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“Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres”
“Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional”
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ORIENTACIONES PARA EL REPORTE,
EVALUACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE
LOGROS AMBIENTALES DE LAS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS DE EDUCACIÓN
BÁSICA PARA EL AÑO 2018
MINEDU-DIGEBR-UEA
OCTUBRE 2018
“Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres”
“Año del Diálogo y la Reconciliación Nacional”
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1. OBJETIVO
Reportar, evaluar y reconocer el proceso de aplicación del enfoque ambiental en las
instituciones educativas (IIEE) de Educación Básica en sus diversas modalidades, tales
como: Educación Básica Regular (EBR), Educación Básica Alternativa (EBA),
Educación Básica Especial (EBE) y Educación Intercultural Bilingüe (EIB), en el marco
de la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica y del Plan Nacional
de Educación Ambiental.
2. ALCANCES
Ministerio de Educación (MINEDU).
Direcciones o Gerencias Regionales de Educación (DRE/GRE).
Unidades de Gestión Educativa Local (UGEL).
IIEE públicas y privadas de EBR, EBA, EBE y EIB.
3. MARCO NORMATIVO
Ley General de Educación N° 28044.
Ley General del Ambiente N° 28611.
Ley General de Salud N° 26842.
Ley N° 30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable para niños, niñas, y
adolescentes.
Ley Nº 30754, Ley marco sobre Cambio Climático
Ley N° 26839, Ley sobre la Conservación y el Aprovechamiento Sostenible de la
Diversidad Biológica.
Decreto Supremo N° 009-2009-MINAM, que aprueba las Medidas de Ecoeficiencia
para el Sector Público.
Decreto Supremo N° 014-2011-MINAM, que aprueba el Plan Nacional de Acción
Ambiental
– PLANAA Perú: 2011-2021.
Decreto Supremo N° 111-2012-PCM, que aprueba la Política Nacional de Gestión
del Riesgo de Desastres como Política Nacional de obligatorio cumplimiento para las
entidades del Gobierno Nacional.
Decreto Supremo N° 034-2014-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Gestión del
Riesgo de Desastres 2014-2021.
Decreto Supremo N° 017-2012-ED, que aprueba la Política Nacional de Educación
Ambiental.
Decreto Supremo N° 016-2016-MINEDU, que aprueba el Plan Nacional de Educación
Ambiental 2017-2022 (PLANEA).
Decreto Supremo N° 017-2017-MINEDU, que aprueba el Reglamento de la Ley N°
30021, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable.
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Decreto Legislativo N° 1278, Ley de Gestión Integral de Residuos Sólidos
Resolución Viceministerial Nº 006-2012-ED, que aprueba las “Normas para la
planificación, implementación, supervisión y evaluación de la aplicación del enfoque
ambiental en la educación básica y técnico productiva”.
Resolución Ministerial N° 281-2016-MINEDU que aprueba el Currículo Nacional de
la Educación Básica (CNEB).
Resolución Ministerial N° 657-2017- MINEDU que aprueba las “Orientaciones para
el desarrollo del año escolar 2018 en IIEE y programas educativos de la Educación
Básica".
Resolución Ministerial Nº 321-2017-MINEDU, que autoriza la conformación de la
Comisión Ambiental y de Gestión de Riesgos y establece sus funciones.
Resolución Ministerial Nº 396-2018-MINEDU, que modifica el nombre de la Comisión
Ambiental y de Gestión de Riesgos y establece las orientaciones para su
conformación.
4. DISPOSICIONES GENERALES
4.1 El MINEDU, las DRE o GRE y las UGEL son responsables del reporte, evaluación y
reconocimiento de la aplicación del enfoque ambiental en las IIEE correspondientes
a sus ámbitos de ejecución.
4.2 El enfoque ambiental se aplica en la gestión escolar, tanto institucional como
pedagógica, en la gestión institucional se aplica el enfoque ambiental en los
instrumentos de gestión como Proyecto Educativo Institucional-PEI y el Plan Anual
de Trabajo-PAT, los mismos que guardan coherencia con la situación y el contexto
de las IIEE.
