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MÓDULO 3. TÉCNICAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
LABORALES: HIGIENE INDUSTRIAL
U.D. 3.13: Agentes biológicos
INTRODUCCIÓN
Con esta Unidad se pretende que el alumno conozca la posible acción sobre la salud de los
contaminantes biológicos presentes en el entorno laboral, cómo puede realizarse la evaluación de los
riesgos específicos a dichos contaminantes, teniendo en cuenta las disposiciones legales al respecto,
así como las obligaciones que de las mismas recaen sobre el empresario, tanto de tipo organizativo
como técnico.
OBJETIVOS
• Definir a los agentes biológicos y los entornos laborales donde puedan estar presentes.
• Presentar la legislación específica sobre agentes biológicos.
• Problemática de la evaluación de riesgos.
• Clasificación de los agentes biológicos por grupo de riesgo.
• Actuaciones posteriores a la evaluación de riesgos.
• La reducción de riesgos y la formación, como herramientas fundamentales delprevencionista.
• Obligaciones del empresario, frente a las autoridades competentes.
• Planes de contingencia.
• Casos especiales de laboratorios y animalarios. Cabinas de bioseguridad.
• Niveles de bioseguridad y contención física.
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ESQUEMA DE LA UNIDAD
CAPÍTULO 1: PRESENTACIÓN
Dentro del campo de actuación de la Higiene Industrial, se integra el estudio de los diversos
contaminantes presentes en al ambiente de trabajo. Dichos contaminantes pueden ser de tipo
químicos (constituidos por materia inerte), físico (constituidos por diferentes formas de energía) y
biológicos ( constituidos por seres vivos), siendo estos últimos los que específicamente van a ser
contemplados en esta Unidad Didáctica.
Los entornos laborales donde los contaminantes biológicos puedan estar presentes son muy
variados. En la tabla adjunta se recogen ejemplos característicos de dichas actividades:
ENTORNO EJEMPLOS
Trabajos agrícolas
Cultivos; recolección; abonado;
almacenamiento: silos para cereales,
tabaco y otros procesamientos;
silvicultura
Alimentos
Centros de producción y tratamiento
de alimentos
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Animales
Actividades en las que existan
contactos con animales o productos
de origen animal: ganadería,
mataderos, procesamiento de pelo y
cuero, animalarios.
Asistencia sanitariaHospitales; centros ambulatorios;
clínicas veterinarias.
Laboratorios
Clínicos; veterinarios; de
investigación; microbiológicos; de
diagnóstico
Biotecnología
MaderaAserraderos; papeleras; fábricas de
corcho
Plantas de depuración de aguas
residuales y fertilizantes
Sistemas industriales Fluidos de corte
Manipulación de residuos Recogida; eliminación y tratamiento.
Mantenimiento de edificios Edificios "enfermos"
CAPÍTULO 2: DEFINICIONES
Definición de los contaminantes biológicos
Los contaminantes biológicos son organismos con un determinado ciclo de vida incluyendo procesos
de reproducción y crecimiento que al penetrar en el hombre en algún momento, determinan en él un
efecto adverso para su salud, distinto en cada caso según su agente causal. Actualmente y en
consonancia con la anterior definición, también se consideran contaminantes biológicos a las
sustancias y/o secreciones procedentes de estos seres vivos.
Los organismos causantes del menoscabo de la salud son de naturaleza muy diferente, y en muchos
casos estas enfermedades o infecciones se transmiten de los animales al hombre y viceversa
recibiendo el nombre de zoonosis.
Los contaminantes biológicos se pueden clasificar, según sus características en 5 grupos principales:
• Virus,
• Bacterias,
• Protozoos,
• Hongos y
• Endoparásitos.
VirusSon formas de vida muy sencilla y de tamaño extraordinariamente pequeño, por lo que no pueden
observarse con el microscopio óptico. Poseen un solo tipo de ácido nucleico -ARN ó ADN-. Son
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incapaces de reproducirse sobre un medio inerte, y deben obligatoriamente infectar una célula
huésped, de la que utilizan sus mecanismos biológicos.
Bacterias
Son microorganismos celulares de tamaño alrededor de 5µm y que se reproducen por escisión.
Pertenecen a este grupo, entre otros, los agentes causales del carbunco, fiebre de malta y el
tétanos. Algunas bacterias son capaces de producir esporas.
