Monogrfia Sobre La Lotizacionn - Copia

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PROCESAMIENTO DE DATOS TOPOGRAFICOS Y GEODESICOS “MONOGRAFIA SOBRE LA LOTIZACION1 2015 MONOGRAFIA DE LA LOTIZACION INTEGRANTES: - ALFREDO GERONIMO PANTI HUACCA -JUNIOR ACERO VIERA PROFESOR: ING.WILLIAMS SERGIO ALMANZA QUISPE CURSO: PROCESAMIENTO DE DATOS TOPOGRAFICOS Y GEODESICOS CICLO: II

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  • PROCESAMIENTO DE DATOS TOPOGRAFICOS Y GEODESICOS MONOGRAFIA SOBRE LA LOTIZACION

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    2015

    MONOGRAFIA DE LA

    LOTIZACION

    INTEGRANTES:

    - ALFREDO GERONIMO PANTI HUACCA

    -JUNIOR ACERO VIERA

    PROFESOR: ING.WILLIAMS SERGIO ALMANZA QUISPE

    CURSO: PROCESAMIENTO DE DATOS TOPOGRAFICOS Y

    GEODESICOS

    CICLO: II

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    1. HABILITACIONES URBANAS

    INTRODUCCIN

    El objetivo del proyecto es brindarles los principales conceptos ligados a las

    habilitaciones urbanas y por ende a la lotizacin de terrenos. Para ello, nos basaremos

    en el ttulo II: Norma GH. 010, norma GH 020, norma TH.010, norma TH 020,

    norma TH 030 y norma TH 040 del Reglamento Nacional de Edificaciones (RNE).

    Las normas tcnicas contenidas en el RNE se aplicarn a los proceso de

    habilitaciones de tierras para fines urbanos, en concordancia a las normas de

    Desarrollo Urbano de cada localidad, emitidas en cumplimiento del Reglamento de

    Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano.

    DEFINICIN DE HABILITACIONES URBANAS

    Es el proceso de convertir un terreno rstico en urbano, mediante la ejecucin de

    obras de accesibilidad, distribucin de agua y recoleccin de desage, distribucin de

    energa e iluminacin pblica, pistas y veredas. Adicionalmente podr contar con

    redes para distribucin de gas y redes de comunicaciones.

    a. Excepciones de Habilitaciones Urbanas

    Segn el Art. 4 de la Norma GH 010, las habilitaciones urbanas pueden ejecutarse en

    todo el territorio nacional, con excepcin de las zonas identificadas como:

    De inters arqueolgico, histrico y patrimonio cultural.

    De proteccin ecolgica.

    De riesgo para la salud e integridad fsica de los pobladores.

    Reserva Nacional.

    reas destinadas a inversiones pblicas para equipamento urbano.

    Reserva para obras viales.

    Riberas de ros, lagos o mares, cuyo lmite no se encuentre determinado por el

    Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, el instituto Nacional de Defensa

    Civil-INDECI, la marina de Guerra del Per o por entidades competentes.

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    2. CONCEPTO GENERAL

    PLANO DE LOTIZACION

    Es la lmina que muestra los terrenos urbanizables sobre los que se va a asentar una

    urbanizacin, se dividen en polgonos, stos en manzanas urbanas, las cuales deben estar

    delimitadas por caminos o calles y estas manzanas estarn compuestas por una o ms parcelas

    que tendrn siempre acceso a una calle. Las parcelas podrn poseer con servicio de

    electricidad, agua potable, alcantarillado, recogida de basura y transporte si es posible. Entre

    las diversas manzanas es obligatorio reservar zonas de parques y jardines de uso pblico.

    El plano de Lotizacin consiste en la divisin en lotes de un terrero, que a su vez son

    reas destinadas a la edificacin de viviendas.

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    HABILITACION URBANA

    Las Habilitaciones Urbanas son procesos tcnicos, legales y administrativos, para

    adecuar un espacio fsico a fines urbanos, mediante un sistema de planificacin

    concordante con los planes de desarrollo de la ciudad, con las normas tcnicas de

    diseo y legales pre-establecidas.

    3. CONCEPTOS RELACIONADOS

    Urbanizaciones

    Es el conjunto de construcciones levantadas en un antiguo medio rural.

    Se denominan tambin Urbanizaciones a aquellas Habilitaciones Residenciales

    conformadas por lotes para fines de edificacin de viviendas unifamiliares y

    multifamiliares, as como de sus servicios pblicos complementarios y su comercio

    local.

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    Zonificacin:

    Es dividir las tierras en reas conocidas (distritos). Es limitar un espacio.

    Es la distribucin normativa de los usos de suelo de la ciudad, constituyendo un

    instrumento bsico para el planeamiento de desarrollo urbano.

    La zonificacin se concibe, en la prctica del planeamiento, generalmente como un

    esquema de subdivisin de un rea urbana con propsito de regular sus usos, la

    densidad de poblacin, tamao de lotes, tipo de estructuras etc.

    Lote:

    Son cada una de las partes en que se divide un terreno destinado a la edificacin.

    Superficie de terreno urbano encerrado en una poligonal, resultante del proceso de

    subdivisin del suelo como consecuencia de una habilitacin urbana, factible de ser

    inscrito en el registro de la propiedad.

    Lote mnimo:

    Superficie mnima que debe tener un terreno urbano segn el uso asignado.

    Lote normativo:

    Es la superficie de lote de una habilitacin urbana de acuerdo a la zonificacin

    establecida, densidad y uso del suelo.

    Manzana

    Lote o conjunto de lotes limitados por vas vehiculares, vas peatonales o reas de uso

    pblico, parques, etc. En todos sus frentes. Las manzanas estarn conformadas por

    un lote nico o por un conjunto de lotes

    En los casos de habilitaciones urbanas de lote nico, debern considerarse reas para

    la instalacin de estaciones de transformacin en superficie o subterrneas.

    La longitud mayor de cada manzana en habilitaciones para vivienda taller no debe

    exceder de 200 Ml., y en otros tipos de habilitaciones para vivienda no deber exceder

    de 300 Ml.

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    rea de Expansin Urbana:

    Son las reas sealadas por el Plan Director para cubrir los requerimientos de

    espacios fsicos para el crecimiento poblacional de la ciudad, segn los horizontes de

    planeamiento trazados. Se le denomina tambin suelo urbanizable.

    Densidad Poblacional

    Se denomina densidad de poblacin a la cantidad de habitantes que viven por

    kilmetro cuadrado.

    Es el indicador resultante de dividir el nmero de habitantes del proyecto propuesto

    para un terreno con uso residencial, entre el rea del terreno urbano. Los parmetros

    normativos aplicables a las edificaciones sern los correspondientes a la Zonificacin

    Residencial del predio, o en su defecto a la Zonificacin Residencial compatible. La

    Densidad Neta Mxima se regir por el siguiente cuadro:

    Densidad = poblacin/rea = N hab/Ha

    - Zonas Residenciales de Densidad Media R3 y R4: 1,300 Hab/Ha

    - Zonas Residenciales de Alta Densidad R5, R6 y R8: 2,250 Hab/Ha

    Para el caso de viviendas unifamiliares, la densidad es de cinco habitantes por

    vivienda. Para los dems casos, el clculo de densidades se realizar de la forma

    siguiente:

    Unidades de Vivienda Nmero de Habitantes

    De un dormitorio 2

    De dos dormitorios 3

    De tres dormitorios o ms 5

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    Densidad Bruta:

    Es la poblacin que habita en una determinada rea, considerando las manzanas,

    pistas, veredas, reas libres urbanas, equipamientos, otros usos, etc. Se aplica para

    fines de habilitacin urbana y se expresa en hab/Ha bruta.

    Densidad Neta:

    Es la poblacin que habita en un rea utilizada exclusivamente para vivienda, des

    contando las reas ocupadas por vas, parques, equipamiento, otros usos, etc. Se

    aplica para fines de edificacin y se expresa en hab/Ha neta

    Aportes:

    Son las contribuciones obligatorias del rea total de terreno a ser habilitado que sirven

    como reserva de reas para el equipamiento bsico. Estn establecidos

    normativamente por el Reglamento Nacional de Edificaciones R.N.E.

    rea til Lotizable:

    Es el porcentaje del rea bruta que se dedicar a fines de vivienda.

    reas Libres y Circulaciones:

    Es el porcentaje del rea bruta de terreno que se dedicar a vas interiores,

    estacionamiento y jardines.

    Equipamiento Bsico Residencial:

    Corresponde a las reas locales complementarias a la vivienda destinada para fines

    recreacionales (parques), educativos (centro de educacin inicial, primaria,

    secundaria, etc.), salud, (posta mdica, centro de salud) y a otros fines que requiera la

    urbanizacin a la que pertenece.

    Infraestructura Urbana:

    Son las instalaciones necesarias para el ptimo desarrollo de las actividades urbanas,

    comprende bsicamente las redes de agua potable, alcantarillado, energa elctrica,

    telecomunicaciones y las vas urbanas.

    Tipo Recreacin

    pblica

    Parques

    zonales

    Servicios pblicos

    complementarios

    Educacin Otro fines

    1 8% 2% 2% 1%

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    Frente Normativo de Lote:

    Longitud mnima recomendable para el frente de lote que da a un espacio pblico

    como vas, parques, etc.

    rea Libre:

    Porcentaje mnimo de la superficie de lote que no debe estar construida ni techada.

    rea rural:

    Es el rea establecida en los Instrumentos de Planificacin Territorial que est fuera de

    los lmites urbanos o de expansin urbana.

    El espacio rural, corresponde al sitio donde se desarrollan las actividades del campo y est

    constituido por los espacios agrcolas, de pastoreo, forestal y de recreo.

    rea urbana:

    Es la ciudad propiamente dicha, definida desde todos los puntos de vista geografa,

    ecolgico, demogrfico, social, econmico, etc. excepto el poltico y el administrativo.

    En otras palabras, rea urbana es el rea habitada o urbanizada, es decir, la ciudad

    misma ms el rea contigua edificada, con usos de suelo de naturaleza no agrcola

    Es el rea destinada a usos urbanos, comprendida dentro de los lmites urbanos

    establecidos por los Instrumentos de Planificacin Territorial.

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    Altura de Edificacin:

    Es la altura total de una edificacin establecida en los planes de desarrollo urbano,

    para el lote donde se construir la obra. Se mide desde el nivel medio de la vereda del

    frente principal de acceso de personas al inmueble a edificar, sobre el lmite de

    propiedad. En caso de no existir vereda, se tomar el nivel de la calzada ms 15 cms.

    En caso que el ingreso sea por una esquina, se tomar el nivel de la esquina. La altura

    total incluye el parapeto superior sobre el ltimo nivel edificado. En caso que exista

    acceso por dos frentes de distinto nivel se tomar el nivel ms alto.

    Coeficiente de Edificacin: ndice que multiplicado por el rea de lote,

    permite establecer el mximo de rea que se puede construir.

    Lnea de Propiedad:

    Es la lnea que delimita el lote o predio del espacio pblico (lneas, parques, etc.).

    Lnea Municipal de Fachada:

    Es la lnea que delimita el plomo de las fachadas en un espacio urbano (calles, plazas,

    alamedas, etc.).

    Predio:

    Es la porcin delimitada de terreno. Unidad inmobiliaria independiente. Pueden ser lotes,

    terrenos, parcelas, viviendas, departamentos, locales, oficinas, tiendas o cualquier tipo de

    unidad inmobiliaria plenamente identificable.

    Retiro Municipal:

    Es la distancia que existe entre el lmite de propiedad y el lmite de edificacin. Se establece de

    manera paralela al lindero del que se separa.

    El rea de retiro, forma parte del rea libre exigida en los parmetros urbansticos y

    edificatorios.

    CONCEPTOS RELACIONADOS

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    Estacionamiento:

    Nmero de espacios mnimos para el estacionamiento de vehculos. Estos espacios

    debern reservarse dentro de los lmites del lote o en zonas expresas de acuerdo a la

    normatividad.

    Calzada o pista:

    Parte de una va destinada al trnsito de vehculos.

    Conjunto residencial:

    Conjunto de viviendas bajo el rgimen de copropiedad, que pueden estar construidas

    sobre uno o varios lotes.

    Demolicin:

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    Es la obra que se ejecuta para eliminar parcial o totalmente una edificacin existente.

    Frente mnimo:

    Lindero que limita con un acceso vehicular o peatonal. Se mide entre los vrtices de los

    linderos que intersecan con l.

    Lmite de propiedad:

    Es cada uno de los linderos que definen la poligonal que encierra el rea de un terreno

    urbano o rstico.

