Primeras Jornadas de Historia Económica. Asociación Mexicana … · 2014-05-27 · 1 Primeras...

28
1 Primeras Jornadas de Historia Económica. Asociación Mexicana de Historia Económica (AMHE). 8 al 10 de febrero de 2012. Ciudad de México “De la centralización corporativa a la formación de Estados autónomos: aportes para un modelo analítico local. El caso del puerto Buenos Aires, 1779-1814” Javier Kraselsky * I) Introducción El objetivo general es analizar si el paradigma de historia colonial hasta los acontecimientos de 1808 puede seguir siendo el abordaje más adecuado para estudiar el periodo final del antiguo régimen y de qué manera podría abordarse dicha etapa hasta la restauración de Fernando VII en 1814. 1 En el camino se propone brindar elementos que colaboren a realizar un modelo alternativo donde los actores locales sean protagonistas activos en los hechos de fines de siglo XVIII y comienzos del XIX. Para ello, el objetivo específico es proponer un concepto articulador como el de la centralización corporativa que permitirá, a mi juicio, enfatizar sobre la relación de América con Europa desde otra perspectiva. Con este término queremos definir cómo fueron las relaciones entre la Corona y sus súbditos a través de los objetivos que cada uno persiguió y cuáles fueron las prácticas utilizadas para alcanzarlos. La centralización corporativa sería, según mi interpretación, la manera en qué se conformó el sistema político en América a través del análisis del cambio borbónico y las experiencias de los * Universidad Nacional de La Plata-CONICET, Argentina. 1 El debate acerca de la cuestión colonial, planteado desde mediados del siglo XIX, tuvo un fuerte impulso con dossier de la revista Nuevo Mundo Mundos Nuevos, Debates, 2004-2005 [En línea] http://nuevomundo.revues.org/203 a partir del trabajo de Annick Lempérière “La cuestión colonial”. En este trabajo cuestiona la validez de considerar “colonial” a la historia americana del siglo XVIII por maquinal, tendencioso y reificado de todo lo sucedido en América previo a las revoluciones de comienzos de siglo XIX. Es decir, es un término político e ideológico cosificado al punto de que los historiadores dedicados al tema no se cuestionan sobre la pertinencia o no de llamar a la historia americana como colonial. Para el Río de la Plata este tema se inicia en 1951 cuando Ricardo Levene escribió Las Indias no son colonias con la intención de recuperar la herencia española. Para los años 1980, los enfoques jurídicos tales como el de Tau Anzoátegui, “Monarquía”, 1999 pusieron de relieve la igualdad jurídica entre los reinos americanos y los europeos. Posteriormente otros investigadores han enfatizado sobre el papel de América como colonia recién después de la transformación borbónica. Los trabajos de Fernando Jumar, “Rioplatenses”, 2003 y “Comercio”, 2007, hacen hincapié en ello. Mientras que en “Revolución”, 2010 replantea sus puntos de vista reflexionando de modo sugestivo sobre q ue la retroversión de los poderes desarrollados en la época revolucionaria concuerda más con la visión de reinos que con la imagen de colonia. En este sentido, el autor a partir de la teoría de los espacios económicos, señala que el Río de la Plata era un espacio integrado que la Revolución desestructuró.

Transcript of Primeras Jornadas de Historia Económica. Asociación Mexicana … · 2014-05-27 · 1 Primeras...

1

Primeras Jornadas de Historia Económica. Asociación Mexicana de Historia

Económica (AMHE).

8 al 10 de febrero de 2012. Ciudad de México

“De la centralización corporativa a la formación de Estados autónomos: aportes para

un modelo analítico local. El caso del puerto Buenos Aires, 1779-1814”

Javier Kraselsky*

I) Introducción

El objetivo general es analizar si el paradigma de historia colonial hasta los

acontecimientos de 1808 puede seguir siendo el abordaje más adecuado para estudiar el

periodo final del antiguo régimen y de qué manera podría abordarse dicha etapa hasta la

restauración de Fernando VII en 1814.1 En el camino se propone brindar elementos que

colaboren a realizar un modelo alternativo donde los actores locales sean protagonistas

activos en los hechos de fines de siglo XVIII y comienzos del XIX.

Para ello, el objetivo específico es proponer un concepto articulador como el de

la centralización corporativa que permitirá, a mi juicio, enfatizar sobre la relación de

América con Europa desde otra perspectiva. Con este término queremos definir cómo

fueron las relaciones entre la Corona y sus súbditos a través de los objetivos que cada

uno persiguió y cuáles fueron las prácticas utilizadas para alcanzarlos. La centralización

corporativa sería, según mi interpretación, la manera en qué se conformó el sistema

político en América a través del análisis del cambio borbónico y las experiencias de los

* Universidad Nacional de La Plata-CONICET, Argentina. 1 El debate acerca de la cuestión colonial, planteado desde mediados del siglo XIX, tuvo un fuerte

impulso con dossier de la revista Nuevo Mundo Mundos Nuevos, Debates, 2004-2005 [En línea]

http://nuevomundo.revues.org/203 a partir del trabajo de Annick Lempérière “La cuestión colonial”. En

este trabajo cuestiona la validez de considerar “colonial” a la historia americana del siglo XVIII por

maquinal, tendencioso y reificado de todo lo sucedido en América previo a las revoluciones de

comienzos de siglo XIX. Es decir, es un término político e ideológico cosificado al punto de que los

historiadores dedicados al tema no se cuestionan sobre la pertinencia o no de llamar a la historia

americana como colonial. Para el Río de la Plata este tema se inicia en 1951 cuando Ricardo Levene

escribió Las Indias no son colonias con la intención de recuperar la herencia española. Para los años

1980, los enfoques jurídicos tales como el de Tau Anzoátegui, “Monarquía”, 1999 pusieron de relieve la

igualdad jurídica entre los reinos americanos y los europeos. Posteriormente otros investigadores han

enfatizado sobre el papel de América como colonia recién después de la transformación borbónica. Los

trabajos de Fernando Jumar, “Rioplatenses”, 2003 y “Comercio”, 2007, hacen hincapié en ello. Mientras

que en “Revolución”, 2010 replantea sus puntos de vista reflexionando de modo sugestivo sobre que la

retroversión de los poderes desarrollados en la época revolucionaria concuerda más con la visión de

reinos que con la imagen de colonia. En este sentido, el autor a partir de la teoría de los espacios

económicos, señala que el Río de la Plata era un espacio integrado que la Revolución desestructuró.

2

actores locales. En el interior de la centralización corporativa y como su ejemplo,

veremos el papel de las corporaciones mercantiles (y productivas) en el Río de la Plata

en particular el caso de Buenos Aires y sus elites que ejercían la hegemonía sobre el

resto de la comunidad.

La ocupación francesa y el cautiverio de Fernando VII generaron, como es

sabido, el movimiento juntista en Europa y América en defensa de su Rey. Esta etapa

prologa la lenta formación de los estados autónomos en regiones que estuvieron

integradas a la Monarquía hispánica y redefine el concepto de soberanía, ahora en

manos de la nación. Pero este momento de cambio duraría poco. En 1814 la

restauración de Fernando VII significó, para Europa, el retorno del absolutismo

fracturado pero no disuelto en 1808 y para América, el intento de recuperar sus

dominios y la aplicación de tal política.

Este trabajo se propone demostrar que en las relaciones entre la Corona y los

actores locales se produjo una centralización corporativa, donde ambos –mediante la

articulación de los cuerpos- recibían beneficios de tal negociación. Las elites de las

corporaciones americanas recibirían, a cambio de su fidelidad manifestada en la

recaudación de recursos, un reconocimiento como tales. La comunidad legitimaba el

poder de la elite dirigente de cada uno de los cuerpos y recibía los privilegios laterales o

secundarios.

Se propone analizar la centralización corporativa como interpretación del

sistema político en América producto de la relación entre las autoridades monárquicas y

los actores locales. Ella se consolidó a fines del siglo XVIII hasta los acontecimientos

de 1808. Luego de esa fecha, el poder antes concentrado en el Rey se fragmenta en un

sistema constitucional que explícitamente refleja la integración de ambos hemisferios a

un mismo sistema. Entre esta fecha y 1814, se produce una multiplicación de las

soberanías a partir de los ayuntamientos locales.

Para el Río de la Plata la centralización corporativa se originaría en 1779, fecha

en que se crea una institución semiformal: las juntas de comercio que en 1794 se

transformarán en el Consulado de Buenos Aires. Esta corporación mercantil surgida en

1779, tiene sus antecedentes en las juntas de comercio que los comerciantes utilizaban

como recurso para proteger sus intereses ante las autoridades desde 1748.2 Desde 1779,

2 Las juntas de comercio eran reuniones de comerciantes desarrolladas entre 1748 y 1794 donde se

llevaban a cabo demandas de la comunidad mercantil ante la corona y el resto de las autoridades reales.

Tuvieron dos etapas de acuerdo a su grado de cohesión. La primera “inorgánica” entre 1748 y 1779 donde

3

sus elites que representaban a los cuerpos funcionaban como interlocutores de la

comunidad mercantil ante las autoridades reales hasta los primeros años del siglo XIX.

El Consulado habría sido el interlocutor reconocido por la Corona hasta su declinación

en los primeros años del siglo XIX, siendo ésta evidente en la época de las invasiones

inglesas de 1806. De allí en adelante el Consulado fue perdiendo progresivamente su rol

de interlocutor local ante la Corona. El cabildo fue quién lo reemplazó respondiendo

financieramente y con mayor eficacia a sus demandas y a la defensa del estuario. En

1808 el Consulado acentúa la declinación produciéndose un vacío de poder emergiendo

el cabildo de Buenos Aires, institución clave en la época revolucionaria que sería el

núcleo de acción de los actores locales.

En regiones americanas la vacancia real produjo un apego a las instituciones

españolas como en Montevideo o bien lo contrario, generando como en Buenos Aires

una reacción revolucionaria. En el primer caso, los actores que venían pidiendo un

Consulado independiente del de Buenos Aires desde 1799 se manifestarían como

posibles interlocutores locales. En el segundo caso y ante el vacío de poder posterior a

1808 –espacio político asumido por la junta provisional de 1810- el Consulado porteño

deja de ser interlocutor de la Corona.

