Otoño / Invierno 2012

33
AÑO XXV - NÚMERO LXXXV - 2011 & · Acción de la UE en materia de protección civil · CGPJ Atención al Ciudadano

description

Otoño / Invierno 2012

Transcript of Otoño / Invierno 2012

Page 1: Otoño / Invierno 2012

O X

XV

- N

ÚM

ER

O L

XX

XV

- 20

11

&· Acción de la UE en materia de protección civil· CGPJ Atención al Ciudadano

Page 2: Otoño / Invierno 2012

La Comisión Europea traza las líneas generales de las medidas encaminadas a reducir a la mitad las muertes en carretera para 2020

Page 3: Otoño / Invierno 2012

La Comisión Europea ha adoptado unos planes

ambiciosos para reducir a la mitad la cifra de muertes en

las carreteras de Europa a lo largo de los diez próximos

años. Las iniciativas propuestas en una serie de orienta-

ciones políticas europeas de seguridad vial 2011-2020

van desde fijar unas normas más rigurosas de seguridad

de los vehículos, hasta mejorar la formación de los usua-

rios de la vía pública, pasando por intensificar el cumpli-

miento de las normas viales.

La Comisión colaborará estrechamente con los Estados

miembros para ejecutar este programa.

Los europeos reclaman más medidas

de seguridad vial, según una encuesta

Los europeos reclaman a los Estados miembros

que intensifiquen sus esfuerzos por mejorar la seguridad

vial, según una encuesta hecha pública hoy por la Comi-

sión Europea. Nueve de cada diez europeos (94 %) con-

sideran que la conducción bajo la influencia del alcohol

es el mayor problema de seguridad vial, mientras que

ocho de cada diez (78 %) mencionan la velocidad excesi-

va como un gran problema de seguridad. La mayoría de

los encuestados (52 %) opina que los Estados miembros

deberían centrarse en la mejora de las infraestructuras

viarias como primera o segunda prioridad, mientras que

el 42 % se inclina más bien por mejorar el cumplimiento

de las normas de tráfico y el 36 %, por que se trate con el

mismo rigor a los infractores residentes y a los extranje-

ros. La Comisión encargó la encuesta del Eurobarómetro

dentro de su campaña en curso encaminada a reducir la

mortalidad en la carretera en toda la UE. Los resultados se

hacen públicos hoy, junto con nuevos planes para hacer

nuestras carreteras aún más seguras.

Page 4: Otoño / Invierno 2012

¿DE QUÉ SE TRATA?

•ApesardeléxitodelosanterioresprogramasdelaUE,lascarrete-ras europeas distan aún de ser seguras. En 2009 hubo 35.000 muertos y más de 1,7 millones de heridos en accidentes de tráfico.

¿CUÁLES SERÍAN LOS BENEFICIOS?

Las nuevas orientaciones de seguridad vial de la UE quieren reducir un 50% las muertes en carretera en Europa de aquí a 2020.Para ello se quiere aumentar la seguridad de usuarios, vehículos e infraes-tructuras mediante una mezcla de medidas de cooperación nacional, inter-cambio de buenas prácticas, investigación, estudios, campañas de concien-ciación y, en algunos casos, regulación.En concreto, esto significaría: •fomentarunaconducciónmásseguracreandounaestrategiaeu-ropea de educación y formación en seguridad vial •aplicarlalegislacióneuropeadeseguridadvialparagarantizarunmismo trato a todos los ciudadanos de la UE cuando infringen las normas de tráfico •estimularalospaísesdelaUEaaplicarenlasvíasruraleslasnor-mas de seguridad que se aplican ya en las carreteras de la red principal • reconocer mutuamente las inspecciones técnicas en todos lospaíses de UE (por ejemplo, que la ITV que pasa un vehículo en España sea válida en otros países de la UE) •aumentarlaseguridaddelosusuariosmásvulnerables–especial-mentelosmotoristas–mejorandolacomunicaciónentreéstosylasautori-dades, e introducir inspecciones periódicas de motos, ciclomotores, etc. •mejorarlosinstrumentosderegistroyanálisisdeaccidentes,paramejorar el seguimiento de la seguridad vial en los países de la UE y facilitar datos exactos para establecer nuevas medidas de seguridad.

¿POR QUÉ MEDIDAS EUROPEAS?

• Por el éxito yaobtenido: conelprogramade seguridadvial de2001-2010 de la UE se han salvado más de 78.000 vidas. •LosproblemasdeseguridadvialsoncomunesatodoslospaísesdelaUE,yéstapuedeayudaralosgobiernosnacionalesacolaborareinter-cambiar datos.

¿CUÁNDO PODRÁN ENTRAR EN VIGOR LAS ORIENTACIONES DE SEGURIDAD VIAL DE LA UE?

Progresivamente entre 2011 y 2020

Orientaciones de seguridad vial de la UE para 2011-2020Resumen para el ciudadano

Page 5: Otoño / Invierno 2012

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

ATENCIÓN AL CIUDADANO

El artículo 17 de la Constitución Españolagarantiza la libertad individual de los ciudadanos y establece los derechos que deben respetarse cuando, en los supuestos autorizados por la ley, se detiene a una persona.El presente artículo trata de difundir de modoabreviado los requisitos y los trámites que establecen las leyes respecto de la detención de las personas y de los derechos que en tal situación les corresponden, hasta tanto el juez disponga su puesta en libertad o su ingreso en prisión.

LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD

Page 6: Otoño / Invierno 2012

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Quién y en qué circunstancias puede o debe detener a una persona

A - La ley establece que cualquier persona puede detener por sí misma:

u Alqueintentarecometerundelito.u Aldelincuente“in fraganti”, es decir, al que ya lo estuviere cometiendo.u Alquesefugaredelestablecimientocarcelariodondeestuvierecumpliendocondenaoensituación de detención o durante un traslado.u Alprocesadoocondenadoqueestuviereensituaciónderebeldía,estoes,elqueestandoenlibertad,nohubierecomparecidoanteelJuezoTribunaleneltérminoqueselefijaraoquesehubiere ausentado de su domicilio, permaneciendo en ignorado paradero.

B - Además,la autoridad y los agentes de policía están obligados a detener:

u Alapersonaopersonasdelasque,engeneral,losfuncionariospolicialestenganmotivosracionales para suponer que han participado en un hecho que presente los caracteres de delito.u Alaspersonassobrelasqueunjuzgadootribunalhayadictadounaordendedetención,ode busca y captura.

La estancia en las dependencias de la Policía

La persona detenida tiene derecho desde el primer momento a ser informada de los motivos de la detención y de sus derechos como detenido.La situación de privación de libertad es absolutamente excepcional, por lo que debe limitarse al tiempo estrictamente necesario para el esclarecimiento de los hechos y la recogida de los da-tos esenciales que permitan al juez valorar los sucesos producidos y la participación que en ellos haya podido tener el detenido, con el fin de decidir sobre su situación. Por ello, esta situación de detención en las dependencias de la policía no puede exceder con carácter general de 72 horas para las personas adultas y de 24 horas para los menores de 18 años, salvo lo dispuesto para casos especiales, como ocurre cuando se solicita y se obtiene la prórroga judicial de la detención.Además,atodapersonadetenidaenlasdependenciaspolicialesseleinformarádelosderechosqueleasisteny,especialmente,lossiguientes:

u Aguardar silencio, no declarando si no lo desea, así como a no contestar a alguna o algunas de las preguntas que se le formulen, o a manifestar que sólo declarará ante el juez.u Anodeclararcontrasímismoyano confesarse culpable.u Adesignar un abogado de su elección para que asista a los actos policiales y judiciales de declaración e intervenga en los reconocimientos de identidad del detenido.Es de destacar que si el detenido no designa abogado se le designará en el turno de oficio.u Aquese informe de su detención y del lugar en que está custodiado a un familiar o a otra persona que el detenido indique.u Aserreconocidoporelmédico forenseuotromédicooficial.u Aqueseinformedesudetenciónalaoficina consular de su país si se tratare de ciudadanos extranjeros.u Aserasistidoporunintérprete en su declaración. Este derecho corresponde a los ciuda-danosextranjerosquenocomprendanonohablenelidiomaespañol,perolotienentambiénaquellos ciudadanos españoles que se encuentren en la misma situación respecto del idioma.

