Nueva propuesta del Modelo Eléctrico ecuatoriano (Universidad Nacional de Loja)

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Febrero 2014 Jorge Patricio Muñoz MSc Energía – MBA – Ing. Eléctrico NUEVO MODELO ELÉCTRICO ECUATORIANO UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJA

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Propuesta de reorganización del modelo eléctrico ecuatoriano, basado en los lineamientos del Plan Nacional de Buen Vivir 2013-2017, y los elementos principales de la planeación estratégica. Se analiza el proyecto de ley remitido a la Asamblea.

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Febrero 2014

Jorge Patricio MuñozMSc Energía – MBA – Ing. Eléctrico

NUEVO MODELO ELÉCTRICO ECUATORIANONUEVO MODELO ELÉCTRICO ECUATORIANO

UNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJAUNIVERSIDAD NACIONAL DE LOJA

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CAMBIO DE MODELO EN 1996

• Decadencia del sector eléctrico por la falta de inversiones.

• Politización de las empresas eléctricas.

• Tendencia neoliberal: la desregulación, la privatización y la apertura comercial.

• Influencia de organismos internacionales: Fondo Monetario Internacional (FMI) y Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Banco Mundial (BM).

• Expedición de la Ley de Régimen Sector Eléctrico – LRSE (octubre de 1996).

• Propósito. Modernizar el sector, mejorar la calidad y lograr la participación privada.

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LIBERALIZACÓN DE LOS SECTORES ESTRATÉGICOS DE LOS 90

• Bienes y servicios económicos deben ser suministrados por agentes económicos diferentes del Estado.

• Se consideraba que las fuerzas del mercado (oferta y demanda) provocarían una asignación eficiente de recursos con una mejor relación calidad – precio.

• Chile (1988) y Argentina (1992) reestructuraron los sectores eléctricos.

• Seguidos de Perú, Bolivia, Colombia, Venezuela, Brasil (1995) y Ecuador (1996).

• Los resultados han sido diferentes de la liberalización económica.

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• No se cumplieron los objetivos de la LRSE relacionados con la calidad, precio, disponibilidad energética y participación privada.

• Limitada participación privada en proyectos de generación.

• Desequilibrio económico entre precios y costos obteniendo como consecuencia el “déficit tarifario”.

• Fracaso del modelo marginalista con costos crecientes como resultado de desbalance de la oferta y demanda.

• Se requiere optimizar el uso de los recursos naturales, diversificando la generación de electricidad y disminuir las perdidas técnicas en la transmisión de electricidad.

PORQUÉ UN NUEVO MODELO ?

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• Se requiere profundizar la equidad en el acceso de los servicios energéticos, uso eficiente de la energía de consumo y aplicación de criterios de eficiencia económica y sustentabilidad ambiental, con énfasis en la electrificación en los sectores industrial y residencial y el transporte de carga.

• Mayor participación estatal en el sector eléctrico.

• Aplicación de criterios de planificación determinística (obligatoria).

PORQUÉ UN NUEVO MODELO ?

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• Incrementar la producción de fuentes renovables como la hidroeléctrica, eólica, solar, biomasa y geotérmica para revertir la situación actual en que la generación termoeléctrica es todavía importante.

• La matriz eléctrica puede ser cambiada a tener generación predominantemente renovable, entre 80% y 90% del total.

• Los riesgos inherentes al sector no deben ser trasladados al consumidor.

• Fracaso del modelo impuesto por la LRSE por factores exógenos y endógenos.

PORQUÉ UN NUEVO MODELO ?

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CENACE MEM

GENERADOR

DISTRIBUIDOR

TRANSMISOR

GRAN CLIENTE

GENERADOR GENERADOR

DISTRIBUIDORE.E.R.S.S.A.

GRAN CLIENTE GRAN CLIENTE

C O N E L E CC O N E L E C

GRAN CLIENTE

U S U A R I O S F I N A L E S

IMPORTACIÓN

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CENACE MEM

GENERADOR

CNEL-DISTRIBUIDOR

CELEC - TRANSMISOR

GRAN CLIENTE

CELEC - GENERADOR

DISTRIBUIDORE.E.R.S.S.A.

