N.º 26 ENERO 2000 BOLETIN INFORMATIVOInstancia de Ávila y Luis Maria Prieto, de Cerdanyola del...

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N.º 26 ENERO 2000 BOLETIN INFORMATIVO JIJE(ES~~DEHO(RA(IA EDITADO POR EL SECRETARIADO DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA EDITORIAL El fm de la legislatura supone el término del mandato de Margarita Mariscal de Gante, cuya gestión languidece sin que sea capaz, siquiera, de encontrar argumentos para publicitar las excelencias de su gestión, como otros compañeros de gobierno, lanzados ahora a exponer, con gran profusión publicitaria, cuanto han hecho durante estos cuatro años. Tal pa- radoja es consecuencia de la tozuda realidad: el gobierno ha fracasado rotundamente en política de justicia, materia en la que merece un suspenso sin matices. Cuando se hace balance de estos cuatro años la sensación es desoladora. Porque la imagen de la justicia sigue por los suelos, el Libro Blanco que elaboró el CGPJ fue orillado desde el principio, y se ha creado un conflicto en la Fiscalía y un problema con los jueces, fiándolo todo a la elaboración legislativa y a la creación de juzgados, sin coordinar con el CGPJ la formación de los jueces precisos para cubrirlos, lo que ha provocado la famosa "desertización" que denunciaba Joa- quín Delgado. Pongamos, no obstante, en el activo del ministerio, el haber sabido retomar un proyecto de ley, el regulador de la Ju- risdicción Contenciosa, que venía pactado de la anterior legislatura y que ha servido, con el consenso de todos, para me- jorar la situación de este orden jurisdiccional. Pero ese trabajo, que venía hecho, no ha servido para orientar de modo se- mejante la tramitación de otros proyectos legislativos, algunos de tal envergadura como la Ley de Enjuiciamiento Civil, que nace con el lastre que supuso el rechazo inicial de todos los colectivos afectados, y que, pese a su importancia, si- gue cuestionándose por grupos parlamentarios y colectivos profesionales. La herencia de Margarita Mariscal de Gante y del equipo de jueces que ha dirigido el Ministerio de Justicia es tremen- da: al margen de la pésima sensación que tienen los ciudadanos de la justicia, no hay relaciones con el CGPJ, cuyo pre- sidente tiene que recurrir directamente a la Moncloa para dialogar con el gobierno; la carrera judicial es ignorada, pese a que se ha mostrado favorable a la revisión de sus condiciones de trabajo, generando un serio conflicto aún por resolver y no ha habido, en todo este tiempo, una sola iniciativa política de interés. La responsabilidad de esta triste imagen se endosa, sin rubor alguno, a otros responsables, en especial el CGPJ, pese a los medios personales, la capacidad presupuestaria, la iniciativa legislativa y la responsabilidad política residen en el gobierno. Con todo, lo más preocupante es que, tras estos cuatro años, el Ministerio de Justicia ha perdido un peso político fun- damental. Se le comenzó privando de la política penitenciaria, y jamás ha sido capaz de conseguir arrimar el ascua a su sardina en los diversos proyectos de ley que se han tramitado, en los que la lógica del Ministerio del Interior y de la po- lítica más conservadora del Partido Popular ha acabado imponiéndose. El clamoroso silencio de justicia, durante la tra- mitación de la Ley de Extranjería, es la guinda que corona cuatro años de omisiones y equivocaciones. SUMARIO ACTIVIDADES 2 BOLETIN INFORMATIVO ............................... ................. ACTUALIDAD ..... .. ......... ...... ...... ................. 3 JIJE(E§~~DEl10(RA(IA OPINION ........ ....................... ............ " ........... 5 NEGOCIACION ...... " ...... ... ............. .. .......... 6 Redacción: Secretariado de Jueces para la Democracia Director: Edmundo Rodríguez Achútegui DEBATE ....... " . ................ ...... ........ ............... 7 Coordinación: José Rivas Esteban XIV CONGRESO JpD ............... ...... ... . ........... 8 Núñez Morgado, 3 - 4.º B - 28036 Madrid Correo electrónico: [email protected] ESCUELA JUDICIAL ................. ............ ......... 10 Fotocomposición: AMORETTIS.F., S.L. INTERNACIONAL 13 Imprime: IMPRESIONAMORETTI,S.L. ................................... ........ Depósito Legal: M.21.194-I990 DEBATE .................................................... .... 15

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  • N.º 26 ENERO 2000

    BOLETIN INFORMATIVOJIJE(ES~~DEHO(RA(IA

    EDITADO POR EL SECRETARIADO DE JUECES PARA LA DEMOCRACIA

    EDITORIALEl fm de la legislatura supone el término del mandato de Margarita Mariscal de Gante, cuya gestión languidece sin que

    sea capaz, siquiera, de encontrar argumentos para publicitar las excelencias de su gestión, como otros compañeros degobierno, lanzados ahora a exponer, con gran profusión publicitaria, cuanto han hecho durante estos cuatro años. Tal pa-radoja es consecuencia de la tozuda realidad: el gobierno ha fracasado rotundamente en política de justicia, materia enla que merece un suspenso sin matices.

    Cuando se hace balance de estos cuatro años la sensación es desoladora. Porque la imagen de la justicia sigue por lossuelos, el Libro Blanco que elaboró el CGPJ fue orillado desde el principio, y se ha creado un conflicto en la Fiscalía y unproblema con los jueces, fiándolo todo a la elaboración legislativa y a la creación de juzgados, sin coordinar con el CGPJla formación de los jueces precisos para cubrirlos, lo que ha provocado la famosa "desertización" que denunciaba Joa-quín Delgado.

    Pongamos, no obstante, en el activo del ministerio, el haber sabido retomar un proyecto de ley, el regulador de la Ju-risdicción Contenciosa, que venía pactado de la anterior legislatura y que ha servido, con el consenso de todos, para me-jorar la situación de este orden jurisdiccional. Pero ese trabajo, que venía hecho, no ha servido para orientar de modo se-mejante la tramitación de otros proyectos legislativos, algunos de tal envergadura como la Ley de Enjuiciamiento Civil,que nace con el lastre que supuso el rechazo inicial de todos los colectivos afectados, y que, pese a su importancia, si-gue cuestionándose por grupos parlamentarios y colectivos profesionales.

    La herencia de Margarita Mariscal de Gante y del equipo de jueces que ha dirigido el Ministerio de Justicia es tremen-da: al margen de la pésima sensación que tienen los ciudadanos de la justicia, no hay relaciones con el CGPJ, cuyo pre-sidente tiene que recurrir directamente a la Moncloa para dialogar con el gobierno; la carrera judicial es ignorada, pese aque se ha mostrado favorable a la revisión de sus condiciones de trabajo, generando un serio conflicto aún por resolvery no ha habido, en todo este tiempo, una sola iniciativa política de interés.

    La responsabilidad de esta triste imagen se endosa, sin rubor alguno, a otros responsables, en especial el CGPJ, pesea los medios personales, la capacidad presupuestaria, la iniciativa legislativa y la responsabilidad política residen en elgobierno.

    Con todo, lo más preocupante es que, tras estos cuatro años, el Ministerio de Justicia ha perdido un peso político fun-damental. Se le comenzó privando de la política penitenciaria, y jamás ha sido capaz de conseguir arrimar el ascua a susardina en los diversos proyectos de ley que se han tramitado, en los que la lógica del Ministerio del Interior y de la po-lítica más conservadora del Partido Popular ha acabado imponiéndose. El clamoroso silencio de justicia, durante la tra-mitación de la Ley de Extranjería, es la guinda que corona cuatro años de omisiones y equivocaciones.

    SUMARIO

    ACTIVIDADES 2 BOLETIN INFORMATIVO............................... .................ACTUALIDAD ..... .. ......... ...... ...... ................. 3 JIJE(E§~~DEl10(RA(IAOPINION ........ ....................... ............ " ........... 5NEGOCIACION ...... " ...... ... ............. .. .......... 6 Redacción: Secretariado de Jueces para la Democracia

    Director: Edmundo Rodríguez AchúteguiDEBATE ....... " . ................ ...... ........ ............... 7 Coordinación: José Rivas EstebanXIV CONGRESO JpD ............... ...... ... ............ 8 Núñez Morgado, 3 - 4.º B - 28036 Madrid

    Correo electrónico: [email protected] JUDICIAL ................. ............ ......... 10 Fotocomposición: AMORETTIS.F., S.L.INTERNACIONAL 13 Imprime: IMPRESIONAMORETTI,S.L.................................... ........ Depósito Legal: M.21.194-I990DEBATE .................................................... .... 15

    mailto:[email protected]

  • ACTIVIDADES______________1_

    ---------------------------------------------.-JORNADAS SOBRE LA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL----------------------------------------------------.-

    Organizadas por Jueces parala Democracia, la FundaciónAntonio Carretero y el Centrode Estudios Adams, los pasados7 y 14 de octubre tuvieron lugaren Madrid y Barcelona dos jor-nadas de estudio de los proble-mas prácticos que genera lanueva regulación de la Ley dePropiedad Horizontal, tras la re-ciente reforma sufrida por laley.

    Las jornadas se dirigían a to-dos los profesionales que se ve-rán afectados en su quehacerdiario, y contaron con la pre-sentación en Madrid de la ma-gistrada de la Audiencia de Ma-drid, Ana Ferrer, y el presidentedel TSJ de Cataluna, Guillem Vi-dal, en Barcelona.

    Comenzaron con una vi-siÓn general de las "Líneasfundamentales de la reforma",a cargo del magistrado del Tri-bunal Supremo Alfonso Villa-

    gómez Rodil, y del juez de 1.ªInstancia de Barcelona Ernes-to Casado. Seguidamente seabordÓ la ponencia "Aspectosprácticos de la organizaciÓn yfuncionamiento de las comu-nidades de propietarios", por

    Ana Canto, magistrada de 1."Instancia de Ávila y Luis MariaPrieto, de Cerdanyola del Va-llés.

    También fue estudiado elnuevo régimen de impugna-ciÓn de los acuerdos de las co-

    munidades y, fundamen-talmente, el proceso "monito-rio" de reclamación de cuotas,por Amparo Delgado, magistra-da de 1.ª Instancia en Madrid yJoan Cremades, de la Audien-cia Provincial de Barcelona.Por Último, las comunidadescomplejas, urhanizaci(lnes ymultipropiedad, por Carlos Mi-guélez y Nuria Barriga, juecesde 1Y Instancia de León y Bar-celona.

    Ambas jornadas concluyeroncon una mesa redonda sobrelos prohlemas pdctico~ de laaplicación de la ley en sus pri-meros meses de vigencia, mo-deradas por el magistrado de laAudiencia Provincial de Ma-drid. José Vicente Zapatero y eldecano de Barcelona, ,JoaquínBayo. al que asistieron repre-sentantes de los administrado-res de fincas, API, abogados yprocurad{)res.

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    en AudienciasProvinciales.- Sentenciasde TribunalesSuperioresde Justi-

    cia al conocerdel Recursode Apelación,- Sentenciasdel Tribunal Supremo al conocer

    del Recursode Casación,

    Autor: Antonio M.a Lorca Navarrete

    NOVEDADESJURíDICAS

    2000IlER¡':t:H()

    pt.:NrrEM'IARIO yPRIVAl'ION DE

    U8t:RTA()

    Laobraanalizaen suintegridad,desdelaperspectivajuridica, el sistemapenitenciariovigente,Partiendode lasnormasqueregulan«lo carcelario», se revisadespuéselrepartodecompetencia~entretalAdminis-tracióny laJurisdicciónespecializadaencargadadesucontrol,el Juez de Vigilancia Penítenciaria. Seestu-dia,además,el itinerarioquesigueelprivadodeliber-taddesdesuingresoenprisiónhastalaexcarcelación.Pretendetambiénofrecerallectorsoluciones técnícasa los múltiples problemas que plantea la actual re-gu\ación, netamente insuficiente. Noseelude,enfin.opinión,comprometidaalguna.

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    2

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  • ---------ACTUALIDAD

    EL TEXTO CONSENSUADO DE LA LEY DE EXTRANJERÍA ESFINALMENTE APROBADO

    Los defensores de los dere-chos de los ciudadanos han ga-nado, finalmente, la hatalla par-lamentaria librada durante latramitaciÓn de la Ley de Extran-jería, que viene a sustituir a laley de 1 de julio de 19H5. Trasun esfuerzo de integraciÓn yconsenso, todos los GruposParlamentarios hahían aproha-do un proyecto que era fruto dedieciocho meses de discusio-nes, trabajos y acuerdos en lacomisiÓn y pleno del Congreso.

    El Ministerio del Interior ylos sectores más conservadoresdel gobierno y el Partido Popu-lar, intentaron endurecer sustérminos, rompiendo el con-senso político que se hahía al-canzado, e instaron la reformadel texto en su tramitaciÓn en elSenado.

    El Secretariado de JpD hadenunciado en varias ocasio-nes esos intentos de acahar con

    el amplio acuerdo social y polí-tico que se había generado du-rante la tramitaciÓn en el Con-greso de los Diputados,insistiendo ante la opiniÓn pÚ-hlica que la excusa de losacuerdos de Tampere no justifi-caha las regresivas intencionesdel gohierno.

    ValorÓJueces para la Demo-cracia, en medio de la batallapolítica que ha movilizado a

    numerosos grupos sociales,que se pretendía la "modifica-ciÓn de aspectos sociales dirigi-dos a conseguir el derecho deintegraciÓn de los inmigrantes.frustrando las expectativas demillones de ciudadanos de estepaís favorahles a que se modifi-que el actual marco legislativo".

    Junto con otras asociacionesprogresistas, Jueces para la De-mocracia ha pretendido la susti-tuciÓn de una política policialde represion por otra políticade respeto, integración social yreconocimiento de los dere-chos plenos de los emigrantes.

    RESPETO A DERECHOSHUMANOS

    Porque, como se indicaha enuno de los comunicados, "laadopciÓn de comportamientosrepresivos contra personas cu-

    yo Único delito consiste en huirde la miseria y de la des( )laciÓnexistente en sus países de ori-gen, afecta de lleno a I()s dere-chos humanos de las personassin distinci{¡n de raza y naciona-lidad".

    Igualmente. Jueces ¡Xlra laDemocracia ha denunciado queestos emigrantes "se ven obliga-dos a esperar largos períodosde tiempo para saber si se lesabren o no las puel1as de la zo-na geográficamente prÓsperadel Viejo Continente" y que lajustificaciÓn que se ha dadodesde el gobierno, para que-brar el consenso alcanzado.contribuye a potenciar actitu-des racistas y xenófobas.

    La desestimaciÓn de las en-miendas introducidas en elCongreso supone, a juicio delSecretariado de JpD, una victo-ria de los dem{¡cratas y de la to-lerancia.

    nOViembre/19~

    INFORMACION y DEBATE

    E. Maia Costa, La crisis de la justicia. R. Blázquez Martín-E. Rodríguez Achútegui, La reforma procesal de la Ley depropiedad horizontal. E. Gimbernat Ordeig, La contrarre ..forma penal de 1995. R. Mestre, ¿Por qué las inmigrantesno trabajan? R. García Manrique, Democracia mínima ytránsito al socialismo en Bobbio. 1. Ufante Vidal, Dworkin:la reconstrucción del derecho a partir de casos. J. M. Orte-ga Lorente, El secreto profesional del médico. A. GarcíaFigueroa, De lo que el derecho dice a los jueces. M. Ca-rrillo, La eficacia de los derechos sociales. M. LarrosaAmante, El incidente de nulidad de actuaciones. L. Ferra-joli, Una derrota del derecho, la moral y la política.

    36

    Por haber asistido profesio- rianos, fueron puestos en li-nalmente a un paciente bertad. Personas como túacusado de pertenecer a un hacen posible que la defensagrupo armado, dos médicos de los derechos humanos no seaperuanos fueron condenados una utopía, sino una realidad.a 22 años, acusados de delitos AmnistíaInternacional permitede terrorismo. Gracias a la que tu voz se oiga. Que tulabor de un vigilante de obras, esfuerzo sea útil. Hazte socioun pediatra, amas de casa y y colabora con tu aportaciónprofesores, todos ellos astu- económica o tu trabajo.

    : -~- ~-~~ -ie-A;;;~~-~;;~~I~-"¡ -A-- --1" "t: - S~3--w: por faIor et1\Iíeme más información,

  • _________ ACTUALIDAD --------- 1---------------------------------------- 1-

    DEMERITO JUDICIALSecretariado JPD

    Recientemente el CGPJ hadesignado varios miembros delTribunal Supremo, apartando acandidatos de sobrada compe-tencia profesional, sin motivar oexplicar las razones por las queunos candidatos son preferidosa otros, a pesar de la notoria di-ferencia de sus curriculums y ex-periencia jurisdiccional.

    El Secretariado de Jueces pa-ra la Democracia, a la vista deinformaciones luego urgente-mente desmentidas, quiso ha-cer pública su preocupaciónpor la forma y contenido de loscriterios utilizados por un sec-tor de Vocales del CGPJ para elnombramiento de esas cuatrovacantes del Tribunal Supremoen la reunión del Pleno del 15de diciembre.

    Mediante un comunicadoque se difundió el 16 de di-ciembre, se hacía constar quese consideraba "que se han ig-

    norado los criterios de la políti-ca de promociÓn judicial, queno son otros que los de idonei-dad, capacidad profesional yexperiencia técnico-jurídica delos candidatos".

    Se ha denunciado que, conla finalidad de rechazar en blo-que a los magistrados de perfilprogresista, algunos pertene-cientes a esta asociaciÓn, se haprimado el sectarismo parti-dista, ajeno por definición alos méritos y trayectoria d~los aspirantes.

    El Secretariado de JpD hadestacado un caso particular, eldel magistrado Perfecto AndrésIbáñez, de reconocido prestigioprofesional, respecto del queha existido un patente veto po-lítico, debido a motivos extra-ños y ajenos al propio CGPJ. Elveto ha sido ejercido por unsector de Vocales "progresis-tas", que se alejan así de los cri-

    terios de imparcialidad y objeti-vidad que les son exigibles porel cargo que desempeñan.

    MOTIVACIÓN DE LOSNOMBRAMIENTOS

    Jueces para la Democraciadesde hace tiempo viene re-clamando, y ha de insistir denuevo, en la necesidad de queel CGPJmotive de forma ra-•zonada los nombramientosque efectúa, a nn de que seconozcan con transparencialos criterios de mérito y ca-pacidad de los candidatoselegidos, único mecanismodel control de legalidady ob-jetividad de dichos nombra-mientos. Ello habría evitadosituaciones como la que hoydebemos soportar.

    Es opiniÓn del Secretariadode Jueces para la Democracia,

    que de esta forma se contribuyea deslegitimar el órgano de go-bierno de uno de los poderesdel Estado, contribuyendo alcreciente descrédito de la Justi-cia ante la ciudadanía.

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  • -----------OPINION

    JUSTICIA y n• AMBIENTEXavier Pastor, director ejecutivo Greenpeace España

    La Constitución de 1978,en su artículo 45, dio carta denaturaleza al derecho al medioambiente. Desde las Organiza-ciones (ONG) dedicadas a ladefensa del medio ambiente,vimos en ello cómo se añadíauna nueva posibilidad para laconsecución de nuestros fines.A veinte años vista y desde laóptica de Greenpeace, consi-deramos que esa expectativano ha dado todos los frutos quenosotros hubiéramos deseado.

    En primer lugar y desde elpunto de vista de la política am-biental, en aquella época hubie-ra tenido sentido la creación delMinisterio de Medio Ambientepara desarrollar e impulsar laevolución legislativa de la nor-mativa ambiental, adaptándolaal marco constitucional y crean-do los cauces adecuados para suposterior trdspaso a las Comuni-dades Autónomas de las compe-tencias en la materia, reservandoal Estado Central la coordinaciónen aspectos tan complejos comolos espacios naturdles situadosen varias Comunidades AutÓno-mas y evitando situaciones comola producida en su día en el Par-que de Aigiies Tortes en Catalu-ña, donde convivían dos admi-nistraciones superpuestas, laestatal y la autonómica.

    La ocasión se perdió y la crea-ción en esta última legislaturd delMIMAM ha supuesto un retroce-so evidente en la materia am-biental, al haber antepuestosiempre la defensa de otros inte-reses a los que su propio nombreindicaba (recuérdese el bochor-noso caso de la contaminaciónen el Parque de Doñana, o la po-lítica hidráulica, ignorando lasSentencias dictadas en el asuntodel Pantano de Itoiz, entre otros),por no citar el incesante desfilede cargos nombrados, cesados odimitidos. En suma, una oportu-nidad perdida y un retroceso enese espíritu que infoffila el artícu-lo 45 de la Constitución.

    CIRCULARESPERANZADORA

    Centrándonos en el aspectode la Administración de Justi-

    cia, el Ministerio Fiscal llevÓ acabo en su día la Circular1/1990 "sobre Contribución delMinisterio Fiscal a la Investiga-ción y Persecución de los Deli-tos Ambientales". Parecía quese abría en aquel momento unalínea de trabajo interesante yen la que incluso se hacía re-ferencia a la colaboración delos grupos ecologistas 1, Y lacreación de algunas FiscalíasAmbientales (fundamen-talmente en la costa mediterrá-nea), dio lugar a que ese meca-nismo hubiera de ser laesperanza, como la misma Cir-cular indicaba, el que iba a eli-minar "el sentimiento de im-punidad muy generalizadoque late aún en las agresio-nes al medio ambiente...".

