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Ley 27.260 ASPECTOS PRÁCTICOS Y OPERATIVOS MR Consultores Jornadas de Capacitación www.mrconsultores.com.ar Disertante: Diego Mazzaroni

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Ley 27.260ASPECTOS PRÁCTICOS Y OPERATIVOS

MR ConsultoresJornadas de Capacitación

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Disertante: Diego Mazzaroni

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LEY 27.260 - ASPECTOS PRÁCTICOS Y OPERATIVOS

1) Beneficios para contribuyentes cumplidores [art. 63]

2) DJ de confirmación de datos del período 2015 [art. 85]

3) MORATORIA – Titulo II [art. 52 y ss]

4) SINCERAMIENTO FISCAL – Titulo I [art. 36 y ss]

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LEY 27.260 - ASPECTOS PRÁCTICOS Y OPERATIVOS

1) Beneficios para contribuyentes cumplidores [art. 63]

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Beneficios para contribuyentes cumplidores

DR art. 18: Los contribuyentes cumplidores son aquellos que hubieren cumplido con lasobligaciones tributarias correspondientes a los DOS (2) períodos fiscales inmediatosanteriores al período fiscal 2016, cuando tales obligaciones hayan sido debidamentecanceladas en su totalidad con anterioridad al 22 de Julio de 2016, de contado o mediantesu incorporación en planes generales de pago establecidos por la AFIP, con excepción delos de los planes de pago previstos en el artículo 32 de la ley 11.683.

BENEFICIOS

Exención en el Impuesto sobre los Bienes Personales de los períodos 2016,2017 y 2018. Aplica también a los sujetos del art. 25.1 y 26 LIBP (sustitutos).

Exención en el IIGG de la primera cuota del SAC para quienes no resultenbeneficiados por la dispensa en Bienes Personales.

Exclusiones art. 66 No haber adherido al blanqueo Ley 26.860 No haber suscripto planes de pago particulares del art. 32 LPT No poseer deudas en condición de ser ejecutadas o haber sido ejecutado fiscalemente

por los períodos 2014 y 2015

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Beneficios para contribuyentes cumplidores

FINALIZAR TRÁMITE

PERSONAS HUMANAS

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Beneficios para contribuyentes cumplidores

FINALIZAR TRÁMITE

RESPONSABLES SUSTITUTOS - Art. 25.1 Acc. y Part.

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Beneficios para contribuyentes cumplidores

Que se constituya y mantenga el “Domicilio Fiscal Electrónico”.

Que se haya informado una dirección de correo electrónico y un número deteléfono particular utilizando también el “Sistema Registral”, dentro del menú“Registro Tributario”, opciones “Administración de e-mails” y “Administración deteléfonos”.

Tener declarada una CBU para los casos en que se solicite la acreditación de losanticipos abonados en cuenta bancaria.

REQUISITOS COMPLEMENTARIOS

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Beneficios para contribuyentes cumplidores

BIENES PERSONALES: VALIDACIONES SISTEMICAS

El sistema parece impedir la solicitud del beneficio para quienes no habiendosido sujetos del impuesto o tener un monto gravado menor a $305.000 en 2015,pretendan la exención del tributo considerando el incremento patrimonial afuturo.

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BIENES PERSONALES: VALIDACIONES SISTEMICAS ii

El sistema también verifica las causales de exclusión [art. 66]: Deudas Ejecuciones fiscales Adhesión a la Ley 26.860

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Beneficios para contribuyentes cumplidores

CONFIRMACION DEL BENEFICIO

Dentro del Sistema Registral Consultas Datos del Contribuyente

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Beneficios para contribuyentes cumplidores

Exención en el IIGG de la primera cuota del SAC

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Beneficios para contribuyentes cumplidores

Notificación al empleador – NUEVO F572 Web - SIRADIG

VENCIMIENTO: Según le ley sería el 31/03/2017; pero la fecha límite para elenvío del F.572 WEB del período 2016 es el día 31/01/2017.

