A. 3,847,516,056 13.22% Adherida

Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

2,656,021,457 9.13% Adherida

Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 2,494,646,921 8.57% Adherida

Minera Yanacocha S.R.L. 1,837,331,333 6.31% Adherida

Minera Barrick Misquichilca S.A. 1,252,696,811 4.30% Adherida

Volcan Compañía Minera S.A.A. 1,002,763,739 3.45% Adherida

Xstrata Tintaya S.A. 766,111,177 2.63% Adherida

Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 762,381,797 2.62% Adherida

Minsur S. A. 701,899,334 2.41% Adherida

Compañía Minera Milpo S.A.A. 617,755,928 2.12% Adherida

Compañías de Hidrocarburos Líquidos

Pluspetrol Perú Corporation S.A. (Lote 88) 2,203,650,847 7.57% Adherida

Pluspetrol Norte S.A. (Lote 1AB) 881,402,242 3.03% Adherida

Compañías Gasíferas

Pluspetrol Perú Corporation 984,534,946 3.38% Adherida

Subtotal 20,008,712,588 68.76%

Total de compañías con % menor a los requeridos

9,091,291,959 31.24%

Totales 29,100,004,547 100.00%

FUENTE: Dirección General de Minería /Departamento de Producción Minera /Estadística Minera

3. Pagos realizados por las Compañías participantes

El Segundo Estudio de Conciliación ITIE – Perú presenta los siguientes tipos de pagos que han realizado

al Estado Peruano las compañías mineras, petroleras y gasíferas adheridas al Segundo Estudio:

- Impuesto a la Renta determinado por las compañías adheridas (Declaraciones Juradas

presentadas anualmente durante el período 2008 – 2010 y las Declaraciones Juradas

Sustitutorias y/o Rectificatorias presentadas por las compañías a la SUNAT).

- Regalías correspondientes al período 2008-2010 (subsectores de minería e hidrocarburos).

- Derecho de Vigencia correspondiente al período 2008-2010 (solo para el subsector minería).

El Estudio ha tomado en cuenta la información respecto a los convenios de estabilidad jurídica y/o

tributaria que pudieran tener las compañías mineras y contratos de licencia y/o servicios de las

compañías del subsector de hidrocarburos participantes del Segundo Estudio.

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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 28

4. Representatividad de los pagos realizados por las compañías adheridas al Segundo Estudio respecto

de los totales nacionales por concepto y por subsector

De acuerdo con lo solicitado en los Términos de Referencia del presente Estudio, a continuación se

presenta el nivel de representatividad de los pagos efectuados por las compañías adheridas al Segundo

Estudio por conceptos de Impuesto a la Renta, regalías mineras e hidrocarburos y Derechos de Vigencia,

respecto del total nacional recaudado por subsector, de acuerdo con la información proporcionado por

las instituciones públicas que administran dichos conceptos:

4.1 Impuesto a la Renta – Subsector Minero

Concepto 2008

(En miles de S/.) 2009

(En miles de S/.) 2010

(En miles de S/.)

Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE (1)

6,449,658 90% 5,837,917 91% 7,460,190 85%

Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio ITIE

680,165 10% 599,828 9% 1,309,388 15%

Total Nacional recaudado según Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT:

7,129,823 100% 6,437,745 100% 8,769,578 100%

Nota

(1) El monto que se presenta en esta sección está compuesto de la siguiente manera:

Impuesto a la renta 2008 2009 2010

En miles de S/. (a) 2,243,385 1,884,457 3,392,973

En miles de US$ (b) 1,437,550 1,312,570 1,439,214

En miles de S/. convertidos de miles de US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)

4,206,273 3,953,460 4,067,218

Total (a) + (d) 6,449,658 5,837,917 7,460,191

Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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Impuesto a la Renta – Subsector Hidrocarburos

Concepto 2008

(En miles de S/.) 2009

(En miles de S/.) 2010

(En miles de S/.)

Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE (1)

845,530 74% 533,880 69% 1,046,328 80%

Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio ITIE

296,564 26% 240,270 31% 256,500 20%

Total Nacional recaudado según Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT:

1,142,094 100% 774,150 100% 1,302,828 100%

Nota

(1) El monto que se presenta en esta sección está compuesto de la siguiente manera:

Impuesto a la Renta 2008 2009 2010

En miles de S/. (a) 401,190 271,689 445,798

En miles de US$ (b) 151,859 87,049 212,502

En miles de S/. convertidos de miles

de US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)

444,340 262,191 600,530

Total (a) + (d) 845,530 533,880 1,046,328

Tipo de cambio por 1 US$ (c) S/. 2.926 S/. 3.012 S/. 2.826

4.2 Regalías Mineras

Concepto 2008 (En miles de S/.)

2009 (En miles de S/.)

2010 (En miles de S/.)

Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio EITI

348,328 77% 334,147 99% 566,549 88%

Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio EITI

106,291 23% 3,824 1% 75,667 12%

Total Nacional según Ministerio de Economía y Finanzas:

454,619 100% 337,971 100% 642,216 100%

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4.3 Regalías de Hidrocarburos

Concepto 2008

(en miles de US$) 2009

(en miles de US$) 2010

(en miles de US$)

Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE

953,665 84% 731,510 85% 1,138,863 87%

Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio ITIE

177,635 16% 128,808 15% 177,635 13%

Total Nacional según Perupetro: 1,131,300 100% 860,318 100% 1,316,498 100%

4.4 Derechos de Vigencia

Concepto 2008

(En miles de US$) 2009

(En miles de US$) 2010

(En miles de US$)

Monto recaudado de compañías adheridas al Segundo Estudio EITI

7,758 20% 7,450 21% 8,716 19%

Monto recaudado de compañías no adheridas al Segundo Estudio EITI

31,643 80% 28,213 79% 37,556 81%

Total Nacional según INGEMMET: 39,401 100% 35,663 100% 46,272 100%

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

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Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 31

III. Metodología

Para la realización del Segundo Estudio de Conciliación se ha seguido el siguiente enfoque

metodológico:

1. Identificación de compañías, coordinaciones y tipología de pagos

i. Se obtuvo la relación de compañías participantes de las industrias extractivas, la cual asciende a

51 Compañías.

ii. Sobre la tipología de los pagos que efectúan las compañía, se ha revisado la siguiente

información:

- Monto Final del Impuesto a la Renta Determinado por el Contribuyente (casilleros 504 y

126 de ser el caso, obtenido de las Declaraciones Juradas presentadas anualmente

durante el período 2008 – 2010 , así como las Declaraciones Juradas Sustitutorias y/o

Rectificatorias presentadas por las compañías a la SUNAT), excepto para aquellas

compañías que tienen más de una unidad económica administrativa, en cuyo caso se

consideró lo declarado en los anexos mineros o de hidrocarburos de las mismas

declaraciones juradas.

- Monto de las Regalías por el período 2008-2010 (subsectores de minería e

hidrocarburos).

- Monto del Derecho de Vigencia por el período 2008-2010 (sólo para el subsector minería).

Asimismo, se ha considerado la información contenida en los convenios de estabilidad jurídica

y/o tributaria para el caso de las compañías mineras y contratos de licencia y/o servicios de las

compañías del subsector de hidrocarburos.

iii. Previa coordinación con la Comisión, se ha trabajado con las siguientes entidades para obtener la

información de los ingresos que registra el Estado Peruano por el período 2008-2010 y su

correspondiente distribución.

- Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (en adelante SUNAT).

- Ministerio de Economía y Finanzas (en adelante MEF).

- Perupetro.

- Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (en adelante INGEMMET).

- Ministerio de Energía y Minas (en adelante MEM).

- Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros (en adelante

PCM).

Asimismo, se han tomado en cuenta los ingresos que se transfieren hacia los Gobiernos

Regionales y Locales y otras instituciones estatales.

1. Identificación de

compañías, coordinaciones y tipología de pagos

2. Relevamiento y

documentación del proceso de pagos, ingresos y distribución de los pagos efectuados por las empresas

3. Obtención, procesamiento

y verificación de la información

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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2. Relevamiento y documentación del proceso de pagos, ingresos y distribución de los pagos efectuados

por las compañías

Se realizó con el objetivo de incluir información conceptual sobre el proceso de generación de los pagos

y recepción de los ingresos, provenientes de las industrias extractivas, así como del proceso que

involucra la distribución de las rentas hacia los distintos estamentos del Estado y la ejecución de las

mismas (precisiones conceptuales, proceso de determinación del Impuesto a la Renta, modalidades y

mecanismos de pago, factor de temporalidad entre los pagos efectuados por las compañías y las

transferencias realizadas a los diferentes niveles de gobierno, etc.).

Las actividades realizadas fueron:

- Relevamiento de información del proceso de pagos, ingresos y distribución seguidos por los entes

reguladores.

- Revisión de la normatividad aplicable al proceso de generación, pago, recaudación, distribución y

uso de los recursos económicos en los períodos que abarca el Segundo Estudio (2008-2010).

- Obtención de los informes de distribución de los recursos recaudados provenientes de las

compañías que participan en la elaboración del Segundo Estudio de Conciliación a nivel central,

regional y local.

- Cruce de la recaudación con la distribución por compañía, de acuerdo con los porcentajes

señalados en la normatividad vigente y de acuerdo con la información disponible.

3. Obtención, procesamiento y verificación de la información

3.1. Obtención de la información

(i) Se ha compilado la información necesaria para la elaboración del Segundo Estudio de

Conciliación por el período 2008-2010. Para ello, se diseñaron los formatos de solicitud de

información, los cuales fueron enviados a las compañías participantes y a los organismos

estatales involucrados. Dichos formatos se muestran en la sección X Anexos, del I al VI.

(ii) Respecto al Impuesto a la Renta determinado por el contribuyente, se recibió la información

tanto de las compañías como de la SUNAT a partir de los reportes de Declaración de Pago Anual

del Impuesto a la Renta Tercera Categoría de los años 2008, 2009 y 2010. La información que

se recabó fue el monto final determinado por concepto de Impuesto a la Renta (casilla 504), más

el importe por pagos a cuenta del Impuesto a la Renta acreditados contra el ITAN (casilla 126),

de ser aplicable; por contribuyente, excepto para aquellas compañías que tienen más de una

unidad económica administrativa para las cuales se consideró lo declarado en los anexos mineros

o de hidrocarburos de las mismas declaraciones juradas, lo cual fue indicado en la Carta de

solicitud de información a SUNAT que entregaron a nosotros las compañías participantes, para

solicitar la información a la SUNAT. Los formatos de requerimiento de información y la Carta de

solicitud de información a SUNAT se muestran en la sección X Anexos, del I al VIII.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 33

(iii) Se solicitó documentación de sustento adicional a lo indicado en los numerales anteriores,

cuando se identificaron diferencias en la conciliación de los pagos efectuados por las compañías y

los ingresos recaudados por las instituciones públicas.

(iv) Se obtuvo, de las instituciones públicas, los informes de distribución de los recursos recaudados

a nivel agregado, por áreas geográficas, a nivel de distribución regional, departamental,

provincial y distrital, sin identificar la distribución de recursos por compañía aportante, salvo los

casos de Perupetro, donde la información permite la identificación por compañía a nivel

departamental, e INGEMMET, cuyo detalle muestra la distribución por compañía a nivel distrital.

3.2. Procesamiento y verificación de la información

(i) Se sistematizó la información recibida en los formatos diseñados para tal fin, tanto para las

compañías participantes como para las instituciones públicas, los cuales se muestran en la

sección X Anexos, del I al VI. En los casos en los cuales se identificaron inconsistencias, se

procedió a realizar la consulta pertinente a la compañía y/o al organismo estatal involucrado, y

se requirió la información complementaria, ciñéndose puntualmente al aspecto sujeto de la

consulta.

(ii) Se conciliaron los pagos efectuados por las compañías participantes del Segundo Estudio por los

conceptos de Impuesto a la Renta, Regalías y Derecho de Vigencia y los ingresos recaudados por

las Instituciones públicas: SUNAT para el caso de Impuesto a la Renta y Regalías Mineras;

Perupetro para el caso de Regalías Petroleras y Gasíferas; e INGEMMET para el caso de Derecho

de Vigencia.

(iii) Se revisó la información proporcionada por las instituciones públicas, a fin de poder conciliar los

ingresos recaudados por los conceptos descritos anteriormente y los importes distribuidos por

las Instituciones públicas correspondientes: DGDFAS-MEF (antes DGAES-MEF) y PCM, para el

caso de Impuesto a la Renta y Regalías Mineras; Perupetro y PCM, para el caso de Regalías de

Hidrocarburos y Gasíferas; e INGEMMET para el caso de Derecho de Vigencia.

(iv) Cabe señalar que en el caso del Impuesto a la Renta (Canon Minero) y Regalías Mineras, no es

posible conciliar los ingresos recaudados por las instituciones públicas (de las compañías

adheridas al Estudio) con los montos distribuidos, ya que dichos montos están presentados en

forma agregada por zonas geográficas y no por detalle de las compañías aportantes. Se ha

realizado recálculos a fin de evaluar la razonabilidad de la distribución por estos conceptos. En el

caso de Regalías de Hidrocarburos, la información proporcionada por Perupetro permite revisar

la distribución del canon y sobrecanon petrolero por compañía solo a nivel departamental. En el

caso de los Derechos de Vigencia, permite identificar la distribución de estos por compañía a

nivel distrital. En la sección VII “Detalle de los resultados del Estudio de Conciliación de la

Distribución”, se explica las particularidades de los conceptos distribuidos, así como el trabajo

realizado para mostrar los resultados de la distribución de las compañías.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 34

(v) Los importes que han sido conciliados corresponden a lo efectivamente pagado por las

compañías, de acuerdo con los criterios establecidos en el Manual de la ITIE. Para el caso del

Impuesto a la Renta, de acuerdo con lo acordado por la Comisión de Trabajo de la ITIE Perú, se

concilió el importe declarado en el casillero 504 de las declaraciones juradas anuales del

Impuesto a la Renta, más el importe por pagos a cuenta del Impuesto a la Renta acreditados

contra el ITAN declarados en el casillero 126 (de ser el caso), excepto para aquellas compañías

que tienen más de una unidad económica administrativa para las cuales se consideró lo declarado

en los anexos mineros o de hidrocarburos de las mismas declaraciones juradas. Los importes

declarados en los casilleros 504 y/o en los anexos minero y de hidrocarburos, son pagados a

través de pagos a cuenta mensuales, aplicación de otros impuestos pagados deducibles,

regularización de pago del saldo final, aplicación de créditos varios, entre otros. Asimismo, la

distribución del Impuesto a la Renta, tanto a las regiones geográficas a través de los cánones, así

como directamente al Tesoro Público, se realiza tomando como base el impuesto declarado

anualmente por las compañías vía su Declaración Jurada Anual.

Cabe destacar que, de acuerdo con las normas tributarias peruanas, los contribuyentes son clasificados

en directorios según su envergadura y montos pagados, y su clasificación está determinada en dos

grandes grupos: Medianos y Pequeños Contribuyentes (MEPECOs) y Principales Contribuyentes

(PRICOs). Cabe destacar que la mayoría de compañías que forman parte del Segundo Estudio están

clasificadas por la SUNAT como Principales Contribuyentes (PRICOs). El pertenecer al Directorio de

PRICOS les otorga a las Compañías ciertos beneficios, así como también, por su importancia, un mayor

nivel de monitoreo de parte de la Administración Tributaria. En la práctica, el mayor nivel de monitoreo

se evidencia a través de una fiscalización más frecuente y, como consecuencia de ello, de una mayor

solicitud de información. SUNAT determina a los Principales Contribuyentes (PRICOs) en función a la

información proveniente de las declaraciones del contribuyente, así como de determinaciones propias.

La incorporación de un contribuyente al directorio de PRICOS procura otorgarles un mejor servicio

sobre la base de una atención más personalizada, servicios de orientación, recepción de formularios y

trámites en lugares acondicionados para ellos, así como el proceso de recálculo en línea de su deuda

tributaria (reliquidación automática de lo declarado) al momento de la presentación de su declaración

jurada. Para los PRICOs, al momento de la recepción de sus declaraciones pago, mientras se digita la

información contenida en sus formularios, el sistema realiza el recálculo de la deuda tributaria (en

línea), de modo que cuando se detecta una inconsistencia en su declaración, éste procura informarlo en

el momento (Ver Anexo IX, Clasificación en PRICOs y MEPECOs de las compañías adheridas al Segundo

Estudio de Conciliación Nacional ITIE).

Asimismo, resulta importante mencionar que la legislación peruana no contempla, como parte de sus

exigencias para la declaración y pago de los conceptos incluidos en este estudio, la certificación o

auditoría de dichas cifras. Asimismo, es importante considerar lo siguiente:

- Impuesto a la Renta y Regalías Mineras: la información proporcionada a la Administración

Tributaria (SUNAT) tiene carácter de declaración jurada según lo estipula el Código Tributario

Peruano, y es susceptible de revisión por la SUNAT durante un período de tiempo posterior a la

presentación de la declaración, con un plazo de prescripción que normalmente es de 4 años en el

caso del Impuesto a la Renta, contados a partir del 1 de enero del año siguiente de presentada la

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 35

correspondiente Declaración Jurada del Impuesto a la Renta y de Regalías Mineras. Para el caso

de Regalías Mineras, a partir de 2007 la prescripción alcanzaba el plazo de 4 años.

- Regalías de Hidrocarburos: son calculadas por el propio órgano recaudador (Perupetro), estando

la compañía obligada a pagar el importe calculado después de haber realizado una validación

simple.

- Derechos de Vigencia: son determinados por INGEMMET, quien emite la base de datos de los

importes a ser pagados por denuncio, resultante de sus cálculos, y la remite a las entidades

bancarias donde los titulares de los denuncios se acercarán a cancelar sus obligaciones.

Ver base legal de los conceptos mencionados líneas arriba en el numeral 1.2 del Marco Conceptual de

los conceptos que forman parte del Segundo Estudio de Conciliación (Sección IV).

En el caso de las instituciones públicas, éstas se encuentran bajo la supervisión de la Contraloría General

de la República, órgano máximo de control del Estado Peruano, quien define sobre dichas instituciones,

revisiones que buscan, entre otros, el adecuado control interno y razonabilidad de sus estados

financieros.

La información entregada por las compañías adheridas para la elaboración de las conciliaciones ha sido

presentada en formatos diseñados para efectos del Segundo Estudio, los cuales están debidamente

firmados por los representantes legales de las compañías donde declaran que la veracidad de la

información presentada es responsabilidad de la Gerencia de las compañías adheridas al Segundo

Estudio.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 36

IV. Marco conceptual de los conceptos que forman parte del Segundo Estudio de Conciliación ITIE

En el contexto peruano, el sector extractivo, a través de sus áreas más representativas (industria

minera, petrolera y gasífera), entrega como contraprestaciones dinerarias al Estado Peruano ciertos

conceptos de carácter tributario (Impuesto a la Renta) y no tributario (Regalías y Derechos de Vigencia),

entre otros. A continuación se muestra un resumen de cómo estos pagos realizados por las compañías

extractivas son recaudados por las instituciones públicas y cómo se distribuyen:

Concepto de

pago

Frecuencia

de la

recaudación

Institución

que recauda

Institución que

distribuye

Frecuencia

de la

distribución

Concepto de la

distribución

Impuesto a

la Renta (IR) Anual SUNAT

DGDFAS-MEF (antes

DGAES – MEF)

PCM

DGTP - MEF

Anual

Canon Minero

(50% IR)

Canon Gasífero

(50% IR + 50% Regalía

Gasífera)

Regalía

Minera Mensual SUNAT

DGDFAS-MEF (antes

DGAES – MEF)

PCM

DGTP - MEF

Mensual Regalía Minera

(100% Regalía Minera)

Regalía

Petrolera Quincenal Perupetro

Perupetro

DGDFAS-MEF (antes

DGAES – MEF)

PCM

DGTP - MEF

Mensual Canon Petrolero

(100% Regalía Petrolera)

Regalía

Gasífera Quincenal Perupetro

Perupetro

DGDFAS-MEF (antes

DGAES – MEF)

PCM

DGTP - MEF

Mensual

Canon Gasífero

(50% IR + 50% Regalía

Gasífera)

Derecho de

Vigencia Anual INGEMMET INGEMMET Mensual Derecho de Vigencia

Siglas

SUNAT: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria

INGEMMET: Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico.

DGDFAS-MEF: Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales del Ministerio de

Economía y Finanzas

DGAES – MEF: Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y

Finanzas (a partir del año 2011, la DGAES se dividió en cuatro direcciones siendo ahora la Dirección

General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales (DGDFAS) la institución encargada de las

funciones de la antigua DGAES – MEF).

PCM: Presidencia del Consejo de Ministros

DGTP – MEF: Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 37

A continuación, describimos el rol y mecanismos empleados de las instituciones del Estado que

recaudan los pagos sujetos al alcance de este Segundo Estudio:

- SUNAT: La SUNAT es una Institución Pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas,

dotada de personería jurídica de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía económica,

administrativa, funcional, técnica cuyo rol es administrar, fiscalizar y recaudar los tributos

internos (vg. Impuesto a la Renta y Regalías Mineras), con excepción de los municipales, y

desarrollar las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud

(ESSALUD) y a la Oficina de Normalización Previsional (ONP). La SUNAT utiliza como

mecanismos las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes para poder recaudar,

administrar y fiscalizar los recursos obtenidos por el cobro de los distintos tipos de impuestos

que la ley tributaria peruana determina. Dichas declaraciones juradas tienen naturaleza

vinculante respecto a la información que allí se detalla y son susceptibles de ser fiscalizadas en

períodos definidos.

- PERUPETRO: Es la Empresa Estatal de derecho privado, encargada de promover la inversión en

actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en el país. En representación del

Estado, negocia, celebra y supervisa los contratos en esta materia, así como los Convenios de

Evaluación Técnica. Asimismo, comercializa, a través de terceros y bajo los principios del libre

mercado, los hidrocarburos provenientes de las áreas bajo contrato, en la modalidad de servicios.

Está sujeta a la fiscalización posterior y por resultados de la Contraloría General de la República y

del sector Energía y Minas, y opera bajo el régimen tributario común de las empresas privadas.

Asimismo, se encarga del cálculo y recaudación de las regalías correspondientes a la venta de

hidrocarburos por parte de las compañías extractivas.

- INGEMMET: El Instituto Geológico Minero y Metalúrgico tiene entre sus funciones: recibir, admitir

a trámite y tramitar petitorios de concesión minera a nivel nacional, otorgar títulos de concesión

minera, administrar y distribuir el Derecho de Vigencia y Penalidad, controlando los abonos

efectuados, las deudas y expidiendo las resoluciones de no pago de derecho de vigencia y

penalidad y resoluciones de exclusión de dicha condición.

Esquema del marco conceptual del Estudio ITIE

A continuación se presenta el esquema general de cómo las compañías del sector minero y de

hidrocarburos en el Perú se interrelacionan con las instituciones del Estado para el pago de Impuesto a

la Renta, Regalías Mineras y de Hidrocarburos, así como del pago de los Derechos de Vigencia y bajo qué

conceptos estas aportaciones son distribuidas entre los gobiernos locales y regionales. En las páginas

siguientes a este esquema se indica los conceptos aquí mostrados:

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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Empresas

Mineras,

Petroleras y

Gasíferas en

exploración y

explotación Impuesto a la

Renta

Regalías

Derecho de

Vigencia

S/. ESTADO PERUANO

Gobiernos:

- Locales

- Regionales

- Central

SUNAT

PERUPETRO

INGEMMET

PAGOS DE

COMPAÑÍAS

ETAPA DE DISTRIBUCION

Canon minero

y petrolero

Regalías

Derecho de

Vigencia

Recaudadores

S/.

=

MEF

PERUPETRO

INGEMMET

PCM

INGRESOS DEL

ESTADO

Administradores

ETAPA DE RECAUDACION

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A continuación se presenta la descripción de las tipologías de pago que son sujetas de este Segundo Estudio:

IV.1. Impuesto a la Renta

1. Aspectos Generales

1.1. Concepto

Impuesto a la Renta -

El Impuesto a la Renta de Tercera Categoría es el impuesto que pagan las compañías por las

utilidades o ganancias que obtienen por la realización de actividades empresariales tales como:

actividades comerciales, industriales, servicios o negocios. Generalmente, estas rentas provienen

de la aplicación conjunta de capital y trabajo, entendiéndose como tales a aquéllas que

provengan de una fuente durable y susceptible de generar ingresos periódicos. Los

contribuyentes domiciliados tributan por sus rentas o utilidades anuales de fuente mundial,

debiendo efectuar anticipos mensuales del impuesto.

Canon minero -

El canon minero corresponde al 50% del Impuesto a la Renta de tercera categoría declarado por

las empresas mineras. De acuerdo con la Ley del Canon, éste corresponde a la “participación

efectiva y adecuada de la que gozan los Gobiernos Locales y Regionales del total de ingresos y

rentas obtenidas por el Estado por la explotación de recursos minerales, metálicos y no

metálicos”. Asimismo, de acuerdo con dicha Ley, los recursos obtenidos por Canon deberán ser

utilizados por los Gobiernos Locales y Regionales exclusivamente para el desarrollo de obras de

infraestructura que tengan un impacto regional y /o local.

1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio

Impuesto a la Renta -

- D. S. N° 179-2004-EF, Texto Único Ordenado

- D. S. Nº 122-94-EF y modificatorias, Reglamento del TUO.

Canon minero -

- Ley Nº 27506 (publicada el 10 de julio de 2001).

- Reglamentado por D.S. Nº 005-2002-EF (publicado el 09 de enero de 2002).

- D.S. N° 003 -2003 - EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF- Reglamento de la Ley de

Canon (publicado el 09 de enero de 2003).

- D.S. N° 115 -2003-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF, que aprobó el Reglamento de

la Ley de Canon (publicado el 14 de agosto de 2003).

- Ley N° 28077 - Modificación de la Ley N° 27506 -Ley de Canon (publicada el 26 de

setiembre de 2003)

- D.S. N° 029 -2004-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el

Reglamento de la Ley N° 27506, Ley del Canon (publicado el 17 de febrero de 2004).

- Ley N° 28322 - Modificación artículos de la Ley N° 27506, Ley de Canon, modificados por

la Ley Nº 28077 (publicada el 10 de agosto de 2004).

- D.S. N° 187 -2004-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el

Reglamento de la Ley N° 27506, Ley del Canon (publicado el 22 de diciembre de 2004).

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1.3. Participantes

- Contribuyentes: Compañías.

- Recaudador: SUNAT.

- Distribuidores: DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), PCM, DGTP – MEF.

1.4 Base de cálculo

Impuesto a la Renta -

Impuesto a la Renta =

Base imponible x Tasa

El Impuesto a la Renta se calcula sobre la base de la renta imponible del año, es decir, por la

utilidad contable del ejercicio más las adiciones y menos las deducciones tributarias que

establece la Ley y Reglamento del Impuesto a la Renta vigente.

Están sujetas al impuesto la totalidad de las rentas gravadas que obtengan los contribuyentes

que, conforme a las disposiciones legales, se consideran domiciliados en el país, sin tener en

cuenta la nacionalidad de las personas naturales, el lugar de constitución de las jurídicas, ni la

ubicación de la fuente productora.

Se consideran compañías domiciliadas en el país a las compañías que están registradas

fiscalmente en el Perú.

En general, la tasa de Impuesto a la Renta de las personas jurídicas domiciliadas es de 30%

(aplicable para el período 2008-2010, sujeto a análisis).

El canon minero está constituido por el 50% (cincuenta por ciento) del Impuesto a la Renta que

obtiene el Estado y que pagan las compañías titulares de la actividad minera por el

aprovechamiento de los recursos minerales, metálicos y no metálicos (aplicable para el período

2008-2010, sujeto a análisis).

1.5 Periodicidad

Cálculo -

- Impuesto a la Renta: Anual

- Canon minero: Anual

Recaudación -

- Impuesto a la Renta: Mensual, a través de la recaudación de los pagos a cuenta del

Impuesto a la Renta. La regularización del Impuesto a la Renta por pagar se realiza en

forma anual.

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Distribución -

- Canon minero: Anual a partir del año 2006. Durante los años 2004 y 2005 la distribución

del canon minero se realizaba mensualmente, correspondiendo el pago a un doceavo

(1/12) del monto total determinado.

1.6 Utilización del canon

Los recursos que los gobiernos locales y regionales reciban por concepto de Canon se utilizarán

de manera exclusiva en gastos de inversión, debiendo observar, según corresponda, las

disposiciones del Sistema Nacional de Inversión Pública aplicables. Asimismo, los gobiernos

regionales deberán destinar el 20% del monto que les corresponda, según lo establecido en la Ley

del Canon, a las universidades públicas de su circunscripción.

2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y de distribución del canon minero

2.1 Recaudación

Las compañías determinan el Impuesto a la Renta por pagar en la Declaración Jurada Anual,

mediante el formulario de declaración anual, el cual es administrado por el ente recaudador,

SUNAT. Mensualmente, las compañías van realizando pagos a cuenta calculados en razón de sus

ingresos y al final del ejercicio fiscal realizan la regularización anual del impuesto a la renta a

pagar por medio de la Declaración Jurada Anual. Esta declaración jurada anual es presentada a la

SUNAT durante los meses de marzo y abril del año siguiente al año que se declara. El importe de

Impuesto a la Renta devengado del ejercicio (importe que es la base para el proceso de

distribución), corresponde al importe calculado por Impuesto a la Renta neto de créditos sin

derecho de devolución (casilleros Nro. 504 y 516 de la Declaración Jurada del Impuesto a la

Renta respectivamente). Es posible que las compañías presenten Declaraciones Rectificatorias y

Declaraciones Sustitutorias por la Declaración Jurada Anual presentada.

Las declaraciones Sustitutorias son aquellas que reemplazan o sustituyen íntegramente

Declaraciones Juradas previamente presentadas por las compañías antes de la fecha de

vencimiento determinada por SUNAT. Las declaraciones Rectificatorias son aquellas que

presentan las compañías con posterioridad a la fecha de vencimiento determinada por SUNAT.

Para efectos de este Estudio, se han considerado las declaraciones Sustitutorias y aquellas

declaraciones rectificatorias presentadas hasta la fecha en que la SUNAT proporciona

información al DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) para la distribución correspondiente, la cual

usualmente se da entre los meses de abril y mayo.

Presentación

DDJJ antes

de fecha de

vencimiento

Fecha de

vencimiento

de la DDJJ

Presentación

posterior a la

DDJJ original

Declaración Sustitutoria Declaración Rectificatoria

Fecha de

remisión de

información a

DGAES-MEF

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2.2 Distribución

Para el proceso de distribución, el MEM proporciona al MEF la información correspondiente a los

titulares o concesionarios o empresas mineras, ubicación distrital del recurso explotado y su

número de Registro Único de Contribuyente (RUC) correspondiente, que durante el ejercicio

gravable del año anterior hayan realizado actividades extractivas de recursos naturales. Una vez

obtenida dicha información, el MEF solicita a la SUNAT los montos por Impuesto a la Renta

devengados por dichos contribuyentes, y ésta última proporciona los montos de Impuesto a la

Renta, teniendo en consideración las Declaraciones Rectificatorias y Declaraciones Sustitutorias

que a la fecha de corte (fines de abril o principios mayo, generalmente) se hayan presentado. Con

ello, el MEF determina el monto por concepto de Canon Minero, el cual corresponde al 50% del

monto por Impuesto a la Renta devengado de las empresas mineras en etapa de explotación.

2.2.1. Área de Influencia

Para efecto de la distribución de los recursos del Canon Minero, se considera como área de

influencia el área territorial de los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales donde se

encuentran ubicadas las concesiones mineras en explotación.

- Cuando los titulares posean concesiones mineras en explotación ubicadas en

circunscripciones distintas (distintos departamentos o distintas provincias o distintos

distritos), la distribución se realiza en proporción al tonelaje de mineral beneficiado, sobre

la base de la información proporcionada por la Dirección General de Minería del Ministerio

de Energía y Minas.

- En los casos de concesiones mineras en explotación cuya extensión comprenda

circunscripciones vecinas (es decir, que la extensión de una unidad minera comprenda

más de un distrito, provincia o departamento), la distribución se realiza en partes iguales.

Actualmente, para la distribución de los ingresos provenientes del Canon entre las

municipalidades distritales y provinciales, se utiliza la Cartografía Digital Censal elaborada por el

Instituto Nacional de Estadística e Informática (en adelante INEI) que demarca las

circunscripciones territoriales de los distritos y provincias del país, hasta que se disponga la

cartografía oficial con precisión de límites de la totalidad de distritos y provincias del país.

2.2.2. Criterios de Distribución

Para identificar el distrito de donde provienen los recursos que genera el canon minero a

distribuir por compañía el MEM, a través de la Dirección General de Minería, remite a la DGDFAS

- MEF (antes DGAES – MEF) la ubicación de las unidades económico administrativas de las

compañías mineras por Distrito, Provincia y Departamento. Luego, se procede a realizar la

distribución del canon minero generado por ubicación geográfica.

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El canon minero se distribuye entre los gobiernos regionales y locales de acuerdo con lo

estipulado en el Artículo N° 5 de la Ley N° 27506 – Ley del Canon, siendo de la siguiente manera

(aplicable para el período 2008-2010, sujeto a análisis):

(a) El diez por ciento (10%) del total de canon se asigna a los gobiernos locales de la

municipalidad o municipalidades distritales donde se explote el recurso natural.

(b) El veinticinco por ciento (25%) del total de canon se asigna a los gobiernos locales

comprendidos en la provincia o provincias de las municipalidades donde se explota el

recurso natural.

(c) El cuarenta por ciento (40%) del total de canon para los gobiernos locales del

departamento o departamentos donde se explota el recurso natural.

(d) El veinticinco por ciento (25%) del total de canon para los gobiernos regionales donde se

explota el recurso natural.

Cuadro de criterios de distribución:

Para efectos de la distribución señalada en los literales c) y d), la Municipalidad Metropolitana de

Lima y el Gobierno Regional de Lima se excluirán mutuamente entre sí, conforme con lo

dispuesto por la Ley de Bases de la Descentralización y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

En el caso de la Provincia Constitucional del Callao el total recaudado a que se refiere el literal c)

se distribuirá entre las municipalidades distritales y provincial.

Una vez realizada esta distribución, la DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF) distribuye el monto

resultante correspondiente a la provincia (25%) y al departamento (40%), entre los distritos de

dicha provincia y de dicho departamento. Dicha distribución se realiza en función a la población

con necesidades básicas insatisfechas de los distritos correspondientes.

%

80% Gobierno

Regional

20% Universidades

Ca

no

n M

ine

ro(5

0%

Im

pu

es

to a

la

Re

nta

)

10%

25%

40%

25%

Beneficiario Criterios

Municipalidades del departamento

donde se exploten los recursos

naturales

Gobierno

Regional

Si existe más de una

municipalidad, en partes

iguales

Según i) Población y ii)

Necesidades básicas

insatisfechas (NBI)

Según i) Población y ii)

Necesidades básicas

insatisfechas (NBI)

Municipalidades distritales donde

se exploten los recursos naturales

Municipalidades de la provincia

donde se exploten los recursos

naturales

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A efectos de identificar a la población con necesidades básicas insatisfechas, el Instituto Nacional

de Estadística e Informática, proporciona la información correspondiente a i)la población por

distrito y ii) un índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) por Distrito - Provincia –

Departamento. Con dicha información se obtiene la población con necesidades básicas

insatisfechas por Distrito - Provincia – Departamento.

El proceso de distribución del Canon Minero se describe en el gráfico siguiente (ejemplo):

Población: Número de habitantes

NBI: Necesidades Básicas Insatisfechas

2.2.3. Determinación de los índices de distribución:

Una vez determinada la distribución del Canon Minero por compañía minera, la DGDFAS - MEF

(antes DGAES – MEF) obtiene el monto del Canon Minero correspondiente al Gobierno Local,

luego de lo cual procede a calcular los índices de distribución considerando los importes

obtenidos por las municipalidades distritales, y Gobiernos Regionales del país, entre el importe

del Canon Minero del país.

La DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), comunica a la Secretaría de Descentralización de la

Presidencia del Consejo de Ministros lo siguiente:

S/. 25.00S/. 25.00Gobierno

Regional (A)

S/. 25.00

Gobierno

Regional

S/. 40.00

S/. 4.42

S/. 8.84

S/. 4.64

S/. 2.21

S/. 8.84

S/. 11.05

Municipalidades

del

Departamento

S/. 8.844.080%5Distrito

(ABA)

Provincia

(AB)

S/. 4.422.050%4Distrito

(ACA)

Provincia

(AC)

S/. 10.00

S/. 10.00

Municipalidad

Distrital

S/. 25.00

S/. 4.34

S/. 2.07

S/. 8.26

S/. 10.33

Municipalidades

de la Provincia

S/. 100.00 Total Canon

Compañía

ABC

S/. 8.982.170%3Distrito

(AAD)

S/. 4.281.050%2Distrito

(AAC)

S/. 17.104.080%5Distrito

(AAB)

S/. 31.385.050%10Distrito

(AAA)

Provincia

(AA)

Departamento

(A)

Total

Distribuido

Poblac*NBINBIPoblaciónDistritoProvinciaDepartamento

S/. 25.00S/. 25.00Gobierno

Regional (A)

S/. 25.00

Gobierno

Regional

S/. 40.00

S/. 4.42

S/. 8.84

S/. 4.64

S/. 2.21

S/. 8.84

S/. 11.05

Municipalidades

del

Departamento

S/. 8.844.080%5Distrito

(ABA)

Provincia

(AB)

S/. 4.422.050%4Distrito

(ACA)

Provincia

(AC)

S/. 10.00

S/. 10.00

Municipalidad

Distrital

S/. 25.00

S/. 4.34

S/. 2.07

S/. 8.26

S/. 10.33

Municipalidades

de la Provincia

S/. 100.00 Total Canon

Compañía

ABC

S/. 8.982.170%3Distrito

(AAD)

S/. 4.281.050%2Distrito

(AAC)

S/. 17.104.080%5Distrito

(AAB)

S/. 31.385.050%10Distrito

(AAA)

Provincia

(AA)

Departamento

(A)

Total

Distribuido

Poblac*NBINBIPoblaciónDistritoProvinciaDepartamento

50%

Impuesto a la renta

Canon minero

10% Municipios distritales

25% Municipios de provincia

40% Municipios Dpto.

