PRECIOS DE TRANSFERENCIA Y PARTES RELACIONADAS REQUERIMIENTOS DE: LISR (LIETU 2013 - N/A 2014)
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PRECIOS DE TRANSFERENCIA Y
PARTES RELACIONADAS
REQUERIMIENTOS DE:LISR
(LIETU 2013 - N/A 2014)DECLARACION ANUAL Y
DICTAMEN FISCAL DEL EJERCICIO 2013L.C. EDUARDO M. ENRÍQUEZ [email protected]
Abril 2014
-DEFINICIÓN Y DETERMINACION DE PARTES RELACIONADAS
- CONTRIBUYENTES OBLIGADOS
- OBLIGACIONES FISCALES
- METODOS APLICABLES PARA ELABORAR EL ESTUDIO
- DETERMINACION DE LOS PRECIOS DE TRANSFERENCIA
- PROCESO DE ELABORACIÓN
- ESTRATEGIAS PARA SU CUMPLIMIENTO
- EN DECLARACION ANUAL
- EN DICTAMEN FISCAL (CUESTIONARIOS Y ANEXOS)
Identificar todas las partes relacionadas de la entidad.
Demostrar que las operaciones con partes relacionadas, son pactadas bajo un criterio de entidad separada.
OBJETIVOS
3
Cuando las empresas asociadas negocian entre si,
tal vez
las fuerzas del mercado no afecten de la misma manera sus relaciones
comerciales y financieras.
OBJETIVOS
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REQUISITOS DE LAS DEDUCCIONESLISR ART. 31 (27 frac. XIII)
FRAC. XIV VALOR DE MERCADO
Que el costo de adquisición declarado o los intereses que se deriven de créditos recibidos por
el contribuyente, correspondan a los de:MERCADO, el excedente será NO DEDUCIBLE
Art. 91 Opción de modificar la utilidad o perdida fiscal por su incumplimiento
(Art 91 2014 Discrepancia fiscal)
OBJETIVOS
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(NIF – C-13 PARTES RELACIONADAS)(vigente a partir del 1º de enero de 2007)
ADMINISTRACIÓN
ENTIDAD INFORMANTEEs la entidad emisora de los estados
financieros
PARTE RELACIONADAEs toda persona (física o moral), distinta a la
entidad informante, que:
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
6
i. directa o indirectamente, a través de uno o más intermediarios:
- controla a, es controlada por o está bajo control común de, la entidad informante, tales como: entidades controladoras, subsidiarias y afiliadas, así como personas físicas socios o accionistas, miembros de consejo de administración y personal gerencial clave o directivos relevantes de la entidad informante
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
7
- ejerce influencia significativa sobre, es influida significativamente por, o está bajo influencia significativa común de la entidad informante, tales como: entidades tenedoras de asociadas, asociadas y afiliadas, así como personas físicas socios o accionistas, miembros de consejo de administración y personal gerencial clave o directivos relevantes de la entidad informante.
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
8
ii. Es un negocio conjunto en el que participa la informante;iii. Es familiar cercano de alguna de las personas del inciso (i) anterioriv. Es una entidad sobre la cual alguna de las personas que se encuentran en los supuestos de los incisos (i) y (iii) ejerce control o influencia significativav. Es un fondo derivado de un plan de remuneraciones por beneficios a empleados, ya sea de la propia entidad informante o de alguna otra que sea parte relacionada de la informante
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
9
Operaciones entre partes relacionadas:
Representan cualquier cambio de recursos, servicios u obligaciones realizadas entre la
informante y una parte relacionada,
Independientemente de que exista o no un precio o contraprestación
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
10
Familiar cercano:
Cónyuge, concubina(o) y el pariente consanguíneo o civil hasta el cuarto grado, o por afinidad hasta el
tercer grado, de algún: Socio o accionista,
Miembro del consejo de administración,Del personal gerencial clave
óDirectivo relevante de la informante.
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
11
Personal gerencial clave o directivo relevante:
Cualquier persona que tenga autoridad y responsabilidad para planear y dirigir,
directa o indirectamente, las actividades de la informante.
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
12
Control:
Poder para gobernar las políticas de operación y financieras de una entidad, a fin de obtener un
beneficio.
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
13
Influencia significativa:
Poder para participar en la decisión de las políticas de operación y financieras de una entidad, en la cual se tiene una inversión, sin tener el poder de gobierno sobre ellas.
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
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Negocio conjunto:
Acuerdo contractual por el que dos o más entidades participan en una actividad económica
sobre la que tienen influencia significativa
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
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(NIF B – 7 ADQUISICIONES DE NEGOCIOS):(vigente a partir del 1º de enero de 2013)
Control
Existe control cuando una entidad poder sobre una entidad en la que participa (participada) para dirigir sus actividades relevantes; está expuesta o tiene derecho, a rendimientos variables procedentes de esa participación y tiene la capacidad presente de
afectar esos rendimientos a través de su poder sobre la participada
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
16
Control (NIF B – 8 ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS O COMBINADOS)
(vigente a partir del 1º de enero de 2011)
Para establecer si una entidad ejerce control es necesario efectuar un análisis apoyado en el juicio
profesional, dado que aunque la tenencia accionaria es un buen indicador de la existencia de control, puede ser que no sea contundente debido
a la existencia de otros factores, tales como acuerdos contractuales o contratos sociales.
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
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Control (NIF B – 8) :
Existe control cuando se posee directa o indirectamente, más del 50% del poder de voto de
una entidad o menos del 50%, cuando:-Por acuerdos se tiene poder sobre mas del 50% de
los derechos de voto-Poder para gobernar las políticas financieras y de
operación-Poder para nombrar a la mayoría de los miembros
del Consejo de Administración o el control se ejerce directamente
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
18
Control (NIF B – 8 ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS O COMBINADOS)
(vigente a partir del 1º de enero de 2013)
Existe control cuando una entidad tiene poder sobre una entidad en la que participa (participada)
para dirigir sus actividades relevantes, esta expuesta o tiene derecho, a rendimientos variables
procedentes de esa participación y tiene la capacidad presente de alterar esos rendimientos a
través de su poder sobre la participación
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
19
Control (NIF B – 8) :
La participación en otra entidad puede ser por otras formas, como, a través de
instrumentos de capital, de instrumentos de deuda, de derechos de participación.
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
20
Control (NIF B – 8) :
También se presume control cuando:
-Actividades – están siendo dirigidas en nombre de la controladora de acuerdo a sus necesidades.
-Toma de decisiones – Se es propietaria de los poderes de decisión o a delegado el poder de
dichas decisiones.
-Riesgos – Se corren la mayoría de los riesgos inherentes, con objeto de obtener los beneficios de
las actividades
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
21
LISR (Art. 215 Frac V) : (Art. 179)
Dos o más personas son partes relacionadas cuando una participa de manera directa o indirecta en la administración,
control o capital de la otra,o
cuando una persona o grupo de personas participa directa o indirectamente en la administración, control o capital de
dichas personas
Adicionalmente, Asociaciones en Participación, se consideran como partes relacionadas a sus integrantes
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
22
Se consideran partes relacionadas de un establecimiento permanente, la casa matriz
u otros establecimientos permanentes de la misma,
así como las personas señaladas en el párrafo anterior y sus
establecimientos permanentes.
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
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Paraísos fiscales
Se consideran partes relacionadas aun cuando no exista vinculación.
- Regímenes fiscales preferentes -
1. DEFINICION Y DETERMINACION DE LAS PARTES RELACIONADAS
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Son los precios pactados en operaciones con partes
relacionadas.
PRECIOS DE TRANSFERENCIA
25
Que cada país grave los ingresos a los que tiene derecho.
Disminuir la doble imposición internacional, que constituye un obstáculo al libre comercio y al flujo de capitales.
Uniformar las disposiciones tributarias en la comunidad internacional
PROPOSITOS INTERNACIONALES
26
Se considera que una operación se realiza a valores de mercado cuando se efectúe de acuerdo con los precios o contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables o similares.
VALOR DE MERCADO
27
¿Quiénes deben elaborar sus estudios de precios de
transferencia?
2. CONTRIBUYENTES OBLIGADOS
28
Todos los que realicen operaciones con partes
relacionadas tanto nacionales como extranjeras,
personas físicas y morales
(AUN Y CUANDO NO ESTEN OBLIGADOS A PRESENTAR DICTAMEN FISCAL)
2. CONTRIBUYENTES OBLIGADOS
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- MODIFICACIONES A LA LEY DEL ISR A PARTIR DE 1995
1995 - 1999 Únicamente Residentes del Extranjero.
En 2000 - Declaración Informativa (F-55), actual DIM Anexo 9 de la. Fr. XIII. Art. 86. LISR.
En 2001 - Mantener documentación por cada transacción y por cada parte relacionada.
En 2002 - Se incluye mantener documentación de operaciones con partes relacionadas sin importar el lugar de residencia.
(Art. 86, Fr. XV, LISR)
Aplicación de los métodos
En 2014 – Cambio en numeración de artículos
3. OBLIGACIONES
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Acumulación de ingresos de contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionada
Los contribuyentes de este Título que celebren operaciones con partes relacionadas, están obligados a determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas, considerando, para sus operaciones, los precios de y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables… la aplicación de los métodos del artículo 216, ya sea que estas sean con personas físicas, morales o fideicomisos.
Excepto REPECOS (N/A 2014)
LISR – ART 106 PF (90)DISPOSICIONES GENERALES
31
¿CUANDO DOS O MAS PERSONAS SON PARTES RELACIONADAS?
Se considera que dos o mas personas son partes relacionadas, cuando…
… o cuando exista vinculación entre ellas de acuerdo con la Legislación Aduanera.
LISR – ART 106 (90) PF DISPOSICIONES GENERALES
32
Se considera que existe vinculación entre personas para los efectos de esta Ley, en los siguientes casos:
I. Si una de ellas ocupa cargos de dirección o responsabilidad en una empresa de la otra. II. Si están legalmente reconocidas como asociadas en negocios. III. Si tienen una relación de patrón y trabajador.
LEY ADUANERA – ART 68
33
Se considera que existe vinculación entre personas para los efectos de esta Ley, en los siguientes casos: IV. Si una persona tiene directa o indirectamente la propiedad, el control o la posesión del 5% o más de las acciones, partes sociales, aportaciones o títulos en circulación y con derecho a voto en ambas.
V. Si una de ellas controla directa o indirectamente a la otra. VI. Si ambas personas están controladas directa o indirectamente por una tercera persona.
LEY ADUANERA – ART 68
34
Se considera que existe vinculación entre personas para los efectos de esta Ley, en los siguientes casos: VII. Si juntas controlan directa o indirectamente a una tercera persona.
VIll. Si son de la misma familia.
LEY ADUANERA – ART 68
35
VINCULACIÓN DE PERSONAS ASOCIADAS EN NEGOCIOS
Para efectos de la fracción ll del artículo 68 de la Ley, las personas que están asociadas en negocios por ser una el agente, distribuidor o concesionario
exclusivo de la otra, cualquiera que sea la denominación utilizada, se considerarán como
vinculadas solamente si se encuentran dentro de alguno de los supuestos previstos en las demás
fracciones de dicho artículo.
REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERAART 109
36
VINCULACIÓN POR PARENTESCO
Para efectos de la fracción VIII del artículo 68 de la Ley, se considera que existe vinculación entre
personas de la misma familia, si existe parentesco civil; por consanguinidad legítima o natural
sin limitación de grado en línea recta
en la colateral o transversal dentro del cuarto grado; por afinidad en línea recta o transversal
hasta el segundo grado; así como entre cónyuges.
REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERAART 110
37
X. Presentar conjuntamente con la declaración del ejercicio la
información a que se refiere la fracción XIII del articulo 86 de la
LISR.
(OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS DEL EXTRANJERO)
REGLAMENTO DE LA LEY ADUANERAART 110
38
… además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:
XII. (IX) Obtener y conservar la documentación comprobatoria, tratándose de contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, con la que demuestren que el monto de sus ingresos y deducciones se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables, la cual deberá contener los siguientes datos: …
LISR – ART 86 (76) PMOBLIGACIONES
39
La documentación e información
deberá registrarse en contabilidad,
identificando en la misma que se trata
de operaciones con partes
relacionadas residentes en el
extranjero
LISR – ART 86 XII – d) PM OBLIGACIONES
40
… además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:
IX. Obtener y conservar la documentación comprobatoria, tratándose de contribuyentes que celebren operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero, con la que demuestren que el monto de sus ingresos y deducciones se efectuaron de acuerdo a los precios o montos de contraprestaciones que hubieran utilizado partes independientes en operaciones comparables, la cual deberá contener los siguientes datos:
a) El nombre, denominación o razón social, domicilio y residencia fiscal, de las personas relacionadas con las que se celebren operaciones, así como la documentación que demuestre la participación directa e indirecta entre las partes relacionadas.
b) Información relativa a las funciones o actividades, activos utilizados y riesgos asumidos por
el contribuyente por cada tipo de operación.
c) Información y documentación sobre las operaciones con partes relacionadas y sus montos, por cada parte relacionada y por cada tipo de operación de acuerdo a la clasificación y con los datos que establece el artículo 179 de esta Ley.
d) El método aplicado conforme al artículo 180 de esta Ley, incluyendo la información y la documentación sobre operaciones o empresas comparables por cada tipo de operación
LISR – 76 PMOBLIGACIONES
41
Los contribuyentes que realicen actividades
empresariales cuyos ingresos en el ejercicio inmediato
anterior no hayan excedido de $13,000,000.00, así como los
contribuyentes cuyos ingresos derivados de prestación de
servicios profesionales no hubiesen excedido en dicho
ejercicio de $3,000,000.00, no estarán obligados a cumplir con
la obligación … excepto… los efectuadas con sociedades
sujetas a regímenes fiscales preferentes.
(Partes relacionadas extranjeras)
LISR – ART 86 XII – d) PMOBLIGACIONES
42
BALANZA DE COMPROBACION200 000 000 CLIENTES 500,000
200 001 000 PARTES REL NALS 300,000
200 001 001 LA MOJADA, S.A 300,000
200 002 000 PARTES REL EXT 50,000
200 002 001 LA GRINGA LTD 50,000
200 003 000 CLIENTES (INDEPEND) 150,000
200 003 000 EL PUMA 140,000
200 003 000 LA PAJARITA 10,000
LISR – ART 86 XII – d) PM OBLIGACIONES
43
Presentar conjuntamente con la
declaración del ejercicio, la
información de las operaciones con
partes relacionadas residentes en el
extranjero
LISR – ART 86 XIII OBLIGACIONES
44
XV. (XII). Tratándose de personas morales que celebren operaciones con partes relacionadas, éstas deberán determinar sus ingresos acumulables y sus deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios y montos de contraprestaciones que hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables.
Para estos efectos, aplicarán cualquiera de los métodos establecidos en el artículo 216 de esta Ley, en el orden establecido en el citado artículo.
Art 86 (76). OBLIGACIONES DIVERSAS.
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DE LAS EMPRESAS MULTINACIONALES
INGRESOS ACUMULABLES Y DEDUCCIONES
AUTORIZADAS DE CONTRIBUYENTES DEL TITULO
II QUE CELEBREN OPERACIONES CON PARTES
RELACIONADAS EN EL EXTRANJERO
Art 215 (179). OBLIGACIONES.
46
Los contribuyentes del Titulo II (Personas
morales) de la LISR, que celebren operaciones con
partes relacionadas residentes en el extranjero
están Obligados a determinar sus ingresos
acumulables y sus deducciones autorizadas,
considerando para esas operaciones los precios y
montos de contraprestaciones que hubieran
utilizado con o entre partes independientes en
operaciones comparables.
Art 215 (179). OBLIGACIONES.
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Para los efectos de la Ley, las operaciones o las
empresas son comparables, cuando no existan deferencias
entre éstas que afecten significativamente el precio o monto
de la contraprestación o el margen de utilidad a que hacen
referencia los métodos establecidos en el Art. 216 de la LISR,
y cuando existan dichas diferencias, éstas se eliminen
mediante ajustes razonables. Para determinar
dichas diferencias, se tomarán en cuenta los siguientes
elementos:
Art 215. (179) OBLIGACIONES.
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I. Las características de la operación:
Financiamiento – monto del principal, plazo, garantías, tasa,
solvencia, etc.
Servicios – su naturaleza, experiencia o conocimiento técnico, etc.
Uso, goce o enajenación – características físicas, calidad y
disponibilidad del bien.
Explotación e intangibles – patente, marca, nombre comercial
transferencia de tecnología, su duración.
Enajenación de acciones – capital contable actualizado, valor
presente de las utilidades, flujos de efectivo o cotización bursátil.
Art 215. (179) OBLIGACIONES.
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II. Las funciones o actividades
(activos utilizados y riesgos asumidos)
III. Los términos contractuales
IV. Las circunstancias económicas, y
V. Las estrategias de negocios
Art 215. (179) OBLIGACIONES.
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Para la interpretación de lo dispuesto en este Capítulo (De las empresas multinacionales), serán
aplicables las
Guías sobre precios de Transferencia para las Empresas Multinacionales y las
Administraciones Fiscales,aprobadas por el Consejo de la Organización
para la Cooperación y Desarrollo Económico en 1995, o aquellas que las sustituyan
en la medida en que las mismas sean congruentes con las disposiciones de la LISR y de
los tratados celebrados por México.
Art 215. (179) OBLIGACIONES.
51
…, se deberán aplicar cualquiera de los siguientes métodos (en el orden que se presentan):
Método de Precio Comparable (MPCNC)
Método de Precio de Reventa (MPR)Método de Costo Adicionado (MCA)
Método de Partición de Utilidades (MPU)Método Residual de Partición de Utilidades
(MRPU)Método de Márgenes Transaccionales de
Utilidades de Operación (MTUO)
METODOS ART. 216 (180) LISR
52
Se deberá aplicar el primer método, y sólo se podrán utilizar los métodos II, III, IV, V y VI, cuando el método I no sea el apropiado.
Para aplicar los métodos II, III y VI, se deberá demostrar que el costo y el precio de venta se encuentran a precio de mercado.
Deberá demostrar que el método utilizado es el más adecuado o más confiable.
Se debe dar preferencia a los métodos II y III.
METODOS
53
Para efectos de los artículos 215 y 216:
- Los ingresos - Los Costos- La utilidad Bruta - Las ventas netas- Los gastos - La utilidad de operación- Los activos y - Los pasivos
Se determinarán con base en los:
Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados
(2014 Normas de Información Financiera)
4. Arts. 215 y 216 (179 Y 188) LISR
54
De la aplicación de alguno de los métodos señalados, se podrá obtener un rango de precios, de montos de las contraprestaciones o de márgenes de utilidad, cuando existan dos o más operaciones comparables. Estos rangos se ajustarán mediante la aplicación de métodos estadísticos.
Si el precio, monto de la contraprestación o margen de utilidad del contribuyente se encuentra dentro de estos rangos, se considerarán como pactados o utilizados entre partes independientes.
En caso de que el contribuyente se encuentre fuera del rango ajustado, se considerará que el precio o monto de la contraprestación que hubieran utilizado partes independientes, es la mediana de dicho rango.
RANGOS DE PRECIOS
55
Consiste en considerar el precio que se hubieren pactado con o entre partes independientes en
operaciones comparables.
Productos iguales o similares.Condiciones de negocios similares.
Ajustes económicos y estadísticos complementarios.Pagos de regalías, intereses, comisiones, compra/venta
de productos.
Más confiable.
PRECIOS COMPARABLES NO CONTROLADOS
56
Consiste en determinar el precio de adquisición, multiplicando el precio de
reventa por el porcentaje de utilidad bruta pactada como si fuera entre
partes independientes
PRECIO DE REVENTA
57
Actividad de Distribución. No se agrega valor al producto.
Bienes tangibles con información interna.
De Preferencia NO usar Bases de Datos.
Utilidad bruta.
Precio de reventa (menos) Porcentaje de utilidad (según el mercado) = Precio de venta a valores de mercado entre las partes relacionadas.
Ajustes económicos y estadísticos.
PRECIO DE REVENTA
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EJEMPLO:
Una empresa revende productos que le compró a su parte relacionada y a otras empresas independientes.
O, cuando una empresa compra productos para venderlos a su parte relacionada y a otros clientes independientes.
PRECIO DE REVENTA
59
Consiste en determinar el precio de venta, multiplicando el costo por el porcentaje de
utilidad bruta pactada como si fuera entre partes
independientes
COSTO ADICIONADO
60
Productos y Servicios similares.
Se agrega valor mediante un proceso productivo.
Utilidades brutas.
Información interna de la compañía.
De Preferencia no usar Bases de Datos.
Costos + Porcentaje de utilidad (según el mercado) = Valor de mercado del producto.
Ajustes económicos y estadísticos.
COSTO ADICIONADO
61
EJEMPLO:
Una empresa fabrica canicas y las vende a partes relacionadas y a clientes en general.
Aunque no vende exactamente la mismas canicas a cada cliente.
Se pueden comparar las utilidades obtenidas en cada transacción
COSTO ADICIONADO
62
Consiste asignar la utilidad de operación obtenida por partes relacionadas, en la proporción que hubiera sido asignada con partes independientes conforme a:
-Determinar la utilidad de operación global
-Asignarla por activos, costos o gastos
PARTICION DE UTILIDADES
63
- Operaciones interrelacionadas que no pueden evaluarse de manera independiente.
- Asigna utilidades de acuerdo a funciones, activos y riesgos asumidos por cada parte relacionada involucrada en la operación.
- Muy subjetivo.
- Suma utilidad global, reasigna utilidades y se determina un ajuste (fiscal y financiero).
PARTICION DE UTILIDADES
64
Consiste en asignar la utilidad de operación obtenida por partes relacionadas en la
proporción que hubiera sido asignada con o entre partes independientes conforme a:
-Determinar la utilidad de operación global que es igual a la suma de la utilidad de operación
obtenida por cada una de las partes relacionadas
-La utilidad de operación global se asignara:- Utilidad mínima de acuerdo a métodos
anteriores-Distribuir utilidad residual en cada una
RESIDUAL DE PARTICION DE UTILIDADES
65
Características similares al de Partición de Utilidades, excepto que se utiliza cuando existen bienes intangibles en la operación.
Se determina una utilidad mínima según las funciones, activos y riesgos de cada parte.
Se resta la utilidad mínima de la utilidad global y el producto se distribuye tomando en cuenta los intangibles.
Muy subjetivo
RESIDUAL DE PARTICION DE UTILIDADES
66
EJEMPLO:
Del mismo modo, pero en este caso, al final se vuelve a distribuir la utilidad a la
empresa que haya generado el ACTIVO INTANGIBLE.
RESIDUAL DE PARTICION DE UTILIDADES
67
Consiste en determinar la
utilidad de operaciónque hubieren obtenido partes independientes, con base en
factores de rentabilidad que toman en cuenta variables como activos, ventas, costos, gastos o flujos de
efectivo
MARGENES TRANSACCIONALES
68
Más utilizado antes de 2001.
Determinar la utilidad de operación para cada transacción.
Emplea herramientas financieras, estadísticas y económicas de
manera más determinante que los métodos anteriores.
MARGENES TRANSACCIONALES
69
Uso de información financiera para tres o más períodos.
Uso de ajustes financieros.
Si es necesario usarBases de Datos
electrónicas para buscar empresas comparables independientes.
MARGENES TRANSACCIONALES
70
EJEMPLO:
Obtener mediante una razón financiera la utilidad de la empresa analizada, así como de una muestra
de empresas comparables.
Mediante el rango intercuartil, clasificar si estamos dentro o fuera del rango de valores de mercado.
MARGENES TRANSACCIONALES
71
Comparación de los datos obtenidos por cualquiera de los
diferentes métodos.
No es necesario que los precios establecidos sean iguales, sino que
se encuentren dentro de
un rango.
5. DETERMINACION
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INTRODUCCION
OBJETIVOS – Cumplir con la LISR y la LIETU
ALCANCE –Implica exclusivamente precios de transferencia (no incluye…, - no auditada)
CONTENIDO – Un resumen de lo que incluye el informe
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
73
INTRODUCCION
II. ANALISIS FUNCIONAL
1. PROPOSITO DEL ANALISIS – Identificar:
FUNCIONES desarrolladas, ACTIVOS utilizados, y RIESGOS asumidos por las partes
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
74
II. ANALISIS FUNCIONAL
2. ANTECEDENTES –La empresa (quien es?)Pertenece al grupo (detalles?)MisiónVisiónPolíticasÁreas de Negocio
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
75
II. ANALISIS FUNCIONAL2. ANTECEDENTES –
Definir operaciones con cada parte relacionada.
Productos y servicios comercializados.
Determinar si existen operaciones internas comparables.
Identificar activos tangibles e intangibles.
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
76
II. ANALISIS FUNCIONAL
3. CAPITAL SOCIAL –
Accionista Capital Capital Total fijo variable
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
77
II. ANALISIS FUNCIONAL
4. RIESGOS –
de MERCADOde INVENTARIO
relacionado con las pérdidas y obsoletosde COBRO
Asumido al proporcionar productos, servicios o crédito
La Cía., S.A. de C.V. registra un nivel ----- de riesgo de cobro puesto que las cuentas por cobrar representan el -----% ---
de INVERSIONde TIPO DE CAMBIO
ocurre cuando las compras están en una moneda, mientras que las ventas están en otra o viceversa.
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
78
II. ANALISIS FUNCIONAL
5. ACTIVOS –
TANGIBLES
INTANGIBLES
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
79
III. ANALISIS ECONOMICO
- Identificar tipo de operaciones, montos, flujo.- Uso del método (Art. 216 LISR), de acuerdo a la
información, para cada tipo de operación.- Evaluación de información financiera mediante
herramientas estadísticas.
A mayores activos, funciones y riesgos, mayor debe ser el
beneficio.
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
80
III. CONCLUSIONES
OBJETIVIDAD
SOBRE TODAS Y CADA UNA DE LOS DIFERENTES TIPOS DE
OPERACIONES
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
81
III. CONCLUSIONES
OBJETIVIDAD
SOBRE TODAS Y CADA UNA DE LOS
DIFERENTES TIPOS DE OPERACIONES
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
82
ANEXOS
I. Acta Constitutiva de la EMPRESA México, SA de CV
II. Actas de Asambleas Posteriores a la Constitución de EMPRESA México, SA de CV
III. Estructura Organizacional de EMPRESA México, SA de CV
IV. Estados Financieros del Ejercicio 2009 de EMPRESA México, SA de CV
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
83
ANEXOS
V. Información Financiera de las Partes Relacionadas
VI. Facturas de las operaciones Intercompañías
VII. Cartas de Confirmación de Saldos Intercompañía al 31 de Diciembre de 20__
VIII. Legislación Mexicana en Materia de Precios de Transferencia
6. PROCESO DE ELABORACIÓN
84
Tomar en cuenta los Ciclos de Negocios
En todas las compañías y sus industrias se presentan ciclos y tendencias que suelen no tomarse en cuenta para precios de transferencia ni en la misma operación y administración de la entidad.
El considerar una tendencia del ciclo de negocio o de producto en forma parcial origina imprecisiones sobre todo cuando la empresa analizada se encuentra en un punto dentro del ciclo de negocio o de la vida del producto, muy distinto al ciclo tomado para los comparables.
6. PROCESO DE ELABORACIÓN(No olvidar)
85
Tomar en cuenta Activos Intangibles
Constituyen, en ciertas industrias, el elemento generador de beneficios y flujos de efectivo, ejemplo en la químico-farmacéutica, de telecomunicaciones y de entretenimiento.
En la mayoría no se encuentran contabilizados y/o su valor de registro no refleja su valor real de mercado.
Al momento de reestructurar o traspasar ya sea la propiedad o el derecho de uso del intangible, no se reconozca el valor de mercado del mismo.