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Beneficios para contribuyentes cumplidores

RESUMEN DE ESCENARIOS

Tipo de contribuyente 2015 Exención IBP 2016-2018 Exención IIGG 1° cuotaSAC 2016

Inscripto en IBP conimpuesto determinado (*)

Permitido, valida situación deIBP 2015

Permitido, no validasituación de IBP 2015

No inscripto en IBP o conbienes gravados por unmonto menor a $305.000

No permitido Permitido, no validasituación de IBP 2015

(*) En estas opciones es donde podría optar por un beneficio u otro.

¿Se podría cuestionar en el futuro la estimación del contribuyente sobre el montogravado de su patrimonio para los períodos 2016-2018? Poco probable.

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LEY 27.260 - ASPECTOS PRÁCTICOS Y OPERATIVOS

2) DJ de confirmación de datos del período 2015 [art. 85]

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DJ de confirmación de datos del período 2015

QUIENES Personas Humanas, las SI y los sujetos del art. 49 de la LIGque no adhieran al BLANQUEO.

BENEFICIO

Que se confirmaQue la TOTALIDAD de los bienes y tenencias que poseían,son aquellos exteriorizados en las DDJJ del IIGG, IBP oIGMP, correspondientes al último ejercicio fiscal cerrado al31/12/2015. ¿Qué pasa con las rectificativas?

Los previstos en el artículo 46, por cualquier bien o tenenciaque hubieren poseído "lo mantengan o no en su patrimonio"con anterioridad al último ejercicio fiscal cerrado al31/12/2015 y no lo hubieren declarado.Asimismo, gozarán de los beneficios previstos paracontribuyentes cumplidores [art. 63].

VENCIMIENTO 31/10/2016

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DJ de confirmación de datos del período 2015

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LEY 27.260 - ASPECTOS PRÁCTICOS Y OPERATIVOS

3) MORATORIA – Titulo II [art. 52 y ss]

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MORATORIA

1) VALIDACION DE DEUDA Requisito para planes nuevos

2) NUEVA PRESENTACION: REGULARIZACIÓN EXCEPCIONAL LEY N°27.260 RG 3827-PLAN DE FINANCIACIÓN PERMANENTE

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MORATORIAREFORMULACION DE PLANES VIGENTES

IMPORTANTE: Tener en cuenta el débito de las cuotas en el mes quese procede a reformular.

ART. 35 ap.4 RG 3920:Respecto de los planes que se reformulan, se considerarán los débitos de cuotaconcretados hasta el último día del mes inmediato anterior al que se efectúa lareformulación. Por lo tanto, el contribuyente deberá solicitar la suspensión del o de losdébito/s que estuviera/n programado/s para el mes en que se solicite la reformulacióndel plan o la reversión dentro de los TREINTA (30) días corridos de efectuado el débito.

EJEMPLO: Plan reformulado el 10/10/2016 toma en cuenta hasta la cuota debitada delmes de septiembre de 2016. En octubre se paga el VEP del pago a cuenta, y a partir denoviembre se debitan las cuotas de la cuenta bancaria del nuevo plan.

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MORATORIAREFORMULACION DE PLANES VIGENTES

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MORATORIAREFORMULACION DE PLANES VIGENTES

DETALLE DE DEUDA

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MORATORIAREFORMULACION DE PLANES VIGENTES

IMPORTANTE: El VEP expira a las 24 horas del día de su generación Considerar los montos máximos de «pago mis cuentas»

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MORATORIAREFORMULACION DE PLANES VIGENTES

HASTA QUE NO SE REALIZA EL «ENVÍO DEL PLAN» INGRESANDO ELCÓDIGO ENVIADO POR SMS O EMAIL, EL MISMO NO SEENCUENTRA CONFIRMADO.

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MORATORIACARGA DE NUEVOS PLANES – VALIDACION DE DEUDA

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MORATORIACARGA DE NUEVOS PLANES – GENERACION PLAN

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LEY 27.260 - ASPECTOS PRÁCTICOS Y OPERATIVOS

4) SINCERAMIENTO FISCAL – Titulo I [art. 36 y ss]

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SINCERAMIENTO FISCAL

Ley 27.260 - Declaración voluntaria y excepcional de bienes enel país y en el exterior

REQUISITOS PARA ACCEDER AL SISTEMA

Que se constituya y mantenga el “Domicilio Fiscal Electrónico”.

