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BOLETIN OFICIAL Municipalidad de Comodoro Rivadavia Fecha de publicación: 31 de Mayo de 2013 Nº: 041 PODER EJECUTIVO MUNICIPAL Intendente Municipal Sr. NESTOR JOSE DI PIERRO Vice Intendente Sr. CARLOS ALBERTO LINARES Secretario de Gobierno y Función Publica Sr. ALBERTO RICARDO GAITAN Secretario General y de Relaciones Comunitarias Sra. GRACIELA VIVIANA IZQUIERDO Secretario de Cultura y Turismo Sr. DANIEL VLEMINCHX Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión Dr. DIEGO ALEJANDRO TOURIÑAN Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos Ing. ABEL HORACIO BOYERO Secretario de Desarrollo Humano y Familia Sra. ANA MARIA LLANOS MASSA Secretario de Seguridad Sr. CARLOS ALBERTO MARSO Presidente Agencia Descentralizada “Comodoro Deportes” Sr. MARIO LASTRA Presidente Ente Autárquico “Comodoro Conocimiento” Sr. ANDRES HRONCICH Asesor Letrado Dr. OSCAR RICARDO HERRERA TRIBUNAL DE CUENTAS Carlos Ignacio Jurich Eduardo Gastón Acevedo Osvaldo Daniel González CONCEJO DELIBERANTE Bloque Partido Justicialista Bloque Unión Cívica Radical Bloque Frente para la Victoria Marcelo Rey José Gaspar Juan Pablo Luque Viviana Almirón Pablo Alejandro Martínez Viviana Navarro Néstor Espinoza Mario Alberto Soto Alicia Dubreuil Juan Carlos Vargas Silvia Beatriz García Sonia Pereyra INDICE Resoluciones Nº: 1334 HASTA 1410 Ordenanzas Nº: 10.573-1/13, 10.929/13, 10.931/13. Otros: Aviso de Licitación Pública N°23/2013 DIRECCION BOLETIN OFICIAL DIRECCION GENERAL DE IMPRESIONES OFICIALES SUBSECRETARIA DE FUNCION PÚBLICA SECRETARIA DE GOBIERNO Y FUNCION PÚBLICA Complejo Ing. Luis A. Huergo – Bº Gral. Mosconi – Tel. 4559050 Comodoro Rivadavia – Chubut Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00 hs E-mail: [email protected] Web: http//www.comodoro.gov.ar/boletinoficial

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BOLETIN OFICIAL Municipalidad de Comodoro Rivadavia

Fecha de publicación: 31 de Mayo de 2013 Nº: 041

PODER EJECUTIVO MUNICIPAL

Intendente Municipal Sr. NESTOR JOSE DI PIERRO Vice Intendente Sr. CARLOS ALBERTO LINARES Secretario de Gobierno y Función Publica Sr. ALBERTO RICARDO GAITAN Secretario General y de Relaciones Comunitarias Sra. GRACIELA VIVIANA IZQUIERDO Secretario de Cultura y Turismo Sr. DANIEL VLEMINCHX Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión Dr. DIEGO ALEJANDRO TOURIÑAN Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos Ing. ABEL HORACIO BOYERO Secretario de Desarrollo Humano y Familia Sra. ANA MARIA LLANOS MASSA Secretario de Seguridad Sr. CARLOS ALBERTO MARSO Presidente Agencia Descentralizada “Comodoro Deportes” Sr. MARIO LASTRA Presidente Ente Autárquico “Comodoro Conocimiento” Sr. ANDRES HRONCICH Asesor Letrado Dr. OSCAR RICARDO HERRERA

TRIBUNAL DE CUENTAS

Carlos Ignacio Jurich

Eduardo Gastón Acevedo Osvaldo Daniel González

CONCEJO DELIBERANTE

Bloque Partido Justicialista Bloque Unión Cívica Radical Bloque Frente para la Victoria

Marcelo Rey José Gaspar Juan Pablo Luque Viviana Almirón Pablo Alejandro Martínez Viviana Navarro Néstor Espinoza Mario Alberto Soto Alicia Dubreuil Juan Carlos Vargas

Silvia Beatriz García Sonia Pereyra

INDICE

Resoluciones Nº: 1334 HASTA 1410 Ordenanzas Nº: 10.573-1/13, 10.929/13, 10.931/13. Otros: Aviso de Licitación Pública N°23/2013

DIRECCION BOLETIN OFICIAL DIRECCION GENERAL DE IMPRESIONES OFICIALES

SUBSECRETARIA DE FUNCION PÚBLICA SECRETARIA DE GOBIERNO Y FUNCION PÚBLICA

Complejo Ing. Luis A. Huergo – Bº Gral. Mosconi – Tel. 4559050 Comodoro Rivadavia – Chubut

Horario de atención: lunes a viernes de 8:00 a 13:00 hs E-mail: [email protected] Web: http//www.comodoro.gov.ar/boletinoficial

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RESOLUCION N° 1334-2013(13/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR la Mensura de Unificación y posterior Fraccionamiento de las parcela 20, 21, 22 y 23 de la Mza.

47 del Barrio Prospero Palazzo de esta Ciudad, en forma particular al Sr. CABALLEROS Osvaldo Cesar DNI. 13.024.459, el Sr. CAYUNAN Leandro DNI. N° 16.678.034, la Sra. MIRANDA Mónica Estela DNI. N° 21,560.664, la Sra. CAYUNAN Gladis DNI. N° 20.094.706, la Sra. RODRIGUEZ Sofía Daniela DNI. N° 36.334.186, el Sr. PERALTA Rodrigo Nicolás DNI. N° 33.450.524 y el Sr. NOVA Adrián DNI. N° 30.941.554, según detalle que como ANEXO I, forma parte Integrante de la Presente Resolución.

Art. 2º. OTORGAR un plazo de 60 días para el visado municipal del plano de mensura y 120 días para su registro en la Dirección de Catastro e Información Territorial de la Provincia del Chubut plazo que se computara a partir de la notificación de la presente Resolución.

Art. 3º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 4º. De forma.

ANEXO I

RESOLUCION N° 1335-2013(13/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR REDISTRIBUCION DE MENSURA por cuenta y cargo a la Cooperativa de Vivienda Crédito y

Consumo “EL MARQUESADO LTDA” el lote “02” Manzana “243” y el lote “02” Manzana “244” del Barrio GENERAL MOSCONI de esta Ciudad, sector demarcado según croquis adjunto, con una superficie aproximada de 3534,44 m2 a fin de ser evaluada por las áreas técnicas municipales, con la propuesta de uso y distribución que se pretende.

Art. 2º. OTORGAR un plazo de 60 días para la presentación y visado Municipal de los planos de mensura ante la Dirección de General de Agrimensura y un plazo de 180 días para su registro en la Dirección de Catastro e Información Territorial de la Ciudad de Rawson Chubut, a partir de la culminación de Observaciones al relevamiento Planialtimétricos.

Art. 3º. Registrada la mensura OTORGAR un plazo de 90 días corridos para culminar con la presentación de la totalidad de los requisitos exigidos por el Art, 43 de la Ordenanza General de Tierras Fiscales.

Art. 4º. REFRENDARA la presente Resolución, el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 5º. De forma.

ANEXO I

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RESOLUCION N° 1336-2013(13/05/2013)

Art. 1º. OTORGAR UNA PRORROGA para la presentación y visado Municipal de los planos de mensura ante la Dirección General de Agrimensura un plazo de 60 (sesenta) días y de 180 (ciento ochenta) días para su registro en la Dirección de Catastro e Información Territorial de la Ciudad de Rawson-Chubut.

Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

ANEXO I

RESOLUCION N° 1337-2013(13/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR a la Señora SEPULVEDA CORTES, Edita Del Carmen DNI.N° 18.879.456 y al Señor CASTILLO

CASTILLO, Jacinto Evaristo, DNI. N° 18. 754.860, a realizar la Mensura por su Cuenta y Cargo de los lotes 1 y 13 de la Manzana 617-bis del Barrio Las Flores, en función del Croquis obrante a fojas 96, que como ANEXO I, forma parte de la presente Resolución.

Art. 2º. Se otorga un plazo de 60 días para a presentación para Visado Municipal de los Planos de Mensura ante la Dirección de Agrimensura Zona Sur, un plazo de 180 días para su Registro en la Dirección de Catastro e Información Territorial de la Ciudad de Rawson-Chubut.

Art. 3º. Refrendará a presente el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Ing. Abel Horacio BOYERO. ANEXO I

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RESOLUCION N° 1338-2013(13/05/2013) Art. 1º. Tener presente la Declaratoria de Herederos cuya copia obra a fs.46, en la que se reconoce como tal al Sr.

Luis Enrique Alderete, Juan Alberto Alderete y Blanca Ester Alderete y su esposa Ofelia del Carmen Hernández Oyarzun u Ofelia del Carmen Hernández.

Art. 2º. Tener presente la Declaratoria de Herederos cuya copia obra a fs.69, en la que se reconoce como tal al Sr. Blanca Ester Alderete, Luis Enrique Alderete y Juan Alberto Alderete

Art. 3º. Tener presente la Cesión de Derechos Hereditarios obrantes a fs.82, en el cual las Sra. Blanca Ester Alderete DNI N°11.372.535, Ana María Alderete DNI N°6.438.723, Luis Enrique Alderete DNI N°11.518.599, ceden, venden y transfieren a favor del Sr. Marco Antonio Vera Martínez DNI N°92.852.781, por el lote “33” de la Mza”853” del B° Ceferino Namuncurá.

Art. 4º. OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor del Sr. Marco Antonio Vera Martínez DNI N°92.852.781, por el lote “33” de la Mza”853” del B° Ceferino Namuncurá. Partida N°17.318.

Art. 5º. A los efectos de NOTIFICAR al Sr. Marco Antonio Vera Martínez, se tendrán por validas las que se realicen al domicilio Calafate N°820 del B° Ceferino Namuncurá de esta ciudad.

Art. 6º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 7º. De forma.

RESOLUCION N° 1339-2013(13/05/2013) Art. 1º. DESIGNAR como integrantes de la Comisión de Pre adjudicación de la Licitación Pública nro. 02/2013, S.E.F, y

O. de G. “Adquisición Indumentaria para el personal municipal” a las personas que se detallan a continuación: • Por Secretaria Economía, Finanzas y Control de Gestión, Sr. Manuel Fernández y el Sr. Antonio Labriola. • Por Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (S.O.E.M.), EL Sr. David González. • Por Asociación Personal Jerárquico, el Sr. Alfredo Prior. • Por Asesoría Letrada, Dr. Oscar Herrera.

