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ÍNDICE
Proemio ............................................................................... 4
Escuela Pía y el Colegio Cristóbal Colón .............................. 4
San José de Calasanz ......................................................... 5
La obra educativa de San José de Calasanz ........................ 7
La inspiración Calasancia hoy .............................................. 8
Filosofía ............................................................................... 9
Ideario ................................................................................. 11
Misión y Visión ..................................................................... 17
Propósitos Institucionales ..................................................... 18
Propósitos del nivel Secundaria ........................................... 20
NORMATIVA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
TÍTULO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES ........... 22
TÍTULO SEGUNDO. DE LOS ALUMNOS ............................. 24
Capítulo I.- De Los tipos de alumnos ................................... 24
Capítulo II.- De la admisión, inscripción y reinscripción ........ 25
Capítulo III.- De las inasistencias .......................................... 27
TÍTULO TERCERO. RÉGIMEN CONVIVENCIAL .................. 30
Capítulo I.- De la responsabilidad escolar ............................ 30
Capítulo II.- De los derechos y responsabilidades
de los alumnos...................................................................... 32
Capítulo III.- De la presentación escolar ................................ 34
Capítulo IV.- De la disciplina escolar ..................................... 36
Capítulo V.- De las sanciones ............................................... 41
Capítulo VI.- De las competencias resolutivas ....................... 43
TÍTULO CUARTO. INTERPRETACIÓN Y MODIFICACIÓN
DEL REGLAMENTO ............................................................. 45
Capítulo único ....................................................................... 45
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REGLAMENTO DE RÉGIMEN ACADÉMICO Y ESCOLAR
Capítulo I.- Del desarrollo de las sesiones .................... 46
Capítulo II.- Del procedimiento de evaluación ............... 48
Capítulo III.- De las bajas ............................................. 53
Capítulo IV.- De la administración y control
escolares ...................................................................... 54
Capítulo V.- De la formación integral ............................ 55
Capítulo VI.- De los apoyos educativos ........................ 57
Capítulo VII.- De las actividades deportivas.................. 65
TRANSITORIO ............................................................. 67
DIRECTORIO ............................................................... 68
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PROEMIO
1. Escuela Pía y el Colegio Cristóbal Colón
El Colegio Cristóbal Colón es una institución
educativa que abarca cuatro secciones: Preescolar, Primaria,
Secundaria y Bachillerato.
Este Colegio es dirigido por los Padres Escolapios, de
la Orden de las Escuelas Pías fundadas por San José de
Calasanz. El lema del fundador es “Piedad y letras”, hoy
traducido por “Ciencia y fe”, es decir, formar a los niños y
jóvenes en la fe cristiana y en los conocimientos humanos.
Por esto, los Padres Escolapios y colaboradores procuramos
la educación integral de los alumnos, y no solamente su
instrucción académica.
Las familias que están en consonancia con estos
principios son bienvenidas a la familia escolapia del Colegio
Cristóbal Colón, la que, por lo mismo, en un ámbito todavía
mayor, forma parte de la gran familia de las Escuelas Pías
de México, que desarrolla también su labor educativa en
otros lugares de la República, como son:
Instituto José María Morelos, en Santa Ana
Chiautempan, Tlax.
Instituto Fray Pedro de Gante, en Apizaco, Tlax.
Instituto Carlos Gracida, en Oaxaca, Oax.
Instituto Carlos Pereyra, en Puebla, Pue.
Escuela Calasanz, en Puebla, Pue.
Escuela Calasanz, en Veracruz, Ver.
Universidad Cristóbal Colón, en Veracruz, Ver.
A su vez, en diferentes lugares, se imparte la
educación no formal y extraescolar, a través de los Hogares
5
Calasanz y los espacios educativos en las parroquias
escolapias.
2. San José de Calasanz
Nació en Peralta de la Sal, Provincia de Huesca
(España) en el año de 1557. Fue el último de ocho hijos. En
el hogar, aprendió los rudimentos de la fe cristiana y las
letras humanas. Con los Padres Trinitarios, estudió
gramática, retórica y poética. Cursó teología en las
universidades de Valencia, Alcalá y Lérida.
El 17 de diciembre de 1583 recibió la ordenación
sacerdotal. Durante ocho años ejerció el ministerio de forma
plural e intensa: confesor y consejero de varios obispos,
párroco de dos parroquias rurales; arcipreste; visitador,
reformador y procurador, con facultades de vicario general,
maestro de ceremonias y secretario del cabildo de
canónigos de Urgel. A los 35 años, Calasanz se doctoró en
teología y se embarcó hacia Roma, en busca de un
beneficio eclesiástico.
José de Calasanz murió en Roma, a los 91 años, 56
después de su llegada, sin haber vuelto a España. Cuando
se lo ofrecieron, había encontrado ya la perla preciosa del
Evangelio, por la que renunció a todo, incluso a oficios
eclesiásticos muy superiores, como ser obispo o cardenal. Él
mismo se lo dijo al embajador del rey Felipe III de España:
“He encontrado ya en Roma la manera definitiva de servir a
Dios, haciendo el bien a los niños. No la dejaré por cosa
alguna del mundo”.
Con los niños se había encontrado muy pronto en las
calles de Roma. Por todas partes le salían al encuentro
bandas de niños pobres, abandonados, malcriados y
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degenerados. Enseñaba catecismo a algunos de ellos. Pero
veía que eso no era suficiente para una formación cristiana
eficaz. Trató de que las escuelas de barrio y algunos
colegios religiosos admitieran a los niños pobres. Todas las
puertas se le cerraron. Un buen día del año 1597, en el
Trastévere, el barrio más pobre de Roma, en la parroquia de
Santa Dorotea, descubrió una escuelita en la que, a la vez
que catecismo, se enseñaba a los niños a leer y a escribir.
Pensó que aquella escuelita era la solución. Pronto vio que
no, porque los niños que asistían a ella tenían que pagar y
los niños pobres no podían hacerlo. No se amilanó, sino que
luchó, hasta conseguir del párroco que la escuela de Santa
Dorotea no recibiera más que a niños pobres. Él mismo se
quedó como maestro. Consiguió algunos colaboradores.
Poco a poco se convirtió en el responsable único del plantel.
Fue algo nunca antes visto. Una escuela para los hijos del
pueblo y gratuita. Los historiadores han reconocido que
aquella escuela de Santa Dorotea fue “la primera escuela
popular gratuita de Europa”.
En el año 1600, Calasanz trasladó sus escuelas al
interior de Roma. Les puso el nombre de “Escuelas Pías”,
que significa escuelas gratuitas. Pronto las abrió a toda clase
de niños: pobres y ricos, nobles y plebeyos, católicos,
protestantes y judíos.
Para dar estabilidad y continuidad a su obra, fundó
una orden religiosa, llamada Orden de las Escuelas Pías o
Padres Escolapios. La primera que hubo en la Iglesia,
dedicada totalmente a la educación cristiana.
Durante cincuenta años, los niños fueron la herencia
de José de Calasanz. Le habían ganado el corazón y por
ellos quemó su vida, día a día, hasta la más venerable
ancianidad. Todo eso en un tiempo en que no existían
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escuelas públicas como ahora, ni los gobiernos se ocupaban
de la instrucción del pueblo. Fue calumniado y perseguido,
humillado y llevado preso. A sus 90 años, pasó por el
doloroso trance de ver destruidas sus escuelas por un
decreto papal. Sufrió un penoso calvario. Lo dijo con
palabras muy hermosas el Papa Pío XII: “Lo que José de
Calasanz sufrió en los últimos años de su larga vida, lo que
soportó con su heroica virtud, resplandece como una de las
más fúlgidas y preciosas joyas en la historia de los santos”.
Murió el 25 de agosto de 1648. Diez años después,
las Escuelas Pías fueron restauradas. En 1748 fue
beatificado, y en 1767, canonizado. En 1948, Pío XII lo
proclamó “Celestial patrono de todas las escuelas populares
cristianas del mundo”. De esa forma, la iglesia lo glorificó y
reconoció sus méritos. Dios, por su parte, no se ha quedado
atrás: ha hecho el milagro de conservar hasta hoy, intactos e
incorruptos, su lengua, hígado y su corazón.
3. La obra educativa de San José de Calasanz
Fundó la primera escuela católica popular gratuita.
Luchó por la obligatoriedad de la enseñanza para todos,
desde los primeros años.
Sistematizó la escuela primaria: ciclos, niveles
escolares, clases, horarios, programas, personal
docente…
Abrió la escuela, desde los primeros grados, hacia la
cultura humanística y las ciencias positivas.
Dirigió preferencialmente su trabajo a los niños y
jóvenes pobres de la sociedad.
Comprendió que la fe cristiana se encuentra
profundamente vinculada en el hombre con su formación
humana; con su lema de educador fue: “Piedad y letras”
(Ciencia y fe).
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Definió al educador como “cooperador de la verdad”
(núcleo fundamental de la educación en valores).
Impulsó a que sus maestros se formaran en las clases y
con científicos de su época, incluso de los entonces
discutidos, como fueron Galileo y Campanella, porque
los quería bien preparados.
Impulsó una Orden de religiosos (los Padres Escolapios)
y la colaboración de laicos para que realizaran esta obra
tan necesaria y fundamental para la sociedad.
Personalmente, dedicó el resto de su vida a la
educación.
4. La inspiración Calasancia hoy:
El objetivo y la tarea del Escolapio es la educación
integral de los alumnos. Los Escolapios somos los
seguidores de la intuición del fundador, tanto los religiosos
como los demás maestros y colaboradores que dedican su
vida a la infancia y juventud en nuestras instituciones
educativas: nos une el afán cristiano de la formación de las
personas al servicio y desarrollo de la comunidad social y de
la transformación del mundo.
La tarea de los religiosos Escolapios es la educación
realizada a través de diversas instituciones, colegios,
institutos de sordomudos, institutos de formación del
profesorado, editoriales, centros juveniles y de convivencias,
obras educativas hacia los niños callejeros. La educación de
los adultos, a través de diversos movimientos familiares y
conyugales, se realiza en forma directa e indirecta.