Page 7: Otoño / Invierno 2012

El procedimiento de “hábeas corpus”

Medianteesteprocedimientosepuedereaccionarcontratodadetenciónilegalpordistintosmotivos:

u Por que la autoridad, funcionario o particular que la ha realizado carece de la competencia o aptitud necesaria para ello.u Porque se ha hecho sin cumplir con las formalidades o requisitos legales.u Por que se ha superado el plazo máximo de duración de la detención.u Por no haberse respetado los derechos fundamentales del detenido.

La presentación de la solicitudinicialdelprocedimientopuedeefectuarsepor:

u El detenido.u Suspadres,hijos,hermanos,cónyugeopersonaunidaaélporsimilaresvínculosde afectividad.u El Defensor del Pueblo.u El fiscal.u El juez de oficio.

Modo de presentación

Lapeticiónde“hábeas corpus” debe presentarse por escrito o simplemente mediante una com-parecencia ante el juez, sin que sea necesario servirse para ello de abogado ni de procurador.

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Page 8: Otoño / Invierno 2012

Trámites

El juez competente para todo ello es el de Instrucción, o el que se encuentre de guardia, si hu-biere varios, del lugar donde se encuentre la persona privada de libertad; si no constare, el del lugar en que se haya producido la detenciónysitampocoésteseconocieraeldellugar donde se hayan tenido las últimas noticias sobre el paradero del detenido.Admitidalapetición,eljuezordenaráalaautoridadacuyadisposiciónestélapersonadetenidaque la traiga a su presenciasinpretextonidemoraalguna.Tambiénpodráeljuezconstituirseen el lugar en que se halle el detenido.Oída la persona detenida, su abogado si existiere, el ministerio fiscal, la autoridad o los funcio-narios que hayan realizado la detención y aquellos que le tengan bajo su custodia y practicadas de inmediato las pruebas que procedan, el juez dictará la resolución que estime adecuada en el plazo máximo de veinticuatro horas desde que comenzó el procedimiento.Medianteestaresoluciónsepodráacordarunadelassiguientesmedidas:

a. El archivo de las actuaciones, si entiende que no han existido en la detención las irregula-ridades que se denuncian.b. La puesta en libertad del detenido, si su detención hubiera sido ilegal.c. Que continúe la detención, pero en establecimiento distinto o bajo la custodia de perso-nas diferentes.d. Que el detenido sea puesto de inmediato a disposición judicial, si hubiere transcurrido ya el plazo legal máximo para su detención.

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Page 9: Otoño / Invierno 2012

Los trámites en el juzgado

Finalizadas las actuaciones de la policía, llevadas a cabo para aclarar los hechos que han moti-vado la detención, y necesariamente antes de que transcurran 72 horas, se pondrá a la persona detenida a disposición del juez de instrucción de guardiaodeljuezqueestéconociendodelproceso que haya motivado la detención.Una vez conducido al juzgado, el detenido declarará ante el juez en presencia de su abogado.Tras la declaración y el estudio de lo expuesto por la policía en su atestado o diligencias, de los restantes antecedentes, si los hubiera, y de las alegaciones del fiscal, del abogado de la acusación y del abogado del propio detenido, el juez - salvo que decrete la libertad sin imputación del de-tenido, con archivo de las diligencias incoadas, si estimase que no existe delito o no ha quedado suficientemente acreditada su participación en los hechos - acordará con relación a su situación personal:

I. Libertad provisional del detenido

a. Cuando no hay indicios claros de la existencia de un delito.

b. Cuando,habiéndolos,noconstandatosoelementosdejuiciobastantesparapensarqueel detenido haya participado en su comisión.

c. Cuando, aún apareciendo síntomas suficientes de la comisión de un delito y existiendo tambiénrazonesparasuponerqueeldetenidohapodidoparticiparenél,setrata,sinembargo,de una infracción castigada con pena inferior a seis años de privación de libertad.

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Page 10: Otoño / Invierno 2012

No obstante, el juez puede acordar la prisión aunque tenga señalada pena inferior o disponer la libertad con fianza del detenido, aunque se trate de una pena superior, según las peculiares circunstancias que concurran en cada caso, entre las que cabe referirse a factores tales como

u los antecedentes del imputado, u la existencia o no de elementos de juicio que permitan pensar con fundamento que el dete-nido tratará de sustraerse a la acción de la justicia, u las circunstancias del hecho, u la alarma social que su comisión haya producido, o la frecuencia de su perpetración.

II. Prisión provisional

Salvo en los casos en que el Juez disponga la libertad provisional sin fianza del detenido que acaba de ser puesto a su disposición, en los demás supuestos el juez habrá de convocar al mi-nisteriofiscal,aldetenido,asistidodelAbogadoquehubieredesignadoodelque,enotrocaso,le sea designado de oficio, y al acusador particular, a una audiencia o pequeño juicio oral para resolver sobre la situación personal en que habrá de quedar el detenido.En esta audiencia, que habrá de celebrarse dentro de las 72 horas siguientes a que el detenido fuera presentado ante el juez,ésteoirálasalegacionesdetodaslaspartesydecidiráloqueensu criterio proceda.Si ninguna de las partes solicitase alguna medida de limitación de la libertad del detenido, el juez necesariamente habrá de acordar su inmediata puesta en libertad.En otro caso, el juez, valorando las características del hecho, las circunstancias que concurren eneldetenidoyloscriterioslegalesaqueanteriormentesehahechomención,podrádisponer:u la libertad provisional del detenido, u su ingreso en prisión si no presta la fianza que se le señale, u su prisión incondicional.

Si decreta su libertad provisional, el detenido deberá obligarse por escrito, - o, lo que es lo mis-mo,constituirunaobligación“apud acta” - , a comparecer ante el juzgado en los días en que se le señale en la resolución en que se acuerde su libertad y, además, en cualquier otra ocasión en que fuere llamado. Si decreta su prisión provisional bajo fianza, la propia resolución en que ello se decida fijará la clase y la cuantía de la fianza. Ésta puede ser personal o material.

u La primera consiste en la designación de una persona que responde del comportamiento del inculpado y de su presentación ante el juzgado cuando sea llamado.u La segunda, que es la habitual, consiste en la puesta a disposición del juzgado de la suma de dinero que se indique, o de la entrega en prenda de valores o bienes muebles, o de la constitu-ción de una hipoteca sobre bienes inmuebles, como viviendas o parcelas de terreno.Finalmente, si se decreta su prisión provisional, el detenido será puesto a disposición de las fuer-zaspolicialesquecorrespondanparasuingresoenuncentrocarcelario,teniendoencuentaque:u La prisión provisional deberá llevarse a efecto en la forma que menos perjudique al detenido en su persona, reputación y patrimonio y que, en todo caso, u solo durará mientras subsistan los motivos que la hayan ocasionado.u Tiene límites temporales máximos que oscilan entre los tres meses y los dos años, según la gravedad del delito imputado, aunque en determinadas ocasiones y si concurren razones jus-tificadas para ello, tales plazos pueden ampliarse.

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Page 11: Otoño / Invierno 2012

El ingreso en el Centro Carcelario

Al ingresar en prisión, los funcionarios del centro penitenciario verificarán la identidad personal del detenido mediante su nombre y apellidos, sus demás circunstancias personales, sus huellas dactilares y su fotografía. Tomarán nota suficiente en el libro de ingresos y abrirán un expediente personal relativo a su situación procesal y penitenciaria de la que tendrá derecho a ser informa-do. Igualmente procederán al cacheo de su persona y al registro de sus efectos, retirándole los enseres y los objetos no autorizados.Tambiénse informaráal internodesusderechosydesusobligaciones.Concretamente, se leinformará de las normas internas del centro, de las normas generales penitenciarias y de los me-dios para presentar peticiones, quejas y recursos.Le facilitarán ropa si carece de vestimenta apropiada. Y, tras una entrevista con el trabajador so-cial y el educador, se le asignará un módulo y las actividades que se consideren adecuadas du-rante la estancia en el centro.Durante el tiempo de internamiento en un centro carcelario, se tiene derecho a la comunicación oral, escrita, telefónica, íntima, familiar o de convivencia, en las condiciones y con la frecuencia que establece la legislación penitenciaria.Es importante que se mantenga el contacto con el abogado designado para la defensa del detenido con el fin de preparar la defensa en el juicio.