Art. 2º. REFRENDARÁN la presente Resolución el señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION N° 1340-2013(13/05/2013)

Art. 1º. DECLARAR de Legítimo Abono las facturas que se detallan en el Anexo I, que forma parte de la presente Resolución, por la suma total de Pesos Dos millones ciento sesenta y seis mil quinientos diez ($2.166.510) en concepto de gastos realizados en el marco de la emergencia climática declarada todo el ejido de esta ciudad.

Art. 2º. El importe mencionado en el Artículo 1°) será imputado a la Cuenta Especial Cuenta de Terceros: 1200060/0. Art. 3º. REFRENDARAN la presente el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión; y el Señor

Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 4º. De forma.

ANEXO I

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RESOLUCION N° 1341-2013(13/05/2013)

Art. 1º. AUTORIZAR, a la Secretaría de Economía y Finanzas a abonar (2) Dos días de viáticos al Ing. Abel BOYERO , Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos , con motivo del viaje a realizar a la Ciudad de Buenos Aires los días 16 y 17 de Abril del corriente año para efectuar gestiones oficiales.

Art. 2º. DICHO, gasto será imputado a la partida correspondiente del prepuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente Resolución el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el

Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

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Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1342-2013(13/05/2013) Art. 1º. PREVIA CARATULA DEL PLANO DE OBRA Y LIBRE DEUDA DE IMPUESTOS, OTORGAR TITULO DE

PROPIEDAD a favor de la Sra. Felicidad QUINTEROS UGARTE D.N.I. N° 91921.197 por el lote 12 de la manzana 23 de Barrio Argimiro Moure de esta ciudad, con una superficie de 200,00 m2, Partida Inmobiliaria N° 46.579.

Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N° 1343-2013(13/05/2013) Art. 1º. RECONOCER la transferencia de mejoras insertas en el Lote 03 de la Manzana 843A del Barrio Ceferino

Namuncurá a favor del Sr. Salazar Abel Solano (DNI N° 20.235.701). Partida Inmobiliaria N° 34.677.- Art. 2º. PREVIO cumplimiento de los requisitos exigidos en el Art. 23° de la O.G.T.F., OTORGAR TITULO DE

PROPIEDAD EN CONDOMINIO a favor del Sr. Salazar Abel Solano (DNI N° 20.235.701) y el Sr. Hernández Irineo (DNI N° 7.324.785) por el Lote 03 de la Manzana 843A del Barrio Ceferino Namuncurá. Partida Inmobiliaria N° 34.677.

Art. 3º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 4º. A los efectos de NOTIFICAR al Sr. Salazar Abel Solano (DNI N° 20.235.701) y al Sr. Hernández Irineo (DNI N°

7.324.785) se tendrán por validas las que se realicen al domicilio Almafuerte N° 3360 del Barrio Ceferino Namuncurá.

Art. 5º. De forma. RESOLUCION N° 1344-2013(13/05/2013)

Art. 1º. DEROGAR de la Resolución N° 2309/12 de fecha 05 de setiembre de 2012, el Artículo 2°) por el cual se Pre adjudica en Venta a favor del Sr. LOPEZTHAMBOURINDEGUY JORGE GUILLERMO DNI. N° 13.281.075 y la Sra. OSORIO GLADYS RAQUEL DNI. N° 18.210.750, la parcela 3 de la manzana “56” del Barrio CENTENARIO KM 14 de esta Ciudad, Partida N° 60.181, por incumplimiento de la misma.

Art. 2º. INSCRIBIR al Sr LOPEZTHAMBOURINDEGUY JORGE GUILLERMO DNI. N° 13.281.075 y la Sra. OSORIO GLADYS

Art. 3º. RAQUEL DNI. N° 18.210.750, en el Registro de Infractores de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12 Art. 16°, 19° y21°.

Art. 4º. PREJUDICAREN VENTA: conforme al Art. 62° (Inc. a2.2) de la Ordenanza General de Tierras N° 10.417/12 a favor de la Sra. GERYNG Carolina. Ivono DNI n°. 34.745.210, la parcela 3 de la manzana “56” deI Barrio CENTENARIO KM 14 de esta Ciudad Partida N° 60.181.

Art. 5º. OTORGAR un plazo de 180 días corridos a favor de los pre adjudicatarios detallados en el Artículo que antecede, para la presentación de la documentación Técnica mediante la correspondiente iniciación de los expedientes de Obra.

Art. 6º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de Pre-adjudicación, sin previa autorización municipal; será nula y de ningún valor a transferencia título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 15°) de la Ordenanza precitada.

Art. 7º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art. 10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12.

Art. 8º. CUMPLIDO con la Píe-Adjudicación, se procederá a la Adjudicación en venta conforme al Artículo 12°) de la Ordenanza General de Tierras, estableciéndose que el valor de venta tendrá un recargo del 30% de acuerdo al Art. 67° de la citada norma.

Art. 9º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 10º. De forma.

RESOLUCION N° 1345-2013(13/05/2013) Art. 1º. DEROGAR de la Resolución N° 09/09 de fecha 07 de Enero de 2009, la Guarda otorgada a favor del Sr.

MOYANO Hugo DNI. N° 26.080.826 y Sra. PORRES Fernanda DNI. N° 24.302.806 por el loto 15 de la Mza. A Nomenclatura Provisora del Barrio Laprida de esta Ciudad, por renuncia de su titular.

Art. 2º. DESTINAR el lote detallado en el Artículo que antecede, para lo que la comuna estime corresponder. Art. 3º. REFRENDARA la Infraestructura, Obras presente Resolución el Sr. Secretario de y Servicios Públicos. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1346-2013(13/05/2013) Art. 1º. DEROGAR la Resolución N° 2205/12 solo en cuanto su Anexo I, donde se Pre Adjudica en venta el lote 18

Mza. 98 del Barrio Prospero Palazzo de esta Ciudad, a favor de la Sra. GARCIA ANDREA CECILIA DNI. N° 32.955.793, Partida N° 44.611, por renuncia de su titular.-

Art. 2º. DESTINAR el lote detallado en el Artículo que antecede de presente Resolución, para lo que la comuna estime corresponder.-

Art. 3º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1347-2013(13/05/2013) Art. 1º. OTORGAR una beca por un monto total de pesos Ciento Dos Mil Quinientos ($102.500,00) a favor de Treinta y

Dos (32) personas detalladas en el Anexo I, por las actividades realizadas en el proyecto “Acompañamiento a Adolescentes y Jóvenes en estado de vulnerabilidad psicosocial y/o conflicto con la Ley penal”, durante el periodo Abril 2013 por los montos detallados en él..

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Art. 2º. IMPUTAR lo dispuesto en el artículo anterior en la Cuenta Especial N° 1200060/0. Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

ANEXO I

RESOLUCION N° 1348-2013(13/05/2013)

Art. 1º. OTORGAR a la Empresa Patagonia Argentina SRL un subsidio de dos millones ciento noventa y tres mil ochocientos ochenta y cinco (PESOS $ 2.193.885) a fin de mantener el cuadro tarifario del transporte Público de Pasajeros, en un todo de acuerdo a la Ordenanza N° 8827/07 y a los considerados de la presente.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Art. 1° se imputará a la partida correspondiente del Presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARAN la presente el Señor Secretario de Gobierno y Función Publica, y el .Señor Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1349-2013(13/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR La Comisión de servicios y a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar

un (1) día de viático a favor del Sr FERNANDEZ, RICARDO RUBEN DNl.: 14.470.359 Categoría 18 Int. 960 y la Sra. GARAVANO, MARIA SILVIA DNl.: 6.422.013 Categoría 20 Int. 2625, para asistir a la Reunión con el

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Equipo Técnico del COSE, en la Ciudad de Rawson, en un todo de acuerdo a los considerandos antes expuestos.

Art. 2º. IMPUTAR los gastos que demande el cumplimiento del artículo 1° de la presente a la partida correspondiente del Presupuesto de Gastos en vigencia.

Art. 3º. REFRENDARAN el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión y la Señora Secretaria de Desarrollo Humano y Familia.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N° 1350-2013(13/05/2013)

Art. 1º. CONTRATAR en forma directa con la señora Sara Martha Piñero, para destinarlo al funcionamiento de la “Sede del Programa de Prevención de la Violencia Social: asistencia a mujeres en situación de riesgo, hogar de transito y consultorios”, el inmueble ubicado en calle Bouchardo 1552, por el termino de dos (2) años, con opción a prorroga por un (1) año más, a partir del primero de abril del corriente año, en el marco de lo dispuesto por el artículo 54, 1, A, inciso f) de la Ordenanza de Contabilidad y a lo dispuesto en los considerandos respectivos.

Art. 2º. AUTORIZAR a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar por el contrato autorizado en el artículo primero un monto mensual de Doce mil pesos ($12.000), por el periodo comprendido entre el 01 de abril de 2013 al 31 de marzo de 2014 y de Catorce mil cuatrocientos ($14.400) mensuales, por el periodo comprendido entre el 01 de abril de 2014 al 31 de marzo de 2015. Asimismo a fin de garantizar el cumplimiento del contrato de locación se abonara a la locadora, en concepto de depósito, la suma de Doce mil pesos ($12.000). Con fecha 1ro. De abril de 2014 deberá integrarse la suma de Dos mil cuatrocientos pesos ($2.400) en un todo de acuerdo a lo dispuesto en las clausulas tercera, séptima y decimoquinta del contrato mencionado

Art. 3º. El gasto que implique el cumplimiento de la presente será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en vigencia.

Art. 4º. REFRENDARÁ la presente el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 5º. De forma.

