Norma

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210-19. Conductores. Ampacidad y tamaño mínimos. a) Circuitos derivados de hasta 600 volts 1) General. Los conductores de los circuitos derivados deben tener una ampacidad no menor que la correspondiente a la carga máxima que será alimentada. Cuando un circuito derivado suministra cargas continuas o una combinación de cargas continuas y no-continuas, el tamaño mínimo del conductor del circuito derivado, antes de la aplicación de cualquier factor de ajuste o de corrección, deberá tener una ampacidad permisible no menor que la carga no- continua más el 125 por ciento de la carga continua. Excepción 1: Si el ensamble, incluidos los dispositivos de sobrecorriente que protegen los circuitos derivados, está aprobado para operación al 100 por ciento de su capacidad nominal, se permitirá que la ampacidad de los conductores del circuito derivado no sea menor a la suma de las cargas continuas más las cargas no-continuas. NOTA 1: Véase 310-15 para la clasificación de los conductores por su ampacidad. NOTA 2: Véase la Parte B del Artículo 430 para la ampacidad mínima de los conductores de los circuitos derivados de motores. NOTA 3: Véase 310-15(a)(3) para las limitaciones de temperatura de los conductores. NOTA 4: Los conductores de circuitos derivados como están definidos en el Artículo 100, dimensionados para evitar una caída de tensión mayor que 3 por ciento en la salida más lejana que alimente a cargas de calefacción, de fuerza, de alumbrado o cualquier combinación de ellas y en los que la caída máxima de tensión combinada de los circuitos alimentadores y de los circuitos derivados hasta el contacto más lejano no supere 5 por ciento, proporcionarán una razonable eficiencia de funcionamiento. Para la caída de tensión de los conductores de los circuitos alimentadores, véase la NOTA 2 de 215-2(a)(3). 4) Otras cargas. Los conductores de un circuito derivado que alimenten cargas diferentes de las especificadas en 210-2 y otros aparatos diferentes de los de cocción, que se especifican en (a)(3) anterior, deben tener una ampacidad suficiente para las cargas servidas y no deben ser más pequeños al tamaño 2.08 mm2 (14 AWG). Excepción 1: Los conductores en derivación deben tener una ampacidad suficiente para la carga servida. Además, deben tener una ampacidad no menor de 15 amperes para circuitos de capacidad nominal de menos de 40 amperes, y no menor de 20 amperes para circuitos con capacidad nominal de 40 o 50 amperes y sólo cuando esos conductores en derivación alimenten cualquiera de las siguientes cargas: a. Portalámparas o luminarias individuales con derivaciones no mayores de 45 centímetros desde cualquier parte del portalámparas o de la luminaria. b. Luminarias con conductores derivados como se indica en 410-117. c. Salidas individuales, que no sean contactos, con derivaciones no mayores de 45 centímetros de largo. d. Artefactos de calefacción industrial con lámparas de luz infrarroja. e. Terminales no calentadoras de tapetes y cables derretidores de nieve y de deshielo. Excepción 2: Se permitirá que los alambres y cordones flexibles de las lámparas sean de tamaño menor que 2.08 m2 (14 AWG), como se permite en 240-5. b) Circuitos derivados de más de 600 volts. La ampacidad de los conductores debe estar acorde con 310-15 y 310-60, según aplique. Los conductores de