Con ello, si la centralización corporativa habría sido el modelo monárquico para

América, ante un absolutismo aplicado en los territorios europeos, en 1814 se

uniformaría esta última concepción. Ahora el rey utilizaría su poder para recuperar los

espacios americanos: el consenso que primaba anteriormente dio paso al absolutismo, o

mejor un intento de aplicación de la violencia legítima. El mayor intento fue la

expedición de Pablo Morillo a tierra firme en 1815.3

su práctica era informal y la segunda u “orgánica” a partir de esa fecha hasta la creación del Consulado

donde poseían un cuerpo estable de apoderados que representaban a la comunidad y donde las reuniones

fueron más sistemáticas. Véase Kraselsky, “Estrategias”, 2011. 3 El uso de la fuerza de los ejércitos hispánicos era poco probable en América. En el siglo XVIII, los

sectores locales mediante sus elites corporativas fortalecieron su posición relativa y pudieron hacer valer

sus intereses sobre las autoridades reales. Según Mcfarlane, “Ejércitos”, 2008, p. 230, la amenaza de

intervención militar quedó descartada tras la derrota de Trafalgar en 1805 y más aun con la derrota ante

los franceses en 1809. Las fuerzas militares habían sido reformadas, luego de 1762, incorporando a

americanos en sus filas.

4

II) Las “Reformas borbónicas” en el ojo de la tormenta: ¿Absolutismo en América

o negociación de los cuerpos?

Como es sabido, la guerra de sucesión marca la llegada de los borbones al trono

hispánico. Este cambio estimuló una profunda transformación ideológica e institucional,

que implicó la resignificación de las relaciones entre la Corona y las elites locales de

cada uno de los espacios americanos. Estos cambios fueron producidos por las

coyunturas bélicas y por las urgentes necesidades del Estado monárquico que debía

asegurarse los recursos financieros para sostener las guerras y para perpetuarse en el

poder.

Podríamos decir que las explicaciones sobre las “Reformas borbónicas” y sobre

las consecuencias en América se dividen en dos. Las que enfatizan sobre el absolutismo

y las que hacen hincapié sobre el pacto de sujeción.

Las explicaciones basadas en las reformas borbónicas como absolutistas

manifiestan que las reformas produjeron consecuencias a corto, mediano y largo plazo.

Las dos primeras fueron la obtención de mayores rentas en un período acotado en el

tiempo, es decir que fueron efectivas para las arcas reales; pero en el largo plazo estas

reformas produjeron la reacción de las elites coloniales locales desplazadas por los

nuevos funcionarios profesionales de la península. Las reformas se produjeron para

transformar un débil Estado centrado en una “autonomía de hecho” de sus grupos

poderosos a un estado fuerte centrado en sus autoridades peninsulares que reimpusieron

la autoridad cercenada. Para ello impuso una serie de reformas militares en América que

tendrían la misión de proteger los barcos en su travesía oceánica y sus principales

asentamientos del nuevo mundo.4 Es decir que de un pactismo Habsburgo se pasará a un

absolutismo Borbón.5

Los trabajos de las últimas décadas enfatizan sobre el papel que tuvieron los

acontecimientos en Europa más que como trasfondo de las revoluciones como razón de

la desintegración monárquica, es decir la monarquía se derrumba por factores externos,

como la invasión napoleónica.6 Dicha perspectiva fue el centro del análisis de, entre

otros, Tulio Halperin Donghi que el 2009 retorna a la explicación con nuevas

4 Halperin Donghi, Reforma, 1985; Kuete, “Conflicto”, 2000, p. 330. 5 Véase los trabajos de Lynch, Administración, 1962 y Siglo, 1991; Brading, Mineros, 1995; Halperin

Donghi Tradición, 1961 y Reforma, 1985; Chandler y Burkholder, Impotencia, 1984; Pietschmann

“principios”,1994; Guimerá, Reformismo, 1996; Moutoukias, “Redes”, 1992, Gelman, “Lucha”, 2000. 6 Guerra, Modernidad ,1992; Rodríguez, Independencia, 1996.

5

interpretaciones. El autor enfatiza sobre la importancia de Campillo y Cosio y sus ideas

de conservación de las fuentes americanas de ingresos para el erario real.7 La

originalidad de este trabajo es que señala que 1808 no fue la fecha clave del derrumbe

de la monarquía sino que fue 1796, año en el que España entra en guerra contra

Inglaterra.8 Esta fecha es la consecuencia de un proceso iniciado en 1700 con la guerra

de sucesión y con 1762 año de la invasión británica al puerto de La Habana. Es decir

que todos estos hechos impulsan las reformas que pretendieron transferir a los

territorios americanos los costos referidos a su defensa.9 De ahí comienza la decadencia

hispánica que madura hacia la caída de 1808.

Esta mirada enfatiza que las reformas comenzaron en la península para pasar

luego a las regiones americanas. De una política basada en un pacto, a un sistema donde

el poder fue absoluto.10 Pero es necesario analizar las peculiaridades en el nuevo

mundo: en Europa tendieron hacia un absolutismo, pero en América,-si bien habría sido

la intención- no habrían sido exitosas generándose lo que llamo la centralización

corporativa.

Otra visión dentro del paradigma absolutista esta dado por el

neoinstitucionalismo que enfatiza sobre las instituciones para analizar las divergencias

entre los territorios colonizados por la península ibérica y los derivados de la conquista

inglesa. Esto último con el objeto de demostrar que las instituciones fueron

determinantes en el desarrollo posterior de su economía en el siglo XX.11 Esta corriente

parte del orden político como explicación del crecimiento económico, traducido en la

capacidad del estado para generar “compromisos creíbles” y la interiorización de los

miembros de la sociedad sobre el cumplimiento de las normas preconizadas en este

Estado. Muchos autores dedicados a problemas sobre el comercio y la producción en el

siglo XVIII y XIX abonan algunos principios de estas teorías.12

Frente a las corrientes que enfatizan las reformas como absolutistas un nuevo

enfoque viene produciéndose en los últimos años. Detrás de ideas desarrolladas por

Ruggiero Romano de América como una región del Antiguo Régimen europeo con sus

características propias, nuevas investigaciones enfatizan sobre el carácter del “nuevo

7 Halperin Donghi, “Crisis”, 2009, p. 22. 8 Ibid, p. 28. 9 Ibid, p. 25; Irigoin y Grafe, “Bargaining”, 2009, pp. 192-195. 10 Lynch, Siglo, 1991; Amarlic, Jean Pierre y Luciente Domergue, España, 2001; Fontana, “Época”,

2007, Delgado, “Construir”, 2010. 11 North, Summerhill y Weingast, “Orden”, 2002. 12 Véase Ibarra, “Consulado”, 2000; “Consulado”, 2003; “Mercado”, 2003; Moutuokias, “Fenómeno”,

2006.

6

mundo” como parte integrante de los reinos hispánicos.13 Los trabajos de Ruiz Ibáñez y

de Dubet y Ruiz Ibáñez parten de la premisa de interpretar a los borbones bajo un

Estado compuesto.14

En este sentido se destaca la visión de Federica Morelli quien parte de la base de

considerar el sistema político antes y después de la independencia bajo una continuidad

más que como rupturas. A fines del siglo XVIII y principios del XIX se crearía un

estado mixto. Según la autora, la Corona no pudo completar el proyecto absolutista en

América por su derrumbe en 1808 y tuvo, para conseguir sus objetivos, que negociar

con las elites locales. Observa que el proyecto borbónico no sólo significó el nuevo

dominio colonial, tanto territorial como fiscal, sino también un estado nuevo con una

burocracia más eficaz que recuperase el terreno perdido ante las elites. Es decir, que

tuvo que basarse más en la negociación que en la coerción.15

Así, según su análisis, estas iniciativas de los borbones estuvieron centradas

territorialmente en la conservación de antiguas estructuras y con ello en el

fortalecimiento de las corporaciones gremiales. El resultado de esto sería el “estado

mixto” resultante en América ante la imposibilidad de construir un estado absoluto

como había hecho la dinastía borbónica en Francia. La monarquía borbónica logró, para

esta autora, recuperar parte del poder instalado en los cargos del Estado, pero no debilitó

la sociedad corporativa, fracasando en su intento de conformar un estado absoluto con

un control individual sobre los vasallos americanos. Los principios de Morelli son

similares a los míos, lo que refuerza la matriz teórica de la centralización corporativa,

que más adelante analizaré.16

Este trabajo parte precisamente de considerar a los territorios locales como parte

integrante de la monarquía plural y a las corporaciones como actores colectivos donde

sus elites cuentan con el reconocimiento formal o informal de la Corona. En particular

me refiero a las elites de una región, la rioplatense compuesta por los individuos más

poderosos, que en este espacio son los comerciantes y los hacendados agrupados en sus

13 Romano, Coyunturas, 1993 y Pérez Herrero, Comercio, 1992. 14 Ruiz Ibáñez, Milicias, 2009; Dubet y Ruiz Ibáñez, Monarquías, 2010. 15 Morelli, Territorio, 2005; “antiguo”, 2007; “redefinición”, 2008, analiza la formación de los estados

nacionales en Hispanoamérica partiendo para ello del lazo colonial reformulado por los borbones. Parte

de la Audiencia de Quito para observar, a través de ella, el comportamiento de las elites locales en las

reformas borbónicas que, ante el proyecto de conformar el absolutismo, respondió con una consolidación

del régimen corporativo. Es decir, observa la interacción entre el poder central y los poderes locales o

periféricos. 16 Comencé a delinear el concepto de centralización corporativa en mis estudios de Maestría en el año

2005, llegando a conclusiones parecidas a los de la autora.

7

gremios particulares que luego se integran en el Consulado como gremio mercantil y

productivo.

III) Propuesta: la centralización corporativa

Se considera aquí a la sociedad hispanoamericana en los siglos XVIII y

principios del XIX como de Antiguo Régimen. En esta modalidad de análisis se

destacan las jerarquías, los lazos horizontales y verticales entre los miembros de la

sociedad y la política corporativa de los gremios.17 En este sentido, cada cuerpo poseía

un poder relativo que le otorgaba un margen de acción y negociación respecto a otros

actores y cuerpos.

La centralización corporativa sería el resultado de las relaciones entre las

autoridades y los actores locales que generaron un sistema político construido en

América ante la imposibilidad de aplicarse un absolutismo como en Europa. En esta

relación los objetivos de las autoridades hispánicas se contraponen a los de los actores

locales llegando a una solución de compromiso.