GRAN CLIENTE GRAN CLIENTE

C O N E L E CC O N E L E C

GRAN CLIENTE

USUARIOS REGULADOS FINALES

IMPORTACIÓN

MINISTERIO ELECTRICIDAD Y ENERGIA RENOVABLEMINISTERIO ELECTRICIDAD Y ENERGIA RENOVABLE

2009-01-13

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ANÁLISIS EXTERNOAMENEZAS

• Poca disponibilidad de oferta energética de centrales hidroeléctricas en periodos de estiaje.

• Alto consumo de combustibles para generación termoeléctrica con elevados valores de subsidios.

• Altos volúmenes de importación de energía secundaria, principalmente de diesel, gasolina, naftas y gas licuado de petróleo.

• Importación de energía de Colombia y Perú a precios fuera de la realidad económica ecuatoriana.

• Fijación de tarifas al consumidor final irreales.

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ANÁLISIS EXTERNOOPORTUNIDADES

• Consideración de preceptos constitucionales, en el Art. 313 “… Se consideran sectores estratégicos la energía en todas sus formas …”

• El Art. 315 señala que “El Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales ….

Las empresas públicas estarán bajo la regulación y el control específico de los organismos pertinentes, de acuerdo con la ley; funcionarán como sociedades de derecho público, con personalidad jurídica, autonomía financiera, económica, administrativa y de gestión, con altos parámetros de calidad y criterios empresariales, económicos, sociales y ambientales.

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ANÁLISIS EXTERNOOPORTUNIDADES

Los excedentes podrán destinarse a la inversión y reinversión en las mismas empresas o sus subsidiarias, relacionadas o asociadas, de carácter público, en niveles que garanticen su desarrollo. …”

•Elevado potencial en energías renovables: hidroeléctrico, solar, eólico, geotérmico.

•El Decreto Ejecutivo 220 del 14 de enero de 2010 crea la Empresa Pública Estratégica CORPORACION ELECTRICA DEL ECUADOR, CELEC EP, misma que comprende las actividades de generación, transmisión, distribución, comercialización, importación y exportación de energía eléctrica.

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ANÁLISIS EXTERNOOPORTUNIDADES

Nuevo Modelo

• Creación del MEER como ente rector

• Planificación integral de obligatorio cumplimiento.

• Creación de Empresas Públicas: CELEC y CNEL

• Alta inversión estatal en proyectos de expansión

MINISTERIO DE ELECTRICIDAD Y ENERGÍA RENOVABLE

Políticas, Estrategias, Lineamientos

Rector

CENTRO NACIONAL DE CONTROL DE ENERGÍA

CONSEJO NACIONAL DE ELECTRICIDAD

Regulación y Control OperadorGestión

Supervisor OperadorEjecutor

USUARIOSConsumidor

EMPRESAS PÚBLICAS Y PRIVADAS

INSTITUTO DE EFICIENCIA

ENERGÉTICA Y ENERGÍA

RENOVABLE

Investigación

Estudios

SECRETARÍA NACIONAL DE PLANIFICACIÓN Y

DESARROLLO

MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE LOS

SECTORES ESTRATÉGICOS

MINISTERIO DE FINANZAS

Planificador Coordinador Financiero

Nuevo Modelo Sector Eléctrico

1212

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ANÁLISIS EXTERNOOPORTUNIDADES

• Unificación del sector eléctrico ecuatoriano en una sola empresa pública que contenga las etapas de generación, transmisión, distribución y comercialización.

• Regionalización de la CELEC EP (empresa única) para lograr un manejo eficiente del sector eléctrico en base al número de usuarios, consumo en kWh y ubicación geográfica de cada una de las empresas de distribución integradas (en CELEC EP).

• Ampliar y mejorar la provisión, acceso, calidad y eficiencia del servicio publico de energía eléctrica.

• Incentivar el uso eficiente y el ahorro de energía, sin afectar la cobertura y calidad del servicio.

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ANÁLISIS EXTERNOOPORTUNIDADES

• Levantar una base de datos intersectorial de la oferta energética, los centros de transformación y los centros de consumo, para construir balances energéticos y planificar el abastecimiento del país.

• Intercambios energéticos regionales entre países para asegurar el abastecimiento interno y favorecer la seguridad y la integración energética optimizando los recursos naturales.

• Contribuir al desarrollo sustentable satisfaciendo las necesidades de la presente generación sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones.

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ANÁLISIS INTERNODEBILIDADES

• Altos porcentajes de pérdidas de potencia y energía eléctrica hasta antes del 2008.

