PLAN DIRECTOR DE LUCHA CONTRA LAS PLAGAS … · proteger los cultivos de la región de los daños...
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PLAN DIRECTOR DE LUCHACONTRA LAS PLAGAS AGRÍCOLAS
EN CASTILLA Y LEÓN(2008-2011)
NOVIEMBRE 2008
INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL
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Plan Director de Lucha Contra las Plagas Agrícolas en Castilla y León
2008-2011
I NFO RM E DE SO STE NIBI LI DAD AM BIE NT AL
ÍNDICE
pág.
0 INTRODUCCIÓN..........................................................................................................................................3 0.1 Marco legal...............................................................................................................................................3 0.2 Contenido del ISA....................................................................................................................................3
1 BREVE DESCRIPCIÓN DEL PLAN DIRECTOR .......................................................................................5 1.1 Objetivos del Plan....................................................................................................................................5 1.2 Principales líneas de actuación ..............................................................................................................6
2 OBJETIVOS DE PROTECCIÓN AMBIENTAL ...........................................................................................9 3 SITUACIÓN AMBIENTAL ACTUAL Y PROBLEMÁTICA AMBIENTAL EXISTENTE ............................10 4 EXAMEN DE LAS ALTERNATIVAS..........................................................................................................15
4.1 Alternativa nula ......................................................................................................................................15 4.2 Alternativa viable ...................................................................................................................................15 4.3 Alternativas en los métodos de lucha...................................................................................................16
5 IDENTIFICACIÓN Y CARACTERIZACIÓN DE LOS EFECTOS AMBIENTALES .................................19 5.1 Efectos derivados del ámbito de aplicación.........................................................................................19 5.2 Efectos derivados de los objetivos .......................................................................................................28 5.3 Efectos derivados de las actuaciones ..................................................................................................29
6 MEDIDAS PREVISTAS PARA PREVENIR, REDUCIR Y COMPENSAR ..............................................32 6.1 Coherencia normativa del Plan Director ..............................................................................................32 6.2 Medidas en los Procedimientos Específicos........................................................................................32 6.3 Medidas en el uso de plaguicidas ........................................................................................................32 6.4 Medidas positivas de carácter ambiental .............................................................................................33 6.5 Cuadro resumen de medidas................................................................................................................34
7 PROGRAMA DE SEGUIMIENTO AMBIENTAL .......................................................................................35 7.1 Indicadores.............................................................................................................................................35 7.2 Informes .................................................................................................................................................36
8 RESUMEN NO TÉCNICO..........................................................................................................................37 9 INFORME SOBRE LA VIABILIDAD ECONÓMICA..................................................................................39
DOCUMENTACIÓN GRÁFICA: Ámbito de aplicación y áreas de sensibilidad ecológica
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00 IINNTTRROODDUUCCCCIIÓÓNN
0.1 MARCO LEGAL La evaluación ambiental del Plan Director de Lucha Contra las Plagas Agrícolas en
Castilla y León 2008-2011, se regula por lo indicado en la norma de ámbito estatal Ley 9/2006, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, mediante la cual se transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2001/42/CE.
La Ley 9/2006 tiene por objeto promover un desarrollo sostenible, conseguir un elevado nivel de protección del medio ambiente y contribuir a la integración de los aspectos ambientales en la preparación y adopción de planes y programas, mediante la realización de una evaluación ambiental de aquellos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
En julio de 2008, la Consejería de Medio Ambiente recibe el Documento de Iniciación del procedimiento de evaluación ambiental y, según lo establecido en el artículo 19 1.a) de la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, lo remite a las Administraciones previsiblemente afectadas, así como a otras entidades y organizaciones vinculadas a temas medioambientales. Conforme al procedimiento anterior, y una vez valoradas las sugerencias, fue emitida la Orden MAM/1780/2008, de 7 de octubre, por la que se aprueba el Documento de Referencia para la Evaluación ambiental del Plan Director de Lucha contra las Plagas Agrícolas en Castilla y León (2008-2011).
Dicho Documento de Referencia establece que el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA), el promotor debe identificar, describir y evaluar todas las afecciones resultantes de la puesta en marcha del plan o programa en el medio ambiente, así como aportar las medidas y alternativas oportunas para su resolución.
0.2 CONTENIDO DEL ISA El Documento de Referencia establece la estructura y los contenidos del ISA, que
deberán ser los siguientes:
a) Breve descripción del Plan Director y de su contexto de aplicación, especificando:
Los objetivos esenciales del Plan, motivos de su propuesta, horizonte temporal y fases de desarrollo.
Localización de principales líneas de actuación de trascendencia territorial.
Planos de información relativos a los valores de tipo ambiental y las actividades previstas en el Plan que pudieran afectarles.
b) Objetivos de protección ambiental que guardan relación con el Plan y la manera en que se han tenido en cuenta durante su elaboración.
c) Situación ambiental actual y problemática ambiental existente. Se describirán de forma clara y sintética los aspectos relevantes de las características del medio ambiente y su relación con las actuaciones previstas sobre el territorio. En particular, se deberá hacer mención expresa a los valores ambientales existentes, grado de conservación y los principales problemas detectados en materia de protección del medio ambiente y del paisaje.
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d) Examen de las alternativas consideradas, incluida la alternativa 0, y justificación de la alternativa seleccionada. En cada una de las distintas alternativas deberán evaluarse aquellos elementos que minimicen el consumo de recursos naturales, maximicen los sistemas de prevención de la contaminación y que, en general, reduzcan las alteraciones ambientales.
e) Identificación y caracterización de los efectos ambientales. Se valorarán cuantitativa y cualitativamente los efectos previsiblemente generados por el Plan sobre los distintos factores del medio natural, allí donde su incidencia alcance cierta significación, bien sea por su naturaleza, magnitud o amplitud y efectos acumulativos o por la entidad de las transformaciones asociadas sobre espacios naturales protegidos, biodiversidad, geodiversidad y paisaje, vegetación, hidrología, vías pecuarias, usos del suelo, estructura socioeconómica, capacidad de acogida del territorio, abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas residuales.
f) Medidas previstas para prevenir, reducir y, en la medida de lo posible, compensar cualquiera de los efectos negativos de las medidas propuestas, prestando especial atención a aquellas iniciativas encaminadas a la gestión sostenible del agua, a la conservación y mantenimiento de los valores de la biodiversidad y la geodiversidad en los espacios de mayor calidad ambiental y especialmente en los sectores de alta montaña.
g) Programa de seguimiento ambiental donde se definan los parámetros e indicadores básicos para el seguimiento de los efectos indirectos del desarrollo el Plan y la comprobación del cumplimiento de las prescripciones del ISA. El seguimiento constituye un aspecto esencial a la hora de anticiparse a efectos imprevistos de las actuaciones.
h) Resumen no técnico de la información facilitada en virtud de los párrafos precedentes.
i) Informe sobre la viabilidad económica de las alternativas, incluida la alternativa 0 y de las medidas dirigidas a prevenir, reducir o paliar los efectos negativos del Plan.
En los epígrafes siguientes se abordan y desarrollan cada uno de los contenidos.
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11 BBRREEVVEE DDEESSCCRRIIPPCCIIÓÓNN DDEELL PPLLAANN DDIIRREECCTTOORR En el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, compete a la
Consejería de Agricultura y Ganadería promover, planificar, dirigir y ejecutar la política agraria.
Una de las actuaciones básicas incluidas en la ejecución de la política agraria es proteger los cultivos de la región de los daños que puedan ocasionarles las plagas que lleguen a comprometer seriamente la rentabilidad de las explotaciones.
El Plan Director de Plagas se define con el objetivo general de garantizar la vigilancia, control de las plagas potenciales en la agricultura que pueden afectar a Castilla y León así como la definición de la actuación ante una situación declarada de crisis ocasionada por las mismas.
1.1 OBJETIVOS DEL PLAN La puesta en marcha del Plan Director se plantea como una necesidad para:
Garantizar la Prevención, Vigilancia y Control de las plagas que pueden afectar a la agricultura de Castilla y León.
Definir la actuación ante una situación declarada de crisis ocasionada por las mismas.
Este Plan Director tendrá como ámbito de actuación todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, exceptuando los núcleos urbanos. Resultará de aplicación a las enfermedades y plagas agrícolas. Quedan expresamente excluidas las plagas forestales dependientes de la Consejería de Medio Ambiente, así como las causadas por especies cinegéticas.
Los objetivos específicos del Plan son:
Prestar servicio al sector agrario a través de la resolución de problemas relacionados con plagas que puedan surgir en los cultivos agrícolas en Castilla y León.
Fomentar la colaboración entre los distintos órganos de la Administración implicados (Consejería de Sanidad, Agricultura y Ganadería, Medio Ambiente y Universidades Públicas de Castilla y León).
Contribuir a la conservación de los recursos naturales y al desarrollo sostenible mediante la utilización de procedimientos que reduzcan la incidencia de plagas y enfermedades, respeten el equilibrio natural y no presenten efectos adversos directos o indirectos sobre la salud humana.
Potenciar la investigación aplicada y el desarrollo tecnológico dentro del sector de las plagas.
Implicar a todos los sectores afectados (Organizaciones Profesionales Agrarias, cooperativas, grupos ecologistas, agricultores, Administraciones Públicas, investigadores, opinión pública) en la gestión y resolución del problema.
Sensibilizar respecto al medio ambiente, con el objeto de prevenir y minimizar aquellos impactos negativos derivados de nuestras actividades.
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1.2 PRINCIPALES LÍNEAS DE ACTUACIÓN Las principales líneas de acción están definidas en el Plan como “ejes de acción”, y son
los siguientes:
1.2.1 OBSERVATORIO DE VIGILANCIA Y CONTROL El objetivo del Observatorio es la aplicación del Plan Director garantizando la
Prevención, Vigilancia y Control de las plagas que pueden afectar a la agricultura de Castilla y León.
1.2.2 PROCEDIMIENTOS GENERALES El Plan Director se centrará en tres áreas principales de actuación, para los cuales se
elaborarán:
1. Procedimiento General de Prevención y Vigilancia de Plagas
2. Procedimiento General de Control de Plagas
3. Procedimiento General para situaciones de Crisis producidas por Plagas
1.2.2.1 Prevención y Vigilancia de Plagas Tiene por objeto definir la sistemática a seguir por el Observatorio y el resto de
miembros participantes en el Plan Director para la Vigilancia de las plagas, así como establecer el contenido de los Procedimientos Específicos de Prevención y Vigilancia para cada plaga concreta.
1.2.2.2 Control de Plagas Para cada plaga en particular, se aplicará un procedimiento específico de Control, que
será diseñado y desarrollado con arreglo al procedimiento general y con el contenido mínimo que se establece en el apartado correspondiente del presente Plan Director.
1.2.2.3 Situaciones de crisis producidas por plagas Este procedimiento definirá los procesos para determinar las características necesarias
para una Situación de Crisis y aplicar los procedimientos que implican la constitución y funcionamiento de los Comités de Crisis y Comités de Apoyo, la Coordinación y Gestión de la Crisis, la finalización de la Crisis y las Estrategias de Comunicación.
1.2.3 PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS El Comité Científico de lucha contra las plagas agrícolas en Castilla y León, creado por
el Decreto 11/2008, de 14 de Febrero, aprobará el Listado de Plagas y Enfermedades de Castilla y León (LIPECyL). Una vez aprobado dicho listado cada una de las comisiones especiales creadas en su seno se encargará de la redacción de los procedimientos específicos a aplicar para cada una de las plagas y enfermedades.
