Memorando Nro. MDN-GAB-2020-0923-ME
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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Memorando Nro. MDN-GAB-2020-0923-ME
Quito, D.M., 28 de septiembre de 2020
PARA: Sra. Dra. Katya Paola Andrade Vallejo Coordinadora General de Asesoría Jurídica
ASUNTO: Remitiendo Sexto Informe de cumplimiento de Difusión de Sentencia Constitucional N° 1894-10-71)/20. Señorita Jessica Tatiana Coronel Silva vs. Escuela Superior Militar "Eloy Alfaro".
De mi consideración:
En relación al cumplimiento de la sentencia N° 1894-10-JP/20 del 04 de marzo de 2020, dentro de la causa N° I 894-10-JP, en la que la Corte Constitucional revisó la sentencia de acción de protección presentada por la señorita Jessica Tatiana Coronel Silva contra la Escuela Superior Militar "Eloy Alfaro"; indico a usted lo siguiente:
CUMPLIMIENTO DE LA DIFUSIÓN MENSUAL DE LA SENTENCIA N° 1894-10-JP/20 EN REDES SOCIALES INSTITUCIONALES.
La disposición constante en el inciso iv) del literal b) del acápite VIL de la sentencia N° 1894-10-J1)/20, establece:
"(...) b) Con el propósito de evitar posibles discriminaciones a mujeres en el ámbito académico y laboral y otras formas de discriminación directa e indirecta, se ordena una amplia difitsión del contenido de esta sentencia y de los criterios jurisprudenciales que Izan sido desarrolladas por esta Carteen la presente sentencia, y, también se disponen medidas para garantizar la no repetición de estas vulneraciones:
"(...) iv. Disponer que el Ministerio de Defensa Nacional, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, la Escuela Militar Eloy Alfaro, a través de los representantes legales, efectúen una publicación de la sentencia en su portal web institucional, a través de la banderola o pancarta (web banner) principal de dicho portal, en donde deberá permanecer de manera visible un extracto de la jurisprudencia vinculante (numeral 77 de la Decisión) establecida en la presente sentencia, así como un hipervínculo que dirija al documento completo, por el plazo de 6 meses consecutivos. Además, durante el mismo periodo, las instituciones deberán difundir y compartir, mensualmente, la sentencia y el hipervínculo al documento completo a través de sus cuentas oficiales de Twitter. Facebook / otras redes sociales promoviendo la protección al derecho de la igualdad y no discriminación para mujeres en las Fuerzas Armadas. Para justificar el cumplimiento integral de la medida, el responsable del Departamento de Tecnología del Ministerio de Defensa y del área de Tecnología de la Escuela Militar Eloy Alfaro y del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas deberán remitir a esta Corte Constitucional: (i) dentro del término de I mes contados desde la notificación de la presente sentencia, la constancia de la publicación en el banner principal del portal web de la institución, así
Dirección: Calle le EXpOSidért 64-71 y Benigno Vela Código Postal: 170.403) Quito Ecuador bao& e
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Memorando Nro. MDN-GAB-2020-0923-ME
Quito, D.M., 28 de septiembre de 2020
como en las cuentas oficiales de las redes sociales institucionales, (ji) dentro del término de I mes contados desde el cumplimiento del plazo de 6 meses establecido, un informe en el que se detalle el registro de actividades (historial de log) respecto de la publicación del banner, del que se advierta que efectivamente la entidad obligada publicó de manera ininterrumpida en su sitio web la presente sentencia; (iii) un informe mensual en el que consten los respaldos y el detalle de las publicaciones de la sentencia, realizadas a través de las cuentas oficiales de las redes sociales institucionales, hasta que se cumpla el plazo de 6 meses consecutivos establecido para el cumplimiento de la presente medida".
A este respecto manifiesto que, con relación a la difusión de la sentencia, dispuesta por la Corte Constitucional del Ecuador, se han tomado las siguientes acciones:
Ministerio de Defensa Nacional.
