Procesos Constitucionales

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Procesos Constitucionales Preguntas 1er Parcial 1- ¿que son los procesos constitucionales? R: Rama del derecho que se encarga del estudio de las vías procesales que permiten la protección de la supremacía, así como que se hagan efectivos los derechos fundamentales y las garantías, es una expresión usada en la doctrina para referirse al proceso instituido por la misma constitución de un Estado. 2-¿Cuáles son las divisiones de la jurisdicción constitucional? R: jurisdicción orgánica e internacional 3-¿Es el mecanismo jurídico por el cual se realiza un procedimiento de revisión de las normas ordinarias? R: control de constitucionalidad 4- Es la jurisdicción formada por los mecanismos internacionales que protegen los derechos humanos? R: jurisdicción constitucional internacional 5.- ¿Cuál es la definición del derecho procesal penal? R: Es la función jurisdiccional compositiva del litigio, resuelve controversias.

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El proceso constitucional

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Procesos Constitucionales

Preguntas 1er Parcial

1- ¿que son los procesos constitucionales? R: Rama del derecho que se encarga del estudio de las vías procesales que permiten la protección de la supremacía, así como que se hagan efectivos los derechos fundamentales y las garantías, es una expresión usada en la doctrina para referirse al proceso instituido por la misma constitución de un Estado.

2-¿Cuáles son las divisiones de la jurisdicción constitucional? R: jurisdicción orgánica e internacional

3-¿Es el mecanismo jurídico por el cual se realiza un procedimiento de revisión de las normas ordinarias?R: control de constitucionalidad

4- Es la jurisdicción formada por los mecanismos internacionales que protegen los derechos humanos?R: jurisdicción constitucional internacional

5.- ¿Cuál es la definición del derecho procesal penal?R: Es la función jurisdiccional compositiva del litigio, resuelve controversias.

6.- ¿Cuáles son los procedimientos que resuelven esas controversias constitucionales?

1. Juicio de amparo 2. Las acciones inconstitucionales3. El juicio de responsabilidad4. Juicios políticos

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7.-¿Qué es el derecho procesal constitucional?R: El Derecho procesal constitucional es una rama del derecho que se encarga del estudio de las vías procesales que permiten la protección de la supremacía constitucional y de los derechos contenidos en la Constitución.

8.- ¿Cómo Capelletti dividía la jurisdicción constitucional?R: Lo dividía en tres campos:

Jurisdicción Constitucional de la Libertad: formada por los procesos constitucionales cuya finalidad es la protección de los derechos fundamentales de las personas o "libertades". Entre estas garantías se encuentran el Hábeas Corpus, la Acción de Amparo, el Hábeas data y la Acción de Cumplimiento.

Jurisdicción Constitucional Orgánica: formada por los procesos constitucionales cuya finalidad es la protección de la estructura jerárquica normativa establecida. Entre estos procesos se encuentran la Acción de Inconstitucionalidad, la Acción Popular, y la Acción Conflicto de Competencias la acción contenciosa administrativa sí protege la jerarquía normativa, pero al carecer de jurisdicción, no constituye un proceso constitucional.

Jurisdicción Constitucional Internacional: formada por los mecanismos internacionales que protegen los derechos humanos.

9.- ¿Cómo se clasifican los procesos constitucionales?R: En atención al objeto de protección de cada uno de ellos, existen tres clases de procesos constitucionales:Procesos de tutela de derechos.- Tienen por objeto la tutela jurisdiccional de los derechos constitucionales y son los siguientes: proceso de hábeas corpus, amparo, hábeas data y proceso de cumplimiento (acción de cumplimiento).Procesos de control normativo.- Tienen por objeto proteger jurídicamente la primacía de la Constitución respecto a las

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leyes o normas con rango de Ley, en el caso del proceso inconstitucionalidad, y de la primacía de la Constitución y de la ley respecto al resto de normas de jerarquía inferior a la ley, en el caso del proceso de acción popular.

