PREPUBLICACIÓN CIRCULAR Nº CS- -2021 AS- -2021

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PREPUBLICACIÓN Los Laureles Nº 214 - Lima 27 - Perú Telf.: (511) 6309000 Fax: (511) 6309239 1 Lima, CIRCULAR Nº CS- -2021 AS- -2021 ------------------------------------------------- Ref.: Presentación de Estados Financieros, Balance de Comprobación de Saldos e información complementaria – Personas jurídicas ------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, lo establecido por el numeral 8 de las Disposiciones Generales del Plan de Cuentas para las Empresas del Sistema Asegurador aprobado por Resolución SBS Nº 348-95 y sus modificatorias, y lo dispuesto por el Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 809-2019, en adelante Reglamento de Supervisión; esta Superintendencia ha resuelto establecer requerimientos de información para los corredores y auxiliares de seguros que sean personas jurídicas, por lo que sobre la base de lo señalado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se dispone la prepublicación de la presente Circular. 1. Alcance La presente Circular es de aplicación a los corredores y auxiliares de seguros que sean personas jurídicas, en adelante empresas. 2. Plazos de presentación de la Información Financiera 2.1 Las empresas corredoras de seguros deben remitir a esta Superintendencia el Estado de Situación Financiera, el Estado de Resultados y Otro Resultado Integral y el Balance de Comprobación de Saldos. 2.2 Las empresas corredoras de seguros deben enviar su información financiera de acuerdo con los siguientes plazos: 1. Segmento 1 – trimestral, dentro de los treinta (30) días posteriores al cierre de los tres primeros trimestres del año. 2. Segmento 2 – Semestral, dentro de los treinta (30) días posteriores al cierre del primer semestre de cada año. 3. Segmentos 1, 2, 3 – Anual, dentro de los sesenta (60) días posteriores al cierre de cada ejercicio económico. 2.3 Las empresas de peritaje de seguros y ajustes de siniestros deben enviar el Estado de Situación Financiera, el Estado de Resultados y Otro Resultado Integral y el Balance de Comprobación de Saldos con periodicidad anual, dentro de los sesenta (60) días posteriores al cierre de cada ejercicio económico.

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Lima,

CIRCULAR Nº CS- -2021 AS- -2021

------------------------------------------------- Ref.: Presentación de Estados Financieros, Balance

de Comprobación de Saldos e información complementaria – Personas jurídicas

------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, lo establecido por el numeral 8 de las Disposiciones Generales del Plan de Cuentas para las Empresas del Sistema Asegurador aprobado por Resolución SBS Nº 348-95 y sus modificatorias, y lo dispuesto por el Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 809-2019, en adelante Reglamento de Supervisión; esta Superintendencia ha resuelto establecer requerimientos de información para los corredores y auxiliares de seguros que sean personas jurídicas, por lo que sobre la base de lo señalado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se dispone la prepublicación de la presente Circular. 1. Alcance

La presente Circular es de aplicación a los corredores y auxiliares de seguros que sean personas jurídicas, en adelante empresas.

2. Plazos de presentación de la Información Financiera 2.1 Las empresas corredoras de seguros deben remitir a esta Superintendencia el Estado de Situación Financiera, el Estado de Resultados y Otro Resultado Integral y el Balance de Comprobación de Saldos. 2.2 Las empresas corredoras de seguros deben enviar su información financiera de acuerdo con los siguientes plazos:

1. Segmento 1 – trimestral, dentro de los treinta (30) días posteriores al cierre de los tres primeros trimestres del año.

2. Segmento 2 – Semestral, dentro de los treinta (30) días posteriores al cierre del primer semestre de cada año.

3. Segmentos 1, 2, 3 – Anual, dentro de los sesenta (60) días posteriores al cierre de cada ejercicio económico.

2.3 Las empresas de peritaje de seguros y ajustes de siniestros deben enviar el Estado de Situación Financiera, el Estado de Resultados y Otro Resultado Integral y el Balance de Comprobación de Saldos con periodicidad anual, dentro de los sesenta (60) días posteriores al cierre de cada ejercicio económico.

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3. Forma de envío de la información financiera 3.1 La información debe ser remitida a través de la Plataforma Electrónica de Supervisión del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros. 3.2 Asimismo, las empresas deben remitir la información financiera, escaneada y debidamente suscrita por el gerente general y por el contador responsable de su elaboración, a la siguiente dirección electrónica: https://servicios.sbs.gob.pe/mpv

4. Información corporativa

Conjuntamente con la información anual financiera, las empresas remitirán la siguiente información 1. Relación de sus socios o accionistas, con el porcentaje de tenencia de participaciones o

acciones 2. Nómina de directores 3. Nombre del gerente general 4. Relación de funcionarios y sus respectivos cargos 5. Número de trabajadores 6. Nombre del contador encargado de preparar la información financiera 7. Actualización de la Declaración jurada anual de no estar incurso en impedimentos, aplicable

a los accionistas, socios, directores, y gerentes de las personas jurídicas, dede conformidad con el formato del Anexo N° 1 adjunto a la presente Circular, el cual se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.