RESOLUCION N° 1351-2013(13/05/2013) Art. 1º. RENOVAR las becas a las señoras LEDESMA, Ema del Rosario D.N.I. N° 14.851.656 y BELLIDO, María José

D.N.I. N° 36.181.221, en el ámbito de la Dirección General de Auditoría dependiente de la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión, por una suma mensual de $ 1.500 (pesos mil quinientos), a partir del 1° de Abril de 2013 hasta el 30 de Abril del mismo año, con una carga horaria de 20 hs. semanales, en un todo de acuerdo a los considerados expuestos.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Art.1° se imputará a la partida Becas del presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública y el Sr. Secretario de Economía,

Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1352-2013(13/05/2013) Art. 1º. REINTEGRAR al Sr. Intendente Municipal Néstor Dl PIERRO suma total de PESOS SETECIENTOS

DIECIOCHO ($ 718,00) acuerdo a lo mencionado en los considerandos.} Art. 2º. Lo dispuesto en el Artículo anterior se imputará en la partida anterior correspondiente del presupuesto en

vigencia. Art. 3º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Economía, Finanzas, y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1353-2013(14/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a TRANSFERIR a la Cuenta

Corriente del Banco del Chubut S.A., nro. 006-001-0004600357/1, a nombre del Ente Comodoro Deportes, la suma de pesos Doscientos mil ($ 200.000) como aporte presupuestario para atender los gastos de dicha Área para el mes de abril de 2013, en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. REFRENDARA la presente el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N° 1354-2013(14/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar el importe total de Pesos

Ciento Diez Mil ($ 110.000,00.-), en concepto de subsidio -sin cargo a rendir-; a favor de los Cuarenta y Cuatro (44) beneficiarios detallados en el Anexo I, el cual forma parte de la presente Resolución; correspondiéndole a cada uno el monto de Pesos Dos Mil Quinientos ($2.500,00.-); con el alcance de los considerados expuestos.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior, se imputará a la Partida correspondiente del Presupuesto en Vigencia, reintegrándose los fondos cuando ingresen a la Cuenta Especial N° 1200060/0.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente, la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

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RESOLUCION N° 1355-2013(14/05/2013) Art. 1º. PROMULGAR la Ordenanza N° 10.929/13. Art. 2º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

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RESOLUCION N° 1356-2013(14/05/2013) Art. 1º. APROBAR el Pliego de Condiciones Generales y Clausulas Particulares del llamado a Licitación Pública para

la “Adquisición de vehículos livianos, vehículos tipo SUV compactos, camionetas doble cabina 4 x 2, camionetas doblo cabina 4 x 4, camionetas cabina simple 4 x 2; camionetas livianas, cabina simple y un furgón de carga codo; nuevos, sin uso, O km. Año 2013”. En un todo de acuerdo a lo dispuesto en el expediente municipal nro.

Art. 2º. 2070/2013. Art. 3º. AUTORIZAR a la Dirección General de Administración Patrimonial a realizar el llamado a Licitación Pública

para la “Adquisición de vehículos livianos, vehículos tipo SUV compactos, camionetas doble cabina 4 x 2, camionetas doble cabina 4 x 4, camionetas cabina simple 4 x 2; camionetas livianas, cabina simple y un furgón de carga corto; nuevos, sin uso, O km. Año 2013”.

Art. 4º. REFRENDARAN la presente el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión, Secretario de Gobierno y Función Pública y el Secretario de Infraestructura, obras y Servicios Públicos.

Art. 5º. De forma. RESOLUCION N° 1357-2013(14/05/2013)

Art. 1º. OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor del Sr. José Luis JUSTO D.N.I.N° 20.236.165 por el lote 09 de la manzana 926 del Barrio QUIRNO COSTA con una superficie de 212,70 m2. Partida Inmobiliario N° 41.191.

Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N° 1358-2013(14/05/2013) Art. 1º. ADJUDICAR EN VENTA CON PACTO COMISORIO al 50% de su valor, conforme a la Ordenanza General de

Tierras N° 10.417/12 y a la Ordenanza N° 9767/10 a favor de la Sra. Valeria Viviana OYARZO D.N.I. N° 29.342.816 la parcela 01 de la manzana 27 del Barrio Argimiro Moure de esta ciudad, con una superficie de 205,14 m2 Partida Inmobiliaria N° 54.878.

Art. 2º. PROHIBICION DE CESION. Conforme lo dispuesto por el Artículo 15° de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10417/12, queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de adjudicación que se confieren por la presente. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente.

Art. 3º. PROCEDER apertura del estipulado en a la publicación de la presente Resolución y a la REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo el Art: 10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales.

Art. 4º. CUMPLIDO con los requisitos exigidos precedentemente OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor de la Sra. Valeria Viviana OYARZO D.N.I. N° 29.342.816 por la parcela 01 de la manzana 27 del Barrio Argimiro Moure de esta ciudad, con una superficie de205,14 m2 Partida Inmobiliaria N° 54.878.

Art. 5º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.- Art. 6º. De forma.

RESOLUCION N° 1359-2013(14/05/2013) Art. 1º. ADJUDICAR EN VENTA CON PACTO COMISORIO al 50% de su valor, conforme a la Ordenanza General de

Tierras N° 10.417/12 y a la Ordenanza N° 9767/10 a favor de la Sra. Vanesa Paola CISTERNAS D.N.I. N° 35.385.254 la parcela 11 de la manzana 27 del Barrio Argimiro Moure de esta ciudad, con una superficie de 200,00 m2 Partida Inmobiliaria N° 54.888.

Art. 2º. PROHIBICION DE CESION. Conforme lo dispuesto por el Artículo 15° de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10417/12, queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de adjudicación que se confieren por la presente. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente.

Art. 3º. PROCEDER apertura del estipulado en la publicación de la presente Resolución y a la REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo el Art.10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscal.

Art. 4º. CUMPLIDO con los requisitos exigidos precedentemente OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor de Sra. Vanesa Paola CISTERNAS D.N.I. N° 35.385.254 la parcela 11 de la manzana 27 del Barrio Argimiro Moure de esta ciudad, con una superficie de 200,00 m2 Partida Inmobiliaria N° 54.888.

Art. 5º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 6º. De forma.

RESOLUCION N° 1360-2013(14/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR la transferencia de mejoras insertas en el Lote 21 de la Manzana 854 deI Barrio Ceferino

Namuncurá a favor de la Sra. Hernández Ángela de Lourdes (DNI N° 22.632.675) y el Sr. Barrera Héctor Gabriel (DNI N° 23.905.383). Partida Inmobiliaria N° 32.475.

Art. 2º. PREVIO cumplimiento de los requisitos exigidos en el Art. 23° de la O.G.T.F., OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor de la Sra. Hernández Ángela de Lourdes (DNI N° 22.632.675) y el Sr. Barrera Héctor Gabriel (DNI N° 23.905.383) por el Lote 21 de la Manzana 854 del Barrio Ceferino Namuncurá. Partida Inmobiliaria N° 32.475.

Art. 3º. A los efectos de NOTIFICAR a la Sra. Hernández Ángela de Lourdes (DNI N° 22.632.675) y al Sr. Barrera Héctor Gabriel (DNI N° 23.905.383) se tendrán por validas las que se realicen al domicilio Islas Leones N° 957 del Barrio Ceferino Namuncurá.

Art. 4º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario Infraestructura, Obras y Servicios Púbico. Art. 5º. De forma.

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RESOLUCION N° 1361-2013(14/05/2013) Art. 1º. PREADJUDICAR EN VENTA conforme al Art. 62° (Inc. a.2.2) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N°

10.417/12 a favor del Sr. ALVAREZ MARCELO FABIAN D.N.I. N° 22.255.333, el lote 18 de la Mza 23 del Barrio Prospero Palazzo de esta Ciudad, con una Superficie de 450,00.m2, Partida N° 6.451.

Art. 2º. OTORGAR un plazo de 180 días corridos para la presentación de la documentación Técnica mediante la correspondiente iniciación del expediente de Obra.

Art. 3º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de Pre-adjudicación o adjudicación; será nula y de ningún valor la transferencia título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 15°) de la Ordenanza precitada.

Art. 4º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art. 10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12.-

Art. 5º. CUMPLIDO con la Pre-Adjudicación, se en venta conforme al Artículo 12°) de Tierras, estableciéndose que el valor de 30% conforme al art. 67 de la citada norma.-

Art. 6º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr: Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios. Art. 7º. De forma.

RESOLUCION N° 1362-2013(14/05/2013) Art. 1º. OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor del Sr. Marcelo José Márquez DNI N°10.647.399, por la Parcela

“07 “de la Mza “51” del B° Güemes de nuestra ciudad. Partida Inmobiliaria N°31.863. Art. 2º. A los efectos de NOTIFICAR al Sr. Marcelo José Márquez, se tendrán por validas las que se realicen al

domicilio Calle Egidio Feruglio N°10 del Barrio Güemes de esta ciudad.- Art. 3º. REFRENDARA, la presente Resolución el Sr. Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1363-2013(14/05/2013) Art. 1º. CONTRATAR, mediante Locación de Obra, a la Lic. En Nutrición Marinéala TREVISAN, DNI. N° 30.383.674,

para cumplir funciones en la Dirección Nutricional y Comedores Comunitarios, dependiente de la Secretaria de Desarrollo Humano y Familia, por el lapso de 03 (tres) meses, durante el periodo 01 de Abril de 2013 al 30 de Junio de 2.013.-

Art. 2º. AUTORIZAR, al Señor suscribir los contratos de Locación acuerdo al artículo anterior. Art. 3º. Los gastos que demande el cumplimiento del Art. 1° de la presente serán imputados al presupuesto

correspondiente al ejercicio fiscal 2.013. Art. 4º. Refrendará la presente la Señora Secretaria de Desarrollo Humano y Familia, el Señor Secretario de Gobierno

y Función Pública y el Señor de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 5º. Subsecretario de Recursos Humanos, a de Obra de las personas contratadas. Art. 6º. De forma.

RESOLUCION N° 1364-2013(14/05/2013) Art. 1º. ADICIONAR, a partir del 01 de abril hasta el 30 de junio de 2013, la suma mensual de pesos SEISCIENTOS

CINCO ($ 605,00), a los contratos de Locación de Obra vigente de los “Inspectores de Transporte” con firma autorizada que se desempeñan en la Dirección General de Transporte dependiente de la Subsecretaria de Control Operativo - Secretaria de Gobierno y Función Pública, conforme al ANEXO I, adjunto al presente.

Art. 2º. A través de la Subsecretaria de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaria de Gobierno y Función Pública, deberá instrumentarse el acta acuerdo respectiva a los fines de reformular los contratos de locación de obra citados que posibiliten el cumplimiento de los dispuesto en el artículo primero de la presente.

Art. 3º. Los gastos que demande el cumplimiento del Art. 1 de la presente serán imputados al presupuesto vigente. Art. 4º. AUTORICESE, a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión a realizar las adecuaciones

presupuestarias necesarias que posibiliten el cumplimiento de los dispuesto en el artículo primero de la presente.

Art. 5º. REFRENDARAN, la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 6º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N° 1365-2013(14/05/2013)

Art. 1º. TRASLADAR a partir deI 2° de Mayo de 2013, al Rodrigo Pieralisi (lnt. 2966), planta Transitoria, de la Dirección de

Art. 2º. Dependiente de la Secretaría de infraestructura, Obras y Servicios Dirección de Prensa y Comunicación Institucional dependiente de General y Relaciones Comunitarias, en un todo de acuerdo a los expuestos.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaria General y Relaciones Comunitarias, el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública, y el Sr. Secretario de Economía,

Art. 4º. Finanzas y Control de Gestión. Art. 5º. De forma.

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RESOLUCION N° 1366-2013(14/05/2013)

Art. 1º. PREADJUDICAR EN VENTA conforme al Art. 62° (Inc. a.2.2) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12 a favor del Sr. FLORES PABLO JESUS DNI N° 32.228.974 y la Sra. DE LA VEGA YANINA SUSANA D.N.I. DNI N° 38.517.832, la parcela 07 de la Mza 16 del Barrio Centenario de esta Ciudad, con una Superficie de 375,00.m2, Partida N° 55.799.

