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Municipalidad de Barva Secretaría Municipal
Acta 59-2016
26/09/2016
Acta Ordinaria 59-2.016 Acta número CINCUENTA Y NUEVE de la Sesión Ordinaria celebrada por el Concejo
Municipal de Barva a las diecisiete horas con trece minutos del día 26 de Setiembre del
2.016 con la asistencia de los siguientes miembros.
REGIDORAS Y REGIDORES PROPIETARIOS Sra. Damaris Zárate Murillo Presidenta Municipal
Sr. José María Ramos Benavides
CC. José Luís Ramos Benavides
Sr. Eduardo Enrique Zamora Montero
Sr. Allan Montero Vizcaíno
Sra. Miriam Patricia Ortega Cerdas Vice Presidenta Municipal
REGIDORAS Y REGIDORES SUPLENTES Srta. Madelyn Vanessa Blanco Ramírez
Sr. Arnoldo Núñez Sánchez
Lic. Francisco Esteban Herrera Montero
Sr. Juan Luís Álvarez Calderón
SINDICAS Y SÍNDICOS PROPIETARIOS Sr.Gerardo Antonio García Zúñiga
Sra. María Isabel Montero Segura
Sra. Marianela Arguello Valverde
Sra. Ingrid María Rodríguez Jiménez
Sra. Jeannette Cordero Gamboa
Sr. Bryan Jesús Solano Aguilar
SINDICAS Y SÍNDICOS SUPLENTES Sra. María Auxiliadora Montero Gómez
Sr. Danny Alberto Rodríguez Rodríguez
Sr. Rodrigo Arturo Alfaro Sánchez
Sra. María Patricia Steller Steller
ALCALDE MUNICIPAL Sr. Claudio Manuel Segura Sánchez
AUSENTES Sra. Ana Lizett Zárate Bogantes
C.C. Ana Lizeth Zárate Bogantes (con excusa)
Sr. Hernán Rodríguez Zárate
Sr. Andrés Alberto González Araya
PRESIDE Sra. Damaris Zárate Murillo
SECRETARIA Sra. Mercedes Hernández Méndez
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26/09/2016
El Regidor Suplente Lic. Francisco Herrera Montero solicita se modifique el orden del
dia para atender a los vecinos de Santander que les urge que el Concejo Municipal les
reciba para plantearles un asunto que les está afectando.
La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo lo somete a votación y es
aprobado por unanimidad
ORDEN DEL DÍA
Capítulo I Aprobación del Acta Ordinaria 57-2016
Capítulo II Atención a Vecinos de la Urb. Santander
Capítulo III Informes
Capítulo IV Mociones
Capítulo V Asuntos de los Regidores (as) y Síndicos (as)
Capítulo VI Correspondencia
Capítulo VII Asuntos de la Presidencia
Capítulo VIII Asuntos de la Alcaldía
La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo lo somete a votación el Orden
del dia y es aprobado por unanimidad
CAPITULO I
APROBACIÓN DE ACTAS
Art. 01 Se somete a votación el Acta Ordinaria 57-2016 conforme al art. 48 del Código
Municipal “existe obligación de aprobar el Acta de cada Sesión, las actas no se votan,
sencillamente se someten a aprobación mediante un acuerdo de mero trámite y carece
de recursos”
Se presentan las siguientes observaciones:
Cap. II art. Art.18 pág. 49 Inclúyase en el primer renglón “la copia de un correo electrónico
enviado por la Sra. Antonieta Camacho”
Cap. IV Art 01 en la pag 53 Inclúyase dentro del acuerdo 1220-2016 “MIVAH”
El Regidor Allan Montero Vizcaíno presenta la siguiente aclaración que envía la Sra.
Antonieta Camacho Soto que a la letra dice:
Barva, 26 de setiembre 2016
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Señores Concejo Municipal de Barva
ASUNTO: SOLICITO INCLUIR LAS SIGUIENTES ACLARACIONES, en el acta del
día 19 de setiembre de 2016, ACTA Na 57-2016, en relación a una nota leída bajo el supuesto
de que mi persona la había enviado al Concejo Municipal, en relación con el PROYECTO
RESTAURACIÓN TOTAL DEL PARQUE DE BARVA. Sobre dicha nota, se
externaron observaciones y calificativos de parte del señor alcalde Claudio Segura, y, del
REGIDOR Eduardo Zamora.
ACLARACIONES: Ma. Antonieta Camacho Soto, céd 4-098-744 1. En primer lugar, por respeto a ustedes -y a mi persona-, les solicito dejar
constancia en el acta correspondiente, que SIN MI CONSENTIMIENTO se trajo
a este respetable concejo municipal una nota elaborada por mi persona con
carácter de reflexión interna, y enviada a la Junta Directiva de la Asociación
de Desarrollo Integral de Barva (ADIB), en el marco de la comunicación
electrónica que mantuvimos en relación a una solicitud del señor alcalde, para
que asistiéramos por primera vez, a conocer una propuesta para el
PROYECTO RESTAURACIÓN TOTAL DEL PARQUE CENTRAL DE BARVA,
el martes 20 de setiembre. La lectura de la nota tomó tiempo muy apreciado y
generó una confusión innecesaria.
En esos días yo estaba fuera del país (durante dos semanas), por lo que elaboré
observaciones generales, desde mi perspectiva profesional de planificadora de la gestión
del desarrollo local y también, como miembro de la Junta Directiva de la ADIB. Esas
notas tienen el propósito de aportar para la discusión un enfoque integral que
visualiza un posible proyecto de remodelación del parque, en el contexto del distrito, y
de otros dos proyectos contenidos en PLAN DE TRABAJO 2016 de la ADIB, Parque San
Bartolomé y Parque Ecológico Cultural de Barva, así como de otras áreas recreativas y
culturares que existen en este pequeño distrito, al mismo tiempo que se pueda recuperar lo
avanzado en Comisiones Municipales. Es decir, se elaboró un documento sin segundas
intenciones y con toda honestidad, para el análisis y la reflexión.
En el lapso de tiempo que estuve fuera de Barva, no hubo reunión de Junta Directiva, la
secretaria de la misma renunció recientemente y no ha sido sustituida; tampoco se me
consultó ni autoricé a ningún compañero de Junta Directiva a enviar mis aportes a la
Alcaldía o al Concejo Municipal, puesto que primero íbamos a conocer la propuesta
oficialmente por parte del IFAM, la Alcaldía y la Presidencia Municipal el martes 20
del mes corriente, para después reunimos.
2. Igualmente, me sorprendió que estando en Sesión de Junta Directiva de la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo de Barva, el Iunes19, el señor
regidor Eduardo Zamora, llama por teléfono a la presidenta de la UCAB, externando una serie de calificativos (o descalificativos) sobre el desempeño de la ADI
de Barva -que no es necesario repetir pues se incluyen en actas-, involucrando a mi persona y pre juzgando una situación y actitudes que no tienen fundamento. De igual
manera, bajo el supuesto de que la ADIB no iba a, asistir a la convocatoria del martes 20, el señor regidor solicita a la UCAB que participe. El trato a las organizaciones comunales debe
mantenerse dentro de canales respetuosos y con la seriedad que corresponde a las
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autoridades municipales y que haya reciprocidad en ese sentido de parte de los ciudadanos.
3. En relación con los proyectos impulsados por el Comité de San Bartolomé y
la ADIB, como parte del Plan de Trabajo 2016, y en relación con el proyecto presentado el año pasado al Concurso del MIVAH, con el apoyo del Concejo Municipal, si es de su interés, pueden solicitar un informe del avance.
Por ahora me permito adelantar que se han mantenido reuniones con el Concejo de Distrito sobre el Proyecto San Bartolomé y estamos a la espera de su respuesta; también,
con personeros del INVU y se ha contado con el aporte de miembros de Junta Directiva de la ADIB, para efectos topográficos de planos. Además, la ejecución del proyecto, se
incluyó en Presupuesto Extraordinario Municipal del Primer Trimestre 2016, dado que no fue financiado por el concurso del MIVAH. Es decir, el proyecto está en proceso de
subsanar algunos detalles para el ajuste final, lo cual toma tiempo. Hace unos meses también se realizó una siembra de 100 arbolitos, en coordinación con la Oficina Municipal
de Gestión Ambiental, la comunidad y se contó con el aporte del Club de Leones.
4. Finalmente, personalmente creo que el enfoque de un proyecto de
remodelación del PARQUE CENTRAL DE BARVA puede nutrirse de la
experiencia que ya tuvimos con lo participación en el Concurso MIVAH 2015, con el fin de contar con un enfoque comprehensivo, que logre visualizar y
proyectar un modelo integrado con terrenos correspondientes a otras áreas de parque, zonas recreativas y deportivas, y áreas verdes.
Por lo tanto, el contenido de la nota que se leyó, es parte de una visión técnica y profesional coherente con la experiencia de desarrollo social que he mantenido como
Barveña y comunalista activa durante muchos. Agradezco su atención y solicito nos hagan llegar las actas correspondientes a esta
temática. Envío copia de esta nota a la ADIB y a la UCAB.
El Concejo Municipal aprueba el Acta Ordinaria 57-2016 manteniéndose los votos
negativos de la misma.
CAPITULO II
ATENCIÓN A VECINOS DE LA URB. SANTANDER
Art. 01 Se recibe la visita de los Vecinos de la Urbanización Santander en la que el Sr.
León Montero Gómez en la que presenta su preocupación con la situación con respecto a
la situación de la colocación de una antena en un lote de la Urbanización les preocupa los
problemas de Salud que podría causarles la colocación de este tipo de Antena, además del
problema de desvalorización de sus propiedades, desean saber si hay permisos de la
Municipalidad para que se lleve a cabo dicha colocación a menos de 500 metros de la
Clínica de Barva
El Asesor Jurídico Municipal Lic. Junior Hernández Segura explica que si la antena es
móvil no necesita permisos Municipales porque la legislación al respecto los ampara, lo
que se debería valorar es el cambio del Reglamento donde se incluya un tiempo prudencial
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de duración de su colocación, considera muy importante que los Vecinos soliciten por
escrito un informe al respecto a la Administración Municipal
El Lic. Francisco Esteban Herrera Montero solicita que conste en actas lo siguiente que
a la letra dice:
Externo mi apoyo hacia los vecinos presentes el día de hoy con el fin de denunciar la
colocación de una antena de telefonía móvil de la empresa Claro.
Externo mi apoyo a los vecinos bajo el entendido que:
a) La colocación de esta estructura pone en riesgo estructuras cercanas como casas de
habitación
b) Representa un riesgo para la salud de las personas que viven en los terrenos
cercanos (La clínica de Barva se encuentra muy cerca de dicha antena)
c) Los inmuebles aledaños a la antena se verán afectados por una baja en el precio de
sus propiedades
La Sindica Propietaria Marianella Arguello Valverde solicita que conste en actas lo
siguiente que a la letra dice:
Con respecto a la instalación de torres y antenas de telecomunicaciones, Costa Rica ha sido
“conejillo de indias”. En las luchas que dimos en el distrito de San Pablo de Barva,
investigamos que en otros países es prohibido ubicarlas en zonas residenciales, cerca de
escuela y hospitales. Por ejemplo, la empresa Movistar en España no ubica torres cerca de
poblaciones humanas, en Suiza se ubican a un 1 km de distancia. Hace 30 años decían que
fumar tabaco no daba cáncer, hoy sabemos que genera muchos tipos de cáncer. Es lo
mismo con las torres y antenas, es un asunto de derechos humanos, por lo tanto coincido
con ustedes en la preocupación de la colocación de dicha antena.
El Alcalde Municipal Sr. Claudio Segura Sánchez manifiesta su oposición a que se
tomen acuerdos con respecto a una situación que no ha sucedido y que es de injerencia
completamente administrativa ya que no existe en este momento colocada antena alguna en
el lugar
La Presidenta Municipal Damaris Zárate Murillo solicita que conste en actas lo
siguiente que a la letra dice:
Debido a la visita de los vecinos de Santander y de su preocupación por la instalación de
una antena de telecomunicación en lugar residencial
SE ACUERDA:
1. Requerir a la Administración un informe técnico sobre esta denuncia y de existir si se
encuentra a derecho. En lo anterior en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la
notificación de este acuerdo se traslada al Alcalde
2. Solicitar a la Comisión de Asuntos Jurídicos analice y si es procedente proponga una
reforma al Reglamento municipal de Telecomunicaciones de Barva, para fijar un plazo
máximo de instalación de torres móviles de telecomunicaciones.
(Copiado textualmente)
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ACUERDO NO. 1221-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA APROBAR DICHA MOCIÓN Y LA TRASLADAN AL
ALCALDE MUNICIPAL PARA QUE PRESENTE EL INFORME TÉCNICO SOLICITADO Y A LA
COMISIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS PARA QUE REALICE UN ANÁLISIS SI PROCEDE O NO
REALIZAR UNA REFORMA AL REGLAMENTO MUNICIPAL DE TELECOMUNICACIONES
DE BARVA, PARA FIJAR UN PLAZO MÁXIMO DE INSTALACIÓN DE TORRES MÓVILES DE
TELECOMUNICACIONES.
MOCIÓN APROBADO
SOLICITUD DE INFORME APROBADO
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
CAPITULO III
INFORMES
Art. 01 La Licda. Yesael Molina Vargas Proveedora Municipal presenta el siguiente
informe con el no. de Oficio PMB-433-2016 que a la letra dice:
En atención al acuerdo N°1181-2016 del Concejo Municipal, tomado en la Sesión
Ordinaria N°55-2016, mediante el cual se me convoca y solicita un informe sobre las
contrataciones de la Comisión de Cultura para la actividad de Nicolás Aguilar Murillo,
procedo a rendir dicho informe y así como de previo a referirme a los comentarios
realizados por Síndicos y regidores en dicho acuerdo.
En primer término respecto al oficio PMB-400-2016, del cual se deriva el acuerdo de
marras y al que se refiere la Sindica señora Jeannette Cordero Gamboa, como un informe
por parte del Departamento de Proveeduría, debo aclarar al respecto que dicho oficio no
corresponde a un informe, ni se refiere al tema de ejecución presupuestaria y dista de ser un
descargo de responsabilidad por parte de la Proveeduría en otros como lo señala la Sindica,
sino que obedece tal y como se establece en el oficio a un comunicado de las fechas límites
de presentación de las solicitudes de contratación (según objeto contractual), próximas a
realizar por parte de la Proveeduría, lo cual se realiza por imperativo legal en cumplimiento
de lo establecido en el artículo 13 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa,
que para lo conducente establece, el resaltado es nuestro:
“…Artículo 13.—Fragmentación. La Administración no podrá fraccionar sus operaciones
respecto a necesidades previsibles con el propósito de evadir el procedimiento de
contratación que corresponde. Todas aquellas contrataciones que pudieran reportar
economías de escala deberán efectuarse en forma centralizada, para lo cual deberá existir
la planificación de compras respectiva, si así resulta más conveniente para el interés
público.
La fragmentación se reputa ilícita cuando, contándose en un mismo momento dentro del
presupuesto ordinario con los recursos necesarios y habiéndose planificado las
necesidades administrativas concretas, se realiza más de una contratación para el mismo
objeto, con los efectos de evadir un procedimiento más complejo.