25% Gobierno regional

S/. 200 S/. 100

S/. 10

S/. 25

S/. 40

S/. 25

Compañía ABC

Inicio

El importe total se distribuye al Gobierno Local

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- El monto total por canon minero.

- Los índices de distribución por gobierno local y regional.

2.2.4. Tipo de cambio

Los ingresos y rentas que el Estado haya percibido en moneda extranjera y que sirvan de base

para calcular el Canon Minero correspondiente, son convertidos en moneda nacional utilizando el

tipo de cambio venta que publique la Superintendencia de Banca y Seguros, del día de la

transferencia del Canon Minero resultante.

2.2.5. Transferencia del canon minero

La PCM aplica los índices de distribución aprobados e informados por el MEF, al monto total por

canon minero, obteniendo los montos a ser asignados a los gobiernos locales y regionales.

Posteriormente informa dichos montos a la DGTP - MEF a fin de que disponga su abono en las

respectivas cuentas corrientes en el Banco de la Nación.

Dicho banco debe indicar, mediante las Notas de Abono correspondientes, a los gobiernos locales

y gobiernos regionales, el Canon Minero al que corresponden dichos abonos y el período al que

pertenece.

Asimismo, el MEF informa sobre los procedimientos en la construcción de los índices, así como

los indicadores y la metodología empleada en la determinación de los montos correspondientes a

los gobiernos locales y regionales, a través de su página web y/o a través del Diario Oficial El

Peruano, posterior a la publicación de la Resolución Ministerial del Canon Minero

correspondiente.

La periodicidad de la transferencia del canon minero a los gobiernos locales y regionales se

realiza como sigue: Los recursos provenientes del Canon Minero que se generan por recursos

provenientes del Impuesto a la Renta se transfieren en una sola armada en el mes de junio de los

años correspondientes, a partir del mes siguiente de haberse recibido la información de la

SUNAT. Dichas cuotas son depositadas en cuentas del Banco de la Nación, bajo la denominación

del Canon correspondiente.

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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 46

2.3. Esquema del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y distribución del Canon Minero

A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación del Impuesto a la

Renta y de la distribución del Canon Minero, descrito en esta sección, presentando los

componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se detallan:

IMPUESTO A LA RENTA

S/.

Canon Minero

(50% IR)

Tesoro Público

(50% IR)

S/.

Gobiernos Locales Gobiernos Regionales

SUNAT

Compañías

Contribuyentes

(Hidrocarburos y

mineras)

75% 25%

RECAUDACIO

N

DISTRIBUCIO

N

SUNAT

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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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IV.2. Regalía Minera

1. Aspectos Generales

1.1 Concepto

La Regalía Minera es una contraprestación económica establecida por ley, mediante la cual los

titulares o cesionarios de concesiones mineras están obligados a pagar mensualmente al Estado

por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos. Esta contraprestación ha

sido establecida desde el mes de junio del año 2004.

La regalía minera es pagada sobre el valor bruto de ventas del concentrado o su equivalente,

conforme a la cotización de precios del mercado internacional, publicado mensualmente por el

MEF. El valor bruto se entiende por el monto resultante de aplicar los precios unitarios por unidad

de medida del mineral al total del mineral vendido, sin considerar impuestos, tasas u otros que

afecten el monto total a ser facturado. Para el caso de minerales cuyos precios no cuentan con

cotización internacional, la regalía minera es pagada sobre el valor bruto del componente minero.

1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio

- Ley 28258 - Ley de Regalía Minera (publicada el 24 de junio de 2004).

- Ley 28323 - Ley que modifica la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera (publicada el 10 de

agosto del 2004).

- D.S. 157-2004-EF – Reglamento de la Ley N° 28258, Ley de Regalía Minera (publicada el

15 de noviembre de 2004)

- D.S. 018- 2005-EF – Precisan y dictan medidas complementarias al Reglamento de la Ley

de Regalía Minera (publicada el 29 de enero del 2005).

- Resolución Ministerial 163-2006-EF-15 – Aprueban tipo de cambio de referencia

correspondiente al año 2006, para los sujetos obligados al pago de la Regalía Minera que

lleven contabilidad en moneda nacional (publicada el 23 de marzo del 2006).

1.3. Participantes

- Contribuyentes: Compañías mineras en etapa de explotación.

- Recaudadores: MEF, SUNAT.

- Distribuidores: DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), PCM, DGTP – MEF.

1.4. Base de cálculo

La base de cálculo o base de referencia para el pago de la regalía minera por el mineral extraído

de las concesiones mineras en explotación será el resultado de la diferencia entre:

(a) El valor bruto de las ventas de concentrado o equivalente o del componente minero, en el

caso que éstos sean productos que se comercialicen o, en su defecto, el valor bruto

declarado por el titular (el cual no será menor al valor de mercado debidamente

justificado). Tratándose de empresas integradas (aquellas que transforman el recurso

extraído en un producto procesado para su comercialización), resulta del valor bruto de

venta del producto final.

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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 48

(b) Las sumas por tasas, impuestos indirectos, seguros, costos de transporte,

almacenamiento, embarque y estiba, así como otros, costos o gastos asumidos por el

exportador y pactados de acuerdo con los términos internacionales de comercio

(INCOTERM), de ser el caso. Tratándose de las empresas integradas a que se refiere el

literal anterior, la base de referencia tampoco incluye los costos de tratamiento, es decir,

los costos de producción directos e indirectos, incurridos en el proceso de beneficio del

mineral extraído posterior a la obtención del concentrado o equivalente, o componente

minero.

1.5. Periodicidad

- Cálculo: Mensual

- Recaudación: Mensual

- Distribución: Mensual

1.6. Utilización

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 9° de la Ley de Regalía Minera N° 28258, los importes

por Regalías Mineras recibidos por los Gobiernos Regionales y Municipalidades son utilizados

exclusivamente para el financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión productiva

que articule la minería al desarrollo económico de las regiones para buscar el desarrollo

sostenible de las áreas urbanas y rurales.

Los recursos que las universidades regionales reciben son destinados a la inversión en

investigación científica y tecnológica.

2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de la regalía minera

2.1. Recaudación

La responsabilidad de la recaudación y administración de la regalía minera recae en el MEF. Sin

embargo, de acuerdo con lo señalado en la Ley de Regalías Mineras – Ley 28258, el MEF puede

autorizar a la SUNAT a ejercer las funciones asociadas a la recaudación.

Para calcular el importe mensual a pagar por las regalías mineras, los contribuyentes utilizan

diversos porcentajes dependiendo si el mineral extraído tiene o no una cotización internacional.

Para aquellos minerales con cotización internacional, los contribuyentes realizan mensualmente

lo siguiente:

(a) Consideran la base referencia en dólares americanos o en moneda nacional, según si se

encuentran o no autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera.

(b) Suman la base de referencia del año calendario a partir de enero hasta el mes de cálculo

inclusive, proveniente de sus concesiones mineras en explotación.

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(c) Los sujetos autorizados a llevar su contabilidad en dólares norteamericanos, según lo

señalado en el literal a) anterior, aplican al valor hallado conforme a lo establecido en el

literal b) anterior, los porcentajes establecidos por Ley según la siguiente tabla:

Rango (1) (%) Regalía

Primer rango Hasta US$ 60 millones 1%

Segundo rango

Por el exceso de US$ 60 millones hasta US$ 120

millones 2%

Tercer rango Por el exceso de US$ 120 millones 3%

(d) Calcularán la regalía del mes deduciendo del valor obtenido conforme lo establecido en el

literal c) las regalías calculadas, acumuladas hasta el mes inmediato anterior.

Para el caso de los minerales cuyos precios no se fijen sobre la base de cotizaciones

internacionales, la regalía se calcula mensualmente aplicando 1 % sobre la suma de la base de

referencia respectiva, proveniente de sus concesiones mineras en explotación. Consideran la

base de referencia en dólares americanos o en moneda nacional, según si se encuentran o no

autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera.

Una vez determinado el importe de regalía minera, el contribuyente presenta una declaración

jurada mensual (PDT Regalía Minera – Formulario Virtual N° 698), en la cual consigna en forma

independiente la base de referencia por unidad de producción, señalando el tonelaje de mineral

tratado proveniente de sus concesiones.

La presentación de la declaración se efectúa en moneda nacional. Excepcionalmente, los sujetos

obligados que se encuentren autorizados a llevar contabilidad en moneda extranjera, presentan

la declaración en dólares norteamericanos.

El pago se efectuará de manera mensual a la Superintendencia SUNAT, en moneda nacional.

Cuando el valor calculado esté en dólares norteamericanos, se deberá convertir a moneda

nacional, utilizando el tipo de cambio promedio ponderado venta, publicado por la

Superintendencia de Banca y Seguros, del último día del mes por el cual se determina la regalía.

Si a dicha fecha no hubiera tipo de cambio, se tomará como referencia a la publicación inmediata

anterior.

1 Los sujetos obligados que lleven contabilidad en moneda nacional calcularán la regalía a su cargo, utilizando los

rangos en el cuadro anterior, convertidos en moneda nacional. La conversión se realizará aplicando un tipo de cambio de referencia equivalente al tipo de cambio promedio ponderado venta del último trimestre del año anterior.

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2.2. Distribución

Una vez que los sujetos obligados hayan presentado la declaración jurada mensual, SUNAT

genera un archivo que envía al MEF el cual contiene la información de los montos recaudados por

concepto de Regalías Mineras, el cual incluye pagos correspondientes a períodos anteriores, así

como multas e intereses por pagos fuera de fecha. Esta información es proporcionada al MEF

hasta el decimoquinto día calendario del mes siguiente al mes de la recaudación.

2.2.1 Criterios de distribución

La PCM realiza el cálculo de la distribución del 100% del monto obtenido por concepto de regalía

minera de la siguiente manera, de acuerdo con lo estipulado en la Ley de Regalía Minera N°

28258:

Cuadro de criterios de distribución (aplicable para el período 2008-2010, período sujeto a

análisis):

2.2.2 Determinación de los índices de distribución

Al igual que el canon minero, la distribución de la regalía minera se asigna mediante índices de

distribución, los cuales permiten asignar a los gobiernos locales y regionales el monto que les

corresponde del total de la regalía minera recaudada a nivel nacional. Dichos índices de

distribución se construyen utilizando información proveniente de las siguientes fuentes oficiales:

SUNAT: Importe de las Regalías Mineras, organizado por número de RUC del sujeto obligado,

detallando la base de referencia por concesión minera, su ubicación geográfica a nivel de distrito,

provincia, circunscripción departamental o región, de ser el caso, y el área de concesión

comprendida en la circunscripción.

% Criterios

Re

ga

lía

Min

era

po

r c

on

ce

sió

n m

ine

ra

20%

Municipalidad distrital donde se encuentra la

concesión minera (50% será invertido en las

comunidades donde se explota el yacimiento)

20%Municipalidad de la provincia donde se encuentra

la concesión minera

Según i) Población y ii)

Necesidades básicas

insatisfechas

15% Gobierno regional

Según i) Población y ii)

Necesidades básicas

insatisfechas

40%

Universidades nacionales de la región donde se

encuentra la concesión minera

Municipalidades del departamento donde se

encuentra la concesión minera

Beneficiario

5%

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MINEM: Listado de empresas, concesiones mineras y su ubicación.

INEI: Población y Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI).

El MEF es la entidad encargada de calcular los índices de distribución. Luego de efectuado el

cálculo de los índices de distribución, la DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF) se los remite a la

PCM, junto con el importe de Regalías Mineras recaudado, para que esta entidad proceda con el

cálculo de la distribución.

2.2.3 Transferencia de la regalía minera

La PCM informa al Tesoro Público los importes a distribuir a los gobiernos locales y regionales,

que se calculan tomando en consideración el monto total de regalía minera recaudada a nivel

nacional, y los índices de distribución para los gobiernos locales y regionales. El Tesoro Público

distribuye mensualmente, en el plazo máximo de treinta días calendario después del último día de

pago de la regalía, el 100% (cien por ciento) de lo efectivamente pagado por los recursos de la

regalía minera entre los gobiernos regionales, municipales y universidades nacionales, en las

cuentas que para el efecto tengan abiertas en el Banco de la Nación.

A continuación un ejemplo gráfico del cálculo de la distribución:

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Cuando una concesión minera se encuentra ubicada en dos o más distritos, la distribución se

realiza en forma proporcional al porcentaje del área que la concesión minera tiene en los

distritos.

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REGALÍA MINERA

S/.

REGALÍA

MINERA

(100%)

S/.

Gobiernos

Locales

Gobiernos

Regionales

Compañías

Mineras

80% 15%

Universidades

Nacionales

5%

RECAUDACIO

N

DISTRIBUCIO

N

2.3. Esquema del proceso de recaudación y distribución de la Regalía Minera

A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación y distribución de

la Regalía Minera descrito en esta sección, presentando los componentes del mismo, así como el

orden secuencial de las actividades que allí se detallan.

SUNAT

PCM

MEF

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IV.3. Regalía Petrolera

1. Aspectos Generales

1.1. Concepto

Regalía Petrolera

Es la contraprestación pagada por las compañías extractivas del sector petrolero al Estado

Peruano por la explotación de los recursos hidrocarburos del territorio nacional. Dicha regalía es

determinada y recaudada por Perupetro.

Canon y Sobrecanon Petrolero

El Canon y Sobrecanon Petrolero es la participación efectiva de la que gozan los Gobiernos

Locales (municipalidades provinciales y distritales) y los Gobiernos Regionales del total de los

ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de dicho recurso natural

en dichas zonas.

A diferencia de los otros tipos de canon existentes (minero, gasífero, hidroenergético, pesquero y

forestal), en el caso del petróleo se presenta un sobrecanon, como consecuencia de establecerse

una tasa adicional al canon determinado inicialmente. Sin embargo, algunos departamentos que

se dedican a la explotación de petróleo no se ven beneficiados con este porcentaje adicional. En

este mismo sentido, el canon y sobrecanon está constituido por leyes particulares por

departamento.

1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio

Ley N° 27506

Reglamento del Canon, Decreto Supremo N° 005-2002-EF

Loreto

D.L. N° 21678, modificado por Ley N° 23538

Ley Nº 24300 y Ley Nº 26385

Ucayali

D.U. N° 027-98

Artículo 161°, Ley N° 23350

Ley Nº 24300, Ley Nº 26385 y Ley Nº 28699

Piura

Ley N° 23630, modificada por Ley Nº 27763 y Ley Nº 28277

Tumbes

Ley N° 23630, modificada por Ley Nº 27763 y Ley Nº 28277

Ley N° 23871

Puerto Inca – Huánuco

Ley N° 24977, Artículo 379

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1.3. Participantes

- Contribuyentes: Compañías petroleras en etapas de explotación.

- Recaudador: PERUPETRO

- Distribuidor: DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), PCM, DGTP – MEF.

1.4. Base de cálculo

Regalía Petrolera

La base de cálculo de la regalía petrolera varía según la metodología de cálculo. Estas

metodologías son las siguientes:

- Factor R – entendido como la división entre los ingresos y egresos acumulados, indica un

porcentaje base desde el cual se puede partir la negociación entre la empresa y el Estado.

A mayor valor de R, se aplica un porcentaje base mayor.

- Producción acumulada – se fija un determinado porcentaje de regalía por contrato de

licencia. La regalía se ajustará en los contratos de acuerdo a dos factores: la producción

acumulada de los contratos y el precio promedio por barril de dichas producciones. Como

en el caso anterior, este método sirve de referencia en los contratos.

- Escala de producción – asocia la regalía a los niveles de producción.

- Resultado económico – con este método se calcula una regalía con un componente fijo y

uno variable. La regalía fija es establecida en 5%. La regalía variable se aplica a partir de

que la relación entre los ingresos y egresos acumulados alcance el índice de 1.15.

La aplicación de estas metodologías está determinada en los contratos de licencia y servicios de

las compañías petroleras. Las compañías tienen libertad de poder elegir la metodología que más

útil les resulte para sus lotes, pero deberán mantener dicha forma de cálculo hasta finalizar el

período de duración del contrato.

Canon y sobrecanon petrolero

La constitución del canon y sobrecanon petrolero se da a través de leyes específicas para los

distintos departamentos beneficiados, estando actualmente constituido de la siguiente manera.

(i) Para la actividad de explotación realizada en los departamentos de Loreto – Ucayali y

Piura – Tumbes, está constituido por:

Canon: 10% ad - valorem sobre la producción total del petróleo en los departamentos en

los cuales se realiza la actividad de explotación.

Sobrecanon: 2.5% del valor de la producción petrolera en los departamentos.

(ii) Para la actividad de explotación realizada en Puerto Inca – Departamento de Huánuco,

está constituido por:

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Canon: 10% ad - valorem sobre la producción total del petróleo en el departamento en el

cual se realiza la actividad de explotación.

Sobrecanon: no aplica.

1.5. Periodicidad

Cálculo:

Regalía Petrolera: Quincenal

Canon y sobrecanon petrolero: Mensual

Recaudación:

Regalía Petrolera: Quincenal

Distribución:

Canon y sobrecanon petrolero: Mensual

1.6. Utilización del canon y sobrecanon

En lo referido a la utilización de los recursos provenientes del canon y sobrecanon, también se

tiene una legislación diferente para los distintos departamentos donde se realiza la actividad de

explotación de petróleo. Así tenemos:

Loreto, Ucayali y Puerto Inca – Estos fondos se pueden usar en la ejecución de sus planes y

programas de inversión conforme a las normas legales vigentes del tipo de gobierno (regional,

departamental, provincial y distrital).

Tumbes y Piura – Los fondos provenientes del canon y sobrecanon se destinan exclusivamente

para el financiamiento o co-financiamiento de proyectos u obras de infraestructura de impacto

regional y local. En el caso de las universidades e institutos tecnológicos, los fondos se destinan

exclusivamente a la inversión en investigación científica y tecnológica.

2. Procedimiento del proceso de recaudación de la regalía petrolera y distribución del canon y

sobrecanon petrolero

2.1. Recaudación

Perupetro es quien se encarga de realizar quincenalmente la recaudación de las regalías

petroleras. Perupetro audita mediante un tercero las operaciones de venta de las compañías

petroleras y aplica una de las 4 metodologías detalladas en el punto 1.4 Base de cálculo para

realizar el cálculo de la regalía correspondiente. Realizado el cálculo envía a la compañía

petrolera una pre-liquidación de la regalía a pagar, con lo cual ésta realiza el pago en las cuentas

bancarias de Perupetro (los pagos son realizados en dólares norteamericanos).

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2.2. Distribución

Una vez que es determinada la regalía petrolera, Perupetro realiza el cálculo del canon y

sobrecanon petrolero sobre el valor de la producción del mes en curso y, por otra parte, informa

a la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros la recaudación

mensual por concepto de regalías.

El monto determinado como canon y sobrecanon petrolero es detraído del monto de las regalías

petroleras recaudadas en las dos quincenas del mes en curso. Sobre el saldo de la regalía

recaudada, no empleada para el canon y sobrecanon, se determina también la participación

según ley de Perupetro, del MEM, OSINERGMIN y los gastos de fiscalización incurridos durante el

período para la auditoría de las operaciones comerciales. El saldo restante de la regalía es

entregado al Tesoro Público.

2.2.1 Área de Influencia

Está determinada por el área territorial de los Gobiernos Locales y Regionales en cuya

circunscripción se realiza la actividad de explotación del petróleo, según lo haya dispuesto la Ley

para los diferentes departamentos.

Actualmente, para la distribución de los ingresos provenientes del canon entre las

municipalidades distritales y provinciales, se utiliza la Cartografía Digital Censal elaborada por el

INEI que demarca las circunscripciones territoriales de los distritos y provincias del país, hasta

que se disponga la cartografía oficial con precisión de límites de la totalidad de distritos y

provincias del país.

2.2.2 Criterios de Distribución

El canon y sobrecanon petrolero se distribuyen entre los gobiernos regionales y locales de

acuerdo a los índices de distribución que determina el MEF sobre la base de criterios de i)

Población y ii) Necesidades Básicas Insatisfechas. Estos últimos datos son obtenidos del INEI.

Los porcentajes de distribución que corresponden a los cinco departamentos en los cuales

operan las compañías petroleras son los siguientes (Loreto, Piura y Huánuco por Canon; y

Ucayali y Tumbes por sobrecanon).

Loreto (Canon y Sobrecanon) – Ucayali (Sobrecanon)

Porcentaje % Beneficiario

52% Gobierno Regional

40% Municipios Provinciales del departamento

5% Universidad Nacional de la Amazonía

3% Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana

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Ucayali (Canon)

Porcentaje % Beneficiario

40% Gobiernos locales de las municipalidades distritales y provinciales del

departamento

20% Gobiernos locales de las municipalidades de la provincia donde se explota el

recurso

20% Gobierno Regional

10% Gobierno local de la municipalidad donde se explota el recurso

5% Universidades nacionales

3% Instituto Tecnológicos Nacionales

2% Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana

Piura y Tumbes (Canon y sobrecanon)

Porcentaje % Beneficiario

20% Gobierno Regional

20% Municipalidades distritales y provinciales donde se ubica la producción

50% Otras municipalidades distritales y provinciales del departamento

5% Universidad nacional

5% Instituto superiores pedagógicos y tecnológicos

Huánuco - Puerto Inca (Canon)

Porcentaje % Beneficiario

100% Consejo municipal del distrito de Puerto Inca

2.2.3 Determinación de los índices de distribución

El MEM, a través de la Dirección General de Hidrocarburos, remite al DGDFAS - MEF (antes

DGAES – MEF) la ubicación de las unidades económico administrativas (compañías petroleras) por

Distrito, Provincia y Departamento.

A su vez, el INEI proporciona la información correspondiente a la población y las Necesidades

Básicas Insatisfechas (NBI) por Distrito - Provincia – Departamento. Con dicha información se

obtiene la población con necesidades básicas insatisfechas por Distrito - Provincia –

Departamento.

Con los elementos señalados, la DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF) determina los índices de

distribución y se los remite a la Secretaría de Descentralización. Para la construcción de los

índices de distribución toma en cuenta los siguientes criterios:

(i) Para el caso de Tumbes y Piura, el índice de distribución se constituirá sobre la base del

índice actual de distribución equitativa provincial por territorio y al interior de las

provincias por una combinación de factores de población, pobreza, contaminación

ambiental y necesidades básicas.

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(ii) Para el caso de Loreto y Puerto Inca – Huánuco, el índice de distribución se ha establecido

de acuerdo a los porcentajes de distribución que fueron establecidos por Ley (Art. 8° de la

Ley N° 24300).

(iii) Para el caso de Ucayali, el índice de distribución se ha establecido de acuerdo a los

indicadores de población, necesidades básicas insatisfechas y niveles de producción de

hidrocarburos por circunscripción.

2.2.4 Tipo de cambio

Los ingresos y rentas que el Estado haya percibido en moneda extranjera y que sirvan de base

para calcular el canon y sobrecanon petrolero correspondiente, son convertidos en moneda

nacional utilizando el tipo de cambio venta que publique la Superintendencia de Banca y Seguros

del día de la transferencia del canon y sobrecanon petrolero resultante.

2.2.5 Transferencia del canon y sobrecanon

Una vez determinados los montos a distribuir por Perupetro y los índices de distribución por la

DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), la Secretaria de Descentralización de la Presidencia de

Consejo de Ministros (PCM) se encarga de realizar el cálculo de los montos a transferir a los

distritos, provincias y departamentos correspondientes y comunica a la DGTP – MEF para que

realice las transferencias correspondientes a los gobiernos locales y regionales.

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2.3 Esquema del proceso de recaudación de la Regalía Petrolera y la distribución del Canon y

Sobrecanon Petrolero

A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación de regalías

petroleras y distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero descrito en esta sección,

presentando los componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí

se detallan.

REGALÍAS PETROLERAS

S/.

Tesoro

Público

Gobiernos Locales Gobiernos Regionales

Compañía

Petrolera RECAUDACION

DISTRIBUCION

Canon y

Sobrecanon

Petrolero

Perupetro

MEM

Osinergmin

S/.

Perupetro

PCM

MEF

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IV.4 Regalía Gasífera

1. Aspectos Generales

1.1. Concepto

Regalía Gasífera

Es la contraprestación pagada por las compañías extractivas del sector gasífero al Estado

Peruano por la explotación de los recursos gasíferos del territorio nacional según la Ley N°

27506 (año 2001). Esta norma es aplicable para aquellas compañías que realizan actividades

productivas en departamentos donde no haya existido legislación anterior relacionada a las

actividades productivas de hidrocarburos. Las compañías que hayan tenido producción gasífera

desde fecha anterior a la promulgación de dicha Ley, mantendrán la metodología del canon

petrolero según lo explicado en la sección IV.3 Regalía Petrolera.

Canon Gasífero

El Canon gasífero es la participación efectiva de la que gozan los gobiernos locales y los

gobiernos regionales del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación

económica del gas en dichas zonas.

El Canon gasífero considera a la explotación del gas natural y los condensados de gas natural.

1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio

- Creado mediante Ley Nº 27506 (publicada el 10 de julio de 2001).

- Reglamentado por D.S. Nº 005-2002-EF (publicado el 09 de enero de 2002).

- D.S. N° 003-2003-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF- Reglamento de la Ley de

Canon (publicado el 09 de enero de 2003).

- D.S. N° 115-2003-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF, que aprobó el Reglamento de

la Ley de Canon (publicado el 14 de agosto de 2003).

- Ley N° 28077- Modificación de la Ley N° 27506 -Ley de Canon (publicada el 26 de

setiembre de 2003).

- D.S. N° 029-2004-EF que modifica el D.S. N° 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el

Reglamento de la Ley N° 27506, Ley del Canon (publicado el 17 de febrero de 2004).

- Ley Nº 28322, Ley que modifica artículos de la Ley Nº 27506, Ley de Canon, modificada

por la Ley Nº 28077 (publicado el 10 de agosto de 2004).

- D.S. Nº 187-2004-EF, que modifica el D.S. Nº 005-2002-EF, mediante el cual se aprobó el

Reglamento de la Ley Nº 27506, Ley de Canon (publicado el 28 de febrero de 2005).

- Resolución Ministerial N° 073-2005-EF/15 que aprueba los Índices de Distribución del

Canon Gasífero correspondiente a Regalías y participación del Estado en los Contratos de

Servicios (publicado el 28 de Febrero de 2005).

1.3. Participantes

Contribuyentes: Compañías gasíferas en explotación.

Recaudador: PERUPETRO

Distribuidor: DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), PCM, DGTP – MEF.

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1.4. Base de cálculo

Impuesto a la Renta

Impuesto a la Renta =

Base imponible x Tasa

Ver mayor información al respecto en el punto 1.4 de la sección IV.1 de este informe.

Regalía Gasífera

La base de cálculo de la regalía gasífera corresponde al volumen de la producción quincenal por

el porcentaje establecido en los correspondientes contratos de concesión.

Canon Gasífero

El Canon Gasífero está compuesto por:

- El 50% de lo recaudado por concepto de Impuesto a la Renta obtenido por el Estado de las

empresas que realizan actividades de explotación de gas natural y sus derivados.

- El 50% de lo recaudado por concepto de Regalías por la explotación de tales recursos

naturales.

- Un porcentaje de los ingresos que obtiene el Estado por la explotación de dicho recurso

natural proveniente de contratos de servicios, de ser el caso. El porcentaje aplicable según

contrato es fijado por Decreto Supremo (varía según el contrato).

1.5. Periodicidad

Cálculo:

Impuesto a la Renta: Anual

Regalía Gasífera: Quincenal

Canon Gasífero: Mensual

Recaudación:

Impuesto a la Renta: Mensual, a través de la recaudación de los pagos a cuenta del Impuesto a la

Renta. La regularización del Impuesto a la Renta se realiza en forma anual.

Regalía Gasífera: Quincenal

Distribución:

Canon Gasífero: Mensual

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1.6. Utilización del canon

Financiamiento o cofinanciamiento de proyectos de inversión pública que comprendan

intervenciones orientadas a brindar servicios públicos de acceso universal y que generen

beneficios a la comunidad, que se enmarquen en las competencias de su nivel de gobierno y que

sean compatibles con los lineamientos de políticas sectoriales. Estos proyectos no pueden

considerar, en ningún caso, intervenciones con fines empresariales o que puedan ser realizadas

por el sector privado.

2. Procedimiento del proceso de recaudación del Impuesto a la Renta y Regalía Gasífera y distribución

del canon gasífero

2.1. Recaudación

Del Impuesto a la Renta

Las compañías determinan el Impuesto a la Renta por pagar en la Declaración Jurada Anual,

mediante el formulario de declaración anual, el cual es administrado por el ente recaudador, la

SUNAT. Mensualmente, las compañías van realizando pagos a cuenta calculados en razón de sus

ingresos y al final del ejercicio fiscal realizan la regularización anual del impuesto a la renta a

pagar por medio de la Declaración Jurada Anual. Esta declaración jurada anual es presentada a la

SUNAT durante los meses de marzo y abril del año siguiente al año que se declara. El importe de

Impuesto a la Renta devengado del ejercicio (importe que es la base para el proceso de

distribución) corresponde al importe calculado por Impuesto a la Renta neto de créditos sin

derecho de devolución (casilleros N° 504 y 516 respectivamente). Es posible que las compañías

presenten Declaraciones Sustitutorias y Declaraciones Rectificatorias por la Declaración Jurada

Anual presentada.

Las declaraciones Sustitutorias son aquellas que reemplazan o sustituyen íntegramente

Declaraciones Juradas previamente presentadas por las compañías antes de la fecha de

vencimiento determinada por SUNAT. Las declaraciones Rectificatorias son aquellas que

presentan las compañías con posterioridad a la fecha de vencimiento determinada por SUNAT.

Para efectos de este Estudio, se han considerado las declaraciones Sustitutorias y aquellas

declaraciones rectificatorias presentadas hasta la fecha en que la SUNAT proporciona

información al DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) para la distribución correspondiente, la cual

usualmente se da entre los meses de abril y mayo de los años correspondientes.

Presentación

DDJJ antes

de fecha de

vencimiento

Fecha de

vencimiento

de la DDJJ

Presentación

posterior a la

DDJJ original

Declaración Sustitutoria Declaración Rectificatoria

Fecha de

remisión de

información a

DGAES-MEF

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De las Regalías Gasíferas

Perupetro es quien se encarga de realizar quincenalmente la recaudación de las regalías

gasíferas. Perupetro audita mediante un tercero las operaciones de venta de las compañías

gasíferas y toma el dato del valor de producción para aplicar el porcentaje de la regalía contenida

en los contratos de licencia. Realizado el cálculo envía a la compañía gasífera una pre-liquidación

de la regalía a pagar, con lo cual ésta realiza el pago en las cuentas bancarias de Perupetro (los

pagos son realizados en dólares norteamericanos).

2.2. Distribución

Canon proveniente del Impuesto a la Renta

Para el proceso de distribución, el MEM proporciona al MEF la información correspondiente a los

titulares, ubicación distrital del recurso explotado y su número de Registro Único de

Contribuyente (RUC) correspondiente, que durante el Ejercicio gravable del año anterior hayan

realizado actividades extractivas de recursos naturales. Una vez obtenida dicha información, el

DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) solicita a la SUNAT los montos por Impuesto a la Renta

devengados por dichos contribuyentes; ésta última proporciona los montos de Impuesto a la

Renta, teniendo en consideración las Declaraciones Rectificatorias y Declaraciones Sustitutorias

que a la fecha de corte (fines de abril o principios mayo, generalmente) se hayan presentado. Con

ello, el DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) determina el monto por concepto de Canon Minero, el

cual corresponde al 50% del monto por Impuesto a la Renta devengado de las empresas gasíferas

en etapa de explotación.

Canon proveniente de las regalías

Si bien las empresas gasíferas pagan regalías quincenalmente, el cálculo del canon proveniente

de las regalías gasíferas es realizado por Perupetro de manera mensual en función al volumen de

producción fiscalizada de los pozos de producción. Perupetro deposita dicho monto en cuentas

de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas. El monto

determinado del canon es detraído del monto de las regalías gasíferas recaudadas en las dos

quincenas del mes en curso. Sobre el saldo de la regalía recaudada en el mes, se determina

también la participación según ley de Perupetro, del MEM, OSINERGMIN y los gastos de

fiscalización incurridos durante el período para la auditoría de las operaciones comerciales. El

saldo restante de la regalía es entregado al Tesoro Público.

La PCM toma los índices de distribución proporcionados por el MEF y realiza el cálculo de los

montos a distribuir tanto del canon proveniente del Impuesto a la Renta, como del proveniente de

las Regalías Gasíferas. Posteriormente informa a la Dirección General del Tesoro Público para

que realice las transferencias correspondientes.

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2.2.1 Área de influencia

Para efecto de la distribución del Canon Gasífero se considera como área de influencia a lo

establecido en el literal c) del artículo 4º del Reglamento (D.S. N° 005-2002-EF):

“…es el área territorial de los gobiernos regionales y gobiernos locales en cuya circunscripción se

realice la actividad de explotación de gas natural y condensados, otorgados bajo las formas

contractuales dispuestas en la Ley Nº 26221 – Ley Orgánica de Hidrocarburos y sus normas

reglamentarias. Cuando los contratistas posean concesiones en explotación ubicadas en

circunscripciones distintas, la distribución se realizará en proporción al volumen de producción

obtenido, según informe la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas.

En los casos de concesiones en explotación cuya extensión comprenda circunscripciones vecinas,

la distribución se realizará en partes iguales.”

2.2.2. Criterios de Distribución

Según el artículo 5º de la Ley de Canon, Ley N° 27506, modificada por el artículo 3º de la Ley N°

28077, “El Canon será distribuido entre los gobiernos regionales y locales de acuerdo a los

índices de distribución que fije el MEF en base a criterios de población y pobreza vinculados a la

carencia de necesidades básicas y déficit de infraestructura”. Su distribución es la siguiente:

- El 10% (diez por ciento) del total recaudado para los gobiernos locales de la municipalidad

o municipalidades distritales donde se encuentra localizado el recurso natural.

- El 25% (veinticinco por ciento) del total recaudado para los gobiernos locales de la

provincia o provincias donde se encuentra localizado el recurso natural, excluyendo al

distrito o distritos productores.

- El 40% (cuarenta por ciento) del Canon del total recaudado para los gobiernos locales del

departamento o departamentos de las regiones, excluyendo a la provincia o provincias

donde se encuentra el recurso natural.

- El 25% (diez por ciento) del total recaudado para los gobiernos regionales donde se

encuentra el recurso natural.

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%

80% Gobierno Regional

20% Universidades

Beneficiario

Según i) Población y ii)

Necesidades básicas

insatisfechas

40%

Municipalidades del Departamento donde se

encuentra el recurso extraído, excluyendo a la

Provincia Productora

Criterios

Según i) Población y ii)

Necesidades básicas

insatisfechas

Can

on

Ga

síf

ero

10%Distrito Productor donde se encuentra el recurso

extraído.

25%

Municipalidades de la Provincia donde se

encuentra el recurso extraído, excluyendo al

Distrito Productor.

25%

Gobierno regional donde

se encuentra el recurso

extraído

Por su parte, el Decreto de Urgencia Nº 002-2004 del 30 de marzo de 2004, establece que para

los casos de los Regímenes Especiales (Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao)

establecidos en los artículos 33° y 34° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización,

el 40% del total recaudado se distribuirá entre los Gobiernos Locales de sus respectivas

circunscripciones. Asimismo, en el caso que la provincia productora cuente con un sólo distrito,

el 25% destinado a la provincia productora se distribuirá entre los gobiernos locales de la

provincia o provincias donde se encuentra localizado el recurso natural.

2.2.3. Determinación de los índices de distribución

Según el marco legal señalado anteriormente, los recursos del Canon Gasífero se asignan a los

gobiernos mediante índices de distribución, en cuya construcción se ha utilizado información

proveniente de las siguientes fuentes oficiales:

Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)

- Proyecciones de la población estimada por los años 2004 - 2007 a nivel departamental,

provincial y distrital.

- Indicador de pobreza vinculado a necesidades básicas insatisfechas (NBI) y déficit de

infraestructura según departamentos, provincias y distritos.

Ministerio de Energía y Minas (MINEM)

- Listado de empresas que realizan actividades de explotación de gas natural bajo las

formas contractuales de Contratos de Licencia y Contratos de Servicios.

