PrePrevencion osinerming
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Gerencia de Fiscalizacin ElctricaPrevencin de Accidentes en Sistemas de Distribucin Area de Media TensinEnero 2006
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Definicin de la ProblemticaAlta incidencia de accidentes asociados a Sistemas de Distribucin Area de Media Tensin y Actividades Particulares Realizadas por Publico en General
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Prevencin de Riesgos
Accidentes:Suceso no previsto que ha producido victimas dao a la salud, lesiones, danos u otras perdidas.
Peligro: Caracterstica o condicin fsica de un sistema/proceso/equipo/elemento con un potencial de dao a las personas, instalaciones, medio ambiente o una combinacin de estos.
Riesgo: Combinacin de la probabilidad y las consecuencias de la ocurrencia de un suceso peligroso especifico ( Inciso 3.14 OHSAS 18001: 1999)
Medida de dao a las personas o perdidas econmicas de un suceso peligroso, en trminos de probabilidad y magnitud de ese dao o perdida.
Tercero: Toda persona ajena a la actividad elctrica
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Riesgos Asociados a Redes Elctricas de Media TensinContacto Directo o Indirecto con Redes Elctricas de MTCada de ConductoresCada de PostesIncumplimiento de Distancias Mnimas de Seguridad (DMS)
Prevencin de Riesgos
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Principales Acciones que Contribuyen a la Ocurrencia de Accidentes Elctrico de TercerosManipulacin de varillas de Construccin, palos, alambres y tubos cerca de lneas de MT.(DMS/CNE)Edificaciones debajo de Lneas Elctricas. (DMS/CNE)Robo de conductoresInstalacin de antenas de TV y astasConexiones clandestinasInstalacin de Letreros, banderolas, carteles y avisos publicitariosManiobras con equipo pesadoPoda de rbolesPintado de fachadas con andamios Accidentes de transito
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Estadstica de Accidentes de Terceros
Grfico1
1849
2062
4766
1679
2473
FATAL
NO FATAL
Estadsticas de Accidentes de Terceros
Expos.V.Panduro
AoCCTotal CCTETotal TETotal general
FATALNO FATALFATALNO FATAL
20011020308293767
20029192811435482
2003102030374683113
20046283410516195
20051734517334091
Total general5212117373202275448
Seminario de Prevencin de RiesgosAosAccidente de Terceros
efectuados por OSINERGFATALNO FATALTotal General
TrujilloDas 20 y 30 abril 20042001303868
ChiclayoDas 26 y 27 agosto 20042002285583
AyacuchoDas 25 y 26 noviembre 200420031694110
CuscoDas 21 y 22 abrill 200520043668104
CajamarcaDas 26 y 27 mayo 20052005473986
HuancayoDas 30 junio y 1 julio 2005Total general157294451
TrujilloDas 18 y 19 agosto 2005
PiuraDas 29 y 30 setiembre 2005
TacnaDas 17 y 18 diciembre 2005
AosFATALNO FATAL
20011849
20022062
20034766
20041679
20052473
Expos.V.Panduro
49
62
66
79
39
FATAL
NO FATAL
Estadsticas de Accidentes de Terceros
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Estadstica de Accidentes de Terceros
Grfico3
3782930
54114328
83374630
61105134
4073351
Accidentes de Terceros
FATAL
NO FATAL
Construccin Civil
Hoja1
Aos20012002200320042005
Accidentes de Terceros3754836140
FATAL81137107
NO FATAL2943465133
Construccin Civil3028303451
Total67821139591
Hoja1
0000
0000
0000
0000
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Accidentes de Terceros
FATAL
NO FATAL
Construccin Civil
Hoja2
Hoja3
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Manipulacin de Varillas de Construccin
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Edificaciones Debajo de Lneas ElctricasConstruir viviendas debajo de las lneas elctricas areas, no solo es peligroso si no que contraviene las normas de seguridad!Haz de tu vivienda un lugar seguro!
