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Protocolo de intervención sanitaria en casos de maltrato infantil SECRETARIA GENERAL DE CALIDAD, INNOVACIÓN Y SALUD PÚBLICA Subdirección de Promoción de la Salud SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

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Protocolo de intervención sanitaria

en casos de maltrato infantil

SECRETARIA GENERAL DE CALIDAD, INNOVACIÓN Y SALUD PÚBLICA Subdirección de Promoción de la Salud

SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

El consejo de Europa ha definido la Parentalidad Positiva como:

El comportamiento de los padres fundamentado en el interés superior del niño ,que cuida, desarrolla sus capacidades , no es violento y ofrece reconocimiento y orientación que incluyen el establecimiento de limites que permitan el pleno desarrollo del niño

Un comportamiento parental positivo se rige por los siguientes principios: • Respeto hacia las

necesidades específicas de los niños y las niñas

• Fortalecimiento de vínculos afectivos seguros

• Resolución de conflictos no violenta

Y ANTE EL FALLO DE LA SOCIEDAD, PROFESIONALES Y FAMILIA …

ES CUANDO HABLAMOS DE ABORDAJE DEL MALTRATO INFANTIL.

SIEMPRE COMO UN FRACASO DE TODOS/AS, UN NO SABER PREVENIR, RECONOCER, DETECTAR, NOTIFICAR A TIEMPO…

Maltrato infantil : Nociones básicas Es un grave problema de salud pública, y es de escasa visibilidad

Su detección es difícil

Los profesionales sanitarios son fundamentales en el proceso de

detección, protección y cuidados

Su abordaje exige coordinación entre distintos

profesionales e intersectorial, máxima prioridad y celeridad y

respeto al superior interés del menor

Todas las actuaciones se inscriben en una perspectiva de buen

trato y derechos de la infancia y en el fomento de la

parentalidad positiva

¿ Qué hacer desde los servicios sanitarios?

El SSPA es un observatorio privilegiado para la detección

Se basa en identificar indicadores de sospecha:

físicos, emocionales o conductuales, del menor,

verbalizaciones del menor o de otras personas,

comportamiento de los padres o cuidadores

Factores De

riesgo

Factores Compensadores

Protectores

Conducta paterna

Se produce el maltrato por…..

Desequilibrio

Primera atención

Potenciar factores protectores

Promoción del buen trato Prevención primaria

no si

Factores de riesgo de maltrato infantil

Potenciar factores protectores

Promoción del buen trato

Prevención secundaria

Vigilancia y seguimiento

Información a la UTS Abordaje de factores de riesgo social

Existencia de indicadores de sospecha de maltrato infantil

Inicio del procedimiento asistencial

no si

• Primacía del interés superior del menor (sobre cualquier otro interés legítimo)

• Asegurar la protección del menor, con hospitalización si fuese necesario

Rapidez en la exploración física (evitar que

desaparezcan muestra biológicas), recogida de

muestras ( semen , pelos , sangre … ), fotografías

siempre que se pueda.

Asistencia coordinada. LIMITAR EXPLORACIONES Y

PRUEBAS (evitar victimización secundaria)

Primera atención

ENTREVISTA del menor/padres o cuidadores Escuchar (estado alerta): ofrecer confianza

realizar preguntas abiertas adaptar comunicación a la edad del menor respetar intimidad evitar juicios de valor–culpabilizar

Observar : el estado emocional del menor

la relación del menor con sus familiares

la actitud de los progenitores ante el problema

Buscar una explicación (considerar , sospechar o descartar Maltrato)

Registrar: Anotar literalmente los comentarios de los menores .

Las contradicciones de los padres.

Toda la información posible

Criterios que definen la GRAVEDAD del maltrato

La gravedad del maltrato se puede expresar a corto, a

medio o a largo plazo. 1. Frecuencia e intensidad de los indicadores.:

Gravedad de las lesiones y de las enfermedades derivadas de la situación de maltrato.

2 .Grado de

vulnerabilidad

Cronicidad y frecuencia del maltrato

Acceso del perpetrador al menor y tipo de relación que

mantienen

Características de los padres o cuidadores principales:

capacidad, integración social, recursos personales y

materiales, actitud ante el menor y ante el problema.

Características y condiciones de su entorno familiar y

social.

Solicitud de ayuda previa por reiteración del maltrato

Primera atención

Inicio del procedimiento asistencial

Valoración inicial Anamnesis, exploración de indicadores de sospecha, de la situación clínica

¿Se trata de una situación urgente?

