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PLANES DE ACCIÓN REGIONALES, NACIONALES E INTERNACIONALES EN FAVOR DE LA SALUD DEL NIÑO Y ADOLESCENTE 1. Plan nacional de Acción de la Infancia y Adolescencia 2012- 2021: El Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012 – 2021 (PNAIA 2021), es el instrumento marco de política pública del Estado Peruano, para articular y vincular las políticas que se elaboren en materia de infancia y adolescencia en el país, que orientará en la presente década la acción del Estado y de la sociedad civil hacia el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes peruanos. Este Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012 – 2021 (PNAIA 2021) busca crear y reforzar las condiciones necesarias para que las y los peruanos menores de 18 años de edad accedan a servicios de calidad, atendidos por personal idóneo y debidamente equipado, contando con la participación de la familia y de las instituciones en general, sean públicas, privadas o asociadas para defender los derechos de este vasto segmento poblacional. PRINCIPIOS Los principios rectores del PNAIA son los fundamentos filosóficos y éticos que rigen la política pública del Estado peruano a favor de la infancia y la adolescencia. Constituyen la piedra angular del Plan pues se sustentan en valores universales a los que el Perú se adhiere y que se expresan en importantes instrumentos internacionales, como la Convención Internacional de los Derechos del Niño, que ha dejado establecido el compromiso de todos los países en la defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes, en calidad de imperativo ético, social, político y económico. 1º El interés superior del niño La niña y el niño son sujetos plenos de derechos que deben ser respetados por la familia, el Estado y la sociedad y, en todas las decisiones de política pública el interés del niño debe primar al momento de resolver sobre cuestiones que le afecten. Se trata de un principio que obliga al Estado y a la sociedad a reconocer y garantizar los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes y otorga preeminencia al interés superior del niño por sobre otros intereses y consideraciones. 2º Igualdad de oportunidades Todas las niñas, niños y adolescentes nacen libres e iguales y tienen, por lo tanto, la misma dignidad y los mismos derechos. Ello significa que debemos eliminar todas las formas de exclusión y discriminación que atenten contra la igualdad. El Perú es un país multicultural y diverso, allí reside su riqueza y potencial. Es inaceptable cualquier discriminación de género, de edad, étnica, cultural, lingüística, religiosa o de cualquier otra índole. 3º La niña y el niño como sujetos de derechos Este principio responde a una transformación sumamente importante ocurrida en el pensamiento universal sobre la niñez y adolescencia. Los paradigmas tradicionales

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PLANES DE ACCIN REGIONALES, NACIONALES E INTERNACIONALES EN FAVOR DE LA SALUD DEL NIO Y ADOLESCENTE1. Plan nacional de Accin de la Infancia y Adolescencia 2012- 2021: El Plan Nacional de Accin por la Infancia y la Adolescencia 2012 2021 (PNAIA 2021), es el instrumento marco de poltica pblica del Estado Peruano, para articular y vincular las polticas que se elaboren en materia de infancia y adolescencia en el pas, que orientar en la presente dcada la accin del Estado y de la sociedad civil hacia el desarrollo integral de las nias, nios y adolescentes peruanos.Este Plan Nacional de Accin por la Infancia y la Adolescencia 2012 2021 (PNAIA 2021) busca crear y reforzar las condiciones necesarias para que las y los peruanos menores de 18 aos de edad accedan a servicios de calidad, atendidos por personal idneo y debidamente equipado, contando con la participacin de la familia y de las instituciones en general, sean pblicas, privadas o asociadas para defender los derechos de este vasto segmento poblacional.

PRINCIPIOSLos principios rectores del PNAIA son los fundamentos filosficos y ticos que rigen la poltica pblica del Estado peruano a favor de la infancia y la adolescencia. Constituyen la piedra angular del Plan pues se sustentan en valores universales a los que el Per se adhiere y que se expresan en importantes instrumentos internacionales, como la Convencin Internacional de los Derechos del Nio, que ha dejado establecido el compromiso de todos los pases en la defensa de los derechos de nias, nios y adolescentes, en calidad de imperativo tico, social, poltico y econmico.1 El inters superior del nioLa nia y el nio son sujetos plenos de derechos que deben ser respetados por la familia, el Estado y la sociedad y, en todas las decisiones de poltica pblica el inters del nio debe primar al momento de resolver sobre cuestiones que le afecten. Se trata de un principio que obliga al Estado y a la sociedad a reconocer y garantizar los derechos humanos de nias, nios y adolescentes y otorga preeminencia al inters superior del nio por sobre otros intereses y consideraciones.2 Igualdad de oportunidadesTodas las nias, nios y adolescentes nacen libres e iguales y tienen, por lo tanto, la misma dignidad y los mismos derechos. Ello significa que debemos eliminar todas las formas de exclusin y discriminacin que atenten contra la igualdad. El Per es un pas multicultural y diverso, all reside su riqueza y potencial. Es inaceptable cualquier discriminacin de gnero, de edad, tnica, cultural, lingstica, religiosa o de cualquier otra ndole.3 La nia y el nio como sujetos de derechosEste principio responde a una transformacin sumamente importante ocurrida en el pensamiento universal sobre la niez y adolescencia. Los paradigmas tradicionales consideraban al nio como un menor que era objeto de proteccin, compasin o represin. Hoy las nias y los nios no son considerados ni menores, ni incapaces ni carentes sino personas totales, seres humanos completos y respetados, poseedores de potencialidades a desarrollar y titulares de derechos civiles, polticos, econmicos, sociales y culturales que les deben ser reconocidos por el solo hecho de existir.4 Autodeterminacin progresivaLa infancia y la adolescencia son etapas en la existencia de la persona y tienen igual valor que cualquier otra edad de la vida, es decir, tienen un valor en s mismas y no como un simple trnsito hacia la adultez. Las nias, nios y adolescentes estn en una poca de desarrollo progresivo de la autodeterminacin personal, social y jurdica que se da en consonancia con el desarrollo de sus facultades.5 ParticipacinLas nias, nios y adolescentes tienen una voz que debe ser escuchada por la familia, el Estado y la sociedad. Tienen derecho a ser informados y sus opiniones han de ser tomadas en cuenta en funcin de su edad y estado de madurez. Las nias, nios y adolescentes deben participar en los asuntos y decisiones que les conciernen y esta participacin debe ser promovida por la familia, la sociedad y el Estado en sus diferentes niveles de gobierno.

