NCH20114 - Of 1990

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I NORMA CHILENA OFICIAL NCh2114.Of90 Prevención de incendio en edificios - Condiciones básicas y clasificación de las vías de evacuación según la carga de ocupantes Preámbulo El Instituto Nacional de Normalización, INN, es el organismo que tiene a su cargo el estudio y preparación de las normas técnicas a nivel nacional. Es miembro de la INTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION (ISO) y de la COMISION PANAMERICANA DE NORMAS TECNICAS (COPANT), representando a Chile ante esos organismos. La norma NCh2114 ha sido preparada por la División de Normas del Instituto Nacional de Normalización, y en su estudio participaron los organismos y las personas naturales siguientes: ANTILLAMA S.A. Pedro Romero F. Asociación Chilena de Seguridad, AChS Germán Delgado A. Mario Ley P. Cámara Chilena de la Construcción Gastón Zagal D. Carabineros de Chile Antonio Anfossy N. Compañía Industrial El Volcán S.A. Mauricio Muñoz C. Consejo Nacional de Seguridad Guillermo Reyes C. Cuerpo de Bomberos de Santiago Armando Oyarzún F. Dirección de Arquitectura, Ministerio de Obras Públicas, MOP Francisca Baeza C. Dirección General de Metro Roy Levis M. Industrias Metalúrgicas BASH S.A. María Eugenia Delpiano Z. Instituto de Investigaciones y Ensayes de Materiales, Universidad de Chile, IDIEM Miguel Bustamante S. Instituto Nacional de Normalización, INN Gabriel Rodríguez J. Instituto Profesional de Santiago Franklin Maltés

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  • INORMA CHILENA OFICIAL NCh2114.Of90

    Prevencin de incendio en edificios - Condiciones bsicasy clasificacin de las vas de evacuacin segn la cargade ocupantes

    Prembulo

    El Instituto Nacional de Normalizacin, INN, es el organismo que tiene a su cargo elestudio y preparacin de las normas tcnicas a nivel nacional. Es miembro de laINTERNATIONAL ORGANIZATION FOR STANDARDIZATION (ISO) y de la COMISIONPANAMERICANA DE NORMAS TECNICAS (COPANT), representando a Chile ante esosorganismos.

    La norma NCh2114 ha sido preparada por la Divisin de Normas del Instituto Nacional deNormalizacin, y en su estudio participaron los organismos y las personas naturalessiguientes:

    ANTILLAMA S.A. Pedro Romero F.Asociacin Chilena de Seguridad, AChS Germn Delgado A.

    Mario Ley P.Cmara Chilena de la Construccin Gastn Zagal D.Carabineros de Chile Antonio Anfossy N.Compaa Industrial El Volcn S.A. Mauricio Muoz C.Consejo Nacional de Seguridad Guillermo Reyes C.Cuerpo de Bomberos de Santiago Armando Oyarzn F.Direccin de Arquitectura, Ministerio de ObrasPblicas, MOP Francisca Baeza C.Direccin General de Metro Roy Levis M.Industrias Metalrgicas BASH S.A. Mara Eugenia Delpiano Z.Instituto de Investigaciones y Ensayes de Materiales,Universidad de Chile, IDIEM Miguel Bustamante S.Instituto Nacional de Normalizacin, INN Gabriel Rodrguez J.Instituto Profesional de Santiago Franklin Malts

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    Junta Nacional de Bomberos de Chile Jos Mendizbal

    Ministerio de Salud Hernn Aubert C.Ministerio de Vivienda y Urbanismo, MINVU Santiago Castillo R.

    Jaime Tllez T.Ministerio del Interior, ONEMI Juan Benavides E.

    Alfredo Saleh M.Moreno Vial Ltda. Sebastin Cruz M.Municipalidad de Quilpu Mariana Torrealba Sch.Municipalidad de Valparaso Cecilia Jimnez V.Municipalidad de Via del Mar Mauricio Valenzuela de B.Mutual de Seguridad Juan Olavarra

    Hugo Rojas A.Pinturas Adolfo Stierling y Ca. Ltda. Rodrigo Infante T.The Monsters Fire Service Jorge Salinas R.Universidad Catlica de Chile, Escuela deConstruccin Civil Ricardo Chehade F.Universidad Catlica de Valparaso, Escuela deConstruccin Civil Sergio Gonzlez M.Universidad de Valparaso Eduardo Cruzat F.Universidad Tcnica Federico Santa Mara Gustavo Jacquin N.Espejo N., Enrique Enrique Espejo N.Fuenzalida P., Juan A. Juan A. Fuenzalida P.Gorigoita G., Jorge Jorge Gorigoita G.