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210-19. Conductores. Ampacidad y tamao mnimos.a) Circuitos derivados de hasta 600 volts1) General.Los conductores de los circuitos derivados deben tener una ampacidad no menor que lacorrespondiente a la carga mxima que ser alimentada. Cuando un circuito derivado suministra cargascontinuas o una combinacin de cargas continuas y no-continuas, el tamao mnimo del conductor del circuitoderivado, antes de la aplicacin de cualquier factor de ajuste o de correccin, deber tener una ampacidadpermisible no menor que la carga no-continua ms el 125 por ciento de la carga continua.Excepcin 1:Si el ensamble, incluidos los dispositivos de sobrecorriente que protegen los circuitosderivados, est aprobado para operacin al 100 por ciento de su capacidad nominal, se permitir que laampacidad de los conductores del circuito derivado no sea menor a la suma de las cargas continuas ms lascargas no-continuas.NOTA 1:Vase 310-15 para la clasificacin de los conductores por su ampacidad.NOTA 2:Vase la Parte B del Artculo 430 para la ampacidad mnima de los conductores de los circuitosderivados de motores.NOTA 3:Vase 310-15(a)(3) para las limitaciones de temperatura de los conductores.NOTA 4:Los conductores de circuitos derivados como estn definidos en el Artculo 100, dimensionadospara evitar una cada de tensin mayor que 3 por ciento en la salida ms lejana que alimente a cargas decalefaccin, de fuerza, de alumbrado o cualquier combinacin de ellas y en los que la cada mxima detensin combinada de los circuitos alimentadores y de los circuitos derivados hasta el contacto ms lejano nosupere 5 por ciento, proporcionarn una razonable eficiencia de funcionamiento. Para la cada de tensin delos conductores de los circuitos alimentadores, vase la NOTA 2 de 215-2(a)(3).4) Otras cargas.Los conductores de un circuito derivado que alimenten cargas diferentes de lasespecificadas en 210-2 y otros aparatos diferentes de los de coccin, que se especifican en (a)(3) anterior,deben tener una ampacidad suficiente para las cargas servidas y no deben ser ms pequeos al tamao 2.08mm2(14 AWG).Excepcin 1:Los conductores en derivacin deben tener una ampacidad suficiente para la carga servida.Adems, deben tener una ampacidad no menor de 15 amperes para circuitos de capacidad nominal de menosde 40 amperes, y no menor de 20 amperes para circuitos con capacidad nominal de 40 o 50 amperes y slocuando esos conductores en derivacin alimenten cualquiera de las siguientes cargas:a.Portalmparas o luminarias individuales con derivaciones no mayores de 45 centmetros desdecualquier parte del portalmparas o de la luminaria.b.Luminarias con conductores derivados como se indica en 410-117.c.Salidas individuales, que no sean contactos, con derivaciones no mayores de 45 centmetros delargo.d.Artefactos de calefaccin industrial con lmparas de luz infrarroja.e.Terminales no calentadoras de tapetes y cables derretidores de nieve y de deshielo.Excepcin 2:Se permitir que los alambres y cordones flexibles de las lmparas sean de tamao menorque 2.08 m2(14 AWG), como se permite en 240-5.b) Circuitos derivados de ms de 600 volts.La ampacidad de los conductores debe estar acorde con310-15 y 310-60, segn aplique. Los conductores de circuitos derivados de ms de 600 volts se debendimensionar de acuerdo con (1) o (2) siguientes.1) General.La ampacidad de los conductores de circuitos derivados no debe ser menor al 125 por cientode la carga de diseo del equipo de utilizacin que ser operado simultneamente.2) Instalaciones supervisadas.Para instalaciones supervisadas, se permite que el tamao del conductordel circuito derivado sea determinado por personal calificado bajo supervisin de ingeniera. Las instalacionessupervisadas se definen como aquellas partes de la instalacin en donde se cumplen las dos condicionessiguientes:(1)Las condiciones de diseo e instalacin se determinan bajo la supervisin de ingeniera.