Principales Reformas a la Ley - secoem.michoacan.gob.mx · En el acto de presentación y apertura...

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Principales Reformas a la Ley (de acuerdo a la última reforma publicada el 28 de mayo de 2009)

OBJETIVO DEL PAQUETE DE REFORMAS

•Facilitar la inversión pública como palanca de desarrollo ante el

escenario económico mundial adverso.

•Dar mayor flexibilidad y transparencia a la contratación de obra

pública, adquisiciones de bienes y servicios, por parte del

gobierno.

•Rediseñar el sistema de contrataciones públicas de manera

integral para enfocarlo en la eficiencia y en la obtención de las

mejores condiciones para el Estado.

Un solo Programa anual de contrataciones (en

enero).

Agilización del gasto (una vez que se expida

oficialmente el PEF y se cuente con el calendario de

gasto correspondiente).

Se elimina el trámite de consulta a las coordinadoras

de sector sobre la existencia de consultorías, asesorías,

estudios, investigaciones y proyectos, similares a los

que se pretende contratar.

Se podrá iniciar la ejecución de las obras una vez

que se cuente con los derechos que permitan disponer

legalmente de los inmuebles (derecho de vía).

PRINCIPALES CAMBIOS

PRINCIPALES CAMBIOS

Las convocatorias a la licitación se publicarán en CompraNet. Serán

gratuitas.

Cada convocatoria contendrá las Bases y el modelo de contrato

específico.

Deberán quedar expresas las causas de desechamiento.

Se establece el carácter de las licitaciones y los medios a utilizar

(presencial, electrónica y mixta).

En las junta de aclaraciones podrán participar quienes manifiesten su

interés por escrito.

Las invitaciones a cuando menos 3 personas deben difundirse en

CompraNet y en la página de la convocante.

En el acto de presentación y apertura de proposiciones no se

desecharán proposiciones por incumplimientos cuantitativos, sino hasta

su revisión detallada.

En adquisiciones se debe preferenciar la evaluación por puntos o

porcentajes.

Se define precio no aceptable y precio conveniente.

En obra pública, se podrá evaluar por puntos y porcentajes y se

permite la corrección de errores que no afecten la solvencia de las

propuestas.

Se especifican los requisitos del fallo y se elimina el dictamen previo.

PRINCIPALES CAMBIOS

Se establece que las licitaciones públicas y las invitaciones a

cuando menos 3 personas concluyen con el fallo.

Se incrementa del 20 al 30% del presupuesto, la suma de contratos

u operaciones que se pueden celebrar al amparo de los artículos 42

de la LAASSP y 43 de la LOPSRM (excepciones a la licitación

pública).

En adquisiciones se incluye como supuesto de excepción la

contratación mediante convenio marco.

Se amplían los supuestos de excepción que no requieren dictamen

previo del comité.

PRINCIPALES CAMBIOS

Se fortalecen los comités de adquisiciones y de obras, en la toma de

decisiones. El área jurídica y el OIC serán asesores y deberán sustentar

sus argumentaciones.

En adquisiciones se podrán adjudicar directamente contratos cuando

haya sido declarada desierta sólo una licitación pública.

No es necesario que las adquisiciones que se realicen en el extranjero

se fundamenten en algún caso de excepción.

En obra pública se busca fomentar la presentación por parte de los

particulares de estudios, planes y programas para la realización de obras

públicas asociadas a proyectos de infraestructura.

PRINCIPALES CAMBIOS

Se permite exceptuar del otorgamiento de garantías por vicios

ocultos o defectos, en algunos contratos de servicios relacionados con

obra pública.

Se establece el factor de actualización de precios en los contratos a

precio alzado, cuando los trabajos inician después de 120 días de

presentadas las proposiciones.

Se posibilita reducir el porcentaje de las garantías en consideración

del historial de cumplimiento.

Se reduce el plazo para la formalización de los contratos a 15 días

naturales.

PRINCIPALES CAMBIOS

Se reduce el plazo para pago a proveedores de 45 a 20 días

naturales, a partir de la recepción de bienes y servicios y de la

factura correspondiente.

En obra pública se prevén los mecanismos para conciliar precios,

a efecto de facilitar la contratación en situaciones de emergencia.

Se establece el Sistema Integral de Información como parte de

CompraNet.

Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC).

PRINCIPALES CAMBIOS

Se propiciará la profesionalización de los servidores públicos

responsables de los procedimientos de contratación.

Se agiliza y simplifica el proceso para resolver inconformidades.

Solución de conflictos.

Incorporación de arbitraje, peritaje y otros medios alternativos de

solución de controversias (dispute boards).

Delimitación de actos del procedimiento de conciliación,

simplificándolo.

PRINCIPALES CAMBIOS

Se hace obligatoria la intervención de los Testigos Sociales en

licitaciones mayores a 311.65 millones de pesos en adquisiciones y

623.3 millones en obra pública. Contratos macro.

Facilitar la suscripción de contratos de emergencia.

Participación público-privada en proyectos de inversión en materia

de obras públicas.

Definición de los Proyectos de Prestación de Servicios en

Adquisiciones.

