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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ Facultad de Agronomía Tema: ORDENAMIENTO TERRITORIAL Cátedra: Manejo y Conservación de Cuencas Catedrático: Victor Paredes Atoche Alumnos: CHANCASANAMPA TORRES, Sharon CORPUS CHAGUA, Christopher LAURA HIJAR, Yond Hernán TICSE PAUCAR, Gustavo TUEROS MUNIVE, Miguel

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“Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento

de la Educación”UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL

PERÚ

Facultad de Agronomía

Tema:ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Cátedra: Manejo y Conservación de Cuencas

Catedrático: Victor Paredes Atoche

Alumnos: CHANCASANAMPA TORRES, SharonCORPUS CHAGUA, ChristopherLAURA HIJAR, Yond HernánTICSE PAUCAR, GustavoTUEROS MUNIVE, Miguel

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Mantaro, Noviembre 2015INTRODUCCIÓN

El pasado 20 de setiembre del 2013 se realizó el foro “Perú, rumbo al ordenamiento territorial” en el Congreso. Aquí se presentó el proyecto de Ley 2522/2012-CR presentado por la congresista cusqueña Verónica Mendoza. Cabe mencionar que existen otros 3 proyectos de Ley que están siendo revisados en la respectiva comisión. A partir de este foro se inició una serie de audiencias públicas descentralizadas para debatir el tema.Los intentos en el Perú por tener una ley de ordenamiento territorial tienen una larga data, el primer registro que tenemos de un proyecto de Ley en la materia viene del 2006. Siete años después seguimos en el intento.Revisando el proyecto de Ley, encontramos algunos aciertos y otros tantos desaciertos. La sensación general que deja al revisarla es un poco decepcionante. Pues a pesar de que tiene algunos puntos fuertes, mantiene débiles otros tantos dejando un saldo negativo.Al parecer, es un proyecto de Ley que desconoce los procesos vigentes y en ejecución en cuanto a ordenamiento territorial se refiere en nuestro país, especialmente los distritales, que no se encuentran considerados absolutamente. ¿Acaso es posible que la futura Ley de OT ni rija estos procesos? En actualidad muchos distritos en el Perú vienen ejecutando sus proyectos SNIP sobre la materia, su objetivo en última instancia es obviamente su POT distrital, pero esto es totalmente ignorado en proyecto de Ley en cuestión.

DEFINICIÓN PREVIAS Y ANTECEDENTES

TERRITORIOComúnmente, cuando se alude al territorio, se suele pensar en un espacio determinado, o en una porción de tierra. Por ejemplo, según la definición de la Constitución Política del Perú, el territorio nacional es: “el espacio que comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre”.Hoy y por efecto de la ciencia geográfica, en constante renovación, así como del impacto de la globalización económica, existen nociones mucho más complejas del territorio.

Desde esta perspectiva el territorio es:“El resultado de la relación que establece la sociedad, los seres humanos, desde sus diversas actividades y relaciones (económicas, sociales, políticas, culturales) con el espacio en el que éstas se desarrollan y sus determinantes naturales, generando formas particulares de organización del territorio, maneras de vivirlo y también identidades”.

El territorio incluye a: Las instituciones, Los marcos legales,

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Los diversos actores con sus identidades e intereses, Las actividades que desarrolla la población, La infraestructura y equipamiento y Sus características físico-geográficas.

¿QUÉ ES EL PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL (POT)?El POT es un instrumento de planificación del desarrollo local, de carácter técnico, normativo y político, sirve para ordenar los territorios municipales y distritales.Es una herramienta básica de acción física y administrativa, que plasma objetivos ambientales, económicos y sociales del territorio y las comunidades que participan históricamente de su construcción.Adopta una visión de largo plazo y también unos instrumentos de gestión que actúan integral y sectorialmente articulados, estrategias, programas y proyectos, conforme a un imaginario compartido de ciudad.El plan de ordenamiento es la guía por excelencia para dirigir la inversión pública hacia fines específicos relacionados con el mejoramiento estructural y funcional del municipio.En la Ley se establece que el ordenamiento del territorio, se debe hacer de manera concertada, por los municipios o distritos y las áreas metropolitanas, en ejercicio de la función pública que les compete en su jurisdicción y para regular la utilización, transformación y ocupación del espacio, de acuerdo con las estrategias de desarrollo socioeconómico y en armonía con el medio ambiente y las tradiciones históricas y culturales.

