Normativa de Practicas Profesionales-Version Final Aprobada 11-10-10 PDF

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1 UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “ LISANDRO ALVARADO ” DECANATO DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA COORDINACION DE PRACTICA PROFESIONAL NORMATIVA DE PASANTÍA UNIVERSITARIA DEL DECANATO DE ADMINISTRACION Y CONTADURIA DE LA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO” Realizado por : Jeanny Machuca, Yvonne Sánchez y Silvia T. Pérez Miembros Comisión Permanente de Prácticas Profesional OCTUBRE, 2010

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    UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO

    DECANATO DE ADMINISTRACIN Y CONTADURA COORDINACION DE PRACTICA PROFESIONAL

    NORMATIVA DE PASANTA UNIVERSITARIA DEL

    DECANATO DE ADMINISTRACION Y CONTADURIA DE LA UNIVERSIDAD

    CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO

    Realizado por :

    Jeanny Machuca, Yvonne Snchez y Silvia T. Prez

    Miembros Comisin Permanente de Prcticas Profesional

    OCTUBRE, 2010

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    NORMATIVA DE PASANTA UNIVERSITARIAS DEL

    DECANATO DE ADMINISTRACION Y CONTADURIA DE LA UNIVERSIDAD

    CENTROCCIDENTAL LISANDRO ALVARADO

    CAPTULO I

    DISPOSICIONES GENERALES

    ARTICULO 1 La presente normativa establece las directrices sobre la planificacin,

    coordinacin, direccin, supervisin, control y evaluacin de las actividades

    de Pasantas contempladas en la asignatura Prctica Profesional del

    Decanato de Administracin y Contadura, en concordancia con el

    Reglamento de Pasantas de la Universidad Centroccidental Lisandro

    Alvarado.

    ARTICULO 2 La actividad de Pasanta Universitaria estar bajo la responsabilidad de la

    Coordinacin de Prcticas Profesionales del Decanato de Administracin y

    Contadura y de los centros de trabajo donde se llevar a cabo esta

    actividad.

    CAPITULO II

    DE LA NATURALEZA Y PROPSITOS

    ARTICULO 3 La Pasanta Universitaria o Pasanta es una actividad de la asignatura

    Prcticas Profesionales perteneciente al currculo integral del plan de estudio

    de los programas del Decanato de Administracin y Contadura que

    comprende un conjunto de actividades de carcter terico-prctico

    realizadas por el estudiante en un ente pblico o privado, a fin de aplicar y

    complementar los conocimientos en su campo especifico de trabajo, as

    como colaborar en la solucin de problemas y adquirir experiencias

    laborales.

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    ARTCULO 4 Las actividades de Pasantas Universitarias del Decanato de Administracin

    y Contadura tiene como propsito ofrecer al estudiante la oportunidad de

    aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en la Universidad, lo

    cual conduce a:

    a) Desarrollar habilidades y destrezas para la capacitacin del estudiante,

    que tiendan al mejoramiento del desempeo laboral, mediante la

    aplicacin de principios tericos y prcticas adquiridas.

    b) Promover el comportamiento tico de los estudiantes como futuro

    profesional.

    c) Lograr un contacto efectivo con la realidad profesional en la que se

    desempear el estudiante.

    d) Integrar los distintos contenidos, experiencias y actividades que

    conforman el plan de estudio colocando al estudiante en contacto

    directo con una situacin de trabajo.

    e) Vincular al estudiante y sus conocimientos con la comunidad.

    f) Complementar la formacin acadmica del estudiante mediante el

    contacto directo con el campo laboral.

    g) Contribuir al mejoramiento cientfico y tecnolgico del personal

    docente y de investigacin, a travs de la participacin directa en el

    estudio de problemas especficos en el mbito de los entes pblicos o

    privados adscritos a las Prcticas Profesionales.

    h) Fomentar el intercambio cientfico y tecnolgico del Decanato con los

    centros de trabajo a fin de facilitar una permanente actualizacin de los

    planes de estudio sobre la base de los requerimientos del pas y las

    innovaciones del mercado ocupacional.

    i) Crear vnculos permanentes entre la Universidad y los organismos

    pblicos y privados a fin de contribuir al mejoramiento del proceso

    enseanza y aprendizaje.

    ARTCULO 5 La actividad de Pasanta Universitaria se caracteriza por ser:

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    a) Una actividad dinmica que utiliza la experiencia organizacional o

    institucional.

    b) Integradora por cuanto requiere la aplicacin de conocimientos,

    habilidades, destrezas y retroalimentacin del proceso.

    c) Participativa y presencial, por cuanto requiere de un grupo de personas

    de diferentes sectores: acadmico, administrativo, laboral, industrial,

    tcnico y cientfico.

    d) Desarrolladas en niveles progresivos de complejidad.

    e) Orientadas, organizadas, dirigidas, controladas y supervisadas por el

    personal acadmico y profesional de la organizacin o institucin.

    CAPTULO III

    DEL RGIMEN GENERAL DE PASANTA

    ARTCULO 6 La actividad de Pasanta Universitaria contemplada en la asignatura Prctica

    Profesional, es de carcter obligatorio para todos los estudiantes del

    Decanato de Administracin y Contadura, segn los trminos establecidos

    en la presente Normativa.

    ARTCULO 7 El Decanato de Administracin y Contadura podr suscribir convenios

    con organizaciones o instituciones en su mbito nacional e internacional

    para cooperar con la ejecucin de las Pasantas Universitarias.

    ARTCULO 8 Las actividades a desarrollar por el estudiante durante la Pasanta

    Universitaria, sern definidas con anterioridad conjuntamente por el centro

    de trabajo y la Coordinacin de Prcticas Profesionales por medio de

    procedimientos y formatos establecidos para tal fin.

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    ARTCULO 9 Las actividades que el pasante realice se efectuarn bajo el rgimen de

    tutora acadmica y de tutora empresarial u organizacional y estarn

    orientadas en tres sentidos:

    a) Hacia la aplicacin y adquisicin de conocimientos mediante la

    participacin en actividades relacionadas directamente con las unidades

    curriculares comprendidas en el plan de estudios del programa

    respectivo.

    b) Hacia la adquisicin de conocimientos de la estructura, organizacin y

    funcionamiento de la institucin u organizacin, donde se ejecute la

    actividad de la Pasanta Universitaria.

    c) Desarrollo de su capacidad analtica y creativa, al proponer o dar

    respuestas, alternativas y/o innovadoras que contribuyan al

    mejoramiento de los procesos, procedimientos, tcnicas o productos

    utilizados o elaborados por la institucin u organizacin.

    ARTCULO 10 Para la realizacin de las Pasantas Universitarias se requiere que el

    estudiante este solvente acadmica y administrativamente en concordancia

    a lo establecido en los planes de estudios respectivos, y cumplir con la etapa

    de induccin que ofrece la Coordinacin de Prcticas Profesionales.

    ARTCULO 11 Los estudiantes que renan lo establecido en el Artculo 10, debern

    cumplir con los procesos de pre- inscripcin e inscripcin ante la

    Coordinacin de Prcticas Profesionales, lo cual es de carcter obligatorio,

    dentro de los lapsos y procedimientos previamente establecidos.

    ARTCULO 12 El estudiante aceptado por el centro de trabajo e inscrito en la pasanta, no

    podr solicitar un cambio de organizacin e institucin, salvo que haya un

    motivo de fuerza mayor justificada y comprobada ante la Coordinacin de

    Prcticas Profesionales.

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    ARTCULO 13 La actividad de Pasanta Universitaria se cumplir a tiempo completo de

    forma ininterrumpida por el estudiante en el centro de trabajo, con una

    duracin mnima de doce (12) semanas y mxima de diecisis (16) semanas

    a partir del inicio del lapso acadmico. No se permite realizar pasantas a

    medio tiempo.