La Administración deberá planificar anualmente sus compras y fijar fechas límites para
que las unidades usuarias realicen los pedidos de los bienes y servicios que requieren con
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la debida antelación, a fin de poder agrupar los objetos de las compras. Fuera de esas
fechas no se podrán atender pedidos que no sean calificados de necesidades urgentes o
imprevistas…’’
En cuanto a lo señalado por la Presidenta Municipal señora Damaris Zarate Murillo y el
Regidor Suplente señor Arnoldo Núñez Sánchez, respecto a que no se utiliza un sistema de
compras moderno lo cual entraba las compras, debo aclarar al respecto que la
Municipalidad de Barva, no cuenta con ningún sistema informático integrado, todo se
realiza de manera manual en tablas de Excel, y todos los años en el Plan Anual Operativo
que formula la Proveeduría, lo ha requerido como la primera meta de mejora y a la fecha no
se ha asignado el contenido presupuestario, por lo cual no se ha adquirido, igualmente en el
PAO para el 2017 se incluyó como la primera meta y desconoce esta Proveeduría si en el
presupuesto ordinario para el periodo 2017 que ya aprobó este Concejo Municipal,
destinaron el contenido presupuestario para el sistema informático que durante tantos años
ha requerido y el cual manifiestan los miembros de este Concejo ser tan necesario, con lo
cual esperaría que si se haya presupuestado.
Referente a lo manifestado por el Regidor señor Allan Montero Vizcaíno,
efectivamente como lo señala el tema de contratación administrativa involucra a toda la
administración, así como al Concejo Municipal, quien es el superior jerárquico encargado
de dictar los actos finales de los procesos licitatorios, y no es exclusivo de la Proveeduría,
la cual según lo establece los artículos 8 y 10 del Reglamento a Ley de Contratación
Administrativa, es la conductora de los procesos de contratación, una vez que la unidad
usuaria en coordinación con las respectivas unidades técnica, legal y financiera haya
acreditado los requisitos previos como la descripción del objeto, las especificaciones
técnicas y características de los bienes, la estimación del objeto contractual entre otros, y
esta Proveeduría tiene pleno conocimiento de cuáles son sus funciones y están claramente
definidas por ley, así como en el artículo 15 del Reglamento de Adquisiciones de Bienes,
Materiales, Obras y Servicios de la Municipalidad de Barva, y no ha pretendido nunca que
el Concejo Municipal se encargue de gestionar el Registro de Proveedores como el señor
Regidor lo señala, y a efectos de mantener actualizado dicho registro la Proveeduría cada
año realiza una publicación en el Diario Oficial La Gaceta, invitando a los proveedores en
general a formar parte del registro tal y como lo establece el artículo 116 del Reglamento a
la Ley de Contratación Administrativa.
Así mismo, respecto a la solicitud de contratación de la Comisión de Cultura más adelante
rindo informe aparte, y en cuanto a que manifiesta que se está utilizando un sistema que no
sirve como aclare líneas arriba, la Municipalidad no cuenta con ningún sistema informático
para compras, nunca han asignado el contenido presupuestario requerido para tal efecto.
Por otra parte atribuirle la responsabilidad exclusiva a la Proveeduría de la no ejecución
presupuestaria, resulta atrevido y demuestra desconocimiento de la estructura
administrativa de la Municipalidad y de su funcionamiento, y según lo establecido en los
artículos 4, 13 y 17 del Código Municipal, es atribución del Concejo Municipal y del
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Alcalde acordar el presupuesto y ejecutarlo, y como antes manifesté los procesos de
contratación administrativa involucran a toda la Municipalidad, empezando por el Concejo
Municipal que autoriza las decisiones iniciales de las licitaciones y las adjudican, así como
el Alcalde Municipal autoriza las contrataciones directas y las adjudica, las unidades
usuaria que realiza las solicitud, técnica, legal y financiera, así como la Comisión de
Recomendación de Adjudicaciones, las respectivas funciones de los órganos involucrados
en el procedimiento de contratación se definen claramente CAPÍTULO IV., artículos del 15
al 19 del Reglamento de Adquisiciones de Bienes, Materiales, Obras y Servicios de la
Municipalidad de Barva.
Respecto a que al señor Regidor José Luis Ramos Benavides, le resultan inadmisibles los
requisitos que deben contener las solicitudes de obra, bienes o servicios que las unidades
usuarias presenten a la Proveeduría, debo manifestar al respecto que los requisitos
requeridos son los que establece la Ley de Contratación Administrativa en sus artículos 7,
8, 9 y los artículos 7, 8, 9 y 10 de su Reglamento, así como los establecidos en el artículo 9
del Reglamento de Adquisiciones de Bienes, Materiales, Obras y Servicios de la
Municipalidad de Barva, con lo cual son de cumplimiento obligatorio toda vez que la
actividad de contratación administrativa desplegada por la Municipalidad se rige por dicha
ley según lo establecido en su artículo primero.
En cuanto a lo manifestado por el Regidor señor Eduardo Zamora Montero, de cómo se le
ocurre a “esa muchacha’’, asumiendo que se refiere a mi persona como en cargada de la
Proveeduría, que se deba presentar la solicitud de contratación de un servicio de transporte
un mes antes de la actividad para la cual se requiere este servicio, debo aclararle al señor
Regidor que en materia de contratación administrativa no proceden las ocurrencias de mi
parte, si no que se deben respetar los plazos que establece la Ley de Contratación
Administrativa y su Reglamento, para cada uno de los tipos de procedimientos de
contratación: Licitación Pública, Licitación Abreviada o Contratación Directa, que es esta
última la que procedía en el caso que nos ocupa, y a la cual me voy a referir más adelante
en informe aparte como antes mencione, no omito manifestar al respecto que lo señalado
por el Regidor contradice lo establecido en el artículo 13 del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, que ya referencié reglones arriba, en cuanto a que la
Administración deberá planificar anualmente sus compras y fijar fechas límites para que las
unidades usuarias realicen los pedidos de los bienes y servicios que requieren con la
debida antelación, a fin de poder agrupar los objetos de las compras, así como los plazos
de ley que se establecen para la tramitación de una Contratación Directa, un periodo
mínimo de veintidós días hábiles en un escenario ideal en cual no se interpongan recursos
de objeción y/o revocatoria.
Respecto a que no se pudo utilizar el fondo de caja chica, debo aclarar que el manejo
de la caja chica no es de resorte de la Proveeduría, toda vez que no es la encargada de
administrar dicho fondo, ello le compete a la Tesorería Municipal en coordinación con la
Administración Tributaria y Financiera.
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Procedo a rendir informe sobre las contrataciones de la Comisión de Cultura para la
actividad de Nicolás Aguilar Murillo.
Aunque el Regidor señor Allan Montero Vizcaíno, señala que el trabajo de la Comisión de
Cultura fue magnifico presentó sus solicitudes hace más de un mes y medio, debo
manifestar al respecto, que el acuerdo N°1036-2016 del Concejo Municipal, tomado en la
Sesión Ordinaria N°49-2016, mediante el cual aprueban la programación de las actividades
culturales para el 10 y 11 de setiembre del 2016, fue recibido en la Proveeduría a la catorce
horas con quince minutos del 17 de agosto de 2016, y el oficio N°MB-AMB-0780-2016 de
traslado por parte de la Alcaldía a las diez horas con treinta dos minutos del 26 de agosto de
2016, a menos de un mes de que se realizara la actividad de Nicolás Aguilar Murillo, y
dado que lo que se remitió fue la programación de las actividades y la cantidad de personas,
y no la solicitud de contratación con la especificación del servicio de alimentación
requerido, el menú y el costo estimado, la certificación de contenido presupuestario que
respalde dicha erogación, y la línea del plan de compras institucional en la se incluyó dicha
contratación, así mismo no quedaba claro si también se requería el servicio de transporte en
cuyo caso se debían realizar las respectivas especificaciones, el 22 de agosto de 20016,
mediante el oficio PMB-361-2016 dirigido a este Concejo Municipal y a la Alcaldía
Municipal, se les indica que de previo a poder iniciar los correspondientes procesos de
contratación, es necesario se subsanen los requisitos mínimos, los cuales fueron
comunicados a inicio de año por esta Proveeduría a todas las dependencias municipales,
mediante el oficio PMB-029-2016, los cuales como ya manifesté, son los que establece la
Ley de Contratación administrativa en sus artículos 7, 8, 9 y los artículos 7, 8, 9 y 10 de su
Reglamento, así como los establecidos en el artículo 9 del Reglamento de Adquisiciones de
Bienes, Materiales, Obras y Servicios de la Municipalidad de Barva, con lo cual son de
cumplimiento obligatorio toda vez que la actividad de contratación administrativa
desplegada por la Municipalidad se rige por dicha ley según lo establecido en su artículo
primero.