6 La familia como institucin fundamental para el desarrollo de las personasLa familia es el ncleo central en la formacin de la persona. Existen diversos tipos de familia y todos deben ser igualmente respetados. Es al interior de la familia donde la nia, el nio y el adolescente deben recibir el afecto, la seguridad, la orientacin y los valores esenciales para su desarrollo como seres humanos libres y felices, capaces de ejercer efectivamente sus derechos, respetar los derechos de las dems personas y llegar a ser ciudadanos productivos y responsables. La familia no debe ser una estructura jerrquica y autoritaria sino una institucin democrtica en donde prevalezca el respeto mutuo, libre de todo tipo de violencia y donde se apoye el desarrollo de cada uno de sus integrantes. Las familias unidas por el afecto, solidarias, que brinden amor y proteccin a las nias, nios y adolescentes, harn posible el desarrollo del Per. ENFOQUESEl enfoque de derechosBusca garantizar a nias, nios y adolescentes el pleno ejercicio de sus derechos mediante acciones que realiza el Estado, la comunidad y la familia, de acuerdo al rol y la responsabilidad de cada uno. El ejercicio de derechos posibilita el incremento de sus capacidades, garantiza su proteccin, ampla sus opciones y por lo tanto, su libertad de elegir.Establece que los derechos humanos se centran en la dignidad intrnseca y el valor igual de todos los seres humanos. Son inalienables y deben ser ejercidos sin discriminacin.El enfoque del ciclo de vidaResponde a la intervencin que, partiendo del enfoque de derechos, busca garantizar el desarrollo integral de nias, nios y adolescentes, atendiendo a las caractersticas propias de cada etapa del ciclo de vida y posibilitando as una mejor calidad de vida.El enfoque de curso de vidaEs una aproximacin a la realidad que integra una mirada longitudinal sobre la vida y sus etapas, configura un salto de un enfoque evolutivo a un enfoque interrelacional, vinculando una etapa con la otra y definiendo factores protectores y de riesgo en el acontecer futuro, en el marco de los determinantes sociales.El enfoque interculturalReconoce y respeta el derecho a la diversidad y fomenta la interaccin entre culturas de una forma equitativa, donde se concibe que ningn grupo cultural se encuentre por encima del otro, reconoce y valora los aportes de stos al bienestar y desarrollo humano favoreciendo en todo momento la interrelacin de nias, nios y adolescentes de diversas culturas, a partir del ejercicio de sus derechos.El enfoque de gneroPermite poner en evidencia desigualdades sociales y relaciones asimtricas de poder de varones en detrimento de las mujeres de cualquier edad, construidas sobre las bases de diferencias biolgicas en el plano de lo sexual. Plantea desterrar cualquier relacin jerrquica basada en estas diferencias. Admite implementar polticas orientadas al logro de igualdad de nias, nios y adolescentes en el ejercicio de sus derechos, libre de discriminaciones basadas en caractersticas biolgicas o de cualquier otra ndole.El enfoque de equidadPromueve el desarrollo integral de nias, nios y adolescentes provenientes de los grupos ms excluidos y desfavorecidos, en razn a su gnero, grupo cultural, rea de residencia, condicin socio-econmica, lengua o religin.

METAS EMBLEMTICASEs aquella meta prioritaria y esencial para el desarrollo de la infancia y adolescencia en el Per, cuyo sealamiento tiene impacto orientador, simblico y motivador para la sociedad, y cuyo avance impulsa el cumplimiento integral del PNAIA 2021. Las metas emblemticas han de ser orientadoras y estimulantes, pero tambin realizables en plazos establecidos.

Primera Meta EmblemticaDesnutricin crnica de la primera infancia reducida al 5%Entre los cero y cinco aos de edad se desarrolla la mayor parte de conexiones neuronales del cerebro humano, lo que revela la importancia de asegurar la nutricin adecuada de madres gestantes e infantes, si deseamos que nias y nios alcancen su mximo potencial cuando sean adultos en un mundo cada vez ms competitivo en habilidades intelectuales y de empleo de informacin. La presente meta emblemtica (correspondiente al resultado esperado N 3) postula que para el 2021 el Per habr reducido al 5% la desnutricin infantil crnica; es decir, el 95% de las nias y nios entre 0 y 5 aos de edad gozar de nutricin adecuada, lo que implicar redoblar esfuerzos de capacitacin y orientacin en las familias, especialmente en el medio rural, as como promover dietas en base a productos provenientes de nuestra biodiversidad en la dieta alimenticia acorde a la produccin local y dotar a las viviendas con agua potable y mejores condiciones sanitarias, entre otras medidas. Segunda Meta EmblemticaEl 100% de las nias y nios peruanos de 3 a 5 aos de edad accede a educacin inicial de calidad.La cobertura de la educacin primaria en el Per alcanza al 94% de las nias y nios, pero en el nivel de educacin inicial solo llega al 66% en las ciudades y al 55% en el rea de residencia rural.Por ello, universalizar el acceso a la educacin inicial en el Per es una meta con efectos mltiples, que contribuir a mejorar el desempeo estudiantil en los niveles de primaria y secundaria, adems de permitir al Estado un ahorro sustantivo en el mediano plazo con la disminucin de la desercin y la repitencia.Proporcionar educacin inicial a todos las nias y nios peruanos de 3 a 5 aos de edad es meta ambiciosa pero factible, abordada en el resultado esperado N 5 del presente Plan.Su consecucin ser clave para poner fin al circuito de regeneracin de la pobreza en el pas, pues no existe mejor garanta de avance social y econmico que una comunidad tempranamente educada. Tercera Meta EmblemticaEl 70% de las nias y nios peruanos de segundo grado de primaria alcanza un nivel suficiente de comprensin lectora y razonamiento matemtico.La no comprensin de textos es una forma de analfabetismo funcional que limita seriamente a las personas en su acceso al conocimiento y a la posibilidad de seguir aprendiendo, como ocurre tambin con la incapacidad para razonar matemticamente, que constrie el desarrollo de competencias bsicas y acorta el nmero de oportunidades laborales y productivas. Cuarta Meta EmblemticaLa tasa de maternidad adolescente se reduce en un 20%: para evitar la recurrencia de un problema bastante comn, pero con altsimo costo social.El embarazo adolescente interrumpe el proceso de maduracin de la adolescente y en general, en contextos de pobreza, disminuye las oportunidades de desarrollo de los jvenes padres, quienes con frecuencia deben abocarse a la crianza sin haber completado sus estudios. La maternidad adolescente tiende a reproducir la pobreza en la familia peruana y pone en riesgo la integridad fsica y emocional del recin nacido, cuyos primeros aos de vida (tan decisivos para su desarrollo integral) transcurren en contextos por lo general precarios, lo que se refleja en la alta incidencia de problemas de salud y nutricin que estas nias y nios suelen presentar. Quinta Meta EmblemticaLas y los adolescentes acceden y concluyen en la edad normativa, una educacin secundaria de calidad.Las y los adolescentes necesitan una educacin secundaria de calidad que consolide y ample los aprendizajes adquiridos en la primaria, particularmente en aquellas competencias que les abran oportunidades al conocimiento, al emprendimiento productivo y a la vida democrtica. Adems siendo que esta es una etapa natural de cambio de la niez a la adolescencia, por lo tanto las Instituciones Educativas deben generar mecanismos para que este trnsito se realice en las mejores condiciones. Sexta Meta EmblemticaEn el Per no se maltrata a su infancia!Disminuye violencia familiar contra nias, nios y adolescentes.A pesar de sus gravsimas consecuencias, existe poca informacin confiable y actualizada sobre la violencia familiar contra nias, nios y adolescentes en todo el pas.Sin embargo, se sospecha su magnitud y hasta su cotidianidad que llegara a niveles alarmantes.Una nacin con buen trato a sus nias, nios y adolescentes, es objetivo central de este Plan, que demanda planificacin, recursos econmicos y creatividad para cambiar conductas arraigadas en espacios privados como el hogar. Para ello, se debe focalizar acciones en las zonas con mayor incidencia de maltrato, as como aplicar en el ao 2012 la primera Encuesta Nacional Especializada sobre Violencia contra Nias, Nios y Adolescentes, a fin de establecer una lnea de base, cuantificar metas y monitorear en lo pertinente las acciones del PNAIA 2021. OBJETIVOS ESTRATGICO Y ESTRATEGIAS Objetivo Estratgico N 1: Garantizar el crecimiento y desarrollo integral de nias y nios de 0 a 5 aos de edadEstrategias:Fortalecer los programas de nutricin y seguridad alimentaria para madres gestantes, promoviendo la participacin familiar y priorizando el uso de productos originarios de la zona.Acciones de informacin, educacin y comunicacin orientadas a la creacin de conciencia ciudadana sobre la importancia de la gestacin, parto y perodo neonatal.Promover la atencin y prevencin de la violencia ejercida contra las mujeres embarazadas, incrementando la calidad y cobertura de los servicios e instituciones creadas para ello.Implementar y/o fortalecer casas de espera cercana a los Establecimientos de Salud de mayor capacidad resolutiva para las poblaciones dispersasGarantizar el acceso permanente a los mtodos de planificacin familiar.Fortalecer la coordinacin intersectorial para la vigilancia de la salud materno y neonatal.Incrementar la cobertura de Atenciones PrenatalesInformar, involucrar y comprometer a familias y comunidades en acciones promotoras de la buena nutricin de nias y nios, tales como campaas de orientacin y capacitacin para madres y padres, en espacios diversos como hogares, mercados y supermercados, terminales de transporte areo y terrestre, establecimientos pblicos y privados, entre otros.Alianzas estratgicas con medios de comunicacin nacionales, regionales y locales, para fomentar la alimentacin adecuada de nias y nios.En zonas con altas tasas de desnutricin infantil, activar mecanismos para la entrega de complementos dietticos, preferentemente elaborados con productos locales, capacitando a las familias en su preparacin.Implementar o reforzar los programas vinculados al acceso a agua segura, viviendas saludables, promocin de la salud, cuidado y proteccin infantil.Incrementar la oferta de servicios de salud para comunidades indgenas amaznicas, con capacidad resolutiva y pertinencia cultural.Promover la instalacin de Centros de Consejera Familiar y Salas de Estimulacin y Educacin Oportuna en los