Protozoos
Son animales microscópicos, constituidos por una sola célula y normalmente dotados de
movimiento, que pueden infectar al hombre. A este grupo pertenece el agente causal de la
amebiasis cuyos quistes (formas resistentes) pueden soportar la intemperie varias semanas y al
penetrar en el organismo, se desarrollan produciendo la enfermedad.
Hongos
Formas de vida microscópicas de carácter vegetal, sin clorofila, que habitualmente se desarrollan
constituyendo filamentos. Las formas parásitas pueden atacar la piel o bien estructuras internas delsujeto afectado. Algunos hongos tienen propiedades sensibilizantes.
Endoparásitos
Son organismos animales de tamaño apreciable (pueden medir varios milímetros) que desarrollan
algunas de las fases de su ciclo de vida en el interior del cuerpo humano.
Como ejemplo de enfermedades causadas por contaminantes biológicos nos encontramos con las
siguientes:
El término agente biológico no es un término científico, sino que es el nombre habitualmente
utilizado en las distintas leyes, ordenanzas y reglamentaciones específicas en la prevención sobreriesgos biológicos, por lo que es el que se utilizará en lo sucesivo.
CAPÍTULO 3: REAL DECRETO SOBRE AGENTES BIOLÓGICOS
En nuestro país es el Real Decreto 664/1997 de 12 de mayo sobre la protección de los trabajadores
contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo (B.O.E. nº
124 de 24/5/1997) el que regula todo lo referente a dichos riesgos. En este Real Decreto (RD) se
define al agente biológico como:
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Microorganismos, con inclusión de los genéticamente modificados
cultivos celulares y endoparásitos humanos, susceptible de originar
cualquier tipo de infección, alergia o toxicidad
Vías de entrada de los agentes biológicos en el organismo
Las vías fundamentales de penetración de los agentes biológicos en el organismo son:
Vía inhalatoria: A través de la nariz, la boca, los pulmones.
Vía digestiva: A través de la boca y tubo digestivo.
Vía parenteral: A través de heridas, pinchazos, pequeños cortes.
Es importante el conocimiento del citado RD, puesto que debe ser tenido en cuenta por el
prevencionista en todo lo referente a la evaluación de riesgos y medidas preventivas, por ello se va
a estudiar detalladamente.
Ámbito de aplicación
La legislación comentada se aplicará a las actividades en las que los trabajadores estén o puedan
estar expuestos a agentes biológicos (AB) como consecuencia de su actividad laboral. Por lo tanto el
empresario deberá garantizar la salud de los trabajadores a su servicio en tanto en cuanto haya una
relación contractual.
En este sentido las actividades profesionales se engloban en dos grandes apartados:
a) Aquellas actividades laborales o sectores de actividad cuyo trabajo sea manejar o
utilizar AB, como sería por ejemplo los laboratorios de diagnóstico microbiológico, eltrabajo con animales deliberadamente contaminados, industrias en cuyos procesos se
utilicen estos agentes.
b) Aquellas actividades laborales o sectores que no lleven implícita la intención
deliberada de manejar o utilizar AB, pero que puedan dar lugar a una exposición de
los trabajadores a los mismos. Este apartado englobaría a la mayoría de las
actividades: agrarias, producción de alimentos, eliminación de residuos, asistencia
sanitaria, laboratorios clínicos, depuración aguas residuales, etc.
CAPÍTULO 4: EVALUACIÓN DE RIESGOS
El empresario, habitualmente por delegación el prevencionista, deberá realizar una evaluación de los
riesgos relacionados con los agentes biológicos. Para realizar esta evaluación se han de seguir las
instrucciones recogidas en el RD, ya que no se puede aplicar la metodología habitual de medir y
comparar con criterios de referencia del tipo "TLV" o "VLA", puesto que dichos criterios no existen y
los métodos de medida no siempre son aplicables.
Dicha evaluación se efectuará teniendo en cuenta la totalidad de la información disponible, en
particular:
- índole, grado y duración de la exposición,
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- la clasificación del agente en función de su riesgo infeccioso, como característica
más específica,
- los riesgos inherentes a la naturaleza de la actividad,
- enfermedades que puedan contraerse por razón laboral,
- efectos alergénicos o tóxicos de los AB,
- enfermedades laborales previas.