Así mismo se indicó que ya en el oficio PMB-029-2016, se había remitido la
calendarización de las contrataciones que se iban a realizar según objeto contractual en el
mes de febrero, a efectos de que presentaran las respectivas solicitudes, dentro de las cuales
estaba los servicios de alimentación, cuyo proceso de contratación ya realizó esta
Proveeduría, lo anterior en cumplimiento de lo establecido en el artículo 37.-Prohibicion de
fragmentar., de la Ley de Contratación Administrativa., y articulo 13.-Fragmentación., del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, que para lo conducente establece:
“…La Administración no podrá fraccionar sus operaciones respecto a necesidades
previsibles con el propósito de evadir el procedimiento de contratación que corresponde.
Todas aquellas contrataciones que pudieran reportar economías de escala deberán
efectuarse en forma centralizada, para lo cual deberá existir la planificación de compras
respectiva, si así resulta más conveniente para el interés público.
La fragmentación se reputa ilícita cuando, contándose en un mismo momento
dentro del presupuesto ordinario con los recursos necesarios y habiéndose planificado las
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necesidades administrativas concretas, se realiza más de una contratación para el mismo
objeto, con los efectos de evadir un procedimiento más complejo.
La Administración deberá planificar anualmente sus compras y fijar fechas límites
para que las unidades usuarias realicen los pedidos de los bienes y servicios que requieren
con la debida antelación, a fin de poder agrupar los objetos de las compras. Fuera de esas
fechas no se podrán atender pedidos que no sean calificados de necesidades urgentes o
imprevistas…”
Con lo cual y aunque se estaban dando tramite a otros procesos de contratación
según la programación de las compras realizada y comunicada a cada departamento, y dado
que este Concejo lo había determinado como un trámite urgente, y si la Alcaldía le
solicitaba a esta Proveeduría dar prioridad a dichas contrataciones, se debían subsanar los
requisitos ya establecidos, así mismo se debía considerar que un proceso de contratación
directa requiere un periodo mínimo de veintidós días hábiles (en un escenario ideal en cual
no se interpongan recursos de objeción o revocatoria), ya que dicho servicios se requieren
para el 10 y 11 de septiembre de 2016.
No obstante la advertencia realizada por parte de la Proveeduría respecto a la
antelación requerida por los plazos mínimos de ley para tramitar una contratación directa,
es hasta el 01 y 02 de setiembre de 2016 (faltando menos de ocho días hábiles para la
actividad), es que se presenta a la Proveeduría los oficios CMCM-MB-001-2016 y CMCM-
MB-002-2016, de la Comisión de Nomenclatura y Cultura, correspondientes a las
solicitudes de contratación de servicio de alimentación y de servicio de sonido
respectivamente, y dado que ya nos encontrábamos a destiempo por la tardía presentación
de las solicitudes, no daba tiempo realizar un proceso de contratación por los plazos
requeridos de ley, así como por el hecho de que la Comisión de Cultura no publicó en el
Plan de Compras Institucional las contrataciones que tenía proyectado realizar en el periodo
presupuestario 2016, lo cual, es un requisito según lo establecido en los artículos 7 y 8
inciso a) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, y con todo el ánimo de
colaborar para que se pudiera contratar los servicios requeridos le informé a los
compañeros Alonso Rodríguez y Marcela Jara, que por el corto tiempo, lo que se podía
realizar era un contrato adicional amparados en lo establecido en el artículo 201 del
Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa., de las contrataciones que ya había
realizado la Proveeduría sobre este tipo de servicios, utilizando para ello los montos
publicados por la Comisión de Nomenclatura en el Plan de Compras Institucional 2016, ya
que como mencione la Comisión de Cultura no publicó ninguna proyección de contratación
en dicho plan y por ley, lo que no se encuentra publicado en el plan de compras no se puede
contratar.
Al respecto del Plan de Compras Institucional 2016, ya la Proveeduría mediante el
oficio: PMB-122-2016, y en atención al acuerdo N°139-2016, le había informado al
Concejo Municipal, que de conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley de
Contratación Administrativa, en el primer mes de cada período presupuestario las entidades
sujetas a las regulaciones de esa Ley dan a conocer el programa de adquisiciones
proyectado, mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta o en otros medios idóneos
como la página electrónica oficial del órgano o entidad. En virtud de lo cual y según lo
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establecido en el artículo 7 del Reglamento de Adquisiciones de Bienes, Materiales, Obras
y Servicios de la Municipalidad de Barva, cada unidad usuaria remite a la Proveeduría a
más tardar la última semana del mes de diciembre, la información de sus requerimientos de
bienes, materiales y servicios para el siguiente periodo económico, para que ésta elabore el
Plan de Compras Institucional y lo publique en el mes de enero.
Con lo cual se realizaron los siguientes contratos adicionales:
Contratación Directa Nº 2016CD-000002-01: “Contratación de servicio de alimentación.”
Línea Cantidad Unidad Descripción
6 128 servicio Prestación del servicio: Emparedado en vuelto en papel o
algún tipo de material amigable con el ambiente y el
refresco en bolsa plástica
-Detalle del Menú: Emparedado con salsas de tomate,
mayonesa, lechuga, tomate, jamón, con refresco.
-Forma y hora de entrega:
10 de setiembre del 2016: 10:00 am 23 unidades - 13:00
horas 30 unidades
11 de setiembre del 2016: 10:00 am 60 unidades – 13:00
horas 15 unidades.
Contratación Directa Nº 2016CD-000017-01: “Contratación de servicio de alimentación.”
Línea Cantidad Total Unidad Descripción del servicio
2
150 piñas Tamales de cerdo
Fecha:
Sábado 10 de setiembre de 2016: 110 piñas
Hora: 12:30.
Domingo 11 de setiembre de 2016: 40 piñas
Hora: 12:00 m.
Lugar de entrega: Parque de Barva.
Características: Listas para servir
Línea Cantidad Unidad Descripción
9 29 servicio Servicio Catering: Arroz blanco o puré,
una porción de carne de res o pollo con salsa refresco
natural ensalada con aderezo y postre.
Sábado 10 de setiembre de 2016
Hora: 12 m.
Lugar de entrega: Municipalidad de Barva.
Contratación Directa Nº 2016CD-000019-01: “Contratación de servicio de sonido.”
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Línea Cantidad Unidad Descripción
1 1 servicio Servicio de sonido para las actividades en memoria,
homenaje y celebración del día del Héroe Nacional Coronel
Nicolás Aguilar Murillo, en el Parque de Barva los días
10 y 11 de setiembre de 2016 de 8:00 am a 8:00 pm.
Por ello causa extrañeza que el Regidor señor Allan Montero, manifieste que
presentaron las solicitudes con más de mes y medio de antelación, cuando en realidad se
presentaron ocho días antes de la actividad, y que dos días antes se dijo que no había
comida, que no se pudieron realizar las contrataciones, cuando se realizaron los contratos
adicionales de alimentación ya señalados, y con todo el espíritu de colaboración que ha
caracterizado el accionar de la Proveeduría, se dejaron de lado otras contrataciones urgentes
que se estaban realizando como la renovación del licenciamiento de la Municipalidad que
se vencía, la compra de motocicletas y la contratación de equipo de cómputo entre otras,
para buscar una figura legal que permitiera realizar la contratación de esos servicios,
estando la Proveeduría facultada para devolver sin trámite dichas solicitudes por
extemporáneas amparada en el artículo 13.-Fragmentación., del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa., ampliamente referenciado en este informe y que señala que
la fragmentación se reputa ilícita cuando, contándose en un mismo momento dentro del
presupuesto ordinario con los recursos necesarios y habiéndose planificado las necesidades
administrativas concretas, se realiza más de una contratación para el mismo objeto.