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Page 12: Otoño / Invierno 2012

CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Glosario

Auto: ResoluciónmotivadaatravésdelacualelJuezresuelverespectodecuestiones del procedimiento que no requieren sentencia.

Busca y Captura: Avisoalasfuerzaspolicialesparaqueprocedanalabúsquedadeunapersona que se encuentra en paradero desconocido y la trasladen como detenida a presencia del Juez que la ha reclamado en una causa penal.

Fiscal: Funcionario público que tiene por misión promover la acción de la justicia en defensa delalegalidad,delosderechosdelosciudadanosydelinteréspúblicotutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia delosTribunalesyprocuraranteéstoslasatisfaccióndelinteréssocial.

Indicio: Dato cierto del que se puede obtener una conclusión, por deducción, sobre un hecho desconocido y que se pretende esclarecer.

Infracción penal: Acciónuomisiónilícita,sancionadaenelCódigoPenal. Por su gravedad, puede ser un delito o una falta. El delito a su vez puede ser grave o menos grave. Las faltas son infracciones leves.

Obligación apud acta de comparecer: Deberqueseimponealdetenidoalfirmarelactadelibertad,medianteelqueéste declara el lugar donde podrá ser localizado y se le hace saber las fechas y el lugar en que habrá de personarse con la periodicidad que se le indique.

Poner a disposición del Juez: Traslado al Juez del detenido, de las pruebas y las actuaciones realizadas por la policía.

Page 13: Otoño / Invierno 2012
Page 14: Otoño / Invierno 2012

La Dirección General de Protección Civil y Emergencias (DGPCyE en adelante)

ha decidido implantar una gestión de calidad que la transforme paulatinamente

en una organización más eficiente, comprometida y prestadora de servicios de calidad.

Gestión de calidad que tiene su origen y su fin en el ciudadano como sujeto

de necesidades expresadas en demandas o, en cualquier caso, de derechos, a los que

lasAdministracionesPúblicasdebendarunarespuestadecalidad,queeslomismo

que decir, que sea ajustada a las expectativas de los que la reciben.

La presente Carta de Servicios es un instrumento eficaz para este fin, así como

lo son otras actuaciones que se están desarrollando en la dirección del cambio cultural

quecomportalosnuevosparadigmasdeunaAdministraciónPúblicamoderna.

No se ha perdido de vista al elaborar esta Carta de Servicios que el servicio que

se espera del Centro Directivo responsable de la misma es ambivalente.

Por una parte, debe procurar que el sistema de protección civil encargado de dar

respuesta directa ante la catástrofe, de manera preventiva o reactiva, lo haga de manera

fiable, solvente y eficaz; es por tanto, un servicio público cuyos destinatarios primeros

son los miembros del mismo sistema, en cuanto prestadores del servicio directo

a los ciudadanos. Pero la protección del ciudadano, que es la misión del sistema

de protección civil, se potencia si a la acción eficaz del sistema se une la acción

de la autoprotección ciudadana. Crear y mantener la cultura de la autoprotección,

aportando los elementos necesarios para llevarla a cabo, es uno de los servicios

más ambiciosos de esta Dirección General y más complejos.

La participación ciudadana es sustancial para este fin.

La complicidad del ciudadano es imprescindible. Las políticas de calidad,

de las que las cartas de servicios son un instrumento, alinean las organizaciones

en esta dirección, que es el objetivo de la que ahora se presenta.

Page 15: Otoño / Invierno 2012

I. INFORMACIÓN GENERAL Y LEGAL

1. DATOSIDENTIFICATIVOSYFINESDELADGPCyE

La DGPCyE es el Órgano Directivo que ejerce las competen-cias atribuidas al Ministerio del Interior en el artículo 16 de la Ley 2/85, de Protección Civil. Depende orgánicamente de la Subsecretaría de Interior.Estructurada la protección civil nacional como un sistema con diferentes partes interdependientes, la DGPCyE tiene como función esencial que todos los procesos de preven-ción, planificación, intervención y rehabilitación ante catás-trofes se desarrollen de manera coordinada y eficiente en los diferentes niveles competenciales atribuidos por la normati-va vigente.Realizasumisióndemaneradirectaatravésdelosdiferen-tes departamentos en que se estructura orgánicamente y se apoya territorialmente en las Unidades de Protección Civil adscritas a las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y la Comisión Nacional de Protección Civil, órgano colegiado de participación y coordinación establecido legalmente.Objetivosgenerales:

1. Desarrollar las acciones pertinentes para el funcionamiento eficiente del sistema de protección civil2. Potenciar las acciones preventivas3. Extender la cultura de la autoprotección4. Intensificar la presencia internacional

2. SERVICIOSQUEPRESTALADGPCyE

La DGPCyE, en el ejercicio de las funciones que tiene atribui-dassegúnlanormativavigente,prestalossiguientesservicios:

PREVENCIÓN

• Realizar estudios relacionados con el análisis de riesgos y desarrollo de proyectos piloto que permitan fundamentar planes de prevención de emergencias y catástrofes, prepa-randoypublicandodocumentostécnicosrelacionadosconlos diversos riesgos.• Desarrollar estudios e investigaciones sobre aspectos so-ciológicos, jurídicos y económicos, relevantes para las activi-dades de protección civil y emergencias.• Mantener un fondo documental especializado en temas relacionados con la protección civil como base para estudios e investigaciones.• Promocionar la investigación en el ámbito universitario en aspectos relacionados con la protección civil mediante la convocatoria de premios a tesis doctorales y trabajos de in-vestigación.• ColaboraryfacilitarapoyotécnicoalasAgrupacionesdeVoluntarios de Protección Civil• Desarrollar estudios y programas de información a la po-blación, promocionar la autoprotección ciudadana y fomentar

la participación social en las actividades de protección civil.• Promovercampañasdedifusióna travésde losmediosde comunicación con recomendaciones de actuación ante emergencias• Difundir alertas de emergencias a las organizaciones de protección civil y, en su caso, a los ciudadanos.• Desarrollar programas y campañas de información a la población, así como la promoción de la autoprotección ciu-dadana y el fomento de la participación social en las activi-dades de protección civil.• Liderar el sistema de formación de protección civil que se encarga de mantener las competencias profesionales actua-lizadas en los miembros del sistema nacional de protección civil, colaborando con los de otros Estados.

PLANIFICACIÓN

• Elaborar los planes de protección civil de competencia estatal y las directrices que guían la actividad planificadora de las demás administraciones públicas para su aprobación por el Gobierno de España.• Informar y asesorar a los Órganos Colegiados competen-tes para la homologación de los planes de las Comunidades Autónomas.• Implantar dichos planes, por medio de la preparación y gestión práctica de ejercicios y simulacros. Cooperar en la implantaciónde losplanesde lasdemásAdministracionesPúblicas competentes.

INTERVENCIÓN

• Organizar y mantener el Centro de Coordinación Opera-tiva, laReddeAlertaa laRadiactividady las redespropiasde comunicación para emergencias que faciliten la gestión operativa en emergencias.• Preparar y difundir alertas a las organizaciones de protec-ción civil y, en su caso, a los ciudadanos.• Cuando la emergencia lo requiere, solicitar la interven-ción de la Unidad Militar de Emergencias conforme a los pro-tocolos de actuación establecidos para su actuación.

REHABILITACIÓN

• Gestionar las ayudas y subvenciones que se conceden legalmente para atender las necesidades derivadas de si-niestros o catástrofes, así como las que se establecen para facilitar la implantación de los planes de protección civil de carácter estatal.

RELACIONESINSTITUCIONALES

• Realizar convenios de colaboración en materia de protec-ción civil con Organismos públicos o privados que refuercen la red de operadores que puedan ser necesarios en caso de emergencia.

Page 16: Otoño / Invierno 2012

• Coordinar la actuación de las Delegaciones, Subdelega-ciones del Gobierno y sus Unidades de Protección Civil en materia de protección civil.• Gestionar las relaciones con los órganos competentes en materiadeproteccióncivildelasComunidadesAutónomasydelasAdministracionesLocales,directamenteyatravésdela Comisión Nacional de Protección Civil, de la que desempe-ña la presidencia y la secretaría.• Mantener relaciones técnicas con organismos homólo-gos de otros países, especialmente de la Unión Europea, del área delMediterráneo y de Iberoamérica, participando enreuniones y grupos de trabajo de organismos internaciona-les con competencias en protección civil y emergencias.

GESTIÓNDEAPOYO

• Gestionar los presupuestos y los asuntos administrativos necesarios para que los recursos disponibles contribuyan efi-cientemente a alcanzar los fines previstos.• Atender las peticiones y reclamaciones formuladas porlas personas afectadas.• Proporcionar información de manera presencial, telefóni-ca y escrita a las personas acerca de sus derechos.

3. DERECHOSDELOSCIUDADANOSENRELACIÓN ALOSSERVICIOSPRESTADOS

De acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente, los ciudadanos,ensusrelacionesconlasAdministracionesPú-blicas,tienenlossiguientesderechos:• Aconocer,encualquiermomento,elestadodelatramita-ción de los procedimientos en los que tengan la condición de in-teresados, y obtener copias de documentos contenidos en ellos.• AidentificaralasautoridadesyalpersonalalserviciodelasAdministracionesPúblicasbajocuyaresponsabilidadsetramiten los procedimientos.• AutilizarlaslenguasoficialesenelterritoriodesuComu-nidadAutónoma,deacuerdoconloprevistoenelOrdena-miento Jurídico. No obstante, la lengua de los procedimien-tostramitadosporlaAdministraciónGeneraldelEstadoseráel castellano.• Aformularalegacionesyaaportardocumentosencual-quier fase del procedimiento anterior al trámite de audien-cia, que deberán ser tenidos en cuenta por el órgano com-petente al redactar la propuesta de resolución.• Anopresentardocumentosnoexigidosporlasnormasaplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se en-cuentrenenpoderdelaAdministraciónactuante.• A obtener información y orientación acerca de los re-quisitos jurídicoso técnicosque lasdisposicionesvigentesimpongan a los proyectos, actuaciones o solicitudes que se propongan realizar.• A recibir información demanera presencial, telefónica,correo postal o electrónico o mediante servidor web sobre cualquier tipo de consultas relacionadas con los temas de la

protección civil que se realicen a los distintos departamentos.• Arecibirorientaciónpositiva.• AquelosserviciosdelaDGPCyEseprestensindiscrimi-nación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.• Asertratadosconrespetoydeferenciaporlasautorida-des y funcionarios, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones.• A que sus datos de carácter personal reciban el trata-miento y las garantías legalmente previstos.• A exigir las responsabilidades de las AdministracionesPúblicas y del personal a su servicio, cuando así corresponda legalmente.• AparticiparenlamejoracontinuadelosserviciosdelaDGPCyEatravésdelapresentacióndesugerenciasyquejas,conforme a lo previsto en esta Carta.• Cualesquiera otros que les reconozcan la Constitución y las Leyes.

4. PARTICIPACIÓNDELOSCIUDADANOS

Formas de participación y colaboración ciudadana en la me-joradelaprestacióndeserviciosdelaDGCyE:• Participación directa, en la forma que se establezca en cadacaso,atravésde lasagrupacionesdeproteccióncivil;o en ejercicios y simulacros que organicen los organismos competentes; o cuando sea requerido en la forma legalmen-te establecida.• Formulando quejas y sugerencias sobre el funcionamien-todelservicioatravésdelapáginawebdelaDGPCyEoporescrito, conforme a lo previsto en esta Carta.• Mediante escritos dirigidos a la Dirección y/o a la Unidad responsable de la Carta de Servicios por medio de comuni-caciónpostalyelectrónicaatravésde lapáginawebde laDGPCyE.• Mediante la expresión de sus opiniones en las encuestas que periódicamente se realicen o que se entreguen al final de las actividades de formación de la Escuela Nacional de Protección Civil (ENPC en adelante).

Page 17: Otoño / Invierno 2012

5. NORMATIVAREGULADORADEPROTECCIÓNCIVIL

• Ley2/1985sobreProtecciónCivil(BOE25enero1985)• Real Decreto 1378/1985, sobre medidas provisionales para la actuación en situaciones de emergencia en los casos degraveriesgo,catástrofeocalamidadpública(BOE10deagosto de 1985)• Real Decreto 407/1992 por el que se aprueba la Norma BásicadeProtecciónCivil(BOE1mayo1992)• Directriz básica de Planificación de Protección Civil ante elRiesgodeInundaciones(BOE14febrero1995)• DirectrizBásicadePlanificacióndeProtecciónCivilanteelRiesgoSísmico(BOE25mayo1995)• DirectrizBásicadePlanificacióndeProtecciónCivilanteelRiesgoVolcánico(BOE4marzo1996)• Directriz Básica de Planificación de Protección Civil deEmergenciaporIncendiosForestales(BOE15abril1993)• DirectrizBásicadePlanificacióndeProtecciónCivilanteelRiesgodeAccidentesenlosTransportesdeMercancíasPe-ligrosasporCarreterayFerrocarril(BOE22marzo1996)• DirectrizBásicadeProtecciónCivilparaelcontrolyplani-ficación ante el riesgo de accidentes graves en los que inter-vienensustanciaspeligrosas(BOE9deoctubrede2003)• Medidas de control de los riesgos inherentes a los acci-dentesgravesenlosintervengansustanciaspeligrosas(BOE20 de julio de 1999)• Acuerdorelativoalainformaciónalpúblicosobremedi-das de protección sanitaria aplicables y sobre el comporta-mientoaseguirencasodeemergenciaradiológica(BOE22de octubre de 1999)• PlanBásicodeEmergenciaNuclear(BOE14dejuliode2004)• Plan de Emergencia Nuclear del Nivel Central de Res-puestayApoyo(PENCRA)(BOE9dejuniode2005)• Directrices por las que se han de regir los programas de información y capacitación de actuantes y los ejercicios y si-mulacros de los Planes de emergencia nuclear, exteriores a lasCentralesNucleares(BOE21dejuniode2005)• Norma Básica de Autoprotección de los centros, esta-blecimientos y dependencias dedicados a actividades que puedandarorigenasituacionesdeemergencia(BOE24demarzo de 2007), modificada por Real Decreto 1468/2008, de 5deseptiembre(BOE3deoctubrede2008)• Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regu-lan las subvenciones ante situaciones catastróficas y el proce-dimientoparasuconcesión.(BOE19demarzode2005)• Real Decreto 477/2007, de 13 de abril, que modifica el an-terior(BOE14deabrilde2007)• Orden INT 277/2008, de 31 de enero, por la que se desa-rrollaelRealDecreto307/2005(BOE12defebrerode2008)

6. PRESENTACIÓNDEINICIATIVAS,SUGERENCIAS, QUEJASYRECLAMACIONES

Los ciudadanos podrán presentar sus iniciativas, sugeren-cias, quejas y reclamaciones sobre el funcionamiento de los

serviciosdelasiguienteforma:• De forma presencial, en el Libro de formularios de quejas y sugerencias habilitado en todas las oficinas y centros de atención al ciudadano dependientes del Ministerio del Inte-rior y en los registros de entrada y salida de documentos de laAdministraciónGeneraldelEstado.• Medianteelcorreoelectrónicoasociadoalapáginaweb:[email protected]ícomoatravésdelRegistrotelemáticodela página web del Ministerio del Interior (http//www.mir.es/MIR/Servicios Telemáticos), en ambos casos, suscritas con la firma electrónica.• Porcorreopostala lasiguientedirección:DirecciónGe-neral de Protección Civil y Emergencias, C/ Quintiliano, 21- 28002 Madrid.Recibidas las quejas o sugerencias en la dependencia afec-tada,ésta,enelplazode20díashábilesypreviaslasaclara-cionesqueestimerecabardelciudadano, informaráaéstede las actuaciones realizadas y de las medidas, en su caso, adoptadas.