Declarar y mantener actualizado el domicilio fiscal y los domicilios de loslocales y establecimientos; como también poseer actualizado en el “SistemaRegistral” el código de la actividad que desarrolla, de acuerdo con el“Clasificador de Actividades Económicas (CLAE) - F. 883”.

Que se haya informado una dirección de correo electrónico y un número deteléfono particular utilizando también el “Sistema Registral”, dentro del menú“Registro Tributario”, opciones “Administración de e-mails” y “Administración deteléfonos”.

NO se puede utilizar como navegador “Internet Explorer” en ninguna desus versiones.

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SINCERAMIENTO FISCALCONFIRMACIÓN DE QUE NO APLICAN LAS EXCLUSIONES [ART. 82 a 84]

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SINCERAMIENTO FISCALETAPA 1 REGISTRACION - BIENES EN EL PAÍS

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SINCERAMIENTO FISCAL

a) BIENES EN EL PAÍS - INMUEBLES

DATOS DEL INMUEBLE- Período de adquisición (en formato AAAAMM)- Tipo de inmueble (casa, departamento, cochera, etc.)- Destino (alquiler, casa habitación, inversión, etc.)- Porcentaje de titularidad- Calle, Número, Piso y departamento/oficina, de corresponder- Código Postal , Provincia , Localidad , Partido/Partida, Catastro

VALUACIÓN DEL INMUEBLE- CUIT/CUITL/CDI Martillero, banco u otro profesional habilitado- Matrícula- Valor de Plaza

IMPORTANTE: La valuación deberá ser ratificada por el corredorpúblico inmobiliario o la entidad bancaria oficial que hayarealizado la tasación. [CODIGO DE INMUEBLE]

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SINCERAMIENTO FISCALINMUEBLE A NOMBRE PROPIO

INMUEBLE A NOMBRE DE TERCEROS

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SINCERAMIENTO FISCAL

INMUEBLE A NOMBRE DE TERCEROS

Si el tercero es residente del país, deberá confirmar la operación con su clave fiscal en el sistema «Ley27.260 – Confirmación de terceros residentes». Para ello, necesitará el código del bien de 14 DIGITOS.

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SINCERAMIENTO FISCALINMUEBLES DEL PAIS – CONFIRMACION DE LA TASACION

El corredor público, la entidad bancaria u otros profesionales habilitados [RG 3943], tendránque confirmar la tasación con su clave fiscal mediante el sistema «Ley 27.260 – Confirmaciónde Profesionales Certificantes».

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SINCERAMIENTO FISCAL

b) BIENES EN EL EXTERIOR

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SINCERAMIENTO FISCALb) BIENES EN EL EXTERIOR – TITULOS, ACCIONES Y OTRAS INVERSIONES

DATOS SOLICITADOS- Tipo de inversión / País- Período adquisición- Porcentaje de titularidad- Detalle / identificación- Informar si está a nombre propio- Importe en AR$

TIPOS DE INVERSION- Acciones- Fideicomisos- Fondos comunes de inversión- Portafolio de inversiones- Otras inversiones

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SINCERAMIENTO FISCALc) TENENCIAS DE MONEDA – Depósitos [país y exterior] y efectivo en el país

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SINCERAMIENTO FISCALc) TENENCIAS DE MONEDA – Depósitos en el país / exterior

DATOS DE LA CUENTA- País – Tipo de cuenta – Denominación del Banco – Número de cta.

DATOS DEL DEPÓSITO- Cantidad de moneda nacional – Unidad de moneda – Descripción- Cotización [automática] – Importe – Porcentaje de titularidad- Informar si está a nombre propio

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SINCERAMIENTO FISCAL

c) TENENCIAS DE MONEDA – Dinero en efectivo en el país

EL SISTEMA VA GRABANDO LOS DATOS SIN QUE SE HAYA CERRADOS LA ETAPA 1

EN LA ETAPA 2 SE DEBERÁN INFORMAR LOS DATOS DE LA CUENTA ESPECIALComunicación “A” 6022 del BCRA que ya debe estar abierta.

