Comercio Internacional Unidad I I TEORIAS DEL COMERCIO INTERNACIONAL.
PAGOS EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
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NEGOCIOS INTERNACIONALES
“FORMAS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL”
ABRIL 10 Y 17 DE 2010
UNIVERSIDAD LIBRE DE COLOMBIA
SECCIONAL PEREIRA
ESPECIALISTA JAVIER RIOS GOMEZ
“LOS PAGOS EN EL COMERCIO INTERNACIONAL”
TEMARIO : EL CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE
MERCADERIAS (CCIM) LA CONVENCION DE LAS NACIONES UNIDAS, QUE
ADOPTO EL CCIM BASE JURIDICA COLOMBIANA PARA LOS CCIM : LEYES,
DECRETOS RIESGOS EN EL COMERCIO INTERNACIONAL MODALIDADES Y MEDIOS DE PAGO EN EL CI CARTAS DE CREDITO, COBRANZAS DCOUMENTARIAS ,
GIROS DIRECTOS REGLAS Y USOS UNIFORMES DE LA CCI PARA LAS L/C Y
LAS COBRANZAS DOCUMENTARIAS
EL CONTRATO DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL
El CCIM es el elemento central de toda transacción comercial, se constituye en el punto de partida de todo negocio en el comercio internacional y el instrumento jurídico por excelencia de la actividad económica mundial.
El CCIM es la figura típica del comercio Internacional bajo cuyas normas se desenvuelven la importación y la exportación, y constituye el acuerdo de voluntades con fines lucrativos, entre partes cuyos centros operativos se encuentran en países distintos, sobre una mercancía lícita que debe pasar por Aduanas.
OPERADORES DE LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
En la negociación y perfeccionamiento de la compra venta internacional, resulta importante identificar el canal de comercialización, vale decir, si es con operadores directos u operadores indirectos o intermediarios, constituidos por personas naturales o jurídicas que actúan por cuenta propia o por un tercero y bajo riesgos propios o por cuenta del tercero.
I. Operadores Directos:El exportador (vendedor) quien emite la factura comercial y
puede ser: el fabricante, un distribuidor o dealer, un comerciante, un comisionista (a nombre propio) y un franquiciado.
OPERADORES DE LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
El Importador (comprador) quien para el mismo efecto debe declarar la condición de su vendedor, por ejemplo si es el fabricante, etc. el que factura. El importador según los formularios aduaneros, puede ser: un fabricante, un Mayorista, un minorista, un usuario.
II. Operadores Indirectos:
Son aquellos operadores intermediarios, que facilitan el acceso a un determinado mercado del exterior y que puede asegurar mejores condiciones de eficacia, durabilidad, rentabilidad, presencia del producto y de la marca en dicho mercado, actúan en virtud de un contrato de intermediación comercial en representación de otro. Estos pueden ser:
OPERADORES DE LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Broker, es el que actúa en mérito a un contrato de corretaje o mediación por el cual pone en contacto al comprador con el vendedor a quienes les vende información comercial cobrándoles la comisión pactada.
Comisionista, es el que actúa en mérito a un contrato de comisión celebrado con una de las partes, por el cual participa por cuenta del comitente (quien lo contrata), cobra una comisión. Los comisionistas pueden ser: De venta (coloca pedidos) o de compra (comisionista por una sola transacción).
Agente Comercial, es el que actúa a mérito de un contrato de agencia suscrito con el vendedor, por el cual puede colocar pedidos (intermediario) o vender de stock por su cuenta y riesgo, estando facultado para prestar servicios de postventa.
Sucursal, es la empresa que actúa vinculada financieramente con su matriz, quien tiene acciones en la sucursal y le dicta la política a seguir.