municipios locales con el fin de orientar a madres y padres de familia sobre los cuidados a los hijos en los dos primeros aos de vida.Impulsar un sistema de Consejera Familiar Municipal para lograr que todos los nias y nios de 3 a 5 aos de edad sean matriculados en los centros de educacin inicial, con nfasis en las zonas rurales.Difundir la importancia de la primera infancia, el juego y sus efectos en el desarrollo de nias y nios.Implementar programas especializados para la prevencin y atencin del bullying en las instituciones educativas, con la participacin de las familias.Objetivo Estratgico N 2: Garantizar la continuacin del crecimiento y desarrollo integral de nias y nios de 6 a 11 aos de edadEstrategias:Implementar programas especializados para la prevencin y atencin del bullying en las instituciones educativas, con la participacin de las familias.Implementar mecanismos de registro estndares sobre casos de violencia en las instituciones educativas diferenciado la violencia entre pares de otros tipos de violencia.Difundir en la poblacin estudiantil mecanismos de denuncia de actos de bullying u otra forma de violencia, por ejemplo contactando la Lnea 100 del MIMP.Desarrollo de campaas comunicacionales para crear conciencia en la poblacin y en las empresas sobre los efectos y peligros del trabajo infantil.Integrar la familia a los programas sociales, condicionando su participacin a la proteccin de sus hijas e hijos frente al trabajo infantil.Promover y fortalecer la labor coordinada de las instituciones del Estado para prevenir y erradicar el trabajo infantil.Objetivo Estratgico N 3: Consolidar el crecimiento y desarrollo integral de las y los adolescentes de 12 a 17 aos de edadEstrategias:Fortalecer el involucramiento de las familias en las actividades del Plan Lector que promueve el Ministerio de Educacin.Promover la lectura y creatividad literaria a nivel local, regional y nacional, con premios a las y los adolescentes ms destacados.Promover y premiar la habilidad matemtica de las y los adolescentes mediante la organizacin de concursos, ferias y otras actividades en los espacios pblicos de ciudades y pueblos.Promover la conclusin de la secundaria en adolescentes que trabajan mediante estmulos vinculados a capacitaciones que los preparen para acceder luego a trabajos seguros y decentes.Coordinar con organizaciones especializadas de la sociedad civil y con empresas privadas para ofrecer al adolescente que trabaja ocasiones de formacin y capacitacin laboral que les permitan superar tal estado.Ejecucin de campaas comunicacionales de creacin de conciencia en la poblacin y en las empresas, priorizando la cadena de valor, para evitar el trabajo adolescente peligroso.Integrar a las familias a los programas sociales, condicionando su participacin a la proteccin de sus hijas e hijos adolescentes dentro de la edad requerida, frente al trabajo peligroso.Propiciar, desde el Ministerio de Salud, el acceso a informacin y mtodos anticonceptivos oportunamente, as como la capacitacin de las y los adolescentes para que puedan ejercer una actividad sexual responsable, prioricen su educacin y posterguen la maternidad/paternidad hasta la edad adulta.Garantizar la intervencin intersectorial continua para la prevencin del embarazo en adolescentes priorizando el trabajo en las instituciones educativas.Iniciar el trabajo de prevencin del consumo de drogas desde la infancia, de modo que la nia y el nio conozcan su dao desde temprana edad.Capacitacin de maestras y maestros de educacin inicial y primaria incluir prevencin del consumo de drogas, comprendiendo participacin de padres de familia y la comunidad.Alianzas estratgicas con los medios de comunicacin y figuras juveniles que destaquen en deportes, artes y ciencias, para irradiar modelos de conducta y vida saludables, contrarios al consumo de drogas.Atencin integral al adolescente en servicios diferenciados con nfasis en la prevencin de conductas de riesgo y en la promocin de estilos de vida saludables.Reducir el riesgo de transmisin vertical de la madre infectada a los recin nacidos mediante la deteccin y tratamiento oportuno durante el embarazo.Capacitar a los docentes de secundaria en materias de educacin sexual y reproductiva con enfoque de gnero y derechos humanos, con nfasis en informacin sobre el VIH/SIDA, para que puedan transmitir conocimientos preventivos a las y los adolescentes.Dotar a todos los Centros de Salud del pas con material informativo y orientador para adolescentes en materia de VIH/SIDA.Realizar campaas de comunicacin y educacin sobre el VIH/SIDA dirigidas a las y los adolescentes, tanto a nivel nacional como regional y local, buscando sensibilizara la poblacin y evitar la discriminacin contra los portadores de esta enfermedad.Promover el acceso de las y los adolescentes a los servicios de salud diferenciados, de calidad y gratuitos en todos los espacios, con nfasis en la atencin de salud sexual y reproductiva y de salud mental, bajo un enfoque de gnero, de derechos humanos y de interculturalidad, que responda tambin a las particularidades de las y los adolescentes.Fortalecimiento de capacidades de servidores pblicos en la temtica de niez y adolescencia con nfasis en VIH para implementar acciones que favorezcan la atencin oportuna de esta poblacin.Optimizacin del acceso a la informacin sobre el VIH y otras ITS a nias, nios y adolescentes como una de las primeras medidas para la prevencin frente a la epidemia de VIH.Promover la cobertura de atencin de los adolescentes a un paquete bsico de atencin integral en servicios diferenciados.Objetivo Estratgico N 4: Garantizar la proteccin de las nias, nios y adolescentes de 0 a 17 aos de edadEstrategias:Disear herramientas de deteccin temprana de discapacidades para brindar informacin y asesora a padres de familia sobre las implicancias mdicas y trato que requieren las nias, nios y adolescentes con discapacidad.Campaas de sensibilizacin dirigidas a las familias y la comunidad en respaldo de los derechos de las nias, nios y adolescentes con discapacidad, a la vez que en prevencin de las discriminaciones contra ellas y ellos.Desarrollar y fortalecer programas de apoyo psicolgico, insercin familiar, alojamiento y atencin a nias, nios y adolescentes vctimas de trata.Campaas de comunicacin a fin de crear conciencia en la sociedad sobre la importancia de la participacin de nias, nios y adolescentes en la vida de la comunidad y del pas, considerando su edad y realidad cultural.Propiciar la participacin activa de nias, nios y adolescentes antes, durante y despus en todas las simulaciones de sismos y desastres que se realizan peridicamente en el pas. Los directores de instituciones educativas, los docentes y las asociaciones de padres de familia contarn con la informacin y capacitacin adecuadas.Promover la creacin de espacios seguros o refugios especializados para nias, nios y adolescentes, para brindar atencin inmediata en casos de desastre.