La centralización corporativa, como concepto analítico es, en mi opinión

resultado de un conjunto de ideas que –aunque resulte esquemático- pueden agruparse

en tres: aquellas que hacen referencia al poder o soberanía política como fundamento al

Estado moderno, aquellas que se refieren puntualmente al estado monárquico español

del siglo XVIII y aquellas que se refieren a las prácticas de los actores y sus

experiencias históricas.

En el primer caso partimos de la base de que el poder o la soberanía de una

organización política o estado –en principio monárquico- no pueden fundamentarse en

la coacción militar ni en un liderazgo basado sólo en la fuerza. Siguiendo a Weber, la

dominación puede ser ejercitada por tres canales, el legal, el tradicional y el carismático,

en el Antiguo Régimen como sociedad estamental puede decirse que la hegemonía

ejercida por la elite estaba sustentada por el segundo. Las elites locales, integradas a las

corporaciones, ejercían su autoridad no sólo por su liderazgo económico sino por su

prestigio social y legitimidad política. De este modo el sistema político para ser eficaz

debe ser consensuado por la comunidad que lo forma.

17 Hespanha, Vísperas, 1989; Guerra, Modernidad, 1992 y “política”, 1998; Imízcoz Beunza,

“Communauté”, 1998; Lempériére, “República”, 1998; Rojas, Cuerpo, 2007; Dedieu, “Aparato”, 2010.

8

El rey debía cumplir obligaciones respecto a sus vasallos, estos poseían

instrumentos para salvaguardar sus intereses.18 En la segunda mitad del siglo XVIII, la

imposibilidad de aplicación de la fuerza física para conseguir sus objetivos o al menos

su amenaza hizo, en mi opinión que la Corona implementara otros mecanismos de

dominación indirecta como el reconocimiento de los cuerpos y la negociación de

ventajas a través de ellos.

La lectura de algunos teóricos clásicos como Hobbes y Locke, -aun con visiones

diferentes- nos permite observar que, al menos en la cultura occidental, en toda

formación social hay un pacto o contrato entre los individuos.19 El sistema político

basado en la teoría pactista se rompería con la guerra entre facciones de hombres, los

que mostrarían las ambiciones y su forma de solucionar dichos conflictos imponiendo

sus condiciones.

En el caso particular de España, todas estas ideas del origen del poder basada en

el pacto se traducen en el pensamiento de los juristas y teólogos quienes desarrollaron

las concepciones acerca del pactum subiectionis y del poder real y sus límites.20 La

Iglesia juega un rol fundamental en esta época otorgándole legitimidad y contenido al

poder terrenal. La historia política constitucional de la desintegración de la monarquía

hispánica y la emergencia de las ideas liberales que desembocan en la constitución de

Cádiz, es la muestra de que el poder absoluto nunca se dio en forma tajante en la

península. Las ideas de los constitucionalistas históricos desarrollados por Tulio

Halperin Donghi y François-Xavier Guerra21 manifiestan el retorno a las ideas anteriores

a los borbones que triunfan en la constitución gaditana de 1812.

En segundo lugar la influencia de los ilustrados españoles del siglo XVIII

otorgan, según mi opinión, validez a la centralización corporativa como concepto

analítico. La centralización corporativa intenta ser la interpretación del sistema político

en América a partir de la relación dialéctica entre las autoridades y los actores locales.

La Monarquía trataba de sobrevivir en un estado en crisis, para lo cual debía

transformarse estructuralmente. El papel de las elites locales es importante en ello, ya

que mediante sus experiencias y prácticas corporativas, formaron parte en la creación

18 Chiaramonte, Nación, 2004, pp. 119-126 analiza las formas que los vasallos pueden proteger sus

intereses basados en el iusnaturaismo. 19 Hobbes, Leviatán, [1651] 2003; Locke, Segundo, [1690] 2003. 20 Véase la interpretación sobre Francisco de Vitoria y Francisco Suarez en Halperin Donghi, Tradición,

1961, pp.19-43. 21 Halperin Donghi, Tradición, 1961; Guerra, Modernidad, 1992.

9

del sistema político negociado. El pensamiento de los ministros ilustrados manifiesta la

crisis y necesidad de transformación de la corona y su estudio puede brindar elementos

que clarifiquen la cuestión de fondo de su lugar en el sistema político. Si bien son

demasiados para analizarlos aquí,22 dos de sus principales intelectuales han sido José del

Campillo y Cosio y el conde de Aranda que utilizaremos como muestra.

El primero mediante su escrito Nuevo sistema de gobierno económico para

América, intenta dar respuestas al estado de decadencia y desorden. En su escrito que

está fechado en el año 1743 pero publicado más tarde, dice que respecto a América se la

debe mirar bajo dos conceptos, el primero, como mercado ya que “pueden dar consumo

a nuestros frutos y mercancías” y el segundo, como “una porción considerable de la

Monarquía, en que cabe hacer las mismas mejoras que en España.”23

En cuanto al monopolio, observa que es imposible prohibirle a América que

comercie con otras naciones y propone la libertad de comercio lo que detendrá el

comercio ilícito. Esto aumentaría la opulencia del nuevo mundo, y con esto al menos

recaudaría grandes subsidios, “debilitaría el comercio y ganancia de nuestros

enemigos.”24

Este escrito tiene como objetivo central flexibilizar las leyes de comercio a fin

de engrosar la recaudación fiscal, aumentando los puertos habilitados para el comercio

con América. Este escrito fue, entre otros, retomado por Campomanes en 1762 para

reafirmar las ideas de libertad de comercio compatible con la exclusividad hispánica de

comerciar con América. Proyectos que se materializaron en el Reglamento de Comercio

Libre de 1778.25 Campillo asimismo fue un intelectual que, según Portillo Valdez,

colaboró en el desarrollo de una nueva concepción política basada en el

constitucionalismo que se produjo desde 1808.26

En segundo ejemplo es el conde de Aranda, ministro de Carlos III que escribe en

1783 el Dictamen reservado del conde de Aranda al Rey Carlos III sobre la

independencia de las colonias inglesas de América donde expresa su temor a la

revolución norteamericana y su posible expansión a los territorios de Hispanoamérica.27

22 Remitimos Artola, “América”, 1969, pp. 51-77 y Lynch, Siglo, 1991, pp. 262-376. 23 Véase Campillo y Cosio, José, Nuevo sistema de gobierno económico para América, Madrid, en la

imprenta de Benito Cano, 1789, p. 8. [En línea] <http://books.google.com.ar/books> [Consulta: 23 de

noviembre de 2011]. 24 Ibid. p. 178. 25 Dominguez Ortiz, Carlos, 1988, p. 219. 26 Portillo Valdez, “Unum pluribus”, 2008, p. 65. 27Aranda, Dictamen reservado del conde de Aranda al Rey Carlos III sobre la independencia de las

colonias inglesas de América, 1783 [en línea] <http://www.bibliojuridica.org/libros/6/2713/48.pdf> pp.

10

En este dictamen promueve el desprendimiento por parte de la Corona hispánica de

todas sus posesiones en América, “quedándose únicamente con las Islas de Cuba y

Puerto Rico” manifestando que

“se deben colocar tres infantes en América: el uno del Rey de México, el

otro del Perú y Otro de restantes de Tierra Firme, tomando Vuestra Majestad

el título e Emperador”

Estos tres deben reconocer al rey de España por “suprema cabeza de la familia”.

Esta independencia de hecho brindará a España la posibilidad de rentas.

Así el lazo familiar se mantendría, los soberanos y sus hijos se casaran con

infantes de España o de su familia, de modo que “subsista siempre una unión

indisoluble entre las cuatro Coronas, debiendo todos jurar estas condiciones a su

advenimiento al trono” estas “cuatro naciones” se consideraban “como una en cuanto a

comercio reciproco, subsistiendo perpetuamente entre ellas la mas estrecha alianza

ofensiva y defensiva para su conservación y fomento”28

Los vínculos de España con los territorios americanos serán indirectos, a través

de Francia. Así dice Aranda dice que

“no pudiendo nosotros surtir aquellas colonias de los artefactos que

necesitan ara su uso sea la Francia, nuestra aliada, la que posea de cuantos

artículos no podamos suministrarlas con exclusión absoluta de Inglaterra”

Este proyecto beneficiaría a España. Al recibir cada vez menos beneficios

monetarios de América a un costo cada vez mayor, esta independencia relativa de los

reinos Americanos con sus tres autoridades americanas,

“sacará mucho mas producto líquidos que ahora (…) que con las islas que he

dicho no necesitamos más posesiones, fomentándolas y poniéndolas en el

mejor estado de defensa y, sobre todo, disfrutaremos de todos los beneficios

que producen las Américas sin los gravámenes e su posesión.”29

Estas ideas son aplicables en América solamente siguiendo o aceptando una

realidad diferente a la europea, donde en última instancia fueron las elites locales las

que permitieron que las ideas reformistas borbónicas llegaran, salvo el proyecto de

Aranda, a buen puerto.

384-386 [consulta: 11 de septiembre de 2011]. Estas ideas fueron impulsadas en las memorias de 1769 y

en cartas enviadas a Floridablanca en 1785- 1786, ideas reelaboradas por Godoy en 1802. Véase

Domínguez Ortiz, Carlos III, 1988, p. 213. 28 Aranda, documento en línea citado, p. 385. 29 Ibid., p. 386; Federica Morelli, “Ciencia”, 2010, p. 66-69 y José M. Portillo Valdez, “Unum pluribus”, 2008, pp. 65-66 enfatizan sobre Victorian de Villaba, funcionario que desde América intentó reformar la

Monarquía.

11

Este ambicioso proyecto no llegó a concretarse pero revela que los ministros

españoles veían la pérdida del vínculo americano como algo inexorable. Este proyecto

manifiesta en mi opinión, que los territorios americanos estaban integrados a la

Monarquía Hispánica, pero que el control por las autoridades debía ser ejercido por

medios distintos al uso de la violencia legítima como sucedía en Europa. La distancia, el

costo de los ejércitos y las dificultades en el reclutamiento fueron los principales

obstáculos a este tipo de dominación absolutista.30

Con estas ideas principales los intelectuales ilustrados se percataron ya desde

inicios del siglo XVIII que un cambio político era fundamental para conservar los

dominios de ultramar. En sus ideas buscaban una centralización política, éstas habrían

colaborado a crear una forma original de dominio en América que implicaba la

participación de los actores locales. Estos se agrupaban en corporaciones para negociar

privilegios a través de ellas. La centralización corporativa se daba en América, no en

los territorios europeos donde la amenaza de la intervención militar no sólo fue creíble

sino que fue aplicada.

Por último, la centralización corporativa es tributaria de las ideas que enfatizan

sobre las prácticas políticas de los actores. A partir de las últimas décadas del siglo XX,

los estudios sobre los espacios públicos y la sociabilidad marcaron una serie de temas

donde los actores son los protagonistas.31 A lo cual se suman vertientes del marxismo

no estructuralista sobre todo de la corriente británica que define y analiza el término

clase en su sentido amplio, superando los términos esquemáticos de la clase como el

lugar que tienen los individuos en las relaciones de producción.32 Este cuerpo de ideas

da pie a las nuevas miradas sobre las relaciones entre los actores.

La centralización corporativa es un concepto que trata de definir a los grupos

como una “armazón”33 integrada con actores que mediante sus experiencias se vinculan

unos con otros en la sociedad. Así, los individuos tuvieron un papel activo en la

formación de las corporaciones integradas al sistema político en el siglo XVIII basadas

en su actividad socioprofesional. Estos necesitaron corporativizarse y legitimar sus

30 Domínguez Ortiz, Carlos III, 1988, p. 214 observa que fueron muy pocas las unidades militares

regulares enviadas a América, 25000 profesionales, las milicias locales eran su complemento con

130.000 soldados. En este sentido Mcfarlane, “Ejércitos”, 2008 observa la composición de los ejércitos,

donde desde el último tercio del siglo XVIII, se produciría una “americanización”. 31 Guerra, Modernidad, 1992; Guerra y Lempériere, Espacios, 1998. 32 Véase entre otros Kaye, Historiadores, 1989 y Thompson, Tradición, 1989. 33 El término pertenece a Imízcoz Beunza, “Communauté”, 1998.

12

elites, para conseguir beneficios de las autoridades. En este sentido, las ideas sobre el

poder y el control social desarrolladas entre otros por Weber y Foucault, colaboran con

la elaboración de este concepto articulador de la sociedad de Antiguo Régimen.

Estas ideas, entre otras, permiten a mi juicio consideran la validez de la

centralización corporativa como herramienta de análisis para el sistema político.

IV) La centralización corporativa y la formación de los nuevos Consulados

americanos

Los comerciantes eran un cuerpo autónomo con fines puramente económicos y

con estrategias que les permitían la consecución de sus objetivos. Hemos dicho que los

Consulados podrían ser los interlocutores reconocidos de la Corona. Desde el siglo

XVII hubo dos Consulados, en México34 y en Lima.35 Desde 1778 el Reglamento de

Comercio Libre permite la creación de los nuevos Consulados.36 Es precisamente aquí

donde podría interpretarse el inicio de la centralización corporativa.37

Este intento de centralización estuvo vinculado a la necesidad de los actores

locales de desarrollar sus poderes como elite hegemónica. La forma fue a partir de crear

y consolidar las corporaciones para negociar con la Corona a través de ellas. Esto le

daba a la elite que la manejaba, legitimidad como grupo dominante. En estas

corporaciones se incluyen no sólo los Consulados como gremios de comerciantes, sino a

los de actores con una actividad socioprofesional definida como la de los hacendados y

los mineros entre los más importantes. Pero también pueden mencionarse el de los

artesanos, los labradores, los zapateros, etc. Es decir, todos los grupos sociales

comenzaron a corporizarse para a través de ello buscar beneficios. La relación de los

actores locales ante las autoridades puede verse a través de las ceremonias de asunción

de los virreyes: en ellas se torna evidente el equilibrio de lealtad por reconocimiento.38

La Corona legitimaba el control de los poderosos locales porque carecía de

fuerza para subordinarlos, a la vez las elites recibían esa legitimación no sólo por los

34 Véase los trabajos de Guillermina del Valle Pavón; “Consulados”, 2001; “Gestión”, 2003; “Régimen”,

2007 entre otros. 35 Véase los trabajos de Cristina Mazzeo, “Comercio”, 2000; “Consulado”, 2003. 36 Hausberger Bernd y Antonio Ibarra, Comercio, 2003. 37 En el Río de la Plata como hemos dicho, el recurso de convocar a Junta por los comerciantes estaba

presente ya desde 1748, estas experiencias comunes permiten el desarrollo de la centralización

corporativa. 38 Para el Río de la Plata, véase Garavaglia, Construir, 2007, p. 39-43.

13

beneficios económicos que podían recibir, sino para consolidar su poder. La debilidad

del Estado borbónico se manifiesta en su dificultad para aplicar en los territorios de

América su proyecto absolutista. Esta necesidad de la Corona de obtener consenso de

los cuerpos, manifestaba el poder relativo de los actores locales a través de sus

corporaciones. Es decir que los borbones intentaron concentrar el poder real, proteger

los dominios de la monarquía de las potencias extranjeras y racionalizar la recaudación

fiscal.

La Corona borbónica intentaba centralizar el poder del Estado apelando a un

nuevo fundamento de poder que legitimara su autoridad.39 Este fortalecimiento del

poder, lejos de conformar un Estado vertical o absoluto, habría impulsado la

consolidación de los cuerpos locales que jerárquicamente ordenados y con un margen de

poder propio, constituían la Monarquía plural. Así, en mi opinión, los borbones

intentaron proyectar el absolutismo que habían logrado en la península, pero que en

América resultó imposible creándose un sistema político ambiguo donde los objetivos

de las autoridades y de los actores llegaban a un acuerdo: la centralización corporativa.

Esta implicaba la reconfiguración de las relaciones entre el poder central y los actores

locales por la cual los actores locales se constituirían como cuerpos con identidades

socioprofesionales y negociarían a través de ellos. Los nuevos Consulados serían una

muestra de ello.

El 1778 se sanciona el Reglamento de Comercio Libre que, en mi interpretación,

es punto de partida de lo que llamamos centralización corporativa. Como ya dirigimos,

su artículo 53 abre la puerta a la conformación de nuevos Consulados de comercio

siendo un punto de inflexión en el desarrollo de los gremios mercantiles. Dicho artículo

establece que con el objeto de “restablecer la industria y la felicidad de mis Vasallos” la

Corona fomenta que en “todos los puertos habilitados de España donde no huviere

Consulados de Comercio, se formen ahora con arreglo á las Leyes de Castilla é Indias”.

Estos Consulado tendrán como objetivo fomentar la agricultura, la navegación y la

elaboración de producciones.40

39 El fortalecimiento estatal es el resultado de las reformas administrativas y territoriales. El nuevo

fundamento se centra en el mayor control sobre la Iglesia y avance del regalismo. Sobre ambos temas la

bibliografía es abundante, Gelman, “Lucha”, 2000; Pagden, Señores, 1997 y especialmente Sánchez

Bella, Iglesia, 1990 y para el Río de la Plata, véase Chiaramonte, Nación, 2004. 40 Documentos para la Historia Argentina, Facultad de Filosofía y Letras (en adelante DHA) Tomo VI, p.

35. El subrayado es mío. Si bien este capítulo alude solamente a España, en mi opinión se entiende como

España todos los territorios de la Monarquía.

14

El Reglamento no sólo reconocería a América como parte de España –

anunciando la política posterior a 1808- sino que convocaba a la formación de cuerpos

de comerciantes con quienes negociar. Es decir que la dinastía borbónica, como parte de

su proyecto de racionalizar la obtención de beneficios, impulsaría el fortalecimiento de

los cuerpos locales. Se crearon de este modo los cuerpos de, entre otros, Guadalajara41 y

Veracruz42 para terciar con el Consulado de México en el virreinato de Nueva España y

Buenos Aires43 para contrapesar a Lima. Pero según mi interpretación, no sólo habrían

sido construidos para equiparar la influencia de los viejos Consulados sino también para

obtener mayores recursos financieros.

La creación de vínculos con regiones “nuevas” tiene como objeto la

centralización de sus producciones en las autoridades reales mediante el reconocimiento

de cuerpos de comerciantes que eran quienes estaban en condiciones de asumir el

liderazgo institucional. Los préstamos y donativos fueron muestras de la importancia

corporativa de dichas instituciones. La fragmentación de los poderes en América está

vinculada íntimamente a la centralización monárquica y solamente esto era viable

otorgándole a las elites regionales el reconocimiento como elites de los nuevos cuerpos.

V) Desarticulación y fracaso de la centralización corporativa. Período de transición

al intento de absolutismo de 1814

En 1808 se produce la vacancia de rey y como consecuencia de ello el

movimiento juntista se reproduce a ambos márgenes del atlántico.44 Si en los reinos

europeos, el absolutismo deriva en ideas liberales, en América el fracaso de la

centralización corporativa deriva en un vacío de poder y en la transición al intento más

coherente de absolutismo. En el camino, se desarrollan movimientos juntistas que

buscaban la autonomía y que resultan –sólo en última instancia- revolucionarios y

opuestos a la monarquía como sistema político.

Es precisamente en este momento donde en América la centralización

corporativa fracasa. El inicio del fin de la monárquica implica la caída de su proyecto

en América. La monarquía plural se transforma en plurinacional donde el poder

41 Véase los trabajos de Antonio Ibarra “Consulado”, 2000; “Consulado”, 2003; “Mercado”, 2003. 42 Souto Mantecón, “Prácticas”, 2003. 43 Tjarks, Consulado, 1962; Kraselsky, “Estrategias”, 2011. 44 Una visión general de los dos márgenes del Atlántico puede verse en Chust, Eclosión, 2007.

15

antiguamente del monarca se regionaliza y fragmenta en todos sus componentes

territoriales. Al menos para el Río de la Plata, el Consulado deja de ser el interlocutor de

los territorios americanos y las autoridades, este como veremos en el apartado siguiente

declina su influencia siendo reemplazado por el antiguo cabildo que en esta época

retoma importancia.45

La disgregación de la monarquía en federaciones regionales fue el objeto de

estudio de muchos historiadores.46 En palabras de Marchena ante el cautiverio de

Fernando, se imponen unas “autoridades dispersas y asimismo contrapuestas”.47 El

movimiento juntista de 1808 y 1810 significa un cambio en las estrategias de

conservación del amplio territorio que inexorablemente marchaba hacia la disgregación.

