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Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización
Superior de la Cuenta Pública 2016
Periodo Octubre – Diciembre
CONTENIDO
Introducción. .............................................................................................................................................. 1
1. Presentación. ..................................................................................................................................... 2
2. Recepción de la Cuenta Pública. ............................................................................................. 4
3. Alcance, Objeto y Criterios de Revisión. ............................................................................ 5
4. Resultados de la Gestión Financiera. .................................................................................... 9
5. Resultados de Revisión y Fiscalización. ............................................................................ 15
6. Posibles Desviaciones de Recursos Públicos. ................................................................ 31
7. Integración y Variaciones del Patrimonio. ...................................................................... 32
8. Estado de la Deuda Pública. .................................................................................................... 34
9. Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental. ............................................... 35
10. Cumplimiento de Objetivos y Metas. .............................................................................. 37
11. Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas. .............................................. 39
12. Observaciones Pendientes de Solventar. ..................................................................... 41
13. Entrega – Recepción. .............................................................................................................. 42
14. Procedimientos de Responsabilidad. ............................................................................. 44
15. Opinión. .......................................................................................................................................... 45
16. Seguimiento al Resultado del Informe. ........................................................................ 47
I. Anexos
II. Glosario
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Periodo Octubre – Diciembre
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Acuamanala de Miguel Hidalgo
Introducción.
La rendición de cuentas tiene varios propósitos: dar a conocer a los ciudadanos, en que se aplican
los recursos públicos; a los entes fiscalizables para evaluar el cumplimiento de programas y
propiciar una mejora continua y al Poder Legislativo como instrumento para vigilar, prevenir
abusos, y dictaminar la cuenta pública a través del Informe de Resultados que emita su órgano
técnico.
Los mecanismos de transparencia conllevan a publicar de manera obligatoria y hacer accesible
información sobre la gestión de los entes sin necesidad de mediar solicitud y principalmente sobre
el origen, distribución, uso y destino de los recursos públicos, así como impactos sociales y de que
toda decisión gubernamental o administrativa, así como los costos y recursos comprometidos en la
aplicación de esa decisión, sean accesibles, claros y se comuniquen al público en general.
Los procesos de transparencia y rendición de cuentas, como elementos fundamentales de la
democracia, constituyen factores decisivos para fortalecer la confianza que la sociedad ha
depositado en las instituciones públicas. Las reformas constitucionales publicadas en mayo de 2008
orientadas, entre otros propósitos, a fortalecer el régimen de rendición de cuentas en las entidades
federativas, a mejorar el desarrollo de las acciones gubernamentales, y a elevar la calidad de las
políticas y programas públicos, planteándose, adicionalmente, nuevos caminos y oportunidades
para ejercer un control más adecuado del ejercicio de los recursos públicos.
El Sistema Nacional de Fiscalización con el fin de coordinar esfuerzos de las instancias de control
interno y externo federales y locales, así como la creación de aquellas para la impartición de justicia
administrativas y/o sancionatorias, se da como una respuesta a las exigencias de la sociedad de
que todo ente público transparente el ejercicio de los recursos públicos y rindan cuentas de los
resultados de su aplicación.
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1. Presentación.
El Órgano de Fiscalización Superior por mandato constitucional y en ejercicio de su autonomía
técnica y de gestión, revisa y fiscaliza las Cuentas Públicas de los entes fiscalizables que tiene por
objeto evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas programadas a fin de detectar
irregularidades que en su caso existan en el desarrollo de la gestión financiera, a efecto que sean
corregidas de forma inmediata por parte del ente fiscalizable.
Dicha acción se desarrolla de conformidad con los principios de legalidad, imparcialidad y
confiabilidad, lo cual permite que los resultados obtenidos y plasmados en el presente Informe
sean suficientes y competentes para soportar la opinión del mismo, otorgando una base para que el
Honorable Congreso del Estado ejercite sus atribuciones constitucionales en materia de
dictaminación de cuentas públicas.
Los criterios, métodos, sistemas y procedimientos de auditoría utilizados en la revisión y
fiscalización de los recursos públicos del ejercicio fiscal dos mil dieciséis, fueron debidamente
establecidos y determinados por esta Entidad de Fiscalización con base a su autonomía técnica y
observando los estándares generales en materia de auditorías, derivados de normas profesionales
de auditoría, así como en lo señalado por las leyes aplicables en la materia.
En atención a los términos y oportunidad en la presentación de información por parte del ente
fiscalizable, se revisó la cuenta pública y se practicó auditoría financiera y de obra pública y los
resultados fueron notificados, a efecto de su solventación en las condiciones y términos previstos
en la normatividad aplicable.
Los datos, información, documentos y contenido del presente informe, se obtuvieron en la revisión
y fiscalización de la cuenta pública del ente fiscalizable y los papeles de trabajo y evidencia de
los hallazgos, se encuentran en los archivos de esta entidad de fiscalización, que realiza en el
ejercicio de sus atribuciones y obligaciones, en consecuencia de conformidad con la Ley de
Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, permanecen en resguardo y
confidencialidad del mismo.
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Esta entidad, reafirma su compromiso constitucional y lleva a cabo su función fiscalizadora con
estricto apego a los principios y valores éticos de integridad, independencia, autonomía,
objetividad, imparcialidad, neutralidad política, confidencialidad y competencia técnica y
profesional, desarrollo profesional, honradez y lealtad bajo un proceso de mejora continua,
adoptando e implementando los mejores mecanismos de fiscalización.
Por lo expuesto y de conformidad con los artículos 104 y 105 de la Constitución Política del Estado
Libre y Soberano de Tlaxcala; 1, 3, 4, 7, 9, 12, 14 al 16, 20 al 23, 25, 26, 27 y 31 Fracciones I, II y
XIV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, por término de la
administración municipal, se emite por duplicado el Informe del Resultado de la Revisión y
Fiscalización Superior de la Cuenta Pública del Ejercicio Fiscal 2016 por el periodo
Octubre–Diciembre relativo al Municipio de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala
presentado uno de ellos al Congreso del Estado de Tlaxcala para su Dictaminación correspondiente,
en tanto el otro queda a resguardo de esta Entidad de Fiscalización Superior para su seguimiento e
instrucción respectiva.
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2. Recepción de la Cuenta Pública.
El ente fiscalizable, debe presentar su cuenta pública para revisión y fiscalización al Congreso del
Estado, en forma impresa y digitalizada, para ser remitida al Órgano de Fiscalización Superior por
periodos trimestrales dentro de los treinta días naturales posteriores al periodo de que se trate, en
cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 6 y 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de
Tlaxcala y sus Municipios; el cumplimiento en la presentación se detalla en el siguiente cuadro:
Recepción de Cuenta Pública 2016
Trimestre Fecha de entrega Comportamiento Días
Extemporáneos
Octubre-Diciembre 31 de diciembre de 2016 En tiempo 0
El municipio de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala dió cumplimiento a la temporalidad
señalada para su presentación tal y como lo dispone la Ley de Fiscalización Superior del Estado de
Tlaxcala y sus Municipios.
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3. Alcance, Objeto y Criterios de Revisión.
En cumplimiento al objeto de la revisión de la Cuenta Pública, establecido en los artículos
12 y 14 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, las Normas
Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización y Normativa Institucional del
Órgano de Fiscalización Superior se llevó a cabo la fiscalización de los recursos públicos.
La información financiera, presupuestal y programática es responsabilidad del ente
fiscalizable, la cual deber ser generada con apego a la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, Acuerdos y Lineamientos del Consejo Nacional de Armonización Contable y demás
disposiciones en la materia.
La revisión y fiscalización del municipio de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala se realizó
con la información que proporcionaron en la auditoría financiera y de obra pública practicadas
de acuerdo con los oficios número OFS/2328/2016 de fecha 05 de agosto de 2016 y
OFS/0017/2017 de fecha 10 de Enero de 2017.
La revisión del Órgano de Fiscalización Superior que llevó a cabo fue a lo siguiente:
1. Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE)
2. Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISM)
3. Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las
Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF)
4. Programa de Devolución de Derechos (PRODDER)
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Alcance
Universo Seleccionado y Muestra revisada
En el siguiente cuadro se presentan los recursos autorizados para el ejercicio dos mil dieciséis y los
recibidos y devengados durante el periodo de octubre a diciembre; se indica el importe de la
muestra revisada:
Fuente de
financiamiento
o programa
Universo seleccionado Alcance %
(Pesos)
Muestra
revisada
f=(e)/(d)*100
Autorizado Recibido Devengado
Oct-Dic (Pesos)
Anual Ene-Sept. Oct-Dic
(a) (b) (c) (d) (e)
IF y PIE 11,736,008.08 11,997,061.18 3,783,625.43 6,799,963.26 6,458,122.82 95.0
FISM 1,454,356.00 1,378,651.54 153,359.98 739,800.60 739,800.60 100.0
FORTAMUN-DF 3,175,808.00 2,441,354.16 806,499.52 850,204.08 724,220.91 85.2
PRODDER 0.00 19,626.33 1.21 19,624.00 19,624.00 100.0
FORTALECE 0.00 1,484,200.97 0.00 0.00 0.00 0.00
FEIEF 0.00 185,510.66 0.00 0.00 0.00 0.00
TOTAL 16,366,172.08 17,506,404.84 4,743,486.14 8,409,591.94 7,941,768.33 94.4
Nota: el total de recursos recibido que muestra el cuadro anterior por $22,249,890.98 no
corresponde al monto total que muestra el Estado de Ingresos Presupuestario por un importe de
$22,253,875.58, existe una variación de $3,984.60 que corresponde a productos obtenidos de
recursos de fondos de ejercicios anteriores.
El cuadro anterior muestra el monto autorizado anual y recibido al 31 de diciembre, además del
devengado por el periodo octubre a diciembre; así como el monto del recurso que fue considerado
en la revisión y fiscalización de la cuenta pública y que al periodo auditado representó el 94.4 por
ciento de alcance
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Objeto
El objeto de éste organismo fiscalizador es revisar y fiscalizar la gestión financiera de los recursos
públicos y por la captación de ingresos provenientes del ente fiscalizable, de acuerdo con los
recursos que hayan sido autorizados de conformidad a las disposiciones jurídicas aplicables y
verificar el cumplimiento de metas y objetivos.
Áreas revisadas
Despacho de la Presidencia; Sindicatura; Tesorería; Secretaría del H. Ayuntamiento; DIF; Dirección
de Servicios Municipales; Desarrollo Económico; Dirección de Obras Públicas; Dirección de
Seguridad Pública; Dirección Jurídica; Cultura y Deporte; Registro Civil; Protección Civil; Ecología;
Gobernación y Gestoría.
Período Revisado
Del 1° de octubre al 31 de diciembre del dos mil dieciséis.
Criterios de la revisión
Para la fiscalización se consideraron los criterios de importancia cuantitativa y cualitativa,
pertinencia y factibilidad de su realización establecidos en la Normativa Institucional del
Órgano de Fiscalización Superior en la planeación específica, ejecución e integración de resultados
de las Auditorías dos mil dieciséis y con apego los principios éticos de Integridad, Independencia,
Objetividad e Imparcialidad establecidos en las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema
Nacional de Fiscalización.
Normas Profesionales de Auditoría
Las Normas Profesionales de Auditoria del Sistema Nacional de Fiscalización (NPASNF), constituyen
un marco de referencia para la actuación de los entes encargados de revisar la gestión de recursos
públicos y señalan líneas y directrices que constituyen las mejores prácticas en la materia.
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Por lo anterior, la revisión y fiscalización se llevó a cabo conforme a las Normas Profesionales de
Auditoria del Sistema Nacional de Fiscalización (NPASNF) y demás Lineamientos establecidos en la
Normativa Institucional del Órgano de Fiscalización Superior, considerando en la planeación y
ejecución los procedimientos de auditoría, que consisten en aplicar las principales técnicas y
pruebas de auditoría en la fiscalización, mediante las cuales se obtiene evidencia suficiente,
competente, relevante y pertinente acerca de los recursos auditados, con la que se determinan los
resultados y la opinión correspondiente.
El Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización de la Cuenta Pública se preparó
considerando lo establecido en la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus
Municipios y las Normas Profesionales de Auditoría del Sistema Nacional de Fiscalización.
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4. Resultados de la Gestión Financiera.
De conformidad con el artículo 26, inciso c) de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de
Tlaxcala y sus Municipios, se presenta el análisis de la gestión financiera.
Los estados financieros, documentos e información que presentó el Municipio de Acuamanala
de Miguel Hidalgo, Tlaxcala al 31 de diciembre del 2016; fueron analizados y revisados,
aplicando pruebas sustantivas y de cumplimiento, para determinar su grado de objetividad,
consistencia y confiabilidad; mismos que se describen:
4.1 Estado de Situación Financiera.
Tiene como objetivo mostrar la situación de los activos, pasivos y patrimonio a una fecha
determinada, en este caso al 31 de diciembre del dos mil dieciséis.
Municipio de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala
Estado de situación financiera al 31 de diciembre del 2016
(Pesos)
Cuenta Saldo Total
Activo
Circulante
Bancos/tesorería 163,559.42
Deudores diversos por cobrar a corto plazo
384,943.55
Préstamos otorgados a corto plazo 30,781.58
Anticipo a proveedores por adquisición bienes y prestación de serv a c/ plazo
20,000.00
Suma Circulante 599,284.55
No circulante
Bienes Inmuebles 0.00
Bienes muebles 3,971,525.46
Construcciones en proceso en
bienes de dominio público 617,484.84
Intangibles 14,050.00
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Cuenta Saldo Total
Suma No Circulante 4,603,060.30
Total Activo 5,202,344.85
Pasivo
Circulante
Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo
192,659.40
Otros documentos por pagar a corto plazo
10,172.59
Total Pasivo Circulante 202,831.99
Hacienda Pública/Patrimonio
Aportaciones
Resultado del Ejercicio 165,752.51
Resultado de ejercicios anteriores 4,833,760.35
Suma el Patrimonio 4,999,512.86
Total de Pasivo más Patrimonio 5,202,344.85 El estado financiero muestra el resultado del periodo de enero a diciembre del ejercicio 2016; el anexo
1 del presente informe contiene copia fiel del Estado de Situación Financiera que el ente fiscalizable integró en la cuenta pública al 31 de diciembre.
Del análisis del Estado de Situación Financiera, se describe lo más relevante:
1) La cuenta de Bancos presenta un saldo de $163,559.42, al 31 de diciembre de 2016, el
cual corresponde a Fondos y programas de Participaciones e Incentivos Económicos del
ejercicio 2016.
2) La cuenta Deudores diversos por cobrar a corto plazo al mes de diciembre presenta un
saldo de $384,943.55, del cual un importe de $10,487.40 corresponde al ejercicio 2016 y
$374,456.15 al ejercicio 2015 y anteriores; así mismo dicho saldo está integrado por las
subcuentas de Gastos a comprobar un importe de $381,975.05 de recursos no
comprobados por personal del ayuntamiento y Responsabilidad de Funcionarios Públicos un
importe de $2,968.50 por préstamos entre programas o fondos.
3) La cuenta Préstamos Otorgados a Corto Plazo presenta un saldo de $30,781.58, del cual
corresponde al ejercicio 2016 la cantidad de $28,780.57 y al ejercicio 2015 el importe de
$2,001.01; el saldo está integrado por los fondos de Participaciones e Incentivos
Económicos un importe de $28,781.58 y del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento
de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal un importe de
$2,000.00.
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4) La cuenta Anticipos a Proveedores por adquisición de Bienes y Servicios al 31 de diciembre
presenta un saldo de $20,000.00 que corresponde al Fondo de Participaciones e Incentivos
Económicos, y que a la fecha no ha sido recuperado o amortizado.
5) La cuenta de pasivo Retenciones y Contribuciones por Pagar a Corto Plazo presenta un
saldo de $192,659.40, el cual se originó en el ejercicio 2016 por retenciones a los
trabajadores de Impuesto Sobre la Renta un importe de $187,567.75 y retenciones del 5 y
5.51 al millar por $5,091.35; mismos que representan el importe retenido que el municipio
no ha enterado a las instancias correspondientes.
6) La cuenta de pasivo otros documentos por Pagar a corto plazo, al 31 de diciembre
presenta un saldo de $10,172.59, del cual corresponde al ejercicio 2016 un importe de
$6,529.65 y a ejercicios anteriores un importe de $3,642.94; obligaciones que el municipio
no pago, de los fondos de Ingresos Propios y Participaciones e Incentivos Económicos.
7) El resultado del ejercicio refleja un superávit por la cantidad de $165,752.51, mismo que
coincide con el resultado que presenta el Estado de Actividades al mes de diciembre, en
cumplimiento a lo dispuesto por la normatividad emitida por el Consejo Nacional de
Armonización Contable.
En conclusión, el Estado de Situación Financiera del Municipio de Acuamanala de Miguel Hidalgo, al
31 de diciembre de 2016, muestra de manera general que el municipio debió recuperar los recursos
de las cuentas por cobrar para poder cubrir al 100% sus pasivos, ya que solo tiene recursos
disponibles por un importe de $163,559.42 y pasivos por $202,831.99.