• Bajo índice de recaudación que afecta al sector eléctrico en general, ya que incide negativamente al flujo de caja.

• Incumplimiento de los índices de calidad del servicio causados por problemas financieros y técnicos en la prestación del servicio, consecuencia de las limitaciones financieras y falta de gestión administrativa.

• En la unificación empresarial (CELEC EP) pueden ocultarse las ineficiencias.

• Dualidad de leyes en la gestión del talento humano.

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ANÁLISIS INTERNODEBILIDADES

• Dificultades para la constitución de gravámenes y derechos de imposición de servidumbre en la construcción de líneas de transmisión, subtransmisión y redes de distribución.

• Falta de transferencia oportuna de subsidios y valores por déficit tarifario.

• Altos precios pagados por la importación de energía de Colombia (cerca del 50% para el Estado colombiano bajo la figura de las denominadas rentas de congestión).

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ANÁLISIS EXTERNOFORTALEZAS

• Fuerte reducción de pérdidas en los tres últimos años (12,64% en el 2013).

• Alto porcentaje de cobertura urbano y rural (95,77% en el 2013).

• Fortalecimiento de la investigación científica en los ámbitos energéticos, uso eficiente de la energía, de industrias básicas y de generación y uso sustentable de energía renovable, para la industria, los hogares, el transporte y la producción.

• Construcción de 8 proyectos hidroeléctricos “emblemáticos” con una potencia instalada de 2.756 MW, 15.678 GWh.

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ANÁLISIS EXTERNOFORTALEZAS

• Modernización de los sistemas de distribución mediante la implantación de tecnologías de punta.

• Mejora de los indicadores de calidad.

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1919

Estrategias DAFO y FODA

OPORTUNIDADES AMENAZAS

ESTRATEGIAS • El sector eléctrico es estratégico.• Regionalización CELEC EP• Mejorar la calidad.• Uso eficiente de energía.• Intercambios energéticos

• Poca disponibilidad oferta energía• Consumo combustibles con subsidio.• Tarifas irreales

FORTALEZASFO - ESTRATEGIAS

OFENSIVAS

FA - ESTRATEGIAS

DEFENSIVAS

• Fuerte reducción de pérdidas.• Alto porcentaje de cobertura

urbano y rural.• Construcción de 8 proyectos

hidroeléctricos emblemáticos.• Modernización de sistemas de

distribución.

• Construcción de los proyectos emblemáticos y con energías renovables no convencionales.

• Mejorar la calidad del servicio mediante modernización de sistemas

• Programas de uso eficiente de energía

• Generación hidroeléctrica distribuida• Generación renovable distribuida• Cambio de matriz energética• Establecer tarifas reales• Reducción pérdidas energía

DEBILIDADESDO - ESTRATEGIAS

ORIENTACIÓN

DA - ESTRATEGIAS

SOBREVIVENCIA

• Bajo índices de calidad del servicio.

• En unificación empresarial pueden ocultarse ineficiencias

• Falta de transferencia oportuna de subsidios.

• Establecer indicadores para medir la eficiencia.

• Auto sustentabilidad del sector• Infraestructura y legislación

encaminada a intercambios• Unificar y regionalizar CELEC EP

• Establecer tarifas reales.• Equilibrio económico financiero• Mejorar la calidad de los servicios (comercial, técnico y producto).

• Organismo encargado de la evaluación y control (calidad).

• Investigación y desarrollo

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• La cadena de valor de un sistema eléctrico:

• Las actividades pueden ser combinadas y organizadas de diferentes maneras según los grados de competición.

• Cada modelo exige diferentes formas de segmentación, diferencias regulatorias, diferentes formas contractuales de propiedad y diferentes soluciones de activos.

MODELOS DE MERCADO PARA EL SECTOR ELÉCTRICO

Generación Transmisión Distribución Comercialización

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MODELOS DE MERCADO PARA EL SECTOR ELÉCTRICO

MODELO 1 G D C G MODELO 2 A D C G G D C MODELO 3 G W D C G D C MODELO 4 G W R C

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MODELOS DE MERCADO PARA EL SECTOR ELÉCTRICO

MODELO 1: Monopolio.- No existe competición en la generación ni en los diferentes segmentos (distribución y comercialización).