    Esta norma ha sido aprobada por el Consejo del Instituto Nacional de Normalizacin, ensesin efectuada el 09 de Enero de 1990.

    Esta norma ha sido declarada norma chilena Oficial de la Repblica por Decreto N21, delMinisterio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 22 de Febrero de 1990, publicado en elDiario Oficial N33.613 del 06 de Marzo de 1990.

  • 1NORMA CHILENA OFICIAL NCh2114.Of90

    Prevencin de incendio en edificios - Condiciones bsicasy clasificacin de las vas de evacuacin segn la cargade ocupantes

    0 Introduccin

    El principal objetivo de la seguridad es prevenir el dao a las personas. Desde ese puntode vista, las vas de evacuacin y acceso adquieren primera importancia, ya que en casode emergencia, los habitantes del edificio tratan de abandonarlo a la brevedad. En lamedida que estas vas de circulacin sean expeditas, vale decir, de corto recorrido,amplias y geomtricamente simples, la evacuacin se har sin tropiezos.

    En general, la va de evacuacin debe reunir tres condiciones: ser inequvoca (claramenteidentificable como tal), eliminando toda posibilidad de ser confundida con otras vas; sersegura, es decir, cumplir condiciones de proteccin para sus ocupantes durante unsiniestro; y debe conducir a un lugar seguro.

    Es conveniente recordar que la va de evacuacin no comienza necesariamente en unpasillo protegido o en una caja de escalera, sino en cualquier punto habitable del edificio.La va de evacuacin, sin embargo, no requiere las mismas condiciones de seguridad entodo su trayecto, debiendo ser gradualmente ms protegida a medida que avanza hacialas salidas.

    1 Alcance y campo de aplicacin

    1.1 Esta norma especifica las condiciones bsicas de seguridad que deben cumplir las vasde evacuacin y establece una clasificacin de ellas segn la carga de ocupantes.

    1.2 El presente documento fija las condiciones mnimas generales para el diseo de vasde evacuacin para casos de emergencia en edificios pblicos o privados de uso corriente.

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    1.3 Los edificios de uso especial, como pueden ser jardines infantiles, colegios, terminalesde transporte, hogares de ancianos, centros de rehabilitacin, hospitales, edificios dereclusin, de espectculos, locales de reunin, hoteles y aquellos edificios que contenganvas de evacuacin con carga de ocupantes superior a 1 000 personas, deben cumpliradems, condiciones complementarias.

    1.4 No se considerarn vas de evacuacin los sistemas de escape tales como mangas,escalas, puentes adosables, ventanas u otros.

    1.5 Esta norma tambin es aplicable a edificios de uso mixto.

    2 Referencias

    NCh935/2 Prevencin de incendio en edificios - Ensayo de resistencia al fuego-Parte 2: Puertas y otros elementos de cierre.

    NCh1914/1 Prevencin de incendio de edificios - Ensayo de reaccin al fuego -Parte 1: Determinacin de la no combustibilidad de materiales deconstruccin.

    NCh2111 Prevencin de incendio en edificios - Sealizacin.

    3 Terminologa

    3.1 ancho til: ancho efectivo que ofrece una va de evacuacin al paso de los ocupantes,en cualquier punto de su recorrido.

    3.2 caja de escalera: espacio vertical de un edificio que permite a los usuarios ingresar al y evacuarlo verticalmente. Contiene la(s) escalera(s) y/o rampa(s) correspondientes.

    NOTA - Debe cumplir con prrafo 5.4.

    3.3 caja de escalera de seguridad: ver Zona vertical de seguridad (3.25).

    3.4 carga de ocupantes: es el nmero mximo de personas que pueden encontrarse en unedificio o parte de l en un momento dado.

    3.5 distancia de recorrido: distancia total desde un determinado punto habitable hasta elexterior del edificio o zona de seguridad medida por el eje de la va de evacuacin; seexpresa en metros.

    3.6 edificio de uso corriente: edificio destinado a vivienda, oficinas, comercio,administracin u otra actividad comn similar.

    3.7 edificio de uso especial: edificio destinado a actividades enumeradas en prrafo 1.3.

    3.8 edificio de uso mixto: edificio en que se mezcla el uso corriente con el uso especial odos o ms usos especiales distintos.

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    3.9 elipse corporal: elipse imaginaria que circunscribe a un hombre normal de pie, visto enplanta. Su eje mayor mide 0,61 m y su eje menor 0,46 m. Sirve para clculos desuperficies de ocupacin.

    3.10 escala: estructura compuesta por largueros unidos transversalmente por peldaos obarrotes horizontales y a igual distancia. Puede tener sustentacin propia (escalas detijeras) o no tenerla (escalas de mano).

    3.11 escalera: parte de una va de circulacin de un edificio, compuesta de una serie depeldaos o escalones horizontales colocados a intervalos verticales iguales.

    3.12 flujo de ocupantes: cantidad de personas que pasan a travs del ancho til de la vade evacuacin, en la unidad de tiempo. Se expresa en personas/minuto.

    3.13 mdulo de paso: unidad de medida del ancho de las vas de evacuacin igual a0,56 m. Cuando se trata de un solo mdulo, el ancho debe ser de 0,60 m.

    3.14 planta de un edificio: conjunto de dependencias de que consta un edificio en unmismo nivel, considerando que dicho nivel puede presentar una diferencia de altura dehasta 1 m entre los planos que lo componen.

    3.15 punto habitable: todo lugar de un edificio donde pueda permanecer habitualmenteuna persona.

    3.16 rampa: superficie de circulacin inclinada que cumple con el prrafo 5.5 de estanorma.

    3.17 sistema de escape: medio alternativo de salida, razonablemente seguro,complementario de las vas de evacuacin y que no cumple con todas las estipulacionesde la presente norma.

    3.18 tramo primero: ruta horizontal desde cualquier punto habitable de una planta hastauna caja de escalera o de rampa.

    3.19 tramo segundo: ruta vertical (caja de escalera o de rampa) desde el fin del primertramo hasta el comienzo del tercer tramo.

    3.20 tramo tercero: ruta horizontal desde el fin de la caja de escalera o de rampa hasta elexterior del edificio o zona de seguridad.

    3.21 va de evacuacin: camino expedito, continuo y seguro que desde cualquier puntohabitable de una edificacin conduzca a un lugar seguro.

    3.22 va habitual: va de evacuacin que se usa normalmente como va de ingreso y desalida en los edificios. Su tramo segundo puede estar estructurado como zona vertical deseguridad.

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    3.23 va de emergencia: va de evacuacin adicional no habitual del edificio quepermanece con uso restringido durante la ocupacin normal, pero que es habilitada encaso de emergencia. Debe ser segura y expedita.

    3.24 zona de seguridad: lugar de refugio temporal (en un edificio), construido de forma talque ofrezca un grado alto de seguridad frente al incendio.

    NOTA - El diseo estructural debe ser cuidadoso, puesto que la gente debe permanecer en ella mientras dureel incendio.

    3.25 zona vertical de seguridad: espacio vertical de un edificio que desde el nivel superiorhasta el de la calle, permita a los usuarios protegerse contra los efectos del fuego, elhumo y los gases y evacuar masiva y rpidamente el inmueble. Contiene a la escalera. Alconjunto se le puede llamar caja de escalera de seguridad.

    NOTA - Segn su clasificacin debe cumplir lo estipulado en el subprrafo 5.4.1.

    4 Clasificacin de las vas de evacuacin segn la carga de ocupantes

    De acuerdo con la cantidad mxima total previsible de personas que pasen a travs de lasvas de evacuacin de un edificio durante una emergencia, stas se clasifican en cuatrocategoras:

    1) Primera categora : de 251 a 1 000 personas

    2) Segunda categora : de 51 a 250 personas

    3) Tercera categora : de 11 a 50 personas

    4) Cuarta categora : de 1 a 10 personas

    NOTA - Sobre 1 000 personas, las vas de evacuacin se considerarn de uso especial para los efectos deesta norma (ver prrafo 1.3).

    5 Condiciones bsicas

    5.1 Generalidades

    5.1.1 En todo edificio debe existir a lo menos una va de evacuacin desde cada uno desus puntos habitables, la cual debe cumplir los requisitos bsicos estipulados en estanorma. Esta va debe ser de uso habitual.

    5.1.2 Las vas de evacuacin de 1 y 2 categora, no debern contener peldaosintermedios que no correspondan a un tramo de escalera. Las pequeas diferencias denivel deben resolverse con rampas.

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    5.1.3 En edificios de uso mixto cada parte del edificio destinada a un uso especfico sertratada independientemente del resto, cumpliendo adems, con las exigencias de conjuntosegn su destino.