II. NIVELES Y COMPROMISOS DE CALIDAD

1. COMPROMISOSDECALIDAD

La relación de servicios prestados por la DGPCyE y los dere-chos concretos de los ciudadanos recogidos en esta Carta se prestaránconformealossiguientescompromisosdecalidad:

Page 18: Otoño / Invierno 2012

A.INFORMACIÓNACTUALIZADA

1. Diaria.De las alertasdeemergencia a travésdelportalINFORIESGOS de lapágina web.2. Semanal. Cuando se produzca una modificación en la programación de las actividades formativas de la ENPC, se actualizará inmediatamente en la página web. Como máxi-mo los cambios se harán en una semana.3. Quincenal. Se actualizará en este plazo el resto de la in-formación contenida en la página web de la DGPCyE, indi-cándose claramente las novedades.4. Mensual. La normativa publicada en la web se actualizará en este plazo máximo, según las publicaciones oficiales y las sentencias de los tribunales.

B.CONTESTACIÓNENPLAZODELASCONSULTAS

5. Telefónicas. La información que no se pueda facilitar al ciudadano en el momento, será atendida posteriormente porpartedelaDGPCyEllamandoalciudadanoporteléfonoen un plazo máximo de 10 días hábiles.6. Presenciales. El tiempo de espera de cada ciudadano a ser atendido no será superior a 30 minutos. La consulta de fondos documentales del Centro de Documentación se hará por el sistema de cita previa, que permita tener preparada con antelación la documentación a consultar y atender me-jor la demanda.7. Por escrito. La respuesta se hará por el mismo medio que se haya formulado la consulta; si es por vía postal se contes-tará en un tiempo máximo de 20 días hábiles y por vía tele-mática en un plazo máximo de 10 días hábiles.

C.GESTIÓNEFICAZDELOSASUNTOSRELACIONADOSDIRECTAMENTECONLOSUSUARIOSDELOSSERVICIOSDELADGPCyE.

8. La Sala Nacional de Emergencias mantiene la actividad continua las 24 horas y responderá las peticiones de infor-mación puntuales que no figuren todavía en la página web. La respuesta será dada en un plazo máximo de 10 días hábi-les.9. El material didáctico de las actividades de formación que se proporcione a los asistentes estará actualizado y adapta-do a los objetivos definidos en el programa. Será entregado durante el período de la actividad formativa.10. Los certificados de asistencia a las actividades de forma-ción de la ENPC se entregarán a los asistentes presentes al términodelprogramadelaactividad.Alosquenoencuen-tren presentes, se les hará llegar en un plazo máximo de 15 días hábiles. Si el certificado fuera de aprovechamiento, se remitirá a cada uno de los asistentes dentro del plazo de 30 días hábiles.11. Las peticiones de publicaciones que no tengan fines co-merciales se atenderán enviando la documentación que se solicite mediante correo postal, en un tiempo máximo de 20

días hábiles. En el caso de que no hubiera ejemplares dispo-nibles se le hará saber al ciudadano en el mismo plazo. Esta informaciónestarádisponibletambiénenlapáginaweb.

2. SISTEMASNORMALIZADOSDEGESTIÓNDECALIDAD, MEDIOAMBIENTEYPREVENCIÓNDERIESGOSLABORALES ASEGURAMIENTODELACALIDAD

• La DGPCyE se compromete a implementar sistemas de gestión de la calidad que aseguren el alineamiento de todas sus actuaciones con la perspectiva de los receptores de las mismas.• Aseguralacalidaddelserviciopormediode:

Un plan de revisión de bases de datos, información y normativa o Cada mes se revisará la información contenida en las bases de datos de los distintas Unidades Orgánicas de la DGPCyE.o Todas las semanas se revisará la información que figura en la página web y se actualizará y renovará pertinentemente.o Cada quincena se revisarán las normas, resoluciones, sentenciasquesepubliquenen losBoletinesyDiariosOfi-ciales relacionadas con la regulación jurídica del sistema de Protección Civil y se procederá a realizar las modificaciones pertinentes en las bases de datos publicadas.

Un plan de detección de la valoración pública de los servicioso La DGPCyE realizará anualmente una encuesta de opi-nión ciudadana sobre grado de conocimiento y de valora-ción de los servicios de protección civil y, específicamente entre los usuarios de dichos servicios, para saber su opinión y expectativas sobre los aspectos esenciales de los mismos desde su perspectiva.o La ENPC realizará anualmente un proceso de detección de necesidades de formación con el fin de que las Instituciones y los posibles usuarios evalúen y comuniquen las competen-ciasprofesionalesquenecesitanadquiriroactualizaratravésde la formación, para adecuar la planificación de actividades formativas en función de las necesidades detectadas.o La ENPC realizará al final de cada actividad formativa una encuesta de satisfacción a todos los alumnos, profesores y gestores participantes en la misma para saber el grado de cumplimiento de los objetivos y de las expectativas de los usuarios.

Un registro de actos de atención al ciudadano Integrará la actividad de todas las Unidades Orgánicas de la DGPCyE en su relación con los ciudadanos,yproduciráyanalizarámensualmente:o Estadísticas de visitas, consultas telefónicas, escritos aten-didos por vía ordinaria y telemática y accesos a la página web.o Estadística-resumen de quejas y sugerencias presentadas.o Resumen de la difusión de los servicios y distribución de las publicaciones elaboradas por la DGPCyE.

Page 19: Otoño / Invierno 2012

GESTIÓNDELMEDIOAMBIENTEYPREVENCIÓNDERIESGOSLABORALES

• La DGPCyE adoptará sistemas de aseguramiento de la ca-lidad medioambiental adecuados, como reciclaje de papel, medidas de ahorro de energía, cumplimiento de las normas medioambientales del Parque Natural del Sureste de la Co-munidad de Madrid, en donde está enclavada la ENPC.• Además implantaráel sistemadegestiónde lapreven-ción de Riesgos Laborales de los Servicios Centrales del Mi-nisterio del Interior.

3. MEDIDASQUEASEGURENLAIGUALDADDEGÉNERO, QUEFACILITENELACCESOALSERVICIOYQUEMEJOREN LASCONDICIONESDELAPRESTACIÓN

Se actuará bajo un marco de medidas que garanticen la igualdaddegéneroyqueatiendanaladiversidad.Elperso-nal de la DGPCyE asumirá las reglas de atención y compromi-soéticosiguientes:12. Reglas de atención al público.En información presencial y telefónica, los informadores se-guiránestasreglasdeactuaciónconlosciudadanos:• Les atenderán con educación y respeto• Deberán poder ser identificados adecuadamente• Escucharán con la debida atención al ciudadano• Utilizarán un lenguaje fácilmente comprensible• Tratarán de resolver la cuestión planteada en el menor tiempo posible• Se asegurarán de que el ciudadano ha sido atendido e informado debidamente• Le despedirán con amabilidadEn la modalidad de información escrita se concretarán las cuestiones planteadas en su comunicación y se elaborará una respuesta rápida, personalizada, clara y concreta, que se ofrecerá por escrito o por los medios que resulten más efica-ces y que aseguren su recepción.13. Compromisoéticodeactuacióndelosinformadores.Valores: integridad,neutralidad, imparcialidad, objetividad,transparencia en la gestión, receptividad, responsabilidad profesional y actitud de servicio a los ciudadanos.Trato: consideración, actitud de máxima ayuda y mínimamolestia, confidencialidad, confianza, actuación eficiente y trato personalizado.Estos valores se extremarán en la atención a las personas que tengan algún tipo de discapacidad.14. Medidasparaasegurarlaigualdaddegénero.Analizarycorregirlasactuacionesyconductasqueimpidano dificulten el respeto a la igualdad de trato entre hombres y mujeres.