Sí. ¿Hay riesgo vital, de desprotección o se precisa valoración urgente?

Procedimiento de urgencia

No

Procedimiento ordinario

Tratamiento lesiones y medidas de protección inmediata

Valorar traslado a centro de referencia hospitalario e ingreso

Valorar la necesidad de evaluación por otros especialistas.

(médicos o médicas forenses a través de Juzgado de Guardia )

Información a la U.T.S.

Notificación urgente con Parte al Juzgado de Guardia

Hoja de detección y notificación SIMIA que se enviara al Servicio de

Protección Menores

Información a la U.T.S.

Trabajo de equipo interdisciplinar :

Evaluación de indicadores, entorno, repercusiones.

Hoja de detección y notificación de maltrato infantil, como leve o moderado. Enviar a los Servicios Sociales Comunitarios de la localidad de residencia del menor.

Si lesiones: Parte al Juzgado de Guardia

Seguimiento

Servicios Sociales y Centros Sanitarios

Comisiones Provinciales de Medidas de Protección

Comisión Local de Infancia

Notificación: ¿Cuándo, Cómo, quién?

la notificación, aunque suponga una valoración inicial del posible caso de maltrato

por personal profesional que lo detecte

no representa

un diagnóstico de la situación, que deberá ser efectuada por los profesionales con

competencias para ello.

Notificación: ¿Cuándo, Cómo, quién?

Asistencia

Tratamiento de lesiones físicas o

complicaciones derivadas del maltrato

Tratamiento del daño psicológico

Intervención sobre el entorno familiar

Necesidad de protección de la víctima

- gran afectación psicológica

- necesidad de observación y pruebas

complementaria

Solicitud de ayuda previa por reiteración del

maltrato

Criterios de ingreso hospitalario

En coordinación con profesionales de Salud Mental y

Servicios Sociales.

Asegurada la protección del menor, promover un entorno

seguro

Promover la elaboración afectiva de la experiencia sufrida

Recuperar la autoestima, la confianza, la identidad

positiva y la dignidad

Fomentar al autonomía y la capacidad de autoprotección

Incentivar al empatía y los valores éticos

Promover el valor de la palabra y del apego

Recuperación del proyecto vital

Servicios Sociales comunitarios

Programa de Tratamiento Familiar

Servicio de Protección de Menores

Detecciones previas de Salud..

(ETF)

La Hoja de Detección y Notificación es el instrumento principal para la comunicación de los casos y la obtención de los datos que integrarán el Sistema

del Maltrato Infantil. REGISTRO SIMIA - SIEMPRE

Es el documento oficial para comunicar casos, situaciones y hechos Se transmite información sobre:

o Datos identificación del menor. o Datos del centro que ha detectado el maltrato. o Tipología e indicadores y valoración del maltrato. o Instancia a la que se ha comunicado el caso. o Origen del maltrato. o Observaciones

supone una valoración inicial del posible caso de maltrato,

no representando un diagnóstico firme de la situación.

no exime de las intervenciones que se deban realizar desde su propio ámbito de actuación.

Consta de tres hojas, la segunda es autocopiativa y la tercera la cumplimenta los SS.SS.CC ó SPM cuando se confirma el diagnóstico.

Enlaces a documentos de notificación de maltrato infantil y derivación al programa de abusos

1. Hoja SIMIA (hoja de detección y notificación de maltrato infantil). Modelo BOJA 1. http://juntadeandalucia.es/boja/2006/130/d4.pdf

2. Hoja SIMIA (hoja de detección y notificación de maltrato infantil).

Acceso electrónico con certificado digital https://ws058.juntadeandalucia.es/simia/

Acceso al Manuel para rellenar la hoja www.pediatrasandalucia.org/simia.pdf

3. Protocolo de derivación al programa de evaluación, diagnóstico y tratamiento de caso de de abusos sexuales a menores en Andalucía

1. http://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Infancia_Familia_archivos_PROTOCOLO_ABUSOS_SEXUALES.pdf

REGISTRO VALÓRAME: Instrumento para la Valoración de la Gravedad de las Situaciones de Riesgo, Desprotección y Desamparo de Andalucía. OPCIONAL

Información más detallada de la situación a estudio. Requiere valoración interdisciplinar

Se recoge información sobre 1.- El menor y sus circunstancias. Valoramos daños reales y potenciales del menor 2.- las conductas de los padres relacionadas con el daño del menor. Valoramos si existe relación entre los daños del menor y la conducta de los padres. 3.- Realizamos la valoración de gravedad referidos a los 6 meses anteriores. 4.- Identificamos el tipo de desprotección y sus diversas especificidades en razón de indicadores gradientes 5.- Decidimos un nivel global de gravedad. Necesario para activar las intervenciones e involucrar a otras instituciones

VALORAME

ALGORITMOS

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LEY 1/1998 de los Derechos y Atención al Menor (Capítulo I)

Intervención en los casos que

requieran actuaciones en el

propio medio.