Con ello, la actitud institucional fue no sólo proteger los territorios europeos de las

ambiciones de Napoleón, sino también y sobre todo resguardar la fuente de

financiamiento del erario real.48 La muestra más palpable de esta dirección fueron los

decretos de 1809 sobre la igualdad de los representantes americanos con los europeos.

Las instituciones que reemplazaron al rey intentaron legitimarse y funcionar tal

como las reales: organizaron el ejército, el sistema rentístico, etc. En España derivan en

gobiernos provinciales que buscaron proteger los intereses de la nación.49 La Junta

Central era considerada como Majestad, su presidente de alteza y los vocales eran

tratados como excelencia.50 Así, como se verá en el próximo apartado, tuvieron la

capacidad de conceder beneficios mercantiles como el Consulado de Montevideo.

En América entonces, este proceso institucional se traduce en las juntas locales,

las luchas entre las ciudades cabeceras y las subordinadas por transformarse en

dominadores de la situación. De este modo la política planteada por Aranda tiempo

atrás, adquiere relevancia. Las reformas por él promovidas se avizoran como las únicas

que pueden salvar lo salvable.

En 1810 se producen movimientos revolucionarios que solicitaban la autonomía

y no la independencia.51 Esta autonomía implicaba un mayor margen de poder dentro de

la monarquía, problema abordado por la Ilustración española. En 1812 el moderado

liberalismo español se manifiesta en la constitución gaditana: constitución monárquica

45 Kraselsky, “Estrategias”, 2011. 46 Morelli, Territorio, 2005, p.77; Chust, Eclosión, 2007; Portillo Valdez, “Crisis”, 2008; “Unum

pluribus”, 2008. 47 Marchena, “Obedientes”, 2008, p. 144. 48 Marichal, Bancarrota, 1999; Valle Pavon del, Consulado, 2001. 49 Moliner Prada, “Juntas”, 2008, p. 141; Portillo Valdez, “Crisis”, 2008, p. 110; 112. 50 Moliner Prada, “Juntas”, 2008, p. 168. 51 Rodríguez, Independencia, 1996, pp. 204-282.

16

pero no autoritaria que reflejaba la soberanía popular como fuente de legitimidad. La

monarquía intentaba refundarse, basada en el constitucionalismo moderno, en la nación

española en sus límites transoceánicos. Las diputaciones aparecerán como nuevas

estructuras políticas provinciales.52

En 1814 se produce la restauración de Fernando, el deseado al trono español. Se

anulan las reformas producidas por los liberales en el poder, se elimina la constitución

de Cádiz y la posibilidad de una monarquía constitucional, esto significó un retorno al

absolutismo en su vertiente hispánica. Al año siguiente, se produce un intento de

reconquista liderado por ejércitos europeos como la expedición pacificadora de Pablo

Morillo.53 Este año la insurgencia volvería a estar en el centro de la escena. Ahora

reclamando la independencia.

En América se modifican las bases del sistema político resultado del equilibrio

de las autoridades frente a los actores que llamamos centralización corporativa hacia un

intento de absolutismo real. La política de negociación queda en el pasado. El

monopolio de la violencia en manos reales provoca el aceleramiento de la ruptura.

VI) La Corona, los actores locales y sus estrategias: centralización corporativa en el

Río de la Plata

En el Río de la Plata, el concepto de centralización corporativa se traduce en la

formación de corporaciones como lo son la mercantil en primer lugar y la hacendada en

segundo. Las Juntas de comercio, que desde 1748 se desarrollaban como recurso

corporativo, se transformaron en su etapa orgánica, iniciada en 1779, en interlocutores

de la Corona a través de sus representantes permanentes. Las Juntas se transforman en

el Consulado de Buenos Aires en 1794 y posteriormente, en 1797, se integran los

hacendados en dicha institución. La corporación mercantil es el resultado de un doble

proceso: por un lado, nace por iniciativa de los comerciantes y por otro se fortalece con

la actitud de la Corona de fomentar los cuerpos americanos.

Los actores con intereses mercantiles por intermedio de sus corporaciones

negociaban con la Corona los términos de la relación que, aunque jerárquica, reflejaba

52 Portillo Valdez, “Unum pluribus”, 2008, p. 72. Morelli, Territorio, 2005, pp. 146-229 menciona este

período como el “triunfo de los municipios”, donde los cabildos y ayuntamientos conservan su hegemonía

local y donde las diputaciones que reemplazan a las audiencias entran en vigor. 53 Rodríguez, Independencias, 1996, pp. 148, 223-232; Marchena, “Obedientes”, 2008, p. 146.

17

su capacidad de negociación. Para ello, las corporaciones mercantiles y su elite

representativa brindaban su lealtad, sumisión y protección a la autoridad nominal de la

Corona y una serie de beneficios económicos para la Real Hacienda (recaudación de

tasas, gestión de préstamos y donativos, etc.).

La comunidad mercantil habría prestado su consentimiento a dicha elite que los

había representado en las Juntas de comercio primero y en el Consulado después, al

menos hasta la primera década del siglo XIX, debido a que mediante ello, lograba

beneficios laterales y dilaciones en el pago de las alcabalas de segunda venta y un fuero

mercantil para resolver sus conflictos.54

El Reglamento de Comercio Libre significa la apertura de las negociaciones

entre la Corona y los actores locales que va a generar lo que llamo centralización

corporativa. Los comerciantes tomaron la iniciativa de convocar a junta de comercio el

18 de mayo de 1779. En ella, quedó conformada la estructura interna orgánica del

cuerpo de comerciantes actuantes en Junta.55 Esta estructura permanente era liderada

por tres de sus más importantes miembros, como apoderados del conjunto eran quienes

deberían pedir por el Consulado.

Desde inicios de la década del 1790 los comerciantes locales comenzaron a pedir

con mayor énfasis la creación del Consulado. El motivo principal fue su conflicto con

los hacendados por el monopolio del comercio de cueros. Este fue el momento en que

los hacendados pidieron la creación de un Tribunal de la Mesta en Buenos Aires. En esta

disputa se escondía la competencia entre los dos grupos por transformarse en el

interlocutor de la Corona. La lucha por el reconocimiento implicaba la entrega de fondos

monetarios.

Los hacendados propusieron la conformación de su gremio el 2 de diciembre de

1775 separando su órbita de interés del cabildo que históricamente los comprendía. Así

se juntaron para organizar un cuerpo que proteja sus intereses.56 En 1797 y por Real

Cédula –como hemos dicho- los hacendados comienzan a integrar el Consulado

alternándose en su dirección con los comerciantes.57 Esta paz relativa entre los dos

grupos integrantes del Consulado dura –con tensiones y momentos de algidez- hasta

1808 en que se produce el principio del fin de la monarquía.

54 Kraselsky, “Estrategias”, 2011. 55 Archivo General de la Nación (en adelante AGN), IX 37-7-6, expte 20. 56 AGN, IX 30-1-4 expte. 8 f 1. 57 Jumar y Kraselsky, “Esferas”, 2007; Kraselsky, “Estrategias”, 2011.

18

En esta etapa conflictiva se producen nuevos choques de intereses entre ambos

cuerpos en el interior del Consulado: en 1809 los objetivos de los comerciantes

consiguieron imponerse al de los hacendados logrando obstaculizar el comercio libre de

cueros por medio del Reglamento Provisorio de comercio a amigos y neutrales.

Mediante este Reglamento, los comerciantes seguían monopolizando el comercio

interno y la venta al menudeo. Esta etapa se cierra con el Reglamento de Comercio libre

del 11 de septiembre de 1812 que les quita el monopolio del comercio interno. En este

período los hacendados lograron imponerse a los comerciantes ultramarinos.58

VII) La revolución en Buenos Aires: desmoronamiento del Consulado porteño y la

conformación del Consulado de Montevideo

Montevideo no fue solo el puerto marítimo de Buenos Aires, fue el núcleo

militar español en el Río de la Plata. No poseía la importancia institucional que si tenía

Buenos Aires, pero durante el siglo XVIII su importancia fue en aumento.59 Desde 1791

tomó preeminencia en el tráfico negrero60 y pronto adquirió relevancia con el comercio

de ensayo en 1795 y con buques neutrales a partir de 1797.61

Según el artículo X del acta de creación del Consulado de Buenos Aires, este

tuvo 16 diputaciones. Una de ellas fue la diputación de Montevideo que se creó en 1795

y desde su instalación tuvo problemas de funcionamiento debido a rivalidades y

competencias con su vecina occidental.62 Hasta la creación de su propio Consulado, sus

actores se reunieron en juntas de comercio que funcionaron del mismo modo que las

porteñas,63 pero sus reuniones incluían no sólo a los comerciantes sino que también a

hacendados y navieros.

58 Krasesky, “Estrategias”, 2011; Jumar, “Revolución”, 2010. 59 Bentancur, Puerto, 1997; Frega, “Junta”, 2008. 60 La Real Cédula de 24 de noviembre de 1791 autorizaba a intercambiar esclavos por frutos por el puerto

de Montevideo, DHA, tomo VII, pp. 3-9. 61 Silva, Comercio, 1993, pp. 91-95. 62 Véase Pivel Devoto, Raíces, 1957; Capillas de Castellanos, Historia, 1962; Bentancur, Puerto, 1997;

Kraselsky, “Relaciones”, 2009. 63 Archivo General de la Nación de Montevideo de la Republica Oriental del Uruguay (en adelante

AGNU), libro 477 “Actas de las Juntas de comerciantes de Montevideo”, se pueden ver la del 14/2/1794;

23/12/1797; 17/9/1798, 29/11/1807; 5/1/1808; 5 y 23/3/1810; 9 y 17/1/1811; 18/12/1811; 24/3/1812.