    Lmite de edificacin: Es la lnea que define hasta dnde puede llegar el rea

    techada de la edificacin.

    Vivienda multifamiliar:

    Conjunto de viviendas en un lote nico.

    Vivienda unifamiliar:

    Unidad de vivienda sobre un lote nico.

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    4. NORMATIVIDAD RELACIONADA

    Segn el REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES debemos tener en cuenta:

    TITULO II: HABILITACIONES URBANAS.

    CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS HABILITACIONES

    Plano del proyecto de lotizacin que contendr:

    Plano de levantamiento topogrfico y perimtrico, diseo de la lotizacin, vas,

    aceras, reas de aportes, curvas de nivel, perfiles longitudinales y vas colindantes,

    parques y ornamentacin.

    Memoria descriptiva indicando las reas de los lotes, numeracin y aportes.

    Plano que indique los lotes ocupados y la altura de las edificaciones existentes.

    NORMA GH. 010

    CAPITULO I

    ALCANCES Y CONTENIDOS.

    Artculo 1.-Las normas tcnicas contenidas en el presente Ttulo se aplicarn a los

    procesos de habilitacin de tierras para fines urbanos, los cuales deben estar sujetos al

    Plan Urbano de cada localidad, conforme a la zonificacin asignada.

    La independizacin de terrenos rsticos, o parcelaciones, ubicados en reas urbanas o

    de expansin urbana, aun cuando contasen con vas de acceso o infraestructura de

    servicios, no constituyen una habilitacin urbana.

    Artculo 2.-Las normas tcnicas desarrolladas en el presente Ttulo contienen los

    elementos necesarios para la habilitacin de terrenos que permitan un adecuado

    desarrollo de las diferentes actividades urbanas propias de una ciudad. Estas normas

    comprenden lo siguiente:

    a) La descripcin y caractersticas de los componentes fsicos que integran la

    habilitacin de un terreno rstico, a fin de que se encuentre apto para ejecutar

    edificaciones, segn lo dispuesto en el Plan Urbano de la localidad.

    b) Las condiciones tcnicas de diseo y de construccin que se requieren para proveer

    de acceso, de espacios pblicos y de infraestructura de servicios a un terreno por

    habilitar.

    c) Los requerimientos de diseo y construccin de las vas pblicas con las

    caractersticas de las aceras, bermas y calzadas.

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    d) La distribucin y dimensionamiento de los lotes, as como los aportes reglamentarios

    para parques de recreacin pblica y para el equipamiento social urbano.

    e) Los diferentes tipos de habilitaciones urbanas destinadas para fines residenciales,

    comerciales, industriales y de usos especiales, en funcin a la zonificacin asignada.

    f) Las condiciones especiales que requieren las habilitaciones sobre terrenos ubicados

    en zonas de riberas y laderas y en zonas de reurbanizacin.

    g) El planeamiento integral.

    h) Las reservas para obras de carcter distrital, provincial y regional, segn sea el caso.

    i) Las servidumbres.

    j) La canalizacin de los cursos de agua.

    k) El mobiliario urbano.

    l) La nomenclatura general.

    Artculo 3.-Las normas tcnicas del presente Ttulo comprenden tambin:

    a) Los Componentes Estructurales que estn compuestos por:

    - Aceras y pavimentos.

    - Estabilizacin de suelos y taludes.

    - Obras especiales y complementarias.

    b) Las Obras de Saneamiento, que estn compuestas por:

    - Captacin y conduccin de agua para consumo humano.

    - Plantas de tratamiento de agua para consumo humano.

    - Almacenamiento de agua para consumo humano.

    - Estaciones de bombeo de agua para consumo humano.

    - Redes de distribucin de agua para consumo humano.

    - Drenaje pluvial urbano.

    - Redes de aguas residuales.

    - Estaciones de bombeo de aguas residuales.

    - Plantas de tratamiento de aguas residuales.

    - Consideraciones bsicas de diseo de infraestructura sanitaria.

    c) Las Obras de Suministro de Energa y Comunicaciones, que estn compuestas por:

    - Redes de distribucin de energa elctrica.

    - Redes de alumbrado pblico.

    - Subestaciones elctricas.