PRINCIPALES CAMBIOS

Taller de Capacitación en materia de Procesos Licitatorios Federales

INDICE TEMÁTICO:

Marco Normativo

Definición de Términos

Modalidades de Ejecución de obra

Rangos de Adjudicación

Consideraciones previas

Procesos Licitatorios

Contratación

Facultades de la COCOEM

Marco Normativo

LEY ORGANICA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA DEL ESTADO.

• Dependencias y entidades con facultades para Ejecutar Obra Pública, Servicios relacionados con la misma, así como programas.

SECRETARIA DE DESARROLLO RURAL:

• Programas de desarrollo en materia agrícola, pecuaria y pesquera (Obras que promuevan el aprovechamiento sustentable de los recursos agropecuarios en el Estado).

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y OBRAS PUBLICAS:

• Obras Públicas que no sean competencia de otra dependencia; y sus organismos sectorizados:

INSTITUTO DE INFRAESTRUCTURA FISICA EDUCATIVA:

• Programas de Infraestructura Educativa.-Construcción y equipamiento de espacios educativos en el Estado, en los niveles básico, normal, medio superior y medio terminal.

JUNTA DE CAMINOS:

• Obras de Infraestructura Carretera.-construcción, conservación, mantenimiento y modernización de Vías de comunicación terrestre de jurisdicción estatal.

SECRETARIA DE URBANISMO Y MEDIO AMBIENTE:

• Acciones, obras y servicios públicos de su competencia, y sus organismos sectorizados:

Marco Normativo

COMISION ESTATAL DEL AGUA Y GESTION DE CUENCAS:

• Programas de Infraestructura de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento.

INSTITUTO DE VIVIENDA:

• Construcción de vivienda de acuerdo al Plan Estatal de Vivienda.

SECRETARIA DE CULTURA:

• Obras de conservación, rescate o restauración de monumentos y sitios de carácter histórico patrimonial.

Marco Normativo

LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LASMISMAS , PUBLICADA EL 4 DE ENERO DE 2000, ULTIMA REFORMAEL 28 DE MAYO DE 2009

• Reglamentar la aplicación del artículo 134 de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos en materia de contrataciones deobras públicas, así como de los servicios relacionados con lamismas, que realicen:

• Las entidades Federativas, los municipios y los entes públicos deunas y otros, con cargo total o parcial a fondos federales,conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal.No quedan comprendidos para la aplicación los fondos previstos en elCapítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal.

Marco Normativo

Definición de Términos

Obra Pública:

Todos los trabajos que tengan por objeto construir, instalar, ampliar,

adecuar, remodelar, restaurar, conservar, mantener, modificar y demoler

bienes inmuebles.

Servicios relacionados con obra pública:

Todo trabajo que tenga por objeto concebir, diseñar, y calcular los elementos

que integran un proyecto de obra pública; las investigaciones, estudios,

asesorías, y consultorías que se vinculen con las acciones que regula esta

Ley; la dirección ó supervisión de la ejecución de las obras y los estudios que

tengan por objeto rehabilitar, corregir o incrementar la eficiencia de las

instalaciones; quedan comprendidos también:

Integración de proyectos de ingeniería básica, estructural, de instalaciones, de

infraestructura, industrial, electromecánica y de cualquier otra especialidad que

se requiera para integrar un proyecto ejecutivo;

Definición de Términos

Unidad Compradora ó Convocante: aquella dependencia o entidad que

tiene facultades para convocar a un acto de licitación.

Procedimiento ó Convocatoria: es el anuncio o escrito con el cual la

convocante invita a las personas (físicas o morales) a participar en un acto.

Publicación ó invitación: es el medio de difusión por el cual la convocante

da a conocer un procedimiento licitatorio.

Registro Único de Contratistas: listado de contratistas que están

acreditados ante la Secretaría de la Función Pública.

Definición de Términos

Contratista: aquella persona que celebre contratos de obras públicas o de

servicios relacionados con las mismas.

Licitante: la persona que participe en cualquier procedimiento de licitación

pública, o bien de invitación a cuando menos tres personas.

CompraNet: el sistema electrónico de información pública gubernamental

sobre obras públicas y servicios relacionados con las mismas, integrado entre

otra información, por los programas anuales en la materia, de las

dependencias y entidades; el registro único de contratistas; el padrón de

testigos sociales, etc.

Definición de Términos

Testigo Social: persona facultada por la SFP, para participar con voz en los

procedimientos de licitación pública y emitir testimonio final con observaciones

y/o recomendaciones (aplica para obras mayores de 10 millones de días de

salario mínimo)

Licitación, proceso licitatorio: procedimiento mediante el cual se adjudica

una obra. Inicia con la convocatoria ó invitación y termina con el fallo (en

sistema CompraNet se le denomina: expediente).

Contrato: instrumento jurídico que tiene por objeto la realización de una obra

ó la prestación de un servicio, que celebran las dependencias y entidades con

personas físicas o morales.

Definición de Términos

Modalidades de Ejecución de Obra (art.26):

Por Contrato:

Cuando la dependencia o entidad contrata la realización de una obra ó la

prestación de un servicio a un tercero.

Por administración Directa:

Cuando la dependencia o entidad realiza la obra o la prestación de servicios

con recurso propio (humanos, materiales y financieros). Cuando posean la

capacidad técnica y los elementos necesarios para tal efecto (maquinaria y

equipo de construcción, y personal técnico).