Por otra parte respecto a lo señalado por los Regidores Allan Montero y Eduardo
Zamora, sobre el servicio de transporte, debo manifestar que sobre ese objeto contractual
no se presentó a la Proveeduría ninguna solicitud de contratación, y el que no existan
proveedores inscritos en el registro para dicho servicio, no interfiere en poder realizar el
proceso de contratación, toda vez que la ley establece que cuando no existan los
proveedores necesarios inscritos se deberá cursar invitación mediante publicación en el
Diario Oficial La Gaceta, y respecto a la antelación con la cual se deben presentar las
solicitudes de contratación ya me referí ampliamente al respecto según los plazos que
establece la Ley de Contratación Administrativa y su Reglamento.
Así mismo respecto al tema de que no se disponía de agua tampoco se presentó a la
Proveeduría ninguna solicitud de contratación al respecto, dentro de las solicitudes
presentadas.
Por todo lo anterior resulta indebido, por los comentarios realizados, trasladar
responsabilidades a la Proveeduría que no le corresponden sobre una actividad de la cual no
era la encargada ni la coordinadora, toda vez que como ya se mencionó se prestó toda la
colaboración para atender las solicitudes que se presentaron a destiempo y aun así se logró
realizar las contrataciones solicitadas.
Por ultimo respecto a las áreas de mejora para la Proveeduría Municipal, las cuales
se han establecido todos los años en el Plan Anual Operativo del departamento como metas
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Acta 59-2016
26/09/2016
de mejora, así como en los informes trimestrales de labores, en el PAO 2016 y 2017 se
definieron:
1. Implementar un sistema informático integrado para las órdenes de compra, el
inventario, control de entradas y salidas de materiales y el registro de proveedores.
A la fecha no se ha asignado contenido presupuestario con lo cual se ha adquirido el
sistema.
3. Digitalizar las compras, se coordina con la Alcaldía y el Departamento de
Informática, y mediante el oficio PMB-430-2016, les remití a dichos departamentos
y al Concejo Municipal, copia de la reforma del artículo 40 y adicción del artículo
40 bis a la Ley de Contratación Administrativa, publicada en el Alcance Digital Nº
182 a La Gaceta Nº 176 13 de Setiembre del 2016, que regula uso de medios
digitales y establece que toda la actividad de contratación regula da en dicha ley, así
como aquella que se regule bajo cualquier régimen especial, deberá realizarse por
medio del Sistema digital unificado de compras públicas, para tales efectos la
administración y los particulares deberán ajustarse a las regulaciones de la Ley
N°8454, Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos, de 30
de agosto de 2005.
Así mismo el artículo 40 bis adicionado, establece que toda institución
pública que realice cualquier tipo de contratación regula en dicha ley deberá incluir
un vínculo en sus páginas web, para que la ciudadanía acceda a la página del
Sistema digital unificado de compras públicas.
Se establece un transitorio único para los entes públicos que a la entrada en vigencia
de la presente ley no posean los recursos humanos y digitales necesarios para
efectuar las contrataciones del Sistema digital unificado de compras públicas,
tendrán un plazo improrrogable de un año para cumplir con las obligaciones
establecidas en esta ley.
4. Contar con otra plaza de Analista de compras a tiempo completo, dado que la
Proveeduría es una unidad de apoyo institucional al encargarse de contratar y
suministrar bienes y servicios a todos los Departamentos Municipales, y el
presupuesto asignado para contratación administrativa se incrementa cada año, con
lo cual en la resolución R-DC-14-2016, de la Contraloría General de la República,
Publicada en el Alcance No. 28 a La Gaceta No. 41 del lunes 29 de febrero de 2016,
mediante la cual actualiza los limites generales de contratación administrativa, de
acuerdo al presupuesto promedio para la adquisición de bienes y servicios no
personales la municipalidad subió de estrato pasando del G al estrato F, con lo cual
es imperante la necesidad de contar como mínimo con un analista más de
proveeduría que realiza las funciones operativas, alimentación del Sistema
Integrado de Contratación Administrativa de la Contraloría General de la República,
mantenimiento y actualización del Registro de Proveedores, los análisis económico-
financieros de las ofertas presentadas en los procesos licitatorios.
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26/09/2016
Para el 2015 se presupuestó la plaza de asistente de proveeduría a tiempo completo, lo cual
dada la cantidad de trabajo actual era necesario pero resulta insuficiente, se requiere
mínimo de una plaza más de analista de compras, desde que asumí el puesto de Proveedora
Municipal en el año 2003, la municipalidad se encontraba en el estrato I (presupuesto igual
o inferior a cien millones de colones (¢100.000.000,00), pero superior a treinta millones de
colones (¢30.000.000,00), y en el año 2016 en la resolución R-DC-014-2016 dictada por la
Contraloría General de la República, a las 10:00 horas del 23 de febrero de 2016, Publicada
en el Alcance No. 28 a La Gaceta No. 41 del lunes 29 de febrero de 2016, se ubica a la
Municipalidad en el estrato F (presupuesto promedio de (¢1.902.400.000,00), con lo cual la
municipalidad del año 2003 al 2016 ha incrementado cuatro estratos en la tabla de límites
de contratación administrativa pasando del I al F, incrementando su presupuesto para la
adquisición de bienes y servicios de ¢100.000.000,00 a ¢1.902.400.000,00, no obstante la
estructura de la Proveeduría se ha mantenido igual y actualmente ha colapsado, y en otras
Municipalidades que se encuentran en el mismo estrato que la de Barva, la Proveeduría
cuenta con hasta cinco funcionarios. Al respecto cada año se solicita en el PAO la
asignación presupuestaria. El año pasado se quedaron solicitudes de compra sin poder
tramitar por la cantidad de trabajo y la escasez de personal. Lo cual enciende una luz
respecto a la necesidad de dotar a la Proveeduría de más personal a efectos de poder
cumplir eficaz y eficientemente con las labores asignadas, así como de un sistema
integrado.
Mediante el oficio PMB-354-2016 de fecha 19 de agosto de 2016, le solicite a la Alcaldía
dado que se estaba elaborando el presupuesto ordinario para el periodo económico 2017,
que se incluyera en dicho presupuesto una plaza de analista de compras para la
Proveeduría, y tal y como lo he requerido en el Plan Anual Operativo de la Proveeduría
2017, en el objetivo de mejora número cinco. Mediante el oficio MB-AMB-0814-2016, la
Alcaldía respondió dicho oficio manifestando que por los problemas que planteó la
modificación de la Ley de Licores y al dejar la Caja Costarricense de Seguro Social de
pagar el alquiler del edificio que ocupaba COOPESIBA, a los que estamos incorporados en
el programa Uno se nos limita la contratación de personal y en el I Presupuesto
Extraordinario del 2017 contemplaría una plaza.
A tales efectos se debe considerar lo establecido en el Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa:
Artículo 222.—Funciones Generales de las Proveedurías Institucionales. Las proveedurías
institucionales fungirán como órgano técnico institucional en materia de Contratación
Administrativa y contarán con una estructura organizativa básica que les permita cumplir
en forma eficiente y oportuna con las funciones de conducción de los procedimientos de
contratación administrativa, de almacenamiento y distribución de bienes y de levantamiento
y confección del inventario permanente de todos sus bienes, cuando corresponda, para ello
cada institución deberá adoptar las medidas pertinentes para dotar a dichas unidades de los
recursos humanos y materiales indispensables, para ejecutar debidamente la labor que les
ha sido encomendada.
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Acta 59-2016
26/09/2016
En cuanto a los desafíos de la Proveeduría para mejorar la gestión debo destacar los
dos más importantes:
1. Dotar a la Proveeduría del recurso humano suficiente e idóneo, tal y como lo
establecí y señalé en el la meta cinco del PAO 2017, y según lo establecido el
artículo 222 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
2. Contar con un sistema informático integral, que permita digitalizar las compras y la
información, agilice los procesos y ayude a la toma de decisiones, como lo establecí
en las metas uno y tres del PAO 2017, y según lo establecido en el artículo 220 del
ACUERDO NO. 1222-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR DICHO INFORME Y LO TRASLADAN AL
CONCEJO MUNICIPAL EN PLENO PARA SU VALORACIÓN Y ANÁLISIS.