    Esto no fue así, la excepción

    Xavier Pastor

    confirmó la norma, y la aplica-ción de la Circular 1/90 no sellevó a cabo de forma eficaz.Viene al caso recordar la actua-ción en la contaminación en elParque de Doñana, en la queen vez de impulsar la investi-gación (Greenpeace solicitóal Consejo General del PoderJudicial el nombramiento deun Juez Especial), la Fiscalíatuvo una actuación cuandoménos desafortunada' en loque hubiera sido un ejemplo aseguir al haber impulsado la

    investigación del mayor desas-tre ambiental que ha afectado anuestro país en los últimosaños.

    Ni qué decir tiene que a pe-sar de todo ello Greenpeaceha seguido luchando por mate-rializar la defensa del derechoal medio ambiente ante los Tri-bunales. Así, por primera vezen España, una industria pape-lera veía suspendida su auto-rización de vertido y la cons-trucción de un nuevo emisarioal Río Ebro por las Medidascautelares formuladas porGreenpeace en un recursoCon tencioso- Administra ti vo.Resolución posteriormenteconfirmada por el Tribunal Su-premo'

    Siempre hemos oído decir"que la realidad social va pordelante del legislador". Green-peace tiene buena muestra deello. En materia de pesca, las re-des de deriva, auténticas "corti-nas de la muerte", esquilmado-ras de la fauna marina, seencuentran prohibidas en la ac-tualidad. Para llegar hasta esemomento, han tenido que pro-ducirse hechos diversos paraque nuestros legisladores tuvie-ran conciencia de tan graveproblema ambiental.

    PASIVIDAD DE lAADMINISTRACION

    Greenpeace participó, contodos los medios a su alcance,hasta que se logró la prohibi-ción de las redes de deriva.Manifestaciones, escritos y de-nuncias ante todas las instan-cias administrativas, poniendode manifiesto la pasividad delas Administraciones que noatendían las reiteradas quejasante toda clase de instanciassobre la práctica irregular de lapesca utilizando de forma ha-bitual los pesque ros artesprohibidas.

    Con ocasión de la localiza-ción de un pesquero que utili-zaba redes de deriva por unbarco de Greenpeace, se pre-tendió atrapar la red para mos-trarla a las autoridades comoprueba del incumplimiento de

    la legislación vigente. Esta si-tuación dio lugar a que alfirmante se le instruyera unproceso penal para posterior-mente ser condenado, en unprimer momento como autorde un delito de daños '. Poste-riormente, en virtud del Recur-so de Apelaci6n formulado, lacondena lo fue por un delitode coacciones'. en ambos ca-sos, con la concurrencia de lacircunstancia incompleta deestado de necesidad atenuante ",al entender el Tribunal que co-mo miembro de una organiza-ción ecologista y en ejerciciode la solidaridad colectiva parala defensa del medio ambiente,conforme al artículo 45.2 CE,era razonable la oposici6n a lapráctica que suponia la pescacon ese tipo de red prohibida.

    Señalar a modo de conclu-sión que para Greenpeace elderecho al medio ambientl.: noes sÓlo un principio informa-dor, sino que hemos dadomuestras de que debería consi-derarse un derecho fundamen-tal y por ello seguiremos lu-chando.

    I Tampoco debe desecharsecomo forma de contacto con larealidad medioambiental, la po-sibilidad de recepciÓn, de de-nuncias a tmvés de autoridadeslocales, grupos ecológicos...

    2 ElFiscalGeneml del Estado,jesús Cardenal, aseguró ayerque la catástrofe de Doñana hapuesto de manifiesto"laexisten-cia de un vacío legal en la legis-lación medioambiental".

    'Auto 15-01-96,Tribunal Su-perior de justicia de Aragón, Sa-Ja de lo Contencioso-Adminis-trativo, Sección Primera. AutoTribunal Supremo 30-04-98, SalaTercem, SecciónTercera.

    4 juzgado de lo Penal nQ UNOde Algeciras,Sentencia de 1 dejunio de 1998.

    5 Audiencia Provincialde Cá-diz, Sección Cuarta, Sentenciade 26 de octubre de 1998.

    6 juzgado de lo Penal nQ UNOde Algecims,Sentencia de 1 dejunio de 1998.

  • NEGOCIACION______________ 1_

    NUEVOS COMPROMISOS DEL MINISTERIO DEJUSTICIA

    Secretariado JPD------------------------------------------------ 1-

    Como se recordará, las Úl-timas incidencias de la nego-ciaciÓn sohre la reforma de lajusticia vinieron determinadaspor la concentraciÓn de altoscargos de! poder judicial, quelas asociaciones hahían con-vocado para e! pasado IR dediciemhre, en la sede delCGPj, con la finalidad de de-fender el servicio pÚhlico judi-cial y las reformas de! LibroBlanco.

    El propio CGPj había he-cho un llamamiento al Ministe-rio de justicia, apoyando lasreivindicaciones de las aso-ciaciones, para que aceptasecontinuar la negociaciÓn, que

    hahía roto al negarse e! ejecu-tivo a cualquier tipo de conce-siÓn.

    INFORMACIÓN AMIEMBROS DE OTRASASOCIACIONES

    El compromiso era que ca-da asociaciÓn informaría a susasociados presidentes de TSj,Audiencia y decanos, lo que seatendiÓ en e! caso de jueces pa-ra la Democracia, que, sin em-bargo, huho de explicar a mu-chos de ellos, pertenecientes aotras asociaciones, la existenciamisma y la finalidad de la con-vocatoria.

    A pesar de la desinforma-ciÓn de algunas asociacionesjudiciales a sus propios inte-grantes, finalmente la ministrade justicia atendiÓ a razones, yal reahrirse la negociaci{lll, talmedida ha quedado posterga-da.

    PROMETEN AClJERDOSANTES DEL 29 DEFEBRERO

    En la Última reun!on, cele-hrada a primeros de enero, seha entrado en la negociaciÓn deuna Ley de Retribuciones, com-prometiéndose pÚhlicamente elMinisterio de justicia a un

    acuerdo con las asociacionesjudiciales, antes del 29 de fehre-ro prÓximo.

    Nuestra voluntad es nego-ciar todos los conceptos retri-hutivos, con los efectos tempo-rales que habían pactado lasasociaciones, concretando laatribuci{lll econ{1ll1ÍCaque pre-supuestariamente precisarían.

    Esperamos que, al menoseste Último compromiso del Mi-nisterio, sea cumplido. Es la Úl-tima oportunidad de nuestroscompaneros de carrera, que di-rigen el actual equipo ministe-rial, para cumplir alguna de suspromesas.

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    6

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  • ----------- DEBATE

    LA SALUD MENTAI~DE LOS JUEC~SO LA HERRAMIENTA DE LA RAZON

    BOllifacio de la Cuadra, Periodista

    El director de este Boletín mepide una reflexiÓn específica so-bre d tema al que dediqué un ar-tín¡]o en El País (La salud men-tal de los jueces, publicado e!ll-H-99) Y al que me remito parano ser repetitivo en demasía. Elobjeto de estas líneas es tratar deexplicar a jueces progresistas, en-tre algunos de los cuales mi artí-culo ha sido interpretado comoun ataque a la jurisdicciÓn -aun-que ninguno lo ha objetado enpÚblico, que yo sepa- d alcan-ce de mis consideraciones, queno considerandos, en torno a lanecesidad de mantener en buenuso la principal herramienta detrabajo dd juez: la razÓn.

    Para quienes no tengan a lavista e! texto, lo resumo breve-mente. Trataba de divulgar unapreocupación compartida por al-gunos estudiosos de la jurisdic-ciÓn y varios miembros del Órga-no de gobierno de los jueces, ylo hacía desde dos parámetrosconstitucionales de singular rele-vancia para merecer e! interéspÚblico respecto al funciona-miento de la mente de quienesson titulares del poder judicial.

    Uno de esos parámetros es elmandato constitucional de quelas resoluciones judiciales seanmotivadas, esto es, fntto de untrabajo mental de razonamiento,y e! otro es la inamovilidad dejueces y magistrados, necesariocorrdato de su independencia,que justifica una especial aten-ción a la permanente capacidadde raciocinio. A diferencia de lospolíticos o de otros profesiona-les, los votos del electorado o lavoluntad contractual no puedencorregir la actividad mentalmen-te anómala de los jueces, sinointrincados procesos de incapa-citación, en los que la saludmental viene siendo evaluadadesde criterios generales, no "enrelaciÓn con la función jurisdíc-cional", como propone el LibroBlanco de la Justicia, elaboradopor e! Consejo General del Po-der Judicial (CGPJ).

    REVISIONES PERIÓDICAS

    Para asegurar un buen funcio-namiento de la esencial herra-mienta judicial de la razón yo

    proponía revIsiones periódicas yreflejaba las cautelas que se to-man en algunos países de laUnión Europea, especialmenteen Holancla, para e! ingreso en lacarrera judicial de juristas demente sana. no sólo memoriones.

    Ll intervenciÓn de! psicólogoy la aplicación de técnicas psíqui-cas en el proceso de selección delos jueces, como se hace en Fran-cia, Portugal, Grecia y, sobre to-do, en Holanda, me parece ade-cuada y signifka un gran avancesi se compara con la situaciÓn es-pañola, pero no la creo suficien-te. Puede servir para detectaranomalías y aÚn para entrenar enel adecuado uso de la razón a loscandidatos a jueces, durante lafase de formación.

    Por lo demás, las conductasjudiciales irracional es exagerada-mente excéntricas tienen posibi-lidades de ser corregidas o impe-didas mediante el difícil procesode incapacitación de! juez. Loque suscita mí mayor preocupa-ción, y de ahí que proponga la

    revlslon periódica general decuantos ejercen jurisdicción, sonlas actuaciones judiciales quecumplen los formalismos exter-nos y se realizan con díscreción,sin alarmas exteriores, "pero queen realidad --escribía yo-- res-ponden a una anomalía mentalque requiere un tratamiento mé-dico y, mientras tanto, e! inme-diato apartamiento de la funciónde juzgar". Porque esas decisio-nes aparentemente correctas, pe-ro fnttos de una mente enferma,pueden hacer mucho daño a laciudadanía.

    Detectar tales anomalías sólopuede hacerse, en evitación deuna investigación selectiva entan delicada matería, medianteuna revisiÓn periódica general,capaz de auscultar el funciona-

    miento de la mente en tanto queherramienta esencial de! juez. Y,ante diagnósticos fundados depatologías, no hay que dramati-zar. sino someterse a una tera-pia, en el mejor de los casos, oen el peor, lamentar e! infortu-nio de una dolencia que apartaal enfermo de la funciÓn juris-diccional, pero evita e! perjuiciogeneral que, desde el poder de!juez, podría producir su averia-da capacidad de raciocinio.

    HEVISIONES CONNATl 'RAUDAD

    El presidente del CGPJ y delTribunal Supremo, Javier Delga-do Barrio, concibe con naturali-dad esa revisiÓn periódica. SegÚnme ha confesado. cuando se con-virtiera en un uso habitual que,cada determinado tiempo, su se-cretaria le avisara que le corres-pondía examen psíquico, recibi-ría el mensaje de modo similar acuando, actualmente. le comuni-ca una cita con e! dentista.

    En cambio, desde la derechajudicial más representativa, JoséLuis Requero CAbe, 30-9-9

  • -----------------------XIV CONtLOS JUECES TIENEN LEGITIMIDAD

    PARA ACUDIR A LA HUELGA

    CURSO DE PREPARACION PARAEL ACCESO A LA CARRERRA JUDICIAL

    POR EL CUARTO TURNO

    Las clases son los jueves, de 18 a 22 horas. Paramás información:

    Escuela Permanentede Jueces

    para laDemocracia

    ••ANTONIO CARRETERO ••

    RECURSOSDURANTE LAINSTRUCCIÓNANTEELTSJ

    Alfonso Ballestín y Fer-nando Zubiri, de la SecciónTerritorial de Aragón, pre-sentaron una comunicaciónproponiendo la modenliza-ción del sistema de recursosdurante la instrucción. Ponede manifiesto el problemade que gran número de Au-díencias Provinciales seconstituyen con sección úni-ca, de modo que pueden serlos propios magistrados quehan de fallar el proceso enjuicio oral, los compewntespara resolver estos recursos.

    Autos esenciales, comolos de procesamiento, pri-sión, continuación del trá-mite conforme 789.5 de laLECRIMy otros de medidascautelares, suponen un co-nocimiento previo delasunto que puede producirla pérdida de imparcialidadobjetiva cuando luego hayade conocerse la causa, puespueden inducir a validar lasmedidas cautelares acor-dadas por el instructor y ra-tificadas por la sección.

    En algunas audiencias secruza la competencia porsecciones para evitado, peroni esta solución se generali-za, ni la vía del reparto pare-ce la más adecuada para re-solver tan delicada cuestión.

    La comunicación propu-so como solución beber delmodelo francés, en el quelas resoluciones del Juged'instrnction son recurri-bles ante la Chambre d'a-cussation, órgano que lue-go no enjuicia. En nuestropaís esta competencia po-dría encomendarse a las Sa-las de lo Civil y Penal de losTribunales Superiores deJusticia, con lo que se daríapleno sentido a la previsióndel arto 73.3. c) de la LOPJ,que les atribuye "el conoci-miento de los recursos deapelación en los casos pre-vistos en las leyes".

    También a propuesta de laComisión de lo Social se de-nunció el mayor protagonismoque se está concediendo a lasMutuas de Accidentes de Tra-bajo, en detrimento de la Segu-ridad Social, que supone unamerma de los derechos de lostrabajadores, que en ocasionescrea auténticas situaciones dedesprqtección, en función decriterios puramente economi-cistas.

    Por último, se rechazó la ne-gativa de la mayoría parlamen-taria a tramitar la iniciativa le-gislativa, avalada por más desetecientas mil firmas de ciu-dadanos, que pretendía la ela-boración de una Ley de reduc-ción de la jornada laboral a 35horas semanales.

    DETRIMENTOSEGURIDAD SOCIAL

    Europea con mayor siniestrali-dad laboral.

    Fundación Antonio CarreteroNúñez Morgado, 3, 4.º B28036 MadridTels.: 91 314 1964 Y314 03 38Fax: 91 314 27 52

    La Fundación "Antonio Carretero" cuenta conun programa propio de preparaciÓn para el accesoa la carrera judicial por el cuarto turno, que recogeesencialmente temas de Derecho Penal, Constitu-cional y Comunitario, Derecho Civil y Procesal Ci-vil. Diseñado atendiendo a la entrevista que debenpasar los aspirantes, intervienen jueces y magistra-dos especialistas en cada una de las jurisdicciones.Se pone especial énfasis en la participación de losalumnos, que deben contestar a las distintas cues-tiones que se les plantean, del mismo modo queharán en la entrevista.

    gociación retributiva, fue some-tida al Congreso una cuestiónde confianza de la política reali-zada pasta ese momento, quefue aprobada por 69 votos a fa-vor, ninguno en contra y 16abstenciones.

    Al mismo tiempo se acordóseguir reclamando en las nego-ciaciones en curso, una profun-da reforma de la administraciónde justicia, aplicando las refor-mas que sugiere el Libro Blan-co, la adecuación de la plantajudicial y unos módulos de tra-bajo razonables.

    Otras resoluciones del Con-greso instaban la urgente trami-tación de la Ley del Menor, quefinalmente ha sido aprobada enesta legislatura, la dimisión dela ministra de Justicia, y unamayor intervención del Ministe-rio Fiscal en defensa de los de-rechos de los trabajadores, yaque los delitos previstos en elCódigo en esta materia prácti-camente no se aplican, cuandoEspaña es el país de la Unión

    Cursos de preparaciónpara las oposiciones

    e ingreso en la judicatura,tanto turno libre

    como 3.' y 4.'

    Información de 5 a 8 en el (91) 31419 64

    RATIFICADA LA GESTIÓN

    Ciento treinta asociados deJueces para la Democracia par-ticiparon en su XIV Congreso,celebrado los días 11 y 12 denoviembre de 1999 en San Lo-renzo del El Escorial (Madrid),bajo el lema "El proceso Penal".

    Entre sus conclusiones des-taca la tomada a iniciativa de laComisión de lo Social, en la quese reitera la posición que la aso-ciación ha venido mantenien-do, y que ha aprobado en di-versas ocasiones, reafirmandola legitimidad constitucional yde legalidad ordinaria, del ejer-cicio del derecho de huelga porparte de jueces y magistrados.

    En la resolución se afmna quela Constintción únicamente prohi-be la afiliación política y sindical,sin que quepa hacer una lecturaexten

  • iRESOJpD

    lA NECESARIA REFORMADEL PROCESO PENAL

    San Lorenzo de El Escorial. 1999

    El estudio destaca el papelesencial del Magistrado-Presi-dente, que ha de velar porqueel impulso democrCltico que re-presenta el jurado no empaileotros logros democráticos deespecial trascendencia, como lapresunción de inocencia, elprincipio de legalidad y el desa-rrollo de la dogmática penal.

    También alaba la exigencia demotivación, pero, analizando lasresoluciones de los TSJ, conside-ra que no es aceptable que se de-mande a los jurados el mismo ni-vel de motivación que se exige alos jueces profesionales y, enocasiones, incluso un nivel supe-rior, de modo que algunas sen-tencias anulatorias han tratado aljurado con un rigor excesivo.

    La ponencia reclama un esfuer-zo complementario de retlexi6n yformaci6n cuyo impulso COITes-ponde, en primer lugar. al C:GI~J,yen el que también pueden tenerun papel destacado las asociacio-nes judiciales. Y se considera quela institución se este!asentando, yha dejado, felizmente, de ser noti-cia por su novedad, para fonnarparte del quehacer diario de la Ad-ministración de Justicia.

    FORMACIÓN DELPRESIDENTE

    diencias en el decenio 1982-92,segÚn la Estadística Judicial.

    Ante la generalizaci6n del usode diligencias previas, se propu-so la supresi6n de la rderencia"previa verificación de su verosi-militud", y se criticó la tendenciaa agotar la instrucción, propicia-da por todas las pa!tes que inter-vienen en el proceso, de formaque se reiteran declaracionestestificales, documentales, peri-cias contradictorias ..

    También se constat6 una ciertatendencia a la "huida del jurado",que en la práctica provoca la des-penalización de algunos delitos,como el allanamiento de morada.y se pusieron de relieve otros pro-blemas, como los que geneI:m laconexidad, la redacción del obje-to del veredicto, las instnJCci

  • ESCUELA

    ------------------------------------------------------ ..-...•ENTREVISTA A CARLOS GOMEZ

    Director de la Escuela .Judicial-------- .1-"En ningún país europeo la prueba de acceso ti la carrera jlldicillllielle 1111

    carácter tall tnemoríslico COIIIO ell Espalla"

    Carlos Gómez Martínez, 43 aflos,ingresó en la carrera judicial en

    1982.Ha sido juez en SantaCo1omade Farners (Girana),

    Juez de Instrucción en Barcelonay Palma, Y presidente de la

    Sección 36 de la Audiencia deBaleares. Además es Diplomadoen Sodologia Politica del Centro

    de Estudios Constitucionales.Es miembro de Jueces para la

    Democracia.

    Pregunta.- Como directordel Centro de Estudios Judicia-les, ¿cuál es el modelo de juezpor el que debe apostarse?

    Respuesta.- El modelo dejuez por el que dehe apostar laEscuela Judicial es el de la Cons-tituciÓn. La complejidad de lafunciÓn de juzgar radica en que,con arreglo a los arts. 117, 9.3 Y24 del texto fundamental, eljuez se ve obligado a desempe-ñar simultáneamente papelesque responden a exigencia apa-rentemente opuestas. Debe serindependiente pero tambiénresponsable, imparcial pero hu-mano, debe adaptar la generali-dad de la ley a la singularidaddel caso, forma parte de un po-der del Estado pero, a la vez, tie-ne que prestar un servicio alciudadano, Esta bipolaridad ha-lla su reflejo en la formación: eljuez debe ser un buen técnicodel derecho, pero no puede ol-vidarse de la innecesaria dimen-sión humanística de su forma-ción, su cultura jurídica defondo, la reflexiÓn sobre la tras-cendencia social de su funciÓn.

    P.- ¿Tu nombramiento su-pondrá una nueva orientaciónen la actividad del centro?

    10

    R.- Creo que lo que es real-mente nuevo es que exista unaEscuela Judicial como centro deformación inicial y selecciÓn dejueces lo que, como es sabido,es fruto de la reforma operadaen la ley orgánica por la ley de Hde noviemhre de 1994. Es estolo que supone un "camhio cul-tural": ahora para acceder a lacarrera judicial no es suficientecon aprohar las oposiciones. Esnecesario seguir una etapa for-mativa de dos años que, ade-más, es selectiva. En un pais co-mo el nuestro en el que lacultura de la oposiciém estáfuertemente arraiga, y en el queno existe tradiciÓn de grandesescuelas para acceder a la fun-ción pÚhlica (como ocurre enFrancia), la escuela Judicial de-be navegar, en cierta manera,contra corriente. La Escuela Ju-dicial se halla, ella misma, en"formaciÓn inicial" en plena fa-se de consolidaciÓn en la quelos ajustes y reajustes deben sercontinuos. Mi llegada a la direc-ciÓn del centro dehe ser enten-dida en este contexto.

