Potestad tributaria ilario

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UNIVERSIDAD FERMIN TORO VICERRECTORADO ACADEMICO FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS ESCUELA DE DERECHO MAPA MENTAL POTESTAD TRIBUTARIA PARTICIPANTES: ILARIO GAVIDIA PROFESORA: EMILY RAMIREZ CÁTEDRA: DERECHO TRIBUTARIO. SECCIÓN: SAIAE BARQUISIMETO MARZO, 2017,

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UNIVERSIDAD FERMIN TOROVICERRECTORADO ACADEMICO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICASESCUELA DE DERECHO

MAPA MENTAL POTESTAD TRIBUTARIA

PARTICIPANTES: ILARIO GAVIDIAPROFESORA: EMILY RAMIREZ

CÁTEDRA: DERECHO TRIBUTARIO.SECCIÓN: SAIAE

BARQUISIMETO MARZO, 2017,

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POTESTAD TRIBUTARIA

ES LA FACULTAD PARA CREAR

POTESTAD TRIBUTARIA ORIGINARIA

CUANDO EMANA

NACE DE LA

DERIVADA O DELEGADA

FACULTAD O IMPOSICION

Con el fin de recaudar

Para los gastos

EN VIRTUD DE UNA LEY

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POTESTAD TRIBUTARIALIMITACIONES

NO ES LIMITADA, SINO POR LA

EXISTEN VARIOS PRINCIPIOS QUE LIMITAN LA POTESTAD TRIBUTARIA:

PRINCIPIO DE LEGALIDAD O

RESERVA LEGAL

PRINCIPIO DE CAPACIDAD

CONTRIBUTIVA

PRINCIPIO DE IGUALDAD

PRINCIPIO DE GENERALIDAD

PRINCIPIO DE NO CONFISCATORIEDAD

Art. 317 de la crbv

Implica solo hechos de la vida real y que son índice de actividad económica

Busca la justicia de la tributación con

igualdad y equidad

Contemplado en el art. 133 de la crbv

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POTESTAD TRIBUTARIALIMITACIONES

LIMITACIONES EXPLICIAS E IMPLICITAS EXPLICITAS

IMPLICITAS

La Constitución y la leyes señalan cuales son las materias competentes

del Poder Nacional y Estadal, y aunque no son señaladas taxativamente como

prohibidas a los municipios , no pueden ser ejercidas por estos.

 Se refieren a aquellas materias que son competencia exclusivas del poder nacional y que le son prohibidas a los

municipios y estados (Art. 183 C.R.B.V.)

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POTESTAD TRIBUTARIACOMPETENCIAS

Su base jurídica en el art.156

En este articulo se encuentra estipulado la competencia del poder publico nacional # 14

Se encuentran los art. 311 y 313 de la CRBV Régimen

presupuestario

Se refiere a la facultad del estado para exigir el

cumplimiento dela obligación tributaria

Es la propiedad del derecho que tiene el sujeto activo de

ejecutar mandatos al contribuyente

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POTESTAD TRIBUTARIAINGRESOS ESTADALES

1.- Los procedentes de su patrimonio

,

Los estados tienen ingresos sucesivos, así como lo estipula el Art. 167 de la C.R.B.V. 

2.- Las tasas por el uso de sus bienes y servicios

3.- El producto de lo recaudado por concepto de venta de especies fiscales. 

4.- Los recursos por el Fisco Nacional la cual se distribuirá entre los estados y el Distrito Capital

5.- Los demás que se les asigne por ley nacional, con el fin de promover el desarrollo de las haciendas públicas estadales.

6.- Los recursos provenientes del Fondo de Compensación Interterritorial

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REFERENCIAS

• Material plataforma SAIA• Constitución de la República Bolivariana de

Venezuela. (1999). Gaceta Oficial Nº 36.860• Moya M. Edgar, (2014), Elementos de Finanzas

Públicas y Derecho Tributario.