Métodos de Investigación en los delitos de fraude bancarios y financieros
-
Upload
maggie1958 -
Category
Education
-
view
194 -
download
8
description
Transcript of Métodos de Investigación en los delitos de fraude bancarios y financieros
UNIVERSIDAD SANTA MARIA DECANATO DE POST GRADO
ESPECIALIZACIÓN EN AUDITORIA FORENSE
MÉTODOS DE LA INVESTIGACIÓN DE LOS DELITOS DE FRAUDE
BANCARIOS Y FINANCIEROS
EQUIPO Nº 2
PARTICIPANTES:Lic. LIGIA MORALic. MILDRED SANTAMARIALic. POMPEYO AVILA
Según ANTONIO ROJASEl fraude es la distorsión, alteración y manipulación intencional de las cifras presentadas por omisión en las cantidades o revelaciones de los estados financieros.
Según VICTOR ALVARADO(Auditoria Forense)Es producto de la voluntad o intencionalidad de quien quiere obtener un beneficio en perjuicio de una persona natural o jurídica.
BASES LEGALES
MÉTODO DE INVESTIGACIÓN FINANCIERA Y BANCARIA
REVISTA NACIONAL DE ADMINISTRACION Nº 3 JULIO / DICIEMBRE 2012
Los métodos de investigación son aquellos
instrumentos que permiten utilizar para identificar y
corroborar la actividad delictiva donde el sujeto ha
generado dinero para financiar y extender, actividades
ilegales y gozar de un estilo de vida derrochador y
acumular riqueza. A su vez, permite identificar los
bienes obtenidos con dinero provenientes de la
actividad ilícita para ser decomisados y confiscados a
favor del Estado
DESCRIPCIÓN DE LA METODOLOGIA DE UN ANÁLISIS FINANCIERO
REVISTA NACIONAL DE ADMINISTRACION Nº 3 JULIO / DICIEMBRE 2012
PERFIL DE LA GESTIÓN DEL INVESTIGADO
MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN
REVISTA NACIONAL DE ADMINISTRACION Nº 3 JULIO / DICIEMBRE 2012
Nº. 1 METODO DEL EFECTIVOEste método se enfoca en el uso del efectivo que hace el investigado, en delitos como el narcotráfico, por ejemplo, la fuente primaria de ingresos es el efectivo por lo que su uso excesivo para adquirir bienes y servicios puede tomarse como un indicio de la comisión del delito de lavado de dinero por tal motivo el investigador rastrea de ese efectivo.
Nº. 2 METODO DE RASTREO DE UN DEPOSITO ESPECIFICOEste método de investigación es aplicable cuando se detecta un depósito proveniente de actividades ilícitas, y se pretende “lavar”, por lo que se le da un seguimiento especial en las cuentas del investigado y se logra determinar que dicho ingreso NO se origina por fuentes legalmente declaradas.
MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN
REVISTA NACIONAL DE ADMINISTRACION Nº 3 JULIO / DICIEMBRE 2012
Nº. 3 METODO DEL DEPOSITO BANCARIOEn este método se hace un rastreo de todas las cuentas del investigado, de las transferencias y los re-depósitos y se pude observar en se han realizado una cantidad excesiva de movimientos que no era usual en estas cuentas y por lo tanto esos ingresos no pueden ser justificados legalmente y se presumen que es una estrategia para el lavado de dinero.
Nº. 4 METODO DEL INGRESO –GASTO Aquí en este método se realiza un análisis comparativo entre los ingresos y gastos del investigado, tomando como gastos; el pago de deudas, adquisición de activos, entre otros, en este análisis se puede observar la mejoría o incremento del nivel de vida del investigado ha obtenido en los últimos meses .
MÉTODOS DE INVESTIGACIÓN
REVISTA NACIONAL DE ADMINISTRACION Nº 3 JULIO / DICIEMBRE 2012
Nº. 5 METODO DEL VALOR NETO En este método del Valor Neto realiza un análisis comparativo entre la condiciones financieras del investigado antes de la fecha en que presuntamente inició la actividad delictiva, y las condiciones de vida que posee después de la fecha en que se inicio la comisión de dicho delito.Con este método se pretende demostrar que el investigado, pese a que ha poseido los mismo ingresos, ha logrado una mejoría inexplicable de su calidad de vida, ha disminuido sus deudas y aumentado sus gastos, sin que no haya una fuente de ingreso que lo respalden, por lo cual se puede presumir que este saldo al descubierto proviene de un delito de lavado de dinero. Igualmente se puede demostrar el motivo, pues una situación económica difícil, con un alto endeudamiento y un salario que no alcanza para cubrir los gastos, constituyen una causa por la cual el investigado inició dicha actividad delictiva, con el fin de obtener los recursos que le hacían falta par cubrir sus necesidades.
RESOLUCIÓN N°: 119-10 FECHA: 9 de Marzo de 2010
La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras
Considerando
Que es necesario actualizar la normativa prudencial referente a la prevención, control y fiscalización de los delitos de Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo, que ha sido emitida (SUDEBAN), con el objeto de adaptarla a las últimas leyes que rigen la materia; así como, a los convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República Bolivariana de Venezuela y a las nuevas tendencias, recomendaciones, estándares y mejores prácticas internacionales, en concordancia con la realidad local del Sistema Financiero Venezolano, y dándole un enfoque que permita mayor efectividad en la prevención, control y detección de los riesgos tanto los riesgos legales, operacionales y de reputación que de ellos se derivan.
RESOLUCIÓN N°: 119-10 FECHA: 9 de Marzo de 2010
Art. 13 resolución
El “Oficial de Cumplimiento” Es un funcionario de nivel gerencial, responsable de verificar la aplicación de la normativa inherente a la prevención de lavados de activos y el financiamiento de delitos.
Función: 1.Promover y supervisar el cumplimiento de las políticas, procedimientos, disposiciones y controles aprobados por la Junta Directiva 2.Coordinar y Supervisar el cumplimiento de Ia normativa vigente y de los controles internos por parte de las otras dependencias administrativas, que tienen responsabilidad en Ia ejecución de los planes, programas y normas de prevención y control de riesgos
RESOLUCIÓN N°: 119-10 FECHA: 9 de Marzo de 2010
Responsabilidad del Oficial de Cumplimiento:
- Debe conocer la Legislación y Reglamentación - Conocer y comprender los servicios y canales de distribución - Debe identificar los clientes y las zonas geográficas, - Debe identificar los potenciales riesgo .
Las decisiones ejecutadas en el marco de las actividades que ejerza o adopte el Oficial de Cumplimiento, serán de observancia obligatoria por parte de todos los ejecutivos, empleados y unidades asesoras de la institución, una vez que dichas decisiones sean aprobadas por el Presidente o la Junta Directiva.
RESOLUCIÓN N°: 119-10 FECHA: 9 de Marzo de 2010
PROCEDIMIENTO DE LA INVESTIGACIÓN
EL OFICIAL DE CUMPLIMIENTO TIENE CONOCIMIENTO DEL FRAUDE
RECOPILA LA INFORMACION
REVISA LA DOCUMENTACIÓN. SE ANALIZA, SOLICITA PRUEBAS, ENTREVISTAS Y EXPERTICIAS, INTERACTUA CON LOS EXPERTOS, Y TOMAN DECISIONES
SE OBSERVA CON CLARIDAD LA MAGNITUD DEL FRAUDE Y SE TOMA LA DECISIÓN
CASO COMPLICADO CONVERSA CON PRESIDENTE
SI EL CASO SE PUEDE SOLUCIONAR DENTRO DE LA MISMA INSTITUCIÓN
RIESGO REPUTACIONAL SE REMITE UNIF
Lcdo. Pompeyo Avila
ELEMENTOS QUE DEFINEN UN FRAUDE
Para que exista un Fraude debe haber una confianza defraudada
El medio por el cual alguien se aprovecha de esta confianza es de una representación falsa de hechos materiales la cual es creída por la otra persona
El defraudador obtiene un beneficio indebido a partir de la acción de la persona defraudada, en virtud de la falsa representación
Diego Cano, Contra el Fraude, ediciones Granica, Buenos aires, 2011
Lcdo. Pompeyo Avila
Clasificación del F R A U D E :
a ) Conducta s inapropiadas (robo, hurto, apropiación indebida)
b ) Corrupción
c ) Alteraciones de Estados Financieros
Diego Cano, Contra el Fraude, ediciones Granica, Buenos aires, 2011
Acto intencional
Lcdo. Pompeyo Avila
Lcdo. Pompeyo Avila
Consecuencias del Fraude
Lcdo. Pompeyo Avila
El Rol de la Entidad Bancaria en los Delitos Financieros
El fraude como actividad ilícita algunas veces procura como medio de comisión las actividades de los Bancos y Otras Instituciones Financieras, y difiere según el tipo de intervención.
Casos en que los Bancos intervengan Accionistas, Directores, Administradores, Gerentes que pueden ser acusados penalmente
Cuando los Bancos son instrumentos en la comisión de un delito
Cuando el banco es victima de un delito contra los intereses de la organización cometido por un individuo externo a el.
Lcdo. Pompeyo Avila
CASO BANCO REAL, BANINVEST Y CANARIAS
Banco Real
Inverunion Casa de Bolsa (250
MM)
Banco Real
Transfiere 450 MM
(27/05/09)
Banco Canarias (200 MM)
Recibe de Banfoandes 450
MM(01/06/09)
Dinero recibido de Baninvest el
27/05/09
Baninvest
Un mes después
Lcdo. Pompeyo Avila
CASO ENRON
KENNETH LAYPRESIDENTE DE ENRON
BOLSA DE VALORES
MERCADO
MANIPULACION DEL MERCADO Y DOBLE
CONTABILIDAD
Lcdo. Pompeyo Avila
CASO BANCO REAL, BANINVEST Y CANARIAS
Chelsea Financial Seguros Premier
Banco Real
Compra 154 MM
(12/06/09)
Compra Seguros Premier a Chelsea
F. por 463 MM(25/09/09)
Dinero recibido de Baninvest el
27/05/09
Tres meses después
PARAISOS FISCALES EVASION DE IMPUESTOS
FUENTE: http://www.elconfidencial.com/especiales/paraisos-fiscales/2013/04/11/la-mujer-de-juan-abello-disimula-su-fortuna-entre-samoa-singapur-y-las-islas-virgenes-118615/
FRAUDES INTERNOS
Cuentas
Información confidencial
Datos de los clientes Accionistas
Proveedores
Socios
Documentos
A C C E S O I N F O R M A C I Ó N
ILÍCITOS EN ENTIDADES FINANCIERAS•Transferencias electrónicas
•Autopréstamos mediante empresas de fachada
•Carteles de fiadores prefabricados
•Captaciones de dinero ilícito por parte del banco, pagando altas tasas de interés
sin reposición de capital
• Captaciones indebidas de dinero invertidos en operaciones de bolsa
inicialmente
•Hurto al Banco en efectivo
•Movimiento de millonarias sumas del narcotráfico en bancos que abrieron
cuentas con documentación no acorde a las operaciones transadas
•Préstamos irregulares que generaron cierres de entidades bancarias con
perjuicio de ahorradores, accionistas y empleados.
EQUIPOS DE INVESTIGACIÓN EXTERNO
La Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF)
Es una Unidad “administrativa” de carácter nacional, adscrita a la SUDEBAN, que
tiene como misión solicitar, recibir, analizar, archivar y transmitir a los Fiscales del
Ministerio Público, la información financiera que requieran para realizar sus
investigaciones; así como, los Reportes de Actividades Sospechosas (RAS) sobre
Legitimación de Capitales y Financiamiento al Terrorismo (LC/FT) y otros delitos que
deben efectuar los Sujetos Obligados y todas aquellas Instituciones Financieras y
empresas regidas por Leyes Especiales.
ANTECEDENTES DE LA UNIF
Convención de VienaDeclaración de Principios
del Comité de BasileaLucha contra
LC/FT
Lucha Global contra LC/FT 40 recomendaciones
NORMATIVAS
1993
204-03. Principios de la política “Conozca su Cliente”
Supervisar su cumplimiento
333-97. "Normas sobre Prevención, Control y
Fiscalización de las Operaciones de Legitimación de Capitales Aplicables a los
Entes Regulados por la Superintendencia de las Instituciones del Sector
Bancario”Adecuar los procedimientos
a los estándares de las 40 GAFI
CREACIÓN UNIF
Unidad Contra la Legitimación de
Capitales
(UCLC) Grupo Egmont1995
Junio 1998. UCLC asume el rol de “Unidad Nacional de Inteligencia Financiera (UNIF)”
LGBOIFCreada
13/11/2001
FACULTADES DE LA UNIF• Asegurar que las empresas reguladas por la SUDEBAN, tengan sistemas y
procedimientos adecuados.• Recibir, complementar y analizar los RAS elaborados por los sujetos obligados.• Informar al MP sobre aquellos RAS que presenten vínculos con delitos de LC/FT.• Cooperar con el MP y con los Órganos de Investigación Penal Nacional e
Internacional en la búsqueda y tratamiento de información.• Intercambiar información internacionalmente.• Cooperar con el adiestramiento de los inspectores de los Organismos de Tutela,
Órganos de investigación Penal, MP, Tribunales, personal de las Instituciones Financieras.
• Representar a la SUDEBAN en eventos internacionales.• Ejercer funciones de asesoría técnica.• Realizar inspecciones regulares y/o especiales, In Situ o Extra Situ, a los sujetos
obligados en materia de prevención y control de LC/FT.• Promover la suspensión de operaciones ilegales y no autorizadas.• Solicitar la sanción administrativa a los sujetos obligados por incumplimiento a la
Normativa Legal Vigente.
MUCHAS GRACIAS