    5.1.4 El nmero de vas de evacuacin depende del tipo de edificio, y se especificar enlas normas correspondientes.

    5.1.5 Cualquiera sea el nmero de vas de evacuacin, la longitud del tramo primero nodebe ser superior a 50 m.

    5.1.6 Los ascensores, montacargas, escaleras mecnicas o cualquier otro dispositivomecnico o similar, no deben ser considerados como parte de las vas de evacuacin.

    5.2 Ancho til

    5.2.1 El ancho til de cada seccin transversal de la va de evacuacin depende tanto dela carga de ocupantes como del flujo mximo de ocupantes a que sera sometida dichaseccin en caso de siniestro.

    5.2.2 Si la va de evacuacin se encuentra delimitada por elementos de construccinlivianos o mviles (plancha libre), cada seccin de ella deber ser del ancho til estipuladoen el subprrafo 5.2.1.

    5.2.3 El ancho til de las vas de evacuacin ser un nmero entero de mdulos de paso.

    5.3 Puertas

    5.3.1 Toda puerta ubicada en el recorrido de una va de evacuacin debe abrirse en elsentido de la evacuacin. Se exceptan de esta disposicin las puertas de viviendas ytodas aquellas clasificadas como vas de evacuacin de cuarta categora (ver captulo 4).

    5.3.2 las puertas que se abran hacia la va de evacuacin no deben disminuir el ancho tilde la va cuando estn totalmente abiertas.

    5.3.3 El nivel de suelo a cada lado de una puerta que evace 11 o ms personas debe serel mismo en una extensin mnima igual al doble del ancho de la hoja que se abre.

    5.3.4 Las puertas de acceso a la zona vertical de seguridad debern tener una resistenciaal fuego de a lo menos 30 min.

    5.3.5 La resistencia al fuego de puertas se determina segn la norma NCh935/2.

    5.4 Caja de escalera

    5.4.1 Toda caja de escalera que forma parte de una va de evacuacin, clasificada segnla carga de ocupantes a evacuar, en primera, segunda o tercera categora, debe cumplirlos siguientes requisitos:

    a) tener la resistencia al fuego compatible con el uso del tramo que sirve;

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    b) no contener ningn tipo de instalaciones tales como cuartos de tiles de limpieza,ductos de basuras, aire acondicionado y otros, shaft de conducciones de gas oelectricidad, gabinete con bocas de salidas de caeras hmedas o secas y ascensoreso montacargas. Se exceptan las instalaciones de emergencias propias de la caja deescalera, tales como presurizacin, ventilacin e iluminacin;

    c) las terminaciones, ya sean de pisos, muros y cielo, debern cumplir las condiciones deno combustibilidad dadas en NCh1914/1;

    d) ninguna escalera podr proseguir en forma continua hacia niveles inferiores osuperiores al nivel de salida principal al exterior.

    e) contar con ventilacin e iluminacin adecuadas;

    f) permitir un fluido desplazamiento sin efecto importante del humo y los gases.

    5.5 Rampas

    5.5.1 Los requisitos que deben cumplir las rampas son los siguientes:

    a) deben ser de pendiente inferior al 12%, en cualquier punto de su extensin;

    b) la terminacin del piso debe ser lo suficientemente antideslizante para evitarresbalamientos de las personas durante la evacuacin.

    5.6 Sealizacin

    5.6.1 Toda va de evacuacin clasificada en primera o segunda categora debeidentificarse convenientemente, con seales fcilmente visibles.

    5.6.2 La sealizacin deber indicar inequvocamente el sentido de la evacuacin,repitindose la seal cada vez que la va presente alternativa.

    5.6.3 Las seales correspondientes se encuentra en la norma NCh2111.

    5.7 Iluminacin

    5.7.1 Las vas de evacuacin clasificadas en primera y segunda categora, dispondrn deun sistema de iluminacin de emergencia protegida contra el fuego con alimentacinpropia, independiente de la red elctrica domiciliaria.

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    I N S T I T U T O N A C I O N A L D E N O R M A L I Z A C I O N ! I N N - C H I L E

    Prevencin de incendio en edificios - Condiciones bsicasy clasificacin de las vas de evacuacin segn la cargade ocupantes

    Fire safety in building - Basic conditions and classification of escapement waysaccording to occupant's amount

    Primera edicin : 1990Reimpresin : 1998

    Descriptores: seguridad, construccin, medidas de seguridad contra incendios, prevencinde incendios en edificios, vas de escape del fuego, salidas de emergencia,requisitos, clasificacin

    CIN 13.220.50; 13.220.50

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