I. Licitación Pública;

II. Invitación a cuando

menos tres personas,

o

III.Adjudicación Directa.

Modalidades de Contratación de Obra:

FEDERAL(artículo 27 de la LOPSRM)

Rangos de Adjudicación (Federal):

(Artículo 43 de la LOPSRM Presupuesto de Egresos)

La suma de los montos de los contratos que se realicen no podrá exceder del

30% del presupuesto autorizado a las dependencias y entidades para realizar

obras públicas y servicios relacionados con las mismas en cada ejercicio

presupuestario. La contratación deberá sujetarse a los límites establecidos en

el Presupuesto de Egresos de la Federación.

Cada obra deberá considerarse individualmente y no podrá ser fraccionada para

quedar comprendida en alguno de los rangos anteriores.

Determinación de Montos máximos de adjudicación de obras que

involucran recurso federal:

Convenios firmados con una sola dependencia o entidad:

Monto Convenido Programa A: $ 120’000,000

Monto Convenido Programa B: $ 350’000,000

Monto Convenido Programa C: $ 1’500,000

Total Convenido: $471’500,000

30% correspondiente: $ 141’450,000

(Monto máximo que puedo adjudicar por Invitación Restringida ó

Adjudicación Directa).

Rangos de Adjudicación (Federal):

Anexo 17. Presupuesto de Egresos de la Federación Ejercicio Fiscal 2012 Montos máximos de Adjudicaciones mediante procedimiento de Adjudicación Directa y de Invitación a Cuando

Menos Tres Personas, establecidos en miles de pesos, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado.

Presupuesto autorizado para realizar obras

públicas y servicios relacionados con las

mismas

Monto máximo

total de cada obra

que podrá

adjudicarse

directamente

Monto máximo

total de cada

servicio

relacionado con

obra pública que

podrá

adjudicarse

directamente

Monto máximo

total de cada

obra que podrá

adjudicarse

mediante

invitación a

cuando menos

tres personas

Monto máximo total

de cada servicio

relacionado con

obra pública que

podrá adjudicarse

mediante invitación

a cuando menos

tres personas

• Que la obra se ajuste a las políticas, objetivos y prioridades señaladas en el Plan Nacionalde Desarrollo y de los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales quecorrespondan.

• Objetivos, metas y previsiones de recursos establecidos en el Presupuesto de Egresos de laFederación.

• Viabilidad de planes o programas asociados a proyectos de infraestructura, conforme a lasdisposiciones establecidas por las dependencias del sector que corresponda y encongruencia con el Plan Nacional de Desarrollo y los programas correspondientes.

• Observar las disposiciones en materia de asentamientos humanos, desarrollo urbano yconstrucción que rijan en el ámbito federal, estatal y municipal.

• Trámite y obtención de dictámenes, permisos, licencias, derechos de bancos de materiales,así como la propiedad o los derechos de propiedad incluyendo derechos de vía yexpropiación de inmuebles sobre los cuales se ejecutarán las obras públicas, o en su caso,los derechos otorgados por quien pueda disponer legalmente de los mismos.

• Efectos sobre el medio ambiente que pueda causar la ejecución de las obras públicas(evaluación de impacto ambiental prevista por la Ley General de Equilibrio Ecológico y laProtección al Ambiente.

PLANEACION (art. 17,18, 19 y 20 de la Ley):

• Formulación de los programas anuales de obras públicas y servicios relacionadoscon las mismas, (considerando las características, complejidad y magnitud de lostrabajos), considerando:

• Estudios de pre-inversión que se requieran para definir la factibilidad técnica,económica, ecológica y social de los trabajos.

• Objetivos y metas a corto, mediano y largo plazo;

• Las acciones previas, durante y posteriores a la ejecución de las obras públicas;

• Las características ambientales, climáticas y geográficas de la región donde debarealizarse la obra pública;

• Las normas aplicables, los resultados previsibles;

• La calendarización de los recursos necesarios para su realización, así como losgastos operativos;

• Las unidades responsables de la ejecución, las investigaciones, asesorías,consultorías y estudios que se requieran;

• La regularización de la tenencia de la tierra y obtención de permisos, autorizaciones ylicencias; etc

• Se pondrá a disposición del público en general a través de CompraNet a mástardar el 31 de enero de cada año.

PROGRAMACIÓN ( art. 21 y 22 de la Ley):

• La planeación, programación, presupuestación y el gasto delas obras y servicios relacionados con las mismas, se sujetaráa las disposiciones específicas del Presupuesto de Egresos dela Federación, así como en lo previsto en la Ley Federal dePresupuesto y Responsabilidad Hacendaria y demásdisposiciones aplicables y los recursos destinados a ese fin seadministrarán con eficiencia. Eficacia, economía,transparencia, honradez e imparcialidad para satisfacer losobjetivos a los que fueren destinados.

PRESUPUESTACIÓN ( art. 23 y 24 de la Ley):

Testigos Sociales (art. 27 Bis):

La SFP tendrá a su cargo el

padrón.

Licitaciones cuyo

monto rebase los el Serán seleccionados mediante

equivalente a diez convocatoria pública emitida por

millones de días de SFP.

salario mínimo

vigente en el D.F. Principal función: participar y

emitir testimonio del proceso

licitatorio

Convocatoria:

“Artículo 31. La convocatoria a la licitación pública, en la cual se

establecerán las bases en que se desarrollará el procedimiento

y en las cuales se describirán los requisitos de participación,

deberá contener:…”

Derivado de la reforma a la Ley del 28 de mayo de 2009, las bases

de la licitación se establecen desde la convocatoria,

manejándose actualmente un solo documento.

Términos establecidos por la LOPSRM:

Artículos 31, Fracc. IX, 32, 33, 37 y 47 de la LOPSRM

LICITACION PUBLICA E INVITACION RESTRINGIDA.

Día 1 Día 2 Día 3 Día 4Día 5 Día 6 Día 7 Día 8 Día 9 Día 10 Día 11 Día 12

Día 13 Día 14 Día 15

Publicación de Convocatoria en CompraNet

Fecha Límite de Suscripción.Fecha Visita al sitio de los trabajos

Acto de presentación y apertura de proposiciones.

Acto de Fallo ó notificación de fallo.

Firma de contrato

Diario Oficial de la Federación se publicará sólo un

resumen y deberá ingresar al diario en la misma fecha en

que se publique en CompraNet

Dentro de los 30 días naturales

siguientes al acto de presentación y

apertura de proposiciones.

Dentro del período

comprendido entre el cuarto

día natural siguiente a la

publicación y sexto previo

al acto de presentación y

apertura de proposiciones.

No podrá

exceder de los 15

días naturales

siguientes al de

la notificación del

fallo.

Proposiciones conjuntas:

Artículo 36 de la LOPSRM.

Dos o más personas podrán presentar conjuntamente proposiciones sin

necesidad de constituir una sociedad, siempre que, para tales efectos, en la

proposición y en el contrato se establezcan con precisión y a satisfacción de la

convocante, las partes de los trabajos que cada persona se obligará a ejecutar,

así como la manera en que se exigiría el cumplimiento de las obligaciones.

En este supuesto, el contrato deberá ser firmado por el representante legal de

cada una de las personas participantes en la proposición, a quienes se

considerará como responsables solidarios o mancomunados.

Se deberán cumplir los requisitos establecidos en el art. 47 de su Reglamento.

Contenido de la Convocatoria:

El Artículo 31 de la LOPSRM, establece que la convocatoria, en la

cual se establecerán las bases en que se desarrollará el

procedimiento y en las cuales se describirán los requisitos de

participación, deberá contener:

Nombre de la convocante;

Indicación de si la licitación es nacional o internacional;

Descripción general de la obra o servicio y lugar donde se llevarán a cabo

los trabajos;

Porcentajes, forma y términos de anticipos que, en su caso, se otorgarán;

Contenido de la Convocatoria:

Plazo de ejecución de los trabajos;

Moneda o monedas en los que podrán presentarse las proposiciones;

Las condiciones de pago de acuerdo al tipo de contrato a celebrar;

La indicación de que, en su caso, las proposiciones podrán presentarse a

través de medios electrónicos;

Cuando proceda, lugar, fecha y hora para la visita ó visitas al sitio de

realización de los trabajos;

La fecha, hora y lugar de la primera junta de aclaraciones a la

convocatoria de la licitación (optativa);

Contenido de la Convocatoria:

Las fechas, horas y lugares de celebración del acto de presentación y

apertura de proposiciones; comunicación del fallo y firma del contrato;

Señalamiento de que para intervenir en el acto de presentación y apertura

de proposiciones bastará que los licitantes presenten un escrito en el que su

firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades

suficientes para comprometerse por sí o por su representada, sin que resulte

necesario acreditar su personalidad jurídica;

La forma en que los licitantes deberán acreditar su existencia legal y

personalidad jurídica, para efectos de la suscripción de las proposiciones y,

en su caso, firma del contrato;

Contenido de la Convocatoria:

Indicación de que el licitante deberá proporcionar una dirección de correo

electrónico, en caso de contar con él;

Indicación de que no podrán participar las personas que se encuentren en

los supuestos de los artículos 51 y 78 de la Ley;

Indicación de que las personas a que se refiere el segundo párrafo de la

fracción VII del artículo 51 de la Ley (aquellas que hayan realizado estudios

que incluyan especificaciones de construcción, presupuesto, selección de

materiales, equipos ó procesos), que pretendan participar, manifiesten bajo

protesta de decir verdad que los estudios que hayan realizado incluyan

información verídica y de acuerdo a las condiciones de mercado;

Contenido de la Convocatoria:

La forma en que los licitantes acreditarán su experiencia y capacidad

técnica y financiera que se requiera para participar en la licitación, de

acuerdo a las características, complejidad y magnitud de los trabajos;

Proyectos arquitectónicos y de ingeniería que se requieran para preparar la

proposición; normas de calidad de los materiales y especificaciones

generales y particulares de construcción aplicables;

Tratándose de servicios relacionados con las obras públicas, los términos

de referencia que deberán precisar el objeto y alcances del servicio; entre

otros aspectos,

Contenido de la Convocatoria:

