Manuel Velázquez Inspector de Trabajo y Seguridad Social La aplicación armónica de la...

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  • Manuel Velzquez Inspector de Trabajo y Seguridad Social La aplicacin armnica de la legislacin laboral y preventiva sobre tiempo de trabajo y tiempo de descanso
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  • Cmo aplicar la ley en relacin al tiempo de trabajo La Encuesta ESENER pone de manifiesto la relevancia de la legislacin como impulsor de la prevencin de riesgos El cumplimiento de las obligaciones jurdicas es el principal impulsor de la prevencin de riesgos laborales, por encima de la presin sindical, social, de los inspectores de trabajo o del propio inters del empresario En el tiempo de trabajo se aplican dos legislaciones La legislacin laboral La legislacin preventiva Conviene aclarar el significado y alcance de cada una de ellas y establecer su aplicacin armnica
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  • LA REGULACIN DEL TIEMPO DE TRABAJO 1. LEGISLACIN LABORAL Y LEGISLACIN PREVENTIVA
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  • LEGISLACIN LABORAL ORIGEN: Regular el conflicto de intereses entre capital y trabajo El trabajo y el salario se mide en tiempo Orgenes del Derecho Laboral: Convenio 1 OIT CONTENIDO Descanso semanal : desde la Ley de 1904 hasta alcanzar el da y medio actual Vacaciones anuales: hasta alcanzar los 30 das naturales Jornada semanal: hasta alcanzar las 40 horas semanales DEBATE SOBRE EL REPARTO DEL TRABAJO (ESTANCADO desde 2003): Limitar horas extraordinarias Limitar la jornada semanal y flexibilizar el cmputo (anual) Creacin de nuevos empleos como consecuencia de la reduccin
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  • LA LEGISLACIN PREVENTIVA SOBRE TIEMPO DE TRABAJO ORIGEN: Directiva 93/104 (actual Directiva 2003/88) que emana del Tratado de la CEE reformado en 1986 (Acta nica Europea) El TJUE (1996) declar que la regulacin del tiempo de trabajo s era parte de la seguridad y salud, pero no en toda su extensin Las sentencias del TJUE han tenido relevancia en el cmputo de la jornada y las vacaciones (ante situaciones de maternidad e IT) TRASPOSICIN DE LA DIRECTIVA En Espaa la Directiva se traspuso en el ET y no en la LPRL Sigue habiendo una concepcin del tiempo de trabajo como materia ajena a la prevencin Dej fuera a los funcionarios y personal estatutario: La Sentencia SIMAP (TJUE) aplic directamente la Directiva por ser el empleador una Administracin Pblica
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  • EL DESARROLLO DE AMBAS LEGISLACIONES 2. CONTENIDO LEGLA Y REGLAMENTARIO
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  • DESARROLLO DE LA LEGISLACIN LABORAL JORNADA REGULAR (ET) Jornada diaria y semanal, descanso inter-jornada, semanal y anual JORNADAS ESPECIALES (RD 1561/1995) Jornadas irregulares (trabajo a turnos) Traspaso de los lmites de la jornada ordinaria (menor penosidad y lejana) