MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO : .~., ALCALDíA · , 016 DECRETODEALCALDIANº -2011-MPCH/A....

2
~ ...,lt!)- MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO :_.~., ALCALDíA , 016 DECRETODEALCALDIANº -2011-MPCH/A. '1 O ect. 2011 Chiclayo, Visto: La Ordenanza Municipal Nº 007-2006-GPCH por la que se aprueba el Reglamento de Conformación y elección de los Representantes de la Sociedad Civil del Consejo de Coordinación Local de la Municipalidad Provincial de Chiclayo. Considerando: Que, la Municipalidad Provincial de Chiclayo, es un órgano de Gobierno ,_ .Loc~!,.,c~n .Per~()nerí~ "~~rídL:~,~~le(:~~2~~J~1!~Q!-ó<.gJJ~. go~e._-: ~'~,~_Llt9J,19nú.~_~eQlíti~a, " ~~ , ~~aiñiít¡-stfatiV~rj;'-E'é(rñÓITfica"en Jos-asunto's qué'Ieconfíera el Art. 191º de la Constitución 's~""" ~cr~lítica del Estado, modificada por el Art. 194º de la Ley 27680 "Ley de Reforma J ~f (NL'~ ~nstitucional", la Ley 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades" y otras Normas Legales. ,A _1 ' > ,... "e -<\, Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo ~ 98º establece que el Consejo de Coordinación Local Provincial es un Órgano de coordinación, ,,' ' y concertación de las Municipalidades Provinciales, y está integrado por el Alcalde Provincial ~~~'~. {'~';>"; que lo preside, los Regidores Provinciales, por los Alcaldes Distritales de la respectiva ~:'~¿..:. jurisdicción provincial y por los representantes de las Organizaciones de Base, Comunidades f~tampesinas'y Nativas, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales, .:~ 'J.:,...,:rf; Profesionales, Universidades, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel </:::..:.'1(1 provincial. , ?ROII~ Que, el artículo 21º de la Ordenanza Municipal Nº 007-2006-GPCH ~S1 lece que, el Alcalde, bajo responsabilidad y mediante Decreto de Alcaldía, convoca a la ~~~ ón de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local ~ "~c¿~ ncial. En la convocatoria se establecerá el lugar, la fecha y la hora de la realización de las ~••.• Qt~ ,!i: ciones, en ningún caso, el lugar de las elecciones puede llevarse a cabo fuera de la,capital e la Provincia de Chiclayo. Que, el Expediente Nº 032874 de la Coordinación Colegiada de Delegados de la Sociedad Civil del Consejo de Coordinación Local de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, solicita dar cumplimiento al proceso para la elección de los nuevos delegados para el período 2012-2013, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades.

Transcript of MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO : .~., ALCALDíA · , 016 DECRETODEALCALDIANº -2011-MPCH/A....

Page 1: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO : .~., ALCALDíA · , 016 DECRETODEALCALDIANº -2011-MPCH/A. Chiclayo, '1 O ect. 2011 Visto: La Ordenanza Municipal Nº 007-2006-GPCH por la que

~...,lt!)- MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO:_.~., ALCALDíA

, 016DECRETODEALCALDIANº -2011-MPCH/A.

'1 O ect. 2011Chiclayo,

Visto:

La Ordenanza Municipal Nº 007-2006-GPCH por la que se aprueba elReglamento de Conformación y elección de los Representantes de la Sociedad Civil delConsejo de Coordinación Local de la Municipalidad Provincial de Chiclayo.

Considerando:

Que, la Municipalidad Provincial de Chiclayo, es un órgano de Gobierno, _ .Loc~!, . ,c~n .Per~()nerí~ "~~rídL:~,~~le(:~~2~~J~1!~Q!-ó<.gJJ~. go~e._-:~'~,~_Llt9J,19nú.~_~eQlíti~a,"

~~ , ~~aiñiít¡-stfatiV~rj;'-E'é(rñÓITfica"en Jos-asunto's qué'Ieconfíera el Art. 191º de la Constitución's~""" ~cr~lítica del Estado, modificada por el Art. 194º de la Ley 27680 "Ley de ReformaJ ~f (NL'~ ~nstitucional", la Ley 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades" y otras Normas Legales.,A _1' >,..." e -<\, Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades en su artículo~ 98º establece que el Consejo de Coordinación Local Provincial es un Órgano de coordinación,,,' ' y concertación de las Municipalidades Provinciales, y está integrado por el Alcalde Provincial~~~'~.{'~';>"; que lo preside, los Regidores Provinciales, por los Alcaldes Distritales de la respectiva