En 1948, el Papa Pío XI proclamó a San José de
Calasanz “Patrono universal de todas las escuelas
populares cristianas”.
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Nuestro Colegio Cristóbal Colón, dirigido por los
Padres Escolapios y laicos que participan estrechamente en
la obra educativa que lleva a cabo, se inspira en el
humanismo cristiano expresado en su ideario.
FILOSOFÍA
El Colegio Cristóbal Colón es una institución
educativa que desde sus inicios ha buscado el cumplimiento
de grandes logros:
una educación de calidad
una administración y una gestión próspera
una floreciente infraestructura material
educación fundamentada en los valores del humanismo
cristiano
Y además, está concebida como una institución
integrada por diferentes niveles educativos de enseñanza;
que buscan colaborar con los padres de familia, en la
educación integral de sus hijos, con un sentido comunitario y
social, al servicio de la población veracruzana.
Las escuelas a cargo de la Orden de los Escolapios
deben ser entendidas no solo como lugares donde se
imparte una enseñanza, sino como un espacio donde un
grupo de seres humanos comparten intereses culturales,
deportivos, políticos entre otras; pero de manera especial lo
que nos caracteriza es el evangelio como un ámbito
insustituible que nos permita crecer personalmente y en
comunidad.
En este marco, la escuela Calasancia posee un estilo
formativo que va más allá de lo pedagógico, mantiene como
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uno de sus propósitos centrales la búsqueda continua para
conformar una auténtica Comunidad Educativa Cristiana en
la que todos sus integrantes comparten, viven y se
comprometen en un estilo de vida que conlleve la constante
evolución y perfeccionamiento.
Por consiguiente el Ideario Educativo busca promover
un estilo de educación humano – cristiana; a través del cual
se reconoce al hombre como persona, un ser educable,
dotado de la capacidad y voluntad de perfeccionamiento;
cuya capacidad le permite superar sus limitaciones para
realizarse plenamente y contribuir en la transformación de su
entorno presente y futuro.
Es por ello que el Ideario expresa la identidad del
colegio y los rasgos esenciales de la educación que se
ofrece en concordancia con las necesidades de la sociedad.
Para el Colegio la educación es un derecho y una
actividad permanente propia de la persona; reconociendo a
su vez, la necesidad de ofrecer a las generaciones presentes
y venideras una visión ampliada de la educación básica y
media superior con un renovado compromiso para hacer
frente a la amplitud y a la complejidad del desafío de la
educación integral.
Desde esta postura humanista, el curriculum de cada
nivel educativo se va adecuando; tomando en cuenta las
tendencias educativas de cada época; a través de sus ejes
transversales, considerados como los organizadores de las
diferentes temáticas de relevancia social; estos ejes
promueven una educación en valores, para la paz, para la
salud, favorecedora de la multiculturalidad, respeto
ambiental y no sexista.
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IDEARIO
El estilo de educación humanista–cristiana del
Colegio Cristóbal Colón, que desde su fundación ofrece a la
comunidad veracruzana bajo el lema “Piedad y Letras”, se
recoge en el ideario del Centro de Estudios Cristóbal Colón.
1. Principios básicos
1.1. El Colegio Cristóbal Colón reconoce al
hombre como persona, esto es:
1.1.1. Un ser individual, dotado de inteligencia,
voluntad y siempre en constante
proceso de perfección, capaz, por tanto,
de superar sus propias limitaciones y de
abrirse a todos los valores que pueden
enriquecerlo, como lo son la libertad, la
verdad, la justicia y el servicio.
1.1.2. Un ser responsable de su propio
desarrollo personal, a tenor de su
proyecto concreto, realizado como
hombre o como mujer.
1.1.3. Un ser social que puede realizarse como
persona plena, en comunicación con los
demás por el amor, la participación y la
corresponsabilidad.
1.1.4. Un ser creado a la imagen de Dios,
llamado por el Padre a la dignidad de su
hijo suyo, en Jesucristo, modelo perfecto
de hombre, con la fuerza del Espíritu
que se hace presente en la Iglesia,
comunidad de amor y de fe.
1.1.5. Un ser histórico, inserto en un espacio y
en un tiempo determinado, México,
Veracruz, que ha de vivir en solidaridad
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el esfuerzo de este pueblo, para su
promoción y desarrollo.
1.1.6. Un ser que debe valorar a todo hombre,
sea cual fuera su edad, sexo o cultura,
de forma prioritaria y esencial por ser
persona, y con el que debe colaborar
para hacer un mundo más humano y
feliz.
1.2. El Colegio Cristóbal Colón reconoce a la persona
como ser educable, por tanto:
1.2.1. Cree en la educación como un derecho y
una necesidad del ser humano para
configurarse como persona.
1.2.2. Cree en la educación como una actividad
permanente de crecimiento, ya que la
persona está constantemente
desarrollándose en un mundo en continua
evolución.
1.2.3. Cree en una educación trascendente,
humanista y cristiana, comprometida con la
promoción de una sociedad más humana.
1.2.4. Cree en una educación en la que se
desarrolla a la persona como ser individual,
según sus propias cualidades, y como ser
social en comunicación y colaboración con
los demás.
1.2.5. Cree en la educación basada en la
responsabilidad del propio sujeto, pero
necesitado de la guía y orientación de
competentes educadores.
1.2.6. Cree en una educación para la gratuidad del
servicio.
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1.2.7. Cree en una educación formal y
escolarizada, pero también en la educación
de la vida.
1.3 El Colegio Cristóbal Colón reconoce al ser
educable como necesitado de instituciones
educativas, así:
1.3.1 Considera la institución como una comunidad
educativa donde todos, directivos, profesores,
personal no docente, alumnos, padres y ex
alumnos, en una integración armónica, se
insertan según la diversidad de posibilidades,
funciones y grado de responsabilidad, en un
objetivo común: la educación integral e
integradora de los alumnos.
1.3.2 Considera la institución como el lugar en el
que todas las personas de la comunidad
educativa se realizan como tales y se educan.
1.3.3 Considera la institución educativa como una
continuación de la acción educadora de los
padres.
1.3.4 Considera la institución educativa como una
necesidad de nuestros tiempos, para que las
personas puedan integrarse competentemente
a la compleja cultura actual.
1.3.5 Considera a la institución educativa como un
servicio al desarrollo personal y a la
transformación del mundo concreto en que
vivimos, para posibilitar una mejor calidad de
vida.
1.3.6 Considera a la institución educativa como un
organismo autónomo, pero abierto a la
realidad social y a la vida.
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2. A partir de estas opciones básicas:
2.1. El Colegio Cristóbal Colón se define como
institución educativa configurada
concretamente según el ideal Escolapio, esto
es:
2.1.1. Vinculando íntimamente la promoción
humana y la formación religiosa
expresadas por el tradicional “Piedad y
letras”.
2.1.2. Abriéndose a todos sin distinción de
raza, sexo y religión, con una especial
atención a los más necesitados, tanto en
lo personal, como en lo académico y
económico.
2.1.3. Ofreciendo un estilo de educación
sencillo, pero cualitativo y personalizado.
2.1.4. Preocupándose por mantener
claramente la identidad cristiana de
forma personal e intencional, es decir,
en su estructura, en su funcionamiento y
en su contenido educativo, animada por
los valores fundamentales de la libertad
y el amor.
2.1.5. Comprometiéndose con México y
especialmente con la población de
Veracruz, a fin de preparar personas
cristianas, hombres y mujeres
responsables, ciudadanos íntegros e
integrados, así como profesionales
competentes.
2.1.6. Trabajando cordialmente como una
necesidad de potenciar el valor de cada
uno y de manifestar el respeto hacia los
otros.
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2.2. El Colegio Cristóbal Colón se configura según
las siguientes opciones educativas:
2.2.1. Optamos por una coherencia educativa,
para lo cual se coordinan las líneas
pedagógicas, la unidad de objetivos, los
criterios educativos y métodos, en lo
posible, desde el preescolar hasta la
enseñanza media superior.
2.2.2. Optamos por una educación centrada en
el desarrollo del pensamiento
razonar, en el aprender a aprender y
en el impulso creativo del razonamiento
crítico.
2.2.3. Optamos por una educación en la
disciplina y el orden, como control de uno
mismo y como creación de ambiente de
trabajo; pero también en la comprensión,
en la exigencia personal y en el esfuerzo,
así como en la orientación y ayuda.
2.2.4. Optamos por una educación centrada en
la formación humana pero potenciada por
un alto nivel académico.
2.2.5. Optamos por una educación motivadora,
activa, respetuosa, actual, integral e
integradora.
2.2.6. Optamos por una educación
comprometida con la justicia, la paz y el
amor cristiano, con toda la humanidad y
muy concretamente con el pueblo
mexicano, en especial el veracruzano,
con sus problemas, sus aspiraciones y su
futuro.
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2.3. El Colegio Cristóbal Colón se caracteriza por
la siguiente forma de actuar:
2.3.1. Valora a la persona por encima de las
estructuras y métodos, ayudando a
profesores y alumnos a optimizar sus
conocimientos, capacidades y actitudes,
estableciendo para ello unas estructuras
adecuadas.
2.3.2. Demuestra sensibilidad ante las
necesidades que, desde el punto de
vista pedagógico, cultural o religioso, se
manifiestan en el entorno, promoviendo
y valorando las actividades que intentan
darles respuesta.
2.3.3. Promueve y anima la renovación
pedagógica del Colegio y colabora con
todas las instituciones que se preocupan
de lo mismo.
2.3.4. Fomenta la reflexión crítica del propio
Colegio, a fin de progresar
constantemente y poder prestar ayuda a
las actividades e instituciones religiosas.
2.3.5. Adecua sus estudios y servicio a la
realidad y a las oportunidades
socioculturales del país, en contacto con
su historia, con sus posibilidades
actuales y con su reto, de puerta abierta
a la nueva cultura de Hispanoamérica.
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MISIÓN
Por lo tanto, a partir de su ideario, el Colegio Cristóbal
Colón es una institución de inspiración cristiana tiene como
misión:
Ofrecer una educación integral y de calidad,
fundamentada en los principios de la Pedagogía Calasancia,
a través de un sistema educativo que ofrezca continuidad y
coherencia entre los diferentes niveles para el desarrollo de
conocimientos, habilidades, aptitudes y actitudes así como
del espíritu de servicio.
VISIÓN
Ser una institución de inspiración cristiana y filiación
escolapia reconocida por su calidad educativa en cada uno
de sus niveles que la integran, en el ámbito local, nacional e
internacional; sustentada en una comunidad que promueve
la convivencia y el crecimiento constante, contribuyendo al
desarrollo de las potencialidades de hombres y mujeres con
una sólida preparación académica y con alto sentido ético y
de servicio.
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PROPÓSITOS INSTITUCIONALES
El Colegio Cristóbal Colón, bajo el lema “Piedad y
letras”, tiene los siguientes propósitos:
1. FORMATIVOS
1.1. Ofrecer un servicio educativo de calidad que
cumpla con los objetivos de formación de cada
nivel educativo, contribuyendo a la preparación
de personas al servicio de la sociedad.
1.2. Brindar una educación fundamentada y
comprometida con los valores del humanismo
cristiano, que propicie actitudes de servicio y
compromiso.
1.3. Impartir una educación integral que se oriente no
sólo a la adquisición de conocimientos, sino que
considere el desarrollo de habilidades y la
incorporación de valores.
1.4. Brindar una educación que promueva la
adaptación a los escenarios presentes y futuros,
mediante estrategias que fomenten el trabajo
grupal y las relaciones interpersonales.
1.5. Propiciar un servicio educativo basado en un
modelo pedagógico que responda a las actuales
necesidades educativas del entorno.
1.6. Incentivar el desarrollo de habilidades
intelectuales que les permita a los alumnos
aprender permanentemente y reconocer los
avances en su aprendizaje.
1.7. Favorecer el acceso a nuevos niveles de
conocimiento a través del dominio de contenidos
básicos.
1.8. Desarrollar el pensamiento reflexivo, crítico,
creativo y emprendedor mediante una educación
basada en métodos activos.
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1.9. Promover la investigación como medio de acceso
al conocimiento y para el desarrollo del
pensamiento crítico y creativo.
1.10. Incorporar los ambientes informáticos al proceso
de enseñanza–aprendizaje.
1.11. Fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras
que permita la comunicación en el contexto de
globalización.
1.12. Promover hábitos y actividades que construyan el
equilibrio biopsicosocial del individuo.
1.13. Propiciar, en todos los niveles, estos cuatro
enfoques: aprender a aprender, aprender a
hacer, aprender a relacionarse, aprender a ser.
2. DE GESTIÓN
2.1. Difundir el Proyecto Educativo a la comunidad del
Colegio.
2.2. Ofrecer un servicio educativo de calidad que
cumpla con los objetivos de formación de cada
nivel educativo, contribuyendo a la preparación
de personas al servicio de la sociedad.
2.3. Fortalecer el proceso de formación y de
educación continua del profesorado y demás
personal.
2.4. Promover la autoformación permanente del
docente y demás personal acorde a las
necesidades internas y externas al colegio.
2.5. Crear un ambiente armónico que propicie la
participación proactiva entre los miembros de la
comunidad educativa.
2.6. Proveer la infraestructura necesaria para el
desarrollo de los planes y programas de cada
nivel.
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3. ORGANIZATIVOS
3.1. Difundir entre la comunidad educativa, la
estructura organizacional del colegio.
3.2. Fortalecer las relaciones de colaboración y
coordinación entre los niveles del colegio.
Propósitos del nivel Secundaria
1. Desarrollar habilidades para la lectura, el uso del español
en forma oral y escrita, así como para la expresión de
ideas y opiniones con precisión y claridad.
2. Impartir una educación fundamentada y comprometida
con los valores del humanismo cristiano, que propicien
actitudes de servicio y compromiso en sus relaciones y
con la sociedad.
3. Desarrollar habilidades matemáticas en el planteamiento
y solución de problemas, particularmente aquellos
referidos a la vida cotidiana.
4. Promover la investigación como un medio que permita la
formación científica.
5. Brindar los conocimientos para la comprensión del
desarrollo de las culturas, del mundo contemporáneo y
de interdependencia entre sus partes.
6. Desarrollar las habilidades para participar en las
relaciones sociales regidas por los valores de la
legalidad, el respeto a los derechos, la responsabilidad
personal, el aprecio y la defensa de la soberanía
nacional.
7. Promover el aprendizaje de lenguas extranjeras para su
uso como medio de comunicación.
8. Desarrollar las habilidades para el aprendizaje
permanente y autónomo.
9. Promover el desarrollo del pensamiento crítico y creativo
en el proceso de aprendizaje.
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10. Propiciar el aprendizaje en ambientes informáticos.
11. Promover el desarrollo de destrezas para las expresiones
artísticas y culturales, así como habilidades para el
aprecio de dichas manifestaciones.
12. Estimular el desarrollo físico mediante actividades
deportivas.
13. Promover un ambiente de salud que favorezca el
desarrollo integral del educando.
14. Favorecer el respeto y la conservación del medio
ambiente, fomentando la toma de conciencia sobre
importancia de la ecología para los seres vivos.
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NORMATIVA DE CONVIVENCIA ESCOLAR
TÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1.
El Colegio Cristóbal Colón es una institución educativa
particular, de inspiración cristiana, cuya organización,
administración y funcionamiento está a cargo de la Orden de
las Escuelas Pías.
Artículo 2.
Las enseñanzas impartidas en el Colegio se ajustan a la
legislación vigente en los programas federales y estatales, y
a las autoridades emanadas de la autoridad educativa
competente (SEV)
Artículo 3.
El Colegio Cristóbal Colón es una escuela particular que,
bajo su lema “Piedad y Letras”, tiene como propósitos:
a) Impartir una educación fundamentada y comprometida
con los valores del evangelio y del humanismo cristiano,
que propicien actitudes de servicio y compromiso en sus
relaciones y con la sociedad.
b) Integrar a los padres de familia en la formación
educativa, mediante actividades que permitan su
participación y compromiso con el proceso formativo del
alumno(a).
c) Ofrecer una educación integral que se oriente en el
desarrollo de todas las potencialidades y dimensiones
de la personalidad, con el fin de formar alumnos
competentes ante el contexto.
d) Brindar una educación que promueva la adaptación a
los escenarios presentes y futuros, mediante estrategias
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que fomenten el trabajo grupal y las relaciones
interpersonales.
e) Incentivar el desarrollo de habilidades intelectuales que
les permita a los alumnos aprender permanentemente y
reconocer los avances en su aprendizaje.
f) Favorecer el acceso a nuevos niveles de conocimiento a
través del dominio de contenidos básicos.
g) Incorporar los ambientes informáticos al proceso de
enseñanza-aprendizaje.
h) Fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras que
permita la comunicación en el contexto de la
globalización.
i) Fomentar el uso de la tecnología que permita el
desarrollo efectivo de las potencialidades del alumno.
j) Promover hábitos y actividades que contribuyan al
equilibrio bio – psico - social y espiritual de los
educandos.
k) Propiciar, en todos los niveles, estos cuatro enfoques:
aprender a aprender, aprender a hacer, aprender a
relacionarse, aprender a ser.
Artículo 4.
Las acciones educativas que realiza el Colegio están
orientadas a las demandas de los niveles de educación
media superior y superior, en los casos de Secundaria y
Bachillerato respectivamente.
Artículo 5.
Los órganos de gobierno del Colegio serán los responsables
de revisar, periódicamente, los avances de los planes y
programas, con el propósito de realizar las adecuaciones
pertinentes ante los cambios y necesidades del entorno
social.
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TÍTULO SEGUNDO
DE LOS ALUMNOS
Capítulo I.- De los tipos de alumnos
Artículo 6.
Los educandos son lo más importante de la comunidad
educativa del Colegio; son los protagonistas principales del
proceso educativo, tomando en cuenta sus aptitudes e
intereses, así como las exigencias del entorno social.
Artículo 7.
Los alumnos se clasifican atendiendo a los siguientes
criterios:
a) Con relación a la inscripción:
Nuevo ingreso.- Aquellos alumnos que se
inscriben por primera vez a cualquier nivel o grado
del Colegio Cristóbal Colón.
Reinscripción.- Aquellos alumnos que soliciten
nuevamente su inscripción, previa autorización de
la Dirección Académica.
La condición escolar.
Regulares.- Los alumnos que no adeuden
ninguna materia o actividad del grado inmediato
anterior.
Irregulares.- Los alumnos que adeuden hasta tres
materias del ciclo escolar anterior, debiéndolas
presentar en los periodos marcados por la SEV.
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Capítulo II.- De la admisión, inscripción y
reinscripción
Artículo 8.
El ingreso al Colegio es voluntario por parte de los padres
de familia, pero la solicitud de inscripción supone la
aceptación absoluta del ideario, principios, modelo
educativo, organización, normas y reglamentaciones del
CCC.
Artículo 9.
El alumno puede considerarse admitido en el Colegio
cuando cumpla con los requisitos de inscripción o
reinscripción.
Artículo 10.
El Colegio se reserva el derecho de admisión del aspirante
a inscribirse en cualquier curso escolar. Este derecho será
ejercido por la Dirección Académica.
Artículo 11.
Todo aspirante a ingresar deberá:
a) Tener la edad de 12 a 13 años. 11 años: pues pueden
cumplir los doce ya iniciado el curso.
b) Comprobar que cuenta con estudios completos de
primaria, según sea el caso, presentando la
documentación correspondiente:
Acta de nacimiento.
Certificado, debidamente legalizado, del nivel primaria.
Constancia de buena conducta.
Certificado de salud.
c) Presentar y aprobar el examen diagnóstico: sólo
podrán presentarlo aquellos aspirantes que hayan
concluido, de manera regular, sus estudios de primaria.
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d) El Colegio se reserva el derecho de establecer los
límites de cupo mínimo y máximo a los grupos, así
como el de aceptar o rehusar las solicitudes de
inscripción, según convengan a sus propios fines
educativos.
Artículo 12.
Las inscripciones y reinscripciones se sujetarán a las
siguientes condiciones:
a) Se llevarán a cabo durante los periodos fijados por la
Dirección Académica.
b) No se considerará inscrito o reinscrito a un alumno
mientras no haya cubierto la cuota respectiva, así
como la documentación y las fotos requeridas, aun
cuando la solicitud haya sido autorizada.
c) Cada inscripción o reinscripción será vigente
únicamente para la persona, el nivel, el ciclo escolar y
el grado que se solicitó.
d) No se inscribirá al nivel o grado próximo a ningún
alumno que tenga adeudos pendientes con la
administración del Colegio.
Artículo 13.
La reinscripción de cualquier alumno puede ser condicionada
o rechazada en caso de tener antecedentes disciplinarios
graves o muy graves, o que el padre o tutor haya incurrido
en la violación al reglamento, o mostrar una conducta
agresiva hacia algún integrante de la comunidad educativa.
Artículo 14.
Una vez inscrito un alumno, éste debe sujetarse al
calendario escolar correspondiente que establece la SEV.
Artículo 15.
Una vez inscrito un alumno, permanecerá en el archivo una
copia de su documentación.
27
Artículo 16.
Toda solicitud de inscripción o reinscripción se considerará
extemporánea cuando se presente después del periodo
fijado para su efecto, y quedará sujeta a los límites de cupo
establecidos por el Colegio.
Artículo 17.
Las inscripciones al Colegio serán condicionadas para
aquellos alumnos que no presenten la totalidad de la
documentación requerida. Este tipo de inscripción está
sujeto a que el alumno presente la documentación faltante
en un plazo no mayor a 30 días naturales, a partir de haber
sido aceptada la inscripción.
Artículo 18.
Las inscripciones a grados intermedios quedarán sujetas al
criterio de la Dirección Académica.
Capítulo III.- De las inasistencias
Artículo 19.
La justificación de las inasistencias de los alumnos es
función de la Secretaría Escolar. Las inasistencias a clases
se justificarán únicamente en los siguientes casos:
a) Por haber contraído alguna enfermedad contagiosa o
que haya requerido de hospitalización.
b) Por intervenciones quirúrgicas.
c) Por deceso de algún familiar en primer grado de
parentesco.
d) Por eventos en los que ostente la representación oficial
del Colegio.
28
Artículo 20
La inasistencia por viajes, convivencias familiares y similares
no serán justificados y quedan bajo responsabilidad de los
padres de familia.
Artículo 21.
La justificación de las inasistencias se efectuará por medio
de certificados médicos y, en su caso, del certificado de
defunción del familiar, tomando en cuenta los criterios
siguientes:
a) Los certificados deberán ser entregados a la Secretaría
Escolar a más tardar dentro de las 48 horas a la
reincorporación del alumno a sus actividades escolares.
b) Todo certificado presentado fuera de este plazo no será
aceptado. La presentación del certificado no supone la
validación del mismo.
c) La Secretaría Escolar efectuará la revisión de los
certificados para determinar su validez, tomando en
cuenta el mismo certificado, así como las inasistencias
del alumno en todas las materias.
d) El alumno será informado, por la Secretaría Escolar, del
resultado, cinco días después de la entrega del
justificante.
e) No se recibirán justificantes con fechas posteriores a la
incapacidad del alumno o fuera del periodo establecido.
Artículo 22.
Se justificarán las inasistencias cuando el alumno asista a
algún evento en representación del Colegio.
29
Artículo 23.
Toda anomalía detectada en la justificación de las
inasistencias en los certificados médicos dará lugar a la
invalidación de éstos, recibiendo el alumno la sanción
correspondiente.
Artículo 24.
El justificante autoriza, únicamente, los días especificados en
el mismo, con excepción de los casos que la Dirección
Académica autorice.
Artículo 25.
Dentro de la institución, se justificará la inasistencia a clases
cuando el alumno asista al servicio médico o cuando
requieran su presencia en Servicios Escolares, Pastoral,
Atención Psicológica o Atención Tutorial, siempre y cuando
se notifique con anticipación al profesor que el alumno será
atendido en su hora de clase, o se envíe un justificante
firmado por la instancia responsable.
Artículo 26.
Aquellos alumnos que excedan el número de faltas,
dependiendo del número de horas/clase de cada materia, no
tendrán derecho a presentar examen final.
30
TÍTULO TERCERO
RÉGIMEN CONVIVENCIAL
Capítulo I.- De la responsabilidad escolar
El régimen convivencial es resultado de la interacción entre
los derechos y deberes de los distintos estamentos de la
comunidad educativa, con la finalidad de defender, animar y
fomentar un clima de igualdad, de respeto, de participación
disciplinada, de servicio comprometido, de responsabilidad y
de solidaridad.
El régimen convivencial facilita la buena interrelación entre
todas las personas que integran la comunidad educativa y
está estructurado dentro de un marco normativo.
Artículo 27.
Los órganos de gobierno a los que corresponde interpretar la
normativa del presente reglamento y resolver sobre las
responsabilidades en aspectos importantes son la Dirección
Académica y la Dirección General.
Artículo 28.
Toda persona, integrante de la comunidad educativa, está
obligada a respetar la normativa del estatuto del CCC, de la
presente normativa de convivencia escolar y de cada una de
las normativas vigentes en los distintos departamentos del
Colegio.
Artículo 29.
La delimitación de responsabilidades se da como sigue:
a) El Director General será responsable de sus actos ante
la Orden de las Escuelas Pías.
31
b) El Director Académico será responsable de sus actos
ante el Director General.
c) Los jefes de departamento y demás personal de
administración y servicios serán responsables de sus
actos ante la Dirección General.
d) El profesorado será responsable de sus actos ante el
Director Académico.
e) Los alumnos son responsables de sus actos ante sus
profesores, tutores y Director Académico.
Artículo 30.
1. La responsabilidad educativa implica que todas las
personas integrantes de la comunidad del Colegio se
obliguen a observar unas normas favorecedoras de la
convivencia, motivadoras del respeto a la persona y a la
institución, y facilitadoras de la consecución de los
objetivos y las finalidades de la misma.
2. Esta responsabilidad es, por tanto, un valor y una
exigencia que compete a todos y a cada uno, y que el
Colegio debe asegurar y favorecer mediante una
normativa que ofrezca la garantía del ejercicio de los
derechos y las obligaciones inherentes a la persona, en
cuanto tal y como integrante de la comunidad educativa.
3. La responsabilidad del Colegio obliga, de manera
especial, a las autoridades, al profesorado y al personal
administrativo y de servicios, a que realicen sus
actividades con gran profesionalismo y sentido de
responsabilidad.
4. El comportamiento de los integrantes de la comunidad
educativa dentro de la institución y cuando le represente,
ha de ser siempre correcto, en especial por lo que hace
al respeto a todas las personas y a las buenas
costumbres, ya que éstos nunca han de desdecir de los
ideales educativos que se proclaman en los documentos
32
vigentes, ni lesionar la integridad de la imagen del
Colegio.
Capítulo II.- De los derechos y responsabilidades
de los alumnos
Artículo 31.
Los derechos de los alumnos son:
a) Recibir una formación que asegure el pleno desarrollo
de sus potencialidades y habilidades cognoscitivas,
afectivas y motrices, de acuerdo con el ideario del
Colegio.
b) Recibir del personal docente, el apoyo necesario para
resolver sus problemas de estudio y dificultades
morales y sociales.
c) Tener iguales oportunidades para realizar su proceso
educativo dentro de las prescripciones de la presente
normativa, y de acuerdo con los planes de estudio,
programas y orientaciones que expidan las autoridades
educativas.
d) Ser valorado con objetividad en su rendimiento escolar,
de acuerdo con los criterios establecidos en el sistema
de evaluación.
e) Ser informado sobre las normas convivenciales y sobre
el funcionamiento del Colegio.
f) Solicitar la revisión de las actividades requeridas por el
profesor durante los días que no estuvo presente el
alumno, previa presentación del justificante.
g) Expresar libre y de manera respetuosa, sus opiniones
sobre todos los asuntos que conciernen a la escuela,
sin más limitaciones que el no perturbar las labores
educativas.
h) Ser respetado en su integridad y dignidad personal.
33
i) Recibir orientación escolar y vocacional y ser atendido
en sus problemas.
j) Participar, de acuerdo con sus aptitudes o aficiones,
en las actividades deportivas y culturales que realice la
escuela.
k) Solicitar revisión de sus evaluaciones escritas cuando
estén inconformes con la calificación obtenida.
l) Expresar sus intereses e inquietudes a los profesores,
los tutores y al Director Académico.
m) Recibir, de acuerdo con la normativa respectiva, los
beneficios que ofrece el departamento de Becas.
Artículo 32.
Una vez inscritos, los alumnos deben asumir como
obligaciones:
a) Respetar y cumplir la presente Normativa Académica
Escolar y demás disposiciones emitidas por autoridades
y órganos de gobierno.
b) Cumplir las disposiciones académicas y administrativas.
c) Portar la credencial que los acredite como alumnos de
este Colegio.
d) Participar activamente en el trabajo escolar, cumplir con
el horario lectivo y seguir puntualmente las indicaciones
de los profesores (en cada una de las materias, talleres,
laboratorios); así como de los tutores y demás
instancias que la Dirección Académica especifique.
e) Respetar la integridad física y moral de compañeros,
profesores, personal administrativo y de intendencia; y
colaborar con ellos en la creación de un clima de
convivencia y solidaridad que favorezca el trabajo
escolar.
f) Usar adecuadamente las instalaciones, el mobiliario y el
material que el Colegio ponga a su disposición.
34
g) Mantener la disciplina y adoptar un comportamiento, de
acuerdo con el modelo educativo que ofrece el Colegio.
h) Hacer llegar a los padres de familia, toda la información
que el Colegio les encomiende.
i ) Participar activamente y de manera respetuosa en las
actividades que promuevan la Dirección, los
departamentos de Pastoral, Orientación Educativa y de
la Coordinación de Inglés, así como los coordinadores de
academia y los tutores.
Capítulo III.- De la presentación personal
Artículo 33.
Los padres de familia son los primeros y responsables
directos en el cuidado de la presentación personal de los
alumnos. La escuela es partícipe de la coeducación de sus
alumnos, promueve los hábitos de higiene y presentación
para facilitar al alumno la precepción prolija y aseada de su
propia imagen.
Es por ello que la presentación del estudiante es parte
fundamental de su formación integral; por este motivo, el
Colegio establece los siguientes lineamientos para portar el
uniforme, dentro y fuera de la institución:
I . De d ia r io :
a) Varones.- Pantalón azul marino (marcas Gacela o sol),
zapato escolar de piel color negro; con o sin correa
(no tipo o estilo tenis, ni de gamuza, ni casual);
calcetines azul marino; camisa color beige (marca
Medalla), cinturón negro CON HEBILLA DISCRETA,
camiseta blanca lisa y sin ninguna figura o leyenda.
35
b) Mujeres.- falda recta (marca sol) color azul marino
dos centímetros debajo de la rodilla; blusa escolar
(marca Medalla) color beige; ropa debajo de la blusa
de color blanca o beige, zapato escolar color negro,
calcetas color azul marino.
c) Para el tiempo de frío, el (la) alumno(a) podrá usar
suéter azul marino escolar, no negro, sin figuras, ni
logotipos o rayas (no se admite mezclilla).
II.- De educación física:
Pants y short color azul marino del Colegio de ninguna otra
marca ni modelo, camiseta blanca (el logotipo del colegio,
lycra negra, zapato tenis color negro (sin distintivos o colores
llamativos) y calcetas deportivas color azul marino.
III.- De actividades deportivas:
Short azul marino y camiseta blanca (con el logotipo del
Colegio), tenis negros, en el caso de fútbol los tacos que el
entrenador especifique.
IV.- De los talleres vespertinos:
Se utilizará el uniforme que cada profesor indique de
acuerdo con la actividad.
Los alumnos deberán portar los uniformes correctamente, de
lo contrario, no se les permitirá el acceso al Colegio.
Artículo 34.
El arreglo personal de los estudiantes deberá ser:
a) Varones.- Cabello corto frente, nuca y oídos
descubiertos (corte escolar, no casual), afeitado, no
usar aretes, piercings, ni pulseras o gargantillas de
cuero u otro material que esté de moda. No pintarse el
cabello, ni raparse.
36
b) Mujeres.- Sin exageraciones en el peinado; no usar
maquillaje. No traer joyas. Ni accesorios de cualquier
material. No pintarse el cabello.
En todos los casos, deberán cumplir esta indicación; de lo
contrario no se les permitirá el acceso al Colegio.
Artículo 35.
Para cualquier actividad (revisión de exámenes, eventos
académicos y culturales, entre otros), el alumno deberá
portar correctamente el uniforme de diario, así como su
credencial; en el caso de actividades deportivas, deberá
portar el uniforme establecido de lo contrario no podrá
permanecer en la institución o lugar de actividad.
Capítulo IV.- De la disciplina escolar
Artículo 36.
La disciplina escolar deberá ser el resultado de la
cooperación de todos los que conforman la comunidad
educativa: entidad titular, directivos, profesores, alumnos,
personal administrativo y de servicios, y padres de familia.
Artículo 37.
La violación de los preceptos de esta normativa será motivo
de una sanción que corresponderá a la gravedad de la falta.
Artículo 38.
Las faltas se graduarán en leves, graves, muy graves y
excesivamente graves, según los siguientes criterios:
a) Se considerarán faltas leves todas aquellas que no
lesionen la integridad de las personas, ni de los
materiales de la institución.
37
b) Se considerarán faltas graves todas aquellas que,
directa o indirectamente, afecten el orden, el mobiliario
y/o material, así como el adecuado desarrollo de la
docencia o de los servicios académicos,
administrativos o pastorales del Colegio.
c) Se considerarán faltas muy graves aquellas que dañen
la integridad moral de las personas o la imagen de la
institución, por contravenir a los principios del ideario o
la moral pública, así como la sustracción de sus bienes
d) Se considerarán faltas excesivamente graves aquellas
que dañen la integridad física de alumnos, profesores y
demás personal que forme parte de la comunidad
educativa, así como promover daños a la salud.
Artículo 39.
Son consideradas como faltas leves, aplicables al alumnado
en general:
a) Portar de manera inadecuada el uniforme escolar (ver
lo relacionado a presentación personal en los artículos
33 y 34).
b) Comer o introducir alimentos o golosinas al salón de
clase, laboratorios, aulas activas, aulas de inglés,
biblioteca y capilla.
c) Entrar a oficinas o cubículos sin autorización.
d) No entregar las notificaciones que envía la escuela a
los padres de familia.
e) Tirar basura en los pasillos y salones.
f) Quedarse en los salones durante el receso.
g) Quedarse en la cafetería, patio y pasillos al concluir el
receso.
h) Hacer publicidad de eventos sin autorización de la
Dirección Académica.
i) Vender toda clase de artículos dentro y fuera del salón.
38
j) Salir del salón con cualquier pretexto y permanecer en
los pasillos durante el periodo de clases.
k) Introducirse en los salones que no les corresponde sin
autorización cuando no se encuentra el alumnado de
dicha aula.
l) Todas aquellas que por su analogía en la gravedad,
así lo ameriten.
m) Cambiarse del lugar asignado por el tutor, coordinador
o profesor dentro del aula.
n) Toda falta considerada como leve, se tornará grave,
a la tercer llamada de atención y se procederá a
castigar como tal.
Artículo 40.
Son consideradas como faltas graves, aplicables al
alumnado en general:
a) Reincidir por tercera ocasión en falta señalada como
leve.
b) Perturbar el desarrollo de las clases: platicar y distraer
a los compañeros en clase.
c) No cumplir con las actividades que el profesor solicite
dentro del aula, extraescolares y/o laboratorio.
d) Hacer mal uso o destruir el material didáctico,
deportivo y demás mobiliario de la institución.
e) Realizar festejos en las aulas.
f) Esconder los útiles escolares a sus compañeros.
g) Arrojar material didáctico y de trabajo asi como
cualquier otro objeto en los salones de clase, pasillos y
balcones.
h) Que las parejas estén tomadas de la mano, abrazadas
o besándose en salones, pasillos o en las
inmediaciones de la institución.
i) Rayar, grabar, pintar, escribir en bancas, muros,
puertas, baños, ventanas y demás partes del edificio.
39
j) No cumplir con el protocolo en actos cívicos.
k) Llegar tarde a clases.
l) Utilizar materiales ajenos a la clase, dentro y fuera del
aula, como son:, celulares, I pod o Iphone, PSP,
juegos de vídeo, revistas, cámaras fotográficas, entre
otros. En caso de pérdida, el Colegio no se hace
responsable de su búsqueda, devolución o pago del
mismo.
m) Utilizar piercings visibles y no visibles.
n) Introducir balones de cuero y juegos de azar
o) Esconderse en los baños o algún otro lugar para no
entrar a clase.
p) Introducirse en el salón que no les corresponde y
permanecer en el horario de clase.
q) Recibir o entregar trabajos u otro objeto por portones,
escaleras de oficinas o pasillos del Colegio
r) Participar en juegos bruscos en cualquier lugar del
Colegio, que pongan en peligro la integridad física de
los alumnos, profesores y personal.
Artículo 41.
Son consideradas como faltas muy graves:
a) Reincidir en la comisión de alguna falta considerada
como grave, o por quinta ocasión, en alguna falta
señalada como leve.
b) El desacato a las disposiciones emanadas de las
autoridades del plantel.
c) Salir del Colegio sin autorización.
d) Fumar dentro de la institución.
e) Dirigirse a maestros, compañeros o empleados de
manera irrespetuosa (por ejemplo gritar, usar palabras
altisonantes e inadecuadas).
f) Sustraer material y/o mobiliario de las aulas,
laboratorios y talleres, equipo deportivo.
40
g) Robar el material de los compañeros.
h) Ofender o difamar a compañeros y demás personal de
la institución.
i) Agredir verbalmente a los compañeros, profesores y
demás personal del Colegio.
j) Introducir al Colegio publicaciones pornográficas e
impropias.
k) Manifestar conductas antideportivas (agresión verbal
y/o física hacia los jugadores, entrenadores, árbitros,
público en general) en las instalaciones del Colegio o
fuera de ellas, cuando se representa a la institución.
l) Falsificar, sustraer o alterar documentos
institucionales, así como presentar documentación
falsificada en su forma y contenido.
m) Teñirse el pelo o raparse.
n) Promover la venta de artículos dentro del Colegio.
o) Encender o lanzar cohetes dentro hacia el exterior de
la institución.
p) Robo o deterioro intencional, total o parcial, del
patrimonio institucional.
q) Provocar o inducir situaciones de agresión física y/o
verbal en manera directa o indirecta.
r) Todas aquellas que por su analogía, así lo ameriten.
Artículo 42.
Son consideradas como faltas excesivamente graves:
a) Realizar actos que contradigan o debiliten los
principios básicos del Colegio.
b) Participar en actos delictuosos dentro o fuera del
campus escolar.
c) Introducir armas blancas, o de fuego, o cualquier otra
de las prohibidas por las disposiciones de orden
público, al interior del Colegio.
41
d) Introducir, distribuir, consumir o encontrarse bajo los
efectos de drogas, bebidas embriagantes o cualquier
otro estimulante considerado tóxico para la salud, al
interior del Colegio, o en actividades académicas,
deportivas y culturales celebradas fuera del plantel,
pero en representación de la institución.
e) Agredir físicamente a compañeros, profesores o
personal dentro y fuera de la institución.
f) Involucrar a personas ajenas al Colegio para intimidar
o agredir a integrantes de la comunidad educativa.
g) Daño parcial o total a vehículos de la comunidad
educativa.
h) Todas aquellas que, por su analogía, así lo ameriten.
Capítulo V. De las sanciones
Artículo 43.
Las sanciones que podrán imponerse, de acuerdo con la
gravedad de éstas y con la legislación oficial, pueden ser
cualquiera de las siguientes:
a) En el caso de faltas leves: amonestación oral (hasta
tres) o escrita y realizar las siguientes actividades:
Tareas académicas por las tardes; mismas que
tendrán que ser supervisadas por el profesor tutor o
instancia que reporta.
Limpieza de pasillos, salones y/o patio de receso
durante el receso o por las tardes; así como otras
actividades de mantenimiento que sean pertinentes.
Participar en actividades de asistencia social, que se
designe en común acuerdo entre la Dirección
Académica y el Departamento de Pastoral.
42
b) En el caso de faltas graves:
Suspensión de tres días hábiles. No participar como
seleccionados en las actividades deportivas,
académicas y culturales.
c) En el caso de faltas muy graves: suspensión de tres a
seis días hábiles Cuando el alumno incurra por segunda
ocasión en la comisión de una falta señalada como muy
grave, será acreedor a la suspensión definitiva del
Colegio.
d) En el caso de faltas excesivamente graves: se
procederá a la suspensión definitiva del Colegio, previo
análisis del caso.
e) En los casos en que los alumnos porten accesorios
como gargantillas y correas de cuero entre otros; Ipod,
Iphone, guitarras (con excepción de los alumnos que
asisten al taller propio), DS, PSP, cámaras, celulares u
otros objetos que no son necesarios para realizar las
actividades escolares, éstos les serán retirados y se
entregarán a sus padres a través del tutor. En caso de
pérdida de los objetos anteriormente mencionados,
el Colegio no se hace responsable de su búsqueda,
devolución o pago del mismo.
f) En los casos de realizar daños al inmueble, el alumno
deberá cubrir el costo correspondiente y colaborar en las
actividades de mantenimiento del mismo.
g) Cuando a algún alumno se le quiten accesorios que no
debe traer, éstos serán entregados, por el tutor, al padre
de familia.
h) En todos los casos, con anotación en el expediente del
alumno y notificación al padre.
43
Capítulo VI.- De las competencias resolutivas
Artículo 44.
La disciplina de los alumnos dentro del aula es
responsabilidad total de los profesores.
Tutores, prefectos y demás instancias académicas y
administrativas, junto con la Dirección Académica,
cumplirán funciones de apoyo y asesoría, según sea el caso.
Artículo 45.
En caso de la comisión de faltas leves por parte de los
alumnos, las autoridades podrán sancionarlos
inmediatamente. Esto se deberá comunicar de manera
inmediata al tutor, según corresponda.
Artículo 46.
Dicha sanción se aplicará cuando éste incurra en el cuarto
reporte por interrumpir el desarrollo de las clases, o por
incumplir las actividades realizadas en las sesiones.
Para tal efecto, es necesario que la persona que levante el
reporte, especifique por escrito la suspensión, así como la
actividad adicional que deba realizar y, además, tendrá que
verificar que el alumno cumpla dicha sanción. El
incumplimiento de dicha actividad se considerará falta grave
y se aplicará la sanción correspondiente.
Artículo 47.
El profesor está obligado a reportar por escrito al tutor y al
coordinador de grado, el comportamiento inadecuado,
omisión o incumplimiento al reglamento por parte de algún
alumno. A su vez, éstas deberán reportar las faltas a la
Dirección Académica o a la instancia que ésta especifique.
44
Artículo 48.
El alumno está obligado a reparar, inmediatamente, los
daños parciales o totales que, de manera intencional, se
hagan al material didáctico y deportivo, así como al
inmueble, además de la aplicación de la sanción
correspondiente.
Artículo 49.
El alumno es responsable de los daños que ocasione al
transporte, material de trabajo o inmueble al que asista en
cualquier actividad que se realice fuera de las instalaciones
del Colegio.
Artículo 50.
El alumno que sea suspendido durante el periodo de
exámenes por faltas leves, tendrá derecho a presentarlos en
la fechas que determine la Dirección Académica.
Artículo 51.
El alumno que sea suspendido, no deberá presentarse
en la institución durante el tiempo señalado, a ningún tipo
de actividad escolar ni extraescolar ni en las inmediaciones
de la Institución.
Artículo 52.
El Colegio no se hace responsable de la pérdida, reparación,
búsqueda o pago de los objetos o accesorios personales.
45
TÍTULO CUARTO
INTERPRETACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO
Capítulo único
Artículo 53. Todo lo no dispuesto en el presente reglamento será resuelto por el Consejo Académico. Artículo 54. La interpretación oficial del Reglamento General de Alumnos, compete únicamente al Consejo de Gobierno.
Artículo 55. La presente normativa de convivencia entrará en vigor al día siguiente de su publicación en los medios informativos de carácter oficial del Colegio Cristóbal Colón, quedando derogada la anterior, así como las demás disposiciones legislativas que se opongan al presente ordenamiento.
H. Veracruz, Ver. Noviembre del 2013
46
REGLAMENTO DE RÉGIMEN
ACADÉMICO Y ESCOLAR
Capítulo I.- Del desarrollo de las sesiones
De las asistencias
Artículo 1.
Secundaria: las sesiones serán de 50 minutos. Las cuatro
primeras sesiones serán continuas, un receso de treinta
minutos; posteriormente, serán cuatro o cinco sesiones
continuas segun corresponda.
Artículo 2.
El inicio de clases es a las 7:00 horas.
Por este motivo, se especifica como horario de entrada 6:45
horas. El portón se cierra a las 7:00 hrs. (no se recibe a
ningún alumno después de esa hora, ni en periodo de
exámenes o si tiene que entregar alguna actividad de clase).
Artículo 3.
No se consignarán retardos en las listas de asistencia.
Artículo 4.
Una vez iniciada la jornada escolar, al alumno que llegue
tarde a clases se le considerará falta; únicamente se
justificará el retardo a aquellos alumnos que presenten el
justificante firmado por el responsable de la instancia donde
se encontraban.
Artículo 5.
Para evitar la llegada tarde a clases, los alumnos deberán
permanecer en sus salones esperando la llegada del
profesor.
47
Artículo 6.
A los alumnos que sean reportados por llegar tarde a clase
sin justificación, por tres ocasiones consecutivas o cinco
discontinuas, se les sancionará con la realización de
actividades académicas de 3 a 5 días por la tarde.
Artículo 7.
No se les recibirá a los padres de familia alimentos, trabajos,
batas o material para llevar a cabo las prácticas en el
laboratorio o cualquier otro objeto olvidado por el alumno en
casa.
Artículo 8.
Una vez iniciada la jornada escolar, no se permitirá la salida
a los alumnos, exceptuando aquellos casos que cuenten
con la autorización del médico escolar. Esto significa que
si algún alumno tiene que atender asuntos personales
(viajes, convivencias familiares, o cualquier eventualidad
ajena a la institución) será mejor que no asista a clases.
Faltas colectivas
Artículo 9.
a) Cuando un grupo completo no se presente a
clase, se consignará falta colectiva y será considerada
como muy grave. En estos casos, el profesor de la
primera clase levantará un acta que deberá entregar a
la Dirección Académica, y se darán por vistos los
temas establecidos en la programación de las materias
de ese día.
b) Cuando un grupo incurra en falta colectiva por segunda
ocasión, se considerará falta excesivamente grave,
sujetándose cada alumno a la aplicación de la sanción
respectiva por parte de la Dirección Académica.
48
Capítulo II.- Del procedimiento de evaluación
Artículo 10.
Los alumnos podrán exentar exámenes escritos finales
siempre y cuando:
a) Tenga el 90% de asistencia a clases.
b) Tenga el porcentaje completo de lo correspondiente a
la evaluación continua del quinto parcial
c) Tener promedio acumulado en cada materia de 10.0
d) Estar al corriente en el pago de colegiaturas
Artículo 11.
Al inicio de cada curso, los profesores deberán explicar a los
alumnos el procedimiento de evaluación que aplicarán.
Artículo 12.
La evaluación debe ser permanente e integral, esto significa
que la calificación obtenida por el alumno deberá ser a partir
de las actividades realizadas en clase y extra clase, así
como del examen.
Artículo 13.
Las evaluaciones de carácter ordinario y extraordinario se
celebrarán bajo las siguientes formalidades:
a) Se realizarán dentro de las fechas y horas establecidas
en el calendario oficial.
b) Los criterios y los instrumentos de evaluación deberán
ser congruentes con los objetivos y contenidos de los
programas de estudio.
c) Para el desarrollo de los exámenes, se enlistará en un
acta a los alumnos que tengan derecho a ello; esta
acta se elaborará 48 horas antes del día marcado para
el examen, y se cerrará en el renglón siguiente al
último alumno anotado. Los profesores deberán pasar
lista al inicio del examen y se abstendrán de incluir en
49
el acta o de examinar a los alumnos que no figuren en
ella.
d) En el caso de los exámenes extemporáneos, éstos
serán autorizados y programados, únicamente, por la
Dirección Académica. De no ser así, los exámenes
aplicados serán anulados.
Artículo 14.
Los profesores deberán entregar a Servicios Escolares las
actas con las calificaciones debidamente consignadas, en un
plazo no mayor a tres días hábiles posteriores a la
celebración de cada examen.
Artículo 15.
Cuando un alumno sea sorprendido copiando, se consignará
“cero” como calificación del examen y se registrará
únicamente el puntaje acumulado en la evaluación continua,
reportándose por escrito a la Dirección Académica. Si el
alumno reincidiera en esta falta, se considerará falta muy
grave.
Calificaciones
Artículo 16.