El contenido mínimo común de los Procedimientos Específicos para cada plaga será, al menos, el siguiente:
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1.- Breve descripción de la plaga: morfología, biología, daños y cultivos a los que ataca
2.- Definición de los niveles de alerta
3.- Metodología para el tratamiento de datos
4.- Análisis de laboratorio necesarios
5.- Recursos humanos y materiales necesarios
6- Informes periódicos
7.- En su caso, cuando la propia existencia de la plaga o las medidas de prevención, vigilancia o control que se adopten puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente, análisis y estimación de dichas consecuencias y, en su caso, medidas para minimizar o compensar dichos efectos.
Para el desarrollo de las actuaciones concretas que deben realizarse para la prevención y vigilancia de una plaga en particular, contemplarán, al menos:
1.- Establecimiento de un calendario de actuaciones de prevención y vigilancia
2.- Determinación de las zonas objeto de prevención y vigilancia y de los criterios para la elección de puntos de muestreo
3.- Planificación de visitas para la valoración de daños y/o presencia
Para el desarrollo de las actuaciones concretas que deben realizarse para el control de una Plaga en particular, contemplarán, al menos:
1. Medidas de control a aplicar por parte, tanto de las Administraciones Públicas como de los titulares de las explotaciones agropecuarias.
2. Determinación de las zonas objeto de control y de los criterios para la elección de puntos de muestreo.
3. Establecimiento de un calendario de actuaciones de control.
4. Planificación de visitas para valoración de daños y/o presencia.
5. En cualquier caso, la enumeración de medidas es meramente orientativa, debiéndose realizar siempre que se considere necesario, previo a la aplicación de dichas posibles medidas para cada caso particular, una valoración encaminada a evitar posibles efectos adversos sobre la salud y el medio ambiente.
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Diagrama general de flujo de lucha contra plagas
Planificación gabinete
Planificación campo
VIGILANCIA
Análisis de muestras
Tratamiento datos
Calendario de actuaciones
Mapa de actuaciones
Documento información y colaboración
Ficha toma de muestras
Informe resultados
Informe VIGILANCIA
Ficha vigilancia en campo
Registros de Comunicación
Planificación medidas control
CONTROL
Aprovisionamiento mediosmateriales y humanos
Calendario de actuaciones
Mapa de actuaciones
Registros de contratación
Ficha control en campo
Comunicación interesados
SI¿NIVEL VERDE?
¿NIVEL AMARILLO?
NO
SI
NO � NIVEL ROJO¿NIVEL NARANJA?
Comunicación
SI
Registro de NO Existencia de Plaga
Documento de RECOMENDACIONES
Comunicación Registros de Comunicación
Planificación medidas crisis
CONTROL DE CRISIS
Calendario de actuaciones
Mapa de actuaciones
Ficha control en campo
Comunicación interesados
NO
CR
ISIS
PR
EVE
NC
IÓN
Y V
IGIL
AN
CIA
CO
NTR
OL
Informe de Control
Planificación gabinete
Planificación campo
VIGILANCIA
Análisis de muestras
Tratamiento datos
Calendario de actuaciones
Mapa de actuaciones
Documento información y colaboración
Ficha toma de muestras
Informe resultados
Informe VIGILANCIA
Ficha vigilancia en campo
Registros de Comunicación
Planificación medidas control
CONTROL
Aprovisionamiento mediosmateriales y humanos
Calendario de actuaciones
Mapa de actuaciones
Registros de contratación
Ficha control en campo
Comunicación interesados
SI¿NIVEL VERDE?
¿NIVEL AMARILLO?
NO
SI
NO � NIVEL ROJO¿NIVEL NARANJA?
Comunicación
SI
Registro de NO Existencia de Plaga
Documento de RECOMENDACIONES
Comunicación Registros de Comunicación
Planificación medidas crisis
CONTROL DE CRISIS
Calendario de actuaciones
Mapa de actuaciones
Ficha control en campo
Comunicación interesados
NO
CR
ISIS
PR
EVE
NC
IÓN
Y V
IGIL
AN
CIA
CO
NTR
OL
Informe de Control
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22 OOBBJJEETTIIVVOOSS DDEE PPRROOTTEECCCCIIÓÓNN AAMMBBIIEENNTTAALL
El control de las plagas agrícolas en nuestra Comunidad está determinado por factores intrínsecos como el medio ambiente y los recursos naturales de Castilla y León, así como por otros extrínsecos derivados de la evolución de la agricultura en los últimos años.
Uno de los objetivos estratégicos del Plan Director es Contribuir a la conservación de los recursos naturales y al desarrollo sostenible mediante la utilización de procedimientos que reduzcan la incidencia de plagas y enfermedades, respeten siempre el equilibrio natural y no presenten efectos adversos directos o indirectos sobre la salud humana.
Para ello, uno de los valores que promulga el Plan Director es la sensibilización y respeto por el medio ambiente, con el objeto de prevenir y minimizar aquellos impactos negativos derivados de la aplicación del Plan.
Por otro lado, el seguimiento y la evaluación de todas las actividades y actuaciones llevadas a cabo en el Plan Director se someterán a los criterios de calidad definidos en las normas ISO 9001 e ISO 14001 para asegurar la mejora continua de todos los procesos.
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33 SSIITTUUAACCIIÓÓNN AAMMBBIIEENNTTAALL AACCTTUUAALL YY PPRROOBBLLEEMMÁÁTTIICCAA AAMMBBIIEENNTTAALL EEXXIISSTTEENNTTEE
El territorio de Castilla y León, uno de los más extensos de la Unión Europea, contiene una gran variedad de relieves y climas, que se traduce en una gran diversidad ecológica. Está situada entre dos regiones bioclimáticas -eurosiberiana y mediterránea- y se caracteriza por sus contrastes paisajísticos. Posee una gran variedad de hábitats que, unida a su esperanzador grado de conservación, le permite mantener una enorme y valiosa diversidad de especies tanto de flora como de fauna.
Tomando la referencia la definición que el Decreto Legislativo 1/2000 hacía de las Áreas de Sensibilidad Ecológica, se incluyen en este apartado las zonas de mayor importancia ambiental:
o Los Espacios Naturales declarados protegidos en la actualidad, aquellos que lo sean en lo sucesivo de acuerdo con la legislación de Espacios Naturales; y las Zonas Húmedas y Riberas, catalogadas como Zonas Naturales de Interés Especial. La Red de Espacios Naturales de Castilla y León (REN) está formada por los Espacios Naturales Protegidos, a los que se les asigna una de las cuatro figuras de protección contempladas en la Ley 8/91 (Parques Regionales y Naturales, Reservas Naturales, Monumentos Naturales, Paisajes Protegidos), y por otras áreas denominadas en conjunto Zonas Naturales de Interés Especial, bajo cuyo nombre se engloban zonas tan diversas como riberas, humedales o vías pecuarias de interés especial. La definición de la REN tiene por objeto que cada uno sea uno de los mejores representantes de los ecosistemas presentes en la región.
o Áreas resultantes como de máxima protección una vez aprobados los Planes de Recuperación de las especies catalogadas «en peligro de extinción».
o Microrreservas de Flora que se creen al amparo del Decreto 63/2007, de 14 de junio.
o Espacios de la Red Natura 2000 (Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y semi-naturales y de la flora y fauna silvestres y las zonas de especial protección para las aves de la Directiva 79/409/CEE del Consejo, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres.
o Los ecosistemas fluviales y medio hídrico en general.
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En la siguiente tabla se muestran los espacios protegidos de la Red Natura 2000 (LIC y ZEPA) y los incluidos en la Red de Espacios Naturales de Castilla y León (REN), muchos de ellos coincidentes en cuanto a figuras de protección ambiental y que incluyen las áreas de los Planes de Recuperación.
LIC ZEPA REN Alto Sil Alto Sil Altos Campos de Gómara Altos de Barahona Altos de Barahona Arribes del Duero Arribes del Duero Arribes del Duero Bosques del Valle de Mena Cañón del Río Lobos Cañón del Río Lobos Cañón del Río Lobos Cañones del Duero Cañones del Duero Campo Azálvaro-Pinares de Peguerinos Campo Azálvaro-Pinares de Peguerinos Camino de Santiago Campo de Aliste Campo de Aliste Campo de Argañán Campo de Argañán Campo de Azaba Campo de Azaba Canal de Castilla Campos de Alba Candelario Candelario Candelario Cerro de Guisando Cerro de Guisando Cigudosa-San Felices Cihuela-Deza Covalagua Covalagua Cueva de los Murciélagos Dehesa del Río Gamo y el Margañan El Carrascal El Rebollar El Rebollar Embalse del Ebro Embalse del Ebro Encinares de la Sierra de Avila Encinares de la Sierra de Avila Encinares de los ríos Adaja y Voltoya Encinares de los ríos Adaja y Voltoya Encinares de Sierra del Costanazo Encinares de Tiermes Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina
Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina
Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina
Hoces del Alto Ebro y Rudrón Hoces del Alto Ebro y Rudrón Hoces del Alto Ebro y Rudrón Hoces de Vegacervera Hoces de Vegacervera Hoces del Río Duratón Hoces del Río Duratón Hoces del Río Duratón Hoces del Río Riaza Hoces del Río Riaza Hoces del Río Riaza Humada-Peña Amaya Humada-Peña Amaya Humedales de Los Arenales Laguna de La Nava La Nava-Campos Norte La Nava y Campos de Palencia La Nava-Campos Sur La Nava y Campos de Palencia La Nava-Rueda
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LIC ZEPA REN Lago de Sanabria y alrededores Lago de Sanabria y alrededores Lago de Sanabria y alrededores Lagunas de Cantalejo Lagunas de Cantalejo Lagunas de Coca y Olmedo Lagunas de los Oteros Lagunas de Santa María la Real de Nieva Lagunas de Tera y Vidriales Lagunas de Villafáfila Lagunas de Villafáfila Lagunas de Villafáfila Lagunas del Canal de Castilla Lagunas del Canal de Castilla Las Batuecas-Sierra de Francia Las Batuecas-Sierra de Francia Las Batuecas-Sierra de Francia Las Médulas Las Tuerces Las Tuerces Llanuras del Guareña Montaña Central de León Monte Santiago Monte Santiago Monte Santiago Monteagudo de las Vicarías Montes Aquilanos y Sierra de Teleno Montes Aquilanos Montes de Miranda de Ebro y Ameyugo Montes de Miranda de Ebro y Ameyugo Montes de Valnera Montes del Cerrato Montes Obarenes Montes Obarenes Montes Obarenes Montes Torozos y Páramos de Torquemada-Astudillo Ojo Guareña Ojo Guareña Omañas Omañas Oncala-Valtajeros Oteros-Campos Oteros-Cea Páramo de Layna Páramo de Layna Páramo Leones Penillanuras-Campos Norte Penillanuras-Campos Sur
Picos de Europa Picos de Europa PARQUE NACIONAL Picos de Europa
Picos de Europa en Castilla y León Picos de Europa en Castilla y León Picos de Europa en Castilla y León Pinar de Hoyocasero Pinar de Hoyocasero Pinares del Bajo Alberche Pinares del Bajo Alberche Pinar de Losana Quejigares de Gómara-Nájima Quejigares de la Tierra del Vino Quejigares y encinares de Sierra del Madero Quilamas Quilamas Quilamas Rebollares del Cea
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LIC ZEPA REN
Riberas de Castronuño Riberas de Castronuño Riberas de Castronuño - Vega de Duero
Riberas de los Ríos Huebra, Yeltes, Uces y afluentes Riberas de los Ríos Huebra y Yeltes Riberas del Ayuda Riberas del Río Adaja y afluentes Riberas del Río Agadón Riberas del Río Agueda Río Agueda Riberas del Río Alagón y afluentes Río Alagón Riberas del Río Alberche y afluentes Riberas del Río Aliste y afluentes Riberas del Río Arlanzón y afluentes Riberas del Río Arlanza y afluentes Riberas del Río Carrión y afluentes Riberas del Río Cea Riberas del Río Cega Riberas del Río Cidacos y afluentes Riberas del Río Duero y afluentes Riberas del Río Duratón Riberas del Río Ebro y afluentes Riberas del Río Esla y afluentes Riberas del Río Manzanas y afluentes Riberas del Río Nela y afluentes Riberas del Río Oca y afluentes Riberas del Río Orbigo y afluentes Riberas del Río Pisuerga y afluentes Riberas del Pisuerga Riberas del Río Riaza Riberas del Río Sil y afluentes Riberas del Río Tera y afluentes Riberas del Río Tirón y afluentes Riberas del Río Tormes y afluentes Riberas del Río Tuela y afluentes Riberas del Zadorra Robledales del Berr·n Sabinares de Ciria-Borobia Sabinares de Somosierra Sabinares del Arlanza Sabinares del Arlanza Sabinares del Arlanza Sabinares del Jalón Sabinares Sierra de Cabrejas Sabinar de Calatañazor La Fuentona Salgüeros de Aldeamayor Sierra de Ayllón Hayedo de Riofrío de Riaza Sierra de Gredos Sierra de Gredos Sierra de Gredos Sierra de Guadarrama Sierra de Guadarrama Guadarrama Sierra de la Cabrera Sierra de la Cabrera Lago de La Baña Lago de Truchillas Sierra de la Culebra Sierra de la Culebra
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LIC ZEPA REN Sierra de la Demanda Sierra de la Demanda Sierra de la Demanda Sierra de la Encina de la Lastra Sierra de la Paramera y Serrota Sierra de la Paramera y Serrota Sierra de la Tesla-Valdivielso Sierra de la Tesla-Valdivielso Sierra de los Ancares Sierra de los Ancares Sierra de los Ancares Sierra de Pradales Sierra del Moncayo Sierra del Moncayo Sierras de Urbión y Cebollera Sierra de Urbión Sierra de Urbión
Sitio Paleontológico de Cerro Pelado
Tejedelo Tierra de Campiñas Tierra del Pan Valle de Iruelas Valle de Iruelas Valle de Iruelas Valle de San Emiliano Valle de San Emiliano Valle de San Emiliano Valle del Cuerpo de Hombre Valdería-Jamuz Valle del Tiétar Valle del Tiétar Valles del Voltoya y el Zorita Valles del Voltoya y el Zorita
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44 EEXXAAMMEENN DDEE LLAASS AALLTTEERRNNAATTIIVVAASS Con ello, se pretende establecer criterios básicos homogéneos para abordar los
problemas de aparición de plagas en el territorio y posibilitar la rápida adopción de medidas de control y erradicación, así como los requisitos para evitar su extensión, reduciendo sus poblaciones y sus efectos.