INFORME RECIBIDO Y TRASLADADO
SOLICITUD DE INFORME APROBADO
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
La Síndica Propietaria Jeannette Cordero Gamboa solicita que conste en actas lo
siguiente que a la letra dice:
Sobre el tema de proveeduría por informe presentado por la funcionaria responsable deseo
conste lo siguiente:
1) La preocupación del Concejo y en particular de los Distritos es que se ejecute el
presupuesto
2) Urge mejorar los sistemas de proveedores porque afecta la ejecución de los
proyectos de Distritos si no hay más candidatos para ejecutar obras si no hay más
candidatos para ejecutar obras menores que generalmente se requiera en los
Distritos.
3) Urge concretar cuál es el tipo de sistema que se ocupa. Hay compras que no
requieran de presupuestista y hay otras compras que no requieran ese proceso y
debe ejecutarse lo que corresponda.
Interesa saber cuáles compras están pegadas y las razones por las que no puede
ejecutarse la compra.
4) La administración debería saber cuáles son las compras de mayor dificultad
5) La administración debe presentar una propuesta del sistema que requiere, cuánto
cuesta y cual presupuesto podría adquirirse
La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo, El Regidor José Luis Ramos
Benavides, el Regidor Eduardo Zamora Montero el Regidor Allan Montero Vizcaíno
y la Regidora Miriam Patricia Ortega presentan la siguiente moción que a la letra dice: Considerando: la presentación realizada por la proveedora municipal Licda. Yesael Molina
Vargas el día de hoy y de acuerdo a la documentación entregada.
Este concejo Municipal está en anuencia de facilitar a la Alcaldía y a la administración las
colaboraciones necesarias para cualquier trámite de adquisición de un sistema para la
Proveeduría
Por tanto mociono para que: La administración analice si a la proveeduría en el corto plazo
de un sistema informático integral, que permita digitalizar las compras y la información.
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Acta 59-2016
26/09/2016
ACUERDO NO. 1223-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA APROBAR DICHA MOCIÓN Y SE TRASLADA AL
ALCALDE MUNICIPAL PARA SU CONOCIMIENTO
MOCIÓN APROBADA Y TRASLADADA
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
Al ser las 740pm se da un receso de 10 minutos
Al ser las 750pm se reanuda la Sesión
CAPITULO IV
MOCIONES
Art. 01 La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo presentan la siguiente
moción que a la letra dice: Considerando:
1. Que la solicitud hecha por la Alcaldía Municipal a la hora de presentar el informe de la
Administradora Tributaria Financiera de la Municipalidad, realizado con el oficio
N°ADTRIFI-I-MB-0328-2016, conocido por el Concejo Municipal en su Sesión Ordinaria
número 54-2016, celebrada el día 05 de setiembre del 2016 y mediante el cual se
adopta el Acuerdo Municipal número 1139-2016, iba encaminado a que por parte del
Concejo Municipal como en el mismo oficio se ha indicado: "... se determina que se
tiene suficiente disponibilidad económica por parte de esta Corporación Municipal para
proceder con la aprobación del desembolso por 31.389.593.68 vinculado a las metas
y rubros presupuestarios por meta contenido en el oficio N°TSG-018-2016. . .." Es
decir, que se elevaba a conocimiento del Concejo Municipal dicho informe, a fin de que
manera expresa en Concejo Municipal aprobara dicho desembolso económico, al
contar con suficiente contenido presupuestario disponible.
2. Que lo anterior se basa también en que de acuerdo a lo establecido en el numeral 13 inciso e) del Código Municipal: "... Artículo 13.- Son atribuciones del concejo: [ . . . ] [ . . . ] e) Celebrar convenios, comprometer los fondos o bienes y autorizar los egresos de la municipalidad, excepto los gastos fijos y la adquisición de bienes y servicios que estén bajo la competencia del alcalde municipal, según el reglamento que se emita, el cual deberá cumplir con los principios de la Ley de Contratación Administrativa, No. 7494, de 2 de mayo de 1995 y su reglamento. ..."
3. Que el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Barva, es un órgano adscrito a la
Municipalidad de Barva y que depende jerárquicamente del Concejo Municipal.
4. Que con el Acuerdo Municipal precitado número 1139-2016, lo que se hace es recibir
el informe y se traslada a la Administración "... para que proceda como corresponde.
...", sin que de acuerdo a lo antes señalado, se procediera como correspondía y de no
haber objeciones, a aprobar el respectivo desembolso al Comité Cantonal de Deportes
y Recreación de Barva.
5. Que en razón de lo anterior, se solicita que se convalide el Acuerdo Municipal número
1139-2016, adoptado en la Sesión Ordinaria del Concejo Municipal número 54-2016,
celebrada el día 05 de setiembre del 2016, para que el mismo se adopte como en
Derecho corresponde y por tanto se acuerde:
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Acta 59-2016
26/09/2016
EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA CONVALIDAR EL ACUERDO
MUNICIPAL NÚMERO 1139-2016, ADOPTADO EN LA SESIÓN ORDINARIA
DEL CONCEJO MUNICIPAL NÚMERO 54-2016, CELEBRADA EL DÍA 05 DE
SETIEMBRE DEL 2016, POR LO QUE SE PROCEDE A RECIBIR DICHO
INFORME Y SE APRUEBA EL DESEMBOLSO AL COMITÉ CANTONAL DE
DEPORTES Y RECREACIÓN DE BARVA POR UN TOTAL DE TREINTA Y UN
MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS
NOVENTA Y TRES COLONES CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS
(031.389.593.68); SE ORDENA A LA ADMINISTRACIÓN, A PROCEDER A
REALIZAR DICHO DESEMBOLSO.
Al ser las 806pm se da un receso de 5 minutos
Al ser las 812pm se reanuda la Sesión
ACUERDO NO. 1224-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR DICHA MOCIÓN Y SE TRASLADA A LA LIC.
KARLA MONTERO SALAS ADMINISTRADORA FINANCIERA PARA QUE REALICE UNA
ACLARACIÓN SOBRE LOS DOS OFICIOS PRESENTADOS AL RESPECTO LOS NÚMEROS
ADTRIFI-I-MB-0345-2016 Y ADTRIFI-I-MB-0348-2016 Y QUE DICHA ACLARACIÓN
LA PRESENTE POR ESCRITO
SOLICITUD DE ACLARACIÓN E INFORME APROBADO
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
CAPITULO V
ASUNTOS DE REGIDORES Y SÍNDICOS
Art. 01 La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo presenta la siguiente
solicitud que a la letra dice:
Asunto: Traslado de feriado 12 de octubre
La suscrita Presidenta Municipal les saluda cordialmente y a la vez en atención al Feriado
del próximo miércoles 12 de octubre que debe trasladarse para el lunes 17, porque así
lo estipula la legislación laboral vigente que dice: Cuando el 12 de octubre, Día de las
Culturas, cae en martes, miércoles, jueves o viernes, su disfrute debe cambiarse para el
lunes siguiente, según aclara el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS).
Por lo tanto les comunico que al ser el lunes 17 de octubre el feriado en conmemoración
al Día de las Culturas, la Sesión Ordinaria de este Concejo Municipal se pasa para el
martes 18 de octubre al ser las 5: p.m. en el Salón de Sesiones como es normal. (Ya esto
quedo estipulado y publicado con anterioridad)
ACUERDO NO. 1225-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR DICHA NOTA Y TRASLADAN LA SESIÓN
ORDINARIA DEL DIA LUNES 17 DE OCTUBRE DEL 2016 PARA EL MARTES 18 DE OCTUBRE
DEL 2016 A LAS 500PM Y SE TRASLADA AL DEPARTAMENTO DE SECRETARIA PARA QUE
PROCEDA CON SU PUBLICACIÓN
NOTA RECIBIDA Y TRASLADADA
ACUERDO EN FIRME
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
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26/09/2016
Al ser las 849pm la Presidenta Municipal solicita que la Sesión Municipal se amplíe
hasta las 920pm, lo somete a votación y es aprobado por unanimidad
Art. 02 La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo menciona que
lamenta informar la muerte de la Señora Teresa Montero Araya Hija Predilecta del Cantón
de Barva y solicita se envíen las Condolencias a su respetable familia.