    P.- Eres un gran conoce-dor de la "Escuela judicial"francesa. ¿Hay que aprenderalgo de ese modelo?

    R.- Es evidente que debe-mos aprender de la experienciade un centro que lleva cuarentaaños dedicada a la formaciÓn dejueces. Pero existen diferenciasentre nuestra Escuela Judicial yla Ecole Nationale de la Magis-trature, derivadas del distintoperfil del juez en los ordena-mientos jurídicos de uno y otropaís. En efecto, Francia viene deuna tradición constitucional deseparación de poderes en laque el juez es "la boca mudaque pronuncia las palabras de laley". Allí está más claro que eljuez presta un servicio púhlico.Aquí en Espaíla el juez es más"autoridad", Estas diferenciaspermiten, quizá, más flexihili-dad a la hora de diseílar activi-dades pedagÓgicas para el futu-ro juez. Por ejemplo, en Francialos alumnos de la ENM desem-

    peñan durante dos meses fun-ciones de abogado, incluso in-tervienen como tales ante lostribunales, trabajan corno edu-cadores en una prisiÓn o pres-tan un servicio de asesoramien-to jurídico al ciudadano. Estetipo de actividades tiene más di-fícil encaje en nuestro sistema.En cualquier caso, con lo queyo me quedaría del sistemafrancés es con los métodos quehan desarrollado para lo queantes denominábamos la forma-ción sohre la funciÓn social deljuez. Así es muy interesante eltalle sohre "el contexto socia\",en el que se analiza una situa-ciÓn antes y después de una de-cisiÓn judicial con un trahajo so-bre las repercusiones queaquella ha tenido sobre la vidade las personas, el que tiene portema "la familia", en el que serealiza un estudio sociolÓgicode la instituciÓn, o el del "juez yprensa", en el que conocidosperiodistas entrevistan a losalumnos sohre casos simulados.

    P.- El modelo memoristi-co para superar la oposición¿no debiera suponer que laformación de la escuela judi-cial ha de ser eminentemen-te práctica y muy cercana ala realidad social?

    R.- Nos hallamos en una si-tuación paradÓjica, en la que enel proceso de selecciÓn de losjueces se ha introducido un ele-mento nuevo, la fOnl1aciém ini-cial selectiva, y en camhio, no seha tocado otro que es funda-mental, el examen de ingreso. Escierto que, en la actualidad, laoposiciÓn garantiza Únicamentela adquisición de conocimientospuramente memorísticos y poreso mismo creo que deben intro-ducirse algunos cambios en ella,de manera que sea posihle vale)-rar otros factores. Citaré sola-mente el ejemplo de Holanda,donde los criterios para la selec-ción son la personalidad, las cua-lidades de carácter, las habilida-des intelectuales y de análisis, lapreparación jurídica, la actitudfrente al trabajo, la inmunidad

    ti'ente al estrl's, la capacidad decomunicaciÓn, la productividady la sociabilidad. Pero se:1 cualsea el car:lCter de la prueba deacceso, la Escuela Judicial debeproporcionar una l'nseÍlanzaeminentemente pr:lctica.

    P.- La dos últimas promo-ciones de jueces se quejande que casi la mitad de losprofesores de la escuela selimitan a dar lecciones ma-gistrales. ¿Esto no puede co-rregirse?

    R.-· Este año se han suprimi-do las asignaturas tradicionales"derecho civil", "derecho pe-nal", "derecho procesal", dc., yse han inSlaurado solamentetres áreas para la ensefunza 01'-

    "Me j!,ustaría que losalUlll110S,'i,'iesell su

    formaciÓIl illicial sillallsiedad. como ulla

    etajJaellriquecedorajJn~resiollal y

    bu malla mellte "~

    dinaria en la Escuela: la de Juz-gado de 1" Instancia, Juzgadode InstrucciÓn y Derecho Cons-titucional. Para las dos prime-ras, que son las que ocupan lamayor parte del tiempo de losalumnos, se ha adoptado, demodo general, la metodologíadel caso, de manera que a par-tir de expedientes y causas fo-tocopiados, se van suscitandolos temas de derecho sustantivoy procesal que más a menudose presentan en la práctica, in-cluyendo simulaciones de ac-tuaciones judiciales concretasen las que los alumnos asumenlos distintos roles (juez, secreta-rio, abogado, declarante ... ).Cada bloque temático terminacon la redacciÓn de una resolu-ciÓn que es corregida por elprofesor y discutida con el

  • JUDICIAL

    alumno. El área de DerechoConstitucional se centra en elestudio de los derechos funda-mentales, insuficientemente tra-tados en el programa de oposi-ciones, y cuyo conocimiento esindispensable para un juez ge-neralista como el que se formaen la Escuela.

    P.- y por primera vez hayaspirantes que han suspen-dido. Aunque tú eras casi unrecién llegado, ¿qué refle-xión te merece este hecho?

    R.- El hecho de que se pro-dujeran cuatro suspensos en laanterior promociÓn supuso laverificaciÓn de que el procesode selecciÓn no finaliza en lasoposiciones, lo que quiz;¡ ni losalumnos ni la carrera tenian inte-riorizado. No puedo ocultar quelos suspensos supusieron uncoste, un punto de inflexiÓn enla consolidación de la Escuelacomo centro de formaciÓn y se-lecciÓn. Hoy las reglas del juegoestán más claras. Se sabe quesiempre cabe la posibilidad desuspender, pero también que setrata de algo excepcional. Siem-pre decimos a los alumnos queel esfuerzo que se les pide en laEscuela no tiene comparaciÓncon el que han hecho para apro-bar las oposiciones y que lo quepretendemos es que, sin ansie-dad, realicen los trabajos que seles encargan y participen en lasactividades del centro.

    P.- Sabemos que en mu-chos juzgados donde se hacompletado la formación delos alumnos de la escuela,no se les ha permitido hacerjuicios, practicar pruebas,tomar declaraciones ... ¿Nopuede controlarse la selec-ción de tutores para evitaresta situación?

    R.- El problema quizá radi-que en la indefinición de la figu-ra del "juez adjunto". La Comi-sión de Escuela del CGPJ estáestudiando en la actualidad unborrador de este nuevo texto. Encualquier caso, la Escuela Judi-cial debe tener un contacto másestrecho con los jueces tutorespara explicarse qué objetivosformativos se pretenden en laetapa de juez adjunto. Para esoes muy importante crear una redde coordinadores de formacióninicial en todos los territorios,que sirvan de enlace y que nosayuden en la tarea de seleccio-nar casos prácticos de interéspara ser estudiados en la Escue-la. Estamos trabajando este tema

    con la Comisión PedagÓgica deFormación Inicial en la que, co-mo sabéis, se hallan representa-das las asociaciones judiciales.

    P.- ¿Cómo podría lograrseque los alumnos de la escue-la tuvieran mayor contactocon la realidad social en laque tendrán que trabajar?

    R.- Hemos diseñado una ac-tividad en la cual personas dedistintas asociaciones que hantenido relación la justicia (con-sumidores, mujeres separa-das .. .), exponen a los alumnoscual ha sido su experiencia yqué esperan del juez. Sobre es-te intercambio se realizan traba-jos en gnlpo. Además, existenestancias que ayudan a conocerel entorno del juez, en prisionesy policía, conferencias conaportaciones del mundo no ju-dicial y otras actividades comola del cine-forum.

    P.- Sabemos que es unacuestión que no está en tumano, pero ¿porqué se limi-tan las plazas que se ofertana los jueces que superan elcurso en la escuela?

    R.- Las plazas se limitan por-que es la Única manera de co-rregir el desequilibrio que seproduce, en la actual situaciónde falta de jueces, entre comu-nidades autónomas que pade-cen un déficit crÓnico de juecesy aquellas que siempre dispo-nen de un superávit de perso-nas que acceden a la carrera.No hará falta limitar las plazascuando se haya superado la ac-tual fase "desertización" a laque repetidamente se ha referi-do el Presidente del CGPJ,

    P.- Resúmenos los planesque barajáis para mejorar elfuturo del Centro de Estu-dios Judiciales.

    R.- Yo creo que la Escuela,en términos generales, estábien orientada, independiente-mente de todos los ajustes quetendremos que hacer, como entodo centro dedicado a una ta-rea educati va. Me gustaría quelos alumnos viviesen su forma-ción inicial sin ansiedad, comouna etapa enriquecedora profe-sional y humanamente. Es in-dispensable que la Escuela seconsolide, que sea conocida enla carrera judicial, que conte-mos con la participación de to-dos. Y necesitamos a las aso-ciaciones, especialmente en elámbito de la formación no jurí-dica del juez.

    UNA EXPERIENCIAEN lA ESCUElA

    JUDICIAL&)1:;a Villella Cortés. Juez de 1.!l Instancia

    e 11lsfntcciÓllTortosa (Tarra/!,ona)

    A peticiÓn de un compañero escriho esta.s palabras so-bre lo que ha supuesto de experiencia personal el paso porla Escuela Judicial, durante unos 15 meses. Palabras queademás de breves temo sean faltas de la necesaria ecuani-midad que da el paso del tiempo.

    La reforma operada en 1994 en la LOPJ ha querido su-poner, en el marco de la legalidad, una nlptura esencial conel sistema hasta entonces vigente de selecciÓn y formaci(lI1inicial de futuros jueces. Se introduce así, frente al métodoestricto de oposiciÓn, una etapa de Escuela Judicial. no yacomo mero instnlmento de formaciÓn, sino como segundafase selectiva. Esta innovación, que aproxima el marco le-gal a las experiencias de países como Francia o Italia, no SL'ha visto acompañada por un cambio de mentalidad ni enlos aspirantes a ingresar en la carrera ni por e! conjunto delos ya integrantes de ésta, factor que se ha reflejado pode-rosamente en el proceso de puesta en práctica de! nuevosistema, empañando sus resultados.

    Desde luego el nuevo método por el que opta el legisla-dor del año 1994 ha de suponer un av:mce irrenunciable.muestra del compromiso en la mejora de la formaciÓn delos miembros de la carrera judicial, con el esfuerzo social aello acompañado (de lo que habla un coste anual de cercade 1.000 millones), lo que no quiere significar que no exi.s-tan aspectos neta mente mejorables, en mi modesta opi-niÓn, Trataré de exponer analíticamente cada una de las fa-ses de la selección.