4.3 El enfoque ambiental se aplica en la gestión pedagógica en el Plan Curricular
Institucional-PCI, en la programación y ejecución de unidades y sesiones de
aprendizaje, proyectos de aprendizaje, y Proyectos Educativos Ambientales
Integrales (PEAI), los mismos que guardan coherencia con la situación y el contexto
de las IIEE.
4.4 Las IIEE tienen la responsabilidad de realizar el reporte de la aplicación del enfoque
ambiental a través de la Matriz de Logros Ambientales, generando los procedimientos
que garanticen que éste sea eficaz, participativo, veraz y transparente.
5. DE LA MATRIZ DE LOGROS AMBIENTALES
5.1 La Matriz de Logros Ambientales es la herramienta de reporte y evaluación que
permite estimar el nivel de logro alcanzado en la aplicación transversal del enfoque
ambiental en las IIEE (Anexo N° 01).
5.2 La Matriz de Logros Ambientales evalua actividades e hitos de aplicación del
enfoque ambiental a través de sus cinco componentes: Gestión Escolar, Cambio
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Climático, Ecoeficiencia, Salud y Gestión del Riesgo de Desastres.
5.3 Los hitos se implementan en la gestión institucional y en la gestión pedagógica y su
cumplimiento se realiza de acuerdo a las metodologías y orientaciones de cada
nivel y modalidad de la Educación Básica.
5.4 El nivel de logro de las IIEE se determina mediante la suma del número de hitos
reportados como cumplidos en la evaluación de cada actividad, dividido entre el
número total de hitos (N) y multiplicado por 100%.
Tabla N° 1: Fórmula para calcular el nivel de logro ambiental
(# de hitos cumplidos reportados) x 100%
N
5.5 El resultado final obtenido por las IIEE se clasifica en función a la escala de nivel de
logro ambiental:
Nivel de logro ambiental
Porcentaje Nivel de logro
De 0 a 25.99 En inicio
De 26 a 50.99 En proceso
De 51 a 75.99 Previsto
De 76 a 100 Destacado
6. DEL REPORTE DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS
El MINEDU pondrá a disposición de las IIEE a nivel nacional la Matriz de Logros
Ambientales, a la cual podrán acceder a través del Sistema de Gestión de Información
Educativa (SIGIED), siguiendo los pasos indicados en el Manual de usuario para el reporte
de la Matriz de Logros Ambientales, adjunto al presente documento (Anexo N°2).
La Comisión de Educación Ambiental y Gestión del Riesgo de Desastres de las IIEE,
formalizada mediante resolución directoral y liderada por el director, es el/la responsable de
reportar los logros ambientales alcanzados por la I.E. a través de la Matriz de Logros
Ambientales.
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Como resultado del reporte a través del SIGIED, el sistema emitirá automáticamente una
ficha reporte con el resumen de los resultados del cumplimiento de la Matriz de Logros
Ambientales de la IE. Por otro lado, el puntaje obtenido así como el nivel de logro alcanzado
por las IIEE será remitido en un consolidado final a cada uno de los Especialistas de
Educación Ambiental de las DRE/GRE, quienes difundirán la información para conocimiento
de las IIEE.
Una vez realizado el reporte, las IIEE entregarán a la UGEL correspondiente un archivo
digital (CD, DVD, USB u otro) con los siguientes documentos para la revisión
correspondiente:
Ficha de reporte con el resumen de los resultados del cumplimiento de la Matriz de
Logros Ambientales de la IE emitido de forma automática por el SIGIED en formato
Excel.
Los medios de verificación según lo indicado en la Matriz de Logros Ambientales,
los mismos que pueden ser complementados con fotografías, videos u otros medios
de verificación que sustenten el cumplimiento de cada uno de los hitos de la Matriz
de Logros Ambientales, según se considere necesario.
Las IIEE deben presentar los medios de verificación señalados en la Matriz de Logros
Ambientales de manera ordenada y clara. Adicionalmente, si los medios de verificación
incluyen uno o más videos, estos tendrán una duración máxima de 4 minutos en total.
7. DE LA EVALUACIÓN
7.1 Se establecen las siguientes categorías para la evaluación:
a. Instituciones educativas públicas de la modalidad EBR.
b. Instituciones educativas públicas de la modalidad EBA.
c. Instituciones educativas públicas de la modalidad EBE.
d. Instituciones educativas públicas de la modalidad EIB.