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Instalacin de antenas de TV y AstasSi instalas una lnea area para tu televisor en el techo o al costado de tu vivienda, verifica si tienes una lnea elctrica rea cerca, porque puedes sufrir una descarga
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Robo de ConductoresEl hurto de conductores de las lneas elctricas areas es un delito, adems puedes recibir una descarga elctrica
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Instalaciones ClandestinasEl hurto de energa elctrica es un delito adems puedes electrocutarte
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Instalacin de Letreros, banderolas, carteles y avisos publicitarios
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Maniobra con Equipo PesadoNo maniobres tu maquinaria pesada debajo de lneas areas elctricas
Accidentes por Maniobra de Brazo Hidrulico o Tolva de Camin Cerca de Lneas ElctricasDel ao 2001 al 2005FatalesNo FatalesTotal6522
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Poda de rbolesSi realizas la poda de rboles verificar que no pase una lnea electriza cerca porque las ramas pueden hacer contacto con esta y puede sufrir una descarga elctrica
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Pintado de Fachadas con Andamios
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Accidentes de Transito
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Actores InvolucradosAlta Incidencia de Accidentes Asociados a Sistemas de Distribucin Area de Media Tensin y Actividades Particulares Realizadas por Publico en General
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Derechos Constitucionales Relativos a la Seguridad en la Prestacin de los Servicios PblicosConstitucin Poltica del Per:Art. 1: La Defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.
Art. 2 inc. 1: Toda persona tiene derecho a la vida y a su integridad fsica.
Art. 58: El Estado orienta el desarrollo del pas, y acta principalmente en las reas de promocin del empleo, salud, seguridad, servicios pblicos e infraestructura.
Art. 65: El Estado defiende los intereses de los consumidores y usuarios. () Asimismo vela en particular por la salud y la seguridad de la poblacin.
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FINALIDAD Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacin de los servicios pblicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armnico de su circunscripcin (ARTCULO IV).
FUNCIONES ESPECFICAS DE MUNICIPALESLas municipalidades ejercen, de manera exclusiva o compartida, una funcin promotora, normativa y reguladora, as como las de ejecucin y de fiscalizacin y control, en las materias de su competencia, conforme a la presente ley y la Ley de Bases de la Descentralizacin.(ARTCULO 74).
LAS COMPETENCIAS Y FUNCIONES ESPECFICASLas autoridades municipales otorgarn las licencias de construccin, bajo responsabilidad, ajustndose estrictamente a las normas sobre barreras arquitectnicas y de accesibilidad. Asimismo, pueden ordenar la clausura transitoria o definitiva de edificios, establecimientos o, servicios cuando su funcionamiento est prohibido legalmente y constituya peligro, o cuando estn en contra de las normas reglamentarias o de seguridad de defensa civil. (ARTCULO 78)
Ley Orgnica de Municipalidades N 27972
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Ley de Concesiones Elctricas LEY N 25844
Los concesionarios de generacin, transmisin y distribucin estn obligados a conservar y mantener sus obras e instalaciones en condiciones adecuadas para su operacin eficiente, y cumplir con las disposiciones del Cdigo Nacional de Electricidad y dems normas tcnicas aplicables.(Artculo 31 )
LEY N 27699, Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional del OSINERGEl OSINERG esta facultado para disponer el retiro de las instalaciones, paralizacin de obras ,suspender definitiva o temporalmente las actividades que no se encuentren debidamente autorizadas o de presumirse un riesgo inminente para la salud de la poblacin o el medio ambiente (Artculo 2)Marco Legal Aplicable
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LEY N 28151, Ley que Modifica a la Ley N 26734 (Ley del Organismo Supervisor de la Inversin en Energa)Fiscalizar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones Tcnicas y legales del subsector elctrico, referidas a la seguridad y riesgos elctricos por parte de empresas de otros sectores, as como de toda persona natural o jurdica (modifica el Art 5.-Funciones)
Disposiciones Aplicables ante Riesgos Elctricos Graves En situaciones de riesgo elctrico grave que exponga la vida de las personas, el OSINERG proceder a disponer la suspensin de la actividad que la provoque o el corte del servicio. Los costos que signifiquen estas operaciones sern asumidos por el infractor. (Segunda Disposicin complementaria)Marco Legal Aplicable
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Reglamento de Seguridad e Higiene Ocupacional del Subsector Electricidad R.M N 263-2001-EM/VME
Objetivo: Dar pautas para establecer las medidas de proteccin de los usuarios y pblico en general contra los peligros de las instalaciones y actividades inherentes a la actividad elctrica.(Art 2, inciso b)
Previsiones contra contactos con partes con tensin Se alejar las partes activas de las instalaciones o equipos elctricos a las distancias mnimas de seguridad indicadas en el Cdigo Nacional de Electricidad del lugar donde las personas, vehculos motorizados, coches rodantes y otros que habitualmente se encuentran o transitan , para evitar un contacto fortuito o la manipulacin de objetos conductores que puedan ser utilizados cerca de la instalacin.(Artculo 17).
