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NUEVOS ESQUEMAS DE
RESPONSABILIDAD CIVIL
EN EL SECTOR
FINANCIERO
XXI CONGRESO DE DERECHO COMERCIAL
MEDELLÍN - COLOMBIA
Arturo Solarte Rodríguez
LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL DERECHO
CONTEMPORÁNEO
GENERALIDADES, CONCEPTO Y FUNCIONES DE LA
RESPONSABILIDAD CIVIL
CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LA
RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL DERECHO
MODERNO
“LECTURA” DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL
DESDE LA ÓPTICA DE LAS VÍCTIMAS
APLICACIÓN DEL PRINCIPIO FAVOR
VICTIMAE O PRINCIPIO PRO DAMNATO
DESPLAZAMIENTO DE LAS INQUIETUDES
SOBRE EL FACTOR DE IMPUTACIÓN A LOS
TEMAS DE CAUSALIDAD O DE DAÑO
DE LA ANTIJURIDICIDAD DE LA
CONDUCTA A LA ANTIJURIDICIDAD DEL
DAÑO
AMPLIACIÓN DE LAS FRONTERAS DE LOS DAÑOS RESARCIBLES, PARTICULARMENTE DE
LOS DAÑOS EXTRAPATRIMONIALES
CONSIDERACIÓN DE LOS DAÑOS MASIVOS Y
DE LOS DAÑOS COLECTIVOS
SOCIALIZACIÓN DE ALGUNOS TIPOS DE DAÑOS
DIFUMINACIÓN DE LAS FRONTERAS ENTRE LA RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL Y LA
EXTRACONTRACTUAL
FORTALECIMIENTO DE LA FUNCIÓN PREVENTIVA
DEL DERECHO DE DAÑOS
MARCO GENERAL DE LA ACTIVIDAD DE LAS
INSTITUCIONES FINANCIERAS
MARCO CONSTITUCIONAL (ACTIVIDAD DE INTERÉS PÚBLICO, CARÁCTER PROFESIONAL, INTERVENCIÓN ESTATAL – ARTS. 335, 189 Y 150 DE LA
C.P.)
RECONOCIMIENTO DE LA AUTONOMÍA PRIVADA, CON EVIDENTES
RESTRICCIONES (TRADICIONALES Y MODERNAS) CONTRATACIÓN EN MASA. CONTRATOS POR ADHESIÓN A CONDICIONES
GENERALES
CRITERIOS GENERALES SOBRE RESPONSABILIDAD
CIVIL DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS
RESPONSABILIDAD CIVIL EMPRESARIAL. ASUNCIÓN DE RIESGOS.
PRODUCCIÓN DE UTILIDADES. UBI EMOLUMENTUM IBI ONUS
RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL. ESPECIAL HABILITACIÓN.
CONOCIMIENTOS ESPECIALIZADOS. INFRAESTRUCTURA.
PREEMINENCIA FRENTE AL CLIENTE O USUARIO. ESTÁNDAR DE
CONDUCTA: “EL BUEN PROFESIONAL” – LEX ARTIS AD HOC
DAÑOS RESARCIBLES
- DAÑOS PATRIMONIALES
- DAÑOS EXTRAPATRIMONIALES
RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL
CARACTERÍSTICAS DE LA CONTRATACIÓN BANCARIA:
CONTRATACIÓN MASIVA
CONTRATACIÓN POR ADHESIÓN A CONDICIONES GENERALES
CONSECUENCIAS:
* INTERPRETACIÓN DE LAS CLÁUSULAS AMBIGUAS.
* CLÁUSULAS ABUSIVAS. ART. 98 EOSF y ART. 11 Ley 1328 de 2009.
* EVENTUAL RESPONSABILIDAD CIVIL POR LA APLICACIÓN DE CLÁUSULAS ABUSIVAS O POR ABUSO DE POSICIÓN DOMINANTE.