4.2 Estado de Ingresos y Egresos presupuestarios.
Presenta los resultados de las operaciones de ingresos y gastos durante un periodo determinado.
Asimismo el cuadro permite conocer la recaudación por rubro del presupuesto autorizado,
modificado en su caso y ejercido por capítulo del gasto y se determinaron los recursos disponibles o
que fueron sobregirados.
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Acuamanala de Miguel Hidalgo
Municipio de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala
Estado de Ingresos - Egresos y su Comportamiento Presupuestal
Del 1º de enero al 31 de diciembre del 2016
Rubro Concepto
Pronóstico Ingresos recibidos Ingresos Recibidos
al 31 de diciembre
(d)=(b)+(c)
Diferencia
(e)=(d)-(a)
%
f)=(d)/(
a)
Anual
(a)
Ene-sept
(b)
Oct-dic
(c)
0 Ingresos derivados de financiamientos
0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.0
1 Impuestos 369,482.68 394,939.00 13,820.00 408,759.00 39,276.32 110.6
4 Derechos 334,643.40 511,070.73 40,497.00 551,567.73 216,924.33 164.8
5 Productos 0.00 181,933.18 41,007.96 222,941.14 222,941.14 0.0
6 Aprovechamientos 4,379.00 2,815.00 0.00 2,815.00 -1,564.00 64.3
8 Participaciones y
Aportaciones 15,657,667.00 16,419,631.53 4,648,161.18 21,067,792.71 5,410,125.71 134.6
Suman los
ingresos 16,366,172.08 17,510,389.44 4,743,486.14 22,253,875.58 5,887,703.50 136.0
Capitulo Concepto
Presupuesto Devengado Devengo
Acumulado al 31
de diciembre
(d)=(b)+(c)
Diferencia
(e)= (a)-(d)
%
f)=(d)
/(a)
Anual
(a)
Ene-sept
(b)
Oct-dic
(c)
1000 Servicios
personales 10,349,108.41 6,718,923.60 4,248,223.10 10,967,146.70 -618,038.29 106.0
2000 Materiales y
suministros 1,308,479.36 788,002.55 540,378.27 1,328,380.82 -19,901.46 101.5
3000 Servicios
generales 2,367,248.00 2,321,681.95 791,998.86 3,113,680.81 -746,432.81 131.5
4000
Transferencias,
asignaciones,
subsidios y otras
ayudas
668,435.31 422,719.53 122,255.72 544,975.25 123,460.06 81.5
5000 Bienes muebles,
inmuebles e
intangibles
142,000.00 160,500.00 3,304.84 163,804.84 -21,804.84 115.4
6000 Inversión pública 1,530,901.00 3,459,094.27 2,224,853.15 5,683,947.42 -4,153,046.42 371.3
8000 Participaciones y
aportaciones 0.00 589,030.91 478,578.00 1,067,608.91 -1,067,608.91 0.0
Suman los egresos
16,366,172.08 14,459,952.81 8,409,591.94 22,869,544.75 -6,503,372.67 139.7
Diferencia (+superávit -déficit) 3,050,436.63 -3,666,105.80 -615,669.17 El estado financiero muestra el resultado del ejercicio fiscal 2016; el anexo 2 del presente informe contiene copia fiel del Estado de Ingresos
y Egresos que el ente fiscalizable integro en la cuenta pública al mes de diciembre.
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El monto autorizado corresponde al Presupuesto Basado en Resultados para el ejercicio fiscal 2016,
mismo que fue aprobado por unanimidad de votos el día 03 de marzo del 2016 por el H.
Ayuntamiento de Acuamanala de Miguel Hidalgo, en la décima quinta sesión extraordinaria, de
acuerdo a la copia certificada del acta de cabildo remitida a este ente fiscalizador mediante oficio
PMH-0787/2016 de fecha 07 de marzo del 2016, recibido el 31 de marzo de 2016.
Del análisis del Estado de Ingresos y Egresos presupuestario, se describe lo más relevante:
1. Respecto a los ingresos, al mes de diciembre el municipio registró un importe menor al
pronosticado en el rubro de Aprovechamientos por $1,564.00; Asimismo, recibió importes
mayores en los rubros de Impuestos, Derechos y Productos por $39,276.32, $216,924.33
y $222,941.14 respectivamente.
2. En cuanto a Participaciones y Aportaciones, la cantidad excedente de $5,410,125.71 está
integrada por (devolución del Impuesto Sobre la Renta por $372,588.00 y por la devolución
del Impuesto Sobre nóminas $172,713.00); así como por el 4°, 1°, 2° y 3° ajuste
trimestral, fondo de Compensación, e Incentivo por la venta de gasolina y diésel, del
ejercicio 2015 y 2016 por $658,061.47, $318,489.07, 1,223,706.33 y $975,933.18
respectivamente; $1,483,500.00 del Fondo de Fortalecimiento para la Infraestructura Estatal
y Municipal (FORTALECE), $185,510.66 del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las
Entidades Federativas y el importe de $19,624.00 del Programa de Devolución de Derechos.
3. Al mes de diciembre presentaron sobregiros en los capítulos: 1000 “Servicios Personales”,
2000 “Materiales y Suministros”, 3000 “Servicios Generales”, 5000 “Bienes Muebles,
Inmuebles e Intangibles”, 6000 “Inversión Pública” y 8000 “Participaciones y Aportaciones”
por $618,038.29, $19,901.40, $746,432.81, $21,804.84, $4,153,046.42 y $1,067,608.91
respectivamente. Así mismo en el capítulo 4000 “Transferencias, Asignaciones, Subsidios y
Otras Ayudas” presentó subejercicio presupuestal por $123,460.06; lo anterior, debido a la
falta de control y disciplina presupuestal.
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4. Del Análisis a los Ingresos y Egresos, este muestra un déficit de -$615,669.17, el cual no
corresponde con el resultado que refleja el estado de actividades que es de $165,752.51,
existiendo una diferencia, por la cantidad de -$781,421.68, esta diferencia está integrada
por el importe de las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles por 163,804.84, más el
importe de obra pública por $5,683,947.42, más la diferencia registrada de más en la
cuenta de Otros Derechos dentro del Estado de Actividades por la cantidad de $132.00,
menos la obra Pública que el municipio capitalizo por $5,066,462.58.
Por lo tanto, la gestión financiera de los funcionarios responsables se apegó parcialmente a
criterios de eficiencia, eficacia, economía, austeridad y disciplina presupuestaria.
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5. Resultados de Revisión y Fiscalización.
Se comprobó si el ente fiscalizable durante su gestión financiera se ajustó a las normas
aplicables en la materia, por lo que el análisis de las irregularidades de la cuenta pública se
integra en este apartado de resultados, en cumplimiento al artículo 26, inciso d) y f) de la Ley
de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
A continuación se presentan los resultados más representativos que se derivaron de la aplicación de
los procedimientos de auditoría a cada fuente de financiamiento (fondo y programa) durante el
periodo octubre-diciembre del presente ejercicio fiscal, asimismo se incluyen los resultados de
ejercicios anteriores de obras y acciones efectuadas en el periodo auditado:
Procedimientos de auditoría.
Control Interno
1. Verificar que el ente público cuente con manuales de procedimientos y organización y
controles eficientes y eficaces que permitan identificar debilidades y fortalezas que
aseguren el cumplimiento de los objetivos del fondo.
De acuerdo a la información revisada por esta entidad fiscalizadora se detectó
que la administración municipal carece de manuales de organización y
procedimientos, que permitan la identificación y administración de los
principales riesgos que pueden afectar el cumplimiento de los objetivos y metas
en la recaudación, depósito y administración de los ingresos obtenidos y la
aplicación de los mismos.
El Municipio no cuenta con su reglamento interior y su constancia de publicación
en el periódico oficial del Gobierno del Estado.
Transferencia de Recursos
2. Verificar que el Ente recibió de la Secretaría de Planeación y Finanzas los recursos de
acuerdo con la distribución y calendarización autorizada.
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Las participaciones estatales y Aportaciones Federales en lo general fueron
recibidas de acuerdo al monto presupuestado y dado a conocer por la Secretaría
de Planeación y Finanzas y a lo publicado en el Periódico Oficial del Gobierno
del Estado de Tlaxcala.
3. Verificar que el Ente contó con cuenta bancaria específica para cada tipo de recursos,
en las que se manejen exclusivamente los recursos y sus rendimientos financieros, sin
incorporar remanentes de otros ejercicios ni aportaciones que realicen, en su caso, los
beneficiarios de las obras y acciones.
Como parte del análisis efectuado se constató que el municipio aperturó una
cuenta bancaria para cada uno de los fondos y programas en las cuales registró
y depositó los ingresos de las participaciones estatales y federales que recibió.
4. Verificar que el Ente no transfirió recursos a otras cuentas bancarias en las que se
disponga de otro tipo de recursos, sin atender los objetivos del fondo.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos:
La cuenta Deudores Diversos por Cobrar a corto plazo presenta saldo por
recuperar por $7,519.24, los cuales corresponden a gastos no comprobados y
Responsabilidad de funcionarios Públicos por $2,774.16, que no fueron
recuperados. Monto Observado $10,293.40 (C.P. 1° B-1 y 2)
La cuenta Deudores Diversos por Cobrar a corto plazo acumula un saldo por
recuperar por $372,943.18, que corresponde a Gastos a Comprobar de
ejercicios anteriores no recuperados al mes de diciembre de 2016. (C.P. 1° A-1)
La cuenta Préstamos Otorgados a corto plazo presenta saldo, por préstamos
personales correspondientes al ejercicio 2016, que no fueron recuperados al
mes de diciembre de 2016. Monto Observado $28,780.57 (C.P. 1° B-3).
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La cuenta Anticipo a Proveedores de Bienes y Servicios a corto plazo presenta
saldo por $20,000.00, mismos que no fueron comprobados, recuperados y
amortizados al mes de diciembre de 2016. Monto Observado $20,000.00 (C.P.
3° B-4).
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF):
La cuenta de Deudores Diversos por Cobrar a corto plazo presenta saldo por
$194.00, los cuales corresponden a la cuenta Responsabilidad de Funcionarios
Públicos por registros a esta cuenta del Tesorero Municipal, que no fueron
recuperados. Monto Observado $194.00 (C.P. 1° B-1).
Registros Contables y Documentación Soporte
5. Comprobar la existencia de registros contables específicos de cada tipo de recurso,
debidamente actualizados, identificados y controlados, así como la documentación
original que justifique y compruebe el gasto incurrido y cumpla con las disposiciones
fiscales correspondientes.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos:
Realizaron diversos gastos de servicios generales, por los cuales no presentaron
documentación comprobatoria y justificativa. Monto Observado $6,604.78 (C.P.
1° B-11,15,18).
Expidieron cheque número 285 como pago de la obra número GC1622012
"Construcción red para drenaje sanitario", sin embargo, no presenta factura
como soporte del gasto, Monto Observado $55,211.77 (C.P. 1° B-12).
6. Comprobar que el registro contable y presupuestario de las operaciones, se realizó por
tipo de recursos de conformidad con la normatividad aplicable y que la información
reportada sea coincidente en los diferentes reportes generados.
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Se verificó que los registros contables y presupuestarios de las operaciones, se
realizó en cada uno de los fondos por tipo de recursos de conformidad con la
normatividad aplicable y la información reportada coincide en los diferentes
reportes generados.
7. Verificar que la documentación comprobatoria del gasto de los fondos federales se
cancele con la leyenda “Operado”.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISM):
La documentación comprobatoria y justificativa del gasto del Fondo de
Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FISM), se encuentra
cancelada con la leyenda “Operado”.
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF):
La documentación comprobatoria y justificativa del gasto del Fondo de
Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF), se encuentra cancelada con la
leyenda “Operado”.
Ejercicio y destino de los Recursos
8. Verificar que los recursos financieros y rendimientos generados se destinaron
exclusivamente al fin de cada tipo de recursos.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos:
Del mes de octubre al mes de diciembre de 2016 persistieron cinco casos de
parentesco entre servidores públicos, por lo que se cuantifica el importe de
$109,141.56 de las remuneraciones pagadas en contravención a lo establecido
en la legislación vigente. (C.P. 1° C-7).
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Realizaron pago de compensaciones a funcionarios de elección popular por
$399,328.44 y trabajadores de nivel directivo por $11,588.81, sin apegarse a la
normativa establecida. (C.P. 1° C-3,4,5,6 )
Realizaron pagos por concepto de pláticas impartidas al personal del
ayuntamiento; sin embargo omiten anexar el nombre del curso impartido, fecha,
horario, evidencia fotográfica, cedula profesional de quien impartió la plática, y
registro ante el SAT, el contrato de prestación de servicios no está firmado por
el prestador de servicios y las firmas anexas corresponden a platicas impartidas
por la COEPRIS, Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios;
por lo que el gasto es improcedente. Monto Observado $36,192.00 (C.P. 1° B-6)
Realizaron pago por concepto de posada de fin de año, que incluye 1200
aguinaldos, 2 tambos de tamales, fruta y ponche, de los cuales no hay evidencia
fotográfica suficiente y competente que justifique dicho gasto. Monto Observado
$23,780.00 (C.P. 1° B-8)
Realizaron pago de recargos y actualizaciones por el incumplimiento del pago
del Impuesto sobre nóminas e Impuesto Sobre la Renta. Monto observado
$285.00 (C.P 1° B-16)
Realizaron pago, por la elaboración de reglamentación municipal
(Reglamento Interno, Manual de Procedimientos y Programa de Seguridad).
No obstante presentan copia simple de dichos reglamentos y contrato,
omitiendo anexar Acta de cabildo donde se autorizada la contratación del
servicio y de la autorización de los reglamentos, así como la publicación en el
periódico oficial. Monto Observado $57,420.00 (C.P. 1° B-17)
Realizaron pago por servicio de apoyo en el seguimiento del proyecto a la
actualización del padrón de contribuyentes de municipio, y Servicio de
Jardinería en la plaza principal, sin embargo, el gasto es improcedente, ya que
el municipio cuenta con personal en el área de Tesorería y Servicios
Municipales, que tiene a su cargo dicha actividad. Monto Observado
$26,100.00 (C.P. 1° B-13,14).
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Realizaron pago de 16 llantas para cuatro vehículos del ayuntamiento, sin
embargo al verificar físicamente los vehículos para constatar dicha compra
según bitácoras de la póliza, se constató que únicamente se localizaron
físicamente 10 llantas. Monto Observado $9,404.00 (C.P. 1° B-9).
Realizaron compra de abarrotes para elaboración de despensa para personas
de escasos, por importe de $3,017.40, y $2,309.50, no obstante omiten
anexar evidencia fotográfica de dichas despensas, relación de beneficiarios,
copia de IFE de los beneficiarios. Monto Observado $5,326.90 (C.P. 1° B-10).
Efectuaron el pago por la compra de 3 millares de hojas membretadas , el
gasto es excesivo por la fecha de adquisición que fue el 12 de Diciembre de
2016. Monto Observado $5,568.00 (C.P. 1° B-7).
9. Verificar que las obligaciones financieras se hayan pagado al término del periodo
auditado.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos:
La cuenta de Retenciones y contribuciones por pagar a corto plazo, presenta
saldo en la información financiera al 31 de diciembre de 2016 por $192,659.10,
y derivado de que el municipio tiene una disponibilidad de $163,559.42,
únicamente se observa el importe de $29,099.68, mismo que el municipio no
enteró oportunamente. (C.P. 1° B-5)
Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios
10. Verificar que en las instancias ejecutoras, las contrataciones de adquisiciones,
arrendamientos y servicios, cumplieron con los procedimientos correspondientes a las
modalidades de Adjudicación de acuerdo a los rangos establecidos en la legislación
aplicable.
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Se verificó que en los diferentes fondos que maneja el municipio, las
contrataciones de adquisiciones, arrendamientos y servicios, cumplieron con los
procedimientos correspondientes a las modalidades de Adjudicación de acuerdo
a los rangos establecidos en la legislación aplicable.
11. Verificar que los proveedores y prestadores de servicio contratados por las instancias
ejecutoras cumplieron con las condiciones contractuales y plazos de entrega
establecidos.
Se Verificó que en los diferentes fondos que maneja el municipio los
proveedores y prestadores de servicio contratados por las instancias ejecutoras
cumplieron con las condiciones contractuales y plazos de entrega establecidos.
12. Verificar que los bienes muebles e inmuebles y las adquisiciones realizadas durante el
ejercicio, las donaciones u otras, se encuentren debidamente soportadas y justificadas,
cuenten con resguardos y mediante inspección física, se constate su existencia,
registro, clasificación, control y cuantificación y en caso de disminuciones por bajas o
reclasificaciones, se hayan realizado conforme al procedimiento normativo aplicable.
Se verificó que las adquisiciones realizadas de los diferentes fondos, durante el
ejercicio, se encuentran registradas en contabilidad, así mismo, se encuentran
debidamente soportadas y justificadas, cuentan con resguardos y mediante
inspección física, se constató su existencia, registro, clasificación, control y
cuantificación.
Transparencia del Ejercicio de los Recursos
13. Verificar que el ente informó a la SHCP trimestralmente sobre el ejercicio, destino y
los resultados obtenidos respecto de los recursos federales y fueron publicados en sus
órganos locales oficiales de difusión y en su página de internet o en otros medios
locales de difusión.
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El municipio presentó el tercero y cuarto reporte trimestral a la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público (SHCP); sobre el ejercicio, destino y los resultados
obtenidos respecto de los recursos de los fondos federales.
14. Constatar que el municipio hizo del conocimiento de sus habitantes, al menos a través
de la página oficial de Internet, el monto de los recursos recibidos, las obras y
acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación, metas y beneficiarios, y el
avance del ejercicio de los recursos trimestralmente.
El municipio no hizo del conocimiento a sus habitantes sobre el monto de los
recursos recibidos, las obras y acciones a realizar, el costo de cada una, su ubicación,
metas y beneficiarios, y el avance del ejercicio de los recursos trimestralmente de
todos sus fondos
Obras públicas y servicios relacionados con las mismas
Con recursos de Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE)
ejercidos en 2016, se pagaron 11 obras por un monto de $1, 845,977.85; las cuales se
revisaron y fiscalizaron, lo que representa el 100 por ciento del recurso ejercido.
Además se revisaron y fiscalizaron 2 obras por un monto de $130,311.50,
comprendidos fuera del capítulo 6000 “Inversión Pública”, que fueron registrados en el
capítulo 2000 “Materiales y Suministros” y capítulo 8000 “Participaciones y
Aportaciones”.
Con recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de
las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISM) ejercidos en 2016, se
pagaron 2 obras por un monto de $307,434.10; las cuales se revisaron y fiscalizaron
lo que representa el 100.00 por ciento del recurso ejercido. Además se revisó y
fiscalizó 1 obra por un monto de $432,366.50, comprendidos fuera del capítulo 6000
“Inversión Pública”, que fue registrado en el capítulo 8000 “Participaciones y
Aportaciones”.
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Con recursos del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de
las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUN-DF) ejercidos en
2016, se pagó 1 obra por un monto de $51,817.20; la cual se revisó y fiscalizo, lo que
representa el 100.00 por ciento del recurso ejercido.
Con recursos del Programa de Devolución de Derechos (PRODDER) ejercidos en 2016,
se ejecutó 1 obra por un monto de $19,624.00; la cual se revisó y fiscalizó, lo que
representa el 100.00 por ciento del recurso ejercido.
15. Verificar que en el Programa Anual de Obras Públicas, se identifiquen los proyectos de
infraestructura y hayan sido debidamente autorizados.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE)
De las obras con No. IP1622003, GC1622014 y GC1622015, por un monto de
$105,726.64, el municipio no presenta acta de priorización de obras públicas
que identifique los proyectos de infraestructura debidamente autorizados. (OP
1°, 5)
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FORTAMUN-DF)
De la obra FFM1622013, si presenta acta de priorización de obras que identifica
el proyecto de infraestructura debidamente autorizado.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FISM-DF)
De la obra No. FISM1622002-A, no presenta acta de priorización de obras que
identifique el proyecto de infraestructura debidamente autorizado. (OP 1°, 3).
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Programa de Devolución de Derechos (PRODDER)
De la obra PRODDER162201, si presenta acta de priorización de obras que
identifica el proyecto de infraestructura debidamente autorizado.
16. Constatar que la obra pública ejecutada y acciones hayan cumplido con las
modalidades de adjudicación consideradas en la legislación aplicable, a fin de
garantizar las mejores condiciones para el ente.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE)
De las 10 obras por contrato, por un monto de $1,873,070.27, cumplen con la
modalidad de adjudicación de acuerdo a la normatividad aplicable: GC1622008,
GC1622009, GC1622012, GC1622013, GC1622014, GC1622016, GC1622017,
GC1622019, GC1622020, IP1622002.
Así mismo la obra GC162805, por un monto de $46,211.50, fue ejecutada por la
modalidad de convenio.
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FORTAMUN-DF)
De la obra FFM1622013 cumple con la modalidad de adjudicación de acuerdo a
la normatividad aplicable.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FISM-DF)
De las 2 obras por contrato, por un monto de $307,434.10, cumplen con la
modalidad de adjudicación de acuerdo a la normatividad aplicable:
FISM1622002-1 y FISM1622002-A
Así mismo la obra PROAGUA16281-FISM162809, por un monto de $432,366.50,
fue ejecutada por la modalidad de convenio.
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Programa de Devolución de Derechos (PRODDER)
De la obra PRODDER162201 cumple con la modalidad de adjudicación de
acuerdo a la normatividad aplicable.
17. Verificar que las contrataciones de Obra Pública, así como el equipamiento, estén
amparados en un contrato debidamente formalizado y que la persona física o moral
garantice, en su caso el o los anticipos que reciba y el cumplimiento de las condiciones
pactadas de conformidad con la normativa aplicable.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE)
Las 10 obras están amparadas bajo un contrato de acuerdo a la normatividad
aplicable.
Así mismo la obra No. GC1622016 por un monto $425,093.84, no garantiza el
cumplimiento de las condiciones pactadas (OP 1° 5).
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FORTAMUN-DF)
La obra FFM1622013 está amparada bajo un contrato de acuerdo a la
normatividad aplicable, así como también garantiza el cumplimiento de las
condiciones pactadas.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FISM-DF)
La obra No. FISM1622002-A, por un monto de $45,819.30, no está amparada
bajo un contrato de acuerdo a la normatividad aplicable, así como también no
garantiza el anticipo y el cumplimiento de las condiciones pactadas, (OP 1° 3)
Así mismo la obra FISM1622005-1 por un monto de $261,614.80, no garantiza
el cumplimiento de las condiciones pactadas, (OP 1° 3).
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Programa de Devolución de Derechos (PRODDER)
La obra PRODDER162201 está amparada bajo un contrato de acuerdo a la
normatividad aplicable.
18. Verificar que las obras públicas se ejecutaron de acuerdo con el plazo y monto
pactados y en caso de modificaciones, éstas se encuentren debidamente justificadas a
través de oficios y notas de bitácora de obra, y se hayan formalizado mediante los
convenios respectivos, y en su caso revisar la aplicación de penas convencionales y
sanciones correspondientes por incumplimiento.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE)
De las 10 obras por contrato, cumplen con el monto y plazo pactado.
Así mismo de la obra GC1622012 por un monto de $55,211.77, no presenta
bitácora de inicio y terminación (OP 1° 5).
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FORTAMUN-DF)
De la obra FFM1622013, no presenta bitácora de inicio y terminación de obra.
(OP 1° 2).
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FISM-DF)
De la obra FISM1622002-A por un monto de $45,819.30, no presento contrato,
acción que limita conocer el monto y plazo pactados. (OP 1° 3).
Programa de Devolución de Derechos (PRODDER)
De la obra PRODDER162201 cumple con el monto y plazo pactados.
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19. Comprobar que los pagos realizados se hayan soportado con las estimaciones
respectivas; que los conceptos de obra se hayan soportado con los números
generadores y precios unitarios; que los conceptos extraordinarios y volúmenes
excedentes se hayan justificado y autorizado, y que el anticipo se haya amortizado en
las estimaciones correspondientes.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE)
La obra No. GC1622012 por un importe de $55,211.77, no está soportada con
las estimaciones respectivas y generadores, (OP 1° 1).
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FORTAMUN-DF)
Los pagos realizados de la obra, están soportados con las estimaciones
respectivas, así como sus conceptos y sus generadores.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FISM-DF)
La obra No. FISM1622002-A por un importe de $45,819.30, no está soportada
con las estimaciones respectivas y generadores, (OP 1° 2).
Programa de Devolución de Derechos (PRODDER)
Los pagos realizados de la obra, están soportados con las estimaciones
respectivas, así como sus conceptos y sus generadores.
20. Verificar mediante visita de inspección física, la volumetría de los conceptos de obra
seleccionados, para determinar si corresponden a las estimaciones pagadas, asimismo
revisar que las obras no presenten vicios ocultos y se hayan ejecutado de acuerdo a
las especificaciones del proyecto y normas técnicas que garanticen la calidad de las
obras y acciones.
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Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE)
Se detectaron volúmenes pagados en exceso no ejecutados en 2 obras con
numero: GC1622016 y GC1622020 por $51,505.49. (OP 1° 3, 4 ).
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FORTAMUN-DF)
Se determinó inexistencia física de la obra FFM1622013 por $51,817.20, (OP 1°
1).
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FISM-DF)
Se detectaron conceptos pagados no ejecutados en la obra FISM1622002-1 por
$4,402.66 (OP 1° 1).
Así mismo se determinó inexistencia física de la obra FISM1622002-A por
$45,819.30. (OP 1° 2).
Programa de Devolución de Derechos (PRODDER)
La volumetría de los conceptos de la obra corresponden a las estimaciones
pagadas, sin presencia de vicios ocultos al día de la visita física.
21. Verificar que en el proceso de terminación de las obras se haya efectuado la
entrega recepción, en la que deberá analizarse el acta correspondiente, el oficio de
terminación, el finiquito de obra y fianza de vicios ocultos.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE)
De la obra No. GC1622017, por un monto de $84,100.00, no presento oficio de
terminación. (OP 1°, 5).
Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización
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Así mismo de la obra GC1622016, por un monto de $ 425,093.84, no presento
acta de entrega recepción del Municipio a los Beneficiarios. (OP 1°, 5)
De las 8 obras con número: GC1622009, GC1622012, GC1622013, GC1622014,
GC1622017, GC1622019, GC1622020 e IP1622002, por un monto de
$590,939.01, no presentan Fianza de Vicios ocultos. (OP °, 5)
Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
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De la obra FFM1622013, por un monto de $51,817.20, no presenta fianza de
vicios ocultos. (OP 1° 2).
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FISM-DF)
De la obra FISM1622002-A, por un monto de $45,819.30, no presenta oficio de
terminación de obra, fianza de vicios ocultos y acta de entrega recepción del
Municipio a los beneficiarios, (OP 1° 3).
Programa de Devolución de Derechos (PRODDER)
De la obra PRODDER 162201, no presento Fianza de vicios ocultos. (OP 1° 1)
22. Verificar que en las obras ejecutadas por Administración Directa por el ente, tuvo
capacidad técnica y administrativa para su ejecución y que se cuenta con la
documentación comprobatoria del gasto, asimismo, verificar, mediante visita física,
que están concluidas y en operación.
Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE)
El municipio no tuvo la capacidad técnica y administrativa para realizar la obra
GC1622015 en la modalidad de administración directa, toda vez que, se
determinó inexistencia física por $14,625.63 (OP 1°, 2).
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Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FORTAMUN-DF)
El municipio no ejecutó obra en la modalidad de administración directa.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
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El municipio no ejecutó obra en la modalidad de administración directa.
Programa de Devolución de Derechos (PRODDER)
El municipio no ejecutó obra en la modalidad de administración directa.
23. Constatar que los recursos del fondo se destinaron exclusivamente al financiamiento
de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a
población en pobreza extrema en localidades con alto o muy alto nivel de rezago social
(los dos mayores grados de rezago social) y Zonas de Atención Prioritaria, conforme
con lo establecido en la normativa aplicable.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FISM-DF)
Los recursos del fondo fueron destinados a los fines previstos en la Ley de
Coordinación Fiscal.
24. Constatar que los recursos del fondo y sus rendimientos financieros se ejercieron en
los rubros y en la proporción especificada en la ley y la normativa aplicable.
Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones
Territoriales del Distrito Federal, (FISM-DF)
Los recursos del fondo fueron ejercidos en los rubros previstos en la Ley de
Coordinación Fiscal.
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6. Posibles Desviaciones de Recursos Públicos.
En apego al artículo 26, inciso e) y f) de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y
sus Municipios, se informa de las posibles desviaciones de recursos públicos y de las
irregularidades de la cuenta pública, en su caso.
En el proceso de revisión y fiscalización de cuenta pública y de obra pública, se encontraron
hallazgos que constituyen alguna irregularidad, desviación o posible afectación a la Hacienda
Pública o Patrimonio, descritos en el siguiente cuadro:
Concepto de la irregularidad
Recuperación
Determinada Operada Probable
(Pesos)
Pagos improcedentes o en exceso 163,790.90 0.00 163,790.90
Falta de documentación comprobatoria 61,816.55 0.00 61,816.55
Deudores Diversos
Gastos a Comprobar 7,519.24 0.00 7,519.24
Responsabilidad de Funcionarios Públicos
2,968.16 0.00 2,968.16
Préstamos Personales 28,780.57 0.00 28,780.57
Pagos Anticipados 20,000.00 0.00 20,000.00
Omisión de entero de retenciones de ISR. 29,099.68 0.00 29,099.68
Penas, multas accesorios y actualizaciones por el incumplimiento de disposiciones legales.
285.00 0.00 285.00
Volúmenes pagados en exceso 51,505.49 0.00 51,505.49
Inexistencia Física de Obra 112,262.13 0.00 112,262.13
Conceptos pagados no ejecutados 4,402.66 0.00 4,402.66
TOTAL 482,430.38 0.00 482,430.38
Con lo anterior, se determina que el ente fiscalizable incumplió con el marco normativo vigente en
la correcta aplicación del recurso al mes de diciembre, por la cantidad $482,430.38 como
probable daño al patrimonio que representa el 5.7 por ciento, de un importe devengado del 1º
de octubre al 31 de diciembre de $8,409,591.94.
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7. Integración y Variaciones del Patrimonio.
El patrimonio lo constituyen los bienes muebles, inmuebles e intangibles propiedad del ente
fiscalizable, su análisis y variaciones se integran de conformidad con el artículo 26, inciso h)
de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
El comportamiento y variaciones del patrimonio del Municipio de Acuamanala de Miguel
Hidalgo, Tlaxcala en el transcurso del ejercicio fueron como sigue:
Concepto Saldo al 30 de
Septiembre
Movimientos Saldo Final
Incremento Disminución
Bienes Muebles
Muebles de oficina y estantería 39,204.64 418,585.44 0.00 457,790.08
Muebles, Excepto de oficina y
estantería 0.00 1.00 0.00 1.00
Equipo de cómputo y tecnologías de
la información 127,330.14 237,656.59 0.00 364,986.73
Otros Mobiliarios y Equipos de
Administración 0.00 2,109.69 0.00 2,109.69
Equipos y aparatos audio visuales 6,605.00 1,199.00 0.00 7,804.00
Cámaras fotográficas y de video 10,489.58 3.00 0.00 10,492.58
Otro mobiliario y equipo educacional
y recreativo 5,127.20 33,421.00 0.00 38,548.20
Vehículos y equipo terrestre 291,400.00 2,454,851.00 0.00 2,746,251.00
Maquinaria y equipo agropecuario 5,950.00 0.00 0.00 5,950.00
Otros Equipos de Transporte 0.00 11,900.00 0.00 11,900.00
Equipo de comunicación y
telecomunicación 17,639.68 52,204.92 0.00 69,844.60
Equipos de Defensa y Seguridad 0.00 221.00 0.00 221.00
Equipos de Generación Eléctrica 0.00 295.80 0.00 295.80
Herramientas y maquinas-
herramientas 5,567.50 420.00 0.00 5,987.50
Otros equipos 30,022.64 187,681.64 0.00 217,704.28
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Concepto Saldo al 30 de
Septiembre
Movimientos Saldo Final
Incremento Disminución
Bienes Artísticos, Culturales y
Científicos 0.00 31,639.00 0.00 31,639.00
Activos Intangibles 0.00 0.00 0.00 0.00
Software 0.00 14,050.00 0.00 14,050.00
Total 539,336.38 3,446,239.08 0.0 3,985,575.46
Al 31 de diciembre de 2016 el cuadro anterior muestra un incremento en el patrimonio del
municipio por un importe de $3,446,239.08, que corresponde a reconocimiento del inventario
Inicial de administraciones anteriores efectuado en el mes de Diciembre de 2016 y por la
adquisición de una moto-bomba.
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8. Estado de la Deuda Pública
El Municipio de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala al 31 de diciembre de 2016 no
contrató empréstito alguno con Institución Bancaria u otro Organismo.
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9. Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.
De conformidad con el artículo 26, inciso b), de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de
Tlaxcala y sus Municipios, se describe el cumplimiento de los Postulados Básicos de
Contabilidad Gubernamental que se deben considerar en la integración de su cuenta pública
con información contable, presupuestal y programática sistematizada y armonizada.
La Ley General de Contabilidad Gubernamental tiene como objeto establecer los criterios
generales que regirán la contabilidad gubernamental y la emisión de información financiera de los
entes públicos, con el fin de lograr su adecuada armonización. Para lograr lo anterior, es necesario
que operen un Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG) que cumpla con el Marco Conceptual
de Contabilidad Gubernamental que tiene como propósitos:
a) Establecer los atributos esenciales para desarrollar la normatividad contable
gubernamental;
b) Referenciar la aplicación del registro en las operaciones y transacciones susceptibles de ser
valoradas y cuantificadas;
c) Proporcionar los conceptos imprescindibles que rigen a la contabilidad gubernamental,
identificando de manera precisa las bases que la sustentan;
d) Armonizar la generación y presentación de la información financiera, misma que es
necesaria para:
Rendir cuentas de forma veraz y oportuna;
Interpretar y evaluar el comportamiento de la gestión pública;
Sustentar la toma de decisiones; y
Apoyar en las tareas de fiscalización.
Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental, son los elementos fundamentales
que configuran el Sistema de Contabilidad Gubernamental (SCG), teniendo incidencia en la
identificación, el análisis, la interpretación, la captación, el procesamiento y el reconocimiento de
las transformaciones, transacciones y otros eventos que afectan el ente público y sustentan de
manera técnica el registro de las operaciones, la elaboración y presentación de estados financieros;
basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo en legislación especializada y
aplicación de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, con la finalidad de uniformar los
métodos, procedimientos y prácticas contables.
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Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los siguientes:
1) Sustancia económica
2) Entes públicos
3) Existencia permanente
4) Revelación suficiente
5) Importancia relativa
6) Registro e integración presupuestaria
7) Consolidación de la información financiera
8) Devengo contable
9) Valuación
10) Dualidad económica
11) Consistencia
De la verificación a los registros contables de la cuenta pública, se desprende que el Municipio de
Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala realizó sus registros contables en apego a los
Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.
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10. Cumplimiento de Objetivos y Metas.
En apego al artículo 26, inciso a), de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y
sus Municipios, se presentan aspectos relevantes sobre el cumplimiento de objetivos y metas
de sus programas.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,
Ley General de Contabilidad Gubernamental y Código Financiero para el Estado de Tlaxcala y sus
Municipios, la programación y presupuestación del gasto público se debe orientar al cumplimiento
de los programas que autorizaron en los planes de gobierno, con indicadores que permitan
determinar el cumplimiento de las metas y objetivos de cada uno de los programas.
En este sentido el H. Ayuntamiento de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala realizó la
distribución de sus recursos en diferentes programas que se encuentran alineados al Plan Estatal de
Desarrollo. Los Programas se integraron por proyectos y estos a su vez por diferentes componentes
y actividades con indicadores estratégicos y de gestión.
De esta manera se realizó el Presupuesto Basado en Resultados 2016. A continuación se muestra
los diferentes proyectos que el Municipio registró en el Sistema de Contabilidad Gubernamental
(SCGIII) al 31 de diciembre del ejercicio fiscal 2016.
Nombre del Proyecto Modificado Devengado Pagado % Avance
Financiero Ene-Sep Oct-Dic Ene-Sep Oct-Dic Ene-Sep Oct-Dic
Seguridad pública y tránsito vial
3,467,892.99 -43,288.15 2,441,194.27 900,659.71 2,441,194.27 900,659.71 97.6
Desarrollo integral de la familia
1,257,243.25 -224,440.06 680,979.65 258,607.96 680,979.65 258,607.96 91.0
Rehabilitación y mantenimiento de áreas
urbanas
1,403,433.10 -283,637.44 943,864.48 282,228.08 943,864.48 282,228.08 109.5
Infraestructura y
equipamiento para el desarrollo urbano
5,656,142.00 1,733,181.20 4,407,886.21 2,898,730.24 4,407,886.21 2,898,730.24 98.9
Apoyo a las políticas gubernamentales
8,296,792.14 442,885.56 5,183,172.84 3,258,688.40 5,177,915.10 3,263,946.14 96.6
Fortalecimiento de la hacienda pública
1,468,250.81 339,166.08 802,855.36 810,677.55 802,855.36 810,677.55 89.3
El avance físico-financiero de cada proyecto se encuentra en el Anexo 14 del presente informe.
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Con el fin de apoyar la evaluación de resultados de la aplicación de los recursos, se consideró un
conjunto de indicadores, de los cuales se presenta una selección en la tabla siguiente:
CONCEPTO RESULTADO %
Nivel de gasto del 1 de octubre al 31 de Diciembre. 177.3
Importancia de los recursos estatales y las participaciones federales respecto del total de ingresos 98.0
Importancia de los recursos aplicados en gastos de operación y Bienes muebles e inmuebles 66.4
Importancia de los recursos aplicados en Subsidios, Transferencias y Subvenciones 1.5
Importancia de los recursos aplicados en inversión en Obra pública 26.5
Cumplimiento de metas en avance físico de las obras y acciones de la muestra de revisión. 78.1
Cumplimiento de metas en avance financiero de las obras y acciones de la muestra de revisión. 90.0
Obras y acciones de la muestra de revisión priorizadas por el Consejo de Desarrollo Municipal. 77.8
Obras y acciones seleccionadas para la muestra de revisión respecto del total ejercido. 100.0
Obras y acciones de la muestra de revisión seleccionadas respecto de los recursos ejercidos del
programa Ingresos Fiscales y Participaciones e Incentivos Económicos (IF y PIE). 100.0
Obras y acciones de la muestra de revisión seleccionadas respecto de los recursos ejercidos del Fondo
para el Fortalecimiento de los Municipios y las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal
(FORTAMUN-DF).
100.0
Obras y acciones de la muestra de revisión seleccionadas respecto de los recursos ejercidos del Fondo
de Aportaciones para Infraestructura Social Municipal (FISM). 100.0
Obras y acciones de la muestra de revisión seleccionadas respecto de los recursos ejercidos del
Programa de Devolución de Derechos (PRODDER) 100.0
Importancia de la inversión pública asignada en el FISM respecto al total de la inversión pública
ejercida. 9.4
Obras y acciones de la muestra de revisión seleccionadas que se encuentran terminadas. 61.1
Obras y acciones de la muestra de revisión seleccionadas que se encuentran en proceso. 22.2
Obras y acciones de la muestra de revisión seleccionadas que se encuentran no iniciadas. 16.7
Oportunidad en la entrega de su Cuenta Pública en términos de la Ley. 100.0
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11. Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas.
Durante la gestión de los entes fiscalizables y el ejercicio de los recursos públicos, se deben
ajustar a diversas leyes y normas federales, estatales y municipales, por lo que de
conformidad con el artículo 26, inciso d) de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de
Tlaxcala y sus Municipios, se relacionan las disposiciones aplicables que no cumplieron:
Normativa Federal
Artículo 127 fracción V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Artículo 42 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
Artículos 94 y 96 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
Artículo 37 de la Ley de Coordinación Fiscal.
Artículos 41 y 70, del Código Fiscal de la Federación.
Artículo 70, 71, 72 y 74 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las
Mismas.
Normativa Estatal
Artículos 34 fracción V; 41 fracción V; 73 fracción II, 74, 79 segundo párrafo; 91, 98, 101 y
106 de la Ley Municipal del Estado de Tlaxcala.
Artículos 1 párrafo segundo, 5 fracción IV, 161 y 163 de la Ley Laboral de los Servidores
Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
Artículo 59 fracciones II, IV, V y XIV de la Ley de Responsabilidades de los Servidores
Públicos para el Estado de Tlaxcala.
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Artículos 58, 59 y 60 de la Ley de Obras Públicas para el Estado de Tlaxcala y sus
Municipios.
Artículos 272, 288, 301, 302 y 309 segundo párrafo del Código Financiero para el Estado de
Tlaxcala y sus Municipios.
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12. Observaciones Pendientes de Solventar.
El inciso g) del artículo 26 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus
Municipios señala que las observaciones pendientes de solventar deberán incluirse en el informe,
asimismo, la fracción III del artículo 52 de la misma Ley, establece que cuando un pliego de
observaciones no sea solventado dentro del plazo señalado o bien la documentación y
argumentación no sean suficientes para este fin, el Órgano remitirá las observaciones pendientes
en el informe de resultados de la revisión y fiscalización de la cuenta pública anual.
Los resultados del proceso de revisión y fiscalización se notificaron a través de Pliegos de
Observaciones que contienen diversas faltas administrativas, irregularidades o debilidades de
control interno y que implican diversas acciones a realizar por parte del Municipio de
Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala para que fueran subsanados, corregidos o atendidos
en un plazo improrrogable de treinta días naturales a partir de su notificación y presentarlas a éste
Órgano Fiscalizador para su valoración y solventación en su caso.