Art. 2º. OTORGAR un plazo de 180 días corridos para la presentación de la documentación Técnica mediante la correspondiente iniciación del expediente de Obra.

Art. 3º. PROCEDER a la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art. 10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.41 7/12.

Art. 4º. CUMPLIDO con la Pre-Adjudicación, se procederá a la Adjudicación en venta conforme al Artículo 12°) de la Ordenanza General de Tierras estableciéndose que el valor de la venta tendrá un recargo del 30 % de acuerdo al art.67 de la citada norma.

Art. 5º. REFRENDARÁ la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 6º. De forma.

RESOLUCION N° 1367-2013(14/05/2013) Art. 1º. OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor de la Sra. Noelia Tamara OJEDA D.N.I.N° 27.020.099 por el lote

10 de la manzana 26 del Barrio SAN CAYETANO con una superficie de 27730 m2, Partida Inmobiliario 44.453. Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N° 1368-2013(14/05/2013) Art. 1º. ADJUDICAR EN VENTA con excepción a los artículos 10, 11, 12, 13 y 24 de la Ordenanza General de Tierras

Fiscales N° 10.417/12 y en un todo de acuerdo al Convenio aprobado por Ordenanza N° 8160/04 a favor de la Sra. VEGA PALACIOS MARIANA (DNI N° 23.905.744) y el Sr. CARRIZO LEANDRO PABLO (DNI N° 23.905.684) el lote “08” de la Manzana “C” (nomenclatura provisoria) del Barrio LAS ORQUIDEAS de esta Ciudad, Partida N° 94.405, con una superficie de 228,94 m2 y un valor de venta de $ 27.472,80.

Art. 2º. Los adjudicatarios mencionados en el Art. 1°), deberán realizar ante la Dirección General de Rentas, el compromiso de pago por la diferencia de valores de la tierra, en un plazo no mayor a los 24 meses, lo cual deberá constar en la escritura correspondiente.

Art. 3º. El Municipio se compromete llevar a cabo, a su costo todas las tareas necesarias a efectos de posibilitar la constitución de derechos reales sobre el inmueble transferido en un plazo no mayor a los 24 meses contados a partir de la fecha en que se efectué el primer desembolso.

Art. 4º. Finalizadas las tareas enunciadas precedentemente, el Municipio previa conformidad del Instituto Provincial de le Vivienda y Desarrollo Urbano (IPV y DU) estará en condiciones de dictar el acto administrativo de transferencia a favor de los beneficiarios del crédito.

Art. 5º. En caso que los beneficiarios no accedan al crédito hipotecario implementado, el inmueble será restituido a favor del ‘MUNICIPIO” siempre y cuando no hubiere mediado ningún desembolso por parte del “INSTITUTO”.

Art. 6º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 7º. De forma.

RESOLUCION N° 1369-2013(14/05/2013) Art. 1º. DEROGAR de la Resolución N° 632/06 de fecha 20 de Marzo de 2006, la Pre adjudicación en Venta a favor del

Sr. ULLOA Carlos del Carmen DNI. N° 7.821.414, la parcela 4 de la Mza 41 del Barrio Ciudadela de esta Ciudad, Partida N° 53.054, por lo expuesto considerando.

Art. 2º. PREADJUDICAR EN VENTA conforme al Art. 62° (Inc. a.2.1) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12 a favor del Sr. MENDOZA Roberto Eduardo DNI, 25.962.140, la parcela “4” de la manzana “41” del Barrio Ciudadela de esta Ciudad, con una Superficie de 367,65.m2, Partida N° 53.054.

Art. 3º. OTORGAR un plazo de 180 días corridos para la presentación de la documentación Técnica mediante la correspondiente iniciación del expediente de Obra.

Art. 4º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de Pre-adjudicación, sin previa autorización municipal; será nula y de ningún valor la transferencia título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 15°) de la Ordenanza precitada.

Art. 5º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art. 10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10417/12.

Art. 6º. CUMPLIDO con a Pre-Adjudicación, se procederá a la Adjudicación en venta conforme al Artículo ‘12°) de la Ordenanza General de Tierras.

Art. 7º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 8º. De forma.

RESOLUCION N° 1370-2013(14/05/2013) Art. 1º. PRE- ADJUDICAR EN VENTA conforme lo dispuesto por la Ordenanza General de Tierras Fiscales N°

10.417/12 a favor del Sr. Domínguez Juan Carlos (DNI N° 12.041.364) y la Sra. Troncoso Silvia Amalia (DNI N° 13.052.578), el Lote 12 de la Manzana 860 del Barrio Ceferino Namuncurá de esta ciudad por una superficie de 184.75 M2. Partida Inmobiliaria N°16.668.-

Art. 2º. OTORGAR un plazo de 180 días corridos a partir de la notificacion de la presente Resolución, para la presentación de la documentación técnica mediante la correspondiente iniciación del expediente de Obra ante la Dirección de Obras Particulares.

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Art. 3º. PROHIBICIÓN DE CESIÓN: Queda terminantemente prohibido toda transferencia de derechos de pre-adjudicación o adjudicación, será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece la Ordenanza precitada.

Art. 4º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en la Ordenanza General de Tierras Fiscales.

Art. 5º. CUMPLIDO con la Pre- Adjudicación, conforme a la Ordenanza General de Tierras se precederá a la Adjudicación en venta.

Art. 6º. A los efectos de NOTIFICAR al Sr. Domínguez Juan Carlos (DNI N° 12.041.364) y a la Sra. Troncoso Silvia Amalia (DNI N° 13.051578) se tendrán por validas las que se realicen al domicilio Bernardino Rivadavia N° 2832 del Barrio Ceferino Namuncurá.

Art. 7º. REFRENDARA, la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 8º. De forma.

RESOLUCION N° 1371-2013(14/05/2013) Art. 1º. PREADJUDICAR EN VENTA conforme al Art. 62° (Inc. a.2.1) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N°

10.417/12 a favor de la Sra. SALOMONE María Salome DNI. N° 31.350.717, la parcela 3 de la manzana 158 del Barrio Prospero Palazzo de esta Ciudad, Partida N° 65.308.

Art. 2º. OTORGAR un plazo de 180 días corridos a la beneficiaria para presentación de la documentación Técnica mediante correspondiente iniciación del expediente de Obra.

Art. 3º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de Pre-adjudicación, será nula y de ningún valor la transferencia título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 15°) de la Ordenanza N° 10.417/12.

Art. 4º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art 10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12.

Art. 5º. CUMPLIDO con la Pre-Adjudicación, conforme al Artículo 12°) de la Ordenanza General de Tierras se procederá a la Adjudicación en venta.

Art. 6º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 7º. De forma.

RESOLUCION N° 1372-2013(14/05/2013) Art. 1º. PREADJUDICAR EN VENTA conforme al Art. 62° (Inc. a.2.1) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N°

10.417/12 a favor de la Sra. JONES CECILIA BEATRIZ D.N.I. N° 28.637.231, el lote “09” del macizo “99” del Barrio GESTA DE MALVINAS de esta Ciudad, con una Superficie de 2048,13.m2, Partida N° 59.454.

Art. 2º. OTORGAR un plazo de 180 días corridos para la presentación de la documentación Técnica mediante la correspondiente iniciación del expediente de Obra.

Art. 3º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de Pre-adjudicación o adjudicación, sin previa autorización municipal; será nula y de ningún valor la transferencia título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 15°) de la Ordenanza precitada.

Art. 4º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art. 10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12.

Art. 5º. CUMPLIDO con la Pre-Adjudicación, conforme al Artículo 12°) de la Ordenanza General de Tierras se procederá a la Adjudicación en venta.

Art. 6º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 7º. De forma.

RESOLUCION N° 1373-2013(14/05/2013) Art. 1º. PREADJUDICAR EN VENTA conforme al Art. 62° (Inc. a.2.1) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N°

10.417/12 a favor del Sr. UNQUEN DAVID D.N.I. N° 92.738.770, el lote “09” de la manzana “42” del Barrio PROSPERO PALAZZO de esta Ciudad, con una Superficie de 400,00.m2, Partida N° 17.293.

Art. 2º. OTORGAR un plazo de 180 días corridos para la presentación de la documentación Técnica mediante la correspondiente iniciación del expediente de Obra.

Art. 3º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de Pre-adjudicación o adjudicación, sin previa autorización municipal; será nula y de ningún valor la transferencia título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 15°) de la Ordenanza precitada.

Art. 4º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art 10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12.

Art. 5º. CUMPLIDO con la Pre-Adjudicación, conforme al Artículo 12°) de la Ordenanza General de Tierras se procederá a la Adjudicación en venta.

Art. 6º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos.- Art. 7º. De forma.

RESOLUCION N° 1374-2013(14/05/2013) Art. 1º. PREADJUDICAR EN VENTA conforme al Art. 62° (Inc. a.2.2) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N°

10.417/12 a favor de la Sra. ACUNA VILMA LILIANA D.N.I. N° 31.424.299, la parcela “14” de la Mza “77” deI Barrio Prospero Palazzo de esta Ciudad, con una Superficie de 250,00.m2, Partida N° 44.673.

Art. 2º. OTORGAR un plazo de 180 días corridos para la presentación de la documentación Técnica mediante la correspondiente iniciación del expediente de Obra.

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Art. 3º. PROHIBICION DE CESION: Queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de Pre-adjudicación o adjudicación; será nula y de ningún valor la transferencia título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente, conforme lo establece el Art. 15°) de la Ordenanza precitada.

Art. 4º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art. 10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12.

Art. 5º. CUMPLIDO con a Pro-Adjudicación, se procederá a la Adjudicación en venta conforme al Artículo 12°) de la Ordenanza General de Tierras, estableciéndose que el valor de venta tendrá un recargo del 30% conforme al Art 67 de la citada norma

Art. 6º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Púbicos. Art. 7º. De forma.

RESOLUCION N° 1375-2013(14/05/2013) Art. 1º. RECTIFICAR EL TITULO DE PROPIEDAD N°1.623 inscripto en el Tomo 172 Folio 173 Finca N°37.183.-

DONDE DICE: Titulo de Propiedad a favor de la Sra. Parania Oryszczyn de Gubicz C.I N°3894 , por el lote “1” de la Mza”233 del denominado Hogar Escuela de la ciudad de Comodoro Rivadavia , DEBE DECIR: “ TITULO DE PROPIEDAD a favor del Sr, José López M.I N° 7.312.905, por el lote “h” de la Mza”234” del B° Roca, Partida Inmobiliaria N°9960.

Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N° 1376-2013(14/05/2013) Art. 1º. OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor del Sr. Julián CAYUAN D.N.I.N° 24.929.213 y la Sra. Silvia

Marina GALLARDO DNl. N° 23.034.554 por el lote 03 de la manzana 13 del Barrio Máximo Abásolo con una superficie de 200,00 m2. Partida Inmobiliario 24.134.

Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N° 1377-2013(14/05/2013)

Art. 1º. CONFIRMAR, a partir de la presente, a los Agentes Municipales que se detallan en el ANEXO I, en los cargos y categorías designadas oportunamente mediante las resoluciones allí identificadas, en un todo de acuerdo a los considerandos expuestos.

Art. 2º. REFRENDARAN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública, la Sra. Secretaria General y de Relaciones Comunitarias, el Sr. Secretario de Cultura y Turismo, el Sr. Secretario de Seguridad, la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia, el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión

Art. 3º. De forma. ANEXO I

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RESOLUCION N° 1378-2013(15/05/2013)

Art. 1º. AUTORIZAR a las familias que figuren en ANEXO I, de la presente Resolución N° 3234/07 CORRESPONDIENTE A LAS Partidas Inmobiliarias N-| 46442 y 46443, a realizar por su cuenta y cargo la mensura de fraccionamiento de las Manzanas 1 y 2 Sector 10 del Barrio DON BOSCO de esta ciudad.

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Art. 2º. OTORGAR para la presentación y visado Municipal de los Planos de mensura de fracciona mito ante la Dirección de Agrimensura un plazo de 60 días y 180 días para su registro ante la Dirección Catastro e información Territorial de la Ciudad de Rawson – Chubut.

Art. 3º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1379-2013(15/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR a ejecutar el Relevamiento Planialtimétricos, con verificación de afectación minera, a la

COOPERATIVA DE VIVIENDA, CRÉDITO Y CONSUMO TRABAJADORES DEL SUR .LTDA., en el Área sin mensura, con una superficie aproximada de 122.700 m’, demarcada en al Anexo 1 que forma parte de la presente a fin de ser evaluada por las áreas técnicas municipales, con la propuesta de uso y distribución que se pretende.

Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución, el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

ANEXO I

RESOLUCION N° 1380-2013(15/05/2013) Art. 1º. ADJUDICAR EN VENTA CON PACTO COMISORIO al 50% de su valor, conforme a la Ordenanza General de

Tierras N° 10.417/12 y a la Ordenanza N° 9767/10 a favor de la Sra. Mirta Noemí CHAILE D.N.I. N° 28.603.939 la parcela 21 de la manzana 32 deI Barrio Argimiro Moure de esta ciudad, con una superficie de 200,00 m2 Partida Inmobiliaria N° 55.497.

Art. 2º. PROHIBICION DE CESION. Conforme lo dispuesto por el Artículo 15° de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10417/12, queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de adjudicación que se confieren por la presente. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente.

Art. 3º. 3°) PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art.10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales.

Art. 4º. CUMPLIDO con los requisitos exigidos precedentemente OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor de la Sra. Mirta Noemí CHAILE D.N.I. N° 28.603.939 por la parcela 21 de la manzana 32 del Barrio Argimiro Moure de esta ciudad, con una superficie de 200,00 m2 Partida Inmobiliaria N° 55.497.

Art. 5º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 6º. De forma.

RESOLUCION N° 1381-2013(15/05/2013) Art. 1º. OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor del Sr. Manuel Rubén CURIN D.N.I.N° 17.633.389 por la parcela

11 de la manzana 18 del Barrio Argimiro Moure (nomenclatura Provincial) con una superficie de 210,00 m2. Partida Inmobiliario 46.521.

Art. 2º. REFRENDARA la presente Resolución el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N° 1382-2013(15/05/2013) Art. 1º. ADJUDICAR EN VENTA CON PACTO COMISORIO al 50% de su valor, conforme a la Ordenanza General de

Tierras N° 10.417/12 y a la Ordenanza N° 9767/10 a favor de la Sra. Norma Sunilda BALDEBENITO D.N.I. N° 14.828.847 la parcela 06 de la manzana 27 del Barrio Argimiro Moure de esta ciudad, con una superficie de 265,10 m2 Partida Inmobiliaria N° 54.883.

Art. 2º. PROHIBICION DE CESION. Conforme lo dispuesto por el Artículo 15° de la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10417/12, queda terminantemente prohibida toda transferencia de los derechos de adjudicación que se confieren por la presente. Será nula y de ningún valor la transferencia a título gratuito u oneroso de los derechos adquiridos por la presente.

Art. 3º. PROCEDER a la publicación de la presente Resolución y a la apertura del REGISTRO DE IMPUGNACIONES de acuerdo a lo estipulado en el Art.10°) de la Ordenanza General de Tierras Fiscales.

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Art. 4º. CUMPLIDO con los requisitos exigidos precedentemente OTORGAR TITULO DE PROPIEDAD a favor de Sra. Norma Sunilda, BALDEBENITO D.N.I. N° 14.828.847 por la parcela 06 de la manzana 27 del Barrio Argimiro Moure de esta ciudad, con una superficie de 265,10 m2 Partida Inmobiliaria N° 54.883.

Art. 5º. REFRENDARA la presente Resolución el Sr. Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos. Art. 6º. De forma.

RESOLUCION N° 1383-2013(15/05/2013) Art. 1º. OTORGAR un subsidio -sin cargo a rendir- por un monto Total de Pesos Setecientos ($700,00), a favor de la

Sra. IGOR, ERICA PAOLA Titular del DNl.: 25.011.078, con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes-Subsidios Generales. Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1384-2013(15/05/2013)

Art. 1º. OTORGAR una beca por un monto total de pesos Ocho Mil ($ 8.000,00) a favor de Dieciséis (16) adolescentes detalladas en el Anexo I, de la presente Resolución, por las actividades realizadas en el proyecto “Acompañamiento a Adolescentes y Jóvenes en estado de Vulnerabilidad Psicosocial y/o Conflicto con la Ley penal”, durante el periodo Abril 2013.

Art. 2º. IMPUTAR lo dispuesto en el artículo anterior en la Cuenta Especial N° 1200060/0. Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

ANEXO I

RESOLUCION N° 1385-2013(15/05/2013)

Art. 1º. MODIFICAR el Art. 1° de la Resolución N° 1116/13: donde dice “38.046.327” debe decir “5.414.431”. Art. 2º. Lo dispuesto en el artículo 1° de la presente, se imputara a la partida de gastos en vigencia. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo y el Sr., Secretario de Economía, Finanzas

y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

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RESOLUCION N° 1386-2013(15/05/2013) Art. 1º. RECTIFICAR los datos correspondientes al N° del Documento Nacional de Identidad y datos personales, del

becario ANDRADA Alejandro, detallado en el Anexo I,-Renglón 005- de la Resolución N° 1165/13 por los siguientes. (ANEXO I - ABRIL 2013)

Art. 2º. Refrendarán la presente Resolución el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública, y el Sr. Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 3º. De forma.

RESOLUCION N° 1387-2013(15/05/2013) Art. 1º. APROBAR el pliego de Bases y Condiciones elaborado por la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servidos

Públicos, destinado a realizar la Licitación Pública para la Obra: “AMPLIACION C.P.B. B° SAN MARTIN”, con un presupuesto oficial de $ 1.120160,00 (Pesos Un millón ciento veinte mil ciento sesenta) que se imputará a la Partida: 1200100400 Obras de Arquitectura — Sub. Partida: 1200100409 — C.P.B. Ampliación San Martín, del presupuesto municipal en vigencia.

Art. 2º. AUTORIZAR a la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos a realizar Licitación Pública N° 23/2013 para los fines indicados en el Art 1 °.

Art. 3º. REFRENDARA la presente el Señor Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N° 1388-2013(15/05/2013)

Art. 1º. OTORGAR subsidios -sin cargo a rendir- a favor de los CUATRO beneficiarios detallados en el Anexo I, por un monto Total de Pesos Quince Mil ($ 15.000,00.-), pagaderos en TRES (3) cuotas iguales, mensuales y consecutivas, por el valor expresado en el mismo, a partir de la fecha; con el alcance de los considerados expuestos en la presente Resolución.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes — Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N° 1389-2013(15/05/2013)

Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaria de Economía Finanzas y Control de Gestión en concepto de Subsidio, abonar el monto de Pesos CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS ($59.600,00.-), con cargo a rendir, a favor de los beneficiarios detallados en el ANEXO I, por los valores expresados en él; según los considerados descriptos en la presente Resolución.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior, se imputará a la Cuenta Especial N° 1200060/0. Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

ANEXO I

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RESOLUCION N° 1390-2013(15/05/2013)

Art. 1º. AUTORIZAR, en un todo de acuerdo al Artículo 8° de la Ordenanza N° 10.807/12, a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control a compensar partidas, de acuerdo al siguiente detalle: DESAFECTAR Secretaria General y de Relaciones Comunitarias 1200 21000 BIENES DE CAPITAL 1200021210 OTROS $22.700- AFECTAR Secretaria General y de Relaciones Comunitarias 1200021000 BIENES DE CAPITAL 1200021150 MAQUINARIAS DE OFICINA $1.700- 1200021160 MUEBLES Y UTILES $16.000- 1200021190 EQUIPOS DE COMPUTACION $5.000-

Art. 2º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría General y de Relaciones Comunitarias y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. De forma. RESOLUCION N° 1391-2013(15/05/2013)

Art. 1º. CONTRATAR, mediante Locación de Obra, a las personas que se detallan en el Anexo I, para cumplir funciones en la Secretaria de Cultura y Turismo, por el lapso de 03 (tres) meses, durante el período 01 de Abril al 30 de Junio de 2013.-

Art. 2º. Los gastos que demande el cumplimiento del Art. 1° de la presente serán imputados al presupuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2013.

Art. 3º. Refrendara la presente Resolución el Señor Secretario de Cultura y Turismo, el Señor Secretario de Gobierno y Función Pública y el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

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RESOLUCION N° 1392-2013(15/05/2013) Art. 1º. ADJUDICAR, la Licitación Privada N° 14/2013, referente al ALQUILER DE HORAS MAQUINAS, CAMION y

CUADRILLA”, a la Empresa GOLFO SAN JORGE S.A. por un monto de $ 906.500,00 (Pesos Novecientos seis mil quinientos), que se imputará a la Partida: Trabajos Públicos - Subpartida: Mantenimiento de Espacios, del Presupuesto Municipal en vigencia.

Art. 2º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos y el Señor Secretario de Economía Finanzas y Control de Gestión.

