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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -1- GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SUMINISTRO DE UN EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE Nº: P.A. 2/2015) ÍNDICE 1. RÉGIMEN JURÍDICO 2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 3. OBJETO DEL CONTRATO 4. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER 5. PRESUPUESTO Y PRECIO 6. PLAZO DE EJECUCIÓN 7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 7.1. Procedimiento de adjudicación 7.2. Forma de adjudicación 7.3. Publicidad de la licitación 7.4. Publicidad de los pliegos 8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES 8.1. Condiciones de aptitud 8.2. Criterios objetivos de solvencia 8.3. Garantía provisional 9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES 9.1. Presentación de las proposiciones 9.2. Plazo y lugar de presentación 9.3. Forma de presentación 9.4. Contenido de las proposiciones 9.4.1. Sobre 1: “Documentación administrativa” 9.4.2. Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor 9.4.3. Sobre 3: Oferta económica y documentación para valoración de criterios cuantificables de forma automática 9.4.4. Presentación de muestras 10. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 10.1. Criterios de valoración 10.2. Procedimiento de valoración 10.2.1. Valoración de criterios no evaluables mediante fórmulas aritméticas

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -1-

GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN,

MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SUMINISTRO DE UN EQUIPO DOPPLER PARA EL

HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE Nº: P.A. 2/2015)

ÍNDICE

1. RÉGIMEN JURÍDICO

2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

3. OBJETO DEL CONTRATO

4. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER

5. PRESUPUESTO Y PRECIO

6. PLAZO DE EJECUCIÓN

7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

7.1. Procedimiento de adjudicación

7.2. Forma de adjudicación

7.3. Publicidad de la licitación

7.4. Publicidad de los pliegos

8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES

8.1. Condiciones de aptitud

8.2. Criterios objetivos de solvencia

8.3. Garantía provisional

9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES

9.1. Presentación de las proposiciones

9.2. Plazo y lugar de presentación

9.3. Forma de presentación

9.4. Contenido de las proposiciones

9.4.1. Sobre 1: “Documentación administrativa”

9.4.2. Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa

de un juicio de valor

9.4.3. Sobre 3: Oferta económica y documentación para valoración de criterios

cuantificables de forma automática

9.4.4. Presentación de muestras

10. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

10.1. Criterios de valoración

10.2. Procedimiento de valoración

10.2.1. Valoración de criterios no evaluables mediante fórmulas aritméticas

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10.2.2. Valoración de los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas

matemáticas

10.2.3. Valoración global de las ofertas

10.3. Ofertas con valores desproporcionados o anormales

11. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

11.1. Mesa de contratación

11.2. Calificación de la documentación administrativa

11.3. Apertura de proposición relativa a los criterios de evaluación no automática

11.4. Apertura de proposiciones evaluables mediante criterios de evaluación automática

11.5. Propuesta de adjudicación

12. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

14 EJECUCIÓN DEL CONTRATO

14.1. Responsable del contrato

14.2. Condiciones de la ejecución

14.3. Obligación de confidencialidad

14.4. Otras condiciones de ejecución

14.5. Lugar de entrega

14.6. Recepción del suministro

14.7. Condiciones especiales de ejecución

14.8. Facultad de control e inspección

14.9. Incumplimiento de las obligaciones contractuales

14.10. Obligaciones y gastos exigibles al contratista

14.11. Responsabilidades del contratista

15. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

16. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

16.1. Cesión del contrato

16.2. Subcontratación

17. PAGO DEL PRECIO

18. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

19. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

20. PLAZO DE GARANTÍA

21. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS

ANEXO 1. Licitación Electrónica

ANEXO 2. Solicitud para participar en la licitación.

ANEXO 3. Índice de documentación en sobre 1

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ANEXO 4. Dirección electrónica a efectos de notificaciones

ANEXO 5 Declaración responsable de cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente

para contratar con la Administración

ANEXO 6. Compromiso de constitución de UTE

ANEXO 7. Acreditación de no estar incurso en las prohibiciones de contratar

ANEXO 8. Declaración sobre empresas vinculadas o pertenecientes al mismo grupo

ANEXO 9. Sumisión a los Tribunales españoles para empresas extranjeras

ANEXO 10. Autenticidad de documentos electrónicos

ANEXO 11. Declaración sobre confidencialidad

ANEXO 12. Compromiso de adecuación del suministro a las disposiciones sobre Seguridad y Salud

Laboral.

ANEXO 13. Modelo de oferta económica

ANEXO A. Guía para la presentación de ofertas mediante la plataforma de contratación electrónica.

ANEXO B. Requisitos técnicos para la presentación de ofertas mediante la plataforma de

contratación electrónica

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1. RÉGIMEN JURÍDICO

1.1. El contrato que regula el presente pliego tiene naturaleza administrativa, y se regirá,

además de por lo establecido en el mismo y en el de prescripciones técnicas, por lo

dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se

aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante,

TRLCSP) y, en cuanto no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General

de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto

1098/2001, de 12 de octubre (en adelante, RGLCAP) y el Real Decreto 817/2009, de 8

de mayo.

Asimismo, respecto al uso de medios electrónicos para la tramitación del expediente de

contratación pública, se aplicará lo expresamente dispuesto en la Ley 11/2007, de 22

de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, el Real

Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, que la desarrolla parcialmente, y la Orden

EHA/1307/2005, de 29 de abril que regula el empleo de medios electrónicos en

procedimientos de contratación.

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho administrativo y, en su

defecto, las normas de derecho privado

1.2. Se presume que, al presentar su proposición, el licitador acepta de forma incondicional

el contenido de este pliego de cláusulas administrativas particulares y se somete a la

legislación vigente en materia de contratación administrativa y a la jurisdicción

contencioso-administrativa para las cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del

contrato.

1.3. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia

de legislación laboral y fiscal, así como de las que puedan promulgarse durante la

ejecución del contrato con respecto al personal que emplee en la ejecución del mismo.

No se derivará ninguna responsabilidad para el INGESA del incumplimiento por parte del

adjudicatario de estas obligaciones.

1.4. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de los

documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas administrativas

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particulares, en el que se contienen los derechos y obligaciones que asumirán las

partes del contrato.

2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

El órgano de contratación es el Gerente de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión

Sanitaria en Ceuta, por delegación del Director de la Entidad, conforme a la Resolución de 6

de marzo de 2006 de aquél, sobre delegación de competencias en diversos órganos del

Instituto (B.O.E. núm. 65, de 17 de marzo de 2006), correspondiendo en consecuencia al

Gerente de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, la celebración de

contratos, conciertos o convenios para la prestación de asistencia sanitaria así como sus

modificaciones, que correspondan a sus centros de gestión, cuando su cuantía no exceda de

901.518,16 euros, y previa autorización del Director del Instituto cuando su importe sea

superior, y la tramitación y resolución de los recursos que se interpongan contra los actos

derivados de los mismos, de su adjudicación, efectos y extinción.

La dirección postal del órgano de contratación es la siguiente: Hospital Universitario

(Registro General). Urbanización Loma Colmenar s/n, código postal 51003, Ceuta.

Número de teléfono: 856907000; número de fax: 856907065. Horario de apertura:

laborables de lunes a viernes de 9 a 14 horas. La dirección de correo electrónico es:

[email protected]

El acceso a su perfil de contratante se verifica a través de la siguiente dirección electrónica:

www.contrataciondelestado.es.

3. OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del contrato al que se refiere este pliego es la adquisición de un EQUIPO DOPPLER

COLOR TOPE GAMA, destinado al Servicio de Radiología del Hospital Universitario de Instituto

Nacional de Gestión Sanitaria en Ceuta, cuyas características concretas se describen en el

pliego de prescripciones técnicas.

Asimismo, en el apartado 2 del Cuadro de características del presente pliego se señalan las

nomenclaturas correspondientes a la Clasificación Estadística de Productos por Actividades

(CPA) y del Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV), y, en su caso, los lotes en que

se divide el objeto del contrato.

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4. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER

Se pretende dotar al Servicio de Radiología del Hospital Universitario de Ceuta de un EQUIPO

DOPPLER COLOR TOPE GAMA imprescindible para la exploración, diagnóstico y tratamiento

de los usuarios de este Centro, justificándose así la necesidad e idoneidad del contrato

proyectado conforme al art. 22 del TRLCSP.

5. PRESUPUESTO Y PRECIO

El presupuesto máximo de contratación, su distribución y detalle de imputación, la forma de

tramitación del expediente de gasto, el valor estimado del contrato y el sistema de revisión de

precios figuran en el apartado 4 del Cuadro de características.

6. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución del contrato y sus posibles prórrogas se describen en el apartado 5 del

Cuadro de características.

7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

7.1. Procedimiento de adjudicación

El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, no sujeto a regulación

armonizada, conforme a lo dispuesto en los artículos 9, 138 y 157 a 161 del TRLCSP, y su

tramitación se indicará en el apartado 6.2 del Cuadro de características.

7.2. Forma de adjudicación.

La tramitación de presente procedimiento podrá realizarse de forma electrónica o en

soporte papel o, exclusivamente, por vía electrónica, según se indique en el apartado 6.2

del Cuadro de características.

7.2.1. Tramitación electrónica

Cuando el licitador opte por la licitación electrónica, el acceso y descarga de los pliegos, la

presentación de las solicitudes de participación y proposiciones, la aportación de

documentos y las comunicaciones y notificaciones entre licitador y órgano de contratación

se realizarán exclusivamente a través de la plataforma de contratación pública utilizada por

el INGESA para las licitaciones electrónicas en la dirección web

http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta, cuya descripción, características,

sistema de acceso y operatividad se establecen en el anexo 1 del presente pliego.