A la fecha de elaboración del Informe, el comportamiento de las observaciones es el siguiente:
Revisión y
fiscalización
Emitidas Solventadas Pendientes
R SA
PDP
ó
PO
PRA
S Total R SA
PDP
ó
PO
PRAS Tot
al R SA
PDP
ó
PO
PR
AS Total
Auditoría Financiera 4 2 19 7 32 0 0 0 0 0 4 2 19 7 32
Obra Pública 4 0 6 1 11 0 0 0 0 0 4 0 6 1 11
Total 8 2 25 8 43 0 0 0 0 0 8 2 25 8 43
R= Recomendación SA = Solicitud de Aclaración
PDP ó PO = Probable Daño Patrimonial ó Pliegos de Observaciones PRAS = Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria
De las observaciones pendientes de solventar que se muestran en el cuadro anterior, algunas de
ellas por su propia naturaleza pueden ser causa de responsabilidad y consecuentemente, se
emprenderán las acciones que conforme a la Ley corresponda.
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13. Entrega – Recepción
Los artículos 1, 12, 20 y 21 de la Ley de Entrega-Recepción y sus Municipios, y 23 de la
Ley Municipal del Estado de Tlaxcala, contemplan la obligación de servidores que administren
fondos, bienes y valores, entreguen a quienes lo sustituyan en su empleo los asuntos de su
competencia, y todos los recursos bajo su responsabilidad, misma que se realizará al momento de
tomar posesión del cargo.
Por lo anterior por cambio de administración los servidores públicos del municipio de Acuamanala
de Miguel Hidalgo de la administración 2014-2016 no dieron cumplimiento total al Procedimiento
de Entrega-Recepción a la administración 2017-2021, toda vez que a la fecha del presente se
tienen los siguientes pendientes:
I. Formatos Pendientes
Ninguno
II. Observaciones Relevantes
Formatos de Entrega Recepción
Del formato III.9 Bienes Inmuebles, los datos del mismo no se encuentran en el sistema
de contabilidad SCGIII, los importes que se muestran en los formatos de la E-R
corresponden a la administración 2011-2013, ya que no ha reconocido saldos de estos
bienes.
Del formato IV.7 Conciliación bancaria de la cuenta 0419433400, refleja un saldo contable
de $163,559.42, que según oficio de la actual administración es para pagar impuestos que
al 31 de diciembre es por $192,659.10, existiendo un faltante por $29,099.68.
No se entregaron documentos que amparen la propiedad de todas las unidades
vehiculares del municipio.
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III. Bienes Muebles no Entregados
Formatos de Entrega Recepción
No se relacionó en el formato y no fue entregado el Vehículo Chevrolet Silverado tipo Pic-
up 2006 número de serie 2GCEC19T861119718, (Seguridad Publica), mismo que se
encuentra registrado en el Sistema de Contabilidad Gubernamental SCGIII.
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14. Procedimientos de Responsabilidad
Procedimiento Administrativo para la Imposición de Multas por la no Presentación de la
Cuenta Pública 2016
La Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, contempla en su Artículo 6
que la Cuenta Pública será presentada por los Titulares de los Entes Fiscalizables al Congreso, en
forma impresa y digitalizada, la cual será remitida al Órgano para su revisión y fiscalización.
Por otra parte el Artículo 7 del mismo cuerpo de Ley, menciona que los Municipios deberán
presentar la Cuenta Pública por periodos trimestrales dentro de los treinta días naturales
posteriores al período de que se trate.
Y en caso de incumplimiento, el Órgano de Fiscalización, atendiendo a lo establecido en el párrafo
segundo del citado precepto legal, iniciará el Procedimiento Administrativo para la Imposición de
Multas por la no Presentación de Cuenta Pública, requiriendo a los Servidores Públicos responsables
la presenten en un término improrrogable de cinco días hábiles contados a partir de la fecha de
notificación del Acuerdo que radica el Procedimiento referido.
O en su caso, para que manifiesten los motivos justificados de su incumplimiento, apercibiéndolos
para que en el supuesto de hacer caso omiso a dicho requerimiento dentro ese último término de
cinco días, se harán acreedores a una multa, en términos de lo dispuesto por el Artículo 73 de la
Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus Municipios.
Por lo que analizando el caso concreto del Ayuntamiento de Acuamanala de Miguel Hidalgo,
respecto al cuarto trimestre del ejercicio fiscal dos mil dieciséis, éste dio cumplimiento con la
presentación de cuenta pública dentro de los treinta días naturales, por lo que no se inició
Procedimiento Administrativo para Imposición de Multas por la no Presentación de Cuenta Pública.
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15. Opinión
El Órgano de Fiscalización Superior en cumplimiento al mandato Constitucional revisó y fiscalizó la
Cuenta Pública del ejercicio fiscal 2016 por el periodo octubre – diciembre del Municipio de
Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala, con el objeto de evaluar los resultados de su gestión
financiera; comprobar si la recaudación, administración, manejo, custodia y aplicación de los
ingresos por recaudación propia, participaciones, aportaciones y convenios por recursos federales
reasignados, donativos y la deuda pública o cualquier otro recurso público recibido, se ejercieron en
los términos de las disposiciones legales, contables y administrativas aplicables y con base en los
programas aprobados. Para tal efecto, se realizó la revisión y fiscalización superior posterior de la
cuenta pública proporcionada por el ente fiscalizable, de cuya veracidad es responsable, la cual fue
planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos, aplicando los
procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia,
existe una base razonable para sustentar la presente opinión, que se refiere solo a las operaciones
revisadas.
El Órgano de Fiscalización Superior considera que en términos generales y respecto de la muestra
revisada, el ente fiscalizable realizó una gestión razonable de acuerdo a las disposiciones
legales, contables y administrativas para la aplicación de los recursos que le fueron asignados y
programas aprobados, excepto por las áreas de oportunidad identificadas en el contenido del
presente Informe del Municipio de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala, por el periodo
comprendido del primero de octubre al treinta y uno de diciembre del ejercicio fiscal dos mil
dieciséis. El ente fiscalizable deberá dar cumplimiento a lo siguiente:
I. Efectuar el reintegro del monto observado en el apartado 6 por el
importe de $482,430.38
II. Solventar las 19 Observaciones del anexo 4. Posible Daño de Auditoría
Financiera.
III. Solventar las 6 Observaciones del anexo 5. Posible Daño de Obra Pública.
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IV. Solventar las 7 Observación del anexo 6. Promoción de Responsabilidad
Administrativa Sancionatoria (PRAS) Auditoría Financiera.
V. Solventar 1 Observación del anexo 7. Promoción de Responsabilidad
Administrativa Sancionatoria (PRAS) Obra Pública.
VI. Solventar las 6 Observaciones del anexo 8. Solicitud de Aclaración (SA) y
Recomendación (R) Auditoría Financiera.
VII. Solventar las 4 Observaciones del anexo 9. Solicitud de Aclaración (SA) y
Recomendación (R) Obra Pública.
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16. Seguimiento al Resultado del Informe.
1. Se instruye a la Dirección de Auditoría Municipal de seguimiento de las observaciones
emitidas y notificadas pendientes de solventar del presente Informe; así como a la
ejecución de obras y acciones que a esta fecha están en proceso o no iniciadas; de existir
observaciones que se deriven del seguimiento, se notifiquen al ente fiscalizable.
2. Se instruye a la Dirección de Asuntos Jurídicos de vista a la Contraloría interna y/o al H.
Cabildo del Municipio de Acuamanala de Miguel Hidalgo, Tlaxcala; respecto de las
irregularidades contenidas en el presente Informe y que tengan el carácter de
responsabilidad administrativa imputada a los servidores públicos del ente fiscalizable, lo
anterior a efecto de su legal fincamiento.
3. Se instruye a la Auditoria Especial de Cumplimiento, a emitir los procedimientos de
responsabilidad indemnizatoria respecto de las irregularidades que pudieran afectar el
patrimonio público del ente fiscalizable, en que hayan incurrido los servidores públicos en el
ejercicio de sus funciones durante el periodo que se presenta, una vez dictaminado por el
Congreso del Estado de Tlaxcala, con el objeto de aplicar las sanciones conducentes, de
conformidad con el título IV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus
Municipios.
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De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 párrafos segundo y tercero de la
fracción I y 51 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Tlaxcala y sus
Municipios, las acciones de revisión y fiscalización que sirvieron como base para la
emisión de este Informe de Resultados, no serán limitativos si con posterioridad se
detecta alguna irregularidad derivada del seguimiento correspondiente al periodo
octubre – diciembre del ejercicio fiscal dos mil dieciséis, por lo que no implica que se
exima de responsabilidad a los servidores públicos que fungieron en dicho ejercicio
fiscal.
Tlaxcala, Tlax; 26 de mayo de 2017.
ATENTAMENTE
C.P. MARÍA ISABEL DELFINA MALDONADO TEXTLE AUDITORA SUPERIOR DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL
CONGRESO DEL ESTADO DE TLAXCALA.