- Ubicación a nivel distrital, provincial y departamental de las áreas de concesión.

Con el marco legal vigente y la información proporcionada por las diversas fuentes oficiales antes

señaladas, la DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF) procede a calcular los índices de distribución

del canon gasífero a los Gobiernos Locales y Regionales que correspondan.

2.2.4 Tipo de cambio

Los ingresos y rentas que el Estado haya percibido en moneda extranjera y que sirvan de base

para calcular el canon gasífero correspondiente, son convertidos en moneda nacional utilizando

el tipo de cambio venta que publique la Superintendencia de Banca y Seguros del día de la

transferencia del canon gasífero resultante.

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2.2.5 Transferencia del canon gasífero

Una vez cuantificados los (i) montos a distribuir por Perupetro y DGDFAS - MEF (antes DGAES –

MEF), y (ii) los índices de distribución por la DGDFAS - MEF (antes DGAES – MEF), la PCM se

encarga de calcular los montos a transferir a los distritos, provincias y departamentos

correspondientes y comunica a la DGTP – MEF para que realice las transferencias

correspondientes.

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Participaciones

Perupetro

Osinergmin

MEM

REGALÍA GASÍFERA

S/.

Canon Gasífero Tesoro Público

S/.

Gobiernos Locales Gobiernos Regionales

Compañías

Gasíferas

S/.

REGALÍAS PETROLERAS

IMPUESTO A LA RENTA

75% 25%

RECAUDACIO

N

DISTRIBUCIO

N

2.3 Esquema del proceso de recaudación de la Regalía Gasífera y del Impuesto a la Renta y

distribución del Canon Gasífero

A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación de la

Regalía Gasífera, Impuesto a la Renta y la distribución del Canon Gasífero, presentando los

componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se

detallan:

Perupetro SUNAT

PCM

MEF

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IV.5 Derecho de Vigencia

1. Aspectos Generales

1.1. Concepto

El Derecho de Vigencia consiste en el pago anual que realiza el titular de cualquier

concesión minera, de beneficio, de labor general, de transporte minero, de explotación de

materiales de construcción, sea que su condición sea de gran, mediana, pequeña minería o

de minería artesanal, para el mantenimiento de su condición de titular sobre el área

concesionada, consistente en la suma de las atribuciones que tiene el concesionario, y

otorgado a su favor por el Estado; según las condiciones pactadas en su oportunidad,

puesto que su incumplimiento de pago por dos años continuos genera la caducidad de la

concesión y por ende su extinción; sin perjuicio del cumplimiento de las demás obligaciones

que como titular de la actividad minera le corresponde.

Es importante mencionar que el sistema de concesiones permite la transacción entre

cesionarios (titulares de los derechos de vigencia) y cedentes (personas naturales o

jurídicas con intención de utilizar la concesión, pagando por esto, las tasas

correspondientes). Dichas transacciones deben ser anotadas en Registros Públicos, e

informadas anualmente en la Declaración Anual Consolidada (DAC) que se presenta a la

Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas (DGM-MEM).

1.2. Base Legal vigente durante los períodos incluidos en el Estudio

- Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería. D.S. 014-92-EM. 04/06/1992

- Reglamento de Procedimientos Mineros. D.S. 018-92-EM. 07/09/1992

- Reglamento de Diversos Títulos de TUO de la Ley General de Minería. D.S. 03-94-

EM. 14/01/1994

- Ley que modifica la Ley Nº 27015 (art. 9º Derecho de Vigencia de derechos

mineros). Ley 27560. 24/11/2001

- Aprueban el Reglamento de la Ley Especial que regula el otorgamiento de

Concesiones Mineras áreas urbanas y de expansión urbana. (Art. 13º Devolución

del Derecho de Vigencia). D.S. 008-2002-EM. 21/01/2002

- Autorizan utilizar Cartografía Digital Censal elaborada por el INEI para la

distribución de ingresos provenientes del Derecho de Vigencia entre

municipalidades y ubicación de derechos mineros. D.S. 002-2001. 18/01/2001

- Establece procedimiento para calcular el pago de Derecho de Vigencia de las

concesiones de beneficio. R. D. 185-97-EM/DGM. 16/05/1997.

- Ley de la Formalización y Promoción de la pequeña Minería y la Minería Artesanal.

Ley 27651. 24/01/2002

- Establecen disposiciones para pago del derecho de vigencia y/o penalidad y

modifica el reglamento de Diversos títulos del TUO de la Ley General de Minería y

del Reglamento de Procedimientos Mineros. 010-2002-EM. 09/03/2002.

- Aprueban el Reglamento de la Ley de Formalización y promoción de la Pequeña

Minería y la Minería Artesanal. D.S. 013-2002-EM. 21/04/2002

- Modifican art. 34º, 37º y 74º del Reglamento de diversos títulos de la Ley General

de Minería, aprobado por D. S. 03-94-EM. D.S. 045-2007-EM. 06/09/2007

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1.3. Participantes

Contribuyentes: Compañías mineras en exploración y en explotación.

Recaudador: Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET.

Distribuidor: Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET.

1.4. Base de Cálculo

Derecho de Vigencia= # de Hectáreas del denuncio (según Padrón Minero) X Tasa

1.5. Periodicidad

Cálculo: Anual

Recaudación: Anual

Distribución: Mensual

1.6. Utilización

Esta información está detallada en el cuadro de la sección “Criterios de Distribución” de

los Derechos de Vigencia.

2. Procedimiento del proceso de recaudación y distribución de los Derechos de Vigencia

2.1. Recaudación

La recaudación del pago de Derecho de Vigencia y/o Penalidad se realiza de la siguiente

manera:

- Para los denuncios gestionados por primera vez (formulación de petitorios), la

recaudación puede ser efectuada en cualquier momento del año, dependiendo de la

fecha en que estos son tramitados.

- Para los denuncios con antigüedad mayor a un año de formulación del derecho

minero, la recaudación se efectúa entre el 01 de enero y el 30 de junio del año

siguiente al que devenga el derecho, sobre la base de la información contenida en

el Padrón Minero.

El Derecho de Vigencia es pagado por los titulares en los bancos que la Dirección de

Derecho de Vigencia del INGEMMET ha designado para tales fines (principales

bancos del país). Para esto, la Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET,

remite a los bancos el listado de códigos de los denuncios a ser pagados. El

pagador solo deberá consignar el código de los denuncios a cancelar. Los pagos no

pueden ser fraccionados; se pagan sólo una vez al año. Los pagos son efectuados

en dólares norteamericanos o en soles al tipo de cambio que determine la

institución financiera en el momento de la operación.

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Montos a pagar según condición del titular (condición determinada por la Dirección

General de Minería del MEM)

Condición Derecho de Vigencia Penalidad2

Régimen General US$ 3 x Hectárea US$ 6 x Hectárea (A)

US$ 20 x Hectárea (B)

Pequeño Productor

Minero US$ 1 x Hectárea

US$ 1 x Hectárea (A)

US$ 5 x Hectárea (B)

Productor Minero

Artesanal US$ 0.50 x Hectárea

US$ 0.50 x Hectárea (A)

US$ 3 x Hectárea (B)

(A) Aplicable a los titulares y/o cesionarios incluidos en lo dispuesto por el 1er párrafo del

Art. 40º del TUO3.

(B) Aplicable a los titulares y/o cesionarios incluidos en lo dispuesto por el 2do párrafo

del Art. 40º del TUO4.

2.2. Distribución

Es el proceso mensual mediante el cual se asignan los montos recaudados por concepto de

Derecho de Vigencia y Penalidad a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales e

Instituciones del Sector Energía y Minas según sea el caso.

El monto recaudado y distribuible de un mes, se transfiere a las cuentas del Banco de la

Nación, creadas para este efecto, en la segunda quincena del mes siguiente.

2.2.1 Área de influencia

Para efecto de la distribución del derecho de vigencia se considera como área de

influencia el área territorial de los gobiernos distritales donde se encuentran ubicadas las

concesiones mineras en exploración y en explotación.

2 La Penalidad es el monto que debe pagarse anualmente para mantener la vigencia de las concesiones mineras al no

haberse cumplido – pese a encontrarse obligado- con acreditar ante la Dirección General de Minería la producción o

inversión mínima dentro de los plazos establecidos.

3 Aplicable a los titulares y/o cesionarios incursos en lo dispuesto por el 1er párrafo del artículo 40º del TUO.

Articulo 40.- En caso de que no se cumpliese con lo dispuesto en el Artículo 38, a partir del primer semestre del

sétimo año computado desde aquel en que se hubiere otorgado el título de concesión minera, el concesionario deberá

pagar una penalidad de US$ 6.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea, hasta el año en que

cumpla con la producción mínima anual. En el caso de los pequeños productores mineros, la penalidad será US$ 1.00

o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la producción mínima

anual. En el caso de los productores mineros artesanales, la penalidad será de US$ 0.50 o su equivalente en moneda

nacional por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la producción mínima anual.

4 Aplicable a los titulares y/o cesionarios incursos en lo dispuesto por el 2do. párrafo del artículo 40º del TUO.

Si continuase el incumplimiento a partir del duodécimo año, la penalidad será de US$ 20.00 o su equivalente en

moneda nacional por año y por hectárea. Para el pequeño productor minero la penalidad, a partir del duodécimo año,

será de US$ 5.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea. Para el productor minero artesanal la

penalidad, a partir del duodécimo año, será de US$ 3.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea.

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2.2.2 Criterios de Distribución

La Dirección de Derecho de Vigencia del INGEMMET realiza el cálculo de la distribución del

100% de los Derechos de Vigencia recaudados por mes, de la siguiente manera, de

acuerdo con lo estipulado en la Ley N° 28327 (pagos de derecho de vigencia de los

titulares mineros de régimen general):

% Institución5 Utilización

75% Municipalidad distrital o

municipalidades distritales donde se

encuentra localizado el petitorio o

concesión afecta.

Ejecución de programas de inversión y desarrollo en sus

respectivas circunscripciones; en caso de que el petitorio

o concesión afecta se ubicase en dos (2) o más

municipalidades distritales, la distribución se efectuará

en partes iguales.

20% Instituto Geológico Minero y

Metalúrgico – INGEMMET (a)

Fines de mantenimiento y desarrollo del Sistema de

Concesiones y Catastro Minero del Sistema de

Distribución del Derecho de Vigencia.

5% Ministerio de Energía y Minas Fines de mantenimiento y desarrollo del Sistema de

Información Minero-Metalúrgico

(a) La Ley 28327 establece una distribución del 10% para INGEMMET y 10% para el INAAC, sin

embargo debido a que actualmente, las funciones del ex - INAAC están siendo atendidas por

INGEMMET, el 20% le corresponde al INGEMMET.

El sistema SIDEMCAT recoge la información de las recaudaciones de Derechos de Vigencia

realizadas a través de los bancos y realiza la distribución en forma automática siguiendo

los porcentajes mencionados en el cuadro anterior. Una vez determinada esta

información, es revisada por el Director de Derecho de Vigencia de INGEMMET, quien

autoriza la emisión de una Resolución en el diario oficial “El Peruano” indicando el detalle

de la distribución.

2.2.3 Determinación de los índices de distribución

No aplicable para temas de derecho de vigencia.

2.2.4 Tipo de cambio

El derecho de vigencia es recaudado tanto en moneda nacional como en moneda

extranjera (dólares estadounidenses). Al momento de la determinación de la distribución,

los montos son calculados respetando la naturaleza de la moneda con que se realizó la

recaudación. Una vez transferidos estos fondos al Banco de la Nación para las

transferencias correspondientes, éstas son convertidas a nuevos soles de ser el caso,

utilizando el tipo de cambio del día de la transferencia según lo indicado por la

Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).

5 Los gobiernos regionales recibirán los porcentajes de 20% y 5% (descritos en este cuadro) que

correspondan al pago efectuado por los Pequeños Productores Mineros y los Productores Mineros Artesanales para el ejercicio de las funciones que, en material minera, han sido transferidas en el marco del proceso de descentralización; tales como las relacionadas con la protección del medio ambiente.

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2.2.5 Transferencia del derecho de vigencia

Una vez que la Resolución de distribución se hizo pública (una sola publicación por

distribución), dicha información se remite al área administrativa del INGEMMET para que,

mediante otra Resolución, proceda a realizar las transferencias correspondientes dentro

de la segunda quincena del mes siguiente al mes que devenga.

Cronología de la recaudación y distribución del Derecho de Vigencia

Ene

Año 200X

Feb Jun May Abr Mar Jul Ago Set Oct Nov Dic

En esta parte del año, INGEMMET recauda

por concepto de cancelación de derechos

antiguos (antes del 30 de junio) y por

petitorios nuevos.

En esta parte del año se reciben pagos

generalmente por los petitorios nuevos

que se generen en este período.

Cronología de la Recaudación y Distribución del Derecho de Vigencia

La distribución se realiza dentro de la segunda quincena del mes siguiente al mes en que se recaudó.

En la mayoría de los casos se distribuye el 100% de lo recaudado. Solo en casos excepcionales se

retrasa la distribución, como cuando se recauda por petitorios nuevos pero que aún no han sido

aprobados por la oficina de Catastro Minero del MEM.

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2.3 Esquema del proceso de recaudación y distribución del Derecho de Vigencia

A continuación se presenta el cuadro esquemático del proceso de recaudación y

distribución del Derecho de Vigencia descrito en esta sección, presentando los

componentes del mismo, así como el orden secuencial de las actividades que allí se

detallan:

Participaciones

MEM

INGEMMET

(25%)

DERECHO DE VIGENCIA

S/.

Derecho de

Vigencia

(75%)

Gobiernos Locales

Compañías

Mineras RECAUDACION

DISTRIBUCION

S/.

INGEMMET

INGEMMET

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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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V. Resumen final de los resultados del Segundo Estudio de conciliación de la recaudación

A continuación se presenta el resumen final del estudio de conciliación de la recaudación del

impuesto a la renta, regalías mineras y petroleras; y derechos de vigencia.

69.94%

3.94%

25.90%

0.22%

Representatividad de los Montos Conciliados

Impuesto a la Renta Regalías Mineras

Regalías de Hidrocarburos Derechos de Vigencia

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Conceptos Importe Conciliado según

instituciones públicas (en nuevos soles)

%

Impuesto a la Renta 22,173,503,360 69.94

Regalías Mineras 1,249,024,351 3.94

Regalías de Hidrocarburos 8,212,158,923 25.90

Derechos de Vigencia 69,770,833 0.22

Total 31,704,457,467 100.00

Nota: Montos en nuevos soles cuyo origen en ciertos casos son en dólares norteamericanos. A continuación la determinación de las cifras por rubro:

Conciliación de Impuesto a la renta

compañías Mineras 2008 2009 2010 Total

S/. (a) 2,243,384,989 1,884,456,567 3,392,972,646 7,520,814,202

US$ (b) 1,437,550,435 1,312,569,852 1,439,213,595 4,189,333,882

S/. convertidos en US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)

4,206,272,570 3,953,460,394 4,067,217,619 12,226,950,583

Total (a) + (d) 6,449,657,559 5,837,916,961 7,460,190,265 19,747,764,785

Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826

Conciliación de Impuesto a la renta compañías de Hidrocarburos

2008 2009 2010 Total

S/. (a) 401,190,017 271,688,666 445,798,251 1,118,676,934

US$ (b) 151,859,142 87,049,017 212,501,823 451,409,982

S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)

444,339,849 262,191,639 600,530,152 1,307,061,640

Total (a) + (d) 845,529,866 533,880,305 1,046,328,403 2,425,738,574

Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826

Resumen de Conciliación de Impuesto a

la renta compañías mineras e Hidrocarburos

2008 2009 2010 Total

S/. (a) 2,644,575,006 2,156,145,233 3,838,770,897 8,639,491,136

US$ (b) 1,589,409,576 1,399,618,869 1,651,715,418 4,640,743,863

S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)

4,650,612,419 4,215,652,033 4,667,747,771 13,534,012,223

Total (a) + (d) 7,295,187,425 6,371,797,266 8,506,518,668 22,173,503,359

Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826

Recaudación de Regalías Mineras 2008 2009 2010 Total

S/. 348,328,267 334,147,399 566,548,685 1,249,024,351

Recaudación de Regalías de Hidrocarburos

2008 2009 2010 Total

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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US$ (b) 953,665,133 731,510,127 1,138,862,789 2,824,038,049

S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)

2,790,424,179 2,203,308,503 3,218,426,242 8,212,158,924

Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826

Recaudación de Derechos de Vigencia 2008 2009 2010 Total

US$ (b) 7,757,551 7,450,388 8,716,090 23,924,029

S/. convertidos a US$ por TC de la fecha (d)= (b x c)

22,698,594 22,440,569 24,631,670 69,770,833

Tipo de cambio por 1 US$ (c) 2.926 3.012 2.826

En relación con el efecto de las diferencias entre los montos conciliados recaudados por las instituciones públicas y los pagos realizados por las compañías, presentamos el efecto de los mismos sobre el total del monto recaudado:

Conceptos Importe Conciliado según instituciones públicas (en

nuevos soles)

Diferencia respecto a los montos declarados

por las compañías

% diferencia respecto al concepto

% diferencia respecto al total

conciliado

Impuesto a la Renta 22,173,503,360 - - -

Regalías Mineras 1,249,024,351 110,764 0.009 0.001

Regalías de Hidrocarburos 8,212,158,923 -42,414 (0.001) (0.001)

Derechos de Vigencia 69,770,833 -2,800,048 (3.939) (0.001)

Total 31,704,457,467 -2,731,698 (0.009) (0.009)

Nota: Por efectos de presentación, los decimales están siendo redondeados a 3 dígitos decimales.

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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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V.1. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación del Impuesto a la Renta

La conciliación de los importes del impuesto a la renta se ha realizado tomando la moneda

original de declaración, por lo que se muestran las cifras en Nuevos Soles o en Dólares de los

Estados Unidos de Norteamérica, según corresponda a la moneda de declaración por compañía.

A continuación se presenta el resumen final del segundo estudio de conciliación del impuesto a la

renta de las compañías de Hidrocarburos:

Resumen final de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías de hidrocarburos:

Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de compañías de hidrocarburos

Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia

2008 S/. 401,190,017 401,190,017 -

US$ 151,859,142 151,859,142 -

2009 S/. 271,688,666 271,688,666 -

US$ 87,049,017 87,049,017 -

2010 S/. 445,798,251 445,798,251 -

US$ 212,501,823 212,501,823 -

Total S/. 1,118,676,934 1,118,676,934 -

Total US$ 451,409,982 451,409,982 -

Resumen final de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías de hidrocarburos no

afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la Renta:

Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de compañías de hidrocarburos

Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia

2008 S/. 343,784,622 343,784,622 -

US$ 101,221,761 101,221,761 -

2009 S/. 179,536,332 179,536,332 -

US$ 22,305,549 22,305,549 -

2010 S/. 195,350,227 195,350,227 -

US$ 72,485,625 72,485,625 -

Total S/. 718,671,181 718,671,181 -

Total US$ 196,012,935 196,012,935 -

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Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 79

Resumen final de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías de hidrocarburos afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la Renta

Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de compañías de hidrocarburos

Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia

2008 S/. 57,405,395 57,405,395 -

US$ 50,637,381 50,637,381 -

2009 S/. 92,152,334 92,152,334 -

US$ 64,743,468 64,743,468 -

2010 S/. 250,448,024 250,448,024 -

US$ 140,016,198 140,016,198 -

Total S/. 400,005,753 400,005,753 -

Total US$ 255,397,047 255,397,047 -

Asimismo, a continuación se presenta el resumen final del Segundo Estudio de conciliación del

impuesto a la renta de compañías mineras en explotación:

Resumen final de conciliación del Impuesto a la Renta de empresas mineras en etapa de explotación

Año Moneda Según SUNAT Según Compañía Diferencia

2008 S/ 2,243,384,989 2,243,384,989 -

US$ 1,437,550,435 1,437,550,435 -

2009 S/ 1,884,456,567 1,884,456,567 -

US$ 1,312,569,852 1,312,569,852 -

2010 S/ 3,392,972,646 3,392,972,646 -

US$ 1,439,213,595 1,439,213,595 -

Total S/ 7,520,814,202 7,520,814,202 -

Total US$ 4,189,333,882 4,189,333,882 -

V.2. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de las Regalías Mineras y de Hidrocarburos

A continuación se presenta el resumen final del segundo estudio de conciliación de las Regalías

Mineras:

Resumen final de conciliación de Regalías Mineras

Año Moneda Según MEF / SUNAT Según Compañías Diferencia %

2008 S/ 348,328,267 348,288,858 39,409 0.011%

2009 S/ 334,147,399 334,096,702 50,697 0.015%

2010 S/ 566,548,685 566,528,027 20,658 0.004%

Total S/ 1,249,024,351 1,248,913,587 110,764 0.009%

Notas:

(i) Diferencia inmaterial

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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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A continuación se presenta el resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de las Regalías

de Hidrocarburos:

Resumen final de conciliación de Regalías de Hidrocarburos

Año Moneda Según Perupetro Según Compañía Diferencia (i) % (i)

2008 US$ 953,665,133 953,682,312 (17,179) 0.002%

2009 US$ 731,510,127 731,507,734 2,393 0.001%

2010 US$ 1,138,862,789 1,138,862,561 228 0.001%

Total US$ 2,824,038,049 2,824,052,607 (14,558) 0.001%

Notas:

(i) Diferencia inmaterial.

V.3. Resumen final del Segundo Estudio de Conciliación de los Derechos de Vigencia

A continuación se presenta el resumen final del estudio de conciliación de los Derechos de

Vigencia:

Resumen de conciliación de Derechos de Vigencia

Año Moneda INGEMMET Compañía Diferencia (i) % (i)

2008 US$ 7,757,551 8,020,293 (262,742) (3.387%)

2009 US$ 7,450,388 8,045,373 (594,985) (7.986%)

2010 US$ 8,716,090 8,800,722 (84,632) (0.971%)

Total US$ 23,924,029 24,866,388 (942,359) (3.939%)

Notas:

(i) Las diferencias se deben a que INGEMMENT reporta denuncios no reconocidos por las compañías y

que a su vez las compañías reconocen denuncios no declarados por INGEMMENT. Esto se debe a:

(A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que no son reportados a INGEMMENT

(B) Las compañías reportan denuncios que están pagando por cuenta de terceros

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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VI. Detalle de los resultados del Segundo Estudio de Conciliación de la Recaudación

En esta sección se presenta el detalle de los resultados finales de la conciliación realizada entre la

información proporcionada por las compañías adheridas al Estudio y la información

proporcionada por las instituciones públicas para los siguientes conceptos:

- Impuesto a la Renta

- Regalía Minera

- Regalía de Hidrocarburos

- Derecho de Vigencia

Cabe señalar, que la información presentada guarda relación con la voluntad de las compañías de

mostrar su información de manera agregada o desagregada.

En el formato de adherencia firmado por las compañías adheridas al Segundo Estudio ITIE con la

Comisión de Trabajo del ITIE en el Perú, las compañías expresa su voluntad de mostrar su

información en forma agregada (en conjunto con un grupo determinado de compañías) o en

forma desagregada (mostrando en forma detallada la información proporcionada por la

compañía).

El Consultor ha firmado con las compañías adheridas al Segundo Estudio, un convenio de

confidencialidad donde se indica que se respetará la voluntad de lo establecido en los referidos

formatos individuales de adherencia.

A continuación, se presenta las compañías adheridas al ITIE indicando su voluntad de

participación en el Segundo Estudio de Conciliación:

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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N° Participación Actividad Compañía

Sector Hidrocarburos - Agregadas

1 Agregado Exploración Ecopetrol del Perú S.A.

2 Agregado Explotación Graña y Montero Petrolera S.A.

3 Agregado Explotación Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú

4 Agregado Explotación Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.

5 Agregado Exploración Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú

6 Agregado Exploración Perenco Perú Limited Sucursal del Perú

7 Agregado Explotación Pluspetrol Lote 56 S.A

8 Agregado Explotación Pluspetrol Camisea S.A

9 Agregado Explotación Pluspetrol Norte S.A

10 Agregado Explotación Pluspetrol Perú Corporation S.A

11 Agregado Explotación Savia Perú S.A.

12 Agregado Explotación SK Innovation Sucursal Peruana

13 Agregado Exploración Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú

Sector Hidrocarburos - Desagregadas

1 Desagregado Explotación Interoil Perú S.A.

2 Desagregado Explotación Olympic Perú INC, Sucursal del Perú

3 Desagregado Explotación Petrobras Energía Perú S.A.

4 Desagregado Explotación Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú

5 Desagregado Explotación Sonatrach Perú Corporation S.A.C

Sector Minería - Agregadas

1 Agregado Explotación Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

2 Agregado Explotación Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

3 Agregado Explotación Compañía Minera Argentum S.A.

4 Agregado Explotación Compañía Minera Ares S.A.C

5 Agregado Explotación Compañía Minera Condestable S.A

6 Agregado Explotación Compañía Minera Raura S.A

7 Agregado Explotación Gold Fields La Cima S.A.A.

8 Agregado Exploración Lumina Copper S.A.C.

9 Agregado Explotación Minera Bateas S.A.C.

10 Agregado Explotación Minera Suyamarca S.A.C

11 Agregado Explotación Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

12 Agregado Explotación Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

13 Agregado Explotación Volcan Compañía Minera S.A.A.

Sector Minería - Desagregadas

1 Desagregado Exploración Anglo American Exploration Perú S.A.

2 Desagregado Exploración Anglo American Michiquillay S.A.

3 Desagregado Exploración Anglo American Perú S.A.

4 Desagregado Exploración Anglo American Quellaveco S.A.

5 Desagregado Explotación Compañía de Minas Buenaventura S.A.A

6 Desagregado Explotación Compañía Minera Antamina S.A.

7 Desagregado Explotación Compañía Minera Atacocha S.A.A

8 Desagregado Explotación Compañía Minera Milpo S.A.A.

9 Desagregado Explotación Compañía Minera Poderosa S.A.

10 Desagregado Explotación Compañía Minera San Juan (Perú) S.A.

11 Desagregado Explotación Consorcio Minero Horizonte S.A.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 83

N° Participación Actividad Compañía

12 Desagregado Explotación Empresa Minera Los Quenuales S.A.

13 Desagregado Explotación Minera Barrick Misquichilca S.A.

14 Desagregado Explotación Minera Pampa de Cobre S.A

15 Desagregado Explotación Minera Yanacocha S.R.L.

16 Desagregado Explotación Minsur S.A.

17 Desagregado Exploración Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.

18 Desagregado Explotación Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.

19 Desagregado Explotación Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

20 Desagregado Explotación Xstrata Tintaya S.A.

Resumen

Sector Condición # de compañías Sector Situación # de compañías

Hidrocarburos Agregadas 13 Hidrocarburos Exploración 4

Hidrocarburos Desagregadas 5 Hidrocarburos Explotación 14

Minería Agregadas 13 Minería Exploración 6

Minería Desagregadas 20 Minería Explotación 27

Total Agregadas 26 Total Exploración 10

Total Desagregadas 25 Total Explotación 41

Total 51 Total 51

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 84

VI.1. Impuesto a la Renta

Para efectos de realizar la conciliación de la recaudación del impuesto a la renta, se consideró un

universo de 40 compañías: 14 compañías de hidrocarburos en explotación y 26 compañías

mineras en explotación adheridas a la iniciativa del ITIE, debido a que de las 51 compañías

adheridas al Estudio, 10 compañías se encuentran en etapa de exploración durante los años

2008 a 2010 y, por tanto, al no generar ingresos, no tienen impuesto a la renta a declarar y

pagar. Dichas compañías en etapa de exploración son:

1. Ecopetrol del Perú S.A.

2. Pacific Stratus Energy S.A., Sucursal del Perú

3. Perenco Perú Limited, Sucursal del Perú

4. Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú

5. Anglo American Michiquillay S.A.

6. Anglo American Quellaveco S.A.

7. Anglo American Exploration Perú S.A

8. Anglo American Perú S.A.

9. Lumina Copper S.A.C.

10. Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.

La conciliación consiste en realizar una comparación entre los importes del Impuesto a la Renta

declarado proporcionado por las compañías mineras y de hidrocarburos adheridas, contra los

importes del impuesto a la renta proporcionado por la SUNAT. El importe de Impuesto a la Renta

devengado del ejercicio (importe que es la base para el proceso de distribución del canon)

corresponde al importe calculado por Impuesto a la Renta, más el importe por pagos a cuenta del

Impuesto a la Renta acreditados contra el ITAN, determinado y consignado por compañía en los

casilleros Nro. 504 y 126, respectivamente, excepto para aquellas compañías que tienen más de

una unidad económica administrativa para las cuales se consideró lo declarado en los anexos

mineros o de hidrocarburos de las mismas declaraciones juradas presentadas a SUNAT por

compañía.

La conciliación de los importes del impuesto a la renta se ha realizado tomando la moneda

original de declaración, por lo que se muestran las cifras en Nuevos Soles o en Dólares de los

Estados Unidos de Norteamérica, según corresponda a la moneda de declaración de las

compañías.

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 85

Conciliación entre el impuesto a la renta pagado por las compañías adheridas y los ingresos

recaudados por la SUNAT

Año 2008

N° Compañías Moneda

Año 2008

Según SUNAT Según

Compañía Diferencia

Compañías de hidrocarburos

1 Interoil Perú S.A. S/ 24,645,474 24,645,474 -

2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ - - -

3 Petrobras Energía Perú S.A. S/ 155,696,092 155,696,092 -

4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 870,574 870,574 -

5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. US$ 6,177,856 6,177,856 -

Compañías agregadas en Nuevos Soles (ii) S/ 219,977,877 219,977,877 -

Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (ii) US$ 145,681,286 145,681,286 -

TOTAL S/ 401,190,017 401,190,017 -

TOTAL US$ 151,859,142 151,859,142 -

Compañías mineras

1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. S/ - - -

2 Compañía Minera Antamina S.A. US$ 494,080,678 494,080,678 -

3 Compañía Minera Atacocha S.A.A. S/ - - -

4 Compañía Minera Milpo S.A.A. S/ 48,660,669 48,660,669 -

5 Compañía Minera Poderosa S.A. S/ 21,290,080 21,290,080 -

6 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. S/ - - -

7 Consorcio Minero Horizonte S.A. S/ 59,707,232 59,707,232 -

8 Empresa Minera Los Quenuales S.A. S/ - - -

9 Minera Barrick Misquichilca S.A. US$ 295,836,915 295,836,915 -

10 Minera Pampa de Cobre S.A. S/ - - -

11 Minera Yanacocha S.R.L. US$ 206,917,474 206,917,474 -

12 Minsur S.A. S/ 447,401,856 447,401,856 -

13 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. US$ 348,220,389 348,220,389 -

14 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú S/ 1,366,513,606 1,366,513,606 -

15 Xstrata Tintaya S.A. US$ 92,494,979 92,494,979 -

Compañías agregadas en Nuevos Soles (iii) S/ 299,811,546 299,811,546 -

Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iii) US$ - - -

TOTAL S/ 2,243,384,989 2,243,384,989 -

TOTAL US$ 1,437,550,435 1,437,550,435 -

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 86

Notas:

(i) Detalle de Compañías de hidrocarburos agregadas:

1. Graña y Montero Petrolera S.A.

2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C.

3. Savia Perú S.A.

4. SK Innovation Sucursal Peruana

5. Pluspetrol Norte S.A.

6. Pluspetrol Perú Corporation S.A.

7. Pluspetrol Camisea S.A.

8. Pluspetrol Lote 56 S.A.

9. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.

(ii) Detalle de Compañías mineras agregadas:

1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

3. Compañía Minera Argentum S.A.

4. Compañía Minera Condestable S.A.

5. Compañía Minera Raura S.A.

6. Gold Fields La Cima S.A.

7. Minera Bateas S.A.C.

8. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

9. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

10. Compañía Minera Ares S.A.

11. Minera Suyamarca S.A.C.

12. Volcan Compañía Minera S.A.A.

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 87

Año 2009

N° Compañía Moneda

Año 2009

Según SUNAT Según

Compañía Diferencia

Compañías de hidrocarburos

1 Interoil Perú S.A. S/ 26,997,066 26,997,066 -

2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ 3,800,879 3,800,879 -

3 Petrobras Energía Perú S.A. S/ 98,418,090 98,418,090 -

4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 512,144 512,144 -

5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. US$ 13,511,358 13,511,358 -

Compañías agregadas en Nuevos Soles (iii) S/ 145,761,366 145,761,366 -

Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iii) US$ 69,736,780 69,736,780 -

TOTAL S/ 271,688,666 271,688,666 -

TOTAL US$ 87,049,017 87,049,017 -

Compañías mineras

1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. S/ 70,441,840 70,441,840 -

2 Compañía Minera Antamina S.A. US$ 438,388,957 438,388,957 -

3 Compañía Minera Atacocha S.A.A. S/ 11,498,716 11,498,716 -

4 Compañía Minera Milpo S.A.A. S/ 69,266,759 69,266,759 -

5 Compañía Minera Poderosa S.A. S/ 29,724,353 29,724,353 -

6 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. S/ - - -

7 Consorcio Minero Horizonte S.A. S/ 68,033,381 68,033,381 -

8 Empresa Minera Los Quenuales S.A. S/ - - -

9 Minera Barrick Misquichilca S.A. US$ 296,982,753 296,982,753 -

10 Minera Pampa de Cobre S.A. S/ - - -

11 Minera Yanacocha S.R.L. US$ 310,862,588 310,862,588 -

12 Minsur S.A. S/ 294,717,759 294,717,759 -

13 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. US$ 197,518,237 197,518,237 -

14 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú S/ 862,682,716 862,682,716 -

15 Xstrata Tintaya S.A. US$ 68,817,317 68,817,317 -

Compañías agregadas en Nuevos Soles (iv) S/ 478,091,043 478,091,043 -

Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iv) US$ - - -

TOTAL S/ 1,884,456,567 1,884,456,567 -

TOTAL US$ 1,312,569,852 1,312,569,852 -

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 88

Notas:

(i) Detalle de Compañías de hidrocarburos agregadas:

1. Graña y Montero Petrolera S.A.

2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C.

3. Savia Perú S.A.

4. SK Innovation Sucursal Peruana

5. Pluspetrol Norte S.A.

6. Pluspetrol Perú Corporation S.A.

7. Pluspetrol Camisea S.A.

8. Pluspetrol Lote 56 S.A.

9. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.

(ii) Detalle de Compañías mineras agregadas:

1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

3. Compañía Minera Argentum S.A.

4. Compañía Minera Condestable S.A.

5. Compañía Minera Raura S.A.

6. Gold Fields La Cima S.A.

7. Minera Bateas S.A.C.

8. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

9. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

10. Compañía Minera Ares S.A.

11. Minera Suyamarca S.A.C.

12. Volcan Compañía Minera S.A.A.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 89

Año 2010

N° Compañía Moneda

Año 2010

Según SUNAT Según

Compañía Diferencia

Compañías de hidrocarburos

1 Interoil Perú S.A. S/ 21,594,407 21,594,407 -

2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ 8,133,427 8,133,427 -

3 Petrobras Energía Perú S.A. S/ 105,916,633 105,916,633 -

4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 36,207,698 36,207,698 -

5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. US$ 30,749,827 30,749,827 -

Compañías agregadas en Nuevos Soles (iii) S/ 282,079,513 282,079,513 -

Compañías agregadas en dólares estadounidenses (iii) US$ 173,618,569 173,618,569 -

TOTAL S/ 445,798,251 445,798,251 -

TOTAL US$ 212,501,823 212,501,823 -

Compañías mineras

1 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. S/ 106,750,452 106,750,452 -

2 Compañía Minera Antamina S.A. US$ 448,218,478 448,218,478 -

3 Compañía Minera Atacocha S.A.A. S/ 40,508,809 40,508,809 -

4 Compañía Minera Milpo S.A.A. S/ 111,612,579 111,612,579 -

5 Compañía Minera Poderosa S.A. S/ 35,745,862 35,745,862 -

6 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. S/ 550,922 550,922 -

7 Consorcio Minero Horizonte S.A. S/ 100,827,127 100,827,127 -

8 Empresa Minera Los Quenuales S.A. S/ 2,260,498 2,260,498 -

9 Minera Barrick Misquichilca S.A. US$ 296,098,755 296,098,755 -

10 Minera Pampa de Cobre S.A. S/ - - -

11 Minera Yanacocha S.R.L. US$ 277,824,591 277,824,591 -

12 Minsur S.A. S/ 512,498,780 512,498,780 -

13 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. US$ 417,071,771 417,071,771 -

14 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú S/ 1,434,187,522 1,434,187,522 -

15 Xstrata Tintaya S.A. S/ 335,535,395 335,535,395 -

Compañías agregadas en Nuevos Soles (iv) S/ 712,494,700 712,494,700 -

Compañías agregadas en Dólares estadounidenses (iv) US$ - - -

TOTAL S/ 3,392,972,646 3,392,972,646 -

TOTAL US$ 1,439,213,595 1,439,213,595 -

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 90

Notas:

(i) Detalle de Compañías de hidrocarburos agregadas:

1. Graña y Montero Petrolera S.A.

2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C.

3. Savia Perú S.A.

4. SK Innovation Sucursal Peruana

5. Pluspetrol Norte S.A.

6. Pluspetrol Perú Corporation S.A.

7. Pluspetrol Camisea S.A.

8. Pluspetrol Lote 56 S.A.

9. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.