19

Las rivalidades de la elite del lado oriental del río con el Consulado de Buenos

Aires eran evidentes desde su creación.64 Sus diputados eran nombrados desde Buenos

Aires y tenían las mismas condiciones de los integrantes del Consulado porteño. La elite

montevideana solicitó en 1799 la creación de su propio Consulado alegando el

crecimiento de la plaza, las dificultades de la navegación entre los dos puertos, los

hundimientos y las dificultades que tenían los comerciantes para apelar ante el Juez de

Alzadas en Buenos Aires. También mencionaban la incomodidad de recurrir a la Capital

por los pleitos entre comerciantes y alegaban como solución la creación de un tribunal

en Montevideo, pero sin éxito hasta 1812. Ellos pedían al Rey mediante una

representación “se digne alzarles la sujeción opresiva, y funesta dependencia del

Consulado de Buenos Aires; y concederles la Erección de su Tribunal de Comercio”.65

Las rivalidades se enlazaban a las competencias, sus estrechas relaciones fueron

analizadas por Fernando Jumar.66

Las noticias sobre lo que había acontecido en España en 1808 sumadas a una

serie de conflictos internos impulsaron a una fracción de la elite porteña a la

revolución.67 Con el antecedente de la ocupación británica este puerto se encontraba en

este momento en un proceso de militarización,68 abarcando a un sector bajo o plebe

urbana.69 Revolución que no habría sido producida por los comerciantes sino por las

elites que reflejaban los intereses ganaderos.70 Estos intereses habrían sido los que, desde

1791 se oponían a los comerciantes monopolistas del Consulado y que estaban en plena

expansión en los mercados atlánticos. La junta provisional revolucionaria desconoció,

esperando la liberación del monarca, a las autoridades que reemplazaban al rey.

En las actas del Consulado puede analizarse la pérdida de importancia del

cuerpo consular que años antes habría sido el interlocutor local que colaboraba con los

ingresos mercantiles con la Corona. El declive del Consulado como cuerpo reconocido

empezó en 1802 con el resurgimiento de las Juntas generales de comercio para recaudar

donativos de la comunidad.71 Dicha decadencia fue evidente en la época de las

64 Tal fue el caso del primer diputado Bernardo de la Torre y el conflicto por el Reglamento de

funcionamiento de la reciente creada diputación. AGN, IX -7-4 leg. 3. 65 DHA, tomo VII, p. 161. 66 Jumar, Commerce, 2002; “Revolución”, 2010. 67 La bibliografía es muy abundante, remitimos a los trabajos de Halperin Donghi, Revolución, -1972-

1994; Ternavasio, Gobernar, 2007. 68 Halperin Donghi, Revolución, -1972-1994. 69 Di Meglio, Viva, 2008. 70 Jumar, “Revolución”, 2010. 71 Estas juntas generales se convocaban para designar las autoridades del Consulado y para juntar dinero

en caso de necesidad. Las “Ordenanzas de la Ilustre Universidad y Casa de Contratación de la M.N y M.I.

20

invasiones inglesas donde su antiguo papel de interlocutor fue comenzado a ocupar por

el cabildo.72

Desde la revolución y la instalación de la Junta provisional y las demás

instituciones de poder local hasta la restauración de Fernando VII el ocaso del

Consulado fue llamativo: lo demuestran la cantidad y profundidad de los temas tocados.

El Consulado no pudo elegir sus integrantes de 1811,73 perdió el monopolio recaudador

de impuestos,74 no reaccionó ante la orden del gobierno local sobre el aumento de las

alcabalas de reventa75 y no tuvo respuesta ante el ataque del gobierno que desalojó al

Consulado del edificio donde funcionaba o al no aceptar como ciudadano a su tesorero

Joseph Saturnino Álvarez.76 Mediante la lectura de las actas podemos interpretar como

se transforma en una suerte de entidad bancaria en la que los gobiernos locales podían

extraer sumas para solventar sus necesidades financieras.

De tal modo que si en la costa occidental del Río de la Plata en parte por la

acción de los gobiernos locales y su desconocimiento de las autoridades hispánicas, el

Consulado entraba en un largo letargo, en la banda oriental con presencia de las fuerzas

reales que sí las reconocían, el Consulado fue solicitado con éxito. Mientras Buenos

Aires rompió los lazos con las instituciones hispánicas, Montevideo los cultivó. Con

ello, las dos ciudades-puertos mantuvieron un conflicto desde 1810 hasta mediados de

1814, que culminó con la ocupación de Montevideo por el directorio de Alvear de

Buenos Aires.77

Montevideo se transforma en el bastión y va a enfrentarse militarmente con

Buenos Aires. Debido a que Montevideo mantuvo su fidelidad a las instituciones

hispánicas, logró su objetivo de la creación del Consulado propio. Según mi

interpretación, la elite montevideana se habría mostrado, de modo similar a la elite

mercantil porteña años atrás, como interlocutor posible en el Río de la Plata. La

Villa Bilbao” en el capítulo XIII articulo VII señala en qué casos se debe convocar a Junta General de

comercio e “hipotecar” las averías bajo el amplio y ambiguo término de “necesidad y urgencia”.

Kraselsky, “Estrategias”, 2011. 72 Ibid. 73 En las actas del Consulado se dice que “se han suspendido las elecciones del presente año” el 28 de

julio de 1811. AGN, IX 29-1-6. 74 El 20 de agosto de 1811 el gobierno provisional reclama que se pase a la tesorería general los ramos

habitualmente cobrados por el Consulado. AGN, IX 29-1-6. 75 En 1811 de los 8.300 ps se pasa a exigir 22.000 ps. Esto ya había intentado ser modificado en 1802 sin

éxito. AGN, IX 29-1-6. 76 En 1830 el lugar donde sesionaba el Consulado fue ocupado por la Asamblea que resolvió entre otras

cosas denegar la ciudadanía a su tesorero quien había sido desde los comienzos del Consulado integrante

del cuerpo. AGN, IX 29-2-6. 77 Véase, Bentancur, Puerto, 1997, tomo II, pp. 73.

21

coyuntura política explica los motivos de la respuesta exitosa de las autoridades

hispánicas en la formación del cuerpo consular local de 1812. Con la creación del

Consulado las autoridades, a cambio de reconocimiento, conservaban la obediencia,

fidelidad y la obtención de recursos. La Junta Gubernativa primero y la Regencia

después reconocieron este cuerpo mercantil y fortalecieron su posición en el Río de la

Plata. Los beneficios eran mutuos.

En 1812, los comerciantes, hacendados y navieros de Montevideo se reunieron

en Junta y manifestaron la necesidad de crear un Consulado de comercio nombrando

apoderados para llevar adelante todas las “gestiones y diligencias necesarias….” para

crearlo.78 Finalmente el señor Capitán General aprobó la instalación del Consulado: “en

la Regencia de las Españas han aprobado el establecimiento de un Consulado enesta

Plaza…” 79 y el 30 de mayo de 1812 se realizó una junta para elegir a sus miembros.

Buenos Aires y Montevideo representaban dos polos económicos del espacio

rioplatense que se disputaban la hegemonía regional. El Consulado fue una de las

formas en que asumía el dominio económico y político porteño, el cual debido a sus

redes mercantiles e institucionales ejercía influencia sobre las regiones donde se

encontraban las diputaciones.

VIII) Conclusión

En conclusión, este trabajo intentó proponer una nueva interpretación del

período abarcado desde 1779 a 1814 durante el cual los actores locales jugaron un rol

activo como interlocutores de las autoridades hispánicas.

Con el concepto de la centralización corporativa se consideró a la Monarquía

como el conjunto de cuerpos jerárquicamente establecidos, vinculados mediante

obligaciones mutuas ante la imposibilidad de imponer sus opciones por la fuerza. En

este modelo, el Rey era sólo el vértice de poder que necesitaba negociar con los actores

locales las prerrogativas y los beneficios para mantener el equilibrio de poderes,

conservar control de territorios y, lo que más le interesaba, aumentar sus rentas. La

relación con los cuerpos locales no habría sido de dominio y subordinación, sino de

78

Museo Histórico Nacional. Montevideo, tomo 442 reproducidas en el Apéndice por Capillas de

Castellanos, Historia, 1962, pp. 260-330. 79 El 22 de mayo de 1812 se permite su creación, hasta la autorización definitiva del Rey. Íbid., f° 61.

22

alianza entre cuerpos mutuamente necesarios para el sostenimiento del equilibrio

político. Este proyecto fracasó ante los acontecimiento de 1808.

Así, luego de 1808 y hasta la restauración en 1814 se produce en América un

vacío de poder político, situación en la cual los cabildos o ayuntamientos regionales

resguardaron la autoridad del monarca solicitando una mayor autonomía dentro de la

monarquía. Esta ausencia del rey generó, como ya se sabe, la retroversión de los

poderes por lo que se produjo una serie de gobiernos locales leales al monarca. Pero las

coyunturas de guerra y la amenaza napoleónica y la misma realidad americana

produjeron que el poder se dispersara en los espacios americanos, generándose una

fragmentación territorial en las regiones políticas de antaño. Este vacío de poder,

asumido por las elites locales, fue un período transicional entre la centralización

corporativa y el intento más coherente y sistemático de recuperación de los dominios e

implantación de un absolutismo por la Corona hispánica. El intento de Fernando no

contaría con el consenso. La guerra de la independencia era ya un hecho.

Las corporaciones como el Consulado fueron transformadas en cajas de las

cuales los gobiernos locales podían extraer recursos. Hemos visto como fue el proceso

en el Río de la Plata, mientras que en Buenos Aires se producía la revolución que

buscaba mayor autonomía dentro de la Monarquía, Montevideo se manifestaba leal a las

autoridades que reemplazaban al rey. La fidelidad llevó a Montevideo a lograr su

ansiado Consulado independiente del de Buenos Aires, su elite obtuvo reconocimiento

como interlocutor en el Río de la Plata de la Regencia. El gobierno de Buenos Aires en

cambio, desconoció su autoridad y relegó al Consulado y a su grupo monopólico al

papel de tesorería de la que extraer dinero.

En el bienio 1808-1810 se produce el principio del fin de la Monarquía como

sistema político no el fin del Antiguo Régimen. Este finalizaría, al menos en el Río de la

Plata, después de 1820.

IX) Bibliografía y Fuentes

Archivos consultados:

- AGN: Archivo General de la Nación, Argentina.

- DHA: Documentos para la Historia Argentina, Buenos Aires, Facultad de

Filosofía y Letras, Tomo VI 1913-1919.

23

- AGNU: Archivo General de la Nación, Montevideo, Republica Oriental del

Uruguay

Bibliografía:

- Amarlic, Jean Pierre y Luciente Domergue , La España de la Ilustración (1700-

1833), Traducción de Octavi Pelliza, Barcelona, Crítica, 2001.