G D C

Generador

Distribuidor

Consumidor

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MODELOS DE MERCADO PARA EL SECTOR ELÉCTRICO

MODELO 2: Agencia o Empresa Compradora.- Existen varios generadores compitiendo entre ellos y solamente un comprador. El consumidor final no puede escoger a su proveedor.

GD C

GA

Agencia Compradora

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MODELOS DE MERCADO PARA EL SECTOR ELÉCTRICO

MODELO 3: Competición Mayorista.- Existen varios generadores compitiendo entre ellos, pueden vender a cualquier distribuidor, con libre acceso a la transmisión. Los distribuidores pueden acceder en forma directa al generador o a través del mercado mayorista (W). El consumidor final no puede escoger a su proveedor.

G D C

G W D C

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MODELOS DE MERCADO PARA EL SECTOR ELÉCTRICO

MODELO 4: Competición Minorista.- Cualquier generador puede vender a cualquier consumidor, sea mayorista o minorista, con libre acceso a la transmisión y distribución. El consumidor final sí puede escoger a su proveedor.

G D C

G W D C

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Empresa Pública Única

MODELO PROPUESTO POR EL GOBIERNO PARA EL SECTOR ELÉCTRICO

Monopolio.- No existe competición en los diferentes segmentos (generación, distribución y comercialización). Se creará la empresa única de electricidad.

G D C

Generador Distribuidor Consumidor

Ministerio Electricidad y Energía Renovable

Agencia de Regulación Centro Operación Energía

Instituto de Investigación y Capacitación

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FACTORES CLAVES DE ÉXITO

Oferta diversificada de

energía

Calidad del servicio

Eficiencia de los procesos

Uso eficiente energía

Investigación y desarrollo

Equilibrio económico financiero

Cliente - Usuario

Procesos

Aprendizaje y crecimiento

Financiero

Implantación de sistemas

informáticos

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EL SECTOR ELÉCTRICO CON EL MANDATO 15

a) Asume responsabilidad el Estado

b) Se elimina concepto de costos marginales

c) Estado asume a su cargo las inversiones

d) Tarifa única

e) Reconocimiento del déficit tarifario

f) Faculta al CONELEC a establecer regulaciones

g) La generación se vende al costo de producción

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MAPA ESTRATÉGICO

Incrementar oferta

diversificada de energía

Mejorar la calidad del servicio

Hacer eficiente de los procesos

Promover la eficiencia energética

Desencadenar Investigación y

Desarrollo

Alcanzar el equilibrio

económico financiero

Cliente - Usuario

Procesos

Aprendizaje y crecimiento

Financiero

Implantación de sistemas

informáticos

Reducir las tarifas

Asegurar el bienestar de la

sociedad

Proteger el ambiente

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OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DEL SECTOR ELÉCTRICO

1. Mejorar la calidad de los servicios

2. Incrementar la oferta diversificada de energía

3. Promover la eficiencia energética

4. Lograr el equilibrio económico y financiero

5. Hacer eficientes los procesos con la implantación de sistemas informáticos.

6. Bajar las tarifas eléctricas en base a la generación barata y eficiencia en los procesos.

7. Alcanzar el equilibrio económico y financiero

8. Asegurar el bienestar de la sociedad

9. Proteger el ambiente por los impactos causados en el sector y el derecho de los usuarios, y

10. Desencadenar la investigación, innovación tecnológica, formación y capacitación.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

Elaborar el Plan Nacional de Energía (Matriz Energética Nacional) en base al Plan Nacional del Buen Vivir.

Establecer la rectoría del sector por parte del Ministerio de Electricidad y Energía Renovable quien emitirá las políticas y directrices.

Incorporar las empresas eléctricas de distribución a la CELEC EP incluida la CNEL EP para conformar la empresa única en el país.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

Mantener la independencia de las actividades de generación, transmisión, distribución, comercialización y alumbrado público.

Comprar por parte del MEER las acciones de las empresas eléctricas distribuidoras (sociedades anónimas), lo que permitirá su incorporación en la CELEC EP.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

El plan de expansión del sector eléctrico en concordancia con el Plan Nacional de Energía serán de carácter determinativo (obligatorio).

Declarar de interés público y conveniencia nacional los proyectos de generación, transmisión y distribución que se encuentren en el Plan Nacional de Energía.