Mediante oficio N" MDN-DCS-2020-0100-0F, del 11 de septiembre de 2020 (ANEXO 1), se adjunta el "INFORME DE DIFUSIÓN DE LA SENTENCIA CORTE CONSTITUCIONAL N° 1894-10-JP120, DENTRO DE LA CAUSA N° 1894-10-JP JESSICA TATIANA CORONEL SILVA VS. ESCUELA SUPERIOR MILITAR "ELOY ALFARO" (ANEXO 2), de la misma fecha; siendo esta la sexta difusión, detallándose lo siguiente:
Difusión Facebook institucional: 10 de septiembre de 2020. Difusión Twitter institucional: 10 de septiembre de 2020. Difusión Instagram institucional: 10 de septiembre de 2020.
Comando Conjunto de las Fuerzas Amadas.
Mediante oficio N° CCFFAA-JCC-DAJ-P-2020-9139, del 07 de septiembre de 2020, (ANEXO 3) suscrito por el señor Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; en su parte pertinente se expone:
"Con Oficio N° 2020-CCFFAA-DCS-0284 del 02 de septiembre de 2020, el señor Director de Comunicación Social del COMA CO, remite a esta Jefatura el Informe de fecha 02 de septiembre de 2020, sobre el cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional, esto es, publicar y difundir en la página web institucional y las redes sociales institucionales de Facebook y Twitter del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas el extracto de la sentencia N°1894 -10-JP/20 y el link que deriva al contenido completo de la misma para conocimiento y acceso de la ciudadanía.". Y adjunta Informe del 02 de septiembre de 2020 (ANEXO 4) suscrito por la Dirección de Comunicación Social del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, en el que detalla las publicaciones en redes sociales, correspondiente a la quinta difusión:
Difusión Facebook institucional: 01 de septiembre de 2020.
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Teléfono: 503-2 2983200 • www.delensa.gobBc 2.82. •
Schunakkh Documento firmado electrolncemente por Colme
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
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Quito, D.M., 28 de septiembre de 2020
Difusión Twitter institucional: 01 de septiembre de 2020.
Finalment; se informa que, de acuerdo a memorando N° MDN-GAB-2020-0868-ME del 11 de septiembre de 2020, se puso en conocimiento de la Cordinación General de Asesoría Jurídica, que la Escuela Superior Militar "Eloy Alfaro", ha cumplido con difundir y compartir, mensualmente, la sentencia y el hipervínculo al documento completo a través de sus cuentas oficiales de Twitter. Facebook / otras redes sociales, por el plazo de seis meses consecutivos, de acuerdo a lo dispuesto en sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador.
De conformidad a lo expuesto; considerando que esta Subsecretaría continuará informando sobre el cumplimiento de la difusión mensual de la sentencia N° 1894-l0-JP/20 del 04 de marzo de 2020, dentro de la causa N° 1894-10-IP, en la que la Corte Constitucional revisó la sentencia de acción de protección presentada por la señorita Jessica Tatiana Coronel Silva contra la Escuela Superior Militar "Eloy Alfaro"; mucho agradeceré que se disponga a quien corresponda, en el marco de las atribuciones y responsabilidades de la Coordinación General de Asesoría Jurídica, se ponga en conocimiento de la Corte Constitucional del Ecuador, este sexto informe de cumplimiento sobre la difusión anteriormente reseñada.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
GRAD (sp) Francisco Drouet Chiriboga SUBSECRETARIO DE GABINETE MINISTERIAL
Anexos: - 1._mdn-des-2020-0 I 00-of.pdf - 2.....informe_difusión_septiembre_midena.pdf - 3._ccfraa-jec-daj-p-2020-9 I 39.pdf - 4._informe_difusión_septiembre_ceffaa.pdf
Copia: Sra. Mgs. Priscila Vanessa Cárdenas Apilar Directora de Derechos Humanos, Género y Derecho Internacional Humanitario
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Dirección: Calle Calle la ExposiciónSe-71y Denlo, Vela Código Postal 10403/ Quito Ecuador Teléfono: 593-2 29832011 www.defensa.gonec
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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Oficio Nro. MDN-DCS-2020-0100-OF
Quito, D.M., 11 de septiembre de 2020
Asunto: Remitiendo informe difusión
General De División (sp) Francisco Drouet Chiriboga Subsecretario de Gabinete Ministerial MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL En su Despacho
De mi consideración:
Adjunto al presente y en referencia al memorando Nro. MDN-GAB-2020-0333-ME de fecha 06 de abril de 2020, en el que el señor Subsecretario de Gabinete Ministerial dispone se de cumplimiento a la difusión en redes sociales y página institucional de la sentencia CORTECONSTITUCIONAL 1894-10-JP/20, DENTRO DE LA CAUSA N° 1894-10-IP JESSICA TATIANA CORONEL SILVA VS. ESCUELA SUPERIOR MILITAR "ELOY ALFARO", me permito remitir a usted mi General el informe correspondiente a la difusión realizada en el mes de septiembre.