4.1 ALTERNATIVA NULA Esta alternativa consiste en no hacer nada y no intervenir ante una plaga o enfermedad,
comprometiendo seriamente la rentabilidad de las explotaciones, además de la repercusión que pueden tener sobre la economía, la seguridad de los alimentos, la salud o la protección del medio ambiente.
Una de las actuaciones básicas incluidas en la Política Agraria es proteger los cultivos de los daños que puedan ocasionarles las plagas y enfermedades, cuyo mayor interés es el socioeconómico. La no realización del plan puede causar serios problemas a la actividad agraria por la falta de competitividad.
En el mismo sentido de prevenir los riesgos citados, se recoge la creciente demanda de los consumidores de promover sistemas de producción vegetal que tengan en cuenta las buenas prácticas fitosanitarias, y se realicen las inspecciones necesarias para asegurar el cumplimiento de los objetivos.
4.2 ALTERNATIVA VIABLE El Comité Científico de Lucha Contra las Plagas Agrícolas una vez analizadas las
posibles alternativas técnicas y territoriales ha establecido las pautas por las cuales se debe regir el Plan Director con el objetivo de garantizar la vigilancia, prevención y control de las plagas potenciales que pueden afectar a Castilla y León.
Este Plan Director tendrá como ámbito de actuación todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, exceptuando los núcleos urbanos.
No es de aplicación al sector forestal, y por lo tanto quedan excluidas las plagas y enfermedades forestales.
No se aplica a enfermedades causadas por especies cinegéticas.
Cada procedimiento específico de Prevención y Vigilancia deberá establecer un Calendario de Vigilancia, en el cual se detallarán las fechas en las que se realicen las distintas actuaciones e intensidad de las diferentes plagas del LIPECyL.
El Plan contempla el seguimiento con técnicos de la Consejería de Agricultura y Ganadería, que tanto en la evaluación de la plaga, como en el control de la ejecución de las distintas medidas del mismo, se precise. De esta forma se puede continuamente valorar si los efectos de estas medidas específicas que se desarrollen para cada plaga tienen una incidencia distinta de la prevista en este informe, y de ser así se pueda detectar en una fase inicial, dando lugar a los planteamientos adecuados, que deberán ser tomados en coordinación.
Se reconocerá expresamente la figura del “Agricultor Colaborador”, como aquellos agricultores singularmente implicados en la vigilancia de las plagas.
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Se potenciará la comunicación directa con los agricultores afectados en tiempo real.
Desde el punto de vista ecológico tenemos que pensar que la mayoría de las plagas a gran escala tienen efectos perjudiciales sobre el entorno natural al que afectan. Algunos ejemplos como el fuego bacteriano (Erwinia amylovora), plaga de la Langosta (Dociostaurus maroccanus), o la plaga del topillo campesino (Microtus arvalis) son significativos en este aspecto. No obstante, algunos autores mantienen la teoría de que la abundancia de determinadas especies, como ocurrió con el topillo campesino ha contribuido a aumentar la densidad de las poblaciones depredadoras del valle del Duero.
4.3 ALTERNATIVAS EN LOS MÉTODOS DE LUCHA El Plan Director de Plagas servirá de base para el desarrollo de los distintos
Procedimientos Específicos de las diferentes Plagas. Los métodos de lucha aplicados en cada fase y para cada plaga deben evitar en la medida de lo posible, el consumo de recursos naturales, la contaminación, la afección a la salud de las personas, y las alteraciones ambientales en su conjunto. Para lo cual es imprescindible realizar un análisis previo de la situación de cada plaga y su posible repercusión teniendo en cuenta factores como:
o El ciclo vital de la plaga.
o Su distribución y abundancia.
o La fisiología vegetal de la planta o plantas afectadas y su estado fenológico.
o La existencia de riesgos para la población humana.
o Factores ambientales bióticos y abióticos y sus parámetros de población. Especies amenazadas.
o Existencia de ecosistemas sigulares o áreas sensibles.
El desarrollo previo de este análisis garantiza que las alternativas en los métodos de lucha tengan el efecto esperado.
Los cuatros grandes métodos de lucha en la terapéutica agrícola son la lucha química, la lucha biológica, métodos culturales y la lucha integrada.
4.3.1 LUCHA QUÍMICA La lucha química se basa en la utilización de productos químicos nocivos para las
plagas y enfermedades de los cultivos (plaguicidas) sin acción negativa (fototoxicidad) sobre las plantas cultivadas, sin presentar toxicidad, tanto para el aplicador de los mismos como para el consumidor (PLANES & CARRERO, 1989).
En términos generales, el uso de plaguicidas puede afectar a distintos elementos del medio: suelo, agua, fauna, flora e, indudablemente, al hombre. Las alteraciones del equilibrio ecológico entre especies y medio, son debidas principalmente a la acumulación de residuos tóxicos en el suelo y en las aguas continentales y marítimas, que posteriormente pasan a formar parte de la cadena trófica, llegando finalmente a afectar a la salud humana.
4.3.2 LUCHA BIOLÓGICA La lucha biológica se basa en la utilización de seres vivos para reducir los efectos
perjudiciales de las plagas y/o enfermedades que atacan a las plantas. Básicamente se refiere
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al empleo de enemigos naturales o antagonistas (depredadores, hongos, bacterias, etc.) de las plagas, bien criándolos de manera artificial o bien fomentando su desarrollo y multiplicación.
La aplicación de este sistema de lucha requiere un planteamiento y manejo más complejos, mayor seguimiento de la aplicación, y es menos rápido y drástico que el control químico. Además es aplicable a un número limitado de plagas y enfermedades.
4.3.3 MÉTODOS CULTURALES DE CONTROL Por métodos culturales se entienden aquellas prácticas o labores dirigidas a disminuir la
incidencia de la plaga. Se incluyen numerosas técnicas y prácticas agronómicas que, de manera indirecta permiten actuar sobre las plagas, como por ejemplo:
- Labores de mantenimiento del suelo.
- Alternativa y rotación de cultivos
- Adecuación de fechas de siembra y plantación.
- Manejo adecuado del riego
- Manejo adecuado de los residuos de cosecha
- Manejo adecuado de la fertilización.
- Limpieza de los aperos y maquinaria (fundamental para minimizar la dispersión de las enfermedades)
- Cuidar el origen de los materiales de siembra o plantación
- Uso de variedades o líneas tolerantes a las plagas y enfermedades de mayor riesgo en la zona
La quema de rastrojos se incluía antiguamente dentro de los métodos culturales de control en fitopatología. Actualmente y dado los daños directos que pueden causar a la fauna y el elevado riesgo de producir incendios forestales, así como la poca efectividad de esta práctica, se excluye este método. Además, está práctica está prohibida en la aplicación de la condicionalidad de las ayudas directas en el marco de la política agrícola común, salvo que por razones fitosanitarias sea promovida por la autoridad competente o autorizada por ella.
4.3.4 LUCHA INTEGRADA La lucha integrada consiste en la aplicación de una combinación de todas las técnicas
haciendo compatibles al máximo su interacción. Este sistema incluye métodos culturales, biológicos y químicos.
Se trata de la aplicación racional de una combinación de técnicas de control cultural y biológico (diversificación de cultivos, rotaciones, adecuación de fechas de siembra y plantación, desarrollo de especies genéticamente resistentes a las plagas, etc.) con la utilización de plaguicidas al nivel mínimo que se estime estrictamente necesario.
La lucha integrada es el sistema que mejor consigue el doble objetivo de mayor eficacia y menor impacto ambiental en la terapéutica agrícola, mediante la combinación de los métodos anteriores, con la finalidad de mantener las plagas en umbrales que no originen daños económicos.
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De esta forma, el Plan Director da prioridad al uso de métodos más inocuos y acordes con el funcionamiento del agrosistema en el marco de la lucha integrada contra plagas agrícolas.
