Módulo 2 y 3-SEGUNDA PARTE MARPOL 73 78
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MARPOL 73/78
OIL POL 1954
MARPOL 73
PROTOCOLO 78
RESOLUCIONES OMI
Antecedentes
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Introducción al Convenio MARPOL 73/78
• En vigor desde 1983
• Sufre varias enmiendas fundamentalmente las de 1986
Introducción al Convenio MARPOL 73/78
El Anexo II revisado del MARPOL entró en vigencia el 01 de
Enero del 2007, junto con la versión enmendada del Código
Internacional de Quimiqueros (Código CIQ).
Introducción al Convenio MARPOL 73/78
En vigor desde 01/VII/92
Se relaciona con el IMDG
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Introducción al Convenio MARPOL 73/78
En vigor desde 27/09/2003
Introducción al Convenio MARPOL 73/78
Introducción al Convenio MARPOL 73/78
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Introducción al Convenio MARPOL 73/78
OBLIGACIONES
EMERGENTES DEL
CONVENIO PARA LOS
ESTADOS PARTE
Introducción al Convenio MARPOL 73/78
NO DAR TRATO MAS FAVORABLE
NO SE DARA TRATO MAS FAVORABLE A
AQUELLOS BUQUES DE ESTADOS QUE NO
SON PARTE DEL CONVENIO QUE A LOS QUE
LO SON
Introducción al Convenio MARPOL 73/78
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Introducción al Convenio MARPOL 73/78
El transporte de estos productos está
reglamentado por el Anexo II del MARPOL
el cual clasifica los productos por categorías
de contaminación y establece los criterios
para la descarga de los productos de cada
categoría en el medio marino y por el Código
CIQ que prescribe las normas de proyecto y
construcción para los buques quimiqueros.
Introducción al Convenio MARPOL 73/78
A principios de los años 90 La
OMI emprendió una revisión
completa de este Anexo,
mientras que en 1992 la
Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Medio
Ambiente y el Desarrollo
adoptó un programa para la
armonización de la
clasificación de riesgos y el
etiquetado de los productos
químicos SGA
Introducción al Convenio MARPOL 73/78
Durante años, el grupo de
científicos del GESAMP fue
progresando gradualmente en la
ingente tarea de reevaluar más de
800 productos de conformidad con
el SGA y atribuyó perfiles de
peligrosidad revisados a todos ellos,
lo que permitió la clasificación con
arreglo a nuevas categorías de
contaminación y nuevos tipos de
buques.
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Categoría X: de ser descargadas en el mar se
considera un riesgo grave para los recursos
marinos o para la salud.
Categoría Y: de ser descargadas en el mar se
considera un riesgo para los recursos marinos y
la salud.
Categoría Z: de ser descargadas en el mar se
considera un riesgo leve para los recursos
marinos y la salud.
Otros: ser descargadas en el mar no supone un
riesgo para los recursos marinos y la salud.
Introducción al Convenio MARPOL 73/78
ANEXO III - Reglas para prevenir la contaminación por sustancias
perjudiciales transportadas por mar en bultos
ANEXO III
SUSTANCIAS
PERJUDICIALES
TRANSPORTADAS POR
MAR EN BULTOS
Embalaje y envasado
Marcado y etiquetado
Documentación
Estiba
Limitaciones cuantitativas
Excepciones
Directrices para
determinar sustancias
perjudiciales
A) Bioacumulación
B) Daño a los recursos
vivientes
C) Peligro a la salud humana
por ingestión oral
D) Peligro a la salud humana
por vía dermal o inhalación
E) Afectación a la recreación
EVALUACIÓN DE LA
PELIGROSIDAD
GESAMP: Grupo mixto de
expertos sobre los aspectos
científicos de la protección
del medio marino
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Regla 1: Aplicación.
Regla 2: Clasificación.
Regla 3: Embalaje. Regla 4: Marcado, etiquetado
y rotulación.
Regla 5: Documentación.
Regla 6: Estiba.
Regla 7: Explosivos en buques de pasaje.
Regla 7.1 Notificación de
sucesos con
mercancías peligrosas.
SOLAS Regla II-2 /54
“Documento Demostrativo de
cumplimiento para buques
que transportan mecancías
peligrosas”
SOLAS 74/78 MARPOL 73/78
CAPITULO VII
“Transporte de
mercancías peligrosas”
ANEXO II
“Sustancias nocivas
líquidas a granel”
ANEXO III
“Sustancias
perjudiciales en
bultos”.
Parte A:
“Mercancías peligrosas
en bultos o en forma
sólida a granel”
Parte B:
“Químicos líquidos
a granel”
Parte C:
“Gases licuados
a granel”
Parte D:
“Combustible
nuclear
Irradiado”
CIQ CIG CNI Regla 1: Aplicación.
Regla 2: Embalaje.
Regla 3: Marcado, etiquetado y rotulación.
Regla 4: Documentación.
Regla 5: Estiba.
Regla 6: Limitaciones
cuantitativas. Regla 7: Excepciones.
Código de Prácticas de
las cargas sólidas a
granel.
CODIGO IMDG FEm GPA