MARCO LEGAL y FISCAL DE LAS DONATARIAS AUTORIZADAS

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MARCO LEGAL y FISCAL DE LAS DONATARIAS AUTORIZADAS. JERARQUÍA DE LAS LEYES Constitución Política Tratados Internacionales Leyes Específicas (Leyes Fiscales Promulgadas por el Congreso de la Unión) Código Fiscal de la Federación Reglamentos - PowerPoint PPT Presentation

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MARCOLEGAL y FISCAL

DE LASDONATARIAS

AUTORIZADAS

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JERARQUÍA DE LAS LEYES

Constitución Política

Tratados Internacionales

Leyes Específicas (Leyes Fiscales Promulgadas por el Congreso de la Unión)

Código Fiscal de la Federación

Reglamentos

Disposiciones de Carácter Administrativo (Misceláneas)

Derecho Federal Común

(Código de Comercio, Código Civil, Ley General de Sociedades Mercantiles)

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Concepto de EntidadDiccionario = f. Colectividad considerada como unidad.Especialmente, cualquier corporación, compañía, institución,

etc., tomada como persona jurídica.

Con CAPACIDAD JURÍDICA para ejercer derechos y contraer obligaciones

PERSONA MORAL

Atributos de la persona

Domicilio

Representación

Nacionalidad

CCF Libro primero, título II, artículo

25 fracción

VIPara efectos fiscales, las

Personas Morales se encuentran en la LISR

Artículo 8

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Del Derecho Público

Del Derecho Privado

FederaciónEstados

MunicipiosOrganismos Públicos

Sociedades Civiles Sociedades Mercantiles

(especulación comercial)

Asociaciones Civilese

Instituciones de Asistencia Privada

Con fines preponderantement

e económicos

SIN fines preponderantemen

te económicosDonatarias Autorizadas

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Personas Morales que por voluntad de los particulares se constituyen en los términos de esta Ley y cuyos miembros aportan cuotas o recaudan donativos.

Para la LEY DE INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PRIVADA DEL DISTRITO FEDERAL, son Instituciones de Asistencia Privada:

Las Asociaciones Civiles

Las Fundaciones

Personas Morales que por voluntad de los particulares se constituyen en los términos de esta Ley que mediante la afectación de bienes de propiedad privada realicen actos de asistencia social.

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El artículo 54 de la LIAPDF señala.- Las Instituciones deberán llevar su contabilidad en

los libros o sistemas informáticos en donde consten todas las operaciones que realicen DE CONFORMIDAD A LA LEGISLACIÓN FISCAL.

Artículo 29 del RCFFArtículo 28 del CFF [dos meses]

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CÓMO NACE LA OBLIGACIÓN DE PAGAR O NO PAGAR IMPUESTOS

Constitución Política

de los Estados Unidos

Mexicanos

Artículo 31

Fracción IV

Ley del Impuesto Sobre la Renta

TÍTULO I

TÍTULO II

TÍTULO III

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TÍTULO III Del Régimen de las Personas Morales con Fines No Lucrativos

Quiénes pertenecen al TÍTULO III de la LISR (95)

Algunas Entidades son:• Los Sindicatos• Las Asociaciones de

Padres de Familia• Las Cámaras de

Comercio• Alcohólicos Anónimos• Asociaciones de colonos• Etcétera

Algunas Entidades que pueden ser Donatarias Autorizadas:• Fracción VI.-

Beneficencia• Fracción X.- Enseñanza• Fracción XI.-

Investigación Científica• Fracción XII:

• a.- Promoción y difusión de arte.

• b.- Apoyo a educación e investigación

• c.- Protección patrimonio cultural.

• d.- Bibliotecas.• e.- Apoyo y actividades a

museos de CONACULTA.

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Con fines de lucro Sin fines de lucro

Diferencias a considerar entre:

Se integra por Accionistas

Se integra por miembros

Sus socios esperan recibir utilidades por

sus aportaciones

Sus integrantes aceptan no recibir remanente

distribuible

Deben realizar Asambleas de

accionistas

Deben realizar Juntas de Consejo

S.A. (y otras)

I.A.P. (y otras)

Al momento de su Liquidación, se les

devuelve a los accionistas el llamado

haber social

Al momento de su Liquidación, donar su

activo fijo a otra organización similar

Pagan impuestos por las utilidades que generan aún sin

recibirlas y, en algunos casos, por los ingresos

que perciben

NO pagan impuestos por los remanentes que

generan y, en algunos casos, ni por los ingresos

que perciben

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Aspectos a considerar de los donativos:CÓDIGO CIVIL FEDERAL

TITULO CUARTODe las Donaciones

CAPITULO IDe las Donaciones en General

Artículo 2332.- Donación es un contrato por el que una persona transfiere a otra, gratuitamente, una parte o la totalidad de sus bienes presentes.Artículo 2333.- La donación no puede comprender los bienes futuros.