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55 IIDDEENNTTIIFFIICCAACCIIÓÓNN YY CCAARRAACCTTEERRIIZZAACCIIÓÓNN DDEE LLOOSS EEFFEECCTTOOSS AAMMBBIIEENNTTAALLEESS
5.1 EFECTOS DERIVADOS DEL ÁMBITO DE APLICACIÓN El ámbito territorial del Plan es toda la comunidad autónoma de Castilla y León. Sin
embargo, el ámbito objetivo son a las enfermedades y plagas agrícolas, es decir, que es de aplicación en las zonas dedicadas a cultivos agrícolas. En Castilla y León las tierras de cultivo ocupan un 37% de la superficie de la región y se extienden mayoritariamente por las zonas llanas de la meseta y por los valles. Su presencia disminuye a medida que comienzan las zonas montañosas y dan paso a terrenos con otros usos agrarios de tipo ganadero y/o forestal.
Los efectos más significativos derivados de la aplicación del Plan Director se producirán sobre aquellos lugares de mayor importancia ambiental definidos en el epígrafe nº 3 del presente informe como áreas de sensibilidad ecológica.
La ley 42/2007 del patrimonio Natural y de la Biodiversidad, define en su artículo 7 a los espacios naturales protegidos como los sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico y educativo, así como aquellos que estén dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.
Analizando la incidencia territorial y objetivo del Plan sobre los espacios naturales protegidos de Castilla y León, bien sean de la REN o de la Red Natura 2000, se incluyen otros valores, elementos y recursos naturales como la biodiversidad, geodiversidad, paisaje, vegetación e hidrología.
Para estimar dicha incidencia potencial del Plan Director sobre los espacios naturales protegidos se han solapado las áreas dedicadas a cultivos con los espacios protegidos (REN y Red Natura). Se han empleado los datos del CORINE 2000 utilizando los terrenos clasificados como cultivos agrícolas y tierras de labor, incluidos aquéllos que aparecen en mosaico con otros usos. De manera visual se refleja esta incidencia en la documentación gráfica de este informe.
Los resultados se muestran en la tabla siguiente en la que se recogen las superficies de todos los espacios naturales, las de las tierras de cultivo dentro de los mismos, y el porcentaje en que están presentes en los espacios protegidos.
LIC ZEPA REN Supeficie
LIC+ZEPA+REN (ha)
Superficie de tierras de
cultivo (ha) % de tierras de
cultivo
Alto Sil Alto Sil 43.752 1.899 4,3
Altos Campos de Gómara 15.203 11.772 77,4
Altos de Barahona Altos de Barahona 45.118 20.066 44,5
Arribes del Duero Arribes del Duero Arribes del Duero 108.642 38.558 35,5
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LIC ZEPA REN Supeficie
LIC+ZEPA+REN (ha)
Superficie de tierras de
cultivo (ha) % de tierras de
cultivo
Bosques del Valle de Mena 6.481 140 2,2
Cañón del Río Lobos
Cañón del Río Lobos
Cañón del Río Lobos 12.238 305 2,5
Cañones del Duero Cañones del Duero 17.521 7.021 40,1
Campo Azálvaro-Pinares de Peguerinos
Campo Azálvaro-Pinares de Peguerinos
20.550 911 4,4
Camino de Santiago 22.698 22.551 99,3
Campo de Aliste Campo de Aliste 6.129 2.934 47,9
Campo de Argañán Campo de Argañán 18.414 4.111 22,3
Campo de Azaba Campo de Azaba 36.569 2.520 6,9
Canal de Castilla 122 122 100,0
Campos de Alba 15.443 13.895 90,0
Candelario Candelario Candelario 11.046 202 1,8
Cerro de Guisando Cerro de Guisando 3.756 228 6,1
Cigudosa-San Felices 6.733 1.162 17,3
Cihuela-Deza 4.479 3.309 73,9 Covalagua Covalagua 2.348 132 5,6 Cueva de los Murciélagos 1 0 0,0
Dehesa del Río Gamo y el Margañan
7.545 0 0,0
El Carrascal 5.411 251 4,6 El Rebollar El Rebollar 50.584 5.639 11,1
Embalse del Ebro Embalse del Ebro 7.735 705 9,1
Encinares de la Sierra de Avila
Encinares de la Sierra de Avila 14.318 1.830 12,8
Encinares de los ríos Adaja y Voltoya
Encinares de los ríos Adaja y Voltoya
27.328 8.425 30,8
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LIC ZEPA REN Supeficie
LIC+ZEPA+REN (ha)
Superficie de tierras de
cultivo (ha) % de tierras de
cultivo
Encinares de Sierra del Costanazo 758 5 0,7
Encinares de Tiermes 1.153 49 4,3
Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina
Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina
Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina
78.179 2.132 2,7
Hoces del Alto Ebro y Rudrón
Hoces del Alto Ebro y Rudrón
Hoces del Alto Ebro y Rudrón 52.037 6.627 12,7
Hoces de Vegacervera Hoces de
Vegacervera 5.317 49 0,9
Hoces del Río Duratón
Hoces del Río Duratón
Hoces del Río Duratón 5.116 341 6,7
Hoces del Río Riaza Hoces del Río Riaza
Hoces del Río Riaza 6.593 2.219 33,7
Humada-Peña Amaya
Humada-Peña Amaya 40.796 18.761 46,0
Humedales de Los Arenales 1.359 586 43,2
Laguna de La Nava La Nava-Campos Norte
La Nava y Campos de Palencia
54.937 54.605 99,4
La Nava-Campos Sur
La Nava y Campos de Palencia
39.833 37.644 94,5
La Nava-Rueda 7.167 5.011 69,9
Lago de Sanabria y alrededores
Lago de Sanabria y alrededores
Lago de Sanabria y alrededores 33.142 32 0,1
Lagunas de Cantalejo
Lagunas de Cantalejo 13.121 745 5,7
Lagunas de Coca y Olmedo 1.233 685 55,6
Lagunas de los Oteros 335 280 83,6
Lagunas de Santa María la Real de Nieva
638 376 58,9
Lagunas de Tera y Vidriales 2.292 204 8,9
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LIC ZEPA REN Supeficie
LIC+ZEPA+REN (ha)
Superficie de tierras de
cultivo (ha) % de tierras de
cultivo
Lagunas de Villafáfila
Lagunas de Villafáfila
Lagunas de Villafáfila 32.614 30.755 94,3
Lagunas del Canal de Castilla
Lagunas del Canal de Castilla 113 62 54,8
Las Batuecas-Sierra de Francia
Las Batuecas-Sierra de Francia
Las Batuecas-Sierra de Francia 31.985 2.681 8,4
Las Médulas 1.768 661 37,4 Las Tuerces Las Tuerces 1.715 354 20,7
Llanuras del Guareña 41.767 40.119 96,1
Montaña Central de León 34.352 10 0,0
Monte Santiago Monte Santiago Monte Santiago 2.537 0 0,0
Monteagudo de las Vicarías 15.541 13.528 87,0
Montes Aquilanos y Sierra de Teleno Montes Aquilanos 36.701 1.443 3,9
Montes de Miranda de Ebro y Ameyugo
Montes de Miranda de Ebro y Ameyugo
6.668 2.588 38,8
Montes de Valnera 2.237 50 2,2
Montes del Cerrato 12.235 3.151 25,8
Montes Obarenes Montes Obarenes Montes Obarenes 43.061 13.762 32,0
Montes Torozos y Páramos de Torquemada-Astudillo
22.982 5.913 25,7
Ojo Guareña Ojo Guareña 13.210 4.146 31,4 Omañas Omañas 24.257 133 0,5
Oncala-Valtajeros 7.342 255 3,5
Oteros-Campos 31.685 30.457 96,1
Oteros-Cea 4.445 4.309 96,9
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LIC ZEPA REN Supeficie
LIC+ZEPA+REN (ha)
Superficie de tierras de
cultivo (ha) % de tierras de
cultivo
Páramo de Layna Páramo de Layna 7.557 2.128 28,2
Páramo Leones 6.916 6.139 88,8
Penillanuras-Campos Norte 13.242 13.101 98,9
Penillanuras-Campos Sur 23.786 23.455 98,6
Picos de Europa Picos de Europa Parque Nacional Picos de Europa 23.783 649 2,7
Picos de Europa en Castilla y León
Picos de Europa en Castilla y León
Picos de Europa en Castilla y León 101.337 2.838 2,8
Pinar de Hoyocasero Pinar de
Hoyocasero 456 0 0,0
Pinares del Bajo Alberche
Pinares del Bajo Alberche 53.789 3.470 6,5
Pinar de Losana 795 0 0,0
Quejigares de Gómara-Nájima 6.215 854 13,7
Quejigares de la Tierra del Vino 369 8 2,3
Quejigares y encinares de Sierra del Madero
3.824 254 6,6
Quilamas Quilamas Quilamas 10.736 307 2,9
Rebollares del Cea 13.314 696 5,2
Riberas de Castronuño
Riberas de Castronuño
Riberas de Castronuño - Vega de Duero
8.421 3.711 44,1
Riberas de los Ríos Huebra, Yeltes, Uces y afluentes
Riberas de los Ríos Huebra y Yeltes
4.743 586 12,4
Riberas del Ayuda 426 300 70,5
Riberas del Río Adaja y afluentes 1.387 357 25,7
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LIC ZEPA REN Supeficie
LIC+ZEPA+REN (ha)
Superficie de tierras de
cultivo (ha) % de tierras de
cultivo
Riberas del Río Agadón 86 14 16,1
Riberas del Río Agueda Río Agueda 934 108 11,6
Riberas del Río Alagón y afluentes Río Alagón 2.156 262 12,1
Riberas del Río Alberche y afluentes 649 130 20,0
Riberas del Río Aliste y afluentes 1.660 269 16,2
Riberas del Río Arlanzón y afluentes 963 593 61,6
Riberas del Río Arlanza y afluentes 908 324 35,7
Riberas del Río Carrión y afluentes 678 144 21,3
Riberas del Río Cea 754 351 46,6
Riberas del Río Cega 456 107 23,5
Riberas del Río Cidacos y afluentes 177 30 16,8
Riberas del Río Duero y afluentes 5.360 2.386 44,5
Riberas del Río Duratón 261 132 50,5
Riberas del Río Ebro y afluentes 100 52 52,0
Riberas del Río Esla y afluentes 1.792 178 9,9
Riberas del Río Manzanas y afluentes
396 83 20,9
Riberas del Río Nela y afluentes 698 212 30,4
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LIC ZEPA REN Supeficie
LIC+ZEPA+REN (ha)
Superficie de tierras de
cultivo (ha) % de tierras de
cultivo
Riberas del Río Oca y afluentes 495 356 71,9
Riberas del Río Orbigo y afluentes 997 352 35,3
Riberas del Río Pisuerga y afluentes
Riberas del Pisuerga 2.025 1.183 58,4
Riberas del Río Riaza 88 27 30,5
Riberas del Río Sil y afluentes 312 33 10,5
Riberas del Río Tera y afluentes 1.937 299 15,4
Riberas del Río Tirón y afluentes 406 129 31,8
Riberas del Río Tormes y afluentes 1.824 805 44,1
Riberas del Río Tuela y afluentes 424 78 18,3
Riberas del Zadorra 170 134 78,5
Robledales del Berr·n 496 12 2,5
Sabinares de Ciria-Borobia 2.801 617 22,0
Sabinares de Somosierra 181 0 0,0
Sabinares del Arlanza
Sabinares del Arlanza
Sabinares del Arlanza 38.897 8.084 20,8
Sabinares del Jalón 19.064 3.150 16,5
Sabinares Sierra de Cabrejas
Sabinar de Calatañazor; La Fuentona
32.709 4.568 14,0
Salgüeros de Aldeamayor 1.186 291 24,6
Sierra de Ayllón Hayedo de Riofrío de Riaza 14.144 804 5,7
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LIC ZEPA REN Supeficie
LIC+ZEPA+REN (ha)
Superficie de tierras de
cultivo (ha) % de tierras de
cultivo
Sierra de Gredos Sierra de Gredos Sierra de Gredos 86.394 3.248 3,8
Sierra de Guadarrama
Sierra de Guadarrama Guadarrama 85.606 2.725 3,2
Sierra de la Cabrera Sierra de la Cabrera
Lago de La Baña y Lago de Truchillas 23.002 90 0,4
Sierra de la Culebra Sierra de la Culebra 67.808 7.230 10,7
Sierra de la Demanda
Sierra de la Demanda
Sierra de la Demanda 92.965 2.528 2,7
Sierra de la Encina de la Lastra 1.018 9 0,8
Sierra de la Paramera y Serrota
Sierra de la Paramera y Serrota
23.207 2 0,0
Sierra de la Tesla-Valdivielso
Sierra de la Tesla-Valdivielso 23.959 5.417 22,6
Sierra de los Ancares
Sierra de los Ancares
Sierra de los Ancares 55.582 1.261 2,3
Sierra de Pradales 1.335 17 1,2
Sierra del Moncayo Sierra del Moncayo 7.381 565 7,7
Sierras de Urbión y Cebollera Sierra de Urbión Sierra de Urbión 65.140 336 0,5
Sitio Paleontológico de Cerro Pelado
15 2 13,7
Tejedelo 139 0 0,0
Tierra de Campiñas 139.445 132.625 95,1
Tierra del Pan 14.585 13.921 95,4 Valle de Iruelas Valle de Iruelas Valle de Iruelas 8.619 0 0,0 Valle de San Emiliano
Valle de San Emiliano
Valle de San Emiliano 55.748 2.159 3,9
Valle del Cuerpo de Hombre Valdería-Jamuz 15.931 7.966 50,0
Valle del Tiétar Valle del Tiétar 65.101 5.727 8,8
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LIC ZEPA REN Supeficie
LIC+ZEPA+REN (ha)
Superficie de tierras de
cultivo (ha) % de tierras de
cultivo
Valles del Voltoya y el Zorita
Valles del Voltoya y el Zorita 50.902 24.200 47,5
TOTAL 2.522.545 276.717 11,0
A nivel global los terrenos de labor están presentes en el 11% de la superficie protegida (LIC+ZEPA+REN), aunque ésta varía mucho en función del tipo de espacio protegido. Las zonas con mayor porcentaje de terrenos de labor están en las zonas esteparias como Oteros-Campos, Oteros-Cea, Páramo leonés, Penillanuras Campos Norte y Sur, Tierras del Pan y Tierras de Campiñas. Le siguen aquéllas asentadas sobre las vegas de los ríos, las áreas boscosas y, por último, las áreas montañosas.