Importante:
A través de la Resolución Ministerial Nº 321-2017-MINEDU se autoriza la conformación de la
Comisión Ambiental y de Gestión de Riesgos en las IIEE a nivel nacional y se establece las
funciones de la misma.
Mediante RM N° 396-2018-MINEDU, se modifica el nombre de dicha comisión y se establecen las
orientaciones para su conformación.
En el presente documento, así como en la Matriz de Logros Ambientales, se considerará la
denominación actual de la comisión, de acuerdo a lo establecido por la RM N° 396-2018-MINEDU.
Sin embargo, para efectos del reporte, las IIEE podrán reportar la conformación de la comisión
teniendo en cuenta ambas denominaciones.
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e. Instituciones educativas privadas de la modalidad EBR.
7.2 Del órgano de evaluación:
La evaluación se realiza a través de la Comisión de Evaluación de Logros
Ambientales, la cual está conformada por un conjunto de representantes de instituciones
públicas y/o privadas, convocados con la finalidad de verificar, evaluar y determinar los
logros ambientales alcanzados por las IIEE públicas y privadas del ámbito que le
compete.
La Comisión de Evaluación de Logros Ambientales se conforma a nivel de las UGEL, las
DRE o GRE y del MINEDU.
7.3 A nivel de las UGEL:
La comisión de evaluación es convocada por el director de la UGEL y liderada por el
especialista de educación ambiental, quien considera los plazos establecidos en el
presente documento. La comisión podrá estar integrada por las siguientes personas:
a. El representante local del PREVAED.
b. El representante de promoción de la salud de la Red de Salud.
c. El representante del área ambiental, educación y/o defensa civil de la Municipalidad
provincial.
d. El o los representantes de las organizaciones no gubernamentales (ONG) con las
que la UGEL trabaja.
e. El o los representantes de otras instituciones y/u organizaciones públicas y/o
privadas comprometidas con la educación ambiental a nivel de la UGEL.
La comisión de evaluación estará presidida por el especialista de educación ambiental
de la UGEL y se dará por reconocida, mediante acta simple o resolución directoral de
la UGEL, cuando tenga tres (3) miembros como mínimo.
El MINEDU pondrá a disposición de las UGEL, a través de la DRE o GRE que
corresponda, los resultados del reporte realizado por las IIEE de su ámbito, incluyendo
el porcentaje y nivel de logro ambiental alcanzado por cada una de ellas.
Pasos a seguir por la Comisión de Evaluación de Logros Ambientales de la UGEL:
1. La comisión de evaluación revisará solo los expedientes de las II.EE. que alcanzaron
logros destacados en cada categoría, lo cual se podrá verificar en el reporte
proporcionado por el MINEDU a través de las DRE/GRE.
Para ello, se seleccionará a las IIEE a evaluar de acuerdo al orden de mérito que
ocupen. Se sugiere realizar la selección según se indica a continuación:
Diez (10) IIEE públicas de EBR con los mayores logros ambientales destacados.
Cinco (05) IIEE privadas de EBR con los mayores logros ambientales
destacados.
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Tres (03) IIEE públicas de EBA con los mayores logros ambientales destacados.
Tres (03) IIEE públicas de EBE con los mayores logros ambientales destacados.
Tres (03) IIEE públicas de EIB con los mayores logros ambientales destacados.
2. La comisión de evaluación procederá a corroborar si los medios de verificación
enviados por las IIEE evidencian el cumplimiento de los hitos reportados en la
Matriz de Logros Ambientales.
3. Finalizado el proceso de verificación, la comisión procederá con la evaluación de
los expedientes, de acuerdo a los siguientes criterios:
Para cada uno de los criterios la comisión de evaluación asignará un puntaje de cero
(0) a tres (3) puntos, de acuerdo al siguiente cuadro.
Nivel de logro Puntaje
En inicio 0
En proceso 1
Logro 2
Logro destacado 3
La sumatoria de los puntos de cada criterio será el puntaje final de la evaluación.
Complementariamente, la comisión de evaluación podrá realizar visitas inopinadas a
las IIEE a fin de verificar la veracidad de la información enviada.
