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Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios EVALUACIÓN DE LA INTEGRIDAD MECÁNICA DE TUBERÍAS Y EQUIPOS ESTÁTICOS NRF-274-PEMEX-2012 PÁGINA 18 DE 35 8.2.8.8. El Contratista para la Inspección por el exterior con NDT, LT o UTT y para no eliminar el total del sistema termoaislante pueden habilitar ventanas de Inspección previa aprobación de PEMEX. 8.2.9. Personal y equipo 8.2.9.1. Los informes de resultados de las pruebas de inspección deben ser emitidos por Personas acreditadas para el método o técnica en particular, en términos de la LFMN y su Reglamento. 8.2.9.2. El personal que realice las pruebas no destructivas debe estar calificado y certificado como técnico nivel 2 o nivel 3 de acuerdo a ISO 9712:2005, con base en ANS/ASNT CP-106-2008 o su equivalente; o ISO 20807:2004 para medición de espesores por ultrasonido (UTT) o ISO 11484:2009 complementado con ISO 9712:2005 e ISO/TS 11774:2011 para técnicas con equipo automatizado; como corresponda. 8.2.9.3. La interpretación de los resultados de las NDT, LT o UTT debe ser por personal calificado y Certificado nivel 3. 8.2.9.4. El Ingeniero responsable debe estar calificado y certificado como técnico nivel 3 de acuerdo con ISO 9712:2005 en los métodos particulares con base en ANSI/ASNT CP-106-2008 o su equivalente, con ISO 20807:2004 para UTT, y/o ISO 11484:2009 para técnicas con equipo automatizado; como corresponda, por una entidad acreditada en términos de la LFMN y su Reglamento. 8.2.9.5. Los instrumentos y aparatos de medición y prueba deben tener informes de calibración vigentes en cumplimiento con la LFMN, su Reglamento y la NRF-111-PEMEX-2012. 8.2.10. Plan de Inspección 8.2.10.1. El Contratista debe elaborar el plan de Inspección con base a los mecanismos de deterioro esperados, y definir la o las técnicas de Inspección y/o prueba, como la intensidad de estas, considerando los siguientes factores: a) Modos de degradación conocidas o previstas. b) Principales áreas de degradación. c) Tasa de degradación/susceptibilidad esperada. d) Monitoreo en defectos existentes. e) Espesores remanente. f) Técnica(s) de Inspección que puede(n) detectar efectivamente los modos de degradación identificados. g) Accesibilidad segura a Equipos o partes del equipo. h) Impactos potenciales negativos en la Integridad mecánica por las técnicas de Inspección y/o prueba. i) Riesgos posibles en las actividades de Inspección. 8.2.10.2. El proveedor o Contratista debe desarrollar procedimientos de Inspección de acuerdo a los requisitos descritos en esta NRF. Además, debe incluir la metodología, criterios de aceptación o rechazo y registros (reportes) que se generen derivados de las mismas, requisitos de seguridad e higiene relacionados, acciones correctivas y su procesamiento. Se debe considerar el uso de listas de verificación para la Inspección visual; alternativamente, se pueden desarrollar para cada tipo Equipo, un sólo procedimiento general de Inspección con listas de verificación anexas.

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Subsidiarios

EVALUACIÓN DE LA INTEGRIDAD MECÁNICA DE TUBERÍAS Y EQUIPOS

ESTÁTICOS

NRF-274-PEMEX-2012

PÁGINA 18 DE 35

8.2.8.8. El Contratista para la Inspección por el exterior con NDT, LT o UTT y para no eliminar el total del sistema termoaislante pueden habilitar ventanas de Inspección previa aprobación de PEMEX.

8.2.9. Personal y equipo

8.2.9.1. Los informes de resultados de las pruebas de inspección deben ser emitidos por Personas acreditadas para el método o técnica en particular, en términos de la LFMN y su Reglamento. 8.2.9.2. El personal que realice las pruebas no destructivas debe estar calificado y certificado como técnico nivel 2 o nivel 3 de acuerdo a ISO 9712:2005, con base en ANS/ASNT CP-106-2008 o su equivalente; o ISO 20807:2004 para medición de espesores por ultrasonido (UTT) o ISO 11484:2009 complementado con ISO 9712:2005 e ISO/TS 11774:2011 para técnicas con equipo automatizado; como corresponda. 8.2.9.3. La interpretación de los resultados de las NDT, LT o UTT debe ser por personal calificado y Certificado nivel 3. 8.2.9.4. El Ingeniero responsable debe estar calificado y certificado como técnico nivel 3 de acuerdo con ISO 9712:2005 en los métodos particulares con base en ANSI/ASNT CP-106-2008 o su equivalente, con ISO 20807:2004 para UTT, y/o ISO 11484:2009 para técnicas con equipo automatizado; como corresponda, por una entidad acreditada en términos de la LFMN y su Reglamento. 8.2.9.5. Los instrumentos y aparatos de medición y prueba deben tener informes de calibración vigentes en cumplimiento con la LFMN, su Reglamento y la NRF-111-PEMEX-2012. 8.2.10. Plan de Inspección 8.2.10.1. El Contratista debe elaborar el plan de Inspección con base a los mecanismos de deterioro esperados, y definir la o las técnicas de Inspección y/o prueba, como la intensidad de estas, considerando los siguientes factores: a) Modos de degradación conocidas o previstas. b) Principales áreas de degradación. c) Tasa de degradación/susceptibilidad esperada. d) Monitoreo en defectos existentes. e) Espesores remanente. f) Técnica(s) de Inspección que puede(n) detectar efectivamente los modos de degradación identificados. g) Accesibilidad segura a Equipos o partes del equipo. h) Impactos potenciales negativos en la Integridad mecánica por las técnicas de Inspección y/o prueba. i) Riesgos posibles en las actividades de Inspección. 8.2.10.2. El proveedor o Contratista debe desarrollar procedimientos de Inspección de acuerdo a los requisitos descritos en esta NRF. Además, debe incluir la metodología, criterios de aceptación o rechazo y registros (reportes) que se generen derivados de las mismas, requisitos de seguridad e higiene relacionados, acciones correctivas y su procesamiento. Se debe considerar el uso de listas de verificación para la Inspección visual; alternativamente, se pueden desarrollar para cada tipo Equipo, un sólo procedimiento general de Inspección con listas de verificación anexas.