PROCESO DE NEGOCIACIÓN EN LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
FASES OPERATIVASLa información y la confianza constituyen los pilares del marco negociador,
siendo la concertación y la implementación del contrato de compra venta internacional la culminación del proceso de negociación, cuyas fases operativas son básicamente:
a) La iniciación, que se efectúa a través de un pedido de cotización mediante el cual el importador o su representante solicitan al proveedor extranjero hacer de su conocimiento las condiciones comerciales en que están dispuestos a concertar. La iniciación también puede corresponder al vendedor a través de una oferta que expresa una propuesta sobre el bien que se ofrece al comprador.
b) La negociación, a través de la oferta del vendedor, en la que se busca la conformidad de las partes. El comprador puede hacer una contra oferta y si el vendedor la acepta se produce una nueva oferta que remplaza a la anterior y debe contar con la conformidad del comprador.
PROCESO DE NEGOCIACIÓN EN LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
c) El perfeccionamiento a través de una Orden de Compra o Nota de Pedido mediante el cual el vendedor, dentro del plazo de la oferta, conoce la aceptación del comprador (teoría de la recepción), no siendo indispensable que exista un contrato de compraventa, salvo que las partes lo consideren necesario.
d) La implementación de la compraventa que es la fase en la que se expiden los documentos financieros y/o comerciales y en la que además, participan los operadores conexos quienes implementan la transacción comercial desde el acondicionamiento de la mercancía hasta la ejecución del contrato (concertado o suscrito) sin intervenir en lo pactado: Empresas porteadoras, de seguros, Bancarias , Almacenes, Agencias de adunas, Agencias Consolidadoras de carga etc.
ETAPAS DE LA NEGOCIACION INTERNACIONAL
Oferta
Reuniones oficiosas
Cara a Cara
Formulación de Estrategia
Ejecución Administración
ETAPAS DEL PROCESO DE NEGOCIACION INTERNACIONAL
LA OFERTA : Primer contacto y recolección de la información
REUNIONES OFICIOSAS : Percepción, cooperación, conflicto, etc.
FORMULACION DE ESTRATEGIAS: establecer limites de negociación en cada termino
NEGOCIAR CARA A CARA el contrato en cada uno de los términos
EJECUCION : Iidioma, recapitulación
ADMINISTRACION
IMPORTANCIA DE LOS ASPECTOS JURIDICOS EN LA COMPRA VENTA INTERNACIONAL
Con idiomas, monedas, costumbres, tradiciones y culturas diferentes, además, con legislaciones distintas, que hacen necesaria la adopción de tratados y acuerdos de carácter regionales y multinacionales
Exportar a otro país SIGNIFICA ingresar productos
y servicios a mercados diferentes del nuestro.
CONTRATO: Es el acuerdo de dos o mas partes para crear, regular, modificar o extinguir una relación jurídica patrimonial (COMPRAVENTA)
BUENA FE: Los contratos deben negociarse, celebrarse y ejecutarse de buena fe.
RESOLUCIÓN: Deja sin efecto un contrato válido por causa sobreviniente a su celebración
CONSENTIMIENTO: El contrato queda perfeccionado en el momento y lugar en que la aceptación es conocida por el ofertante
OBJETO CONTRACTUAL: Consiste en crear, modificar o extinguir obligaciones
FIRMA DEL CONTRATO: Requisitos indispensable, por escrito o aceptación digital
CONCEPTOS BASICOS DE LOS CONTRATOS
CONVENCIÓN DE VIENA – 1980 SOBRE LOS CCIM
Con el propósito de establecer reglas comunes para la compraventa internacional, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) propuso una reglamentación general y simple, a fin de que pudiera ser aplicada independientemente de cualquier legislación nacional, las reglas de la CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS CONTRATOS DE COMPRA VENTA INTERNACIONAL DE MERCANCÍAS, adoptadas en Viena el 11 de abril de 1980.
La Convención esta referida a mercancías, es decir a la Compra venta Internacional de bienes entre partes, que tengan sus establecimientos en estados diferentes, sin tener en cuenta la nacionalidad de las partes, pero sí el carácter comercial del contrato.
La Convención consta de 101 artículos divididos en partes, Capítulos y secciones.