Relación de materiales y equipo de instalación permanente que, en su

caso, proporcione la convocante,

Señalamiento del porcentaje de contenido nacional del valor de la obra que

deberán cumplir los licitantes,

Información específica sobre los trabajos que podrán subcontratarse;

Criterio claros y detallados para la evaluación de las proposiciones y la

adjudicación de los contratos, de conformidad con lo establecido por el

artículo 38 de la Ley;

Señalamiento de las causas expresas de desechamiento, que afecten

directamente la solvencia de las proposiciones,

Contenido de la Convocatoria:

Porcentaje, forma y términos de las garantías que deban otorgarse;

Modelo de contrato al que para la licitación de que se trate se sujetarán las

partes, el cual deberá contener los requisitos a que se refiere el artículo 46

de la Ley,

La indicación de que el licitante ganador que no firme el contrato por

causas imputables al mismo será sancionado en los términos del artículo 78

de la Ley,

El procedimiento de ajuste de costos que deberá aplicarse, según el tipo de

contrato,

Atendiendo al tipo de contrato, la información necesaria para que los

licitantes integren sus proposiciones técnica y económica. En caso de que no

pueda ser proporcionada a través de CompraNet la indicación de que estará

a disposición en el domicil io de la convocante.

Contenido de la Convocatoria:

La relación de documentos que los licitantes deberán integrar a sus

proposiciones, atendiendo al tipo de contrato, así como a las características,

magnitud y complejidad de los trabajos;

El domicilio de las oficinas de la Secretaría de la Función Pública o de los

gobiernos de las entidades federativas, o en su caso el medio electrónico en

que podrán presentarse inconformidades, de acuerdo a lo dispuesto en el

artículo 84 de la Ley,

Precisar que será requisito el que los licitantes presenten una declaración de

integridad,

Los demás requisitos generales que por las características, complejidad y

magnitud de los trabajos, deberán cumplir los interesados, precisando cómo

serán util izados en la evaluación.

Consideraciones para la Invitación a cuandomenos tres personas (art.44 LOPSRM):

Difundir la invitación en CompraNet y en la página de Internet de la

dependencia o entidad,

El acto de presentación y apertura de proposiciones podrá hacerse sin la

presencia de los correspondientes licitantes, pero invariablemente se invitará

a un representante del órgano interno de control en la dependencia o

entidad;

Para llevar a cabo la adjudicación correspondiente, se deberá contar con un

mínimo de tres propuestas susceptibles de análisis;

Consideraciones para la Invitación a cuandomenos tres personas (art.44 LOPSRM):

En la invitación se indicarán, según las características, complejidad y

magnitud de los trabajos, aquellos aspectos contenidos en el artículo 31 de

la Ley que fueren aplicables (del contenido de la convocatoria);

Los plazos para la presentación de las proposiciones se fijarán para cada

contrato, atendiendo a las características, complejidad y magnitud de los

trabajos;

A las demás disposiciones de la Ley que resulten aplicables a la licitación

pública.

Consideraciones para la Invitación a cuandomenos tres personas (art.44 LOPSRM):

En el supuesto de que dos procedimientos de invitación a cuando menos

tres personas hayan sido declarados desiertos, o bien uno solo cuando

este derive de una licitación pública declarada desierta, el titular del área

responsable de la contratación en la dependencia o entidad podrá adjudicar

directamente el contrato, siempre que se mantengan los requisitos

establecidos como causas de desechamiento en el procedimiento anterior.

Artículo 60 del Reglamento LOPSRM:

El Sobre cerrado que contenga la proposición de los licitantes

deberá entregarse en la forma y medios que prevea la

convocatoria a la licitación pública.

Artículo 41 del Reglamento LOPSRM:

La proposición deberá ser firmada autógrafamente por la

persona facultada para ello en la última hoja de cada uno de

los documentos que forman parte de la misma, por lo que no

podrá desecharse cuando las demás hojas que la integran o

sus anexos carezcan de firma ó rúbrica, salvo tratándose del

catálogo de conceptos o presupuesto de obra o servicios y los

programas solicitados, mismos que deberán ser firmados en

cada hoja.

Artículo 41 del Reglamento LOPSRM:

Cada uno de los documentos que integren la proposición y

aquellos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas y

cada una de las hojas que los integren .

Al efecto, se deberán numerar de manera individual las

propuestas técnica y económica, así como el resto de los

documentos que entregue el licitante. Esta previsión se indicará

en la convocatoria a la licitación pública.

En el caso de que alguna o algunas hojas carezcan de folio y se

constate que la ó las hojas no foliadas mantienen continuidad, la

convocante no podrá desechar la proposición.

Requisitos que deben cumplir los interesados :

Artículo 36 del Reglamento LOPSRM:

En la convocatoria a la licitación pública e invitación a cuando

menos tres personas de carácter nacional, deberá establecerse

como requisito de participación la entrega de un escrito en el que

el licitante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que es de

nacionalidad mexicana.

Modificaciones a las Bases (Federal):

Artículo 34 de la LOPSRM

Las dependencias y entidades, siempre que ello no tenga por objeto limitar

el número de participantes, podrán modificar los plazos u otros aspectos

establecidos en la Convocatoria, a más tardar el séptimo día natural

previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo

difundir dichas modificaciones en CompraNet, a más tardar el día hábil

siguiente a aquél en que se efectúen.