ORDENAMIENTO TERRITORIAL:“La expresión espacial de las políticas económicas, sociales, culturales y ecológicas de la sociedad. Es una disciplina científica, una técnica administrativa y una política concebida como un enfoque interdisciplinario y global. Sus objetivos son el desarrollo socioeconómico equilibrado de las regiones, la mejora de la calidad de vida, la gestión responsable de los recursos naturales, la protección del medio ambiente y la utilización racional del territorio”.En el Perú, la definición del OT se puede encontrar en los “Lineamientos de política para el ordenamiento territorial” del Ministerio del Ambiente-MINAM.“Una política de Estado, un proceso político y técnico administrativo de toma de decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos para la ocupación ordenada y el uso sostenible del territorio, la regulación y promoción de la localización sostenible de los asentamientos humanos, de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial sobre la base de la identificación de potencialidades y limitaciones considerando criterios ambientales, económicos, socioculturales, institucionales y geopolíticos”.

PRINCIPIOS GENERALES DEL ORDENAMIENTO TERRITORIAL:El ordenamiento del territorio se fundamenta en los siguientes principios:

Función social y ecológica de la propiedad. Prevalencia del interés general sobre el particular. Distribución equitativa de cargas y beneficios.

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¿QUÉ ES LA FUNCIÓN PÚBLICA DEL URBANISMO?El ordenamiento del territorio constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de los siguientes fines:1. Posibilitar a los habitantes el acceso a las vías públicas, infraestructuras de transporte y demás espacios públicos, y su destinación al uso común, y hacer efectivos los derechos constitucionales de la vivienda y los servicios públicos domiciliarios.2. Atender los procesos de cambio en el uso del suelo y adecuarlo en aras del interés común, procurando su utilización racional en armonía con la función social de la propiedad a la cual le es inherente una función ecológica, buscando el desarrollo sostenible.3. Mejorar la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación del patrimonio cultural y natural.4. Mejorar la seguridad de los asentamientos humanos ante los riesgos naturales.

COMPONENTES DE PLANTEAMIENTO TERRITORIAL:

COMPONENTE GENERAL DEL PLANCompuesto por los objetivos y estrategias de largo plazo traducidas en los siguientes propósitos:

Acciones sobre el suelo para organizar las políticas para la ocupación y aprovechamiento del suelo.

Sistemas de comunicación entre el ·rea rural y la urbana. Señalamiento de·reas de reserva y medidas de protección del medio ambiente. Identificación de zonas de alto riesgo. Clasificación del suelo urbano, rural y expansiona urbana.

COMPONENTE URBANOSe refiere a la administración del suelo urbano y de expansión urbana. Integra políticas de mediano y corto plazo, procedimientos e instrumentos de gestión y está· articulado y supeditado al componente general del plan.Constituido por las políticas, acciones y normas para encauzar el desarrollo físico urbano.Propósitos:

Políticas de mediano y largo plazo sobre uso y ocupación del suelo urbano. Localización y dimensionamiento de la infraestructura vial y de transporte. Redes primarias y secundarias de servicios públicos. Localización prevista para los servicios de equipamiento colectivo. Estrategias de crecimiento y ordenamiento de la ciudad. Estrategias para el desarrollo de programas de vivienda.

COMPONENTE RURALGarantiza la adecuada interacción entre los asentamientos rurales y su cabecera municipal, la conveniente utilización del suelo rural, y enmarca la actuación pública

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tendiente a suministrar la infraestructura y equipamiento básico para el servicio de la población rural.Propósitos:Políticas sobre ocupación del suelo en el ·rea rural.Señalamiento de condiciones de protección, conservación y mejoramiento de las zonas de producción agropecuaria.Determinación de sistemas de aprovisionamiento de servicios de agua potable y saneamiento básico y la localización de equipamientos en salud y educación.Normas para la parcela cok de predios rurales.