Apreciar, intervenir y aplicar

medidas oportunas en las

situaciones de riesgo*.

CORPORACIONES LOCALES

Servicios Sociales Comunitarios Equipos de Tratamiento Familiar

JUNTA DE ANDALUCÍA

Ejercicio de la

funciones de protección

que implican

separación del medio

familiar.

(Desamparo*)

Servicios de Protección de Menores

MALTRATO LEVE/MODERADO

MALTRATO GRAVE

DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS

Sª Prevención y Apoyo a la Familia. D. Gral Infancia y Familias

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SITUACIÓN DE DESAMPARO

Sª Prevención y Apoyo a la Familia.D. Gral Infancia y Familias

La que se produce de hecho a causa del incumplimiento, o del imposible o inadecuado ejercicio de los deberes de protección establecidos por las leyes para la guarda de los menores, cuando éstos queden privados de la necesaria asistencia moral o material.

(Art. 172.1 Código Civil y Art. 23.1 Ley 1/1998).

Adopción de una medida de protección por el órgano competente, que implica separación del núcleo familiar.

Intervención a nivel sociofamiliar que facilite la posible reunificación de la familia.

Propuesta de Inscripción a la

D.G.I.F

CUMPLIMENTAR HOJA

Maltrato Grave

Maltrato Leve/Moderado

Determinar “Nivel de Gravedad”

del maltrato

Servicio de Protección de Menores

Intervención por S.S.C.C. ó E.T.F

Servicios Sociales de la Corporación Local

¿Se Confirma el maltrato?

¿Está Completa la Documentación?

ARCHIVO

PETICIÓN DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA

TRÁMITE DE ADUCIENCIA

Comunicación S.S.C.C.L.L.

Serv. De protección interesados

sí NO

ACUERDO DE INSCRIPCIÓN

NO

DETECCIÓN, VALORACIÓN Y NOTIFICACIÓN DEL M. I. INTRAFAMILIAR EN A. PRIMARIA Y HOSPITAL

INTERVENCIÓN EN ATENCIÓN PRIMARIA ANTE EL MALTRATO INFANTIL INTRAFAMILIAR

MALTRATO LEVE

MALTRATO MODERADO

MALTRATO GRAVE

MALTRATO MUY GRAVE

Se constata la necesidad de intervención por riesgo para la salud o para la seguridad del menor.

El o la menor no tiene quien lo cuide

CASOS DE ESPECIAL CONSIDERACIÓN

AMBITO HOSPITALARIO SERVICIO DE PROTECCIÓN DE

MENORES

MALTRATO PRENATAL DETECTADO ANTES DEL

NACIMIENTO

RENUNCIAS

ACCIONES: * Atención Sanitaria. * Comunicación y envío de Hoja SIMIA e informe socio sanitario al SPM * Recepción de documentos enviados por el SPM * Separación del menor de sus padres * Colaboración en la retirada del menor de la institución sanitaria. * Elaboración del informe de alta. * Habilitación de una sala para la notificación a los padres de las medidas adoptadas.

ACCIONES: * Recepción de la demanda y apertura de expediente. * Valoración de la gravedad. * Coordinación con otras instituciones. * Solicitud dirigida al Director del Hospital para la permanencia del menor en el Hospital, vía Fax (Anexo ) * Oficio dirigido a los padres ( Anexo ) * Notificación de la Resolución acordad0 ( Plazo máx. 3 días ). *Ejecución de la Resolución Administrativa, aportando: Acta de retirada, Certificado de la medida adoptada, Documento de notificación y citación a los padres en el SPM, si no estuvieran presentes ( Anexo )

DETECTADO EN EL ÁMBITO SANITARIO ACCIONES:

* La institución sanitaria notificará por escrito la situación de riesgo prenatal una vez detectado, antes del nacimiento. * El SPM tras la recepción y valorada la situación de intervención, enviará a los Hospitales Materno-Infantiles la solicitud de colaboración para la permanencia del menor en el Hospital, tras su nacimiento, activándose el protocolo general. DETECTADO POR EL S.P.M. ACCIONES. * Si la situación de riesgo prenatal ó cualquier otro es conocido por el SPM antes del nacimiento del menor. El SPM enviará a los Hospitales Materno-Infantiles la solicitud para la permanencia del menor en el Hospital, tras su nacimiento. Activándose el protocolo general. Dejar constancia en la historia de la madre para activar el protocolo en el momento del parto, según medidas adoptadas por el SPM

ACCIONES: * Todos los Centros Hospitalarios y Centros de Atención Primaria, contarán con el documento de renuncia (Anexo ), y lo pondrán a disposición de la madre antes y/ó después del nacimiento del menor. * Se notificará al SPM de forma verbal y se enviará por escrito dicho escrito, acompañando un informe de la situación socio-familiar, si se puede recabar, para la elaboración posterior de la Historia de Vida. *Se activará el protocolo general ( en caso de renuncia se activa el protocolo de actuación en el centro: -Ingreso de la madre en ginecología, no en tocología. -Siempre que sea posible, dormir a la madre para que no vea al recién nacido. -Administración de medicación para retirada de lactancia. -Ingreso de recién nacido en servicio de neonatología

* Además se facilitará al SPM documento para la inscripción registral.

1.-Plan de seguimiento sanitario. 2.- Plan de tratamiento social continuado para reducción de indicadores de riesgo y coordinación con otras instituciones.

EN TODOS LOS CASOS

Se contrasta la necesidad de intervención por riesgo para la salud física o psicológica y/o para la seguridad del menor

Cualquier comportamiento en el que el menor es utilizado por un adulto u otro menor como medio para obtener estimulación o gratificación sexual. Se incluye: la explotación sexual, el tráfico y turismo sexual, la pornografía y la prostitución infantil

LEVE No hay contacto físico, está producido por una persona ajena a la familia del menor, ha tenido lugar en una sola ocasión y el niño dispone de apoyo de padres o tutores.

NIVELES DE GRAVEDAD

MODERADO Sin contacto físico, por persona ajena a la familia del menor, ha tenido lugar en varias ocasiones, y dispone de apoyo de padres ó tutores

GRAVE Incesto con o sin contacto físico. Abuso extrafamiliar con contacto físico

ACCIONES ATENCIÓN SANITARIA. NOTIFICACIÓN: (Siempre A TS DEL CENTRO): 1.- Parte al juzgado de Guardia y/o Fiscalía para la comunicación de asistencia sanitaria por lesiones 2.-Comunicar a atención primaria 3.- Comunicar a SS.SS.CC el caso con Hoja SIMIA 4.- Derivación al Servicio de Prevención y Apoyo a la Familia (SPAF)

ACCIONES ATENCIÓN SANITARIA NOTIFICACIÓN: (Siempre a TS DEL CENTRO) 1.-Parte al juzgado de Guardia y/o Fiscalía para la comunicación de asistencia sanitaria por lesiones. 2.- Comunicar a SS.SS.CC el caso con Hoja SIMIA e Informe socio-sanitario 3.- A atención primaria 4.- Derivación al Servicio de Prevención y Apoyo a la Familia (SPAF) mediante documento

ACCIONES ATENCIÓN SANITARIA (Se contemplará la necesidad de atención y valoración conjunta, por otros profesionales Forense, Ginecolog@) - VALORACIÓN DE INGRESO - Solicitar si es preciso la intervención de la policía - Apoyo psicológico/emocional. NOTIFICACIÓN: 1.- Comunicación, INMEDIATA, a Menores (SPM) y/o FiscalÍa (según horario) para tomar medidas de protección (Intrafamiliar) 2.-Parte al juzgado de Guardia para la comunicación de asistencia sanitaria por lesiones. INMEDIATO.

3.- Enviar documento SIMIA e Informe socio-sanitario al servicio de Protección de Menores (Intrafamiliar) 4. SIEMPRE derivación al Servicio de Prevención y Apoyo a la Familia (SPAF) con

REGISTRO (En Hª Clínica y Social) SEGUIMIENTO: 1.-Plan de seguimiento sanitario. 2.- Plan de tratamiento social continuado para reducción de indicadores de riesgo.

EN TODOS LOS CASOS