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Conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/1307/2005, de 29 de abril, por la que se regula

el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación, la opción por el

uso de medios electrónicos vincula al licitador durante toda la fase de licitación del

contrato.

7.2.2. Comunicaciones electrónicas

Cuando sea admisible la presentación de la documentación en formato papel, las

comunicaciones, notificaciones, requerimientos e intercambio de información entre la

Administración y los licitadores que no hagan uso del sistema de contratación electrónica

podrán realizarse, a opción de los licitadores, a través de correo electrónico, cumpliéndose

las exigencias de la Disposición adicional decimosexta del TRLCSP por remisión de su

Disposición adicional decimoquinta.

A tal efecto, los licitadores que opten por este sistema de notificación electrónica deberán

cumplimentar el anexo 4 y darse de alta en la página web www.contrataciondelestado.es

de la Plataforma de Contratación del Estado para la realización y práctica de los trámites

señalados en el párrafo anterior.

7.3. Publicidad de la licitación

El anuncio de licitación se publicará en los diarios oficiales y plataformas de licitación

señalados en el apartado 6.3 del Cuadro de características.

Los gastos de publicidad originados por esta convocatoria serán por cuenta del

adjudicatario y su importe máximo no superará la cantidad señalada en el apartado 6.4 del

Cuadro de características.

7.4. Publicidad de los pliegos

Los pliegos se pueden descargar del perfil del contratante de la Gerencia de Atención

Sanitaria de CEUTA (www.contrataciondelestado.es) y de la Plataforma de Licitación

Electrónica MERCURIO en la dirección web

http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta

A efectos de lo establecido en el artículo 158.2 del texto refundido de la Ley de Contratos

del Sector Público, en el supuesto de que sea necesario solicitar información adicional

sobre los pliegos o sobre la documentación complementaria del presente procedimiento,

deberá realizarse, al menos 12 días antes de la fecha límite fijada para la recepción de

ofertas.

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8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES

8.1. Condiciones de aptitud

Podrán optar a la realización del contrato las personas físicas o jurídicas, españolas o

extranjeras, a título individual o en unión temporal, que tengan plena capacidad de obrar,

cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte

de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, acrediten su solvencia económica y

financiera y profesional o técnica en la forma que determina este pliego y no estén

incursas en algunas de las prohibiciones para contratar que enumera el art. 60 del

TRLCSP.

Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional

que, en su caso, se exige en el apartado 7.1 del Cuadro de características.

Las empresas extranjeras no comunitarias deben reunir además los requisitos

establecidos en el art. 55 del TRLCSP.

8.2. Criterios objetivos de solvencia

8.2.1. Los empresarios interesados en participar en el procedimiento de contratación

habrán de reunir las condiciones de solvencia económica y financiera y técnica

que se indican en los apartados 7.2 a 7.5 del Cuadro de características.

8.2.2. Los licitadores se comprometerán a dedicar o adscribir a la ejecución del

contrato los medios personales o materiales que, en su caso, se indiquen en el

apartado 7.5 del cuadro de características.

8.3. Garantía provisional

Los licitadores constituirán la garantía provisional que, en su caso, se exija en el

apartado 8.1 del Cuadro de características.

9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES

9.1. Presentación de las proposiciones

Los empresarios que reúnan los requisitos de capacidad y solvencia establecidos en la

cláusula anterior podrán participar en el procedimiento de contratación presentando la

solicitud que figura en el anexo 2, acompañada de los sobres nº 1 (Documentación

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administrativa), nº 2 (Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación

dependa de un juicio de valor) y nº 3 (Oferta económica y documentación para valoración

de criterios cuantificables de forma automática.), y además, en su caso, el documento

original de la garantía provisional.

9.2. Plazo y lugar de presentación

9.2.1 Cuando sea obligatorio emplear el sistema de licitación electrónica, los licitadores

presentarán sus solicitudes y documentación, dentro del plazo señalado en el anuncio

de licitación, a través de la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO en la

dirección web http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta .

No obstante, para el documento original acreditativo de constitución de la garantía

provisional se estará a lo contemplado en el apartado 9.3.5 de este pliego.

9.2.2. Cuando no sea obligatorio emplear el sistema de licitación electrónica, los

licitadores podrán presentar sus proposiciones en el Registro General de la Gerencia de

Atención Sanitaria, cuya dirección y horario de apertura figura en el apartado 2 de este

pliego, o enviadas por correo dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio público

de licitación.

Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar la fecha de

imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la

remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. También podrá

anunciarse por correo electrónico. El envío del anuncio por correo electrónico solo será

válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido

íntegro de las comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al

destinatario.

Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de imposición del envío

y anuncio al órgano de contratación) no será admitida la documentación si es recibida por

el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo

señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada

fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

9.3. Forma de presentación.

9.3.1. Para participar en el procedimiento los licitadores presentarán la indicada

solicitud (anexo 2) acompañada de los tres sobres cerrados, identificados en su

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exterior con el objeto del contrato al que se concurre y firmados por el licitador o

persona que le represente, indicando el nombre y apellidos o razón social de la

empresa, número de teléfono y de fax y dirección de correo electrónico, todo ello

de forma legible.

9.3.2. Toda la documentación a presentar por los interesados habrá de ser original o

bien copia que tenga carácter de auténtica o compulsada conforme a la

legislación vigente en la materia, excepto el documento acreditativo de

constitución de la garantía provisional que, en todo caso, habrá de ser original.

9.3.3. En caso de licitación electrónica, cuando la documentación que se exige en este

pliego se presente en formato electrónico, antes de adjuntar la documentación

mediante la Plataforma MERCURIO, los licitadores deberán registrarse en la

citada plataforma y firmar mediante firma electrónica reconocida, válidamente

emitida por un Prestador de Servicios de Certificación y que garantice la

identidad e integridad del documento, la oferta y todos los documentos

asociados a la misma, en los que sea necesaria la firma del apoderado, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, y demás

disposiciones de contratación pública electrónica.

9.3.4. La firma electrónica reconocida según el artículo 3 de la Ley 59/2003, de 19 de

diciembre, de Firma Electrónica es la firma electrónica avanzada basada en un

certificado reconocido (válidamente emitida por un Prestador de Servicios de

Certificación) y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma,

(por ejemplo DNIe, u otras tarjetas criptográficas que reúnan los requisitos

establecidos en la norma de referencia).

9.3.5. La acreditación de la constitución de la garantía provisional no podrá realizarse,

en ningún caso, por medios electrónicos, informáticos o telemáticos Aquellos

documentos originales que acrediten la constitución de la garantía provisional,

si procede, habrán de ser entregados en el Registro General del órgano de

contratación, cuya dirección y horario de apertura figura en el apartado 2 de este

pliego, o enviados por correo dentro del plazo de admisión señalado en el

anuncio de licitación. El licitador deberá justificar la fecha de imposición del

envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión

de la garantía provisional mediante télex, fax o telegrama en el mismo día.

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También podrá anunciarse por correo electrónico. El envío del anuncio por

correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y

recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se

identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de

ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida por el órgano

de contratación con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo

señalado en el anuncio. Transcurridos, no obstante, diez días, siguientes a la

indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en

ningún caso.

9.3.6. Las instrucciones para la presentación de ofertas a través de la plataforma se

encuentran en el Anexo A - Guía para la presentación de ofertas mediante la

plataforma de contratación electrónica de la Gerencia de Atención

Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en Ceuta y Anexo B -

Requisitos técnicos para la presentación de ofertas mediante la plataforma

de contratación electrónica de este pliego.

Una vez presentada una oferta a través de la plataforma electrónica de

contratación MERCURIO, se generará un recibo electrónico que garantizará la

fecha, hora y contenido de su oferta.

Una vez entregada o remitida la documentación no podrá ser retirada.

Es responsabilidad de los interesados que los documentos se envíen libres de

virus que dificulten o imposibiliten su lectura. En cualquier caso, la mera

presencia de virus en la oferta no determinará, por sí misma, la exclusión de la

misma, siempre que se pueda tener acceso a su contenido.

9.3.7. Salvo que se indique expresamente en el apartado 9.5 del Cuadro de

características, no se se admitirán variantes, por lo que cada licitador sólo podrá

presentar una proposición y tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión

temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente o figurar en más de

una unión temporal. La contravención de esta prohibición dará lugar al rechazo de

todas las ofertas incursas en duplicidad.

9.3.8. La documentación se presentará en castellano. En el caso de presentarse alguna

documentación en otro idioma o lengua sin la traducción jurada correspondiente, la

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Administración contratante se reserva la facultad de no considerar dicha

documentación.

9.3.9. Si existiese alguna dificultad técnica en el envío, el licitador, antes de la

finalización del plazo de presentación de las ofertas, podrá realizar un envío

previo de la firma de conformidad con lo dispuesto en el apartado h) de la

Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos

del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de

noviembre, a través de la Plataforma de licitación electrónica MERCURIO. En

este caso, la Plataforma registrará sólo la firma electrónica y la ubicación de los

documentos integrantes de la oferta que se ha tratado de enviar (en adelante

“Oferta Original”). Posteriormente, y en un plazo máximo de 24 horas, el licitador

que hubiera presentado su firma de esta forma, deberá presentar la oferta

propiamente dicha en formato electrónico, a través de la Plataforma de Licitación

Electrónica MERCURIO. De no efectuarse esta segunda remisión en el plazo

indicado, se considerará que la oferta ha sido retirada. La oferta presentada en

formato electrónico en esta segunda fase no podrá sufrir ninguna modificación

respecto a la Oferta Original. Si una vez realizadas las comprobaciones técnicas

oportunas (Función Hash), se comprobase que la documentación recibida en la

segunda fase ha sufrido modificaciones respecto a la Oferta Original, la

propuesta del licitador no será tenida en cuenta en el procedimiento de licitación

9.4. Contenido de las proposiciones

Los licitadores habrán de presentar TRES (3) SOBRES, bien en formato papel o a través

de la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO en formato electrónico, en este

último caso sólo si se ha optado por la licitación electrónica, con la siguiente denominación:

- Sobre 1: Documentación administrativa.

- Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de

un juicio de valor.

- Sobre 3: Oferta económica y documentación para valoración de criterios

cuantificables de forma automática.

Además, en su caso, deberán presentar el resguardo original acreditativo de

haber depositado, en concepto de garantía provisional, la cantidad que se indica en

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apartado 8.1 del Cuadro de características, en la forma indicada en el apartado 9.3.5

de este pliego.

9.4.1. Sobre 1: “Documentación administrativa”

De acuerdo con el art. 146 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de

noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector

Publico, introducido por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a

emprendedores y su internacionalización, el Órgano de Contratación estima

conveniente que la aportación inicial de la documentación administrativa establecida

en este apartado en la letras C, D, E, y G se sustituya por una declaración

responsable del licitador indicando que cumple las condiciones establecidas

legalmente para contratar con la Administración de acuerdo con el anexo 5 de este

Pliego. En tal caso, el licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación,

deberá acreditar ante el Órgano de Contratación, previamente a la adjudicación del

contrato, la posesión y validez de los documentos exigidos.

Este sobre contendrá los siguientes documentos:

A. Índice de documentos

La relación de documentos que se presentan se ajustará al modelo que

figura en el anexo 3.

B. Dirección de correo electrónico

Los licitadores que, con arreglo a lo dispuesto en la cláusula 7.2.2

presenten sus proposiciones en formato papel y opten por la utilización de

medios electrónicos para la realización de las comunicaciones y

notificaciones, habrán de presentar cumplimentado el anexo 4 y darse de

alta en la página web de la Plataforma de Contratación del Estado.

(www.contrataciondelestado.es)

C. Acreditación de la personalidad jurídica y la capacidad de obrar

1º. Si el licitador es persona física deberá presentar documento que acredite

debidamente su personalidad (Documento Nacional de Identidad para

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españoles; y pasaporte, autorización de residencia y permiso de trabajo para

extranjeros).

2º. Si los licitadores fueran personas jurídicas españolas, deberán presentar

la escritura de constitución o modificación, en su caso, inscrita en el Registro

Mercantil cuando este requisito sea exigible conforme a la legislación

mercantil que les sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad

de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución,

estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se

regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro

oficial, según el tipo de persona jurídica, de acuerdo con lo previsto en el

artículo 72 del TRLCSP.

3º. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados

miembros de la Unión Europea se acreditará mediante la inscripción en los

Registros correspondientes, de acuerdo con la legislación del Estado donde

están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o

un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación en

los términos exigidos en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP y 9 del RGLCAP.

Asimismo, deberán acreditar que cuenta con la autorización especial

regulada en el artículo 58.2 del TRLCSP o, en caso de no necesitarla para

ejecutar el contrato, deberán presentar una declaración responsable en la

que haga constar dicha circunstancia.

4º. La capacidad de obrar de los demás empresarios extranjeros se

acreditará en los términos exigidos en los artículos 55 y 72.3 del TRLCSP y

10 del RGLCAP.

A estos efectos, deberán aportar un informe de la Misión Diplomática

Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina

Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa en que

se haga constar:

- Que, previa acreditación de la empresa, figura inscrita en el Registro local

profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con

habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se

extiende el objeto del contrato.

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- Que su Estado de procedencia admite a su vez la participación de

empresas españolas en la contratación con la Administración y con los

entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los

enumerados en el artículo 3 del TRLCSP, en forma sustancialmente

análoga.

D. Acreditación de la representación.

Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán

poder bastante al efecto y copia autenticada de su Documento Nacional de

Identidad o del documento que, en su caso, lo sustituya reglamentariamente.

Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el

Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es

necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo

94.1.5 del Reglamento del Registro Mercantil.

E. Habilitación empresarial

Los licitadores habrán de presentar los documentos que, en su caso, se

exijan en el apartado 7.1 del Cuadro de características.

F. Unión temporal de empresas (en adelante UTE)

Cuando dos o más empresas liciten agrupadas en una UTE, cada uno de los

empresarios que la componen acreditará su capacidad y personalidad en la

forma prevista en los apartados anteriores, debiendo indicar en documento

privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la

participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente

en unión temporal en el caso de resultar adjudicatarios y la persona o entidad

que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de

todos ellos frente a la Administración. El citado documento deberá de estar

firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de

la UTE (anexo 6).

G. Solvencia económica, financiera y técnica

Los licitadores deberán acreditar su solvencia económica, financiera y técnica

o profesional con los medios descritos en los apartados 7.3 y 7.4 del Cuadro

de características.

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H. Prohibición de contratar

Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones

para contratar señaladas en el artículo 60 del TRLCSP, conforme al modelo

que se incorpora en el anexo 7. La prueba de esta circunstancia podrá

hacerse también por cualquiera de los otros medios señalados en el artículo

73 del TRLCSP.

La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior comprenderá

expresamente la circunstancia de hallarse al corriente en el cumplimiento de

las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las

disposiciones vigentes.

I. Garantía provisional

Resguardo original acreditativo de haber depositado, en concepto de garantía

provisional, la cantidad que, en su caso, se indica en apartado 8.1 del cuadro

de características.

J. Empresas vinculadas o pertenecientes al mismo grupo de empresas

A los efectos previstos en el art. 86 RGLCAP, los licitadores aportarán una

declaración responsable, en la que se haga constar expresamente si otras

sociedades del mismo grupo empresarial, entendiendo por éstas las que se

encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de

Comercio, han presentado proposiciones, relacionando, en caso afirmativo,

los nombres de las correspondientes empresas (anexo 8)

K. Empresas extranjeras

Las empresas extranjeras aportarán una declaración de someterse a la

jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para

todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del

contrato con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que

pudiera corresponder al licitante (anexo 9).

L. Autenticidad de documentos electrónicos.

En el caso de presentar la oferta a través de la Plataforma de Licitación

Electrónica MERCURIO, los licitadores presentarán una declaración expresa

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responsable, según modelo que figura en el anexo 10 del presente pliego,

en la que se manifieste que el contenido de los documentos electrónicos

presentados a través de la citada plataforma concuerdan fielmente con los

originales y se comprometen a acreditarlo cuando el órgano de contratación

se lo requieran.

M. Empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad.

Los licitadores interesados en que se les aplique las preferencias de

adjudicación que se establecen en la cláusula 10.2.3 del presente pliego

para el caso de que dos o más proposiciones se encuentren igualadas,

deberán presentar los documentos que acrediten que, al tiempo de presentar

su proposición, tiene en su plantilla un número de trabajadores con

discapacidad superior al 2 por 100, según lo dispuesto en la disposición

adicional cuarta del TRLCSP.

N. Documentos y datos de los licitadores de carácter confidencial.

Tal como prevé el artículo 140 del TRLCSP, las empresas licitadoras tendrán

que indicar, si es el caso, mediante una declaración complementaria, según

modelo que figura en el anexo 11 de este pliego, qué documentos

administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer,

constitutivos de ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá

además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de cualquier otra

forma) en el propio documento señalado como tal. Los documentos y datos

presentados por las empresas licitadoras pueden ser considerados de

carácter confidencial cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus

intereses comerciales legítimos, perjudicar la leal competencia entre las

empresas del sector o bien estén comprendidas en las prohibiciones

establecidas en la Ley de Protección de datos de Carácter Personal. De no

aportarse esta declaración se considerará que ningún documento o dato

posee dicho carácter.

O. Cumplimiento en materia de seguridad y salud laboral.

Los licitadores deberán presentar una declaración responsable de

adecuación del bien suministrado al cumplimiento de las disposiciones

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específicas en materia de Seguridad y Salud Laboral, conforme al anexo 12

de este pliego.

Las empresas que figuren inscritas en el Registro Oficial de Licitadores y

Empresas Clasificadas del Estado quedarán exentas de aportar la

documentación exigida en los apartados C (párrafos 1º y 2º) y D, siempre que

aporten certificado acreditativo de la inscripción en el citado Registro,

acompañado de una declaración expresa responsable en la que manifieste

que las circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado

variación.

En el caso de que los licitadores estén inscritos en el Registro de Licitadores del

Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, podrán presentar Certificación del citado

Registro, la cual les dispensará de la aportación de los documentos que en ella se

recogen mientras tengan validez las circunstancias acreditadas en su día. Junto a

la certificación indicada, se deberá presentar declaración expresa responsable

de la empresa en la que manifieste que no se han modificado los datos obrantes

en el mismo, salvo lo relativo a los datos referidos a obligaciones tributarias y de

Seguridad Social, en su caso.

9.4.2. Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación

dependa de un juicio de valor

Este sobre contendrá la documentación que se relaciona en el apartado 9.3 del

Cuadro de Características de este pliego que permita valorar la proposición, de

acuerdo con los criterios de adjudicación que dependen de un juicio de valor, y

que están indicados en el apartado 10 del Cuadro de Características, y

comprobar que las ofertas cumplen las prescripciones técnicas exigidas en el

procedimiento.

La introducción indebida en este sobre de informaciones o datos que son

valorados mediante criterios cuantificables de forma automática determinará la

exclusión del licitador.

En el caso de optar por la presentación de las ofertas en soporte papel, las

empresas licitantes deberán presentar obligatoriamente e incluir en este sobre,

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una copia de la propuesta técnica en soporte informático (CD, Pdrive), en formato

pdf.

