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ÍNDICE

1. RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER.............................................................................................. 2

2. CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL .. 3

3. RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA ....................................................................................... 4

INGRESOS .............................................................................................................................................................. 4

EGRESOS ............................................................................................................................................................... 5

RESULTADO DEL EJERCICIO ................................................................................................................................. 8

BANCOS ............................................................................................................................................................... 10

DEUDORES DIVERSOS ......................................................................................................................................... 11

ACTIVO FIJO ........................................................................................................................................................ 12

DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS) ............................................................................................................ 14

PROVEDORES Y ACREDORES ............................................................................................................................. 18

APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE ........................................................................................................... 20

4. PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL................................................................... 24

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 24

FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal) ................................................................. 30

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES .................................................................................................................... 33

PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL .................................................................................................................. 34

5. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 35

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS .................................................................................................................... 35

6. OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA ................................................................................................................ 38

REVISION FISICA A LA OBRA ............................................................................................................................... 38

FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal) ........................................................ 41

PROGRAMA DE ZONAS PRIORITARIAS ............................................................................................................... 42

PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES .................................................................................................................... 43

PROGRAMA EMPLEO TEMPORAL........................................................................................................................ 44

AUDITORIA DE SEGUIMIENTO ZONA PRIORITARIAS 2009 ................................................................................... 45

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRA ...................................................................................... 48

RELLENO SANITARIO .......................................................................................................................................... 52

RASTRO MUNICIPAL ............................................................................................................................................ 53

7. RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS ................................................................................... 54

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RESUMEN DE ACCIONES A PROMOVER

1 Todas las solicitudes de intervención del Órgano Interno de Control se realizarán a la Administración Municipal actual 2 Todas las Recomendaciones se realizarán a la Administración Municipal actual

TIPO DE ACCIÓN Administración

2007-2010 Administración

2010-2013

Acciones Correctivas

Denuncia de Hechos - -

Pliego de observaciones 6 -

Promoción del Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

6 2

Informe a la Auditoría Superior de la Federación

- -

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

1

- 19

Señalamientos - -

Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal

1 -

Solicitud de Aclaración 4 2

Subtotal 17 23

Acciones Preventivas

Recomendación2 - 29

Recomendación al Desempeño - -

Subtotal - 29

TOTAL 17 52

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INFORME DETALLADO: CUMPLIMIENTO DE LOS POSTULADOS BÁSICOS DE CONTABILIDAD

GUBERNAMENTAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental son los fundamentos esenciales para sustentar el registro correcto de las operaciones, la elaboración y presentación oportuna de los Informes Financieros, basados en su razonamiento, eficiencia demostrada, respaldo de legislaciones especializadas y aplicación general de la contaduría gubernamental. De lo anterior se infiere que la contabilidad proporciona información útil, confiable, veraz y oportuna para la toma correcta de decisiones, por lo que, con base en la revisión practicada por esta entidad de fiscalización, se concluye que en los Informes Financieros del municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, se respetaron y cumplieron los Postulados Básicos de Contabilidad Gubernamental.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

INGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, obtuvo ingresos en el ejercicio 2010 por un monto total de $18,100,233.20, los cuales se encuentran conformados por $11,708,242.20 de Ingresos Propios y Participaciones con un alcance de revisión de 92.94%. Además de $3,008,049.00 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $3,383,942.00 de Otros Programas, cuyos resultados se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública-Revisión Física.

Resultado AF-01, Observación AF-01 Que corresponde a la administración 2010-2013 Derivado de la revisión del rubro del Impuesto Sobre Adquisición de Bienes Inmuebles, se verificaron los expedientes de las operaciones de Traslado de Dominio correspondientes al ejercicio 2010, detectándose que únicamente se especifica el valor del avalúo, omitiéndose el valor comercial de las transacciones, lo cual dificulta verificar el adecuado cobro de conformidad a la base gravable para el cálculo de dicho impuesto establecido el artículo 31, fracciones I, II y III de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Zacatecas.

AF-10/28-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, obtener para todas las operaciones de traslado de dominio, el valor declarado por las partes, para que al cotejarlo con el consignado en el avalúo se pueda aplicar el cobro de la tasa señalada en la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Zacatecas, sobre el valor que resulte más alto entre ambos, con el fin de dar cumplimiento al precepto ya señalado. Lo anterior con fundamento en los artículos 4 de la Ley de Ingresos del Municipio, 31 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Zacatecas, 12, 13 y 15 del Código Fiscal Municipal del Estado de Zacatecas, así como 74 fracción VII, 93 fracciones II y IV y 96 fracciones I, II y III de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/28-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal actual, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto ejercido por el municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, fue por $18,958,182.34 los cuales se encuentran conformados por $11,025,837.05 de Gasto Corriente y Deuda Pública con un alcance de revisión de 40.93%. Además de $1,387,272.80 de Obra Pública, $2,847,590.53 de Aportaciones Federales del Ramo 33 y $3,697,481.96 de Otros Programas. Los resultados de estos tres últimos rubros se tratarán en los apartados V.- Programas Federales-Revisión Documental y VI.- Obra Pública.- Revisión Física.

Resultado AF-02, Observación AF-02 Que corresponde a la administración 2007-2010 Derivado de la revisión al rubro de Egresos en específico a la partida 3805.- Atención a Visitantes, Funcionarios y Empleados, se verificó que en fecha 3 de febrero de 2010 se emite cheque número 1771 por la cantidad de $9,600.00 a favor de Humberto Herrera Benavidez por concepto de “Pago de 4 horas de banda”, presentando únicamente póliza cheque y recibo interno de egresos número 1668, no anexando el contrato de prestación de servicios, identificación del beneficiario y/o recibo de honorarios. Cabe mencionar que durante el proceso de solventación al acta de confronta, el municipio de Mezquital del Oro, Zac., presentó oficio sin número de fecha 23 de junio de 2011 suscrito por el C. Profr. Francisco Javier Jiménez Espitia, Presidente Municipal, donde menciona lo siguiente: "…con relación a esta observación se anexa contrato y credencial de lector (sic) del beneficiario del cheque…”, sin embargo la observación persiste en virtud de que no se exhibió comprobación que cumpla con los requisitos fiscales, como lo establece el artículo 29 y 29 A del Código Fiscal de la Federación.

AF-10/28-003 Promoción para el Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal Esta Auditoría Superior del Estado comunicará a las autoridades del Sistema de Administración Tributaria (SAT) las erogaciones observadas al municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, por $9,600.00 pagadas al C. Humberto Herrera Benavidez, por servicios de representación artística de los cuales no expidió comprobantes fiscales de acuerdo a lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo este el Sistema de Administración Tributaria (SAT)

AF-10/28-004 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar operaciones con personas físicas o morales inscritos ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, asimismo alentar, en su caso, a los negocios del municipio a tramitar su inscripción al Servicio de Administración Tributaria con el objeto de no propiciar la evasión fiscal y que con ello la administración municipal cumpla con lo establecido en los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas, 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y 93 fracción IV, 96 fracción I, 179 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio. Además de incluir como parte del soporte documental evidencia de los actos en los que se presta el servicio de grupos musicales.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/28-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal actual, en el ámbito de su

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Control.

Resultado AF-03, Observación AF-03 Que corresponde a la administración 2007-2010 De la revisión efectuada a la muestra seleccionada del rubro de Egresos, en específico a la cuenta 4100.- Ayudas, se verificó que el ente auditado informó erogaciones por un total de $211,809.00, según 8 pólizas de egresos, importe que se utilizó para pagar a varios proveedores a los que se les compró insumos para otorgarlos como ayudas a diversas personas. Las erogaciones efectuadas fueron soportadas con facturas y notas de venta, sin embargo se observó que no exhibe documentación firmada por los beneficiarios de haber recibido los productos e identificaciones oficiales de los mismos, lo anterior según se detalla a continuación:

FECHA PÓLIZA CHEQUE No. De Factura o Nota de Venta DEBE

28/Abr/10 E00247 1848 FACTURA N° 1094 $ 20,000.00

28/Abr/10 E00248 1847 FACTURA N° 1094 80,000.00

28/Abr/10 E00275 1843 NOTA DE VENTA N° 0064 Y 03448 25,501.00

10/Jun/10 E00357 1895 FACTURA N° 1097 22,000.00

10/Jun/10 E00364 1900 FACTURA N° 0185 20,000.00

28/Jun/10 E00386 EFECTIVO FACTURA N° 0186

12,000.00

13/Ago/10 E00502 1953 NOTA DE VENTA N° 1 22,360.00

13/Ago/10 E00503 1954 NOTA DE VENTA N°0088 Y 0089 9,948.00

Total

$ 211,809.00

AF-10/28-006 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones por la cantidad de $211,809.00, a los CC. Profr. Francisco Javier Jiménez Espitia y Profr. Jorge Antonio García Robles, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero al 15 de septiembre del 2010 como Presidente y Tesorero Municipales respectivamente, en la modalidad de Responsable Subsidiario el primero y Directo el segundo de ellos, por realizar erogaciones con cargo al Presupuesto de Egresos que no presentan evidencia documental firmada por los beneficiarios de haber recibido los bienes por concepto de ayudas e identificaciones oficiales de los mismos, que justifiquen y respalden los gastos efectuados,. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 78 fracción I, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185 y 186 y 187 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-04, Observación AF-04 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión efectuada al rubro de Egresos y en específico a la muestra seleccionada 1508.- Bono Especial, se observa que los Regidores y Regidoras recibieron durante el mes de diciembre un Bono Especial por la cantidad de $2,850.00 cada uno, observándose que aún y cuando se había

AF-10/28-007 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la

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INFORME DETALLADO: RESULTADO DE LA GESTIÓN FINANCIERA

EGRESOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

presupuestado recursos para su pago, no se consideró que el ente auditado presenta indicadores desfavorables, sobre todo en cuanto a liquidez ya que sólo disponía de 54 centavos de activo circulante para pagar cada peso de obligaciones a corto plazo, por lo que el pago de la partida observada no tiene sustento financiero, misma que se detalla a continuación:

Nombre Cargo Importe

Raúl Valdez Soriano Regidor $ 2,850.00

Ma. De la Luz Esquivel Haro Regidora 2,850.00

Alberto Muñoz Núñez Regidor 2,850.00

Martha Robles Bañuelos Regidora 2,850.00

Berenice Jiménez Castro Regidora 2,850.00

Pedro Gómez Gutiérrez Regidor 2,850.00

Juan Carlos Torres Ávila Regidor 2,850.00

Bertha Donate Hernández Regidora 2,850.00

Manuel Rojas Moreno Regidor 2,850.00

Francelia Jiménez Espitia Regidor 2,850.00

TOTALES $ 28,500.00

previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los Regidores y Regidoras arriba mencionados, así como también al Profr. Uriel Luna Pérez quien se desempeñó como Tesorero Municipal, por el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010, por no haber vigilado ni administrado adecuadamente el presupuesto de egresos ya que para afrontar el pago del Bono Especial, presupuestado de origen, no contaba con sustento financiero, ya que existen indicadores desfavorables, sobre todo en cuanto a liquidez del municipio. Lo anterior con fundamento en los artículos 74 fracción V, 93 fracción III, 96 fracción I, 185 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I, III y IV de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RESULTADO DEL EJERCICIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, obtuvo como resultado del ejercicio 2010 un Déficit por el orden de $857,949.14, en virtud de que sus egresos fueron superiores a sus ingresos, situación que se explica en función de la existencia al inicio del ejercicio y de la contratación de pasivos en el mismo.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

CAJA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-05, Observación AF-05 Que corresponde a las Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Derivado del análisis al Estado de Posición Financiera, se verificó que en el apartado de Caja muestra un saldo de $15,154.69 al 31 de diciembre de 2010, mismo que no refleja el monto del Fondo Fijo que asciende a $50,000.00. Determinándose que existe un inadecuado manejo contable de las cuentas contables de Caja General y Fondo Fijo de Caja, ya que para efectos de transparencia y atendiendo al Postulado Básico de Contabilidad Gubernamental de Revelación Suficiente, los movimientos tanto de Caja General como de Fondo Fijo, deben registrarse adecuadamente con el fin de presentar la situación financiera real en el Estado de Posición Financiera. Cabe mencionar que derivado del proceso de revisión relacionado con el seguimiento de recomendaciones emitidas en el Informe de Resultados del ejercicio inmediato anterior, en la que existe observación similar, para lo cual se emitió la acción número AF-09/28-010 consistente en una Recomendación, la cual no fue atendida.