ACUERDO NO. 1226-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL LAMENTA LA MUERTE DE LA SRA. TERESA MONTERO ARAYA
HIJA PREDILECTA DEL CANTÓN DE BARVA, ENVÍAN SUS CONDOLENCIAS POR EL
FALLECIMIENTO DE TAN QUERIDA Y ESTIMADA BARVEÑA,
DESEAN DE TODO CORAZÓN QUE DIOS LLENE DE FORTALEZA A TODOS SUS
FAMILIARES EN ESTE MOMENTO DE DOLOR
CONDOLENCIA APROBADA
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
Art. 03 La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo presenta la siguiente
nota enviada por el Sr. Claudio Segura Sánchez Alcalde Municipal a la Secretaría
Municipal que a la letra dice:
Al respecto la Secretaria Municipal contesta lo siguiente que a la letra dice:
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Acta 59-2016
26/09/2016
La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo presenta el siguiente documento
que a la letra dice:
ASUNTO OFICIO No. MB-AMB-0955-2016
1- En vista de que la de equipos están en la Secretaría Municipal y fueron adquiridos
por recursos del Concejo Municipal, solicitar a la Alcaldía Municipal que cuando se
la colaboración del Concejo Municipal el de estos equipos, la solicitud venga
dirigida al Concejo Municipal y no a la Secretaría Municipal.
2- ORDENAR a la Secretaria Municipal que traslade el día de mañana las 14
computadoras al César Verán Candiotti, encargado de informática, para que último
la información de ¡as señoras y señores regidores y síndicos y le asigne clave de
acceso y usuario específico a equipo utilizado por miembro del Concejo Municipal
y Concejo de Distrito, como que proceda a crear cuenta de acceso restringido
(visitante) en equipo, asegurando el acceso únicamente para ¡os efectos del curso a
dar, como de se impida accesar la información que genera cada regidor, regidora,
síndico o sindica que en caso utiliza el respectivo equipo.
3- REQUERIRLE A LA ALCALDÍA MUNICIPAL que para la próxima sesión del
Concejo Municipal, nombre una única persona de la Administración se hará
responsable de la custodia y uso de cada uno de esos equipos, durante el tiempo del
curso a brindar y en el que se utilizará esos equipos del Concejo Municipal, además
de que garantice que esos equipos bajo ninguna situación, salgan del edificio
municipal.
4- ORDENAR que la persona nombrada por la Alcaldía según lo requerido en el punto
inmediato anterior, coordine con la señora Mercedes Hernández Secretaria
Municipal, para que los equipos se le entreguen en custodia temporal dos horas cada
sesión de capacitación y su correspondiente devolución a la Secretaría
Municipal, la cual se debe verificar a más tardar a las 10 horas del día de cada
sesión de capacitación, tiempo durante el cual la persona designada por la
Administración será la única responsable de la custodia y buen de los equipos, de
previo a la entrega a la Secretaria de vuelta los equipos, el Encargado
Administrativo de la custodia temporal, debe obtener la venia del encargado de los
Equipos.
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Acta 59-2016
26/09/2016
5- SOLICITARLE INFORME A LA ALCALDÍA MUNICIPAL para que en la
próxima sesión del Concejo Municipal, presente detalle de los nombres de las
personas de la Administración que van a utilizar cada equipo prestado por el
Concejo Municipal,
6- ORDENAR que hasta que no se cumpla con los puntos del 1 al 6 anteriores, no se
entregue el equipo por de la Secretaría Municipal a la persona nombrada por la
Alcaldía la custodia y buen temporal de estos equipos.
La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo manifiesta que el documento lo
hizo en compañía de Junior y Cesar Veránt, porque es una preocupación el manejo y
control de esos activos, así que entonces le solicita al Alcalde Municipal presente un
informe el próximo Lunes donde haga un estudio a nivel interno de lo que poseen y que
tome en consideración lo que ellos están plasmando en el documento
Los miembros del Concejo Municipal analizan la situación y consideran que es
importante la capacitación, sin embargo las computadoras son de uso del Concejo
Municipal y tienen el nombre de la persona a la que se le tiene asignada, situación que les
responsabiliza de su uso, consideran que al empezar a usarlas otras personas no podrían
responsabilizarse de ellas por cualquier situación que se presente con las mismas
La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo, el Regidor Eduardo Zamora
Montero y el Regidor Allan Montero Vizcaíno aclaran que ellos están en la mayor
anuencia de cooperar y solicitan que el Departamento de Informática detalle a quien se les
facilitara las computadores que están a sus nombres para que a la hora de que suceda
alguna situación se conozca quienes son las únicas personas que las utilizan, reconocen que
son computadoras compradas con dinero del Pueblo que no les pertenecen pero que si se
deben cuidar
La Regidora Miriam Patricia Ortega Cerdas explica que a ella no le parece que otros
usen las computadoras porque ahora hay personas con muchos conocimientos y podrían
entrar a los correos personales y para que no suceda debe haber una mayor seguridad
El Regidor José Luis Ramos Benavidez informa que al ser utilizadas dichas
computadoras por otras personas, el salva su responsabilidad de la computadora que tiene
su nombre
El Auditor Municipal Lic. Bernal Ramírez menciona que a nivel administrativo existen
varias computadoras portátiles y sugiere que las mismas sean utilizadas y que el Sr. Alcalde
lo valore
El Sr. Claudio Segura Sánchez Alcalde Municipal explica que es una capacitación
importante para los funcionarios municipales, además entiende la situación y valorará a
nivel interno, si con algunas computadoras portátiles que hay en las oficinas
administrativas, se pueda ayudar, ya que algunos también usaran sus computadoras
portátiles personales
El Sr. Claudio Segura Sánchez Alcalde Municipal explica que es una capacitación
importante para los funcionarios municipales, además entiende la situación y valorará a
nivel interno, si con algunas computadoras portátiles que hay en las oficinas
administrativas, se pueda ayudar, ya que algunos también usaran sus computadoras
portátiles personales
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Acta 59-2016
26/09/2016
ACUERDO NO. 1227-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR DICHA NOTA, ACLARAN QUE POR
CUESTIONES DE SEGURIDAD Y RESPONSABILIDAD NO SE PRESTARAN LAS
COMPUTADORAS DEBIDO A QUE LAS MISMAS ESTÁN PARA USO Y DISPOSICIÓN DE LOS
MIEMBROS DEL CONCEJO MUNICIPAL
NOTA RECIBIDA
(4 VOTOS)
VOTA NEGATIVAMENTE EL REGIDOR EDUARDO ZAMORA MONTERO
El Regidor Eduardo Zamora Montero justifica su voto negativo porque él está en toda la
disposición de que la computadora que se le fue asignada, sea utilizada siempre y cuando le
informen quien es la persona que la utilizará.
