Mineria
-
Upload
soren-rosell -
Category
Documents
-
view
10 -
download
0
description
Transcript of Mineria
Minería, obtención selectiva de minerales y otros materiales (salvo materiales
orgánicos de formación reciente) a partir de la corteza terrestre. La minería es
una de las actividades más antiguas de la humanidad. Casi desde el principio
de la edad de piedra, hace 2,5 millones de años o más, ha venido siendo la
principal fuente de materiales para la fabricación de herramientas. Se puede
decir que la minería surgió cuando los predecesores de los seres humanos
empezaron a recuperar determinados tipos de rocas para tallarlas y fabricar
herramientas.
Al principio, la minería implicaba simplemente la actividad, muy rudimentaria,
de desenterrar el sílex u otras rocas. A medida que se vaciaban los yacimientos
de la superficie, las excavaciones se hacían más profundas, hasta que empezó
la minería subterránea, las que propiamente se abren en zonas con
yacimientos minerales prometedores.
Los métodos de minería se dividen en cuatro tipos básicos. En primer lugar, los
materiales se pueden obtener en minas de superficie, explotaciones a cielo
abierto u otras excavaciones abiertas (canteras). Este grupo incluye la inmensa
mayoría de las minas de todo el mundo. En segundo lugar, están las minas
subterráneas, a las que se accede a través de galerías o túneles. El
tercer método es la recuperación de minerales y combustibles a través de
pozos de perforación. Por último, está la minería submarina o dragado, que
próximamente podría extenderse a la minería profunda de los océanos.
Por lo general, la minería tiene como fin obtener minerales o combustibles. Un
mineral puede definirse como una sustancia de origen natural con una
composición química definida y unas propiedades predecibles y constantes.
Los combustibles más importantes son los hidrocarburos sólidos, que, por lo
general, no se definen como minerales.
Un recurso mineral es un volumen de la corteza terrestre con una
concentración anormalmente elevada de un mineral o combustible
determinado. Se convierte en una reserva si dicho mineral, o su contenido (un
metal, por ejemplo), se puede recuperar mediante la tecnología del momento
con un coste que permita una rentabilidad razonable de la inversión en la mina.
Generalmente, se dice que una mina es explotable cuando la inversión para la
explotación es inferior al beneficio obtenido por la comercialización del mineral.
Hay gran variedad de materiales que se pueden obtener de dichos yacimientos.
Pueden clasificarse como sigue:
Metales: incluyen los metales preciosos (el oro, la plata y los metales del grupo
del platino), los metales siderúrgicos (hierro, níquel, cobalto, titanio, vanadio y
cromo), los metales básicos (cobre, plomo, estaño y cinc), los metales ligeros
(magnesio y aluminio), los metales nucleares (uranio, radio y torio) y los
metales especiales, como el litio, el germanio, el galio o el arsénico.
Minerales industriales: incluyen los de potasio y azufre, el cuarzo, la trona, la
sal común, el amianto, el talco, el feldespato y los fosfatos.
Materiales de construcción: incluyen la arena, la grava, los áridos, las arcillas
para ladrillos, la caliza y los esquistos para la fabricación de cemento. En este
grupo también se incluyen la pizarra para tejados y las piedras pulidas, como el
granito, el travertino o el mármol.
Gemas: incluyen los diamantes, los rubíes, los zafiros y las esmeraldas.
Combustibles: incluyen el carbón, el lignito, la turba, el petróleo y
el gas (aunque generalmente estos últimos no se
consideran productos mineros). El uranio se incluye con frecuencia entre los
combustibles.
PAPEL DE LA MINERÍA EN EL PERÚ
La minería es uno de los sectores más importantes de la economía peruana y
representa normalmente más del 50% de las exportaciones peruanas con cifras
alrededor de los 4 mil millones de dólares al año. Por su propia naturaleza la
gran minería constituye un sector que genera grandes movimientos
de capital más no de mano de obra, así el año 2003 aportó el 4.7% del PBI, sin
embargo ocupó sólo al 0.7% de la PEA. La minería se ha vuelto tan importante
que desde el año 1993 el Perú ha duplicado su producción de minerales.
Los principales minerales que exporta nuestro país son: cobre, oro, hierro,
plata, zinc y plomo entre otros. Actualmente todos ellos son fuertemente
demandados como insumos para procesos industriales de alto nivel
tecnológico.
El Perú es un país de tradición minera. Durante la época de la colonia se
explotaron las minas de plata de Potosí (Hoy Bolivia) y las minas de azogue de
Santa Bárbara (Huancavelica). El azogue es conocido hoy como el mercurio y
fue en su momento indispensable para la separación de la plata.
Diversas fuentes coinciden que los minerales provenientes de estas minas
permitieron las supervivencia y el desarrollo de Europa.
En el Perú, la explotación en Cerro de Pasco (Pasco) comenzó en 1905 y en
1922 se inauguró el complejo metalúrgico de la Oroya (Junín). En los años
noventa se otorgaron numerosas concesiones mineras como parte de
la política de apertura de mercados del gobierno de Alberto Fujimori.
Actualmente las mayores explotaciones de cobre se registran en Cuajone
(Moquegua), Toquepala (Tacna), Cerro Verde (Arequipa) y Tintaya (Cuzco).
Cerro de Pasco y sus inmediaciones continúan extrayendo zinc, el plomo y la
plata. Marcona (Ica) con hierro y San Rafael (Puno) con estaño. Con respecto
al oro, Yanacocha y Sipán (Cajamarca), Pierina (Ancash) y Santa Rosa
(La Libertad) constituyen las mayores explotaciones.
El Perú posee el 16% de las reservas de minerales conocidas, incluyéndole
15% de las de cobre y el 7% de las de zinc. Se estima que hasta el día de hoy
el Perú únicamente ha extraído el 12% de sus recursos minerales y que con
tecnología adecuada puede triplicar su actual producción, especialmente en
metales básicos. Los principales demandantes de oro son Estados Unidos,
Suiza y Reino Unido. Así, desde 1990 las extracciones en el Perú se han
incrementado en un 500%.
La privatización de la gran minería nacional, emprendida por el gobierno
peruano en 1991, ha atraído a más de cien empresas extranjeras. El 40% de
estas inversiones procede de Canadá, y el resto, de Australia, Estados
Unidos, México, Sudáfrica, China, Suiza, Reino Unido, Luxemburgo e Italia. Las
empresas estatales como Centromín y Minero Perú fueron prácticamente
desactivadas y sus activos liquidados.
Para el período comprendido entre 1992 y 2007 se ha planeado invertir 9.811
millones de dólares en el sector. El proyecto más ambicioso es el de las
empresas canadienses Noranda, Río Algom y Teck, y la japonesa Mitsubishi,
en el yacimiento polimetálico de Antamina que produce cobre, plomo, plata y
zinc : Se ubica en Ancash y es considerado como uno de los mayores
yacimientos del mundo.