Dicha evaluación ha de repetirse cuando se realicen modificaciones tecnológicas que afecten a la
actividad productiva o cuando de la vigilancia sanitaria, se compruebe alguna enfermedad como
consecuencia de la exposición a AB.
Lo más característico de esta evaluación es la clasificación de los AB en cuatro grupos de riesgo en
función de sus características, según se recoge en la Tabla 1 adjunta:
A continuación se presenta la lista de AB, clasificadas en los grupos 2,3 ó 4, siguiendo el criterio
expuesto en la tabla anterior. Para algunos agentes se proporcionan también notas adicionales de
utilidad preventiva.
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(a) Encefalitis vehiculada por la garrapata.
(b) El virus de la hepatitis D precisa de otra infección simultánea o secundaria a la provocada
por el virus de la hepatitis B para ejercer su poder patógeno en los trabajadores.
La vacuna contra el virus de la hepatitis B protegerá, por lo tanto, a los trabajadores no
afectados por el virus de la hepatitis B, contra el virus de la hepatitis D (Delta).
(c) Sólo por lo que se refiere a los tipos A y B.
(d) Recomendado para los trabajos que impliquen un contacto directo con estos agentes.
(e) Se pueden identificar dos virus distintos bajo este epígrafe: un género "buffalopox" virus y
una variante de "vaccinia" virus.
(f) Variante de "cowpox".
(g) Variante de "vaccinia".
(h) No existe actualmente ninguna prueba de enfermedad humana provocada por otro retrovirus
de origen símico. Como medida de precaución, se recomienda un nivel 3 de contención para
los trabajos que supongan una exposición a estos retrovirus.
(i) Aún no hay pruebas sobre la existencia en los seres humanos de infecciones causadas por
los agentes responsables de la encefalitis espongiforme bovina. De cualquier modo, se
recomienda el nivel 2 de contención, como mínimo, como medida de protección en lostrabajos de laboratorio.
Esta clasificación ha quedado modificada y actualizada por la Orden de 25 de marzo de 1998 (B.O.E.
nº 76 de 30/3/1998), y posterior corrección de erratas en el B.O.E. nº 90 de 15/4/1998.
Señal de peligro biológico
Puede observarse como no hay actualmente ningún AB clasificado en el grupo 1.
Cuando el AB evaluado no se encuentre incluido en las listas, no ha de entenderse que sea del grupo
1, sino que en función de sus características infecciosas, capacidad de propagación y posibilidad de
tratamiento ha de ubicarse en el grupo correspondiente.
En la clasificación de AB aparece la siguiente simbología:
A: el AB presenta posibles efectos alérgicos,
D: la lista de trabajadores expuestos debe conservarse durante más de 10 años desde la
última exposición. Este es el caso de los AB con capacidad de provocar infeccionespersistentes o latentes, o bien que no se diagnostiquen hasta la aparición de la enfermedad
muchos años después, con fases de recurrencia durante un tiempo prolongado o que puedan
tener secuelas importantes a largo plazo.10
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T: el AB es capaz de producir toxinas, y por tanto reacciones tóxicas
V: existe una vacuna eficaz disponible, quedando el empresario obligado a ofrecer dicha
vacunación al trabajador expuesto, después de informarle sobre sus ventajas e
inconvenientes.
(*): significa que el AB no es infeccioso a través de la vía aérea lo
cual facilita la labor del técnico prevencionista.
Es interesante reseñar que la clasificación del AB se entiende referida a un trabajador "sano", es
decir a un individuo con características inmunológicas estándar, por lo que han de tenerse en cuenta
las posibles variaciones que en esta clasificación introducen casos particulares como patologías
previas, embarazo o lactancia, trastornos inmunitarios y medicación.
CAPÍTULO 5: ACTUACIONES POSTERIORES A LA EVALUACIÓN DE RIESGOS
Una vez realizada la evaluación de riesgos y en función de la misma se recomienda la aplicación delesquema adjunto. En cualquier caso queda a criterio el evaluador la aplicación total o parcial del
articulado del RD en función de casos específicos.
Para aquellas actividades en las que el AB no es en si mismo el objetivo del trabajo, como las
recogidas en el Anexo I, se aplicarán las disposiciones de los artículos 5 al 13. En algunos casos la
puesta en práctica de los mismos puede ser innecesaria o solamente parcial en función de la
naturaleza del riesgo y, por tanto, de la evaluación específicamente realizada. Se debe hacer
hincapié en los artículo que hacen referencia a la reducción de riesgos y a la adecuada información y
formación de los trabajadores.