- Artola, Miguel, “América en el pensamiento español del siglo XVIII”, en

Instituto Gonzalo Fernández de Oviedo, Homenaje a D. Ciriaco Pérez-

Bustamante, Madrid, CSIC, 1969, pp. 51-77.

- Bentancur, Arturo Ariel, El puerto colonial de Montevideo. Guerras y apertura

comercial: tres lustros de crecimiento económico (1791-1806), Universidad de

la Republica, Departamento de Publicaciones, 1997.

- Brading, David, Mineros y comerciantes en el México borbónico (1763-1810),

México, Fondo de Cultura Económica, 1995.

- Burkholder Mark y D. S. Chandler, De la Impotencia a la Autoridad. La

Corona española y las Audiencias en América 1687-1808, México, Fondo de

Cultura Económica, 1984.

- Campillo y Cosio, José, Nuevo sistema de gobierno económico para América

con los males y daños que causa el que tiene de lo que participa copiosamente

España y Remedios universales para que la primera tenga considerables

ventajas y la segunda mayores intereses. Madrid, 1789

http://books.google.com.ar/books.

- Capillas de Castellanos, Aurora, Historia del Consulado de Comercio de

Montevideo (1795-1815), Montevideo: Museo Histórico Nacional, Tomo XXII,

1962.

- Chiaramonte, José Carlos, Ciudades, provincias y estados: Orígenes de la

Nación Argentina (1800-1846), Buenos Aires, Emecé biblioteca del

pensamiento argentino, [1997] 2007.

- Chiaramonte, José Carlos, Nación y Estado en Iberoamérica. El lenguaje

político en tiempos de las independencias, Buenos Aires, Sudamericana, 2004.

- Chust, Manuel (cord.), 1808, la eclosión juntera en el mundo hispánico,

México, FCE, 2007.

- Chust, Manuel y Juan Antonio Serrano, El liberalismo doceañista en el punto de

mira: entre mascaras y rostros” en Revista de Indias, vol. LXVIII, núm. 242,

2008, pp. 39-66.

- Chust, Manuel, La cuestión nacional americana en las Cortes de Cádiz,

Valencia, Fundación Instituto de Historia Social, 1999.

- Dedieu, Jean Pierre, “El aparato de gobierno de la Monarquía española en el

siglo XVIII, elemento constitutivo de un territorio y de una sociedad” en

Carzolio, María Inés et all, El antiguo régimen. Una mirada de dos mundos:

España y América, Buenos Aires, Prometeo Libros, 2010, pp. 39-62.

- Delgado, Josep María, “Construir el Estado, destruir la Nación. Las reformas

fiscales de los primeros Borbones y el colapso del sistema de equilibrios en el

imperio español (1714-1796)”, Barcelona, Departament d’Humanitats de la

Universidad Pompeu Fabra, 2010, pp. 63-85.

24

- Di Meglio, Gabriel, ¡Viva el bajo pueblo! La plebe urbana de Buenos Aires y la

política entre la revolución de Mayo y el rosismo, Buenos Aires, Prometeo,

libros, 2008.

- Domínguez Ortiz, Antonio, Carlos III y la España de la Ilustración, Alianza

Editorial, 1988.

- Dubet Anne y José Javier Ruiz Ibáñez, Las Monarquías española y francesa

(siglos XVI-XVIII). ¿Dos modelos Políticos?, Madrid, Casa Velásquez, 2010.

- Fontana, Joseph, “La época del liberalismo” en J. Fontana y R. Villeres Dir.

Historia de España, vol 6, Critica, 2007.

- Frega, Ana, “La junta de Montevideo de 1808”, en Chust, Manuel (cord.), 1808,

la eclosión juntera en el mundo hispánico, México, FCE, 2007.

- Garavaglia, Juan Carlos, Construir el estado, inventar la nación. El Río de la

Plata, siglos XVIII-XIX, Buenos Aires: Prometeo, 2007.

- Gelman, Jorge, “La lucha por el control del Estado: administración y elites en

Hispanoamérica”, en Tándeter, Enrique (dir.) y Jorge Hidalgo Lehuedé (co-

dir.) Procesos americanos hacia la redefinición colonial, España (s/1),

Ediciones de la UNESCO/Editorial Trotta, (Historia General de América

Latina, Tomo IV), 2000.

- Guerra, François-Xavier y Lempériére, Annick (comp), Los espacios públicos

en Iberoamérica. Ambigüedades y problemas. Siglos XVIII-XIX, México, Fondo

de Cultura Económica, 1998.

- Guerra, Francois-Xavier, “De la política antigua a la política moderna. La

revolución de la soberanía”, en Guerra, Francois-Xavier y Lempériére, Annick,

Los espacios públicos en Iberoamérica. Ambigüedades y problemas. Siglos

XVIII-XIX, México, Fondo de Cultura Económica, 1998.

- Guerra, François-Xavier, Modernidad e Independencias. Ensayo sobre las

revoluciones hispánicas, Madrid, Mapfre, 1992.

- Guimerá, Agustín, El reformismo borbónico: una visión interdisciplinar,

Madrid, Alianza, 1996.

- Halperin Donghi, Tulio, “Crisis de la monarquía hispana y nacimiento del

liberalismo”, Portillo Valdez, José M., X. Veiga Alonso, Baz Vicente, A Guerra

da independencia e o primeiro liberalismo en España e América, Universidad

de Santiago de Compostela, 2009, pp. 21-51.

- Halperin Donghi, Tulio, Reforma y Disolución de los Imperios Ibéricos, 1750-

1850. Historia de América Latina, Tomo III, Madrid, Alianza, 1985.

- Halperin Donghi, Tulio, Revolución y guerra. Formación de una elite dirigente

en la Buenos Aires criolla, Buenos Aires, Siglo XXI, -1972- 1994.

- Halperin Donghi, Tulio, Tradición Política española e Ideología revolucionaria

de Mayo, Buenos Aires, Eudeba, 1961.

- Harvey J. Kaye, Los Historiadores marxistas británicos. Un análisis

introductorio, Zaragoza, Universidad de Zaragoza, 1989.

- Hausberger Bernd y Antonio Ibarra (eds), Comercio y poder en América

colonial. Los Consulados de comerciantes, siglos XVII-XIX, Madrid, Biblioteca

Ibero-americana, 2003.

- Hespanha, A. M., Vísperas de Leviatán. Instituciones y poder político (Portugal,

siglo XVII), Madrid, Taurus, 1989.

- Hobbes, Tomas, Leviatán, Buenos Aires, Editorial Losada, [1651] 2003.

25

- Ibarra, Antonio, “El Consulado de Comercio de Guadalajara, 1795-1821.

Cambio institucional, gestión corporativa y costos de transacción en la

economía novohispana”, en Böttcher y Hausberger “Dinero y negocios.

Contribuciones a la historia económica de América Latina. Frankfurt:

Verbuert-Iberoamericana, “Biblioteca-Americana”, 2000.

- Ibarra, Antonio, “El Consulado de Comercio de Guadalajara: entre la

modernidad institucional y la obediencia a la tradición, 1795-1818”, en Valle

Pavón del, Guillermina, Mercaderes, comercio y Consulados de Nueva España

en el siglo XVIII. México: Instituto Mora, 2003.

- Ibarra, Antonio, “Mercado élite e institución: El Consulado de Comercio de

Guadalajara y el control corporativo de las importaciones en el mercado interno

novohispano”, en Hausberger Bernd y Antonio Ibarra (eds), Comercio y poder

en América colonial. Los Consulados de comerciantes, siglos XVII-XIX,

Madrid, Biblioteca Ibero-americana, 2003.

- Imízcoz Beunza, José María, “Communauté, réseaux social, élites. L’armature

sociale de l’Ancien Régime”. en: Castellano, Juan Luis y Jean-Pierre Dedieu.

Réseaux, familles et pouvoirs dans le monde ibérique á la fin de l’Ancien

Régime. París: CNRS Editions, 1998.

- Irigoin, Alejandra y Regina Grafe, “Bargaining for Absolutism: A Spanish path

to Nation-State and Empire Building” en Hispanic American Historical Review

88:2, 2008, pp. 173-209.

- Jumar Fernando y Javier Kraselsky, “Las esferas del poder. Hacendados y

comerciantes de Buenos Aires ante los cambios de la segunda mitad del siglo

XVIII,” Anuario del Instituto de Historia Argentina N° 7, La Plata, Universidad

Nacional de la Plata, Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación,

2007.

- Jumar, Fernando, “Comercio, comerciantes y revolución en el Río de la Plata.

Siglo XVIII – principios del siglo XIX”, en, Guerra Martinière, Margarita,

Cristina Mazzeo de Vivó y Denisse Rouillon Almeida (editoras), Historias

compartidas. Economía, sociedad y poder, siglos XVI-XX, Lima, Pontificia

Universidad Católica del Perú-Instituto Riva-Agüero, 2007, pp. 307-343.

- Jumar, Fernando, “Lo que la Revolución se llevó: la región del Río de la Plata

como espacio homogéneo”, ponencia presentada en las XXII Jornadas de

Historia Económica, Universidad Nacional de rio cuarto, Rio Cuarto, 21 a 24 de

setiembre, 2010.

- Jumar, Fernando, “Los rioplatenses, el Río de la Plata y el poder central en el

siglo XVIII. Hombres de Antiguo Régimen en la lucha contra la Modernidad.

Un Ensayo,” ponencia presentada en el Simposio Internacional La formación de

la cultura iberoamericana. Siglo XVIII, Organizado por el Centro de Estudios

Latinoamericanos, Universidad Católica de Eichstätt, Eichstätt, Alemania, 2003.

- Jumar, Fernando, Le commerce atlantique au Río de la Plata, 1680-1778, Lille,

Presses Universitaires du Septentrión, 2 vols, 2002.

- Kraselsky, Javier, “Las estrategias de los actores del Río de la Plata: las Juntas y

el Consulado de comercio de Buenos Aires a fines del Antiguo Régimen (1748-

1809),” tesis de Doctorado, Universidad Nacional de La Plata, 2011, inédita.

- Kraselsky, Javier, “Las relaciones entre los actores del Río de la Plata: el

Consulado de comercio de Buenos Aires y su Diputación en Montevideo (1794-

1812)”, ponencia presentada en las Jornadas interescuelas, Universidad

26

Nacional del Comahue, Facultad de Humanidades, Centro Regional

Universitario de Bariloche, 2009.