En caso exista empate de dos o más IIEE, la comisión priorizará el primer criterio,
designando como ganadora a la I.E que evidencie haber logrado mayor grado de
transversalidad en la aplicación del enfoque ambiental, a través de los medios de
verificación presentados.
4. Una vez finalizada la evaluación, la comisión determinará el orden de mérito de las
IIEE que alcanzaron los mayores puntajes en el proceso, y las seleccionará para
a. Transversalidad: la implementación del enfoque ambiental se desarrolla a través
de distintas áreas curriculares, competencias y capacidades. Las actividades son
articuladas y guardan relación con el contexto y/o la problemática ambiental de la
IE.
b. Innovación y/o creatividad en la formulación e implementación de las actividades
y del Proyecto Educativo Ambiental Integrado.
c. Participación y/o articulación de la IE con toda la comunidad educativa (director,
docentes, padres de familia y comunidad local) en la ejecución de las
actividades.
d. Orden y claridad en la presentación del expediente.
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continuar con la evaluación a nivel DRE/GRE, conforme se indica a continuación:
Tres (03) IIEE públicas de EBR con los mayores logros ambientales destacados.
Una (01) IIEE privadas de EBR con el mayor logro ambiental destacado.
Una (01) IIEE públicas de EBA con el mayor logro ambiental destacado.
Una (01) IIEE públicas de EBE con el mayor logro ambiental destacado.
Una (01) IIEE públicas de EIB con el mayor logro ambiental destacado.
5. Finalmente, se elaborará el Informe de la Comisión de Evaluación de Logros
Ambientales a nivel UGEL, de acuerdo al formato adjunto al presente documento
(Anexo N° 3), el mismo que será firmado por todos sus miembros y, posteriormente,
por el director de la UGEL. Dicho informe será remitido a la DRE/GRE
correspondiente en el plazo establecido en el presente documento, adjuntando los
archivos digitales con los medios de verificación de cada una de las IIEE.
7.4 A nivel de las DRE o GRE:
La comisión de evaluación es convocada por el director de la DRE o GRE y liderada por
el especialista de educación ambiental, quien considera los plazos establecidos en el
presente documento. La comisión podrá estar integrada por las siguientes personas:
a. El representante de Promoción de la Salud de la Dirección/Gerencia Regional de
Salud (DIRESA/GERESA).
b. El representante de la Gerencia de Recursos Naturales y Gestión del Medio
Ambiente del Gobierno Regional u otro de similar denominación o que cumpla las
funciones.
c. El representante de la Dirección Regional del Instituto Nacional de Defensa Civil
(INDECI) del Gobierno Regional o el representante regional de PREVAED.
d. El Representante del Consejo Participativo Regional de Educación del Gobierno
Regional, solo para el caso de Centros de Educación Básica Especial.
e. El o los representantes de las organizaciones no gubernamentales (ONG) con las
que la DRE/GRE trabaja.
f. El o los representantes de otras instituciones y/u organizaciones públicas y/o privadas
comprometidas con la educación ambiental a nivel regional.
La comisión de evaluación estará presidida por el especialista de educación ambiental
de la DRE/GRE y se dará por reconocida, mediante acta simple o resolución directoral
de la UGEL, cuando tenga tres (3) miembros como mínimo.
El MINEDU pondrá a disposición de las DRE/GRE, los resultados del reporte realizado
por las IIEE de su región, incluyendo el porcentaje y nivel de logro ambiental alcanzado
por cada una de ellas.
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Pasos a seguir por la Comisión de Evaluación de Logros Ambientales de la DRE/GRE:
Sobre la base de los informes emitidos por las UGEL de su ámbito, la comisión realiza la
evaluación de los expedientes que alcanzaron el primer lugar en cada UGEL.
La DRE/GRE podrá considerar al segundo o tercer lugar en caso lo crea conveniente, lo
que será sustentado en el informe de evaluación.
1. La comisión de evaluación realizará una revisión general y rápida de cada uno de los
expedientes de las escuelas ganadoras de cada UGEL para brindar la conformidad de
los medios de verificación. Estos expedientes pasan al proceso de evaluación final en
igualdad de condiciones.
2. Finalizado el proceso de revisión general, la comisión procederá con la evaluación de
los expedientes, de acuerdo a los siguientes criterios:
Para cada uno de los criterios la comisión de evaluación asignará un puntaje de cero
(0) a tres (3) puntos, de acuerdo al siguiente cuadro.
Nivel de logro Puntaje
En inicio 0
En proceso 1
Logro 2
Logro destacado 3
La sumatoria de los puntos de cada criterio será el puntaje final de la evaluación.
Complementariamente, la comisión de evaluación podrá realizar visitas inopinadas a
las IIEE a fin de verificar la veracidad de la información enviada.
En caso exista empate de dos o más IIEE, la comisión priorizará el primer criterio,
designando como ganadora a la I.E que evidencie haber logrado mayor grado de
a. Transversalidad: la implementación del enfoque ambiental se desarrolla a través
de distintas áreas curriculares, competencias y capacidades. Las actividades son
articuladas y guardan relación con el contexto y/o la problemática ambiental de la
IE.
b. Innovación y/o creatividad en la formulación e implementación de las actividades
y del Proyecto Educativo Ambiental Integrado.
c. Participación y/o articulación de la IE con toda la comunidad educativa (director,
docentes, padres de familia y comunidad local) en la ejecución de las
actividades.
d. Orden y claridad en la presentación del expediente.
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transversalidad en la aplicación del enfoque ambiental, a través de los medios de
verificación presentados.
3. Una vez finalizada la evaluación, la comisión determinará el orden de mérito de las
IIEE que alcanzaron los mayores puntajes en el proceso, y las seleccionará para
continuar con la evaluación a nivel MINEDU, conforme se indica a continuación:
Tres (03) IIEE públicas de EBR con los mayores logros ambientales destacados.
Una (01) IIEE privadas de EBR con el mayor logro ambiental destacado.
Una (01) IIEE públicas de EBA con el mayor logro ambiental destacado.
Una (01) IIEE públicas de EBE con el mayor logro ambiental destacado.
Una (01) IIEE públicas de EIB con el mayor logro ambiental destacado.
4. Finalmente, se elaborará el Informe de la Comisión de Evaluación de Logros
Ambientales a nivel DRE/GRE, de acuerdo al formato adjunto al presente documento
(Anexo N°4), el mismo que será firmado por todos sus miembros y, posteriormente,
por el director de la DRE o GRE. Dicho informe será remitido a la Dirección General de
Educación Básica Regular (DIGEBR) del MINEDU en el plazo establecido en el
presente documento, adjuntando los archivos digitales con los medios de verificación
de cada una de las IIEE.
7.5 A nivel del MINEDU
La comisión de evaluación es convocada por la DIGEBR, considerando los plazos
establecidos en el presente documento, y es de carácter intersectorial. Podrá estar
integrada por las siguientes personas:
a. Cinco representantes del MINEDU: Dirección General de Educación Básica Regular
(DIGEBR), Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural, Bilingüe
y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), Dirección General de
Servicios Educativos Especializados (DIGESE), Dirección General de Calidad de
Gestión Escolar (DIGC) y la Oficina de Defensa Nacional y Gestión del Riesgo de
Desastres (ODENAGED).
b. El representante de la Dirección General de Promoción de la Salud del Ministerio de
Salud (MINSA).
c. El representante de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información
Ambiental del Ministerio del Ambiente (MINAM).
d. El representante de algún centro de investigación o universidad involucrada con la
educación ambiental a nivel nacional.
e. El representante de alguna organización no gubernamental (ONG) involucrada con
la educación ambiental a nivel nacional.
f. El representante de algún medio de comunicación involucrado con la educación
ambiental a nivel nacional.
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g. Otros actores del sector público y/o privado que se consideren pertinentes.
Para conformar la referida comisión, las instituciones que participen designarán a sus
representantes mediante una comunicación escrita a la DIGEBR.
Para dar por instalada la comisión de evaluación deberán estar dos (02) representantes del
Ministerio de Educación y dos (02) representantes de otros sectores, como mínimo.