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Actuación del empresario frente a la evaluación del riesgo
Reducción de riesgos
Dentro del apartado de reducción de riesgos han de llevarse a cabo las actuaciones pertinentes a fin
de conseguir:
• Reducir al mínimo el número de trabajadores expuestos.
• Procedimientos de trabajo adecuados y medios técnicos que eviten o minimicen la liberación
de agentes.
• Medidas de protección colectiva y/o individual cuando la exposición no pueda evitarse por
otros medios. La protección colectiva debe prevalecer sobre la individual.
• Medidas para prevenir la liberación de AB fuera del lugar de trabajo.
• Correcta señalización, con utilización del pictograma específico.
• Planes para hacer frente a accidentes con AB.
• Medios seguros para garantizar la correcta recogida, manipulación, transporte,
almacenamiento, evacuación y eliminación de AB.
• Medidas de higiene y protección personal:
o No comer, beber, ni fumar en zonas de riesgo.
o Trajes y equipos de protección adecuadas.
o Mantenimiento de los equipos de protección, con ubicación correcta, descontaminación
y limpieza.o Servicios, aseos y útiles de higiene adecuados
Todos los costes recaen sobre el empresario.12
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Formación e información
En lo referente a la formación e información, las obligaciones del empresario se resumen en el
siguiente esquema:
• Por parte del empresario se garantizará la formación de los trabajadores y/o sus
representantes, mediante informaciones e instrucciones sobre:
Riesgos potenciales para la salud.
Precauciones para prevenir la exposición.
Disposiciones en materia de higiene.
Utilización y empleo de equipos y trajes de protección.
Medidas a adoptar en caso de accidente.
• Esta información se realizará:
Cuando el trabajador se incorpore al trabajo con AB.
Cuando aparezcan nuevos riesgos o éstos evolucionen.
Periódicamente, si fuera necesario.
El empresario informará lo antes posible a los trabajadores y sus representantes de cualquier
accidente que provoque liberación de AB, causas y medidas adoptadas para remediar tal situación.
CAPÍTULO 6: OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO
En aquellas actividades donde se haya evaluado riesgo como consecuencia de la decisión consciente
de trabajar con AB, el empresario estará obligado al cumplimiento de las recomendaciones y
elaboración de la documentación siguiente:
Sustitución de agentes biológicos
La sustitución de AB por otro de menor peligrosidad sería una de las opciones técnicas a considerar
en actividades industriales, siguiendo la misma línea de actuación de los agentes químicos, esto es,
cambiar el AB que origina el elevado riesgo por otro que, proporcionando las mismas prestaciones,presente menor peligrosidad.
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Notificación previa a la autoridad competente
La notificación a la autoridad laboral exige que por parte del empresario, y en aquellos casos en los
que se vayan a utilizar por primera vez AB o cuando haya cambios sustanciales en un proceso,
notificar a la autoridad laboral de una serie de datos que incluyen:
• Nombre y dirección de la empresa.
• Responsable, con su formación, de la seguridad e higiene laborales.
• Resultados de la evaluación inicial de riesgos.
• Agentes biológicos.
• Medidas de protección y prevención previstas.
Por autoridad laboral se entiende el correspondiente Departamento de Trabajo de la Comunidad
Autónoma que tengan las competencias transferidas; de no existir traspaso sería el Ministerio de
Trabajo y Asuntos Sociales. Análogamente la autoridad sanitaria correspondería al Departamento de
Sanidad de la Comunidad Autónoma que tenga las competencias traspasadas; de no existir sería el
Ministerio de Sanidad y Consumo.
Las autoridades laborales remitirán a las autoridades sanitarias copia de cuanta documentación e
información reciban de las empresas.
Lista de trabajadores expuestos
El empresario deberá disponer de una lista de trabajadores expuestos a AB de los grupos 3 ó 4
indicando:
• Tipo de trabajo, AB y registro en que se consignen exposiciones, accidentes e incidente.• Esta lista se conservará un mínimo de 10 años, que pueden llegar hasta 40 (aunque ya no
exista la empresa) si la exposición pueda dar lugar a enfermedades:
Persistentes o latentes,
Que originen secuelas a largo plazo,
Con fases de recurrencia durante un período largo de tiempo.
Estos AB van acompañados en el listado con la notación D.
A esta lista tendrán acceso:
o La autoridad competente.o El responsable de la salud en el lugar de trabajo.
o Cualquier trabajador, a sus datos personales.
o Los representantes de los trabajadores, a informaciones colectivas anónimas.
Información a la autoridad competente
Cuando la autoridad competente lo solicite, el empresario deberá tener a su disposición una serie de
documentos que incluyen:
• Resultado de la evaluación de riesgos.• Número de trabajadores expuestos.
• Responsable, con su formación, de la seguridad e higiene.
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• Medidas de protección y prevención previstas, incluyendo procedimientos y métodos de
trabajo.
• Planes de urgencia contra exposiciones a AB de los grupos 3 ó 4 en caso de fallo de la
contención física.
• Lista de trabajadores expuestos e historial médico (hasta 40 años).
• Informará asimismo a dicha autoridad, de cualquier incidente o accidente que haya podido
provocar la liberación de AB, así como los casos de enfermedad o fallecimiento como
resultado de la exposición profesional a AB.
• Los trabajadores y/o sus representantes tendrán acceso a esta información con las
limitaciones ya mencionadas.
Es interesante destacar que la referida información podrá ser solicitada por la autoridad laboral
competente, lo cual implica la obligatoriedad de la evaluación de riesgos, así como un plan de
contingencia, esto es un plan de emergencia específico para el riesgo biológico frente a una
exposición a un AB de los grupos 3 ó 4 en caso de fallo de la contención física.
Si la empresa ya tiene su propio plan de emergencia, se adaptará éste a las necesidades específicasque presente el riesgo biológico.
CAPÍTULO 7: PLAN DE CONTINGENCIA
El plan de contingencia deberá prever procedimientos operativos referidos a:
• Medidas aplicables en caso de exposición accidental y descontaminación.
• Tratamiento médico de emergencia para el personal expuesto y lesionado.
• Tratamiento médico y vigilancia del personal expuesto.
• Identificación precisa de los AB, ya sean tóxicos o infecciosos.
• Localización de las zonas de riesgo elevado.
• Organización de los recursos humanos y de responsabilidades. Deberá crearse la figura del
inspector de bioseguridad, como prevencionista con conocimientos profundos en el tema de
la bioseguridad. Estas funciones las puede desarrollar el propio técnico de prevención de la
empresa, si tiene la formación específica para ello, o bien otro prevencionista especialista en
el tema.
• Lista de instalaciones para el tratamiento clínico y aislamiento donde puedan recibir
asistencia las personas expuestas o infectadas.
•
Transporte de dichas personas.
CAPÍTULO 8: ESTABLECIMIENTOS SANITARIOS Y VETERINARIOS
Para los establecimientos sanitarios y veterinarios la evaluación de riesgos habrá de tener en cuenta
la incertidumbre acerca de la presencia de agentes biológicos patógenos en el organismo del
paciente, de los animales o en las muestras y especímenes procedentes de éstos.
El personal sanitario ha de tomar siempre las llamadas precauciones universales, es decir un
conjunto de medidas que aseguran la manipulación correcta de cualquier material que pueda estar
contaminado con sangre o fluidos biológicos.
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El personal sanitario debe suponer que la sangre y especímenes biológicos
deberán ser tratados como potencialmente infecciosos y por lo tanto
peligrosos.
Aplicar las precauciones universales quiere decir que siempre hay que
presumir que los especímenes biológicos portan una enfermedad,
y siempre tomar las precauciones necesarias para protegerse.
Debe mantenerse una actitud constante de autoprotección
Estas precauciones universales están pensadas para prevenir enfermedades a partir de
inoculaciones, contacto con las mucosas como boca u ojos, o a través de la piel dañada o cortes. Los
principales principios de las precauciones universales son:
• Adecuado lavado de manos,
• Cuidado de la piel intacta,
•
Apropiado manejo y eliminación de los objetos cortantes,• Buenas prácticas higiénicas,
• Cuidadoso manejo de la sangre y demás fluidos biológicos,
• Protección personal adecuada,
• Formación e información específicas.
La protección personal debe ser proporcionada y utilizada en todas las áreas en donde la sangre y
los fluidos biológicos puedan entrar en contacto con el personal. Deben utilizarse: guantes,
delantales o trajes impermeables, mascarillas, prendas de protección ocular. Los trabajadores con
cortes o abrasiones en partes expuestas de su cuerpo deberán ser cubiertas con vendajes
impermeables.
Deberá llevarse a cabo tanto la formación como las prácticas de los trabajadores en las medidas
preventivas, así como desarrollar procedimientos de trabajo seguros para todas las actividades y
tareas con riesgo potencial de exposición.
Deberán asimismo establecerse procedimientos de descontaminación y desinfección, así como
procedimientos para la adecuada manipulación y eliminación de residuos contaminados.
Si en el servicio sanitario hubiera necesidad de aislar pacientes o animales contaminados con AB de
los grupos 3 ó 4 se deberán aplicar medidas de contención que minimicen el riesgo de infección delpersonal sanitario. Dichas medidas de contención son las contempladas en la columna A de la Tabla
2, que deberán ser adoptadas total o parcialmente según las necesidades.
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CAPÍTULO 9: LABORATORIOS Y LOCALES DESTINADOS A ANIMALES DE
LABORATORIO
Para los trabajos realizados en laboratorios en los que manipulen AB y en locales destinados a
animales de laboratorio, deliberadamente contaminados o que se sospeche que son portadores de
estos agentes, se debe aplicar los conceptos de Seguridad Biológica. Este concepto agrupa los
distintos métodos que hacen que la manipulación de AB resulte segura, tanto para las personas quedirectamente entran en contacto con ellos, como para las personas del entorno. El propósito de la
seguridad biológica sería esencialmente el de reducir la exposición de las personas profesionalmente
expuestas, así como prevenir la salida hacia el exterior de agentes potencialmente peligrosos.
Para conseguir estos fines se establecen dos niveles de protección:
Un primer nivel, para la protección del personal y del medio interno del laboratorio
que viene proporcionado por buenas técnicas de trabajo y el empleo de equipos de
seguridad específicos. Dentro de este nivel de actuación la vacunación puede
contribuir a reforzar el nivel de protección general.
Un segundo nivel en la seguridad lo daría la protección del medio externo al
laboratorio, que resultaría del adecuado diseño de las instalaciones.
Técnicas de trabajo
El elemento más importante de la seguridad es el correcto cumplimiento de las prácticas
normalizadas de trabajo dentro del propio laboratorio de AB. Los trabajadores en contacto con
agentes infecciosos o materiales infectados deben ser conscientes de los peligros potenciales que
esto encierra, y han de recibir la formación adecuada en las prácticas requeridas para el manejoseguro de dichos materiales.
Cada laboratorio deberá desarrollar y adoptar un Manual de Normas de Seguridad Biológica, que
contemple los riesgos que puedan surgir, así como especificar las prácticas y procedimientos
designados para minimizar estos riesgos.
Equipos de seguridad (Barreras primarias)
Constituidos fundamentalmente por los equipos de protección personal, como pueden ser
guantes, cubre-zapatos, respiradores, gafas,... y las cabinas de seguridad. Las cabinas de seguridad biológica, son cámaras de trabajo, abiertas o cerradas, atravesadas por un
flujo de aire y que disponen de filtros. Es el principal instrumento para proporcionar la contención de
los aerosoles infecciosos que se originan en las operaciones realizadas en un laboratorio. Existen
tres tipos de cabinas:
• Cabinas de seguridad Clase I, poseen la parte frontal abierta y trabajan a presión negativa
con respecto a la ambiental. El aire de salida de la misma es filtrado a través de un filtro
HEPA. Destinadas al trabajo con AB que entrañan un riesgo leve o moderado. No garantizan
la protección del producto manipulado frente a los AB generados por el operador.
• Cabinas de seguridad Clase II, son cabinas con la parte frontal abierta, con una corriente de
aire (flujo laminar), filtrado a través de un filtro HEPA que circula en sentido descendente,
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uniforme y unidireccional. Protege a los usuarios, a los materiales manipulados y al medio
ambiente de riesgos biológicos leves o moderados.
• Cabinas de seguridad Clase III, están herméticamente cerradas y el trabajo en ellas se hace
a través de unos guantes de goma que ya llevan incorporados. Poseen presión negativa, el
suministro de aire al interior de la cabina se hace a través de un filtro HEPA y el aire de salida
lo hace a través de dos de estos filtros. Ofrece el grado máximo de protección al producto y
al operador, ya que cubre el riesgo al contacto. En consecuencia son también recomendadas
para productos químicos de alta toxicidad cuando se requieran garantías absolutas de que no
exista contacto físico con ellos.
De forma general se recomienda utilizar una cabina de seguridad de Clase I para AB de los grupos 1
y 2, de la Clase II para los AB de los grupos 1, 2 y 3 y de la Clase III para los AB de los grupos 3 y
4.
Las cabinas de seguridad deben estar ubicadas correctamente en el laboratorio para evitar
corrientes de aire que alteren el flujo laminar, por ejemplo, lejos de ventanas, de acondicionadoresde aire, de puertas... Deben ser controladas y mantenidas periódicamente para asegurar su correcto
funcionamiento. Asimismo, los trabajadores que vayan a utilizarlas deberán ser instruidos en los
procedimientos de trabajo adecuados que no alteren la laminalidad del flujo. Deberán ser limpiadas
y desinfectadas periódicamente y los filtros HEPA sustituidos, cuando proceda, por personal técnico
especializado.
Diseño de la instalación (Barreras secundarias)
Son importantes en cuanto proporcionan también una barrera para el personal que trabaja en la
institución pero que no lo hace dentro del laboratorio y para aquellas personas del entorno quepuedan verse afectadas por un posible escape accidental de agentes infecciosos.
Según sea el grupo del AB con que se trabaje así serán los niveles de contención exigidos, es decir y
en general un AB del grupo 2 será manipulado en un nivel de bioseguridad (en adelante NB) 2, un
AB del grupo 3 en un NB 3, etc. Los niveles de contención específicos vendrán determinados por las
medidas de contención específicas, referidas a: equipos de seguridad, instalaciones y prácticas de
laboratorio, que aparecen indicadas en la Tabla 2.
De esta forma existen tres modelos de laboratorio, según sus niveles de contención:
- Laboratorio básico,
- Laboratorio de seguridad,
- Laboratorio de alta seguridad.
CAPÍTULO 10: PROCEDIMIENTOS INDUSTRIALES
Para aquellos procedimientos industriales que utilizan AB se le aplicarán los mismos principios en
materia de contención del apartado anterior. En este caso las medidas de contención se resumen
Tabla 3 adjunta.
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Queda al criterio del evaluador de riesgo la posibilidad de seleccionar y combinar medidas de
diferentes categorías para procesos particulares.
En aquellas actividades en las que no haya sido posible proceder a una evaluación concluyente de un
AB, pero de cuya utilización prevista parezca que puede derivarse un riesgo grave para la salud de
los trabajadores, se debe exigir al local de trabajo al menos un nivel de contención de nivel 3.
RESUMEN DE LA UNIDAD
Los contaminantes biológicos, constituidos por seres vivos, están presentes en muy variados
entornos laborales pudiendo afectar seriamente la salud de los trabajadores expuestos.
Puesto que no es habitualmente posible la evaluación clásica de los riesgos en el sentido de medir
dichos agentes biológicos y comparar con criterios de referencia, se ha establecido una clasificación
de los agentes biológicos por grupos de riesgo en función de su capacidad infectiva, y de la
propagación extralaboral.
En función del agente biológico que se manipule (grupos 2, 3 ó 4) se establecen para el empresario
una serie de obligaciones que minimizan los riesgos. Estas obligaciones comprenden: la reducción de
riesgos, formación e información de los trabajadores, evaluaciones de la salud especificas,
notificación a la autoridad laboral y sanitaria, así como la elaboración de un plan de emergencia
específico (contingencia) frente al riesgo biológico.
En casos especiales de laboratorios y animalarios se exigirán niveles especiales de contención física
que garanticen la bioseguridad de trabajadores e instalaciones.
BIBLIOGRAFÍA
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trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos.
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GUARDINO, X. y otros (1992). Seguridad y Condiciones de Trabajo en el Laboratorio.
I.N.S.H.T. Madrid.
MARTÍ SOLÉ, Mª C. y otros (1997). Prevención de riesgos biológicos en el laboratorio.
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B.O.E. nº 150 de 24 de junio de 1997. Real Decreto 951/97, por el que se aprueba el
Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley 15/1994 de 3 de junio
(organismos modificados genéticamente).
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INSHT. Notas técnicas de prevención, nos 203, 295, 351, 372, 376, 384, 398, 409, 411, 422.