Artículo 37 del Reglamento LOPSRM

Las dependencias y entidades no podrán establecer en la convocatoria a

la licitación pública requisitos que limiten la libre participación de los

interesados tales como:

I. Haber celebrado contratos anteriores con la convocante o con alguna

dependencia o entidad en particular.

II. Capitales contables.

III. Contar previamente a la adjudicación del contrato con oficinas o representantes

regionales o estatales.

IV. Estar inscrito en el registro único de contratistas

V. Solicitar que los materiales, maquinaria y equipo de instalación permanente sean

de una marca determinada, salvo en los casos debidamente justificados.

Documentos que integran la propuesta técnica:

Artículo 44 del Reglamento LOPSRM:

Las dependencias y entidades atendiendo a las características,

complejidad y magnitud de los trabajos, requerirán que la

proposición de los licitantes contenga, cuando corresponda, los

siguientes documentos:

I. Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de conocer el sitio

de realización de los trabajos y sus condiciones ambientales; de haber

considerado las normas de calidad de los materiales y las

especificaciones generales y particulares de construcción, así como

de haber considerado en la integración de la proposición los

materiales y equipos de instalación permanente.

II. Descripción de la planeación integral del l icitante para realizar los

trabajos, incluyendo el procedimiento constructivo de ejecución.

III. Currículo de cada uno de los profesionales técnicos responsables de

la dirección, administración y ejecución de las obras.

IV. Los que acrediten la experiencia y capacidad técnica en trabajos

similares, con la identificación de los trabajos realizados por el l icitante

y su personal, en donde sea comprobable su participación, anotando el

nombre de la contratante, descripción de las obras, importes totales,

importes ejercidos o por ejercer y las fechas previstas de terminaciones

Documentos que integran la propuesta técnica:

V. Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad en la que señale

las partes de los trabajos que subcontratará, en caso de haberse

previsto en la convocatoria a la l icitación pública.

VI. Los que acrediten la capacidad financiera, como declaraciones

fiscales, estados financieros dictaminados o no de los últimos dos

ejercicios fiscales o, en caso de empresas de nueva creación, los más

actualizados a la fecha de presentación de proposiciones.

VII. Relación de maquinaria y equipo de construcción, indicando si son

de su propiedad, arrendados con o sin opción a compra, su ubicación

física, modelo y usos actuales, así como la fecha en que se dispondrá

de estos insumos en el sitio de los trabajos conforme al programa

presentado.

Documentos que debe contener la propuesta técnica:

VIII. Cuando se requiera de materiales, maquinaria y equipo de origen

extranjero, manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de que

los precios consignados en su proposición no se cotizan en

condiciones de prácticas desleales de comercio internacional en su

modalidad de discriminación de precios o de subsidios.

IX. Los que acrediten el historial de cumplimiento satisfactorio de

contratos suscritos con dependencias o entidades, en el caso de

haberlos celebrado y en el supuesto de que el licitante no haya

formalizado contratos lo manifestará por escrito a la convocante bajo

protesta de decir verdad.

La convocante deberá señalar en la convocatoria

que los licitantes que se encuentren inscritos en

el registro único de contratistas tendrán la opción

de no presentar esta documentación.

Documentos que integran la propuesta técnica:

Documentos que integran la propuesta económica:

Artículo 45 del Reglamento de la LOPSRM:

A. Tratándose de obras cuyas condiciones de pago sean sobre la base de

precios unitarios:

I. Análisis del total de los precios unitarios de los conceptos de trabajo,

determinados y estructurados con costos directos, indirectos, de

financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales.

II. Listado de insumos que intervienen en la integración de la proposición.

III. Análisis, cálculo e integración del factor de salario real con tabulador de

salarios base de mano de obra por jornada diurna de ocho horas.

IV. Análisis, cálculo e integración de los costos horarios de la maquinaria y

equipo de construcción, debiendo considerar éstos para efectos de

evaluación, costos y rendimientos de máquinas y equipos nuevos.

Documentos que integran la propuesta económica:

V. Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los

correspondientes a los de administración de oficinas de campo y los de oficinas

centrales.

VI. Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento.

VII. Utilidad propuesta por el licitante.

VIII. Relación y análisis de los costos unitarios básicos de los materiales que se requieran

para la ejecución de los trabajos.

IX. Catálogo de conceptos.

X. Programa de ejecución convenido conforme al catálogo de conceptos con sus

erogaciones, calendarizado y cuantificado de acuerdo a los periodos determinados

por la convocante.

XI. Programas de erogaciones a costo directo, calendarizados y cuantificados de la

mano de obra, de la maquinaria y equipo, de los materiales y del personal técnico-

administrativo y de servicio.

Presentación y apertura de proposiciones:

Presentación y apertura de proposiciones (Federal):

La entrega de proposiciones se hará en sobre cerrado. La

documentación distinta a la propuesta técnica y económica podrá

entregarse, a elección del licitante, dentro o fuera de dicho sobre.

Para facil itar los procedimientos de contratación, las convocantes

deberán efectuar revisiones preliminares respecto de la especialidad,

experiencia y capacidad de los interesados, así como de la

documentación distinta a la propuesta técnica y económica, de acuerdo

con lo que establezca el Reglamento de esta Ley.