9.4.3. Sobre 3: Oferta económica y documentación para valoración de criterios

cuantificables de forma automática

9.4.3.1. Oferta económica

9.4.3.1.1. Este sobre contendrá la oferta económica firmada y redactada

según el modelo que se adjunta como anexo 13 a fin de aplicar los

criterios de adjudicación establecidos evaluables mediante fórmula

matemática.

9.4.3.1.2. El licitador, al formular su propuesta económica, incluirá en el

precio ofertado toda clase de gastos necesarios para la ejecución del

contrato, y, en concreto, los de transporte, exportación, montaje,

instalación, puesta en marcha de los bienes y formación del personal

del INGESA, así como aquellos otros expresamente previstos en el

pliego de prescripciones técnicas.

9.4.3.1.3. Asimismo incluirá el Impuesto sobre la Producción, los Servicios y la

Importación (IPSI), que no obstante, deberá ser repercutido como

partida independiente en los documentos que se presenten para el

cobro, sin que el importe global contratado experimente incremento

como consecuencia de la consignación del tributo repercutido. El

contratista liquidará y abonará el importe del IPSI durante la tramitación

aduanera del suministro.

9.4.3.1.4. No se aceptarán aquellas ofertas que tengan omisiones,

errores, o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello

que la Administración estime fundamental para la oferta. En caso de

discordancia entre las cantidades reflejadas en cifras y las

cantidades reflejadas en letras, prevalecerán las cantidades

reflejadas en letras.

9.4.3.1.5. Serán rechazadas las ofertas que excedan del presupuesto de

licitación formulado por la Administración. No obstante, en el

supuesto de que se admita la licitación por lotes, siempre que no

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -20-

sea obligatorio licitar a la totalidad del suministro, y en la oferta

económica se supere el presupuesto máximo de licitación de sólo

alguno de ellos, la oferta será rechazada sólo para dichos lotes.

9.4.3.2. Resto de criterios de adjudicación evaluables mediante la

aplicación de fórmulas.

9.4.3.2.1. Se presentarán los documentos que permitan valorar la

proposición de acuerdo con el resto de criterios de adjudicación

evaluables mediante la mera aplicación de fórmulas, y que estén

indicados en el apartado 10.1.2 del Cuadro de Características de

este Pliego. A los efectos de valoración de la documentación

aportada por el licitador se deberán presentar los documentos

originales, sellados y firmados.

9.4.3.2.2. En el caso de que se establezcan modelos de documentos para la

presentación de la oferta de estos criterios, los mismos se

formularán de forma ajustada a los citados modelos.

9.4.4. Presentación de muestras

Será obligatoria la presentación de muestras cuando se indique expresamente en

el apartado 9.6 del Cuadro de características. La falta de presentación de las

muestras en el lugar, tiempo y forma indicados en el citado apartado determinará la

inadmisión del licitador o, en su caso, la no valoración de su proposición respecto

al lotes o lotes cuyas muestras sean preceptivas.

10. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

10.1. Criterios de valoración

Los criterios que sirven de base para la adjudicación del contrato son los que se

relacionan en el apartado 10 del Cuadro de características.

10.2. Procedimiento de valoración

10.2.1. Valoración de criterios no evaluables mediante fórmulas aritméticas

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Conforme a lo dispuesto en el art. 29 del Real Decreto 817/2009 de 8 de mayo,

por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007 de 30 de octubre, se

designa un comité de expertos para la valoración de los criterios cuya

valoración depende de un juicio de valor constituido por Dª Mª Guadalupe

Parra Sageras, Jefa de Sección del Servicio de Radiodiagnóstico del Hospital

Universitario de Ceuta, Dª Mª Concepción Augusto Rendo y D. Manuel

Rodríguez Calero, ambos Facultativos Especialistas de Área pertenecientes al

citado Servicio.

A tal efecto, todas las ofertas serán valoradas de mejor a peor respecto a

dichos criterios en función de sus características y de su comparación

conjunta, teniendo en cuenta su mayor adecuación a la mejora y

perfeccionamiento del contrato. El resultado de dicha valoración deberá ser

argumentado y justificado en el correspondiente informe de valoración.

En el caso de establecerse un umbral mínimo de puntuación en la valoración

de estos criterios, exigido al licitador para poder continuar en el proceso

selectivo, este se expresará en el apartado 10.2 del Cuadro de Características

10.2.2. Valoración de los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas

matemáticas

La valoración de las ofertas respecto a los criterios cuantificables mediante la

mera aplicación de fórmulas se realizará conforme al siguiente procedimiento:

Valoración de oferta económica:

1º.- Se asignará a la mejor oferta el máximo de puntos previsto en el criterio

correspondiente.

2º.- A las ofertas siguientes se les asignarán para cada criterio los puntos que

proporcionalmente correspondan por su diferencia con la mejor oferta, de

acuerdo con la fórmula P= (pm*mo)/O (donde "P" es la puntuación obtenida,

"pm" es la puntuación máxima para el criterio a valorar, "mo" es valor cuantitativo

de la mejor oferta y "O" es el valor cuantitativo de la oferta que se valora).

Valoración de otros criterios:

Se asignará a cada oferta la puntuación expresada para cada criterio si la oferta

incluye el compromiso de la prestación que se indica en el apartado 10.1.2 del

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -22-

Cuadro de Característica.

10.2.3. Valoración global de las ofertas

Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno de los

criterios, se sumará la puntuación total de cada una de ellas, resultando

seleccionada la que obtenga mayor puntuación. Si se produjera un empate en

la puntuación entre dos o más licitadores, éste se dirimirá a favor del que

hubiera obtenido mayor puntuación en la valoración de los criterios

cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas; si persistiera el

empate la propuesta de adjudicación se decidirá a favor del que hubiera

obtenido mayor puntuación en la valoración de los criterios evaluables

mediante juicios de valor, y de persistir tal situación, se atenderá a los criterios

preferenciales previstos en la disposición adicional cuarta del TRLCSP

indicados en el apartado M de la cláusula 9.4.1, a favor de la empresa que

tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que

sea superior al 2 por 100, o, en su caso, disponga del mayor porcentaje de

trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla; y, en última instancia,

mediante sorteo a celebrar en acto público mediante insaculación.

10.3. Ofertas con valores desproporcionados o anormales

El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciará, en su caso, mediante

la aplicación de los parámetros objetivos relacionados en el apartado 11 del Cuadro de

características.

11. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

11.1. Mesa de contratación

El órgano de contratación estará asistido por una MESA DE CONTRATACIÓN que

será el órgano competente para valoración de las ofertas. Estará constituida por un

Presidente, un mínimo de cuatro vocales y un Secretario, designados por el órgano de

contratación, el último entre funcionarios del propio órgano de contratación o en su

defecto, entre el personal a su servicio. Entre los vocales deberá figurar necesariamente

un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el

asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor.

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -23-

La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante del órgano de

contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a

la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el

artículo 146.1 del TRLCSP.

En lo no previsto en el presente pliego, la Mesa procederá conforme a lo previsto en

los artículos 25 a 30 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, en cuanto resulte de

aplicación, y, en su defecto, por lo dispuesto en los artículos 81 a 83 del Reglamento

aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.

11.2. Calificación de la documentación administrativa

La Mesa de Contratación procederá, en sesión no pública, a calificar los documentos

presentados en tiempo y forma, a cuyos efectos, el Presidente ordenará

exclusivamente la apertura del sobre 1. La documentación contenida en este sobre

será examinada por la Mesa, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de

aquélla que no sea considerada bastante.

Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación

personal presentada, lo comunicará a los interesados verbalmente y a través de

correo electrónico, o en su caso a través de la Plataforma de Licitación Electrónica

MERCURIO, concediéndoles un plazo inferior a siete días naturales a fin de que los

corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación o, en su caso a través de la

indicada plataforma.

11.3. Apertura de proposición relativa a los criterios de evaluación no automática

Realizadas las actuaciones anteriores, se procederá a celebrar, en el lugar y día que

previamente se hayan anunciado, el acto público de apertura de las proposiciones

que, conforme a lo previsto en el art. 27 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo,

habrá de desarrollarse en un plazo no superior a siete días a contar desde la apertura

de la documentación administrativa.

En este acto sólo se abrirá el sobre 2 correspondiente a los criterios dependientes de

un juicio, solicitando los informes técnicos correspondientes para comprobar si dichas

ofertas cumplen las prescripciones técnicas exigidas en el procedimiento, y para

valorar las ofertas que cumplan dichas prescripciones técnicas con arreglo a los

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -24-

criterios de adjudicación. Previamente a su apertura, se comunicará a los asistentes el

resultado de la calificación de la documentación administrativa, y, atendiendo a las

características de la presente licitación, se procederá a la apertura de los sobres o

correspondientes ficheros electrónicos ante todos los asistentes a fin de que puedan

comprobar en todo momento la integridad e identidad de las ofertas presentadas o

alojadas en la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO, así como la fecha,

hora y persona concreta que las presentó.

Abiertos los sobres, se procederá a la lectura del índice que cada licitador haya

acompañado y se entregará la documentación correspondiente a la Unidad encargada

de su examen, con objeto de su posterior valoración por la Mesa.

11.4. Apertura de proposiciones evaluables mediante criterios de evaluación

automática.

La apertura de los sobres que contienen las proposiciones económicas (sobre 3) se

realizará en sesión pública en el lugar, día y hora indicados en el anuncio de la

licitación.

En dicho acto en primer lugar se dará conocimiento de las ofertas admitidas y

excluidas en base a los informes técnicos, y de la ponderación asignada a las

ofertas admitidas en los criterios dependientes de un juicio de valor. Cuando un

licitador no alcance los umbrales mínimos de puntuación que se hayan exigido, en su

caso, en el apartado 10.2 del Cuadro de Características, no podrá continuar en el

procedimiento de contratación.