Se da lugar a la formulación de cinco evaluaciones
parciales:
a) La asignación de calificaciones parciales deberá ser
congruente con las evaluaciones del aprovechamiento
alcanzado por el alumno respecto a los propósitos de
los programas de aprendizaje.
b) Las calificaciones parciales se asignan con números y
decimales en cinco momentos del año lectivo.
c) La calificación final de cada asignatura se obtiene al
sumar las calificaciones parciales respectivas y dividir
50
el resultado entre cinco, por ser éste el número de
calificaciones parciales.
d) Las calificaciones aprobatorias con .5 (6.5; 7.5; 8.5;
9.5) se aproximarán al número entero inmediato.
De los exámenes ordinarios extemporáneos
Artículo 17.
Únicamente podrán presentar exámenes extemporáneos,
aquellos alumnos que cumplan con criterios señalados en el
inciso d) art. 13 de la normativa de convivencia de los
alumnos.
Artículo 18.
Al alumno que por descuido no presente el examen
extemporáneo, se le registrará el puntaje acumulado en la
evaluación continua.
Revisión de exámenes
Artículo 19.
Otorgar la revisión de sus exámenes es un derecho del
alumno; por este motivo, el profesor asignará la fecha y hora
de revisión en el salón de clases. No se dará revisión
extemporánea de examen.
Artículo 20.
La revisión de exámenes será proporcionada única y
exclusivamente a los alumnos.
Artículo 21.
Únicamente se proporcionará revisión extemporánea a los
alumnos que tengan autorización por escrito de la Dirección
Académica. Y será cuando el (la) alumno(a) no asista a
clases por:
51
a) Enfermedad.
b) Estar comisionado en alguna actividad institucional.
Artículo 22.
Cuando el alumno esté inconforme con la calificación
obtenida, tendrá el derecho de solicitar revisión de examen,
sujetándose a las siguientes formalidades:
a) Estar al corriente en el pago de colegiaturas.
b) El alumno interesado deberá presentar, por escrito, a
la Dirección Académica, con copia a la coordinación
académica, una solicitud de revisión dentro de los
cinco días posteriores al conocimiento del resultado; en
ella explicará con claridad las razones de su
inconformidad, por las cuales considera debe
modificarse su calificación. (solicitar formato en
dirección académica).
c) Una vez solicitada la revisión de examen, el alumno no
deberá comunicarse con el profesor ni con los
sinodales designados; de hacerlo, la Dirección
Académica anulará la revisión, y dejará registrada la
calificación que tenía el alumno antes de hacer su
solicitud.
d) La Dirección Académica turnará la revisión a dos
sinodales, siendo su resolución inapelable.
e) Una vez realizada la revisión, levantarán un acta en
donde emitan el resultado de la misma, el cual será
inapelable.
Artículo 23.
Después de las fechas programadas para la entrega de
boletas, los padres de familia tendrán un lapso de DOS días
para solicitar la aclaración de alguna duda que exista con
relación a las calificaciones de los alumnos.
52
Artículo 24.
No procederá ninguna solicitud de revisión de examen o de
calificación, después del periodo establecido para su efecto.
Artículo 25.
Las evaluaciones de carácter extraordinario se realizarán
siempre a través de exámenes escritos, y se contará
únicamente con tres oportunidades.
Artículo 26.
Los horarios se presentarán, cuando menos, con ocho días
hábiles de anticipación al periodo de exámenes ordinarios y
extraordinarios.
Artículo 27.
Una vez establecido el calendario de exámenes, éste no
podrá ser cambiado, a reserva de situaciones extraordinarias
y previa autorización de la Dirección Académica. De no ser
así, todo examen aplicado no tendrá validez.
Artículo 28.
Los exámenes extraordinarios deberán ser pagados tres
días antes de su aplicación.
De la entrega de boletas:
Artículo 29.
La entrega de boletas se realizará en las fechas establecidas
por la Dirección Académica. Los padres de familia que no se
presenten en dichas fechas, podrán solicitarla en Servicios
Escolares en horario de oficinas únicamente los sábados o
en cita con el tutor(a) de lunes a viernes.
53
Artículo 30.
Es de vital importancia estar al corriente en los pagos de
las colegiaturas para poder recoger las boletas en los
periodos establecidos.
Capítulo III.- De las bajas
Artículo 31.
La baja de algún alumno consiste en la suspensión o
cancelación de la matrícula del alumno, y puede ser
reglamentaria, voluntaria y académica, según lo siguiente:
a) Bajas voluntarias.- Cuando es solicitada por el padre
de familia o tutor, por razones personales, y puede ser
temporal o definitiva.
b) Baja reglamentaria.- Cuando el alumno falta a las
disposiciones señaladas en el reglamento, y puede ser
temporal o definitiva.
c) Baja académica.- Cuando el alumno reprueba más de
cuatro materias.
Artículo 32.
Las solicitudes de baja deberán presentarse a la Dirección
Académica, con la firma de autorización del Secretario
Escolar.
Artículo 33.
El alumno que solicite baja definitiva deberá comprobar al
departamento de Servicios Escolares que no tiene adeudos
con la administración del Colegio, para que le sean
expedidos los documentos que amparen los estudios
realizados en ella.
54
Capítulo IV.- De la administración y control
escolares
Tramitación escolar
Artículo 34.
Los alumnos deberán realizar sus trámites de
documentación (por ejemplo, constancias de calificaciones o
de ser alumnos del Colegio, entre otros), previo pago del
arancel correspondiente. Para dicho trámite, deberán
dirigirse a Servicios Escolares.
Artículo 35.
Los trámites deberán hacerse de manera personal, por el
alumno o por el padre de familia o tutor, y la documentación
se entregará únicamente a quien realice la solicitud.
Artículo 36.
La documentación requerida deberá tramitarse con un
mínimo de tres días de anticipación. En lo que se refiere a
certificados de estudios, éstos tardarán, como mínimo un
mes.
Artículo 37.
No se extenderán constancias con calificaciones durante los
períodos de exámenes ordinarios y extraordinarios.
De las colegiaturas
Artículo 38.
Los pagos por concepto de colegiatura deberán ser dentro
de los primeros quince días naturales de cada mes;
después de este periodo, se cobrarán los intereses
moratorios que asigne el Colegio.
55
Artículo 39.
El incumplimiento del pago de tres colegiaturas,
equivalentes a cuando menos tres meses, por los padres
de familia, tutores o usuarios, libera a los prestadores del
servicio educativo, de la obligación de continuar con la
prestación (Art. 7 del Diario Oficial de la Federación,
publicado el 10 de marzo de 1992).
Los alumnos no podrán asistir a clases, ni tener derecho
a exámenes.
Capítulo V.- De la formación integral
Artículo 40.
Teniendo en cuenta que nuestra institución es de inspiración
cristiana católica, la formación e información que se imparte
es humanista cristiana. Para el cumplimiento de este
objetivo, se realizarán las siguientes actividades:
a) Prerretiros.
b) Retiros.
c) Grupos de seguimiento y crecimiento
d) Celebraciones litúrgicas
Eucaristías
Actos penitenciales
Para - liturgias, etc.
a) Eventos especiales organizados por el departamento
de Pastoral
b) Clases de formación
c) Proyección Calasancia
d) Actividades asistenciales
e) Otros
56
Artículo 41.
En lo referente a los incisos a y b del artículo anterior, y
teniendo en cuenta que son la esencia de la formación que
imparte nuestra institución, es obligatoria su asistencia. Su
inasistencia se tomará como falta grave, procediendo a la
aplicación de la sanción correspondiente.
Artículo 42.
Cuando algún(a) alumno(a) no asista al retiro, tendrá que
presentarse a clases en el grupo que sea asignado por su
tutor(a) y tendrá que cumplir con las actividades que los
profesores de esos grupos establezcan y, además, De no
cumplir con estas disposiciones, se considerará como falta
grave, y se procederá a la aplicación de la sanción
correspondiente.
Artículo 43.
En lo referente al inciso f del artículo 40, si el alumno se viera
imposibilitado para participar en el evento, deberá realizar un
trabajo por escrito asignado por el profesor de la materia de
Educación en la fe.
Artículo 44.
Sólo los alumnos que participen activamente en los incisos c
y f del artículo 40 tendrán derecho a los beneficios
acordados por el departamento de Pastoral.
Artículo 45.
En el caso de una negativa colectiva a las actividades antes
mencionadas, se procederá conforme al Capítulo IV
correspondiente a la disciplina escolar del Título Tercero del
Régimen Convivencial.
57
Artículo 46.
La falta de disposición para participar en las actividades que
promueva el departamento de Pastoral, evidencia que no se
está de acuerdo con el ideario del Colegio, motivo por el
cual, las autoridades académicas podrán tomar las medidas
que consideren pertinentes.
Artículo 47.
En cuanto a la proyección calasancia y las actividades
asistenciales, son obligatorias; en caso de incumplimiento de
la proyección calasancia, se tomarán las medidas
pertinentes según lo marca la normativa de convivencia del
mismo. En cuanto a las actividades asistenciales, se
procederá conforme lo indique el Coordinador de Pastoral.
Artículo 48.
Lo no previsto en cuanto a las actividades y normativas
referentes a Pastoral, será resuelto por el Coordinador de
Pastoral, en común acuerdo con la Dirección General.
Capítulo VI.- De los apoyos educativos
Artículo 49.
En apoyo al desarrollo efectivo de la labor educativa, los
alumnos podrán disponer de los servicios y recursos que
ofrece el Colegio a través de biblioteca, centro de cómputo,
medios audiovisuales y laboratorio, apegándose a las
normativas que cada uno de estos servicios señalen en sus
reglamentos.
58
Biblioteca
Artículo 50.
El horario de los servicios de la biblioteca a sus usuarios
internos, durante el periodo escolar lectivo, será de lunes a
viernes, de 8:00 a 17:00 horas. Mismo que puede ser
modificado de acuerdo las actividades que la institución
programe.
Artículo 51.
