Proceso contencioso administrativo

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REVISION DE LOS ACTOS EN SEDE JUDICIAL Dr. Enrique M. Villa Caballero

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REVISION DE LOS ACTOS EN SEDE

JUDICIAL

Dr. Enrique M. Villa Caballero

Page 2: Proceso contencioso administrativo

En los últimos años las actuaciones de las entidades de

la administración pública, sobre todo las que está

relacionados con aspectos económicos y mercados

regulados, han tenido un importante dinamismo, lo cual

a su vez ha incrementado considerablemente los

procedimientos contenciosos administrativos, todo esto

producto del CAMBIO DEL ROL DEL ESTADO EN LA

ECONOMIA Y EN LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS

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Page 3: Proceso contencioso administrativo

Las actuaciones de las entidades de la administración

pública, pueden causar graves efectos negativos en el

Patrimonio, la propiedad, la capacidad jurídica, la salud

y hasta la vida de las personas, motivo por el cual

mediante la Constitución y la ley se ha creado un

Proceso Judicial que busca neutralizar los efectos

negativos de estas decisiones administrativas. Acá la

pregunta es ¿SON EFECTIVAS ESTAS NORMAS?

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Este procedimiento es en si contradictorio, por que tieneque tomar en cuenta el Procedimiento Administrativo yeste se rige por el principio de informalismo, verdadmaterial, celeridad, simplicidad y otros, mientras elProceso Judicial Civil se encuentra regulado de maneramuy rígida y formal, lo cual implica una probablecontradicción, que busca ser armonizada con unprocedimiento Ad-Hoc como es el PROCESOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

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La Función administrativa se materializa en 5 formas:

Acto Administrativo

Acto de la Administración (interna y externa)

Hechos Administrativos – Ejecución Material

Contratos de la Administración

Reglamentos

Estas formas de materialización surten efectos jurídicos en losciudadanos administrados, en tal sentido existe un marco legal, paraque se puedan revisar estas decisiones, y por lo general se realizan através de acciones contenciosas administrativas

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ACCIÓN PROCESO

JURISDICCIÓN

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Es un derecho subjetivo,

público, abstracto u

autónomo, propio de todo

sujeto de derecho, y que

tiene por finalidad requerir

la tutela jurisdiccional del

Estado a través de sus

órganos respectivos.

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Acción

Page 8: Proceso contencioso administrativo

La función que ejerce el Estado

por intermedio de los jueces

integrantes de los organismos

jurisdiccionales que componen el

Poder Judicial, los que, utilizando

el proceso como instrumento,

dirimen los conflictos de

trascendencia jurídica o

resuelven las incertidumbres

jurídicas que les somete a su

conocimiento y decisión.

Jurisdicción

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Page 9: Proceso contencioso administrativo

Es un instrumento dado por el

ordenamiento jurídico con la

finalidad de resolver un

conflicto de intereses o de

eliminar una incertidumbre

jurídica a través de la

aplicación del derecho objetivo

al caso concreto.

Proceso

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Page 10: Proceso contencioso administrativo

PROCESO DE CONGNICIÓN

PROCESO DE EJECUCIÓN

PROCESO CAUTELARES

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Proceso contencioso

Page 11: Proceso contencioso administrativo

Es aquel donde el

órgano jurisdiccional

debe declarar la

existencia o inexistencia

del derecho.

Page 12: Proceso contencioso administrativo

Es aquel de pretensióninsatisfecha, donde ya existeuna relación jurídica materialy el órgano jurisdiccional sóloordena su actuación, es decir,busca adecuar lo que es loque debe ser. En suma estosprocesos tienen por finalidadla ejecución del derechopreexistente a favor delaccionante.

Page 13: Proceso contencioso administrativo

Es aquel que tiene como

propósito asegurar una

prueba o el cumplimiento de

la decisión efectiva que se

expida en otro proceso

principal (que puede ser de

conoc. o ejec.), por el peligro

que puede significar la

demora del trámite de este

proceso.

Page 14: Proceso contencioso administrativo

Constitución del 79 – artículo 240° estableció “las

acciones contenciosas administrativas”.

Ley Orgánica del Poder Judicial del 1991- Derogado por

el Decreto Legislativo 767.

Código Procesal Civil 1993 regulo bajo el titulo de

Impugnación de acto o resolución administrativa.

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Page 15: Proceso contencioso administrativo

Estaba regulado dentro de un marco Procesal dirigido a

hacer valer derechos privados.

Tenía por finalidad que se declare la invalidez y

ineficacia del Acto Administrativo, lo cual en la practica

solo representaba un control de la legalidad de la forma,

limitándose la tutela jurisdiccional al no ir sobre el fondo

de la decisión administrativa.

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Page 16: Proceso contencioso administrativo

Constitución 1993.- Artículo 148Las resoluciones administrativas quecausan estado son susceptibles deimpugnación mediante la acción

contencioso-administrativa.

Ley N° 27584 – Ley del ProcesoContencioso Administrativomodificado por el DECRETOLEGISLATIVO Nº 1067ahora el TUO DS Nº 013-2008

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Page 17: Proceso contencioso administrativo

1. Es el derecho a la Tutela efectiva del Administrado. EsProceso de plena jurisdicción que implica que el Juezse podrá pronunciar por la Declaratoria de Nulidad,pero también lo podrá hacer por todos los aspectos queconsidere importante sobre todo los de fondo.

2. Se pueden cuestionar no solamente ActosAdministrativos sino también otras actuacionesadministrativas. Omisiones y Silencios

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1. Proceso Contencioso administrativo tuitivo a favor de

los particulares. Considera los principios otorgados por

la norma administrativa.

2. Concibe el proceso contencioso como un proceso

distinto y autónomo del Proceso Civil.

3. Se puede solicitar como pretensión la indemnización

de Daños y Perjuicios (D. Leg 1067).

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1. Existen dos tipos de procesos

URGENTES – Cese de actuaciones materiales y

la ejecución de acciones que fueron omitidas.

ESPECIAL- Todas las demás actuaciones

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1. Principio de integración.- Los jueces no deben dejar deresolver el conflicto de intereses o la incertidumbre conrelevancia jurídica por defecto o deficiencia de la ley. En talescasos deberán aplicar los principios del derecho administrativo.Donde están definidos?

2. Principio de igualdad procesal.- Las partes en el procesocontencioso administrativo deberán ser tratadas con igualdad,independientemente de su condición de entidad pública oadministrado. -Esto en la practica a veces no sucede por untema de especialidad-

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3. Principio de favorecimiento del proceso.- El Juez nopodrá rechazar liminarmente la demanda en aquellos casos enlos que por falta de precisión del marco legal existaincertidumbre respecto del agotamiento de la vía previa.Asimismo, en caso de que el Juez tenga cualquier otra dudarazonable sobre la procedencia o no de la demanda, deberápreferir darle trámite a la misma.

4. Principio de suplencia de oficio.- El Juez deberá suplir lasdeficiencias formales en las que incurran las partes, sinperjuicio de disponer la subsanación de las mismas en unplazo razonable en los casos en que no sea posible lasuplencia de oficio.

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Artículo 3.- Exclusividad del proceso contenciosoAdministrativo.

Las actuaciones de la administración pública sólopueden ser impugnadas en el proceso contenciosoadministrativo, salvo los casos en que se puedarecurrir a los procesos constitucionales. Este es untema muy importante y se concuerda con el art. 5 delC.P. Constitucional

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1. Los actos administrativos y cualquier otra declaraciónadministrativa.

2. El silencio administrativo, la inercia y cualquier otra omisiónde la administración pública. ( Acción de Cumplimiento).

3. La actuación material que no se sustenta en actoadministrativo. (hechos administrativos)

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4. La actuación material de ejecución de actos administrativosque transgrede principios o normas del ordenamiento jurídico.

5. Las actuaciones u omisiones de la administración públicarespecto de la validez, eficacia, ejecución o interpretación delos contratos de la administración pública, con excepción de loscasos en que es obligatorio o se decida, conforme a ley,someter a conciliación o arbitraje la controversia.

6. Las actuaciones administrativas sobre el personaldependiente al servicio de la administración pública.

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1. La declaración de nulidad, total o parcial o ineficacia deactos administrativos. Artículos 10,11 y 12. 16 LPAG.

2. El reconocimiento o restablecimiento del derecho o interésjurídicamente tutelado y la adopción de las medidas o actosnecesarios para tales fines.

3. La declaración de contraria a derecho y el cese de unaactuación material que no se sustente en acto administrativo.

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Page 26: Proceso contencioso administrativo

4. Se ordene a la administración pública la realización de unadeterminada actuación a la que se encuentre obligada pormandato de la ley o en virtud de acto administrativo firme.

5. La indemnización por el daño causado con alguna actuaciónimpugnable, conforme al artículo 238 de la Ley Nº 27444,siempre y cuando se plantee acumulativamente a alguna delas pretensiones anteriores.

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Page 27: Proceso contencioso administrativo

Es competente para conocer elproceso contencioso administrativoen primera instancia, a elección deldemandante, el Juez en locontencioso administrativo del lugardel domicilio del demandado o dellugar donde se produjo la actuaciónmateria de la demanda o el silencioadministrativo.

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Page 28: Proceso contencioso administrativo

A. Quien afirme ser titular de la situación jurídica sustancial protegida

que haya sido o esté siendo vulnerada por la actuación

administrativa impugnable materia del proceso.

B. La entidad pública facultada por ley para impugnar cualquier

actuación administrativa que declare derechos subjetivos, siempre

que haya vencido el plazo para que la entidad que expidió el acto

declare su nulidad de oficio en sede administrativa.

LEGITIMIDAD PARA OBRAR ACTIVA

Page 29: Proceso contencioso administrativo

C. Cuando la actuación impugnable de la administración pública

vulnere o amenace un interés difuso, tendrán legitimidad para

iniciar el proceso contencioso administrativo:

◦ El Ministerio Público, que en estos casos actúa como parte.

◦ El Defensor del Pueblo.

◦ Cualquier persona natural o jurídica.

◦ Interés difuso: Es aquel cuya titularidad corresponde a un conjunto

indeterminado de personas, respecto de bienes de inestimable valor

patrimonial, tales como el medio ambiente o el patrimonio cultural o histórico o

del consumidor.

LEGITIMIDAD PARA OBRAR ACTIVA

Page 30: Proceso contencioso administrativo

La entidad administrativa que:

◦ Expidió en última instancia el acto o la declaración administrativa impugnada.

◦ Cuyo silencio, inercia u omisión es objeto del proceso.

◦ Cuyo acto u omisión produjo daños y su resarcimiento es discutido en el

proceso.

◦ La entidad administrativa y el particular que participaron en un procedimiento

administrativo trilateral.

◦ El particular titular de los derechos declarados por el acto cuya nulidad

pretenda la entidad administrativa.

◦ Expidió el acto y la persona en cuyo favor se deriven derechos de la actuación

impugnada en el supuesto previsto en el segundo párrafo del Artículo 13 de la

presente Ley.

◦ Las personas jurídicas bajo el régimen privado que presten servicios públicos.

LEGITIMIDAD PARA OBRAR PASIVA

Page 31: Proceso contencioso administrativo

Requisitos generales:

◦ Los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil.

Requisitos especiales:

◦ El documento que acredite el agotamiento de la vía administrativa,

salvo las excepciones contempladas por la presente Ley.

◦ En el supuesto contemplado en el segundo párrafo del Artículo 13 de

la presente Ley, la entidad administrativa que demande la nulidad de

sus propios actos deberá acompañar el expediente de la demanda.

REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

Page 32: Proceso contencioso administrativo

La demanda será declarada improcedente en los siguientes

supuestos:

◦ Cuando sea interpuesta contra una actuación no contemplada en el Artículo 4

de la presente Ley.

◦ Cuando se interponga fuera de los plazos exigidos en la presente Ley. El

vencimiento del plazo para plantear la pretensión por parte del administrado,

impide el inicio de cualquier otro proceso judicial con respecto a la misma

actuación impugnable.

◦ Cuando el administrado no haya cumplido con agotar la vía administrativa,

salvo las excepciones contempladas en la presente Ley.

IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA

Page 33: Proceso contencioso administrativo

La demanda será declarada improcedente en los siguientes

supuestos:

◦ Cuando exista otro proceso judicial o arbitral idéntico, conforme a los

supuestos establecidos en el Artículo 452 del Código Procesal Civil.

◦ Cuando no se haya vencido el plazo para que la entidad administrativa declare

su nulidad de oficio en el supuesto del segundo párrafo del Artículo 13 de la

presente Ley.

◦ Cuando no se haya expedido la resolución motivada a la que se hace

referencia en el segundo párrafo del Artículo 13 de la presente Ley.

◦ En los supuestos previstos en el Artículo 427 del Código Procesal Civil.

IMPROCEDENCIA DE LA DEMANDA

Page 34: Proceso contencioso administrativo

1. Cuando el objeto de la impugnación sean las actuaciones a que

se refieren los numerales 1, 3, 4, 5 y 6 del Artículo 4 de esta Ley,

el plazo será de tres meses a contar desde el conocimiento o

notificación de la actuación impugnada, lo que ocurra primero.

◦ Los actos administrativos y cualquier otra declaración administrativa.

◦ La actuación material que no se sustenta en acto administrativo.

◦ La actuación material de ejecución de actos administrativos que transgrede

principios o normas del ordenamiento jurídico.

◦ Las actuaciones u omisiones de la administración pública respecto de la

validez, eficacia, ejecución o interpretación de los contratos de la

administración pública, con excepción de los casos en que es obligatorio o se

decida, someter a conciliación o arbitraje la controversia.

◦ Las actuaciones administrativas sobre el personal dependiente al servicio de la

administración pública.

PLAZOS PARA INTERPONER LA DEMANDA

Page 35: Proceso contencioso administrativo

2. Cuando la ley faculte a las entidades administrativas a iniciar el

proceso contencioso administrativo de conformidad al segundo

párrafo del Artículo 13 de la presente ley, el plazo será el

establecido en la Ley de Procedimiento Administrativo General,

salvo disposición legal que establezca plazo distinto.

◦ Segundo Párrafo del Artículo 13.- También tiene legitimidad para obrar

activa la entidad pública facultada por ley para impugnar cualquier actuación

administrativa que declare derechos subjetivos; previa expedición de

resolución motivada en la que se identifique el agravio que aquella produce a

la legalidad administrativa y al interés público, y siempre que haya vencido el

plazo para que la entidad que expidió el acto declare su nulidad de oficio en

sede administrativa.

PLAZOS PARA INTERPONER LA DEMANDA

Page 36: Proceso contencioso administrativo

3. Cuando se trate de silencio administrativo negativo, se observará

lo establecido en el numeral 188.5 del artículo 188 de la Ley N.º

27444. Carece de eficacia el pronunciamiento hecho por la

administración una vez que fue notificada con la demanda. Si el

acto expreso se produce antes de dicha notificación, el órgano

jurisdiccional podrá, a solicitud del actor, incorporar como

pretensión la impugnación de dicho acto expreso o concluir el

proceso.

◦ 188.5 El silencio administrativo negativo no inicia el cómputo de plazos ni

términos para su impugnación.

Cuando se trate de inercia o cualquier otra omisión de las

entidades distinta del silencio administrativo negativo, no se

computará plazo para interponer la demanda.

PLAZOS PARA INTERPONER LA DEMANDA

Page 37: Proceso contencioso administrativo

4. Cuando se trate de silencio administrativo positivo por transcurso

del plazo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo

General o por normas especiales, el plazo para el tercero

legitimado será de tres meses.

PLAZOS PARA INTERPONER LA DEMANDA

Page 38: Proceso contencioso administrativo

5. Cuando se pretenda impugnar actuaciones materiales que no se sustenten en actos administrativos el plazo será de tres meses a contar desde el día siguiente en que se tomó conocimiento de las referidas actuaciones.

◦ Actuaciones materiales: Son actuaciones ejecutivas que se proyectan sobrela realidad física, no jurídica. Por ejemplo: Cierre de local por disposición de

funcionario.

6. Cuando la pretensión sea planteada por un tercero al procedimiento administrativo que haya sido afectado con la actuación administrativa impugnable, los plazos previstos en el presente artículo serán computados desde que el tercero haya tomado conocimiento de la actuación impugnada.

PLAZOS PARA INTERPONER LA DEMANDA

Page 39: Proceso contencioso administrativo

Se tramita como proceso urgente únicamente las siguientespretensiones:

1. El cese de cualquier actuación material que no se sustenteen acto administrativo.

2. El cumplimiento por la administración de una determinadaactuación a la que se encuentre obligada por mandato de la leyo en virtud de acto administrativo firme.

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Page 40: Proceso contencioso administrativo

Se tramita como proceso urgente únicamente las siguientespretensiones:

3. Las relativas a materia previsional en cuanto se refieran alcontenido esencial del derecho a la pensión.

El plazo en este día es 3 días para correr traslado y 5 días parasentenciar luego de la contestación de la demanda

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Page 41: Proceso contencioso administrativo

Se tramita como proceso urgente únicamente las siguientespretensiones:

1. El cese de cualquier actuación material que no se sustente en acto

administrativo.

2. El cumplimiento por la administración de una determinada actuación a la que

se encuentre obligada por mandato de la ley o en virtud de acto administrativo

firme.

3. Las relativas a materia previsional en cuanto se refieran al contenido esencial

del derecho a la pensión.

El plazo en este día es 3 días para correr traslado y 5 días para

sentenciar luego de la contestación de la demanda

PROCESO URGENTE

Page 42: Proceso contencioso administrativo

Proceso urgente

Para conceder la tutela urgente se requiere que del mérito de la

demanda y sus recaudos se advierta lo siguiente:

a) Interés tutelable.

b) Necesidad impostergable de tutela

c) Que sea la única vía eficaz para la tutela del derecho invocado.

PROCESO URGENTE

Page 43: Proceso contencioso administrativo

Se tramitan conforme al presente procedimientolas pretensiones no previstas en el artículo 26 dela presente Ley

PROCESO ESPECIAL

Page 44: Proceso contencioso administrativo

DESARROLLO DEL PROCESO

DemandaContestación de Demanda

Dictamen Fiscal

Auto deSaneamiento

Sentencia

10

15

15

(Art.28º del TUO de la Ley 27584).

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Page 45: Proceso contencioso administrativo

Medios Impugnatorios

En el proceso contencioso administrativo proceden los siguientes

recursos:

1.- El recurso de reposición

2.- El recurso de Apelación

3.- El recurso de Casación

4.- El recurso de Queja

(Art.35º del TUO de la Ley 27584).

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Page 46: Proceso contencioso administrativo

Medios Impugnatorios

1.- El recurso de reposición

El recurso de reposición procede contra los autos a fin de que el Juez

los revoque.

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Page 47: Proceso contencioso administrativo

Medios Impugnatorios

2.- El recurso de Apelación

El recurso de apelación se interpone contra las siguientes

resoluciones:

• Las sentencias, excepto las expedidas en revisión.

• Los autos, excepto los excluidos por ley.

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Page 48: Proceso contencioso administrativo

Medios Impugnatorios

3.- El recurso de Casación

El recurso de casación se interpone contra las siguientes

resoluciones:

• Las sentencias expedidas en revisión por las Cortes

superiores;

• Los autos expedidos por las Cortes superiores que, en

revisión ponen fin al proceso.

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Page 49: Proceso contencioso administrativo

Medios Impugnatorios

4.- El recurso de Queja

El recurso de queja se interpone contra las siguientes resoluciones:

• Las resoluciones que declaran inadmisible e improcedente

el recurso de apelación o casación.

• Contra la resolución que concede el recurso de apelación con

efecto distinto al solicitado.

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Page 50: Proceso contencioso administrativo

Medidas Cautelares

La medida cautelar podrá ser dictada antes de iniciado un proceso o

dentro de éste, siempre que se destine a asegurar la eficacia de la

decisión final.

(Art.38º del TUO de la Ley 27584).

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Page 51: Proceso contencioso administrativo

Sentencia

Las sentencias estimatorias podrán decidir en función de la pretensión

planteada: la nulidad total, parcial, el restablecimiento o reconocimiento de

una situación jurídica lesionada, la cesación de la actuación material que no

se sustente en acto administrativo, el plazo en que la administración debe

cumplir determinada actuación, el monto de la indemnización de daños y

perjuicios ocasionados. (Art.41º del TUO de la Ley 27584).

Las partes en el proceso contencioso administrativo no podrán ser

condenadas al pago de costos y costas del proceso. (Art.50º del TUO de la

Ley 27584).

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Page 52: Proceso contencioso administrativo

Muchas gracias