    PARGRAFO UNO El estudiante - empleado UCLA podr realizar Pasantas

    Universitarias segn el tiempo establecido en la Normativa

    Laboral Vigente de los Empleados Administrativos de la

    Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado.

    PARGRAFO DOS Los das laborables por el pasante sern de lunes a viernes,

    cumpliendo con el horario establecido por la organizacin. Se

    consideran dentro del lapso de la pasanta, los das sbados y

    feriados laborados. En caso de trabajar los das sbados, stos

    sern reconocidos como media jornada, y se considerarn para

    la fecha formal de finalizacin de la pasanta.

    PARGRAFO TERCERO Todo permiso o reposo mdico ocurrido en el lapso de las

    pasantas debe ser convalidado por Servicios Mdicos

    Estudiantiles de la Universidad y notificado durante los

    primeros tres (03) das siguientes por el estudiante, ante la

    Coordinacin de Prcticas Profesionales e institucin u

    organizacin donde se ejecute la actividad de Pasanta

    Universitaria, el cual no debe exceder de los quince (15) das

    hbiles.

    PARAGRAFO CUARTO El lapso transcurrido de permanencia del estudiante en la

    organizacin pblica o privada antes del inicio del perodo

    acadmico correspondiente se define como Pasanta No

    Convalidada, ste no exceder de 8 (ocho) semanas continuas,

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    entendiendo que dicho lapso no ser reconocido, por cuanto no

    han cumplido con lo establecido en el Artculo 11.

    PARAGRAFO QUINTO La Pasanta No Convalidada deber ser solicitada por la

    organizacin pblica o privada ante la Coordinacin de Prcticas

    Profesionales, previo cumplimiento del proceso de

    preinscripcin por parte del estudiante.

    ARTCULO 14 Cuando el estudiante acumule un veinticinco por ciento (25%) de

    inasistencias no justificadas se considerar aplazado en la Pasanta

    Universitaria, tal como lo establece el Artculo 47 de la Normativa Interna

    sobre el Rgimen de Estudios y Evaluacin Estudiantil del Decanato de

    Administracin y Contadura de la Universidad Centroccidental Lisandro

    Alvarado.

    ARTCULO 15 La realizacin de la actividad de Pasanta Universitaria no crear derechos

    ni obligaciones de tipo laboral con la entidad receptora ni con la

    Universidad, debido a que la misma no es de naturaleza laboral, sino de

    formacin acadmica y excluida de ser regulada por la legislacin del

    trabajo.

    ARTCULO 16 La Coordinacin de Prcticas Profesionales apoyar la ubicacin especfica

    del pasante en organizaciones pblicas o privadas, sin embargo la misma se

    realizar mediante autogestin por parte del estudiante.

    PARAGRAFO UNICO La Pasanta Universitaria si se realiza en un pas cuyo idioma

    oficial sea distinto al espaol, tanto el tutor acadmico como el

    estudiante deben demostrar dominio del idioma de ese pas, o

    en su efecto, del idioma ingls.

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    ARTCULO 17 La Coordinacin de Prcticas Profesionales gestionar ante la Direccin

    Administrativa del Decanato de Administracin y Contadura, los gastos de

    viticos para los tutores acadmicos comprometidos en las actividades de

    gestin y supervisin de Pasantas Universitarias realizadas fuera de los

    Municipios Iribarren y Palavecino, de acuerdo a la normativa vigente de la

    Universidad.

    CAPTULO IV

    DEL RGIMEN DE EVALUACIN

    ARTCULO 18 La evaluacin de las pasantas ser individual, continua, acumulativa,

    sistemtica, formativa, participativa, integral, cientfica y tcnica.

    ARTCULO 19 Los procedimientos e instrumentos y otros medios a utilizar para el

    registro, control y evaluacin de la actuacin y el rendimiento del

    estudiante, sern proporcionados por la Coordinacin de Prcticas

    Profesionales.

    ARTCULO 20 La calificacin final de la Pasanta Universitaria ser el resultado de las

    evaluaciones realizadas por el tutor empresarial u organizacional y el tutor

    acadmico, tanto del proceso como del informe final.