El Código Civil Federal los contempla y los define en cuatro tipos:

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Artículo 2336.- Es Onerosa la donación que se hace imponiendo algunos gravámenes.Artículo 2336.- Remuneratoria la que se hace en atención a servicios recibidos por el donante y que éste no tenga obligación de pagar.

Artículo 2335.- Pura es la donación que se otorga en términos absolutos.

Artículo 2335.- Condicional la que depende de algún acontecimiento incierto.

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Artículo 2335.- Pura, saco dinero de mi cartera y se lo doy a una IAP.Artículo 2335.- Condicional, de las ventas de tal o cual producto de una cadena de tiendas, me entregan un cierto porcentaje.

Artículo 2336.- Onerosa, dono mi auto pero, la donataria se compromete a pagar las mensualidades pendientes.

Artículo 2336.- Remuneratoria, doy el donativo pero la donataria capacita a mis empleados.

DEDUCIBLE

DEDUCIBLE

NODEDUCIBLE

NODEDUCIBLE

Artículo 108 del Reglamento del Impuesto Sobre la Renta

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REQUISITOS Y OBLIGACIONES PARA LA OBTENCIÓN DE LA DEDUCIBILIDAD:1. En la LISR se encuentran en los artículos 96 y 97.2. En la RMF en el numeral I.3.9.2 y I.3.9.8 (FICHA 10/ISR) y I.3.9.14 y 15 (donativos del

extranjero) (FICHA 17/ISR).

Artículo 97

LISR

Fracción I.- Que se constituyan y dediquen a las actividades de las fracciones VI, X, XI y XII del artículo 95.

Fracción II.- Que las actividades que realicen tengan como finalidad el cumplimiento de su objeto social.

Fracción III.- Que destinen sus activos a los fines propios de su objeto social y no otorguen beneficios sobre le remanente a persona alguna.

Fracción IV.- Al momento de su liquidación, destinen su patrimonio a otra donataria autorizada.

Lo dispuesto en las fracciones III y IV deberán constar en el acta constitutiva con carácter de irrevocable.

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REQUISITOS Y OBLIGACIONES PARA LA OBTENCIÓN DE LA DEDUCIBILIDAD:1. En la LISR se encuentran en los artículos 96 y 97.2. En la RMF en el numeral I.3.9.2 y I.3.9.8 (FICHA 10/ISR) y I.3.9.14 y 15 (donativos del

extranjero) (FICHA 18/ISR).

Artículo 97

LISR

Fracción V.- Mantener información a disposición del público, Artículo 117 del RLISR

Fracción VI.- Informar sobre donativos recibidos en efectivo, moneda extranjera, oro o plata en su equivalente, mayor a 100 mil pesos. (FICHA 1/ISR)

Fracción VII.- Informar sobre operaciones que realicen con partes relacionadas o DONANTES (RMF I.3.9.12 ) (FICHA 16/ISR DIOT)

En todos los casos deberán cumplir con los controles administrativos que establezca el RISR (5%).

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REQUISITOS Y OBLIGACIONES PARA LA OBTENCIÓN DE LA DEDUCIBILIDAD:1. En la LISR se encuentran en los artículos 96 y 97.2. En la RMF en el numeral I.3.9.2 y I.3.9.8 (FICHA 10/ISR) y I.3.9.14 y 15 (donativos del

extranjero) (FICHA 18/ISR).

RMF(los más

importantes)

Además de la autorización que llega por escrito y en forma personal, el SAT hará la publicación correspondiente en el Anexo 14 de la RMF.

Se citan las razones por las cuáles el SAT revocará o no renovará la autorización (RMF I.3.9.13)

• Cuando varíen los supuesto por los cuales se otorgó la autorización.

• Cuando no solventen algún requerimiento de la autoridad.• No se presenten los avisos.• No se proporcione el nuevo acreditamiento.

Si se revoca ó no se renueva la autorización se podrá pedir nuevamente y, los donativos recibidos serán deducibles hasta antes de la fecha del oficio (Ficha 13/ISR).

RMF I.3.14 Y 15

Para recibir donativos del extranjero. Ver obligación del artículo 119 del RLISR.

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OBLIGACIONES FISCALES DE LAS PERSONAS MORALES DEL TÍTULO III

Artículo 101 ISR

Fracción I.- Llevar SISTEMAS contables de conformidad con el CFF, *RCFF (ver requisitos), la LISR y el RISR.

Fracción II.- Expedir comprobantes con requisitos fiscales por las ACTIVIDADES que realicen (Art 108 RISR Artículo 46 del RCFF).