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5.2 EFECTOS DERIVADOS DE LOS OBJETIVOS Seguidamente se exponen los efectos medioambientales que se prevé que produzcan
los objetivos fijados en el Plan Director de Plagas, observándose que todos tienen carácter positivo.
OBJETIVOS EFECTOS
Prestar servicio al sector agrario a través de la resolución de problemas relacionados con plagas que puedan surgir en los cultivos agrícolas en Castilla y León.
Efecto positivo sobre el sector agrario, que es el motor y el elemento primordial en la conservación del medio natural.
Fomentar la colaboración entre los distintos órganos de la Administración implicados (Consejería de Sanidad, Agricultura y Ganadería, Medio Ambiente y Universidades Públicas de Castilla y León).
Implicar a todos los sectores afectados (Organizaciones Profesionales Agrarias, cooperativas, grupos ecologistas, agricultores, Administraciones Públicas, investigadores, opinión pública) en la gestión y resolución del problema.
Aplicar el sentido de la ética a la investigación, considerando aquellas repercusiones sobre la sociedad así como en la preservación del medio ambiente.
Efecto positivo generalizado derivado de la integración de los distintos organismos públicos, y la coordinación e implicación con los sectores afectados.
Contribuir a la conservación de los recursos naturales y al desarrollo sostenible mediante la utilización de procedimientos que reduzcan la incidencia de plagas y enfermedades, respetando siempre el equilibrio natural y y no presenten efectos adversos directos o indirectos sobre la salud humana.
Potenciar la investigación aplicada y el desarrollo tecnológico dentro del sector de las plagas.
Sensibilizar respecto al medio ambiente, con el objeto de prevenir y minimizar aquellos impactos negativos derivados de nuestras actividades.
Efectos positivos generalizados sobre todos los factores ambientales.
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5.3 EFECTOS DERIVADOS DE LAS ACTUACIONES
Actuación Efecto
Prevención y vigilancia Efecto positivo por la racionalización y la implementación de procedimientos y niveles que garantizan su puesta en marcha de acuerdo con una metodología objetiva.
Control de plagas
Situaciones de crisis
Efectos positivos en el sentido que marca la ley 43/2002 de Sanidad Vegetal, en cuanto a que se garanticen condiciones de utilidad, eficacia y seguridad en el control de las plagas, especialmente en cuanto a la salud de las personas. Los efectos negativos se deberán a los daños que sobre las poblaciones animales, comunidades vegetales y ecosistemas, especialmente los más amenazados, deriven de los métodos de lucha empleados. Se deberá tener especial atención a las áreas de sensibilidad ecológica definidas en el epígrafe 3.
Son las actuaciones derivadas de la aplicación del Plan Director las que pueden causar efectos ambientales negativos, concretamente aquéllas que tienen que ver con los métodos de lucha en las fases de control y situaciones de crisis, una vez superados los niveles de alerta de una plaga concreta. Dichos efectos adquieren mayor relevancia en el caso de las áreas de mayor sensibilidad ecológica.
En el campo de la sanidad vegetal el método de lucha que más incide sobre el medio es la lucha química. En términos generales, el uso de plaguicidas puede afectar a distintos elementos del medio: suelo, agua, fauna, flora e, indudablemente, al hombre.
A diferencia de lo que ocurre en los seres vivos y/o en los medios hídrico y atmosférico, el plaguicida tiende a permanecer durante más tiempo en el suelo, ya que la metabolización o dilución es, en general, bastante más lenta.
El riesgo que conlleva la incorporación de un plaguicida al medio, depende de numerosos factores: Propiedades tóxicas del compuesto, cantidad aplicada, tipo de formulación, método y momento de aplicación, etc., y sobre todo de su movilidad y persistencia.
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De acuerdo con su toxicidad los plaguicidas se clasifican, según el RD 3349/193 que aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitataria para la fabricación, comercialización y utilización de plaguicidas, según su grado de peligrosidad para las personas de la siguiente forma:
- De baja peligrosidad
- Nocivos
- Tóxicos
- Muy tóxicos
La ordenación toxicológica de los productos fitosanitarios queda fijada por tres letras: la primera corresponde a la clasificación del producto respecto a la peligrosidad para el hombre y animales domésticos, clasificándose en cuatro categorías (A, B, C y D), siendo A y B de baja y media peligrosidad respectivamente, la C incluye productos peligrosos que exigen normas estrictas de utilización y manipulación y, finalmente, en la D están los extremadamente peligrosos, cuyo empleo debe estar controlado y efectuado únicamente por personal especializado bajo normas muy estrictas.
Las otras dos letras corresponden a la peligrosidad para la fauna silvestre; la segunda representa la toxicidad frente a la fauna terrestre (los clasificados como C no se pueden utilizar en áreas forestales ni cultivos extensivo, tales como viñedo, olivar, cereales y leguminosas) y la tercera y última expresa la toxicidad para la fauna acuícola, prohibiéndose la utilización de productos C en redes fluviales y zonas húmedas.
Es evidente que las concentraciones residuales de los plaguicidas pueden constituir, en ciertos casos, una fuente importante de contaminación en las zonas de empleo, sobre todo si su utilización ha sido prolongada. Su movilidad a través del aire y/o del agua, su acumulación y/o transformación en el medio de aplicación, y finalmente su biomagnificación -ya que pueden introducirse en las cadenas alimentarias, aumentando su concentración al pasar de un eslabón a otro- constituyen riesgos que hay que valorar y prevenir.
Las alteraciones del equilibrio ecológico entre especies y medio, son debidas principalmente a la acumulación de residuos tóxicos en el suelo y en las aguas continentales y marítimas.
Aunque los plaguicidas tienen sin duda efectos en la superficie terrestre, el principal medio de daños ecológicos es el agua contaminada por la lixiviación y escorrentía de los plaguicidas. Los dos mecanismos de contaminación más importantes son la bioconcentración y la bioampliación.
La bioconcentración se define como el movimiento de un producto químico desde el medio circundante hasta el interior de un organismo. El principal "sumidero" de algunos plaguicidas es el tejido graso ("lípidos"). Algunos plaguicidas son "lipofílicos", lo que quiere decir que son solubles y se acumulan en el tejido graso, como el tejido comestible de los peces y el tejido graso humano. Otros plaguicidas, se metabolizan y eliminan a través de las excreciones.
La bioampliación tiene que ver con la concentración creciente de un producto químico a medida que la energía alimentaria se transforma dentro de la cadena trófica. En la medida en que los organismos pequeños son devorados por los mayores, la concentración de plaguicidas y otros productos químicos se amplía de forma considerable en el tejido y en otros órganos.
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La lucha biológica consiste en el control de los agentes fitopatógenos mediante el empleo de sus enemigos naturales, generalmente mediante el uso de insectos útiles, microorganismos entomopatógenos, lucha autocida (uso de machos estériles) y uso de hormonas y feromonas.
Este método presenta una serie de ventajas de cara a la protección del medio ambiente porque evita el riesgo de intoxicaciones y el riesgo de que se produzcan efectos nocivos colaterales hacia otros organismos es escaso. Como inconveniente principal de este método figura la falta de formulaciones adecuadas para su comercialización.
Los métodos culturales no suelen presentar efectos negativos sobre el medio ambiente, salvo en casos de mala praxis.
La lucha integrada consiste en la aplicación de una combinación de todas las técnicas haciendo compatibles al máximo su interacción. Este sistema incluye métodos culturales, biológicos y químicos.
La lucha integrada es el sistema que mejor consigue el doble objetivo de mayor eficacia y menor impacto ambiental en la terapéutica agrícola.
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66 MMEEDDIIDDAASS PPRREEVVIISSTTAASS PPAARRAA PPRREEVVEENNIIRR,, RREEDDUUCCIIRR YY CCOOMMPPEENNSSAARR Entre los objetivos del Plan Director de Plagas se encuentra el de prevenir y minimizar
aquellos impactos negativos derivados de de la aplicación del mismo, así como el uso de procedimientos que reduzcan la incidencia de plagas y enfermedades respetando el equilibrio natural.
6.1 COHERENCIA NORMATIVA DEL PLAN DIRECTOR Uno de los aspectos básicos en la evaluación ambiental estratégica es asegurar la
compatibilidad y complementariedad de la planificación ambiental y territorial. Por ello, se aplicará el Plan Director de Plagas de manera coherente con la normativa y planificación sectoriales existentes, especialmente con los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales y con los Planes de Gestión de los espacios incluidos en la Red Natura 2000.
6.2 MEDIDAS EN LOS PROCEDIMIENTOS ESPECÍFICOS En el Plan Director las actuaciones que deben realizarse para la prevención y vigilancia
se concretan en la redacción de los Procedimientos Específicos a aplicar para cada una de las plagas y enfermedades integrantes del LIPECYL.