Art. 3º. De forma. INDICACIONES: (1) Fecha en que se firma el contrato. (2) Cargo, nombre y apellido del funcionario municipal interviniente. (3) Solo en caso de que no firme el Intendente. (4,) Datos de la persona o entidad que se obliga. (5,) Datos de quien representa a quien se obliga. (6) Locador, artista, proveedor, empresa, etc. (7,) Monto total de las erogaciones netas que hará la Municipalidad. (8) Contado (anticipado o no); cuotas (número, importe, vencimientos, etc.) (9) Otros compromisos que la Municipalidad tome a su cargo. (10,) Descripción del servicio o mercadería que aportara la otra parte indicando fechas y lugar de realización o entrega. (11) Cláusulas adicionales que pueden convenirse. 12) Plazo de prórroga. (13) Parte que puede hacer uso de la prórroga. (14) Expedientes, Anexos, Listas, etc. LOS NUMEROS: 1, 2, 3, 4, & 7, 8, 10 DEBEN LLENARSE OBLIGA TORIAMENTE, LOS RESTANTES SON OPCIONALES. LOS ESPACIOS NO UTILIZADOS DEBENANLILARSE,

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RESOLUCION N° 1393-2013(16/05/2013) Art. 1º. OTORGAR subsidios —sin cargo a rendir- por un monto Total de Pesos Diez Mil ($ 10.000,00.-),

correspondiente a un aporte económico a cada una de la cuatro (4) beneficiarias detalladas en el Anexo I, el cual forma parte de la presente Resolución, por los montos especificados en el mismo; con el alcance de los considerados expuestos.-

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes — Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARÁN a presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I

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RESOLUCION N° 1394-2013(16/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR en un todo de acuerdo al artículo 8° de la Ordenanza N°10807/12, a la Secretaria de Economía,

Finanzas y Control de Gestión a compensar partidas, de acuerdo al siguiente detalle: AFECTAR Secretaría de Cultura y Turismo 1200000000 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 1200021000 BIENES DE CAPITAL 1200021150 Maquinarias de Oficina 30.000,00.- 1200021160 Muebles y Útiles 60.000,00.- 1200021170 Instalaciones 25.000,00.- 1200021190 Equipos de Computación 65.000,00.- 1200021210 Otros 25.000,00.- 1200021140 Maquinarias Operativas 80.000,00.- DESAFECTAR Secretaría de Cultura y Turismo 1200000000 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO 1200021000 BIENES DE CAPITAL 1200021200 Equipamiento Ctro. De Inf. 285.000,00.-

Art. 2º. El importe mencionado en el Artículo 1° será imputado al Presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARAN a presente los Señores Secretarios de Economía, Finanzas y Control de Gestión y de Cultura

y Turismo. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1395-2013(16/05/2013) Art. 1º. REINTEGRAR al Sr. Intendente Municipal Néstor DI PIERRO, la suma total de PESOS UN MIL

CUATROCIENTOS SIETE ($ 1.407,00) en concepto de “Pasaje: tramo Aeroparque — Comodoro Rivadavia de fecha: 30/04/2013.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Artículo anterior se imputará en la partida correspondiente del presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARA la presente el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1396-2013(16/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaria de Economía, Finanzas y Control de Gestión abonar en el período Abril de 2013,

el monto de Pesos Setenta y ocho mil (S78000,00) a favor de los veintiséis (26) beneficiarios detallados en el Anexo I, en concepto de pago de becas el cual, forma parte de la presente Resolución.

Art. 2º. IMPUTAR lo dispuesto en el artículo anterior a la Cuenta Especial N° 1200060/0. Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

ANEXO I

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RESOLUCION N° 1397-2013(16/05/2013)

Art. 1º. OTORGAR subsidios -sin cargo a rendir- a favor de los beneficiarios detallados en el Anexo I, por el monto Total de Pesos Doce Mil Doscientos ($ 12.200,00.-), los cuales forman parte de la presente Resolución, por los montos especificados en cada uno.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes — Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARAN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. ANEXO I (PROVENIENTES DE AYUDA SOCIAL DIRECTA, C.P.B Y OTROS )

RESOLUCION N° 1398-2013(16/05/2013)

Art. 1º. Llamar a Concurso para el 7° Festival Nacional de Cortometrajes “Corto Rodado” de Comodoro Rivadavia en un todo de acuerdo a los considerandos.

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Art. 2º. APROBAR Anexo I, Bases del 7° Festival Nacional de Cortometraje “Corto Rodado “de Comodoro Rivadavia, que se convocarán a hasta el 09 de Agosto del Cte. año.

Art. 3º. Él gasto que demande el concurso y las capacitaciones serán imputadas en la partida en vigencia. Art. 4º. El gasto que demanden los premios de $ 5000, $ 2000 y $2000, las capacitaciones $4000 en honorarios más

gastos de estadía y $1000 en concepto de honorarios para el jurado, serán imputados por la partida en vigencia.

Art. 5º. REFRENDARÁN la presente el Sr. Secretario de Cultura y Turismo y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 6º. De forma. ANEXO I

7° Festival Nacional de Cortometrajes “Corto Rodado”

Bases y Formulario de inscripción. La Secretaría de Cultura y Turismo, por intermedio de la Dirección de Artes Visuales y Audiovisuales, convoca a realizadores audiovisuales independientes del país a la participación en el 7° Festival Nacional de Cortometrajes de Comodoro Rivadavia, “Corto Rodado” a realizarse los días 31 de octubre, 01 y 02 de Noviembre de 2013. El festival tiene como finalidad difundir en la ciudad la producción audiovisual independiente nacional y generar un espacio de encuentro entre realizadores. A su vez, mediante el intercambio se busca esencialmente contribuir al perfeccionamiento de la calidad de las producciones audiovisuales locales. BASES Y CONDICIONES 1. Generalidades 1.1 El festival se llevará a cabo en Comodoro Rivadavia, del jueves 31 de octubre al sábado 02 de Noviembre de 2013. 1.2 La convocatoria está abierta hasta el 9 de agosto de 2013. 1.3 Contará con tres secciones competitivas: Cortometrajes hasta 15 minutos, video minuto y sección de competencia interescolar (destinada a los colegios secundarios de la ciudad de Comodoro Rivadavia). Por otro lado también habrá una muestra fuera de competencia. 1.4 En el marco del festival se realizarán capacitaciones para los realizadores patagónicos, brindadas por figuras reconocidas de la industria audiovisual de diversos puntos del país. 1.5 Podrán participar realizadores argentinos, y extranjeros con residencia mayor a 5 años en el país; que posean los derechos sobre las obras que presentan. 1.6 Las obras deben ser en idioma español (castellano) o subtituladas al español (castellano). No dobladas. 1.7 Para las secciones en competencia, las realizaciones audiovisuales deberán ser de índole no comercial, de cualquier género. Por “de índole no comercial” se entiende que el cortometraje no se haya proyectado obteniendo algún tipo de remuneración económica por la actividad, para o que el realizador firmará la ficha a modo de declaración jurada. 2. Secciones 2.1 En Competencia. 2.1.1 CORTOMETRAJES de hasta 15 minutos Participación En la sección “cortometrajes de hasta 15 minutos” a duración de las realizaciones no deberá superar los 15 minutos, con títulos incluidos. No hay restricciones en cuanto al formato de filmación ni temática, siempre que la fecha de realización sea posterior al 2010. 2.1.2 VIDEOMINUTO Participación: Podrán participar realizaciones enmarcadas dentro del Formato “video minuto”, es decir cuya duración no exceda los 60 segundos. El género y tema de las obras es libre, siempre que no exceda os 20 minutos de duración, con títulos incluidos. 3 Premios 3.1 Cortometrajes en competencia: Primer premio: $ 5.000 3.2 Video minuto Primer premio: $ 2.000 3.3 Sección competencia interescolar: Primer Premio: un seminario de capacitación sobre técnicas de 3D para el colegio ganador. 3.4 El jurado podrá declarar desierto cualquiera de los premios, así como también podrá otorgar menciones especiales según su criterio, que no tendrán retribución económica. 3.5 Las menciones especiales podrán ser: Al desempeño actoral, al mejor guión, a la dirección de fotografía, a la dirección de sonido, a la dirección de arte, a la edición y a la producción. 3.6 Entre todos los cortos proyectados en el festival se entregará un “Premio del público” al mejor cortometraje, consistente en un diploma. 4. Formas de presentación. 4.1 En sobre tamaño A4, debidamente cerrado y acondicionado de manera segura para su envío, deberán entregarse: Dos copias de la obra: una copia en formato AVI en Dvd de datos y una copia en formato DVD, ambas copias con arte de tapa. Norma de envío NTSC. Formulario de inscripción debidamente completo (en letra imprenta) y firmado. Indicar en el formulario la forma de participación.

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En un CD, dos imágenes en formato digital, con resolución de 300 dpi y un archivo Word que contenga los siguientes datos para el catálogo del Festival (letra Aria) numero 10): Jurado El jurado para estas dos secciones estará compuesto por un integrante designado por la Secretaría de Cultura, un representante audiovisual de la ciudad o región y una personalidad designada por el I.N.C.A.A. Será de especial atención de! Jurado el tratamiento del guión literario y técnico reflejado en la realización presentada. Se evaluará la poética y creatividad para el tratamiento del tema y la prolijidad técnica, así como la originalidad de la mirada. En el video minuto se evaluará, además, la capacidad de síntesis para puntualizar la idea en 60 segundos. 2.1.3 COMPETENCIA INTERESCOLAR Participación La competencia interescolar está destinada a los colegios secundarios de la ciudad de Comodoro Rivadavia. Podrán participar cortometrajes realizados por los alumnos en el marco de un Taller, cátedra o ejercicio de aprendizaje en la Escuela, para el Festival. Las realizaciones audiovisuales deberán ser inéditas y de índole no comercial, de cualquier género, temática libre y cuya duración no supere los 15 minutos con títulos incluidos. Es requisito fundamental que sean realizaciones efectuadas por estudiantes secundarios que se encuentren cursando durante el año lectivo y representen a su institución. Jurado El jurado estará compuesto por tres integrantes designados por la Secretaría de Cultura y Turismo. Se evaluará la poética y creatividad para el tratamiento del tema y la prolijidad técnica, así como la originalidad de la mirada. También examinara el esmero puesto en la realización de la banda sonora del film. (Por banda sonora se entiende a conjunción de música, sonidos, diálogos, ruidos y silencios). 2.2 Muestra oficial — fuera de competencia Podrán participar todos los realizadores cuyo cortometraje no participe de la sección en competencia. 6. Selección 6.1 De acuerdo a la cantidad de obras presentadas la organización podrá realizar una selección de material para fa competencia y la proyección, teniéndose en cuenta los criterios: Léase artículo 2.1 6.2 La organización informará por correo electrónico a los participantes, si su obra fue seleccionada o quedó fuera del festival. 7. Devolución 7.1 Las copias de obras no seleccionadas serán devueltas a sus realizadores. 7.2 A los realizadores audiovisuales que sus trabajos hayan sido seleccionados solo se les devolverá una de las copias enviadas al concurso. La copia del cortometraje en Dvd pasara a formar parte de la “Videoteca de la Secretaría de Cultura y Turismo”, y podrá utilizarse para su difusión con fines culturales, no comerciales. 7.3 La Secretaría de Cultura y Turismo, se compromete a difundir las obras en el interior de la provincia. 7.4 Todas las obras proyectadas recibirán diploma de participación. 8 Aceptación 8.1 Los participantes autorizan a la organización el uso de fotogramas, fotografías y extractos de las películas para su difusión en cualquier soporte de comunicación y promoción, a fin de promover y difundir el Festival. 8.2 La sola participación en este concurso implica la aceptación automática, plena y total de las presentes bases. Titulo del corto