2. Plan Regional de Accin de la Infancia y Adolescencia 2006- 2015:

PRINCIPIOS RECTORESLA NIEZ COMO SUJETO DE DERECHOS: Los nios, nias y adolescentes constituyen el fundamento del PRAIA. Para nosotros no es posible concebir una sociedad justa, tica y democrtica sin considerar en los planes de desarrollo, programas y proyectos de desarrollo sostenible en beneficio directo de ellos y ellas, como lo recomienda la carta de la Organizacin de las Naciones Unidas. IGUALDAD Y EQUIDAD: El Plan Regional de Accin por la Infancia y la Adolescencia busca el trato justo para los nios, nias y adolescentes residentes en las zonas urbanas, urbano marginales y rurales del departamento de Lambayeque. Para no establecer discriminacin alguna, esta poblacin infantil y adolescente deber ser tratada por las instituciones, como sujetos titulares de derechos y responsabilidades. La poblacin infantil de los distritos pobres y sobretodo de aquellos que cuentan con poblacin en extrema pobreza como Salas, Incahuasi, Caaris, Olmos, Chochope y Mrrope debe recibir de las otras provincias y regin Lambayeque, igual y equitativo trato institucional, como lo sugiere el Plan Nacional de Accin por la Infancia y la Adolescencia 2002 2010. DESCENTRALIZACIN E INTEGRACIN: El Plan Regional de Accin por la Infancia y la Adolescencia est elaborado considerando los nuevos cambios en la geopoltica territorial del Estado peruano establecidos a travs de la descentralizacin. Consideramos que la descentralizacin de las decisiones polticas y econmicas a travs de la conformacin de nuevas regiones es una exigencia impostergable y vital para el crecimiento econmico y humano de Lambayeque, como lo precisa la Constitucin Poltica del Per. PARTICIPACIN Y PLANIFICACIN: El Plan Regional de Accin por la Infancia y la Adolescencia es un documento que tiene como base la participacin en favor de la niez y adolescencia de parte de las organizaciones civiles involucradas en la planificacin de la salud, educacin, proteccin y participacin dentro de la regin Lambayeque. La participacin es la herramienta fundamental para brindarle sostenibilidad y legitimidad social al PRAIA. Este componente es lo que le inyecta al documento perspectiva y visin planificada, como lo menciona la Convencin de los Derechos del Nio, aprobada por la Asamblea de las Naciones Unidas el ao 1989. EDUCACIN, FAMILIA Y DESARROLLO REGIONAL: El Plan Regional de Accin por la Infancia y la Adolescencia es un instrumento educativo, por que sugiere una metodologa capaz de ser incorporada en la carpeta curricular y ser aplicada por los docentes en los distritos y provincias del departamento de Lambayeque. Articula simtricamente la perspectiva educativa al ncleo central de la sociedad: la familia. NORMATIVIDAD

OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO:ODM 1: Erradicar la pobreza extrema y el hambre.ODM 3: Promover la Igualdad de Gnero y la autonoma de la mujer.ODM 4: Reducir la mortalidad en la infancia.ODM 5: Mejorar la salud materna CONVENCIN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIO APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS 1989 Constitucin Poltica del Estado Peruano 1993: Todo nio tiene derecho a las medidas de proteccin que su condicin de menor requiere por parte de la familia, de la sociedad y del Estado. PLAN NACIONAL DE ACCIN POR LA INFANCIA DE LA ADOLESCENCIA 2002-2010, APROBADO POR D.S. N 014-2002-MIMDES. LEY 28487Promulgada el 11 de abril 2005 que otorga rango de Ley al Plan Nacional de Accin por la Infancia y Adolescencia 2002-2010. EL ACUERDO NACIONALEl documento enfatiza el compromiso de fortalecer la familia como espacio fundamental del desarrollo integral de las personas. Con este objetivo el Estado: (a) fortalecer la participacin y el liderazgo de las nias, nios y adolescentes en sus centros educativos y otros espacios de interaccin; (b) garantizar el acceso de las nias, nios y adolescentes a una educacin y salud integrales, al enriquecimiento cultural, la recreacin y la formacin en valores, a fin de fortalecer su autoestima, personalidad y el desarrollo de sus habilidades; (c) prevendr todas las formas de violencia familiar, as como de maltrato y explotacin contra nios, nias y adolescentes, aportando a su erradicacin; (f) prevendr el pandillaje y la violencia en los jvenes y promover programas de reinsercin de los adolescentes infractores. LA CARTA SOCIALEs necesario organizar un sistema de bienestar basado en la activa participacin ciudadana para la promocin de empleo digno, adecuado y productivo; una educacin de calidad; la eliminacin del abandono de nias y nios y de cualquier sistema de explotacin contra ellos; el combate contra la desnutricin infantil; la defensa de nias, nios y mujeres contra la violencia sexual y familiar. LA VIOLENCIA CONTRA LOS NIOS Y NIAS (AO 2003)Los nios y nias son titulares de todos los derechos, libertades y garantas que le corresponden por su calidad de ser humano, incluidos aquellos que por su condicin peculiar y la necesidad de atender a sus requerimientos, han dado origen a la conceptualizacin de los derechos especficos. La CVR comparte con la doctrina de la proteccin integral de la infancia y el reconocimiento de los nios y nias como sujetos de derechos.

VISIN AL AOS 2015Nios, nias y adolescentes de la regin Lambayeque desarrollan y despliegan sus capacidades en un ambiente familiar, social, saludable y seguro. Acceden a servicios de calidad en igualdad de oportunidades y equidad de gnero, participando concertadamente en la defensa y promocin de sus derechos y cumplimiento de sus deberes. EJES TEMTICOSLos 4 ejes estratgicos seleccionados:Salud, educacin, proteccin y participacin, derivan de las conclusiones de los talleres y del resumen del trabajo realizado por el Grupo Impulsor, TEMAS QUE SALIERON DE LA REUNIN DE LOS NIOS

PROGRAMAS PRIORIZADOS PARA EL NIO Y ADOLESCENTE

3. Convencin de los Derechos del Nio:

DEFINICIN DE NIOSe entiende por nio todo ser humano desde su nacimiento hasta los 18 aos de edad, salvo que haya alcanzado antes la mayora de edad.

DERECHOS HUMANOS BSICOS

Todos los nios y nias tienen todos los derechos recogidos en la Convencin: no importa de dnde seas, ni tu sexo o color de piel, ni qu lengua hables, ni la situacin econmica de tu familia, ni tus creencias o las de tus padres, ni que padezcas alguna minusvala. Cuando las autoridades o las personas adultas adopten decisiones que tengan que ver con los nios debern hacer aquello que sea mejor para su desarrollo y bienestar. Todo nio tiene derecho intrnseco a la vida y es obligacin del Estado garantizar la supervivencia y el desarrollo del nio. Todo nio tiene derecho a un nombre desde su nacimiento y a obtener una nacionalidad. Las autoridades tienen la obligacin de proteger vuestra identidad, nombre, nacionalidad y relaciones familiares. Es un derecho del nio vivir con su padre y su madre, excepto en los casos que la separacin sea necesaria para el inters superior del propio nio. Ningn nio o nia debe ser separado de sus padres, a menos que sea por su propio bien. En el caso de que su pap o mam estn separados, tienen derecho a mantener contacto con ambos fcilmente. Es derecho de los nios y sus padres y madres salir de cualquier pas y entrar en el propio, con miras a la reunificacin familiar o el mantenimiento de la relacin entre unos y otros. Las autoridades deben evitar que los nios sean trasladados de forma ilegal a otro pas o que sean retenidos ilegalmente. El nio tiene derecho a expresar su opinin y a que sta se tenga en cuenta en todos los asuntos que le afectan. Todo nio tiene derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, siempre que ello no vaya en menoscabo del derecho de otros. El nio tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religin bajo la direccin de su padre y su madre, y de conformidad con las limitaciones prescritas por la ley. Pueden asociarse libremente, crear organizaciones y reunirse pacficamente con otros chicos y chicas, siempre que estas actividades no vayan en contra de los derechos de otras personas. Tienen derecho a una vida privada propia, a que se respete la vida privada de su familia y a la intimidad de su domicilio; a que no abran su correspondencia y a que nadie ataque su imagen. El pap y la mam son los responsables de la educacin y el desarrollo de los nios y deben actuar pensando en su inters. Las autoridades ayudarn a los padres en estas tareas apoyndolos cuando sea necesario. Si tienen capacidades fsicas o mentales diferentes, los nios y nias tienen derecho a cuidados y atenciones especiales que garanticen su educacin y capacitacin con el fin de ayudarlos a que disfruten de una vida plena. Los nios tienen derecho a disfrutar del ms alto nivel posible de salud y a tener acceso a servicios mdicos y de rehabilitacin, con especial nfasis en aqullos relacionados con la atencin primaria de salud, los cuidados preventivos y la disminucin de la mortalidad infantil. Es obligacin del Estado tomar las medidas necesarias, orientadas a la abolicin de las prcticas tradicionales perjudiciales para la salud del nio. El nio que ha sido internado por las autoridades competentes para su atencin, proteccin o tratamiento de salud fsica o mental, tiene derecho a una evaluacin peridica de todas las circunstancias que motivaron su internamiento. Todo nio tiene derecho a beneficiarse de la Seguridad Social. Todo nio tiene derecho beneficiarse de un nivel d vida adecuado para su desarrollo. Los nios tienen derecho a la educacin. La educacin primaria debe ser obligatoria y gratuita, y todos tienen que contar con las facilidades para poder acceder al nivel secundario o ir a la universidad. Los gobiernos deben colaborar para que esto sea una realidad en todo el mundo. Si el nio pertenece a una minora tnica o religiosa, se debe respetar su derecho a vivir segn su cultura, practicar su religin y a hablar su propia lengua. Tiene derecho al juego, al descanso y a las actividades recreativas y culturales. Las autoridades debern protegerlos de los malos tratos, los abusos y la violencia. Tambin de aquella que provenga de sus padres o responsables legales. Derecho a estar protegido contra los trabajos peligrosos para su salud o que impidan ir a la escuela. No puede trabajar hasta cumplir una edad mnima y, si lo hace, se deben cumplir unas condiciones apropiadas en los horarios y condiciones de trabajo. Es derecho del nio ser protegido de la explotacin y abuso sexuales, incluyendo la prostitucin y su utilizacin en prcticas pornogrficas. Es derecho del nio ser protegido del uso de estupefacientes y sustancias psicotrpicas. Ningn nio ser sometido a la tortura, a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, a la pena capital, a la prisin perpetua y a la detencin o encarcelacin ilegales o arbitrarias. Todo nio privado de libertad deber ser tratado con humanidad, estar separado de los adultos, tendr derecho a mantener contacto con su familia y a tener pronto acceso a la asistencia jurdica u otra asistencia adecuada. Si ha sufrido malos tratos, explotacin, abandono o ha estado en una guerra, tiene derecho a que se ocupen de l para recuperarse fsica, social y psicolgicamente. Los nios, nias y adolescentes deben conocer los derechos contenidos en esta Convencin. Los gobiernos tienen el deber de difundirla entre nios, nias, adolescentes y personas adultas.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALESLos cuatro principios fundamentales de la Convencin son: 1. la no discriminacin, 2. el inters superior del nio, 3. el derecho a la vida, la supervivencia y de desarrollo y; 4. la participacin infantil.