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,
Documento firmado electrónicamente
Crril. Gonzalo Reyes Guevara COORDINADOR MILITAR DE COMUNICACIÓN SOCIAL
Anexos: - informe_publicación_sentencia_septiembre-signed0870177001599868327.pdf
Copia: Señorita Magíster Ana María Corral Directora de Comunicación Social
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Dirección: Calle la Exposición S441 y Benigno Vela código Postal: 110403) Quito Ecuador Teléfono: 593-2 2983200 - www.defensa gob.ee
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MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
INFORME DE DIFUSIÓN DE LA SENTENCIA CORTE CONSTITUCIONAL N°1894-10-JP/20, DENTRO DE LA CAUSA N°1894-10-JP JESSICA TATIANA CORONEL SILVA VS. ESCUELA SUPERIOR MILITAR "ELOY ALFARO".
Quito, 11 de septiembre de 2020 Antecedente .-
Mediante memorando Nro. MDN-GAB-2020-0333-ME de fecha 06 de abril de 2020, el Subsecretario de Gabinete Ministerial solicita se de cumplimiento a la difusión en redes sociales y página institucional de la sentencia CORTE CONSTITUCIONAL N" 1894-10-JP/20, DENTRO DE LA CAUSA N° 1894-10-JP JESSICA TATIANA CORONEL SILVA VS. ESCUELA SUPERIOR MILITAR "ELOY ALFARO".
Desarrollo .-
En cumplimiento a memorando, la Dirección de Comunicación Social procedió a cumplir con lo
solicitado.
A continuación, detallo los archivos para su verificación:
Publicación en Facebook Institucional del 10 de septiembre de 2020
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Sentencia N° 1894-10-JP/20 de 04 de marzo de 2020, de la acción de protección presentada por Jessica Tatiana Coronel Silva.
https://www.defensa.gob.ec/wp-content/uploads /downloads/2020/04/sentencia_cc_srte_tatiana _coronel_vs_esmil-M3R-2020.pdf
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Dirección: Calle la Exposición 54-71 y Benigno Vela Código Postal: 170403 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2 298-3200 / 593-2 295-1951 www.defensa.gob.ec
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La fecha que corresponde a la publicación en Instagram es del 10 de septiembre de 2020.
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Publicación en la Página Web Institucional
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A dicha publicación se la encuentra en el siguiente enlace:
https://www.defensa.gob.ec/sentencia-de-la-corte-constitucional-no-1894-10-jp-20-dentro-
de-la-causa-no-1894-10-io-en-la-que-la-corte-constitucional-reviso-la-sentencia-de-la-accion-
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Atentamente,
Mgs. Ana María Corral
Directora de Comunicación Social
Dirección: Calle la Exposición 54-71 y Benigno Vela Código Postal: 170403 / Quito-Ecuador Teléfono: 593-2 298-3200 / 593-2 295-1951 www.defensa.gob.ec
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REPÚBLICA DEL ECUADOR
COMANDO CONJUNTO DE FF.AA. JEFATURA
"EL ECUADOR HA SIDO ES Y SERÁ MIS AMAZÓNICO"
Oficio Nro. CCFFAA-JCC-DAJ-P-2020-9139
Quito D.M, 07 de septiembre de 2020
Asunto: En respuesta al oficio N° MON-GAB-2020-1172-OF relacionado con el cumplimiento de la publicación y difusión de la Sentencia N° 1894-10-TP/20 emitida por la Corte Constitucional (mes de septiembre de 2020).