Pasos a seguir por la Comisión de Evaluación de Logros Ambientales del MINEDU:
1. Categoría IIEE públicas de EBR: La comisión de evaluación revisará los expedientes
enviados por cada DRE/GRE y les asignará un puntaje teniendo en cuenta los mismos
criterios de evaluación y cuadro de puntaje considerados en la evaluación a nivel UGEL
y DRE/GRE. En base al puntaje obtenido por las IIEE, se ratificará o determinará cuál
es la I.E. con mayores logros ambientales a nivel regional en esta categoría.
Como resultado se obtendrá:
Veintiséis (26) IIEE públicas con el mayor logro ambiental destacado de EBR, una
por cada región del país.
2. Categorías IIEE de EBA, EBE, EIB y EBR privada: La comisión revisará los
expedientes enviados por las DRE/GRE en cada categoría y les asignará un puntaje
teniendo en cuenta los mismos criterios de evaluación y cuadro de puntaje
considerados en la evaluación a nivel UGEL y DRE/GRE.
Como resultado se obtendrá:
Una (01) IE privada de EBR con el mayor logro ambiental destacado a nivel
nacional.
Una (01) IE pública de EBA con el mayor logro ambiental destacado a nivel nacional.
Una (01) IE pública de EBE con el mayor logro ambiental destacado a nivel nacional.
Una (01) IE pública de EIB con el mayor logro ambiental destacado a nivel nacional.
3. A partir de la evaluación realizada y los puntajes obtenidos, la comisión elegirá a la IE
con mayores logros ambientales a nivel nacional. En esta última etapa, se tendrá en
cuenta todos los criterios de evaluación establecidos previamente, otorgándole
prioridad al referido a la transversalidad.
Como resultado se obtendrá:
Una (01) IE con el mayor logro ambiental destacado a nivel nacional.
4. La comisión de evaluación elaborará el acta con los resultados finales, otorgando la
conformidad al proceso de evaluación a nivel nacional. En dicho documento se indicarán
las IIEE que serán reconocidas a nivel nacional (MINEDU).
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5. Mediante un oficio múltiple y adjuntando el acta de la comisión, la DIGEBR comunica a
las DRE o GRE los resultados del proceso de evaluación en esta etapa, los mismos que
serán difundidos al público en general a través de los canales oficiales según
corresponda.
8. DEL RECONOCIMIENTO:
1. Conforme a lo establecido en la Resolución Viceministerial Nº 006-2012-ED, que
aprueba las “Normas para la planificación, implementación, supervisión y evaluación
de la aplicación del enfoque ambiental en la educación básica y técnico productiva”,
el reconocimiento de logros se realiza en cada instancia de gestión educativa
descentralizada local (UGEL) y regional (DRE/GRE) y a nivel nacional (MINEDU).
2. Entrega de las banderas verdes:
4.1 A nivel de las UGEL:
La Jefatura de Gestión Pedagógica coordina con la Dirección General de la UGEL,
para entregar las banderas verdes, según se sugiere a continuación:
Una (01) IE pública de EBR.
Una (01) IE privada de EBR.
Una (01) IE pública de EBA.
Una (01) IE pública de EBE.
Una (01) IE pública de EIB.
4.2 A nivel de las DRE o GRE:
La Dirección de Gestión Pedagógica coordina con la Dirección General de la
DRE/GRE, para entregar las banderas verdes, según se sugiere a continuación:
Una (01) IE pública de EBR.
Una (01) IE privada de EBR.
Una (01) IE pública de EBA.
Una (01) IE pública de EBE.
Una (01) IE pública de EIB.
4.3 A nivel del MINEDU:
El MINEDU, por intermedio de la DIGEBR, realiza el evento de Reconocimiento de
Logros Ambientales y la Feria de Experiencias Exitosas en Educación Ambiental,
garantizando la participación de las IIEE con mayores logros ambientales a quienes
se les entrega la bandera verde correspondiente, conforme se indica a continuación:
Veintiséis (26) IIEE públicas de EBR, una por cada región del país.
Una (01) IE privada de EBR.
Una (01) IE pública de EBA.
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Una (01) IE pública de EBE.
Una (01) IE pública de EIB.
Una (01) IE con mayores logros ambientales a nivel nacional.
3. Los gastos correspondientes al proceso de reconocimiento a nivel local y regional serán
asumidos por la instancia intermedia que corresponda (UGEL y DRE/GRE
respectivamente).