CAPITULO VI
CORRESPONDENCIA
Art. 01 Se recibe nota enviada por la Licda Kattia Vega Ballestero de la Unidad de
Promoción de la Participación del Concejo de la Persona Joven que a la letra dice:
Por medio de la presente me permito aclararle dos situaciones que afectan al Comité
Cantonal de la Persona joven de Barva de Heredia. Según el oficio SM1122-2016
recibido vía correo electrónico y remitido por la Sra. Mercedes Hernández Méndez
Secretaría Municipal el día 6 de setiembre del año en curso. Corresponde nombrar por
parte del Consejo Municipal a los miembros del Comité Cantonal de la Persona joven que
inician en enero del 2017, en los meses de octubre y diciembre según mandato de ley
8261 art 24. Es decir las personas jóvenes suplentes que se acaban de nombrar
efectivamente estarán en el Comité Cantonal de la Persona Joven de Barva de Heredia hasta
el mes de diciembre, pero el proceso de elección del nuevo Comité Cantonal de la
Persona joven de su cantón tiene que hacerse en los meses antes citados y no
como se indicó en la nota remitida. De no cumplirse con lo anterior el cantón de
Barva se quedaría sin representación juvenil Cantonal. Por otro lado le solicito se aclare si
el representante municipal ha sido nombrado para lo que queda del periodo 2015-
2016, ya que anteriormente el joven Esteban Vargas Montero quien era
representante municipal del Comité había manifestado a esta oficina que había
presentado la renuncia, por lo tanto, solicito se indique la conformación actual del Comité
Cantonal de la Persona Joven de Barva de Heredia, para efectos de verificar su
representación ante la Asamblea Nacional de Red Nacional Consultiva de la Persona Joven
ACUERDO NO. 1228-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR DICHA NOTA, LA TRASLADAN A LA
COMISIÓN ESPECIAL DEL COMITÉ DE LA PERSONA JOVEN PARA SU ANÁLISIS Y
VALORACIÓN.
NOTA RECIBIDA Y TRASLADADA
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
Art. 02 Se recibe nota enviada por la Asociación de Desarrollo Integral de San Pedro
de Barva que a la letra dice:
Asunto: Atención a Denuncia de Vecinos de San Pedro de Barva en Heredia
contra empresa de Servicios Transporte Autovisa
Municipalidad de Barva Secretaría Municipal
Acta 59-2016
26/09/2016
En nuestra organización la Asociación Desarrollo Integral San Pedro de Barva,
hemos recibido el pasado 09 de setiembre una queja de varios vecinos sobre el
servicio de transportes que brinda la empresa Autovisa.
Los reclamos se presentan con tintes de que se pueda generar un posible conflicto
ya que al parecer los usuarios ya están cansados de esa situación por ese motivo,
queremos solicitarle su apoyo y seguimiento a este caso para evitar posibles
inconvenientes mayores. En este caso ya se le envió una nota al Concejo
Nacional de Transporte Público a sus departamentos de Concesiones e
inspección y Control. Para el próximo 22 de setiembre a las 7 pm estamos
convocando a una sesión de conciliación y confrontación pasiva de la empresa
con los vecinos, sin embargo, deseamos contar con la presencia de un
representante de su organización con e! fin de darle seguimiento a este caso en
aras de llegar a consensos por el bien la nuestra comunidad.
ACUERDO NO. 1229-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR DICHA NOTA, SE ARCHIVA POR
EXTEMPORÁNEA.
NOTA RECIBIDA Y ARCHIVADA
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
Art. 03 Se recibe nota enviada por la Sra. Mayra Mejía Espinoza Tesorera del CCDR
de Barva que a la letra dice:
Municipalidad de Barva Secretaría Municipal
Acta 59-2016
26/09/2016
ACUERDO NO. 1230-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR DICHA NOTA, LA TRASLADAN A LA LICDA.
KARLA MONTERO ADMINISTRADORA FINANCIERA, A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y
A LA COMISIÓN ESPECIAL DEL COMITÉ DE DEPORTES PARA VALORACIÓN Y ANÁLISIS
NOTA RECIBIDA Y TRASLADADA
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
Art. 04 Se recibe nota enviada por la Sra. Mayra Mejía Espinoza Tesorera del CCDR de
Barva que a la letra dice:
ACUERDO NO. 1231-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR DICHA NOTA, LA TRASLADAN A LA LICDA.
KARLA MONTERO ADMINISTRADORA FINANCIERA, A LA COMISIÓN DE PRESUPUESTO Y
A LA COMISIÓN ESPECIAL DEL COMITÉ DE DEPORTES PARA VALORACIÓN Y ANÁLISIS
NOTA RECIBIDA Y TRASLADADA
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
Art. 05 Se recibe nota enviada por el Sr. Luis Carlos Chacón Sancho que a la letra dice:
De antemano reciban un cordial saludo y los mejores deseos en sus proyectos
personales y profesionales para el año en curso y el próximo 2016. Mi nombre es Luis
Carlos Chacón Sancho, cédula: 402020637, miembro de la comunidad de Barva y vecino
de San Pablo. Soy un Gestor Deportivo graduado de la Universidad Nacional de Costa Rica
con 6 años de experiencia en el ámbito. La presente es solicitar una audiencia ante el
Consejo Municipal para realizar la presentación y propuesta del Proyecto Integral de
Santander, el cual tiene como objetivo la puesta en marcha e impulso de las
instalaciones de la Municipalidad ubicadas en San Roque denominada Santander, y la
oferta de servicios integrales: deportivos, recreativos, culturales, educativos, sociales,
artísticos y de esparcimiento.
Por consiguiente, la presentación del proyecto contempla de manera concreta y precisa todos
los aspectos relevantes al costo, ganancia, mantenimiento y operación, servicios y productos,
extensión y acción social y atención de las instalaciones para con los usuarios/as y
miembros de la comunidad Barveña. Proyecto que se presentó en una primera instancia al
anterior Consejo municipal a finales de sus labores. Agradezco de antemano todo el apoyo
por permitirme presentar el Proyecto, el cual en caso de afianzarse será uno de los mayores
beneficios para la comunidad del pueblo de Barva, tomando en cuenta el punto de
innovación y administración.
ACUERDO NO. 1232-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR DICHA NOTA, LA TRASLADAN AL
ALCALDE MUNICIPAL PARA QUE VALORE LA SOLICITUD
NOTA RECIBIDA Y TRASLADADA
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
Municipalidad de Barva Secretaría Municipal
Acta 59-2016
26/09/2016
Art. 06 Se recibe nota enviada por el Sr. Rolando Jiménez González que a letra dice
Reciban un atento saludo y como siempre deseándoles éxitos en todas sus obligaciones y
funciones.
Por este medio quiero solicitarle si es posible y está a su alcance la colaboración para
arreglar la entrada "denominada Calle Jiménez ", en cuanto a lo que se refiere con el
alcantarillados de aguas pluviales.
Les cuento esa calle se había hecho por parte de la municipalidad y grupo de vecinos en la
década de los años 90 y la cual ha sufrido al cabo de los años un deterioro significativo, por
lo que les solicito de ser posible nos envíen a un funcionario del área de ingeniería o del
departamento de caminos vecinales, para que en conjunto veamos la posibilidad de corregir
el mal que nos aqueja, que es la falta de tubería de concreto en algunos tramos de la calle.
Dirección: 450 metros norte y 75 oeste de la plaza de deportes, buena vista san pablo de
Barva.
Mucho les agradecería en lo que nos puedan ayudar a tratar de solucionar la problemática
existente Y que se nos avecina con la entrada más fuerte de la temporada del invierno
ACUERDO NO. 1233-2016 EL CONCEJO MUNICIPAL ACUERDA RECIBIR DICHA NOTA, LA TRASLADAN AL
ALCALDE MUNICIPAL Y AL CONCEJO DE DISTRITO DE SAN PABLO DE BARVA PARA QUE
VALOREN LA SOLICITUD
NOTA RECIBIDA Y TRASLADADA
VOTACIÓN UNÁNIME
(5 VOTOS)
CAPITULO VII
ASUNTOS DE LA PRESIDENTA MUNICIPAL
NO SE VIERON LOS ASUNTOS DE LA PRESIDENTA MUNICIPAL
CAPITULO VIII
ASUNTOS ALCALDÍA MUNICIPAL
NO SE VIERON ASUNTOS DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL El Regidor Allan Montero Vizcaíno solicita que en la próxima Sesión Municipal se inicie
con Informes y Correspondencia.
La Presidenta Municipal Sra. Damaris Zarate Murillo lo somete a votación y es
aprobado por unanimidad
Al ser las 9:20 pm se da por concluida la Sesión Municipal.
Sra. Damaris Zarate Murillo Mercedes Hernández Mendez
Presidente Municipal Secretaria Municipal -------------------------------------------------------ÚLTIMA LÍNEA-------------------------------------------------------