(ii) Detalle de Compañías mineras agregadas:

1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

3. Compañía Minera Argentum S.A.

4. Compañía Minera Condestable S.A.

5. Compañía Minera Raura S.A.

6. Gold Fields La Cima S.A.

7. Minera Bateas S.A.C.

8. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

9. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

10. Compañía Minera Ares S.A.

11. Minera Suyamarca S.A.C.

12. Volcan Compañía Minera S.A.A.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 91

VI.2. Regalía Minera

Las regalías mineras están determinadas para las compañías del sector minero que se

encuentran en etapa de explotación. Del universo de compañías adheridas al Segundo Estudio,

26 de las 33 compañías clasificadas como mineras se encuentran en dicha etapa. De estas 26

compañías en etapa de explotación, 5 cuentan con convenios de estabilidad tributaria y

administrativa anteriores a la entrada en vigencia de la Ley de Regalía Minera N° 28258 (junio

2004) por lo que no les resulta aplicable la obligación de pagar la Regalía Minera en el período

sujeto a revisión. En este sentido, el universo de compañías adheridas al Estudio que están

afectas al pago de regalía minera y por las cuales se ha realizado la conciliación correspondiente

es de 21 compañías

Las compañías mineras en etapa de exploración que no les resulta aplicable las regalías mineras

son:

1. Anglo American Michiquillay S.A.

2. Anglo American Quellaveco S.A.

3. Anglo American Exploration del Perú S.A.

4. Anglo American Perú S.A.

5. Río Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.

6. Lumina Copper S.A.C.

Compañías mineras en etapa de explotación con convenios de estabilidad tributaria y

administrativa anteriores a la entrada en vigencia de la Ley de Regalía Minera N° 28258 (junio

2004), por lo que no les resulta aplicable la obligación de pagar la Regalía Minera en el período

sujeto a revisión:

1. Compañía Minera Antamina S.A.

2. Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.

3. Xstrata Tintaya S.A.

4. Minera Barrick Misquichilca S.A.

5. Compañía Minera Milpo S.A.A.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 92

Conciliación entre las regalías mineras pagadas por las compañías adheridas y los ingresos

recaudados por SUNAT, expresado en nuevos soles.

Año 2008

Nro. Compañías

2008 (S/.)

SUNAT / MEF Compañía Diferencia

(i) % (i)

1.- Minera Pampa de Cobre S.A. 1,077,873 1,077,873 - -

2.- Compañía Minera Atacocha S.A.A. 3,909,500 3,909,500 - -

3.- Minsur S.A. 57,803,786 57,803,786 - -

4.- Compañía Minera Poderosa S.A. 3,429,093 3,429,093 - -

5.- Minera Yanacocha S.R.L. 212,318 209,458 2,860 1.347%

6.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 39,396,526 39,396,526 - -

7.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. 8,137,055 8,137,055 - -

8.- Consorcio Minero Horizonte S.A. 7,485,217 7,485,217 - -

9.- Southern Perú Cooper Corporation Sucursal del Perú 155,706,550 155,706,550 - -

10.- Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 148,051 148,051 - -

Compañías Agregadas (ii) 71,022,298 70,985,749 36,549 0.051%

Total 348,328,267 348,288,858 39,409 0.011%

Notas:

(i) Diferencia inmaterial

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

3. Compañía Minera Argentum S.A.

4. Compañía Minera Condestable S.A.

5. Compañía Minera Ares S.A.C.

6. Compañía Minera Raura S.A.

7. Gold Fields La Cima S.A.A.

8. Minera Bateas S.A.C.

9. Minera Suyamarca S.A.C.

10. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

11. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

12. Volcan Compañía Minera S.A.A.

Page 93: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 93

Conciliación entre las regalías mineras pagadas por las compañías adheridas y los ingresos

recaudados por SUNAT, expresado en nuevos soles.

Año 2009

Nro. Compañías

2009 (S/.)

SUNAT / MEF Compañía Diferencia

(i) % (i)

1.- Minera Pampa de Cobre S.A. 791,811 791,811 - -

2.- Compañía Minera Atacocha S.A.A. 3,026,655 3,026,655 - -

3.- Minsur S.A. 34,222,452 34,222,452 - -

4.- Cía. Minera Poderosa S.A. 4,766,995 4,761,316 5,679 0.119%

5.- Minera Yanacocha S.R.L. 193,043 193,043 - -

6.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 45,100,742 45,100,742 - -

7.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. 2,957,946 2,957,946 - -

8.- Consorcio Minero Horizonte S.A. 8,267,405 8,261,069 6,336 0.077%

9.- Southern Perú Cooper Corporation Sucursal del Perú 128,930,787 128,930,787 - -

10.- Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. - - - -

Compañías Agregadas (ii) 105,889,563 105,850,881 38,682 0.037%

Total 334,147,399 334,096,702 50,697 0.015%

Notas:

(i) Diferencia inmaterial

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

3. Compañía Minera Argentum S.A.

4. Compañía Minera Condestable S.A.

5. Compañía Minera Ares S.A.C.

6. Compañía Minera Raura S.A.

7. Gold Fields La Cima S.A.A.

8. Minera Bateas S.A.C.

9. Minera Suyamarca S.A.C.

10. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

11. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

12. Volcan Compañía Minera S.A.A.

(iii) En dicho período Minera San Juan S.A. no presentó operaciones.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 94

Conciliación entre las regalías mineras pagadas por las compañías adheridas y los ingresos

recaudados por SUNAT, expresado en nuevos soles.

Año 2010

Nro. Compañías

2010 (S/.)

SUNAT / MEF Compañía Diferencia

(i) % (i)

1.- Minera Pampa de Cobre S.A. 1,363,330 1,363,330 - -

2.- Compañía Minera Atacocha S.A.A. 5,275,671 5,275,671 - -

3.- Minsur S.A. 62,136,170 62,136,170 - -

4.- Cía. Minera Poderosa S.A. 7,018,662 7,018,662 - -

5.- Minera Yanacocha S.R.L. 38,175,082 38,175,082 - -

6.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 55,827,912 55,827,912 - -

7.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. 8,794,537 8,794,537 - -

8.- Consorcio Minero Horizonte S.A. 14,243,907 14,243,907 - -

9.- Southern Perú Cooper Corporation Sucursal del Perú 184,977,664 184,977,664 - -

10.- Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 275,948 275,948 - -

11.- Xstrata Tintaya S.A. (iii) 35,843,260 35,843,260 - -

Compañías Agregadas (ii) 152,616,542 152,595,884 20,658 0.014%

Total 566,548,685 566,528,027 20,658 0.004%

Notas:

(i) Diferencia inmaterial

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

1. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

2. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

3. Compañía Minera Argentum S.A.

4. Compañía Minera Condestable S.A.

5. Compañía Minera Ares S.A.C.

6. Compañía Minera Raura S.A.

7. Gold Fields La Cima S.A.A.

8. Minera Bateas S.A.C.

9. Minera Suyamarca S.A.C.

10. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

11. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

12. Volcan Compañía Minera S.A.A.

(iii) A partir de este período Xstrata Tintaya S.A. empezó a pagar regalías mineras.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 95

VI.3. Regalías de Hidrocarburos

De las 18 compañías del sector de hidrocarburos incluidas en el Segundo Estudio, 14 han

presentado actividad de explotación durante los períodos 2008, 2009 y 2010. Las compañías

que no han presentado operaciones (etapa de exploración) durante este período son:

1. Ecopetrol del Perú S.A.

2. Perenco Perú Limited, Sucursal del Perú

3. Pacific Stratus Energy S.A., Sucursal del Perú

4. Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú

Adicionalmente, se han presentado 2 empresas que cuentan con contratos de servicios razón por

la cual no están afectas al pago de regalías de hidrocarburos, entre ellas se encuentran:

1. Graña y Montero Petrolera S.A.

2. Savia Perú S.A

La recaudación de la regalía de hidrocarburos se realiza en dólares americanos, razón por la cual

las cifras expresadas en este informe están en dicha moneda.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 96

Regalías de Hidrocarburos

Año 2008

Nro. Compañía Lote 2008

Perupetro Compañía Diferencia (i) % (i)

1 Interoil Perú S.A. III / VI 56,704,081 56,703,993 88 0.001%

2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 20,665,060 20,664,926 134 0.001%

3 Petrobras Energía Perú S.A. X 206,471,671 206,483,973 (12,302) (0.005%)

4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 / 88 40,737,892 40,737,892 - -

5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 / 88 40,839,062 40,839,062 - -

Compañías Agregadas (ii) 588,247,367 588,252,466 (5,099) (0.001%)

Total 953,665,133 953,682,312 (17,179) (0.000%)

Notas:

(i) Diferencias inmateriales

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

1. SK Innovation Sucursal Peruana

2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú

3. Pluspetrol Norte S.A.

4. Pluspetrol Camisea S.A.

5. Pluspetrol Perú Corporation S.A.

6. Pluspetrol Lote 56 S.A.

7. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 97

Regalía de Hidrocarburos

Año 2009

Nro. Compañía Lote 2009

Perupetro Compañía Diferencia (i) % (i)

1 Interoil Perú S.A. III / VI 48,690,128 48,690,128 - -

2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 19,279,170 19,279,170 - -

3 Petrobras Energía Perú S.A. X 84,022,631 84,018,064 4,567 0.005%

4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 / 88 47,235,322 47,235,322 - -

5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 / 88 47,353,321 47,353,321 - -

Compañías Agregadas (ii) 484,929,555 484,931,729 (2,174) 0.001%

Total 731,510,127 731,507,734 2,393 0.001%

Notas:

(i) Diferencias inmateriales

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

1. SK Innovation Sucursal Peruana

2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú

3. Pluspetrol Norte S.A.

4. Pluspetrol Camisea S.A.

5. Pluspetrol Perú Corporation S.A.

6. Pluspetrol Lote 56 S.A.

7. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 98

Regalía de Hidrocarburos

Año 2010

Nro. Compañía Lote 2010

Perupetro Compañía Diferencia (i) % (i)

1 Interoil Perú S.A. III / VI 53,892,710

53,892,701 9 0.001%

2 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 33,847,422 33,847,400 22 0.001%

3 Petrobras Energía Perú S.A. X 125,884,016

125,884,016

-

4 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 / 88 80,985,008 80,985,008 -

5 Sonatrach Perú Corporation S.A.C. 56 / 88 81,080,886 81,080,886 -

Compañías Agregadas (i) 763,172,747 763,172,550 197 0.001%

Total 1,138,862,789 1,138,862,561 228 0.001%

Notas:

(i) Diferencias inmateriales

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

1. SK Innovation Sucursal Peruana

2. Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú

3. Pluspetrol Norte S.A.

4. Pluspetrol Camisea S.A.

5. Pluspetrol Perú Corporation S.A.

6. Pluspetrol Lote 56 S.A.

7. Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 99

VI.4. Derecho de Vigencia

En este Segundo Estudio de conciliación 32 de 33 compañías mineras participantes realizan

pagos por derechos de vigencia (una compañía minera no presenta información de Derechos de

Vigencia).

Para efectos del presente Segundo Estudio se ha excluido los pagos reportados por las

compañías por denuncios que no se encuentran registrados a nombre de las mismas en

INGEMMET.

La información es presentada en dólares norteamericanos según lo reportado por INGEMMET.

Cabe señalar que ciertas compañías presentaron información en nuevos soles, por lo que, para

efectos de hacer comparativas las cifras, fueron convertidas a dólares americanos utilizando los

tipos de cambio anual promedio oficial según la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) para

las fechas de origen de las transacciones.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 100

Año 2008

Nro. Compañía 2008

INGEMMET Compañía Diferencia (i) % (i)

1 Anglo American Exploration Perú S.A. 98,970 100,170

(1,200) (1.212%)

2 Anglo American Michiquillay S.A. 34,354 12,154 22,200

64.621%

3 Anglo American Quellaveco S.A. 199,783 194,783 5,000

2.503%

4 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A. 1,508,505 2,330,834

(822,329) (54.513%)

5 Compañía Minera Antamina S.A. 163,850 163,850 - - -

6 Compañía Minera Atacocha S.A.A 13,681 18,601

(4,920) (35.962%)

7 Compañía Minera Milpo S.A.A. 425,183 114,775 310,408

73.006%

8 Compañía Minera Poderosa S.A. 218,561 270,237

(51,676) (23.644%)

9 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 7,324 7,388

(64) (0.874%)

10 Consorcio Minero Horizonte S.A. 212,120 208,190 3,930

1.853%

11 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 332,233 331,333 900

0.271%

12 Minera Barrick Misquichilca S.A. 181,293 179,741 1,552

0.856%

13 Minera Pampa de Cobre S.A. 206,167 16,132 190,035

92.175%

14 Minera Yanacocha S.R.L. 826,573 891,798

(65,225) (7.891%)

15 Minsur S.A. 362,818 326,313 36,505

10.062%

16 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 17,100 22,200

(5,100) (29.825%)

17 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 179,361 168,293 11,068

6.171%

18 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

733,957 609,008 124,949

17.024%

19 Xstrata Tintaya S.A. 263,580 251,423 12,157

4.612%

Compañías Agregadas (ii) 1,772,138 1,803,070

(30,932) (1.745%)

Total 7,757,551 8,020,293 718,704 (981,446) (3.387%)

Page 101: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 101

Notas:

(i) Las diferencias se deben a que INGEMMENT reporta denuncios no reconocidos por la compañía y a su vez la

compañía ha reconocido denuncios no declarados por INGEMMET. Esto se debe a:

(A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que pudieron no haber sido reportados aún a

INGEMMET

(B) Las compañías pudieron haber reportado denuncios que están pagando por cuenta de terceros.

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

1. Lumina Copper S.A.C.

2. Gold Fields La Cima S.A.A.

3. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

4. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

5. Compañía Minera Argentum S.A.

6. Compañía Minera Condestable S.A.

7. Compañía Minera Raura S.A.

8. Minera Bateas S.A.C.

9. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

10. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

11. Compañía Minera Ares S.A.C.

12. Minera Suyamarca S.A.C.

13. Volcan Compañía Minera S.A.A.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 102

Año 2009

Nro. Compañía 2009

INGEMMENT Compañía Diferencia (i) % (i)

1 Anglo American Exploration Perú S.A. 83,442 83,442 - - -

2 Anglo American Michiquillay S.A. 34,354 12,154 22,200

64.621%

3 Anglo American Quellaveco S.A. 199,783 194,783 5,000

2.503%

4 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 1,243,604 2,189,737

(946,133) (76.080%)

5 Compañía Minera Antamina S.A. 168,950 163,850 5,100

3.019%

6 Compañía Minera Atacocha S.A.A 13,125 7,594 5,531

42.141%

7 Compañía Minera Milpo S.A.A. 357,809 110,934 246,875

68.996%

8 Compañía Minera Poderosa S.A. 269,942 265,807 4,135

1.532%

9 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 7,089 7,143

(54) (0.762%)

10 Consorcio Minero Horizonte S.A. 238,260 226,454 11,806

4.955%

11 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 288,620 288,920

(300) (0.104%)

12 Minera Barrick Misquichilca S.A. 402,380 400,828 1,552

0.386%

13 Minera Pampa de Cobre S.A 207,982 207,286 696

0.335%

14 Minera Yanacocha S.R.L. 811,043 840,770

(29,727) (3.665%)

15 Minsur S.A. 349,406 326,109 23,297

6.668%

16 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 17,100 22,200

(5,100) (29.825%)

17 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 179,697 176,411 3,286

1.829%

18 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

647,766 565,711 82,055

12.667%

19 Xstrata Tintaya S.A. 268,080 278,787

(10,707) (3.994%)

Compañías Agregadas (ii) 1,661,956 1,676,453

(14,497) (0.872%)

Total 7,450,388 8,045,373 411,533 (1,006,518) (7.986%)

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 103

Notas:

(i) Las diferencias se deben a que INGEMMET reporta denuncios no reconocidos por la compañía y a su

vez la compañía ha reconocido denuncios no declarados por INGEMMET. Esto se debe a:

(A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que pudieron no haber sido reportados

aún a INGEMMET.

(B) Las compañías pudieron haber reportado denuncios que están pagando por cuenta de terceros.

(iii) Detalle de Compañías Agregadas:

1. Lumina Copper S.A.C.

2. Gold Fields La Cima S.A.A.

3. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

4. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

5. Compañía Minera Argentum S.A.

6. Compañía Minera Condestable S.A.

7. Compañía Minera Raura S.A.

8. Minera Bateas S.A.C.

9. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

10. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

11. Compañía Minera Ares S.A.C.

12. Minera Suyamarca S.A.C.

13. Volcan Compañía Minera S.A.A.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 104

Año 2010

Nro. Compañía 2010

INGEMMENT Compañía Diferencia (i) % (i)

1 Anglo American Exploration Perú S.A. 266,742 83,442 183,300

68.718%

2 Anglo American Michiquillay S.A. 33,754 33,754 - - -

3 Anglo American Quellaveco S.A. 261,883 194,783 67,100

25.622%

4 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 1,444,739 2,472,192

(1,027,453) (71.117%)

5 Compañía Minera Antamina S.A. 171,950 171,950 - - -

6 Compañía Minera Atacocha S.A.A 13,125 12,132 993

7.566%

7 Compañía Minera Milpo S.A.A. 493,783 229,779 264,004

53.466%

8 Compañía Minera Poderosa S.A. 312,948 321,164

(8,216) (2.625%)

9 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 14,633 7,407 7,226

49.382%

10 Consorcio Minero Horizonte S.A. 278,300 228,604 49,696

17.857%

11 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 320,645 320,841

(196) (0.061%)

12 Minera Barrick Misquichilca S.A. 566,090 550,127 15,963

2.820%

13 Minera Pampa de Cobre S.A 243,394 232,273 11,121

4.569%

14 Minera Yanacocha S.R.L. 879,610 853,352 26,258

2.985%

15 Minsur S.A. 386,267 374,342 11,925

3.087%

16 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 17,100 22,200

(5,100) (29.825%)

17 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 188,007 186,611 1,396

0.743%

18 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

611,223 559,261 51,962

8.501%

19 Xstrata Tintaya S.A. 386,672 284,072 102,600

26.534%

Compañías Agregadas (ii) 1,825,225 1,662,436 162,789

8.919%

Total 8,716,090 8,800,722 956,333 (1,040,965) (0.971%)

Page 105: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 105

Notas:

(i) Las diferencias se deben a que INGEMMENT reporta denuncios no reconocidos por la compañía y a su

vez la compañía ha reconocido denuncios no declarados por INGEMMET. Esto se debe a:

(A) Traspasos de propiedad de denuncios entre compañías que pudieron no haber sido reportados

aún a INGEMMET.

(B) Las compañías pudieron haber reportado denuncios que están pagando por cuenta de terceros.

(iii) Detalle de Compañías Agregadas:

1. Lumina Copper S.A.C.

2. Gold Fields La Cima S.A.A.

3. Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

4. Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

5. Compañía Minera Argentum S.A.

6. Compañía Minera Condestable S.A.

7. Compañía Minera Raura S.A.

8. Minera Bateas S.A.C.

9. Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

10. Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

11. Compañía Minera Ares S.A.C.

12. Minera Suyamarca S.A.C.

13. Volcan Compañía Minera S.A.A.

Page 106: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 106

VII. Detalle de los resultados finales del Segundo Estudio de Conciliación de la Distribución

VII.1. Canon Minero

Para la revisión de la distribución del canon minero, se ha realizado un recálculo de: i) el monto

de canon minero resultante a partir del impuesto a la renta devengado declarado por las

compañías mineras adheridas a la iniciativa, ii) la distribución del monto resultante de canon

minero por compañía minera siguiendo la metodología descrita en la sección IV. 1 acápite 2.2 del

presente informe.

Dicho recálculo ha sido realizado a fin de poder mostrar los departamentos beneficiados con el

canon minero proveniente del impuesto a la renta declarado por las compañías adheridas al

Estudio, debido a lo siguiente:

- La información oficial de la distribución del canon minero proporcionada por la

Presidencia del Consejo de Ministros es preparada de manera agregada y no detallando lo

correspondiente a las compañías mineras del país.

- El presente segundo Estudio no involucra a la totalidad de compañías mineras del país en

etapa de explotación, sino únicamente a las compañías mineras adheridas a la iniciativa

del ITIE, las cuales corresponden -en la mayoría de los casos- a las más representativas

por mineral que extraen según se muestra en la sección II acápite 2.1 del presente

informe.

Por lo expuesto, no es posible realizar una conciliación entre los montos distribuidos de canon

minero calculados para el presente Segundo estudio, sobre la base a la información de las

compañías adheridas a la iniciativa del ITIE para los gobiernos locales de los departamentos y

gobiernos regionales, y los montos oficialmente entregados por el Estado peruano.

En este sentido, con el fin de cubrir el alcance definido por la Comisión de Trabajo del ITIE, el cual

busca conciliar si los recursos generados a partir de la explotación de los recursos naturales por

las industrias extractivas se ven traducidos en ingresos para las localidades de las que se extraen

dichos recursos naturales, para la presente verificación de la distribución del canon minero se ha

realizado una comparación entre los montos a distribuir determinados a partir de la información

disponible y de acuerdo con lo estipulado en la Ley del Canon, y los montos oficiales transferidos

por canon minero, debiendo ser éstos últimos mayores debido a que consideran los ingresos por

impuesto a la renta de las compañías mineras del país.

Asimismo, para fines del presente Producto 3, se ha tomado como fuente las cifras del Impuesto

a la Renta de las compañías proporcionadas por la Compañía y por SUNAT.

Page 107: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 107

A continuación se presenta el resultado de los recálculos de la distribución del canon minero por

año sujeto a análisis: 2008, 2009 y 2010, en nuevos soles, el cual se muestra para las regiones

donde se ubican las unidades mineras de las compañías mineras adheridas al Segundo Estudio. Al

obtener la información de las transferencias realizadas por canon minero, se puede realizar la

comparación de los recálculos realizados con las cifras oficiales correspondientes a los fondos

transferidos a las regiones por concepto de canon minero.

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Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de

Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 108

Distribución del canon minero

Año 2008

Cifras determinadas para el estudio de conciliación

Cifras oficiales - PCM

Diferencias (3)

Departamentos beneficiarios del canon minero

Gobiernos locales del departamento Gobiernos Regionales

Gobiernos locales del departamento

Gobiernos Regionales

Gobiernos locales del departamento

Gobiernos Regionales

75% (1) 25%

75% (1) 25%

75% 25%

Ancash 635,035,242 211,678,414

641,109,151 214,366,464

6,073,909 2,688,050 Apurímac 9,004,409 3,001,470

9,004,409 3,001,469

- -1

Arequipa 386,841,076 128,947,025

398,134,399 132,711,466

11,293,323 3,764,441 Ayacucho 2,152,632 717,544

7,127,153 2,375,717

4,974,521 1,658,173

Cajamarca 227,040,198 75,680,066

171,078,717 57,026,339

-55,961,481 -18,653,727 Cusco 101,490,116 33,830,039

101,455,431 33,818,477

-34,685 -11,562

Huancavelica 1,404,641 468,214

12,640,267 4,213,422

11,235,626 3,745,208 Huánuco 1,349,751 449,917

1,984,209 698,662

634,458 248,745

Ica 11,329,194 3,776,398

82,859,668 27,619,890

71,530,474 23,843,492 Junín 21,698,433 7,232,811

29,169,872 9,737,679

7,471,439 2,504,868

La Libertad 263,614,898 87,871,633

279,538,730 92,516,028

15,923,832 4,644,395 Lima 10,946,010 3,648,670

51,220,157 17,058,998

40,274,147 13,410,328

Moquegua 282,073,781 94,024,594

288,751,155 96,812,820

6,677,374 2,788,226 Pasco 66,496,687 22,165,562

84,464,072 28,117,432

17,967,385 5,951,870

Puno 167,775,696 55,925,232

186,163,858 61,492,184

18,388,162 5,566,952 Tacna 230,368,822 76,789,607

230,434,487 76,811,496

65,665 21,889

2,418,621,586 806,207,196

2,575,135,735 858,378,543

156,514,149 52,171,347

Consistencia Recaudación Impuesto a la Renta - Distribución Canon Minero

Recaudación del Impuesto a la Renta

Impuesto a la Renta recaudado según

SUNAT

Canon

(50% recaudación)

Total recaudación S/. 2,243,384,989 1,121,692,495 Total recaudación US$ 1,437,550,435 718,775,218 Total recaudación expresado en S/. (2) 6,449,657,562 3,224,828,783 Distribución del Canon Minero

Total distribución gobiernos locales de los departamentos S/. 2,418,621,586 Total distribución Gobiernos Regionales S/.

806,207,196

Total distribución en S/.

3,224,828,782

Notas:

(1) Considera el 10% correspondiente al municipio del distrito, más el 25% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento.

(2) Se ha utilizado el tipo de cambio promedio del año para la conversión a moneda nacional de lo recaudado en dólares de los Estado Unidos de Norteamérica. (3) La diferencia en el Canon Minero distribuido a Cajamarca se debe a que el Gobierno Regional de Cajamarca, solicitó deducir del total del monto de Canon Minero que le

correspondía, un total de S/. 80,478,071 (S/. 74,615,208 correspondientes a compañías adheridas al presente Estudio) como garantías por endeudamientos a favor del Gobierno Regional.

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Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de

Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú 109

Distribución del canon minero

Año 2009

Cifras determinadas para el estudio de conciliación

Cifras oficiales - PCM

Diferencias (3)

Departamentos beneficiarios del canon minero

Gobiernos locales del departamento

Gobiernos Regionales

Gobiernos locales del departamento

Gobiernos Regionales

Gobiernos locales del departamento Gobiernos Regionales

75% (1) 25%

75% (1) 25%

75% 25%

Ancash 579,942,515 193,314,172

585,937,285 196,304,582

5,994,770 2,990,410 Apurímac 558,559 186,186

558,559 186,186

- -

Arequipa 253,079,855 84,359,952

260,633,946 86,877,981

7,554,091 2,518,029 Ayacucho 25,604,779 8,534,926

25,743,023 8,581,008

138,244 46,082

Cajamarca 377,102,758 125,700,919

308,767,183 102,922,395

-68,335,575 -22,778,524 Cusco 77,729,160 25,909,720

77,729,160 25,909,720

- -

Huancavelica 3,292,565 1,097,522

4,335,927 1,453,078

1,043,362 355,556 Huánuco 1,018,562 339,521

1,222,050 421,309

203,488 81,788

Ica 15,572,690 5,190,897

50,506,740 16,835,580

34,934,050 11,644,683 Junín 42,072,959 14,024,320

47,251,880 15,750,627

5,178,921 1,726,307

La Libertad 288,032,331 96,010,777

317,488,267 104,837,269

29,455,936 8,826,492 Lima 17,961,307 5,987,102

54,366,102 16,428,625

36,404,795 10,441,523

Moquegua 174,160,193 58,053,398

183,567,194 61,922,817

9,407,001 3,869,419 Pasco 73,225,643 24,408,548

109,777,494 37,449,265

36,551,851 13,040,717

Puno 110,519,160 36,839,720

136,738,218 44,845,654

26,219,058 8,005,934 Tacna 149,345,825 49,781,942

149,404,960 49,801,653

59,135 19,711

2,189,218,861 729,739,622

2,314,027,988 770,527,749

124,809,127 40,788,127

Consistencia Recaudación Impuesto a la Renta - Distribución Canon Minero Recaudación del Impuesto a la Renta

Impuesto a la Renta recaudado según

SUNAT

Canon

(50% recaudación)

Total recaudación S/. 1,884,456,567 942,228,284 Total recaudación US$ 1,312,569,852 656,284,926 Total recaudación expresado en S/. (2) 5,837,916,961 2,918,958,483 Distribución del Canon Minero

Total distribución gobiernos locales de los departamentos S/. 2,189,218,861 Total distribución Gobiernos Regionales S/. 729,739,622 Total distribución en S/.

2,918,958,483

Notas: (1) Considera el 10% correspondiente al municipio del distrito, más el 25% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento. (2) Se ha utilizado el tipo de cambio promedio del año para la conversión a moneda nacional de lo recaudado en dólares de los Estado Unidos de Norteamérica. (3) La diferencia en el Canon Minero distribuido a Cajamarca se debe a que el Gobierno Regional de Cajamarca solicitó deducir del total del monto de Canon Minero que le correspondía, un total

de S/. 94,965,030 (S/. 91,946,338 correspondientes a compañías adheridas al presente Estudio) como garantías por endeudamientos a favor del Gobierno Regional.

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Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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Distribución del canon minero

Año 2010

Cifras determinadas para el estudio de conciliación

Cifras oficiales - PCM

Diferencias (3)

Departamentos beneficiarios del canon minero

Gobiernos locales del departamento

Gobiernos Regionales

Gobiernos locales del departamento Gobiernos Regionales

Gobiernos locales del departamento

Gobiernos Regionales

75% (1) 25%

75% (1) 25%

75% 25%

Ancash 547,372,789 182,457,596

566,042,049 190,003,835

18,669,260 7,546,239 Arequipa 487,648,757 162,549,586

496,987,003 165,662,334

9,338,246 3,112,748

Ayacucho 42,899,711 14,299,904

42,715,568 14,363,333

-184,143 63,429 Cajamarca 375,239,459 125,079,820

313,253,715 104,417,905

-61,985,744 -20,661,915

Cusco 125,825,773 41,941,924

127,579,443 42,503,456

1,753,670 561,532 Huancavelica 5,602,424 1,867,475

6,402,154 2,134,052

799,730 266,577

Huánuco 3,227,011 1,075,670

3,242,217 1,080,739

15,206 5,069 Ica 26,645,827 8,881,942

151,490,870 50,496,957

124,845,043 41,615,015

Junín 48,593,001 16,197,667

58,974,910 19,688,686

10,381,909 3,491,019 La Libertad 296,714,411 98,904,804

345,497,745 113,842,763

48,783,334 14,937,959

Lima 18,757,586 6,252,529

79,256,805 26,373,270

60,499,219 20,120,741 Moquegua 275,544,295 91,848,098

293,414,736 99,092,718

17,870,441 7,244,620

Pasco 89,037,237 29,679,079

136,267,183 45,437,677

47,229,946 15,758,598 Puno 192,187,043 64,062,348

231,343,344 75,826,642

39,156,301 11,764,294

Tacna 262,276,025 87,425,342

262,576,206 87,525,402

300,181 100,060

2,797,571,349 932,523,784

3,115,043,948 1,038,449,769

317,472,599 105,925,985

Consistencia Recaudación Impuesto a la Renta - Distribución Canon Minero Recaudación del Impuesto a la Renta

Impuesto a la Renta recaudado según

SUNAT

Canon

(50% recaudación)

Total recaudación S/. 3,392,972,646 1,696,486,323 Total recaudación US$ 1,439,213,595 719,606,798 Total recaudación expresado en S/. (2) 7,460,190,265 3,730,095,133 Distribución del Canon Minero

Total distribución gobiernos locales de los departamentos S/. 2,797,571,349 Total distribución Gobiernos

Regionales S/.

932,523,784 Total distribución en S/.

3,730,095,133

Notas: (1) Considera el 10% correspondiente al municipio del distrito, más el 25% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento. (2) Se ha utilizado el tipo de cambio promedio del año para la conversión a moneda nacional de lo recaudado en dólares de los Estado Unidos de Norteamérica. (3) La diferencia en el Canon Minero distribuido a Cajamarca se debe a que el Gobierno Regional de Cajamarca solicitó deducir del total del monto de Canon Minero que le correspondía, un total

de S/. 96,172,175 (S/. 91,946,338 correspondientes a compañías adheridas al presente Estudio) como garantías por endeudamientos a favor del Gobierno Regional.

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111

VII.2. Regalía Minera

Para la verificación de la distribución de la regalía minera, se ha realizado un recálculo de la distribución

del monto pagado por regalía minera siguiendo la metodología descrita en la sección IV. 2 acápite 2.2

del presente informe.

Dicho recálculo ha sido realizado a fin de poder mostrar los departamentos beneficiados con la regalía

minera recaudada por las compañías adheridas al Segundo Estudio, debido a lo siguiente:

La información oficial de la distribución de la regalía minera proporcionada por la Presidencia del

Consejo de Ministros es preparada de manera agregada y no detallando por compañía.

El presente estudio no involucra a la totalidad de compañías mineras del país en etapa de

explotación, sino únicamente a las compañías mineras adheridas a la iniciativa del ITIE, las cuales

corresponden, en la mayoría de los casos, a las más representativas por mineral que extraen,

según se muestra en la sección II acápite 2.1 del presente informe.

Por lo expuesto, no es posible realizar una conciliación entre los montos distribuidos por departamento

por regalía minera determinados en el presente estudio en base a la información de las compañías

adheridas a la iniciativa del ITIE para los gobiernos locales de los departamentos y gobiernos regionales,

y los montos oficialmente entregados por el Estado peruano.

En ese sentido, con el fin de cubrir el alcance definido por la Comisión de Trabajo del ITIE, el cual busca

comprobar si los recursos generados a partir de la explotación de los recursos naturales por las

industrias extractivas se ven traducidos en ingresos para las localidades de las que se extraen dichos

recursos naturales; para la presente verificación de la distribución de la regalía minera se ha realizado

una comparación entre los montos a distribuir determinados a partir de la información disponible y de

acuerdo con lo estipulado en la Ley de Regalía Minera, y los montos oficiales transferidos por el Estado

peruano.

A continuación se presenta el resultado de los recálculos de la distribución de la regalía minera por año,

en nuevos soles, el cual se muestra para las regiones donde se ubican las unidades mineras de las

compañías mineras adheridas al Segundo Estudio; así como la comparación de dichos resultados con las

cifras oficiales correspondientes a los fondos transferidos a las regiones por concepto de regalía

minera.

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Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

112

Asimismo, y debido a que la distribución de las regalías mineras se realiza en función a lo recaudado

mensualmente, independientemente del período en el cual se generaron dichas regalías, en los

próximos cuadros se presenta el recálculo de la distribución de las regalías mineras en función a la

fecha de distribución de las mismas.

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Perú (2008 – 2010) (continuación)

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113

Distribución de regalías mineras

Año 2008 (correspondiente a la distribución de regalías mineras del año 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008 distribuidas durante el año 2008)

Cifras determinadas para el estudio de conciliación

Cifras oficiales - PCM

Diferencias

Departamentos beneficiarios de la

regalía minera

Gobiernos locales del departamento (1)

Gobiernos Regionales

Universidades Nacionales

Departamentos beneficiarios de la

regalía minera

Gobiernos locales del departamento

(1)

Gobiernos Regionales

Universidades Regionales

Departamentos beneficiarios de la

regalía minera

Gobiernos locales del departamento

(1)

Gobiernos Regionales

Universidades Regionales

80% 15% 5%

80% 15% 5%

80% 15% 5%

Ancash 57,183 10,722 3,574

Ancash 1,790,915 335,796 111,932

Ancash 1,733,732 325,074 108,358

Apurímac 1,267,927 237,736 79,245

Apurímac 1,279,741 239,951 79,984

Apurímac 11,814 2,215 739

Arequipa 24,350,439 4,565,707 1,521,902

Arequipa 30,729,983 5,025,676 1,920,624

Arequipa 6,379,544 459,969 398,722

Ayacucho 1,929,528 361,786 120,595

Ayacucho 4,121,148 452,276 257,572

Ayacucho 2,191,620 90,490 136,977

Cajamarca 1,288,624 241,617 80,539

Cajamarca 4,731,937 272,560 295,746

Cajamarca 3,443,313 30,943 215,207

Huancavelica 4,866,247 912,421 304,140

Huancavelica 9,882,574 1,759,511 617,661

Huancavelica 5,016,327 847,090 313,521

Huánuco 1,065,503 199,782 66,594

Huánuco 1,164,923 208,762 72,808

Huánuco 99,420 8,980 6,214

Junín 16,141,270 3,026,488 1,008,829

Junín 21,812,475 3,505,611 1,363,280

Junín 5,671,205 479,123 354,451

La Libertad 9,938,325 1,863,436 621,145

La Libertad 21,013,332 3,841,399 1,313,333

La Libertad 11,075,007 1,977,963 692,188

Lima 17,732,221 3,324,791 1,108,264

Lima 28,817,133 4,735,238 1,801,071

Lima 11,084,912 1,410,447 692,807

Moquegua 72,288,042 13,554,008 4,518,003

Moquegua 84,146,074 14,218,821 5,259,130

Moquegua 11,858,032 664,813 741,127

Pasco 28,813,232 5,402,481 1,800,827

Pasco 40,592,768 6,699,039 2,537,048

Pasco 11,779,536 1,296,558 736,221

Puno 46,243,029 8,670,568 2,890,189

Puno 49,874,052 9,598,209 3,117,128

Puno 3,631,023 927,641 226,939

Tacna 53,139,497 9,963,656 3,321,219

Tacna 65,270,111 10,015,112 4,079,382

Tacna 12,130,614 51,456 758,163

(3) 279,121,067 (3) 52,335,199 (3) 17,445,065

365,227,166 60,907,961 22,826,699

86,106,099 8,572,762 5,381,634

Conciliación entre recaudación y distribución S/.