AF-10/28-008 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, en lo sucesivo llevar a cabo el adecuado registro del monto autorizado del Fondo Fijo y Caja General sus movimientos contables generados durante el ejercicio fiscal correspondiente, según su naturaleza, con el fin de que sus Estados Financieros reflejen la situación financiera real. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/28-009 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE

BANCOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-06, Sin Observación La cuenta de Bancos muestra un saldo al 31 de diciembre de 2010 de $514,229.16, integrado por 5 cuentas bancarias, mismas que al ser revisadas se observó que están bajo el cuidado y custodia del Tesorero Municipal, las chequeras se encuentran debidamente resguardadas en la caja fuerte del municipio. Además se observó que existe un adecuado control en el manejo de las cuentas bancarias en virtud de que no se detectaron cheques firmados en blanco ni posfechados y se lleva un orden cronológico en la emisión de los mismos.

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INFORME DETALLADO: CUENTAS BALANCE DEUDORES DIVERSOS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-07, Observación AF-06 Que corresponde a la administración 2007-2010 El municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, presentó al 15 de septiembre de 2010 en la cuenta de Deudores Diversos un saldo por $579,041.15, mismo que corresponde en su totalidad a registros contables realizados por la Administración Municipal 2004-2007, relativos a préstamos internos, los cuales se detallan a continuación:

Deudores Diversos Saldo Inicial

Cargos Abonos Saldo Final

Fondo IV 27,159.70 0.00 0.00 27,159.70

Tesorería 318,295.00 233,586.45 0.00 551,881.45

Total

$ 579,041.15

Cabe señalar que durante la revisión a la Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2009, se emitió la acción número AF-09/28-012.- Recomendación para una observación similar, misma que no fue atendida. Observándose que este recurso no ha sido reintegrado a las cuentas de donde originalmente se transfirió y no fue aplicado para inicialmente se autorizó en el Presupuesto de Egresos del Municipio.

AF-10/28-010 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas Esta Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los C.C. Profr. Francisco Javier Jiménez Espitia y Profr. Jorge Antonio García Robles quienes se desempeñaron como Presidente y Tesorero Municipales, por el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, por no realizar el reintegro de los recursos transferido en calidad de préstamos internos, o en su caso, por no efectuar las acciones tendiente a la depuración del rubro de Deudores Diversos con su debida autorización de Cabildo, desatendiendo la recomendación emitida en el ejercicio anterior por una observación similar. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción III, 96 fracción II, 177, 179, 181 y 186 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 5° fracciones I y XX de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo del Activo Fijo en el Estado de Posición Financiera al 31 de diciembre de 2010 fue por $5,912,032.19, el cual incluye un monto de $82,075.00 de incorporaciones omitidas en el ejercicio 2009. Las adquisiciones de bienes muebles e inmuebles del ejercicio fueron por la cantidad de $143,583.99, de las cuales $20,566.99 (14.32%) se realizaron con Recursos Propios y $123,017.00 (85.68%) con Recursos Federales. Cabe hacer mención de que las adquisiciones con Recursos Propios y con Programas Federales no se incorporaron al Activo Fijo y Patrimonio, por lo que se enviará póliza de incorporación.

Resultado PF-01, Observación PF-01 Que corresponde a la administración 2010-2013 En el ejercicio 2010, el municipio realizó adquisiciones con Recursos Federales por un monto de $123,017.00, provenientes de la aplicación de recursos del Fondo IV, correspondiente a la adquisición de un vehículo y una impresora, las cuales no fueron incorporadas al Activo Fijo y por tanto no se incrementaron en el Patrimonio del municipio.

PF-10/28-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que realice la incorporación al Activo Fijo de un vehículo y una impresora, bienes adquiridos con recursos del Fondo IV, de igual manera se incrementen al Patrimonio del municipio, considerando lo anterior en el inventario del mismo, incluyendo los vales de resguardo respectivos.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

Resultado AF-08, Observación AF-07 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión practicada a los activos fijos propiedad del municipio informados en el ejercicio 2010, se observó que cuenta con 10 bienes inmuebles, de los cuales solamente 1 cuenta con escritura y se encuentra en trámite su inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y Comercio, y los restantes 9 no están escriturados y en consecuencia tampoco están inscritos ante dicho Registro.

No. DESCRIPCIÓN UBICACIÓN SUPERFICIE

1 Presidencia Municipal

Niños Héroes No. 7

156 m2

2 Torre del Reloj Niños Héroes s/n

8,4 m2

3 Casa de Seguridad Pública

Hill Olvera s/n

640 m2

4 Biblioteca Pública Juana de Asbaje

Calle Morelos s/n

242,50 m2

5 Oficinas Administrativas del DIF Municipal.

Calle Morelos No. 37

351 m2

6 Rastro Municipal Boulevard Sur s/n

900 m2

7 Panteón Municipal Camino al Panteón s/n

10,000 m2

AF-10/28-011 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que en la medida de sus posibilidades, a través de la Sindicatura Municipal y de acuerdo con lo establecido en el artículo 152 de la Ley Orgánica de Municipio que señala que el patrimonio inmueble de los municipios deberá inscribirse en la sección correspondiente del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, realice los trámites pertinentes para la escrituración e inscripción de los bienes inmuebles antes descritos. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V y 152 de la Ley Orgánica del Municipio, así como el artículo 60 de la Ley del Patrimonio del Estado y Municipios.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/28-012 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de

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ACTIVO FIJO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

8 Unidad Deportiva Hacienda del Real s/n

2 Hectáreas

9 Plaza principal

Entre Hidalgo y Niños Héroes

699 m2

10 Sitio para perforar un pozo

El Ranchito 100 m2

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

intervención del Órgano Interno de Control.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El saldo de los adeudos del municipio al 31 de diciembre de 2010 ascendió a un importe de $2,239,110.01, del cual $812,162.80 corresponde a Proveedores, $1,236,358.82 a Acreedores Diversos, $38.08 de Impuestos y Retenciones y $190,550.31 a Deuda Pública a Largo Plazo, observándose un incremento del 59% en relación con el saldo al cierre del ejercicio anterior.

Resultado AF-09, Observación AF-08 Que corresponde a la administración 2007-2010 De la revisión practicada a la subcuenta 1309.- Aguinaldos, se verificó que el ente auditado registra un pasivo por el orden de $428,215.50 por concepto de “pago pendiente de aguinaldos”, conforme a la póliza de diario número D0034 de fecha 30 de julio de 2010, integrando como soporte documental una nómina sin firmas, observándose que se incluye aguinaldos pendientes de pago a los Regidores. Cabe mencionar que durante el proceso de solventación al acta de confronta, el municipio de Mezquital del Oro, Zac., presentó oficio sin número de fecha 23 de junio de 2011, suscrito por Profr. Fco. Javier Jiménez Espitia, Presidente Municipal, donde se menciona "…con relación a esta observación se hace la aclaración que el registro de este pasivo se previo de acuerdo a la situación financiera del municipio y no se considero en cabildo… se anexa copia de nomina sin firmar porque no se ha hecho el pago...”, sin embargo la observación persiste, en virtud de que el ente auditado no explicó ni exhibió evidencia del origen del pasivo ni del número de días autorizados por dicha prestación, además no aclaró documentalmente su provisión en el mes de julio, ya que es incongruente registrar un pasivo por este concepto en el citado mes, ya que por su naturaleza se debió de registrar en el mes de septiembre en su parte proporcional, por ende no justificó a que periodo corresponde esta obligación. Es conveniente mencionar que el pasivo por concepto de aguinaldo a Regidores se considera improcedente, en virtud de que no encuadran en ninguna figura jurídica tipificada en la Ley del Servicio Civil del Estado de Zacatecas, así mismo en los artículos 3 y 29 de la Ley Orgánica del Municipio se precisa que son integrantes del H. Ayuntamiento, y el municipio será gobernado por el Ayuntamiento de elección popular, en consecuencia se entiende que los Regidores tienen el carácter de Patrones y derecho de percibir su Dieta, por ser de elección popular y no son sujetos a una relación subordinada, ni a un horario de trabajo, por lo que no se justifica el provisionamiento de la prestación citada.

AF-10/28-013 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, analice y determine si es procedente el pago pendiente de pago a los trabajadores por concepto de Aguinaldo, considerando el periodo a que corresponde esta provisión y número de días para el cálculo, asimismo se realicen las acciones correspondientes respecto al registro de aguinaldo pendiente de pago a Regidores, ya que no se justifica su provisión al no existir relación laboral con el ente auditado. Lo anterior de acuerdo a los artículos 3, 28, 29, 50 fracción IV, 93 fracción IV, 96 fracción I, 185, 186 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículo 3 de la Ley de Servicio Civil del Estado de Zacatecas y 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/28-014 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Resultado AF-10, Observación AF-09 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con atención a la denuncia presentada por el H. Ayuntamiento de Mezquital del Oro, Zacatecas, según oficio número 007 de fecha 12 de octubre de 2010 y presentado ante este Órgano de Fiscalización Superior en misma fecha y suscrito por el C. Profr. Ramón Moreno Castro, Presidente Municipal de la Administración Municipal 2010-2013, se procedió a analizar y verificar la autenticidad de los pasivos pendientes de pago.

En visita de campo efectuada al ente fiscalizado, se procedió a realizar visita domiciliaria para levantar acta de compulsa a los siguientes proveedores:

a) Miguel Ángel Aguilar Flores (Ferretería y Abarrotes), del cual se registra en póliza de diario número 32 de fecha 30 de julio de 2010 por un importe de $120,957.50, presentando como soporte documental facturas y notas simples de venta.

b) Alejandro Estrada Estrada (Gasolinera), registrado en póliza de diario número 30 de fecha 30 de julio de 2010 por un importe de $128,149.20 presentando solamente las facturas.

Como resultado de dicha diligencia se obtuvo que el primero se negó a atender al personal actuante de este Órgano de Fiscalización Superior y el segundo no fue localizado en su domicilio fiscal.

Por tal motivo y de acuerdo a la información presentada, se concluye que en virtud de que los proveedores cuentan con las facturas por los materiales suministrados a solicitud del ente auditado, se acreditó la veracidad de los pasivos que se provisionaron, sin embargo no se justifica la aplicación de estos en actividades propias del municipio, ya que la póliza de diario número 32 no se exhibió documentación firmada por el empleado de la Presidencia Municipal de haber recibido el material, así como de la póliza número 30 no se presentaron las notas de venta ni bitácoras, en las que se indique a que unidades motrices propiedad del municipio se suministró el combustible.

AF-10/28-015 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de Observaciones a los CC. Profr. Francisco Javier Jiménez Espitia y Profr. Jorge Antonio García Robles, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero 15 de septiembre del 2010 como Presidente y Tesorero Municipales, por adquirir bienes y/o servicios por el orden de $249,106.70, sin justificar la aplicación de estos en actividades propias del municipio, en la modalidad de Responsable Directo el segundo y Subsidiario el primero de ellos. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, artículo 96 fracción I, 74 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

Resultado AF-11, Observación AF-10 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con atención a la denuncia presentada por el H. Ayuntamiento de Mezquital del Oro, Zac., según oficio número

AF-10/28-016 Pliego de Observaciones Esta Auditoría Superior del Estado, formulará Pliego de

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

007 de fecha 12 de octubre de 2010 y presentado ante este Órgano de Fiscalización Superior en misma fecha y suscrito por el C. Profr. Ramón Moreno Castro, Presidente Municipal, sobre la procedencia de pago al proveedor Juan Carlos Romero Muro, por un saldo de $381,178.00, se procedió a analizar y verificar la autenticidad de los pasivos pendientes de pago, determinado lo siguiente:

El total del saldo de este proveedor fue registrado en póliza de diario número 31 de fecha 30 de julio de 2010, por compra a crédito de material para construcción, registrado en las cuentas contables de egresos: Construcciones nuevas $29,120.00, Aportaciones a obras $86,900.00, Ayudas $181,058.00 y Mantenimientos por $84,100.00, sin aclarar a que obras se destinó el material suministrado ni se exhibió respecto a las ayudas las solicitudes de apoyo, recibos firmados por los beneficiarios ni copias de las identificaciones de los mismos.

Es importante señalar que se efectuaron 5 compulsas a beneficiarios de apoyo de material para construcción, de los cuales 4 manifestaron no haber recibido ayuda alguna por parte del municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, representando un importe de $14,560.00, así como tampoco reconocer como suya la firma plasmada en el recibo, mismos que a continuación se detallan:

Recibo Interno

Fecha Beneficiario

Cemento Arena

Total

Cantidad Importe Cantidad Importe

5888 14/08/2010 Juan León 1 Tonelada

$2,240.00 1 Viaje $ 1,400.00

$ 3,640.00

5894 14/08/2010 Javier Pérez 1 Tonelada

2,240.00 1 Viaje 1,400.00 3,640.00

5897 14/08/2010 Jilverto García

1 Tonelada

2,240.00 1 Viaje 1,400.00 3,640.00

Observaciones a los CC. Profr. Francisco Javier Jiménez Espitia y Profr. Jorge Antonio García Robles, quienes se desempeñaron durante el periodo del 1° de enero 15 de septiembre del 2010 como Presidente y Tesorero Municipales, por adquirir bienes y/o servicios por el orden de $351,258.00, sin justificar la aplicación de los materiales suministrados, así como por no presentar evidencia documental de la entrega de los apoyos a los beneficiarios, en la modalidad de Responsable Directo el segundo y Subsidiario el primero de ellos. Lo anterior con fundamento en los artículos 93 fracción IV, artículo 96 fracción I, 74 y 191 de la Ley Orgánica del Municipio, así como los artículos 7 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas y 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de Zacatecas.

Responsabilidades Resarcitorias.

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DEUDA PÚBLICA Y ADEUDOS (PASIVOS)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

5898 14/08/2010 Jesús León 1 Tonelada

2,240.00 1 Viaje 1,400.00 3,640.00

$ 8,960.00

$ 5,600.00

$ 14,560.00

Posteriormente se procedió a compulsar al proveedor de material para construcción Juan Carlos Romero Muro, el cual manifestó “…Yo tenía el control de los vales de la presidencia”. Cabe señalar que la Síndico de la Administración Municipal 2010-2013 había efectuado en el mes de diciembre de 2010 actas testimoniales con varios beneficiarios, mismos que negaron haber recibido apoyo alguno.

Por todo lo anterior se determinó que el ente auditado no justifica la aplicación de los materiales suministrados por el proveedor por la cantidad de $171,000.00. Es conveniente mencionar que la cantidad de $29,120.00 de Construcciones nuevas se observó por la Dirección de Auditoría a Obra Pública de esta Auditoría Superior del Estado, por lo que está contenida en su apartado correspondiente.

Respecto al rubro de Ayudas, no se justifica el importe de $180,258.00, en virtud de que el municipio no exhibió evidencia documental que permita corroborar que los beneficiarios recibieron los apoyos, únicamente se pudo verificar mediante la compulsa realizada la cantidad de $800.00, en virtud de que el beneficiario manifiesto haber recibido el apoyo.

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PROVEDORES Y ACREDORES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado AF-12, Observación AF-11 Que corresponde a la administración 2010-2013 De la revisión practicada a la cuenta de pasivos, específicamente a las cuentas 2102-Proveedores y 2103-Acreedores Diversos se corroboró que no tuvieron ninguna afectación contable durante el ejercicio 2010, esto por la cantidad de $37,167.00 y $481,531.89 respectivamente.

AF-10/28-017 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual realizar la confirmación de saldo con los proveedores, a fin de que el municipio programe los pagos de acuerdo sus posibilidades financieras, o en su caso, la depuración procedente previo análisis documental y autorización del H. Ayuntamiento y exhiba a este Ente Superior de Fiscalización la evidencia documental de las acciones realizadas.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/28-018 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-13, Observación AF-12 Que corresponde a la administración 2007-2010 De la revisión practicada al rubro de Pasivos, se verificó que el ente auditado registró dos transferencias bancarias correspondientes del Ramo 33 Fondo III y Ramo 20 a la cuenta bancaria de la Tesorería Municipal, por un importe total de $233,586.45.

AF-10/28-019 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar las acciones tendientes a recuperar los recursos federales transferidos, con el propósito de que se apliquen en las obras o acciones para lo que fueron suministrados, exhibiendo a esta Auditoría Superior del Estado evidencia documental de las acciones realizadas. Se dará seguimiento en revisiones posteriores. Lo anterior de acuerdo a los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Subsiste y por lo tanto no solventa, en virtud de que la Entidad Fiscalizada no presentó documentación ni manifestó conformidad al respecto a la recomendación realizada. Se reitera la Recomendación y se le dará seguimiento.

AF-10/28-020 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de

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PROVEDORES Y ACREDORES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Control.

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INFORME DETALLADO:

CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Para verificar el cumplimiento en la aplicación de la Ley de Ingresos del Municipio se llevó a cabo análisis, comparando lo cobrado según el tarifario presentado por el municipio con lo establecido en la Ley, asimismo se examinó una muestra de recibos de ingresos, obteniendo como resultado que el municipio cobra de acuerdo a lo previsto en la misma. El municipio de Mezquital del Oro, Zacatecas, no realizó modificaciones a los presupuestos de Ingresos y Egresos del ejercicio 2010. En relación al presupuesto de Ingresos para el ejercicio 2010 el municipio recaudó y recibió 16.67% más de lo presupuestado, observándose incrementos en las cuentas de Aprovechamientos, Participaciones y Otros Programas y Ramo 20; asimismo existe un sobreejercicio en el presupuesto de Egresos del 22.20%, registrándose desfases presupuestales en los rubros de Servicios Personales, Materiales y Suministros, Ayudas, Subsidios y Transferencias y Otros Programas y Ramo 20. Con base en lo anterior se concluye que las variaciones generales son de orden relevante, observándose además que lo recaudado en los Ingresos fue menor al sobreejercicio presentado en los Egresos, situación no conveniente para el municipio.

Resultado AF-14, Observación AF-13 Que corresponde a la Administración 2007-2010 El H. Ayuntamiento de Mezquital del Oro, Zacatecas, no presentó ante esta Entidad de Fiscalización, el Programa Operativo Anual 2010 con el propósito de que se efectuara su análisis y revisión, incumpliendo con lo establecido en los artículos 49 fracción XXVII, 99 fracciones l y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-10/28-021 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, presentar oportunamente su Plan Operativo Anual sometiéndolo previamente a la autorización del H. Ayuntamiento, ya que además de ser una obligación prevista en la Ley, constituye una importante herramienta para la adecuada toma de decisiones. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XXVII, 99 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/28-022 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-15, Observación AF-14 Que corresponde a la Administración 2010-2013 El H. Ayuntamiento de Mezquital del Oro, Zac., no presentó a esta Entidad de Fiscalización Superior el Plan de Desarrollo Municipal (Plan Trianual), incumpliendo con lo establecido en los artículos 49 fracción XXVII, 99 y 170 de la Ley Orgánica del

AF-10/28-023 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que en lo subsecuente sea presentado en tiempo ante esta Auditoría Superior del Estado el Plan de Desarrollo Municipal, una vez que haya sido aprobado por el H. Ayuntamiento, ya que constituye un instrumento indispensable para la planeación y ejecución de las actividades del municipio,

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE INGRESOS, PRESUPUESTO DE EGRESOS Y ANÁLISIS DE DESVIACIONES PRESUPUESTALES, ASÍ COMO APEGO A LA

NORMATIVIDAD APLICABLE APEGO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE

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Municipio.

observando lo establecido en los artículos 49 fracción XXVII inciso a), 99 fracción I y 170 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-10/28-024 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-16, Observación AF-15 Que corresponde a la Administración 2007-2010 El H. Ayuntamiento de Mezquital del Oro, Zac., no celebró cuando menos una reunión de Cabildo en cada uno de los meses de enero, febrero, junio y julio de 2010, contraviniendo los estipulado en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio.

Es importante señalar que durante la revisión a la Cuenta Pública Municipal correspondiente al ejercicio fiscal 2009 a cargo del Municipio de Mezquital del Oro, Zac., se emitió la acción número AF-09/28-029, que recayó en una Recomendación, para una observación similar, la cual no fue atendida.

AF-10/28-025 Recomendación Se recomienda al H. Ayuntamiento observar lo establecido en el artículo 41 de la Ley Orgánica del Municipio que establece: “Los Ayuntamientos deberán resolver los asuntos de su competencia en forma colegiada, en sesiones públicas ordinarias o extraordinarias e itinerantes; las ordinarias se celebrarán cuando menos una cada mes...”.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/28-026 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-17, Observación AF-16 Que corresponde a la Administración 2010-2013 De la revisión practicada a los bienes muebles propiedad del municipio en visita de campo, se observó que el inventario de bienes muebles se encuentra desactualizado ya que los bienes adquiridos durante el ejercicio de 2010 no se incluyen en el mismo y los resguardos no coinciden con la ubicación física de cada bien, además de existir artículos que no cuentan con etiqueta ni resguardo.