4. INDICADORESPARAEVALUARLACALIDAD

Para determinar el nivel de cumplimiento de los compromi-sos anteriores, que se corresponde con el de calidad de los

serviciosprestados,seestablecenlossiguientesindicadores:1. Número de accesos a la página web, totales y por conteni-dos y porcentaje de las actualizaciones de los contenidos de la página web antes de los plazos establecidos en los com-promisos:diario,semanal,quincenalymensual.2. Número de consultas presenciales atendidas en total y porcentaje de las atendidas antes de treinta minutos.3. Número de respuestas dadas por la Sala Nacional de Emer-gencias a las peticiones de información puntuales. Porcenta-je de respuestas en un plazo máximo de 10 días.4. Llamadas telefónicas recibidas, tiempo medio de duración de las atendidas por operadores e informadores y porcentaje de consultas atendidas con posterioridad. Número de con-testaciones emitidas en plazo. (10 días).5. Número de escritos de consulta y porcentaje de los con-testados antes de veinte días.6. Número de correos electrónicos de consulta y porcentaje de los contestados antes de diez días.7. Número de publicaciones editadas por todos los medios, número de peticiones de publicaciones y porcentaje de las atendidas antes de 20 días.8. Porcentaje de asistentes a actividades de formación sa-tisfechos con el material didáctico entregado, la formación recibida, etc., en función de las encuestas realizadas a los asistentes.9. Opinión general de los servicios. Resultado de las encues-tas de los servicios prestados.

Page 20: Otoño / Invierno 2012

2. DIRECCIONESTELEFÓNICAS,TELEMÁTICASYPOSTALES

POSTAL

Dirección General de Protección Civil y EmergenciasC/Quintiliano, 2128002-Madrid

Escuela Nacional de Protección CivilCamino Salmedina28529 Rivas-Vaciamadrid (Madrid)

TELEFÓNICA

Dirección General de Protección Civil y EmergenciasCentralita:91/5373100FAX:91/5628941

Escuela Nacional de Protección CivilTeléfono:915373086

TELEMÁTICA

[email protected]@procivil.mir.es

OtrasDireccionesdeInterésTeléfono060:TeléfonodeInformacióngeneraldetodaslasAdministracionesPúblicasWeb:www.060.es

3. FORMADEACCESOALADGPCyE

Dirección General de Protección Civil y EmergenciasMetro:Avda.deAmérica(Línea4),Cartagena(Línea7)yCruzdel Rayo (Línea 9)Autobuses:72,1,9

Escuela Nacional de Protección CivilMetro:Rivas-Vaciamadrid

III. MEDIDAS DE SUBSANACIÓN

Los usuarios que quieran formular reclamación por incum-plimiento de los compromisos declarados en la presente Carta de Servicios, se dirigirán por escrito ordinario o tele-máticoalÁreadeEstudiosyDocumentación(Unidadqueseresponsabilizará de la gestión y control de la calidad de la carta de servicios). El titular de la Dirección General de Pro-tección Civil y Emergencias contestará por escrito a cada uno delosreclamantespidiéndoledisculpas,siprocede,einfor-mándole de las medidas correctoras adoptadas.Las reclamaciones por incumplimiento de los compromisos, se-gún el artículo 9 c) del RD 951/2005, en ningún caso darán lugar aresponsabilidadpatrimonialporpartedelaAdministración.

IV. INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

1. IDENTIFICACIÓNYDIRECCIÓNDELAUNIDAD RESPONSABLEDELACARTA LaJefedeÁreadeEstudiosyDocumentacióndelaDGPCyEserá la encargada de velar por el cumplimiento de los com-promisos establecidos en la misma y de impulsar las perti-nentes acciones de mejora.

JefedeÁreadeEstudiosyDocumentaciónC/ Quintiliano, 2128002-MADRIDTfno:915373237Correoelectrónico:[email protected]

LaJefedeÁreadeEstudiosyDocumentación,responsabledelaCarta,además:• CompondráyconservaráelRegistro InformáticodeAc-tos de atención al Ciudadano.• Impulsará el Plan de revisión de bases de datos e infor-mación.• Impulsará el Plan de detección de la valoración pública de los servicios.• Contestaráatravésdelasunidadescompetenteslasre-clamaciones y quejas que los ciudadanos le dirijan.

Page 21: Otoño / Invierno 2012

La coordinación de la protección civilen la Unión Europeacomo medio para afrontar las catástrofesLuxemburgo: Oficina de Publicaciones Oficiales de las Comunidades Europeas

Dirección General de Medio Ambiente

Page 22: Otoño / Invierno 2012

Introducción

Europa se ve afectada con frecuencia por graves catás-

trofes, como inundaciones e incendios forestales, o por

accidentes tecnológicos, como explosiones en fábricas y

vertidos de sustancias químicas.

Entre las catástrofes más recientes cabe citar la explosión

ocurridaenlafábricadeproductosquímicosAZFdeTou-

louse (Francia) en septiembre de 2001, que se saldó con

29 víctimas mortales e importantes daños, el vertido de

cianuro de unamina en BaiaMare (Rumanía) en 2000,

que contaminó una extensa zona del Danubio, y los terre-

motos de 1999 en Grecia y Turquía, en los que fallecieron

más de 17 000 personas.

En algunos casos, los países afectados pueden hacer fren-

tepor sí solosaeste tipodecatástrofes.Amenudo, sin

embargo, necesitan ayuda urgente del extranjero y es en

estas situaciones en las que interviene la estrategia comu-

nitaria de cooperación en el ámbito de la protección civil.

Los tipos de catástrofes a que deben enfrentarse los paí-

ses europeos dependen en cierta medida de su geografía

yde suclima.Así,porejemplo,muchosEstadosmiem-

bros meridionales de la Unión Europea están especial-

mente expuestos a los terremotos y a los incendios fores-

tales, mientras que los países septentrionales tienen más

probabilidades de sufrir catástrofes tecnológicas me-

nores como explosiones de fábricas o naufragios. Por

consecuencia, diferentes Estados miembros han adqui-

rido gran preparación para hacer frente a las catástrofes

en diversos sectores, motivo por el cual la cooperación

comunitaria en materia de protección civil reviste tanta

importancia. Gracias al intercambio de opiniones y expe-

riencias, los expertos en protección civil de toda la Unión

pueden sacar partido de las mejores prácticas respectivas

e incrementar de este modo la capacidad global de Euro-

pa para afrontar las catástrofes.

Page 23: Otoño / Invierno 2012
Page 24: Otoño / Invierno 2012

Objetivos

Las diversas estrategias de cooperación de la

Unión Europea (UE) en el ámbito de la protección

civil no pretenden sustituir a los sistemas naciona-

les. Todas las iniciativas se basan firmemente en

uno de los principios rectores de la UE, a saber, el

principio de subsidiariedad, en virtud del cual en

la Unión las medidas siempre han de adoptarse a

escala local en la medida de lo posible.

Las competencias nacionales, regionales y locales

constituyen y seguirán constituyendo el núcleo de

todas las iniciativas europeas de intervención en

caso de catástrofe.

Lo que la Comunidad se propone es desempe-

ñar un papel de coordinación entre los expertos

en protección civil de los Estados miembros de la

Unión, los países candidatos a la adhesión a la UE

y los países del Espacio Económico Europeo (EEE).

Muchas iniciativasdeproteccióncivil tambiénse

hanampliadoalospaísesdeÁfricaseptentrional

y a determinadas regiones de Oriente Medio en el

marco del proyecto Euro-Med.

En situaciones de emergencia, el planteamiento

comunitario garantiza el rápido envío a las zonas

siniestradasdelpersonalmáscualificado.También

hace posible que profesionales de protección civil

de toda Europa se reúnan periódicamente e inter-

cambien puntos de vista y buenas prácticas. Gra-

cias a este planteamiento, la Comunidad cuenta

con una de las mejores estrategias de intervención

ante catástrofes del mundo.

Más concretamente, la cooperación comunitaria en

el ámbito de la protección civil persigue los siguien-

tes objetivos:

u Respaldar y completar los esfuerzos

realizados a escala nacional, regional y local con

miras a la prevención de catástrofes, y contribuir

a mejorar el nivel de preparación de los responsa-

bles de protección civil e intervención.

u Contribuir a la información de los ciuda-

danos europeos para que puedan protegerse mejor.

u Crear un marco de cooperación rápida

y eficaz entre los servicios nacionales de protec-

ción civil cuando sea necesaria la asistencia mutua.

u Aumentarlacoherenciadelasmedidas

tomadas a escala internacional en el ámbito de la

protección civil, especialmente en el contexto de

la cooperación con los países candidatos de Euro-

pa Central y Oriental.