Las concesiones de los proyectos de generación al sector privado se entregarán mediante concursos (licitaciones) públicos. No se garantiza el despacho ni precios.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

Se mantendrá solamente el mercado de contratos regulados con los generadores privados.

Se considerarán precios preferenciales para las energías renovables.

La producción termoeléctrica preferentemente a gas natural podrá suscribir contratos a plazo.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

La importación y exportación de energía realizará la CELEC EP.

Regionalizar la CELEC EP considerando equidad en las actividades de generación, transmisión, distribución, comercialización y alumbrado público.

Concesionar bloques de energía conservada a través de programas de uso eficiente de energía.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

Aplicar la tarifa única a nivel nacional.

El CONELEC se convertirá en la Superintendencia de Electricidad siendo el organismo de regulación y control.

El CENACE continuará como el organismo técnico de despacho optimizado de energía (oferta y demanda) según el nuevo modelo, determinando el excedente o déficit de energía para la importación o exportación.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

La tarifa al cliente o usuario final así como del alumbrado público deberá contemplar rubros de inversión, de reposición de los activos fijos, operación, mantenimiento, comercialización y administración.

La tarifa incentivará el incremento de eficiencia de los procesos a través del establecimiento de metas que serán fijadas por la Superintendencia de Electricidad.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

El valor de la tarifa será determinada por la Superintendencia de Electricidad previo a recibir los justificativos preparados por la CELEC EP.

El alumbrado público será responsabilidad de la CELEC EP en lo relacionado a la expansión, operación, mantenimiento y administración.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

El pago del alumbrado público será responsabilidad de los clientes o usuarios finales para lo cual deberán establecerse niveles de cobro en base a las características socioeconómicas de ese nivel.

La Superintendencia de Electricidad establecerá los parámetros técnicos de iluminación.

Deberán establecerse indicadores de procesos para medir la eficiencia de los mismos.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

La regulación de la calidad de la energía, es una actividad atribuida a la Superintendencia de Electricidad.

La CELEC EP está obligada a permitir el acceso libre a terceros a los sistemas de transmisión y distribución de acuerdo a los términos que fije la ley.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

La Superintendencia de Electricidad establecerá la regulación para el libre acceso a los sistemas de transmisión y distribución.

La Superintendencia de Electricidad establecerá mediante regulación el subsidio a los hogares pertenecientes al primer y segundo quintil que usan o no cocinas eléctricas de inducción y otras formas de uso eficiente de la energía.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

La CELEC EP tendrá la potestad de constituir servidumbres para el paso de las líneas de transmisión, subtransmisión, redes de distribución aéreas o subterráneas y para la construcción de centrales eléctricas y subestaciones y demás estructuras necesarias para la prestación del servicio público.

La constitución de servidumbres en predios públicos o privados impide la construcción de bienes inmuebles bajo la infraestructura eléctrica aérea, así como la siembra u otros trabajos, exceptuando cultivos que no afecten la seguridad y especificaciones técnicas.

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IDEAS CLAVES DEL MODELO

Generación distribuida de pequeña escala donde todas las personas naturales o jurídicas pueden desarrollar proyectos de energías renovables para autoconsumo y entrega de excedentes a la red para lo cual no se requiere concesión de servicio (interconexión a bajo voltaje 110-220 V)

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CONCLUSIONES

El modelo actual no ha cumplido con sus objetivos El nuevo modelo tendrá mayor participación el Estado El Estado debe desarrollar los grandes y medianos

proyectos hidroeléctricos. Los pequeños proyectos de generación deben ser

desarrollados por la iniciativa privada o gobiernos seccionales.

La tarifa será única a nivel nacional

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RECOMENDACIONES

Reformar la Ley de Régimen del Sector Eléctrico para ajustar al nuevo modelo.

Mantener las unidades de negocio en calidad de actividades o etapas funcionales.

Elaborar el Plan Nacional de Energía y el plan de expansión del sector eléctrico con carácter de determinativo.

Aplicar el sistema tarifario por el costo del servicio

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA

ELÉCTRICA

El 24 de febrero de 2014 se remite el Proyecto de Ley a la Asamblea Nacional.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

El 24 de febrero de 2014 se remite el Proyecto de Ley a la Asamblea Nacional.

Regula la participación del sector público y privado en las actividades del servicio público de energía eléctrica, la ejecución de planes y proyectos con fuentes de energías renovables y mecanismos de eficiencia energética.

La prestación del servicio será proporcionado por el Gobierno Central a través de empresas públicas o mixtas y excepcionalmente delegar a la iniciativa privada.

La estructura institucional: Ministerio de Electricidad y Energía Renovable - MEER; Agencia de Regulación y Control de Electricidad – ARCONEL; Operador Nacional de Electricidad – ONE.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Estructura empresarial: empresas públicas; empresas de economía mixta; empresas privadas; consorcios o asociaciones; empresas de economía popular y solidarias.

El MEER es el órgano rector y planificador del sector eléctrico, elabora el Plan Nacional de Electricidad – PNE y el Plan Nacional de Eficiencia Energética – PLANEE, además impulsar la investigación científica y tecnológica.

El Plan Nacional de Electricidad – PNE y el Plan Nacional de Eficiencia Energética – PLANEE elaborados en coordinación con entidades del sector eléctrico y entidades relacionadas con el uso de energía son de cumplimiento obligatorio.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

ARCONEL es el organismo de derecho público técnico administrativo encargado de controlar y regular las actividades relacionadas con el servicio público de energía eléctrica.

ARCONEL dictará las regulaciones a las cuales deben sujetarse las empresas eléctricas; no ejercerá actividades empresariales, controlará a las empresas eléctricas el cumplimiento de la normativa.

ONE es una institución técnica de derecho público, actuará como operador técnico del S.N.I. y administrador comercial de las transacciones de bloques energéticos.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

ONE planificará la operación, ondeará el despacho al mínimo costo posible, coordinará la operación del S.N.I., administrará las transacciones internacionales de electricidad en representación de las empresas eléctricas.

El MEER podrá autorizar a las empresas públicas creadas bajo el amparo de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, a empresas mixtas y empresas estatales de otros Estados las actividades de generación, transmisión, distribución, comercialización, importación y exportación y alumbrado público.

El Estado a través del MEER podrá delegar de forma excepcional a empresas privadas y de economía popular y solidaria la participación en actividades del sector eléctrico.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Las empresas privadas podrán desarrollar proyectos de energías renovables no convencionales.

Los proyectos de energías renovables podrán acceder a un esquema de incentivos.

El MEER promoverá el uso de tecnologías limpias y energías alternativas, se considerará la exoneración del pago de aranceles, impuestos adicionales y gravámenes que afecten la importación de materiales y equipos para la investigación, producción, fabricación e instalación de sistemas destinados al uso de energías solar, eólica, geotérmica, biomasa y otras.

El MEER emitirá los títulos habilitantes autorizando la

operación y los contratos de concesión.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

El MEER autorizará la ejecución, operación y funcionamiento de proyectos desarrollados por empresas públicas y mixtas.

El MEER suscribirá los contratos de concesión con empresas privadas y de economía popular y solidaria.

Para construir y explotar una central eléctrica deberá contarse previamente con las autorizaciones para el aprovechamiento, siendo el MEER el encargado de registrar los títulos habilitantes.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Funcionamiento del Sector

Los participantes son las personas jurídicas que realizan actividades de generación, autogeneración, transmisión, distribución y comercialización, alumbrado público, importación y exportación de energía eléctrica, así como las personas naturales y jurídicas considerados consumidores finales.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Cadena de valor del sector eléctrico

D-CCF

Generadores Distribuidor Comercializador

Consumidor Final (Regulado)

Ministerio Electricidad y Energía Renovable

Agencia de Regulación y Control (ARCONEL)

Operador Nacional de Electricidad (ONE)

Instituto de Investigación y Capacitación

G empresa pública

G empresa mixta

G empresa privada

G empresa E.P.S.

AG autogeneración

T

Transmisor

Grandes Consumidores

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Funcionamiento del Sector

La distribución y comercialización será realizada por personas jurídicas habilitadas por autoridad concedente previo título habilitante.

La comercialización comprende la compra de energía eléctrica en bloques para vender a consumidores finales y toda la gestión comercial asociada.

Las interconexiones de electricidad se permitirán de acuerdo a las disponibilidades y necesidades. El ONE coordinará la operación y aplicará las normas de las transacciones internacionales.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Funcionamiento del Sector

Los contratos de compra venta de bloques de energía podrán celebrarse entre los participantes.

Se establece el mercado de contratos regulados con la obligación de las empresas públicas de suscribir contratos con los distribuidores y comercializadores.

Los generadores mixtos, privados o de economía popular y solidaria podrán suscribir contratos regulados con los distribuidores y comercializadores, además con grandes consumidores.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Funcionamiento del Sector

Se establece un mercado de corto plazo como consecuencia de los bloques contratados y los realmente consumidos y producidos, ésta energía será valorada con el costo económico obtenido del despacho real de generación al final de cada hora.

Los proyectos prioritarios establecidos en el PNE podrá concesionarse a empresas públicas o de economía popular y solidaria a través de procesos públicos.

Los proyectos identificados por la iniciativa privada podrán desarrollarse a su riesgo previa autorización del MEER.

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Funcionamiento del Sector

La inversión requerida para ejecutar los proyectos generación, transmisión y distribución por parte de las empresas públicas será con cargo al Presupuesto General del Estado.

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Régimen Tarifario

ARCONEL determinará los costos de generación, transmisión, distribución y comercialización, y alumbrado público que se aplicarán en las transacciones eléctricas que servirán de base para determinar las tarifas al consumidor final.

El pliego tarifario observará principios de solidaridad, equidad, cobertura de costos, eficiencia energética.

La tarifa será única en el territorio ecuatoriano según el consumo y niveles de tensión.

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Régimen Tarifario

Los costos a considerar para las empresas privadas o de economía popular y solidaria de generación es activos en servicio, administración, operación, mantenimiento y costos de responsabilidad ambiental.

El 30% del superávit de las empresas públicas se destina para proyectos de desarrollo territorial.

En empresas privadas y economía mixta, el 3% de las utilidades será destinado a los trabajadores y el 12% restante a proyectos de desarrollo territorial.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Régimen Tarifario

Los costos de distribución y comercialización y alumbrado público general cubrirán los conceptos de calidad, confiabilidad, administración, operación y mantenimiento, y la expansión.

Las empresas eléctricas en ejercicio de la acción coactiva podrán ordenar al Ministerio de Finanzas el débito de los valores con cargo a las transferencias de los organismos del sector público.

El Estado podrá otorgar subsidios o rebajas directas o focalizadas en el servicio público de energía eléctrica.

En las facturas se incluirá únicamente los rubros por el servicio público de energía eléctrica.

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PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA

Regímenes Especiales

La construcción, operación y mantenimiento del alumbrado público general será responsabilidad de las distribuidoras.

La construcción, operación y mantenimiento del alumbrado público ornamental e intervenido será responsabilidad de los GAD’s.

El pago del alumbrado público general es responsabilidad del consumidor final.

Se considera el Programa de Energización Rural con fondos provenientes del Presupuesto General del Estado.

Los costos de distribución y comercialización y alumbrado público cubrirán los conceptos de calidad, confiabilidad, administración, operación y mantenimiento, y la expansión.

Las empresas eléctricas en ejercicio de la acción coactiva podrán ordenar al Ministerio de Finanzas el débito de los valores con cargo a las transferencias de los organismos del sector público.

El Estado podrá otorgar subsidios o rebajas directas o focalizadas en el servicio público de energía eléctrica.

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Regímenes Especiales

Las instalaciones de las urbanizaciones, lotizaciones, edificios de propiedad horizontal es responsabilidad de sus ejecutores y serán subterráneas.

La propiedad de las instalaciones y estaciones de transformación de urbanizaciones y lotizaciones será de la empresa eléctrica.

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Régimen de las Infracciones y Sanciones

Las personas naturales o jurídicas que utilizaren la estructura pública de manera ilegal obteniendo beneficio de la energía eléctrica, serán sancionados de acuerdo a la normativa penal aplicable.

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Eficiencia energética

El MEER emitirá las políticas tendientes al cumplimiento de los objetivos, procurando mayor aprovechamiento de las fuentes de energía y el uso de energía por parte de los consumidores.

El MEER promoverá la eficiencia energética mediante incentivos o castigos.

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Responsabilidad ambiental

ARCONEL en coordinación con el Ministerio del Ambiente, controlará el cumplimiento de las normas que deben observadas por las empresas eléctricas.

Las empresas eléctricas están obligadas a obtener y mantener las licencias ambientales.

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Declaratoria de utilidad pública y servidumbres de tránsito

El MEER o las empresas públicas podrán adquirir bienes inmuebles procediendo con la declaratoria de utilidad pública o de interés social.