En consecuencia no se desarrolle un esquema que recompense proporcionalmente al propietario del intangible.
6. PROCESO DE ELABORACIÓN(No olvidar)
86
Análisis Segmentados Vs. Agregados
Un análisis segmentado permite identificar la rentabilidad por líneas o familias de productos y concluir sobre la conveniencia de continuar o no con cierta línea de negocio (manufactura o distribución) o de producto.
Las razones para mantener la operación de una línea o familia de productos se pueden deber a:
Una imposición del grupo de continuar en el mercado a pesar de los resultados negativos o
Una administración deficiente, la cual no ha detectado el problema o no lo considera importante. En este caso la pregunta es si un tercero estaría dispuesto a operar bajo estas condiciones.
6. PROCESO DE ELABORACIÓN(No olvidar)
87
Contratos.
Estados Financieros.
Organigrama interno de la compañía.
Flujograma de operaciones.
Diagrama Accionario. Actas de Asamblea
Anexos de SIPRED.
Información de transacciones comparables.
Nombre y domicilios fiscales de las partes relacionadas
DOCUMENTACION SOPORTE
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Verificar el contenido de las
cláusulas, señalando cuales son
las más importantes y hacer un
resumen de cada contrato para
agregarlo en el estudio.
CONTRATOS DE SERVICIOS, ASISTENCIA TECNICA , REGALIAS, VENTAS, INTERESES, ETC.
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Bases de datos con información de empresas de America Latina o economías emergentes con pocas empresas.
Validez de una comparabilidad real.
COMPARABLES
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EL AUDITOR DEBERA MENCIONAR EN SU DICTAMEN LA EXISTENCIA O NO DEL ESTUDIO.
NO DEBERIA JUZGAR LAS CONCLUSIONES. NI EL CONTENIDO DEL ESTUDIO (Documentación)
Anexos 34 del SIPRED.
7. ESTRATEGIAS Y OBLIGACIONES DEL AUDITOR
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Elaborar o actualizar para cada ejercicio fiscal, desde los últimos 5 años según facultades del SAT.
Opinión en el Dictamen Fiscal.
Multas por no presentar declaración de Partes relacionadas en el extranjero. DIM.Anexo9
En caso de un ajuste por parte de la autoridad fiscal, el contribuyente:
POSIBLES CONTINGENCIAS
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• Liquidaría el pago del impuesto omitido.
• La actualización correspondiente.
• Recargos.
• Multas del 50% al 100%.
• En caso de contar con el estudio o documentación, la multa se reduce en un 50%
• Si la autoridad detecta la ausencia del estudio, pudiera considerar no deducibles esas diferencias en precios.
POSIBLES CONTINGENCIAS
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Si se decide emplear precios de transferencia como una forma para estructurar las
transacciones intercompañías, los beneficios económicos se traducen en :
Un incremento en el valor de la inversión de los accionistas, a través de una disminución de costos de operación por concepto de sinergias que simultáneamente pueden ofrecer tasas efectivas de impuestos que estén acorde con las circunstancias de negocios.
Ejemplo: el efecto económico favorable que se produciría por la obtención de un descuento en el valor total de compras de una corporación, cuando éstas se consolidaran en una sola entidad que pudiera negociar mejores términos contractuales por el volumen agregado de las transacciones del grupo.
Beneficios Económicos
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Como puede objetar la autoridad mis ingresos y deducciones.
No presento estudio
Si lo presento y es analizado por la autoridad: solo puede objetar mis comparables art. 46 CFF; no esta facultado para objetar el método.
Partiendo de que solo el método 1 PCNC es obligatorio el contribuyente, podrá utilizar el más apropiado o el más confiable de acuerdo a la información disponible, debiendo darse preferencia a las fracciones II y III del Art. 216 de la LISR.
La autoridad no puede optar por aplicar un método diferente al aplicado por el contribuyente.
Beneficios Económicos
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Respecto a su consulta, le comento que para dar cumplimiento al Estudio de Precios de Mercado del Art. 216 se
cumplirá, con una
simple cotización.
5. DETERMINACION
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