- Kuethe, Allan, “Conflicto internacional, orden colonial y militarización” en

Historia económica de América Latina, Vol. IV Procesos americanos hacia la

redefinición colonial, 2000.

- Lempériere, Annick, “República y Publicidad a finales del Antiguo Régimen

(Nueva España)” en Guerra, François-Xavier y Lempériére, Annick (comp),

Los espacios públicos en Iberoamérica. Ambigüedades y problemas. Siglos

XVIII-XIX, México, Fondo de Cultura Económica, 1998.

- Locke, John, Segundo Ensayo sobre el gobierno civil, Buenos Aires, Editorial

Losada, [1690] 2003.

- Lynch, John, Administración Colonial Española. El Sistema de Intendencias en

el Río de la Plata, Buenos Aires, Eudeba, 1962.

- Lynch, John, El Siglo XVIII, Barcelona: Crítica, [1690] 2003.

- Marchena, Juan, “¿Obedientes al Rey y desleales a sus ideas? Los liberales

españoles ante la ‘Reconquista’ de América, 1814-1820” en Marchena, Juan y

Manuel Chust (ed). Por la fuerza de las armas. Ejército e independencias en

Iberoamérica. Universitad Jaume I, 2008, pp. 143-221.

- Marichal, Carlos, La bancarrota del Virreinato, Nueva España y las finanzas

del imperio español, 1780-1810, México, El Colegio de México, 1999.

- Mazzeo, Cristina, “El Comercio Libre de 1778 y sus repercusiones en el

mercado limeño”, En Mazzeo Cristina et all. Los comerciantes limeños a fines

del siglo XVIII. Capacidad y cohesión de una elite. 1750-1825. Lima: Pontificia

Universidad Católica del Perú, 2000.

- Mazzeo, Cristina, “El Consulado de Lima y la política comercial española

frente a las coyunturas de cambio de fines del período colonial (1806-1821), en

Hausberger Bernd y Antonio Ibarra (eds), Comercio y poder en América

colonial. Los Consulados de comerciantes, siglos XVII-XIX, Madrid, Biblioteca

Ibero-americana, 2003.

- Mcfarlane, Anthony, “Los ejércitos coloniales y la crisis del imperio español,

1808-1810” En: Revista Mexicana, LVIII, 1, 2008, pp. 229-285.

- Moliner Prada, Antonio, “De las Juntas a la Regencia. La difícil articulación del

poder en la España de 1808”, en Revista Mexicana, LVIII, 1, 2008, pp. 135-177.

- Morelli, Federica, “¿Disciplinadas o republicanas? El modelo ilustrado de

milicias y su aplicación en los territorios americanos (1750-1826)” en Ruiz

Ibáñez, José Javier (coor.), Las milicias del rey de España. Sociedad, política e

identidad en las Monarquías ibéricas, Madrid, Fondo de Cultura Económica-

Red columnaria, 2009, pp. 417-436.

- Morelli, Federica, “Entre el antiguo y el nuevo Régimen. La historia Política

Hispanoamericana del Siglo XIX”, en: Historia critica N° 33, Bogotá enero-

julio de 2007, pp. 122-155.

- Morelli, Federica, “La redefinición de las relaciones imperiales: en torno a la

relación reformas dieciochescas/independencia en América”, Nuevo Mundo

Mundos Nuevos, 2008, pp. 1-12.

- Morelli, Federica, Territorio o Nación. Reforma y disolución del espacio

imperial en Ecuador, 1765-1830, Madrid, Centro de Estudios Políticos y

Constitucionales, 2005.

27

- Morrelli, Federica, “De la ciencia del comercio’ a la ‘ciencia de la legislación’.

La ruta napolitana hacia la reforma de la monarquía (siglo XVIII)” en Dubet

Anne y José Javier Ruiz Ibáñez, Las Monarquías española y francesa (siglos

XVI-XVIII). ¿Dos modelos Políticos?, Madrid, Casa Velásquez, 2010.

- Moutoukias, Zacarías “Fenómeno institucional historia económica: debates para

un enfoque renovado” en Gelman, Daniel (compilador), La Historia Económica

argentina en la encrucijada. Balances y perspectivas, Buenos Aires, Prometeo,

2006.

- Moutoukias, Zacarías, “Redes, Autoridad y Negocios: Racionalidad empresaria

y consenso colonial en Buenos Aires (Segunda mitad del siglo XVIII)”.

Annales, 1992.

- North, Summerhill y Weingast (2002). “Orden, Desorden y cambio económico.

Latinoamerica vs Norteamerica”. En revista Instituciones y desarrollo N° 12-13,

pp, 9-59.

- Pagden, Anthony, Señores de todo el Mundo. Ideologías del Imperio en

España, Inglaterra y Francia (en los siglos XVI, XVII y XVIII), Barcelona, Ed.

Península, 1997.

- Pérez Herrero, Pedro, Comercio y Mercados en América Latina colonial,

Madrid, MAPFRE, 1992.

- Pietschmann, Horst, “Los principios rectores de Organización Estatal en las

Indias”. En: Annino, Antonio; Luís Castro Leiva y Francois-Xavier Guerra

(comp), De los Imperios a las naciones: Iberoamérica, Zaragoza, Ibercaja, 1994,

pp. 75-103.

- Pivel Devoto, Juan E., Raíces coloniales de la Revolución de 1811,

Montevideo, Ed. Medina, 1957.

- Portillo Valdez, José M., “Entre la Monarquía y la nación: cortes y constitución

en el espacio imperial español”, en Portillo Valdez, José M., X. Veiga Alonso,

Baz Vicente, A Guerra da independencia e o primeiro liberalismo en España e

América, Universidad de Santiago de Compostela, 2009, pp. 129-156.

- Portillo Valdez, José M., X. Veiga Alonso, Baz Vicente, A Guerra da

independencia e o primeiro liberalismo en España e América, Universidad de

Santiago de Compostela, 2009.

- Portillo Valdez, José María, “Crisis e Independencias: España y su monarquía.”

En: Revista Mexicana, LVIII, 1, 2008, pp. 99-134.

- Portillo Valdez, José María, “Ex unum pluribus: revoluciones constitucionales y

disgregación de las Monarquías Ibéricas”, en Jahrbuch Fur Geschichte

Lateinnamerikas, 45, 2008, pp. 57-79.

- Portillo Valdez, José, Revolución de la Nación. Orígenes de la cultura

constitucional en España, 1780- 1812, Editorial, CEPC, Madrid, 2000.

- Rodríguez, Jaime E., La independencia de la América Española, México, El

Colegio de México, Fideicomiso Historia de las Américas, Fondo de Cultura

Económica, 1996.

- Rojas Beatriz, Cuerpo político y pluralidad de derechos. Los privilegios de las

corporaciones novohispanas, México, CIDE, 2007.

- Romano, Ruggiero Coyunturas opuestas. La crisis del siglo XVII en Europa e

Hispanoamérica, México, Fondo de Cultura Económica, 1993.

28

- Ruiz Ibáñez, José Javier (coor.), Las milicias del rey de España. Sociedad,

política e identidad en las Monarquías ibéricas, Madrid, Fondo de Cultura

Económica-Red columnaria, 2009.

- Sánchez Bella, Ismael, Iglesia y Estado en la América Española, Pamplona,

Universidad de Navarra, S.A., 1990.

- Sánchez Santiró, Ernest, Luis Jáuregui y Antonio Ibarra, Finanzas y política en

el mundo iberoamericano. Del Antiguo Régimen a las Naciones independientes,

México, Universidad Autónoma del Estado de Morelos, Instituto de

Investigaciones Dr. José María Luís Mora y Facultad de Economía, UNAM,

2001.

- Silva, Hernán Asdrúbal, El comercio entre España y el Río de la Plata (1778-

1810), Madrid, Banco de España- Servicio de Estudios- estudios de Historia

Económica, n° 26, 1993.

- Souto Mantecón, Matilde, “Las prácticas políticas en el Antiguo Régimen: las

elecciones en el Consulado de Veracruz” en Valle Pavón, Guillermina

Mercaderes, comercio y Consulados de Nueva España en el siglo XVIII,

México, Instituto Mora, 2003.

- Tau Anzoátegui, Víctor, “La Monarquía. Poder Central y Poderes Locales”, en

Nueva Historia de la Nación Argentina, Buenos Aires, Planeta, Tomo II. 1999.

- Ternavasio, Marcela, Gobernar la Revolución. Poderes en disputa en el Río de

la Plata, 1810-1816, Buenos Aires, Editorial Siglo XXI, 2007.

- Thompson, Edward, Tradición, revuelta y conciencia de clase. Estudios sobre

la crisis de la sociedad preindustrial, Barcelona, Critica, 1989.

- Tjarks, Germán, El Consulado de Buenos Aires y sus proyecciones en la

Historia del Río de la Plata. Buenos Aires: Instituto de Historia Argentina

“Doctor Emilio Ravignani”, 2 tomos, 1962.

- Valle Pavón del, Guillermina del “Gestión del derecho de alcabalas y conflictos

por la representación corporativa: la transformación de la normatividad

electoral del Consulado de México en el siglo XVII”, en Hausberger Bernd y

Antonio Ibarra (eds), Comercio y poder en América colonial. Los Consulados

de comerciantes, siglos XVII-XIX, Madrid, Biblioteca Ibero-americana, 2003.

- Valle Pavón del, Guillermina, “El régimen de privilegios de la Universidad y

Consulado de Mercaderes de la ciudad de México” en Rojas Beatriz, Cuerpo

político y pluralidad de derechos. Los privilegios de las corporaciones

novohispanas, México, CIDE, 2007.

- Valle Pavón del, Guillermina, Mercaderes, comercio y Consulados de Nueva

España en el siglo XVIII, México, Instituto Mora, 2003.

- Valle Pavón, Guillermina, “El Consulado de México en el financiamiento de la

guerra contra los insurgentes, 1811-1817”, en Sánchez Santiró, Ernest, Luis

Jáuregui y Antonio Ibarra, Finanzas y política en el mundo iberoamericano.

Del Antiguo Régimen a las Naciones independientes, México, Universidad

Autónoma del Estado de Morelos, Instituto de Investigaciones Dr. José María

Luís Mora y Facultad de Economía, UNAM, 2001, pp. 203-222.