SUPUESTOS DE CONTROL ADMINISTRATIVO EN EL ORDENAMIENTO COLOMBIANO
FUENTES DE RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL: EL INCUMPLIMIENTO DE DEBERES SINGULARES ENTRE SUJETOS
DETERMINADOS
- INCUMPLIMIENTO DE DEBERES CONTRACTUALES: IMPORTANCIA
DE LA DISTINCIÓN ENTRE OBLIGACIONES DE MEDIO Y
OBLIGACIONES DE RESULTADO
- INCUMPLIMIENTO DE DEBERES PROFESIONALES. ESTATUTO
ORGANICO DEL SISTEMA FINANCIERO Y DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS.
- INCUMPLIMIENTO DE DEBERES SECUNDARIOS DE CONDUCTA.
FUNCIÓN INTEGRADORA DE LA BUENA FE
• INFORMACIÓN
• RESERVA
• LEALTAD
• SEGURIDAD
• ASESORÍA O CONSEJO
RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL
RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL HECHO PROPIO.
RÉGIMEN GENERAL DEL FACTOR DE IMPUTACIÓN.
INAPLICABILIDAD GENERAL DE LA RESPONSABILIDAD
INDIRECTA O POR EL HECHO DE OTRO
RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL HECHO DE LAS COSAS.
RÉGIMEN DEL FACTOR DE IMPUTACIÓN
LA ACTIVIDAD BANCARIA NO ES UNA ACTIVIDAD
PELIGROSA
PRINCIPALES SUPUESTOS DE
RESPONSABILIDAD CIVIL DE LAS
INSTITUCIONES FINANCIERAS EN LA
JURISPRUDENCIA DE LA CORTE
SUPREMA DE JUSTICIA
RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL PAGO DE CHEQUES FALSIFICADOS O ADULTERADOS
RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL PAGO DE CHEQUES FISCALES
RESPONSABILIDAD CIVIL POR EL INCUMPLIMIENTO A LOS TÉRMINOS DE UN CONVENIO DE DEBITACIÓN
RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL POR LA APERTURA IRREGULAR DE CUENTAS DE AHORROS
RESPONSABILIDAD CIVIL POR ABUSO DE POSICIÓN DOMINANTE EN LA CONTRATACIÓN
RESPONSABILIDAD CIVIL POR CASTIGO DE CARTERA Y REPORTE A CENTRALES DE RIESGO
RESPONSABILIDAD CIVIL POR INCUMPLIMIENTO DEL DEBER DE INFORMACIÓN
RESPONSABILIDAD CIVIL DE LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS POR IRREGULARIDAD EN EL CUMPLIMIENTO DE ORDEN DE EMBARGO.
RESPONSABILIDAD CIVIL POR ABUSO DE LA POSICIÓN
DOMINANTE POR EL COBRO DE SERVICIOS FINANCIEROS.
RESPONSABILIDAD CIVIL DE ENTIDADES FINANCIERAS POR ABUSO DEL DERECHO EN INVESTIGACIÓN PENAL SEGUIDA A SUS EMPLEADOS
Responsabilidad
Civil por el pago de
cheques falsificados
o adulterados
Ley 46 (1923): Responsabilidad objetiva y teoría del riesgo creado.
(1936) Responsabilidad estricta - exoneración por hecho o culpa del cuentacorrentista.
Código de Comercio arts. 732 y 1391. Responsabilidad del banco por falsificación o adulteración de cheques. Fundamento diverso.
Exoneración por hecho o culpa de la víctima.
Aviso cuentacorrentista – 6 meses (art. 1391 C. de Co.). Plazo de caducidad.
Sentencia de casación, septiembre 8 de 2003. Exp.
06909.
Sentencia de casación, septiembre 8 de
2003. Exp: 06909. (cont.)
Falsificación o adulteración producida con ocasión
de la pérdida de los cheques por el
cuentacorrentista. Supuesto diverso del anterior. El
banco, por regla general, no responde (art. 733 C.
de Co.), salvo:
Aviso oportuno al banco sobre la pérdida del
cheque y, no obstante tal información, el
banco paga.
Notoriedad de la falsificación o adulteración
Responsabilidad
Civil por el pago
irregular de
cheques fiscales
Sentencia de Casación, diciembre 16
de 2005. Expediente: 3215.
Régimen especial de los cheques fiscales: Ley 1º de 1980. Prohibición del abono en cuentas de particulares y régimen circulación.
Acción del beneficiario título valor contra el girador vs. reclamación contra la institución financiera.
Pérdida o extravío de los cheques fiscales no atenúa la responsabilidad del banco - beneficiario único.
Responsabilidad Civil
del Banco por
incumplimiento de los
términos de un “convenio de
debitación”
Sentencia de Casación, diciembre 15 de
2006. Expediente 2501.
Otros mecanismos de disposición de fondos - convenios o pactos de debitación. Autorización de descuento del saldo por un concepto predefinido.
La responsabilidad civil por pago de una “nota débito” falsificada o irregular (art. 1391 del C. de Co.) – particularidades convenios de debitación.
Aplicación de los principios generales de la responsabilidad por el pago de cheques falsificados o adulterados
Responsabilidad profesional
Concurrencia de conductas.
Responsabilidad Civil
Extracontractual del
Banco por la apertura
irregular de una cuenta
de ahorros que facilitó
una defraudación
Sentencia de Casación, agosto 3 de 2004.
Expediente: 7447.
Responsabilidad civil profesional. Especial carga de diligencia. Responsabilidad por riesgo empresarial.
Responsabilidad frente al tercero afectado por un fraude - omisión deberes profesionales en apertura cuenta de ahorros.
Monto indemnización vs. aporte causal de la víctima en la producción del daño (art. 2357 del C.C.).
Responsabilidad civil
por abuso de posición
dominante en la
contratación
Sentencia de casación, octubre 19 de
1994. Expediente 3972.
El abuso del derecho es aplicable también en la responsabilidad civil contractual
Conductas abusivas en: i) decisión de contratar o no, ii) en la estipulación de los términos contractuales y, iii) en la ejecución de los mismos.
El ejercicio del “poder de negociación” por quien está en posición dominante es abusivo cuando es aprovechado en detrimento de la otra parte rompiendo el equilibrio contractual.
Sentencia de casación, octubre 19 de
1994. Expediente 3972.
Abuso posición dominante bancos frente a sus clientes: i) imposición condiciones contractuales y ii) en la ejecución de lo pactado.
La ilicitud originada por el “ abuso ” puede ser subjetiva —intencionalidad— u objetiva - exceso o anormalidad en el ejercicio de determinada facultad-.
Responsabilidad Civil por castigo de cartera en mora y reporte a centrales
de riesgo
Sentencia de Casación del 15 de agosto de
2008. Exp. 00067 Demanda por castigo de cartera y reporte a centrales
de riesgo de un codeudor sin gestiones de cobro.
Negación de créditos y afectación al buen nombre.
Tribunal Superior: reporte a las centrales de riesgo por mora v. cobro prejudicial o judicial; hecho de la víctima; justificación de la conducta del banco; no obligatoriedad de efectuar cobro persuasivo.
Problema probatorio: normas jurídicas de alcance no nacional y costumbre mercantil.
Responsabilidad Civil de las Instituciones
Financieras por deficiencias en la
información al cliente o usuario
Sentencia de casación laboral,
Septiembre 9 de 2008. Expediente 31989
de 2008. La responsabilidad de las sociedades administradoras de
pensiones y cesantías. Criterio profesional - responsabilidad instituciones financieras.
Deber de información. Buena fe. Integración del contenido negocial. Art. 1603 del C.C.
El engaño también se produce por el silencio del profesional respecto de la información relevante.