ARTCULOS RELACIONADOS CON EL QUE HACER DE ENFERMERA

Artculo 71. El nio ser inscripto inmediatamente despus de su nacimiento y tendr derecho desde que nace a un nombre, a adquirir una nacionalidad y, en la medida de lo posible, a conocer a sus padres y a ser cuidado por ellos.Artculo 231. Los Estados Partes reconocen el derecho del nio impedido a recibir cuidados especiales y alentarn y asegurarn, con sujecin a los recursos disponibles, la prestacin al nio que rena las condiciones requeridas y a los responsables de su cuidado de la asistencia que se solicite y que sea adecuada al estado del nio y a las circunstancias de sus padres o de otras personas que cuiden de l.3. En atencin a las necesidades especiales del nio impedido, la asistencia que se preste ser gratuita siempre que sea posible, habida cuenta de la situacin econmica de los padres o de las otras personas que cuiden del nio, y estar destinada a asegurar que el nio impedido tenga un acceso efectivo a la educacin, la capacitacin, los servicios sanitarios, los servicios de rehabilitacin, la preparacin para el empleo y las oportunidades de esparcimiento y reciba tales servicios con el objeto de que el nio logre la integracin social y el desarrollo individual, incluido su desarrollo cultural y espiritual, en la mxima medida posible.Artculo 241. Los Estados Partes reconocen el derecho del nio al disfrute del ms alto nivel posible de salud y a servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitacin de la salud. Los Estados Partes se esforzarn por asegurar que ningn nio sea privado de su derecho al disfrute de esos servicios sanitarios. 2. Los Estados Partes asegurarn la plena aplicacin de este derecho y, en particular, adoptarn las medidas apropiadas para:a) Reducir la mortalidad infantil y en la niez;b) Asegurar la prestacin de la asistencia mdica y la atencin sanitaria que sean necesarias a todos los nios, haciendo hincapi en el desarrollo de la atencin primaria de salud;c) Combatir las enfermedades y la malnutricin en el marco de la atencin primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicacin de la tecnologa disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminacin del medio ambiente;d) Asegurar atencin sanitaria prenatal y postnatal apropiada a las madres;e) Asegurar que todos los sectores de la sociedad, y en particular los padres y los nios, conozcan los principios bsicos de la salud y la nutricin de los nios, las ventajas de la lactancia materna, la higiene y el saneamiento ambiental y las medidas de prevencin de accidentes, tengan acceso a la educacin pertinente y reciban apoyo en la aplicacin de esos conocimientos;f) Desarrollar la atencin sanitaria preventiva, la orientacin a los padres y la educacin y servicios en materia de planificacin de la familia.Artculo 25Los Estados Partes reconocen el derecho del nio que ha sido internado en un establecimiento por las autoridades competentes para los fines de atencin, proteccin o tratamiento de su salud fsica o mental a un examen peridico del tratamiento a que est sometido y de todas las dems circunstancias propias de su internacin.

4. Cdigo del Nio y Adolescente

Artculos relacionados con el que hacer de enfermera para el cuidado del nio y adolescenteDefinicin.- Se considera nio a todo ser humano desde su concepcin hasta cumplir los doce aos de edad y adolescente desde los doce hasta cumplir los dieciocho aos de edad.El Estado protege al concebido para todo lo que le favorece. Si existiera duda acerca de la edad de una persona, se le considerar nio o adolescente mientras no se pruebe lo contrario.