    CRITERIOS DISPERSOS

    En cuanto a la fase de oposiciÓn, los miembros de la 50promoción fueron los primeros en someterse tanto al nue-vo tipo de examen, consistente en dos pnlehas orales, conexposiciÓn de cinco temas en una hora y cuarto, cada una,con el acierto de reducir el período de tiempo entre e! pri-mer y el segundo ejercicio, así como de enfrentarse al nue-vo temario, que pasÓ de 298 a 340 temas, de redacci(lI1 másequilibrada que en el anterior programa. Estas mejoras sehan visto enturbiadas por la continuidad en la dispersiÓnde criterios evaluativos, al dividirse los opositores en 10 tri-bunales diferentes, con diferentes criterios de puntuaciÓn.Personalmente considero esta fase como imprescindible. afin de dotar al futuro juez de una sÓlida formaciÓn juridica,de un conocimiento sistemático del ordenamiento, y deuna visiÓn global de sus relaciones normativas.

    No ha sido tan beneficioso, estimo, el tratamiento dadoen la reforma de 1994 al llamado tercer turno. El resultadonormativo trata de compendiar las diferentes sensibilidadesen la materia existentes en la carrera, que en la práctica setraducen en posturas irreconciliables, terminando por dar ala regulación un perfil indeciso. Se restringiÓ de un tercio a

    (continÚa en pág 12J

    11

  • (viene de la pág 11)

    ESCUELA JUDICIAL___________1_

    ---------------------------------------------- 1-

    UNA EXPERIENCIA EN lA ESCUElA JUDICIAL---------------------------------------------- 1-

    un cuarto el número de plazasdestinadas al turno, y se pasóde un sistema de concurso cu-rricular a uno de concurso opo-sición, con 100 temas orales. Noes de recibo que los juristas dereconocido prestigio, si lo son,hayan de ser sometidos a unexamen de temas, cuya redac-ción es, además, bastante gene-ralista.

    En la práctica esta regula-ciÓn ha supuesto una desacti-vació n de esta forma de acceso(en las tres últimas oposicionesse cubrieron menos de la sextaparte de las plazas a ello reser-vada). Tras el retoque de 1994,el turno está más necesitado deuna reglamentaciÓn nueva,que opte sin reparo por algunade las dos opciones ideolÓgi-cas existentes, su supresiÓn osu instauraciÓn definitiva, dan-do coherencia a su tratamien-to.

    MEJORA LA FORMACIÓN

    En cuanto al período de es-tancia en la Escuela Judicial, de-ben distinguirse dos facetas bá-sicas, la de formación y la deselección. En cuanto la primerade las mismas, la mejora res-pecto a fases anteriores ha sidoevidente. Se realizó un loableesfuerzo en la elaboraciÓn deun plan decente, definidor delos objetivos a lograr, descri-biendo el método docente y loscriterios evaluativos, en conso-nancia con las pautas expresa-das en el Libro Blanco.

    Esta planificaciÓn comienzacon una fase de acogida, en laque debe disponerse al juez enprácticas para su activa partici-paciÓn en la formación, actitudque debe ser observada duran-te toda la Escuela, por profeso-res y magistrados tutores, faci-litando su integración en lacarrera, tratado como un com-pañero más, desde el princi-pio.

    Respecto al tratamiento delas materias jurídicas básicas,cuyo análisis pormenorizado

    12

    excedería de los límites del ar-tículo y de mi propia capacidadvalorativa, entiendo que se harealizado un gran esfuerzo pordotar a sus contenidos de lamayor practicidad posible. Qui-zá deberían integrarse las mate-rias de modo que se realice unavisión conjunta de derecho sus-tantivo y procesal de cada pro-blema, tal cual aparecen en larealidad, y no con estricta sepa-raciÓn dogmática, propia de untemario.

    PRESCINDIRCONFERENCIAS

    Las actividades de apoyo aesta formaciÓn (aulas, curso,seminario o sesiÓn) deberíanreconducirse a una unidad

    metodolÓgica, que ademásprescindiese en lo posible delas conferencias aisladas, y ge-neralmente en horas intem-pestivas, tratando de integrar-las en aquella actividad,fomentando una relación másprolongada entre los jueces enprácticas y los ponentes, enespecial si se trata de magistra-dos del TS, cuya presencia es-te año ha sido muy desaprove-chada, por lo episÓdico de lasvisitas.

    En cuanto a las llamadas ma-terias complementarias, que tie-

    ne por finalidad dar una forma-ciÓn en disciplinas científicasmetajurídicas (medicina, eco-nomía, organizaciÓn del trabajode equipo ...), debería producir-se una adecuaciÓn entre lo quese expone y la capacidad asimi-lativa del receptor, lego en lamateria.

    OI.VIDO DE LAMOTIVACIÓN

    Personalmente he echado enfalta una enseñanza sistemáticaen técnicas de motivación deresoluciones judiciales, dirigidaal análisis de la constmcción yfijación de los hechos en el pro-ceso, y del método discursivoen que se plasma. Son aspectosque se han abandonado a la di-

    ferente capacidad argumenta-dora de cada uno, cuando exi-gen no sÓlo un tratamientocientífico, sino una formación yenseñanza especial, que ha si-do postergada tradicionalmentea favor de una mayor dogmati-zación jurídica. Creo igualmen-te inadecuado la aplicaciÓn delrégimen general de la Escuelapara los provenientes del turno,juristas con extensa experien-cia, a cuyas necesidades no seajusta la respuesta del progra-ma.

    Finalmente, en cuanto al as-

    pecto selectivo del proceso, enel mismo se han echado en fal-ta algunas garantías externasexigibles a todo proceso concu-rrencial de selecciÓn. Los crite-rios no sÓlo han de ser públicosy conocidos, como ya consta-ban en el plan docente. sinoque el uso de los concretos me-dios evaluativos que vayan autilizarse por los profesores de-be ser expresado con claridad,sin vaivenes, durante todo elcurso lectivo, dando la precep-tiva publicidad a los resultados,que no pueden referirse a unavaloración global, sino a unavaloraciém concreta de cada tra-bajo, cuya suma ser;¡ la nota fi-nal.

    Ello permitirá no sólo con-trolar la evoluciÓn del juez enprácticas, sino que supondrápara el mismo un estímulo demejora, y posteriormente haráexaminable la razonabilidadde la nota otorgada, garantíasque deberían haberse vistoreforzadas, especial y singular-mente, en el caso de mis com-pañeros suspensos provisio-nalmente.

    En cuanto la valoraciÓn delperíodo de prácticas en Órga-nos jurisdiccionales, debe cui-darse especialmente tal fase,ya que es en la que se inculcala cultura de tratamiento y ges-tiÓn del proceso, con mayor omenor respeto a la inrnedia-ciém y vigilancia en las garantí-as. Por ello debería formal-mente poderse seleccionar alos tutores, asegurarse el com-promiso de éstos, en la forma-ciÓn y en la valoraciÓn de losadjuntos, dando plena validezy objetividad al informe emiti-do por ellos, en lugar de suninguneo.

    En definitiva, la andadurainiciada por el nuevo sistemade Escuela Judicial debe apIau-dirse, pero con la máxima aten-ción e interés de toda la c'arreraen el establecimiento del mis-mo, de modo que se garanticesu éxito, como otro elementomás de la mejora del Poder Ju-dicial.

  • INTERNACIONAL

    PINOCHET y LA POLÍTICA DEL GOBIERNO ESPAÑOLSecretariado Jpn

    JpD denuncia la injerenciagubernamental en el

    proceso judicial, y califica denegativa para los derechos

    humanos la decisiónbritánica contraria a la

    extradición por "motivoshumanitarios" .

    Desde el comienzo del deno-minado "caso Pinochet", se hansucedido dudas y vacilacionesque llevaron, el pasado mes deoctubre, a que el gobierno espa-ñol se planteara solicitar a la fis-calía británica que no recurrieraun eventual fallo favorable a lano extradición de Pinochet.

    Esa decisión fue denunciadaen su día por Jueces para la De-mocracia, por considerada unavulneración explícita del princi-pio de independencia judicial yseparación de poderes, desta-cando que el gobierno, al igualque todos los poderes públicos,

    por mandato expreso del arto118 de la Constitución, estáobligado a cumplir las resolu-ciones judiciales firmes y a co-laborar con los jueces para suefectiva aplicación.

    Se recordó, además, que elprincipio de extraterritoriali-dad, conforme al que la juris-dicción es competente paraperseguir delitos de genocidioy contra la humanidad, está re-conocido en la LOPJ, y no for-ma parte de la política exteriordel gobierno, pues se trata deuna competencia judicial.

    DECISION NEGATIVA

    La reciente decisión del go-bierno británico de rechazar lasolicitud de extradición de Pi-nochet, por motivos humanita-rios, supone un duro revés para

    los derechos humanos, que, deforma sistemática, habían sidoconculcados por quien ahora sebeneficia de tal medida. Es,además, una decisión posible-

    mente irreversible adoptadapor motivos de oportunidadpolítica, ajenos a los criterios deJusticia, lo que supone una inje-rencia del poder político en lasdecisiones judiciales.

    La salud precaria, en nuestroordenamiento jurídico, no justifi-ca la suspensión de un procedi-miento. Y en t

  • LIBROS_____________ 1.

    ------------------------- 1.

    CONVOCATORIAS JUECES 3ER TIJRNO-------------------------- 1.

    COMPENDIOS LEGISlATIVOS2da edición, diciembre 1999

    EL PRECIO

    El precio de los tres volúmenes esde 45.000 pts y permite el accesoal campus virtual y a todos susservicios.

    El precio de los textos sueltos esde 17.(X)0 pts. por volumen.

    También sirve para que los alum-nos aporten sugerencias de mejo-ra a la estructura y redacción delos temas.

    Noticias. Habrá un espacio dispo-nible para la publicación de todotipo de noticias relacionadas conla convocatoria: fechas de publi-cación de listas provisionales, de-linitivas, fechas de examen, etc.

    VOLUMEN 11Disposicionesmás importantesde ProcedimientoContenciosoAdministrativo,Procedimiento laboral yotros (21 disposiciones,entre las que destacan: Leyde la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.Ley de Procedimiento Laboral. Ley de AsistenciaJurídica Gratuita. etc.).

    ble en la preparación de las oposiciones paraOficiales de la Administración de Justicia y Jue-ces del Tercer Turno, ya que se reune en dos vo-lúmenes, lo que hasta ahora se encontraba en unmínimo de ocho libros independientes, vincu-lando todos los textos legislativos a través de unúnico índice temático.

    Los opositores de Agentes de la Administraciónde Justicia encontrarán en el Volumen 1, una for-ma rápida de vincular la regulación jurídica delos actos de comunicación y embargos en loscuatro órdenes jurisdiccionales; y los opositoresde Auxiliares de la Administración de Justiciaun medio de completar las explicaciones teóri-cas del libro con el dato técnico de la redacciónlegal (Volumen 1).

    Servicio de tutorías. Proporcionala posibilidad de dirigirse a un tu-tor planteándole dudas acerca delos distintos temas.

    Biblioteca. Tendrá textos de inte-rés para la preparación de la opo-sición, así como links con pági-nas jurídicas de interés.

    Correo. Permite establecer rela-ciones entre los distintos inte-grantes de esta comunidad virtual.

    Tablón de anuncios. Es el espa-cio pensado para enviar mensajesdirigidos a todos los integrantesdel campus, asi como para plan-tear temas de debate relacionadoscon la preparación. Ello es espe-cialmente útil para ensayarrespuestas a temas controvertidoso poco claros.

    VOLUMENIDisposiciones másimportantes deOrganizaciónJudicial, Proce-dimiento Civil yProcedimiento Penal(19 disposiciones, entrelas que destacan: LeyOrgánica del Poder Judicial.Ley de Enjuiciamiento Civil.Ley de Enjuiciamiento Criminal, etc.).

    Centro de Estudios ADAMS edita un Compen-dio Legislativo (o compendio de Leyes Proce-sales) que incluye las principales leyes del orde-namiento jurídico español.

    Las distintas leyes propias de cada ámbito juris-diccional, se han sistematizado por bloques (or-ganización judicial, civil, penal, contencioso-ad-ministrativo y laboral) dotandolo de un únicoíndice analítico que permite acceder de formarápida y sencilla a todos los artículos de las dis-tintas leyes que tratan un mismo concepto, re-lacionando el tratamiento jurídico que cada leyprocesal realiza de una misma institución o tér-mino jurídico.

    La sistematización global izada de todas las le-yes procesales es una herramienta imprescindi-

    CAMPUS VIRTUAL

    El alumno al adquirir los3 libros recibirá, un boletín

    para darse de alta en el cam-pus virtual de esta prepara-

    ción. Este Campus incluye losservicios de:

    Thtorial, que se divide en:

    Servicio de actualizaciones. Man-tiene a los alumnos informados delas novedades legislativas que sevayan produciendo.

    Igualmente, para facilitar la laborde estudio los temas se inician conun guión-resumen del contenidodel tema, es decir, los epígrafes ymbepígrafes que se desarrollan en~l mismo con la indicación de la

    disposición legal en que sebasa cada uno de ellos.

    Fruto delacuerdo decolaboración entreJueces para la Democracia.la FundaciÓn Antonio Carretero yCentro de Estudios ADAMS, a lolargo del mes de enero será publi-cada la colección de libros que de-sarrolla el programa de temas pa-ra el acceso a la Carrera Judicialpor la categoría de Juez (tercertumo). Además de la publicaciónde dicha colecicin de libros sepondrá en marcha un CampusVirtual. Los temas se han elabora-do teniendo en cuenta las fasesque prevé la oposición y su adap-tación a las mismas.Fase concurso: consiste en la va-loración de los méritos alegados yen la realización de una entrevistapersonal ante el Tribunal.

    Para superar ésta, habrá que res-ponder a una serie de preguntasque, se refieren principalmente acorrientes doctrinales y jurispru-denciales de las distintas materiasque habrá que desarrollar en el se-gundo ejercicio. Por ello, los te-mas en su redacción contienen ju-risprudencia destacadatipográficamente.

    Fase oposición: consiste en la ex-posición oral de cinco temas, unode cada uno de los cinco gruposde materias en que se divide elprograma, durante un tiempo má-ximo de 75 minutos.

    Los temas están redactados demanera que la adaptación al tiem-po de exposición por parte delopositor no resulte muy laboriosa.

    14

  • -----------DEBATE

    EL SUBCONSCIENTE PRECONSTITUCIONALDEL LEGISLADOR

    Joaquín Bayo Delgado, Magistrado. Juez Decano de Barcelona

    El artículo 39.2 de la Constitu-ciÓn Espanola proclama que loshijos son iguales ante la ley conindependencia de su filiaciÓn.No es más que la manifestaciÓnconcreta del principio de igual-dad consagrado en el attÍculo 14de mismo texto constitucional.Sin embargo, siglos de tradiciÓncanÓnica y napoleÓnica han de-jado un poso de dificil olvido enel subconsciente colectivo, delque, desgraciadamente, se haceeco el legislador.

    El l'í de julio de 199Hel Par-lament de Catalunya aprobabala Ley 9/1998 del Código de Fa-milia (CF). En su título IV se re-gula la filiaciÓn. Es justo reco-nocer que, en términosgenerales, la técnica del capítu-lo es buena, comparada con e!C(ldigo Civil y con la propia leycatalana de filiaciones, de 1991,que deroga. Pero incluye dospreceptos que responden a lavieja y caduca distinci(m de loshijos en dos categorías, matri-moniales y extramatrimoniales,sin ninguna utilidad práctica (sila tuvieran serían inconstitucio-nales) y, por tanto, absurdos. Setrata del párrafo 2 del attÍculoH9y del párrafo 1 de! ;1I1bilo 91del C(ldigo de Familia.

    La distinciÓn entre hijos matri-moniales y extra matrimonialessÓlo procede, sin ser discrimina-toria, en materia de detennina-ciÓn de la tlliaciÓn. La existenciade matrimonio permite, para losprimeros, la existencia de la pre-sunciÓn de paternidad de! esposode la madre (e! clásico aforismopater is est quem nuptiae de-monstrmu), lo cual no es posibleen el caso de inexistencia de ma-trimonio (aunque el derecho ca-talán ih'1.lalamás que el CC a esoshijos al establecer la presunciÓnde paternidad extramatrimonial,atto94, que hace en muchas casosinnecesaria la jurispmdencia so-bre la negativa a someterse a laspmebas biolÓgicas).

    DISTINCIÓNINCONSTITUCIONAL

    Esa distinción no es discrimi-natoria, porque se basa en una

    realidad distinta y sería absurdoprescindir de la presunciÓn depaternidad matrimonial paraigualar hasta ese extremo a to-dos los hijos. Pero, una vez de-terminada la tlliaciÓn (y sin per-juicio de las especificidades deuna eventual impugnaciÓn futu-ra), sea ésta la que sea, cualquierdistinción es inconstitucional yasí lo respeta el legislador, queno vincula ningÚn derecho delos hijos a la existencia de matri-monio entre los padres.

    Pese a lo anterior, los dos ar-tículos comentados se toman lamolestia, inÚtil, de prever la atri-buciÓn del carácter de matrimo-niales a unos hijos cuya tlliaciÓnno se determina en ninguna me-

    dida por la existencia de matri-monio entre sus padres. Dice elartículo H9.2 del CÓdigo de Fa-milia: "los hijos nacidos despuésde los trescientos días siguientesa la separaciÓn judicial o de he-cho de los cÓnyuges tienen lacondiciÓn de matrimoniales sise prueha que han nacido aconsecuencia de las relacionessexuales entre los cÓnyuges. Lamisma regla se aplica en el casode nulidad o de divorcio si seprueha que las relaciones hantenido lugar antes de la disolu-ciÓn del matrimonio ".

    Como puede verse, no setrata de extender ninguna pre-sunciÓn a los hijos nacidos másallá de los trescientos días delcese de la convivencia (real opresunta). Se exige pmeba ca-bal, pattiendo de cero, de queel ex esposo o esposo separadoes el padre. Solo entonces seconcede el "honor" de la filia-

    ciÓn matrimonial. Lo absurdodel precepto se agrava todavíamás al olvidar el caso de los hi-jos pÓstumos. Aunque se pro-bara que el hijo nacido despuésde 300 días de la muerte del es-poso de la madre es biolÓgica-mente hijo del esposo difunto(gestaciÓn de más de 300 díascomo otros preceptos del mis-mo código prevén) ese hijo notendrá el honor de la matrimo-n¡alidad, salvo que incluyamosen la expresiÓn "separaciÓn dehecho" la producida por lamuerte del esposo,

    Si no existiera el attículo H9.2CF, es claro que los hijos biolÓ-gicamente probados del espososeparado o del ex esposo de la

    madre continuarían siendo hijosde aquél. Lo mismo ocurre conel supuesto de! artículo 91.1 CF:"los hijos comunes nacidos an-tes del matrimonio del padre yde la madre tienen, desde la fe-cha de celehración del mismo,la condiciÓn de matrimoniales,siempre que la jlliación quededeterminada legalmente".

    NORMA INÚTIL

    Tampoco aquí se establecepresunción alguna y la remisiÓna la determinaciÓn legal de la tl-liaciÓn hace referencia a la deter-minaciÓn en ausencia de matri-monio, es decir, de la tlliaciÓnextramatrimonial. Pero puestoque siempre que e! legislador le-gisla, aunque sea inÚtilmente co-mo aquí, el resultado no es laasepsia, se ve obligado a haceruna precisión en el siguiente

    punto del mismo ;1I1Ículo:"la im-pugnaciÓn de estajiliacÚJn se ri-ge por las rep,fasde la/iliaciÓn l/Omatrimonia!'. Claro. igual que ladeterminaciÓn inicial. y precisa-mente porque ésta se rige tam-bién por las reglas de la filiaci(mno matrimonial. La precisiÓn res-ponde al temor del legisl:Idor deque alguien pudiera pensar qUl'e! "honor" retroactivo de la matri-monialidad incluyera el 01\ ido deque la filiaciÓn se determin() ex-tramatrimonialmente,

    En 199Hel legislador cltaLlI1.por tanto, todavía se resiste a ol-vidar los valores clI1(micos.aunque sea s(llo con efectos or-namentales. :\0 obstante. ;ilgoha mejorado su tL'l'nicl. En laLey de tlliacion('s de I ')l) 1. aho-ra derogada, se decía l'n d ;111Í-culo 1.1: "Sepn'sll/I/e/l hijos de!marido .. .los /lacidos dc.\JJ/IÓ·deestos trescientos días ¡posterioresa la diso!lIcÚJ/I de! mittrili/()/lioo a la separacÚJn e/¿'ctit'a/ res-pecto de los cllales se ¡!/Ieda /I/'() ..har Cl IIl1plida 11 lente. medial//etoda clase de pruehas. (!lIe hit/lnacido de re!aciol/es COI/) '11,:';(/-!es ". O sea, ¡que se "presullll'n"hijos del marido los que Sl'pruebe que son hijos de l,I'

    y el legislador estata!. (til'Tll'más desapego a los c;in, lI11',';' EIlabsoluto. El ;U1ículo I IHSl' preo-cupa también de la matrimoniali-dad honorífica si padre y madreconsienten en concedl'rsela. Esterequisito anadido comporta quetamano privilegio no ser;Í posi-ble si la filiaci(m se determina sinel consentimiento de uno deellos, mediante sentencia de re-damaci6n de tlliaci(m. que de-berá aplicar, por supuesto. lasreglas de la determinaci(m extra-matrimonial a bIta de presun-ciÓn de paternidad matrimonial.Por su parte, e! attícul() 91 CF tie-ne sus equivalentes en los al1ícll-los 119.1 y l.--1H(primera pal1eldel CÓdigo Civil; el al1ículo 119.2CC proyecta el beneficio a losnietos. Como atenuante de! le-gislador estatal hay que decirque la redacci6n actual de es')sattículos data del 13 de mayo de19H1(Ley 11/19Hl), apenas dosanos después de la Constitllci(m,y no veinte.

    l'í

  • Si usted recibe este Boletín, seguramente usted es usuario de las Bases de Da-tos de Jurisprudencia y de Legislación de EL DERECHO. Y seguramente,también, hace ya tiempo que está trabajando con ellas.

    Pero si no fuera así, si usted todavía no esta utilizando la base de Datos de Ju- -~·,-1.. _ Jjrisprudencia o la de Legislación, seguramente la responsabilidad es nuestra . .LL.· 11' '\ /1Probablemente ello se deba a que no nos hemos esforzado suficientemente en I \ !¡ayudarle a trabajar con ellas. -- -~- __ -- ...__

    Si así fuera, por favor, háganoslo saber. Ayúdenos a ayudarle. /~ -; ~- ~ ~~~,.

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    Estamos muy cerca de usted.

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    yEn Andalucía Occidental

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    944222406En Valencia y Castellón

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    ••EL DERECHOEDITC>RES

    Proveedor oficial de las Bases de Datos delConsejo General del Poder Judicial

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    page3titles�-�-�-�-�-�-�-�-�-�A�C�T�U�A�L�I�D�A�D� �E�L� �T�E�X�T�O� �C�O�N�S�E�N�S�U�A�D�O� �D�E� �L�A� �L�E�Y� �D�E� �E�X�T�R�A�N�J�E�R�Í�A� �E�S� �n�O�V�i�e�m�b�r�e�/�1�9�~� �3�6� �P�o�r� �h�a�b�e�r� �a�s�i�s�t�i�d�o� �p�r�o�f�e�s�i�o�-� �r�i�a�n�o�s�,� �f�u�e�r�o�n� �p�u�e�s�t�o�s� �e�n� �l�i�-� �n�a�l�m�e�n�t�e� �a� �u�n� �p�a�c�i�e�n�t�e� �b�e�r�t�a�d�.� �P�e�r�s�o�n�a�s� �c�o�m�o� �t�ú� �a�c�u�s�a�d�o� �d�e� �p�e�r�t�e�n�e�c�e�r� �a� �u�n� �h�a�c�e�n� �p�o�s�i�b�l�e� �q�u�e� �l�a� �d�e�f�e�n�s�a� �g�r�u�p�o� �a�r�m�a�d�o�,� �d�o�s� �m�é�d�i�c�o�s� �d�e� �l�o�s� �d�e�r�e�c�h�o�s� �h�u�m�a�n�o�s� �n�o� �s�e�a� �p�e�r�u�a�n�o�s� �f�u�e�r�o�n� �c�o�n�d�e�n�a�d�o�s� �u�n�a� �u�t�o�p�í�a�,� �s�i�n�o� �u�n�a� �r�e�a�l�i�d�a�d�.� �a� �2�2� �a�ñ�o�s�,� �a�c�u�s�a�d�o�s� �d�e� �d�e�l�i�t�o�s� �A�m�n�i�s�t�í�a� �I�n�t�e�r�n�a�c�i�o�n�a�l� �p�e�r�m�i�t�e� �d�e� �t�e�r�r�o�r�i�s�m�o�.� �G�r�a�c�i�a�s� �a� �l�a� �q�u�e� �t�u� �v�o�z� �s�e� �o�i�g�a�.� �Q�u�e� �t�u� �l�a�b�o�r� �d�e� �u�n� �v�i�g�i�l�a�n�t�e� �d�e� �o�b�r�a�s�,� �e�s�f�u�e�r�z�o� �s�e�a� �ú�t�i�l�.� �H�a�z�t�e� �s�o�c�i�o� �u�n� �p�e�d�i�a�t�r�a�,� �a�m�a�s� �d�e� �c�a�s�a� �y� �y� �c�o�l�a�b�o�r�a� �c�o�n� �t�u� �a�p�o�r�t�a�c�i�ó�n� �p�r�o�f�e�s�o�r�e�s�,� �t�o�d�o�s� �e�l�l�o�s� �a�s�t�u�-� �e�c�o�n�ó�m�i�c�a� �o� �t�u� �t�r�a�b�a�j�o�.� �:� �-�~�-� �~�-�~�~� �-�i�e�-�A�;�;�;�~�~�-� �~�;�;�~�~�I�~� �-�"�¡� �-�A�-�-� �-�-�1�"� �"�t�:� �-� �S�~�3�-�-�w� �:� �N�_� �_� �_�.� �_�_� �_� �!�.�!�!�!�!�!�.�D�,�8�c�l�o�n�a�l�:� �:� �c�,�.�_�~� �~�.�·�.�·�.�·�~�·�.�·�=�.�~�.�~�:�:�.�~�~�=�~�.�·�.�~�.�~�~� �_�_� �_�.�_� �_�_� �.�_� �"� �H�"� " " " " " " " " " " " " "� �~�:�~�:�f�~�~�A�9�~�~�1�1�~� �1�2� �7�7� �:� �.�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�~�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�~�-�-�-�-� �r�-�~�~�.�-�-�.�.�-�-�"�~�.�.�.�-�-�.� �/�~�,�~�~�.�.�-�.�~� �I� �U�n� �p�e�d�i�a�t�r�a� �y� �u�n� �g�r�u�p�o� �d�e� �j�u�b�i�l�a�d�o�s� �a�y�u�d�a�n� �a� �2�2� �a�ñ�o�s� �p�o�r� �c�u�r�a�r� �a� �u�n� �e�n�f�e�r�m�o�.� �I� �,� �{� �i� �~� �f�

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    page5titles�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�O�P�I�N�I�O�N� �J�U�S�T�I�C�I�A� �y� �M�E�D�I�O� �A�M�B�I�E�N�T�E� �X�a�v�i�e�r� �P�a�s�t�o�r�,� �d�i�r�e�c�t�o�r� �e�j�e�c�u�t�i�v�o� �G�r�e�e�n�p�e�a�c�e� �E�s�p�a�ñ�a�

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    page6titles�N�E�G�O�C�I�A�C�I�O�N� �N�U�E�V�O�S� �C�O�M�P�R�O�M�I�S�O�S� �D�E�L� �M�I�N�I�S�T�E�R�I�O� �D�E� �S�e�c�r�e�t�a�r�i�a�d�o� �J�P�D� �D�l�J�U�S�A� ��L�T�I�~�A�S� �L�I�B�R�O�S� �J�U�R��D�I�C�O�S� �N�O�V�E�D�A�D�E�S� �*�*� �P�.�V�.�P�.� �5�9�.�5�0�0� �p�t�a�s�.�*�*� �*�*� �P�.�V�.�P�.� �1�5�5�.�7�3�7� �p�t�a�s�.�*�*� �*�*� �P�.�V�.�P�.� �8�3�.�0�6�0� �p�t�a�s�.�*�*� �C�o�n�d�e� �d�e� �S�e�r�r�a�l�l�o�,� �1�3�.�2�8�0�2�9� �M�a�d�r�i�d�.� �T�e�l�f�.�:� �9�0�2� �2�2� �6�6� �o�o�.� �P�r�e�c�i�o�s� �I�V�A� �i�n�c�l�u�i�d�o� �6�

    page7titles�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-� �D�E�B�A�T�E� �L�A� �S�A�L�U�D� �M�E�N�T�A�I�~� �D�E� �L�O�S� �J�U�E�C�~�S� �B�O�l�l�i�f�a�c�i�o� �d�e� �l�a� �C�u�a�d�r�a�,� �P�e�r�i�o�d�i�s�t�a�

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    page8titles�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�X�I�V� �C�O�N�t� �L�O�S� �J�U�E�C�E�S� �T�I�E�N�E�N� �L�E�G�I�T�I�M�I�D�A�D� �E�s�c�u�e�l�a� �P�e�r�m�a�n�e�n�t�e� �p�a�r�a� �l�a� " "� �A�N�T�O�N�I�O� �C�A�R�R�E�T�E�R�O� " "�

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    page9titles�i�R�E�S�O�J�p�D� �l�A� �N�E�C�E�S�A�R�I�A� �R�E�F�O�R�M�A� �J�U�R�A�D�O� �@�p�~�!�!�!�1�~�

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    page13titles�I�N�T�E�R�N�A�C�I�O�N�A�L� �P�I�N�O�C�H�E�T� �y� �L�A� �P�O�L��T�I�C�A� �D�E�L� �G�O�B�I�E�R�N�O� �E�S�P�A��O�L� �S�e�c�r�e�t�a�r�i�a�d�o� �J�p�n� �D�E�C�I�S�I�O�N� �N�E�G�A�T�I�V�A� �E�D�I�C�I�O�N�E�S� �D�E�L� �L�A�B�E�R�I�N�T�O�,� �S�.�L�.� �-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�~� �C�U�P��N� �D�E� �P�E�D�I�D�O� �b� �.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.�.� �1�3�

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    page14titles�L�I�B�R�O�S� �_�_�_�_�_�_�_�_�_�_�_�_�_� �1�.� �-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-� �1�.� �C�O�N�V�O�C�A�T�O�R�I�A�S� �J�U�E�C�E�S� �3�E�R� �T�I�J�R�N�O� �-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-� �1�.� �C�O�M�P�E�N�D�I�O�S� �L�E�G�I�S�l�A�T�I�V�O�S� �1�4�

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    page15titles�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�-�D�E�B�A�T�E� �E�L� �S�U�B�C�O�N�S�C�I�E�N�T�E� �P�R�E�C�O�N�S�T�I�T�U�C�I�O�N�A�L� �J�o�a�q�u�í�n� �B�a�y�o� �D�e�l�g�a�d�o�,� �M�a�g�i�s�t�r�a�d�o�.� �J�u�e�z� �D�e�c�a�n�o� �d�e� �B�a�r�c�e�l�o�n�a� �D�I�S�T�I�N�C�I�Ó�N� �N�O�R�M�A� �I�N�Ú�T�I�L� �l�'�í�

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    page16titles�E�s�t�a�m�o�s� �m�u�y� �c�e�r�c�a� �d�e� �u�s�t�e�d�.� �9�0�2� �4�4� �3�3� �5�5� �y� �9�5�4�5�3�5�9�8�6� �9�5�2�2�5�8�5�3�2� �9�6�5�2�0�6�7�7�5� �9�7�6�2�9�0�5� �2�0� �9�8�5�2�1�3�1�3�0� �9�3�4�1�9�1�1� �0�9� �9�8�1�2�0�6�5�9�6� �9�1�4�3�5�3�9�7�5� �9�4�4�2�2�2�4�0�6� �9�6�3�5�2�8�7�8�8� " "� �E�L� �D�E�R�E�C�H�O�

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