BASE JURIDICA COLOMBIANA EN RELACION CON LOS CCIM Y LAS L/C
Colombia adhirió a la “Convención sobre Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías” mediante la Ley 518 de Agosto 4 de 1999, la que entró en vigor el 1º. de Agosto de 2002, con la expedición del Decreto 2826 de Diciembre de 2001.
http://javierriosgomez.blogspot.com/2010/04/ley-518-de-1999.html
http://javierriosgomez.blogspot.com/2010/04/el-contrato-de-compraventa.html
PRINCIPALES REGLAS DE LA CONVENCIÓN DE VIENA DE 1980
Ámbito de aplicación.- La convención se aplica a los contratos de compra venta de mercancías entre partes que tengan sus establecimientos o centros de operaciones en Estados diferentes o que se encuentren en países distintos, regulando exclusivamente sobre la formación del contrato y los derechos y obligaciones del comprador y del vendedor.
Interpretación.- El principio que debe guiar la interpretación de la Convención es su carácter internacional y la necesidad de promover la uniformidad de su aplicación y de asegurar la observancia de la buena fe en el comercio internacional, debiendo las declaraciones y otros derivados de los contratos interpretarse de conformidad con la intención de las partes.
Forma del contrato.- La convención consagra la regla general de que el contrato de compra venta internacional no está sujeto a ningún requisito formal.
PRINCIPALES REGLAS DE LA CONVENCIÓN DE VIENA DE 1980
Perfeccionamiento del contrato.- La Convención en su Parte II – Formación del Contrato, artículos 14 al 24, regula lo corcerniente a la oferta, la revocación de la oferta por el oferente, la aceptación, el retiro de la aceptación por el destinatario y el perfeccionamiento del contrato.
Obligaciones del vendedor.- Entregar mercaderías, transmitir su propiedad, entregar los documentos relacionados con ellas en las condiciones pactadas en el contrato o establecidas en la convención.
Obligaciones del comprador.- pagar el precio y recibir las mercaderías en las condiciones pactadas en el contrato o establecidas en la Convención.
PRINCIPALES REGLAS DE LA CONVENCIÓN DE VIENA DE 1980
Transmisión del riesgo.- En los contratos de compra venta internacional (Compra venta a distancia) se debe establecer en qué momento el vendedor transmite al comprador el riesgo sobre las mercancías objeto del contrato. Resulta fundamental el punto de entrega de la mercancía, pues el riesgo por perdidas y daños se traspasa en el mismo momento en que se transfieren las mercancías, bajo el principio “res perit domino” (la cosa se pierde para su dueño).
Caso fortuito y fuerza mayor.- la Convención en su art. 79 establece el principio de culpabilidad en el incumplimiento de las obligaciones como causal de responsabilidad. De modo que una parte no es responsables si prueba que el incumplimiento es ajeno a su voluntad, pero tiene la obligación de notificar a la otra parte la existencia del impedimento .
PRINCIPALES REGLAS DE LA CONVENCIÓN DE VIENA DE 1980
Efectos de la resolución del contrato.- Ambas partes quedan liberadas de las obligaciones emergentes del contrato, salvo la indemnización de daños y perjuicios que pueda ser debida.
El comprador de estar obligado restituirá el precio abonando también los intereses a partir de la fecha en que se haya efectuado el pago.
El vendedor de estar obligado restituirá las mercancías, debiendo pagar al comprador el importe de todos los beneficios que haya obtenido de dichas mercancías.
Conservación de las mercancías.- la Convención consagra la regla de que cualquiera que sea el derecho que tengan las partes con motivo de la actuación de la otra, ambas partes tienen siempre la obligación de adoptar todas las medidas que sean razonables para la conservación de las mercancías objeto del contrato.