8. Información sobre la contratación de la póliza de responsabilidad civil profesional.

5. Información complementaria Las empresas remitirán la información que se indica a continuación, según se trate de corredores o auxiliares de seguros: 5.1 Las empresas corredoras de seguros deben remitir la información que se indica a continuación:

1. CS-01 Ingresos por comisiones, honorarios, bonos y otros 2. CS-02 Información sobre intermediación de pólizas por número de asegurados y por

modalidad de colocación. 3. CS-03 Información sobre intermediación de pólizas por departamento. 4. CS-04 Información sobre intermediación de pólizas por primas y comisión 5. CS-05 Tipos de seguros en los que opera 6. CS-06 Información sobre contratos con referenciadores 7. CS-07 Información sobre contratos de intermediación conjunta, administración de

cartera y otros similares 8. CS-08 Información sobre promotores de ventas 9. CS-09 Información sobre corredores de seguros exclusivos 10. CS-10 Información sobre ubicación de las oficinas 11. CS- 11 Información sobre contratación de póliza de responsabilidad civil profesional

5.2 Las empresas auxiliares de seguros deben remitir la información que se indica a continuación: 1. AS-01 Ingresos por honorarios, bonos y otros 2. AS-02 Tipos de seguros en los que opera 3. AS-03 Cuadro de control de plazos de liquidación de siniestros 4. AS-04 Información sobre auxiliares de seguros exclusivos

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5.3 Los formatos de los Anexos listados en los párrafos 5.1 y 5.2 se adjuntan a la presente Circular y se publican en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.

6. Periodicidad y plazo de presentación de la información complementaria 6.1 Las empresas corredoras de seguros remiten la información señalada en el numeral anterior según la segmentación en la que se ubiquen y de acuerdo con la siguiente periodicidad:

Segmento 1 Segmento 2 Segmento 3

Semestral Anual Semestral Anual Anual

CS-01 CS-04 CS-01 CS-02 CS-01

CS-02 CS-05 CS-03 CS-04

CS-03 CS-07 CS-04 CS-05

CS-06 CS-08 CS-05 CS-06

CS-09 CS-06 CS-07

CS-10 CS-07 CS-08

CS-11 CS-08 CS-09

CS-09 CS-10

CS-10 CS-11

CS-11

6.2 Las empresas corredoras de seguros deben enviar su información corporativa y complementaria, con la siguiente periodicidad:

1. Segmento 1 y 2 – la información semestral, dentro de los sesenta (60) días posteriores al cierre del primer semestre del año.

2. Segmentos 1, 2, 3 – la información anual, dentro de los noventa (90) días posteriores al cierre de cada ejercicio económico.

6.3 El anexo CS-11 es presentado anualmente, dentro de los cinco (5) días previos al vencimiento de la póliza de responsabilidad civil profesional vigente, 6.4 Las empresas de peritajes de seguros y ajustes de siniestros remiten la información señalada en el numeral anterior con la siguiente periodicidad:

1. Semestral: Anexos AS-01 y AS-03 2. Anual: Anexos AS-02 y AS-04

7. Forma de remisión de la información

La forma de remisión de la información corporativa y complementaria es establecida por la Superintendencia y comunicada mediante Oficio Múltiple.

8. Valuación de las partidas en moneda extranjera Con la finalidad de uniformizar la información de los rubros en moneda extranjera del estado de situación, los saldos de las partidas de balance en moneda extranjera, determinados a la fecha que corresponda la presentación, se revalorizarán en moneda nacional utilizando el tipo de cambio contable correspondiente al último día hábil del mes que publica la Superintendencia en su página web institucional.

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9. Responsables de la información El responsable del contenido de la información integral presentada a la Superintendencia es el Gerente General y en el caso de la información financiera es el contador encargado de su preparación.

10. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a partir de la información correspondiente a diciembre de 2021 y su remisión se sujeta a los plazos establecidos en los numerales anteriores, quedando sin efecto lo establecido en las Circulares CS-018-2009, AS-017-2009, CS-19-2009 y CS-21-2010.

Atentamente,

SOCORRO HEYSEN ZEGARRA

Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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Anexo N°1

ACTUALIZACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA1

(MODELO)

………………………………………………………………… de nacionalidad……………………….. con DNI / Carnet Extranjería / Pasaporte N° .........................................………., en mi condición de Socio, Accionista, Director, Gerente General y/o Gerente2 (considerar el que corresponda) de la empresa …………………………………………declaro bajo juramento que no me encuentro incurso (a) en ninguno de los impedimentos para ser inscrito en el “Registro de intermediarios y auxiliares de seguros, empresas de reaseguros del exterior y actividades de seguros transfronterizas” que lleva la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, establecidos en el artículo 12 del Reglamento del mencionado Registro, aprobado mediante Resolución SBS N° 808-2019.

Finalmente, declaro que la información proporcionada en la presente Declaración Jurada es verdadera, teniendo conocimiento que en caso resulte falsa podría incurrir en el delito de Falsa Declaración en Procedimiento Administrativo tipificado en el artículo 411 del Código Penal, en concordancia con el artículo 34 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Lima,………..de …………………de..20……… ………………………………………………………… (firma) Nombre: .……………….…………………............................................................................

.N.I / C.E.....................................................................

Código de Registro (de corresponder)..……………………………….

1 Según lo establecido en el artículo 20 numeral 6 del Reglamento del Registro de intermediarios y auxiliares de seguros, empresas de reaseguros del exterior y actividades de seguros transfronterizas, aprobado por Resolución SBS N° 808-2019.

2 Según definición de gerente establecida en la normativa vigente: Gerentes: gerente general y aquellos funcionarios, cualquiera que sea su denominación, que colaboren directamente con el gerente general en la ejecución de las políticas y decisiones relacionadas con la intermediación y asesoría de seguros

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Anexo CS – 01 INGRESOS POR COMISIONES, HONORARIOS, BONOS Y OTROS

Al: dd/mm/aaaa (*) CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

CÓDIGO SBS

EMPRESA DE SEGUROS

COMISIONES POR INTERMEDIACIÓN (1)

HONORARIOS POR ASESORÍAS EN SEGUROS (2)

BONOS Y PREMIOS RECIBIDOS (3)

COMISIONES POR OTROS SERVICIOS AUTORIZADOS (4)

OTROS INGRESOS (5) TOTAL GENERAL (6)

S/ US$ Total

S/ S/ US$ Total S/ S/ US$ Total S/ S/ US$

Total S/

S/ US$ Total S/ S/ US$ Total S/

(7) (7) (7) (7) (7) (7)

TOTAL EMPRESAS DE SEGUROS

EPS

Terceros

TOTAL OTROS SERVICIOS AUTORIZADOS

Otros ingresos

TOTAL GENERAL

(*) Información acumulada a la fecha de presentación.

Instrucciones: (1) Debe coincidir con las sub cuentas analíticas 5702.00.01, 5703.01 y 5708.02.01. (2) Debe coincidir con las sub cuentas analíticas 5702.00.03, 5703.03 y 5708.02.03. (3) Debe coincidir con las sub cuentas analíticas 5702.00.04, 5708.02.04. (4) Debe coincidir con la cuenta 5704 y 5708.04. (5) Debe coincidir con las sub cuentas analíticas 5702.00.09, 5703.09 y 5708.02.09. (6) Debe coincidir con la suma de las cuentas 5702, 5703, 5704 y 5708. (7) Se consignan los ingresos en la moneda que se percibieron (soles o dólares americanos). Para efectos de la totalización en soles, los montos en dólares americanos deben ser convertidos a soles aplicando el tipo de

cambio contable al cierre del periodo, según información que emite la Superintendencia.

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ANEXO CS – 02 INFORMACIÓN SOBRE INTERMEDIACIÓN DE PÓLIZAS POR NÚMERO DE ASEGURADOS Y POR MODALIDAD DE COLOCACION Al: dd/mm/aaaa (*)

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

RIESGO NUMERO DE ASEGURADOS

A TRAVÉS DEL PERSONAL (d)

A TRAVÉS DE PROMOTORES DE

VENTA (e)

A TRAVÉS DE PUNTOS DE VENTA (ff)

A TRAVÉS DE SISTEMAS DE COMUNICACIÓN A

DISTANCIA (g) 1 Incendio y Líneas Aliadas 2 Lucro Cesante 3 Automóviles 4 Domiciliario 5 Ramos Técnicos (a) 6 Robo y Asalto 7 Deshonestidad 8 Responsabilidad Civil 9 Cauciones (Fianzas) y Crédito 10 Transporte y Casco Marítimo 11 Otros Riesgos Generales (b) 12 Accidentes Personales 13 Asistencia Médica 14 SOAT 15 Vida

TOTAL (c) (*) Información acumulada a la fecha de presentación.

.