Para hacer uso de los servicios de la biblioteca, los usuarios
internos presentarán la credencial vigente expedida por el
Colegio, que los acredite como miembros del CCC y,
además, deberán portar el uniforme de diario correctamente.
Artículo 52.
La credencial que presenten los usuarios permanecerá en
calidad de depósito en la recepción de la biblioteca durante
su permanencia en la misma.
Artículo 53.
Queda estrictamente prohibido introducir alimentos y/o
bebidas a la sala.
Artículo 54.
Durante la permanencia del usuario en la sala, éste deberá
guardar silencio y mantener el orden debido, así como
apagar su celular.
Artículo 55.
Queda prohibido permanecer en la sala en horario de clases
o al término de un examen.
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Artículo 56.
Queda estrictamente prohibido fotocopiar el material
bibliográfico que corresponda a una colección, enciclopedia
o diccionarios.
Artículo 57.
El material hemerográfico (revistas, folletos, etc.) no está
sujeto a préstamo externo.
Artículo 58.
a) El préstamo interno será con base en las siguientes
disposiciones:
b) El usuario identificará el material requerido en el
fichero que se encuentra en la sala, anotará la clave
en las hojas que están sobre éste, y lo solicitará en
recepción, dejando su credencial vigente.
c) El usuario es responsable del material solicitado, de
que no se maltrate, y únicamente debe utilizarlo en la
sala de estudio.
d) Se prestan tres libros como máximo, siendo de
diferente autor y/o título.
e) El usuario debe devolver personalmente el material
utilizado en la recepción de la biblioteca y recoger su
credencial.
Artículo 59.
El préstamo externo será con base en las siguientes
disposiciones:
a) Entregar su credencial vigente, que lo identifique como
alumno del Colegio.
b) Sólo se prestará el material bibliográfico del cual
existan tres ejemplares.
c) El préstamo es únicamente por un día.
60
d) El usuario deberá entregar el material en la fecha
indicada; de no ser así, se hará acreedor a la sanción
correspondiente (cada día de atraso implica un mes de
sanción).
e) No se prestará material bibliográfico que pertenezca a
una colección, enciclopedia o diccionario.
f) El usuario deberá llenar y firmar una ficha de control,
en la que se hará responsable del material. El usuario
que entregue el material bibliográfico en mal estado,
deberá reponerlo.
Este servicio queda suspendido en periodos de exámenes y
vacaciones escolares.
Artículo 60.
En el caso del servicio de multimedia:
a) Éste será sólo interno.
b) El alumno se hace responsable del uso del mismo; si
se daña el CD, deberá reponerlo.
c) Sólo se permite el manejo de CD, empleando los
discos con los que cuenta la biblioteca.
d) Para tener derecho a este servicio, se aplican las
mismas disposiciones que para ingresar a la biblioteca.
e) Queda prohibido realizar trabajos escolares en los
equipos destinados al servicio de multimedia.
Artículo 61.
En caso de no respetar las disposiciones señaladas, el
alumno será reportado al tutor de su grupo y se aplicará lo
especificado en el Reglamento General de Alumnos, en el
apartado de sanciones. De incurrir por segunda ocasión, se
le suspenderá el servicio de préstamo interno y externo
durante tres días.
61
Artículo 62.
Lo no previsto en el presente reglamento será resuelto por la
Dirección Académica.
Centro de cómputo
Artículo 63.
Para tener acceso al centro de cómputo, el alumno deberá
portar correctamente el uniforme de diario y presentar su
credencial que lo acredite como alumno del Colegio.
Artículo 64.
Ningún alumno puede permanecer dentro del centro de
cómputo en horas de clase, aun con permiso del maestro.
Artículo 65.
No está permitido cambiar la configuración de las
computadoras, ni instalar información (juegos o programas
que alteren el funcionamiento del equipo, como protectores
de pantalla, tapices, punteros del mouse, etc.)
Artículo 66.
Es obligación y responsabilidad del alumno, el manejo y uso
adecuado de la PC, ya que el que dañe el equipo o
implementos, los repondrá pagándolos.
Artículo 67.
Todo alumno se hace responsable de vacunar sus USB
antes de darles uso en clase y reportar cualquier cambio de
programas en su PC antes de usarla.
Artículo 68.
Queda estrictamente prohibido emplear juegos de vídeo
dentro del centro de cómputo.
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Artículo 69.
No se permite introducir alimentos, golosinas o líquidos al
centro de cómputo.
Artículo 70.
Los alumnos que no acaten estas disposiciones serán
reportados al tutor de su grupo y se les aplicará lo estipulado
en el Reglamento General de Alumnos, en el apartado de
sanciones.
Aulas activas
Artículo 71.
No se apartarán las aulas activas por medio de los alumnos,
únicamente por el profesor.
Artículo 72.
Las grabadoras son para uso educativo, el profesor es el
único que deberá solicitarlas y operarlas, así como
entregarlas al departamento correspondiente.
Artículo 73.
Todos los maestros subirán a buscar a sus alumnos a su
salón de clases y no se les permitirá la entrada a las aulas
activas hasta que llegue el profesor.
Artículo 74.
No se deberá permitir a los alumnos que entren con
alimentos o bebidas.
Artículo 75.
No se permitirá que los alumnos se suban al mobiliario o
coloquen los pies en las sillas; deberán dejar las sillas
acomodadas como se les entregó.
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Artículo 76.
No deberán rayar las paredes ni las sillas.
Artículo 77.
Todo el equipo audiovisual será operado únicamente por el
encargado o el profesor.
Artículo 78.
El profesor es el responsable del orden, la limpieza y el
cuidado del material audiovisual durante su clase, por lo
tanto, al término de la sesión, el profesor deberá cerrar la
puerta.
Artículo 79.
Todos los servicios de las aulas activas se deberán reservar
mínimo con dos días de anticipación, sin excepciones.
Artículo 80.
La Dirección General es la encargada de administrar,
programar y asignar las Aulas Activas, así como la
responsable de proporcionar el o los materiales necesarios
que soliciten los profesores con antelación. De igual modo
será su responsabilidad generar los reportes
correspondientes a los usuarios que procedan de manera
contraria al reglamento establecido.
Laboratorio
Artículo 81.
Los alumnos deberán presentarse al laboratorio con bata
blanca de manga larga.
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Artículo 82.
No está permitido ingerir alimentos ni bebidas dentro del
laboratorio.
Artículo 83.
Durante las sesiones, los alumnos deberán guardar
disciplina y no jugar.
Artículo 84.
Deben hablar en voz baja.
Artículo 85.
Los alumnos deberán mantenerse en el lugar que les asigne
el maestro.
Artículo 86.
Estar atentos para escuchar las indicaciones del maestro.
Artículo 87.
Cada uno de los alumnos será responsable de la limpieza
del material y área de trabajo que utilizó.
Artículo 88.
El alumno repondrá el material que por descuido rompa.
Artículo 89.
Cada alumno deberá conocer las reglas de seguridad.
Artículo 90.
En caso de algún accidente, el alumno deberá informar
inmediatamente al maestro o auxiliar.
Artículo 91.
Antes de iniciar la práctica, cada uno de los alumnos
verificará el equipo, material y los reactivos que va a utilizar.
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Artículo 92.
No tocar sustancias con los dedos ni frotarse los ojos o boca
cuando se trabaje.
Artículo 93.
No se deberán dejar frascos o sustancias destapadas;
después de ocuparlos, se tendrá cuidado en mantenerlos
cerrados.
Artículo 94.
Será responsabilidad de cada uno de los alumnos el
economizar agua y gas.
Artículo 95.
De no cumplir con el reglamento del laboratorio, se
sancionará según corresponda, de acuerdo con lo
establecido en el Título Tercero del Régimen Convivencial
de la normativa general de alumnos.
Capítulo VII.- De las actividades deportivas
Artículo 96.
Para poder ingresar a la actividad seleccionada, deberá
presentarse al entrenador responsable, la carta
compromiso expedida por la institución, misma que debe ser
llenada y firmada por el padre de familia o tutor.
Artículo 97.
La promoción del alumno estará determinada por los criterios
de evaluación establecidos por el entrenador y por las notas
académicas de cada alumno, siendo que aquellos que
cuenten con un bajo rendimiento no podrán formar parte
de la actividad seleccionada.
66
Artículo 98.
El alumno deberá presentarse con el uniforme de deportes
estipulado en el Reglamento General de Alumnos.
Artículo 99.
El alumno deberá cumplir con el 80% de asistencia,
correspondiente a entrenamientos y partidos.
Artículo 100.
Las bajas en las actividades deportivas pueden ser en los
siguientes casos:
a) Indisciplina.
b) Bajo Rendimiento Académico
c) Enfermedad o lesión.
Artículo 101.
La baja del alumno de la actividad deportiva deberá ser por
escrito y dirigida al director del área correspondiente,
especificando el motivo de la misma.
Artículo 102.
Las sanciones por casos de indisciplina quedarán sujetas a
lo dispuesto en el Reglamento General de Alumnos.
Artículo 103.
El reingreso a las actividades deportivas estará condicionado
por el coordinador de academia, y deberá ser solicitado, por
escrito, por el tutor de grupo y/o padre de familia.
Artículo 104.
Todo lo no dispuesto en la presente normativa de
convivencia escolar será resuelto por las autoridades
académicas y administrativas competentes.
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TRANSITORIO
Artículo 105.
la presente normativa de convivencia escolar entrará en
vigor al día siguiente de su publicación en los medios
informativos de carácter oficial del Colegio Cristóbal Colón,
quedando derogados todos los reglamentos y demás
disposiciones legislativas que se opongan al presente
ordenamiento.
Última revisión, diciembre del 2013
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DIRECTORIO
Hno. Gerardo V. Leyva Bohórquez
Director General del CCC.
Mtra. Bertha del Carmen Montalvo Olea
Directora Académica de Preescolar
Mtra. Yolanda Adriana Guerrero Arciniega
Directora Académica de Primaria
Mtra. María Teresa Armas Cano
Directora Académica de Secundaria
Mtra. Emma Illescas Navarro
Directora Académica de Bachillerato