    - Redes e instalaciones de comunicaciones

    Artculo 4.-Las habilitaciones urbanas podrn ejecutarse en todo el territorio nacional,

    con excepcin de zonas identificadas como:

    a) De inters arqueolgico, histrico y patrimonio cultural.

    b) De topografa o calidad de suelo y subsuelo con riesgos de estabilidad.

    c) Reserva nacional.

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    d) Parques pblicos.

    e) Reserva para obras viales.

    f) reas de aportes para equipamento urbano.

    g) Riberas de ros, lagos o mares, cuyo lmite de riesgo no se encuentre

    determinado por la autoridad municipal.

    h) De alta dificultad de acceso y dotacin de servicios pblicos

    NORMA GH.020

    COMPONENTES DE DISEO URBANO

    CAPITULO I

    GENERALIDADES

    ARTCULO 1.-Los componentes de diseo de una habilitacin urbana estn

    constituidos por los espacios pblicos y los terrenos aptos para ser edificados.

    Los espacios pblicos estn, a su vez, conformados por las vas de circulacin vehicular

    y peatonal, las reas dedicadas a parques y plazas de uso pblico. Los terrenos

    edificables comprenden los lotes de libre disposicin del propietario y los lotes que deben

    ser aportados reglamentariamente.

    ARTCULO 2.- las habilitaciones urbanas debern intercomunicarse con un ncleo

    urbano del que forma parte a travs de una va pblica formalmente decepcionada o de

    hecho.

    Cuando se trate de habilitaciones urbanas que hayan desarrollado colindantes a reas

    consolidadas que no estn formalmente habilitadas, deber formularse un planteamiento

    integral en el que se demuestre su integracin al sistema vial previsto para la zona.

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    CAPITULO III

    LOTIZACION.

    ARTCULO 25.- Las manzanas estarn conformadas por uno o ms lotes y estarn

    delimitadas por vas pblicas, pasajes peatonales o parques pblicos.

    ARTCULO 26.- Todos los lotes deben tener acceso desde una va pblica con trnsito

    vehicular o peatonal. En los casos de vas expresas y arteriales, lo harn atreves de una

    va auxiliar.

    CAPITULO IV

    APORTES DE HABILITACION URBANA

    ARTCULO 27.- Las habilitaciones urbanas, segn su tipo, debern efectuar aportes

    obligatorios para recreacin pblica y para servicios pblicos complementarios para

    educacin y otros fines, en lotes edificables. Estos aportes sern cedidos a ttulo

    gratuito a la entidad beneficiaria que corresponda.

    El rea del aporte se calcula como porcentaje del rea bruta deducida la cesin para

    vas expresas, arteriales y colectoras

    Tipo Recreacin

    pblica

    Parques

    zonales

    Servicios pblicos

    complementarios

    Educacin Otro

    fines

    1 8% 2% 2% 1%

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    El rea mnima de los aportes ser:

    Para Recreacin Pblica 1,000 mt2

    Para Recreacin pblica (islas rsticas) 800 mt2

    Ministerio de Educacin 800 mt2

    Otros usos 400 mt2

    Cuando el clculo de rea de aporte no tenga el rea mnima requerida, el aporte ser

    redimido en dinero.

    El monto de la redencin en dinero se calcula sumando el valor de tasacin comercial

    del metro cuadrado del terreno rstico, ms el valor medio de las obras de habilitacin

    urbana entre el nmero de metros cuadrados habilitados.

    Este valor se multiplica por el rea del aporte por redimir.

    Artculo 28.- Los parques para recreacin pblica constituirn un aporte obligatorio a la

    comunidad y en esa condicin debern quedar inscritos en los Registros Pblicos.

    Estarn ubicados dentro de la habilitacin de manera que no haya ningn lote cuya

    distancia al parque, en lnea recta, sea mayor de 300 ml. Pueden estar distribuidos en

    varias zonas y debern ser accesibles desde vas pblicas.

    Artculo 29.- El ancho mnimo del aporte para recreacin pblica ser de 25 ml., en el

    clculo del rea no se incluirn las veredas que forman parte de la seccin transversal

    de la va.

    Artculo 30.- Cuando el rea por habilitar sea mayor a 10 hectreas se considerar un

    parque central con una superficie no menor al 30% del rea destinada

    reglamentariamente para recreacin pblica.

    Artculo 31.- No se considerar para el clculo del rea de parque, las reas

    comprendidas dentro de los lados de ngulos menores de 45 grados y una lnea de

    25m. Perpendicular a la bisectriz del mismo, ni las reas de servidumbre bajo lneas de

    alta tensin.

    Artculo 32.- Excepcionalmente, los jardines centrales de vas o bermas de separacin

    central en vas arteriales podrn ser computados como parques, siempre que tengan las

    dimensiones mnimas establecidas y no constituyan ms del 30% de la superficie total

    destinada para Recreacin Pblica.

    Artculo 33.- En casos de habilitaciones en terrenos con pendientes pronunciadas, los

    parques podrn estar conformados por terrazas o plataformas, con una pendiente

    mxima de 12% cada una y con escaleras de comunicacin entre los diferentes niveles.

    Artculo 34.- las reas de recreacin publica sern construidos y aportados para uso

    pblico y no podrn ser transferidos a terceros.

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    Las reas de recreacin publica tendrn veredas, iluminacin, instalaciones para riego

    y mobiliario urbano. Se podr proponer zonas de recreacin activa hasta alcanzar el

    30% de la superficie del rea de recreacin aportada.

    Articulo 35.-los aportes se indican en los captulos correspondientes a cada tipo de

    habilitacin urbana. Las municipalidades provinciales podrn establecer el rgimen de

    aportes de su jurisdiccin, ajustada a las condiciones especficas locales y los objetivos

    establecidos en su plan de desarrollo urbano, tomando como referencia lo indicado en

    la presente norma.

    Articulo 36.- los aportes para el ministerio de educacin y otros fines, podrn

    permutarse por edificaciones ubicadas dentro de los lmites de la habilitacin, que

    respondan a las necesidades de la poblacin y cuenten con la conformidad de la

    entidad financiera. El valor de la edificacin deber corresponder al valor de tasacin

    del aporte respectivo.

    CAPITULO VIII

    NOMENCLATURA SOBRE HABILITACIONES URBANAS.

    ARTCULO 51.- En todas las habilitaciones en que exista participacin de la tierra en

    lotes y agrupamientos de estos en manzanas, deber establecerse una nomenclatura.

    Dicha nomenclatura consistir en letras para las manzanas y nmeros para los lotes,

    ambos en forma correlativa.

    ARTICULO 52.- Deber establecerse una nomenclatura adicional provisional para las

    vas pblicas y reas de recreacin, mediante letras o nmeros o empleando los

    nombres preexistentes para las vas con las que se empalman.

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    5. INFORMACION COMPLEMENTARIA

    URBANIZACIONES

    Se denominan Urbanizaciones a aquellas Habilitaciones Residenciales conformadas

    por lotes para fines de edificacin de viviendas unifamiliares y multifamiliares, as

    como de sus servicios pblicos complementarios y su comercio local.

    TIPOS DE URBANIZACIONES:

    Las Urbanizaciones pueden ser de diferentes tipos, los cules se establecen en

    funcin a tres factores concurrentes:

    a) Densidad mxima permisible;

    b) Calidad mnima de obras y

    c) Modalidad de ejecucin.

    La densidad mxima permisible se establece en la Zonificacin y como

    consecuencia de ella se establecen las dimensiones mnimas de los Lotes a habilitar,

    de conformidad con el Plan de Desarrollo Urbano.

    En funcin de la densidad, se agrupan en seis tipos, de acuerdo al siguiente cuadro:

    TIPO DENSIDAD CLASE DE REA

    MINIMA FRENTE MNIMO TIPO DE

    POBLACIONAL DENSIDAD DE LOTE DE LOTE VIVIENDA

    1

    menor a 1300 Hab/Ha BAJA DENSIDAD (R1) 450 Mt2 15 ML UNIFAMILIAR

    2

    menor a 1300 Hab/Ha BAJA DENSIDAD (R2) 300 Mt2 10 ML UNIFAMILIAR

    3 1300 Hab/Ha DENSIDAD MEDIA (R3) 160 Mt2 8 ML UNIFAMILIAR

    4 1300 Hab/Ha DENSIDAD MEDIA (R4) 90 Mt2 6 ML UNIFAMILIAR

    5 2250 Hab/Ha D. MEDIA (R3 y R4) ALTA (R5,

    R6 y R8) (*) (*) UNIFAM /

    MULTIFAM

    6 2250 Hab/Ha DENSIDAD ALTA (R5,R6 y R8) 450 Mt2 15 ML MULTIFAMILIAR

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    1 Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Baja Densidad a ser ejecutados en

    Zonas Residenciales de Baja Densidad (R1).

    2 Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Baja Densidad a ser ejecutados en

    Zonas Residenciales de Baja Densidad (R2).

    3 Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Densidad Media a ser ejecutados

    en Zonas Residenciales de Densidad Media (R3).

    4 Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Densidad Media a ser ejecutados

    en Zonas Residenciales de Densidad Media (R4).

    5 Corresponden a Habilitaciones Urbanas pertenecientes a programas de

    promocin del acceso a la propiedad privada de la vivienda. No tendrn

    limitacin en el nmero, dimensiones o rea mnima de los lotes resultantes; y

    se podrn realizar en reas calificadas como Zonas de Densidad Media (R3 y

    R4) y Alta Densidad (R5, R6 y R8) o en Zonas compatibles con estas

    densidades. Para la aprobacin de este tipo de proyectos de habilitacin urbana

    deber incluirse los anteproyectos arquitectnicos de las viviendas a ser

    ejecutadas, los que se aprobarn simultneamente.

    6 Corresponden a Habilitaciones Urbanas de Alta Densidad a ser ejecutados en

    Zonas Residenciales de Alta Densidad (R5, R6 y R8).

    De acuerdo a las caractersticas de las obras existirn 4 tipos diferentes de

    habilitacin, de acuerdo a lo consignado en el siguiente cuadro:

    Tipo Calzadas

    (pistas)

    Aceras

    (veredas)

    Agua

    potable

    Desage Energa

    elctrica

    Telfono

    A Concreto Concreto

    simple

    Conexin

    domiciliaria

    Conexin

    domiciliaria

    Pblica y

    domiciliaria

    Pblico

    domiciliario

    B Asfalto Concreto

    simple

    Conexin

    domiciliaria

    Conexin

    domiciliaria

    Pblica y

    domiciliaria

    Pblico

    domiciliario

    C Asfalto Asfalto con

    sardinel

    Conexin

    domiciliaria

    Conexin

    domiciliaria

    Pblica y

    domiciliaria

    Pblico

    D Suelo

    estabilizado

    Suelo

    estabilizado

    con

    sardinel

    Conexin

    domiciliaria

    Conexin

    domiciliaria

    Pblica y

    domiciliaria

    Pblico

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    20

    7 La calidad mnima de obras en las Urbanizaciones para fines multifamiliares ser

    la tipo B.

    De acuerdo a la modalidad de ejecucin las Urbanizaciones podrn ser:

    a) Urbanizaciones Convencionales o simplemente Urbanizaciones.

    b) Urbanizaciones Progresivas.

    c) Urbanizaciones con Construccin Simultnea.

    Las Urbanizaciones Convencionales, o simplemente Urbanizaciones, son aquellas

    que cumplen con la ejecucin de las obras mnimas segn su tipo, cumpliendo con el

    procedimiento de recepcin de obras, de manera previa a la venta de lotes.

    Las Urbanizaciones Progresivas son aquellas en las que se difiere la ejecucin de las

    calzadas y/o aceras y que, cumpliendo con la ejecucin de las dems obras mnimas,

    podrn solicitar la recepcin de las obras de manera parcial.

    Las Urbanizaciones Tipo 5 y 6, no pueden ser declaradas como Urbanizaciones

    Progresivas.

    Las Urbanizaciones con Construccin Simultnea son aquellas en las que la

    edificacin de viviendas se realiza de manera simultnea a la ejecucin de obras de

    habilitacin urbana.

    Las Habilitaciones Urbanas Tipo 5, se declararn necesariamente como

    Urbanizaciones con Construccin Simultnea, donde se podr realizar la recepcin de

    obras de habilitacin urbana, quedando pendientes las obras de edificacin a ser

    ejecutadas por el mismo habilitador o por un tercero.

    Tambin se le define como el proceso de convertir un terreno rstico o eriazo en

    urbano, mediante la ejecucin de obras de accesibilidad, de distribucin de agua y

    recoleccin de desage, de distribucin de energa e iluminacin pblica, pistas y

    veredas.

    Adicionalmente, el terreno podr contar con redes para la distribucin de gas y redes

    de comunicaciones.

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    21

    SIMBOLOGA:

    En todas las habilitaciones en que exista particin de la tierra en lotes y agrupamientos de stos en manzanas, deber establecerse una nomenclatura. Dicha nomenclatura consistir en letras para las manzanas y nmeros para los lotes, ambos en forma correlativa. Deber establecerse una nomenclatura provisional para las vas pblicas y reas de recreacin mediante letras o nmeros o empleando los nombres persistentes para las vas con las que se empalman.

    6. CRITERIOS DE DIBUJO:

    La realizacin de la grfica o el plano de lotizacin se efecta sobre un plano de planta

    a escala 1/2000, donde se podr apreciar tanto las manzanas, as como los lotes,

    calles, y reas pblicas.

    Las lneas representativas en el plano se debern hacer con un determinado nmero

    de plumilla o grosor de lnea, como se menciona a continuacin:

    Las delimitaciones de los lotes se har con un grosor de lnea de 0.2

    Las delimitaciones de las manzanas urbanas se harn con un grosor de lnea de 0.6

    Las delimitaciones de veredas se har con un grosor de lnea de 0.4

    Para obtener un mejor diseo en el plano de lotizacin debemos considerar el principio

    fundamental de diseos de lotes:

    a) Igualar el tipo de lote con el tipo de calle:

    Los lotes residenciales de menor densidad pertenecen preferentemente a calles

    colectoras; los usos de mayores densidades deben estar localizados a lo largo de calles

    arteriales. Esto es bsicamente para evitar un congestionamiento en peatonal y vehicular.

    MANZANA A

    LOTE 1

    VIA CALLE

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    b) Interaccin social de lotes:

    Los diseos de lotes son totalmente inseparables de los asuntos mayores de la

    planificacin de sitios. El esquema total del tamao del desarrollo, influenciado por una

    serie de factores, determinar qu partes del sitio pueden ser utilizadas para lotes

    residenciales, qu densidad de desarrollo es factible y qu porcin de la tierra puede ser

    utilizada. El diseo de lotes es completamente inseparable de las decisiones acerca del

    trazado de las calles, ya que las formas y los tamaos de los lotes deben de depender de

    los espacios entre calles y posiblemente entre calles y callejones.

    7. CONTENIDO DEL PLANO.

    El Plano de Lotizacin viene a representar grficamente todos los elementos que

    constituye la Habilitacin Urbana, este plano tiene que estar bien detallado en todo su

    aspecto geomtrico que establecen las normas, por ejemplo sus acotaciones, reas,

    etc.

    El plano tiene que estar completa, suficiente y conciso, con el fin de dar toda la

    informacin necesaria por medio del plano para poder ejecutar la obra del proyecto en

    la forma ms concreta posible y sin dar informacin intil o innecesaria.

    En su contenido del plano encontraremos los elementos y simbologa de las

    Habilitaciones Urbanas, tales como:

    Lotes.

    Manzanas.

    Vas Pblicas (calles).

    Orientacin.

    Aportes como Parques, hospitales, colegios, etc.

    Los planos de lotizacin presentan un innumerable de detalles en todos los elementos

    que conforma este, tal razn es de gran importancia especificar los datos que

    contienen los lotes, manzanas, vas, etc.; con el objetivo de distribuir bien el territorio

    en particiones de elementos que conforman detalladamente las Habilitaciones

    Urbanas en la vida real.

    Los detalles de los elementos que ms resaltan son las siguientes:

    Cuadro General de reas.

    Cuadro de Resumen por Manzanas.

    Cuadro de reas Lotizadas.

    secciones (calles )

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    Cuadro General de reas: Es el cuadro de detalles que especifica las reas en general de vas, aportes, comercio, etc., donde todos estos sumaran el total de rea del Terreno.

    Cuadro de Resumen por Manzanas: Es el cuadro de detalles que especifica simplemente las reas de cada manzana y el nmero de lotes que lo constituye.

    Cuadro de reas Lotizadas: Es el cuadro de detalles que especifica claramente a cada uno de los lotes que conforma a todo el plano.

    Secciones (calles): Son cortes de calles que detallan las medidas de veredas, pistas, jardines, etc., que estn limitadas por territorios de propietarios.

    En la seccin de calles, tiene elementos que estn representados por un smbolo que son los siguientes:

    VEREDAS V

    PISTAS P

    JARDINES J