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SINCERAMIENTO FISCAL

ETAPA 2 OPCIONES DE INVERSIÓN O DEPÓSITOS

Si en la etapa 1 se declaró dinero en efectivo, de deberán indicar los datos de la cuenta especial

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SINCERAMIENTO FISCAL

INGRESAR LOS DATOS DE LA CUENTA ESPECIAL

Generar el VEP por el 1% de adelanto del Impuesto Especial

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SINCERAMIENTO FISCAL

Una vez acreditado el pago del VEP del 1%, se genera la boleta de depósito

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SINCERAMIENTO FISCAL

RESUMEN PROCEDIMIENTO PARA DEPOSITO EFECTIVO

1) Apertura de la cuenta bancaria especial

2) Ingresar al Sistema de Sinceramiento Fiscal e ingresar los datos del dinero enefectivo [Etapa 1 – REGISTRACION]

3) Completar el destino de permanencia de los fondos y generar el VEP del 1%en concepto de adelanto [Etapa 2 – OPCIONES]

4) Pagar el VEP del 1% de adelanto y una vez hecho esto, el sistema permitiráemitir un «comprobante de depósito» [Etapa 2 – OPCIONES]

5) Realizar el depósito presentando el VEP pagado y el «comprobante dedepósito» emitido por el Sistema de Sinceramiento Fiscal

6) Una vez que el banco informa al fisco, en el Sistema de Sinceramiento Fiscalse actualizará el estado de: PENDIENTE a la «fecha del depósito»

7) Confirmar la registración CIERRE DE LA ETAPA 1 y 2

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SINCERAMIENTO FISCAL

PROBLEMAS PARA LA AFECTACION DEL BONO A 7 AÑOS

Caso planteado: Blanqueo USD 111.000 de dinero en efectivo en el país.

Destino: Compra del bono a 7 años: USD 37.000 (33,33%) Permanencia: USD 74.000 (66.67%) Impuesto especial: $0 – NO TENDRÍA QUE GENERARSE PAGO A CUENTA 1%

Respuesta de AFIP extraoficial: El pago a cuenta del 1% es independiente de laliquidación del impuesto especial, y será devuelto en oportunidad de presentar(finalizar) el trámite. ¿Sustento legal?

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SINCERAMIENTO FISCALPROBLEMAS PARA LA AFECTACION DEL BONO A 7 AÑOS – OTRAS SOLUCIONES

Concepto Importe anticipo 1%efectivo permanencia $ 1.000.000,00 $ 10.000,00

efectivo bonos $ 450.000,00

sub-total [a] $ 1.450.000,00

beneficio [bono*2] $ 900.000,00

bono no paga $ 450.000,00

sub-total [b] $ 1.350.000,00

base gravada [a-b] $ 100.000,00

impuesto especial 10% $ 10.000,00 Tasa efectiva 0,69%

Otros problemas del aplicativo: falta de generación del VEP y posibilidad de permitirdel depósito sin el pago del 1% en determinados casos. ¿Los errores de procedimientoanulan el blanqueo?

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SINCERAMIENTO FISCALCIERRE DE LAS ETAPAS 1 y 2 [REGISTRACION]

El fisco informó quepróximamente va apoder modificarse

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SINCERAMIENTO FISCAL

ETAPA 3 - LIQUIDACION

Pagos a cuenta: 1% del adelanto para tenencia de efectivo; o el total del impuesto especial paradeclaraciones complementarias.

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SINCERAMIENTO FISCAL

ETAPA 4 - PAGO

VOLANTE DE PAGO INTERNACIONAL: Pago del impuesto especial desde el exterior.

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SINCERAMIENTO FISCAL

VOLANTE DE PAGO INTERNACIONAL

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SINCERAMIENTO FISCALVOLANTE DE PAGO INTERNACIONAL

Una vez efectuada la transferencia, se debe adjuntar elcomprobante en digital en la ETAPA 4 - PAGO

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SINCERAMIENTO FISCAL

ETAPA 4 - PAGO

Una vez acreditado el pago, puede generarse diferencia de cambio, y el sistema habilita acancelar el saldo mediante VEP local.

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SINCERAMIENTO FISCALETAPA 4 – PAGO y Conformación de DDJJ

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Departamento de capacitación