    PARGRAFO NICO El tutor empresarial u organizacional evaluar el proceso de

    Pasanta Universitaria mediante una calificacin de cuarenta por

    ciento (40%), por su parte la evaluacin realizada por el tutor

    acadmico ser de sesenta por ciento (60%), la cual incluye la

    evaluacin del informe final con un peso de veinte por ciento

    (20%). La nota definitiva se expresara en la escala de veinte (20)

    puntos.

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    ARTCULO 21 El informe final de pasanta representa el producto de la asignatura

    Prcticas Profesionales en la actividad de Pasanta Universitaria, y est

    conformado por tres captulos: Captulo I: Identificacin de la

    Organizacin, Captulo II: Desarrollo de las Pasantas y Captulo III:

    Conclusiones y Recomendaciones. En la elaboracin y presentacin del

    informe final se debern cumplir los requisitos metodolgicos establecidos

    por la Coordinacin de Prcticas Profesionales.

    PARGRAFO NICO El tutor acadmico ser reconocido como coautor del informe

    final y de cualquier publicacin que se derive del mismo.

    ARTCULO 22 El estudiante debe presentar al tutor acadmico el informe final para su

    revisin y evaluacin. La Coordinacin de Prcticas Profesionales exigir la

    entrega en formato digital, en los lapsos previstos por la Coordinacin. El

    informe final presentado por el estudiante, debe ser avalado por el tutor

    empresarial.

    PARGRAFO UNO Se establece como fecha de entrega del informe final hasta los

    diez (10) das hbiles siguientes a la fecha de culminacin de la

    Pasanta Universitaria.

    PARGRAFO DOS En caso de incumplimiento en la fecha de entrega del informe

    final, el tutor acadmico sancionar al estudiante hasta con dos

    (02) puntos menos de la calificacin por cada cinco (05) das

    hbiles de retraso, por un mximo de diez (10) das hbiles. De

    transcurrir este ltimo lapso, sin la entrega del informe final, se

    considerar aplazado el estudiante.

    ARTCULO 23 El estudiante que sea aplazado en la actividad de Pasanta, tendr que

    cumplir nuevamente con todos los requisitos pautados en esta normativa y

    regirse segn lo establecido en la Normativa Interna sobre Rgimen de

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    Estudios y Evaluacin Estudiantil del Decanato de Administracin y

    Contadura de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado.

    ARTCULO 24 El estudiante no podr realizar Pasanta Universitaria en institucin u

    organizacin donde tenga parentesco hasta el 3er grado de consanguinidad

    o 2do de afinidad, con quienes desempeen cargos directivos o sean

    propietarios de los mismos.

    ARTICULO 25 El estudiante no podr realizar tareas inherentes a las funciones

    ordinarias del cargo que desempea, como actividades de su Pasanta

    Universitaria. El desarrollo de las mismas se enmarcar de acuerdo a lo

    establecido en el Artculo 9 de la presente normativa.

    ARTCULO 26 El estudiante podr solicitar la acreditacin de la Pasanta Universitaria de

    acuerdo a lo establecido en las Polticas Acadmicas de la Universidad

    Centroccidental Lisandro Alvarado.

    ARTCULO 27 El estudiante que requiera la acreditacin de la Pasanta Universitaria por

    experiencia ocupacional, en el rea del programa que cursa, deber cumplir

    con el proceso de Solicitud de Acreditacin ante la Coordinacin de

    Prcticas Profesionales, el cual contempla los siguientes requisitos:

    a) El estudiante debe estar inscrito en el semestre previo,

    establecido en la asignatura Prctica Profesional del Plan de

    Estudios vigente.

    b) El tiempo de servicio en la institucin u organizacin, debe

    ser mayor de dos (02) aos continuos.

    c) Las funciones y tareas deben estar en correspondencia con

    el perfil del programa en el cual est inscrito.

    d) El cargo debe ser ejercido paralelamente con la formacin

    universitaria.

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    PARGRAFO UNO Posterior a la aceptacin de la Solicitud de Acreditacin, la

    Coordinacin de Prcticas Profesionales nombrar y coordinar

    una Comisin de Acreditacin conformada por dos (02)

    miembros de la Comisin Permanente de Prcticas

    Profesionales, dos (02) Representantes de los Departamentos y

    un (01) Representante de la Direccin de Programa, para

    verificar los requisitos exigidos segn el procedimiento

    establecido para tal fin, la cual ser aprobada por el Consejo de

    Decanato.

    PARGRAFO DOS En caso de no proceder la solicitud de acreditacin por

    experiencia ocupacional, el estudiante deber cumplir con lo

    establecido en los Artculos 11 y 12 de la presente Normativa.

    ARTCULO 28 La Pasanta Universitaria que se acepte por Acreditacin se calificar en la

    escala del 1 al 20, de acuerdo a la evaluacin emitida por la Comisin de

    Acreditacin designada, segn los procedimientos e instrumentos

    establecidos por la Coordinacin de Prcticas Profesionales.

    PARGRAFO NICO En caso de que la Pasanta Universitaria no sea acreditada por

    experiencia ocupacional y resulte aplazado el estudiante, ste

    deber cumplir con lo establecido en los Artculos 11 y 12 de la

    presente Normativa.

    CAPTULO V

    DE LA ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO DE LA

    COORDINACIN DE PRCTICAS PROFESIONALES

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    ARTICULO 29 La Coordinacin de Prctica Profesional es una unidad responsable de la

    organizacin, funcionamiento, supervisin, control y orientacin acadmica

    de la asignatura Prcticas Profesionales, y la misma depender directamente

    del Despacho del Decano.

    ARTICULO 30 La Coordinacin de Prcticas Profesionales tendr como funciones:

    a) Planificar y ejecutar las actividades y cronogramas correspondientes a la

    Pasanta Universitaria.

    b) Capacitar al estudiante para ejercer eficazmente el rol y las funciones

    propias de su actividad profesional.

    c) Administrar los procesos de pre-inscripcin e inscripcin de la pasanta

    universitaria, de acuerdo a los procedimientos establecidos.

    d) Recibir, tramitar, evaluar y aprobar los requerimientos formulados por

    las dependencias, instituciones y profesionales.

    e) Evaluar la autogestin de la Coordinacin mediante la determinacin de

    las debilidades y fortalezas, oportunidades y amenazas.

    f) Diagnosticar el entorno organizacional e institucional para vincularlo

    con la Universidad.

    g) Las dems funciones que le establezca el Consejo de Decanato y los

    reglamentos de la Universidad.

    ARTCULO 31 Son funciones del (la) Coordinador (a) de Prcticas Profesionales en la

    actividad de Pasanta Universitaria:

    a) Establecer relaciones con empresas, organizaciones o instituciones

    pblicas o privadas, que podran servir como centro de trabajo para la

    ejecucin de Pasantas Universitarias.

    b) Acordar con los representantes de las organizaciones e instituciones, los

    nexos de tipo laboral y educativo e igualmente, quienes sern los

    tutores empresariales u organizacionales que coordinarn las funciones

    asignadas a los pasantes.

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    c) Coordinar, supervisar y velar por el cumplimiento de los procesos de

    pre-inscripcin, inscripcin y cierre de las prcticas profesionales.

    d) Supervisar las actividades a cumplir por los tutores acadmicos y tutores

    empresariales.

    e) Orientar a los estudiantes en el proceso de ubicacin de la empresa,

    organizacin o institucin donde pueda realizar sus pasantas.

    f) Proponer en forma permanente mejoras para garantizar el proceso de

    prcticas profesionales.

    g) Vincular el desarrollo de las prcticas profesionales con las lneas de

    investigacin de la Universidad.

    h) Representar a la Coordinacin de prcticas profesionales ante el

    Consejo de Decanato, cuando as sea requerido.

    i) Informar semestralmente al Consejo de Decanato sobre el

    funcionamiento de la Coordinacin de Prcticas Profesionales.

    j) Velar por el cumplimiento del Reglamento de Pasantas de la

    Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado y la presente

    Normativa.

    k) Cumplir las dems tareas que le sean asignadas por el Decano.

    CAPITULO VI

    DE LOS PASANTES

    ARTICULO 32 El pasante es el estudiante de la Universidad, quien habiendo cumplido con

    los requisitos acadmicos-administrativos, realiza la Pasanta Universitaria

    en un ente pblico o privado.

    ARTCULO 33 Son derechos del Pasante:

    a) Recibir de la Coordinacin de Prcticas Profesionales y del ente la

    asistencia y orientacin para desarrollar sus actividades de Pasantas

    Universitarias.

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    b) Recibir oportunamente las asesoras de su Tutor Acadmico y

    Empresarial en el desarrollo de sus pasantas.

    c) Conocer los mecanismos e instrumentos de evaluacin, as como

    tambin, los resultados de cada una de las evaluaciones.

    ARTCULO 34 Son deberes del Pasante:

    a) Conocer Reglamentos y Normativas vigentes correspondientes al

    proceso de Pasantas Universitarias.

    b) Cumplir con los procesos de Pre-Inscripcin, Inscripcin y Cierre

    de las Pasantas Universitarias.

    c) Elaborar y desarrollar el plan de actividades con la asesora del

    Tutor Acadmico y el Tutor Empresarial u Organizacional.

    d) Asistir al Taller de Induccin de las Pasantas Universitarias

    programadas por la Coordinacin.

    e) Permanecer en el lugar y horario establecido para el desarrollo de

    las Pasantas Universitarias.

    f) Informar, de manera veraz y oportuna, al Tutor Acadmico y al

    Tutor Empresarial u Organizacional sobre las funciones,

    actividades, el avance y/o dificultades encontradas en el

    desarrollo de las pasantas.

    g) Cumplir con las recomendaciones del Tutor Acadmico y del

    Tutor Empresarial u Organizacional acerca de mejoras en el

    desarrollo de las pasantas.

    h) Cumplir con las fechas de entregas parciales del Informe Final

    Pasantas Universitarias, establecidas por la Coordinacin.

    i) Llevar un registro de las actividades desarrolladas y las

    observaciones pertinentes, de acuerdo con lo pautado en el

    programa de pasantas.

    j) Presentar al tutor acadmico y al empresarial u organizacional el

    informe final de pasantas y someterse al rgimen de evaluacin

    vigente, en las fechas establecidas por la Coordinacin.

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    k) Mantener una conducta acorde con la tica y la moral, que

    responda a las exigencias profesionales y personales.

    l) Velar por el buen estado y conservacin de los bienes de la

    empresa o institucin donde realizar las pasantas.

    CAPITULO VII

    DE LOS TUTORES

    ARTCULO 35 El Tutor Acadmico debe ser miembro del personal acadmico, tal como lo

    contempla el Reglamento de la Universidad Centroccidental Lisandro

    Alvarado, quien orientar las actividades a realizar del estudiante en las

    Pasantas Universitarias. El tutor ser propuesto por los Jefes de

    Departamentos.

    ARTCULO 36 Son responsabilidades del Tutor Acadmico de las actividades de Pasantas

    Universitarias:

    a) Mantener relaciones interinstitucionales entre la Universidad y los Entes

    donde se desarrollan las Pasantas Universitarias, enmarcadas en la tica,

    respeto y armona.

    b) Planificar, supervisar, controlar y evaluar, conjuntamente con el Tutor

    Empresarial u Organizacional el desarrollo de las pasantas.

    c) Informar a los Tutores Empresariales u Organizacionales los

    instrumentos y normativas de evaluacin establecidos en Coordinacin

    de Prcticas Profesional.

    d) Asesorar al estudiante, conjuntamente con el Tutor Empresarial u

    Organizacional, en la ejecucin de su plan de trabajo.

    e) Evaluar el desarrollo del estudiante durante las Pasantas Universitarias

    utilizando para ello los instrumentos establecidos en la Coordinacin de

    Prcticas Profesionales.