(2)Personas calificadas con capacitacin y experiencia documentada en sistemas de ms de 600 voltsproveen el mantenimiento, el monitoreo y el mantenimiento del sistema.210-20. Proteccin contra sobrecorriente.Los conductores de circuitos derivados y los equipos debenestar protegidos mediante dispositivos de proteccin contra sobrecorriente con valor nominal o ajuste quecumpla lo establecido en (a) hasta (d) siguientes.a)Cargas continuas y no continuas.Cuando un circuito derivado alimenta cargas continuas o cualquiercombinacin de cargas continuas y no-continuas, la capacidad nominal del dispositivo de sobrecorriente nodebe ser menor a la carga no-continua ms el 125 por ciento de la carga continua.Excepcin:Cuando el ensamble, incluidos los dispositivos de sobrecorriente que estn protegiendo elcircuito derivado, est aprobado para funcionamiento al 100 por ciento de su valor nominal, se permitir que elvalor nominal en amperes del dispositivo de sobrecorriente no sea menor que la suma de la carga continuams la carga no-continua.b)Proteccin del conductor.Los conductores se deben proteger de acuerdo con 240-4. Los alambres ycordones flexibles de las lmparas deben estar protegidos segn 240-5.c)Equipo.La capacidad nominal o ajuste del dispositivo de proteccin contra sobrecorriente no debeexceder la especificada en los Artculos aplicables para el equipo, que se indican en la Tabla 240-3.d) Dispositivos de salida.El valor nominal o ajuste no debe exceder lo especificado en 210-21 paradispositivos de salida.210-21. Dispositivos de salida.Los dispositivos de salida deben tener una capacidad nominal decorriente no menor que la carga que van a alimentar y deben cumplir lo establecido en los siguientes incisos(a) y (b):a) Portalmparas.Cuando estn conectados a un circuito derivado de ms de 20 amperes, losportalmparas deben ser del tipo para uso rudo. Un portalmparas para servicio pesado debe tener unacapacidad nominal no menor a 660 watts si es de tipo admedium/ (designacin de casquillo E29) y no menor a750 watts si es de cualquier otro tipo.b) Contactos1) Contacto individual instalado en un circuito derivado individual.Un contacto sencillo instalado enun circuito derivado individual, debe tener una capacidad nominal no menor que la de dicho circuito.Excepcin 1:Si est instalado segn se indica en 430-81(b).Excepcin 2:Est permitido que un contacto instalado exclusivamente para usar un equipo de soldadurapor arco conectado con cordn y clavija, tenga una capacidad nominal de corriente no menor a la ampacidadmnima de los conductores del circuito derivado, determinada como se establece en 630-11(a) para lasmquinas de soldar por arco.NOTA:Ver la definicin de contacto en el Artculo 100.2)Carga total conectada con cordn y clavija. Cuando dos o ms contactos o salidas estn conectadosa un circuito derivado, un contacto no debe alimentar una carga total conectada con cordn y clavija queexceda el mximo especificado en la Tabla 210-21(b)(2).Tabla 210-21 (b)(2).- Carga mxima conectada a un contacto por medio de un cordn y clavija.Capacidad nominal delcircuitoCapacidad nominal delcontactoCarga mxima