Reporte de los AccidentesAquellos accidentes graves o fatales del personal propio, de contratistas o de terceros, que ocurran en las instalaciones de una empresa, sta reportar a OSINERG mediante su titular dentro de las 24 (veinticuatro) horas de sucedidos.(Artculo 103).
Marco Legal Aplicable
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Marco Legal AplicableReglamento de Supervisin de Actividades Energticas Resolution OSINERG N 013-2004-OS/CD
Obligacin de informar EmergenciasEn caso de que se produzcan accidentes graves o fatales, incidentes, situaciones de emergencia, las empresas supervisadas debern informar por escrito a OSINERG de diez das hbiles.(Artculo 30 )
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Acciones del OSINERGObjetivoLograr que las empresas concesionarias subsanen las deficiencias de la instalaciones de M.T. y S.E.D. relacionados con la seguridad pblica.
AlcanceComprende las directivas y pautas que se deben seguir para la supervisin de la subsanacin de deficiencias en las instalaciones de las redes de MT y S.E.D de las empresas concesionarias de distribucin, principalmente relacionadas con la seguridad publica. Procedimiento de Fiscalizacin de Deficiencias en Lneas y Subestaciones Elctricas de Media Tensin-Resolucin OSINERG N 011-2004-OS/CD
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Acciones del OSINERGConvenio Marco Defensoria del Pueblo- MEM- OSINERG Seminarios de Prevencin de Riesgos Asociados a las Actividades Elctricas y Cuidado del Medio Ambiente 2004- 2005
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Acciones del OSINERGConvenio Federacin de Trabajadores de Construccin Civil - FTCC - OSINERG Seminario de Prevencin de Riesgos Elctricos 2003-2005
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Acciones del OSINERGInformes Tcnicos Sancionadores
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Propuestas Las empresas concesionarias debern fortalecer sus programas de difusin y sensibilizacin para la poblacin ubicada dentro de su rea de concesin, frente a los peligros elctricos.
Elaborar una propuesta normativa que permita sancionar, con corte de suministro elctrico, a los propietarios de los predios que como consecuencia del incumplimiento de las especificaciones tcnicas establecidas en el Cdigo Nacional de Electricidad (CNE) y en Reglamento Nacional de Construccin (RNC), hayan originado un accidente.
La autoridad municipal no deber otorgar licencias de construccin ni regularizar edificaciones que incumplan con el CNE y el RNC
La autoridad municipal deber utilizar sus facultades normativas para emitir disposiciones que orienten la conducta del vecino frente a riesgos asociados a redes elctricas areas.
Propiciar acciones de carcter interinstitucional que permitan reducir el nmero de accidentes terceros vinculados a instalaciones elctricas ( Autoridades Municipales, INDECI, MEM, OSINERG, Defensora del Pueblo, Ministerio Pblico, Gremios, Juntas Vecinales, entre otros)
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GRACIASSeguridad implica simplemente hacer las cosas bien
Ningn trabajo es tan importante, ni servicio tan urgente, que no permitan tomar el tiempo necesario para realizar la labor sin tener en cuenta la seguridad