A continuación se abrirán las proposiciones contenidas en el sobre de criterios de

adjudicación evaluables mediante fórmulas, correspondiente a las ofertas admitidas,

dando a conocer su contenido.

Serán desestimadas aquellas proposiciones económicas que no concuerden con la

documentación presentada y admitida, excediesen del presupuesto de licitación,

variaran sustancialmente del modelo establecido, comportasen error manifiesto en el

importe de la proposición o cuando existiese reconocimiento por parte del licitador de

que la proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.

11.5. Propuesta de adjudicación

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -25-

La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación una propuesta de

adjudicación razonada que incluirá la ponderación de los criterios de valoración,

acompañada de las actas de las reuniones y de la documentación generada en sus

actuaciones, así como los informes que se hubieran emitido. Esta propuesta no crea

derecho alguno a favor del licitador propuesto.

No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o proposición

que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en el pliego.

12. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

12.1. El órgano de contratación podrá, siempre antes de la adjudicación, renunciar a la

ejecución del contrato por razones de interés público debidamente justificadas en el

expediente, o desistir del procedimiento de adjudicación en caso de haberse

producido una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o

de las reguladoras del procedimiento de adjudicación, debiendo de indemnizar a los

licitadores, en ambos supuestos, de los gastos que su participación en la licitación les

hubiese efectivamente ocasionado.

12.2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta

económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días hábiles, a contar

desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la

documentación justificativa de las siguientes circunstancias:

a) Certificación administrativa, a efectos de contratar con el Sector Público,

expedida por el órgano competente en la forma y con los efectos previstos

reglamentariamente, de hallarse al corriente en el cumplimiento de las

obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

b) Certificación administrativa, a efectos de contratar con el Sector Público,

expedida por el órgano competente en la forma y con los efectos previstos

reglamentariamente, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus

obligaciones tributarias impuestas por las disposiciones vigentes.

c) Certificación administrativa de encontrarse de alta en el Impuesto sobre

Actividades Económicas referida al ejercicio corriente en el epígrafe

correspondiente al objeto del contrato, o el último recibo del pago del Impuesto,

acompañado de una declaración responsable de no haberse dado de baja en la

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -26-

matrícula del citado impuesto.

d) Documento que acredite la constitución de una garantía definitiva por el importe

señalado, en su caso, en el apartado 8.2 del Cuadro de características a

disposición del órgano de contratación en cualquiera de las formas previstas en

el art. 96 del TRLCSP.

e) Cuando el adjudicatario tenga la condición de unión temporal de empresas,

escritura pública de constitución inscrita en el Registro Especial del Ministerio de

Economía y Hacienda o análogo y nombramiento de un representante o

apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y

cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción.

f) Justificación del abono de los gastos de publicidad del anuncio de licitación.

g) Certificado original emitido por una entidad aseguradora debidamente

autorizada que acredite la contratación de una póliza de Seguro de

Responsabilidad Civil para la realización de actividades de igual naturaleza a la

contratada. Este seguro cubrirá los daños y perjuicios ocasionados tanto a la

Administración contratante como a terceros, derivados de la calidad de la

prestación realizada y de la ejecución del contrato de suministro, por el período

de tiempo pactado como de ejecución del contrato. El importe de la suma

asegurada por la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil debe ser como

mínimo la que se indica en el apartado 20.1 del Cuadro de características.

La falta de cumplimentación adecuada del anterior requerimiento en el plazo

señalado significará la retirada de la oferta del licitador, procediéndose en este caso

a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan

quedado clasificadas las ofertas.

12.3. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días hábiles

siguientes a la recepción de la documentación descrita en el apartado anterior, y antes

del transcurso del plazo máximo de dos meses a contar desde el siguiente al de la

apertura pública de proposiciones. Este último plazo se ampliará en quince días hábiles

cuando existan proposiciones que puedan considerarse desproporcionadas o anormales.

12.4. La adjudicación del contrato será motivada, se notificará a los licitadores y,

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -27-

simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante y, en su caso, en la Plataforma

de Licitación Electrónica MERCURIO.

La notificación, cuyo contenido se adecuará a las previsiones recogidas en el artículo

151.4 del TRLCSP, se realizará por correo electrónico a la dirección que los licitadores

hubiesen designado al presentar sus proposiciones, en los términos establecidos en el

art. 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los

Servicios Públicos. Por tanto, el plazo para considerar rechazada la notificación, con los

efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, será de cinco

días.

12.5. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la

adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la

divulgación de esa información pueda obstaculizar la aplicación de una norma,

resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de

empresas públicas o privadas o la competencia leal entre ellas, de acuerdo con el art.

153 del TRLCSP.

13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

13.1. El contrato se formalizará en documento administrativo. No obstante, el contratista

podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los

correspondientes gastos. En ningún caso, se podrán incluir en el documento en que se

formalice el contrato cláusulas que impliquen alteración de los términos de la

adjudicación.

13.2. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación conforme al

artículo 40.1, la formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días

hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y

candidatos en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP. El órgano de

contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no

superior a cinco días a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el

requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se

hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del

contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para la resolución del

recurso hubiera levantado la suspensión. En los restantes casos, la formalización del

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -28-

contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél

en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos en la

forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP

13.3. El contrato será firmado mediante firma electrónica reconocida a través de la

Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO si el adjudicatario optó por este

sistema de licitación. Igualmente, la empresa adjudicataria firmara los pliegos de

cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas.

13.4. La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante. Asimismo, se

publicará en el Boletín Oficial del Estado un anuncio en el que se dé cuenta de dicha

formalización en un plazo no superior a cuarenta y ocho días a contar desde la fecha

de la misma. Cuando se trate de contratos sujetos a regulación armonizada el anuncio

deberá enviarse además, en el plazo señalado en el párrafo anterior, al «Diario Oficial

de la Unión Europea»

13.5. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado el contrato

dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la

garantía definitiva del importe de la garantía provisional que en su caso se hubiese

exigido. Si las causas de la no formalización fueren imputables a la Administración, se

indemnizará al contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera

ocasionar.

14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

14.1. Responsable del contrato

El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato, indicándolo en el

apartado 12.1 del Cuadro de características, persona física o jurídica vinculada o no a la

Administración contratante, al que corresponderá supervisar su ejecución, relacionarse

con el coordinador técnico o responsable de la empresa contratista y adoptar las

decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta

realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades que se le

atribuyan.

14.2. Condiciones de la ejecución

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -29-

El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas contenidas en este pliego,

en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario, observando fielmente lo

establecido en el pliego de prescripciones técnicas y conforme a las instrucciones que,

para su interpretación, el INGESA dé al contratista.

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista, según lo

dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP.

14.3. Obligación de confidencialidad

La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional

respecto de los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento

por razón de la prestación del contrato. Este deber subsistirá aún después de que el

contrato se haya extinguido bien por su cumplimiento bien por su resolución, de

conformidad con el artículo 10 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de

Protección de Datos de Carácter Personal.

14.4. Otras condiciones de ejecución

El contrato habrá de ejecutarse con arreglo a las condiciones señaladas en el apartado

12.2 del Cuadro de características.

14.5. Lugar de entrega

El adjudicatario estará obligado a realizar la entrega de los bienes en el lugar

establecido en el pliego de prescripciones técnicas.

14.6. Recepción del suministro

14.6.1. El contratista será responsable de la calidad técnica de los suministros objeto

del contrato, así como de las consecuencias que se deduzcan para el

INGESA o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o

conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

14.6.2. El órgano de contratación determinará si las prestaciones del contratista se

ajustan a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento,

requiriendo en su caso, la entrega del suministro contratado y la subsanación

de los defectos observados con ocasión de su recepción.

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -30-

14.6.3. Si la Administración acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes

adquiridos, tendrá derecho a reclamar la reposición de los que fuesen

inadecuados, inservibles o presentase deficiencias de calidad. El plazo de

reposición máximo será de 30 días naturales desde la recepción de la

comunicación al adjudicatario.

14.6.4. La recepción del suministro se producirá, en todo caso, en los términos

señalados en el apartado 12.3 del Cuadro de características.

14.7. Condiciones especiales de ejecución

A los efectos del art. 118 del TRLCSP, tendrán la consideración de condiciones

especiales de ejecución las contenidas expresamente en el apartado 12.4 del Cuadro

de características.

14.8. Facultad de control e inspección

El control e inspección de la Administración se extenderá a todos los aspectos relativos

al contenido del suministro y al cumplimiento de las cláusulas y prescripciones de los

correspondientes pliegos administrativos y técnicos, comprendiendo, entre otras, las

siguientes facultades:

a) Comprobar la efectiva prestación del suministro por la adjudicataria,

estableciendo los sistemas de control que estime oportunos para verificar su

cumplimiento conforme a la propuesta contenida en su oferta técnica.

b) Recibir puntualmente el resumen de las actividades realizadas así como

cualquier otra información que le sea solicitada.

c) Requerir de la adjudicataria los informes o documentos que considere

necesarios relacionados con la prestación del suministro.

d) Efectuar comprobaciones sobre calidad del bien suministrado.

14.9. Incumplimiento de las obligaciones contractuales

14.9.1. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del

contrato y, en su caso, de los plazos parciales de la entrega de los bienes,

así como de las obligaciones que se derivan del contrato. En caso de

ejecución defectuosa o demora, la Administración podrá optar por la

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -31-

resolución del contrato o por la imposición de las penalidades señaladas en

el apartado 13 del Cuadro de características.

14.9.2. La aplicación y pago de estas penalidades no excluye la indemnización a

que la Administración pueda tener derecho por daños y perjuicios

ocasionados con motivo del retraso imputable al contratista.