Instrucciones: (a) Incluye los siguientes ramos: Todo Riesgo para Contratistas, Rotura de Maquinaria, Montaje contra Todo Riesgos y Todo Riesgo Equipo Electrónico. (b) Incluye los siguientes ramos: Aviación, Calderos, Animales, Multiseguros, Agrícola y Misceláneos. (c) Número total de asegurados correspondiente a las pólizas según las modalidades de intermediación (d) Número total de asegurados correspondiente a las pólizas vigentes a través del personal de la empresa corredora, según el artículo 20 del Reglamento de Supervisión y Control de los

Corredores y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 809-2019

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(e) Número total de asegurados correspondiente a las pólizas vigentes a través de promotores de venta, según el artículo 22 del Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 809-2019

(f) Número total de asegurados correspondiente a las pólizas vigentes a través de puntos de venta, según el artículo 23 del Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 809-2019

(g) Número total de asegurados correspondiente a las pólizas vigentes a través de sistemas a distancia, según el artículo 26 del Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores y Auxiliares de Seguros aprobado mediante Resolución SBS N° 809-2019

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Anexo CS – 03 INFORMACIÓN SOBRE INTERMEDIACIÓN DE PÓLIZAS POR DEPARTAMENTO Al: dd/mm/aaaa (*)

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

N° DEPARTAMENTO (1)

MONTO DE LAS PRIMAS (2) MONTO DE LAS COMISIONES (3)

S/ US$ Total S/ S/ US$ Total S/

(4) (4)

1 Amazonas

2 Áncash

3 Apurímac

4 Arequipa

5 Ayacucho

6 Cajamarca

7 Callao

8 Cusco

9 Huancavelica

10 Huánuco

11 Ica

12 Junín

13 La Libertad

14 Lambayeque

15 Lima

16 Loreto

17 Madre de Dios

18 Moquegua

19 Pasco

20 Piura

21 Puno

22 San Martín

23 Tacna

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N° DEPARTAMENTO (1)

MONTO DE LAS PRIMAS (2) MONTO DE LAS COMISIONES (3)

S/ US$ Total S/ S/ US$ Total S/

(4) (4)

24 Tumbes

25 Ucayali

TOTAL (*) Información acumulada a la fecha de presentación.

Instrucciones: (1) Nombre del departamento o región del territorio peruano en donde se encuentra el contratante. (2) Corresponde a la prima comercial, sin IGV. (3) Corresponde a las comisiones, sin IGV.

(4) Se consignan los ingresos en la moneda que se percibieron (soles o dólares americanos).

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Anexo CS – 04 INFORMACIÓN SOBRE INTERMEDIACION DE PÓLIZAS POR PRIMAS Y COMISIÓN Al: dd/mm/aaaa

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

MODALIDAD Y USO DE SISTEMAS A DISTANCIA DE LAS EMPRESAS

CORREDORAS

MONTO DE LAS PRIMAS (1) MONTO DE LAS COMISIONES (2)

S/ US$ Total S/ S/ US$ Total S/

(3) (3)

Personal de la empresa

Promotor (Fuerza de ventas)

Punto de Venta

Sistemas a Distancia

Intermediación Conjunta

TOTAL

Instrucciones: (1) Corresponde a la prima comercial, sin IGV. (2) Corresponde a las comisiones, sin IGV. (3) Se consignan los ingresos en la moneda que se percibieron (soles o dólares americanos). Para efectos de la totalización en soles, los montos en dólares deben ser convertidos a soles

aplicando el tipo de cambio contable al cierre del periodo, según información que emite la Superintendencia

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Anexo CS –05 TIPOS DE SEGUROS EN LOS QUE OPERA AL: dd/mm/aaaa

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

N° RIESGOS MONTO DE LAS PRIMAS (cc) MONTO DE LAS COMISIONES (dd)

% (f) S/ US$ Total S/ S/ US$ Total S/

(e) (e)

1 Incendio y Líneas Aliadas

2 Lucro Cesante

3 Automóviles

4 Domiciliario

5 Ramos Técnicos (a)

6 Robo y Asalto

7 Deshonestidad

8 Responsabilidad Civil

9 Cauciones (Fianzas) y Crédito

10 Transporte y Casco Marítimo

11 Otros Riesgos Generales (b)

12 Accidentes Personales

13 Asistencia Médica

14 SOAT

15 Vida

TOTALES

Instrucciones: (a) Incluye los siguientes ramos: Todo Riesgo para Contratistas, Rotura de Maquinaria, Montaje contra Todo Riesgos y Todo Riesgo Equipo Electrónico. (b) Incluye los siguientes ramos: Aviación, Calderos, Animales, Multiseguros, Agrícola y Misceláneos. (c) Se refiere solo al monto de primas asociadas a las comisiones recibidas de las Compañías de Seguros, sin IGV. (d) Se refiere solo al monto de comisiones recibidas de las Compañías de Seguros, sin IGV. (e) Se consignan los ingresos en la moneda que se percibieron (soles o dólares americanos). Para efectos de la totalización en soles, los montos en dólares deben ser convertidos a soles aplicando

el tipo de cambio contable al cierre del periodo, según información que emite la Superintendencia. (f) Se refiere al porcentaje respecto del total de las comisiones recibidas de las compañías de Seguros.