ESTRUCTURA DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA: CONVENCIÓN DE VIENA
AMBITO DE APLICACIÓNY DISPOCIONES GENERALES
FORMACIÓN DELCONTRATO
DISPOSICIONES FINALES
COMPRAVENTA DE MERCADERÍAS : Obligaciones
del vendedor y comprador, transferencia de riesgos
ESQUEMA DEL CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL
Propuesta de modificaciónA la cotización (contraoferta)
(comprador)
Aceptación
RESPUESTA PARCIAL DE ACEPTACIÓN2DA. CONTRAOFERTA(VENDEDOR) OBLIGACIONES
DEL VENDEDOR
NACIMIENTODEL CONTRATO
Cotización oferta inicial(VENDEDOR)
• Entrega de mercancía• Transferencia de propiedad
• Entrega de documentos
OBLIGACIONESDEL COMPRADOR
* Pagar precio* Recepcionar mercancía
EJECUCIÓNDEL CONTRATO
SOLICITUD DE COTIZACIÓN(COMPRADOR)
TERMINOS DE UN CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL
IDENTIFICACION DE LOS CONTRATANTES OBJETO DEL CONTRATO EL PRECIO Y CONDICIONES DE VENTA CONDICIONES DEL PAGO PLAZOS Y CONDICIONES DE LA ENTREGA MEDIO DE TRANSPORTE Y SEGURO GARANTIAS RESPONSABILIDADES DE LAS PARTES
LOS RIESGOS EN LAS NEGOCIACIONES INTERNACIONALES
RIESGO DE MERCADO
RIESGO POLITICO, RIESGO PAIS
RIESGO CAMBIARIO
RIESGO DE PERDIDA DE LA MERCANCIA
RIESGO DE PAGO
FRAUDE INTERNACIONALEl riesgo de pago puede ocurrir, cuando no se tienen
garantías y no se tienen antecedentes del comprador en cuanto a: Reputación, capacidad de endeudamiento, capacidad de pago, seriedad, hábitos de pago, etc.
http://www.bancoldex.com/documentos/asesorneginternacional/asesorint.html?asesorint.html%7C%3Cfont%20face%3Dverdana%20size%3D1%3E%26nbsp%3B%9D%20Gerente%3C/font%3E%7C%23000000%7C%23FFFFFF%7C%23e0e0e0%7C%23a0a0a0
Embarque
Pre-embarque Post- Embarque
Anticipo Crédito
Contado
MODALIDADES DE PAGO EN EL CCI
Cuenta Abierta
Instrumentos Bancarios (Sujetos a Entrega de Documentos)
Transferencia bancaria o Giro Directo
Cheque
Carta de Crédito
Cobranza Documentaría
Letra Avalada
Promissory NoteGarantías Stand By
COMO SE HACE EL PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL ???
TRANSFERENCIA BANCARIA O GIRO DIRECTO
Traslado de recursos de un banco a otro por solicitud de un ordenante a favor de un beneficiario.
Antes del Embarque: se genera un anticipo y por consiguiente el exportador tiene un plazo fijo para embarcar la mercancía.
Después del Embarque: tiene que hacer presentación de los documentos de embarque (b/l) al intermediario O en su defecto el DEX junto con la factura.
FORMAS DE PAGO EN EL CI
PREOCUPACION
DEL EXPORTADOR PREOCUPACION DEL IMPORTADOR
pago
MERCANCIA / ENVIO
mercancía
?
CANCELACION / PAGO
¿US$?
¿Si embarco antes y no me pagan?
¿Si pago antes y no me
embarcan?
Exportador Importador
• Operación en Cuenta Abierta.• Se asumen todos los riesgos en la negociación.• Plazos entre 30 y 90 días.• Negociación rígida. • Instrumentos: Letras, Contratos, Facturas, Pólizas de Seguro.
Bienes
Paga USD
Negociación
COMO SE REALIZA UNA NEGOCIACION TRADICIONAL
El Crédito Documentario o Carta de crédito es un instrumento de pago, emitido por un Banco en el país del comprador, el cual a solicitud y de conformidad con las instrucciones del cliente Comprador u ordenante, se obliga a pagar ( a la vista o a plazo) a un Vendedor una suma convenida, contra la entrega de documentos que demuestren que se ha producido el embarque de mercancías.
