Prima de Servicios

1
PRIMA DE SERVICIOS Según el artículo 306 del Código toda empresa está obligada a pagar a cada uno de sus trabajadores una prima de servicios, así: A. La de capital de $200.000 o superior un mes de salario pagadero por semestre calendario, en la siguiente forma: Una quincena el último día de junio y otra quincena en los primeros veinte días de diciembre, a quienes hubieren trabajado o trabajaren todo el respectivo semestre, o proporcionalmente al tiempo trabajado (esta norma ha quedado reducida de la anterior manera luego de varios fallos de la Corte Constitucional). B. Las de capital menor de $200.000, quince días de salario, pagadero en la siguiente forma: una semana el último día de junio y otra semana en los primeros veinte días de diciembre, pagadero por semestre calendario, a quienes hubieren trabajado o trabajaren todo el respectivo semestre o proporcionalmente al tiempo trabajado. ¿Quiénes no tienen derecho a la prima de trabajo? A. Los servidores domésticos, pues no trabajan para una empresa sino para los oficios propios de una casa. B. Los trabajadores que hayan renunciado a la prima al pactar salario integral.

description

ART 306

Transcript of Prima de Servicios

PRIMA DE SERVICIOSSegn el artculo 306 del Cdigo toda empresa est obligada a pagar a cada uno de sus trabajadores una prima de servicios, as:A. La de capital de $200.000 o superior un mes de salario pagadero por semestre calendario, en la siguiente forma: Una quincena el ltimo da de junio y otra quincena en los primeros veinte das de diciembre, a quienes hubieren trabajado o trabajaren todo el respectivo semestre, o proporcionalmente al tiempo trabajado (esta norma ha quedado reducida de la anterior manera luego de varios fallos de la Corte Constitucional).B. Las de capital menor de $200.000, quince das de salario, pagadero en la siguiente forma: una semana el ltimo da de junio y otra semana en los primeros veinte das de diciembre, pagadero por semestre calendario, a quienes hubieren trabajado o trabajaren todo el respectivo semestre o proporcionalmente al tiempo trabajado. Quines no tienen derecho a la prima de trabajo?A. Los servidores domsticos, pues no trabajan para una empresa sino para los oficios propios de una casa.B. Los trabajadores que hayan renunciado a la prima al pactar salario integral.