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Anexo CS – 06 INFORMACIÓN SOBRE CONTRATOS CON REFERENCIADORES AL: dd/mm/aaaa (*)

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

REFERENCIADOR (1) DNI/ RUC FECHA DE CONTRATO DE

REFERENCIACIÓN (2) NÚMERO DE CLIENTES

COMISIÓN DE INTERMEDIACIÓN

GENERADA (3)

MONTO DE REMUNERACIÓN (4)

(*) Información acumulada a la fecha de presentación.

Instrucciones (1) Apellidos y Nombres completos o razón social de la empresa. (2) Considerar a todos los que estuvieron vigentes en el periodo informado. (3) Comisión de intermediación ganada del corredor a través de la referenciación. (4) Monto pagado al referenciador por la colocación.

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Anexo CS – 07 INFORMACIÓN SOBRE CONTRATOS DE INTERMEDIACIÓN CONJUNTA, ADMINISTRACIÓN DE CARTERA Y OTROS SIMILARES Al: dd/mm/aaaa

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

NOMBRE DEL CORREDOR CON CONTRATO DE INTERMEDIACIÓN CONJUNTA, ADMINISTRACIÓN DE CARTERA Y OTROS SIMILARES

CÓDIGO DE REGISTRO

FECHA DEL CONTRATO

PORCENTAJES DE COMISIÓN COMPARTIDA (1)

IMPORTE PAGADO (2)

Instrucciones:

(1) Porcentaje establecido en el contrato de intermediación conjunta. (2) Cantidad pagada al corredor con quien ha realizado la intermediación conjunta.

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Anexo CS – 08 INFORMACIÓN SOBRE PROMOTORES DE VENTAS Al: dd/mm/aaaa

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

APELLIDOS Y NOMBRE DEL PROMOTOR

DNI/CE RAMO EN EL QUE OPERA (1) FECHA DE INICIO DE CONTRATACIÓN (2)

FECHA DE FINALIZACIÓN DE CONTRATACIÓN (3)

FECHA DE LA ÚLTIMA CAPACITACIÓN (4)

Instrucciones: (1) Considerar lo siguiente: G= Generales; P=Personas Vida; GP=Ambos Ramos. (2) Fecha en que comenzó el contrato: dd/mm/aaaa. (3) Fecha de finalización del contrato: dd/mm/aaaa. (4) Última fecha de capacitación: dd/mm/aaaa La información debe contener a todos los promotores de ventas con los que contó y cuenta la empresa durante el periodo anual al que corresponde la información.

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Anexo CS – 09 INFORMACIÓN SOBRE CORREDORES DE SEGUROS EXCLUSIVOS Al: dd/mm/aaaa

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

CÓDIGO SBS (1) APELLIDOS Y NOMBRES DEL CORREDOR

NATURAL EXCLUSIVO FECHA DE INICIO (2) FECHA DE CESE (3)

Instrucciones: (1) Código de registro del corredor en la SBS (2) Fecha en que inició la contratación.

(3) Fecha en que cesó la contratación. Se reporta una sola vez, cuando el cese se haya producido durante los últimos doce (12) meses. (4) La información debe contener a todos los corredores de seguros exclusivos con los que contó y cuenta la empresa durante el periodo anual al que corresponde la información

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Anexo CS – 10 INFORMACIÓN SOBRE UBICACIÓN DE LAS OFICINAS Al: dd/mm/aaaa

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

APELLIDO Y NOMBRE DEL RESPONSABLE DE LA OFICINA

DIRECCIÓN (1) UBIGEO

DEPARTAMENTO PROVINCIA DISTRITO

Instrucciones: (1) Nombre de la Calle/Av./Jirón/Pasaje y Número/Mz/Lote.