Fracción III.- Presentar declaración del remanente distribuible (15 de febrero).

Fracción IV.- Proporcionar constancia de dicho remanente y presentar declaración en febrero de cada año.

Fracción V.- Expedir constancias de retenciones y presentar declaraciones informativas.

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OBLIGACIONES FISCALES DE LAS PERSONAS MORALES DEL TÍTULO III

Artículo10

1ISR

Fracción I.- Llevar SISTEMAS contables de conformidad con el CFF, *RCFF, la LISR y el RISR.

El contribuyente deberá registrar en su contabilidad la destrucción o donación de las mercancías o bienes en el ejercicio en el que se efectúen.

Artículo 29.- Para los efectos del artículo 28, fracción I del Código, los sistemas y registros contables deberán llevarse por los contribuyentes mediante los instrumentos, recursos y sistemas de registro o procesamiento que mejor convenga a las características particulares de su actividad, pero en todo caso deberán satisfacer como mínimo los requisitos que permitan:I. Identificar cada operación, acto o actividad y sus características, relacionándolas con la documentación comprobatoria, de tal forma que aquéllos puedan identificarse con las distintas contribuciones, tasas y cuotas, incluyendo las actividades liberadas de pago por las disposiciones aplicables;II. Identificar las inversiones realizadas relacionándolas con la documentación comprobatoria, de tal forma que pueda precisarse la fecha de adquisición del bien o de efectuada la inversión, su descripción, el monto original de la inversión y el importe de la deducción anual;III. Relacionar cada operación, acto o actividad con los saldos que den como resultado las cifras finales de las cuentas;IV. Formular los estados de posición financiera;V. Relacionar los estados de posición financiera con las cuentas de cada operación;VI. Contar con la documentación e información de los registros de todas las operaciones, actos o actividades y garantizar que se asienten correctamente, mediante los sistemas de control y verificación internos necesarios;VII. Identificar las contribuciones que se deben cancelar o devolver, en virtud de devoluciones que se reciban y descuentos o bonificaciones que se otorguen conforme a las disposiciones fiscales;VIII. Comprobar el cumplimiento de los requisitos relativos al otorgamiento de estímulos fiscales y de subsidios, yIX. Identificar los bienes distinguiendo, entre los adquiridos o producidos, los correspondientes a materias primas y productos terminados o semiterminados, los enajenados, así como los destinados a donación o, en su caso, destrucción.Tratándose de donativos en bienes que reciban las donatarias autorizadas de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta, además de cumplir con los requisitos a que se refieren las fracciones anteriores, deberán llevar un control de dichos bienes, que les permita identificar a los donantes, los bienes recibidos por éstas, los bienes entregados a sus beneficiarios y, en su caso, los bienes destruidos que no hubiesen sido entregados a sus beneficiarios. Asimismo, deberán llevar un control de las cuotas de recuperación que obtengan por los bienes recibidos en donación (Artículo 89 RLISR).

Lo dispuesto en este Capítulo se aplicará sin perjuicio de que los contribuyentes lleven otros registros a que les obliguen las disposiciones fiscales y no los libera de la obligación de contar con los controles o libros que establezcan las leyes u otros reglamentos.

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OBLIGACIONES FISCALES DE LAS PERSONAS MORALES DEL TÍTULO III

Dictaminarse para efectos fiscales (Art. 32-A fracción II CFF) y Artículo 57 de la LIAPDF

Expedir comprobantes con ciertas características (Art. 46 RCFF)

Enviar al SAT avisos en fechas determinadas (RMF I.3.9.2 Ficha 12/ISR)

Mantener Información en las Oficinas así como en las sucursales (Art 97 fracción V LISR y Art 117 RLISR)

No destinar mas del 5% para Gastos Administrativos (Art. 110 RLISR)

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AVISOS ANUAL y OTROS(Ante la Administración General Jurídica)

RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL I.3.9.2(FICHAS 11/ISR y 12/ISR)

AVISO ANUAL FICHA 12/ISR.- De que se siguen cumpliendo con todos los requisitos y obligaciones fiscales

FICHA 11/ISR.- Cambios al objeto social o, cualquier otro requisito que sirvió de base para otorgar la deducibilidad

FICHA 11/ISR.- Cambio de domicilio, Razón o denominación social, suspensión o reanudación y liquidación o disolución

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RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCALI.3.9.11

INFORMACIÓN PARA

GARANTIZAR LATRANSPARENCIA, ASÍ COMO EL

USO Y DESTINO DE LOS DONATIVOS RECIBIDOS

Ficha 15/ISR

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En el programa electrónico, se deberá especificar:- Fecha de la AutorizaciónPatrimonio:- Activo Circulante- Activo Fijo- Activo DiferidoTotales:- Activo- Pasivo- CapitalIngresos del Ejercicio:- Donativos recibidos en especie- Donativos recibidos en efectivo- Tipo de donante- Monto Total de los donativos recibidos en efectivo- Otro tipo de ingresos: Concepto y montoEstado de Egresos:- Monto total de la plantilla laboral- Monto Total de percepciones netas del Consejo de Administración o Directivos análogos,- Monto Total- Gastos de Administración- Gastos de Operación- Gastos de Representación- Montos destinados y conceptos, ejercidos en el desarrollo directo de su actividad- Monto total- Donativos otorgados y beneficiarios- Monto total de los donativos otorgadosActividades:- Sector Beneficiado- Actividad- Número de beneficiarios- Entidad Federativa- MunicipiosEstados Financieros:- Señalar si dictamina estados financieros y en su caso nombre y número de registro del Contador Público Registrado que dictaminó el estado financiero del ejercicio, así como su teléfono- Señalar si autoriza solicitar información al Contador Público Registrado- Aceptación del contrato de registro de información- Nombre de la persona responsable de la captura de la informaciónLa información declarada será responsabilidad directa de la organización civil o fideicomiso autorizado para recibir donativos deducibles del ISR y se rendirá “bajo protesta de decir verdad”.

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REMANENTE DISTRIBUIBLE Artículo 95 penúltimo párrafo (Pago de ISR RMF I.3.9.10)

Erogaciones efectuadas y que sean no deducibles

Compras no realizadas e indebidamente registradas

Omisiones de Ingresos

Préstamos a Socios ó Integrantes así como a sus ascendientes, descendientes o cónyuges

(no menciona grado)

No Deducibles

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No Deducibles (Continuación)

No Deducibles por pagos efectuados:

Comprobante sin Requisitos Fiscales como:

• A nombre de la entidad• Con el domicilio fiscal de la

entidad• Con el IVA por separado• Con los requisitos de

comprobantes de a quién se le pago

• etcétera Sin tener el comprobante:

• Es decir, realizar un pago sin recabar el comprobante

En ambos casos la

pena es que la entidad deberá de cubrir el

impuesto a la tasa del 30% sobre el importe de los NO

DEDUCIBLES

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ISR.- Grava no deducibles y, sin decreto, ganancia por otras actividades

IVA.- Grava los actos o actividades:1. La enajenación2. La prestación de servicios3. El uso o goce (arrendamiento)4. La importación

IETU.- Grava los ingresos de las NO donatarias autorizadas y los no deducibles

IDE.- No aplica

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DICTAMEN FISCAL• Obligatoriedad:

• Artículo 32-A Fracción II del Código Fiscal de la Federación.

• RMF II.2.11.5

• Opción de no presentarlo RMF I.2.15.1• Haber cumplido con la presentación de

todas las declaraciones.

• Únicamente haber percibido ingresos, incluyendo donativos en el ejercicio, en cantidad menor o igual a 2,000,000.00 a partir del ejercicio de 2011.

• No es aplicable a fideicomisos ni a entidades a las que se les haya otorgado una autorización condicionada RMF I.3.9.8 Fracción V.

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DICTAMEN FISCAL (Continuación)• Anexos principales que contiene:

• Estado de Posición Financiera

• Estado de Actividades

• Patrimonio

• Estado de Flujo de Efectivo

• Donativos Recibidos (efectivo y especie)

• Donativos Otorgados (efectivo y especie)

• Relación de Gastos

• Relación de inmuebles

• Retenciones y pagos así como IVA por otras actividades

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DICTAMEN FISCAL (Continuación)

Tipos de Opinión:

Sin Salvedades a las NIFCon Salvedades a las NIFNegativaAbstención de opinión

Dictamen simplificado

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MARZO ABRILFEBRERODeclaración anual

Informativa del remanente distribuible

Declaración de Retenciones del año pasado

JUNIO

Dictamen FiscalRevisarlo antes con el auditor

JULIO AGOSTO

OCTUBRE NOVIEMBRE

Información sobre

Transparencia

DICIEMBRE

Información sobre

Transparencia

06 DE ENEROENVÍO DEL AVISO

ANUAL

MAYO

SEPTIEMBRE

OBLIGACIONES ANUALES

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OBLIGACIONES MENSUALESDomingo Lunes Martes Miércoles Jueves Viernes Sábado

1 2 3 4 5 6 7

8 9 10 11 12Revisión de

Estados Financieros con mi C.P.

13 14

15 16 17Declaración Mensual de Impuestos Retenidos,

IMSS-INFONAVIT y Donantes

18 19 20 21

22 23 24 25 26 27 28

29 30 31