Page 25: Otoño / Invierno 2012

Después del 11 / 9 / 2001

La necesidad de contar con un planteamiento eu-

ropeo en materia de protección civil se hizo más

imperiosa tras los atentados terroristas ocurridos

el 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos.

Los Estados miembros enseguida se dieron cuenta

de que la Unión necesitaba una estrategia de in-

tervención clara y coordinada en caso de que algu-

no de ellos sufriera un atentado similar.

La Comisión Europea dio una rápida respuesta

a estas preocupaciones y en noviembre de 2001

publicó un detallado informe en el que proponía

una seriede iniciativas concretas (1).Así, sepre-

sentaban las medidas que podían adoptarse para

prevenir atentados contra lugares vulnerables

como fábricas de productos químicos o centrales

nucleares, y se sugerían medios para coordinar la

respuesta de Europa en caso de producirse tales

atentados.

Asimismo,seproponíanmedidasparahacerfren-

tealahipotéticaamenazadeatentadosterroristas

con armas biológicas, químicas o nucleares.

(1) Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo COM(2001) 707 final «Protección civil: estado de alerta preventiva frente a posibles emergencias».

Page 26: Otoño / Invierno 2012

La coordinación en la práctica

Los Gobiernos de la UE acordaron oficialmente

por primera vez coordinar sus estrategias de pro-

tección civil en una reunión ministerial celebrada

en Roma en 1985. Entre 1985 y 1994 aprobaron

una serie de iniciativas preliminares que sentaron

las bases del amplio planteamiento coordinado

actual para prevenir y afrontar catástrofes graves.

Todas las iniciativas de protección civil a escala co-

munitaria se adoptan sobre la base del principio

de subsidiariedad y la Comisión Europea siempre

ha puesto todo su empeño en respaldar e impul-

sar los esfuerzos realizados a escala nacional, re-

gional y local.

Mayor eficacia

merced a los programas de acción

En 1997, el Consejo de la Unión Europea dio un

importante paso adelante al aprobar un programa

de acción de amplio alcance en materia de protec-

ción civil.

El nuevo programa tiene por objeto apoyar y com-

pletar los esfuerzos de los Estados miembros de

la UE en el ámbito de la protección civil a escala

nacional, regional y local, así como facilitar los in-

tercambios entre los especialistas europeos del

sector.

Los proyectos respaldados por el programa de

acción están subvencionados conjuntamente por

la Comunidad y al menos un Estado miembro, y

abarcanlossiguientesámbitos:

•evaluación, prevención y atenuación del riesgo

•información del público

•preparación e intervención

•análisis a posteriori

•medidas horizontales

Page 27: Otoño / Invierno 2012

Evaluación, prevención y atenuación del riesgo

En este ámbito los proyectos están destinados a re-

ducir al mínimo el riesgo de que se produzca una

amplia gama de catástrofes naturales y accidentes

tecnológicos.Tambiénpretendenmitigarlosefec-

tosdelascatástrofescuandoéstastienenlugar.

Entre los resultados finales de estos proyectos se

espera obtener directrices y principios claros en

materia de prevención de catástrofes naturales y

accidentes tecnológicos graves. Además de abor-

dar una serie de cuestiones generales relacionadas

con la prevención de catástrofes, estos proyectos se

centran ante todo en los riesgos que entrañan las

inundaciones, las roturas de presas y los incendios.

Información del público

El principio subyacente a estos proyectos es garan-

tizar que los ciudadanos de la UE puedan hacerse

con la información adecuada en su propia lengua

cuando la necesiten, es decir, en caso de emergen-

cia o catástrofe, para así poder protegerse con ma-

yor eficacia.

Las personas que viajan, trabajan o estudian en un

Estado miembro han de ser capaces de compren-

der la información que se les proporciona por me-

dio de señales, carteles, avisos o advertencias de

otro tipo. En caso de peligro, las personas han de

comprender lo que las autoridades de cada Estado

miembro de la UE tratan de decirles para así poner-

se a salvo y proteger a quienes de ellas dependen.

El 112: un ejemplo práctico

de la protección civil en acción

El 112 es el número único europeo para llamadas

de emergencia.

Los ciudadanos europeos que se encuentren en

situaciones de peligro pueden marcar el 112 y po-

nerse en contacto con los servicios de emergencia

detodoslosEstadosmiembros.Asípues,cualquier

persona que viaje por la Unión sólo tiene que re-

cordar un número, lo cual garantiza una interven-

ción más rápida y eficaz en cualquier situación de

emergencia. El Consejo de la Unión Europea deci-

dió crear el servicio 112 en 1991 y, según todos los

Estados miembros, este número funciona actual-

mente en sus territorios.

Preparación e intervención

AunquetodoslosciudadanosdelaUEtienende-

recho a protección y asistencia de buena calidad,

actualmente existen considerables diferencias

entre los Estados miembros en materia de riesgos

y factores geográficos y demográficos. Con estos

proyectos se pretende eliminar esas diferencias

y garantizar a los ciudadanos el mismo nivel ele-

vado de preparación ante las catástrofes en cual-

quierlugardelaUniónEuropea.Algunasiniciati-

vas específicas incluyen proyectos sobre medicina

de catástrofes y planes para mejorar la asistencia

psicológica a las víctimas de catástrofes.

Otros proyectos pretenden mejorar las condicio-

nes de formación de profesionales de la protec-

ción civil, como bomberos y otros trabajadores de

los servicios de emergencia.

Page 28: Otoño / Invierno 2012

Análisis a posteriori

Los proyectos tienen como objetivo garantizar

que los expertos en protección civil de la UE ex-

traen todas las enseñanzas posibles de catástrofes

pasadas a fin de hacer frente a las futuras con ma-

yor eficacia. Los proyectos específicos subvencio-

nados en este ámbito incluyen un plan de prepara-

ción de los Estados miembros más expuestos a los

terremotos y un pormenorizado análisis de los as-

pectos socioeconómicos de las catástrofes.

Medidas horizontales

Estos proyectos se destinan a los profesionales que

trabajan en todos los campos de la protección civil.

Hasta el momento se han subvencionado un estu-

dio sobre la utilización de las nuevas tecnologías

de la información en las operaciones de socorro, un

informe sobre el papel que pueden desempeñar

las organizaciones no gubernamentales (ONG) a la

hora de afrontar una catástrofe y un amplio inter-

cambio de pareceres sobre cuestiones de protec-

ción civil con los países candidatos a la adhesión.

Nuevo mecanismo para coordinar

las operaciones de socorro

en caso de catástrofe

En octubre de 2001 los Gobiernos de la UE acorda-

ron crear un nuevo «mecanismo» para facilitar la

cooperación en las intervenciones de asistencia en

el ámbito de la protección civil.

Este mecanismo se basa en un exhaustivo plan

presentado por la Comisión Europea en septiem-

bre de 2000 y establece estrategias detalladas para

hacer frente a todo tipo de emergencias graves

que puedan exigir una intervención urgente, des-

de catástrofes en tiempos de paz como los terre-

motos hasta amenazas o atentados terroristas.

El nuevo plan se aprobó en el contexto de una se-

rie de graves catástrofes que han asolado la UE y

el mundo en general en los últimos años. Sólo en

1999 cabe citar los terremotos en Grecia y Turquía,

las tormentas que ocasionaron graves daños en

muchos países europeos y el naufragio del Erika,

quecontaminó400kilómetrosdellitoralfrancés.

En2000,elvertidodesustanciasquímicasdeBaia

Mare contaminó las aguas del Danubio en Ruma-

Page 29: Otoño / Invierno 2012

nía y Hungría, y la explosión de una fábrica de pro-

ductospirotécnicos en los Países Bajos causó 20

víctimas mortales.

El año 2001 pasará a la historia como el año de

los atentados terroristas del 11 de septiembre en

Estados Unidos, aunque también en ese año se

produjolaexplosióndelafábricaAZFenToulouse

(Francia), en la que fallecieron 29 personas.