Los créditos documentarios o cartas de crédito, se deben tramitar con sujeción a las “Reglas y Usos Uniformes de la Cámara de Comercio Internacional”
http://javierriosgomez.blogspot.com/2010/04/ucp-600.html
Créditos documentarios o Cartas de crédito
MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
02/04/2006
Documentos Financieros y Documentos Financieros y ComercialesComerciales
Documentos Financieros, son los que se utilizan para efectuar pagos: letra de cambio, pagaré, cheque, comprobante de pago y demás documentos de crédito o de cobranza similares que se utilicen para obtener el pago.
Documentos Comerciales, son los que sirven para acreditar la compraventa entre las partes, el envío de las mercancías y su disponibilidad.
Los documentos comerciales pueden ser Primariosy Operativos.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
02/04/2006
Los documentos primarios,son los que se utilizan desde la iniciación hasta el perfeccionamiento de la compraventa internacional: carta de presentación del exportador, solicitud de cotización del importador, oferta del exportador, contra oferta del comprador, confirmación del pedido por el exportador que precisa el envío y forma de pago sin modificar la oferta, factura proforma que no es definitiva etc. Es de advertir que los documentos primarios pueden ser obviados, como es en el caso de los contratos verbales.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
Documentos Financieros y Documentos Financieros y ComercialesComerciales
Los documentos operativos,son los que evidencian la implementación del contrato de compraventa: La factura comercial que se expide por el exportador luego de haberse concluido la negociación contractual; el documento de transporte que acredita el despacho de la mercancía por el medio de transporte utilizado, expedido por el transportista designado que varía según sea el medio que se utilice para el envío de la mercancía al comprador; el Packing List o Lista de Empaque o relación de contenido que lo emite al transportista; la Póliza de Seguro, los Documentos de Certificación (de origen, sanitarios, de verificación etc) y todo documento utilizado para operativizar el despacho.Normalmente, el pago en la compraventa Internacional se hace contra la presentación de los documentos operativos indicados en la orden de pago o bien contra la aceptación de la letra de cambio de ser el caso.
02/04/2006
Bancos Intervinientes (Intermediación Bancaria)
1. Banco Emisor, que emite la carta de crédito a solicitud de sucliente que es el Importador.2. Banco Notificador o avisador, que notifica o avisa y transmite el crédito al exportador.3. Banco Pagador o Banco Corresponsal, es el que paga la carta de crédito al exportador, previa entrega y examen de ladocumentación que requiere el importador.4. Banco Negociador, es el que descuenta, adelante o paga porcuenta del banco emisor. Puede ser el banco notificador.5. Banco Reembolsador,es el que paga al banco negociador por cuenta del emisor y a solicitud del banco negociador, previoacuerdo con el banco emisor.
Las Cartas de Crédito se distinguen conla sigla L.C (Letter of Credit)
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
Créditos Documentarios Créditos Documentarios (Carta de Crédito)(Carta de Crédito)
02/04/2006
Créditos Documentarios Créditos Documentarios (Carta de Crédito)(Carta de Crédito)
La Carta de Crédito es el documento bancario esencial por el cual un Banco se obliga a pagar al Exportador por cuenta del Importador en un plazo y contra entrega de determinados documentos. Representa la forma de pago internacional más utilizada mundialmente.
El Importador, ordenante o comprador es el que pide a un banco emisor que emita la carta de crédito (solicitud de apertura de crédito documentario).
El Exportador, beneficiario o vendedor es a favor de quien viene dirigida la carta de crédito y la recibe por intermedio del banconotificador.
IMPORTANTEIMPORTANTE
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
ESQUEMA DE UNA L/C DE EXPORTACION
REQUISITOS PARA ABRIR UNA L/C
Tener cuenta corriente
Presentar documentos
Cumplir con garantías
Solicitud
Seguro
Sol.Crédito externo
Licencia previa
Proforma
02/04/2006
La Carta de Crédito deberá contener:La Carta de Crédito deberá contener:
Nombre del Banco Emisor y del Corresponsal.
Nombre del Tomador u Ordenante de la Carta de Crédito.
Nombre del Beneficiario.
La cantidad que debe entregarse.
El tiempo dentro del cual puede hacerse uso del crédito.
Los documentos y requisitos que deben presentarse o ser acreditados para la utilización del crédito.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
ESQUEMA DE LA APERTURA DE UNA L/C DE IMPORTACION
UTILIZACION DE UNA L/C DE IMPORTACION
02/04/2006
Clasificación de las Cartas de Crédito
Por la Garantía de Pago:
- Carta de Crédito Revocable, pueden ser modificados oanulados por el ordenante o por el Banco Emisor sin notificar al beneficiario.- Carta de Crédito Irrevocable, es un compromiso definitivo que ni el ordenante ni el Banco Emisor pueden modificarlo sin el consentimiento del beneficiario.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
Créditos Documentarios Créditos Documentarios (Carta de Crédito)(Carta de Crédito)
02/04/2006
Por la Confirmación:
- Carta de Crédito Irrevocable y Confirmada, cuando el Banco Pagador confirma al beneficiario el crédito. No cabe la confirmación de un crédito revocable. Ambos Bancos (emisor y pagador) asumen el compromiso de pago, brindando así la máxima seguridad al exportador.- Carta de Crédito Irrevocable y No Confirmada, cuando no recibe confirmación del Banco Pagador y el compromiso de pago es asumido sólo por el Banco Emisor.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
Créditos Documentarios Créditos Documentarios (Carta de Crédito)(Carta de Crédito)
02/04/2006
Por la Forma de Pago:
- Carta de Crédito a la Vista, autoriza al beneficiario el cobro contra entrega de los documentos requeridos por la Carta de Crédito.- Carta de Crédito Diferido, es una facilidad de pago que otorga el exportador (vendedor) al importador (comprador). Se paga en la fecha indicada en la Carta de Crédito. Por ejemplo 60 días de lafecha de embarque que tiene que realizarse dentro de la vigenciade la carta de crédito.- Carta de Crédito de Aceptación, el exportador adjunta al Banco Corresponsal los documentos y una letra de cambio con plazo determinado para la aceptación por el importador y retorna al exportador debidamente aceptada, lo cual abre la posibilidad al exportador de descontarla, antes que venza el plazo, con otro Banco.- Carta de Crédito para Negociación, en la cual el Banco Corresponsal además de la aceptación de la letra de cambio debe negociar de acuerdo a las instrucciones suministradas.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
Créditos Documentarios Créditos Documentarios (Carta de Crédito)(Carta de Crédito)
02/04/2006
Por la Cláusula:
- Carta de Crédito con Cláusula Roja, el exportador puedeobtener adelantos a cuenta de la exportación contra el compromiso escrito de cumplir con efectuar la exportación dentro de los plazos y condiciones estipulados (AnticipatoryCredit).- Carta de Crédito con Cláusula Verde, es parecida a la Cláusula Roja con la diferencia que el exportador debe exhibir documentos que prueben la ejecución de los trámites de exportación, por ejemplo que la mercancía se encuentra en puerto a la espera del buque transportador (Packing Credit).