Director Lugar

Género Duración

Formato de filmación Contacto

Sinopsis (solo tres renglones) EL sobre deberá estar etiquetado con la frase:

7° Festival Nacional de cortometrajes “Corto rodado”. 4.2 Se aceptará también el envío por el Transfer, siempre que esto no altere la calidad de la obra para su proyección y visualización del jurado. Este envío debe ser informando por mail, adjuntando en el mismo mail el resto de la documentación requerida. No obstante, el formulario de inscripción deberá ser enviado por correo postal con la firma original. 4.3 Cada participante podrá presentar el número de películas que desee, pero cada una deberá ser enviada en soporte independiente y con hoja de inscripción propia. 4.4 La inscripción es gratuita y os gastos de envío de los materiales corren por cuenta y cargo de los participantes. 5. Recepción 5.1 Los trabajos serán recibidos hasta 09 de agosto de 2013: Para las obras enviadas por correo, se tendrá en cuenta la fecha del matasello. Las mismas deberán ser entregadas personalmente o por correo a:

7° Festival Nacional de cortometrajes ‘Corto Rodado” Secretaria de Cultura y Turismo

Dirección de Artes Visuales y Audiovisuales Francia 840 (9000)

Comodoro Rivadavia, Chubut.

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RESOLUCION N° 1399-2013(16/05/2013)

Art. 1º. APRUEBASE, la distribución de los fondos correspondientes a la Sub- Cuenta Cooperadoras Escolares”, del FAEM del mes de Febrero de 2013 entre las Asociaciones Cooperadoras indicados en el Anexo I, de la presente, con los montos allí establecidos.

Art. 2º. APRUEBESE, la distribución de los fondos correspondientes a la SUB — Cuenta “Bibliotecas Populares” del FAEM del mes del Febrero de 2013, entre las Bibliotecas Populares indicadas en el Anexo II de la presente con los montos allí establecidos.

Art. 3º. PAGUESE, a la Sociedad Cooperativa Popular Limitada el servicio de Conectividad de Internet banda ancha y Wi-Fi, correspondiente al mes de Febrero de 2013, de cada Establecimiento Educativo, que se detallan en el Anexo III.

Art. 4º. Los correspondientes pagos, estarán sujetos a la aprobación de las Respectivas rendiciones por parte de la Secretaria de Cultura y Turismo sin perjuicio de la intervención que le corresponda al Servicio Administrativa, según lo dispuesto en el Art. N° 4 , de la Resolución 874/03 Reglamentaria de la Ordenanza N° 7801/ 02.

Art. 5º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo, el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 6º. De forma.

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ANEXO I COPERADORAS ESCOLARES

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ANEXO II (BIBLOTECAS POPULARES)

ANEXO III

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RESOLUCION N° 1400-2013(16/05/2013)

Art. 1º. APRUEBASE, la distribución de los fondos correspondientes a la Sub- Cuenta Cooperadoras Escolares’, del FAEM del mes de Marzo de 2013 entre las Asociaciones Cooperadoras indicados en el Anexo I, de la presente, con los montos allí establecidos.

Art. 2º. APRUEBESE, la distribución de los fondos correspondientes a la SUB — Cuenta “Bibliotecas Populares’ del FAEM del mes del Marzo de 2013, entre las Bibliotecas Populares indicadas en el Anexo II , de la presente con los montos allí establecidos.

Art. 3º. PAGUESE, a la Sociedad Cooperativa Popular Limitada el servicio de Conectividad de Internet banda ancha y Wi-Fi, correspondiente al mes de Marzo de 2013, de cada Establecimiento Educativo, que se detallan en el Anexo III.

Art. 4º. Los correspondientes pagos, estarán sujetos a la aprobación de las Respectivas rendiciones por parte de la Secretaria de Cultura y Turismo sin perjuicio de la intervención que le corresponda al Servicio Administrativa, según lo dispuesto en el Artículo N° 4 de la Resolución 874/03 Reglamentaria de la Ordenanza 7801/ 02.

Art. 5º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo, el Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 6º. De forma.

ANEXO I COOPERADORAS ESCOLARES

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ANEXO III BIBLOTECAS POPULARES

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RESOLUCION N° 1401-2013(16/05/2013)

Art. 1º. DECLARAR de Legítimo Abono la factura “B” N° 0001 -00004032 por la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTIDOS ($56.622) de fecha 08 de abril de 2013 favor de la Empresa Patagonia Argentina SRL.-, en un todo de acuerdo a los considerandos expuestos.

Art. 2º. El importe mencionado en el Art. 1° será imputado al presupuesto de gastos en vigencia. Art. 3º. Por el Área de Sumarios, dependiente de la Asesoría Letrada Municipal, iníciese el Sumario Administrativo

correspondiente (Art. 79 de la Ordenanza N° 3834/91) Art. 4º. REFRENDARÁN la presente Resolución el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública y el Secretario de

Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 5º. De forma.

RESOLUCION N° 1402-2013(16/05/2013) Art. 1º. DECLARAR DE LEGITIMO ABONO, el importe total de $ 64.022,96 (Pesos sesenta y cuatro mil veintidós con

96/100), correspondiente a las facturas detalladas en el Anexo I; presentada por la Empresa CONDOMINIO COMODORO Y NEUQUEN, durante los meses de Enero, Febrero, Marzo y Abril de 2013, con el alcance de los considerandos expuestos en la presente Resolución.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Artículo anterior se imputará a la Partida 1200000000 — Gastos de Funcionamiento, 1200010100 Servicios, 1200010110 — Alquiler de Inmueble.

Art. 3º. Por el Área de Sumario, dependiente de la Asesoría Letrada, iníciese el Sumario Administrativo, conforme lo establece el Artículo 79° de la Ordenanza de Contabilidad.

Art. 4º. REFRENDARÁN la presente el señor Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos y el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N° 1403-2013(16/05/2013)

Art. 1º. OTORGAR un subsidio -con cargo a rendir- a favor de la Sra. DE SOUSA NOEMI (DNI N° 13.564.362), por un monto Total de Pesos Tres Mil Novecientos Cincuenta y Ocho ($ 3.958,00.-), el cual forma parte de la presente Resolución, por los montos especificados en el mismo; con el alcance de los considerados expuestos.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes — Subsidios Generales.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma.

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RESOLUCION N° 1404-2013(16/05/2013) Art. 1º. DECLARAR DE LEGITIMO ABONO, el importe total de $ 64.831,76 (Pesos sesenta y cuatro mil ochocientos

treinta y uno con 76/100), correspondiente a las facturas detalladas en el Anexo I; presentada por la Empresa CONDOMINIO COMODORO Y NEUQUEN, durante los meses de Enero, Febrero, Marzo y Abril de 2013, con el alcance de los considerandos expuestos en la presente Resolución.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Artículo anterior se imputará a la Partida 1200000000 — Gastos de Funcionamiento, 1200010100 Servicios, 1200010110 — Alquiler de Inmueble.

Art. 3º. Por el Área de Sumario, dependiente de la Asesoría Letrada, iníciese el Sumario Administrativo, conforme lo establece el Artículo 79° de la Ordenanza de Contabilidad.

Art. 4º. REFRENDARÁN la presente el señor Secretario de Infraestructura Obras y Servicios Públicos y el señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 5º. De forma. ANEXO I

RESOLUCION N° 1405-2013(16/05/2013)

Art. 1º. AUTORIZAR (3) tres días de comisión de servicio a la agente Vanina Díaz — Int. N° 3036 — Planta Transitoria, para participar de la Capacitación denominada “Hacia un aprovechamiento integral de las capturas” que se llevará a cabo durante los días 25 al 27 de Abril/13 en la localidad de Camarones.

Art. 2º. La presente autorización no implica liquidación de días de viáticos ni gastos por alojamiento y estadía. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas

y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 1406-2013(16/05/2013) Art. 1º. OTORGAR un subsidio -con cargo a rendir- a favor de la Asociación Vecinal del Barrio Juan XXIII, el cual será

recepcionado por el Sr. CARRIZO Carlos Alberto (DNI N° 14.203.689) o por el Sr. GUTIERREZ Francisco (DNI N° 11.467.51), por un monto Total de Pesos Quinientos Setenta y Cinco ($ 575,00.-); con el alcance de los considerados expuestos.

Art. 2º. LO dispuesto en el artículo anterior se imputará a la Partida de Transferencias Corrientes — Subsidios a Uniones Vecinales.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente la Sra. Secretaría de Desarrollo Humano y Familia y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N° 1407-2013(16/05/2013)

Art. 1º. AUTORIZAR a la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión a abonar (04) cuatro días de viáticos al Sr., Daniel Vleminchx — DNI. N° 10.631.861 — Secretario de Cultura y Turismo, por el viaje que realizará en misión oficial a la ciudad de Buenos Aires, para participar en la 39° Feria Internacional del Libro, en la Sociedad Rural de Buenos Aires, del 09 al 12 de Mayo/13 inclusive, en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos.

Art. 2º. Lo dispuesta en el Artículo 1° de la presente Resolución será imputado a la partida del presupuesto de gastas en vigencia.

Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo y el Sr., Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión.

Art. 4º. De forma. RESOLUCION N° 1408-2013(16/05/2013)

Art. 1º. RENOVAR las becas a las señoras detalladas en el Anexo I, en el ámbito de la Dirección General de Auditoria dependiente de la Secretaría de Economía, Finanzas y Control de Gestión, a partir del 1° de Mayo de 2013 hasta el 30 de Junio del mismo año, con una carga horaria de 30 hs. semanales, en un todo de acuerdo a los considerados expuestos.

Art. 2º. Lo dispuesto en el Art.1° se imputará a la partida Becas del presupuesto en vigencia. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr. Secretario de Gobierno y Función Pública y el Sr. Secretario de Economía,

Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

ANEXO I

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RESOLUCION N° 1409-2013(16/05/2013) Art. 1º. AUTORIZAR (5) cinco días de comisión de servicio a la agente María Laura Morón — lnt. N° 1846 — Cat. 21,

para participar del Encuentro Internacional de Narración Oral “Voces como puentes” a realizarse en Capital Federal.

Art. 2º. La presente autorización no implica liquidación de días de viáticos ni gastos por alojamiento y estadía. Art. 3º. REFRENDARÁN la presente el Sr., Secretario de Cultura y Turismo y el Sr. Secretario de Economía, Finanzas

y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

RESOLUCION N° 14010-2013(16/05/2013) Art. 1º. DECLARAR de Legítimo Abono las factura nro. C- 0002-00000060, del señor Claudio Javier Denega, por un

importe de Nueve mil seiscientos pesos ($9.600), en un todo de acuerdo a los considerandos respectivos. Art. 2º. El importe mencionado en el Artículo 1°) será imputado a la partida correspondiente del presupuesto en

vigencia. Art. 3º. REFRENDARAN la presente el Señor Secretario de Economía, Finanzas y Control de Gestión. Art. 4º. De forma.

ORDENANZA N° 10.573-1/13 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1°: DEROGAR de la Ordenanza N° 10.573/12 — los artículos 4°, 5°, 6° (último párrafo), 9° y el Inciso a) del 14°. Artículo 2°: APROBAR como TEXTO ORDENADO de la Ordenanza N° 10.573/12 el ANEXO I, que forma parte integrante de la presente. Artículo 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA SEPTIMA REUNIÓN, CUARTA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 18 DE ABRIL DE 2013.- ANEXO I Artículo 1°: CREASE en el ámbito de la Ciudad de Comodoro Rivadavia la TASA DE EMBARQUE TERMINAL, a los fines de propender al mantenimiento y mejoramiento de las Instalaciones del Edificio de la Terminal de Ómnibus. Artículo 2°: Serán contribuyentes de la Tasa de Embarque, todas las personas que realicen un recorrido de larga distancia, cuyo punto de partida sea la Ciudad de Comodoro Rivadavia.

DEL HECHO IMPONIBLE Artículo 3°: El Hecho imponible, creado mediante el artículo primero de la presente, es aplicable a todas las Empresas de Transportes de Larga Distancia que realizan escala en la ciudad de Comodoro Rivadavia y utilizan, transitan o realizan parada en las instalaciones de la Terminal de Ómnibus de nuestra ciudad.

DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN Y CONTROLES. Artículo 4°: Es Autoridades de Aplicación de la presente ordenanza, la Dirección de la Terminal de Ómnibus de la ciudad de Comodoro Rivadavia quien será la encargada y responsable de percibir y eximir, en los casos que corresponda, el pago del importe por Tasa de Embarque Terminal fijado en el 5 % (cinco por ciento) del valor total del pasaje por persona/pasajero. Artículo 5°: Las Empresas prestatarias del servicio de traslado de pasajeros de larga distancia, previo a la venta del Boleto, deberán solicitar el comprobante de pago, o su exención en caso que correspondiere, de la Tasa de Embarque Terminal. Asimismo confeccionarán una declaración jurada mensual para ser presentada ante la autoridad de aplicación hasta el día 10 (diez) del mes inmediato posterior, sin excepciones. La declaración mencionada deberá contener la cantidad de pasajeros que partieron de la ciudad durante el mes declarado, como asimismo la cantidad de pasajeros beneficiarios de las exenciones regladas en el artículo sexto de la presente.

DE LAS EXENCIONES Artículo 6°: Estarán exentos de la presente tasa de embarque, las siguientes personas: Los Menores de 6 (Seis) años. II. Las personas jubiladas o pensionadas. III. Las Personas con discapacidades. lV. Estudiantes Terciarios y Universitarios. A los fines de gozar de este beneficio, las personas mencionadas en los ítem del 1 al IV deberán informar fehacientemente su condición de beneficiarios realizando la presentación de la certificación que acredite la condición invocada, ante la empresa expendedora del Ticket o Boleto pasaje, y de la cual deberá dejarse constancia mediante fotocopia del certificado correspondiente ante la empresa, para su posterior elevación al organismo de contralor de la presente ordenanza. Artículo 7°: Las Empresas de Transporte de pasajeros de Larga Distancia, no permitirán el ascenso de pasajeros que no cuenten con comprobantes emitido por la Dirección Terminal de Ómnibus que acredite el pago de la Tasa de Embarque Terminal, incluyendo los casos en los cuales la venta de pasajes se hace por medios electrónicos u otros modos de venta ajenos a la empresa.

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Artículo 8°: Los prestatarios del servicio de traslado de pasajeros de larga distancia, deberán llevar registros de la cantidad de pasajeros que ingresan y egresan de la ciudad, facilitando la identificación en los mencionados registros de los pasajes a los cuales se aplica la tasa de embarque. Los registros que las empresas de transporte realicen, mencionados en el párrafo precedente, deberán estar a disposición de las autoridades municipales que así lo requieran y tendrán carácter de Declaración Jurada. Artículo 9°: Las empresas de transporte de larga distancia deberán permitir que el personal de la Dirección Terminal de Ómnibus controle que cada pasajero cuente con el comprobante de pago de la lasa Embarque Terminal al momento de ascender a la unidad de transporte. Artículo 10°: Los ingresos provenientes de la tasa de embarque, serán utilizados para la refacción, mantenimiento, y mejoramiento de las instalaciones del Edificio de la Terminal de Ómnibus. Dichos ingresos serán depositados en una Cuenta Especial creada a tal efecto.- Artículo 11°: Incorpórese la tasa establecida por la presente ordenanza a la correspondiente Ordenanza Tributaria Anual. DE LAS SANCIONES Artículo 12°: Las Empresas de Transporte de Larga Distancia que no cumplan con lo normado por la presente ordenanza serán pasibles de las siguientes sanciones: a) Por la no presentación de los registros correspondiente: 200000 (Doscientos Mil) módulos de Rentas. b) Por la presentación irregular (falsedad u omisión de datos) de los registros correspondientes: 300000 (Trescientos Mil) módulos Rentas. c) Por la no registración de los pasajeros en os correspondientes registros establecidos por la presente ordenanza: 500000 (Quinientos Mil) módulos Rentas. d) Por el incumplimiento del artículo 7°): 100000 (Cien Mil) Módulos Rentas. e) Por incumpliendo del artículo 9°): 100000 (Cien MU) Módulos Rentas. Artículo 13°: El Poder Ejecutivo Municipal reglamentará, mediante la autoridad de aplicación, en el lapso de sesenta días corridos (60) las medidas correspondientes a los fines de facilitar a las empresas de Transporte de Larga Distancia, las declaraciones normadas por el artículo séptimo. Asimismo reglamentará las medidas conducentes al efectivo control y fiscalización de la presente.- Artículo 14°: Derogase la Ordenanza N°9551/09.

ORDENANZAS N° 10.929/13 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1°: AUTORIZAR en el marco de lo dispuesto por la Ordenanza Nro. 3824-4/02, artículo 54.1, A, inciso d) la compra directa del Equipo Vial que se describe a continuación: MODELO: EQUIPO CATERPILLAR, MOTONIVELADORA 140K MONTO: DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS SEIS MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON CENTAVOS (U$S 286.747,50), IVA INCLUIDO. PLAZO DE ENTREGA: TREINTA (30 Días) FORMA DE PAGO: CONTADO EN PESOS, PARA LO CUAL TOMARA EL CAMBIO OFICIAL DEL BANCO NACIÓN, DEL DIA INMEDIATO ANTERIOR A LA EFECTIVA ACREDITACIÓN DEL MISMO. Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido. ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONCEJO DELIBERANTE, EN LA NOVENA REUNIÓN, QUINTA SESION DE TABLAS, OCURRIDA EL 02 DE MAYO DE 2013.

ORDENANZA N° 10.931/13 EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE COMODORO RIVADAVIA, SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA Artículo 1°: ADJUDICAR EN VENTA con PACTO COMISORIO, conforme lo dispuesto por la Ordenanza General de Tierras Fiscales N° 10.417/12, a favor de JOSE MARIA RODRIGO Y CIA S.A, la Parcela “02” de la Manzana “96” — Circunscripción 1 — Sector 12 del Barrio SAN CAYETANO de esta Ciudad, con una superficie de 6.177,66 m2 — Partida Inmobiliaria N° 52.708 cuyo valor de venta es de $ 700.000,00 vigente a la fecha. Actualizaciones obrantes en el Expediente Municipal N° 0367-J- 1996.- Artículo 2°: EL PODER EJECUTIVO MUNICIPAL, está autorizado a actualizar los valores de venta de la tierra hasta a firma del Pacto Comisorio respectivo, conforme el Primer Párrafo “Disposiciones Reglamentarias” de la Ordenanza Tributaria Anual vigente. Artículo 3°: CANCELADO el valor de venta del terreno y CUMPLIDO los requisitos exigidos por la Ordenanza General de Tierras Fiscales vigente, OTORGAR TIUTULO DE PROPIEDAD a favor de JOSE MARIA RODRIGO Y CIA S.A, por la Parcela detallada en el Artículo 1° de la presente. Artículo 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Municipal, dése al Diario de Sesiones, publíquese en el Boletín Oficial, regístrese y cumplido ARCHIVESE. DADA EN LA SALA DE SECIONES DEL CONSEJO DELIBERANTE, EN LA NOVENA REUNION, QINTA SECION DE TABLAS , OCURRIDAS EL 02 DE MAYO DE 2013.

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AVISO DE LICITACION Llamase a Licitación Pública: N° 23/13

Obra: “AMPLIACIÓN C.P.B.° SAN MARTÍN” Presupuesto oficial: $ 1.120.160,00 (Pesos un millón ciento veinte mil ciento sesenta). Consulta y venta de Pliegos: Dirección de Contrataciones - Calle Mitre 837 - 1° Piso - Municipalidad de Comodoro Rivadavia, en horario de atención al público hasta dos (2) días hábiles antes de la apertura. Lugar de la Apertura: Calle Moreno 815 (Despacho Intendencia)- 1° Piso Municipalidad de Comodoro Rivadavia. Fecha de Apertura: 11 de Junio de 2013 a las 12:00 hs. Valor del Pliego: $ 1.120,00 (Pesos mil ciento veinte). Plazo de Ejecución: Doscientos diez (210) días corridos. Garantía de Oferta: 1 % del Presupuesto Oficial (Pesos once mil doscientos uno con sesenta centavos) $ 11.201,60. Capacidad de Ejecución Anual: $ 1.920.274,20.- Pesos: un millón novecientos veinte mil doscientos setenta y cuatro con veinte centavos. Sección Arquitectura. Expedido por el Registro de Constructores de Obras Públicas de la Provincia del Chubut (si es copia, debidamente certificada por Escribano Público),