AF-10/28-027 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, realizar la actualización del inventario de los bienes muebles y verificar que coincida su ubicación física, agregando además etiquetas a cada uno de ellos que permita la identificación de los mismos y elaborando los resguardos correspondientes, siendo obligación del Síndico Municipal tener a su cargo el patrimonio del municipio, por lo que deberá vigilar que se cumpla con lo anterior participando en la elaboración de inventarios físicos semestrales conjuntamente con el Secretario de Gobierno Municipal. Lo anterior

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII, 155 y 156 de la Ley Orgánica del Municipio.

AF-10/28-028 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, verifique que se lleven a cabo acciones para etiquetar y actualizar el inventario de bienes muebles propiedad del municipio, e informe a la Auditoría Superior del Estado de los resultados obtenidos.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-18, Observación AF-17 Que corresponde a la Administración 2010-2013 De la revisión practicada al rubro de egresos, en específico a la cuenta de Servicios Personales, se observó que la entidad fiscalizada no cuenta con algún tabulador de sueldos autorizado por el H. Ayuntamiento, que le permita mantener un control adecuado de las percepciones que se asignarán a cada servidor público de la administración Municipal, dependiendo del puesto y función que le sean encomendados.

AF-10/28-029 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, elaborar e implementar el Tabulador de Sueldos y Salarios en dónde se señalen las categorías que existen así como las percepciones que se le asigna a cada una de ellas, asimismo someterlo ante Cabildo para su correspondiente autorización. Lo anterior con fundamento en los artículos 49 fracción XVI en su último párrafo, 170 y 194 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/28-030 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados de su actuación a la Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-19, Observación AF-18 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Como resultado de la revisión efectuada a la partida de Combustibles, Refacciones y Mantenimiento de Vehículos, se observó que el ente auditado no tiene establecidas políticas internas respecto al suministro de los mismos, debido a que no cuenta con bitácoras que le permitan llevar un estricto control de este rubro.

AF-10/28-031 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, implementar medidas de control interno para el suministro de combustibles, refacciones y mantenimiento de vehículos, elaborando bitácoras por cada vehículo oficial, con el objeto de transparentar y optimizar el ejercicio de los recursos erogados por los conceptos antes mencionados. Lo anterior con fundamento en los artículos 78 fracción V, 92 fracción XVII y 155 de la Ley Orgánica del Municipio.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

AF-10/28-032 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Es necesario que la Contraloría Municipal, en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado AF-20, Observación AF-19 Que corresponde a ambas Administraciones 2007-2010 y 2010-2013 Con motivo de los trabajos de fiscalización relativos a la revisión a la Cuenta Pública Municipal del H. Ayuntamiento de Mezquital del Oro, Zacatecas, se solicitó a la Administración Municipal presentar ante este Órgano de Fiscalización Superior la siguiente información: Administración 2007-2010

Relación de licencias de bebidas alcohólicas efectivamente pagadas.

Reporte diario de recaudación emitido por el sistema de Impuesto Predial.

Ingresos por concepto de Impuestos sobre Adquisición de Inmuebles.

Administración 2010-2013

Relación de licencias de bebidas alcohólicas efectivamente pagadas.

Reporte diario de recaudación emitido por el sistema de impuesto predial.

Dicha información no fue exhibida a esta Auditoría Superior del Estado para su revisión por ambas administraciones.

AF-10/28-033 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración actual en coordinación con la Administración 2007-2010, presenten para efectos de revisión y validación por parte de este Ente Superior de Fiscalización, la documentación e información mencionada en la observación anterior. De conformidad con los artículos 170 de la Ley Orgánica del Municipio y Artículo 17 fracción X de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

El presupuesto total asignado al Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal en el ejercicio 2010 asciende a $2,129,995.00 y fue distribuido de la siguiente manera: $2,023,495.00 para Infraestructura Básica de Obras que representa el 95.00%, $63,900.00 a Gastos Indirectos constituyendo el 3.00% y el 2.00% restante para Desarrollo Institucional por $42,600.00. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados en un 93.01% y revisados documentalmente al 100.00% de los mismos. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados en el 2010 se recibió un monto de $1,227.00 derivado de Rendimientos Financieros del ejercicio 2009 mismos que no fueron ejercidos al cierre del ejercicio 2010.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-02, Observación PF-02 Que corresponde a la administración 2007-2010 El municipio programó con recursos del Fondo III aportación para la obra denominada “Construcción de cemento ecológico 3X1” por un importe de $200,000.00, con un costo total de la misma por $400,000.00 para ser ejercida en el programa 3X1 para Migrantes, sin embargo se observa que el municipio aporta el 50.00% del costo global de la obra, tomando en cuenta que según las Reglas de Operación de dicho programa se realizan cuatro aportaciones del 25.00% cada una a cargo de la Federación, el Estado, Club de Migrantes y el Municipio. De lo anterior, el Ente Fiscalizado no aclara ni presenta documentos probatorios que justifiquen la duplicidad de dicha aportación, así como el incumplimiento al convenio y Reglas de Operación del programa en el que se ejecutó la obra ya referida.

PF-10/28-002 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración 2007-2010 que para efectos de aclaración presente ante esta Auditoría Superior del Estado, los elementos probatorios que aclaren y justifiquen la duplicidad de la aportación por un monto de $200,000.00 aprobada para la obra denominada “Construcción de cemento ecológico 3X1”, equivalente al 50.00% del costo total de la obra, lo que incumple el convenio y Reglas de Operación del Programa 3X1 para Migrantes donde se establece que al municipio sólo le corresponde un 25%.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

Resultado PF-03, Observación PF-03 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo III el municipio aprobó la obra denominada “Aportación para adquisición de Lap Top en la escuela secundaria Gral. Pedro María Anaya”, para la cual realizó la expedición del cheque número 620 de fecha 10 de septiembre de 2010 por un importe de $55,000.00 de la cuenta bancaria número 0174941222 del Banco Mercantil del Norte S.A. a nombre de Ofelia Romero Muro (Presidenta del comité de obra), para la adquisición de 9 computadoras, las cuales serán distribuidos entre el mismo número de

PF-10/28-003 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal 2007- 2010 presentar para efectos de aclaración ante la Auditoría Superior del Estado, documentos probatorios debidamente requisitados de la entrega de los equipos de cómputo por un importe de $18,333.19 a los C.C. Profra. María Elena lozano Espinoza, Profr. Rafael Reyes Tolentino y Profr. Pedro Salas Castro, beneficiarios de las mismas y relativos a la obra denominada “Aportación para adquisición de Lap Top en la escuela secundaria Gral. Pedro María Anaya” que transparente la aplicación de los recursos

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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profesores de la misma Institución. Sin embargo, no se presenta evidencia documental la existencia física de los bienes en la Institución y en actividades propias de la misma, así como su entrega a las personas responsables. De lo anterior, el municipio presentó oficio número 067 de fecha 22 de junio de 2011 suscrito por la Profra. Ofelia Romero Muro, en el cual se firma de recibido por 6 de los 9 beneficiarios del apoyo, asimismo se anexa reporte fotográfico del personal trabajando con el equipo en mención, copias fotostáticas de identificación oficial de 8 de los 9 beneficiarios, copia fotostática de la factura número 0021 de Splinter Electronic´s y/o Oscar Fernando Martínez Vázquez de fecha 18 de septiembre de 2010 por 5 computadoras HP por un importe de $30,555.56, copia fotostática de factura número 0816 de Cyber Shop y/o Gerardo Daniel Miranda Álvarez por la compra de 4 computadoras HP por un importe de $24,444.00 que respalden las erogaciones realizadas.

del FIII.

Resultado PF-04, Observación PF-04 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con base en el seguimiento al flujo de efectivo del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG), de la cuenta número 0174941222 del Banco Mercantil del Norte, S.A. del Fondo III 2010, se detectaron erogaciones por el orden de $302,481.00, de las cuales no se presentaron las pólizas cheque ni la documentación comprobatoria, que respalde los cheques que se mencionan a continuación:

FECHA

CHEQUE

IMPORTE

BENEFICIARIO SEGÚN SACG

CONCEPTO SEGÚN SACG

16-jun-10

606

$ 200,000.00

Secretaría de Finanzas

Urbanización

06-jul-10

609

100,000.00

Ezequiel Luna García

Construcción de cancha en Colegio de Bachilleres

17-ago-10

615

2,481.00

Griselda Castro Rosales

Pago de lista de raya

PF-10/28-004 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto de $302,481.00 relativo a los cheques números 606, 609 y 615 de la cuenta bancaria número 0174941222 del Banco Mercantil del Norte S.A., por no presentar las pólizas cheque ni el soporte documental que respalde las erogaciones realizadas mediante los cheques 606, 609 y 615; a los CC. Profr. Francisco Javier Jiménez Espitia, Profr. Jaime Haro Frías y Profr. Jorge Antonio García Robles quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión del 1o de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directos respectivamente.

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

TOTAL

$ 302,481.00

Resultado PF-05, Observación PF-05 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con base en el seguimiento al flujo de efectivo del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) de la cuenta número 0174941222 del Banco Mercantil del Norte, S.A., se detectaron erogaciones por el orden de $208,820.61, por concepto de traspaso de recursos del Fondo III a otras cuentas bancarias del municipio, las cuales se realizaron mediante los cheques que se detallan a continuación:

FECHA

CHEQUE

IMPORTE

BENEFICIARIO SEGÚN SACG

CONCEPTO SEGÚN SACG

11-02-10

587

$ 159,881.61

Municipio de Mezquital del Oro

Traspaso a cuenta de Ramo 20

25-06-10

608

48,939.00

Municipio de Mezquital del Oro

Traspaso a Gasto Corriente

TOTAL

$ 208,820.61

PF-10/28-005 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las Autoridades Competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor a los CC. Profr. Francisco Javier Jiménez Espitia y Profr. Jorge Antonio García Robles, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente y Tesorero Municipales respectivamente, por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en los artículos 93 fracción IV, 96 fracción I y 179 de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 5 fracciones I y III de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, así como la normatividad establecida en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Lo anterior en virtud de que ejercieron recursos por un monto de $208,820.61 los cuales fueron ttransferidos a las cuentas de Ramo 20 y Gasto Corriente, sin exhibir el reintegro correspondiente a la cuenta bancaria del Fondo III.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

Resultado PF-06, Observación PF-06 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos provenientes del Fondo III, el municipio aprobó mediante el Consejo de Desarrollo Municipal siete obras por $542,000.00, consideradas como improcedentes por tratarse de obras y acciones que incumplen lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal, como se muestra a continuación:

PF-10/28-006 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las Autoridades Competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Profr.

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

NO. DE OBRA

DESCRIPCIÓN LOCALIDAD

IMPORTE APROBADO

109928001

Construcción e instalación de barandal en plaza principal

Mezquital del Oro

$ 47,000.00

109928005

Aportación para la instalación de adoquín en la capilla de Guadalupe

Los Bajíos 30,000.00

109928006

Aportación para la remodelación de la capilla de Guadalupe

Los Bajíos 45,000.00

109928007

Aportación para la construcción de salón anexo al templo de Nuestra Señora del Rosario

Mezquital del Oro

80,000.00

109928008

Aportación para remodelación de la capilla de el Señor de los Rayos en El Malacate

El Malacate 20,000.00

109929009

Aportación para la primera etapa de la construcción de una capilla en la comunidad de Los Arroyos

Los Arroyos 70,000.00

109928015

Aportación para construcción de cancha de usos múltiples en el Colegio de Bachilleres

Mezquital del Oro

250,000.00

TOTAL $ 542,000.00

Cabe señalar que según el Informe Físico Financiero al 31 de diciembre de 2010, las mismas fueron reportadas como ejercidas y concluidas.

Francisco Javier Jiménez Espitia y Profr. Jaime Haro Frías, quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo Económico y Social durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 respectivamente, por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas y los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Lo anterior en virtud de que dicha inversión por $542,000.00 no corresponde a Infraestructura Básica de Servicios que beneficie a personas de escasos recursos.

Resultado PF-07, Observación PF-07 Que corresponde a la administración 2010-2013 Con recursos provenientes del Fondo III, el municipio aprobó mediante el Consejo de Desarrollo Municipal la obra número 109928020 denominada “Concreto ecológico en la capilla del Señor de los Rayos en la comunidad del Malacate” por $147,938.43, considerada como improcedente incumplir lo dispuesto en los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal.

PF-10/28-007 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las Autoridades Competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que se apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a los CC. Profr. Ramón Moreno Castro y Profr. Julio Flores Ibarra quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión como Presidente Municipal y Director de Desarrollo

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Económico y Social durante el periodo del 15 de septiembre al 31 de diciembre de 2010 respectivamente, por haber incumplido con las obligaciones inherentes a su cargo previstas en la Ley Orgánica del Municipio, además del artículo 5° de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas y los artículos 33 y 49 de la Ley de Coordinación Fiscal. Lo anterior en virtud de que dicha inversión por $147,938.43 no corresponde a Infraestructura Básica de Servicios que beneficie a personas de escasos recursos.

Resultado PF-08, Observación PF-08 Que corresponde a la administración 2010-2013 Con base en el seguimiento al flujo de efectivo del Fondo III ejercicio fiscal 2010, de la cuenta bancaria no. 0174941222 del Banco Mercantil del Norte S.A., se detectó que el municipio opera en la misma cuenta bancaria de ejercicios anteriores el recurso del año 2010, lo que no permite contar con un manejo claro y eficiente de los recursos, además de no transparentar la correcta aplicación de los mismos y por lo tanto, una adecuada Rendición de Cuentas.

PF-10/28-008 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que para eficientar el manejo de los Recursos Federales, se aperture cuenta bancaria por cada ejercicio fiscal y para cada uno de los Fondos o Programas, con el fin de transparentar la correcta aplicación de los recursos, y realizar una adecuada Rendición de Cuentas conforme a la Ley de Coordinación Fiscal y demás normatividad aplicable.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/28-009 solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-09, Observación PF-09 Que corresponde a la administración 2010-2013 Al confrontar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo III ejercicio fiscal 2010, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, en los diferentes rubros para los cuales fueron destinados los pagos, lo que no permite tener

PF-10/28-010 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo III, se registren cifras reales obtenidas de la conciliación periódica de la información relativa a las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social. Lo anterior para que el municipio pueda tener claridad y confiabilidad en la información emitida, para efecto de la toma

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 29 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

información clara, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

de decisiones en el ejercicio de recursos del Fondo III.

PF-10/28-011 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-10, Observación PF-10 Que corresponde a la administración 2010-2013 Respecto de la revisión a las pólizas cheque que soportan las erogaciones realizadas con los recursos del Fondo III, el municipio presenta las mismas sin contener la calca del cheque original, sino que se requisitan de manera independiente, lo que no permite tener la certeza de que los datos requisitados sean los mismos en ambos documentos y por lo tanto haya afectación en la Contabilidad del municipio.

PF-10/28-012 Recomendación Se recomienda a la Administración actual que las pólizas cheque que soportan las erogaciones realizadas con Recursos Federales del Fondo III, se elaboren a la calca conjuntamente con el cheque. En su defecto, anexar copia fotostática del cheque que permita corroborar que los datos que consignan las pólizas cheque, corresponden al cheque que las sustenta de manera que la Contabilidad del municipio sea veraz, confiable y oportuna.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

En lo que respecta a los recursos asignados al Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal por el orden de $982,814.00, la aplicación se llevó a cabo conforme a lo siguiente: $713,421.00 que representa el 72.59% para Obligaciones Financieras, $117,442.00 equivalente al 11.95% para Infraestructura Básica de Acciones, el 13.13% por el orden de $129,000.00 para Adquisiciones y el restante 2.33% por $22,951.00 a la fecha de revisión no han sido programados. Al 31 de diciembre del 2010 los recursos fueron aplicados en un 97.66% y revisados documentalmente el 100.00% de los mismos. Es conveniente señalar que además de los recursos ya mencionados, en el año 2010 se recibieron Rendimientos Financieros del ejercicio anterior por el orden de $513.00 los cuales no fueron aplicados en el ejercicio sujeto a revisión.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos, se determinaron las observaciones que a continuación se indican:

Resultado PF-11 Observación PF-11 Que corresponde a la administración 2007-2010 Con base en el seguimiento al flujo de efectivo, el municipio realizó erogaciones de la cuenta bancaria número 0590377010 operativa del Fondo IV del Banco Mercantil del Norte, S.A., mediante los cheques números 51 y 52 de fecha 10 de septiembre de 2010 a nombre de Gustavo y Laura Reynoso Esquivel por concepto de apoyo de becas por los importes de $9,000.00 cada uno, sin embargo no se presenta evidencia documental de la recepción del recurso por parte de los beneficiarios.

PF-10/28-013 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado formulará Pliego de Observaciones por un monto total de $18,000.00 relativo a los cheques números 51 y 52 de la cuenta bancaria número 0590377010 del Banco Mercantil del Norte S.A, por no presentar evidencia documental de la recepción de los recursos por los beneficiarios por concepto de apoyos para becas; a los CC. Profr. Francisco Javier Jiménez Espitia, Profr. Jaime Haro Frías y Profr. Jorge Antonio García Robles quienes se desempeñaron durante el periodo sujeto a revisión del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal, Director de Desarrollo Económico y Social y Tesorero Municipal, en la modalidad de Responsables Subsidiario y Directos respectivamente.

Se solventa.

Resultado PF-12, Observación PF-12

Que corresponde a la administración 2007-2010 Con recursos del Fondo IV el municipio aprobó la acción número 10FM28001 denominada “Pago de pasivos” por un importe de $127,712.00 a nombre de Alma Delia Castro Castro, para lo cual se realizaron erogaciones de la cuenta bancaria número 0590377010 del Banco Mercantil del Norte S.A. mediante la expedición de varios cheques por el importe antes citado, presentando como soporte documental factura número 1065 de fletes, pasturería y materiales El Mezquitence y/o Alma Delia Castro Castro de fecha 8 de mayo de 2010

PF-10/28-014 Solicitud de Aclaración Se solicita que para efecto de aclaración presente ante la Auditoría Superior del Estado, evidencia documental como reportes fotográficos y acta de entrega recepción de la aplicación del material por parte de los beneficiarios, así como estudios socioeconómicos y solicitudes de apoyo debidamente requisitadas que permitan dar transparencia del uso del material otorgado por un importe de $127,712.00.

No se solventa, y se deriva en una promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

por concepto de lámina galvanizada, cemento, viajes de arena y clavos, de los cuales se presentan vales de entrega, recibos de recepción del material y copia fotostática de identificación oficial de los beneficiarios. Sin embargo, no se anexan solicitudes de apoyo, estudios socioeconómicos que demuestre la selección de los beneficiarios ni evidencia documental del material de construcción como reporte fotográfico y acta de entrega recepción como seguimiento a la aplicación del material otorgado.

Resultado PF-13, Observación PF-13 Que corresponde a la administración 2010-2013 Al confrontar los auxiliares contables del Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) con los Informes Físico Financieros del Fondo IV ejercicio fiscal 2010, se detectó incongruencia entre la información presentada por las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social, en los diferentes rubros para los cuales fueron destinados los pagos, lo que no permite tener información clara, confiable y oportuna en el ejercicio de los recursos y en la toma de decisiones del municipio.

PF-10/28-015 Recomendación Se recomienda a la Administración Actual, que para efectos de presentar ante la Auditoría Superior del Estado los Informes Físico Financieros del Fondo IV, se registren cifras reales obtenidas de la conciliación periódica de la información relativa a las Direcciones de Tesorería y Desarrollo Económico y Social. Lo anterior para que el municipio pueda tener claridad y confiabilidad en la información emitida, para efecto de la toma de decisiones en el ejercicio de los recursos del Fondo IV.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

PF-10/28-016 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-14, Observación PF-14 Que corresponde a la administración 2010-2013 Con base en el seguimiento al flujo de efectivo del Fondo IV ejercicio fiscal 2010, de la cuenta bancaria no. 0590377010 del Banco Mercantil del Norte S.A., se detectó que el municipio opera en la misma cuenta bancaria de ejercicios anteriores el recurso del año 2010, lo que no permite contar con un manejo claro y eficiente de los recursos además de

PF-10/28-017 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual, que para eficientar el manejo de los Recursos Federales, se aperture cuenta bancaria por cada ejercicio fiscal y para cada uno de los Fondos ó Programas con el fin de transparentar la correcta aplicación de los recursos, y realizar una adecuada

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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RAMO GENERAL 33 FONDO IV (Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

no transparentar la correcta aplicación de los mismos y por lo tanto, una adecuada Rendición de Cuentas.

Rendición de Cuentas conforme la Ley de Coordinación Fiscal y demás normatividad aplicable.

PF-10/28-018 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado PF-15, Observación PF-15 Que corresponde a la administración 2010-2013 Respecto de la revisión a las pólizas cheque que soportan las erogaciones realizadas con los recursos del Fondo IV, el municipio presenta las mismas sin contar con la calca del cheque original, sino que se requisitan de manera independiente, lo que no permite tener la certeza de que los datos requisitados sean los mismos en ambos documentos y por lo tanto haya afectación en la Contabilidad del municipio.

PF-10/28-019 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal actual que las pólizas cheque que soportan las erogaciones realizadas con Recursos Federales del Fondo IV, se elaboren a la calca conjuntamente con el cheque. En su defecto, anexar copia fotostática del cheque que permita corroborar que los datos que consignan las pólizas cheque, corresponden al cheque que las sustenta de manera que la Contabilidad del municipio sea veraz, confiable y oportuna.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Se revisaron recursos del Programa 3X1 para Migrantes por un monto de $400,000.00 que corresponden a la muestra de una obra aprobada en la vertiente de Urbanización Municipal. De lo anterior se aplicó el 98.34% de los recursos, los cuales fueron revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos se determinó la siguiente observación:

Resultado PF-16, Observación PF-16 Que corresponde a la administración 2010-2013 Respecto de la revisión a las pólizas cheque que soportan las erogaciones realizadas con los recursos del Programa 3X1 para Migrantes, el municipio presenta las mismas sin contar con la calca del cheque original, sino que se requisitan de manera independiente, lo que no permite tener la certeza de que los datos requisitados sean los mismos en ambos documentos y por lo tanto haya afectación en la Contabilidad del municipio.

PF-10/28-020 Recomendación Se recomienda a la Administración actual que las pólizas cheque que soportan las erogaciones realizadas dentro del Programa 3X1 para Migrantes, se elaboren a la calca conjuntamente con el cheque. En su defecto, anexar copia fotostática del cheque que permita corroborar que los datos que consignan las pólizas cheque, corresponden al cheque que las sustenta de manera que la Contabilidad del municipio sea veraz, confiable y oportuna.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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INFORME DETALLADO: PROGRAMAS FEDERALES- REVISIÓN DOCUMENTAL

PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Se revisaron recursos del Programa de Empleo Temporal por un monto de $109,301.00 que corresponden a la muestra de una obra aprobada en la vertiente de Urbanización Municipal. De lo anterior se aplicó el 63.33% de los recursos, los cuales fueron revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido. De la revisión documental al ejercicio de los recursos se determinó la siguiente observación:

Resultado PF-17, Observación PF-17 Que corresponde a la administración 2010-2013 Respecto de la revisión a las pólizas cheque que soportan las erogaciones realizadas con los recursos del programa Empleo Temporal, el municipio presenta las mismas sin contar con la calca del cheque original, sino que se requisitan de manera independiente, lo que no permite tener la certeza de que los datos requisitados sean los mismos en ambos documentos y por lo tanto haya afectación en la Contabilidad del municipio.

PF-10/28-021 Recomendación Se recomienda a la Administración actual que las pólizas cheque que soportan las erogaciones realizadas dentro del programa Empleo Temporal, se elaboren a la calca conjuntamente con el cheque. En su defecto, anexar copia fotostática del mismo que permita corroborar que los datos que consignan las pólizas, corresponden al documento que las sustenta de manera que la Contabilidad del municipio sea veraz, confiable y oportuna.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Page 36: MEZQUITAL DEL ORO, ZAC. 2010 - asezac.gob.mx · de febrero de 2010 se emite cheque número 1771 por la cantidad de $9,600.00 a favor de Humberto Herrera Benavidez por concepto de

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Páginas : 35 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Se revisaron recursos del Programa de Desarrollo de Zonas Proritarias por un monto de $2,314,081.52 que corresponden a la muestra de cinco obras aprobadas en las vertientes de Agua Potable, Urbanización Municipal y Electrificación. De lo anterior se aplicó el 96.70% de los recursos, los cuales fueron revisados documentalmente al 100.00% de lo ejercido.

De la revisión documental al ejercicio de los recursos se determinó la siguiente observación:

Resultado PF-18, Observación PF-18 Que corresponde a la administración 2010-2013 Respecto de la revisión a las pólizas cheque que soportan las erogaciones realizadas con los recursos del Programa de Desarrollo para Zonas Prioritarias, el municipio presenta las mismas sin contar con la calca del cheque original, sino que se requisitan de manera independiente, lo que no permite tener la certeza de que los datos requisitados sean los mismos en ambos documentos y por lo tanto haya afectación en la Contabilidad del municipio.

PF-10/28-022 Recomendación Se recomienda a la Administración actual que las pólizas cheque que soportan las erogaciones realizadas dentro del Programa de Desarrollo para Zonas Prioritarias, se elaboren a la calca conjuntamente con el cheque. En su defecto, anexar copia fotostática del mismo, que permita corroborar que los datos que consignan las pólizas corresponden al que las sustenta, de manera que la Contabilidad del municipio sea veraz, confiable y oportuna.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado OP- 01, Observación OP- 01 Que corresponde a la Administración 2007-2010 El municipio de Mezquital del Oro no presentó el Programa Anual de Obra Pública, por lo que no se dio cumplimiento a la Ley Orgánica del Municipio, siendo que establece que los Ayuntamientos deberán remitir a la Auditoría Superior del Estado los Programas de Obras y Acciones que ejecute la Administración Municipal.

OP-10/28-001 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal específicamente al Director de Obras y Servicios Públicos, que al inicio de cada ejercicio fiscal deberá de elaborar el Programa Anual de Obras Públicas previo análisis con el C. Presidente Municipal, para incluir aquellas obras que se consideraron el Programa Trianual, para poder poner a consideración del H. Ayuntamiento, y estas sean aprobadas para su ejecución, asi mismo que dichas obras se realicen de acuerdo a las normas y presupuestos aprobados, desde su planeación, programación, ejecución y prestación de servicios públicos y que de existir modificaciones y/o adiciones tanto al presupuesto como a las obras, se notifique en tiempo al H. Cabildo para su conocimiento y aprobación, observando lo estipulado en los artículos 49 fracción XV, 167,

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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CÓDIGO: PR-ST-TA-05-F01 No. REVISIÓN : 4

Páginas : 36 de 56

Fecha de Autorización: 2010-12-03

INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

169, 170 de la Ley Orgánica del Municipio, 15 fracción II, 17 Fracción X y 22 de la Ley de Fiscalización Superior.

OP-10/28-002 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

Resultado OP- 02, Observación OP-02 Que corresponde a la Administración 2010-2013 El Municipio destinó para el Programa Municipal de Obras un importe de $1,799,142.41, al 31 de diciembre ejerció $1,272,305.80 existiendo un subejercicio del 29.28%, según informe al 31 de diciembre presentado por el municipio, de 17 obras programadas 2 no se realizaron y 15 fueron terminadas, por lo que se observó incumplimiento en su ejecución.

OP-10/28-003 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal específicamente al Director de Obras y Servicios Públicos, que la ejecución de obras se realice de acuerdo a las normas y presupuestos aprobados, desde su planeación, programación, ejecución y prestación de servicios públicos y que de existir modificaciones y/o adiciones tanto al presupuesto como a las obras, se notifique en tiempo al H. Ayuntamiento para su conocimiento y aprobación, observando lo estipulado en los artículos 49 fracción XV, 167 de la Ley Orgánica del Municipio, 15 fracción II, 17 Fracción X y 22 de la Ley de Fiscalización Superior.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

Resultado OP- 03, Observación OP- 03 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Existe diferencia entre lo informado por Tesorería Municipal en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) y la Dirección de Obras Públicas del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 por un monto de $114,967.00 en los gastos efectuados en obra pública.

OP-10/28-004 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal específicamente a los Directores de Obras Públicas y Tesorería Municipal que una vez terminados los Informes físico-financieros de Obra Públicas, estos sean debidamente conciliados por ambas direcciones, con la finalidad de evitar discrepancias entre los montos reportados en el Sistema

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Páginas : 37 de 56

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA MUNICIPAL DE OBRAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) y los gastos efectuados y presentados en el informe de Obras Públicas en la cuenta 6000, ya que existe diferencia por $114,967.00 del periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, para lo cual deberá de presentar oficio y conciliación del periodo mencionado debidamente firmada por los directores involucrados.

OP-10/28-005 Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control Es necesario que la Contraloría Municipal en el ámbito de su competencia, realice las acciones de verificación tendientes al cumplimiento de los aspectos recomendados en el punto que antecede, e informe de los resultados obtenidos a esta Auditoría Superior del Estado.

Subsiste y por lo tanto no solventa. Se reitera la solicitud de intervención del Órgano Interno de Control.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 2 (dos) obras que constituyeron la muestra seleccionada se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP- 04, Observación OP- 04 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Para la obra No 15 denominada "Construcciones Nuevas, Mezquital del Oro y Comunidades", se aprobó un monto por $464,223.44 del Programa Municipal de Obras, para varias obras, se seleccionó para su revisión la sub-obra "Trazo, nivelación, demolición de muros y techos y suministros de materiales" reportada en la primera quincena de septiembre según consta en el auxiliar de obra pública de dicho mes, y soportada con factura No 0013 por $210,236.66 de fecha 06 de septiembre de 2010, pagado mediante la cuenta de caja, por póliza No. E00597 por el mismo monto, según consta en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG). Durante la revisión física realizada el día 27 de mayo de 2011, se citó al ex Director de Obras y Servicios Públicos de la Administración Municipal 2007-2010 periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, Profr. Jaime Mercado Arzate, se realizó invitación por medio de su esposa ya que en ese momento no se encontraba en su casa, no se presentó, razón por la cual no se realizó la visita física a la obra por desconocer su ubicación.

OP-10/28-006 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal específicamente al Director de Obras Públicas aclare lo observado en la obra No 15 denominada "Construcciones Nuevas, Mezquital del Oro y Comunidades", en la que se aprobó un monto por $464,223.44 del Programa Municipal de Obras, para varias obras, y que fue seleccionada para su revisión la sub-obra "Trazo, nivelación, demolición de muros y techos y suministros de materiales" reportada en la primera quincena de septiembre según consta en el auxiliar de obra pública de dicho mes, y soportada con factura No 0013 por $210,236.66 de fecha 06 de septiembre de 2010, pagada, mediante la cuenta de caja, por póliza No. E00597 por el mismo monto, según consta en el Sistema Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG) y que durante la visita el día 27 de mayo de 2011, no fue posible revisarla en compañía del ex Director de Obras y Servicios Públicos de la Administración Municipal 2007-2010 periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, Profr. Jaime Mercado Arzate, ya que no se pudo localizar, razón por la cual no se realizó la visita física a la obra por desconocer su ubicación, para lo cual deberá de presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de los trabajos realizados, exhibiendo acta de sitio en la que participe el comité de obra, el Ex Director de Obras y Servicios Públicos, el Contralor Municipal actual, anexando: presupuesto, números generadores, plano detallado, catálogo de conceptos, croquis de los trabajos realizados su ubicación y álbum fotográfico de los trabajos realizados

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

como constancia de cumplimiento a la observación emitida.

Resultado OP- 05, Observación OP- 05 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Para la obra denominada "Estudios y proyectos, Mezquital del Oro y comunidades", se aprobó un monto por $226,600.00 del Programa Municipal de Obras, consistente en: 1.-Proyecto geométrico de camino Mezquital-Moyahua. 2.-Levantamiento topográfico de proyecto de alcantarillado en Huerta Grande. 3.- Levantamiento topográfico de red de alcantarillado en Guajes. 4.- Levantamiento topográfico de red de alcantarillado en Temaxcales. Durante la revisión realizada el día 27 de mayo de 2011 no fue posible ubicar los estudios y proyectos, aún y cuando se solicitaron los expedientes técnicos y proyectos debidamente firmados y autorizados, estos no fueron presentados por los funcionarios de la Administración Municipal 2010-2013, debido a que comentan que no cuentan con ellos, desconociendo donde se archivaron ó si existen, por lo que se presume que dicho proyecto geométrico y levantamientos topográficos referidos fueron elaborados y presentados. Derivado de la revisión documental se constató que se liberó el importe total aprobado, por un monto total de $226,600.00, según consta en póliza No E00132 de fecha 1 de marzo de 2010 por un monto de $88,414.55 amparada por factura No 53, de fecha 1 de marzo de 2010 por un monto de $70,000.00 pagada mediante la cuenta de caja, póliza No E0075 amparada por póliza de cheque No 1774 y por factura No 609, de fecha 4 de febrero de 2010 por un monto de $58,000.00, póliza No E0034 amparada por póliza de cheque No 1762 y por factura No 604, de fecha 26 de enero de 2010 por un monto de $49,300.00, póliza No E0035 amparada por póliza de cheque No 1763 y por factura No 604, de fecha 26 de enero de 2010