Total monto recaudación Regalías Mineras 2008 348,328,267

Total monto distribución Regalías Mineras 2008 (Sumatoria (3)) 348,901,331

Diferencia (2) (573,064)

Diferencia % (0.165%)

NOTAS:

(1) Considera el 20% correspondiente al municipio del distrito, más el 20% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento.

(2) Diferencia originada por regularizaciones en los montos declarados y realizadas luego de la fecha de declaración y que se han considerado para efectos del cálculo de la distribución.

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Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el

Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

114

Año 2009 (correspondiente a la distribución de regalías mineras del año 2004, 2005, 2008 y 2009 distribuidas durante el año 2009)

Cifras determinadas para el estudio de conciliación

Cifras oficiales - PCM

Diferencias

Departamentos beneficiarios de la

regalía minera

Gobiernos locales del departamento

(1)

Gobiernos Regionales

Universidades Regionales

Departamentos beneficiarios de la

regalía minera

Gobiernos locales del departamento

(1)

Gobiernos Regionales

Universidades Regionales

Departamentos beneficiarios de la

regalía minera

Gobiernos locales del departamento (1)

Gobiernos Regionales

Universidades Regionales

80% 15% 5%

80% 15% 5%

80% 15% 5%

Ancash 67,355 12,629 4,210

Ancash 2,399,592 450,111 149,974

Ancash 2,332,237 437,482 145,764

Apurímac 155,489 29,154 9,718

Apurímac 155,489 29,154 9,718

Apurímac - - -

Arequipa 33,232,751 6,231,141 2,077,047

Arequipa 35,159,665 6,592,437 2,197,479

Arequipa 1,926,914 361,296 120,432

Ayacucho 7,763,030 1,455,568 485,189

Ayacucho 8,254,211 1,547,665 515,888

Ayacucho 491,181 92,097 30,699

Cajamarca 19,010,514 3,564,471 1,188,157

Cajamarca 19,137,123 3,587,850 1,196,070

Cajamarca 126,609 23,379 7,913

Huancavelica 4,572,796 857,399 285,800

Huancavelica 7,474,087 1,296,723 467,130

Huancavelica 2,901,291 439,324 181,330

Huánuco 814,358 152,692 50,897

Huánuco 823,930 234,277 51,496

Huánuco 9,572 81,585 599

Junín 19,364,760 3,630,892 1,210,297

Junín 21,934,999 4,112,813 1,370,937

Junín 2,570,239 481,921 160,640

La Libertad 11,364,708 2,130,883 710,294

La Libertad 26,348,205 4,940,288 1,646,763

La Libertad 14,983,497 2,809,405 936,469

Lima 13,083,700 2,453,194 817,731

Lima 21,660,928 3,910,983 1,353,808

Lima 8,577,228 1,457,789 536,077

Moquegua 56,617,317 10,615,747 3,538,582

Moquegua 60,882,799 11,415,525 3,805,175

Moquegua 4,265,482 799,778 266,593

Pasco 26,665,079 4,999,702 1,666,567

Pasco 36,190,984 6,785,809 2,261,936

Pasco 9,525,905 1,786,107 595,369

Puno 27,377,962 5,133,368 1,711,123

Puno 33,825,162 6,342,218 2,114,073

Puno 6,447,200 1,208,850 402,950

Tacna 47,160,761 8,842,643 2,947,548

Tacna 47,160,761 8,842,643 2,947,548

Tacna - - -

(3) 267,250,580 (3) 50,109,483 (3) 16,703,160

321,407,935 60,088,496 20,087,995

54,157,355 9,979,013 3,384,835

Conciliación entre recaudación y distribución S/.

Total monto recaudación Regalías Mineras 2009 334,147,399

Total monto distribución Regalías Mineras 2009 (Sumatoria (3)) 334,063,223

Diferencia (2) 84,176

Diferencia % 0.025%

NOTAS:

(1) Considera el 20% correspondiente al municipio del distrito, más el 20% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento.

(2) Diferencia originada por regularizaciones en los montos declarados y realizadas luego de la fecha de declaración y que se han considerado para efectos del cálculo de la distribución.

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Servicio de Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Extractivas (ITIE) en el

Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

115

Año 2010 (correspondiente a la distribución de regalías mineras del año 2009 y 2010 distribuidas durante el año 2010)

Cifras determinadas para el estudio de conciliación

Cifras oficiales - PCM

Diferencias

Departamentos beneficiarios de la

regalía minera

Gobiernos locales del departamento (1)

Gobiernos Regionales

Universidades Regionales Departamentos

beneficiarios de la regalía minera

Gobiernos locales del departamento (1)

Gobiernos Regionales

Universidades Regionales Departamentos

beneficiarios de la regalía minera

Gobiernos locales del departamento (1)

Gobiernos Regionales

Universidades Regionales

80% 15% 5%

80% 15% 5%

80% 15% 5%

Ancash 103,280 19,365 6,455

Ancash 4,570,163 856,905 285,635

Ancash 4,466,883 837,540 279,180

Apurímac 41,304,684 7,744,628 2,581,543

Apurímac 43,783,214 8,209,353 2,736,451

Apurímac 2,478,530 464,725 154,908

Arequipa 13,888,210 2,604,039 868,013

Arequipa 14,776,153 2,785,709 923,510

Arequipa 887,943 181,670 55,497

Ayacucho 57,197,955 10,724,617 3,574,872

Ayacucho 58,652,594 10,997,361 3,665,787

Ayacucho 1,454,639 272,744 90,915

Cajamarca 28,674,608 5,376,489 1,792,163

Cajamarca 29,423,734 5,516,950 1,838,983

Cajamarca 749,126 140,461 46,820

Huancavelica 6,528,706 1,224,132 408,044

Huancavelica 11,119,147 2,109,462 694,947

Huancavelica 4,590,441 885,330 286,903

Huánuco 1,713,331 321,250 107,083

Huánuco 1,709,000 321,547 106,812

Huánuco -4,331 297 -271

Junín 29,470,140 5,525,651 1,841,884

Junín 34,932,320 6,549,810 2,183,270

Junín 5,462,180 1,024,159 341,386

La Libertad 18,642,427 3,495,455 1,165,152

La Libertad 40,526,314 7,598,684 2,532,895

La Libertad 21,883,887 4,103,229 1,367,743

Lima 22,575,757 4,232,954 1,410,985

Lima 38,458,966 7,032,283 2,403,685

Lima 15,883,209 2,799,329 992,700

Moquegua 76,495,253 14,342,860 4,780,953

Moquegua 84,108,024 15,770,255 5,256,752

Moquegua 7,612,771 1,427,395 475,799

Pasco 32,877,877 6,164,602 2,054,867

Pasco 47,984,824 9,155,282 2,999,051

Pasco 15,106,947 2,990,680 944,184

Puno 49,708,936 9,320,426 3,106,809

Puno 59,613,392 11,177,511 3,725,837

Puno 9,904,456 1,857,085 619,028

Tacna 72,577,542 13,608,289 4,536,096

Tacna 72,577,542 13,608,289 4,536,096

Tacna - - -

(3) 451,758,706 (3) 84,704,757 (3) 28,234,919

542,235,387 101,689,401 33,889,711

90,476,681 16,984,644 5,654,792

Conciliación entre recaudación y distribución S/.

Total monto recaudación Regalías Mineras 2008 566,548,685

Total monto distribución Regalías Mineras 2008 (Sumatoria (3)) 564,698,382

Diferencia (2) 1,850,303

Diferencia % 0.327%

NOTAS:

(1) Considera el 20% correspondiente al municipio del distrito, más el 20% correspondiente a los municipios de las provincias, más el 40% correspondiente a los municipios del departamento.

(2) Diferencia originada por regularizaciones en los montos declarados y realizadas luego de la fecha de declaración y que se han considerado para efectos del cálculo de la distribución.

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116

VII.3. Canon y Sobrecanon Petrolero

Perupetro calcula quincenalmente las regalías de las compañías petroleras. Asimismo, mensualmente

realiza el cálculo del canon y sobrecanon que será distribuido entre los departamentos beneficiarios de

dichos conceptos (Tumbes, Piura, Loreto, Ucayali y Huánuco). Los montos del canon y sobrecanon

calculados por Perupetro, son remitidos mensualmente a la Secretaria de Descentralización de la PCM

quien realiza la distribución de los mismos a los gobiernos locales (municipios distritales y provinciales)

y a los gobiernos regionales, en forma agregada, sin identificar el canon y/o sobrecanon proveniente de

las compañías aportantes. Sin embargo, la información proporcionada por PERUPETRO, permite

identificar los montos distribuidos por compañía, pero sólo a nivel departamental.

Por tal razón, a fin de mostrar el canon y sobrecanon proveniente de las regalías pagadas por las

compañías adheridas al Segundo Estudio, se ha realizado lo siguiente:

i) Recálculo del canon y sobrecanon petrolero por parte de Ernst & Young.

ii) Comparación de la información incluida en los reportes quincenales y mensuales proporcionados

por Perupetro, por compañía y por departamento, con los resultados de los recálculos realizados

por EY señalados en el punto anterior.

iii) Realizamos la comparación de lo determinado en ii) con el informe de distribución de la PCM,

verificando que las cifras de este informe sean mayores debido a que las compañías adheridas a

este Segundo Estudio no conforman el 100% de las compañías petroleras del país (excepto en

Puerto Inca, donde la única compañía existente es Maple Gas Corporation del Perú S.R.L., que

forma parte de este Segundo Estudio).

iv) Finalmente, contrastamos la información total que mensualmente Perupetro reporta a la PCM

con la información que PCM reporta a la DGTP - MEF para efecto de realizar las transferencias

respectivas.

Es necesario precisar que la información manejada por Perupetro se encuentra en dólares

norteamericanos y que al momento de ser reportada a la PCM es convertida a nuevos soles al tipo de

cambio correspondiente al mes.

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117

Cuadro de Conciliación General

A continuación, se presenta el cuadro donde se concilian las regalías recaudadas con las distribuidas por Perupetro:

Compañía Moneda Lote Regalía según distribución

Perupetro Regalía según Conciliación

Recaudación Diferencias (i) %

Interoil Perú S.A. US$ III 107,383,391 107,383,303 88 0.000%

Interoil Perú S.A. US$ IV 51,903,529 51,903,519 10 0.000%

Olympic Perú INC, Sucursal del Perú US$ XIII 73,791,652 73,791,496 156 0.000%

Petrobras Energía Perú S.A. US$ X 416,378,318 416,386,053 (7,735) (0.002%)

Total compañías agregadas (v) US$ 651,436,787 651,443,979 (7,192) (0.001%)

Total 1,300,893,677 1,300,908,350 (14,673) (0.001%)

Asimismo, se presenta la distribución realizada por Perupetro relacionada a la Regalía Petrolera recaudada de acuerdo con los diferentes conceptos detallados en el cuadro. Cabe

destacar que la distribución por conceptos no está relacionada exclusivamente a porcentajes sobre la regalía recaudada, sino a cálculos independientes que se sirven de los

fondos de la regalía (caso del canon). En el caso de los gastos de fiscalización, éstos obedecen a los montos facturados por el proveedor del servicio. Las participaciones de

instituciones públicas si representan un porcentaje del monto total de la regalía. El monto entregado al Tesoro Público resulta de la diferencia de la regalía recaudada menos los

conceptos descritos anteriormente.

Compañía Lote Gastos de

Fiscalización US$ (ii)

Canon US$

Participaciones (US$) (iii) Tesoro Público

(US$) (iv)

Regalía según distribución

Perupetro (US$) Perupetro MEM OSINERG

Interoil Perú S.A. III 59,949 29,044,418 1,610,752 805,376 805,376 75,057,520 107,383,391

Interoil Perú S.A. IV 42,662 13,606,418 778,556 389,278 389,278 36,697,337 51,903,529

Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII 133,919 32,607,227 1,106,875 553,437 553,437 38,836,757 73,791,652

Petrobras Energía Perú S.A. X 162,805 150,886,072 6,047,694 3,023,847 3,023,847 253,234,053 416,378,318

Total compañías agregadas (v) 973,727 267,165,060 9,833,033 4,916,517 4,916,517 363,631,933 651,436,787

Total 1,373,062 493,309,195 19,376,910 9,688,455 9,688,455 767,457,600 1,300,893,677

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118

Concepto US$

Canon según Reporte de distribución de regalías de Perupetro 493,309,195

Canon según recálculo efectuado sobre el reporte de cálculo de canon y sobrecanon de Perupetro

493,475,675

Diferencia (vi) (166,480)

NOTAS

(i) Diferencias inmateriales

(ii) Corresponde a los gastos de Fiscalización en que incurre Perupetro para fiscalizar las operaciones de las compañías.

(iii) Corresponde a las participaciones para cubrir gastos operativos de las instituciones allí mencionadas.

(iv) Corresponde al monto que ingresa directamente al Tesoro Público y que no está bajo ningún tipo de distribución específica.

(v) Compañías agregadas:

- Maple Gas Corporation del Perú S.R.L.

- Pluspetrol Norte S.A.

- SK Innovation Sucursal Peruana

(vi) Diferencia entre el canon determinado en los reportes de distribución de Perupetro y el re-cálculo efectuado por Perupetro

tomando como base el valor de producción y los porcentajes de ley. Se encuentra en proceso de conciliación.

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119

A continuación, se presenta el detalle del Cuadro de Conciliación General, abierto por compañías (desagregadas y agregadas). Los conceptos, diferencias y explicaciones son

las mismas que en el Cuadro de Conciliación General.

Interoil Perú S.A.

Lote Año Regalía según distribución Perupetro

Regalía según conciliación Recaudación

Diferencia

Lote III 2008 29,053,091 29,053,005 86

Lote III 2009 37,507,272 37,507,271 1

Lote III 2010 40,823,028 40,823,027 1

Total 107,383,391 107,383,303 88

Lote IV 2008 27,650,989 27,650,988 1

Lote IV 2009 11,182,857 11,182,856 1

Lote IV 2010 13,069,683 13,069,675 8

Total 51,903,529 51,903,519 10

Lote Año Gastos de

Fiscalización Canon

Participaciones Tesoro Público

Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG

Lote III 2008 15,083 7,725,857 435,797 217,898 217,898 20,440,558 29,053,091

Lote III 2009 14,647 10,756,753 562,609 281,305 281,305 25,610,653 37,507,272

Lote III 2010 30,220 10,561,808 612,346 306,173 306,173 29,006,308 40,823,028

Total 59,950 29,044,418 1,610,752 805,376 805,376 75,057,519 107,383,391

Lote IV 2008 13,407 7,048,492 414,768 207,384 207,384 19,759,554 27,650,989

Lote IV 2009 13,019 3,144,513 167,743 83,871 83,871 7,689,840 11,182,857

Lote IV 2010 16,236 3,413,413 196,045 98,023 98,023 9,247,943 13,069,683

Total 42,662 13,606,418 778,556 389,278 389,278 36,697,337 51,903,529

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120

El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de

regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna “Diferencia”.

Lote Año Canon Canon Distribuido

Sobre canon distribuido Total Diferencia

Piura Tumbes

Lote III 2008 7,725,857 6,182,194 1,545,549 7,727,743 (1,886)

Lote III 2009 10,756,753 8,606,867 2,151,717 10,758,584 (1,831)

Lote III 2010 10,561,808 8,452,468 2,113,117 10,565,585 (3,777)

Total 29,044,418 23,241,529 5,810,383 29,051,912 (7,494)

Lote Año Canon Canon Distribuido

Sobre canon distribuido Total Diferencia

Piura Tumbes

Lote IV 2008 7,048,492 5,640,149 1,410,037 7,050,186 (1,694)

Lote IV 2009 3,144,512 2,516,912 629,228 3,146,140 (1,628)

Lote IV 2010 3,413,413 2,732,354 683,089 3,415,443 (2,030)

Total 13,606,417 10,889,415 2,722,354 13,611,769 (5,352)

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121

Olympic Perú INC, Sucursal del Perú

Lote Año Regalía según distribución Perupetro

Regalía según conciliación Recaudación

Diferencia

Lote XIII 2008 20,665,060 20,664,926 134

Lote XIII 2009 19,279,170 19,279,170 -

Lote XIII 2010 33,847,422 33,847,400 22

Total 73,791,652 73,791,496 156

Lote Año Gastos de

Fiscalización Canon

Participaciones Tesoro Público

Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG

Lote XIII 2008 43,983 9,675,890 309,976 154,988 154,988 10,325,235 20,665,060

Lote XIII 2009 38,798 8,985,387 289,188 144,594 144,594 9,676,609 19,279,170

Lote XIII 2010 51,138 13,945,950 507,711 253,856 253,856 18,834,911 33,847,422

Total 133,919 32,607,227 1,106,875 553,438 553,438 38,836,755 73,791,652

El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de

regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna “Diferencia”.

Lote Año Canon Canon Distribuido

Sobre canon distribuido Total Diferencia

Piura Tumbes

Lote XIII 2008 9,675,890 7,745,110 1,936,278 9,681,388 (5,498)

Lote XIII 2009 8,985,387 7,192,190 1,798,047 8,990,237 (4,850)

Lote XIII 2010 13,945,950 11,161,622 2,790,406 13,952,028 (6,078)

Total 32,607,227 26,098,922 6,524,731 32,623,653 (16,426)

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Petrobras Energía Perú S.A.

Lote Año Regalía según distribución Perupetro

Regalía según conciliación Recaudación

Diferencia

Lote X 2008 206,471,672 206,483,973 (12,301)

Lote X 2009 84,022,632 84,018,064 4,568

Lote X 2010 125,884,015 125,884,016 (1)

Total 416,378,319 416,386,053 (7,734)

Lote Año Gastos de

Fiscalización Canon

Participaciones Tesoro Público

Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG

Lote X 2008 48,871 63,237,256 2,946,663 1,473,332 1,473,332 137,292,218 206,471,672

Lote X 2009 47,633 38,822,557 1,213,531 606,766 606,766 42,725,379 84,022,632

Lote X 2010 66,301 48,826,258 1,887,499 943,750 943,750 73,216,457 125,884,015

Total 162,805 150,886,071 6,047,693 3,023,848 3,023,848 253,234,054 416,378,319

El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de

regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna “Diferencia”.

Lote Año Canon Canon Distribuido

Sobre canon distribuido Total Diferencia

Piura Tumbes

Lote X 2008 63,237,256 50,594,721 12,648,680 63,243,401 (6,146)

Lote X 2009 38,822,557 31,062,809 7,765,702 38,828,511 (5,954)

Lote X 2010 48,826,258 39,067,637 9,766,909 48,834,546 (8,288)

Total 150,886,071 120,725,167 30,181,291 150,906,458 (20,388)

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123

Compañías agregadas (Puerto Inca)

Año Regalía según distribución Perupetro

Regalía según conciliación Recaudación

Diferencia (1)

2008 1,191,791 1,191,783 8

2009 718,160 718,162 (2)

2010 1,124,249 1,124,250 (1)

Total 3,034,200 3,034,195 5

Año Gastos de

Fiscalización Canon

Participaciones Tesoro Público

Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG

2008 64,689 391,338 17,877 8,938 8,938 700,011 1,191,791

2009 62,818 233,105 10,772 5,386 5,386 400,693 718,160

2010 57,519 369,348 16,864 8,432 8,432 663,654 1,124,249

Total 185,026 993,791 45,513 22,756 22,756 1,764,358 3,034,200

El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de

regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna “Diferencia”.

Año Canon Canon Distribuido

Diferencia (1) Puerto Inca

2008 397,264 391,338 5,926

2009 239,387 233,105 6,282

2010 374,750 369,348 5,402

Total 1,011,401 993,791 17,610

NOTAS:

(1) Diferencias inmateriales

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124

Compañías Agregadas (Loreto y Ucayali)

Año Regalía según distribución Perupetro

Regalía según conciliación Recaudación

Diferencia (1)

2008 103,638,740 103,638,732 8

2009 91,777,556 91,777,553 3

2010 92,673,292 92,673,298 (6)

Total 288,089,588 288,089,583 5

Año Gastos de

Fiscalización Canon

Participaciones Tesoro Público

Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG

2008 102,391 62,055,155 326,232 163,116 163,116 40,828,730 103,638,740

2009 96,959 56,120,454 855,251 427,625 427,625 33,849,642 91,777,556

2010 101,051 56,570,541 1,426,036 713,018 713,018 33,149,628 92,673,292

Total 300,401 174,746,150 2,607,519 1,303,759 1,303,759 107,828,000 288,089,588

El siguiente cuadro muestra el canon determinado para la distribución de la regalía y el realmente distribuido, los cuales son diferentes por pequeños ajustes provenientes de

regularizaciones entre saldos de Perupetro, que se muestran en la columna “Diferencia”.

Año Canon Canon Distribuido

Sobre canon distribuido Total Diferencia (1)

Loreto Ucayali

2008 62,055,155 48,381,886 13,638,480 62,020,366 34,789

2009 56,120,454 43,340,885 12,748,891 56,089,776 30,678

2010 56,570,541 43,721,577 12,816,072 56,537,649 32,892

Total 174,746,150 135,444,348 39,203,443 174,647,791 98,359

NOTAS:

(1) Diferencia inmaterial.

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125

Loreto – Canon

Año 2008 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir

Gobierno Local 40%

Gobierno Regional 52%

Universidades 5%

Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional

Total Compañías Agregadas US$ 48,381,886 19,352,754 25,158,581 2,419,094 1,451,457

Total US$ 48,381,886 19,352,754 25,158,581 2,419,094 1,451,457

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 56,122,988 73,714,641 60,963,964 80,311,372

Porcentaje de participación 92% 92%

Año 2009 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir

Gobierno Local 40%

Gobierno Regional 52%

Universidades 5%

Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional

Total Compañías Agregadas US$ 43,340,885 17,336,354 22,537,260 2,167,044 1,300,227

Total US$ 43,340,885 17,336,354 22,537,260 2,167,044 1,300,227

Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 52,009,062 63,104,328 53,986,798 65,444,543

Porcentaje de participación 96% 96%

Año 2010 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del

ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir

Gobierno Local 40%

Gobierno Regional 52%

Universidades 5%

Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional

Total Compañías Agregadas US$ 43,721,577 17,488,631 22,735,220 2,186,079 1,311,647

Total US$ 43,721,577 17,488,631 22,735,220 2,186,079 1,311,647

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 50,367,256 61,385,094 54,513,701 64,993,572

Porcentaje de participación 92% 94%

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126

Ucayali – Sobrecanon

Año 2008 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del

ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local

40% Gobierno

Regional 52% Universidades

5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional

Total Compañías Agregadas US$ 13,638,480 5,455,392 7,092,010 681,924 409,154

Total US$ 13,638,480 5,455,392 7,092,010 681,924 409,154

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 15,820,637 19,857,627 30,208,290 36,545,712

Porcentaje de participación 52% 54%

Año 2009 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del

ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local

40% Gobierno

Regional 52% Universidades

5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional

Total Compañías Agregadas US$ 12,748,891 5,099,557 6,629,424 637,445 382,467

Total US$ 12,748,891 5,099,557 6,629,424 637,445 382,467

Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 15,298,670 18,562,386 30,086,716 34,097,757

Porcentaje de participación 51% 54%

Año 2010 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del

ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local

40% Gobierno

Regional 52% Universidades

5% Institutos 3% Gobierno Local Gobierno Regional

Total Compañías Agregadas US$ 12,816,072 5,126,429 6,664,358 640,804 384,482

Total US$ 12,816,072 5,126,429 6,664,358 640,804 384,482

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 14,866,644 18,326,984 30,209,038 35,714,060

Porcentaje de participación 49% 51%

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127

Piura – Canon

Año 2008 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local

70% Gobierno

Regional 20% Universidades

5% Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional

Interoil Perú S.A. III US$ 6,182,195 4,327,536 1,236,439 309,110 309,110

Interoil Perú S.A. IV US$ 5,640,148 3,948,104 1,128,030 282,007 282,007

Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 7,745,111 5,421,577 1,549,022 387,256 387,256

Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 50,594,720 35,416,305 10,118,943 2,529,736 2,529,736

Total US$ 70,162,174 49,113,522 14,032,434 3,508,109 3,508,109

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 142,429,215 40,694,061 245,598,768 87,783,503

Porcentaje de participación 58% 46%

Año 2009 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local

70% Gobierno

Regional 20% Universidades

5% Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional

Interoil Perú S.A. III US$ 8,606,866 6,024,807 1,721,373 430,343 430,343

Interoil Perú S.A. IV US$ 2,516,915 1,761,838 503,385 125,846 125,846

Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 7,192,189 5,034,533 1,438,438 359,609 359,609

Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 31,062,808 21,743,966 6,212,562 1,553,140 1,553,140

Total US$ 49,378,778 34,565,144 9,875,758 2,468,938 2,468,938

Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 103,695,432 29,627,266 186,506,769 58,299,615

Porcentaje de participación 56% 51%

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128

Año 2010 Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local

70% Gobierno

Regional 20% Universidades

5% Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional

Interoil Perú S.A. III US$ 8,452,468 5,916,728 1,690,494 422,623 422,623

Interoil Perú S.A. IV US$ 2,732,355 1,912,648 546,471 136,618 136,618

Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 11,161,621 7,813,136 2,232,323 558,081 558,081

Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 39,067,637 27,347,346 7,813,527 1,953,382 1,953,382

Total US$ 61,414,081 42,989,858 12,282,815 3,070,704 3,070,704

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 120,371,600 29,478,759 231,007,637 61,223,154

Porcentaje de participación 52% 48%

Tumbes – Sobrecanon

Año 2008 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del

ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir

Gobierno Local 70%

Gobierno Regional 20%

Universidades 5%

Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional

Interoil Perú S.A. III US$ 1,545,549 1,081,884 309,110 77,277 77,277

Interoil Perú S.A. IV US$ 1,410,037 987,026 282,007 70,502 70,502

Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 1,936,278 1,355,394 387,256 96,814 96,814

Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 12,648,680 8,854,076 2,529,736 632,434 632,434

Total US$ 17,540,544 12,278,381 3,508,109 877,027 877,027

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 35,607,304 10,173,515 81,064,998 28,293,133

Porcentaje de participación 44% 36%

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129

Año 2009 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del

ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir

Gobierno Local 70%

Gobierno Regional 20%

Universidades 5%

Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional

Interoil Perú S.A. III US$ 2,151,717 1,506,202 430,343 107,586 107,586

Interoil Perú S.A. IV US$ 629,228 440,460 125,846 31,461 31,461

Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 1,798,047 1,258,633 359,609 89,902 89,902

Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 7,765,702 5,435,992 1,553,140 388,285 388,285

Total US$ 12,344,694 8,641,286 2,468,939 617,234 617,234

Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 25,923,858 7,406,817 56,252,508 21,246,292

Porcentaje de participación 46% 35%

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130

Año 2010 Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del

ITIE Perú Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir

Gobierno Local 70%

Gobierno Regional 20%

Universidades 5%

Institutos 5% Gobierno Local Gobierno Regional

Interoil Perú S.A. III US$ 2,113,117 1,479,182 422,623 105,656 105,656

Interoil Perú S.A. IV US$ 683,089 478,162 136,618 34,154 34,154

Olympic Perú INC, Sucursal del Perú XIII US$ 2,790,406 1,953,284 558,081 139,520 139,520

Petrobras Energía Perú S.A. X US$ 9,766,909 6,836,836 1,953,382 488,345 488,345

Total US$ 15,353,520 10,747,464 3,070,704 767,675 767,675

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 30,092,900 8,597,971 73,452,744 27,271,965

Porcentaje de participación 41% 32%

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131

Huánuco (Puerto Inca) – Canon

Año 2008

Recalculado únicamente para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE

Perú

Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 100% Gobierno Local

Total Compañías Agregadas US$ 391,338 391,338

Total US$ 391,338 391,338

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 1,119,759 1,119,759

Porcentaje de participación 100%

Año 2009

Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE

Perú

Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 100% Gobierno Local

Total Compañías Agregadas US$ 233,105 233,105

Total US$ 233,105 233,105

Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 683,651 683,651

Porcentaje de participación 100%

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

132

Año 2010

Recalculado para el Segundo Estudio de Conciliación del ITIE

Perú

Total Distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Monto a distribuir Gobierno Local 100% Gobierno Local

Total Compañías Agregadas US$ 369,348 369,348

Total US$ 369,348 369,348

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 1,030,631 1,030,631

Porcentaje de participación 100%

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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133

VII.4. Canon Gasífero

A fin de poder mostrar la distribución del canon gasífero, se ha separado la distribución del canon

proveniente de la regalía gasífera, de aquel proveniente del Impuesto a la Renta.

VII.4.1Canon Gasífero – Regalía Gasífera

Perupetro calcula quincenalmente las regalías de las compañías gasíferas. Asimismo, mensualmente

realiza el cálculo del canon correspondiente siendo actualmente el único departamento beneficiario: el

departamento de Cusco. El monto del canon calculado es remitido mediante oficio mensual a la

Secretaria de Descentralización de la PCM, quien realiza la distribución del mismo a los gobiernos

locales (municipios distritales y provinciales) y al gobierno regional de Cusco utilizando los índices de

distribución determinados por la DGDFAS -MEF (antes DGAES-MEF).

La distribución oficial del canon gasífero es realizada por la PCM en forma agregada a los diferentes

gobiernos locales y/o regional (Cusco), según corresponda. Sin embargo, la información proporcionada

por Perupetro, permite identificar los montos distribuidos por compañía sólo a nivel departamental, sin

hacer distinción del tipo de gobierno a distribuir.

Por esta razón se han realizado recálculos para verificar las cifras presentadas por Perupetro en los

diferentes reportes presentados, y compararlas con la información de la PCM.

Cabe destacar que a efectos de este Segundo Estudio, las compañías incluidas como parte de la revisión

del Canon Gasífero, son compañías que conforman parte del Consorcio de Camisea, por lo que el único

beneficiado es el departamento del Cusco. Esto es así, dado que por lo referido en la Ley del Canon las

compañías que hayan iniciado operaciones en departamentos donde no se cuente con una Ley

específica para esto, deberán acogerse a la metodología de distribución del canon gasífero. Es decir, las

compañías que producen gas en zonas donde existía legislación de hidrocarburos anterior a la Ley del

Canon, seguirán con la misma metodología del canon y sobrecanon petrolero.

A efectos de poder hacer comparativa la información revisada para efectos de la distribución por las

compañías adheridas al Segundo Estudio, se ha realizado la contrastación de la información incluida en

los reportes quincenales y mensuales proporcionados por Perupetro (con cálculos probados por Ernst &

Young para el caso del canon calculado) por compañía y por departamento. Asimismo, contrastaremos

la información total que mensualmente Perupetro reporta a la PCM con la información que PCM reporta

a la DGTP - MEF para efecto de realizar las transferencias respectivas. Es necesario precisar que la

información manejada por Perupetro se encuentra en dólares estadounidenses y que al momento de ser

reportada a la PCM es convertida a nuevos soles al tipo de cambio correspondiente a dicha fecha. Los

importes proporcionados en moneda nacional no permiten calcular la distribución por compañía ya que

están a nivel de departamentos.

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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134

Cuadro de conciliación entre el monto recaudado por regalías según formatos entregados por Perupetro y las regalías presentadas en su reporte de distribución mensual de

regalías (período 2008 al 2010):

Compañía Lote Moneda Regalía según

distribución Perupetro Regalía según

Conciliación Recaudación Diferencias (i)

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 60,263,362 60,263,363 (1)

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 108,694,860 108,694,860 -

Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 60,263,362 60,263,363 (1)

Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 109,009,907 109,009,907 -

Total Compañías Agregadas (v) US$ 1,184,912,878 1,184,912,768 110

Total US$ 1,523,144,369 1,523,144,261 108

A continuación se presenta la distribución realizada por Perupetro relacionada a la Regalía Gasífera recaudada de acuerdo lo estipulado en la Ley, y por los conceptos

detallados en el siguiente cuadro. Cabe destacar que la distribución por conceptos no está relacionada exclusivamente a porcentajes sobre la regalía recaudada, sino a cálculos

independientes que se sirven de los fondos de la regalía para su distribución (caso del canon). En el caso de los gastos de fiscalización, éstos obedecen a los montos facturados

por el proveedor del servicio. Las participaciones de instituciones públicas si representan un porcentaje del monto total de la regalía. El monto entregado al Tesoro Público

resulta de la diferencia de la regalía recaudada menos los conceptos descritos anteriormente.

Compañía Lote Moneda Canon 50% Gastos de

Fiscalización (ii)

Participaciones (iii) Tesoro Público (iv)

Regalía según distribución Perupetro Perupetro MEM OSINERG

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 30,106,270 - 903,392 451,696 451,696 28,350,307 60,263,362

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 54,347,430 11,844 1,637,520 818,760 818,760 51,060,546 108,694,860

Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 30,106,270 - 903,392 451,696 451,696 28,350,307 60,263,362

Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 54,347,430 11,844 1,637,520 818,760 818,760 51,375,593 109,009,907

Total Compañías Agregadas (v) US$ 591,175,903 84,095 18,040,474 9,020,237 9,020,237 557,571,931 1,184,912,878

Total US$ 760,083,303 107,783 23,122,298 11,561,149 11,561,149 716,708,684 1,523,144,369

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

135

Concepto US$

Canon según Reporte de distribución de regalías de Perupetro

760,083,303

Canon según reporte del cálculo del canon de Perupetro por lote y por departamento. 760,146,830

Diferencia (vi) (63,527)

NOTAS

(i) Diferencias inmateriales

(ii) Corresponde a los gastos de Fiscalización en que incurre Perupetro para fiscalizar las operaciones de las compañías.

(iii) Corresponde a las participaciones para cubrir gastos operativos de las instituciones allí mencionadas.

(iv) Corresponde al monto que ingresa directamente al Tesoro Público y que no está bajo ningún tipo de distribución específica.

(v) Compañías agregadas:

1. Hunt Oil Company of Perú L.L.C., Sucursal del Perú

2. Pluspetrol Perú Corporation S.A.

3. Pluspetrol Camisea S.A.

4. Pluspetrol 56 S.A.

5. SK Innovation Sucursal Peruana

(vi) Diferencia entre el canon determinado en los reportes de distribución de Perupetro y el re-cálculo efectuado tomando como base el valor de producción y los porcentajes de ley. Diferencias

en proceso de conciliación.

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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136

Cusco

2008

Recalculado únicamente para efectos del Segundo Estudio de

Conciliación ITIE Perú Total distribuido por PCM

(1)

Compañía Lote Moneda Distribuido según

Perupetro Gobiernos Locales

75% Gobierno Regional

25% Gobiernos Locales Gobierno Regional

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 2,720,333 2,040,250 680,083

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 17,648,335 13,236,251 4,412,084

Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 2,720,333 2,040,250 680,083

Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 17,648,335 13,236,251 4,412,084

Total Compañías Agregadas US$ 142,581,370 106,936,028 35,645,343

Total US$ 183,318,706 137,489,030 45,829,677

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.9 S/. 531,624,248 398,718,186 132,906,062 449,176,480 152,863,456

Porcentaje de participación 89% 87%

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

137

2009

Recalculado únicamente para efectos del Segundo Estudio de

Conciliación ITIE Perú Total distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Distribuido según

Perupetro Gobiernos Locales

75% Gobierno Regional

25% Gobiernos Locales Gobierno Regional

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 10,154,214 7,615,660 2,538,553

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 13,462,458 10,096,844 3,365,615

Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 10,154,214 7,615,660 2,538,553

Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 13,462,458 10,096,844 3,365,615

Total Compañías Agregadas US$ 165,319,177 123,989,383 41,329,794

Total US$ 212,552,522 159,414,391 53,138,130

Total convertido a Nuevo soles TC S/.3 S/. 637,657,565 478,243,174 159,414,391 528,992,100 176,330,700

Porcentaje de participación 90% 90%

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

138

2010

Recalculado únicamente para efectos del Segundo Estudio de

Conciliación ITIE Perú Total distribuido por PCM

Compañía Lote Moneda Distribuido según

Perupetro Gobiernos Locales

75% Gobierno Regional

25% Gobiernos Locales Gobierno Regional

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 56 US$ 17,231,723 12,923,792 4,307,931

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 88 US$ 23,236,637 17,427,478 5,809,159

Sonatrach Perú Corporation S.A.C 56 US$ 17,231,723 12,923,792 4,307,931

Sonatrach Perú Corporation S.A.C 88 US$ 23,236,637 17,427,478 5,809,159

Total Compañías Agregadas US$ 283,338,883 212,504,162 70,834,721

Total US$ 364,275,603 273,206,702 91,068,901

Total convertido a Nuevo soles TC S/.2.8 S/. 1,019,971,686 764,978,765 254,992,922 852,218,275 284,072,758

Porcentaje de participación 90% 90%

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

139

VII.4.2. Canon Gasífero – Impuesto a la Renta

Anualmente, SUNAT comunica al DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) el monto anual declarado por

Impuesto a la Renta de las compañías gasíferas. DGDFAS - MEF (antes DGAES-MEF) determina el 50%

de dicho monto a fin de que sea distribuido a los gobiernos locales y regionales.

Considerando que el universo de compañías adheridas al Segundo Estudio es menor que el total de las

compañías del Consorcio Camisea, el cual constituye el 100% de compañías que contribuyen con el

canon gasífero, se ha recalculado el monto a distribuir por parte de las Compañías adheridas al Segundo

Estudio y se ha comparado con los totales distribuidos oficialmente por PCM, verificando que estos

últimos sean mayores que las cifras recalculadas.