10.-¿Cuáles son los procesos constitucionales en los que el Tribunal Constitucional tiene competencia?R:El Tribunal Constitucional tiene competencia exclusiva para conocer los procesos de inconstitucionalidad y el proceso de conflicto de competencia y/o de atribuciones. En los procesos de tutela de derechos (hábeas corpus, amparo, hábeas data y de cumplimiento) conoce solamente en última instancia a través del denominado recurso de agravio constitucional, pues la primera y segunda instancia se sustancian ante el Poder Judicial a través de sus Juzgados y Salas competentes.

11.-¿Qué es la habeas data?R: El Habeas data es una acción constitucional que puede ejercer cualquier persona que estuviera incluida en un registro o banco de datos, para acceder a tal registro y que le sea suministrada la información existente sobre su persona, y de solicitar la eliminación o corrección si fuera falsa o estuviera desactualizada

12.-¿Cuándo procede el hábeas data?R:Procede contra el hecho u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza derechos constitucionales referidos al acceso a la información que obre en poder de cualquier entidad pública, ya se trate de la que generen, produzcan, procesen o posean, incluida la que obra en expedientes terminados o en trámite.

13.-¿Ante quién se presenta la demanda de hábeas data?R:El Código Procesal Constitucional establece que el procedimiento de hábeas data será el mismo que el previsto para el proceso de amparo, salvo la exigencia del patrocinio de abogado que será facultativa en este proceso. El juez

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podrá adaptar dicho procedimiento a las circunstancias del caso.

14.-¿Cuál es el significado del Habeas Corpus?R: Institución de orden jurídico que busca evitar los arrestos arbitrarios y que garantiza la libertad personal del individuo.

15.-¿Cuándo procede el hábeas corpus?R:Cuando se vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos con ella por una autoridad, funcionario o persona, sea por acción u omisión. En esta vía se protege derechos como la libertad de conciencia y de religión, el derecho a no ser violentado para obtener declaraciones, no ser exiliado o desterrado o confinado sino por sentencia firme, no ser secuestrado, no ser detenido por deudas, entre otros. Asimismo, también se protegen los derechos conexos con la libertad especialmente cuando se trata sobre el debido proceso y la inviolabilidad del domicilio.

16.-¿Quiénes pueden ejercer el hábeas corpus?R:La persona perjudicada o cualquier otra en su nombre sin necesidad de representación y el Defensor del Pueblo. No requerirá firma de letrado, taza ni alguna otra formalidad.

17.-¿Cómo y ante qué juez se presenta el hábeas corpus?R:La demanda puede ser interpuesta por la persona perjudicada o por cualquier otra en su favor, sin necesidad de tener representación. Tampoco se requerirá firma de letrado, tasa o alguna otra formalidad. También puede interponerla la Defensoría del Pueblo.

La demanda puede presentarse por escrito o verbalmente, en forma directa o por correo, a través de medios electrónicos de comunicación u otro idóneo. Cuando se trata de una demanda verbal, se levanta acta ante el juez o secretario, sin otra

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exigencia que la de suministrar una sucinta relación de los hechos.La demanda de hábeas corpus se interpone ante cualquier Juez Penal, sin observar turnos.Cuando la afectación de la libertad individual se realice en lugar distinto y lejano o de difícil acceso de aquel en que tiene su sede el Juzgado donde se interpuso la demanda, éste dictará orden perentoria e inmediata para que el Juez de Paz del distrito en el que se encuentra el detenido cumpla en el día, bajo responsabilidad, con hacer las verificaciones y ordenar las medidas inmediatas para hacer cesar la afectación.

17.-¿Cuáles son los procesos constitucionales en los que el Poder Judicial tiene competencia?R:El Poder Judicial tiene competencia exclusiva para conocer el proceso de acción popular.También tiene competencia para conocer, en primera y segunda instancia, los procesos de tutela derechos (hábeas corpus, amparo, hábeas data y de cumplimiento).

18.- ¿Qué es el control constitucional? R: Es el mecanismo jurídico por el cual, para asegurar el cumplimiento de las normas constitucionales, se realiza un procedimiento de revisión de las normas ordinarias, y en caso de contradicción con la Constitución se procede a la invalidación de las normas de rango inferior que no hayan sido hechas en conformidad con aquellas.

19.-¿Cuál es el fundamento del control constitucional?R: es el Principio de Supremacía Constitucional.

20.-¿En qué consiste el principio de la Supremacía de la Constitución?

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R:En que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos debe observarse por encima de las leyes del Congreso de la Unión, los tratados internacionales, así como las constituciones, las leyes de los estados y cualquier otra norma de carácter general.

21.-¿En qué artículo se fundamenta la supremacía constitucional?R: en art. 133 de la constitución política de los estados unidos mexicanos.

22.- ¿Según el artículo 133 constitucional, qué normas son la Ley Suprema de Toda la Unión?R:La Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado (artículo 133).

23.- ¿Por qué la Constitución es superior a las leyes del Congreso de la Unión si ambas son la Ley Suprema de Toda la Unión?R:Por qué las leyes del Congreso de la Unión «emanan» de la Constitución (artículo 133).

24.- ¿Por qué la Constitución es superior a los tratados celebrados y que se celebren por el Presidente de la República con aprobación del senado, si ambas son la ley Suprema de Toda la Unión? R:Porque todos los tratados internacionales tiene que estar «de acuerda con la misma» Constitución según el texto del artículo 133 constitucional.

25.- ¿Por qué la Constitución es superior a las constituciones o leyes de los Estados?Porque el artículo 133 constitucional en su segunda parte dice «Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados».

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26.- ¿Qué normas tienen una mayor jerarquía legislativa, las leyes del Congreso o los tratados internacionales?R:Según la jurisprudencia de a Suprema Corte de Justicia, tenían la misma jerarquía, sin embargo, la propia corte interrumpió este criterio y ahora los tratados internacionales están por encimas de las leyes del Congreso (tesis aislada registro 172,650).

27. - ¿Cuál es su opinión acerca del criterio que ahora rige y que coloca a los tratados internacionales por encimas de las leyes del Congreso de la Unión?R:(Puede expresar libremente su opinión, aunque la del autor es la siguiente:)La jurisprudencia que coloca a los tratados internacionales por encima de las leyes del Congreso de la Unión, es contraria al espíritu de la propia ley fundamental por las siguientes razones:a) En la formación de los tratados internacionales intervienen

sólo el Presidente de la República y los Senadores. Los diputados son representantes de la Nación (artículo 51 constitucional); los senadores, más que a la Nación, representan el pacto federal. A pesar de ello, la Suprema Corte de Justicia hace prevalecer los tratados internacionales en los que no intervienen los diputados (que representan la nación), por encima de las leyes del Congreso de la Unión en las que sí intervienen tales representantes.

b) La Constitución menciona primero a las leyes del Congreso de la Unión que a los tratados internacionales.

c) Históricamente México ha perdido cuando celebra tratados internacionales: por los tratados Guadalupe-Hidalgo perdimos Texas, Nuevo México y la Alta California; por los Mc Lane-Ocamo estuvimos a punto de perder el Istmo de

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Tehuantepec; por otro tratado nos sometimos a un juicio arbitral en el que perdimos la Isla de la Pasión, etc.

d) Se llega al absurdo elevar por encima de nuestras leyes tratados como el TLC; en cambio para los Estados Unidos ese mismo tratado no tiene ni siquiera fuerza obligatoria.

28.-¿Cuál es el principio de rigidez? R: indica que para llevar a cabo alguna modificación o reforma a la Constitución, es necesario seguir un procedimiento especial, en el que las diversas autoridades y organismos.

29.-¿Qué es el recurso de casación? R: El recurso de casación es un recurso extraordinario que tiene por objeto anular una sentencia judicial que contiene una incorrecta interpretación o aplicación de la Ley o que ha sido dictada en un procedimiento que no ha cumplido las solemnidades legales, que tienen injerencia integran un "poder" extraordinario

30.-¿Cuáles son los sistemas del control constitucional? Por la naturaleza del órgano encargado del control

constitucional.

Conforme al número de órganos que lo ejercen

Por la orientación de la interpretación constitucional que

requieren.

31.-Según el órgano político ¿cómo se divide la tutela del

orden constitucional?

R: Se encomienda a alguno de los tres poderes políticos

Tradicionales o a un órgano especial distinto de ellos.

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• La denuncia de inconstitucionalidad compete a un órgano

estatal o a un conjunto de funcionarios.

• Ante el órgano de control no se realiza un procedimiento

contencioso, pues no se plantea la inconstitucionalidad de algún

acto como una Litis.

• Las declaraciones de inconstitucionalidad emitidas en él

tienen efectos generales o el Erga omnes. Equivale al Consejo

de Estado Constitucional.

32.-Según el órgano jurisdiccional ¿cómo se divide la tutela

del orden constitucional?

R: Se encomienda a un órgano judicial con competencia expresa

para determinar la constitucionalidad de diversos actos.

• Está legitimado para iniciar el procedimiento correspondiente,

el gobernado, a quien

Perjudica el acto tildado de inconstitucional.

• Ante el órgano jurisdiccional se lleva a cabo un auténtico

procedimiento contencioso,

Cuya Litis versa sobre la constitucionalidad o

inconstitucionalidad del acto impugnado.

• Los efectos de la resolución dictada en él son relativos, es

decir, sólo afectan a las

Partes que intervinieron en dicho procedimiento. Es el caso de

México.

33-¿Cómo se realiza el control constitucional por vías de acción?

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R: a través de la impugnación del acto sancionado por una ley o

disposición supuestamente violatoria de la Constitución, dentro

de un proceso jurisdiccional previamente establecido por el

Poder Judicial, para que se determine su nulidad.

34-¿Cómo se realiza el control constitucional por vía de

excepción indirecta o incidental?

R: Por vía de excepción se desenvuelve a manera de defensa en

un juicio o procedimiento previamente planteado, en el cual

alguna de las partes reclama la inconstitucionalidad de una

norma y del acto que ésta funda y le resulta perjudicial; la

revisión judicial estadounidense es el ejemplo típico de esta

forma de control constitucional.

35.-¿Cuáles son los órganos que ejercen el control

constitucional?

R: concentrado y difuso.

36.-¿A qué se refiere con control concentrado?

R: Un solo órgano es el competente para examinar una ley o

acto, y determinar su conformidad con lo estipulado en la ley

fundamental, al cual puede otorgarse la denominación de

“tribunal constitucional", "corte constitucional” u otra similar.

37.-¿A qué se refiere con control difuso?

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R: Implica que son múltiples los órganos a quienes se les ha

encomendado la

Misión de velar por la eficacia de la Constitución.

38.- ¿cómo es el control constitucional en México?

R: El control constitucional mexicano es parcialmente de

carácter difuso, pues a través del juicio de amparo son diversos

los órganos jurisdiccionales que tienen a su cargo la decisión de

conflictos sobre la constitucionalidad de algún acto de

autoridad; aunque también es parcialmente concentrado, en

cuanto corresponde únicamente al Pleno

De la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el conocimiento

de las controversias constitucionales y las acciones de

inconstitucionalidad.

39.-¿Cuáles son las vías en el control de la constitucionalidad?

R: Vía de acción o directa y vía de expedición o indirecta.

40.-¿En qué consiste la vía de acción directa?

R: Se realiza a través de la impugnación del acto sancionado por

una ley o por disposición supuestamente violatoria de la

constitución, dentro de un proceso jurisdiccional previamente

establecido por el Poder Judicial, para que se determine su

nulidad.

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41.-¿En qué consiste la vía de excepción indirecta?

R: Se desenvuelve a manera de defensa en juicio o

procedimiento previamente planteado, en el cual algunas de las

partes reclama la inconstitucionalidad de una norma y del acto

que esta funda y le resulta perjuducial.

42.-¿Qué es el Tribunal Constitucional?

R:Es el órgano de control de la constitucionalidad, autónomo e independiente.

43-¿Qué significa que el Tribunal Constitucional sea el órgano de control de la constitucionalidad?R:Significa que al Tribunal Constitucional se le ha confiado la defensa del principio de supremacía constitucional, es decir, que como supremo intérprete de la Constitución, cuida que las leyes o actos de los órganos del Estado no socaven lo dispuesto por ella. Interviene para reestablecer el respeto a la Constitución en general y de los derechos constitucionales en particular

44.- ¿A través de qué atribuciones el Tribunal Constitucional ejerce la función de control de la constitucionalidad?R: Fundamentalmente a través del proceso de inconstitucionalidad, pero además, a través de los recursos de agravio constitucional en procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y acción de cumplimiento, y, a través de los conflictos de competencia y de atribuciones.

45.- ¿Por qué es autónomo e independiente?R: Porque en el ejercicio de sus atribuciones no depende de ningún órgano constitucional, se encuentra sometido sólo a la Constitución y a su Ley Orgánica.

46.- ¿Cuáles son los órganos constitucionales?

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Los poderes Ejecutivo, Legislativo, Judicial, el Consejo Nacional de la Magistratura, el Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo.

47- ¿Cuántos miembros tiene el Tribunal Constitucional y por quién son elegidos?El Tribunal se compone de siete miembros elegidos por el Congreso de la República por un período de cinco años.

48.- ¿En qué año fueron promulgadas las 7 leyes de santana en las cuales no contemplaba el amparo mexicano?R: 1836.

49.- ¿Qué eran las bases orgánicas de 1843?R: Esta Constitución apoyaba a la iglesia promoviendo la intolerancia y los privilegios, lo mismo con el ejército al que se le dio poder por sobre cualquier institución.

50.- ¿Qué es el Acta de Reforma de 1847?R: Es un documento que restaura el federalismo en México, eliminado por las Siete Leyes publicadas en 1836.

51.- ¿Dónde se implementa por primera vez el aparo en México? R: en la constitución de Yucatán.

52.- ¿En qué artículos constitucionales se encuentra en juicio de amparo? R: el articulo 103 y 107.

53.- ¿Cuándo es establecido por primera vez el recurso de amparo en un acta constitucional en México? R: 1824.

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54.- ¿Cuándo fue la primera aparición del amparo?Dentro de la Península de Yucatán en su descontento por el régimen centralista enmarcado en la entonces vigente constitución de 1836. Esta constitución tuvo a bien recoger un proyecto en el artículo 53, elaborado por Manuel Crescencio Rejón, que expresaba textualmente: "Corresponde a este tribunal [la Corte Suprema de Justicia] reunido: 1º. Amparar en el goce de sus derechos a los que pidan su protección contra las providencias del Gobernador o Ejecutivo reunido, cuando en ellas se hubiese infringido el Código Fundamental o las leyes, limitándose en ambos casos a reparar el agravio en la parte que procediere".

55.- ¿Qué presidente estuvo al frente de la creación de la Constitución de 1917? R: Venustiano Carranza.

56.- ¿En qué año se implementan las Bases Orgánicas? R: 1843.

57.- ¿En qué documentos surgió al ámbito nacional?R: Surgió a la vida nacional a partir del Acta Constitutiva y de

Reformas de 1847.

58.- ¿Cuáles son los principios que rigen el juicio de amparo?

Principio de instancia de parte. Principio de agravio personal y directo. Principio de definitividad. Principio de estricto derecho. Principio de relatividad de las sentencias de amparo.

59.- ¿En qué consiste el principio de instancia de parte? R: Instancia de parte agraviada se refiere a que el juicio de amparo solamente podrá ser promovido por aquella persona que siente agraviada por el acto reclamado.

60.- ¿En qué consiste el principio de agravio personal y directo?

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R: Este principio impone que quien promueve el juicio de amparo debe ser aquella persona que, en su concepto, sufre la violación a sus derechos fundamentales por el acto de autoridad que impugna.

61.- ¿En qué consiste el principio de definitividad?R: El acto que sea impugnado en el amparo debe ser definitivo.

61.- ¿En qué consiste el principio de estricto derecho?R: impone que el juez de amparo se encuentra constreñido a analizar el acto reclamado a la luz de los conceptos de violación hechos valer por el quejoso, es decir, el quejoso tiene la obligación de hacer valer todos aquellos argumentos que estime necesarios para demostrar la inconstitucionalidad del acto reclamado.

62.- ¿En qué consiste el Principio de relatividad de las sentencias de amparo?R: es una consecuencia del principio de agravio personal y directo, puesto que las sentencias de amparo solo podrán beneficiar al quejoso que hubiere promovido el amparo correspondiente, incluyendo a los juicios de amparo en los que se hubiere declarado la inconstitucionalidad de una ley.

63.- ¿Qué es el juicio de amparo en México?R: Es un medio de control Constitucional para estudiar el apego a la constitución o la violación de las garantías consagradas en ésta, en los actos de autoridad. Radica en un estudio realizado por la autoridad de amparo (Jueces de Distrito, Tribunales Colegiados, Suprema Corte de Justicia) acerca de algún acto de autoridad que el gobernado (o sea cualquier particular afectado) considere que le es violatorio de sus garantías individuales. 

64.- ¿Cuales son las cualidades fundamentales del amparo en México tiene?

- Un juicio impugnativo autónomo, - Un juicio de garantías 

65.- ¿Que se entiende por un juicio impugnativo autónomo?

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R: Es decir, no consiste en un recurso o apelación que meramente constituya otra instancia, sino que implica iniciar un proceso completamente nuevo; no es parte del mismo juicio, sino que es otro juicio.

66.- ¿Que se entiende por un juicio de garantías? R: Es decir, no obstante que se trata de un juicio de orden constitucional, el juzgador no se limita a ver si existieron violaciones constitucionales, sino que puede incluso dejar subsistentes las violaciones constitucionales, siempre que se demuestre que nadie resultó afectado en sus derechos fundamentales. Asimismo, puede exigir la suspensión de un acto que, no obstante ser constitucional, viole las garantías individuales. En otras palabras, no se ocupa de cualquier violación a la Constitución, sino de aquellas cuyo resultado es el menoscabo de una garantía individual, que resulta en daño personal y directo a una o varias personas concretas

67.- ¿Cúales son las partes del Juicio de Amparo? El Agraviado o Quejoso La Autoridad o Autoridades Responsables El Tercero o Terceros perjudicados El Ministerio Público Federal

68.- ¿Qué es la acción de amparo?R: El amparo es una acción o un recurso, dependiendo de la legislación del país de que se trate, que tutela los derechos constitucionales del ciudadano, y del que conoce y falla o bien un tribunal específico como un Tribunal Constitucional, Suprema, o bien un juez tribunal ordinario, según lo dispuesto en la legislación procesal de cada país. El amparo cumple una doble función: de protección al ciudadano en sus garantías fundamentales y a la propia constitución al garantizar la inviolabilidad de sus preceptos ya sea por normas generales contrarias a dichos preceptos o por actos de autoridad que vulneren el contenido o los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución.

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69- ¿Qué es la acción?R: Es un derecho subjetivo mediante el cual, se pone en movimiento al aparato jurisdiccional requiriendo de su actuación para dirimir una controversia y decir el derecho entre partes.

70.- ¿En qué artículos está prevista la acción in gerene? R: En los artículos 8 y 17 de la Carta Magna

71- ¿Qué se busca la ejercer el derecho de acción?R: Se pide a los tribunales estatales su intervención para resolver una controversia o conflicto de índole jurídico, para que lo solucione diciendo el derecho entre las partes.

72.- ¿Cuál es el objeto de la acción? R: A través del ejercicio el gobernado tiende a que se declare un derecho a su favor, mediante el dictado de una sentencia en que se resuelva la problemática presentada ante el órgano jurisdiccional respectivo.

73.- ¿Cuáles son los elementos que componen el derecho de acción?R: Actor, tribunal ante el cual se actúa, demandado, causa remota, causa próxima y objeto de la acción.

74.- ¿Quién es el actor en el derecho de la acción? R: Es el titular del derecho referido y que lo ejercita poniendo en movimiento al órgano de gobierno que debe resolver el juicio ante él propuesto.

75.- ¿Quién es el demandado en el derecho de acción?Es la persona de la cual se demanda un derecho, impugnados su proceder o actuar.

76.- ¿Cuál es la causa remota en el derecho de acción?R: Es el derecho desconocido por el demandado, cuyo respeto reclama el actor a través del ejercicio de la acción correspondiente.

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77.- ¿Cuál es la causa próxima en el derecho de acción?R: Llamada también causa pretendi, remota el acto controventor de la causa remota o derecho presuntamente desconocido por el demandado y cuya anulación o declaratoria de nulidad reclama el actor.

78.- ¿Cuándo procede el proceso de amparo?R: Procede contra el hecho u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que vulnera o amenaza derechos constitucionales que no son protegidos por los procesos de hábeas corpus, hábeas data.

79.- ¿Quién puede ejercer la acción de amparo?R: El afectado es la persona legitimada para interponer el proceso de amparo.Asimismo el afectado puede comparecer por medio de representante procesal, no siendo obligatoria la inscripción de dicha representación.

También puede interponer demanda de amparo cualquier persona cuando se trate de amenaza o violación del derecho al medio ambiente u otros derechos difusos que gocen de reconocimiento constitucional, así como las entidades sin fines de lucro cuyo objeto sea la defensa de los referidos derechos.

80.- ¿Ante quién se presenta la demanda de amparo?Son competentes para conocer del proceso de amparo, a elección del demandante, el Juez civil del lugar donde se afectó el derecho, o donde tiene su domicilio el afectado, o donde domicilia el autor de la infracción.Si la afectación de derechos se origina en una resolución judicial, la demanda se interpondrá ante la Sala Civil de turno de la Corte Superior de Justicia respectiva, la que designará a uno de sus miembros, el cual verificará los hechos referidos al presunto agravio.

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81.- ¿Cuál es la principal función del juicio de amparo? R: este pretende evitar la violación de las garantías individuales

82.- ¿Qué términos existen para interponer la demanda de amparo?

R: El término genérico, que es de quince días hábiles.Los términos excepcionales, que son:

I.- Los casos en que a partir de la vigencia de una ley, ésta sea reclamable en la vía de amparo, pues entonces el término para la interposición de la demanda será de treinta días.II.- Los actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, deportación, destierro, cualquiera de los actos prohibidos por el artículo 22 de la Constitución, o la incorporación forzosa al servicio del ejército o armada nacionales.En estos casos la demanda de amparo podrá interponerse en cualquier tiempo.En los casos en que el acto de autoridad combatible mediante demanda de amparo consista en acuerdo de la Secretaría de Relaciones Exteriores favorable a la extradición de alguna persona reclamada por un Estado extranjero, el término para interponerla será siempre de 15 días.

83.- ¿Cuál es el término genérico para la promoción de la demanda de amparo?R: Quince días hábiles.

84.- ¿Cuáles son los términos excepcionales para la promoción de la demanda de amparo?R: I.- Los casos en que a partir de la vigencia de una ley, ésta sea reclamable en la vía de amparo, pues entonces el término para la interposición de la demanda será de treinta días.II.- Los actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, deportación, destierro, cualquiera de los actos prohibidos por el artículo 22 de la

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Constitución, o la incorporación forzosa al servicio del ejército o armada nacionales.

85.- ¿Cuál es el término para promover el amparo contra leyes que causan agravio al quejoso desde que entran en vigor?R: Treinta días.

86.- ¿Cuál es el término para promover el amparo contra actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, deportación, destierro, cualquiera de los actos prohibidos por el artículo 22 de la Constitución, o la incorporación forzosa al servicio del ejército o armada nacionales?R: En estos casos la demanda se puede promover en cualquier tiempo

87.- ¿Cuál es el término para promover el amparo contra en acuerdo de la Secretaría de Relaciones Exteriores en el que conceda la extradición de alguna persona reclamada por un estado extranjero?R: 15 días.

88.- ¿Cuál es el término para promover el amparo contra sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al juicio, en los que el agraviado no haya sido citado legalmente para el juicio si el quejoso vive fuera del lugar del juicio, pero dentro de la República?R: 90 días.89.- ¿Cuál es el término para promover el amparo contra sentencias definitivas o laudos y resoluciones que pongan fin al juicio, en los que el agraviado no haya sido citado legalmente para el juicio si el quejoso vive fuera de la República?R: 180 días.

90.- ¿Cuáles son los días hábiles para el amparo?R:Son días hábiles para la promoción, substanciación y resolución de los juicios de amparo, todos los días del año, con exclusión de los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de

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febrero, 1o. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre (artículo 23).

91.- ¿Cuáles son las horas hábiles para el amparo?R:Puede promoverse en cualquier día y a cualquiera hora del día o de la noche, si se trata de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, deportación, destierro o alguno de los actos prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Federal, así como la incorporación forzosa al ejército o armada nacionales, y cualquiera hora del día o de la noche será hábil para tramitar el incidente de suspensión y dictar las providencias urgentes a fin de que se cumpla la resolución en que se haya concedido (artículo 23)..

92.- ¿Cuáles son los días inhábiles para el amparo?R: Los sábados y domingos, el 1o. de enero, 5 de febrero, 1o. y 5 de mayo, 14 y 16 de septiembre, 12 de octubre y 20 de noviembre (artículo 23).

93.- ¿Cuáles son los días y horas inhábiles que no requieren habilitación?R: Si se trata de actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, deportación, destierro o alguno de los actos prohibidos por el artículo 22 de la Constitución Federal, así como la incorporación forzosa al ejército o armada nacionales.Artículo 23.

94.- ¿Cuándo empiezan a correr los términos del amparo?R: Desde el día siguiente al en que surta sus efectos la notificación

95.- ¿Cuándo concluyen los términos del amparo?R: El día de su vencimiento (artículo 24).

95.- ¿Cómo se cuentan los días en los términos del juicio de amparo?R:Por días naturales, con exclusión de los inhábiles (artículo 24).96.- ¿Cómo cuentan los términos en la suspensión?R: De momento a momento (artículo 24).

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97.- ¿Qué sucede con la demanda de amparo respecto de la cual no se tiene certeza del día a partir del cual se empezó a computar el plazo de presentación?R: Existe jurisprudencia que establece que la demanda deberá admitirse.

98.- ¿Qué es una ley autoaplicativa y una heteroaplicativa?R: Autoaplicativa: Es una ley que causa un perjuicio al quejosos por su sola creación o expedición.Heteroaplicativa: Requiere de un acto posterior para que se cause un perjuicio.

99.- ¿Cuál es el plazo para la promoción del amparo en contra de leyes autoaplicativas?R: Treinta días.

100.- ¿Cuál es el plazo para la promoción del amparo en contra de leyes heteroaplicativas?R: Quince días, a partir del primer acto de aplicación.

101.- ¿Cuándo pueden reclamarse en amparo los actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, deportación, destierro, cualquiera de los actos prohibidos por el artículo 22 Constitucional o la incorporación forzosa al servicio del ejército o armada nacionales?R: En cualquier tiempo.

102.-¿Qué debe hacer el juez cuando se reclamen en amparo actos que importen peligro de privación de la vida, ataques a la libertad personal, deportación, destierro, cualquiera de los actos prohibidos por el artículo 22 de la Constitución, o la incorporación forzosa al servicio del ejército o armada nacionales?R: Otorgar de oficio la suspensión provisional del acto y suplir la queja del quejoso.

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103.- ¿Qué sucede con los términos cuando los juzgados de distrito están cerrados pero permanece abierta la oficialía de partes?R: Estos seguirán corriendo, no se suspenderá el término.104.- ¿La inscripción de un acto en el registro público puede marcar el inicio del término para promover la demanda de amparo?R: No, se debe estar enterado del acto.

105.- ¿Cómo debe ser el conocimiento del acto reclamado para que comience a correr el término para la promoción de la demanda de amparo?R: Completo, directo y exacto.

106.- ¿Cuándo comienza a correr el término en el amparo en contra de notificaciones defectuosas?Cuando el quejoso se sabe conocedor del acto reclamado.