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Anexo CS – 11 INFORMACIÓN SOBRE CONTRATACIÓN DE POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL ANUAL Al: dd/mm/aaaa

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

CONCEPTO INFORMACIÓN

1 Empresa de seguros

2 Contratante y/o asegurado

3 N° de póliza, certificado o e renovación

4 Fecha de inicio de vigencia

5 Fecha de fin de vigencia

6 Ingresos operativos del año anterior (a)

7 Suma asegurada

8 Monto de la prima

9 Forma de pago (b)

a) Según las cifras publicadas por la Superintendencia en el ranking publicado correspondiente al año anterior al de la contratación o renovación de la póliza. De no

haber generado ingresos, corresponde al monto mínimo de contratación b) Forma de pago: al Contado (C), Diferido (D) o Fraccionado (F)

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Anexo AS – 01 INGRESOS POR HONORARIOS, BONOS Y OTROS – AÑO 20__ AL: dd/mm/aaaa

AUXILIAR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

Código SBS EMPRESA DE SEGUROS HONORARIOS (1) BONOS Y PREMIOS (2) OTROS INGRESOS (3) TOTAL GENERAL (4)

S/ US$ Total S/ S/ US$ Total S/ S/ US$ Total S/ S/ US$ Total S/

(5) (5) (5) (5)

TOTAL CIAS DE SEGUROS

Otros ingresos

TOTAL

Instrucciones (1) Debe coincidir con la sub cuenta analítica 5702.00.02 Honorarios por ajustes y peritajes, la cual representa la retribución que ha de percibir el auxiliar por los servicios de su principal actividad. (2) Debe coincidir con la sub cuenta analítica 5702.00.04 Bonos y premios recibidos, la cual representa los bonos o premios de empresas de seguros, sin afectar su independencia como auxiliar de seguros. (3) Debe coincidir con la sub cuenta analítica 5702.00.09, la cual representa los ingresos por asesorías y otros similares (4) Debe coincidir con el monto consignado en las cuentas analíticas 5702.00.02, 5702.00.04 y 5702.00.09, así como las cuentas analíticas que representan ingresos del mercado del exterior como 5703.00.03

y 5703.00.09. (5) Se consignan los ingresos en la moneda que se percibieron (soles o dólares americanos). Para efectos de la totalización en soles, los montos en dólares deben ser convertidos a soles aplicando el tipo de

cambio contable al cierre del periodo, según información que emite la Superintendencia.

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Anexo AS – 02 TIPOS DE SEGUROS EN LOS QUE OPERA AL: dd/mm/aaaa

AUXILIAR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

N° RIESGOS

HONORARIOS (a) %

S/ US$ Total S/

(d) 1 Incendio y Líneas Aliadas 2 Lucro Cesante 3 Domiciliario 4 Ramos Técnicos (b) 5 Robo y Asalto 6 Deshonestidad 7 Responsabilidad Civil 8 Cauciones (Fianzas) y Crédito 9 Otros Riesgos Generales (c) 10 Transporte y Casco Marítimo

TOTALES

Instrucciones: (a) Se refiere solo al monto de los honorarios recibidos de las Compañías de Seguros, sin IGV. (b) Incluye los siguientes ramos: Todo Riesgo para Contratistas, Rotura de Maquinaria, Montaje contra Todo Riesgos y Todo Riesgo Equipo Electrónico. (c) Incluye los siguientes ramos: Aviación, Calderos, Animales, Multiseguros, Agrícola y Misceláneos. (d) Se consignan los ingresos en la moneda que se percibieron (soles o dólares americanos). Para efectos de la totalización en soles, los montos en dólares deben ser convertidos a soles aplicando el

tipo de cambio contable al cierre del periodo, según información que emite la Superintendencia.

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Anexo AS – 03 CUADRO DE CONTROL DE PLAZOS DE LIQUIDACIÓN DE SINIESTROS (*) AL: dd/mm/aaaa

AJUSTADOR DE SINIESTROS: CÓDIGO SBS:

N° DE SINIESTRO

N° DE ASEGURADO

S

EMPRESA DE SEGUROS

ASIGNACIÓN (1)

DD/MM/AAAA

RECEPCIÓN DOCUMENTACIÓN

COMPLETA (2) DD/MM/AAAA

AVISO A EMPRESA DE SEGUROS (3)

DD/MM/AAAA

PRÓRROGA OTORGADA POR LA

SBS (4) DD/MM/AAAA

PRESENTACIÓN DEL INFORME

FINAL (5) DD/MM/AAAA

CONVENIO DE AJUSTE (6)

DD/MM/AAAA

IMPORTE FINAL DE LA LIQUIDACIÓN (7)