Amperes

15 201512

202016

303024

3) Valor nominal del contacto.Cuando se conecten dos o ms contactos o salidas a un circuito derivado,la capacidad nominal de los contactos debe corresponder a los valores de la Tabla 210-21(b)(3) o, si es dems de 50 amperes, la capacidad nominal del contacto no debe ser menor a la capacidad nominal del circuitoderivado.Excepcin 1:Se permite que los contactos instalados exclusivamente para usar una o ms mquinas desoldar por arco conectadas con cordn y clavija, tenga una capacidad nominal no menor a la ampacidadmnima de los conductores del circuito derivado, tal como se permite en 630-11(a) o (b) para las mquinas desoldar por arco.Excepcin 2:Se permite que el valor nominal en amperes de un contacto instalado para iluminacin conlmparas de descarga elctrica, se base en lo que se indica en 410-62(c).

Tabla 210-21(b)(3).- Capacidad nominal de contactos en circuitos de varias capacidadesCapacidad nominal del circuitoCapacidad nominal del contacto

Amperes

15No ms de 15

2015 20

3030

4040 50

5050

4) Valor nominal de contacto para estufa.Se permite que la capacidad nominal de un contacto paraestufa se base en la carga demandada de una sola estufa, tal como se especifica en la Tabla 220-55.210-23. Cargas permisibles.En ningn caso la carga debe exceder a la capacidad nominal del circuitoderivado. Est permitido que un circuito derivado individual alimente cualquier carga dentro de su valornominal. Un circuito derivado que suministre energa a dos o ms contactos o salidas, slo debe alimentar lascargas de acuerdo con su tamao, como se especifica en (a) hasta (d) y como se resume en 210-24 y en laTabla 210-24.a) Circuitos derivados de 15 y 20 amperes.Se permite que los circuitos derivados de 15 o 20 amperesalimenten a unidades de alumbrado, otros equipos de utilizacin o una combinacin de ambos y debe cumplircon lo que se establece en (1) y (2) siguientes.Excepcin:Los circuitos derivados para aparatos pequeos, los circuitos derivados para lavadora y loscircuitos derivados para cuartos de bao exigidos para las unidades de vivienda en 210-11(c)(1), (c)(2) y (c)(3), slo deben alimentar las salidas de contactos especificadas en esa seccin.1)Equipo conectado con cordn y clavija que no est fijo en un lugar.La carga nominal de cualquierequipo individual de utilizacin conectado mediante cordn y clavija que no est fijo en un lugar no debesuperar el 80 por ciento de la capacidad nominal en amperes del circuito derivado.2)Equipo de utilizacin fijo en un lugar.La carga nominal total del equipo de utilizacin fijo en un lugar,que no sean luminarias, no debe superar el 50 por ciento de la capacidad nominal en amperes del circuitoderivado, cuando tambin se alimenten unidades de alumbrado o equipos de utilizacin conectados concordn y clavija no fijos en un sitio, o ambos.b) Circuitos derivados de 30 amperes.Se permite que los circuitos derivados de 30 amperessuministren energa a unidades fijas de alumbrado con portalmparas de servicio pesado, en lugares que nosean viviendas o equipo de utilizacin en cualquier lugar. La capacidad nominal de cualquier equipo deutilizacin conectado con cordn y clavija no debe exceder 80 por ciento de la capacidad nominal del circuitoderivado.c) Circuitos derivados de 40 y 50 amperes.Se permite que un circuito derivado de 40 o 50 amperessuministre energa a equipo de cocina fijo en cualquier lugar. En edificios que no sean viviendas, se permiteque tales circuitos suministren energa a unidades de alumbrado fijas con portalmparas de servicio pesado,unidades de calefaccin por infrarrojos u otros equipos de utilizacin.d) Circuitos derivados de ms de 50 amperes.Los circuitos de ms de 50 amperesslo debensuministrar energa a cargas que no sean salidas para alumbrado.210-24. Requisitos para los circuitos derivados-Resumen.En la Tabla 210-24 se resumen losrequisitos para los circuitos que tengan dos o ms contactos o salidas distintos a los circuitos de contactosindicados en 210-11(c)(1), (c)(2) y (c)(3). Esta tabla slo brinda un resumen de los requisitos mnimos. Vase210-19, 210-20 y 210-21 para los requisitos especficos que se aplican a los circuitos derivados.Tabla 210-24.- Resumen de requisitos de los circuitos derivadosClasificacin de circuito (amperes)1520304050

Conductores (tamao mnimo)mm2AWGmm2AWGmm2AWGmm2AWGmm2AWG

Conductores del circuito*2.08143.31125.26108.37813.36

Derivaciones2.08142.08142.08143.31123.3112

Cables y cordones de artefactos elctricos,vase 240-5

Proteccin contra sobrecorriente(amperes)1520304050

Dispositivos de salida:

Portalmparas permitidosDe cualquiertipoDe cualquiertipoServiciopesadoServiciopesadoServiciopesado

Capacidad nominal del contacto, enamperes**15 mx.15 o 203040 o 5050

Carga Mxima1520304050

Carga PermisibleVer210-23(a)Ver210-23(a)Ver210-23(b)Ver210-23(c)Ver210-23 (c)

* Estos tamaos se refieren a conductores de cobre.** Para la capacidad de los contactos instalados para alumbrado de descarga conectados con cordn y clavija, vase410-62(c).NOTA:Se permite que la proteccin contra sobrecorriente sea de valor igual o menor que la clasificacin del circuito

Ejemplo3.2.7 Clculo del conductor por cada de tensin (NOM-001-SEDE-2012) La cada de tensin se calcula de acuerdo con las siguientes frmulas:

http://www.sener.gob.mx/res/Acerca_de/29112012-VES.pdfhttp://cdigital.uv.mx/bitstream/123456789/35079/1/hernandezperaltahugo.pdfcdigital.uv.mx