General de División (S.F.) Francisco Drouet Chiriboga SUBSECRETARIO DE GABINETE MINISTERIAL
Magister Priscila Vanessa Cardona% Aguilar DIRECTORA DE DERECHOS HUMANOS, GÉNERO Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO En su Despacho
De mi consideración:
En referencia al requerimiento constante en el oficio IVMDN-GAB-2020-1172-OF de 08 de mayo 2020 relacionado al cumplimiento del numeral 84 literal b) disposición iv) de la Sentencia N° 1894-10-JP/20 por parte del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; esta Jefatura, se permite comunicar a Usted mi General / Directora lo siguiente:
Con Oficio N° 2020-0-1- AA-DCS-0284 de 02 de septiembre de 2020, el señor Director de Comunicación Social del COMACO, remite a esta Jefatura el Informe de fecha 02 de septiembre de 2020, sobre el cumplimiento a lo ordenado por la Corte Constitucional, esto es, publicar y difundir en la página web institucional y las redes sociales institucionales de Facebook y Twitter del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas el extracto de la sentencia N°1894-10-JP/20 y el link que deriva al contenido completo de la misma para conocimiento y acceso de la ciudadanía.
En razón de lo expuesto, me permito solicitar mi General, se comunique a la Corte Constitucional que el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas ha dado cumplimiento a la medida ordenada en el numeral 84 literal b) disposición iv) de la Sentencia N° 1894-104P/20, conforme se puede evidenciar en la página web y en las redes sociales de Facebook y Twitter del COMACO.
Atentamente, DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
Documento firmado electrónicamente
Luis Eduardo Lara Jaramillo General de División JEFE DEL COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
Referencias: - 2020-CCFFAA-DCS-0284
Anexos: - INFORME septiembre publicación sentencia esmil.pdf - INFORME septiembre publicación sentencia emitidos
Calle La Exposición 54-71 y Vela Telt (593) 2 581090
Documento Generado por al Sistema de Geshon Documental C basad da las Fuerzas Armartn Producclon. www.ccff aamil•ec
REPUSLICA DEL ECUADOR
COMANDO CONJUNTO DE FF.AA. JEFATURA
"EL ECUADOR HA SIDO ES Y SERA PAÍS AMA2ONICO"
'IVA/BIT/CEO
Calle La Exposición 54-71 y Vela Telf. (593)2 581090
Docurnento Generado por el Sisterna de Gaslon Doctimenial Chasqui de las Fuerzas Armadas ProoLosbn. www-ceffaa•mil.ea Pagina 2.de 2
REPREILICA DEI. ECUADOR
COMANDO CONJUNTO DE FF.AA. DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL
EL ECUADOR HA 6100 ES Y SERÁ PAN AMAZEIPECA
INFORME
Quito DM, miércoles, 02 de septiembre de 2020
Para: General de División Luis Lara Jaramillo — JEFE DEL CC.FF.AA.
Asunto: Cumplimiento de publicación de la Sentencia N° 1894-10-JP/20 en portal web y redes sociales institucionales correspondiente al mes de septiembre.
ANTECEDENTES
- Oficio N° MDN-GAB-2020-0941-OF de 06 de abril de 2020 - Oficio No:CCFFAA-JCC-DAJ-P-2020-4294
DESARROLLO
En referencia al Oficio N° MDN-GAB-2020-0941-OF de 06 de abril de 2020, con el cual la Subsecretaría de Gabinete Ministerial del Ministerio de Defensa Nacional, hace conocer al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el contenido de la Sentencia N° 1894-10-JP/20 de 04 de marzo de 2020 emitida por el Pleno de la Corte Constitucional, solicitando, se disponga el cumplimiento de la medida relacionada con la publicación ordenada en el punto VII "Decisión", numeral 84, literal b), acápite IV de la misma; por medio del presente me permito dar parte a usted mi General que, con documento CCFFAA-JCC-DAJ-P-2020-4294 del 28 de abril de 2020, se remito al señor Tern. E.M Ángel Gustavo Enríquez Alulema, Comandante del Grupo de Sistemas Informáticos, Comunicaciones y Guerra Electrónica Conjunto del COMANDO CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, el contenido a publicarse en portal web referente a la sentencia Nro. 1894-10-JP/20, siguiendo estrictamente las disposiciones emitidas por Usted.
Con fecha 01 de mayo del presente año, se procedió a compartir por primera vez mencionada sentencia en las redes sociales: Facebook (Fuerzas Armadas del Ecuador) y Twitter (@FFAAEcuador), administradas por la Dirección de Comunicación Social del CC.FF.AA., para lo cual se remitió el informe correspondiente con las capturas de pantalla de mencionadas publicaciones.
Con fecha 02 de junio del presente año, se compartió en redes sociales la publicación de la Sentencia N° 1894-10-JP/20; para lo cual se remitió el informe respectivo.
www.ccffaa.mil.ec Calle La Exposición Nro. S4-71 y Vela. La Recoleta. Edificio Comando Conjunto de FEAA.
El 01 de julio del presente año, se volvió a compartir en redes sociales (Facebook y Twitter) la publicación que se encuentra en la página web del CC.FF.AA., remitiéndose el informe mensual.
El 04 de agosto del presente año, ée compartió en redes sociales (Facebook y Twitter) la Sentencia N° 1894-10-JP/20, la cual se mantiene publicada en la página web del CC.FF.AA.
Con fecha 01 de septiembre se Publicó nuevamente la sentencia antes mencionada en las redes sociales (Facebook y Twitter) administradas por la Dirección de Comunicación Social del CC.FF.AA.
3. CAPTURAS DE PANTALLA DE PUBLICACIONES EN REDES SOCIALES (Facebook y Twitter) ADMINISTRADAS POR LA DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL DEL CC.FF.AA.
Facebook: Publicación del martes 01 de septiembre de 2020.
—
Fuerzas Armadas del Ecuador 0 22 h•• e
• •
SENTENCIA N° 1894-10-JP/20 CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
Sentencia No. 1894-10-JP/20 Juev. ponente: Teresa Choques Martilla
Quito, D.M. 04de mano de 2020
CASO No. 1894-10-4P
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR, EN EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EMITE LA SIGVIENTE
Sentencia
1
La Cono Constitucional revisa la sentencia de la acción de protección presentada por Jessica Tatiana Coronel Silva contra dela Escuela Militar ilitlery Airare" y SU iribtlimi de honor por haberle separado de la formación militar debido a su estado de embanizo. Esta sentencio analiza
CCFFAA.MILEC SENTENCIA N° 1894-10-JP/20 (CASO JESSICA TATIANA CORONEL SILVA VS. ESCUEL...
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Twitter: Publicación del martes 01 de septiembre de 2020.
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CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR
Anteado N. 1119410411/20 Jueza ponente Terca Migues Martínez
Quito. DM.. 04 de marzo de 2020
CASO No. 1894-10-.IP
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4. CONCLUSIONES
- Se cumplió con las disposiciones emitidas en el Oficio No. CCFFAA-JCC-DAJ-P- 2020-4294 de mi Grad. Luis Lara Jaramillo, Jefe del CC.FF.AA.
- La Sentencia N° 1894-10-JP/20 permanece publicada en portal web del CC.FF.AA.
Se realizó la primera publicación de la sentencia en redes sociales con fecha 01 de mayo del presente año y se remitió el informe correspondiente.
La segunda publicación se la realizó con fecha 02 de junio del presente año y se remitió el informe correspondiente.
La tercera publicación se la realizó con fecha 01 de julio del presente año y se remitió el informe correspondiente.
www.ccffaa.mil.ec Calle La Exposición Nro. S4-71 y Vela. La Recoleta. Edificio Comando Conjunto de FF.AA.
- La cuarta publicación se la realizó con fecha 04 de agosto del presente año y se remitió el informe de cumplimiento.
La quinta publicación se la realizó con fecha 01 de septiembre del presente año y se remite el informe correspondiente de cumplimiento.
5. RECOMENDACIONES Omitido
Atentamente, DIOS, PATRIA Y LIBERTAD
Enrique San oval Nolivos
Teniente oronel EM DIRECTOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL DÉ
www.ccffnnill.cc Calle La Exposición Nro. S4-71 y Vela. La Recoleta. . Edificio Comando Conjunto de FF.AA.