Cabe destacar, que se ha considerado como información de inicio para el recálculo, la información del

Impuesto a la Renta recaudado mostrado en la sección VI.1 Impuesto a la Renta.

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

140

VII.4.3 Distribución Canon Gasífero – Impuesto a la Renta

Año 2008 Recalculado únicamente para el Estudio de Conciliación ITIE Perú

Distribuido por PCM

Compañía Moneda

Total Recaudado

(1) 50% IR

Recaudado Gobierno Local

75%

Gobierno Regional

25%

Gobierno Local 75%

Gobierno Regional

25%

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 870,574 435,287 326,465 108,822

Sonatrach Perú Corporation S.A.C S/ 18,076,407 9,038,203 6,778,652 2,259,551

Total Compañías Agregadas S/ 186,623,391 93,311,696 69,983,772 23,327,924

TOTAL 205,570,372 102,785,186 77,088,889 25,696,297 79,698,289 26,566,097

97% 97%

NOTAS

1. Corresponde a los montos recaudados que se muestra en el cuadro Resumen de recaudación del Impuesto a la Renta de las compañías afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a

la Renta. Los montos en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica han sido convertidos a soles al tipo de cambio de S/ 2.926).

Año 2009 Recalculado únicamente para el Estudio de Conciliación ITIE Perú

Distribuido por PCM

Compañía Moneda

Total Recaudado

(1) 50% IR

Recaudado Gobierno Local

75%

Gobierno Regional

25%

Gobierno Local 75% (2)

Gobierno Regional 25% (2)

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 512,144 256,072 192,054 64,018

Sonatrach Perú Corporation S.A.C S/ 40,696,210 20,348,105 15,261,079 5,087,026

Total Compañías Agregadas S/ 245,951,305 122,975,653 92,231,739 30,743,913

TOTAL 287,159,659 143,579,830 107,684,872 35,894,957 112,639,422 37,546,474

96% 96%

NOTAS

1. Corresponde a los montos recaudados que se muestra en el cuadro Resumen de recaudación del Impuesto a la Renta de las empresas afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la

Renta. Los montos en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica han sido convertidos a soles al tipo de cambio de S/ 3.012).

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia

para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

141

Año 2010 Recalculado únicamente para el Estudio de Conciliación ITIE Perú

Distribuido por PCM

Compañía Moneda (1)

Total Recaudado 50% IR

Recaudado Gobierno Local

75%

Gobierno Regional

25%

Gobierno Local 75%

Gobierno Regional

25%

Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú S/ 36,207,698 18,103,849 13,577,887 4,525,962

Sonatrach Perú Corporation S.A.C S/ 86,899,011 43,449,506 32,587,129 10,862,376

Total Compañías Agregadas S/ 523,027,090 261,513,545 196,135,159 65,378,386

TOTAL 646,133,799 323,066,900 242,300,175 80,766,724 - -

NOTAS

1. Corresponde a los montos recaudados que se muestra en el cuadro Resumen de recaudación del Impuesto a la Renta de las empresas afectas al pago de regalías gasíferas por Impuesto a la

Renta. Los montos en dólares de los Estados Unidos de Norteamérica han sido convertidos a soles al tipo de cambio de S/ 2.926).

2. A la fecha del presente Producto 3, el Canon Gasífero correspondiente a la recaudación del Impuesto a la Renta del ejercicio gravable 2010, está pendiente de ser distribuido, debido a que

la DGDFAS-MEF (antes DGAES-MEF), se encuentra en proceso de cálculo de los índices de distribución, luego de lo cual se procederá a su aprobación mediante Resolución Ministerial.

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Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

142

VII.5. Derecho de Vigencia

El Derecho de Vigencia es distribuido por INGEMMET, quien también se encarga de su recaudación. Este

organismo cuenta con el detalle de lo distribuido por distrito, por lo recaudado por las compañías.

La distribución de los derechos de vigencia recaudados por INGEMMET se realiza al mes siguiente de

haber sido recaudado. La base de datos de la distribución fue proporcionada por INGEMMET en hojas

Excel, e indica entre otros datos, el período al cual corresponde el derecho de vigencia y el período en

que fue realmente distribuido. Luego de identificar el monto distribuido por período (por los años 2008,

2009 y 2010), se ha procedido a verificar que el importe distribuido corresponde al 75% del importe

recaudado por el mismo INGEMMET, debido a que según la legislación del Derecho de Vigencia ese es el

porcentaje a distribuir entre los gobiernos locales (distritales) del área de influencia. El otro 25% está

destinado a cubrir gastos operativos de INGEMMET y el MEM.

Monto distribuido por el período = 75%

Monto recaudado por el período

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

143

Cuadro General de la distribución de los Derechos de Vigencia por los períodos 2008 – 2010

El presente cuadro muestra la comparación entre los totales para el período en revisión (2008 – 2010)

de los importes recaudados contra los distribuidos. Según la metodología de distribución de INGEMMET,

el 75% del monto recaudado, deberá ser distribuido a los distritos que se encuentran dentro del área de

influencia. El otro 25% se destina para gastos operativos de INGEMMET.

Nro. Compañía

2008 - 2010 (USD $)

Monto según distribución INGEMMET

Monto según recaudación INGEMMET

Relación % Ref

1 Anglo American Exploration Perú S.A. 272,292 449,154 61% (i)

2 Anglo American Michiquillay S.A. 76,398 102,462 75%

4 Anglo American Quellaveco S.A. 487,088 661,449 74%

5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 3,002,301 4,196,848 72%

6 Compañía Minera Antamina S.A. 378,564 504,750 75%

7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 27,576 39,931 69% (i)

8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 917,900 1,276,775 72%

9 Compañía Minera Poderosa S.A. 591,822 801,451 74%

10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 21,088 29,046 73%

11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 532,031 728,680 73%

12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 652,954 941,498 69% (i)

13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 788,572 1,149,763 69% (i)

14 Minera Pampa de Cobre S.A 484,302 657,543 74%

15 Minera Yanacocha S.R.L. 1,885,666 2,517,226 75%

16 Minsur S.A. 793,145 1,098,491 72%

17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 38,475 51,300 75%

18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 399,601 547,065 73%

19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

1,436,916 1,992,946 72%

20 Xstrata Tintaya S.A. 688,749 918,332 75%

Compañías Agregadas (ii) 3,966,072 5,259,319 75%

Total 17,441,512 23,924,029 73%

NOTAS

(i) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET.

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

- Lumina Copper S.A.C.

- Gold Fields La Cima S.A.A.

- Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

- Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

- Compañía Minera Argentum S.A.

- Compañía Minera Condestable S.A.

- Compañía Minera Raura S.A.

- Minera Bateas S.A.C.

- Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

- Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

- Compañía Minera Ares S.A.C.

- Minera Suyamarca S.A.C.

- Volcan Compañía Minera S.A.A.

Page 144: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

144

2008

Nro. Compañía

Año 2008 (USD $)

Monto según distribución INGEMMET

Monto según recaudación INGEMMET

Relación % Ref

1 Anglo American Exploration Perú S.A. 74,228 98,970 75%

2 Anglo American Michiquillay S.A. 25,316 34,354 74%

4 Anglo American Quellaveco S.A. 147,963 199,783 74%

5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 1,100,618 1,508,505 73%

6 Compañía Minera Antamina S.A. 122,888 163,850 75%

7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 8,914 13,681 65% (i)

8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 310,899 425,183 73%

9 Compañía Minera Poderosa S.A. 163,921 218,561 75%

10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 5,493 7,324 75%

11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 151,439 212,120 71%

12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 227,453 332,233 68% (i)

13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 100,965 181,293 56% (i)

14 Minera Pampa de Cobre S.A 154,212 206,167 75%

15 Minera Yanacocha S.R.L. 626,968 826,573 76%

16 Minsur S.A. 261,313 362,818 72%

17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 12,825 17,100 75%

18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 126,569 179,361 71%

19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 528,089 733,957 72%

20 Xstrata Tintaya S.A. 197,685 263,580 75%

Compañías Agregadas (ii) 1,384,440 1,772,138 78%

Total 5,732,198 7,757,551 74%

NOTAS

(i) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET.

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

- Lumina Copper S.A.C.

- Gold Fields La Cima S.A.A.

- Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

- Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

- Compañía Minera Argentum S.A.

- Compañía Minera Condestable S.A.

- Compañía Minera Raura S.A.

- Minera Bateas S.A.C.

- Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

- Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

- Compañía Minera Ares S.A.C.

- Minera Suyamarca S.A.C.

- Volcan Compañía Minera S.A.A.

Page 145: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

145

2009

Nro. Compañía

Año 2009 (USD $)

Monto según distribución INGEMMET

Monto según recaudación INGEMMET

Relación % Ref

1 Anglo American Exploration Perú S.A. 62,582 83,442 75%

2 Anglo American Michiquillay S.A. 25,766 34,354 75%

4 Anglo American Quellaveco S.A. 147,963 199,783 74%

5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 904,581 1,243,604 73%

6 Compañía Minera Antamina S.A. 126,713 168,950 75%

7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 9,331 13,125 71%

8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 261,922 357,809 73%

9 Compañía Minera Poderosa S.A. 202,444 269,942 75%

10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 5,309 7,089 75%

11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 171,867 238,260 72%

12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 206,150 288,620 71%

13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 265,290 402,380 66% (i)

14 Minera Pampa de Cobre S.A 155,645 207,982 75%

15 Minera Yanacocha S.R.L. 606,032 811,043 75%

16 Minsur S.A. 258,513 349,406 74%

17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 12,825 17,100 75%

18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 134,075 179,697 75%

19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 467,736 647,766 72%

20 Xstrata Tintaya S.A. 201,060 268,080 75%

Compañías Agregadas (ii) 1,231,500 1,661,956 74%

Total 5,457,304 7,450,388 73%

NOTAS

(i) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET.

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

- Lumina Copper S.A.C.

- Gold Fields La Cima S.A.A.

- Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

- Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

- Compañía Minera Argentum S.A.

- Compañía Minera Condestable S.A.

- Compañía Minera Raura S.A.

- Minera Bateas S.A.C.

- Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

- Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

- Compañía Minera Ares S.A.C.

- Minera Suyamarca S.A.C.

- Volcan Compañía Minera S.A.A.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

146

2010

Nro. Compañía

Año 2010 (USD $)

Monto según distribución INGEMMET

Monto según recaudación INGEMMET

Relación % Ref

1 Anglo American Exploration Perú S.A. 135,482 266,742 51% (i)

2 Anglo American Michiquillay S.A. 25,316 33,754 75%

4 Anglo American Quellaveco S.A. 191,162 261,883 73%

5 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 997,102 1,444,739 69% (i)

6 Compañía Minera Antamina S.A. 128,963 171,950 75%

7 Compañía Minera Atacocha S.A.A 9,331 13,125 71%

8 Compañía Minera Milpo S.A.A. 345,079 493,783 70% (i)

9 Compañía Minera Poderosa S.A. 225,457 312,948 72%

10 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 10,286 14,633 70%

11 Consorcio Minero Horizonte S.A. 208,725 278,300 75%

12 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 219,351 320,645 68% (i)

13 Minera Barrick Misquichilca S.A. 422,317 566,090 75%

14 Minera Pampa de Cobre S.A 174,445 243,394 72%

15 Minera Yanacocha S.R.L. 652,666 879,610 74%

16 Minsur S.A. 273,319 386,267 71%

17 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 12,825 17,100 75%

18 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 138,957 188,007 74%

19 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 441,091 611,223 72%

20 Xstrata Tintaya S.A. 290,004 386,672 75%

Compañías Agregadas (ii) 1,350,132 1,825,225 74%

Total 6,252,010 8,716,090 72%

NOTAS

(i) Las diferencias mayores al 5% en el porcentaje del monto distribuido se debe a inconsistencias en los registros de INGEMMET.

(ii) Detalle de Compañías Agregadas:

- Lumina Copper S.A.C.

- Gold Fields La Cima S.A.A.

- Castrovirreyna Compañía Minera S.A.

- Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C.

- Compañía Minera Argentum S.A.

- Compañía Minera Condestable S.A.

- Compañía Minera Raura S.A.

- Minera Bateas S.A.C.

- Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca

- Sociedad Minera El Brocal S.A.A.

- Compañía Minera Ares S.A.C.

- Minera Suyamarca S.A.C.

- Volcan Compañía Minera S.A.A.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de

Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

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147

A continuación se presentan los cuadros finales correspondientes a la distribución de Derechos de Vigencia

por Compañías de acuerdo con los departamentos beneficiados (en nuevos soles):

Anglo American Exploration Perú S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Apurímac 14,376 9,030 9,030

Arequipa 22,370 16,070 24,845

Ayacucho 7,650 7,650 7,650

Moquegua 26,682 26,682 26,682

Tacna 3,150 3,150 67,275

TOTAL 74,228 62,582 135,482

Anglo American Michiquillay S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Cajamarca 16,541 16,991 16,541

La Libertad 8,775 8,775 8,775

TOTAL 25,316 25,766 25,316

Anglo American Quellaveco S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Moquegua 136,035 134,320 177,519

Tacna 11,928 13,643 13,643

TOTAL 147,963 147,963 191,162

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148

Compañía de Minas Buenaventura S.A.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Ancash 6,750 6,750 -

Apurímac 58,976 60,280 82,306

Arequipa 196,724 189,253 193,559

Ayacucho 248,621 124,260 144,936

Cajamarca 20,849 2,893 8,072

Cusco 5,400 21,166 19,366

Huancavelica 314,286 224,470 210,065

Huánuco 15,122 15,122 12,422

Ica 15,470 13,158 15,795

La Libertad 376 376 -

Lima 43,493 43,064 53,610

Moquegua 31,834 93,260 105,634

Pasco 48,471 53,459 52,087

Piura 79,625 40,221 29,721

Puno 8,550 10,778 64,328

Tacna 6,074 6,071 5,198

TOTAL 1,100,621 904,581 997,099

Compañía Minera Antamina S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Ancash 92,850 96,338 98,588

Huánuco 30,038 30,375 30,375

TOTAL 122,888 126,713 128,963

Compañía Minera Atacocha S.A.A

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Lima 207 207 207

Pasco 8,707 9,124 9,124

TOTAL 8,914 9,331 9,331

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149

Compañía Minera Milpo S.A.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Ancash 120,658 105,363 125,471

Arequipa 17,100 17,100 17,100

Ayacucho 225 15 23,394

Cajamarca 4,050 3,150 6,060

Cusco - - 4,725

Huancavelica 30,702 25,207 36,102

Huánuco 16,875 16,875 14,363

Ica 26,674 30,966 31,624

Junín 250 250 475

La Libertad 3,864 3,864 16,224

Lambayeque 2,925 - 5,175

Lima 39,925 37,449 38,349

Moquegua 4,932 2,700 2,700

Pasco 40,488 18,983 21,517

Piura - - 1,800

Tacna 2,231 - -

TOTAL 310,899 261,922 345,079

Compañía Minera Poderosa S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Ancash 3,703 3,706 3,706

Cajamarca 900 900 900

Huánuco 4,500 4,500 4,500

La Libertad 133,619 171,017 175,805

Lima 2,228 2,228 20,453

San Martin 18,969 20,094 20,094

TOTAL 163,919 202,445 225,458

Compañía Minera San Juan (Perú) S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Ancash - - 4,073

La Libertad 1,011 1,013 1,013

Lima 4,480 4,297 5,201

TOTAL 5,491 5,310 10,287

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150

Consorcio Minero Horizonte S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Amazonas 33,373 35,231 35,016

Ancash 14,102 14,102 14,102

Apurímac 9,000 26,550 46,868

Arequipa 2,969 72 72

Ayacucho - - 3,600

Cajamarca 1,200 1,200 769

Cusco 30,839 27,000 27,000

Huancavelica - - 3,600

Huánuco - 1,800 1,800

La Libertad 51,784 56,840 66,826

Pasco - 900 900

Puno 8,172 8,172 8,172

TOTAL 151,439 171,867 208,725

Empresa Minera Los Quenuales S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Ancash 17,884 10,136 10,459

Apurímac 3,150 3,150 3,150

Ayacucho 6,969 6,747 5,847

Cusco 450 450 450

Huancavelica 8,325 5,850 3,150

Huánuco 675 675 675

Ica 3,938 4,500 4,500

Junín 2,901 2,901 4,026

La Libertad 1,800 1,800 1,800

Lima 152,355 142,689 155,489

Pasco 21,582 21,402 21,402

Puno 5,850 5,850 8,404

Tacna 1,573 - -

TOTAL 227,452 206,150 219,352

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151

Minera Barrick Misquichilca S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Ancash 17,928 11,481 34,598

Apurímac 900 900 900

Ayacucho 8,966 8,966 5,366

Cajamarca 12,375 79,800 192,281

La Libertad 60,796 55,393 85,635

Lambayeque - 24,300 29,025

Piura - 84,450 69,112

Tacna - - 5,400

TOTAL 100,965 265,290 422,317

Minera Pampa de Cobre S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Arequipa 86,458 87,209 87,722

Moquegua 67,754 68,436 86,723

TOTAL 154,212 155,645 174,445

Minera Yanacocha S.R.L.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Cajamarca 626,181 605,245 646,253

Lambayeque 786 788 6,413

TOTAL 626,967 606,033 652,666

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152

Minsur S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Ancash 10,575 7,762 6,638

Apurímac - - 2,250

Arequipa 12,825 12,825 18,675

Ayacucho 7,425 7,425 9,675

Cajamarca - 2,250 2,250

Cusco 16,875 17,550 17,550

Huancavelica 19,208 15,526 15,189

Ica 225 225 225

Junín - 1,800 -

La Libertar 1,837 1,837 -

Lima 19,514 9,501 9,726

Puno 143,665 145,897 161,977

Tacna 29,163 35,915 29,165

TOTAL 261,312 258,513 273,320

Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Cajamarca 12,825 12,825 12,825

TOTAL 12,825 12,825 12,825

Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Arequipa 126,220 133,726 138,608

Moquegua 349 349 349

TOTAL 126,569 134,075 138,957

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153

Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Ancash 4,036 4,036 2,919

Apurímac 121,873 90,089 87,841

Arequipa 191,476 176,329 161,598

Ayacucho 32,384 28,293 28,293

Cajamarca 9,884 9,884 9,884

Cusco 4,941 4,941 4,941

Huancavelica 2,588 2,588 2,588

Ica - 8,810 8,810

La Libertad 15,525 15,525 8,775

Moquegua 95,293 86,560 81,948

Puno 1,575 1,575 4,613

Tacna 48,514 39,106 38,881

TOTAL 528,089 467,736 441,091

Xstrata Tintaya S.A.

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Apurímac - - 76,950

Arequipa 6,412 6,412 6,412

Cusco 191,273 192,960 204,954

Puno - 1,688 1,688

TOTAL 197,685 201,060 290,004

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154

Compañías Agregadas:

Monto Distribuido

Departamento 2008 2009 2010

Ancash 31,771 30,871 30,871

Apurímac 102,175 89,452 119,328

Arequipa 253,857 247,461 254,273

Ayacucho 181,027 182,152 179,097

Cajamarca 24,764 21,029 21,040

Cusco 268,578 168,408 173,247

Huancavelica 41,475 38,933 52,419

Huánuco 15,045 12,109 12,173

Junín 126,767 121,043 138,426

La Libertad 14,607 13,300 8,243

Lima 126,932 112,470 127,739

Moquegua 12,493 12,493 12,493

Pasco 127,301 121,845 147,145

Puno 57,648 59,934 73,638

TOTAL 1,384,440 1,231,500 1,350,132

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155

VIII. Conclusiones y recomendaciones finales sobre el Segundo Estudio de Conciliación Nacional de la ITIE

Perú

Las conclusiones de este Estudio están alineadas al objetivo del mismo que es efectuar una revisión y

análisis independiente entre los pagos que han realizado algunas compañías mineras, petroleras y

gasíferas (que voluntariamente participan de este estudio) y que operan en el territorio nacional, al

Gobierno peruano, y los ingresos que han recibido de estas industrias extractivas diversos organismos

del Gobierno peruano, así como su distribución a nivel central, regional y local, durante el período

2008 - 2010, como parte del cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias que se

indican en la normatividad vigente del país.

Asimismo, las recomendaciones están referidas a mejorar el proceso de conciliación de la recaudación y

distribución, los cuales fueron materia del presente estudio. Este trabajo no ha incluido un análisis de

los procesos de recaudación y distribución seguidos por las compañías e instituciones del Estado.

VIII.1 Conclusiones

VIII.1.1 Conclusiones del estudio de conciliación de los pagos que han realizado al Estado

Peruano las compañías adheridas a este Estudio y los ingresos que han recibido de estas

compañías los organismos del Estado

► En la conciliación del Impuesto a la Renta, no se encontraron diferencias entre lo declarado

como pagado por las compañías y lo reportado como recaudado por la SUNAT.

► En la conciliación de las Regalías Mineras, encontramos diferencias inmateriales en los años

2008, 2009 y 2010. Dichas diferencias representan el 0.009% del total conciliado por ese

rubro y menos del 0.001% del total conciliado en el Estudio.

► En la conciliación de las Regalías de Hidrocarburos, encontramos diferencias Inmateriales en

los años 2008, 2009 y 2010. Dichas diferencias representa 0.001% del total conciliado por

ese rubro y menos del 0.001% del total conciliado en el Estudio.

► En la conciliación de los Derechos de Vigencia, encontramos diferencias que corresponden

principalmente a reportes de pagos de denuncios mineros por parte de las compañías que no

registran titularidad de las mismas; asimismo, identificamos denuncios mineros de titularidad

de las compañías adheridas al Estudio cuyos derechos de vigencia habrían sido pagados por

terceros; por otra parte, las diferencias también corresponden a la utilización de tipos de

cambio promedio para la conversión de las cifras reportadas en Nuevos Soles para efectos de

la conciliación. Asimismo, ciertas diferencias se originan por inconsistencias encontradas en

los registros de INGEMMET. El total de las diferencias netas representan el 3.939% del total

de los montos conciliados por ese rubro y menos del 0.009 % del total conciliado en el

Estudio.

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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156

VIII.1.2 Conclusiones del estudio de conciliación de los ingresos recaudados por los organismos

del Estado y los importes distribuidos a nivel central, regional y local

Debido a que la información oficial de la distribución del canon minero, petrolero y gasífero,

sobrecanon petrolero y de las regalías mineras es preparada por los organismos del Estado de

manera agregada, no detallando los importes a distribuir por los pagos realizados por las

compañías aportantes y debido a que las 51 compañías adheridas al Estudio, no representan el

100% de la producción nacional de los recursos que extraen, se realizaron recálculos de las cifras

distribuidas por compañía y se consideró como razonable que los resultados de dichos recálculos

(según sea el caso), sean menores o iguales a las cifras oficiales reportadas por las instituciones

públicas correspondientes (PCM e INGEMMET).

De esta revisión se obtuvo que para el caso de Canon Minero, Regalías Mineras, Canon y

Sobrecanon Petrolero y Canon Gasífero, los resultados de los recálculos fueron menores o iguales

que las cifras reportadas por PCM, guardando coherencia con la metodología planteada en el

párrafo anterior.

Por otra parte, respecto a la conciliación de los Derechos de Vigencia recaudados por INGEMMET y

los importes distribuidos por este mismo organismo a nivel central, regional y local, se determinó

que el monto distribuido por INGEMMET, en la mayor parte de los casos, representa el 75% de los

importes recaudados según lo indica su normatividad. La distribución no necesitó recalcularse ya

que dicha información fue presentada por INGEMMET para las compañías adheridas al Estudio.

VIII.1.3 Conclusiones del estudio de conciliación respecto a la participación de las compañías

adheridas al Estudio

Se ha obtenido en este Segundo Estudio de Conciliación la participación de 51 compañías del sector

extractivo peruano (18 compañías del subsector hidrocarburífero y 33 compañías del sector

minero). Esto representa un incremento del 54.5% respecto al Primer Estudio realizado en 2009.

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

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157

VIII.1.4 Conclusiones del estudio de conciliación respecto de los niveles de materialidad

propuestos en los Términos de Referencia del Segundo Estudio de Conciliación Nacional del ITIE

Perú

En el presente Estudio, se puede observar que se han alcanzado los niveles de materialidad respecto

del valor de la producción nacional por subsector propuestos en los Términos de Referencia, vale

decir, mayor al 75% en el caso del subsector minero (86.94% en 2008, 84.41% en 2009 y 83.42%

en 2010) y al 85% en el caso del sector hidrocarburífero (88.06% en 2008, 89.73 en 2009 y 90.33%

en 2010). Asimismo, se ha logrado la participación de la totalidad de las compañías cuya producción

superara el 2% de participación en el valor de la producción nacional (para el caso del subsector

minero y petrolero) y 1% (para el caso del subsector gasífero).

VIII.2 Recomendaciones

Si bien el proceso de conciliación fue eficaz en tanto se lograron los objetivos planteados en el Estudio,

con la información proporcionada por las instituciones públicas y las compañías a continuación

detallamos algunas recomendaciones orientadas a incrementar la eficiencia de futuros procesos de

conciliación en el marco del Estudio ITIE Perú.

VIII.2.1 Recomendaciones para mejorar el proceso de conciliación

Concepto Observación Recomendación

Derecho de Vigencia INGEMMET no hace seguimiento de la titularidad de

los denuncios mineros. Es decir, podría ser posible

que ciertas compañías exploren y/o exploten

denuncios sin comunicarlo oportunamente a

INGEMMET. Esta situación dificulta el estudio de

conciliación.

Se recomienda que INGEMMET

considere implementar un control de

seguimiento y cruce de información

con la Dirección General de Minería del

Ministerio de Energía y Minas, respecto

de la titularidad de los denuncios

mineros (para el caso de la gestión de

los derechos de vigencia).

Generales A efectos de hacer uniforme la conciliación, se han

creado formatos para la recolección de la

información de los conceptos a conciliar y tipos de

participantes en el Estudio (compañías e

instituciones públicas). Sin embargo, para los casos

de Impuesto a la Renta, Regalía Minera y Derechos

de Vigencia, dichos formatos no han sido utilizados

por parte de las instituciones públicas

correspondientes.

Se recomienda, a fin de uniformizar la

información requerida, que la Comisión

de Trabajo comprometa en futuros

estudios a las instituciones públicas a

la utilización de las herramientas

proporcionadas por el conciliador para

poder realizar una conciliación de

manera más eficiente.

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

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158

VIII.2.2 Recomendaciones para los próximos estudios de conciliación de acuerdo con las normas ITIE

recomendados

Concepto Observación Recomendación

Comunicación de

objetivos del Estudio

al personal clave de

las Compañías

adheridas

El nivel de conocimiento del personal clave de las

compañías participantes del Estudio aún es limitado,

requiriendo procesos de sensibilización informales.

Si bien es cierto que la Comisión brinda la

información suficiente y necesaria a los

representantes de las Compañías adheridas, esta

información aún no se encuentra adecuadamente

difundida al interior de las Compañías.

Se recomienda para futuros

estudios de conciliación en el Perú,

difundir y canalizar mejor la

información al siguiente personal

clave dentro de las compañías a fin

de que brinden apropiadamente la

información requerida:

- Gerente Legal o de Asuntos

Regulatorios

- Gerente Financiero

- Contador General

- Jefe de Impuestos

Exposición de las

cifras pagadas por

las compañías

Actualmente, y para efectos de la realización del

presente Estudio, la Comisión de Trabajo de la ITIE

Perú acordó que la información relacionada con los

pagos realizados por las compañías, pudiesen ser

mostrados de manera desagregada, vale decir,

mostrando las cifras por compañía, o de manera

agregada, vale decir, mostrando un monto total por

grupo de compañías. Esto de acuerdo a la voluntad

de las compañías adheridas al Estudio.

Se recomienda que para futuros

estudios de conciliación en el Perú,

la Comisión de Trabajo de la ITIE

promueva la exposición de manera

detallada por compañía de las

cifras correspondientes a los pagos

realizados por los conceptos

relacionados con el objeto del

estudio.

Información sobre

Volúmenes de los

ingresos del Estado

En los casos en los cuales los ingresos del Estado se

relacionen con las cantidades de recursos extraídos,

como por ejemplo en el caso de las regalías, no se

han obtenido los montos de los volúmenes de

recursos que los generan. En el presente Estudio

sólo se ha obtenido información sobre montos

recaudados.

Se recomienda considerar en

adición a los montos valorizados,

los volúmenes de los recursos que

los generan en futuros estudios de

conciliación, a fin de cubrir mejor

los requerimientos de la iniciativa

del ITIE.

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159

IX. Información de carácter informativa propuesta por la Comisión de Trabajo del ITIE en el Perú

A través de los Términos de Referencia del presente Estudio, así como requerimientos formales

propuestos con fecha posterior a dichos Términos, la Comisión de Trabajo del ITIE en el Perú, manifestó

su voluntad de incluir en el presente informe, información de carácter enunciativo relacionado a

conceptos extraordinarios que a continuación detallamos:

- Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo – PMSP (también conocido como Aporte Minero

Voluntario) por el período 2007 al 2011.

- Contratos de Servicios Petroleros por el período 2008 al 2010.

Cabe destacar que Ernst & Young no ha realizado ningún tipo de procedimiento relacionado a verificar la

validez de esta información (conciliación, revisión, auditoría, entre otros). Se ha limitado a la compilación

de información provista por la citada Comisión de Trabajo.

A continuación se presenta el desarrollo de los conceptos mencionados:

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160

IX.1 Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP)

Antecedentes

Debido al alza de los precios internacionales de los minerales de una manera extraordinaria, el Gobierno

Peruano propuso a las compañías mineras en etapa de explotación que realicen un aporte voluntario

durante 5 años, en la medida en que en este periodo la coyuntura favorable de precios se mantenga,

con el propósito de ser un soporte adicional al Estado en el esfuerzo que realiza en la lucha contra la

pobreza.

En el mes de Diciembre del 2006, compañías mineras privadas y Estado conjuntamente, definieron la

estructura de aplicación de este programa y dieron forma a un convenio modelo entre ambos, el cual se

oficializa mediante decreto supremo D.S. 071-2006/EM y su modificatoria D.S. 033-2007/EM

(mediante el cual se trata de agilizar los procesos para la ejecución de los programas y proyectos, que

se habían convenido para el Aporte Voluntario), emitidos y publicados el 21 de diciembre del 2006 y 01

de julio del 2007, respectivamente.

Lo anterior, da lugar al nacimiento del Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP), el cual es

un aporte de naturaleza voluntaria, extraordinaria y temporal (5 años) y de carácter privado que

comúnmente es conocido como Aporte Voluntario.

A través de este programa se formalizó el compromiso entre el Estado y las compañías mineras, cuyo

objetivo principal fue promover el desarrollo social y mejorar las condiciones de vida de las poblaciones

ubicadas en las áreas de influencia de las compañías mineras.

Objetivo del PMSP

El PMSP es un mecanismo por el cual las compañías crean un Fondo monetario Local y Regional

financiado por sus respectivos aportes, independientemente de sus obligaciones tributarias, para

contribuir con los esfuerzos públicos y privados de lucha contra la pobreza.

Formalización de los aportes

Para formalizar el aporte, las compañías mineras suscribieron convenios individuales con el Estado. La

condición para que las compañías aporten al PMSP, estuvo en función de haber suscrito el convenio con

el Estado Peruano, que los precios de los metales se mantengan por encima de los precios de referencia

acordados, y que al mismo tiempo sus compañías registren utilidades.

De cumplirse las condiciones señaladas, las compañías que suscribieron el convenio del PMSP,

efectuarían los Aportes Voluntarios por los 5 años de vigencia del Convenio, efectivizándose el primer

aporte en abril de 2007 y el último en abril de 2011.

Administración de los aportes

La administración de los fondos aportados por las compañías, y a efectos de segregarlos de su propio

patrimonio, se realizó mediante la conformación de asociaciones sin fines de lucro o fideicomisos, según

decisión de las compañías. En esta medida, los rendimientos financieros de estos Fondos le pertenecen

a sus administradores y debieron ser utilizados en la ejecución de proyectos hasta que se agoten los

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161

fondos; es decir, los recursos no utilizados acumulan y deben ser utilizados hasta que se agote el Fondo

totalmente.

Destino de los aportes

De acuerdo a lo estipulado D.S. N°071-2006-EM y su modificatoria, que contiene el Convenio

“Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo”, se establecen los rubros en que se deben orientar las

obras, programas y/o proyectos que serán ejecutados con los fondos locales y regionales,

estableciéndose además la prioridad de ejecución de los mismos. Asimismo, en los Convenios las

compañía minera firmante indica claramente los lugares en donde se invertirá el fondo local y regional

al que está aportando.

El convenio establece nueve líneas de intervención en las cuales los recursos pueden ser usados

estableciendo la condición particular de que al menos el 30% de los recursos sean utilizados en

proyectos de Nutrición, Educación y Salud.

Los rubros de inversión establecidos son:

1) Nutrición de menores, principalmente de 0 a 5 años de edad y madres gestantes.

2) Educación primaria y programas de apoyo educativo y capacitación técnica.

3) Salud.

4) Desarrollo y fortalecimiento de capacidades de gestión públicas para la identificación y viabilidad

de proyectos orientados a agilizar el uso de otros recursos como el canon minero, la regalía

minera y demás recursos disponibles.

5) Apoyo y desarrollo en la promoción de cadenas productivas y/o de proyectos de desarrollo

sostenido más allá de la vida útil de la operación minera.

6) Infraestructura básica de energía eléctrica; agua, saneamiento y desarrollo; mantenimiento y

reparación de vías de acceso y caminos rurales.

7) Obras de impacto local y regional, con uso intensivo de mano de obra no especializada de la

localidad, gestionadas por la población, comunidad o autoridad local, que sean consideradas

prioritarias por éstas, en beneficio de la salud y calidad de vida de la población y/o comunidad.

8) Complementar recursos económicos de terceros o del Estado tales como el canon minero, la

regalía minera y otros recursos disponibles, para el diseño y la ejecución de Proyecto (s).

9) Otros proyectos, luego de haber atendido los anteriores, preferentemente el desarrollo

sostenible.

Gestión del PMSP

Las compañías mineras transfirieron a un fideicomiso, asociación civil u otra organización jurídica, el

monto que corresponde a su Aporte Voluntario del año, luego de que sus Estados Financieros del

Ejercicio hayan sido Auditados y la Junta General de Accionistas lo haya aprobado, por lo general esto

se realizó a finales de abril de los correspondientes años.

Con el Aporte Voluntario de las compañías, se da lugar a la creación de dos fondos: El Fondo Minero

Local y el Fondo Minero Regional.

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162

1) El Fondo Minero Local; es aquel que se destina a las áreas de influencia directa de sus

actividades. De acuerdo al caso puede abarcar varios centros poblados, distritos o provincias.

2) El Fondo Minero Regional: es aquel que se utiliza en la ejecución de proyectos en zonas de mayor

pobreza dentro de la región o regiones donde la compañía desarrolla sus actividades. En el caso

de los Fondos Regionales, se puede dar el caso que varias compañías de la Región decidan

consolidar en uno el Fondo Regional y ejecutar proyectos conjuntos.

Los Fondos Locales y Regionales, son administrados por una Comisión Técnica de Coordinación (CTC),

constituida, caso por caso. En los CTC participan las autoridades municipales, distritales y/o

provinciales, si fuese el caso del Fondo Local, o representantes de la autoridad regional, en el caso del

Fondo Regional. Varía dependiendo de las zonas y compañías.

Las CTC Locales y Regionales tenían el encargo de identificar proyectos, analizar su costo y recomendar

su ejecución respetando las líneas de intervención establecidas y el orden de prioridades fijado en el

Convenio. Es decir, en las regiones o distritos, los Comités Técnicos de Coordinación fueron los

responsables de tomar las decisiones sobre los proyectos, programas y obras que se ejecutaron,

quiénes y cómo lo hicieron.

Cálculo del valor del Aporte Voluntario

Se analizaba si el precio del mineral o minerales que la compañía produce se había mantenido en el año

de evaluación, por encima del precio de referencia acordado en el Convenio. Si no era así, ese año la

compañía no aporta al Fondo. Pero en el caso en que el precio haya estado por encima del precio

referencial, se procede a hacer el cálculo tomando como base la utilidad neta anual de las compañías

después del pago del impuesto a la renta y antes que se haya procedido a distribuir los dividendos.

Es importante señalar que los fondos, el local y el regional, fueron calculados de modo independiente

en base a lo estipulado en el Convenio correspondiente.

El Fondo Minero Local pudo llegar a representar (dependiendo el monto a descontar por regalías) hasta

el 2.75% de las utilidades de las compañías; en cambio el Fondo Minero Regional equivalió siempre al

1% de la utilidad neta anual después del Impuesto a la Renta. En el caso particular de este último

Fondo, para el año 2007, es necesario indicar que el Gobierno estableció que el 4% del mismo fuese

entregado directamente a la Comisión de la Verdad y Reconciliación, lo que se hizo, habiéndose

transferido en dicha fecha un monto estimado de S/. 7 millones.

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163

Resultados del Programa Avance del Programa Minera de Solidaridad con el Pueblo (PMSP), al mes de Agosto del 2011, según Informe N° 36:

Al mes de Agosto de 2011, el monto depositado global del Programa Minero de Solidaridad con el

Pueblo, para los años 2007, 2008, 2009, 2010 y 2011, que comprende el monto depositado Local,

monto depositado Regional y los depósitos efectuados por aportes a la Comisión de la Verdad y

Reconciliación (CVR), ascendió en conjunto a la suma de S/.2,285,206,404.

El siguiente cuadro muestra los montos depositados anuales efectuados por las compañías integrantes

del PMSP desde inicio del Programa, distribuidos según tipo de fondo:

Tipo Fondo Montos depositados en Nuevos Soles Monto depositado

global S/. 2007 2008 2009 2010 2011

Local 331,090,089 288,979,074 244,258,538 257,509,321 284,356,165 1,406,193,187

Regional 179,075,609 183,541,479 149,784,468 141,341,885 208,605,242 862,348,683

CVR 6,641,524 3,292,574 2,175,967 1,962,763 2,591,706 16,664,534

Totales S/. 516,807,222 475,813,127 396,218,973 400,813,969 495,553,113 2,285,206,404

Fuente: Comisión Sectorial - PMSP

A continuación se presenta el listado de compañías mineras integrantes del PMSP o Aporte Voluntario,

indicando además, aquellas que participan en el Segundo Estudio de Conciliación de la ITIE:

N° Compañía Participantes del Estudio ITIE

1.- Arasi S.A.C.

2.- Aruntani S.A.C.

3.- Castrovirreyna Compañía Minera S.A. x

4.- Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. x

5.- Cedimin S.A.C.

6.- Compañía Argentum S.A. x

7.- Compañía de Minas Buenaventura S.A.A x

8.- Compañía Minera Antamina S.A. x

9.- Compañía Minera Ares S.A.C x

10.- Compañía Minera Atacocha S.A.A x

11.- Compañía Minera Aurífera Santa Rosa S.A

12.- Compañía Minera Casapalca S.A.

13.- Compañía Minera Caudalosa S.A.

14.- Compañía Minera Condestable S.A x

15.- Compañía Minera Milpo S.A.A. x

16.- Compañía Minera Poderosa S.A. x

17.- Compañía Minera Raura S.A x

19.- Compañía Minera San Ignacio de Morococha S.A.

18.- Compañía Minera Santa Luisa S.A.

20.- Consorcio Minero Horizonte S.A. x

21.- Empresa Minera Los Quenuales S.A. x

22.- Gold Fields La Cima S.A.A. x

23.- Minera Aurífera Retamas S.A.

24.- Minera Barrick Misquichilca S.A. x

25.- Minera Bateas S.A.C.

26.- Minera Colquisiri S.A.

27.- Minera Doe Run Perú

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N° Compañía Participantes del Estudio ITIE

28.- Minera Huallanca S.A.

29.- Minera Pampa de Cobre S.A. x

30.- Minera Perubar S.A.

31.- Minera San Simón S.A.

32.- Minera Suyamarca S.A.C. x

33.- Minera Yanacocha S.R.L. x

34.- Minsur S. A. x

35.- Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca x

36.- Shougang Hierro Perú S.A.

37.- Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. x

38.- Sociedad Minera El Brocal S.A.A. x

39.- Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú x

40.- Xstrata Tintaya S.A. x

A continuación se presentan los montos Depositados, Comprometidos y Ejecutados de los Fondos

Locales y Regionales al mes de Agosto del 2011, según Informe N° 36:

a) Fondo Local:

i. Fondo por Rubros de Inversión

Se presenta los montos Comprometidos y montos Ejecutados acumulados hasta el mes de

Agosto de 2011, según el Informe N° 36 ordenados según los rubros de inversión que se

priorizan en el D.S. N°071-2006-EM.

Rubros Proyectos Comprometido Ejecutado

Nivel de avance

Nº % Monto S/. % Monto S/. % %

Nutrición y Alimentación 80 5 108,536,869 9 88,799,374 10 82

Educación 372 25 165,463,601 14 128,226,381 15 77

Salud 211 14 113,196,475 9 98,939,123 11 87

Infraestructura 369 25 505,234,251 42 301,660,278 35 60

Desarrollo y Fortalecimiento de capacidades 119 8 67,955,866 6 55,452,679 6 82

Proyectos y Cadenas productivas 295 20 161,124,188 14 145,594,740 17 90

Otros 47 3 66,281,398 6 54,453,572 6 82

Totales 1,493 100 1,187,792,648 100 873,126,147 100 74

Fuente: Comisión Sectorial - PMSP

ii. Fondo por Región

Se presenta los montos Comprometidos y montos Ejecutados acumulados hasta el mes de

Agosto del 2011, según el informe N° 36 distribuidos según las regiones en que se están

implementando Programas, Proyectos y Obras de impacto local. La distribución del monto

Comprometido Local está vinculada a las zonas de atención señaladas en los convenios

suscritos por las compañías, zonas que guardan relación con la ubicación de sus respectivas

operaciones mineras.

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Nº Regiones Comprometido Ejecutado Avance

Monto S/. % Monto S/. % %

1.- Ancash 482,520,072 40.62 423,638,588 48.52 88

2.- Apurímac 714,781 0.06 706,951 0.08 99

3.- Arequipa 269,985,570 22.73 96,984,235 11.11 36

4.- Ayacucho 605,679 0.05 529,916 0.06 87

5.- Cajamarca 177,937,227 14.98 151,630,278 17.37 85

6.- Cuso 99,776,467 8.40 66,652,626 7.63 67

7.- Huancavelica 1,663,561 0.14 1,494,679 0.17 90

8.- Huánuco 34,997,187 2.95 30,672,012 3.51 88

9.- Ica 8,938,645 0.74 7,134,630 0.82 80

10.- Junín 4,533,771 0.38 4,834,247 0.55 107

11.- La Libertad 16,836,566 1.42 16,469,985 1.87 98

12.- Lambayeque 1,746,942 0.15 2,233,575 0.26 128

13.- Lima 35,063,185 2.95 28,165,929 3.23 80

14.- Lima (Callao) 966,555 0.08 832,530 0.10 86

15.- Moquegua 4,223,693 0.36 4,101,017 0.47 97

16.- Pasco 20,172,906 1.70 19,642,642 2.25 97

17.- Puno 4,175,515 0.35 3,926,746 0.45 94

18.- Tacna 22,871,065 1.93 13,413,185 1.54 59

19.- No registrado 63,264 0.01 62,377 0.01 99

Total 1,187,792,651 100 873,126,148 100 74%

Fuente: Comisión Sectorial - PMSP

iii. Fondo por Compañía:

Se presenta la distribución por compañía, según montos Depositados, montos

Comprometidos y montos Ejecutados acumulados al mes de Agosto del 2011, según el

informe N° 36. El monto Comprometido en Programas, Proyectos y Obras sociales

representa el 83% respecto al monto Depositado.

Ver detalle en el siguiente link

http://www.minem.gob.pe/minem/archivos/Informe036%20PMSP%20Agosto%202011.pdf

(página 7 – 8)

b) Fondo Regional

i. Fondo por Rubros de Inversión:

Se presenta los montos Comprometidos y montos Ejecutados acumulados hasta el mes de

Agosto del 2011, según el informe N° 36, ordenados según los rubros de inversión que se

priorizan en el D.S. N°071-2006-EM y su modificatoria.

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Rubros Proyectos Comprometido Ejecutado

Nivel de

avance

Nº % Monto S/. % Monto S/. % %

Nutrición y Alimentación 57 6 67,139,928 12.00 50,633,632 11.91 75

Educación 256 27 128,673,310 23.00 106,894,141 25.14 83

Salud 132 14 65,859,318 11.77 48,354,695 11.37 73

Infraestructura 207 22 199,977,387 35.75 143,585,283 33.76 72

Desarrollo y Fortalecimiento de capacidades 78 8 30,770,905 5.50 23,335,258 5.49 76

Proyectos y Cadenas productivas 183 19 63,086,105 11.29 49,562,793 11.65 79

Otros 34 4 3,859,808 0.69 2,913,432 0.68 75

Totales 947 100 559,366,761 100 425,279,234 100 76

Fuente: Comisión Sectorial - PMSP

ii. Fondo por Región :

Se presenta los montos Comprometidos y montos Ejecutados acumulados en el Fondo

Regional y distribuidos según regiones, en lo que se está implementando Programas,

Proyectos y Obras de impacto regional.

Nº Regiones Comprometido Ejecutado Avance

Monto S/. % Monto S/. % %

1.- Ancash 183,810,701 32.86 162,208,276 38.14 88

2.- Apurímac 1,109,924 0.20 1,113,737 0.26 100

3.- Arequipa 76,959,029 13.76 31,345,115 7.37 41

4.- Ayacucho 1,974,671 0.35 1,714,490 0.40 87

5.- Cajamarca 68,749,096 12.29 33,653,364 7.91 49

6.- Cuso 24,747,700 4.42 18,666,219 4.39 75

7.- Huancavelica 2,969,651 0.53 2,839,050 0.67 96

8.- Huánuco 5,584,210 1.00 2,889,060 0.68 52

9.- Ica 12,477,526 2.23 10,320,552 2.43 83

10.- Junín 5,211,410 0.93 4,006,523 0.94 77

11.- La Libertad 57,241,286 10.23 55,459,984 13.04 97

12.- Lambayeque 609,841 0.11 307,386 0.07 50

13.- Lima 24,712,817 4.42 17,317,004 4.09 70

14.- Lima (Callao) 1,119,620 0.20 1,115,468 0.26 100

15.- Moquegua 35,708,254 6.39 33,253,682 7.82 93

16.- Pasco 17,953,866 3.21 15,395,026 3.62 86

17.- Puno 19,464,238 3.48 18,209,963 4.28 94

18.- Tacna 18,886,612 3.38 15,388,025 3.62 81

19.- No registrado 76,310 0.01 76,310 0.02 100

Total 559,366,762 100 425,279,234 100 76

Fuente: Comisión Sectorial - PMSP

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iii. Fondo por Compañía:

Se presenta los montos Depositados, montos Comprometidos y montos Ejecutados, por

compañía y acumulados al mes de Agosto del 2011 (mes en que concluyó el Programa).

Dado que se trata de información pública, ver detalle en el siguiente link

http://www.minem.gob.pe/minem/archivos/Informe036%20PMSP%20Agosto%202011.pdf

(página 11 – 12)

Se presentan los montos Depositados, Comprometidos y Ejecutados en términos Globales,

por Compañía y por Tipo de Fondo, acumulados al mes de Agosto del 2011 (mes en que

concluyó el Programa):

Dado que se trata de información pública, ver detalle en el siguiente link

http://www.minem.gob.pe/minem/archivos/Informe036%20PMSP%20Agosto%202011.pdf

(página 15 – 19)

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168

Evaluación de Medio Término del PMSP

La comisión sectorial, a través de su Secretaría Técnica que recae en la Oficina General de Gestión

Social del Ministerio de Energía y Minas, publicó en enero de 2011, el documento “Evaluación de Medio

Término del Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo (PMSP) correspondiente al período 2007 –

2009”, con el objetivo de solicitar a las compañías mineras que integran el PMSP, efectuar sus

evaluaciones de resultados de medio término del PMSP, de conformidad con lo propuesto en el

documento “Lineamiento del Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo 2007-2011”.

La Secretaría Técnica solicitó a las compañías que integran el PMSP, mediante el Oficio Múltiple N°003-

2011-MEM/OGGS, realicen sus respectivas Evaluaciones de Medio Término, a efectos de tener

información de los impactos positivos que se vienen logrando a partir de la implementación de los

proyectos que se ejecutan con los fondos del PMSP.

Las Evaluaciones de Medio Término, tienen un importante componente cualitativo que busca medir la

calidad de la inversión realizada a través de los proyectos implementados en el marco del PMSP,

promoviendo de esta manera una cultura de evaluación de las estrategias de intervención social

realizadas, para contribuir al desarrollo económico y social en alineamiento con las políticas de lucha

contra la pobreza del Estado, que es el objetivo final del PMSP.

Finalmente, es de mencionar que con el aporte del año 2011, efectuado el pasado mes de abril, culmina

la vigencia del Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo, cuyos saldos pendientes de ejecutar se

deberán gastar en su integridad de acuerdo a lo previsto en la propia norma, y con los que se debe

prever una estrategia de cierre social del PMSP, dado que la mayoría de los proyectos de inversión han

sido identificados y formulados directamente con sus beneficiarios.

Logros y sostenibilidad

Con relación al PMSP, a continuación se enuncia, a solicitud de la Comisión de Trabajo, los principales

logros de este programa, según la evaluación de Medio Término del PMSP realizada por otras empresas

consultoras a solicitud de las compañías mineras aportantes. Es importante indicar que la información

que se presenta a continuación no ha sido revisada, ni validada por Ernst & Young y, en consecuencia,

no asumimos ninguna responsabilidad sobre la misma.

Salud Reducción de la Desnutrición Crónica Infantil (DCI) a partir de intervenciones programáticas.

Reducción de la Enfermedad Diarreica Aguda (EDA) en niños menores de 3 años.

Disminución de Infecciones Respiratorias Agudas (IRA) en niños menores de 5 años en áreas

rurales.

Natalidad Incremento del número de mujeres que han asistido a por lo menos a 3 controles pre natales.

Incremento de la proporción de mujeres con parto institucional.

Aumento de la lactancia materna exclusiva para niños de 4 a 6 meses de edad.

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

169

Incremento en la cobertura de vacunación de niños de 12 a 23 meses.

Educación Incremento del interés e involucramiento de los padres de familia del medio rural para reforzar el

trabajo de los docentes en los procesos de mejora de la calidad y de la infraestructura educativa.

Producción

Desarrollo empresarial de unidades familiares en zonas rurales en situación de pobreza y extrema

pobreza a través de desarrollo de proyectos económicos.

Mejora de la producción agrícola y ganadera debido a programas de capacitación para familias,

campesinos y asociaciones en zonas rurales.

Incremento del valor por infraestructura para las familias, productores y asociaciones de

productores al haber recibido de manera directa insumos (cocina mejorada, semillas de pastos,

infraestructura productiva, entre otros) que tienen un valor en el mercado y que ellos están

capitalizando.

Mejoras en la producción agrícola a través de la implementación de programas de riego que dotan

de agua a las áreas agrícolas de manera permanente e incrementan la eficiencia en el uso del

recurso.

Infraestructura

Mejoramiento de la infraestructura en el área salud: construcción y remodelación de hospitales y

laboratorios, aprovisionamiento de equipos, mobiliario, desarrollo de programas de capacitación y

asistencia técnica hospitalaria.

Mejoramiento de infraestructura educativa: construcción y ampliaciones de instituciones

educativas, adquisición de equipo y mobiliario.

Mayor acceso de la población de las zonas de influencia minera a infraestructura vial,

infraestructura productiva de riego y de servicios básicos.

Mayor número de familias con acceso a servicios de agua y saneamiento a través de la

implementación de proyectos de mejoramiento en el sistema de agua potable, sistema de

alcantarillado y tratamiento de aguas residuales.

Inversión Pública

Mayor aprovechamiento de los recursos provenientes del canon minero, regalías mineras, entre

otros, a través del desarrollo y fortalecimiento de capacidades de gestión en inversión pública

(identificación, viabilidad e implementación de proyectos sociales y económicos).

Telecomunicaciones

Mayor cobertura de los servicios de telefonía móvil y telefonía fija inalámbrica en centros poblados

de los distritos de la zona de influencia, reduciendo así las dificultades de integración entre

comunidades, reducción de productividad de la zona, desplazamiento innecesario de pobladores y

deficiencias en las condiciones sociales y económicas en especial en las áreas rurales.

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

170

En caso se desee mayor información sobre los resultados de la evaluación de Medio Término del PMSP,

ver la siguiente página web de información pública:

http://extranet.minem.gob.pe/PloneExtranet/OGGS_Publico/OGGS_EMT_LB

Adicionalmente a esto, se presenta el compendio de auditorías a las compañías participantes en el

PMSP, para los períodos fiscales 2008, 2009, 2010 y 2011, el cual puede ser consultado en la siguiente

página web de información pública:

http://www.minem.gob.pe/descripcion.php?idSector=3&idTitular=4446

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

171

IX.2 Contrato de Servicios Petroleros

De acuerdo con información provista por PERUPETRO, a continuación se muestran los ingresos por los

Contratos de Licencia correspondiente a los lotes de hidrocarburos que han pagado regalías al Estado a

través de PERUPETRO S.A., por la exploración y explotación de hidrocarburos en el Área del Contrato; y

los ingresos por los Contratos de Servicios correspondiente a los lotes en los cuales se realizan

actividades de exploración y explotación de hidrocarburos recibiendo una retribución en función a la

producción fiscalizada.

Licencia 2004 (US$)

2005 (US$)

2006 (US$)

2007 (US$)

2008 (US$)

2009 (US$)

2010 (US$)

1-AB 114,241,789 148,022,678 172,282,654 181,320,822 215,247,315 105,491,584 140,544,649

31B Y 31D 1,615,992 3,774,546 6,086,999 5,466,772 6,428,788 3,365,520 4,511,229

31-C 21,725,453 32,151,498 36,684,349 43,098,120 65,855,842 38,464,543 44,370,725

31-E 10,334 - - - 468,489 344,990 430,228

8 55,120,068 73,830,341 85,805,049 95,561,678 117,381,412 65,123,795 341,807,018

88 52,792,775 191,093,933 243,949,586 301,462,725 352,936,504 269,518,379 75,795,299

56 - - - - 54,406,664 203,084,277 465,788,750

II 3,344,631 4,993,227 6,280,418 7,023,522 12,216,682 7,036,835 8,482,698

III 4,033,142 6,670,208 9,305,379 12,242,004 29,053,005 37,507,271 40,823,027

IV 3,974,320 6,650,177 11,702,443 18,923,486 27,650,988 11,182,856 13,069,675

VII_VI 15,614,335 17,951,641 17,814,408 16,274,556 19,369,188 11,576,647 14,028,861

X 34,441,681 56,436,136 81,392,345 105,755,236 206,483,103 84,018,065 125,884,016

XIII 498,000 460,825 575,472 3,350,691 20,664,926 19,279,170 34,093,647

XIV - - - - - - -

XV 105,945 148,445 175,756 187,013 265,061 169,720 268,285

XX - - - 241,217 258,084 194,684 307,084

Z-1 - - - 128,678 3,337,721 2,911,375 6,292,330

TOTAL 307,518,465 542,183,655 672,054,858 791,036,520 1,132,023,772 859,269,711 1,316,497,521

Servicios 2004 (US$)

2005 (US$)

2006 (US$)

2007 (US$)

2008 (US$)

2009 (US$)

2010 (US$)

31B y 31D - - - - - - -

1-AB - - - - - - -

I 3,164,872 4,810,611 5,567,748 6,538,379 8,791,273 5,226,234 7,290,576

II - - - - - - -

III - - - - - - -

IV - - - - - - -

IX 1,605,277 2,761,737 3,652,222 4,173,628 6,534,603 3,306,754 4,507,569

LOBITOS, EL ALTO Y LOS ORGANOS

- - - - - - -

V 490,120 857,244 1,109,921 1,398,637 2,618,276 1,122,401 1,567,954

VI - - - - - - -

VII_VI - - - - - - -

Z-2B 25,633,182 35,885,678 50,378,757 52,921,236 67,383,709 44,489,049 60,525,976

TOTAL 30,893,451 44,315,270 60,708,648 65,031,880 85,327,861 54,144,438 73,892,075

Fuente: Departamento de Tesorería – Perupetro

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Conciliación de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias

Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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172

X. Anexos

Anexo I Impuesto a la Renta Anual: Declaración Jurada Anual, Declaraciones Juradas

Sustitutorias y Declaraciones Juradas – Rectificatorias 173

Anexo II Regalías Mineras 177

Anexo III Regalías Hidrocarburos 181

Anexo IV Derecho de Vigencia 185

Anexo V Regalía de Hidrocarburos 186

Anexo VI Derecho de Vigencia 189

Anexo VII Convenio de Confidencialidad (Modelo suscrito con las compañías adherentes) 190

Anexo VIII Carta solicitud de información a SUNAT 194

Anexo IX Clasificación en PRICOs y MEPECOs de las compañías adheridas al Segundo Estudio de

Conciliación Nacional ITIE 196

Anexo X Siglas y Glosario de Términos 198

Anexo XI Número de compañías por subsector según su valor de la producción anual que sobrepasan los

límites de participación mayor al 2% del valor total de producción anual de su correspondiente

subsector (para el caso de mineras y petroleras) y 1% (para el caso de gasíferas) 209

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Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

173

Anexo I Impuesto a la Renta Anual: Declaración Jurada Anual, Declaraciones Juradas Sustitutorias y Declaraciones Juradas – Rectificatorias

RUC: ______________________ Compañía: _____________________________________

Concepto Ref. Concepto / Período

Año 2008 Año 2009

PDT 0662 PDT 0664

Importe Fecha de

presentación

No. de

orden del

formulario

Importe Fecha de

presentación

No. de orden

del formulario

Declaración

Jurada Anual

del Impuesto a

la Renta

tercera

categoría

(A)

Importe por Impuesto a la Renta consignado

en el Casillero 504 de la Declaración Jurada

Anual de Impuesto a la Renta de tercera

categoría.

(B)

Importe por Impuesto a la Renta consignado

en el Casillero 126 de la Declaración Jurada

Anual de Impuesto a la Renta de tercera

categoría.

Declaraciones

Juradas

Rectificatorias

(C)

Importe por Impuesto a la Renta consignado

en el Casillero 504 de la Declaración Jurada

Anual de Impuesto a la Renta de tercera

categoría.

(D)

Importe por Impuesto a la Renta consignado

en el Casillero 126 de la Declaración Jurada

Anual de Impuesto a la Renta de tercera

categoría.

Declaraciones

Juradas

Sustitutorias (E)

Importe por Impuesto a la Renta consignado

en el Casillero 504 de la Declaración Jurada

Anual de Impuesto a la Renta de tercera

categoría.

(F)

Importe por Impuesto a la Renta consignado

en el Casillero 126 de la Declaración Jurada

Anual de Impuesto a la Renta de tercera

categoría.

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

174

Instrucciones para completar formato:

(A) La compañía debe considerar los anexos que formen parte de la declaración; aquellos que declaren por concesiones mineras y/o por lotes

petroleros y de gas.

(B) Importe por pagos a cuenta del Impuesto a la renta acreditados contra el ITAN.

(C) Por aquellas declaraciones rectificatorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la

Renta consignado en el Casillero 504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar

tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones rectificatorias presentadas.

(D) Por aquellas declaraciones rectificatorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la

Renta consignado en el Casillero 126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar

tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones rectificatorias presentadas..

(E) Por aquellas declaraciones sustitutorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la

Renta consignado en el Casillero 504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar

tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones sustitutorias presentadas.

(F) Por aquellas declaraciones sustitutorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la

Renta consignado en el Casillero 126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar

tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones sustitutorias presentadas.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia

para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

175

Anexo I Impuesto a la Renta Anual: Declaración Jurada Anual, Declaraciones Juradas Sustitutorias y Declaraciones Juradas – Rectificatorias

RUC: ______________________ Compañía: _____________________________________

Concepto Ref. Concepto / Período

Año 2010

PDT 0668

Importe Fecha de

presentación

No. de

orden del

formulario

Declaración

Jurada Anual

del Impuesto a

la Renta

tercera

categoría

(A)

Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero

504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta

de tercera categoría.

(B)

Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero

126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta

de tercera categoría.

Declaraciones

Juradas

Rectificatorias

(C)

Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero

504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta

de tercera categoría.

(D)

Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero

126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta

de tercera categoría.

Declaraciones

Juradas

Sustitutorias

(E)

Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero

504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta

de tercera categoría.

(F)

Importe por Impuesto a la Renta consignado en el Casillero

126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta

de tercera categoría.

Indicar la moneda en que se expresan las cifras S/. USD

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

176

Instrucciones para completar formato:

(A) La compañía debe considerar los anexos que formen parte de la declaración; aquellos que declaren por concesiones mineras y/o por lotes

petroleros y de gas.

(B) Importe por pagos a cuenta del Impuesto a la renta acreditados contra el ITAN.

(C) Por aquellas declaraciones rectificatorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la

Renta consignado en el Casillero 504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar

tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones rectificatorias presentadas.

(D) Por aquellas declaraciones rectificatorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la

Renta consignado en el Casillero 126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar

tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones rectificatorias presentadas..

(E) Por aquellas declaraciones sustitutorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la

Renta consignado en el Casillero 504 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar

tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones sustitutorias presentadas.

(F) Por aquellas declaraciones sustitutorias presentadas por impuesto anual, según indique la columna, incluir los importes por Impuesto a la

Renta consignado en el Casillero 126 de la Declaración Jurada Anual de Impuesto a la Renta de tercera categoría, en forma discriminada (insertar

tantas celdas como sea necesario en función al número de declaraciones sustitutorias presentadas.

Declaración de responsabilidad de la Administración

Admitimos en nombre de ......................................................................................................................................................................................... nuestra

responsabilidad por la información remitida en la presente plantilla.

Representante Legal

Nombre:

Cargo:

Convenio de estabilidad tributaria Si No

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Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

177

Anexo II Regalías Mineras

RUC: ______________________ Compañía: ________________________

Mes/Año

PDT 698 usado como Declaración PDT 698 usado como Boleta de Pago

Fecha

(A)

Monto de

regalía

declarado

Casilla 106

(B)

Monto de

regalía

pagado

Casilla 598

(B)

No. de orden

del

formulario

Fecha

(A)

Monto de

regalía

pagado

Casilla 609

(C)

No. de

orden del

formulario

Ene-08

Feb-08

Mar-08

Abr-08

May-08

Jun-08

Jul-08

Ago-08

Sep-08

Oct-08

Nov-08

Dic-08

Total

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Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

178

Anexo II Regalías Mineras

RUC: ______________________ Compañía: ________________________

Mes/Año

PDT 698 usado como Declaración PDT 698 usado como Boleta de Pago

Fecha

(A)

Monto de

regalía

declarado

Casilla 106

(B)

Monto de

regalía

pagado

Casilla 598

(B)

No. de orden

del

formulario

Fecha

(A)

Monto de

regalía

pagado

Casilla 609

(C)

No. de

orden del

formulario

Ene-09

Feb-09

Mar-09

Abr-09

May-09

Jun-09

Jul-09

Ago-09

Sep-09

Oct-09

Nov-09

Dic-09

Total

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

179

Anexo II Regalías Mineras

RUC: ______________________ Compañía: ________________________

Mes/Año

PDT 698 usado como Declaración PDT 698 usado como Boleta de Pago

Fecha

(A)

Monto de

regalía

declarado

Casilla 106

(B)

Monto de

regalía

pagado

Casilla 598

(B)

No. de orden

del

formulario

Fecha

(A)

Monto de

regalía

pagado

Casilla 609

(C)

No. de

orden del

formulario

Ene-10

Feb-10

Mar-10

Abr-10

May-10

Jun-10

Jul-10

Ago-10

Sep-10

Oct-10

Nov-10

Dic-10

Total

Indicar la moneda en que se expresan las cifras S/. USD

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

180

Declaración de responsabilidad de la Administración

Admitimos en nombre ....................................................................................... nuestra responsabilidad

por la información remitida en la presente plantilla.

Representante Legal

Nombre:

Cargo:

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para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

181

Anexo III Regalías Hidrocarburos

Compañía: _____________________________________________________

Ref. Concepto / Período

Año 2008

Lote 1era

quinc.

Ene

2da

quinc.

Ene

1era

quinc.

Feb

2da

quinc.

Feb

1era

quinc.

Mar

2da

quinc.

Mar

1era

quinc.

Abr

2da

quinc.

Abr

1era

quinc.

May

2da

quinc.

May

1era

quinc.

Jun

2da

quinc.

Jun

(A) Monto de regalía

pagado (USD)

(B) Fecha de pago

Ref. Concepto / Período

Año 2008

Lote 1era

quinc.

Jul

2da

quinc.

Jul

1era

quinc.

Ago

2da

quinc.

Ago

1era

quinc.

Set

2da

quinc.

Set

1era

quinc.

Oct

2da

quinc.

Oct

1era

quinc.

Nov

2da

quinc.

Nov

1era

quinc.

Dic

2da

quinc.

Dic

(A) Monto de regalía

pagado (USD)

(B) Fecha de pago

Instrucciones para completar formato:

(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.

(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.

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Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia

para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

182

Anexo III (continuación)

Compañía: _____________________________________________________

Ref. Concepto /

Período

Año 2009

Lote 1era

quinc.

Ene

2da

quinc.

Ene

1era

quinc.

Feb

2da

quinc.

Feb

1era

quinc.

Mar

2da

quinc.

Mar

1era

quinc.

Abril

2da

quinc.

Abril

1era

quinc.

Mayo

2da

quinc.

Mayo

1era

quinc.

Jun

2da

quinc.

Jun

(A) Monto de regalía

pagado (USD)

(B) Fecha de pago

Ref. Concepto /

Período

Año 2009

Lote 1era

quinc.

Jul

2da

quinc.

Jul

1era

quinc.

Ago

2da

quinc.

Ago

1era

quinc.

Set

2da

quinc.

Set

1era

quinc.

Oct

2da

quinc.

Oct

1era

quinc.

Nov

2da

quinc.

Nov

1era

quinc.

Dic

2da

quinc.

Dic

(A) Monto de regalía

pagado (USD)

(B) Fecha de pago

Instrucciones para completar formato:

(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.

(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.

Page 183: Producto 3: Informe Final Segundo Estudio Nacional de ...

Consultoría para la Elaboración del Segundo Estudio Nacional de Conciliación de la Iniciativa de Transparencia

para las Industrias Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

Consultoría para la Comisión Multisectorial Permanente de la ITIE Perú

183

Anexo III (continuación)

Compañía: _____________________________________________________

Ref.

Concepto /

Período

Año 2010

Lote 1era

quinc.

Ene

2da

quinc.

Ene

1era

quinc.

Feb

2da

quinc.

Feb

1era

quinc.

Mar

2da

quinc.

Mar

1era

quinc.

Abril

2da

quinc.

Abril

1era

quinc.

Mayo

2da

quinc.

Mayo

1era

quinc.

Jun

2da

quinc.

Jun

(A) Monto de regalía

pagado (USD)

(B) Fecha de pago

Ref. Concepto /

Período

Año 2010

Lote 1era

quinc.

Jul

2da

quinc.

Jul

1era

quinc.

Ago

2da

quinc.

Ago

1era

quinc.

Set

2da

quinc.

Set

1era

quinc.

Oct

2da

quinc.

Oct

1era

quinc.

Nov

2da

quinc.

Nov

1era

quinc.

Dic

2da

quinc.

Dic

(A) Monto de regalía

pagado (USD)

(B) Fecha de pago

Instrucciones para completar formato:

(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.

(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.

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Declaración de responsabilidad de la Administración

Admitimos en nombre de ....................................................................................................................................................................................... nuestra

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Representante Legal

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Cargo:

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185

Anexo IV Derecho de Vigencia

Compañía: ______________________________________________________________

No. De Denuncio

Año 2008 Año 2009 Año 2010

Importe

(A)

Fecha de pago

(B)

Importe

(A)

Fecha de Pago

(B)

Importe

(A)

Fecha de Pago

(B)

Instrucciones para completar formato:

(A) Se refiere al importe pagado a INGEMMET por conceptos de derechos de vigencia en base a lo registrado en el padrón minero y aplicando las tasas de

ley correspondientes. IMPORTANTE: Consignar los denuncios que estén a nombre de la compañía, independientemente de si la Compañía los ha pagado

o los ha pagado un tercero. Indicar aquellos casos en los que el pago por derecho de vigencia lo realizó un tercero.

(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago del derecho de vigencia.

Declaración de responsabilidad de la Administración

Admitimos en nombre de

.................................................................................................................................................................................................nuestra responsabilidad

por la información remitida en la presente plantilla.

Representante Legal

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Cargo:

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186

Anexo V Regalía de Hidrocarburos

Compañía: _____________________________________________________

Compañía Ref. Concepto /

Período Lote

Año 2008

1era

quinc.

Ene

2da

quinc.

Ene

1era

quinc.

Feb

2da

quinc.

Feb

1era

quinc.

Mar

2da

quinc.

Mar

1era

quinc.

Abr

2da

quinc.

Abr

1era

quinc.

May

2da

quinc.

May

1era

quinc.

Jun

2da

quinc.

Jun

(A)

Importe

cobrado(USD)

(B) Fecha de cobro

Compañía Ref. Concepto /

Período Lote

Año 2008

1era

quinc.

Jul

2da

quinc.

Jul

1era

quinc.

Ago

2da

quinc.

Ago

1era

quinc.

Set

2da

quinc.

Set

1era

quinc.

Oct

2da

quinc.

Oct

1era

quinc.

Nov

2da

quinc.

Nov

1era

quinc.

Dic

2da

quinc.

Dic

(A)

Importe

cobrado(USD)

(B) Fecha de cobro

Instrucciones de llenado:

(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.

(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.

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187

Anexo V Regalía de Hidrocarburos

Compañía: _____________________________________________________

Compañía Ref. Concepto /

Período Lote

Año 2009

1era

quinc.

Ene

2da

quinc.

Ene

1era

quinc.

Feb

2da

quinc.

Feb

1era

quinc.

Mar

2da

quinc.

Mar

1era

quinc.

Abr

2da

quinc.

Abr

1era

quinc.

May

2da

quinc.

May

1era

quinc.

Jun

2da

quinc.

Jun

(A)

Importe

cobrado(USD)

(B) Fecha de cobro

Compañía Ref. Concepto /

Período Lote

Año 2009

1era

quinc.

Jul

2da

quinc.

Jul

1era

quinc.

Ago

2da

quinc.

Ago

1era

quinc.

Set

2da

quinc.

Set

1era

quinc.

Oct

2da

quinc.

Oct

1era

quinc.

Nov

2da

quinc.

Nov

1era

quinc.

Dic

2da

quinc.

Dic

(A)

Importe

cobrado(USD)

(B) Fecha de cobro

Instrucciones de llenado:

(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.

(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.

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188

Anexo V Regalía de Hidrocarburos

Compañía: _____________________________________________________

Compañía Ref. Concepto /

Período Lote

Año 2010

1era

quinc.

Ene

2da

quinc.

Ene

1era

quinc.

Feb

2da

quinc.

Feb

1era

quinc.

Mar

2da

quinc.

Mar

1era

quinc.

Abr

2da

quinc.

Abr

1era

quinc.

May

2da

quinc.

May

1era

quinc.

Jun

2da

quinc.

Jun

(A)

Importe

cobrado(USD)

(B) Fecha de cobro

Compañía Ref. Concepto /

Período Lote

Año 2010

1era

quinc.

Jul

2da

quinc.

Jul

1era

quinc.

Ago

2da

quinc.

Ago

1era

quinc.

Set

2da

quinc.

Set

1era

quinc.

Oct

2da

quinc.

Oct

1era

quinc.

Nov

2da

quinc.

Nov

1era

quinc.

Dic

2da

quinc.

Dic

(A)

Importe

cobrado(USD)

(B) Fecha de cobro

Instrucciones de llenado:

(A) Se refiere al importe quincenal que la Compañía ha pagado por concepto de las regalías originadas en ese período.

(B) Corresponde a la fecha en que se realizó el pago de la regalía correspondiente al período señalado.

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Admitimos en nombre de ................................................................................................................................................................................................. nuestra

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189

Anexo VI Derecho de Vigencia

Compañía No. De

Denuncio

Año 2008 Año 2009 Año 2010

Importe

(A)

Fecha de pago

(B)

Importe

(A)

Fecha de Pago

(B)

Importe

(A)

Fecha de Pago

(B)

Instrucciones para completar formato:

(A) Se refiere al importe cobrado por concepto de derecho de vigencia en base a lo registrado en el padrón minero y aplicando las tasas de ley

correspondientes.

(B) Corresponde a la fecha en que la compañía realizó el pago del derecho de vigencia.

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190

Anexo VII Convenio de Confidencialidad (Modelo suscrito con las compañías adherentes)

Conste por el presente documento, el Convenio de Confidencialidad que celebran las siguientes partes:

[________], identificada con RUC No. [______], representada por [___________], identificado con [______]

No. [______], según poderes inscritos en la partida registral No. [____________] del Registro de Personas

Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; ambos con domicilio para estos efectos en [________];

a quien en adelante se le denominará [_______]; y, de la otra parte;

ERNST & YOUNG ASESORES S. CIVIL DE R.L., identificada con RUC No. 20504645984, representada

por el señor Carlos Valdivia, identificado con Documento Nacional de Identidad No. 07876578; con

domicilio para estos efectos en Avenida Víctor Andrés Belaúnde 171, sexto piso, Distrito de San Isidro,

Lima; sociedad a quien se le denominará “ERNST & YOUNG”.

El presente convenio de confidencialidad se celebra de conformidad con las siguientes estipulaciones:

PRIMERO.- ANTECEDENTES

Las partes, en el marco del contrato para la elaboración de Estudio de Conciliación nacional de la ITIE,

celebrado entre ERNST & YOUNG y el Ministerio de Energía y Minas (en adelante, “el Contrato de Servicios”),

declaran que ERNST & YOUNG se encuentra en posibilidad de recibir de [________], información de naturaleza

reservada y confidencial.

En tal sentido, las partes declaran que desean proteger el secreto de tal información de acuerdo con los

términos de este convenio.

SEGUNDO.- FUNCIÓN DEL CONVENIO

Por medio del presente convenio, ERNST & YOUNG se obliga frente a [______] a cumplir con las obligaciones

de confidencialidad a que se contraen las cláusulas siguientes.

TERCERO.- INFORMACIÓN CONFIDENCIAL

Las partes acuerdan que, para efectos del presente convenio, se entiende por "Información Confidencial",

información que haya sido entregada a ERNST & YOUNG por [______], con motivo de la celebración y

ejecución del Contrato de Servicios, cualquiera que sea el formato físico a través del cual se expresa dicha

información, y siempre que así haya sido identificada expresamente como confidencial por [______].

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191

CUARTO.- PLAZO DE VIGENCIA Y ALCANCE DEL DEBER DE CONFIDENCIALIDAD

4.1. ERNST & YOUNG reconoce y acepta la naturaleza confidencial y reservada de la Información

Confidencial y acuerda que durante la vigencia del presente convenio y durante los dos (2) años

siguientes contados a partir de la finalización de éste, ERNST & YOUNG observará el deber de

confidencialidad respecto de aquélla.

Cabe señalar que, respecto a la publicación del Estudio de Conciliación Nacional, el informe final del

mismo será difundido, respetando el deseo de confidencialidad de aquellas compañías participantes de

esta iniciativa que así lo hayan manifestado. En este sentido, la Comisión de Trabajo de la ITIE obtendrá

y compartirá con el Conciliador una copia de la voluntad escrita que al respecto responda a las

compañías participantes, eximiendo esta Comisión al Conciliador de cualquier responsabilidad y

consecuencias de su divulgación.

En consecuencia, con excepción de los casos en que [______] lo autorice por escrito o en los demás

casos permitidos en este convenio, ERNST & YOUNG no divulgará a ninguna persona natural o jurídica

el contenido de la Información Confidencial.

4.2. No obstante lo expuesto en el numeral 4.1 precedente, ERNST & YOUNG podrá entregar la Información

Confidencial a sus funcionarios, representantes, asesores y trabajadores que la requieran para la

ejecución del Contrato de Servicios. En este caso, ERNST & YOUNG se obliga a que las personas

señaladas asuman la obligación de mantener absoluta confidencialidad en relación con la Información

Confidencial entregada.

QUINTO.- INFORMACIÓN NO CONFIDENCIAL

5.1 La obligación de confidencialidad asumida por ERNST & YOUNG en virtud de este convenio no será

extensiva a aquella información que:

5.1.1. Sea pública o se haga pública posteriormente a la firma del presente documento, excepto si

deviene en pública como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones asumidas por

ERNST & YOUNG.

5.1.2. Estuviera legítimamente a disposición del público en general o sea legalmente obtenida por

ERNST & YOUNG de terceros distintos a [______] o sus representantes o personal, sin

obligación de mantenerla confidencial.

5.1.3. Sea directa o indirectamente generada por ERNST & YOUNG, sus subsidiarias o afiliadas.

5.1.4. ERNST & YOUNG pueda probar que haya estado en su posesión o haya sido de su

conocimiento antes de la firma del presente documento.

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192

SEXTO.- DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN

6.1. Las partes acuerdan expresamente que la Información Confidencial escrita o contenida en algún soporte

mecánico, electrónico, magnético, digital o de naturaleza similar que [______] entregue a ERNST &

YOUNG continuará siendo de propiedad exclusiva de [______]. En tal sentido, ERNST & YOUNG sólo

utilizará la Información Confidencial para los fines para los que sean proporcionados.

6.2. Las partes acuerdan que la Información Confidencial escrita o contenida en algún soporte mecánico,

electrónico, magnético, digital o de naturaleza similar será devuelta por ERNST & YOUNG a [______]

inmediatamente después de finalizado la ejecución del Contrato de Servicios, a menos que cuente con

una autorización previa y por escrito en ese sentido detallando la documentación cuya conservación

será permitida. En cualquier caso, ERNST & YOUNG podrá conservar copia de la Información

Confidencial que permitió la ejecución del Contrato de Servicios.

SÉTIMO.- ENTREGA DE INFORMACIÓN POR MANDATO LEGAL

7.1. En el caso que ERNST & YOUNG sea requerida mediante orden judicial, administrativa o de otra

naturaleza de una autoridad competente a revelar o entregar Información Confidencial o cualquier

información que esté relacionada con [______] o con el Contrato de Servicios, ERNST & YOUNG dará

aviso escrito a [______] en forma inmediata, siempre y cuando dicho aviso no le esté judicialmente

prohibido, con la finalidad que [______] adopte las medidas de protección correspondientes.

7.2. En el caso que ERNST & YOUNG se encuentre impedida judicialmente de poner en conocimiento de

[______] el requerimiento de la autoridad competente en relación con la revelación o entrega de

Información Confidencial o de cualquier otra información que esté relacionada con [______],ERNST &

YOUNG deberá adoptar las medidas de protección que sean pertinentes a fin de salvaguardar la

confidencialidad de la información requerida.

7.3. En el caso de que las medidas de protección referidas en los numerales anteriores no sean obtenidas por

[______], ERNST & YOUNG podrá revelar únicamente la información estrictamente necesaria, haciendo

su mejor esfuerzo para que se trate confidencialmente dicha información.

OCTAVO.- VIGENCIA DEL CONVENIO

El presente convenio permanecerá vigente durante el plazo de ejecución del Contrato de Servicios.

NOVENA.- LEGISLACIÓN APLICABLE, SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y COMPETENCIA

9.1. Las partes acuerdan expresamente que las disposiciones del presente convenio se someten a las leyes

de la República del Perú.

9.2. Las partes acuerdan que cualquier duda, controversia, desavenencia o reclamación resultante,

relacionada o derivada de este convenio o que guarde relación con éste, incluidas las relativas a su

validez, eficacia o terminación, incluso las del convenio arbitral, serán resuelta en trato directo. Para

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193

este efecto, las partes se comprometen desde ya a realizar sus mayores esfuerzos sobre la base de las

reglas de la buena fe y atendiendo a la común intención de solucionar tal eventual situación.

9.3. En caso que la duda, controversia, desavenencia o reclamación resultante, relacionada o derivada de

este convenio o que guarde relación con éste, incluidas las relativas a su validez, eficacia o terminación,

incluso las del convenio arbitral, no sea eliminada por las partes, cualquiera de éstas podrá someterla a

un arbitraje de derecho de acuerdo con las normas legales aplicables y los reglamentos del Centro de

Conciliación y Arbitraje Nacional e Internacional de la Cámara de Comercio de Lima, a cuyas normas,

administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y

aceptarlas en su integridad. Las partes acuerdan que el arbitraje estará a cargo de tres (3) árbitros,

uno elegido por ellas y el tercero elegido por ambos árbitros de común acuerdo, quien presidirá el

tribunal arbitral. El laudo será definitivo e inapelable.

Los gastos incurridos por las partes como consecuencia del arbitraje serán asumidos por la parte que

resulte perdedora.

9.4. Sin perjuicio de lo expuesto, las partes someten la dirimencia de las controversias que no fuesen

arbitrables, a la jurisdicción y competencia de los Jueces y Tribunales del Distrito Judicial del Cercado de

Lima, renunciando de antemano a los fueros de sus domicilios.

Suscrito en dos ejemplares de idéntico contenido, en Lima a los [__] días del mes de Junio de 2009.

[______]

[nombre]

[DNI]

Representante Legal de ERNST & YOUNG

ASESORES S. CIVIL DE R.L., firma miembro de

Ernst & Young

[nombre]

[DNI]

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194

Anexo VIII Carta solicitud de información a SUNAT

Carta Solicitud de Información a Sunat

Lima, [__] de agosto de 2011

Señores

Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT

Atención: División de Servicios al Contribuyente

Presente.-

Estimados señores

Por medio de la presente, [_______] (en adelante, la “Compañía”), con Registro Único de Contribuyente No.

[_______], con domicilio en [_______], Lima, quien procede representada por su Gerente General, el señor

[_______], identificado con DNI No. [_______], según poder que corre inscrito en la Partida No. [_______] del

Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima y Callao; atentamente dice:

Al amparo del procedimiento No. 58 del TUPA (solicitud de reporte de la declaración jurada determinada e

informativa presentada por medios telemáticos y electrónicos) solicita el acceso y entrega de copias de la

información detallada en el anexo adjunto a la presente comunicación (en adelante, la “Información”), en

reporte impreso y formato electrónico txt.

Para efectos de la tramitación de la presente solicitud, autorizamos a los siguientes señores para que

cualquiera de ellos, en forma individual e indistinta, pueda realizar los trámites y actos necesarios para obtener

y/o recoger la Información:

Nombres DNI

1.

2.

3.

4.

5.

6.

7.

8.

9.

A efectos de obtener una pronta respuesta a la presente solicitud, la Compañía solicita que sin perjuicio de la

notificación que deberá efectuarse a nuestro domicilio fiscal, se nos notifique al número de fax [______]

(Atención: [______]).

Sin otro particular, agradecemos anticipadamente su atención a la presente.

Atentamente

_________________

[_______________]

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Extractivas (ITIE) en el Perú (2008 – 2010) (continuación)

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195

Anexo

Períodos solicitados: El siguiente requerimiento de información deberá cubrir el periodo fiscal 2008 al 2010.

Las declaraciones solicitadas deberán incluir las rectificatorias o sustitutorias presentadas por el período

tributario antes indicado.

El detalle de la información solicitada es el siguiente:

1. Impuesto a la Renta

Formularios Información solicitada por formulario

PDT 0662 - Renta Anual ejercicio 2008 Tercera Categoría.

PDT 0664 - Renta Anual ejercicio 2009 Tercera Categoría.

PDT 0668 - Renta Anual ejercicio 2010 Tercera Categoría.

RUC y Razón Social de la compañía. Número de Orden del Formulario.

Período Tributario. Fecha de presentación del formulario.

Moneda de presentación Casilla 504

Casilla 126

En caso de compañías mineras que declaren información anexa a su Declaración Jurada Anual deberá

informarse lo siguiente por concesión o UEA:

Código de Concesión

o UEA Moneda Impuesto a la Renta

Otros créditos sin derecho a

devolución

XXXXX XXXXX XXXXX

En caso de compañías que exploten hidrocarburos y que declaren información anexa a su Declaración

Jurada Anual deberá informarse lo siguiente por Lote en exploración o explotación respectiva:

N° de Lote en Exploración y

Explotación Moneda Impuesto a la Renta

XXXXX XXXXX

2. Regalías mineras (PDT 698)

PDT 698 usado como Declaración PDT 698 usado como Boleta de Pago

RUC y Razón Social de la compañía.

Número de Orden del Formulario. Período Tributario.

Fecha de presentación del formulario. Casilla 106 – Regalía a Pagar Casilla 598 – Importe total a pagar.

RUC y Razón Social de la compañía.

Número de Orden del Formulario. Período Tributario.

Fecha de presentación del formulario. Número de Orden del formulario de Declaración Casilla 609: Importe total a pagar

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196

Anexo IX Clasificación en PRICOs y MEPECOs de las compañías adheridas al Segundo Estudio de

Conciliación Nacional ITIE

N° Compañía N° RUC Clasificación

1 Ecopetrol del Perú S.A. 20516980452 Mepeco Lima

2 Graña y Montero Petrolera S.A. 20100153832 Prico Nacional

3 Hunt Oil Company of Perú L.L.C, Sucursal de Perú 20467685661 Prico Nacional

4 Savia Perú S.A. 20203058781 Prico Nacional

5 SK Innovation Sucursal Peruana 20299935648 Prico Nacional

6 Interoil Perú S.A. 20276178599 Prico Piura

7 Olympic Perú INC, Sucursal del Perú 20305875539 Prico Nacional

8 Petrobras Energía Perú S.A. 20356476434 Prico Piura

9 Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú 20258262728 Prico Nacional

10 Sonatrach Perú Corporation S.A.C 20506766762 Prico Nacional

11 Pluspetrol Norte S.A 20504311342 Prico Nacional

12 Pluspetrol Camisea S.A 20510889135 Prico Nacional

13 Pluspetrol Perú Corporation S.A 20304177552 Prico Nacional

14 Pluspetrol Lote 56 S.A 20510888911 Prico Nacional

15 Maple Gas Corporation del Perú S.R.L. 20195923753 Prico Nacional

16 Perenco Perú Limited Sucursal del Perú 20332473388 Prico Lima

17 Pacific Stratus Energy S.A. Sucursal del Perú 20517553914 Prico Lima

18 Talisman Perú B.V., Sucursal del Perú 20492321011 Mepeco Lima

19 Anglo American Perú S.A. 20523287991 Prico Lima

20 Anglo American Michiquillay S.A. 20516023318 Mepeco Lima

21 Anglo American Quellaveco S.A. 20137913250 Mepeco Lima

22 Anglo American Exploration Perú S.A. 20433819544 Prico Lima

23 Castrovirreyna Compañía Minera S.A. 20100163048 Prico Nacional

24 Catalina Huanca Sociedad Minera S.A.C. 20509551767 Prico Nacional

25 Compañía Minera Ares S.A. 20192779333 Prico Nacional

26 Compañía de Minas Buenaventura S.A.A 20100079501 Prico Nacional

27 Compañía Minera Antamina S.A. 20330262428 Prico Nacional

28 Compañía Minera Argentum S.A. 20507845500 Prico Nacional

29 Compañía Minera Atacocha S.A.A 20100123500 Prico Nacional

30 Compañía Minera Condestable S.A 20100056802 Prico Nacional

31 Compañía Minera Milpo S.A.A. 20100110513 Prico Nacional

32 Compañía Minera Poderosa S.A. 20137025354 Prico Nacional

33 Compañía Minera Raura S.A 20100163552 Prico Nacional

34 Compañía Minera San Juan (Perú) S.A. 20342660429 Mepeco Lima

35 Consorcio Minero Horizonte S.A. 20136150473 Prico Nacional

36 Empresa Minera Los Quenuales S.A. 20332907990 Prico Nacional

37 Gold Fields La Cima S.A.A. 20507828915 Prico Nacional

38 Lumina Copper S.A.C. 20506363480 Prico Lima

39 Minera Bateas S.A.C. 20510704291 Prico Nacional

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197

N° Compañía N° RUC Clasificación

40 Minera Barrick Misquichilca S.A. 20209133394 Prico Nacional

41 Minera Pampa de Cobre S.A 20268062671 Prico Nacional

42 Minera Suyamarca S.A.C 20513798611 Prico Nacional

43 Minera Yanacocha S.R.L. 20137291313 Prico Nacional

44 Minsur S.A. 20100136741 Prico Nacional

45 Pan American Silver S.A. Mina Quiruvilca 20100120152 Prico Nacional

46 Rio Tinto Minera Perú Limitada S.A.C. 20512365648 Mepeco Lima

47 Sociedad Minera Cerro Verde S.A.A. 20170072465 Prico Arequipa

48 Volcan Compañía Minera S.A.A. 20383045267 Prico Nacional

49 Sociedad Minera El Brocal S.A.A. 20100017572 Prico Nacional

50 Southern Perú Copper Corporation, Sucursal del Perú 20100147514 Prico Nacional

51 Xstrata Tintaya S.A. 20114915026 Prico Cusco

Fuente: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria – SUNAT

PRICO: Principal Contribuyente

MEPECO: Mediano y pequeño Contribuyente

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198

Anexo X Siglas y Glosario de Términos

Anexo X.1 Siglas

UEA Unidad Económica Administrativa

DGH Dirección General de Hidrocarburos

DGM Dirección General de Minería

MEF Ministerio de Economía y Finanzas

MEM Ministerio de Energía y Minas

INGEMMET Instituto Geológico Minero y Metalúrgico

OSINERGMIN Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería

PCM Presidencia del Consejo de Ministros

SUNAT Superintendencia Nacional de Administración Tributaria

ITIE Iniciativa de Transparencia en la Industria Extractiva

EITI Extractive Industry Transparency Iniciative

PRICO Principales Contribuyentes

DGAES-MEF Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas (a

partir del 2011, se denomina DGDFAS - MEF (Dirección General de Descentralización Fiscal y

Asuntos Sociales.

DGDFAS-MEF Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos Sociales (ex DGAES)

DGTP-MEF Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas

EY Ernst & Young

IIAP Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana

PDT Programa de Declaración Telemática

IR Impuesto a la Renta

DV Derecho de Vigencia

RM Regalía Minera

RH Regalía de Hidrocarburos

DGGS Dirección General de Gestión Social del MINEM

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199

Anexo X.2 Glosario de Términos

Actividades de Hidrocarburos

Son las operaciones petroleras correspondientes a las fases de exploración, explotación, transformación o

refinación, transporte, comercialización y almacenamiento de hidrocarburos.

Año anterior (Derecho de Vigencia)

Es el año que contiene el monto de la deuda por Derecho de Vigencia ó Penalidad, vencido y no pagado.

Año Corriente (Derecho de Vigencia)

Es el año presente, por el que corresponde pagar el derecho de vigencia y Penalidad en su caso, de acuerdo a

la extensión que aparece en el Padrón Minero.

Año Fiscal

Es el período en el cual se produce la Ejecución Presupuestaria de los Ingresos y Egresos. Corresponde al año

calendario.

Barril (bl)

Es la unidad de medida de capacidad de los Hidrocarburos Líquidos, que consiste en cuarenta y dos (42)

galones de los Estados Unidos de América, corregidos a una temperatura de 15,55° C (60°F), a presión del

nivel del mar, sin agua, barro u otros sedimentos.

Canon

El canon es la participación efectiva y adecuada de la que gozan los gobiernos regionales y locales del total de

los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación económica de los recursos naturales (Ley del

Canon).

Capital de Trabajo

Es una medida de la capacidad que tiene una compañía para continuar con el normal desarrollo de sus

actividades en el corto plazo.

Cartografía

Es la ciencia que se encarga del estudio y de la elaboración de los mapas.

Catastro Minero Nacional

Conformación física en documentos cartográficos de los linderos de las áreas que son objeto de Títulos Mineros

o solicitudes para explorar o explotar minerales, así como las áreas de reserva para utilidad pública, parques

naturales, zonas de protección ecológica, agrícola o ganadera, perímetros urbanos, entre otros.

Concentrado

Un producto intermedio fino y polvoriento del proceso de molienda formado por la separación de un metal

valioso del desperdicio.

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200

Concesión Minera

Otorga a su titular el derecho a la exploración y explotación de los recursos minerales concedidos, que se

encuentren dentro de un sólido de profundidad indefinida, limitado por planos verticales correspondientes a los

lados de un cuadro, rectángulo o poligonal cerrado, cuyos vértices están referidos a coordenadas Universal

Transversal Mercator (UTM). La concesión minera es un inmueble distinto y separado del predio donde se

encuentre ubicada. Las partes integrantes y accesorias de la concesión minera siguen su condición de inmueble

aunque se ubiquen fuera de su perímetro, salvo que por contrato se pacte la diferenciación de las accesorias.

Son partes integrantes de la concesión minera, las labores ejecutadas tendentes al aprovechamiento de tales

sustancias. Son partes accesorias, los bienes de propiedad del concesionario que están aplicados de modo

permanente al fin económico de la concesión.

Contrato de Licencia

De acuerdo a la Ley N° 26221, es el contrato celebrado por PERUPETRO S.A. y el

Contratista, por el cual, este último obtiene la autorización de explorar y explotar o

explotar Hidrocarburos en el área del Contrato, y en mérito del cual PERUPETRO

S.A. transfiere al Contratista el derecho de propiedad de los Hidrocarburos

extraídos, a cambio de una regalía a favor del Estado.

Componente minero

En el caso de minerales no metálicos se refiere al producto obtenido al final de los procesos de beneficio

conforme a las actividades reguladas por ley, sin incluir procesos posteriores industriales o de manufactura.

En el caso de minerales metálicos sin cotización internacional, el componente minero corresponde al

concentrado o equivalente.

Contribuyente

Contribuyente es aquél que realiza, o respecto del cual se produce el hecho generador de la obligación

tributaria. (Artículo 8º, Código Tributario).

Coordenada UTM (Universal Transversal Mercator)

Sistema de coordenadas basado en la proyección cartográfica Universal Transversa Mercator.

Declaración Tributaria Es la manifestación de hechos comunicados a la Administración Tributaria en la forma establecida por Ley,

Reglamento, Resolución de Superintendencia o norma de rango similar, la cual podrá constituir la base para la

determinación de la obligación tributaria. (Artículo 88º, Código Tributario). Derecho de Trámite

Monto que se debe pagar para formular un petitorio minero o para el inicio de otros trámites establecidos en el

TUPA.

Derecho de Vigencia

Monto se que debe pagar para formular un petitorio minero y posteriormente para mantener su vigencia.

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201

Deuda Tributaria

Es aquella compuesta por el tributo, las multas y/o los intereses. A su vez, los intereses comprenden el interés

moratorio por el pago extemporáneo del tributo a que se refiere el artículo 33º, el interés moratorio aplicable a

las multas a que se refiere el artículo 181º y el interés por aplazamiento y/o fraccionamiento de pago previsto

en el artículo 36º del Código Tributario.(Artículo 28 del Código Tributario).

Deudor Tributario Deudor tributario es la persona obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como contribuyente o

responsable. (Artículo 7º del Código Tributario).

Devengado

Es la obligación de pago que asume un Pliego Presupuestario como consecuencia del respectivo compromiso

contraído. Comprende la liquidación, la identificación del acreedor y la determinación del monto, a través del

respectivo documento oficial.

Distribución del Derecho de Vigencia:

Es el proceso mediante el cual se asignan los montos recaudados por conceptos de Derecho de Vigencia y

Penalidad a los Gobiernos Locales e Instituciones del Sector Energía y Minas, de acuerdo a los porcentajes

establecidos por ley.

Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas

Es la encargada del cálculo de los índices con los cuales se realiza la distribución del impuesto a la renta y

regalías mineras y gasíferas, de acuerdo a información estadística.

Dirección General de Hidrocarburos

Es la encargada de proponer y/o expedir, según sea el caso, la normatividad del Subsector Hidrocarburos en

las actividades de instalaciones y operaciones de exploración y explotación y de subsuelo de almacenamiento,

procesamiento, transporte por ductos y comercialización de hidrocarburos, así como de Seguridad y de Medio

Ambiente, promoviendo su desarrollo, fiscalizando la aplicación de la política y normatividad del Subsector.

Dirección General de Minería

Es la encargada de proponer y/o expedir, según sea el caso, la normatividad del Subsector Minería en las

actividades de cateo, exploración, desarrollo, explotación, concentración, fundición y refinación, promoviendo

su desarrollo, así como fiscalizando la aplicación de la Política y normatividad del Subsector.

Exploración

Es la actividad tendiente a demostrar las dimensiones, posición, características, reservas y valores de los

yacimientos minerales o de hidrocarburos.

Explotación

Actividades relacionadas con un depósito mineral que empiezan en el punto en que se puede estimar de

manera razonable que existen reservas económicamente recuperables y que, en general, continúan hasta que

la producción comercial empiece.

Es la actividad de extracción de los minerales o hidrocarburos contenidos en un yacimiento.

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202

Facultad de Fiscalización Es aquella facultad de la que goza la Administración Tributaria, que consiste en inspeccionar, investigar y

controlar el cumplimiento de obligaciones tributarias, incluso de aquellos sujetos que gocen de inafectación,

exoneración y beneficios tributarios. (Artículo 62º del Código Tributario). Galón (GL)

Unidad de medida de volumen para líquidos que equivale a 3,78533 litros. Se le

conoce como Galón de los Estados Unidos de América.

Gas Natural

Mezcla de Hidrocarburos en estado gaseoso, puede presentarse en su estado

natural como Gas Natural Asociado y Gas Natural no Asociado. Puede ser húmedo

si tiene Condensado, o ser seco si no lo contiene.

Gastos de Inversión

Son gastos de inversión aquellos desembolsos que generan rentabilidad (como inversión en acciones) o que se

destinan para la compra de bienes perdurables tales como muebles, maquinaria, equipos, infraestructura,

entre otros. Estos gastos también son llamados “de capital”.

Gobierno Central

Conjunto de entidades constituidas por los Ministerios, Oficinas y otros organismos bajo el ámbito del Poder

Ejecutivo. Se considera a las dependencias del Gobierno Central que pueden operar en el ámbito regional o

local.

Gobierno Local

Son las Municipalidades Provinciales, Distritales y Delegadas conforme a Ley, las que constituyen -de acuerdo a

la Constitución Política del Perú- los órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y

administrativa en los asuntos de su competencia.

Gobierno Regional

Son los Consejos Transitorios de Administración Regional (CTAR Departamentales, de acuerdo a la Ley Nº

26922) Constituyen instancias de Gobierno con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos

de su competencia.

Les corresponden, dentro de su jurisdicción, la coordinación y ejecución de los planes y programas socio-

económicos regionales, así como la gestión de actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a Ley.

Sus bienes y rentas propias se establecen en la ley. Las regiones apoyan a los Gobiernos Locales. No los

sustituyen ni duplican su acción ni su competencia.

Hectárea

Área de terreno equivalente a 10,000 metros cuadrados o 2.471 acres.

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Hidrocarburo

Compuesto orgánico, gaseoso, líquido o sólido, que consiste principalmente de

carbono e hidrógeno.

Hidrocarburo Fiscalizado

El Hidrocarburo de un área de Contrato, medido en un Punto de Fiscalización de la

Producción.

Impuesto

Es el tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa en favor del contribuyente por parte

del Estado.

Índice de Distribución

Es un índice que utiliza datos estadísticos, como los niveles de pobreza, población y montos de dinero, a fin de

distribuir en forma proporcional al área geográfica que corresponda.

Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET)

Institución encargada de otorgar Títulos de Concesiones Mineras, administrar el Catastro Minero Nacional, el

Derecho de Vigencia y Penalidad, con transparencia y seguridad jurídica; así mismo, mediante la investigación,

procesar, administrar y difundir eficientemente la información geocientífica del territorio nacional, a fin de

promover la inversión, apoyar la planificación del desarrollo y contribuir en la búsqueda de una mejor calidad

de vida para los peruanos.

Minas

Las minas son las fuentes de material que contiene mineral y que se encuentra cerca de la superficie o en el

subsuelo.

Mineral

Una sustancia homogénea que ocurre naturalmente y tiene propiedades físicas y composición química

definidas y que, si se forma en condiciones favorables, tiene una forma de cristal definida.

Minerales Metálicos

Se caracterizan por tener enlaces químicos metálicos, tienen brillo, son dúctiles maleables, y tenaces, son

buenos conductores de calor y electricidad y por lo general son densos. Ejemplos: oro, plata, cobre, zinc, etc.

Minerales No Metálicos

Se caracterizan por tener enlaces químicos covalentes o iónicos con otros elementos químicos, no tienen brillo,

por lo general cuando se presentan en forma sólida son frágiles, son malos conductores de calor y electricidad,

incluso usados como aislantes y tienen menor densidad que los metales. Ejemplo: sal, arena, carbono, flúor,

fósforo, cloro, etc.

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204

Ministerio de Economía y Finanzas

Es un organismo del Poder Ejecutivo, cuya organización, competencia y funcionamiento está regido por el

Decreto Legislativo Nº 183 y sus modificatorias. Está encargado de planear, dirigir y controlar los asuntos

relativos a presupuesto, tesorería, endeudamiento, contabilidad, política fiscal, inversión pública y política

económica y social. Asimismo diseña, establece, ejecuta y supervisa la política nacional y sectorial de su

competencia asumiendo la rectoría de ella.

Ministerio de Energía y Minas

Es el organismo del Poder Ejecutivo encargado de formular y evaluar, en armonía con la política general y los

planes del Gobierno, las políticas de alcance nacional en materia de electricidad, hidrocarburos y minería.

Multas

Recursos financieros que el Estado obtiene por la aplicación de sanciones o cualquier otra disposición que

determine penas pecuniarias por incurrir en incumplimientos de obligaciones o infracciones al orden legal.

Sanción pecuniaria (pago en dinero) que se aplica por la comisión de infracciones.

Nuevo Sol

Unidad monetaria en circulación en el Perú desde julio de 1991. (Tipo de cambio promedio por dólar americano

equivalente a 3 nuevos soles).

Obligación Tributaria

La obligación tributaria, que es de derecho público, es el vínculo entre el acreedor y el deudor tributario,

establecido por ley, que tiene por objeto el cumplimiento de la prestación tributaria, siendo exigible

coactivamente. (Artículo 1º, Código Tributario).

Orden de Pago

La Orden de Pago es el acto en virtud del cual la Administración exige al deudor tributario la cancelación de la

deuda tributaria, sin necesidad de emitirse previamente la Resolución de Determinación (Artículo 78º, Código

Tributario).

Padrón Minero

Documento base para el pago del Derecho de Vigencia y Penalidad.

Petitorio

Solicitud de concesión minera presentada ante el INACC.

Persona Domiciliada

Persona natural o jurídica, que está inscrita en los registros fiscales del país donde realiza sus operaciones.

Personas Jurídicas A diferencia de “persona natural”, es aquella compañía a la que la ley le reconoce derechos y puede contraer

obligaciones civiles y es apta para ser representada judicial y extrajudicialmente. (Días Mosto. Tomo IV, Pág.

19).

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205

Personas Naturales Tributariamente, se denomina personas naturales a las personas físicas o individuales, varones y mujeres

solteras, viudas o divorciadas y a las casadas que obtienen renta de su trabajo personal. Se considera también

como persona natural para efectos de la obligación tributaria, las sociedades conyugales y las sucesiones

indivisas. (Días Mosto. Tomo IV Pág. 19).

Petróleo

Mezcla de Hidrocarburos que se encuentran en estado líquido a las condiciones iniciales de presión y

temperatura del Reservorio y que mayormente se mantiene en estado líquido a condiciones atmosféricas. No

considera condensados, líquidos del Gas Natural o Gas Natural Licuado.

Pozo

Cavidad en la corteza terrestre como resultado de la perforación efectuada para descubrir o producir

Hidrocarburos, inyectar agua o gas u otros objetivos.

Presidencia del Consejo de Ministros

La Presidencia del Consejo de Ministros –PCM–, es el Ministerio responsable de la coordinación y seguimiento

de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, cuya máxima autoridad política es el Presidente del

Consejo de Ministros, es Ministro de Estado. Además el Presidente del Consejo de Ministros y la Presidencia del

Consejo de Ministros, gozan de las mismas competencias y funciones atribuidas a los Ministerios y los

Ministros, señaladas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo – Ley N° 29158.

Este Ministerio, coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales,

gobiernos regionales, gobiernos locales, las otras entidades del Poder Ejecutivo y la sociedad civil, conciliando

prioridades para verificar el cumplimiento de los objetivos de interés nacional. Asimismo, la PCM coordina con

los Ministerios y demás entidades del Poder Ejecutivo la atención de los requerimientos de información del

Poder Legislativo, en el marco de lo dispuesto por la Constitución Política del Perú.

Proyecto de Inversión Pública

Proyecto con intervención limitada en el tiempo que implique la aplicación de recursos públicos con el fin de

ampliar, mejorar y modernizar la capacidad productora de bienes o prestadora de servicios, cuyos beneficios

son independientes de los de otros proyectos.

Producción Fiscalizada de Hidrocarburos

Son los Hidrocarburos producidos en determinada Área de Contrato, medidos y fiscalizados bajo términos y

condiciones acordados en los Contratos.

Recaudación

Proceso de la ejecución de ingresos mediante el cual, el Estado percibe recursos públicos por concepto de

Impuestos, sin generar ningún tipo de contraprestación por parte de éste.

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Refinería

Instalación industrial, en la cual el Petróleo, gasolinas naturales u otras fuentes de Hidrocarburos son

convertidos en Combustibles Líquidos. Puede incluir la elaboración de productos diferentes a los combustibles

como Lubricantes, Asfaltos y Breas, Solventes, etc.

Regalía

Un monto de dinero que el concesionario u operador de una exploración o propiedad minera paga a intervalos

regulares al propietario de la tierra. Generalmente en base a un cierto monto por tonelada o a un porcentaje de

la producción total o de las utilidades. También es la tarifa que se paga por el derecho al uso de un proceso

patentado.

Regalía Petrolera

Es la contraprestación pagada por las compañías extractivas del sector petrolero al Estado Peruano por la

explotación de los recursos hidrocarburos del territorio nacional. Dicha regalía es determinada y recaudada por

Perupetro.

Regalía Gasífera

Es la contraprestación pagada por las compañías extractivas del sector gasífero al Estado Peruano por la

explotación de los recursos gasíferos del territorio nacional según la Ley N° 27506 (año 2001). Esta norma es

aplicable para aquellas compañías que realizan actividades productivas en departamentos donde no haya

existido legislación anterior relacionada a las actividades productivas de hidrocarburos. Las compañías que

hayan tenido producción gasífera desde fecha anterior a la promulgación de dicha Ley, mantendrán la

metodología del canon petrolero.

Registro Único de Contribuyentes

Registro de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria que tiene información sobre personas

naturales o jurídicas, sucesión indivisa, sociedades de hecho u otro ente colectivo sea peruano o extranjero,

domiciliado o no en el país, que conforme a las leyes vigentes sea contribuyente y/o responsable de aquellos

tributos que administra la SUNAT.

Reservas Posibles

Son las Reservas de Hidrocarburos con menor grado de certeza de ser recuperadas

que las Probadas y las Probables.

Reservas Probables

Son las Reservas de Hidrocarburos estimadas con un bajo grado de probabilidad,

insuficiente para definir si pueden ser recuperadas.

Reservas Probadas

Cantidades de Hidrocarburos estimadas a una fecha determinada, cuya existencia está demostrada con una

certeza razonable por información geológica y de ingeniería, y que pueden ser recuperadas bajo las

condiciones económicas, métodos de operación y regulaciones gubernamentales vigentes.

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Resolución de Determinación

La Resolución de Determinación es el acto por el cual la Administración Tributaria pone en conocimiento del

deudor tributario el resultado de su labor destinada a controlar el cumplimiento de las obligaciones tributarias,

y establece la existencia del crédito o de la deuda tributaria. (Artículo 76º y 77º, Código Tributario).

Resolución de Multa

Es el acto por el cual el organismo del tributo emite una sanción por la infracción cometida.

SUNAT

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria es una Institución Pública descentralizada del

Sector Economía y Finanzas, dotada de personería jurídica de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía

económica, administrativa, funcional, técnica que tiene por finalidad, administrar, fiscalizar y recaudar los

tributos internos (vg. Impuesto a la Renta y Regalías Mineras), con excepción de los municipales, y desarrollar

las mismas funciones respecto de las aportaciones al Seguro Social de Salud (ESSALUD) y a la Oficina de

Normalización Previsional (ONP).

Tasa

Es el tributo cuya obligación tiene como hecho generado la prestación efectiva por el Estado de un servicio

público individualizado en el contribuyente.

Tesoro Público

Es el patrimonio público a cargo del Gobierno Central. Los ingresos del tesoro público provienen de la

aplicación de impuestos, tasas, contribuciones, rentas de propiedad, multas y otras sanciones, etc. También se

le denomina erario o fisco.

Tipo de Cambio

Precio de una moneda en términos de otra.

Titular

Persona natural o jurídica a la que el Estado le ha otorgado o reconocido el derecho de desarrollar actividades

de exploración y/o explotación en alguna fuente de riqueza mineral o de hidrocarburos.

Tonelada (tonelada métrica)

Una unidad de masa equivalente a 1,000 kilogramos o a 2,204.6 libras.

Tributación

Se refiere al conjunto de obligaciones que deben realizar los ciudadanos sobre sus rentas, sus propiedades,

mercancías; o servicios que prestan, en beneficio del Estado, para su sostenimiento y el suministro de

servicios, tales como defensa, transportes, comunicaciones, educación, sanidad, vivienda, etc.

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Tributo

Prestación generalmente pecuniaria que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio, en virtud de una

ley, para cubrir gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines. El Código Tributario rige las relaciones

jurídicas originadas por los tributos. Para estos efectos, el término genérico tributo comprende impuestos,

contribuciones y tasas. (Norma II del Código Tributario)

Unidad Económica Administrativa (o Unidad de Producción)

Es el conjunto de concesiones mineras independientes entre sí, que constituyen que se constituyen para

cumplir con las obligaciones de producción e inversión mínima. Deben ubicarse dentro de un radio que varía

entre 5, 10 y 20 km, según el tipo de sustancia que se explota.

Valor de Mercado

Es el valor recuperable de las existencias y otros activos realizables, en el curso normal de las operaciones.

Yacimiento

Área de superficie bajo el cual existe uno o más Reservorios que estén produciendo o que se haya probado que son

capaces de producir Hidrocarburos.

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209

Anexo XI Número de compañías por subsector según su valor de la producción anual que sobrepasan los

límites de participación mayor al 2% del valor total de producción anual de su correspondiente

subsector (para el caso de mineras y petroleras) y 1% (para el caso de gasíferas)

Año Número de compañías con participación mayor al

2% (minería y petróleo) y 1% (gas) del valor anual de la producción por subsector

Subsector

Minería Petróleo Gas

2008 Compañías adheridas al 2do Estudio 10 7 4

Compañías no adheridas al 2do Estudio - 3 2

2009 Compañías adheridas al 2do Estudio 9 8 4

Compañías no adheridas al 2do Estudio - 2 2

2010 Compañías adheridas al 2do Estudio 10 8 4

Compañías no adheridas al 2do Estudio - 2 2

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