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
Créditos Documentarios Créditos Documentarios (Carta de Crédito)(Carta de Crédito)
02/04/2006
Por los Beneficiarios:
- Carta de Crédito Directo (straight), el Banco Emisor seobliga con el beneficiario únicamente a través del BancoAvisador o Notificador. Los derechos sobre la carta decrédito no pueden ser transferidos a terceros bancos queintervengan en la operación.- Carta de Crédito Transferible, el Banco Emisor secompromete a pagar a cualquier banco, aunque no sea elBanco Avisador o Notificador. El exportador puede transferir el crédito a otro exportador, ya sea parte o el total. La transferencia es válida por una sola vez.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
Créditos Documentarios Créditos Documentarios (Carta de Crédito)(Carta de Crédito)
02/04/2006
Por los Beneficiarios:
- Carta de Crédito Directo (straight), el Banco Emisor seobliga con el beneficiario únicamente a través del BancoAvisador o Notificador. Los derechos sobre la carta decrédito no pueden ser transferidos a terceros bancos queintervengan en la operación.- Carta de Crédito Transferible, el Banco Emisor secompromete a pagar a cualquier banco, aunque no sea elBanco Avisador o Notificador. El exportador puede transferir el crédito a otro exportador, ya sea parte o el total. La transferencia es válida por una sola vez.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
Créditos Documentarios Créditos Documentarios (Carta de Crédito)(Carta de Crédito)
02/04/2006
Por la Divisibilidad:
- Carta de Crédito Indivisible, cuando no se permiten utilizaciones ni embarques parciales.- Carta de Crédito Divisible, cuando la mercancía es embarcada en partes, el pago al exportador se efectúa también en partes proporcionales.- Carta de Crédito Rotativo (Revolving Credit), cuando se establecen embarques periódicos fijos hasta que se agote el valor del crédito. Por cada utilización el crédito se renueva automáticamente.- Carta de Crédito Acumulativa, cuando no se ha cumplido con un despacho en el plazo estipulado para este embarque parcial y se permite acumularlo hasta el próximo despacho o para el final, hasta cubrir la suma total indicada en el contrato.- Carta de Crédito No Acumulativa, cuando el exportador no efectuó el embarque parcial y pierde el derecho a dicha exportación y no se acumulará para el próximo embarque.- Carta de Crédito “Back to Back”, cuando el exportador no puede cumplir con la exportación y pide al Banco Negociador que extienda un crédito a favor de otro proveedor con la garantía del crédito original.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
Créditos Documentarios Créditos Documentarios (Carta de Crédito)(Carta de Crédito)
COBRANZA DOCUMENTARIA
El exportador da instrucciones a una entidad bancaria, que actúa como Remitente para que otro Banco en el exterior tramite el cobro de valores ante el importador, con el único compromiso de cumplir con las instrucciones proporcionadas por el exportador.
Publicación 522 de la CCI
• A la Vista• A Plazo
MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
ESQUEMA DE UNA COBRANZA DOCUMENTARIA
COMPRA VENTA INTERNACIONAL
COBRANZA
BA N COCOB R A DOR
BANCO REMITENTE
PARTES QUE INTERVIENEN EN UNA COBRANZA DOCUMENTARIA
02/04/2006
Cobranza Cobranza DocumentariaDocumentaria
Operación, por la cual el Exportador instruye al Banco Local (Remitente) para realizar ante el Banco Corresponsal (Cobrador) las gestiones de aceptación y/o pago de documentos que representan un compromiso adquirido previamente por el Importador (INSTRUCCION DE COBRO). La operación de cobranza se origina en el exportador y para el Banco Remitente es una cobranza de exportación, mientras que para el Banco corresponsal es una cobranza de importación.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
02/04/2006
Cobranza Cobranza DocumentariaDocumentaria
Cualquier documento enviado para su cobro (INSTRUCCIÓN DE COBRO), debe ir acompañado de las órdenes completas y precisas. Los bancos sólo están autorizados para actuar según las instrucciones o modalidades suministradas.