Su entrada en el 2002 representa la tercera parte del crecimiento del sector
para el período 2000 - 2005, estimado en un 9%.
MINERÍA EN CIFRAS (POSICIONAMIENTO DEL PERÚ EN LATIOAMÉRICA)
Ranking de Producción
METAL América Latina Nivel Mundial
Oro 1ro 8vo
Zinc 1ro 3ro
Estaño 1ro 3ro
Plomo 1ro 4to
Cobre 2do 4to
Plata 2do 2do
El Perú tiene una expectante posición competitiva en la minería mundial,
manteniendo un liderazgo minero en Latinoamérica y una sólida historia y
trayectoria minera.
En el mercado Latinoamericano, el Perú es el mayor productor de oro, zinc,
plomo y estaño. Asimismo, es el segundo mayor productor en plata y cobre,
además de producir otros importantes productos metálicos y no metálicos.
POTENCIAL DE PERÚ
Crecimiento de la producción minera
Producción Anual 1990 2002 % Crec.
Cobre t*1000 323 843 161
Oro t 20 157 861
Zinc t*1000 598 1,222 104
Plomo t*1000 210 298 42
Plata t*1000 1.9 2.8 43
Estaño t*1000 4.8 38.8 707
Exportaciones (US$ MM): 1,447 3,600 149
El potencial de exploración y desarrollo que ofrece Perú, puede reflejarse en
que actualmente sólo el 10% de las áreas de concesiones mineras están
siendo exploradas. En el mapa de ubicación podemos observar que la mayor
concentración de operaciones y proyectos mineros se hallan sobre la franja de
la cordillera central, existiendo oportunidades de exploración en estas áreas,
además de la costa, sierra y selva del territorio nacional.
Un indicador del crecimiento minero, podemos observar en las exportaciones
mineras, habiendo crecido de US$ 1,447 millones de 1990 a US$ 3,600
millones al año 2002.
Para la próxima década, la minería peruana proyecta inversiones que superan
los US$ 7,000 millones.
INVERSIONISTAS EXTRANJEROS
En la última década, más de 50 inversionistas extranjeros se han establecido
en Perú, algunos con gran liderazgo en la minería mundial, entre ellas,
procedentes de:
USA : Phelps Dodge, Cyprus, Doe Run, Asarco.
México : Grupo México
Canadá : Teck, Barrick Gold, Inmet, Rio Algom, Noranda, Cominco
Australia : BHP, Pasminco
Inglaterra : Billiton
Reino Unido : Río Tinto
Sud Africa : Anglo American
Así como las mencionadas con anterioridad se puede mencionar muchas otras
compañías reconocidas a nivel mundial, que han sido y son atraídas por
el ambiente favorable para las inversiones y principalmente por el gran
potencial minero que ofrece el Perú.
CONCLUSIÓN
La elaboración del presente trabajo tiene como fin dar a conocer la gran
capacidad que tiene nuestro país, y lo rico que es. Es realmente lamentable
que por los gobiernos de turno, nuestro país como viene ocurriendo desde
muchos siglos atrás no se desarrolle y logre salir de este tercer mundo
de pobreza, hambre y desempleo, en la que las personas con un eficiente uso
de los recursos existentes por parte del Estado no tendrían que pasar por las
penurias que pasan, así mismo siempre tomándose las precauciones
respectivas para la aplicación de cualquier actividad, sea agrícola, pesquera,
minera, etc.
La minería nacional sigue siendo un motor de desarrollo para la economía
nacional. El actual proceso de regionalización presenta nuevos retos para este
sector y para las autoridades, quienes tendrán que trabajar coordinadamente
con el gobierno central y las empresas para mantener la competitividad de este
sector.
Realmente a mi parecer a quedado muy claro que nuestro país tiene potencial,
allá los altos mandos que no toman las medidas necesarias para aprovechar
las riquezas que son derrochadas en nuestro país por extranjeros.
BIBLIOGRAFÍA
Fuente Encarta 2005
CENTROMIN
Ministerio de energía y minas
Geografía del Perú
http://www.educared.edu.pe/estudiantes/geografia/tema3_2_2_2.asp
http://www.yanacocha.com.pe/mineria.htm
Kattherin Milena López Torres
Leer más: http://www.monografias.com/trabajos34/sector-minero-peru/sector-
minero-peru.shtml#ixzz3BXBIDACB
Ley de Formalización y Promoción de la Pequeña Minería y la Minería
Artesanal (Ley N° 27651)
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente: LEY DE FORMALIZACION Y PROMOCIÓN DE LA
PEQUEÑA MINERÍA Y LA MINERÍA ARTESANAL
Artículo 1°.- OBJETO DE LA LEY
La presente Ley tiene por objeto introducir en la legislación minera un marco
legal que permita una adecuada regulación de las actividades mineras
desarrolladas por pequeños productores mineros y mineros artesanales,
propendiendo a la formalización, promoción y desarrollo de los mismas.
Artículo 2°.- ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY
La pequeña minería y la minería artesanal son actividades que se sustentan en
la utilización intensiva de mano de obra que las convierten en una gran fuente
de generación de empleo y de beneficios colaterales productivos, en las áreas
de influencia de sus operaciones que generalmente son las más apartadas y
deprimidas del país, constituyéndose en polos de desarrollo, por lo que, resulta
necesario establecer una legislación especial sobre la materia. La pequeña
minería y la minería artesanal, las cuales comprenden las labores de extracción
y recuperación de sustancias metálicas y no metálicas, del suelo y subsuelo,
desarrollándose en forma personal o como conjunto de personas naturales o
jurídicas que buscan maximizar ingreso de subsistencia.
Artículo 3°.- MENCIÓN AL TEXTO ÚNICO ORDENADO
Cuando en la presente Ley se mencione "La Ley", se entenderá el Texto Único
Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nro.
014-92-EM, del 2 de Junio de 1992.
Artículo 4° .- ROL DE PROMOCIÓN Y PROTECCIÓN DEL ESTADO
Sustitúyase el numeral III del Título Preliminar de la Ley, por el siguiente texto:
"III. El Estado protege y promueve la pequeña minería y la minería artesanal,
así como la mediana minería, y promueve la gran minería.
Artículo 5°.- SOLICITUD Y AUTORIZACIÓN DE OPERACIÓN
Agréguese como último párrafo del artículo 18° de la Ley, el siguiente texto:
"El conjunto de procesos físicos, químicos y/o físico-químicos que realizan los
productores mineros artesanales para extraer o concentrar las partes valiosas
de un agregado de minerales y/o para purificar, fundir o refinar metales, no se
encuentran comprendidos en el alcance del presente Título, para su realización
sólo será necesaria la solicitud acompañada de información técnica y una
Declaración de Impacto Ambiental suscrita por un profesional competente en la
materia. La autorización correspondiente será expedida por la Dirección
General de Minería.”