No suministrar información clara, veraz y oportuna, es constitutivo de negligencia en cabeza de la institución financiera.
Responsabilidad Civil
de las Instituciones Financieras por
Irregularidad en el Cumplimiento de
Orden de Embargo.
Sentencia de casación del 3 de febrero de
2009. Expediente 28201.
Responsabilidad por respuesta irregular del banco a una medida cautelar decretada por una autoridad judicial.
Demanda ambivalente – labor interpretación del juez para definir clase de responsabilidad reclamada.
Irrelevancia de la calificación del tipo de responsabilidad por claridad controversia.
Cumplimiento deficiente de los deberes por falta de información a la autoridad judicial sobre la cotitularidad del CDT.
Sentencia de casación del 3 de febrero de
2009. Expediente 28201. (cont)
Las entidades financieras: procedimientos
rituales y mecánicos vs. protección de los
derechos de las personas involucradas en el
servicio público que realizan.
Capacidad del profesional de detectar que la
medida decretada era excesiva por involucrar
derechos de un tercero.
Responsabilidad Civil
por Abuso de la
Posición Dominante
por el Cobro de
Servicios Financieros.
Sentencia de casación del 22 de abril de
2009. Expediente 00624
Acción de grupo elevada por clientes de un banco para reclamar los perjuicios ocasionados por el cobro de servicios financieros.
La indemnización en acciones de grupo es genérica y por estimativo único (art. 65 - ley 472/98).
La tarifas de las entidades financieras son una expresión de la autonomía de la voluntad privada (oferta y la demanda).
Sentencia de casación del 22 de abril de
2009. Expediente 00624 (cont)
Derecho a la información (Núm. 1° del art. 97 EOSF), herramienta para conocer tarifas entidad financiera.
El cliente puede escoger la entidad que le ofrezca mejores condiciones.
Tarifas amparadas por el ordenamiento jurídico siempre y cuando se observen las normas de la libre competencia.
El cobro de servicios financieros no configura per se abuso de la posición dominante.
Responsabilidad Civil de
Entidades Financieras
por Abuso del Derecho
en Investigación Penal
Seguida a sus
Empleados
Sentencia de Casación del 18 de
diciembre de 2009. Expediente 00758
Se demandó la responsabilidad de una entidad financiera por una actuación inadecuada en una investigación interna aportada a una investigación penal y que produjo su detención.
Mención del trabajador en investigación interna y suministro información por solicitud de la Fiscalía General de la Nación no configuran conductas por fuera de los estándares exigidos a las instituciones financieras.
DESARROLLOS
JURISPRUDENCIALES
RECIENTES EN MATERIA DE
RESPONSABILIDAD CIVIL DE
LAS INSTITUCIONES
FINANCIERAS
Responsabilidad Civil por reporte injustificado a Centrales de Riesgo y por
cobro de un capital no adeudado
Sentencia de Casación del 5 de agosto de
2014. Demanda por reporte negativo injustificado a centrales de riesgo
y cobro abusivo de sumas no adeudadas.
Negación de créditos posteriores, dificultad de realizar negocios y afectación al buen nombre.
Nueva categoría de daño extrapatrimonial - “daño a bienes personalísimos de especial relevancia constitucional”.
Se reconoce indemnización por daño moral debido a las gestiones de cobro que se consideraron injustificadas y lesivas.
Precedente debil: tres salvamentos de voto y una aclaración de voto.
NUEVOS ESCENARIOS DE LA
RESPONSABILIDAD CIVIL DE LAS
INSTITUCIONES FINANCIERAS
El reconocimiento de
funciones jurisdiccionales
a la Superintendencia
Financiera
La competencia jurisdiccional de la
SFC Antecedentes – Ley 446 de 1998 y 510 de 1999
Facultades reconocidas art. 57 de la 1480 de 2011 ratificadas por el art. 24 del CGP.