Asimismo, el MINEDU asumirá los gastos correspondientes al reconocimiento de logros
ambientales a nivel nacional.
9. DE LOS PLAZOS
En el cuadro que sigue se establecen los plazos para los procesos de reporte, evaluación y
reconocimiento de logros ambientales de las IIEE de Educación Básica para el año 2018:
Instancia Plazo Acciones
Institución
Educativa
Del 15 de
noviembre al
13 de
diciembre de
2018
La Comisión de Educación Ambiental y Gestión del
Riesgo de Desastres, liderada por el director, reporta
la Matriz de Logros Ambientales a través del SIGIED.
En un sobre cerrado, se entrega la ficha de reporte que
arroja el SIGIED, adjuntando el expediente digital que
contiene los medios de verificación indicados en la
Matriz de Logros Ambientales para la revisión
correspondiente a cargo de la UGEL.
Dirección
General de
Educación
Básica
Regular-
MINEDU
Del 17 al 21
de diciembre
de 2018.
El MINEDU remite a las DRE/GRE el consolidado del
reporte de las IIEE de su región.
Las DRE difunden el consolidado del reporte a todas
las UGEL de su región mediante correo electrónico
para el proceso de evaluación.
Unidad de
Gestión
Educativa
Local
(UGEL)
Del 02 al 18
de enero de
2019.
Se constituye la Comisión de Evaluación de Logros
Ambientales de las UGEL.
Se verifica, evalúa y determina las IIEE con mayores
logros ambientales del ámbito de la UGEL.
Se elabora y remite el informe de evaluación
documentado a la DRE o GRE correspondiente, en el
que se establece la fecha en la que se llevará a cabo
el reconocimiento a nivel local.
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Dirección o
Gerencia
Regional de
Educación
(DRE o
GRE)
Del 21 de enero
al 4 de febrero
de 2019.
Se constituye la Comisión de Evaluación de Logros
Ambientales de las DRE/GRE.
Se evalúa y determina las IIEE con mayores logros
ambientales del ámbito de la DRE/GRE.
Se elabora y entrega el informe de evaluación
documentado al MINEDU, en el que se establece la
fecha en la que se llevará a cabo el reconocimiento
a nivel regional.
Dirección
General de
Educación
Básica
Regular -
MINEDU
Del 11 al 22 de
febrero de 2019
Se constituye la Comisión de Evaluación de Logros
Ambientales del MINEDU.
Se determina las IIEE con mayores logros
ambientales a nivel nacional.
Se elabora el acta e informe del proceso de evaluación
de logros ambientales.
Se comunica a las DRE/GRE los resultados para
difusión en las UGEL de la región.
Mayo de 2019 Reconocimiento de Logros Ambientales 2018 y Feria de
Experiencias Exitosas en Educación Ambiental.
10. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
a) EL reconocimiento a las IIEE con mayores logros ambientales a nivel de UGEL y
DRE/GRE se realizará en actos públicos, con presencia de representantes de las
instituciones y organizaciones que se crea conveniente.
b) Las Banderas Verdes deberán ser izadas en las IIEE como acto de valoración y
empoderamiento de la comunidad educativa, en todas las actividades cívicas de la
institución.
c) Las situaciones no previstas en el presente documento serán resueltas por la UGEL,
DRE y MINEDU, de acuerdo con sus respectivas competencias y en el marco de la
normatividad vigente.
d) La participación en este reconocimiento supone la aceptación de las disposiciones
del presente documento.
e) Las orientaciones para el reporte, evaluación y reconocimiento de logros ambientales
de las instituciones educativas de Educación básica para el año 2018 serán
difundidas a todas las DRE/GRE a nivel nacional, las mismas que difundirán dicho
documento a todas las UGEL de su región y éstas a las IIEE de su ámbito.
f) Para mayor información, las IIEE podrán comunicarse con el especialista de
educación ambiental de su UGEL.
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11. ANEXOS
Anexo 1. Matriz de Logros Ambientales
Anexo 2. Manual de usuario para el reporte de la Matriz de Logros Ambientales
Anexo 3. Informe de la Comisión de Evaluación de Logros Ambientales a nivel UGEL
Anexo 4. Informe de la Comisión de Evaluación de Logros Ambientales a nivel DRE/GRE.