Dichos Procedimientos Específicos deberán tener en cuenta los períodos de cría de las especies de fauna silvestre amenazada a la hora de planificar las actuaciones, así como la identificación de las áreas sensibles potencialmente afectadas en el ámbito de intervención y los efectos de su puesta en marcha sobre el estado de conservación de las mismas, así como las medidas correctoras que prevengan, reduzcan , minimicen o compensen los efectos negativos de las actuaciones, especialmente los métodos de lucha en situaciones de crisis.
6.3 MEDIDAS EN EL USO DE PLAGUICIDAS
6.3.1 MEDIDAS GENERALES Respecto a las medidas correctoras en el uso de plaguicidas, todo lo expuesto pone
claramente de manifiesto la necesidad de una utilización racional de los plaguicidas, tanto por parte de los agricultores, organizaciones, distribuidores, etc., mediante el respeto estricto de las normativas y recomendaciones de uso. Si éstas se cumplen, la aplicación de estos compuestos no debe ocasionar graves daños al medio ambiente, sobre todo en un momento como el actual donde los estudios realizados al respecto son bastante profundos y la aplicación de la normativa vela por la seguridad en el empleo de plaguicidas.
La Reglamentación Técnico Sanitaria para la Fabricación, Comercialización y Utilización de Plaguicidas aprobada por el Real Decreto 3349/1983, obliga a que los plaguicidas de uso fitosanitario (o productos fitosanitarios) que hayan de utilizarse en el territorio nacional sólo puedan fabricarse y/o comercializarse si están inscritos en Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario. Esta obligación también está recogida en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de Sanidad Vegetal en su artículo 29.
Posteriormente, se publicó la Directiva 91/414/CEE, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios en la Unión Europea, buscando una unificación de las legislaciones europeas en el ámbito de los productos fitosanitarios. La Directiva establece en su Anexo I una lista única comunitaria de sustancias activas que pueden utilizarse en la formulación de productos fitosanitarios. La transposición al ordenamiento jurídico español de la Directiva
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91/414/CEE se realizó a través del Real Decreto 2163/1994, por el que se implanta el sistema armonizado comunitario de autorización para comercializar y utilizar productos fitosanitarios, modificado posteriormente por medio de diversas Órdenes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Como norma general, para los casos en los que la aplicación del Plan Director precise el uso de plaguicidas, se utilizarán productos autorizados para el cultivo de que se trate (Real Decreto 2163/1994) e inscritos en el Registro Oficial de Productos y Material Fitosanitario y, además, siempre que sea posible:
- Productos de baja peligrosidad, es decir, los que por inhalación, ingestión y/o penetración cutánea no entrañen riesgos apreciables para las personas.
- Productos de baja toxicidad para la fauna terrestre y acuícola (antigua categoría A)
- Productos de baja peligrosidad para las abejas (Categoría A, según De Liñán, 1994).
- Pesticidas específicos para solucionar el problema que se pretende resolver, debido a que éstos tienen menos efectos secundarios.
- Fitosanitarios que utilicen bajas dosis.
- Formulaciones granuladas o encapsuladas, que permiten reducir la volatilidad de la materia activa y el riesgo de contaminación en vertidos accidentales del producto la absorción cutánea en caso de contacto con la piel.
- Formulaciones microencapsuladas y de liberación lenta que pueden contribuir a la reducción del movimiento y lixiviación de los pesticidas en el suelo.
6.3.2 MEDIDAS EN LA RED HIDROLÓGICA Para reducir los efectos que pueda tener el uso de plaguicidas sobre los ecosistemas
acuáticos y sobre la calidad de las aguas, se establecerán distancias mínimas de seguridad a la red hidrológica (ríos, arroyos, embalses y zonas húmedas en general). Estas distancias se fijarán teniendo en cuenta el grado de toxicidad del plaguicida a emplear.
6.4 MEDIDAS POSITIVAS DE CARÁCTER AMBIENTAL Se considera que el fomento de sistemas de producción integrada cumplirá con el
objetivo de favorecer el control de plagas mediante medidas positivas de carácter ambiental.
La producción integrada es un método de producción agrícola que obtiene productos de calidad diferenciada, garantizando la seguridad alimentaria para el consumidor y protegiendo el medio ambiente a través de la utilización racional de los medios de producción (suelo, fertilizantes, agua y fitosanitarios) en todas las fases.
La producción integrada precisa el establecimiento de sistemas de lucha fitosanitarios que controlen las plagas y las enfermedades agrícolas utilizando de forma prioritaria métodos culturales, biológicos y naturales, sobre los químicos y eligiendo éstos de forma cuidadosa y equilibrada.
La Producción Integrada de Castilla y León se desarrolló a partir de la publicación del Decreto 208/2000, de 5 de octubre de 2000, por el que se regula la Producción Integrada de productos agrícolas de Castilla y León. Hasta el momento se han acogido a este tipo de producción integrada los siguientes cultivos: zanahoria, patata, frutales de pepita (pera y
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manzana), viñedo, lechuga, liliáceas (puerro, ajo, cebolla), remolacha de mesa, maíz dulce, cereales de invierno para la alimentación humana, cerezo.
Para la consecución de ésta medida se propone la realización de charlas divulgativas.
6.5 CUADRO RESUMEN DE MEDIDAS
Coherencia normativa del Plan Compatibilidad y complementariedad del Plan con las normativas sectoriales y
ambientales vigentes
Medidas en los Procedimientos Específicos Identificar las áreas sensibles afectadas
Valorar los efectos ambientales sobre los valores de conservación de dichas áreas
Establecer medidas preventivas, correctoras o compensadoras
Medidas en el uso de plaguicidas Productos autorizados, de baja toxicidad, específicos, que usen bajas dosis y
con formulaciones que impliquen baja volatibilidad y/o baja facilidad de lixiviación.
Establecimiento de distancias mínimas de seguridad a la red hidrológica en la aplicación de los productos fitosanitarios
Medidas positivas de carácter ambiental Fomento de sistemas de producción integrada
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77 PPRROOGGRRAAMMAA DDEE SSEEGGUUIIMMIIEENNTTOO AAMMBBIIEENNTTAALL El objetivo del Programa de seguimiento ambiental será disponer de información con
respecto a:
• Comprobar el cumplimiento de las medidas correctoras y protectoras establecidas en el ISA del Plan Director.
• El seguimiento de los efectos indirectos del desarrollo del Plan.
7.1 INDICADORES La realización del seguimiento ambiental del Plan se basa en la formulación de
indicadores que proporcionan la forma de estimar la implementación de las medidas previstas y sus resultados.
Para cada plaga incluida en el LIPECYL se elaborará una serie de fichas anuales, a modo de indicadores de realización, en la que se reflejará el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras propuestas:
Ficha nº 1: Seguimiento ambiental de los Procedimientos Específicos
Ficha nº 2: Afección a las áreas sensibles o Espacios Protegidos
Ficha nº 3: Uso de plaguicidas
He aquí un modelo de las fichas a elaborar Ficha nº 1: Seguimiento ambiental de los Procedimientos Específicos
PLAGA Métodos de control Mapa de actuaciones Afección a Espacios Protegidos
Calendario
PREVENCIÓN Y VIGILANCIA CONTROL CRISIS
FICHA Nº 2: Afección a áreas sensibles PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO: PLAGA E P incluidos en el
mapa de actuaciones
% de EP
afectado
Compatibilidad PORN o Plan
de Gestión Identificación de
impactos Medidas
correctoras Cumplimiento de las medidas correctoras
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FICHA Nº 3: Uso de plaguicidas PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO: PLAGA
Toxicidad
Materia activa Formulación Registro de productos fitosanitarios
Perso
nas
Faun
a
Abeja
s Distancia de seguridad en la red hidrológica
Como indicadores de eficacia, que midan los resultados obtenidos con la aplicación de cada medida correctora, se proponen de manera general los siguientes:
- Superficie incluida en espacios protegidos en relación con la superficie total de actuación en el control de las plagas.
- Indicador de toxicidad: Nº de plaguicidas utilizados de baja peligrosidad o tipo A respecto del total de plaguicidas empleados.
- Número de charlas de divulgación de los sistemas de producción integrada.
7.2 INFORMES Se elaborarán y remitirán al órgano ambiental informes relativos a:
- Efectiva consideración en los Procedimientos Específicos para cada plaga del LIPECYL de los períodos de cría de la fauna amenazada y la identificación de las áreas sensibles potencialmente afectadas, así como la compatibilidad con los planes de gestión o PORN de dichas áreas.
- Cumplimiento de las medidas correctoras respecto a la aplicación de plaguicidas en la fase de Control y en las Situaciones de Crisis producidas por plagas, concretamente respecto a la toxicidad de los productos y los límites de aplicación en la cercanía de corrientes, masas de agua y zonas húmedas.
- Efectos indirectos no previstos en el desarrollo del Plan.
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88 RREESSUUMMEENN NNOO TTÉÉCCNNIICCOO El Plan Director de Lucha contra las Plagas Agrícolas en Castilla y León (2008-2011),
tiene por objeto garantizar la vigilancia, control de las plagas potenciales en la Agricultura que pueden afectar a Castilla y León así como definir las actuaciones ante una situación declarada de crisis ocasionada por las mismas.
Este Plan Director tendrá como ámbito de actuación todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, exceptuando los núcleos urbanos. Resultará de aplicación a las enfermedades y plagas agrícolas. Quedan expresamente excluidas las plagas forestales dependientes de la Consejería de Medio Ambiente, así como las causadas por especies cinegéticas.
El Comité Científico de lucha contra las plagas agrícolas en Castilla y León, creado por el Decreto 11/2008, de 14 de Febrero, aprobará el Listado de Plagas y Enfermedades de Castilla y León (LIPECyL). Una vez aprobado dicho listado cada una de las comisiones especiales creadas en su seno se encargará de la redacción de los procedimientos específicos a aplicar para cada una de las plagas y enfermedades.
Uno de los objetivos estratégicos del Plan Director es Contribuir a la conservación de los recursos naturales y al desarrollo sostenible mediante la utilización de procedimientos que reduzcan la incidencia de plagas y enfermedades, respeten siempre el equilibrio natural y no presenten efectos adversos directos o indirectos sobre la salud humana.
El territorio de Castilla y León contiene una gran variedad de relieves y climas, que se traduce en una gran diversidad ecológica, como así se deduce de los espacios protegidos. Desde el punto de vista de la afección del Plan Director al medio ambiente se han incluido las siguientes áreas de sensibilidad ecológica:
o La Red de Espacios Naturales de Castilla y León.
o Las áreas de máxima protección de los Planes de Recuperación de las especies catalogadas «en peligro de extinción».
o Microrreservas de Flora que se creen al amparo del Decreto 63/2007.
o Espacios de la Red Natura 2000 (Directiva 92/43/CEE y 79/409/CEE).
o Los ecosistemas fluviales y medio hídrico en general.
Del estudio de las alternativas técnicas y de los métodos de lucha, incluida la alternativa 0, se adopta la alternativa viable, que es aquella que garantiza la vigilancia, prevención y control de las plagas. Para ello se utilizarán procedimientos que reduzcan la incidencia de plagas y enfermedades, respeten el equilibrio natural y no presenten efectos adversos directos o indirectos sobre la salud humana.
