Mendigorría Mendigorriko · 2018-06-12 · “cuenta de ingresos y gastos 2017 hasta 2017 12 31...
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Ayuntamiento de
Mendigorría
Mendigorriko Udala
ACTA DE SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO PLENO
En el Salón de Plenos de la Casa Consistorial de MENDIGORRIA, a 6-4-2018,
siendo las 19:00 horas se reúnen, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde Presidente, los
Concejales que se citan más adelante, al objeto de celebrar en primera convocatoria, la
sesión ORDINARIA del Pleno del Ayuntamiento de la Villa de Mendigorría.
ASISTENTES A LA REUNIÓN:
JOSU ARBIZU COLOMO, Alcalde Presidente
OTXANDO IRURTIA IRURZUN
JOSU GOÑI ZÚÑIGA
JOSÉ ANTONIO ARIZALA YANGUAS
FRANCISCO JAVIER YOLDI ARBIZU
MARÍA ASUNCIÓN SANTAS ASÍN CASTILLO
AUSENTES:
EUNATE LÓPEZ PINILLOS
ÁLVARO SOBEJANO DE PABLO
MARÍA ISABEL NÚÑEZ GRACIA
ORDEN DEL DÍA A.- ACUERDOS RESOLUTORIOS
ORDEN DEL DÍA
1.- Lectura y aprobación del acta de la sesión anterior de fecha 23 de febrero de 2018.
Sr. Alcalde: pregunta si hay alguna observación. Se aprueba por unanimidad. 2.- Gastos Dictamen de la Comisión de Economía de fecha 28 de marzo de 2018 “ Gastos para dar cuenta al Pleno:
Kamira S. Coop. de Iniciativa Social: Gestión de la Escuela Infantil Andión de Febrero de 2018
9.102,41 €
Animsa Asociación Navarra de Informática Municipal: Servicios informáticos del primer trimestre de 2018
1.828,93 €
Editorial Aranzadi, S.A.: Legislación C.A. Navarra 2017 968,93 €
Mancomunidad de Servicios Sociales de Base Valdizarbe: General, SAD e Infanto Juvenil 2º semestre 2017 (11.709,89 €), Aportación Talleres 2017 (2.640 €), Aportación Empleo Social Protegido/Incorporación 2017 (2.738 €)
17.087,89 €
Caja de Ahorros de Navarra, Caixabank: amortización anual de cuenta de crédito
26.519,01 €
Flandes Tubía Manuel y Fco. Javier: gestiones 1er trimestre 2018 508,20 €
Iberdrola Clientes S.A.U.: electricidad de alumbrado público de Bº. Las Parras de 23/01 a 02/03/2018
1.281,95 €
Iberdrola Clientes S.A.U.: electricidad de alumbrado público de calle Estefanía Jaurrieta de 24/01 a 02/03/2018
881,36 €
Gastos para su aprobación por el Pleno:
: conexión máquina de aire e iluminación y extracción del Centro Cívico 1.992,04 €
Dual Ibérica Riesgos Profesionales SAU: Póliza RC para altos cargos y directivos
747 €
Stands Navarra, S.L.: piezas, bridas y patas para escenario 2.091,01 €
Animsa Asociación Navarra de Informática Municipal, S.A.: compra ordenador portátil HP Probook 450 G5 + Microsoft Office Estándar 2016
1.250,56 €
Se leen los gastos para dar cuenta al Pleno y se aprueban los gastos por aprobación.
Sr. Alcalde: lee los gastos.
Se aprueban los gastos por unanimidad.
3.- Reparos de intervención
“Superación de la aplicación presupuestaria en 2018:
.- 1.3110.22606 Formación inicial DESA Desfibrilador: 480,00 €
.- 1.3321.2120006 Conservación del edificio de la Biblioteca: 598,95 €
.- 1.1500.2210000 Material Técnico y Especial Servicios Generales: 4,84 €
.- 1.1510.22103 Combustible para maquinaria: Pda. 600 € 794,52 € doc. 441
.- 1.3380.2262000 Festejos populares: Pda. 172,07 € 368,81 € doc. 465
.- 1.3380.212000 Conservación Centro Cívico: Pda. 490,91 € doc. 467
Superación de la bolsa de vinculación en 2017:
1.3380.63300 Mejora de la Eficiencia Energética del Centro Cívico: 3.379,31 €”
Se informa de los reparos de intervención.”
El Pleno se da por enterado.
4.- Cuenta General del año 2017
“CUENTA DE INGRESOS Y GASTOS 2017 HASTA 2017 12 31 (16-2-2018)
GASTOS 2017
2017
CAPÍTULO DESCRIPCIÓN EUROS Porcentaje EUROS
1 PERSONAL 213.965,43 97,76 218.868,98
2 BIENES Y SERVICIOS 369.928,73 97,93 377.765,10
3 INTERESES 1.454,61 12,10 12.025,42
4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 56.527,25 88,12 64.150,28
6 INVERSIONES 72.118,76 55,98 128.839,85
7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 3.929,53 218,84 1.795,62
8 ACTIVOS FINANCIEROS
9 PASIVOS FINANCIEROS 82.242,83 100,00 82.242,83
TOTAL 800.167,14 90,34 885.688,08
INGRESOS
CAPÍTULO DESCRIPCIÓN EUROS
EUROS
1 IMPUESTOS DIRECTOS 271.934,42 107,11 253.895,06
2 IMPUESTOS INDIRECTOS 39.635,07 244,12 16.235,79
3 TASAS Y OTROS INGRESOS 71.368,20 85,52 83.450,00
4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 359.078,40 100,48 357.378,95
5 PATRIMONIALES 64.909,90 138,23 46.957,11
6
0,00
7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 18.060,06 74,92 24.107,35
8 ACTIVOS FINANCIEROS
103.663,82
9 PASIVOS FINANCIEROS 0,00
0,00
TOTAL 824.986,05 93,15 885.688,08
SUPERÁVIT 24.818,91
INGRESOS CORRIENTES 806.925,99
INGRESOS DE CAPITAL 18.060,06
GASTOS CORRIENTES 641.876,02
GASTOS DE CAPITAL 158.291,12
GASTOS FINANCIEROS 83.697,44
AHORRO BRUTO 166.504,58
AHORRO NETO 82.807,14
NIVEL DE ENDEUDAMIENTO 182,2991263 %
ÍNDICE DE CARGA FINANCIERA 0,103723812 10,37%
PORCENTAJE DE AHORRO BRUTO SOBRE INGRESOS CORRIENTES 0,206344302 20,63%
EQUILIBRIO PRESUPUESTARIO 110.991,27
Estabilidad Presupuestaria según carta de Administración Local: Equilibrio Presupuestario:
SEC Cap I-VII (sin ajustes y con ajustes)
Ingresos 824.986,05 819.066,97 Gastos 717.924,31 717.924,31 Superávit 107.061,74 101.142,66
REGLA DE GASTO:
Gasto Computable Año base 2016: 563.369,12
Tasa de referencia año 2017 1,021
Gasto computable incrementado año 2016 575.199,87
Gasto computable máximo año 2017 575.199,87
Gasto computable máximo año 2017 717.924,31
(aplicación Regla de Gasto)
- Intereses endeudamiento año 2017 1.150,02
- Gastos finalistas 104.601,41
Límite máximo de gasto no financiero 612.172,88
El presupuesto de gastos debe disminuir en 36.973,01
Inversiones Financieramente sostenibles 2017 58.329,29
Se informa de la Cuenta General del año 2017. Se aprueba por unanimidad
favorablemente para exponer al público.”
El Pleno se da por enterado.
5.- Actualización del inventario municipal a 31-12-2017
Dictamen de la Comisión de Economía, Personal y Trabajo
“Rectificación del inventario 2017
EPÍGRAFE CONCEPTO IMPORTE A 1-1-
2017 IMPORTE A 31-
12-2017
1.1 INMUEBLES 2.813.261,13 2.827.124,81
1.2 INFRAESTRUCTURAS DESTINADAS
AL USO GENERAL 3.241.460,95 3.262.830,49
1.3 BIENES COMUNALES 362.508,75 362.508,75
2 DERECHOS REALES 0 0,00
3 MUEBLES DE CARÁCTER
HISTÓRICO-ARTÍSTICO 90,15 90,15
4 VALORES MOBILIARIOS. CRÉDITOS
Y DEUDAS 108,62 108,62
5 VEHÍCULOS 24.121,43 24.121,43
6 SEMOVIENTES 0 0,00
7 MUEBLES NO COMPRENDIDOS EN
OTROS EPÍGRAFES 314.549,22 328.021,47
8 BIENES Y DERECHOS REVERTIBLES 0 0,00
9 BIENES Y DERECHOS RECIBIDOS EN
CESIÓN 0 0,00
TOTAL INVENTARIO 6.756.100,25 6.804.905,72
En Mendigorría a 2 de marzo de 2018.
El Alcalde Presidente en funciones del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría
José Antonio Arizala Yanguas
Se aprueba la actualización del inventario.
Se aprueba la actualización del inventario por unanimidad.
6.- Informe de Estabilidad Presupuestaria sobre el Presupuesto
General Único del año 2018
Dictamen de la Comisión de Economía de fecha 28-3-2018
“Se pone en conocimiento del Pleno del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría que, al suministrar información del Presupuesto General
Único del año 2018 al Ministerio de Hacienda y Función Pública el 15 de
marzo de 2018, se ha puesto de manifiesto que el Ayuntamiento de la Villa
de Mendigorría cumple el objetivo de la Estabilidad Presupuestaria y tiene
una deuda viva prevista a 31-12-2018 de 1.428.640,02 €.”
Se informa del informe de intervención de Estabilidad Presupuestaria
sobre Presupuesto de 2018.”
El Pleno se da por enterado.
7.- A propuesta del Ayuntamiento de Obanos: Convenio para la cesión de 14,93
Has de Mendigorría al Coto de Obanos, para que puedan constituirse como coto.
La Comisión de Agricultura aprueba la propuesta del Ayuntamiento de Obanos
para la cesión de 14,93 has. de Mendigorría para constituir el coto de Obanos.
“MODELO ACUERDO DEL AYUNTAMIENTO DE MENDIGORRÍA
Estudiada la petición del señor Alcalde de la localidad de Obanos, al objeto de
incorporar al proyecto de acotado de esa localidad de Obanos una superficie de 14,93
hectáreas de los terrenos de esta jurisdicción limítrofes con Obanos, que a los efectos
oportunos se determinan.
CONSIDERANDO que la aportación no produce variación alguna en las poblaciones
cinegéticas o de especies protegidas, ni afecta a la estructura interna del coto de esta
localidad, ni supera el porcentaje del 30% establecido por el artículo 15 del reglamento
para el desarrollo y ejecución de la Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de caza y
pesca de Navarra.
Que la modificación solicitada por Obanos para la formación de un nuevo acotado,
careciendo de interés crematístico, reviste un interés de carácter general y público, que
se manifiesta en sus diversas vertientes de carácter social, cultural, deportiva,
medioambiental, etc…, conlleva acciones específicamente dirigidas a la protección y
control de las especies cinegéticas, limitando así los cuantiosos daños en las fincas
agrícolas.
En razón de cuanto más arriba se ha expuesto, por el ayuntamiento se ACUERDA:
1º.- Acceder a lo solicitado por el Ayuntamiento de Obanos al objeto de incorporar los
terrenos solicitados al proyecto de acotado local de caza que tramita por esa localidad.
2º.- Tramitar ante la dirección general de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio,
solicitud de modificación de límites del coto de caza de esta localidad de Mendigorría.
3º.-´conceder al señor Alcalde poder tan amplio como fuese necesario para la ejecución
de cuantas acciones se precisen para la ejecución del presente acuerdo.
4º.- Notificar este acuerdo a los interesados.” Sr. Yoldi: se va a constituir el coto de caza, el Ayto de Obanos precisa una superficie para que pueda constituirse como coto. Se vio en la Comisión y los cazadores están de acuerdo. Se cede la superficie de 14,93 has. Votación: 5 votos a favor y una abstención. Se aprueba la propuesta por el resultado obtenido.
8.- Constitución del Coto de Caza
- Solicitudes de exclusión.
- Terrenos a acotar con mapa.
- Identificación de titulares.
- Procedimiento adjudicación directa.
- Condiciones de la adjudicación (Sociedad de Cazadores San Humberto).
“CONTENIDO MÍNIMO DEL ACUERDO DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO/ DEL
CONCEJO…
El Ayuntamiento de la Villa de Mendigorría
NIF P3116700J Calle Plaza de los Fueros núm. 1_______ piso ______ Localidad
Mendigorría código postal 31150 teléfono 948340011 y correo electrónico a efecto de
notificaciones: [email protected], con fecha 6 de abril de 2018 ha acordado
lo siguiente:
1º.- Solicitar del Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración
Local, la constitución de un coto de caza Local que comprenda los terrenos de los
siguientes términos:
Mendigorría_______________________________________________________________
_______________________________________________________________________
2º.- La cesión de los terrenos se obtendrá de
forma: (señalar con una X el procedimiento
establecido por la entidad local) EXPRESA
(Mediante la autorización escrita de cada
propietario)
X TÁCITA (Mediante la publicación del anuncio del
proyecto de constitución del coto de caza en
el Boletín Oficial de Navarra y en los
medios de publicidad habituales de la
entidad local)
3º.- (Cumplimentar este punto solamente cuando en el coto participe más de una entidad local, ya que
cuando sólo participa una ésta es la titular del coto)
Designar como titular del coto, en representación de las entidades locales que
participan en el mismo, a (indicar la entidad local) ____________________________
_______________________________________________ NIF: __________________ con
domicilio en C/ ______________________________ nº ______ piso ________ Localidad
___________________ código postal ____________ teléfono ___________
Correo electrónico a efecto de notificaciones: _________________________________ .
ACUERDO. MOD. 2 (pág. 2)
4º.- Establecer el plazo de duración de dicho coto para un período de 10 años
___________ temporadas de caza (máximo 10 temporadas), siendo la última, la temporada 2027
/2028.
5º.- Establecer el siguiente procedimiento de adjudicación del aprovechamiento:
(indicar si es un único aprovechamiento o más de uno, y el procedimiento de adjudicación del mismo o
de cada aprovechamiento: Si es por adjudicación directa a la Asociación Local de Cazadores; por
subasta o concurso público; o gestión directa por el titular del coto)
Único aprovechamiento que se adjudica directamente a la Asociación Local de
Cazadores____________________________________________________________________________
_____
_________________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________________
6º.- Aprobar las condiciones para la adjudicación del aprovechamiento cinegético
del coto, las cuales se recogen en documento adjunto (se refiere al borrador del Pliego de
Adjudicación del aprovechamiento en el caso de una adjudicación directa a la sociedad
local de cazadores. Una vez constituido el coto y recepcionada en la entidad local la
Resolución correspondiente, la entidad local titular debe llevar a cabo la adjudicación
definitiva del aprovechamiento. El Acuerdo de la entidad local titular con la adjudicación
definitiva y el Pliego de Adjudicación firmado por las partes deben ser remitidos al
Departamento en el plazo de un mes desde su ejecución).
Mendigorría a 6 de abril de 2018
(Firma del Alcalde y sello de la entidad local)”
“- El Ayuntamiento no admite la solicitud, presentada fuera de plazo, de la
Parroquia de Mendigorría. No obstante, valorando la petición y posibles riesgos, estima
incluir de la zona de caza la parcela rústica 3 del polígono 10, correspondiente al monte
Andión.
- Se aceptan las condiciones presentadas por la Sociedad de Cazadores de
Mendigorría presentada el 14/03/2018 en la que se especifica el precio a pagar al
Ayuntamiento en 2.500 € + 21% = 3.025 menos el 25% de las mejoras que se invertirán
en el coto = 2.268,75 €.”
“Sociedad de Cazadores de Mendigorría
Marzo 14/03/2018
Condiciones generales para admitir nuevos socios en la sociedad de caza:
Socio Local
En el momento que se empadrone en Mendigorría obtendrá el derecho a ser
socio del coto y si algún día se desempadrona del pueblo perderá tales derechos
y podrá ser expulsado.
Socio Foráneo
Aquellos que no cumplan los requisitos anteriormente escritos como socios
locales serán foráneos. Serán permisos que se expedirán por año.
Tanto los socios locales como foráneos tendrán los mismos derechos y deberes para
todas actividades que realice dicha asociación en el coto.
El foráneo pagará el máximo permitido por la Ley
Propuesta de arrendamiento de la sociedad de cazadores de Mendigorría al
Ayuntamiento:
2.400 euros + 21% IVA = 3.025 euros
A este precio habrá que descontar el 25% que el coto invertirá en la mejora de las
poblaciones animales y sus hábitats.
3.025 euros – 25% = 2.268,75 euros.”
Sr. Yoldi: se va a constituir el coto, estuvo expuesto al público y ha habido
algunas exclusiones. La exclusión del bosque de Andión fue presentada fuera de plazo
pero estimamos que procede excluir la parcela 3 del polígono 10. Se ha llegado a
acuerdo con la Sociedad de Cazadores. Se fijan las condiciones para socio local y
foráneo: el que se empadrone tendrá derecho de ser socio, si se desempadrona podrá ser
excluido. El precio de foráneo será el máximo permitido por la Ley, 50% más. Se fija la
adjudicación directa a la Sociedad de Cazadores.
Sr. Yoldi: la finca 3 del polígono 10 en el texto de la propuesta debe ser
“excluir” y no “incluir” como figura.
Sr. Yoldi: respecto a las mejoras del coto deberá ser el 25% de la base
imponible: 2.400.
Se aprueban las propuestas por 5 votos a favor y una abstención.
9.- Ofertas para subasta de terrenos comunales de cultivo
Dictamen de la Comisión de Agricultura de fecha 28-3-2018
“Se adjudica a J.P.A.H. la finca 12, 92 A de 26.113 m2 a 14 €. Y a A.S.M.E la
parcela 69 A y B del polígono 8 a 13,10 €
Una vez pasado el sexteo se adjudicará definitivamente por el Pleno.”
Sr. Yoldi: son fincas que tenía un agricultor, se rescindieron los contratos por
falta de pago. No se pueden cultivar pero pueden tener interés para las Declaraciones de
la PAC. Quedó desierta la parcela restante. Se propone sacar a segunda y tercera subasta
con el 10% y el 20% de rebaja respectivamente.
Se aprueban las propuestas por unanimidad.
10.- Declaración Institucional del Ayuntamiento como “Zona Libre de
Transgénicos” “Prohibición del uso de glifosato” y apuesta firme por productos de
cercanía y ecológicos.
MENDIGORRÍA Ayuntamiento de Mendigorría Fecha de envío Asunto: Declaración institucional del
Ayuntamiento de Mendigorría como “Zona Libre
de Transgénicos”, prohibición del uso de glifosato
y apuesta firme por productos de cercanía y
ecológicos.
Estimado/a Sr/a. Alcalde/sa y portavoces de los
grupos municipales:
Las organizaciones abajo firmantes nos ponemos
en contacto con usted para solicitarle que su
municipio tome medidas activas para declararse
institucionalmente como “Zona Libre de
transgénicos”, prohibir el uso de glifosato y
apostar firmemente por productos locales y
ecológicos en los establecimientos cuya gestión
dependa del ayuntamiento.
Consideramos que el cultivo de organismos
modificados genéticamente (OMG) o transgénicos
y el uso del herbicida glifosato suponen una grave
amenaza para un modelo de agricultura y
alimentación sostenible y para la salud pública,
además de entrañar efectos socioeconómicos
negativos.
La agricultura y ganadería sostenible de base
social que fije la población en el medio rural, que
conserve los recursos naturales y que valorice los
recursos locales para producir alimentos de
calidad sería una alternativa a considerar. La
agricultura y la ganadería ecológica ha
experimentado un crecimiento vertiginoso en el
Estado Español y es un motor para la creación de
empleo y riqueza, incluso durante la difícil
situación económica del momento.
Para garantizar la conservación de nuestra cultura,
de nuestro medio ambiente, de una producción
agraria de calidad, la economía local y la salud de
la ciudadanía, es necesario que se haga una
apuesta por un modelo agrario más sostenible.
MENDIGORRIA Mendigorriko udala Bidalketa data Gaia: Mendigorriko Udalaren Adierazpen instituzionala “Transgenikorik gabeko eremua” izendatu, glifosatoen erabilera debekatu eta gertuko eta produktu ekologikoen alde borrokatzeko. Alkate jaun/andre eta udal taldeetako eledun agurgarriak: Behean sinatzen dugun erakundeok zurekin harremanetan jartzen gara zure udalerrian, maila instituzionalean, neurri eraginkorrak har daitezen eskatzeko. Besteak beste, “Transgenikorik gabeko eremua” izendatu, glifosatoen erabilera debekatu eta udalaren menpekoak diren saltokietan produktu ekologikoen aldeko aldarri tinkoa egin. Genetikoki eraldatutako organismoak (GEO) edo transgenikoak eta glifosato herbizidaren erabilera mehatxu larria da laborantza eta elikadura jasangarriaren ikuspuntutik eta zer esanik ez osasun publikorako, eragin sozioekonomiko negatiboak ekartzeaz gain. Alternatiba bezala, aintzat hartu beharkolitzateke oinarri sozialeko laborantza eta abeltzaintza jasangarria, biztanleak landa eremuan finkatzen dituena, baliabide naturalak zaindu eta tokiko baliabideak baloratzen dituena, kalitatezko elikagaiak ekoiztea baitute helburu. Laborantza eta abeltzaintza ekologikoa egunetik egunera gora egiten ari da Espainiar Estatuan, aberastasuna eta lanpostuak sortzeko motorra da, baita egungo egoera ekonomiko zail honetan ere. Gure kulturaren eta ingurumenaren kontserbazioa bermatzeko, kalitatezko laborantza ekoizteko, tokiko ekonomia eta biztanleriaren osasuna zaintzeko, beharrezkoa da laborantza eredu jasangarriagoaren aldeko apustua egitea. Horregatik Udalari proposatzen diogu egoki jotzen dituen tramiteak has ditzan, konpromiso hauek hartuta:
Por todo ello, proponemos que el Ayuntamiento
de inicie los trámites oportunos para:
*Declararse institucionalmente como “Zona Libre
de Transgénicos”
*Dejar de utilizar glifosato en aquellas áreas cuya
gestión depende del ayuntamiento (parques,
jardines, huertos públicos, conservación de
carreteras y caminos…)
*Fomentar la producción ecológica y apostar por
el consumo de productos locales y ecológicos en
los establecimientos en que el municipio tenga
competencias (colegios, residencias,
administración pública, actos públicos y festejos,
comedores sociales, hospitales o centros de
salud....)
Con este documento se adjunta más información
sobre cada una de las propuestas. No obstante,
desde las organizaciones firmantes estamos a su
disposición para enviarles más información o
mantener una reunión con ustedes sobre este
tema. Para ponerse en contacto con nosotros,
pueden escribir a: (eposta)
Quedamos a la espera de su respuesta,
Atentamente, las organizaciones firmantes:
Amigos de la Tierra
CECU
COAG
Greenpeace
Red de Semillas
Colectivo Lantxurda Taldea.
CPAEN
EHNE
ECOLOGISTAS EN ACCIÓNEKOLOGISTAK
MARTXAN
*Erakunde mailan “Transgenikorik gabeko
eremua” izendatu.
*Udalaren menpekoak diren esparruetan
(parkeak, lorategiak, baratza publikoak, errepide
eta bideen kontserbazioa…) glifosatoa erabiltzeari
utzi.
*Udalak eskumena duen establezimenduetan
(ikastetxeak, egoitzak, administrazio publikoak,
ekitaldi publikoak eta jaiak, jantoki sozialak,
ospitalea edo osasun zentroa....) bertakoak eta
ekologikoak diren produktuen kontsumoaren alde
egin, eta ekoizpen ekologikoa sustatzeko
kopromezua hartu.
Agiri honekin proposamenen gaineko informazio
gehiagoa atxikitzen da. Hala ere, sinatzen dugun
erakundeok prest gaude informazio gehiago
bidaltzeko edo zurekin biltzeko gaiaz hitz egiteko.
Gurekin harremanetan jarri nahi izanez gero,
posta elektroniko honetara idatz dezakezu:
(eposta)
Zure erantzunaren zain geratzen gara,
Adeitasunez, erakunde sinatzaileok:
Amigos de la Tierra
CECU
COAG
Ecologistas en Acción
Greenpeace
Red de Semillas
Lantxurda Taldea.
CPAEN
EHNE
EKOLOGISTAK MARTXAN
LANDARE
MUGARIK GABE
LANDARE
MUGARIK GABE
MUNDUBAT
SUSTRAI ERAKUNTZA
Se acuerda :
MENDIGORRÍA
1.-Declarar el municipio de Mendigorría como
“Zona Libre de Transgénicos”.
2.- Este ayuntamiento dejará de utilizar glifosato
en aquellas áreas cuya gestión depende del mismo
(parques, jardines, huertos públicos, conservación
de carreteras y caminos…).
3.-Este ayuntamiento se compromete firmemente
en el fomento de la producción ecológica y en la
apuesta por el consumo progresivo de productos
de cercanía y ecológicos, en los establecimientos
en que el municipio tenga competencias (colegios,
residencias, administración pública, actos públicos
y festejos, comedores sociales, hospitales o
centros de salud....).
4.-Se resuelve así mismo el poner la declaración
en conocimiento de:
-El Ministerio de Agricultura, Alimentación y
Medio Ambiente
-El Departamento de Desarrollo Rural, Medio
Ambiente y Administración Local.
-La Mancomunidad de municipios, consorcios de
desarrollo, municipios hermanados, u otros
organismos que pudieran estar interesado en
sumarse a la iniciativa.
5.- Que consideramos imprescindible en este
proceso informar a la ciudadanía, especialmente
al sector dedicado a la agricultura, de la decisión
adoptada: ruedas de prensa, charlas informativas,
etc...
MUNDUBAT
SUSTRAI ERAKUNTZA
Adosten da:
MENDIGORRIA
1.-Izendatu Mendigorria Udalerria “Transgenikorik
gabeko eremua”.
2.- Udal honek bere eskumenekoak diren
esparruetanglifosatoa erabiltzeari utziko dio.
Besteak beste, parkeetan, lorategietan, baratza
publikoetan, errepide eta bideen kontserbazioan.
3.- Udal honek eskumena duen
establezimenduetan (ikastetxeak, egoitzak,
administrazio publikoak, ekitaldi publikoak eta
jaiak, jantoki sozialak, ospitalea edo osasun
zentroa....) ekoizpen ekologikoa tinko sustatu eta
tokian tokiko produktu ekologikoen aldeko
kontsumoa progresiboki bultzatzeko konpromisoa
hartzen du.
4.- Halaber, adierazpena honako hauei a ditzera
ematea erabakitzen du:
- Nekazaritza, Elikadura eta Ingurumen
Ministerioa.
- Landa Garapeneko, Ingurumeneko eta Toki
Administrazioko Departamentua.
- Udalerrien Mankomunitatea, Garapenerako
Patzuergoak, udalerri elkartuak edo ekimenean
interesa izan dezaketen bestelako erakundeak.
5.- Prozesu honetan ezinbestekotzat jotzen dugu
hiritarrak jakitun izatea hartutako erabakiaz,
bereziki nekazaritza arloko pertsonak.
Prentsaurreko, informazio hitzaldi eta abarren
bitartez.
6.- Modu berean erabakiaren berri emanen zaie
sinatzaile guztiei, ekimen honi gehitzen zaion
udalerrien zerrenda eguneratua egon dadin.
Horretarako adierazpena posta honetara
helaraziko da: [email protected].
6.-Que igualmente se deberá informar sobre lo
decidido a las organizaciones firmantes de esta
carta, para tener constancia de los municipios que
se van sumando. Para ello, enviaremos la
declaración a: [email protected].
7.-Designar a una persona (concejal/a, técnica/o o
persona del ayuntamiento o de la sociedad civil)
para que realice el seguimiento de la declaración y
sirva de referencia a la hora de buscar información
sobre el tema.
Sometida la propuesta a debate y votación, ésta
es aprobada por [unanimidad o mayoría] de los
presentes, con los siguientes votos:
A favor:
En contra:
Abstenciones:
Y para que conste y surta efecto donde proceda,
expido el presente certificado de orden y con el
visto bueno del Sr. Alcalde/Sra. Alcaldesa
NOMBRE Y APELLIDOS
y con la salvedad prevista en el artículo 206 del
R.O.F.,
En Mendigorría a ....… de …………….. de ………...
Vº Bº
7.- Pertsona bat izendatuko da (zinegotzia,
teknikaria, udal langilea edo gizarte eragilea)
adierazpenaren jarraipena egin dezan eta gaiari
buruzko informazioa bilatu behar denean,
erreferentzia izan dadin.
Bileran egon direnek proposamena eztabaidatu
eta bozkatu ondoren, onartua izan da (aho batez
edo gehiengoz) ondoko botokopuruarekin:
Alde:
kontra:
Abstentzioak:
Eta behar den tokian horrela ager dadin eta
ondorioak izan ditzan, agindurako ziurtagiria
sinatzen dut Alkatearen oniritziarekin.
IZEN-ABIZENAK
eta 206. artikuluan aurreikusten den
salbuespenarekin,
Mendigorria(e)n, ……..ko ..………ren …….an
Oº Iº
Sr. Yoldi: ya se ha visto en dos comisiones y hemos tenido una charla sobre el tema. Lee la
propuesta.
Se aprueban las propuestas por cinco votos a favor y una abstención.
11.- Pliego piscinas
Dictamen de la Comisión de Educación de fecha 28-3-2018 “El Pleno del Ayuntamiento de la Villa de Mendigorría, en sesión ordinaria del Pleno de fecha 7 de Abril de 2017 aprobó el siguiente pliego: “Pliego de cláusulas para el arriendo del bar de las piscinas
“Pliego de cláusulas para la contratación del bar de las piscinas
El Ayuntamiento de Mendigorría ostenta la titularidad de las piscinas municipales de Mendigorría
situadas en el Camino de la Sierra s.n. Para la gestión durante la temporada de verano de 2018 va a
proceder a la licitación del contrato de gestión del servicio del bar de las piscinas, de acuerdo con
las siguientes condiciones:
1. La apertura de las Piscinas Municipales al público se iniciará el día de junio que se determine
oportunamente y terminará el día de septiembre que también se fijará. Por lo que antes del día 31
de Mayo, los adjudicatarios del arrendamiento, deberán tener preparadas las instalaciones,
dejándolas en perfecto estado para la inspección que para su apertura realizará el personal
sanitario correspondiente municipal y personal del Gobierno de Navarra. Los trabajos contenidos
en este condicionado exigen la presencia continua en las instalaciones durante toda la temporada
de una persona, para vigilancia de portería y apertura de bar.
2. LA PERSONA QUE SEA ADJUDICATARIA DEBERÁ PERMANECER EN EL
RECINTO DURANTE EL TIEMPO DE APERTURA DE LAS PISCINAS (LOS FINES DE
SEMANA Y FESTIVOS, SE ENCARGARÁ DE LA LIMPIEZA DE BAÑOS Y
VESTUARIOS, EL AYUNTAMIENTO SE HARÁ CARGO DE LA LIMPIEZA DEL
VASO, DEL CESPED Y PROPORCIONARÁ AYUDA DE PORTERIA)
La persona encargada de la taquilla y el bar deberá permanecer en el puesto de
recepción y taquilla durante el tiempo de apertura de las piscinas y será el responsable de velar
por el correcto funcionamiento de la taquilla. (Los fines de semana y festivos tendrá ayuda en la
taquilla pero será el adjudicatario el responsable último)
El adjudicatario podrá prolongar las fechas de apertura y cierre del bar si así lo exigiera
el servicio de bar de las piscinas desde el 2-6-18 hasta el 30-9-18
3. Mantendrá la vigilancia de las instalaciones: vestuarios y césped, con el fin de que los bañistas las
respeten y usen debidamente.
4.
Se encargará de prestar y controlar las llaves de las instalaciones polideportivas (frontón,
campo de futbol), así como cerrarlas al mismo tiempo que las piscinas.
5. Exigirá en cualquier momento a los usuarios, si lo creyera conveniente, la entrada o el carnet de
abonado.
6. La hora de apertura podrá adelantarla si lo estima oportuno. La hora de cierre de las
instalaciones será a la 1 de la madrugada. El horario durante las fiestas será de 12 de la mañana
a 6 de la tarde, excepto si se diera el caso de celebrarse alguna actividad para las niños durante
fiestas, deberán adaptarse los horarios de cierre a la duración de la fiesta (sin sobrepasar en ningún
caso las 8 de la tarde). EL 15 DE AGOSTO LAS PISCINAS PERMANECERÁN CERRADAS.
7. Podrá vender chucherías, helados, bebidas alcohólicas, comidas varias siendo los beneficios
económicos para él.
8. Los ingresos de la taquilla serán para el ayuntamiento. El adjudicatario llevará un registro de la
recaudación detallando ingresos por entradas y por abonos. El adjudicatario será responsable de la
recaudación y de ingresarla en la caja.
9. Será el adjudicatario responsable directo y comunicará al Ayuntamiento cualquier anomalía que
existiera en las instalaciones.
10.El Ayuntamiento podrá rescindir el contrato al Encargado de las piscinas si no cumpliera total o
parcialmente sus obligaciones. El ayuntamiento se reserva el derecho a admitir o rechazar las
proposiciones presentadas conforme a la legislación vigente.
11.El adjudicatario se deberá dar de Alta en la Seguridad Social en el convenio que corresponda, en
la forma que proceda y cumplir todos los requisitos para la manipulación de alimentos. Será
responsable de las mercancías y demás enseres de su propiedad que haya en las instalaciones. El
adjudicatario se hará cargo de los planes de control higiénico sanitario del bar y de las
obligaciones de prevención de riesgos laborales.
12.El Ayuntamiento se hace cargo de los gastos de electricidad, gas y agua.
13.El plazo de adjudicación será del 2-6-18 al 30-9-18
14.El precio de los productos que venda no podrá superar a los precios que cobran los
establecimientos del pueblo.
15.Fuera del horario de piscinas no se podrá pasar a la zona de hierba ni de piscinas.
16.Si se producen averías por el mal uso por parte del arrendatario, deberán correr por su cuenta.
17.El menaje correrá por cuenta del arrendatario.
18.En el supuesto de robo, hurto o daños tanto en las mercancías como en las cámaras
frigoríficas será responsable de los mismos el adjudicatario.
19.No se permitirá fumar en el recinto cerrado, bar de las piscinas.
20.En los casos de enfermedad o accidente del adjudicatario, por cuyo motivo cause baja en el
trabajo, viene obligado a designar la persona que ha de sustituirle en el servicio y que será
propuesta al Ayuntamiento para que resuelva lo que proceda.
21.No podrán tomar parte en este concurso todas aquellas que sean morosos a los Fondos
Municipales por cualquier concepto. El Ayuntamiento podrá decidir por la persona que estime
más idónea para la conservación de las instalaciones y rechazar todas o alguna de las ofertas.
22.Los citados servicios del presente concurso, no dan derecho alguno al adjudicatario para
considerarlo como funcionario ni empleado municipal, renunciando solemnemente a cualquier
derecho que la vigente legislación laboral le pudiera reconocer.
23.Las ofertas se presentarán en pliego cerrado en sobre que contendrá tres sobres:
1.- Sobre con documentación administrativa: copia auténtica del DNI o CIF y escritura de la
Sociedad.
2.- Oferta técnica.
3.- Oferta económica
24. El plazo de presentación de ofertas concluirá a los veinte días de la inserción del oportuno
anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento.
25. La documentación administrativa y la oferta técnica se abrirán en acto interno y se valorará esta
última.
26. Las ofertas económicas se abrirán en acto público, previo conocimiento de la valoración de la
oferta técnica, que tendrá lugar en la fecha y hora que se anunciará con la publicidad de la licitación.
27. El contrato se adjudicará a la oferta más ventajosa de acuerdo con los siguientes criterios:
1.- Oferta económica: hasta 5 puntos que se asignarán a la oferta económica más alta y al
resto en forma proporcional directa, teniendo en cuenta el importe de las ofertas.
2.- Oferta técnica: hasta 95 puntos en función de las mejoras que pueda presentar el oferente
en relación al servicio.
28. La valoración de las ofertas se efectuará por la Comisión de Educación del Ayuntamiento de
Mendigorría.
29. La adjudicación se efectuará por el Pleno municipal y se hará pública en el Tablón de Anuncios y
se notificará a los licitadores.
30. Contra el presente pliego pueden interponerse los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir
del día siguiente al de la notificación de esta resolución.
b) Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Navarra,
en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o
c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha
de notificación de esta resolución."
Lo anterior sin perjuicio de poder interponer la oportuna reclamación en materia de
contratación pública ante el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Navarra, en el plazo de
diez días naturales desde la publicación de este pliego.”
Lo que se hace público en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría para la presentación de ofertas durante el plazo de 20 días hábiles desde la inserción de
este anuncio.
En Mendigorría a 6 de abril de 2018.
El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la Villa de Mendigorría
Iosu Arbizu Colomo”
Sr. Goñi: se trata de generar algo de empleo y liberar a los trabajadores del
Ayuntamiento. El pliego es similar al del año pasado. Pueden tener ayuda el fin de
semana en taquilla y limpieza de la zona verde.
Sr. Irurtia: se ha matizado el punto 2 con el siguiente texto: "La persona encargada de la taquilla y el bar deberá permanecer en el puesto de recepción y
taquilla durante el tiempo de apertura de las piscinas y será el responsable de velar por el correcto
funcionamiento de la taquilla.
Los fines de semana y festivos, se encargará de la limpieza de baños y vestuarios; el ayuntamiento
se hará cargo de la limpieza del vaso, del césped y proporcionará ayuda de portería, pero será el
adjudicatario el responsable último de la taquilla.
El adjudicatario podrá prolongar las fechas de apertura y cierre del bar si así lo estimara el
servicio de bar de las piscinas desde el 2-6-18 hasta el 30-9-18.”
Se aprueba el pliego por unanimidad. 12.- Modificación Ordenanza Escuela Infantil Dictamen de la Comisión de Educación de fecha 28-3-2018
“Se informa del cambio que se va a dar en la Ordenanza de la Escuela Infantil y se aprueban
por unanimidad.”
Sr. Irurtia: se presenta como ordenanza nueva la vieja con algunas modificaciones: en el punto
2 se suprime la fecha. En el artículo 4 en el apartado d) se ha añadido qué plazas se priorizarán si hay
más demanda que oferta. En el capítulo VII, artículo 14, quisiéramos informar que la Comisión que
se tiene que formar recoja a todos los grupos y a la Mancomunidad de Servicios Sociales de Base; se
formaría una especie de Consejo Escolar. El artículo 19 se ha matizado un punto sobre enfermedad
de los niños o niñas por fiebre, por si fuera contagioso. La anteúltima hoja se corrige porque lo que se
hacía para un año concreto ahora se generaliza; se deja a la adaptación de las fechas cada año por
Educación. En cuanto a solicitud de plazos y documentación se adapta. En cuanto a las plazas
ofertadas se modifica porque dependerá de los ratios de Educación y la adjudicación se realizará
según la demanda en euskera y castellano; se deja abierto a los ratios que fije Educación, Escuelas
Rurales. El Ayuntamiento fijará las fechas cada año y lo hará público. Las tarifas serán según lo fije
Educación. Se incluye esta ordenanza como nueva con los textos recogidos.
Se aprueba por unanimidad inicialmente la nueva ordenanza de la Escuela Infantil Andión
Haur Eskola.
13.- Solicitud de subvención
Dictamen de la Comisión de Educación de fecha 28-3-2018
“Solicitar la subvención de la Dirección General de Universidades y Centros Educativos a la
que presentaremos el proyecto de mejora energética y eficiencia de la iluminación del Colegio Julián
María Espinal Olcoz.
Se informa a la Comisión de la solicitud de subvención y se acuerda por unanimidad
solicitarla por valor de 21.464,19 € para que conste en el Pleno y se pueda presentar al Gobierno de
Navarra.”
Sr. Irurtia: se hizo una documentación para solicitar ayudas europeas. No se pudo presentar y
ahora cabe solicitar al Departamento de Educación. Se vio en el Consejo Escolar.
Se aprueba por unanimidad solicitar la subvención.
14.- Ratificación de acuerdos de la ORVE.
Dictamen de la Comisión de Urbanismo de fecha 28-3-2018
“Se informa a la Comisión de los acuerdos y la Comisión aprueba llevar a Pleno para ratificar los
acuerdos.”
Sr. Arizala: se trata de ratificar los acuerdos de la Orve de la Comisión de 26 de febrero de 2018:
cuentas: ingresos 333.595,29 euros; gastos 286.000,05 euros. Con un superávit de 47.595,24 euros
Se aprueba 330.304,59 € de presupuesto de ingresos y gastos de 2018. La tasa de asesoramiento será
de 32 €/hora.
Se aprueba por unanimidad ratificar los acuerdos de la ORVE.
15.- Aprobación provisional de modificación de NN.SS. y segundo anexo sobre construcciones de
apoyo a la horticultura.
Dictamen de la Comisión de Urbanismo de fecha 28-3-2018
“Se informa a la Comisión de lo que se ha modificado, lo que se ha añadido… y se está esperando la respuesta.
Se aprueba provisionalmente y el punto 4 también se aprueba provisionalmente a la espera de contestación.”
Sr. Arizala: hubo petición de aclaraciones y modificaciones. Se acordaría aprobar provisionalmente la
Modificación del artículo 4.3.2. de las Normas Subsidiarias y el anexo 2 para la contestación.
Se aprueba por unanimidad provisionalmente la propuesta.
16.- Aprobación provisional de Modificación del Plan Especial Independiente y segundo anexo para
zona de implantación de casetas de aperos.
Dictamen de la Comisión de Urbanismo de fecha 28-3-2018
“El punto 4 también se aprueba provisionalmente a la espera de contestación”.
Sr. Arizala: es igual al punto anterior, aquí se propone aprobar provisionalmente la modificación del
Plan Especial Independiente y el 2º anexo. Puede que haya problemas en el Plan Especial de Bajocampo y
CampoLarraga y se estima que la construcción de casetas pueda ser por lote.
Sr. Arizala: según el POT no se podrá hacer más de una caseta por parcela. No se modifican las
Normas sino que se actualizan las superficies.
Votación: se aprueba la propuesta por unanimidad.
17.- Aprobación de nombre de calle.
Dictamen de la Comisión de Urbanismo de fecha 28-3-2018
“Poner en bilingüe Calle Cuesta de Las Pilas y adjudicar a la casa de J. M. el número 1 se aprueba en
la Comisión.”
Sr. Alcalde: al actualizar el catastro se da un problema con la duplicidad de número y calle. Queda por
aprobar el nombre nuevo de la calle: “Urasken aldapa Kalea” “Calle Cuesta de Las Pilas”. Se asigna el nº 1 a la
casa de Jesús Muro, al que se ha consultado.
Se aprueba la propuesta por cinco votos a favor y una abstención.
18.- Recurso presentado ante el TAN contra concesión de licencia de actividad de Mini-central de
Electra Laber S.L.
Dictamen de la Comisión de Urbanismo de fecha 28-3-2018
“Se informa a la Comisión que se nos ha requerido informe al Ayuntamiento y nosotros haremos
nuevamente el informe y lo enviaremos informe Orve, abogado y secretario.
A la Comisión se enseña tanto el informe del secretario como el de la Orve y se está esperando el
del abogado. Se acuerda la propuesta del secretario que es lo dicho anteriormente.”
“Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de la Villa de Mendigorría:
1.- Se decide remitir el expediente de licencia de actividad clasificada para minicentral hidroeléctrica
de Electra Laber S.L., en el paraje de El Molino de Mendigorría, al Tribunal Administrativo de Navarra
(Recurso de Alzada número 18-00292).
2.- Se aprueba el informe a remitir al Tribunal Administrativo de Navarra.
3.- Se notifica el presente Acuerdo al Tribunal Administrativo de Navarra, a Beriteguía S.L. y a Electra
Laber, S.L. A esta última al efecto de que en el plazo de diez días hábiles pueda comparecer ante
este Tribunal si desea oponerse a las pretensiones de la actora.
El presente es un acto administrativo de trámite que no pone fin a la vía administrativa, y
frente al cual no cabe interponer recursos, sin perjuicio de que los interesados puedan adoptar las
medidas y decisiones que estimen oportunas.”
Sr. Arizala: se ha presentado una recurso ante el TAN por Beriteguía frente a la licencia de actividad
clasificada. Se han pedido informes a la ORVE, abogado y secretaría. El abogado no ha podido remitirlo. Están
el de la ORVE y secretaría. Lee la propuesta. Nosotros enviamos el expediente, aprobamos el informe de
secretaría y ORVE, y notificamos a los interesados.
Votación de la propuesta: se aprueba la propuesta por cinco votos a favor y una abstención.
19.- Aprobación de cláusulas administrativas para la cesión de parcela a Nedgia Navarra S.A. para
almacenamiento de depósitos de Gas Natural.
Dictamen de la Comisión de Urbanismo de fecha 28-3-2018
Se informa a la Comisión que se ha preparado un pliego. Se aprueba inicialmente el expediente de
desafectación y pliego de cláusulas administrativas para la cesión de uso de las parcelas que se utilizarán para
almacenamiento y distribución de Gas Natural. Se acuerda poner una fianza de 10.000 € para
desmantelamiento
“PLIEGO DE CONDICIONES QUE FORMULA EL AYUNTAMIENTO DE MENDIGORRIA PARA LA CESION DE USO DE TERRENOS COMUNALES
CLAUSULA 1ª. Objeto El objeto de la desafectación es un terreno comunal de 1.344 m2, (1.433 m
2 según el plano adjunto, pero
que habrá que ajustar tras el replanteo y deslinde sobre el terreno) situado en el paraje de Zabarate, que se corresponde con parte de la parcela catastral 85 del polígono 3 de Mendigorria, y que queda representado en el plano y la cedula parcelaria que se adjuntan. El terreno se delimita por las siguientes coordenadas UTM:… [Nota: La delimitación por coordenadas es otra opción para definir con mayor precisión el terreno a desafectar].
CLAUSULA 2ª. Persona física o jurídica cesionaria. Se ceden a …………….NIF, empresa CIF
CLAUSULA 3ª. Finalidad de la cesión/ocupación. El fin de la cesión del uso es la instalación de una planta de almacenamiento y regasificación de gas natural licuado que prestará su servicio del pueblo de Mendigorría. La cesionaria no podrá cambiar el objeto y el destino para el que se realiza la cesión del terreno comunal.
Las instalaciones se realizarán conforme al Proyecto Técnico obrante en el expediente administrativo, denominado “…...”, redactado por “……”, con nº de visado “……”. Asimismo se ajustarán a las especificaciones y condiciones definidas en las autorizaciones urbanísticas, de Ordenación del Territorio y de Medio Ambiente establecidas en las Resoluciones “……” Todas las instalaciones, incluida la conducción desde la Planta de Almacenamiento y regasificación hasta la red de conducción de gas, se situaran dentro del terreno desafectado para su cesión de uso, sin posibilidad de utilizar otro espacio deferente del desafectado en la parcela comunal 85 del polígono 3 de Mendigorria. El conjunto de las instalaciones de la Planta de almacenamiento y regasificación estará protegido por una valla o cerca metálica ligera situada en los límites del terreno desafectado. CLAUSULA 4ª. Plazo. El plazo de la cesión del uso/ocupación es de 30 años. Se establece un plazo inicial de 20 años que podrá ser prorrogado mediante dos prórrogas de 5 años cada una de ellas.
El plazo de la cesión/ocupación se iniciará a partir del día siguiente a la fecha del Acuerdo de Gobierno que autorice la cesión de uso.
Cada una de las prórrogas deberá ser solicitada por la cesionaria antes de que venza el plazo inicial de cesión y serán autorizadas inicialmente, si procede, por la Entidad Local, al menos con una mayoría absoluta de los miembros legales de la corporación. El Ayuntamiento de Mendigorria antes de autorizar las prórrogas comprobará que el fin y las condiciones para lo que fue cedido el terreno comunal se mantienen. La autorización final de cada una de las prórrogas corresponderá al Gobierno de Navarra. No obstante, esta cesión de uso puede finalizar con anterioridad al plazo indicado en los puntos anteriores por cualquiera de las causas previstas en este pliego de condiciones, o por el fin de la actividad de “depósito y planta de gas natural destinada a prestar su servicio del pueblo de Mendigorría” para la que se autoriza esta cesión de uso. CLAUSULA 5ª. Canon. Por la cesión de los metros cuadrados de comunal definidos en el punto 1, la cesionaria deberá abonar a este Ayuntamiento de Mendigorria la cantidad de 1.550 €/año más el IVA correspondiente.
Este canon se actualizará anualmente conforme al IPC anual.
El primer año se abonará la parte proporcional a la anualidad correspondiente, desde la fecha en la que se apruebe la desafectación por el Gobierno de Navarra.
CLAUSULA 6ª. Cesión a terceras personas. La beneficiaria de la cesión es la persona física o jurídica definida en el punto 2. Queda prohibido el arriendo, subarriendo, aparcería o cesión de todo o parte de las parcelas objeto de autorización para su cesión de uso. De la misma forma, tampoco se permite el cambio de cesionario.1 Si por circunstancias sobrevenidas la beneficiaria se viera obligada a trasladar los derechos y obligaciones recogidas en el presente pliego a otra persona, deberá contar con la autorización expresa del Ayuntamiento de Mendigorria y la aprobación del Gobierno de Navarra. Para poder evaluar el cambio de titular presentará:
Causas que motivan el cambio
Nueva cesionaria y relación con la actual
Contrato que regulará la subrogación de los derechos y obligaciones en las mismas condiciones y la contrapartida económica.
Una vez estudiadas las condiciones, el Ayuntamiento y la Sección de Comunales podrán autorizar el cambio de cesionaria, modificar el canon o revertir la desafectación/ocupación. En el caso que se autorice el cambio de cesionaria, esta autorización será únicamente por el periodo que reste de adjudicación y sin modificación de las condiciones de la misma, con la consiguiente subrogación del nuevo cesionario en todas y cada una de las obligaciones y condiciones establecidas en el pliego de condiciones.
1 En el caso de que el cesionario sea una persona jurídica o sociedad se entenderá como “cambio de cesionario” o
adjudicación a tercero las operaciones de fusión, escisión, absorción, etc., así como la modificación en la composición y/o
participación de los socios de la misma.
Estas operaciones societarias deberán comunicarse a la Entidad Local, quien podrá autorizar, previo informe favorable del
Gobierno de Navarra, la subrogación de la ocupación o cesión de uso a la nueva entidad resultante, o bien la extinción o
resolución de la misma.
A estos efectos, la nueva cesionaria firmará el Pliego de Condiciones, y el Acuerdo de Gobierno que autorice el cambio de cesionaria. CLAUSULA 7ª. Mantenimiento del terreno, instalaciones y del entorno paisajístico. La cesionaria se obliga a mantener el terreno cedido y las instalaciones en las debidas condiciones de seguridad y salubridad, así como en las condiciones definidas en las autorizaciones de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente. Asimismo velará por el mantenimiento de los elementos paisajísticos y el entorno próximo a las instalaciones. Será causa de reversión del terreno la proliferación de nuevas ocupaciones y construcciones, no definidas en el proyecto citado en el punto 3, tanto en el terreno cedido como en los alrededores, siendo a costa de la cesionaria su retirada.
CLAUSULA 8ª. Edificaciones/ construcciones /instalaciones Antes del inicio de las obras la cesionaria comunicará al Ayuntamiento/ de Mendigorria la fecha de comienzo de los trabajos de replanteo de las obras sobre el terreno, con la antelación suficiente para que personal del Ayuntamiento o de la Sección de Comunales pueda comprobar que las obras se vayan a situar en el terreno objeto de la cesión. Una vez acabado el plazo de cesión o en caso de reversión, el Ayuntamiento decidirá si la cesionaria debe restituir el terreno a su situación original o bien si la entidad local pasa a ser propietaria de las instalaciones, sin indemnización alguna en cualquiera de las opciones elegidas. Salvo que la entidad local decida mantener las instalaciones, de acuerdo con lo establecido en el párrafo anterior, el terreno deberá quedar como estaba en el momento de la cesión, debiendo quedar limpio de materiales y residuos y ser revegetado, con retirada de instalaciones, demolición de obras auxiliares y acondicionamiento y limpieza de las superficies ocupadas, de forma que pueda recuperar su aspecto original. En las parcelas agrícolas o de pasto debe restaurarte su carácter de tierra de cultivo o pastizal, retirando todos los elementos (edificios e instalaciones, soleras, cimentaciones, zonas pavimentadas de hormigón o todo-uno, cierres, etc.), procediendo al desbroce, laboreo y resiembra del terreno si fuera necesario, de forma que permitan la instalación de cultivos posteriores o el uso ganadero del pastizal. Tanto en el supuesto de finalización de la cesión de uso como en los relativos a Extinción y Resolución por las causas previstas en el Pliego de Condiciones, el cesionario vendrá obligado a abonar el importe de los daños y perjuicios que se hubieran podido causar a los bienes de propiedad comunal o de terceros, o por no dejar la parcela en condiciones adecuadas de cultivo. A estos efectos, el proyecto técnico señalado en el punto 3 incluirá una descripción detallada de la situación inicial del terreno y un proyecto valorado de derribo-reversión a dicha situación inicial.
CLAUSULA 9ª. Establecimiento de una fianza A fin de garantizar lo anteriormente señalado, en aras a una mejor defensa de los bienes comunales y para responder de las obligaciones establecidas en el Pliego de Condiciones, se constituirá una fianza (en metálico o aval bancario) por importe de …… €.) para cubrir al menos el costo de retirada de material y las labores preparatorias para dejar el terreno en condiciones adecuadas.
La devolución de dicha garantía se llevará a cabo cuando se haya comprobado, por los servicios técnicos del Ayuntamiento o, en su defecto, de la Sección de Comunales del Gobierno de Navarra, que el terreno ha quedado en las condiciones en las que se cedió. CLAUSULA 10ª. Reversión. En el supuesto que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la cesión o las condiciones a que estuviesen sujetos, los terrenos cedidos revertirán nuevamente al patrimonio del Ayuntamiento/Concejo como bienes comunales (Art.140 de Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra)
Se entiende que son causas de reversión, entre otras:
No constitución de la fianza establecida en el plazo de 1 mes desde fecha del acuerdo de Gobierno de Navarra que autorice la desafectación.
No inicio de la actividad en el plazo de 1 año desde fecha del acuerdo de Gobierno de Navarra que autorice la desafectación, salvo causas de fuerza mayor debidamente justificadas.
Finalización del plazo de cesión y en su caso prórrogas.
Desaparición o incumplimiento de la finalidad que motivaron la cesión.
Incumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Pliego.
La reversión se efectuará por la entidad local por vía administrativa, mediante el ejercicio de sus facultades coercitivas, en este caso sin derecho a indemnización alguna. El Ayuntamiento/ tomará acuerdo de la reversión del terreno, comunicándolo a la cesionaria y a la Sección de Comunales. Se dará audiencia a los interesados y se les requerirá que desalojen la finca en el plazo señalado. Tras resolver las alegaciones se tomará acuerdo definitivo. Una vez firme en vía administrativa, se podrá proceder a la ejecución forzosa. CLAUSULA 11ª Validez del pliego. La desafectación se rige por el presente pliego de condiciones, no teniendo validez alguna, cualquier otra condición firmada por las partes al margen del presente pliego y que contradiga lo establecido en él. El presente pliego no tendrá validez si no se encuentra firmado por la persona física o jurídica cesionaria y aprobado por el pleno de la entidad local mediante acuerdo al menos por mayoría absoluta. Asimismo, el Acuerdo de Gobierno de Navarra que autorice la desafectación hará referencia a las condiciones recogidas en el presente pliego y también será firmado por la cesionaria. Estas condiciones seguirán siendo de aplicación cualquiera que sea la clasificación urbanística del suelo. En todo lo no previsto en el presente pliego se estará a lo dispuesto en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra; Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra y demás normativa concordante.” Sr. Arizala: sobre esta licencia de obra que solicitaron hace tiempo se ha recibido la autorización de Medio Ambiente y la Declaración de utilidad de Industria. Hay enfrentamiento entre Industria, Cañadas y Medio Ambiente. Vamos a adelantar la tramitación aprobando el pliego de desafectación para cesión de uso de la parcela 85 del polígono 3 y servidumbre de paso por las parcelas 235 y 238 del polígono 1. El pliego es tipo de comunales con los números que hemos incluido y le han dado el visto bueno desde Nedgia Navarra, S.A. Los metros serían los que se
concreten en la concesión, el plazo sería de 20 años ampliables por dos prórrogas de 5 años. El canon sería de 1.550 € más IVA anuales actualizándose con el IPC anual. Se fija una fianza de 10.000 euros. Iniciamos la desafectación. Propuesta: iniciar la desafectación y aprobar el pliego de condiciones. Votación: se aprueba la propuesta por unanimidad: se aprueba inicialmente la desafectación de los terrenos comunales y el pliego de condiciones.
20.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DEL
AYUNTAMIENTO DE MENDIGORRÍA, PARA ASUMIR EL COMPROMISO POR LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES El Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Mendigorría, conforme a lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, desea elevar al Pleno Municipal la siguiente Moción:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El día 8 de marzo conmemoramos el Día Internacional de la Mujer, que recuerda a las mujeres que hace más de 100 años, en una fábrica de camisas de Nueva York, perdieron su vida por defender sus derechos laborales. Desde entonces hasta ahora, la historia de la lucha por la igualdad entre mujeres y hombres es una historia de éxito. Derechos impensables en épocas anteriores, hoy forman parte de nuestro día a día: el acceso a la formación, al empleo, a la propiedad privada y el derecho al voto. El compromiso con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, tanto de forma individual como a través de las instituciones, entidades y asociaciones, ha permitido que mujeres y hombres hayamos alcanzado en España la igualdad ante la ley y se hayan dado importantes pasos para erradicar las distintas formas de discriminación que impiden a las mujeres el ejercicio pleno de sus derechos. Hoy contamos con un marco normativo que garantiza la igualdad de trato y de oportunidades y el impulso de las políticas públicas para promover el empoderamiento de las mujeres y la erradicación de la violencia que se ejerce sobre ellas. La fotografía actual de la igualdad entre hombres y mujeres en España es:
Hoy hay más mujeres trabajando en España que nunca (8.554.010 afiliadas a la Seguridad Social). Hemos pasado de ser el país en el que había más paro femenino de la zona Euro, 7 de cada 10 nuevas paradas de Europa (67%) eran españolas, a liderar la creación de empleo ocupado por mujeres, el 30% de toda la Unión Europa.
Según Eurostat, en España se ha reducido la brecha salarial del 18,7% en 2012 al 14,9 en 2015, casi 4 puntos, situándonos por debajo de la media europea. La brecha
salarial de género está medio punto por debajo de Francia, 6 puntos por debajo de Reino Unido y más de 7 puntos por debajo de Alemania.
La brecha de género en las pensiones se ha reducido en un 13%, gracias al complemento de maternidad que cobran ya más de 317.000 mujeres.
Por primera vez, todas las empresas del IBEX-35 cuentan con presencia femenina en sus consejos de administración.
Son mujeres las que están al frente de las principales empresas tecnológicas y digitales en España como Microsoft, Google, Twitter, Facebook o Ebay.
España está a la cabeza de la Unión Europea en presencia femenina en el Parlamento; tanto en el Congreso y en el Senado como en los Parlamentos Autonómicos.
Las mujeres son las que más leen en España, un 66´5% frente al 57´6% de los hombres.
Y en las últimas olimpiadas de Brasil 2016, de las 17 medallas obtenidas por España, 9 fueron ganadas por mujeres.
Son muchos los logros alcanzados, pero ello no debe hacernos caer en la autocomplacencia o en la resignación, porque aún persisten desigualdades, que no solo debemos denunciar sino afrontar con determinación. El resultado de la desigualdad en España es:
Las pensiones de viudedad son recibidas en un 82% por mujeres y la media es de 647,8 euros al mes, bastante menos que las de jubilación (1.066,86 euros).
Solo hay 9 rectoras en las más de 80 universidades españolas.
El IBEX solo tiene 2 presidentas y un 20% de consejeras. El 90,57% de las excedencias por cuidado de menores y mayores son solicitadas por
mujeres
Solo hay un 18% de mujeres en el Tribunal Constitucional. El 64% de las veces son las mujeres quienes cocinan en casa. Solo hay 59 mujeres en las Reales Academias Españolas, frente a 484 hombres. Las mujeres dedican dos horas más que los hombres a las labores del hogar. Siendo el 60% de los licenciados, solo el 21% son catedráticas.
Por todo ello, debemos impulsar los cambios necesarios que permitan, cuanto antes, afirmar con rotundidad que en España hemos alcanzado la igualdad real de oportunidades, no solo la legal, y eso pasa por:
Reducir las desigualdades que aún existen en el ámbito del empleo y la economía, con especial incidencia en las desigualdades retributivas.
Apostar por mejorar la empleabilidad de las mujeres en un mundo laboral en transformación. Una mujer con empleo es una persona independiente en lo económico y la mejor garantía de que disfruta de sus derechos
Defender la promoción laboral de la mujer. Tan importante como acceder a un empleo es crecer en él. Del desarrollo profesional depende la asunción de nuevas responsabilidades y terminar con la brecha salarial y en las pensiones
Apoyar la conciliación y corresponsabilidad de la vida personal, familiar y laboral para mujeres y hombres. Conciliación y Corresponsabilidad no son cosas de mujeres. Son la mejor herramienta que tenemos para construir una sociedad más justa. Si solo concilian las mujeres, la desigualdad aumenta.
Erradicar la violencia que sufren las mujeres, la manifestación más extrema de desigualdad. El origen de la violencia de género es el machismo y la desigualdad y, desde la unidad conseguida en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género, mejoraremos la protección y apoyo a las víctimas y la sensibilización de toda la sociedad.
Potenciar la participación de las mujeres en los ámbitos político, económico y social y el acceso a puestos de responsabilidad, hasta conseguir la igualdad total. No se trata de tomar las instituciones sino de acceder a ellas en condiciones de igualdad con respecto a los hombres.
Impulsar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través del sistema educativo.
Promover los medios necesarios para la inclusión social y laboral de las mujeres con discapacidad.
Integrar plenamente el principio de igualdad de trato y de oportunidades en todas las políticas.
Mantener nuestro compromiso con las mujeres de todo el mundo. Son millones las que están viendo sus derechos vulnerados por el mero hecho de ser mujeres. Los matrimonios forzosos, la mutilación genital femenina o las violaciones que sufren en conflictos armados deben impulsarnos a no dejarlas solas y a reivindicar en todos los foros nacionales e internacionales sus derechos.
Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal Popular somete a la aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de Mendigorría, la siguiente
MOCIÓN El Ayuntamiento de Mendigorría asume el compromiso, haciéndolo extensible a todas las administraciones públicas, de: Primero.- En la medida de las respectivas competencias, integrar de forma activa y transversal el principio de igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres, en el desarrollo de todas sus acciones y decisiones, especialmente en los siguientes ámbitos: acceso y promoción en el empleo; erradicación de la violencia de género; educación; pensiones; salud; deporte; representación política y social; investigación, desarrollo e innovación; sociedad de la información; cultura; política exterior; cooperación al desarrollo y en el medio rural.
Segundo.- Trasladar este compromiso al Gobierno de España, al Gobierno de la Comunidad Autónoma. En Mendigorría, a 6 de abril de 2018. EL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR
Sr. Alcalde: lee un texto que han preparado para puntualizar:
“Después del éxito obtenido en las convocatorias de las manifestaciones y de la
huelga convocadas en el día Internacional de la Mujer del 8 de Marzo de 2018, donde
se puso de manifiesto el malestar existente por las desigualdades a las que son
sometidas, no se llega a entender de que puede presumir el partido que presenta la
moción ni aunque sea mínimamente.
Pudiendo estar de acuerdo con el fondo de la moción, no lo podemos estar con
los que la presentan, ya que lo que se pretende es quedar bien cara a la galería, cuando
es el partido que está en el Gobierno y es el que pudiendo legislar para solucionar estas
desigualdades, no lo hace.
Por lo tanto, viendo que en la moción puede haber alguna cosa positiva,
votaremos abstención.”
Votación:
Votos a favor: 1
Abstenciones: 5.
Se aprueba la moción por el resultado obtenido.
21.- El Grupo Municipal del Partido Popular de Navarra en el Ayuntamiento de
Mendigorría
presenta para su DEBATE EN PLENO la siguiente MOCIÓN para instar al Ayuntamiento
de Mendigorría y a Gobierno de Navarra, a declarar ‘persona non grata’ en
Mendigorría y en Navarra a la consejera del País Vasco Arantxa Tapia, por sus
palabras sobre las cuatro capitales vascas y la construcción nacional.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El pasado martes 9 de enero, en el marco del acto de presentación por parte del Ministerio
de Fomento del Gobierno de España del proyecto de enlace del tren de alta velocidad entre
Navarra y País Vasco, la consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras del País
Vasco pronunció las siguientes palabras: “Conectar para nosotros la comunidad autónoma
vasca con Navarra es prioritario, conecta las cuatro capitales vascas del sur del territorio
del Estado español. Para nosotros es construcción nacional”.
Estas palabras son un insulto a la realidad de Navarra y a los miles de navarros que no se
sienten vascos, ni quieren serlo y que no quieren que Navarra sea anexionada a la
Comunidad Autónoma Vasca. Y son un insulto al Gobierno de España, en un acto en el
que el Ministro venía a explicar una infraestructura vital tanto para Navarra como para la
Comunidad Autónoma Vasca, y es intolerable que una consejera del Gobierno Vasco, que
participaba como invitada, haga unas declaraciones ofensivas que no se correspondían ni
con el momento ni con el lugar.
Y, además, son una clara indicación de que para el nacionalismo vasco y para el Gobierno
del País Vasco, es prioritario su construcción nacional y la anexión de Navarra a Euskadi
por encima de cualquier otro interés e incluso por encima de la voluntad de los ciudadanos
navarros.
Consideramos una afrenta tal a los navarros las palabras pronunciadas por la consejera
que consideramos imprescindible que esta persona sea considerada ‘persona non grata’ en
nuestro Ayuntamiento y en nuestra Comunidad, además de exigirle una inmediata
rectificación de las mismas.
Por todo ello, el Grupo Municipal Popular presenta la siguiente
MOCIÓN
PRIMERO.- El Ayuntamiento de Mendigorría declara ‘persona non grata’ a la consejera del
País Vasco Arantxa Tapia, por sus palabras sobre las cuatro capitales vascas y la
construcción nacional.
SEGUNDO.- El Ayuntamiento de Mendigorría exige una rectificación inmediata a la
consejera Tapia.
TERCERO.- El Ayuntamiento de Mendigorría insta al Gobierno de Navarra a exigir una
disculpa al Gobierno del País Vasco por las palabras pronunciadas por la consejera.
En Mendigorría, a 6 de abril de 2018. EL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DE MENDIGORRÍA Sr. Alcalde: vamos a presentar una enmienda:
“En primer lugar manifestar que para nuestro grupo municipal, las declaraciones
hechas por la consejera, fueron para desviar la atención del acto propagandístico en el
que tomó parte en Iruña y en el que vino el ministro de fomento a hablar del TAV.
Hechos que son corroborados por la manera en que han respondido todos los
que tienen un sentimiento anti-vasco.
Un acto en el que no se aclaró, ni recorrido, ni conexión con la Y Vasca y que
no tiene asignado ningún presupuesto.
Sobre las palabras que pronunció estamos de acuerdo en que Iruña es una
capital vasca, pero nunca estaremos de acuerdo en que el TAV sirva para ninguna
Construcción Nacional.
Así mismo queremos manifestar, que si a alguien hubiese que declarar “persona
non grata” es a quien desde Madrid, viene a imponernos el modelo de tren que ellos
quieren, sin consultar con los navarros el modelo que nosotros necesitamos ni las
prioridades que tenemos.”
Votación sobre la moción: Votos a favor: 1 Votos en contra: 5 No se aprueba la moción por el resultado obtenido. Votación de la enmienda: Votos a favor: 5 Votos en contra: 1. Se aprueba la enmienda por el resultado obtenido.
22.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DEL AYUNTAMIENTO DE MENDIGORRIA, PARA APOYAR Y RESPALDAR A LAS FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO COMO GARANTES DEL ESTADO DE DERECHO El Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Mendigorría, conforme a lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, desea elevar al Pleno Municipal la siguiente Moción:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado desempeñan en nuestra sociedad un papel fundamental en la defensa de los derechos y libertades de los ciudadanos. Actualmente el salario del personal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado presenta diferencias con el resto de Cuerpos policiales que operan en nuestro país, diferencias que están absolutamente injustificadas. La dignificación salarial de las FCSE es una reivindicación histórica. No es justo que los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado perciban una retribución inferior a la de los agentes de otros cuerpos policiales. Por tanto, los poderes públicos deben cuidar con especial interés el equilibrio en las condiciones socio-laborales de estos colectivos tan fundamentales en nuestro Estado de Derecho.
El pasado 16 de enero, el Ministro de Interior presidió sendas reuniones con representantes de los dos Cuerpos; primero el Consejo de la Policía Nacional en la sede de la Dirección General y, posteriormente, el Consejo de la Guardia Civil en la sede de la Benemérita. Ambas reuniones se desarrollaron en un clima de pleno entendimiento y colaboración, y como consecuencia de ello se ha acordado la constitución de una mesa de negociación para la culminación del proceso de equiparación. El Ministro de Interior presentó un principio de acuerdo en el que ofreció una «equiparación completa, total e integral» con las policías autonómicas. La idea sobre la que gira la oferta de acuerdo es la de “a igual trabajo, misma dedicación e idéntica responsabilidad, le corresponde el mismo sueldo y los mismos derechos socio-laborales”. La implantación de unas condiciones laborales homogéneas y de unos derechos sociales similares para todos los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como de los Cuerpos de Seguridad Autonómicos y de las Policías Locales y de una retribución equiparable entre todos ellos, es fundamental si queremos que la sociedad cuente con un servicio de seguridad ciudadana más eficaz.
Por todo ello, el Grupo Municipal Popular presenta la siguiente
MOCIÓN:
El Ayuntamiento de Mendigorría insta:
PRIMERO.- Al Gobierno de España a continuar avanzando en la consecución de un acuerdo con los representantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en el que, sin desvirtuar los elementos esenciales que definen a la Policía Nacional y a la Guardia Civil, se garantice el equilibrio entre las retribuciones y los derechos de todos y cada uno de los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con el resto de cuerpos policiales con competencias en España. SEGUNDO.- Al Gobierno de España a realizar el estudio necesario y, en su caso, la aprobación de normas de carácter básico que, sin interferir en las competencias de otras administraciones, eviten que estos desequilibrios que ahora se trata de corregir vuelvan a producirse en el futuro.
TERCERO.- Para su conocimiento se acuerda finalmente, trasladar esta petición al Presidente del Gobierno de España, al Ministro de Interior del Gobierno de España, a los Portavoces de los Grupos Parlamentarios del Congreso y del Senado, y a la Junta de Gobierno de la FEMP. En Mendigorría, a 6 de abril de 2018.
LA PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR Sr. Alcalde: María Asún ha solicitado que no se trate este tema. Se aprueba por unanimidad no tratar el tema y pasar al asunto siguiente.
23.- MOCIÓN QUE PRESENTA EL GRUPO MUNICIPAL POPULAR DEL AYUNTAMIENTO DE MENDIGORRÍA, PARA APOYAR Y DEFENDER LA PRISIÓN PERMANENTE REVISABLE El Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Mendigorría, conforme a lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, desea elevar al Pleno Municipal la siguiente Moción:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS La Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que entró en vigor el 1 de julio de 2015, introdujo en nuestra legislación la prisión permanente revisable. Se trata de un instrumento que existe en muchos países de nuestro entorno, en gobiernos de todo tipo de corte político; es una institución coherente, que se incorpora bien a nuestro modelo de garantías y tiene perfecto encaje penal.
La prisión permanente revisable, lo señala claramente la Exposición de Motivos de esta Ley, no renuncia a la reinserción del penado, pues una vez cumplida una parte mínima de la condena, "un Tribunal deberá valorar nuevamente las circunstancias del penado y del delito cometido y podrá revisar su situación personal". La previsión de esta revisión judicial periódica de la situación personal del penado, idónea para poder verificar en cada caso el necesario pronóstico favorable de reinserción social, dice la Exposición de Motivos, "aleja toda duda de inhumanidad de esta pena, al garantizar un horizonte de libertad para el condenado". Una vez cumplido el tiempo mínimo de la pena, "si el Tribunal considera que no concurren los requisitos necesarios para que el penado pueda recuperar la libertad, se fijará un plazo para llevar a cabo una nueva revisión de su situación; y si, por el contrario, el Tribunal valora que cumple los requisitos necesarios para quedar en libertad, se establecerá un plazo de libertad condicional en el que se impondrán condiciones y medidas de control orientadas tanto a garantizar la seguridad de la sociedad, como a asistir al penado en esta fase final de su reinserción social". Añade la Exposición de Motivos que "la pena de prisión permanente revisable no constituye, por ello, una suerte de «pena definitiva» en la que el Estado se desentiende del penado. Al contrario, se trata de una institución que compatibiliza la existencia de una respuesta penal ajustada a la gravedad de la culpabilidad, con la finalidad de reeducación a la que debe ser orientada la ejecución de las penas de prisión". Igualmente señala que "se trata, en realidad, de un modelo extendido en el Derecho comparado europeo que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha considerado ajustado a la Convención Europea de Derechos Humanos, pues ha declarado que cuando la ley nacional ofrece la posibilidad de revisión de la condena de duración indeterminada con vistas a su conmutación, remisión, terminación o libertad condicional del penado, esto es suficiente para dar satisfacción al artículo 3 del Convenio (cfr. SSTEDH 12-2-2008, caso Kafkaris vs. Chipre; 3-11-2009, caso Meixner vs. Alemania; 13-11-2014, caso Affaire Bodein vs. Francia; 3-2-2015, caso Hutchinson vs. Reino Unido)". Pese a todo ello, varios grupos parlamentarios presentaron recurso de inconstitucionalidad, recurso que el Tribunal Constitucional admitió a trámite en julio de 2015. La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo del asunto, si bien algunos pretenden la derogación de esta medida sin esperar el pronunciamiento del Tribunal Constitucional. Así, el 4 de octubre de 2016 el Pleno del Congreso de los Diputados debatió y aprobó por mayoría de los Grupos Parlamentarios Vasco (EAJ-PNV), Socialista, Esquerra Republicana, Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea, Mixto y la abstención de Ciudadanos, y solo con el voto en contra del Grupo Parlamentario Popular, la Proposición no de Ley para la Derogación de la Pena de Prisión Permanente Revisable. Y más recientemente, el pasado 10 de noviembre, ha sido admitida a trámite una Proposición de Ley de Modificación de la L.O. 10/1995 del Código Penal (Orgánica), que pretende derogar la prisión permanente revisable y que contó con el único voto en contra del Grupo Popular.
Tras estos hechos y actuaciones, son multitud los ciudadanos que han manifestado su apoyo a la pena de prisión permanente revisable como medio para garantizar la seguridad, los derechos y libertades de todos los españoles. Por todo ello, el Grupo Municipal Popular presenta la siguiente
MOCIÓN: El Ayuntamiento de Mendigorría manifiesta: PRIMERO.- Su apoyo a la figura de la prisión permanente revisable incorporada al ordenamiento jurídico español por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. SEGUNDO.- Instar a los diferentes Grupos Parlamentarios con representación en el Congreso de los Diputados a que reconsideren su postura sobre la derogación de la prisión permanente revisable. TERCERO.- Dar traslado de estos acuerdos al Ministro de Justicia, a los Grupos Políticos del Congreso, Senado y del Parlamento Foral de Navarra y a la Junta de Gobierno de la FEMP. En Mendigorría, a 6 de abril de 2018. EL PORTAVOZ DEL GRUPO MUNICIPAL POPULAR Sr. Alcalde: vamos a presentar una enmienda:
“El informe realizado recientemente por el Consejo de Europa sobre los presos
en el año 2016, viene a decir que en el Estado Español la media de edad y de años
encarcelado es muy superior a la media Europea.
En el Estado Español hay presos que pasan en la cárcel más años que en países
donde tienen instaurada la cadena perpetua.
Creemos que la cárcel debe de ser para solucionar los problemas, no para
esconderlos.
Por todo esto pedimos al PP que rectifique su postura, asuma la propuesta
mayoritaria en el Congreso y derogue la Prisión Permanente Revisable.”
Votación sobre la moción: Votos a favor: 1 Votos en contra: 5 No se aprueba la moción por el resultado obtenido. Votación sobre la enmienda:
Votos a favor: 5 Votos en contra: 1 Se aprueba la enmienda por el resultado obtenido.
B.- CONTROL DE LOS ÓRGANOS MUNICIPALES
24.- Informaciones de las comisiones informativas y de los representantes del Ayuntamiento en otras instituciones
Sr. Alcalde: no hay nada que informar. 25.- Resoluciones de Alcaldía
Resoluciones de Alcaldía para dar cuenta al Pleno en sesión ordinaria de fecha 6 de abril de 2018
.- Resolución de Alcaldía - Concejalía Delegada de Urbanismo, Sanidad y Bienestar Social nº 26 de fecha 16-2-2018
Subvención por adecuación de fachadas
.- Resolución de Alcaldía nº 27 de fecha 16-2-2018 Autorización para instalación de terraza en la calle La Verdura nº 3 por el titular del
Bar Sevilla
.- Resolución de Alcaldía nº 28 de fecha 16-2-2018 Remisión a la Agencia Ejecutiva de la deuda de contribución de 2017.
.- Resolución número 29 tomada por el órgano ALCALDE en MENDIGORRIA (NAVARRA) el 19
de febrero de 2018
Liquidación del Presupuesto del año 2017
.- Resolución número 30 tomada por el órgano ALCALDIA del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría el 20/02/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Aprobación inicial de Estudio de Detalle
.- Resolución de Alcaldía - Concejalía Delegada de Urbanismo, Sanidad y Bienestar Social nº 31 de fecha 21-2-2018
Licencia de obra para caseta agrícola
.- Resolución de Alcaldía - Concejalía Delegada de Urbanismo, Sanidad y Bienestar Social nº 32
de fecha 26-2-2018
Licencia de actividad clasificada de la Granja La Patirroja, S.A.
.- Resolución de Alcaldía - Concejalía Delegada de Urbanismo, Sanidad y Bienestar Social nº 33
de fecha 1-3-2018
Adjudicación de contrato de suministro de columbarios
Se ha solicitado oferta de tres empresas y sus propuestas han sido las siguientes:
.- Norten PH Aldabar 5 Promosiones S.L.: 20 unidades de columbario doble (500) a
72,89 euros = 1.457,81 euros + 21% de IVA (306,14 euros) = 1.763,95 euros. A lo que
se suma una losa de cubierta para columbario de 430,21 euros + 21% IVA (90,34
euros) = 520,55 euros. El importe total asciende a 2.284,50 euros.
.- Aglomerados Zabaleta, S.L.: 20 unidades de columbario modelo AZ-2 (40 huecos),
20 unidades Tapa frontal columbario, 2 Losas o cubierta de hormigón: 3.300 euros.
.- Arozarena José Mª. y Alejandro S.I.: 40 columbarios sin incluir solera de hormigón:
5.645,43 euros.
Vistas las anteriores ofertas y teniendo en cuenta el precio de las mismas, SE
ADJUDICA el suministro de 20 columbarios para el cementerio municipal de
Mendigorría a Norten PH Aldabar 5 Promociones S.L. por importe de 2.284,50 euros,
según su oferta.
.- Resolución de Alcaldía - Concejalía Delegada de Urbanismo, Sanidad y Bienestar Social nº 34
de fecha 1-3-2018
Vallar los laterales y la puerta frontal con malla y postes
.- Resolución número 35 tomada por el órgano ALCALDIA del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría el 02/03/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Denegación de prórroga de nicho
.- Resolución de Alcaldía - Concejalía Delegada de Urbanismo, Sanidad y Bienestar Social nº 36
de fecha 2-3-2018
Licencia de actividad clasificada de bodega de vinos
.- Resolución número 37 tomada por el órgano ALCALDIA del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría el 05/03/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Baja voluntaria en la matrícula de la Escuela Infantil
.- Resolución número 38 tomada por el órgano ALCALDIA del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría el 06/03/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Remisión de deuda por multas a la Agencia Ejecutiva
.- Resolución número 39 tomada por el órgano ALCALDIA del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría el 07/03/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Delegación de atribución para celebración de matrimonio
.- Resolución número 40 tomada por el órgano ALCALDIA del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría el 08/03/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Kamira S. Coop. de Iniciativa Social
Escuela Infantil “Andión” de Mendigorría
De acuerdo con la normativa aplicable procede la baja justificada y la
devolución de la fianza presentada a comienzo de curso.
Se RESUELVE devolver la fianza presentada en su momento para el curso
2017-2018.
.- Resolución número 41 tomada por el órgano ALCALDIA del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría el 09/03/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Aprobación inicial de Estudio de Detalle
.- Resolución número 42 tomada por el órgano ALCALDIA del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría el 15/03/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Compensación de importes a devolver y deudas pendientes
.- Resolución de Alcaldía Concejalía Delegada de Urbanismo, Sanidad y Bienestar Social nº 43 de fecha 20-3-2018 Se ha tramitado en el Ayuntamiento de Mendigorría expediente de licencia de obras para cubrir con cemento la parte superio4 del muro exterior de la ermita de Santiago, a fin
de evitar peligro para transeúntes y viandantes, promovida por la Parroquia de San Pedro
de Mendigorría.
Cumplimentados todos los trámites se aprueba la concesión de la licencia de obra
para la actividad referida. .- Resolución número 44 tomada por el órgano ALCALDIA del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría el 22/03/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Aplazamiento del pago de recibos del Impuesto sobre vehículos .- Resolución número 45 tomada por el órgano ALCALDIA del Ayuntamiento de la Villa de
Mendigorría el 23/03/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Aprobación de las obras de mejora del Colegio Público .- Resolución número 46 tomada por el órgano ALCALDIA – Concejalía Delegada de Educación, Cultura, Deportes, Juventud, Festejos, Igualdad y Consejo de Desarrollo del Ayuntamiento de la Villa de Mendigorría el 23/03/2018 en MENDIGORRIA (NAVARRA)
Uso la Plaza de la Verdura
El Pleno se da por enterado de las resoluciones
26.- Control de los órganos municipales: mociones, interpelaciones, ruegos y preguntas.
Sin más asuntos que tratar se levanta la sesión a las 20:14 horas,
Y no habiendo más asuntos de qué tratar, la Presidencia levanta la sesión cuando son las 20:14 horas
del día 6 de abril de 2018, de la que se extiende la presente acta, el contenido de la cual doy fe.
El Secretario
Juan Antonio Echeverría Echarte
El Alcalde Presidente del Ayuntamiento de la Villa de Mendigorría
Iosu Arbizu Colomo