OP-10/28-007 Pliego de Observaciones La Auditoría Superior del Estado emitirá Pliego de Observaciones por la presunción de daño y perjuicio al erario público municipal de Mezquital del Oro, Zacatecas a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente Municipal Profesor Francisco Javier Jiménez Espitia (subsidiario) y Director de Obras y Servicios Públicos Profesor Jaime Haro Frías (directo), por un monto $226,600.00 por conceptos pagados no ejecutados, en la obra "Estudios y proyectos, Mezquital del Oro y comunidades" realizada mediante el Programa Municipal de Obras, correspondientes a los siguientes proyectos: 1.-Proyecto geométrico de camino Mezquital-Moyahua. 2.-Levantamiento topográfico de proyecto de alcantarillado en Huerta Grande. 3.- Levantamiento topográfico de red de alcantarillado en Guajes. 4.- Levantamiento topográfico de red de alcantarillado en Temaxcales. Debiendo presentar la Entidad Fiscalizada elementos probatorios de la existencia de los proyectos referidos, exhibiendo contratos, proyectos y planos completos, seccionamientos, planos de levantamiento topográficos en los cuales se indique niveles y cadenamientos, plano de perfiles, dichos planos además se deberán presentar debidamente firmados y sellados por la dependencia normativa, así mismo deberá presentar memorias de cálculos, cortes especificaciones y volúmenes de obra y todo lo necesario

No solventa, por lo tanto se deriva en la Promoción de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

REVISION FISICA A LA OBRA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

por un monto de $49,300.00 todas las facturas a nombre de Miguel Ángel Sustaita Amato, según consta en el Sistema de Automatizado de Contabilidad Gubernamental (SACG). El monto observado es por la cantidad de $226,600.00 el cual corresponde al monto ejercido al 15 de septiembre de 2010. Durante el periodo de solventación la entidad fiscalizada presentó por medio de disco digital el expediente electrónico del "Camino Mezquital del Oro-Moyahua del Km 7+100 al Km 15+560", no presenta contrato para dicho proyecto, planos ni memoria de cálculo, no se incluyen firmas o sellos debidamente autorizada por la dependencia normativa. Se presentó de manera impresa, plano de "Red de Drenaje Los Guajes", plano de "Red de Drenaje Temaxcal", mismos que no incluyen los respectivos contratos para dichos proyectos, no presenta planos en los cuales se indique niveles y cadenamientos, plano de perfiles, no están debidamente firmados y sellados por la dependencia normativa, no presenta memoria de cálculo o libreta en la que se indique volúmenes de obra. Para la obra "Red de Drenaje en Huerta Grande" el ente fiscalizado no presentó ningún plano ni anexo ni información alguna.

para su aprobación respectiva. Además deberán de presentar la negativa de hacerlos, previa solicitud a la Entidad Normativa, y motivar y fundamentar la necesidad de hacerlos y quien los mando elaborar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

RAMO GENERAL 33 FONDO III (Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal)

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 8 (ocho) obras que constituyeron la muestra seleccionada se desprende la siguiente observación:

Resultado OP-06, Observación OP-06 Que corresponde a la Administración 2010-2013

Para la obra "Construcción de salón anexo al templo, Mezquital del Oro", se aprobó por un monto de $80,000.00 y "Construcción de salones de reuniones, Los Arroyos" se aprobó por un monto de $70,000.00 ambos del Fondo III. Durante la revisión física realizada el día 26 de mayo de 2011, se constató que las obras no se han iniciado. Derivado de la revisión documental de los expedientes unitarios de obra no se encontró documentación comprobatoria tales como pólizas, facturas, oficios y/o acta del Consejo de Desarrollo Municipal de su cancelación y/o aprobación para destinar el recurso a otros conceptos.

OP-10/28-008 Solicitud de Aclaración Se solicita a la Administración Municipal específicamente al Ex Director de Obras y Servicios Públicos aclare por qué no se realizaron las obras "Construcción de salón anexo al templo, Mezquital del Oro", por un monto de $80,000.00 y "Construcción de salones de reuniones, Los Arroyos", por un monto de $70,000.00, mismas que ascienden a la cantidad de $150,000.00 aprobadas en el Fondo III, ya que no se encontró documentación comprobatoria del gasto, debiendo presentar la entidad fiscalizada elementos probatorios de su ejecución, exhibiendo pólizas, facturas, oficios de cancelación, proyecto, detalles constructivos, números generadores, acta de entrega-recepción, reporte fotográfico y acta de sitio en la cual intervenga el Contralor Municipal y demás documentación que sea necesaria como constancia de que ha dado cumplimiento. En caso de haber sido cancelada, presentar oficio de cancelación y/o acta de Consejo de Desarrollo Municipal indicando el destino y motivo de la reasignación de los recursos y la autorización en que obras y/o conceptos fue aplicado.

No se solventa, y se deriva en una Recomendación.

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PROGRAMA DE ZONAS PRIORITARIAS

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 07, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 5 (cinco) obras que constituyeron la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 08, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

PROGRAMA EMPLEO TEMPORAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 09, Sin Observación Derivado de la revisión física y documental de 1 (una) obra que constituyó la muestra seleccionada, no se desprenden observaciones que hacer constar.

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AUDITORIA DE SEGUIMIENTO ZONA PRIORITARIAS 2009

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Derivado de la revisión física y documental de 4 (cuatro) obras que constituyeron la muestra seleccionada se desprenden las siguientes observaciones:

Resultado OP- 10, Observación OP- 07 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Para la realización de la obra "Ampliación de red de agua potable en la comunidad de Jesús María", fue programado un monto de $120,000.00 del Programa Zonas Prioritarias, para la adquisición de 885.50 ml de tubería para la línea de agua potable. Se realizó auditoría de seguimiento al ejercicio fiscal de 2009 de la Acción a Promover OP-09/28-006 Recomendación; en la que se recomendó sea terminada y puesta en operación y cumpla con el fin para el que fue programada en lo que respecta a los conceptos tales como conexión eléctrica, colocación del medidor y realización de contrato ante la CFE, sin embargo la recomendación no fue atendida.

Durante la revisión física efectuada el día 24 de mayo de 2011, la obra se encontró en proceso, con un avance del 99.0% aproximado y sin operar, con la instalación de tubería terminada y conectada al tanque de almacenamiento, falta por realizar la conexión eléctrica, la colocación del medidor y la realización de contrato ante la CFE.

Según hace constar el C. Jesús Castro Frías y el C. Benjamín Robles Díaz de las pruebas ejecutadas a esta obra, la tubería presento fallas en un tramo y en su instalación, por lo que fue necesario repararla.

OP-10/28-009 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010, como Presidente Municipal Profr. Francisco Javier Jiménez Espitia, Director de Obras y Servicios Públicos Profr. Jaime Mercado Arzate y Director de Desarrollo Económico y Social, Profr. Jaime Haro Frías, por no haber atendido la Recomendación OP-09/28-006, emitida el ejercicio fiscal 2009 por la Auditoría Superior de Estado para realizar la conexión eléctrica, la colocación del medidor y la realización de contrato ante la CFE, para poner en funcionamiento la obra "Ampliación de red de agua potable en la comunidad de Jesús María" realizada mediante el Programa de Zonas Prioritarias 2009, sin embargo durante la revisión física de detectó que siguen pendientes los conceptos indicados, además que la tubería presentó fallas en un tramo y en su instalación por no llevar a cabo la prueba correspondiente de la red de agua potable, por lo que fue necesario su reparación, no cumpliendo con lo establecido en los artículos, artículo 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio, artículo 48, 49, 54,64,66 y 72 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas y el artículos 44 y 5 de la Ley de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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AUDITORIA DE SEGUIMIENTO ZONA PRIORITARIAS 2009

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas, artículos 15 fracción I y 17 fracción IV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

Resultado OP- 11, Observación OP- 08 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Para la realización de la obra "Construcción de tanque regulador de agua potable y línea de conducción con 702.00 ml de tubería de PVC en la cabecera municipal", fue programado un monto de $1,560,480.00 del Programa de Zonas Prioritarias, se realizó auditoría de seguimiento al ejercicio fiscal de 2009 de la Acción a Promover OP-09/28-009 Recomendación; en la que se recomendó sea reparada, y cumpla con el fin para el que fue programada, recomendación atendida parcialmente, ya que esta volvió a presentar fisuras y filtraciones en las paredes laterales.

Durante la revisión física efectuada el día 25 de mayo de 2011, la obra se encontró asentada con una capa de chapopote, no obstante se apreciaron grietas en los muros, además de que la loza se colgó, se presentaron fugas en dos paredes del tanque.

OP-10/28-010 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Francisco Javier Jiménez Espitia, Director de Obras y Servicios Públicos Profr. Jaime Mercado Arzate y al Director de Desarrollo Económico y Social, Profr. Jaime Haro Frías, por no haber atendido la Recomendación OP-09/28-009 emitida en el ejercicio fiscal 2009 por la Auditoría Superior de Estado para realizar las acciones necesarias para poner en funcionamiento la obra "Construcción de tanque regulador de agua potable y línea de conducción con 702.00 ml de tubería de PVC en la cabecera municipal" realizado mediante el Programa de Zonas Prioritarias, sin embargo la obra se encontró asentada con una capa de chapopote, así mismo se aprecian grietas en los muros, además de que la loza se colgó, se presentaron fugas en dos paredes del tanque, no cumpliendo con lo establecido en el artículo 21 fracción I, 4 fracción IV, 48, 49, 64, 72, 66 y 64 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas, artículo 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio, artículos 44 y 5 de la Ley de

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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RESULTADO DEL PROCESO DE AUDITORÍA CUENTA PÚBLICA MUNICIPAL 2010

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AUDITORIA DE SEGUIMIENTO ZONA PRIORITARIAS 2009

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas y artículos 15 fracción I y 17 Fracción IV de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de Zacatecas.

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INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP- 12, Observación OP- 09 Que corresponde a la Administración 2007-2010 Durante la revisión documental de 17 (diecisiete) obras que integraron la muestra de auditoría se detectó en 8 obras, de las cuales corresponden 2 (dos) obras al Programa Municipal de Obras Públicas y 6 (seis) al Fondo III, la falta de integración de documentación técnica y social en los expedientes unitarios de obra que se debe generar en todas las fases de ejecución de las obras, tales como proyecto, permisos de la obra, acuerdo de modalidad de ejecución, contrato, programa de ejecución de obra, fianza de anticipo, fianza de cumplimiento, estimaciones, números generadores, reportes de supervisión, fianza de vicios ocultos y finiquito, misma que se relaciona en el cuadro siguiente:

DATOS DE LA OBRA

EXPEDIENTE TECNICO ADJUDICACIÓN EJECUCIÓN

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17

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SE SOLICITA EXPEDIENTE (PRESENTAR PROYECTOS Y PLANOS REQUISITADOS).

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OP-10/28-011 Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas. Que corresponde a la Administración 2007-2010 La Auditoría Superior del Estado, promoverá ante las autoridades competentes, el inicio y trámite del procedimiento conducente para que apliquen una o más de las sanciones previstas en el artículo 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas en vigor, a quienes se desempeñaron durante el periodo del 1 de enero al 15 de septiembre de 2010 como Presidente Municipal Profr. Ramón Moreno Castro, Director de Obras y Servicios Públicos Ing. Jaime Bañuelos Castro y Director de Desarrollo Económico y Social, Profr. Julio Flores Frías, por no haber integrado y presentado los expedientes unitarios con la documentación técnica y social que se debe generar en todas las fases de ejecución de las obras tales como proyecto, permisos de la obra, acuerdo de modalidad de ejecución, contrato, programa de ejecución de obra, fianza de anticipo, fianza de cumplimiento, estimaciones, números generadores, reportes de supervisión, fianza de vicios ocultos y finiquito, no cumpliendo con lo establecido en los artículos No 17, 18 fracción II,

Esta acción se promoverá ante las autoridades correspondientes según sea el caso, siendo estas la Legislatura del Estado o la Contraloría Interna de Gobierno del Estado.

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INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

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1

N

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X 1 X 1

N

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N

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1

N

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N

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N

/A

N

/A

30, 31, 66, 110 y 114 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas para el Estado de Zacatecas y artículos No. 7, 9 fracción II, V y VII, 70, 86, 88 fracción II inciso g y fracción IV, 98, 101, 102 fracción I y IV y 103, de su Reglamento, no cumpliendo con lo establecido en el artículo 85 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas, artículo 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio, artículos 44 y 5 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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MEZQUITAL DEL ORO, ZAC.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

TIPL

ES, MEZ

QUITAL D

EL ORO

1 SIMBOLOGÍA EXISTE EL DOCUMENTO

X NO EXISTE EL DOCUMENTO

N/A NO APLICA

Resultado OP- 13, Observación OP- 10 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Durante la revisión documental de 17 (diecisiete) obras que integraron la muestra de auditoría se detectó en 10 obras, de las cuales corresponden 3 (tres) obras al Fondo III, 5 (cinco) al Programa para el Desarrollo de Zonas Prioritarias, 1 (una) al Programa 3x1 para Migrantes y 1 (una) al Programa Empleo Temporal, la falta de integración de documentación técnica y social en los expedientes unitarios de obra que se debe generar en todas las fases de ejecución de las obras tales como: proyecto, permisos de la obra, acuerdo de modalidad de ejecución, contrato, programa de ejecución de obra, fianza de anticipo, fianza de cumplimiento, estimaciones, números generadores, bitácora, reportes de supervisión, fianza de vicios ocultos y finiquito, misma que se relaciona en el cuadro siguiente:

DATOS DE LA OBRA

EXPEDIENTE TECNICO ADJUDICACIÓN EJECUCIÓN

NO. DE OBRA

NOMBRE DE LA OBRA Y UBICACIÓN

PR

OY

EC

TO

PR

ES

UP

UE

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NZ

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FIN

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EL

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A) FONDO III

3 CONSTRUCCIÓN DE CEMENTO ECOLÓGICO PROGRAMA 3X1, LA SILLETA

1 1 1 1 N/A

X N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 X 1 N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

20

CONCRETO ECOLÓGICO A LA CAPILLA SEÑOR DE LOS RAYOS, EL MALACATE

1 1 1 1 N/A

X N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 X 1 N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

21

CONCRETO ECOLÓGICO A CALLE SIN NOMBRE, LOS GUAJES

1 1 1 X N/A

X N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

1 1 X 1 N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

C) PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE ZONAS PRIORITARIAS

92

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE BIODIGESTOR, EL TEMAXCAL

X 1 1 1 X X N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 1 X N/A

X X X N/A

1 X 1 N/A

N/A

1 1 X N/A

N/A

24

SUMINISTRO E INSTALACIÓN DE BIODIGESTOR, LOS GUAJES

X 1 1 1 X X N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 1 X N/A

X X X N/A

1 X 1 N/A

N/A

1 1 X N/A

N/A

77

AMPLIACIÓN DE RED ELÉCTRIC

1 1 1 1 N/A

1 N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 X N/A

X X X N/A

1 X 1 N/A

N/A

1 X X N/A

N/A

OP-10/28-012 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, con el objeto de recabar e integrar en forma ordenada y sistemática en un expediente unitario de obra toda la documentación técnica y comprobatoria del gasto que se debe generar en todas las fases de la ejecución de las obras, y estar en condiciones de que en su revisión no existan contratiempos y estén completos relativo a cualquier obra pública al ser entregados y/o requeridos por la Auditoría Superior del Estado en cumplimiento a lo es establecido en los artículos No 17, 18 fracción II, 30, 31, 66, 110 y 114 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas para el Estado de Zacatecas y artículo No 7, 9 fracción II, inciso “g” y fracción IV, 98, 101, 102, fracción I, IV ,103 de su Reglamento y artículos 19 párrafo II,21 fracción I,XI, XIX, 24 párrafo III, 27, 46 bis, 48, 49, 54, 46 último párrafo, 64, 66, 72 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con la Mismas y artículos No. 84 fracción IX, 86, 96 fracción IV, 102 de su Reglamento, artículo 74 fracción XXVI de la Ley Orgánica del Municipio, artículos 44 y 5 de la Ley de

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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INFORME DETALLADO: OBRA PÚBLICA- REVISIÓN FÍSICA

INTEGRACION DE EXPEDIENTES UNITARIOS DE OBRA

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA

LA ACCIÓN PROMOVIDA

RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

A, OJOS DE AGUA

45

AMPLIACIÓN DE RED ELÉCTRICA, LA JOYA

X 1 1 1 N/A

1 N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 X N/A

X X X N/A

1 X 1 N/A

N/A

1 X X N/A

N/A

S/N

INICIO DE CONCRETO ECOLÓGICOLOS BAJIOS, AGUA CALIENTE

1 1 1 1 N/A

X N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

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1 N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 X 1 N/A

N/A

1 X N/A

N/A

N/A

D) PROGRAMA 3X1 PARA MIGRANTES

85

CONSTRUCCIÓN DE EMPEDRADO Y ADOQUINAMIENTO DE CALLES, LA SILLETA

1 1 1 1 N/A

X N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

X 1 X 1 N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

E) PROGRAMA DE EMPLEO TEMPORAL

84

EMPEDRADO DE 922 MTS A BASE DE PIEDRA BOLA DE RIO DE 15 CM DE DIAMETRO, APROXIMADAMENTE, EMBOQUILLADO CON TIERRA EN CALLE SIN NOMBRE, LA NOPALERA

X 1 X X N/A

X N/A

N/A

N/A

X 1 N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

N/A

X N/A

N/A

N/A

N/A

X X X 1 N/A

N/A

1 N/A

N/A

N/A

N/A

1 SIMBOLOGÍA EXISTE EL DOCUMENTO

X NO EXISTE EL DOCUMENTO

N/A NO APLICA

Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Zacatecas.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RELLENO SANITARIO

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-14, Observación OP-11 Que corresponde a la Administración 2010-2013 Se observa que el Relleno Sanitario del Municipio cumple en un 63.1% con los mecanismos para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente durante el almacenamiento de los desechos provenientes del servicio de recolección de basura. La verificación física de nuestro examen revela que existe un tiradero (basurero) a cielo abierto, ubicado a 0.5 km del área urbana, ocupando 1.0 hectárea aproximadamente, no se realizaron estudios topográficos y geotécnicos, evaluando las características constructivas y operativas se observó que no cuenta con: cerco perimetral adecuado, caseta de vigilancia, franja de amortiguamiento, manuales de operación, controles de acceso del personal, vehículos y materiales, asimismo no se cuida que los residuos que ingresan al sitio hayan sido previamente separados.

OP-10/28-013 Recomendación

Se recomienda a la Administración Municipal establezca las acciones que sean pertinentes, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios a fin de que el Relleno Sanitario cumpla con la Norma Oficial Mexicana y las disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Zacatecas para preservar la ecología, los recursos naturales y el medio ambiente al momento de almacenar los deshechos provenientes del servicio de recolección de basura, y de esta manera contribuir y evitar un impacto ambiental irreversible.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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INFORME DETALLADO: SERVICIOS PÚBLICOS

RASTRO MUNICIPAL

DETERMINACIÓN DE LA ENTIDAD DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR ESTADO QUE GUARDA LA ACCIÓN PROMOVIDA RESULTADO / OBSERVACIÓN ACCIÓN PROMOVIDA

Resultado OP-15, Observación OP-12 Que corresponde a la Administración 2010-2013 El objetivo de este indicador es conocer el grado de cumplimiento de la Ley de Salud del Estado y las normas de construcción y operación que cumplan en condiciones de sanidad e higiene. Nuestro examen practicado determinó que se cumple con el 46.1% de las normas antes descritas. El municipio cuenta con un Rastro el cual carece de certificado Zoosanitario, aviso de funcionamiento sanitario del establecimiento, acreditación de medico sanitario, certificado de salud, autorización operativa del impacto ambiental, reglamento interior del rastro, actas informativas, rampa de desembarque, corral de recepción con bascula, corrales antemortem, cajón de insensibilización, riel con altura y solidez suficiente para sostener en el aire a los animales, asimismo no es necesario utilizar, ya que los productos cárnicos los traen de otros lugares para el consumo necesario. No existe daño ecológico a las recargas acuíferas superficiales y subterráneas ya que no funciona la descarga del rastro municipal.

OP-10/28-014 Recomendación Se recomienda a la Administración Municipal tome las medidas que sean pertinentes, para poner en funcionamiento el Rastro Municipal, con el objeto de implementar los mecanismos que sean necesarios para incrementar el grado de confiabilidad en las instalaciones y el servicio para la matanza y conservación de cárnicos en condiciones de sanidad e higiene, asimismo para dar cumplimiento a la Norma Oficial Mexicana y a la Ley de Salud del Estado de Zacatecas y demás normatividad aplicable en esta materia.

Solventa y se le dará seguimiento, en virtud de que acepta la recomendación y se compromete a tomar las medidas correspondientes.

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RESUMEN DE LAS ACCIONES PROMOVIDAS

ADMINISTRACIÓN 2007-2010

ADMINISTRACIÓN 2010-2013

Abreviaciones: Rec. Recomendación, O.I.C. Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control, F.R.A. Procedimiento para el Fincamiento de Responsabilidad Administrativa F.R.R. Procedimiento de Fincamiento de Responsabilidades Resarcitorias

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Pliego de Observaciones

6 1 5 FRR 5

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

6 - - - 6

Promoción para el ejercicio de la facultad de comprobación fiscal.

1 - - - 1

Solicitud De Aclaración.

4 2 2 FRA 2

TOTAL 17 3 7 14

TIPO DE ACCIÓN DETERMINADAS

EN REVISIÓN SOLVENTADAS

DERIVADAS DE LA SOLVENTACIÓN

SUBSISTENTES Cantidad Tipo

Correctivas

Promoción para el Fincamiento de Responsabilidades Administrativas

2 - - - 2

Solicitud de Intervención del Órgano Interno de Control.

19 0 19 OIC 19

Solicitud De Aclaración.

2 1 1 REC 1

Preventivas

Recomendación 29 26 3 REC 3

TOTAL 52 27 23 25

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Notas: 1.- La fuente de la información es el Informe de Resultados de la Revisión de la Cuenta Pública Municipal 2010 del municipio en cuestión y el Informe Complementario derivado del proceso de solventación del propio informe. 2.- Cualquier solicitud de actualización sobre la información presentada podrá dirigirla a la Unidad de Enlace de la Auditoría Superior del Estado.