El nuevo mecanismo trata ante todo de facilitar la

cooperación entre los Estados miembros, de modo

que las autoridades de una región asolada por una

catástrofe puedan recurrir lo antes posible a una

amplia red comunitaria de expertos en protección

civil. El mecanismo se activa cuando un país afec-

tado por una catástrofe solicita ayuda a sus socios

de la UE. En principio se destinaba a los Estados

miembros, los países del EEE y los países candida-

tos,perotambiénsepondráadisposiciónde los

terceros países que pidan ayuda a la Unión para

hacer frente a una catástrofe.

El núcleo del nuevo mecanismo lo constituye la

creación de un centro perfeccionado de vigilancia

e información en materia de protección civil de la

UE. El nuevo centro estará gestionado por la Co-

misiónEuropeaenBruselas y, al igualque la ac-

tual estructura operativa de protección civil de la

Comisión, funcionará las 24 horas del día y los 365

días del año.

El centro puede recurrir en cualquier momento a

una red de expertos y, por lo general, es capaz de

reunir a un equipo especial de intervención y en-

viarlo al lugar de la catástrofe en cualquier parte

del mundo en 12 horas.

Así,porejemplo,pocashorasdespuésdelosaten-

tados del 11 de septiembre, la Comisión contribu-

yó a reunir a un equipo de más de 1000 socorristas,

listos para volar de inmediato hacia Nueva York y

Washington.

El Manual operativo de protección civil

El Manual operativo enumera los puntos de contac-

to en cada uno de los Estados miembros, los países

del EEE y los países candidatos en relación con las

autoridades competentes, los puntos de contacto

operativos y los corresponsales nacionales.

Page 30: Otoño / Invierno 2012

Red Permanente de Corresponsales Nacionales

y Comité del Programa de Acción

y del Mecanismo de Protección Civil

La Red Permanente de Corresponsales Nacionales

está formada por representantes de alto nivel de las

administraciones nacionales responsables de pro-

tección civil y es la primera red coordinada en este

campo creada en la Unión Europea. Constituye un

foro para el intercambio de información y el debate

sobre las diversas iniciativas de protección civil.

Afindequelaejecucióndelprogramadeacción

y el mecanismo comunitario faciliten una mayor

cooperación en las intervenciones de ayuda en

este ámbito, la Comisión cuenta con la asistencia

delComitédelProgramadeAcciónydelMecanis-

mo de Protección Civil, compuesto por represen-

tantes de los Estados miembros y presidido por la

propia Comisión.

El Vademécum: una guía de protección civil

La Comisión Europea actualiza periódicamente un

Vademécumdeproteccióncivilqueofreceunpa-

norama de las medidas adoptadas por los Estados

miembros de la UE, los países del EEE y los países

candidatos para hacer frente a las catástrofes. Se

trata de un documento detallado, destinado a los

responsables de la protección civil a escala nacio-

nal, regional y local, a los voluntarios y las ONG, y a

los ciudadanos interesados.

En él se describen las catástrofes queha habido

que afrontar, se presentan planes para futuras

emergencias y se reparten claramente las compe-

tencias a escala local, regional, nacional y europea

a la hora de hacer frente a una catástrofe. El Vade-

mécum también expone los progresos logrados

por la Comisión, conjuntamente con los servicios

nacionales, con miras a una mayor cooperación en

el ámbito de la protección civil.

Page 31: Otoño / Invierno 2012

Cooperación internacional

La Comisión participa activamente en una serie de

acuerdos de cooperación internacional en materia

de protección civil e intervención en caso de catás-

trofe. Estas actividades se llevan a cabo en el marco

de las políticas de la UE o de iniciativas particulares.

Actividades en el marco de las políticas

de la Unión Europea

En la cuenca mediterránea la Unión financia un

proyecto piloto Euro-Med de protección civil a tra-

vésdelprogramaMEDA.Elobjetivogeneralradi-

ca en contribuir a fortalecer la confianza desde el

punto de vista político y de la seguridad en la zona

euromediterránea. El proyecto está dirigido por

expertos italianos y egipcios, que lo consideran el

componente básico inicial para la creación de un

sistema euromediterráneo de protección civil. Se

han programado actividades en los ámbitos de la

formación, el intercambio de expertos y la crea-

ción de una red de escuelas de protección civil.

Otras actividades

La UE participa activamente en una serie de acuer-

dosyestructurasinternacionalesdeproteccióncivil:

Acuerdo parcial abierto del Consejo de Europa

[EUR-OPA Major Hazards Agreement

(Acuerdo sobre riesgos graves)]

La finalidad de dicho acuerdo, aprobado por el Con-

sejo de Europa en marzo de 1987, es impulsar una

cooperación más estrecha entre los Estados miem-

bros en materia de prevención e intervención en

caso de catástrofes naturales y tecnológicas.

Las actividades se centran en la formulación de

políticasyen lacoordinacióncientíficay técnica,

incluida la creación de sistemas de alerta rápida y

de numerosos centros de investigación. No todos

los Estados miembros de la UE son partes contra-

tantes de este acuerdo.

Convenio sobre los efectos transfronterizos de los

accidentes industriales

La UE es parte contratante de este acuerdo inter-

nacional, que está coordinado por la Comisión

Económica de las Naciones Unidas para Europa

(CEPE). El convenio se centra en la prevención, la

preparación y la intervención en caso de acciden-

tes industriales que puedan tener efectos trans-

fronterizos. Abarca la cooperación internacional

en un contexto transfronterizo en materia de asis-

tencia mutua, investigación y desarrollo e inter-

cambio de información y tecnología.

Iniciativa Centroeuropea (ICE)

Este acuerdo de cooperación sobre la previsión,

prevención y atenuación de catástrofes naturales

y tecnológicas, celebrado en 1996 entre Austria,

Croacia, Hungría, Italia, Polonia y Eslovenia (la Co-

misión Europea posee estatuto de observador),

abarca el intercambio regular de información cien-

tíficaytécnicaydedatospertinentes,programas

comunes de investigación y la formación de ex-

pertos con el fin de elaborar programas comunes

deproteccióncivilygestióndecatástrofes.Aeste

efecto se ha redactado un manual operativo desti-

nado a las partes participantes.

Graciasaestainiciativatambiénhanmejoradolos

contactos entre las instituciones nacionales res-

ponsables en lo que respecta a los terremotos.

Page 32: Otoño / Invierno 2012

terminada puede tener graves repercusiones en

elmedioambiente.Asíocurreespecialmenteenel

caso de catástrofes tales como explosiones de fá-

bricas y vertidos químicos.

Cuando las catástrofes se producen en lugares «de

riesgo» de este tipo, los expertos de protección civil

han de conocer perfectamente la «Directiva Seve-

so» de la UE, que establece normas para la gestión

de instalaciones potencialmente peligrosas.

Coordinación con otras políticas de la Unión Europea

Como en todos los ámbitos de actividad de la UE,

las iniciativas de la Unión a fin de coordinar las in-

tervenciones de protección civil no son un fenó-

meno aislado. Las intervenciones en caso de ca-

tástrofe grave abarcarán a menudo otros ámbitos

de competencia de la UE, como los de la justicia y

asuntos de interior, cuando, por ejemplo, es nece-

saria la cooperación entre las fuerzas de policía, o la

normativa medioambiental si una catástrofe de-

Page 33: Otoño / Invierno 2012

Próximos pasos

La cooperación comunitaria en el ámbito de la pro-

tección civil será cada vez más importante en los

próximos años. Una vez que el mecanismo acor-

dado en octubre de 2001 funcione plenamente, el

planteamiento de la Unión para hacer frente a las

catástrofes, ya riguroso en la actualidad, será toda-

vía más eficaz.

En el futuro, los Estados miembros y la Comisión

Europeaharánhincapiéen lanecesidadde tratar

de prevenir las catástrofes. Es de vital importancia

reaccionar rápida y eficazmente ante una catástro-

fe, pero todavía es más importante, si cabe, tratar

de impedirla en la medida de lo posible.

A tal fin, seránnecesarias relaciones todavíamás

estrechas entre los expertos locales, regionales y

nacionales que constituyen la espina dorsal de las

estrategias europeas de intervención en caso de

catástrofe. Además, es importante que todos los

ciudadanos sean conscientes de los riesgos poten-

ciales y sepan reaccionar con calma y rapidez en

situaciones de emergencia.