Los efectos más significativos derivados de la aplicación del Plan Director se producirán sobre aquellos lugares de mayor importancia ambiental (áreas de sensiblidad ecológica) que contengan terrenos de cultivo agrícola. A nivel global los terrenos de labor están presentes en el 11% de la superficie protegida (LIC+ZEPA+REN), aunque ésta varía mucho en función del tipo de espacio protegido. Las zonas con mayor porcentaje de terrenos de labor están en las zonas esteparias como Oteros-Campos, Oteros-Cea, Páramo leonés, Penillanuras Campos Norte y Sur, Tierras del Pan y Tierras de Campiñas. Le siguen aquéllas asentadas sobre las vegas de los ríos, las áreas boscosas y, por último, las áreas montañosas.
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El Plan Director producirá tendrá consecuencias muy positivas por la aplicación de los procedimientos de prevención y vigilancia en el sentido que marca la ley 43/2002 de Sanidad Vegetal, en cuanto a que se garantizan condiciones de utilidad, eficacia y seguridad en el control de las plagas, especialmente en cuanto a la salud de las personas.
Los efectos negativos de las actuaciones del Plan Director tienen que ver con los métodos de lucha en las fases de control y situaciones de crisis. Dichos efectos adquieren mayor relevancia en el caso de las áreas de mayor sensibilidad ecológica.
En el campo de la sanidad vegetal el método de lucha que más incide sobre el medio es la lucha química. En términos generales, el uso de plaguicidas puede afectar a distintos elementos del medio: suelo, agua, fauna, flora e, indudablemente, al hombre. El riesgo que conlleva la incorporación de un plaguicida al medio, depende de numerosos factores: Propiedades tóxicas del compuesto, cantidad aplicada, tipo de formulación, método y momento de aplicación, etc., y sobre todo de su movilidad y persistencia.
La lucha integrada consiste en la aplicación de una combinación de todas las técnicas haciendo compatibles al máximo su interacción. Este sistema incluye métodos culturales, biológicos y químicos.
Las medidas previstas para prevenir, reducir y compensar los efectos del Plan Director se resumen en la siguiente tabla:
Coherencia normativa del Plan Compatibilidad y complementariedad del Plan con las normativas sectoriales y
ambientales vigentes
Medidas en los Procedimientos Específicos Identificar las áreas sensibles afectadas Valorar los efectos ambientales sobre los valores de conservación de dichas áreas Establecer medidas preventivas, correctoras o compensadoras
Medidas en el uso de plaguicidas Productos autorizados, de baja toxicidad, específicos, que usen bajas dosis y con
formulaciones que impliquen baja volatibilidad y/o baja facilidad de lixiviación. Establecimiento de distancias mínimas de seguridad a la red hidrológica en la aplicación
de los productos fitosanitarios
Medidas positivas de carácter ambiental Fomento de sistemas de producción integrada
Para comprobar el efectivo cumplimiento de estas medidas así como el seguimiento de los efectos indirectos del desarrollo del Plan Director se define un Plan de seguimiento ambiental, que incluye la elaboración de una serie de fichas e indicadores así como la remisión de información al órgano ambiental.
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99 IINNFFOORRMMEE SSOOBBRREE LLAA VVIIAABBIILLIIDDAADD EECCOONNÓÓMMIICCAA El clima condiciona de forma importante las producciones agrarias de la Comunidad
Autónoma, las cuales coinciden con las grandes producciones europeas de cereales, carne de bovino, leche y azúcar, sectores que se están viendo seriamente afectados por los sucesivos procesos de reforma de la PAC, pero que, a su vez, favorecen la aparición de ecosistemas con una gran diversidad y valor biológico, que configuran a Castilla y León como una de las regiones de Europa con mayor riqueza natural.
Según datos de 2006, la Comunidad de Castilla y León constituye una de las principales zonas cerealistas españolas. El cultivo de cereales grano, es el más extendido y característico de la región alcanzando 2,3 millones de ha, de éstas el 30% dedicadas a trigo y el 56% a cebada.
Superficies importantes ocupan los cultivos industriales y forrajeros: remolacha 53.420 ha, girasol 137.898 ha, alfalfa 63.207 ha; leguminosas grano 153.678 ha; patatas 21.594 ha; viñedo 73.646 ha y a otros cultivos leñosos (frutales y olivar) se dedican también superficies significativas.
En la distribución de superficie para los diferentes grupos de cultivos, presentada en la siguiente tabla:
GRUPO DE CULTIVOS SUPERFICIE CyL
(miles de ha) SUPERFICIE España
(miles de ha) Porcentaje
CEREALES 2.132 6.362 33%
LEGUMINOSAS 142 502 28%
CULTIVOS INDUSTRIALES 225 623 36%
PATATA 22 846 2%
CULTIVOS FORRAJEROS 132 395 33%
HORTALIZAS 13 389 3%
VIÑEDO 72 1.162 6%
FRUTALES 6 728 0,8%
TOTAL 3.499 11.006 32%
Fuente. . Servicio de Estadística, Estudios y Planificación Agraria. CAyG. JCyL.
En los últimos años la economía de Castilla y León ha experimentado una evolución positiva. El peso del sector agrario en la economía regional, a pesar de representar un valor significativamente inferior al de otros sectores y con una evolución decreciente, es superior a la media nacional. Restringiendo el análisis del VAB a las zonas rurales de Castilla y León, el
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porcentaje del VAB que se genera en las mismas en relación con el total regional (29,5 %), supone más del doble del que se produce en las áreas rurales de España (11,9 %) y de la UE-25 (13,1 %). En términos de productividad total, la situación de Castilla y León es similar a la media nacional, aunque significativamente inferior la media de la UE-25. La situación mejora cuando este estudio se limita a las zonas rurales, donde los valores regionales superan significativamente a los nacionales y se acercan a los comunitarios, debido a que la productividad del sector agrario en Castilla y León es superior a la media. A pesar de ello, en las zonas rurales se observan niveles de actividad inferiores a los urbanos, agudizándose el problema en el caso de las mujeres. El sector agrario y la industria agroalimentaria adquieren un carácter estratégico para la economía regional y por lo tanto para el desarrollo de la región. Hay que seguir instrumentando medidas que contribuyan a incrementar la productividad al objeto de alcanzar un mayor grado de competitividad. Además, hay que desarrollar actuaciones dirigidas a la diversificación de actividades en las zonas rurales, con el fin de que la tasa de actividad media de las mismas se asemeje a la de las ciudades, con especial hincapié en las mujeres, (Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León 2007-2013).
Porcentaje de VAB en zonas rurales 2002 UE25 España Castilla y León 13,1 11,9 29,5
Porcentaje de empleo en zonas rurales 2002 UE25 España Castilla y León 16,3 13,2 29,2
VAB Total 2002 (En miles de euros) UE25 España Castilla y León
9.811.287.700 661.540.000 36.110.061 Empleo Total 2002 (En miles de personas) UE25 España Castilla y León
192.190,1 16.630,3 921,7 VAB Rural 2002 (En miles de euros)
UE25 España Castilla y León 1.285.278.689 78.723.260 10.652.468
Empleo Rural 2002 (En miles de personas) UE25 España Castilla y León
31.326,9863 2.195,2029 269,1218 Productividad Total 2002 (€/ocupado)
UE25 España Castilla y León
51.049,9 39.779,1 39.179,8 Productividad en zonas rurales 2002 (€/ocupado)
UE25 España Castilla y León 41.027,8 35.861,5 39.582,3 Fuente: Eurostat e Instituto Nacional de Estadística. Programa de Desarrollo Rural de CyL 2007-20013
La productividad en las zonas rurales en Castilla y León (39.582,3 €/ocupado) supera en casi 4.000 euros por ocupado la media nacional (35.861,5 €/ocupado) y se halla por debajo
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de la media comunitaria (41.027,8 €/ocupado) en algo más de 1.500 euros por ocupado. Este hecho obedece a que la productividad del sector agrario en Castilla y León es superior a la media nacional.
Como se ha comentado, el Plan Director persigue el diseño de un adecuado sistema de evaluación de riesgos, la elaboración de protocolos y la preparación de las medidas de coordinación necesarias, diseñando las políticas, procedimientos y cometidos oportunos, y previendo la dotación estratégica y movilización de recursos necesaria, así como la educación, capacitación, información y trabajo comunitario convenientes para asegurar una efectiva Vigilancia , Control; y, en último extremo, la definición de la actuación ante una situación declarada de Crisis. Para esto se definirán Procedimientos Específicos de actuación, que conformarán el LIPECyL con un presupuesto específico para cada caso.
Aunque a priori no se puede conocer el coste de las medidas correctoras propuestas, parece que no implican inversiones importantes, ya que principalmente se dirigen a establecer un diseño de una programación que establezca unos criterios de prioridades y beneficiarios principales que serán definidos con mayor detalle en los Procedimientos Específicos y su coste dependerá de las naturaleza y magnitud de las medidas, o que puedan afectar a espacios sensibles desde el punto de vista ambiental.
Así pues, desde el punto de vista de la Viabilidad económica la no aplicación del Plan Director implica poner en riesgo la viabilidad económica de muchas explotaciones agrarias, sin contar con los gastos derivados de las consecuencias sanitarias que puede suponer.