14.9.3. El importe de las penalidades o de los daños y perjuicios ocasionados a la

Administración se hará efectivo mediante la deducción de las mismas en las

sucesivas facturaciones. Asimismo, la garantía definitiva responderá de las

penalidades e indemnizaciones exigibles al adjudicatario, quien, en todo

caso, habrá de reponer o ampliar aquélla en la cuantía que corresponda en

el plazo de quince días desde la ejecución, incurriendo en caso contrario en

causa de resolución.

14.10. Obligaciones y gastos exigibles al contratista

El contratista asumirá a su cargo exclusivo los gastos e impuestos, anuncios, ya sea

en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de comunicación, los de

formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública así como de

cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar

correctamente el suministro contratado. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos

los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son

los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales,

instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y

toda clase de tributos, aranceles y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la

ejecución del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser

éstos repercutidos como partida independiente.

14.11. Responsabilidades del contratista

El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos e indirectos

que se causen al INGESA y a terceros como consecuencia de las operaciones que

requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran

consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será

responsable dentro de los límites señalados en las leyes.

15. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -32-

15.1. El contrato podrá modificarse de acuerdo con lo establecido en los artículos 107 y 108

del TRLCSP, así como en los supuestos previstos en el apartado 14 del Cuadro de

características.

15.2. La modificación del contrato se formalizará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo

156 del TRLCSP.

16. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

16.1. Cesión del contrato

Los derechos y obligaciones derivadas del contrato podrán cederse por el contratista a

un tercero, en los términos y condiciones establecidos en el artículo 226 del TRLCSP.

16.2. Subcontratación

16.2.1. El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial de la

prestación cuando así se haya previsto en el apartado 15.1 del Cuadro de

características.

16.2.2. La subcontratación deberá ajustarse a los requisitos establecidos en el art.

227 del TRLCSP. Las prestaciones parciales que el adjudicatario subcontrate

con terceros no podrán exceder del porcentaje que se señale en el apartado

15.2 del Cuadro de características. En el supuesto de no consignarse límite

alguno, el contratista podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda

del 60 por 100 del importe de la adjudicación.

17. PAGO DEL PRECIO

17.1. El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de suministro con arreglo a las

condiciones establecidas en el apartado 16 del Cuadro de características.

17.2. El INGESA tendrá la obligación de abonar al contratista el precio dentro de los treinta

días siguientes a la fecha de aprobación de la conformidad de la prestación ejecutada

por el responsable del servicio que determine la Gerencia de Atención Sanitaria. La

Administración deberá aprobar esta conformidad dentro de los treinta días siguientes

a la prestación del suministro.

17.3. La demora en el pago por plazos superiores a los indicados devengará en favor del

contratista los interesas de demora y la indemnización por los costes de cobro en los

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -33-

términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen

medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, de

conformidad con lo establecido en el art. 216.4 del TRLCSP.

Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de intereses, el

contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar la factura, junto con el

justificante de haber abonado el importe del IPSI en la tramitación aduanera,

ante el registro administrativo correspondiente, en tiempo y forma, en el plazo de

treinta días desde la fecha de la prestación del suministro. Si se incumpliera este

plazo, el devengo de intereses no se iniciará hasta transcurridos treinta días desde la

fecha de presentación de la factura en el citado registro.

17.4. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder,

en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la

Administración, con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del

reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los

términos establecidos en el TRLCSP.

17.5. El contratista que, según lo establecido en los párrafos anteriores tenga derecho de

cobro frente al INGESA, podrá ceder el mismo conforme a Derecho en los términos

previstos en el art. 218 del TRLCSP.

18. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 20 respecto al plazo de garantía, el contrato se

entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya prestado el suministro conforme a los

términos establecidos en este pliego y en el de prescripciones técnicas y a satisfacción del

INGESA.

19. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

19.1. El contrato se resolverá por las causas previstas en los artículos 223 y 299 del

TRLCSP, con los efectos previstos en los artículos 225 y 300 de la citada Ley.

19.2. Son también causas de resolución del contrato las que se relacionan en el apartado 17

del Cuadro de características.

19.3. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de oficio o a

instancia del contratista, mediante expediente que se tramitará de acuerdo con el

procedimiento establecido en el artículo 109 del RGLCAP.

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -34-

20. PLAZO DE GARANTÍA

20.1. El plazo de garantía será el señalado en el apartado 18 del Cuadro de

características.

20.2. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en la

prestación ejecutada, la Administración tendrá derecho a reclamar al contratista la

subsanación de los mismos.

21. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

21.1. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el artículo 210 del

TRLCSP y los acuerdos que adopte en el ejercicio de las mismas pondrán fin a la vía

administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.

21.2. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones litigiosas

relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción de de este

contrato será el contencioso-administrativo, sin perjuicio de que, en su caso, proceda la

interposición de cualquiera de los regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

21.3. No obstante, no procederá la interposición de recursos administrativos ordinarios

contra los actos susceptibles de recurso especial en materia de contratación.

21.4. El recurso especial podrá interponerse contra los anuncios de licitación, los pliegos y

los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la

contratación; los actos de trámites adoptados en el procedimiento de adjudicación

cuando decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la

imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio

irreparable a derechos e intereses legítimos, y los acuerdos de adjudicación.

21.5. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 42 y

siguientes del TRLCSP. Contra la resolución de este recurso especial sólo procederá

la interposición de recurso contencioso administrativo.

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -40-

GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

- CUADRO DE CARACTERÍSTICAS-

1. IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE

1.1. Nº Expediente: P.A. 2/2015

1.2. Órgano de contratación: GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DE CEUTA

1.3. Perfil del contratante: www.contrataciondelestado.es

2. DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO

2.1. Objeto del contrato: SUMINISTRO DE UN EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO

DE CEUTA.

2.2. Codificación:

CPA: 32.50.1 – Instrumentos y aparatos de medicina, cirugía y odontología

CPV: 33112000– Material de imaginería ecográfica, doppler y por ultrasonidos 2.3. División por lotes: NO SI

3. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER

Se pretende dotar al Servicio de Radiología del Hospital Universitario de Ceuta de un EQUIPO DOPPLER

imprescindible para la exploración, diagnóstico y tratamiento de los usuarios de este Centro, justificándose así la

necesidad e idoneidad del contrato proyectado conforme al art. 22 del TRLCSP.

4. PRESUPUESTO Y PRECIO

4.1. Presupuesto máximo sin IPSI: 89.552,24.- €, IPSI 0,5%: 447,76.-€, Presupuesto total: 90.000.-€

4.2. Distribución por Centro de Gestión y Anualidad.

Centro de gestión Anualidad Importe € IPSI € TOTAL € Aplicación

presupuestaria

Atención Especializada

(5102) 2015 89.552,24 447,76 90.000 2223 623

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -36-

4. PRESUPUESTO Y PRECIO

4.3. Tramitación presupuestaria del expediente: Normal

Anticipada ( por lo cual la adjudicación y formalización de este contrato queda sometida a la condición suspensiva de

existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el ejercicio

correspondiente).

4.4.. Sistema de determinación del precio: Precio unitario

4.5. Valor estimado del contrato: 89.552,24.- €.

4.6. Revisión de precios: NO No procede la revisión de precio conforme a los dispuesto en el art. 89.1 del TRLCSP

5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

5.1. Plazo de ejecución: 30 días Fecha de inicio de la ejecución: A partir del establecido en el contrato

5.2. Prórroga: NO

6. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

6.1. Procedimiento: Procedimiento abierto, no sujeto a regulación armonizada

6.2. Tramitación: Ordinaria Urgente

Licitación electrónica o en formato papel (opcional para el licitador)

Licitación electrónica (obligatoria para el licitador)

6.3. Publicidad de la licitación: Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE)

Boletín Oficial del Estado (BOE)

Perfil del contratante (www.contrataciondelestado.es)

Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO: http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta

6.4. Importe máximo de gastos de publicidad: MIL QUINIENTOS EUROS (1.500 €)

7. HABILITACION Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES

7.1. Habilitación empresarial: SI NO

7.2. Clasificación: SI NO

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -37-

7.3. Solvencia económica y financiera: Los licitadores deberán presentar una declaración sobre el volumen global de

negocios por importe igual o superior a 300.000 euros en al menos uno de los tres últimos años.

7.4. Solvencia técnica o profesional: Los licitadores deberán presentar una relación de los principales suministros

efectuados durante los tres últimos años, cuyo importe anual sea igual o superior a 300.000 euros en al menos uno de los

tres últimos años, indicando su importe, fechas y destinatario público o privado de los mismos. Los suministros efectuados

se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una

entidad del sector público o cuando el destinatario sea un comprador privado, mediante un certificado expedido por éste o,

a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.

7.5. Compromiso de adscripción de medios personales o materiales: SI NO

8. GARANTÍAS

8.1. Garantía provisional: SI NO

8.2. Garantía definitiva: 5 por 100 del presupuesto base de licitación excepto IPSI

9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES

9.1. Lugar, tiempo y forma para la presentación de las proposiciones: Véase cláusula 9.2 y 9.3 del presente pliego.

9.2. Documentos que deben incluirse en el sobre 1: Véase cláusula 9.4.1 del pliego.

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -38-

9.3. Documentos que deben incluirse en el sobre 2:

A) Certificación del licitador de la relación de documentos contenidos en este sobre. B) Ficha técnica del producto. C) Fotografías, catálogos, documentación técnica complementaria. D) Documentación acreditativa que el material ofertado cumplen los requisitos exigidos por la legislación vigente

en materia de productos sanitarios. E) Acreditación de la concesión del marcado CE.

La introducción en este sobre de informaciones o datos que son valorados mediante criterios

cuantificables de forma automática determinará la exclusión del licitador.

En el caso de optar por la presentación de las ofertas en soporte papel, las empresas licitantes deberán presentar obligatoriamente e incluir en este sobre, una copia de la propuesta técnica en soporte informático (CD, Pdrive), en formato pdf.

9.4. Documentos que deben incluirse en el sobre 3: Véase cláusula 9.4.3 del pliego.

9.5. Variantes: SI NO

Cada licitador podrá presentar únicamente una sola proposición económica, sin que sea admisible ninguna variante. La

contravención de esta prohibición dará lugar al rechazo y no admisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.

9.6 Presentación de muestras: SI NO

10. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

Criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas Valoración

10.1.1 Precio (Oferta económica)……………………………….……………………….

(Se valorará el precio del suministro, sin IPSI, ofertado por el licitador, conforme a la fórmula de proporción inversa descrita en la cláusula 10.2.2)

0-35 puntos

10.1.2 Ampliación igual o superior a 18 meses del plazo de garantía exigido en el

pliego……………………………………………………………………………………………… 5 puntos

10.1.

Criterios evaluables mediante juicios de valor Valoración

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -39-

10.1.3 Se valorarán las prestaciones complementarias que superen las características técnicas mínimas.………………………………………………………………………………... 0-60 puntos

10.2. Umbral mínimo de puntuación en los criterios evaluables mediante juicios de valor: SI

La puntuación obtenida en la valoración de los criterios evaluables mediante juicio de valor deberá ser igual o superior a

30 puntos para poder continuar en el proceso selectivo.

11. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS

El órgano de contratación, con arreglo a lo previsto en el apartado 2 del art. 152 del TRLCSP podrá estimar, por sí o a

propuesta de la Mesa de contratación, como desproporcionadas o anormales las proposiciones que oferten un precio inferior

en más de cuarenta unidades porcentuales al presupuesto base de licitación, sin perjuicio de la facultad del órgano de

contratación de apreciar, previa tramitación del procedimiento y audiencia del licitador a que se refiere el apartado 3 del

mismo precepto, como susceptible de normal cumplimiento dicha proposición.

12. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

12.1. Responsable del contrato: Directora de Gestión y SS.GG. de Atención Sanitaria - Ceuta

12.2. Condiciones de ejecución: Las señaladas en el pliego de prescripciones técnicas.

12.3. Recepción del suministro: La entrega y recepción de los bienes se ajustará a lo dispuesto en el pliego de

prescripciones técnicas. Se entenderá realizada la entrega cuando, depositados los bienes en el lugar señalado en la

cláusula 14.5 y examinados, se encuentren de conformidad con el presente pliego y el de prescripciones técnicas

particulares. La simple entrega del albarán no implicará la conformidad de la entrega en tanto no se compruebe la calidad,

cantidad y, en su caso, el funcionamiento adecuado de los bienes.

Si en el momento de la entrega, se estima que los bienes no se encuentran en estado de ser recibidos, se hará constar así

en dicho acto y se darán las instrucciones precisas al suministrador para que subsane los defectos observados o proceda

a un nuevo suministro, de conformidad con lo pactado.

12.4. Condiciones especiales de ejecución del contrato: SI NO

13. PENALIDADES

Podrán imponerse las penalidades previstas en el art. 212 del TRLCSP por los cumplimientos defectuosos e

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -40-

incumplimientos de la prestación, así como por la demora del plazo total.

14. RÉGIMEN DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO (ART. 106 TRLCSP)

14.1. Modificaciones del contrato: SI NO

14.2. Condiciones, alcance y límites de la modificación contractual: No procede

14.3. Porcentaje máximo: No procede

14.4. Procedimiento: No procede

15. SUBCONTRATACIÓN

15.1. Autorización para subcontratar: NO SI

15.2. Porcentaje máximo: NINGUNO

16. RÉGIMEN DE PAGOS

Forma de pago: Pago único Pago parciales

17. OTRAS CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

No procede

18. PLAZO DE GARANTÍA

Plazo de garantía: SI Veinticuatro meses contados desde la recepción de conformidad de los bienes

NO

19. INFORMACIÓN

19.1. Aspectos técnicos: JEFE/A DEL SERVICIO DE RADIOLOGÍA Teléfono: 856 90 70 00 (Centralita Hospital)

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA -41-

19.2. Aspectos administrativos: UNIDAD DE SUMINISTROS Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

Teléfono: 856 90 70 39 Fax: 856 90 72 89, Correo electrónico: [email protected]

Horario: En días laborables de Lunes a Viernes de 8,30 a 14,30.

19.3 Soporte Técnico de la Plataforma de Contratación Electrónica MERCURIO:

Teléfono:: 902 999 048, Correo electrónico:: [email protected]

Por medio del formulario de soporte técnico en el siguiente enlace : http://mercurio.altia.es/?page_id=257

Horario: En días laborables de Lunes a Jueves de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00 y los Viernes de 9:00 a 14:00 horas

(Durante los meses de Julio y Agosto el horario en días laborables de Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 horas.)

20. OTRAS OBSERVACIONES

20.1. El importe de la suma asegurada por la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil exigido en la cláusula 12.2.f.

debe ser como mínimo de 300.000 euros.

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 42-

GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 1

LICITACIÓN ELECTRÓNICA

El apartado 3 de la Disposición adicional decimosexta del TRLCSP dispone que en

cumplimiento del principio de transparencia en la contratación y de eficacia y

eficiencia de la actuación administrativa, se fomentará y preferirá el empleo de

medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de

contratación pública por los licitadores o los candidatos.

Asimismo, la disposición adicional decimoquinta del citado texto legal establece

que las comunicaciones e intercambios de información que deban efectuarse en

los procedimientos de contratación pública podrán hacerse, de acuerdo con los

que establezcan los órganos de contratación o los órganos a los que corresponda

su resolución, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o

telemáticos.

Por último, la disposición adicional única del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo,

por el que se desarrolla parcialmente texto refundido de la Ley de Contratos del

Sector, prevé que, al objeto de fomentar la agilidad, eficacia y eficiencia de tales

procedimientos, las comunicaciones requerimientos y notificaciones podrán

realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

Es por ello que el Gerente de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión

Sanitaria en Ceuta, en aplicación de la citada normativa y de la Orden

EHA/1307/2005, de 29 de abril, por la que se regula el empleo de medios

electrónicos en los procedimientos de contratación, ha dispuesto que la presente

licitación pueda tramitarse por vía electrónica de forma que la presentación de las

proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones

entre el órgano de contratación y los licitadores pueda efectuarse a través de la

Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO que el INGESA pone a

disposición de los interesados en la dirección web

http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta, cuya descripción,

características, sistema de acceso y operatividad se establecen en el Anexo A -

Guía para la presentación de ofertas mediante la plataforma de contratación

electrónica de la Gerencia de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA --43-

Gestión Sanitaria en Ceuta y Anexo B - Requisitos técnicos para la

presentación de ofertas mediante la plataforma de contratación electrónica

del presente pliego, garantizándose en todo momento la libre concurrencia y no

discriminación o restricción de acceso al procedimiento. No obstante, la

acreditación de las garantías que, en su caso, se exijan en la licitación se realizará

mediante la presentación de los documentos originales.

En el perfil del contratante de la Gerencia de Atención Sanitaria del INGESA en

Ceuta (www.contrataciondelestado.es) existe un acceso directo a la citada

Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO, donde se encuentra disponible

toda la documentación relativa a la licitación en curso, así como un canal de

comunicación directa con el órgano de contratación por el que se podrán plantear

preguntas, solicitar aclaraciones, presentar las ofertas y recibir las notificaciones,

así como ejercer cualesquiera otros derechos que confieran las normas a los

interesados.

La Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO cumple íntegramente todos los

requisitos legales y técnicos exigidos por el TRLCSP y demás normativa de

desarrollo, ajustándose a los siguientes principios:

Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos no son discriminatorios,

encontrándose a disposición del público de forma compatible con las tecnologías

de la información y comunicación de uso general.

- Toda la información y las especificaciones técnicas necesarias para la

presentación electrónica de las ofertas y solicitudes de participación se

encuentran a disposición de todas las partes interesadas desde el perfil del

contratante del órgano de contratación, siendo de uso general y amplia

implantación.

- Los sistemas de comunicaciones y para el intercambio y almacenamiento

de información garantizan la igualdad entre los licitadores y la integridad de

los datos transmitidos y que sólo los órganos competentes, en la fecha

señalada para ello, puedan tener acceso a los mismos, o que en caso de

quebrantamiento de esta prohibición de acceso, la violación puede

detectarse con claridad.

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA --44-

- La aplicación permite acreditar la fecha y hora de la emisión o recepción de

las comunicaciones, la integridad de su contenido y el remitente y

destinatario de las mismas.

- Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos

administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan

efectos jurídicos y se emitan tanto en la fase preparatoria como en las fases

de licitación, adjudicación y ejecución del contrato son autenticados

mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003,

de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, garantizándose técnicamente

que la firma se ajusta a las disposiciones de esta norma.

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA --45-

ANEXO 2

SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

SOLICITA: Ser admitido en el procedimiento abierto para la contratación del SUMINISTRO DE

EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE P.A.

2/2015). A tal efecto, sin perjuicio de las notificaciones que hayan de practicarse en la forma

prevista en la normativa sobre contratos del sector público y el pliego de cláusulas administrativas

particulares, se autoriza al INGESA a notificar los actos e incidencias del presente expediente de

contratación a través del correo electrónico y número de fax que figuran en los datos de

identificación del empresario licitador.

Fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 3

ÍNDICE DE DOCUMENTOS SOBRE Nº 1

(marcar con X los documentos presentados)

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.: TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DIRECCIÓN:

EXPEDIENTE: SUMINISTRO DE EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE P.A. 2/2015)

Dirección electrónica a efectos de notificaciones (anexo 4)

Declaración responsable de cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para

contratar con la Administración (anexo 5)

Personalidad jurídica, capacidad de obrar y representación

D.N.I. o documento que lo sustituya (empresarios individuales)

Escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional D.N.I. o documento

que lo sustituya (personas jurídicas)

Inscripción en los Registros o certificación o presentación de certificación que se indica en

el anexo I del RGLCAP (empresas no españolas miembros de la UE)

Autorización especial a que se refiere el art. 58.2 del TRLCSP o, en su caso, declaración

responsable en la que haga constar la circunstancia de no precisarla (empresas no

españolas miembros de la UE)

Certificación expedida por la respectiva Misión Diplomática u Oficina Consular sobre la

inscripción de la empresa en el Registro local, profesional, comercial o análogo, o, en su

defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local, en el ámbito de las actividades a

las que se extiende el objeto de la licitación (empresas no comunitarias)

Informe de reciprocidad (empresas no comunitarias)

Representación del empresario

Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA --47-

Declaración responsable en la que se manifiesta que las circunstancias reflejadas en el

certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no han

experimentado variación

Inscripción en el Registro de Licitadores del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

Declaración responsable en la que se manifiesta que las circunstancias reflejadas en el

certificado del Registro de Licitadores del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria no han

experimentado variación

Compromiso de constitución de UTE (anexo 6)

Solvencia económica y financiera y técnica

Solvencia económica y financiera: Declaración responsable sobre el volumen anual de

negocios.

Solvencia técnica o profesional: Relación de los principales suministros en 2012, 2013 y

2014 de análoga naturaleza a los de la presente contratación y certificados acreditativos de los

mismos

Acreditación de no estar incurso en las prohibiciones de contratar (anexo 7)

Declaración sobre empresas vinculadas o pertenecientes al mismo grupo (anexo 8)

Sumisión a los Tribunales españoles para empresas extranjeras (anexo 9)

Autenticidad de documentos electrónicos (anexo 10)

Acreditación de número de trabajadores con discapacidad

Declaración sobre confidencialidad (anexo 11)

Compromiso de adecuación del suministro a las disposiciones sobre Seguridad y Salud

Laboral. (anexo 12)

Otros documentos: (Especificar)

Fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 4 DIRECCIÓN ELECTRÓNICA A EFECTOS DE NOTIFICACIONES

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA:

Que señala como dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones la siguiente:

.______________________________________________

Que acepta la tramitación electrónica del expediente para la contratación del SUMINISTRO DE

EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE P.A.

2/2015) a través de la Plataforma de Contratación del Estado, en cuanto a las comunicaciones y

notificaciones que se realicen entre la empresa y la Administración contratante, con plena validez

jurídica en plazos y recepción de notificaciones.

Que, por tanto, se compromete a darse de alta como operador económico en la página web de la

Plataforma de Contratación del Estado, siendo responsabilidad exclusiva de la empresa la

realización correcta del registro en la misma.

Fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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ANEXO 5

MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.: TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DIRECCIÓN:

D/Dª…………........................................, con Documento Nacional de Identidad

número………………………., en su propio nombre o en representación

de……………………………….., con N.I.F…………………………………………….

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD:

Que ostento poder suficiente para representar, a

………………………………………………….., con N.I.F………………………………………,

cumpliendo todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con la

Administración, así como con las condiciones particulares que rigen la licitación del

SUMINISTRO DE EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA

(EXPEDIENTE P.A. 2/2015), comprometiéndose, en caso de resultar propuesto como

adjudicatario, a acreditar tales circunstancias, mediante la presentación tanto de la

documentación administrativa a que se refiere la Cláusula 9.4.1 del Pliego de Cláusulas

Administrativas Particulares, así como otro tipo de documentación por la que se rige este

Pliego.

En..................., a........de...............................de 201…

Fdo:

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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ANEXO 6

COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS

D./Dª , con Documento Nacional de Identidad nº , y domicilio en , C/

, en nombre y representación de .

D./Dª , con Documento Nacional de Identidad nº , y domicilio en , C/

, en nombre y representación de .

SE COMPROMETEN

1º. A concurrir conjunta y solidariamente a la contratación del SUMINISTRO DE EQUIPO

DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE P.A. 2/2015)

2º. A constituirse en Unión de Empresarios en caso de resultar adjudicatarios de la citada

contratación.

3º. La participación de cada una de las empresas, en el ámbito de sus competencias, en

la Unión Temporal de Empresas, sería la siguiente:

% Participación de la empresa

% Participación de la empresa

4º. Designan a D./Dª para que, durante la vigencia del contrato, ostente la plena

representación de la Unión Temporal de Empresarios ante el Instituto Nacional de

Gestión Sanitaria. El domicilio a efectos de notificaciones de la Unión Temporal de

Empresarios será: , C/ .

Lugar y fecha

Fdo.: Fdo.:

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 7

MODELO DE DECLARACIÓN

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA RESPONSABLEMENTE

1º. Que ni él/ella, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de los administradores o

representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar

con la Administración señaladas en el artículo 60 de la Ley de Contratos del sector Público (texto refundido

aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).

2º. Que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, con el alcance que previenen los artículos 13 y

14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pública (Real Decreto

1098/2001, 12 de octubre).

3º. Que el licitador está dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe

correspondiente al objeto del contrato y no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.

En..................., a........de...............................de 201…

Fdo:

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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ANEXO 8

MODELO DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A UN GRUPO EMPRESARIAL

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA RESPONSABLEMENTE (*)

Que en el procedimiento de contratación del SUMINISTRO DE EQUIPO DOPPLER PARA

EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE P.A. 2/2015) no presenta

oferta ninguna otra empresa perteneciente al mismo grupo empresarial, (entendiéndose por

sociedades del mismo grupo empresarial aquéllas que se encuentran en alguno de los

supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de Comercio).

Que también presentan oferta las empresas (Indicar nombres) pertenecientes al mismo

grupo empresarial.

Y para que conste se firma la presente en _________, a ___ de_________ de 201_

(*) Señalar lo que proceda

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 9

DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES ESPAÑOLES PARA LAS EMPRESAS EXTRANJERAS

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD someterse a la jurisdicción de los Juzgados y

Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo

o indirecto, pudieran surgir del contrato de SUMINISTRO DE EQUIPO DOPPLER PARA EL

HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE P.A 2/2015), con renuncia expresa,

en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que le pudiera corresponder.

Y para que conste se firma la presente en _______, a __ de __________ de 201_.

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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PCAP SUMINISTRO EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA - 55-

GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 10

DECLARACIÓN RESPONSABLE: Autenticidad de documentos electrónicos

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que el contenido de la documentación

presentada al procedimiento de contratación del SUMINISTRO DE EQUIPO DOPPLER

PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE P.A. 2/2015) a través de la

Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO, concuerda fielmente con los originales,

comprometiéndose a presentar ante la Gerencia de Atención Sanitaria del INGESA en

Ceuta cuando así se le requiera.

Y para que conste se firma la presente en ________, a ___ de _________ de 201_

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 11

DECLARACIÓN SOBRE CONFIDENCIALIDAD

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

COMUNICA: Que a los efectos de los establecido en el artículo 140 de la LCSP, la información

contenida en los siguientes documentos presentados para licitar en el procedimiento abierto para

la contratación del SUMINISTRO DE EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL

UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE P.A. 2/2015), deberá ser considerada como

confidencial:

(RELACIÓN DE DOCUMENTOS)

Fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 12

DECLARACION RESPONSABLE DE LA ADECUACIÓN DE UN BIEN AL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES ESPECÍFICAS EN MATERIA DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

D./Dª____________________________________________________________________

con DNI nº __________________ como representante de la empresa:

_______________________________________________, licitadora en el Procedimiento

Abierto para el SUMINISTRO DE EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL

UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE P.A. 2/2015)

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:

1. Que conoce los requisitos que han de reunir los bienes objeto del suministro, así como en su

caso los de los bienes cedidos, cuya utilización o manejo puedan afectar a la seguridad y

salud de los/as trabajadores/as de los centros asistenciales dependientes de la Gerencia de

Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria en Ceuta.

2. Que los bienes que constituyen el objeto de esta contratación, así como en su caso los bienes

cedidos, CUMPLEN con toda la disposición legal y /o reglamentaria que le es de aplicación en

materia de seguridad y salud en el trabajo, así como con las reglamentaciones específicas de

carácter industrial o normas UNE que le pudieran igualmente ser de aplicación.

3. Que asume el COMPROMISO de entregar junto al bien suministrado la documentación

acreditativa exigida reglamentariamente como puede ser la declaración CE de conformidad,

ficha de seguridad, manual de instrucciones, etc.

4. Que impartirá a su cargo la formación necesaria a los/as trabajadores/as, así como las

instrucciones pertinentes, sobre mantenimiento, utilización e instalación correcta, etc.

En..................., a........de...............................de 201..

Fdo:

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 13

MODELO DE OFERTA ECONÓMICA

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

D E C L A R A

Que, enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento abierto convocado por el INGESA para la contratación del SUMINISTRO DE EQUIPO DOPPLER PARA EL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE P.A. 2/2015), considera que se encuentra en situación de participar como licitador del mismo.

Que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares que sirve de base a la convocatoria, que lo acepta incondicionalmente y que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración.

Que se compromete en nombre (propio o de la Empresa que representa) a tomar a su cargo los suministros objeto del contrato con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones y por el siguiente precio en el que incluyen todos los gastos derivados de la prestación del suministro.

Precio sin IPSI: (Escribir precio en letras) EUROS (Escribir precios en números €).

IPSI (0,5%): (Escribir importe en letras) EUROS (Escribir precio en números €)

Total: (Escribir importe en letras) EUROS (Escribir precio en números €)

Lugar, fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA