OBJETIVOS DE LA REVISORIA FISCAL
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OBJETIVOS DE LA REVISORIA FISCAL
CONTROL Y ANÁLISIS permanente para que el patrimonio de la empresa sea adecuadamente protegido, conservado y utilizado
VIGILANCIA igualmente permanente para que los
actos administrativos, al tiempo de su celebración y ejecución, se
ajusten al objeto social de la empresa y a
las normas legales,
estatutarias y reglamentarias
vigente
INSPECCIÓN constante sobre el manejo de libros de contabilidad, de actas, los documentos y archivos en general
EMISIÓN de certificacion
es e informes sobre los estados
financieros
principalmente el artículo 7° numeral 3 de la Ley 43 de 1990 y los artículos 207, 208 y 209 del Código de Comercio, se concluye que los principales objetivos de la revisoría
fiscal son
OBJETIVOS DE LA REVISORIA FISCAL
Permanencia. Su responsabilidad y acción deben ser permanentes.
Independencia de acción y criterios. El Revisor Fiscal debe cumplir con las responsabilidades que le asigna la Ley y su criterio debe ser personal, basado en las normas legales, En todo caso su gestión debe ser libre e independiente no solo mental sino en cuanto a planeación y ejecución de su trabajo
Función preventiva. La vigilancia que ejerce el Revisor Fiscal debe ser de carácter preventivo, sus informes oportunos, los administradores de la corporación están en la obligación de suministrarle la información por él solicitada y en caso de no recibirla en debida forma y en su oportunidad, o no obtenerla, deberá poner este hecho en conocimiento de este ente de control, según el caso.
CARACTERISTICAS
REVISORIA FISCAL
REVISORIA FIS
CAL
Leyes que
enmarcan la
revisoría fiscal
LEY 43-90(Adicionó la Ley 145-60)
1) Observar las normas de ética profesional;2) Actuar con sujeción a las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas en Colombia;3) Cumplir con las normas legales vigentes, así como las disposiciones emanadas de los organismos de vigilancia, dirección y control de la profesión; y4) Vigilar el registro e información contable, la cual se fundamente en principios de contabilidad generalmente aceptadas en Colombia.
Art. 6o- Determinó que las normas de contabilidad también se le pueden denominar principios de contabilidad generalmente aceptados.
Art. 7o- Formalizó las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia
Art. 9o- Mediante Papeles de Trabajo, el Contador Público dejará constancia de las labores realizadas para emitir su juicio profesional.
Art. 37- Señaló los principios básicos de ética profesional, con base en el Código de Ética Profesional creado por esta Ley( desde l.964
REVISORIA FIS
CAL
Leyes que
enmarcan la revisor
ía fiscal
CODIGO DE COMERCIO
Art. 207. – Son funciones del Revisor Fiscal:
1° Cerciorarse que las operaciones que se celebren
2° Dar oportuna cuenta, por escrito, a la Asamblea o Junta de Socios
3° Colaborar con las entidades gubernamentales
4° Velar por que se lleve regularmente la contabilidad
5° Inspeccionar asiduamente los bienes de la sociedad
6° Impartir instrucciones, practicar las inspecciones y solicitar los informes
7° Autorizar con su firma cualquier balance que se haga
8° Convocar a la Asamblea,
9° Cumplir las demás atribuciones que le señalen las leyes
CODIGO DE COMERCIO
Art. 208. – El dictamen e informe del Revisor Fiscal sobre los balances
1. Si ha obtenido las informaciones necesarias para cumplir sus funciones.
2. Si en el curso de la revisión se han seguido los procedimientos.
3. Si en su concepto la contabilidad se lleva conforme a las normas
4. Si el balance y el estado de pérdidas y ganancias han sido tomados fielmente de los libros
5. Las reservas o salvedades que tenga sobre la fidelidad de los estados financieros.
CODIGO DE COMERCIO
Art. 209. – El informe del Revisor Fiscal a la Asamblea o Junta de Socios deberá expresar:
1. Si los actos de los administradores de la sociedad se ajustan a los estatutos
2. Si la correspondencia, se llevan y se conservan debidamente, y
3. Si hay y son adecuadas las medidas de control interno,
El Artículo 209 establece que además del dictamen sobre los estados financieros de la compañía, el Revisor Fiscal debe informar acerca de los puntos Contenidos en este artículo.
REVISORIA FISCAL
LA REVISORÍA FISCAL DESEMPEÑA UN PAPEL DE ESPECIAL IMPORTANCIA EN LA VIDA DEL PAÍS, A
TAL PUNTO QUE UNA LABOR EFICAZ, INDEPENDIENTE Y OBJETIVA, ES INCENTIVO
PARA LA INVERSIÓN, EL AHORRO, EL CRÉDITO Y EN GENERAL FACILITA EL DINAMISMO Y EL
DESARROLLO ECONÓMICO. COMO ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN, LA REVISORÍA ESTÁ
ESTRUCTURADA CON EL ÁNIMO DE DAR SEGURIDAD A LOS PROPIETARIOS DE LAS
ENTIDADES SOBRE EL SOMETIMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN A LAS NORMAS LEGALES Y
ESTATUTARIAS, ASÍ COMO ACERCA DE LA SEGURIDAD Y CONSERVACIÓN DE LOS ACTIVOS SOCIALES, AMÉN DE LA CONDUCTA QUE HA DE OBSERVAR EN PROCURA DE LA FIDELIDAD DE
LOS ESTADOS FINANCIEROS.
OBJETIVOS*CONTROL Y ANÁLISIS PERMANENTE PARA QUE EL PATRIMONIO
DE LA EMPRESA SEA ADECUADAMENTE PROTEGIDO, CONSERVADO Y UTILIZADO, Y PARA QUE LAS OPERACIONES SE
EJECUTEN CON LA MÁXIMA EFICIENCIA POSIBLE.
*VIGILANCIA IGUALMENTE PERMANENTE PARA QUE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS, AL TIEMPO DE SU CELEBRACIÓN Y
EJECUCIÓN, SE AJUSTEN AL OBJETO SOCIAL DE LA EMPRESA Y A LAS NORMAS LEGALES, ESTATUTARIAS Y REGLAMENTARIAS
VIGENTES, DE SUERTE QUE NO SE CONSUMEN IRREGULARIDADES EN DETRIMENTO DE LOS ACCIONISTAS, LOS
TERCEROS Y LA PROPIA INSTITUCIÓN.
*COLABORACIÓN CON LAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES DE REGULACIÓN Y CONTROL.
* INSPECCIÓN CONSTANTE SOBRE EL MANEJO DE LIBROS DE CONTABILIDAD, LOS LIBROS DE ACTAS, LOS DOCUMENTOS
CONTABLES Y ARCHIVOS EN GENERAL, PARA ASEGURARSE QUE LOS REGISTROS HECHOS EN LOS LIBROS SON CORRECTOS Y
CUMPLEN TODOS LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS POR LA LEY, DE MANERA QUE PUEDE ESTAR CIERTO DE QUE SE CONSERVAN
ADECUADAMENTE LOS DOCUMENTOS DE SOPORTE DE LOS HECHOS ECONÓMICOS, DE LOS DERECHOS Y DE LAS
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA, COMO FUNDAMENTO QUE SON DE LA INFORMACIÓN CONTABLE DE LA MISMA.
*EMISIÓN DE CERTIFICACIONES E INFORMES SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS, SI EL BALANCE PRESENTA EN FORMA
FIDEDIGNA LA SITUACIÓN FINANCIERA Y EL ESTADO DE EXCEDENTES Y PÉRDIDAS, ASÍ COMO EL RESULTADO DE LAS
OPERACIONES, DE ACUERDO CON LAS NORMAS DE CONTABILIDAD GENERALMENTE ACEPTADAS;