Artculo 1.- A la vida e integridad.- El nio y el adolescente tienen derecho a la vida desde el momento de la concepcin. El presente Cdigo garantiza la vida del concebido, protegindolo de experimentos o manipulaciones genticas contrarias a su integridad y a su desarrollo fsico o mental.

Artculo 2.- A su atencin por el Estado desde su concepcin.- Es responsabilidad delEstado promover el establecimiento de condiciones adecuadas para la atencin de la madre durante las etapas del embarazo, el parto y la fase postnatal. El Estado otorgar atencin especializada a la adolescente madre y promover la lactancia materna y el establecimiento de centros de cuidado diurno.

Artculo 23.- Derechos de los nios y adolescentes discapacitados.- El Estado, preferentemente a travs de los Ministerios comprendidos en el Consejo Nacional de la Persona con Discapacidad, y la sociedad asegurarn la igualdad de oportunidades para acceder a condiciones adecuadas a su situacin con material y servicios adaptados, como salud, educacin, deporte, cultura y capacitacin laboral.Asimismo, se asegura el pleno desarrollo de su personalidad hasta el mximo de sus potencialidades, as como el goce de una vida plena y digna, facilitando su participacin activa, igualdad y oportunidades en la comunidad.

Artculo 33.- Desarrollo de programas.- La poltica de atencin al nio y al adolescente estar orientada a desarrollar:a. Programas de prevencin que garanticen condiciones de vida adecuadas;b. Programas de promocin que motiven su participacin y la de su familia y que permitan desarrollar sus potencialidades;c. Programas de proteccin que aseguren la atencin oportuna cuando enfrentan situaciones de riesgo;d. Programas de asistencia para atender sus necesidades cuando se encuentren en circunstancias especialmente difciles;e. Programas de rehabilitacin que permitan su recuperacin fsica y mental y que ofrezcan atencin especializada.

Artculo 36.- Programas para nios y adolescentes discapacitados.- El nio y el adolescente discapacitados, temporal o definitivamente, tienen derecho a recibir atencin asistida y permanente, bajo responsabilidad del Sector Salud. Tienen derecho a una educacin especializada y a la capacitacin laboral bajo responsabilidad de los Sectores Educacin y Trabajo.

Artculo 37.- Programas para nios y adolescentes adictos a sustancias psicotrpicas.- El nio y el adolescente adictos a sustancias psicotrpicas que producen dependencia recibirn tratamiento especializado del Sector Salud.

Artculo 38.- Programas para nios y adolescentes maltratados o vctimas de violencia sexual.- El nio o el adolescente vctimas de maltrato fsico, psicolgico o de violencia sexual merecen que se les brinde atencin integral mediante programas que promuevan su recuperacin fsica y psicolgica. El servicio est a cargo del Sector Salud. Estos programas debern incluir a la familia.

5. Cdigo de tica y deontologa de la enfermera:

ARTCULOS RELACIONADO CON EL QUE HACER DE ENFERMERA PARA EL CUIDADO DEL NIO Y ADOLESCENTE

Artculo 1.- La enfermera(o) brinda cuidados de Enfermera respetando la dignidad humana y la particularidad de la persona, sin distincin de ndole personal, poltica, cultural, econmica o social.Artculo 2.- La enfermera(o) debe respetar los valores, usos, hbitos, costumbres y creencias de la persona, familia y comunidad; siempre que estos no pongan en riesgo su salud, considerando los principios bioticos de autonoma, justicia, beneficencia y no maleficencia.Artculo 3.- El cuidado de Enfermera en la interrelacin enfermera(o)-persona debe centrarse en los problemas del usuario y en los valores y principios fundamentales: respeto, equidad, fraternidad, solidaridad y justicia.Artculo 4.- Es deber de la enfermera(o) brindar atencin eminentemente humana, oportuna, continua y segura, considerando la individualidad de la persona a quien cuida.Artculo 5.- La enfermera(o) debe interactuar en todo momento con empata e identificacin con la persona a la que brinda el cuidado.Artculo 6.- La enfermera(o) debe adoptar formas apropiadas de comunicacin con la persona usuaria, especialmente con las personas que presenten dificultades para relacionarse porque habla otro idioma o dialecto.Artculo 7.- Comete falta tica la enfermera(o) que no denuncie ante las autoridades competentes cualquier tipo de tortura y/o maltrato fsico, mental o sexual de las personas a su cuidado.Artculo 12.- La enfermera(o) debe cerciorarse de que la persona, familia y comunidad reciban informacin clara, suficiente y oportuna para fundamentar el consentimiento informado.Artculo 13.- Es deber de la enfermera(o) fomentar en la persona, familia y sociedad una cultura de autocuidado de la salud, con un enfoque de promocin y prevencin del riesgo y dao que permita desarrollar un entorno seguro y su capacidad de autodeterminacin.Artculo 19.- La enfermera(o) tiene como responsabilidad primordial el respeto a los derechos humanos orientando su atencin hacia las personas que requieran sus cuidados.Artculo 35.- La enfermera(o) debe promover la salud y el bienestar familiar a fin de que los nios sean protegidos y cuidados, asegurando un crecimiento sano y digno. Asimismo, debe denunciar los casos de abuso infantil en salvaguarda de los derechos del nio.Artculo 36.- La enfermera(o) debe colaborar con organismos, instituciones y/o asociaciones que tengan como finalidad el desarrollo de servicios de prevencin y atencin a personas con discapacidades diferenciadas.