Las empresas eléctricas públicas y mixtas gozarán del derecho de uso gratuito de vías, postes ductos, veredas e infraestructura similar de propiedad de instituciones del Estado, por lo que estarán exentas del pago de impuestos, tasas o contribuciones.

Las empresas eléctricas públicas y mixtas gozarán el derecho de tender líneas de transmisión, de distribución y otras instalaciones.

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Declaratoria de utilidad pública y servidumbres de tránsito

Las empresas eléctricas tendrán el derecho a ocupar áreas de terreno para el tendido de líneas aéreas, subterráneas, postes, torres, transformadores o similares.

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Disposiciones transitorias

El MEER en 180 días tomará acciones para que las empresas eléctricas: Empresa Eléctrica Quito S.A., Empresa Eléctrica Centro Sur, Empresa Eléctrica Regional del Sur, Empresa Eléctrica Azogues, Empresa Eléctrica Regional del Norte, Empresa Eléctrica Ambato, Empresa Eléctrica Cotopaxi, Empresa Eléctrica Riobamba, se estructuren como empresas públicas.

El MEER deberá adquirir el paquete accionario de los GAD’s, accionistas privados y otros al valor nominal que consta en libros.

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Observaciones:

No se señala la potestad de con quien suscribir los contratos bilaterales (con generadores, distribuidoras comercializadoras).

Falta señalar entre quienes podrán celebrarse los contratos de compra venta de bloques de energía, por ejemplo la ley excluye al transmisor.

En el primer párrafo del Art. 50 debe señalarse que serán las empresas públicas de generación quienes deberán suscribir contratos regulados con los distribuidores comercializadores.

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Observaciones:

No se considera una utilidad justa para las empresas privadas o de economía popular y solidaria.

El penúltimo párrafo del Art. 56 no es claro en señalar que si el 3% y el restante 12% es parte del 15% contemplado en el Art. 97 del Código del Trabajo, donde señala que el empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus trabajadores el quince por ciento (15%) de las utilidades líquidas.

No se especifica quien tiene la responsabilidad de realizar las inversiones en el alumbrado público general y ornamental o intervenido.

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Observaciones:

No se aclara que las instalaciones de los edificios de propiedad horizontal son de la empresa eléctrica o de los propietarios y quien se responsabiliza de la operación y mantenimiento.

Es necesario considerar en la Ley sanciones para caso de hurto de la energía ya que la normativa legal vigente tiene deficiencias en aplicar sanciones. El hurto de energía no es como el de un bien donde existe la prueba del delito.

Es necesario que ARCONEL tenga la competencia de otorgar licencias ambientales hasta un hito determinado, en tanto que el Ministerio del Ambiente para proyectos de mayor envergadura.

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Observaciones:

No se considera el organismo que efectúe la investigación y desarrollo relacionado con la aplicación de nuevas tecnologías, eficiencia energética, fuentes de energía renovable no convencional.

Es necesario la implementación de un centro de capacitación para el sector eléctrico, especialmente en lo relacionado con la obtención de destrezas en el montaje de equipos, construcción y mantenimiento de instalaciones, líneas, redes, etc. Los institutos tecnológicos no tienen las capacidades para brindar este servicio en forma complementaria.

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Observaciones:

En el establecimiento de servidumbres debe señalarse en forma expresa la prohibición de construir inmuebles bajo las líneas de transmisión y distribución.

En el Artículo 86 no se señala si los terrenos a ocuparse son de instituciones públicas o de personas naturales o jurídicas.

En el Art. 85 (tercer párrafo) se señala que el MEER o las empresas eléctricas podrán establecer servidumbres, en tanto que el Art. 88 le da potestad solamente al MEER mediante resolución de imponer servidumbres.

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Observaciones:

No se establecen mecanismos para promover la generación distribuida mediante el uso de energías renovables no convencionales a pequeña escala como por ejemplo 2, 3, 4, o 5 kW.

No se produce mediante esta Ley la conformación de la empresa pública única como lo ha manifestado en muchas oportunidades el señor Presidente de la República.

El proyecto de Ley no contempla en lo absoluto la participación o grado de responsabilidad de los ingenieros eléctricos en la ejecución de planes, programas, diseños, construcción, mantenimiento, etc. de los componentes de los sistemas eléctricos.