~:'~¿..:.jurisdicción provincial y por los representantes de las Organizaciones de Base, Comunidadesf~tampesinas'y Nativas, Asociaciones, Organizaciones de Productores, Gremios Empresariales,

.:~ 'J.:,...,:rf; Profesionales, Universidades, Juntas Vecinales y cualquier otra forma de organización de nivel</:::..:.'1(1 provincial.

, ?ROII~ Que, el artículo 21 º de la Ordenanza Municipal Nº 007-2006-GPCH~S1 lece que, el Alcalde, bajo responsabilidad y mediante Decreto de Alcaldía, convoca a la

~~~ ón de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local~ "~c¿~ ncial. En la convocatoria se establecerá el lugar, la fecha y la hora de la realización de las~ ••.•Qt~ ,!i: ciones, en ningún caso, el lugar de las elecciones puede llevarse a cabo fuera de la, capital

e la Provincia de Chiclayo.

Que, el Expediente Nº 032874 de la Coordinación Colegiada de Delegadosde la Sociedad Civil del Consejo de Coordinación Local de la Municipalidad Provincial deChiclayo, solicita dar cumplimiento al proceso para la elección de los nuevos delegados para elperíodo 2012-2013, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades.

Page 2: MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHICLAYO : .~., ALCALDíA · , 016 DECRETODEALCALDIANº -2011-MPCH/A. Chiclayo, '1 O ect. 2011 Visto: La Ordenanza Municipal Nº 007-2006-GPCH por la que

DECRETO DE ALCALDÍA Nº -2011-MPCH/A.

Con las facultades que le confiere la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972;

SE DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- CONVOCAR al Proceso de Elección de losRepresentantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local de la MunicipalidadProvincial de ChicIayo, el mismo que se desarrollará dentro de los treinta (30) días deconformado el Comité Electoral, en el Auditorio del Parque de Diversiones de la Ciudad deChicIayo; cuya responsabilidad recaerá en el órgano electoral conformado por un Presidente,un Secretario y un Vocal elegidos en la Asamblea de Delegados.

ARTÍCULO SEGUNDO.- PRECISAR que el mandato por elección de losrepresentantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local de la MunicipalidadProvincial de ChicIayo, es de dos (2) años calendario computados desde la fecha de suelección, la misma que se realizará bajo la supervisión y asesoramiento de la Oficina Nacionalde Procesos Electorales (ONPE).

ARTÍCULO TERCERO.- APROBAR el "Cronograrna del Procesor.: ~~ Electoral de Dele~.~~-4~ lª Sociedad.Císíl aAt9. el·.wnseje tle~Coofdihatlóirtocar creta ..' -.-~---,

.0- -.·.·o-.~·'··_-· _. - - .. --- - .--' unicipaltdad Provincial de Chiclayo", el mismo que forma parte del presente Decreto.1> -~:";::""-:-,A ~

R le ~

:''fICI: "/ ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que la Sub Gerencia de Participación""--'-.-- .-',_... Vecinal brinde todo el apoyo logística necesario al Comité Electoral para dicho proceso, a fin

Q."J "~~~~~e que pueda cumplir con su función.

'/1 r- I

. .";joj

'o 'j:~~/ ARTÍCULO QUINTO.- COMUNICAR a la Gerencia de Relaciones Públicas~c:Y e Imagen Institucional el presente Decreto para su difusión y a la Gerencia de Sistemas e

Informática su publicación en el Portal Institucional (www.munichiclayo.gob.pe).

POR TANTO:

REGÍSTRESE. PUBLÍQUESE. COMUNÍQUESE y CÚMPLASE.

C.CGG.MUNICIPALGC. ADM. y FINANZ.G.PLANEAMIENTO y PRESUPUESTOG. RRPP E IMAGEN INSTITUC.G.SISTEMAS E INFORMATICASG. SECRETARIA GENERALSG PARTICIPACiÓN VECINALARCHIVO.