(Artículo 36 de la LOPSRM)

Artículo 60 del Reglamento LOPSRM:

Cuando la convocante determine efectuar, previamente al acto de

presentación y apertura de proposiciones, la revisión preliminar a

que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 36 de la Ley,

deberá realizar tal actividad por lo menos treinta minutos antes

de la hora señalada para el inicio de dicho acto.

Artículo 2 Fr. XXVIII del Reglamento LOPSRM:

Se entenderá por sobre cerrado: cualquier medio que contenga

la proposición del l icitante, cuyo contenido sólo puede ser

conocido en el acto de presentación y apertura de proposiciones

en términos de la Ley.

Presentación y apertura de proposiciones (Federal):

Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, se procederá a

su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin que

ello implique la evaluación de su contenido;

De entre los licitantes que hayan asistido, éstos elegirán a uno, que

en forma conjunta con el servidor público que la dependencia o

entidad designe, rubricarán las partes de las proposiciones que

previamente haya determinado la convocante en la convocatoria a la

licitación, las que para estos efectos constarán documentalmente, y

Se levantará el acta que servirá de constancia de la celebración del

acto, en las que se harán constar el importe de cada una de ellas, se

señalará lugar, fecha, y hora en que se dará a conocer el fallo de la

licitación

(Artículo 37 de la LOPSRM)

Presentación y apertura de proposiciones (Federal):

Las proposiciones que se reciban en el acto de presentación y apertura

serán revisadas sólo para el efecto de hacer constar la documentación

presentada por los licitantes, sin entrar a su análisis técnico, legal o

administrativo.

(artículo 59 del Reglamento de la LOPSRM);

El acto será presidido por el titular del Área responsable de la

contratación o por el servidor público que éste designe, quien será el único

facultado para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en

los términos de la ley y el reglamento.

(artículo 60 del Reglamento de la LOPSRM);

Presentación y apertura de proposiciones (Federal):

A partir de la hora señalada para el inicio del acto, el servidor público que lo

presida no deberá permitir el acceso a ningún licitante ni observador, o

servidor público ajeno al acto.

Los licitantes que participen por medios electrónicos, entregarán su

proposición a través de CompraNet.

El servidor público que presida el acto determinará si la apertura de los

sobres iniciará con los que fueron recibidos en el acto o por los entregados a

través de CompraNet. El acto no podrá concluir hasta en tanto se hayan

abierto todos los sobres recibidos.

Tratándose de contratos sobre la base de precios unitarios se rubricará el

catálogo de conceptos.

Durante el desarrollo del acto se deberá observar lo siguiente:

Para efectos de dejar constancia del cumplimiento de los requisitos

solicitados, la convocante anotará en el formato de recepción, los

documentos entregados por el licitante, relacionándolos con los puntos

específicos de la convocatoria de la licitación pública en los que se

solicitan.

El formato servirá a cada participante como constancia de recepción

de la documentación entregada, asentándose dicha recepción en el acta

respectiva o anexándose copia de la constancia entregada a cada

licitante.

El servidor público que presida el acto deberá recibir las

proposiciones para su posterior evaluación, por lo que no podrá

desechar ninguna de ellas durante dicho acto.

No será motivo de desechamiento la falta de identificación o de

acreditación de la representación de la persona que únicamente

entregue la proposición, pero ésta sólo podrá participar durante el

desarrollo del acto con el carácter de observador.

Cuando los licitantes omitan presentar en el acto de presentación y

apertura de proposiciones documentos que no afecten su solvencia

técnica o económica , la convocante solicitará a dichos licitantes que

proporcionen la documentación en el plazo que la misma determine.

La convocante podrá anticipar o diferir la fecha del fallo dentro de los

plazos establecidos en el artículo 37 de la Ley, en el acto de

presentación y apertura de proposiciones, lo cual quedará asentado en

el acta correspondiente.

También podrá hacerlo durante la evaluación de las proposiciones o

de ser necesario, en cualquier otro momento, notificando a los licitantes

la nueva fecha a través de CompraNet.

Artículo 38 de la LOPSRM.

• Cumplan con los requisitos solicitados en la

convocatoria a la licitación;

•Deberá establecer criterios claros y detallados para

determinar la solvencia de las proposiciones;

•Las condiciones que tengan como propósito

facilitar la presentación de las proposiciones y

agilizar la conducción de los actos de la licitación,

así como cualquier otro requisito cuyo

incumplimiento, por sí mismo, no afecte la

solvencia de las proposiciones, no serán objeto de

evaluación, y se tendrán por no establecidas;

•La inobservancia por parte de los licitantes respecto

a dichas condiciones no será motivo para desechar

sus proposiciones.

Propuestas

Las ejecutoras bajo su responsabilidad evaluarán las propuestas

considerando:

Evaluación de propuestas y emisión de Fallo (Federal):

Artículo 38 de la LOPSRM.