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Tierra de Campiñas
Alto Sil
Arribes del Duero
Sierra de Gredos
Valle del Tiétar
Sierra de Guadarrama
Picos de Europa en Castilla y León
OmañasSierra de los Ancares
Valle de San Emiliano
Sierra de Urbión
Montes Obarenes
Sierra de la DemandaLa Nava-Campos Norte
Altos de Barahona
Campo de Azaba
Oteros-Campos
Pinares del Bajo Alberche
Llanuras del Guareña
Montes Aquilanos
La Nava-Campos Sur
Humada-Peña Amaya
Hoces del Alto Ebro y Rudrón
Sabinares del Arlanza
Lagunas de Villafáfila
Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina
Picos de Europa
Camino de Santiago
Quilamas
Tierra del Pan
Sierra de la Cabrera
Lago de Sanabria y alrededores
Penillanuras-Campos Sur
Cañones del Duero
Campo de Argañán
Sierra de la Tesla-Valdivielso
Encinares de los ríos Adaja y Voltoya
Campo Azálvaro-Pinares de Peguerinos
Candelario
Valdería-Jamuz
Valle de Iruelas
Valles del Voltoya y el Zorita
Las Batuecas-Sierra de Francia
Campos de Alba
Altos Campos de Gómara
Lagunas de Cantalejo
Monteagudo de las Vicarías
Cañón del Río Lobos
Penillanuras-Campos Norte
La Nava-Rueda
Páramo Leones
Páramo de Layna
Oteros-Cea
Campo de Aliste
Riberas de Castronuño
Embalse del Ebro
Cihuela-Deza
Hoces del Río Riaza
Encinares de la Sierra de Avila
Sierra del Moncayo
Hoces del Río Duratón
Dehesa del Río Gamo y el Margañan
Cerro de Guisando
Montes de Miranda de Ebro y Ameyugo
Monte Santiago
Río Alagón
Riberas de los Ríos Huebra y Yeltes
Río Agueda
Riberas del Pisuerga
Lagunas del Canal de Castilla
Alto Sil
Arribes del Duero
Sierra de Gredos
El Rebollar
Valle del Tiétar
Sierra de la Demanda
Sierra de Guadarrama
Sierra de la Culebra
Picos de Europa en Castilla y León
Sierra de los Ancares
Valle de San Emiliano
Montes Obarenes
Altos de Barahona
Omañas
Campo de Azaba
Pinares del Bajo Alberche
Sabinares del Arlanza
Humada-Peña Amaya
Hoces del Alto Ebro y Rudrón
Sierras de Urbión y Cebollera
Fuentes Carrionas y Fuente Cobre-Montaña Palentina
Picos de Europa
Montaña Central de León
Sabinares Sierra de Cabrejas
Quilamas
Ojo Guareña
Lago de Sanabria y alrededores
Las Batuecas-Sierra de Francia
Sabinares del Jalón
Sierra de la Cabrera
Sierra de Ayllón
Candelario
Sierra de la Paramera y Serrota
Cañones del Duero
Sierra de la Tesla-Valdivielso
Montes Aquilanos y Sierra de Teleno
Valles del Voltoya y el Zorita
Campo Azálvaro-Pinares de Peguerinos
Encinares de los ríos Adaja y Voltoya
Cañón del Río Lobos
Valle de Iruelas
Lagunas de Cantalejo
Campo de Argañán
Encinares de la Sierra de Avila
Oncala-Valtajeros
El Carrascal
Embalse del Ebro
Rebollares del Cea
Montes del Cerrato
Sierra del Moncayo
Riberas de Castronuño
Páramo de Layna
Cigudosa-San Felices
Hoces del Río Riaza
Hoces de Vegacervera
Valle del Cuerpo de Hombre
Lagunas de Villafáfila
Covalagua
Hoces del Río Duratón
Quejigares de Gómara-Nájima
Cerro de Guisando
Lagunas de los Oteros
Montes Torozos y Páramos de Torquemada-Astudillo
Monte Santiago
Campo de Aliste
Las Tuerces
Bosques del Valle de Mena
Montes de Valnera
Sabinares de Ciria-Borobia
Montes de Miranda de Ebro y Ameyugo
Riberas de los Ríos Huebra, Yeltes, Uces y afluentes
Sabinares de Somosierra
Sierra de Pradales
Encinares de Sierra del Costanazo
Quejigares y encinares de Sierra del Madero
Riberas del Río Duero y afluentes
Encinares de Tiermes
Laguna de La Nava
Riberas del Río Aliste y afluentes
Pinar de Losana
Salgüeros de Aldeamayor
Lagunas de Tera y Vidriales
Riberas del Río Agueda
Riberas del Río Esla y afluentes
Riberas del Río Pisuerga y afluentes
Riberas del Río Tera y afluentes
Riberas del Río Alagón y afluentes
Riberas del Río Adaja y afluentes
Riberas del Ayuda
Robledales del Berrún
Riberas del Río Tormes y afluentes
Riberas del Río Cega
Pinar de Hoyocasero
Riberas del Río Cea
Riberas del Río Arlanza y afluentes
Tejedelo
Humedales de Los Arenales
Riberas del Río Arlanzón y afluentes
Riberas del Río Alberche y afluentes
Riberas del Río Nela y afluentes
Quejigares de la Tierra del Vino
Riberas del Río Tirón y afluentes
Riberas del Río Orbigo y afluentes
Riberas del Río Carrión y afluentes
Riberas del Río Manzanas y afluentes
Riberas del Río Sil y afluentes
Riberas del Río Tuela y afluentes
Sierra de la Encina de la Lastra
Riberas del Zadorra
Lagunas de Coca y Olmedo
Riberas del Río Oca y afluentes
Riberas del Río Duratón
Lagunas de Santa María la Real de Nieva
Riberas del Río Cidacos y afluentes
Riberas del Río Riaza
Riberas del Río Agadón
Canal de Castilla
Riberas del Río Ebro y afluentes
Lagunas del Canal de Castilla
Cueva de los Murciélagos
GUADARRAMA
ARRIBES DEL DUERO
SIERRA DE ANCARES
SIERRA DE GREDOS
EL REBOLLAR
SIERRA DE URBIÓN
SIERRA DE LA DEMANDA
SIERRA DE LA CULEBRA
PICOS DE EUROPA EN CASTILLA Y LEÓN
VALLE DE SAN EMILIANO
MONTES OBARENES
LAGUNAS DE VILAFÁFILA
QUILAMAS
OJO GUAREÑA
CANDELARIO
LA NAVA Y CAMPOS DE PALENCIA
SABINARES DEL ARLANZA
FUENTES CARRIONAS Y FUENTE COBRE- MONTAÑA PALENTINA
HOCES DE ALTO EBRO Y RUDRÓN
LAS BATUECAS-SIERRA DE FRANCIA
LAGO DE SANABRIA Y ALREDEDORES
SIERRAS DE LA PARAMERA Y SERROTA
VALLE DE IRUELAS
CAÑÓN DEL RÍO LOBOS
LAS MÉDULAS
PICOS DE EUROPA Y PICOS DE EUROPA EN CASTILLA Y LEÓN
PICOS DE EUROPA
HOCES DEL RÍO RIAZA
HOCES DE VEGACERVERA
HOCES DEL RÍO DURATÓN
COVALAGUA
RIBERAS DE CASTRONUÑO - VEGA DEL DUERO
MONTE SANTIAGO
LAS TUERCES
HAYEDO DE RIOFRÍO DE RIAZA
LAGO DE TRUCHILLAS
LAGO DE LA BAÑA
SIERRA DE LA ENCINA DE LA LASTRA
LA FUENTONA
PINAR DE HOYOCASERO
SABINAR DE CALATAÑAZOR
SITIO PALEONTOLÓGICO DE CERRO PELADO
Salina 3
Laguna Sapo
Laguna Luc¡a
Laguna Verde
Laguna Honda
Laguna NegraLaguna Larga
Pozo Butrero
Laguna OrugaLaguna BravaLaguna Larga
Laguna Negra
Bodón Blanco
Tres Lagunas
Laguna Grima
Laguna Honda
Laguna Parva
Laguna Grande
Laguna Helada
Laguna Velaza
Lago de Isoba
Laguna de Som
Laguna de Cal
Bodón Juncial
Laguna Sierna
Laguna Vallor
Lagunas Sentiz
Laguna Redonda
Laguna del Oso
Laguna del OjoLaguna Cerrada
Laguna del OjoLaguna Herrera
Laguna El Miro Laguna de Lago
Laguna El Lago
Laguna del Rey
Laguna Barrosa
Laguna Pedriña
Laguna Cuadrada
Laguna del Cura
Laguna del LomoCharca de Rueda
Turbera del Ves
Laguna de Ribas
Lagunas del Ves
Laguna de Judes
Laguna del Buey
Laguna de Ciria
Laguna de Linos
Laguna de Boada
Laguna de Bamba
Laguna de Patos
Laguna del Gutre
Laguna del Barco
Laguna del Duque
Laguna de Abarca
Laguna del Deseo
Laguna del Señor
Laguna Cebollera
Lago de Carucedo
Lagos de La Baña
Laguna La Laguna
Lago del Ausente
Laguna La Laguna
Laguna de Llagán
Embalse del Ebro
Azud de RiolobosCharca del Campo
Lagunas Reales 1Lagunas Reales 2
Lagunas Herbosas
Laguna de Carros
Laguna del Cancho
Charcas del Cruce
Toja del Pescador
Charca de la RayaCharca de Reyerta
Laguna del Ucieza
Charca del Juncal
Laguna de Cabañas
Turbera de CantosLago de Las Lomas
Laguna de La Muña
Laguna de La Vega
Laguna de El Royo
Laguna de la Sima
Laguna de Borobia
Embalse de Sobrón
Laguna del Cristo
Laguna de la Vega
Turbera del Geijo
Laguna de Sotillo
Laguna de Ventosa
Charca de Rosalejo
Charca del Arroyal
Charca del Rosillo
Laguna de Pradales
Laguna de En medio
Laguna de La Tenca
Laguna de Las Eras
Laguna del GamonazLaguna de Vallejos
Laguna de La Zarza
Laguna de La Zarza
Embalse de C rdena
Turbera de Lacillo
Laguna de Barillos
Laguna del Chorrito
Embalse del Voltoya
Embalse de Rosarito
Laguna de San Antón
Lagunas del Trampal
Lagunas del TrampalLagunas del Trampal
Lagunas de Belmonte
Charca del Tencario
Charca de Valdemora
Laguna de NavamazosLaguna del Carrizal
Laguna de MansegosaLaguna del Hornillo
Laguna de los Picos
Laguna de Grajalejo
Laguna de Cifuentes
Laguna de La Mata 1
Laguna de La Mata 2
Embalse de San José
Laguna de Arbellina
Turbera de la Clara
Laguna de Castrillo
Laguna del Novillero
Charca del Paramillo
Laguna de Valchivita
Laguna de Ontanillas
Laguna de los Pollos
Laguna de La Iglesia
Laguna de los Llanos
Laguna de Moj¢n Alto
Laguna Majada Lobito
Laguna de Las Verdes
Lagunas de B rcena 2Lagunas de Bárcena 1
Laguna de San Marcos
Laguna de la Cervera
Charca de la Cervera
Lguna de las Paneras
Laguna de Pozo Oscuro
Laguna de El Campillo
Laguna de La Hinojosa
Laguna de la Dehesa I
Embalse de Monteagudo
Laguna del Pozo Negro
Turbera del Alto Tera
Charca de la Membrilla
Charca de Fuentemimbre
Lagunas de Pedro Rubio
Laguna de Villaciervos
Lagunas del Chorradero
Laguna de la Dehesa II
Lagunas de la Piatorta
Laguna del Padornelo 2Laguna del Padornelo 1
Lagunas de Lavajo Chico
Lagunas de Caballo Alba
Laguna de las Cabezadas
Laguna de los Carnachos
Embalse de Santa Teresa
Laguna de Los Lavajales
Laguna de las Higuillas
Turbera del Padornelo 2
Laguna de Los Caballeros
Carcha del Parporquero I
Laguna de Los Carrizales
Lagunas de Lavajo Grande
Laguna de Villaciervitos
Turbera de Xan de Llamas
Lavajo de Las Lavanderas
El Barquillo de la LagunaTurbera de Las Lagunillas
Charca de la Esclusa n§ 4
Carcha del Parporquero II
Lago del Pozo de Curavacas
Laguna de Chozas de Arriba
Laguna Grande de Campanero
Embalse de la Santa Espina
Laguna de las Sanguijuelas
Charca de las Casas del Rey
Lagunas de Medina del Campo
Laguna de las Alcantarillas
Turbera de las Sanguijuelas
Embalse de Aguilar de Campoo
Turbera del Sel de la Fuente
Embalses de Linares del Arroyo
Laguna Glaguna Grande de Gredos
Laguna de los Sotillos Encimeros
Laguna de Villadangos del P ramo
Laguna de los Llanos de la Herrada
Laguna Grande de Bercianos del Real Camino
LEON
BURGOS
SORIA
AVILA
ZAMORA
SALAMANCA
PALENCIA
SEGOVIA
VALLADOLID
Ámbito de aplicación: terrenos de labor
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Red de Espacios Naturales de Castilla y LeónÏø Zonas húmedas de interés especial
Red Natura 2000
LIC (Lugar de Interés Comunitario)
ZEPA (Zona de Especial Conservación para las Aves)
Red hidrográfica
Embalses
Título:
PLAN DIRECTOR DE LUCHA CONTRA LAS PLAGAS AGRÍCOLASEN CASTILLA Y LEÓN 2008-2011
Título del Plano:Plano nº:
Escala:
Fecha:
ÁMBITO DE APLICACIÓN YÁREAS DE SENSIBILIDAD ECOLÓGICA
único
NOVIEMBRE 2008
1:450.000
INFORME DE SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL