Preguntas frecuentes (FAQs)...Tras completar el formulario recibirá un código QR que deberá...
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EMBAJADA DE ESPAÑA
VIENA
ARGENTINIERSTR.34 1040 VIENA TEL.: +43 1 505 57 88 FAX: +43 1 505 57 88 125
Correo electrónico: [email protected]
MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN
[Última actualización 12.03.2021]
Preguntas frecuentes (FAQs) Información general
COVID- 19 en Austria
Contenido
A. Información general
B. Medidas de entrada - Austria
C. Medidas de entrada - España
D. Otras informaciones de interés
A. Información General
1. ¿En dónde está publicando la Embajada de España en Austria todas las
informaciones relativas el COVID19 en Austria?
En la Página web en este enlace:
http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/VIENA/es/Noticias/Paginas/Articulos/20200
225NOT_1.aspx
Twitter @EmbEspAustria
Facebook @EmbEspViena
Ruego consulte detenidamente dicha documentación y este documento FAQS. Si
tuviera alguna duda concreta que no encontrase respuesta puede dirigirse al:
[email protected] o llamar al número de teléfono: 00 43 1 5055788
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2. Si usted se encuentra en una situación de emergencia consular en
Austria puede llamar al teléfono de emergencias consulares de la Embajada
de España en Austria: +43 664 120 32 96. Este teléfono está operativo las 24
horas durante los 7 días de la semana únicamente para atender emergencias
consulares.
3. ¿Dónde puedo informarme de las medidas y número de casos en
Austria?
Página del Ministerio Federal de Asuntos Sociales, Sanidad y consumo
https://www.sozialministerium.at/Informationen-zum-Coronavirus/Neuartiges-
Coronavirus-(2019-nCov).html
Página del Ministerio Federal de Exteriores y Unión Europea
https://www.bmeia.gv.at/
4. ¿Qué trámites se están realizando ahora mismo en la Sección Consular
de la Embajada de España en Viena? ¿Cuál es el horario de atención al
público en ventanilla?
La atención consular se prestará en horario de 9:00 a 13:30.
Es necesaria la entrada con mascarilla en esta Embajada para realizar
cualquier trámite consular. Asimismo, se ruega mantener la distancia de seguridad
de al menos dos metros con el resto de personas.
Todo trámite consular exige cita previa. Cada solicitante requiere una cita
individualizada. Rogamos no se presente en la Embajada sin cita previa. Para
obtener mayor información consulte los siguientes enlaces en la web de esta
Embajada:
http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/VIENA/es/Embajada/ServiciosConsula
res/serviciosconsularesaustria/Paginas/Servicios-consulares-
documentaci%c3%b3n.aspx
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http://www.exteriores.gob.es/Embajadas/VIENA/es/Embajada/ServiciosConsula
res/serviciosconsularesaustria/Paginas/Solicitud-cita-previa.aspx
En lo relativo a los Consulados Honorarios, rogamos pidan cita previa para realizar
trámites consulares y consulten las medidas sanitarias adoptadas por cada
consulado. Encontrarán los contactos en la sección “Consulados Honorarios” de
esta página web. Tenga en cuenta que algunos Consulados Honorarios no están
pudiendo prestar la atención al público por las medidas sanitarias exigidas en el
edificio en el que se encuentra la oficina.
B. Medidas de entrada –Austria
1. ¿Qué normativa está actualmente en vigor para la entrada en Austria
desde España?
Está en vigor la siguiente normativa para todos los viajeros procedentes de
España:
- Antes de viajar a Austria será obligatorio rellenar el formulario Pre-
Travel-Clearance – PTC. El formulario de registro PTC está disponible en alemán y
en inglés en el siguiente enlace
Aquellas personas que no puedan rellenar el formulario online, podrán descargarlo
en el siguiente enlace y presentarlo en papel.
Cada persona, incluidos los menores de edad, ha de rellenar este formulario.
Dicho formulario podrá ser rellenado a partir de las 72 horas previas al viaje.
- A la entrada a Austria será obligatorio presentar un certificado médico con
un resultado negativo en inglés o alemán de un test PCR no más antiguo de 72h o
de un test de Antígenos no más antiguo de 48 horas en el momento de entrar en el
país y que empiezan a contar desde el momento de la toma de la muestra.
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Las autoridades austriacas facilitan un modelo de certificado médico en inglés que
podrá encontrar en el siguiente enlace
Si no puede presentar dicho certificado médico con un resultado negativo de un
test PCR o test de antígenos a su entrada en Austria, será obligatorio realizarlo en
Austria en un plazo máximo de 24 horas desde la entrada en el país.
- En Austria: en el formulario de registro PTC usted se compromete a
realizar una cuarentena de 10 días a la llegada a Austria en un lugar justificado.
A los cinco días de haber comenzado la cuarentena, se puede realizar un test PCR o
un test de antígenos, cuyo resultado negativo permite terminar la cuarentena. El
primer día empieza a contar al día siguiente de la llegada al país.
Se podrá levantar la cuarentena si se garantiza la salida inmediata del país y
siempre y cuando no represente un riesgo sanitario.
->En la normativa no se especifica hasta cuándo estará en vigencia.
¿Qué personas están exentas de rellenar el formulario online PTC?
No será obligatorio el registro a través del formulario PTC, para:
- Personas que viajen a Austria por motivos imprevisibles, urgentes y de
consideración especial dentro del círculo familiar.
- Viajeros en tránsito.
¿Qué personas están exentas de realizar la cuarentena?
No será obligatorio realizar la cuarentena de 10 días para:
- Personas en posesión de una “Legitimationskarte”, conforme al párrafo 95
de la Ley de policía de extranjería de Austria (personal diplomático acreditado en
Austria).
- Personal trabajando en operaciones de carácter humanitario
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- Personas que viajan a Austria por motivos de trabajo
- Un acompañante durante un viaje por motivos médicos
- Personas que entran con el fin de cumplir con una obligación judicial o
pública
Para estas excepciones, se deberá presentar a la entrada un certificado médico en
inglés o alemán con un test PCR negativo por SARS-CoV2 o un test de antígenos
negativo por SARS-CoV2. En el momento de la entrada, el test recogido en el
certificado médico no debe tener más de 72 horas de antigüedad en el caso del test
PRC y 48 horas en el caso de test de antígenos. En caso de no presentar un
certificado médico, es obligatorio realizar inmediatamente una cuarentena de 10
días. La cuarentena podría finalizarse en cualquier momento tras la entrada a
Austria si se realiza un test PCR o un test de antígenos y el resultado es negativo.
Estas personas no están exentas de rellenar el formulario online PTC
3. ¿Es posible el tránsito en Austria sin necesidad de presentar un test
PCR negativo por SARS-COV2?
El tránsito por Austria es posible sin necesidad de presentar un test PCR, siempre y
cuando éste sea sin parada intermedia y justificando la salida inmediata del país.
Esta justificación pueden ser, entre otros documentos, billetes del transporte con
destino final fuera del país (reserva de taxi, billetes de tren, bus, avión…)
Es decir, que tanto si se entra por vía terrestre como aérea, tránsito implica la
salida inmediata del país, sin permanecer ni pernoctar en el mismo.
4. ¿Dónde encuentro la información oficial de las autoridades austriacas
respecto a las medidas de entrada en el país?
El Ministerio Federal de Asuntos Sociales, Salud, Enfermería y Protección del
Consumidor de Austria facilita un documento de preguntas frecuentes en el
siguiente enlace
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C. Medidas de entrada- España
1. ¿Qué implica el Estado de Alarma aprobado en España?
El Gobierno aprobó el 25 de octubre el Real Decreto 926/2020, por el que se
declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas
por el SARS-CoV-2. La norma entró en vigor el 25 de octubre tras su publicación
en el B.O.E. y estará vigente hasta las 00:00 del 9 de mayo de 2021, sujeto a
revisión el 9 de marzo.
Entre las medidas se encuentra la restricción a la movilidad nocturna en toda
España, desde las 23.00h hasta las 06.00h, si bien, cada comunidad autónoma
podrá adelantar o retrasar una hora tanto el inicio como el final de las restricciones
Asimismo se establece limitación de entrada y salida en algunas comunidades
autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía. Algunas comunidades
autónomas establecen restricciones de movilidad y se limita la permanencia de
grupos de personas tanto en espacios públicos como privados a un máximo de 6
personas, salvo que se trate de convivientes.
Le recomendamos que antes de viajar a España, consulte en los canales de
comunicación de las autoridades autonómicas y regionales la normativa aplicada
en su territorio.
Asimismo el Ministerio de Sanidad facilita el siguiente enlace con información
sobre las medidas aplicadas en las CCAA:
https://www.mscbs.gob.es/en/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/e
strategia/medidasPrevCCAA.htm
Asimismo, en la página web de AENA se ofrece información que le podrá ser de
utilidad antes de viajar.
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2. ¿Cuál es la normativa para entrar en España desde una zona o país de
riesgo por vía aérea o marítima?
2.1 ¿Tengo que hacerme y presentar un PCR para entrar en España desde
Austria?
Desde el 23 de noviembre por Resolución 14049 del 11.11.2020 de la Dirección
General de Salud Pública, modificada en fecha 10.12.2020 por Resolución 15878,
todo pasajero procedente de un país o zona de riesgo, que pretenda entrar en
España, deberá disponer específicamente de un PCR (RT-PCR de COVID-19) o de
prueba de Amplificación Mediada por Transcripción (TMA) con resultado negativo,
realizada en las 72 horas previas a la llegada a España.
No se admitirán otras pruebas diagnósticas tales como test rápidos de anticuerpos,
pruebas rápidas de detección de antígeno o serologías de alto rendimiento (ELISA,
CLIA, ECLIA)
Austria, con excepción del estado de Vorarlberg, está incluido en el listado de
países o zonas de riesgo Podrá encontrar las listas de países o zonas de riesgo en el
siguiente enlace del Ministerio de Sanidad
Desde Resolución 15878 del 10.12.2020, los niños menores de seis años no
requieren presentar prueba RT-PCR.
El documento acreditativo de la realización del RT-PCR deberá ser el original,
podrá estar redactado en español, inglés, francés o alemán y podrá ser presentado
en formato papel o electrónico con los siguientes datos: nombre del viajero,
número de pasaporte o del documento de identidad (que deberá coincidir con el
utilizado en el Formulario de Control Sanitario), fecha de realización de la prueba,
identificación y datos de contacto del centro que realiza el análisis, técnica
empleada y resultado negativo de la prueba.
Rogamos tengan en cuenta que en el momento de hacer el check-in o de
embarcar en el avión, en el aeropuerto en Austria se le va a solicitar el
documento acreditativo de la realización del test RT-PCR, según los
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criterios arriba indicados. Sin dicho documento, usted puede no ser
autorizado a embarcar.
Puede consultar más información en los siguientes enlaces del Ministerio de
Sanidad:
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/spth.
htm
https://www.mscbs.gob.es/profesionales/saludPublica/ccayes/alertasActual/nCov/docu
mentos/AnexoIIpaises-yzonasderiesgo_entre01032021y14032021.pdf
2.2 . Habrá además controles sanitarios a mi llegada por vía aérea o marítima
a España desde el extranjero?
Todos los pasajeros que lleguen a España por vía aérea y marítima deberán
someterse a un control sanitario que podrá incluir toma de temperatura, control
documental y control visual sobre el estado del pasajero.
2.3 ¿Debo además cumplimentar algún formulario?
Toda persona que viaje a España deberá cumplimentar un formulario de salud
pública on-line en http://spth.gob.es o descargando la aplicación gratuita SPAIN
TRAVEL HEALTH-Sp TH. Tras completar el formulario recibirá un código QR que
deberá presentar a su llegada a España.
Se ruega lea en detalle la información recogida en la página web indicada del
Ministerio de Sanidad (http://spth.gob.es)
Tenga en cuenta que antes del viaje deberá cumplimentar todo el
formulario desde la página web o desde la app, y a partir de 48 HORAS antes del
vuelo podrá enviar el formulario a las autoridades sanitarias. Una vez enviado
recibirá un correo con un código QR que le permitirá acceder al aeropuerto de
destino. Debe llevarlo impreso o en el teléfono móvil.
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Aquellos pasajeros que excepcionalmente no hubieran cumplimentado
telemáticamente este Formulario, lo podrán presentar en formato papel antes del
embarque, debiendo ir siempre acompañado del documento acreditativo de la
realización del PCR, si proceden de un país o zona clasificada de riesgo.
3. ¿Dónde me puedo hacer el test PCR de COVID-19 en Austria para viajar
a España?
El Ministerio de Sanidad de Austria facilita una lista en pdf de laboratorios que
realizan este test. Puede encontrarla en la primera pregunta del siguiente enlace,
clicando en “Liste von Labors, die SARS-CoV-2 Tests durchführen (PDF, 443 KB)
(11.01.2021)”
https://www.sozialministerium.at/Informationen-zum-Coronavirus/Coronavirus-
--Fachinformationen.html
Ante las preguntas recibidas y a efectos meramente orientativos a la colectividad
española en Austria, le comunicamos que hay ciertos laboratorios de dicha lista
que facilitan un documento acreditativo de la realización del PCR en el que se
incluyen los datos completos del viajero, el resultado y, si usted así lo pide, el
número de D.N.I o pasaporte. Puede llamar para informarse en:
AMZ Testzentrum: https://www.amztestzentrum.com/pcr-test
Labors.at: https://www.labors.at/
IMCL/Synlab: https://www.synlab.at/4642.html
Este listado tiene como única finalidad la de prestar apoyo informativo a los
viajeros y no constituye un listado exhaustivo de centros que realicen pruebas PCR
en Austria. Por tanto son admisibles los certificados de otros centros no incluidos
en esta lista siempre y cuando cumplan con los requisitos sanitarios establecidos
en la Resolución de 11 de noviembre de 2020 y su ampliación del 9 de diciembre
de 2020, de la Dirección General de Salud Pública.
Los centros incluidos en el listado, carecen de toda vinculación con esta Embajada
que no se hace responsable de la labor desarrollada por estos laboratorios.
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Atención: Esta Embajada ha tenido conocimiento que Ryanair no habría
autorizado a embarcar con destino a España a pasajeros que no hayan presentado
un documento acreditativo en el que conste específicamente que la prueba que le
ha sido realizada es RT-PCR de COVID-19. Rogamos consulte con el laboratorio en
dónde vaya a realizarse la prueba, el tipo de procedimiento que realizan.
Esta Embajada no se responsabiliza de las decisiones tomadas por una aerolínea
privada en lo relativo a su política de embarque en el cumplimiento de las medidas
sanitarias adoptadas por el país de destino.
D. Otras informaciones de interés
1. ¿Dónde puedo informarme de las medidas que aplican los países de la
Unión Europea antes de iniciar mi viaje?
Con el fin de reactivar la libre circulación y el turismo en la Unión Europea, la
Comisión Europea dispone del servicio “Re-open EU” a través de una plataforma
online y una aplicación para el móvil en las que encontrará toda la información
sobre medidas relativas al transporte, sanidad o fronteras de los países de la UE,
que le permitirán planificar su próximo viaje. La información está disponible en las
24 lenguas oficiales de la Unión Europea. Puede encontrarla en el siguiente enlace
a la página web: https://reopen.europa.eu/es
2. Soy una empresa ¿Dónde puedo informarme sobre las medidas
aplicadas las condiciones y requisitos de entrada en terceros países,
medidas sanitarias aplicadas e igualmente condiciones y trámites para
entrar en España?
Está disponible un Servicio de Atención Telefónica “Conecta Movilidad
Internacional” implementado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de
Cooperación. Se trata de una herramienta dirigida exclusivamente a los operadores
económicos que necesiten desplazarse por causa de necesidad económica/
empresarial, bien hacia España o fuera de España. Esa herramienta se mantendrá
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mientras se mantengan las restricciones fronterizas y sanitarias. La información
que facilitara ese Servicio se centrara en las condiciones y requisitos de entrada en
terceros países, medidas sanitarias aplicadas e igualmente condiciones y trámites
para entrar en España. Los teléfonos de atención de ese Servicio son: Desde
España: 060 y desde el exterior: +34911252122
3. ¿Qué debo hacer si mi vuelo ha sido cancelado?
El Ministerio recomienda, en primer lugar, gestionar el regreso con la línea área o
agencia de viajes, a quien corresponde la responsabilidad primera de facilitar
rutas alternativas. Si no fuera posible, se recomienda buscar vías alternativas de
regreso a España. Asimismo esta Embajada no puede prever cuál va a ser el estado
de su vuelo ni si este va a operarse.
4. ¿Qué medidas están aplicando las autoridades austriacas en el
momento actual para limitar la propagación del COVID-19?
Las medidas fundamentales adoptadas por las autoridades austriacas para
prevenir la propagación del COVID-19 estarán en vigor por el a partir del 8 de
febrero:
- En espacios comunes públicos también hay que respetar la distancia
interpersonal de 2 metros. Quedan exentos de esta medida las personas que vivan
en la misma casa, parejas o miembros cercanos de la familia que no vivan en la
misma casa o personas de referencia importantes.
- Será obligatorio el uso de mascarillas FFP2 en los espacio s de uso común
público para todas las personas a partir de 14 años. Para niños a partir de 6 se
recomienda en uso de tapabocas (Mund-Nasen- Schutz)
- De 20.00 a 06.00, habrá toque de queda y se puede abandonar el domicilio
para: realizar actividades deportivas en el exterior y de forma individual, por
razones laborales, por cuidado a terceros, para cumplir necesidades básicas
diarias, por motivos que pongan en peligro la integridad física personal o por
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cumplir con citas legales o de la administración pública. Durante este intervalo de
tiempo sólo se pueden reunir un máximo de 4 personas de dos hogares diferentes.
- Las tiendas que quedan abiertas entre 06.00 y 19.00 son aquellas de
productos básicos, farmacias, droguerías o bancos. Será obligatorio el uso de
mascarillas FFP2. El espacio disponible debe ser de un cliente por cada 20m2
- Museos, bibliotecas, archivos se podrán abrir al público con la
obligatoriedad de llevar mascarilla FFP2 y un espacio disponible mínimo de 1
persona por cada 20 m2.
- Los centros educativos a nivel de primaria y secundaria volverán a ser
abiertos después de las vacaciones (“Semesterferien”) con obligatoriedad de llevar
mascarilla FFP2 para mayores de 14 años y un tapabocas (Mund Nasen Schutz) a
partir de los 6 años y realización regular de test.
- Los restaurantes pueden vender comida solo para recogida de 6.00 a 19.00
y el servicio a domicilio es posible las 24 horas los 7 días de la semana.
- Los alojamientos hoteleros pueden abrir sólo en casos excepcionales como
por estancias relacionadas con el trabajo.
- y universidades siguen en educación a distancia
- Se recomienda dentro de lo posible trabajar desde casa.
- Los eventos culturales siguen cancelados.
- Se permite realizar deporte en áreas abiertas pero respetando la distancia
mínima interpersonal de 2 metros.
Más información en la página del Ministerio de Sanidad de Austria:
https://www.sozialministerium.at/Informationen-zum-Coronavirus/Coronavirus-
--Aktuelle-Ma%C3%9Fnahmen.html