Artículo 6°.- DE LOS NIVELES DE PRODUCCIÓN
Sustitúyase el segundo párrafo del artículo 38° de la Ley por el siguiente texto:
"La producción no podrá ser inferior al equivalente en moneda nacional a US$
100.00 por año y por hectárea otorgada, tratándose de sustancias metálicas, y
del equivalente en moneda nacional a US$ 50.00 por año y por hectárea
otorgada tratándose de sustancias no metálicas. En el caso de pequeños
productores mineros la producción no podrá ser inferior al equivalente en
moneda nacional a US$ 50.00 por año y por hectárea otorgada sea cual fuere
la sustancia. Para el caso de productores mineros artesanales la producción no
podrá ser inferior al equivalente en moneda nacional a US$ 25.00 por año y por
hectárea otorgada sea cual fuere la sustancia."
Artículo 7°.- DEL DERECHO DE VIGENCIA
Sustitúyase el tercer párrafo del artículo 39° de la Ley, por el siguiente texto:
"Para los pequeños productores mineros, el Derecho de Vigencia es de US $
1.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea solicitada u
otorgada. Para los productores mineros artesanales el Derecho de Vigencia es
de US $ 0.50 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea
solicitada u otorgada".
Artículo 8°.- DE LOS PAGOS POR PENALIDADES
Sustitúyase el artículo 40° de la Ley por el siguiente texto:
"Artículo 40°.- En caso de que no se cumpliese con lo dispuesto en el artículo
38°, a partir del primer semestre del sétimo año computado desde aquel en que
se hubiere otorgado el título de concesión minera, el concesionario deberá
pagar una penalidad de US$ 6.00 o su equivalente en moneda nacional por
año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la producción mínima
anual. En el caso de los pequeños productores mineros, la penalidad será US$
1.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea, hasta el año
en que cumpla con la producción mínima anual. En el caso de los productores
mineros artesanales, la penalidad será de US$ 0.50 o su equivalente en
moneda nacional por año y por hectárea, hasta el año en que cumpla con la
producción mínima anual.
Si continuase el incumplimiento a partir del duodécimo año, la penalidad será
de US$ 20.00 ó su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea.
Para el pequeño productor minero la penalidad, a partir del duodécimo año,
será de US$ 5.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea.
Para el productor minero artesanal la penalidad, a partir del duodécimo año,
será de US$ 3.00 o su equivalente en moneda nacional por año y por hectárea.
La penalidad correspondiente deberá pagarse junto con el Derecho de Vigencia
y acreditarse en la misma oportunidad de su pago."
Artículo 9°.- PAGO DE MULTAS
Sustitúyase el tercer párrafo del artículo 50° de la Ley por el siguiente texto:
"Las multas no serán menores de cero punto uno por ciento (0.1%) de una (1)
UIT, ni mayores de quince (15) UIT, según la escala de multas por infracciones
que se establecerá por Resolución Ministerial. En el caso de los pequeños
productores mineros el monto máximo será de dos (2) UIT, y en el caso de
productores mineros artesanales el monto máximo será de una (1) UIT".
Artículo 10º.- ESTRATIFICACION DE LA PEQUEÑA MINERIA Y LA
MINERIA ARTESANAL
Sustitúyase el artículo 91º de la Ley por el siguiente texto:
"Artículo 91º.- Son pequeños productores mineros los que:
1. Posean por cualquier título hasta dos mil (2,000) hectáreas, entre
denuncios, petitorios y concesiones mineras.
2. Posean por cualquier título una capacidad instalada de producción y/o
beneficio de 350 toneladas métricas por día, con excepción de materiales
de construcción, arenas, gravas auríferas de placer, metales pesados
detríticos en que el límite será una capacidad instalada de producción y/o
beneficio de hasta tres mil (3,000) metros cúbicos por día.
Son productores mineros artesanales los que:
1. En forma personal o como conjunto de personas naturales o jurídicas se
dedican habitualmente y como medio de sustento a la explotación y/o
beneficio directo de minerales, realizando sus actividades con métodos
manuales y/o equipos básicos.
2. Posean por cualquier título hasta un mil (1,000) hectáreas, entre denuncios,
petitorios u concesiones mineras; o hayan suscrito acuerdos o contratos
con los titulares mineros según lo establezca el Reglamento de la presente
Ley.
3. Posean por cualquier título una capacidad instalada de producción y/o
beneficio de 25 toneladas métricas por día, con excepción de los
productores de materiales de construcción, arenas, gravas auríferas de
placer, metales pesados detríticos en que el límite será una capacidad
instalada de producción y/o beneficio de hasta doscientos (200) metros
cúbicos por día.
La condición de pequeño productor minero o productor minero artesanal se
acreditará ante la Dirección General de Minería mediante declaración jurada
bienal.
Artículo 11°.- DEL ACUERDO O CONTRATO DE EXPLOTACIÓN
Una vez logrado el acuerdo o contrato de explotación entre el minero artesanal
y el titular del derecho minero, el Ministerio de Energía y Minas ayudará al
minero artesanal en una labor tutelar de fortalecimiento orientada a su
consolidación empresarial, por un período no mayor a dos años, que cubra los
siguientes aspectos:
1. Capacitación tecnológica operativa y de administración tendiente a lograr
una explotación racional del yacimiento.
2. Canalización de información procedimental administrativa que permita al
minero artesanal hacer uso de las oportunidades que pudieran surgir y las
que la presente Ley otorga. Para tal efecto el Ministerio de Energía y Minas
deberá contar con un Registro de Productores Mineros Artesanales.
3. Facilitar los contactos con los proveedores y clientes más convenientes,
tanto locales como externos.
4. Facilitar el acceso directo del minero artesanal a los insumos de
producción, que son materia de control especial por parte del Estado.
5. Asesoría para la identificación de fuentes de financiamiento.
Artículo 12°.- DEL BENEFICIO DE ESTABILIDAD TRIBUTARIA
Sustitúyase el artículo 92° de la Ley por el texto siguiente:
"Artículo 92°.- Los pequeños productores mineros, incluyendo los productores
mineros artesanales, podrán acogerse a lo dispuesto en los artículos 78°, 79° y
80° de la presente Ley, si invierten al menos el equivalente en moneda nacional
a US$ 500,000.00 tratándose de pequeños productores mineros y US$
50,000.00 tratándose de productores mineros artesanales."
Artículo 13°.- SANCIONES PECUNIARIAS
Las escalas de multas y penalidades que se aplicarán en caso de
incumplimiento a las disposiciones contenidas en la Ley, así como en sus
Reglamentos, deberán contemplar un tratamiento especial para los pequeños
productores mineros y productores mineros artesanales, no pudiendo exceder
en el caso de sanciones pecuniarias de dos (2) UIT y una (1) UIT
respectivamente. Tratándose de accidentes fatales, las multas serán hasta de
cinco (5) UIT para pequeños productores mineros y hasta tres (3) UIT
tratándose de productores mineros artesanales.