(*)Siniestros mayores a veinte mil dólares americanos (US$ 20,000). Instrucciones: Formato de fecha: dd/mm/aaa (1) Fecha en que la empresa de seguros le asigno el siniestro (2) Fecha en que el ajustador de siniestros ha revisado la información y considera que la misma se encuentra completa para efectuar la liquidación del siniestro (3) Fecha en que el ajustador de siniestros remite comunicación a la empresa de seguros informando que el asegurado ha completado la información requerida para realizar las labores de ajuste (4) Fecha en que termina la prorroga otorgada por la SBS para efectuar la liquidación del siniestro,, de corresponder (5) Fecha de entrega del informe final de liquidación a la empresa de seguros y al asegurado (6) Fecha de presentación del Convenio de Ajuste a las empresas de seguros (7) En la moneda original

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Anexo AS – 04 INFORMACIÓN SOBRE AUXILIARES DE SEGUROS EXCLUSIVOS Al: dd/mm/aaaa

AUXILIAR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

CÓDIGO SBS (1) APELLIDOS Y NOMBRES DEL AUXILIAR

NATURAL EXCLUSIVO FECHA DE INICIO (2) FECHA DE CESE (3)

Instrucciones: (1) Código de registro del auxiliar en la SBS (2) Fecha en que inició la contratación. (3) Fecha en que ceso la contratación. Se reporta una sola vez, cuando el cese se haya producido durante los últimos doce (12) meses.

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1

Lima,

CIRCULAR Nº CS- -2021 AS- -2021

------------------------------------------------- Ref.: Presentación de Información de Comisiones,

Honorarios e Información Complementaria de las Personas Naturales

------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 13 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus normas modificatorias, en adelante Ley General, y en los artículos 46 y 54 del Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 809-2019, en adelante Reglamento de Supervisión, esta Superintendencia ha resuelto establecer requerimientos de información para los corredores y auxiliares de seguros que sean personas naturales, por lo que sobre la base de lo señalado en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se dispone la prepublicación de la presente Circular. 1. Alcance

La presente Circular es de aplicación a los corredores y auxiliares de seguros que sean personas naturales.

2. Información sobre comisiones u honorarios de los intermediarios y auxiliares 2.1 Los corredores de seguros que sean personas naturales deben presentar a esta Superintendencia el Anexo CS-12 “Ingresos por comisiones, honorarios, bonos y otros”.

2.2 Los auxiliares de seguros que sean personas naturales deben presentar a esta Superintendencia el Anexo AS-05 “Ingresos por honorarios, bonos y otros”. 2.3 Los formatos de los Anexos listados en los párrafos 2.1 y 2.2 se adjuntan a la presente Circular y se publican en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.

3. Información sobre la contratación de la póliza de responsabilidad civil anual Los corredores de seguros, personas naturales, con excepción de quienes se desempeñen como gerentes generales y de los corredores de seguros exclusivos de empresas corredoras de seguros, deben remitir el Anexo CS-11 “Información sobre la contratación de la póliza de Responsabilidad Civil” que deben mantener según lo dispuesto por el artículo 15 del Reglamento de Supervisión y Control de los Corredores y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS N° 809-2019.

4. Declaración Jurada Anual de no estar incurso en impedimentos Las personas naturales inscritas en el Registro deben presentar la actualización de la Declaración jurada anual, que establece el numeral 6 del artículo 20 del Reglamento del Registro de intermediarios y auxiliares de seguros, empresas de reaseguros del exterior y actividades de

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seguros transfronterizas, aprobado por Resolución SBS N° 808-2019, de conformidad con el formato del Anexo N° 1 adjunto a la presente Circular, el cual se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS.

5. Forma de remisión de la información La forma de remisión de la información señalada en los numerales 2, 3 y 4 es establecida por la Superintendencia y comunicada mediante Oficio Múltiple.

6. Plazo de presentación de la información 6.1 Los corredores y auxiliares de seguros, personas naturales, remiten la información que se indica en los numerales 2 y 4 con una periodicidad anual, dentro de los treinta (30) días posteriores al cierre de cada ejercicio económico. 6.2 El anexo CS-11 debe ser presentado anualmente, dentro de los (5) cinco días previos al vencimiento de la póliza de responsabilidad civil profesional vigente,

7. Vigencia La presente Circular entra en vigencia a partir de remisión de la información correspondiente a diciembre de 2021, quedando sin efecto las circulares CS-016-2008, AS 015-2008 y CS-21-2010.

Atentamente

SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

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Anexo N° 1

ACTUALIZACIÓN DE DECLARACIÓN JURADA1

(MODELO)

………………………………………………………………… de nacionalidad……………………….. con DNI / Carnet Extranjería / Pasaporte N° .........................................………., declaro bajo juramento que no me encuentro incurso(a) en ninguno de los impedimentos para ser inscrito en el Registro de intermediarios y auxiliares de seguros, empresas de reaseguros del exterior y actividades de seguros transfronterizas que lleva la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, establecidos en el artículo 12° del Reglamento del mencionado Registro, aprobado mediante Resolución SBS N° 808-2019.

Finalmente, declaro que la información proporcionada en la presente Declaración Jurada es verdadera, teniendo conocimiento que en caso resultar falsa podría incurrir en el delito de Falsa Declaración en Procedimiento Administrativo tipificado en el artículo 411 del Código Penal, en concordancia con el artículo 34 del TUO de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Lima,………..de …………………de..20……… ………………………………………………………… (Firma) Nombre: .……………….…………………............................................................................ D.N.I / C.E..................................................................... Código de Registro: …………………………

1 Según lo establecido en el artículo 20° numeral 6 del Reglamento del Registro de intermediarios y auxiliares de seguros, empresas de reaseguros del exterior y actividades de seguros transfronterizas, aprobado por Resolución SBS N° 808-2019

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Anexo CS – 12 INGRESOS POR COMISIONES, HONORARIOS, BONOS Y OTROS Al: dd/mm/aaaa

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

CÓDIGO SBS

EMPRESA DE SEGUROS

COMISIONES POR INTERMEDIACIÓN (1)

HONORARIOS POR ASESORÍAS EN SEGUROS (2)

BONOS Y PREMIOS RECIBIDOS (3)

COMISIONES POR OTROS SERVICIOS AUTORIZADOS (4)

OTROS INGRESOS (5) TOTAL GENERAL (6)

S/ US$ Total

S/ S/ US$

Total S/

S/ US$ Total

S/ S/ US$

Total S/

S/ US$ Total

S/ S/ US$

Total S/

(7) (7) (7) (7) (7) (7)

TOTAL EMPRESAS DE SEGUROS

EPS

Tercero

TOTAL OTROS SERVICIOS AUTORIZADOS

Otros ingresos

TOTAL GENERAL

Instrucciones: (1) Debe considerar el total de la comisión ganada por el corredor por la intermediación de seguros por parte de las empresas de seguros. (2) Debe considerar los honorarios ganados por las asesorías o consultas en materia de seguros. (3) Debe considerar los bonos o premios otorgados por empresas de seguros. (4) Debe considerar los ingresos por corretaje de AUS, Hipoteca Inversa y otros similares. (5) Debe considerar los ingresos por conceptos distintos de los señalados en las columnas anteriores. (6) Debe considerar la suma de los conceptos señalados anteriormente (7) Se consignan los ingresos en la moneda que se percibieron (soles o dólares americanos). Para efectos de la totalización en soles, los montos en dólares americanos deben ser convertidos a soles

aplicando el tipo de cambio contable al cierre del periodo, según información que emite la Superintendencia

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Anexo CS – 11 INFORMACIÓN SOBRE CONTRATACIÓN DE POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL ANUAL Al: dd/mm/aaaa

CORREDOR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

CONCEPTO INFORMACIÓN 1 Empresa de seguros 2 Contratante y/o asegurado 3 N° de póliza, certificado o e renovación 4 Fecha de inicio de vigencia 5 Fecha de fin de vigencia 6 Ingresos operativos del año anterior (a) 7 Suma asegurada 8 Monto de la prima 9 Forma de pago (b)

Instrucciones: (a) Según las cifras publicadas por la Superintendencia en el ranking publicado correspondiente al año anterior al de la contratación o renovación de la póliza. De no haber generado

ingresos, corresponde al monto mínimo de contratación. (b) Forma de pago: al Contado (C), Diferido (D) o fraccionado (F)

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Anexo AS – 05 INGRESOS POR HONORARIOS, BONOS Y OTROS – AÑO 20__ AL: dd/mm/aaaa

AUXILIAR DE SEGUROS: CÓDIGO SBS:

Código

SBS EMPRESA DE SEGUROS HONORARIOS (1) BONOS Y PREMIOS (2) OTROS INGRESOS (3) TOTAL GENERAL (4)

S/ US$ Total

S/ S/ US$

Total S/

S/ US$ TOTAL

S/ S/ US$ Total S/

(5) (5) (5) (5)

TOTAL CIAS DE SEGUROS

Otros Ingresos

TOTAL

Instrucciones: (1) Debe considerar los honorarios percibidos por los servicios de ajuste de siniestros. (2) Debe considerar los bonos o premios de empresas de seguros, sin afectar su independencia como auxiliar de seguros. (3) Debe considerar los ingresos por asesorías y otros similares (4) Debe considerar la suma de los conceptos antes señalados. (5) Se consignan los ingresos en la moneda que se percibieron (soles o dólares americanos). Para efectos de la totalización en soles, los montos en dólares americanos deben ser convertidos a

soles aplicando el tipo de cambio contable al cierre del periodo, según información que emite la Superintendencia