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    f) Velar por el cumplimiento del Plan de Trabajo acordado para el

    desarrollo de las pasantas, realizando al menos tres (03) visitas en el

    organismo u ente receptor, con el fin de supervisar el inicio, el

    desarrollo y el final de las pasantas segn el cronograma propuesto por

    la Coordinacin. .

    g) Informar, de manera oportuna, ante la Coordinacin de Prcticas

    Profesionales cualquier irregularidad que afecte el desarrollo de las

    pasantas.

    h) Consignar ante la Coordinacin de Prcticas Profesionales los recaudos

    e instrumentos de evaluacin del pasante, en el lapso establecido por la

    coordinacin.

    i) Las dems que le sealen los Reglamentos de la Universidad, el Consejo

    Universitarios y acuerdos del Consejo de Decanato.

    PARAGRAFO UNICO Todo Tutor Acadmico que cumpla actividades inherentes a la

    Pasanta Universitaria, sern consideradas horas acadmicas y

    corresponder al decanato avalar la dedicacin respectiva, tal como

    lo establece el Artculo 17 del Reglamento de Pasantas de la

    Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado. Igualmente, los

    docentes a dedicacin exclusiva y tiempo completo estarn

    obligados a cumplir con las actividades de tutor acadmico que se

    le asigne, tal como lo establece el Artculo 18 del mismo

    Reglamento.

    ARTICULO 37 El Tutor Empresarial u Organizacional es un representante del ente donde

    se realiza la Pasanta, debe ser profesional universitario en el rea de

    conocimiento del programa que desarrolla el estudiante y de igual o mayor

    grado acadmico.

    ARTCULO 38 Son responsabilidades del Tutor Empresarial u Organizacional en las

    actividades de Pasanta Universitaria:

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    a) Planificar, supervisar y evaluar con el Tutor Acadmico y el Pasante, el

    desarrollado de las actividades de pasantas, as como la elaboracin del

    Plan de Trabajo.

    b) Asesorar y supervisar las actividades ejecutadas por el pasante durante

    su desarrollo, mediante la aplicacin de los procedimientos e

    instrumentos establecidos en la Coordinacin de Prcticas

    Profesionales.

    c) Proporcionar informacin al estudiante, Tutor Acadmico y a la

    Coordinacin de Prcticas Profesionales acerca de las polticas internas,

    normas, disciplina, seguridad, etc, del ente receptor.

    d) Remitir al Tutor Acadmico, sugerencias, recomendaciones y

    observaciones que contribuyan a mejorar y actualizar la asignatura de

    Prcticas Profesionales en sus actividades de Pasantas Universitarias.

    e) Informar oportunamente ante la Coordinacin de Prcticas

    Profesionales los permisos, reposos mdicos o inasistencias

    injustificadas, presentados por el pasante durante el lapso de las

    pasantas.

    CAPTULO VIII

    DE LAS FALTAS Y SANCIONES

    ARTICULO 39 El incumplimiento de la presente normativa ser sancionado de

    conformidad con lo establecido en el Reglamento que establece las Faltas,

    Sanciones, Procedimientos y Recursos del Rgimen Disciplinario de los

    Alumnos de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado.

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    CAPTULO IX

    DISPOSICIONES FINALES

    ARTICULO 40 La presente normativa ser susceptible a modificaciones de acuerdo a las

    experiencias y evaluaciones que se obtengan durante el desarrollo de la

    asignatura de Prcticas Profesionales, en la actividad de Pasanta

    Universitaria.

    ARTICULO 41 La presente normativa entrara en vigencia y empezar a regir a partir del

    lapso 2010-II, una vez aprobado por el Consejo de Decanato de

    Administracin y Contadura de la UCLA.

    ARTICULO 42 Lo no previsto en esta Normativa, ser resuelto por el Consejo de

    Decanato.

    Aprobada en Consejo de Decanato Extraordinario de Administracin y Contadura Nro. 012-

    2010 a los once das del mes de Octubre del 2010.