Las instrucciones básicas o modalidades pueden ser:
Entrega de documentos comerciales contra “Orden D/ P” o contra “Orden D/ A”.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
L e t r a Ú n ic a d e C a m b io N° ___ vencimiento _____________ por USD ____________________________ ciudad ______________________fecha __________________________________________ a los _______________________ se servirá _______________________________________ pagar por esta letra única de cambio a la orden de: _______________________________ ________________________________ en la ciudad de _______________________________ la cantidad de ________________________________________________________________ y los intereses causados a partir de_________________a una tasa LIBOR + ____ % pagaderos (semestre, trimestre, mes) vencido, sin protestos ni avisos. Atentamente, Girado ____________________________________ Domicilio ____________________________________ Ciudad ____________________________________ País ____________________________________ _______________________________ Firma del girador autorizado y sello ACEPTADA.- Sin protestos País ______________ Ciudad de aceptación ________________________ Fecha _____________ . ` Firma autorizada y sello (comprador – representante legal)
“ POR AVAL” _____________________________ Firma autorizada y sello (intermediario financiero)
ENDOSOS: Páguese a la orden de: Banco de Comercio Exterior de Colombia S.A. – Bancóldex Nombre: Representante Legal .
Número de identificación: .
Cargo: . ` Firma y sello empresa (exportador) (representante legal)
90 DIAS
MODELO DE LETRA CON AVAL
02/04/2006
Cobranza Cobranza DocumentariaDocumentaria
Orden D/ PSignifica entrega de documentos contra pago aprimera presentación. Si se quiere demorar el pago y entrega se indica: D/ P llegada mercancía.
Orden D/ ASignifica entrega de documentos contra aceptación.
El documento comercial sirve para exigir el pago de la obligación o el pago del documento financiero ya que sin ellos no podrá
desaduanarse la mercancía.
Todo crédito documentario tiene una doble finalidad económica: asegurar al vendedor el cobro de la mercancía enajenada y garantizar al comprador que tal mercancía le fue enviada.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
02/04/2006
Cobranza Cobranza DocumentariaDocumentaria
Intervinientes e Intermediación Bancaria
Generalmente intervienen:1. El ordenante o cedente (Principal) que es el acreedor, vendedor o exportador, es decir el cliente que encomienda el cobro a su banco.2. El Banco Remitente (Remitting Bank) que es el banco del país del exportador que recibe la tramitación de cobro, documentos en cobranza e instrucciones.3. El Banco Cobrador o Corresponsal (Collecting Bank) que es el banco del país del importador que recibe la documentación delBanco Remitente para tramitar su cobro. Es el Banco Presentador(Presenting Bank) cuando efectúa la presentación al librado.4. El Girado o Librado (Drawee) que es el deudor, comprador o importador, es decir la persona quien debe pagar.
Para las Importaciones, por su menor costo, los documentos en cobranza resultan los más utilizados, mientras que para las
Exportaciones son más utilizados los créditos documentarios.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
Nivel de conocimiento del cliente
Bajo Carta de CréditoCobranza documentaria
Mediano Cobranza documentaria de
Letras avaladas.
Alto Letras avaladas Compromiso de Pago,
Promissory Note Compromiso de reembolso.
GARANTIAS: STAND BY
Algunos Instrumentos bancarios utilizados...
Carta de Crédito Cobranza Documentaría Letras Avaladas Compromisos de Pago Cheque Transferencia o Giro
Seguridad en el pago Riesgo de No pago
Tipos de Medios de Pago
02/04/2006
Forma de pago mediante la cual el Exportador envía directamente los documentos al Importador después de efectuado el embarque, para que el Importador, luego de nacionalizar las mercancías, los entregue a su banco y efectué por medio de él el giro al exterior para pagar
el valor de las mismas.
De todos los medios de pago, esta operación reviste un alto grado de riesgo, pues esta basada en un elevado
nivel de confianza y en la buena fe del comprador (Importador) y del vendedor (Exportador), ya que no hay garantías que aseguren el cumplimiento de las
obligaciones de las partes.
Giro DirectoGiro Directo
Beneficios- Confianza de las partes.- Bajos costos.- Agilidad en la operación.
Medios de Pago en el Comercio InternacionalMedios de Pago en el Comercio Internacional
GRACIAS POR COMPARTIR ESTE CONOCIMIENTO
CARTILLACOSTOS Y GASTOS DE LAS
OP DE CI