•Cuando el área convocante tenga la necesidad

de solicitar al licitante las aclaraciones

pertinentes, o aportar información adicional

para realizar la correcta evaluación de las

proposiciones, dicha comunicación se

realizará siempre y cuando no implique

alteración alguna a la parte técnica o

económica de su proposición;

Propuestas

Las ejecutoras bajo su responsabilidad evaluarán las propuestas

considerando:

Evaluación de propuestas y emisión de Fallo (Federal):

Fallo

•La relación de licitantes cuyas proposiciones se

desecharon, expresando todas las razones

legales, técnicas o económicas que sustentan la

determinación e indicando los puntos de la

convocatoria que en cada caso se incumpla;

•La relación de licitantes cuyas proposiciones

resultaron solventes, describiendo en lo general

dichas proposiciones. Se presumirá la solvencia

de las proposiciones, cuando no se señale

expresamente incumplimiento alguno.

La convocante emitirá un fallo el cual deberá contener:

Artículo 39 de la LOPSRM.

Emisión de Fallo (Federal):

Fallo

•En el caso de haberse utilizado el mecanismo de

puntos y porcentajes para evaluar las

proposiciones, se incluirá un listado del

componentes del puntaje de cada licitante, de

acuerdo a los rubros calificados que se

establecieron en la convocatoria;

•Nombre del licitante a quien se adjudica el

contrato, indicando las razones que motivaron la

adjudicación, de acuerdo a los criterios previstos

en la convocatoria, así como el monto total de la

proposición;

La convocante emitirá un fallo el cual deberá contener:

Artículo 39 de la LOPSRM.

Emisión de Fallo (Federal):

Fallo

•Fecha, lugar y hora para la firma del contrato, la

presentación de garantías y, en su caso, la

entrega de anticipos; y

•Nombre, cargo y firma del servidor público que

lo emite, señalando sus facultades de acuerdo

con los ordenamientos jurídicos que rijan a la

convocante. Indicará también el nombre y cargo

de los responsables de la evaluación de las

proposiciones.

La convocante emitirá un fallo el cual deberá contener:

Artículo 39 de la LOPSRM.

Emisión de Fallo (Federal):

Fallo

• Quedará comprendido dentro de los 30 días naturales

siguientes al acto de presentación y apertura de

proposiciones,

• Podrá diferirse siempre que el nuevo plazo no exceda

30 días naturales contados a partir del plazo

establecido originalmente,

• Se dará a conocer en Junta Pública, se difundirá a

través de CompraNet;

• Con la notificación del fallo por el que se adjudica el

contrato, las obligaciones derivadas de éste serán

exigibles, sin perjuicio de la obligación de las

partes de firmarlo en la fecha y términos señalados

en el fallo.

Artículo 39 de la LOPSRM

Fallo :

Excepciones a la Licitación (Federal):

Artículo 42 de la LOPSRM:

Las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán contratar obras

públicas o servicios relacionados con las mismas, sin sujetarse al procedimiento

de licitación pública, a través de los procedimientos de invitación a cuando menos

tres personas ó de adjudicación directa, cuando:

•El contrato solo pueda celebrarse con una determinada persona (patentes,

derechos, etc.)

•Peligre o se altere el orden social, la economía, los servicios públicos, la

salubridad, la seguridad o el ambiente de alguna zona o región del país como

consecuencia de caso fortuito o de fuerza mayor;

•Existan circunstancias que puedan provocar pérdidas o costos adicionales

importantes, debidamente justificados;

Excepciones a la Licitación (Federal):

Artículo 42 de la LOPSRM:

•Se realicen con fines exclusivamente militares o para la armada, o su contratación

mediante licitación pública ponga en riesgo la seguridad nacional o la seguridad

pública,

•No sea posible ejecutar los trabajos mediante el procedimiento de licitación pública

en el tiempo requerido para atender la eventualidad de que se trate,

•Se haya declarado desierta una licitación pública, siempre que se mantengan

los requisitos establecidos en la convocatoria,

•Trabajos que requieran mano de obra campesina o urbana marginada, y que la

dependencia contrate directamente con los habitantes beneficiarios de la localidad

o del lugar donde deban realizarse los trabajos,

•Y otros.

Excepciones a la Licitación (Federal):

Artículo 43 de la LOPSRM:

Las dependencias y entidades, bajo su responsabilidad, podrán contratar obras

públicas o servicios relacionados con las mismas, sin sujetarse al procedimiento

de licitación pública, a través de los de invitación a cuando menos tres personas

ó de adjudicación directa, cuando el importe de cada contrato no exceda de los

montos máximos que al efecto se establezcan en el presupuesto de egresos de

la federación, siempre que los contratos no se fraccionen para quedar

comprendidos en los supuestos de excepción a la licitación pública a que se

refiere este artículo.

Licitación Desierta o Cancelada (Federal):

Artículo 40 de la LOPSRM:

Se procederá a declarar desierto el concurso si:

• Las propuestas presentadas no reúnen los requisitos solicitados en la convocatoria

Se procederá a declarar cancelada:

•Por caso fortuito o de fuerza mayor:

•Cuando existan circunstancias, debidamente justificadas, que provoquen la extinción

de la necesidad de contratar los trabajos y se pudiera ocasionar un daño o perjuicio

a la propia dependencia.

•Se deberá precisar el acontecimiento que motiva la cancelación y se hará del

conocimiento de los licitantes.

•Salvo las cancelaciones por caso fortuito o fuerza mayor, se cubrirán a los licitantes

los gastos no recuperables.