Acción de protección al consumidor (Núm. 3 art. 56 Ley 1480 de 2011)
Competencia: Controversias contractuales entre los consumidores financieros y las entidades vigiladas. (Núm. 2 - Art. 24 CGP)
Competencia a prevención – autoridad judicial desplazada
Competencia en todo territorio nacional
Aspectos procedimentales de los asuntos
que se tramitan ante la SFC
Juez especializado y técnico
Proceso Verbal Sumario
Facultades oficiosas – Individualizar y vincular al
proveedor servicio y proceso de notificación
Fallar de la forma que se considere más justa, con
facultades para decidir infra, extra y ultrapetita y emitir
las órdenes a que haya lugar.
Multas hasta por 150 SMLMV
Principales supuestos de
Responsabilidad Civil que conoce la
SFC Reclamación de perjuicios por transacciones
fraudulentas a través de canales de servicios no
tradicionales con cargo a cuentas corrientes y de
ahorro.
Reclamación de perjuicios por fraude con tarjetas
de crédito.
Responsabilidad civil por el pago de cheques
falsificados o adulterados.
Parámetros y Régimen Especial de
Responsabilidad Civil de la Entidades
Financieras de acuerdo con la SFC Especial Protección de la actividad financiera por interés
publico (art. 335 C.P.) y la confianza depositada por los consumidores.
Mayor estándar de diligencia y profesionalismo. (Art. 3 Ley 1328 de 2009)
Amplio margen de control de las operaciones por parte de los bancos – Sistemas técnicos de información y transacciones. (perfil transaccional)
Requerimientos mínimos de seguridad y calidad. (Circular Básica Jurídica)
Parámetros y Régimen Especial de
Responsabilidad Civil de la Entidades
Financieras de acuerdo con la SFC
Las entidades financieras reciben retribución por sus servicios (utilidad).
Prácticas de protección propia de los consumidores (legales y convencionales) - Art. 6 Ley 1328 de 2009. (Hecho de la víctima)
Hecho de tercero no releva de la responsabilidad a la entidad bancaria – no configura causa extraña.
Pone en evidencia que desembolso no fue hecho al titular.
Riesgo de fraude es un riesgo intrínseco a la actividad financiera.
Canales e instrumentos de prestación
de servicios no tradicionales
Nueva Circular Básica Jurídica (Parte I, Titulo II, Capítulo I)
1.3. Otros canales e instrumentos de prestación de servicios.
2.2. Normas de Seguridad y calidad para la realización de Operaciones
Especial importancia del perfil transaccional de los clientes como criterio utilizado por la Superintendencia Financiera para determinar la diligencia de la entidad en el seguimiento que realiza a las operaciones que ellos efectúan.
¿Responsabilidad por producto defectuoso?
Outsourcing o Tercerización
Decreto 2555 de 2011 - Capítulo I del Titulo IX del Libro 36 de la Parte II.
Nueva Circular Básica Jurídica (Núm. 2.3.6. Parte I, Titulo II, Capítulo I)
Delegación de la profesionalidad - Deberes relacionados con el riesgo inherente a toda operación de crédito son indelegables.
Descentralización productiva y responsabilidad por subcontratación.
Inclusión Financiera
SEDPEs (Ley 1735 de 2014)
Sociedades especializadas en depósitos y pagos electrónicos con objeto exclusivo establecido en la ley (art. 1).
Entidades financieras con una licencia Simplificada. (Profesionales)
Depósitos electrónicos ofrecidos por las SEDPEs
Condiciones mínimas: Art. 2.1.15.1. - Decreto 2555 de 2010 modificado por Art. 2 Decreto 1854 de 2015.
Responsabilidad por transacciones dependiendo de los instrumentos, canales o mecanismos que permiten a su titular disponer de los recursos.
Responsabilidad por errores en administracion de informacion de Ha bitos Transaccionales e Historial de Pagos por parte de Operadores de Informacion.