Igual tratamiento especial deberá observarse en la fijación de las tasas de los
Textos Unicos de Procedimientos Administrativos (TUPA) del sector.
Artículo 14°.- SOSTENIBILIDAD Y FISCALIZACIÓN
Siendo rol del Estado la supervisión del aprovechamiento sostenible de los
recursos naturales, las actividades de los pequeños productores mineros y
productores mineros artesanales serán fiscalizadas, a partir del segundo año
de vigencia de la presente Ley, directamente por los funcionarios del Sector de
Energía y Minas, sin que dichos titulares estén afectos al pago de arancel al
que se refiere la Ley N° 27474, Ley de Fiscalización de las Actividades
Mineras.
Artículo 15°.- ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL
Para el inicio o reinicio de actividades, los pequeños productores mineros y
productores mineros artesanales estarán sujetos a la presentación de
Declaración de Impacto Ambiental o Estudio de Impacto Ambiental
Semidetallado, según sea su caso, para la obtención de la Certificación
Ambiental referida en la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación
de Impacto Ambiental. La declaración o estudio que deban presentar los
pequeños productores mineros y los productores mineros artesanales no
requerirán estar suscritos por un auditor ambiental registrado, bastará para el
efecto la suscripción del o los profesionales competentes en la materia.
La Declaración o Estudio de Impacto Ambiental, deberá contener la
identificación de los compromisos ambientales y sociales individuales o
colectivos, según sea la naturaleza de éstos.
Artículo 16º.- PLAN DE DESARROLLO DE LA MINERÍA ARTESANAL
El Ministerio de Energía y Minas, a través de sus órganos competentes y los
organismos públicos descentralizados del sector, elaborará el Plan de
Desarrollo de la Minería Artesanal que deberá comprender, entre otras, las
siguientes actividades:
1. En áreas mineras catastradas de propiedad del Estado, promoverá y
facilitará el otorgamiento del derecho minero a los mineros artesanales que
se encuentren realizando explotación minera en dichas áreas.
2. En áreas mineras catastradas debidamente tituladas a favor de mineros
formales, el Ministerio de Energía y Minas asumirá un rol de intermediario
para facilitar e impulsar la adopción de los mecanismos legales pertinentes
para llegar al acuerdo de explotación, que contenga condiciones
aceptables para ambas partes en toda el área titulada o en parte de ella.
3. Encargar al INGEMET la formulación anual de un plan de apoyo a la
Pequeña Minería, relacionado con análisis demuestras y promoción de los
proyectos mineros presentados por los pequeños productores mineros y
productores mineros artesanales. Dichos servicios serán materia de un
tratamiento especial en la fijación de los montos de los pagos
correspondientes que deban realizar los beneficiarios de los mismos.
Artículo 17° .- PARTICIPACIÓN DE LAS DIRECCIONES REGIONALES DE
ENERGÍA Y MINAS
Las acciones de fortalecimiento y consolidación establecidas en el artículo
anterior, podrán ser ejecutadas a través de las respectivas Direcciones
Regionales de Energía y Minas.
Las acciones de fiscalización de las actividades mineras realizadas por los
productores mineros artesanales, incluyendo las de sanciones y multas, son de
competencia de las Direcciones Regionales de Energía y Minas, de
conformidad con la Ley de Fiscalización de las Actividades Mineras y sus
normas reglamentarias. Lo resuelto por la Dirección Regional de Minería podrá
ser impugnado ante la Dirección General de Minería.
Lo resuelto por la Dirección General de Minería podrá ser impugnado mediante
Recurso de Revisión ante el Consejo de Minería quien resolverá en última
instancia administrativa
Artículo 18º.- PROGRAMAS DE ADECUACIÓN Y MANEJO AMBIENTAL
Los pequeños Productores Mineros, Productores Mineros y Productores
Mineros Artesanales que a la fecha de la publicación de la presente ley, no
cuenten con Estudio de Impacto Ambiental o Programa de Adecuación y
Manejo Ambiental, deberán presentar ante la Dirección de Asuntos
Ambientales, en el plazo máximo de un año, el respectivo Programa de
Adecuación y Manejo Ambiental en donde se detallarán los compromisos de
remediación, adecuación e inversión y calendario de obras.
El mencionado programa podrá ser realizado para operaciones que involucren
uno o más pequeños productores mineros o productores mineros artesanales
cuando las condiciones de explotación y la ubicación geográfica de la misma
así lo permita.
El Programa de Adecuación y Manejo Ambiental deberá contener la
identificación de los Compromisos Ambientales y Sociales individuales y
colectivos, según la naturaleza de estos
Artículo 19°.- RESPONSABILIDAD AMBIENTAL
Las partes que suscriben el Contrato o Acuerdo de Explotación Minera
responden solidariamente por los daños causados al ambiente conforme a la
legislación vigente.
El incumplimiento de las normas ambientales comprobadas por la autoridad
minera constituirá causal de resolución del Contrato o Acuerdo de Explotación
Minera a que se refiere el artículo 11° de la presente Ley.
Artículo 20°.- RESPONSABILIDAD EN MATERIA DE SEGURIDAD E
HIGIENE MINERA
El incumplimiento comprobado por la autoridad minera de las normas en
materia de seguridad e higiene minera, ocurridas dentro del área identificada
en el Contrato o Acuerdo de Explotación son de responsabilidad del Productor
Minero Artesanal.
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
Primera.- Por Decreto Supremo refrendado por el Ministerio de Economía y
Finanzas se establecerá un régimen arancelario para la importación de
maquinaria y equipo minero nuevo y usado, en un plazo no mayor de 90 días
de la entrada en vigencia de la presente Ley.
Segunda.- Los Productores Mineros Artesanales debidamente organizados y
registrados, tienen derecho para formular petitorios mineros sobre el área que
vienen ocupando, siempre que se traten de áreas libres ó áreas publicadas
como de libre denunciabilidad.
Para el ejercicio de este derecho se dispondrá de dos meses desde la fecha de
entrada en vigencia de la presente Ley. Tratándose de áreas publicadas como
de libre denunciabilidad, el plazo para peticionar el área será de dos meses
contados a partir de la publicación respectiva. Vencidos los plazos el área
podrá ser peticionada por cualquier persona natural o jurídica.
Tercera.- El incumplimiento del Convenio 138º de la Organización Internacional
del Trabajo, el cual prevé que la edad mínima de trabajo no debería ser inferior
a los catorce (14) años, será sancionado conforme a las reglas previstas en la
vía administrativa.
Cuarta.- En el plazo de treinta (30) días contados a partir de la vigencia de la
presente Ley, se conformará una Comisión de Concertación, integrada por
representantes de los sectores de Energía y Minas y Agricultura, para evaluar y
resolver los conflictos que se suscitan por la actividad de la pequeña minería y
minería artesanal en Áreas Reservadas y Áreas Naturales Protegidas, así
como en Áreas pertenecientes a Comunidades Nativas y Campesinas.
La Comisión solicitará la participación de los sectores e instituciones
pertinentes, a fin de realizar el Estudio y búsqueda de solución de cada caso
específico.
Quinta.- A partir del tercer año de la vigencia de la presente Ley, se transferirá
a las Direcciones Regionales de Minería, todas las funciones de Evaluaciones y
Aprobación de las obligaciones ambientales correspondientes a la Minería
Artesanal y Pequeña Minería.
Sexta.- Deróguese todas las normas que se opongan a lo dispuesto en la
presente Ley.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada parcialmente la Ley por el Congreso de la
República, aceptándose en parte las observaciones formuladas por el señor
Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo
108° de la Constitución Política del Estado, ordeno que se publique y cumpla.
En Lima, a los veintiún días del mes de enero de dos mil dos.
CARLOS FERRERO
Presidente del Congreso de la República
HENRY PEASE GARCÍA
El sector agrario para su desarrollo, requiere por un lado de un contexto
macroeconómico y global estable, así como de incentivos, para
ganar competitividad con un tipo de cambio y un sistema tributario favorable
para sus agroexportaciones y el mercado interno; y por otro lado, de
una estructura arancelaria que incorpore mecanismos de estabilización
deprecios para proteger la producción destinada al mercado interno,
especialmente de aquella con viabilidad de sustituir las importaciones mediante
incremento de productividad basada en la incorporación de tecnología.
Corrección de las distorsiones de precios: Una de las políticas prioritarias es la
de defender la producción nacional de las distorsiones provenientes
principalmente de los países desarrollados, previo análisis del impacto
generado por estas distorsiones, y dentro del contexto de los acuerdos y los
compromisos suscritos y ratificados por el Perú. En este campo, las
correcciones de las distorsiones tienen que contemplar el impacto en la
actividad agrícola y toda la cadena productiva, así como también la
competitividad con países con los que tenemos acuerdos de libre comercio.
Los lineamientos son los siguientes:
Proponer políticas macroeconómicas (política financiera y cambiaria) que
promuevan la competitividad del sector agrario.
Combatir las barreras paraarancelarias y las que distorsionan el
mercado internacional, en defensa de los intereses del país.
Disminuir costos de transporte a través del desarrollo de la infraestructura de
transporte.
Promover la formación de alianzas estratégicas o joint ventures
con empresas externas, para facilitar la colocación de productos en
esos mercados.
Instrumentos prioritarios: Aplicación y perfeccionamiento de la franja de
precios a productos considerados sensibles y estratégicos, asociados a la
reducción de la brecha alimentaria.
Políticas agrícolas sectoriales:
Las políticas sectoriales que deben aplicarse para superar la problemática y
aprovechar las oportunidades, son las siguientes:
1. Marco orientador para la planificación de cultivos
El sector debe apreciar que en la planificación de cultivos existen elementos
de carácter mandatario y otros de carácter orientador. En el aspecto
mandatario, están el buen uso y la distribución adecuada de
los recursos naturales y los temas sanitarios; mientras en el aspecto orientador
están los temas de mercados, sus perspectivas y alternativas de cultivos. En
esa perspectiva, el sector debe cumplir un rol fundamental en la provisión
de información confiable y eficaz para la toma de decisiones referidas a
la oferta agrícola. La elaboración de un marco orientador es una tarea
permanente para el consenso con los agricultores y el ordenamiento de la
producción agraria para evitar las sobreproducciones estacionales.
2. Promoción de una red nacional de mercados mayoristas
Para mejorar el sistema de comercialización y la mejor formación de precios, se
requiere el desarrollo de un sistema de mercados mayoristas. En este punto,
estamos muy rezagados. La ubicación y los planes de desarrollo del Mercado
Mayorista de Lima se remontan a mediados de la década de 70, y la situación
es peor en el ámbito regional. Existen altos costos en la cadena de valor de los
productos agropecuarios, y con ello para el ingreso de los productores. Es
imprescindible disminuir las pérdidas en el proceso de comercialización para
garantizar la disminución de los altos costos en la producción agropecuaria, así
como los estándares de calidad y oportunidad en la colocación de la
producción, principalmente en los mercados externos.
Los Lineamientos son los siguientes:
Crear un marco legal para la promoción y el desarrollo de la
infraestructura comercial de productos agrícolas perecibles.
Promover la cooperación y la asistencia técnica para la formación de centros
de acopio y almacenes rurales.
Mejorar la calidad estandarizando la clasificación y los envases de los
productos orientados al mercado interno y externo, y procurando su
riguroso control para los mercados externos.
Modernizar la Infraestructura Comercial Mayorista promoviendo
la constitución de un Sistema Nacional de Mercados Mayoristas de Alimentos a
través de las municipalidades y el impulso de la inversión privada, mediante un
adecuado marco legal.
Los Instrumentos prioritarios son los siguientes:
Aprobación y aplicación de una Ley de Mercados Mayoristas.
Coordinación permanente con otros sectores para el mejoramiento de la
infraestructura vial, caminos y almacenes
rurales, fuentes energéticas, agua potable, desagüe, cámaras de frío etc,
promoviendo la inversión privada en coordinación con las autoridades
pertinentes.
Participación, con auspicio del Estado, de empresarios y agricultores
organizados en eventos de promoción como ferias, ruedas de negocios,
misiones comerciales, con el propósito de consolidación y diversificación de
mercados.
Perfeccionamiento e impulso de la Bolsa de Productos como mecanismo de
comercialización institucional.
Intensificación de la agricultura por contrato a través de acuerdos en la
comercialización a lo largo de las cadenas productivas en los principales
cultivos agrícolas, para generar un marco legal adecuado.
3. Desarrollo de la agroexportación y mayores oportunidades de acceso a los
mercados externos
Este es el gran reto. El crecimiento y la diversificación de
la oferta agroexportable permitirá una ampliación de los mercados agrarios, no
únicamente en forma directa para las actividades involucradas, sino también
del mercado doméstico. Un incremento dinámico de las exportaciones, a la vez
de incrementar el empleo y el ingreso del trabajador del campo, amplía las
posibilidades para mejorar la rentabilidad de las producciones que se dedican a
abastecer el mercado interno. Mayores exportaciones significan mayores
cantidades de hectáreas dedicadas al mercado internacional, con espacio para
las producciones y regiones más rezagadas para abastecer el mercado interno
en mayores cantidades y mejores precios.
El acceso a los mercados externos es un aspecto de importancia de la política
agraria, en la perspectiva de aprovechar las oportunidades demandantes de
productos de calidad y selectivos, lo que a la vez permitirá (en los primeros
cinco años) incrementar la participación de las exportaciones agrícolas no
tradicionales en el valor total de las exportaciones, para cerrar la brecha
alimentaria en el 2010.
Los Lineamientos son los siguientes:
Promover, con la participación asociada del Estado y el sector privado, la
búsqueda de nuevos mercados de exportación.
Intensificar las acciones de certificación sanitaria y de calidad de la producción.
Combatir los efectos de plagas y enfermedades en cultivos de importancia
económica para asegurar la apertura de los mercados de exportación.
Desarrollar una política externa en materia comercial en torno a la captación de
mercados objetivo, para impulsar la capacidad de gestión comercial.
Incrementar en cinco años de 40 000 a 160 000 hectáreas los cultivos de
exportación no tradicional, como espárragos, mango, uvas de mesa, paltos,
cítricos, alcachofa, fríjol castilla y hortalizas.
Intensificar las relaciones de cooperación e integración con nuestros principales
socios externos (EE.UU., UE, Asia, CAN), y fortalecer la búsqueda de acuerdos
con socios potenciales.
Lograr acuerdos comerciales en los diferentes foros de integración económica,
así como en acuerdos bilaterales que permita sacar ventajas para la
producción agroexportadora no tradicional.
Fortalecer los equipos de negociación comercial y la posición del sector
agricultura en las negociaciones internacionales para alcanzar una mejor
posición comercial, procurando la eliminación de medidas que distorsionan los
mercados internacionales y utilizando las prerrogativas de que gozan los
países menos desarrollados.
Los Instrumentos prioritarios son los siguientes:
Ampliación del programa de desarrollo de la Sanidad Agropecuaria, para
reforzar las acciones en el control de la mosca de la fruta.
Funcionamiento intensivo de la Comisión Nacional Permanente de Productos
Agrícolas y Agroindustriales de Exportación.
4. Apoyo a la tecnificación del agro para elevar la rentabilidad y la competitividad de
productos ejes de sistemas productivos
La tecnificación del agro está asociada al desarrollo de la plataforma
de servicios antes mencionada. A ello, hay que adicionar el tema de
la investigación y la transferencia tecnológica en su sentido más amplio, con
una visión no sólo de corto plazo, sino de mediano y largo plazo. Esto permitirá
el fortalecimiento continuo de la tecnificación del agro acorde con las
necesidades domésticas y de exportación, contribuyendo a la competitividad
del agro en el escenario continental y mundial.
En especial, se deben crear programas de apoyo directo del Estado que
promuevan la inversión en tecnificación del riego, tanto en la distribución como
en la aplicación, así como en las técnicas de goteo, aspersión y gravedad. Ello
permitirá mejorar sensiblemente el uso del agua y el incremento de
la frontera agrícola. Estos programas constituirán alternativas de proyectos a
las enormes y costosas irrigaciones ejecutadas en décadas anteriores. Esta
política se dirige a cerrar la brecha alimentaria sobre la base de
la innovación tecnológica, la organización de la producción y la asociación de
los productores en cadenas productivas. Se debe priorizar la intervención en
siete cultivos de importancia, ejes de sistemas productivos, que representan el
70% de la producción nacional y abarcan 1 200 000 hectáreas, tales como
arroz, algodón, azúcar, maíz amarillo duro, maíz amiláceo, papa y café, así
como de la producción de leche y carne.
Los Lineamientos a seguir son los siguientes:
Elevar de manera paulatina y sostenida la rentabilidad de los productos
seleccionados, reduciendo sus costos y garantizando su calidad.
Elevar el área cultivada de pastos de 400 000 a 600 000 hectáreas en un
período de cinco años, para obtener una ganadería competitiva y articulada a
cadenas productivas en la sierra y la selva.
Incrementar la productividad del maíz amarillo duro en 145% y del maíz
amiláceo en 18% en el período de 15 años, mediante la innovación
tecnológica en la cadena productiva.
Planificar la producción de cultivos críticos por variación de precios debido a
sobreoferta estacional o variaciones del mercado internacional de
"commodities" (arroz, papa, café).
Los Instrumentos prioritarios a tener en cuenta son los siguientes:
Suscribir acuerdos de promoción de la inversión extranjera que permitan captar
tecnologías competitivas. Ello deberá ser facilitado por una adecuada difusión
de los tipos de suelos y climas del país propicios para cultivos y crianzas.
Otorgar incentivos para el desarrollo y la reactivación de la agroindustria.
Suscribir contratos de innovación tecnológica en las cadenas productivas, con
una mayor participación del sector privado en la investigación, a través de
incentivos y normas claras y estrictas que permitan el retorno de los beneficios
comerciales de los resultados que obtengan.
Servicio de información agraria eficiente y oportuna sobre precios y mercados
orientados al productor, especialmente de productos críticos, con la finalidad de
planificar y ordenar su producción.
5. Promover la conservación del ambiente y el aprovechamiento
sostenible de los recursos naturales
La conservación del ambiente y el aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales es uno de los tres objetivos centrales estratégicos en el diseño de
políticas para el sector. El aprovechamiento de los recursos naturales debe
hacerse de manera sostenible, tanto ambiental como económica y socialmente.
Se debe buscar que el ambiente se convierta en un activo de alto valor para las
poblaciones agrícolas y rurales, de tal forma que sus beneficios puedan ser
entregados de una generación a otra. En un país megadiverso como el nuestro,
la administración de los recursos naturales debe manejarse desde las cuencas,
e incluso las microcuencas. Dichos espacios deben convertirse en las unidades
mínimas de planeamiento de los diversos agentes públicos y privados en su
ámbito, para el aprovechamiento sostenible de sus recursos.
Los Lineamientos a seguir consisten en:
Generar un marco regulador adecuado para mejorar el manejo y el
aprovechamiento sostenible de los recursos forestales maderables y no
maderables y de fauna silvestre, y destinar los recursos eficientemente para la
conservación de fauna y flora silvestres en áreas naturales protegidas.
Priorizar las inversiones públicas que tengan el mayor efecto multiplicador en
la adopción de tecnologías "limpias" en el sector agropecuario y forestal,
evitando entorpecer la iniciativa privada y dando incentivos para los que la
adoptan.
Generar incentivos a las actividades y los proyectos en el ámbito rural que
permitan obtener impactos positivos en el ambiente.
Promover el ordenamiento territorial mediante el manejo integrado de cuencas
y la recuperación de ambientes degradados.
Promover la utilización de insumos para la producción agraria cuya
composición incluya elementos orgánicos, para posibilitar el mejor
aprovechamiento de los recursos naturales.
Promover el desarrollo de módulos de conservación de camélidos silvestres,
con la participación de las Comunidades Campesinas.
Promover la reducción de los efectos ambientales negativos en la ejecución de
las actividades y los proyectos en el ámbito rural.
Mejorar el manejo y el aprovechamiento sostenible de los recursos agua
y suelo, y asegurar su conservación.
Promover el ordenamiento territorial mediante el manejo integrado de cuencas
y la recuperación de ambientes degradados.
Promover el uso eficiente del agua de riego, así como su conservación y
preservación, para evitar el deterioro y la pérdida de suelos por salinización.
Promover la aplicación de instrumentos de gestión ambiental, dando prioridad a
las acciones de prevención para situaciones de peligro o de incertidumbre.
Fomentar y auspiciar estudios y trabajos de investigación en universidades y
colegios sobre temas vinculados con la conservación del ambiente y el buen
aprovechamiento de los recursos naturales en todo el país. Así mismo, difundir
la información desde el sector agropecuario y forestal a todos los interesados,
priorizando necesidades de investigación y facilitando la información en todo el
país para evitar la duplicación de esfuerzos y el trabajo que no redunda en
propuestas de políticas públicas o de acciones comunitarias o empresariales
factibles.
Los Instrumentos prioritarios a tener en cuenta son:
Aprobar y aplicar una nueva Ley de Aguas y una nueva Ley Forestal.
Aprobar y aplicar un Reglamento para el acceso a los recursos naturales
genéticos.
Valorizar los beneficios y los costos ambientales de la producción agropecuaria
y forestal, de modo que la que sea amigable con la conservación del ambiente
y los recursos naturales sea reconocida como tal en los mercados de bienes y
servicios.
Manejo gerencial de las Áreas Naturales Protegidas conformantes del Sistema
Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado.
Realizar inversiones públicas en áreas estratégicas para la recuperación de
recursos, bosques y biodiversidad.
Capacitar a las Juntas de Usuarios de Riego en el manejo de los recursos agua
y suelo.
Valorizar e internalizar los costos ambientales y el uso de instrumentos
económicos, considerando los costos de prevención, mitigación, vigilancia y
control. Generar y difundir información ambiental confiable, veraz y oportuna.
6. Promover las concesiones forestales
El Perú tiene en estos recursos forestales y en la megadiversidad que habita en
ellos una ventaja comparativa altamente aprovechable. En consecuencia, su
aprovechamiento y uso debe ser realizado de una manera sostenible y racional
que, a la vez, que permita una actividad productiva que sea lo menos extractiva
posible. Los planes de manejo que se han aplicado en los países vecinos han
llevado a ingresos importantes por exportaciones. En tal sentido, el sector debe
promover la inversión privada mediante concesiones forestales, las cuales
exigen (entre otros requisitos) un Plan de Manejo Ambiental, con el objeto de
incentivar el desarrollo sostenible de nuestros recursos naturales.
Lineamientos:
Diseñar, evaluar y rediseñar permanentemente estrategias y normas eficientes
para promover el desarrollo sostenible en cuanto a la conservación del
ambiente y el aprovechamiento racional de los recursos naturales.
Instrumentos prioritarios:
Respaldar las iniciativas de las empresas y los productores agropecuarios,
extractores forestales y recolectores de productos no forestales en el
aprovechamiento sostenible de los recursos agua, suelo, flora y fauna
silvestres, recursos genéticos y para la conservación de la diversidad biológica
silvestre.
Promover mercados de servicios de conservación del ambiente y la
biodiversidad, mediante la concesión de superficies boscosas a países
e instituciones interesadas en esta materia para ampliar las áreas protegidas,
especialmente aquellas que poseen ecosistemas frágiles.
Políticas de Inversión Pública:
En las políticas públicas, un instrumento muy poderoso es la inversión pública.
Se calcula que del 10% al 15% de la inversión total proviene del Estado. En
este escenario, si la inversión pública cumple un rol importante es necesario
precisar la racionalidad, las prioridades y las políticas públicas que sustentan
su aplicación, especialmente en un sector como el agrario que aglutina a un
sector importante de la PEA.
Proceso y criterios de priorización de los recursos de inversión
pública. El marco conceptual de la priorización de la inversión pública debe
basarse en los objetivos y los lineamientos de política del sector agricultura. En
ese sentido, la inversión debe orientarse de acuerdo con los objetivos
estratégicos y los lineamientos generales definidos por el actual Plan del
Ministerio. Así, las inversiones y los proyectos deben enmarcarse y ser
consistentes con los tres objetivos estratégicos: Rentabilidad y
competitividad; Equidad; y, Aprovechamiento sostenible de los recursos
naturales.
Proyectos prioritarios para el sector. En el marco de los conceptos y los
lineamientos descritos, los proyectos de inversión pública que deben tener
prioridad para el MINAG son los referidos a:
Investigación (y Transferencia Tecnológica), con énfasis en los proyectos
que promuevan (subsidios parciales) la participación del sector privado e
instituciones afines. El INIA cumple un rol organizador y promotor de la
innovación tecnológica de acuerdo con el nivel de maduración de los
mercados. El proyecto INCAGRO cumple un rol importante en la promoción de
mercados de investigación, extensión y asistencia técnica, con una
participación clave de los privados.
Información (precios, áreas, mercado y comercialización), que se traduce
en la construcción del Sistema Nacional de Información Agraria, conducido,
supervisado y ejecutado por la Dirección General de Información Agraria, las
Oficinas de Información Agrarias regionales y las Agencias Agrarias.
Sanidad (fito y zoosanitaria), conducidos y ejecutados por el SENASA.
Los trabajos de prevención de plagas son altamente prioritarios.
Titulación y registro catastral, conducidos y ejecutados por el PETT.
Tecnificación de riego (goteo, aspersión, gravedad), mediante
mecanismos de incentivos y subsidios parciales. La experiencia piloto del
PSI es importante, pero requiere ser desarrollada y mejorada. No obstante, se
propone proyectos cuyo modelo aliente la tecnificación para un mejor manejo
del agua.
Capacitación en gestión, administración y formulación de proyectos de
inversión pública y privada. En este segundo caso, se puede contemplar
proyectos que, mediante subsidios parciales, promuevan la preparación y la
formulación de proyectos privados.
Asistencia técnica agropecuaria para cultivos y ganadería, con énfasis en
la tercerización de la provisión privada del servicio. El Estado puede
subsidiar algunas actividades y componentes para este propósito. El objetivo
es desarrollar el mercado privado de asistencia técnica e incluso de extensión.
En este sentido, las experiencias de MARENASS, INCAGRO y el PERAT-PSI
han sido muy útiles. Las Direcciones Regionales Agrarias (DRA) y las Agencias
Agrarias pueden empezar a trabajar estas metodologías.
Fortalecimiento de organizaciones de productores, con énfasis en los
pequeños (promoción agraria, rol estrictamente promotor y
facilitador). Conducidos y supervisados por la DGPA, y ejecutados por las
DRAs y las Agencias Agrarias.
Fortalecimiento institucional, Direcciones Regionales y Agencias Agrarias.
Mejoramiento del manejo y la gestión de recursos naturales y de cuencas
(capacitación y asistencia técnica), especialmente bosques (desarrollo
forestal) y agua (eficiencia en distribución y aplicación). Conducidos,
supervisados y ejecutados por el INRENA y el PRONAMACHCS, según sea el
caso y la zona. Para el caso de las zonas altoandinas, se deberá coordinar con
las acciones de Lucha Contra la Pobreza que ejecutará FONCODES.
Rehabilitación de infraestructura mayor y mediana de riego, así como en la
prevención de desastres. Todo ello, asegurando la participación privada en la
operación y el mantenimiento, y parcialmente en la inversión. Conducidos,
supervisados y ejecutados por el PSI, en coordinación estrecha con el
INRENA-DGAS ATDR para la supervisión y la conducción, y en los casos
necesarios con el INADE. En el mediano plazo, esta función deberá ser
transferida a las Regiones.
Rehabilitación de infraestructura menor de riego, para el caso de zonas de
extrema pobreza, especialmente en sierra y selva, siempre y cuando se
garantice la operación y el mantenimiento de la inversión. Conducidos y
supervisados por el INRENA-DGAS y las Agencias de PRONAMACHCS,
ejecutados por FONCODES y las Regiones.
Rehabilitación de infraestructura mayor y mediana de riego, así como en la
prevención de desastres. Todo ello, asegurando la participación privada en la
operación y el mantenimiento, y parcialmente en la inversión. Conducidos,
supervisados y ejecutados por el PSI, en coordinación estrecha con el
INRENA-DGAS ATDR para la supervisión y conducción, y en los casos
necesarios con el INADE.
Fuente: Ministerio de Agricultura.
AUTOR:
Dr. Domingo Hernández Celis
Lima, Perú.
Leer más: http://www.monografias.com/trabajos60/politicas-agricola-peru-tlc/
politicas-agricola-peru-tlc2.shtml#ixzz3BXJYaKvQ
EL TRABAJO SOCIAL EN LA EMPRESA PRIVADA
El Trabajo social en la empresa privada constituye, hoy en día, una verdadera
alternativa al Trabajo social de siempre, el Trabajo social institucionalizado.
Con esta entrada pretendemos mostrar funciones propias al Trabajo social en
la empresa privada del mismo modo los beneficios que obtendría tanto el
empresario como el trabajador. La mayoría de nuestros empresarios nunca se
han planteado la existencia del Trabajo social en las empresas, ya que
esta profesión mas bien esta ligada al área social publica, desconociendo el
papel que un trabajador social podría desempeñar en la empresa privada. En
las grandes empresas, el departamento de recursos humanos es el encargado
de dirigir al personal de la empresa, asumiendo funciones tales como:
1. Gestión y desarrollo operativo: Esta función consiste en la adecuación de
los recursos y las estructuras. - Flexibilización de las relaciones de trabajo. -
Personalización del sistema de retribución y responsabilidad social. - Revisión
de los sueldos y asuntos operativos .
2. Investigación e innovación: Un trabajador social puede identificar
correctamente las necesidades del personal y de acuerdo a ello establecer
objetivos de trabajo para la superación parcial o completa de esas
necesidades, puede adaptar estructuras productivas
y fortalecer la formación del personal
3. Cohesión grupal y fortalecimiento de equipos: En este último aspecto es
donde vemos una mayor relevancia del trabajador social, ya que es en este
ámbito donde existe un interés creciente de ampliar, desarrollar y potenciar los
recursos humanos, puesto que, aunque algunos todavía no se han convencido,
el personal humano de la empresa es de vital importancia para el
funcionamiento de ésta. No podemos olvidarnos de la aplicación del enfoque
sistémico en la gestión de los recursos humanos. Aunque esta aplicación no se
encuentra muy extendida, supone una herramienta eficaz, ya que tendríamos
en cuenta cada una de las partes de la empresa como un todo.
Del trabajador social en la empresa privada, incorporado dentro del
departamento de Recursos Humanos podemos decir que debiera compartir
todo tipo de funciones desde la incorporación de un modelo de trabajo,
aseguramiento de bienestar del personal, manejo de sueldos y previsión de los
trabajadores, innovación, logística hasta el área de responsabilidad social de la
empresa. Estamos capacitados para formar equipo con los demás miembros y
al asumir funciones nuevas y específicas del Trabajo social.
La llegada del Trabajador la empresa
En este punto es donde las técnicas y habilidades del trabajo social
son requeridas comúnmente, ya que cuando un trabajador se incorpora a la
empresa tras numerosas pruebas para conseguirlo, comienza el proceso de
inducción, punto que puede ser descrito como la fase «post-incorporación» de
una persona a su puesto de trabajo el problema que vemos en esta fase es
que, a menudo, cuando alguien se incorpora al trabajo, la inducción se realiza
en su sentido más negativo: el de investigar asfixiantemente a una persona,
controlarla en sus horarios, ritmos de trabajo y casi siempre, abandonarla en su
tarea, no realizar un acompañamiento durante los primeros días, significa
comenzar a establecerse una relación negativa en la empresa. Si no se logra
establecer un lazo positivo durante la primera fase del trabajador en la
empresa, será difícil después y se producirá uno de los problemas mas
comunes que es la renuncian inmediata dentro de las primeras 6 semanas de
los trabajadores. Si es que los trabajadores logran mantenerse las primeras 6
semanas como parte de la empresa, de igual modo abra desconfianza para con
los jefes, lo que dificulta, cada vez más, estas relaciones laborales y el
desempeño de los empleados, llegando a tener, de esta manera, lo que se ha
denominado empleado problema, al cual se le plantea como solución el
despido. Nosotros proponemos otra solución, por un lado, ver dos sujetos
activos: el nuevo trabajador y la empresa. Por otro, tener un objetivo claro:
cambiar esta relación descrita anteriormente. El trabajador social, dentro de
esta etapa, juega un papel muy importante, produciéndose la primera toma de
contacto con el trabajador. Entre las funciones que puede desempeñar
destacamos: - Acoger al trabajador - Asignar un tutor para los primeros días de
trabajo. - Realizar su ficha social, para ir elaborando su historia social: estudio y
diagnóstico de la situación laboral y social. - Mediar entre la empresa y el
trabajador. - Realizar un plan de trabajo con el trabajador, en el que se
contemple formación, aspiraciones, posibilidades de promoción, etc. De este
modo, el trabajador social conseguirá una buena adhesión del trabajador a la
empresa. El trabajador se sentiría como parte activa de la empresa, siendo
escuchado y respaldado por la misma, lo que le permitirá, gracias a esta
primera fase, construir poco a poco su espacio profesional. La empresa
obtendría así un nuevo trabajador motivado en su tarea, y, al fin y al cabo, en
conseguir los objetivos de la empresa.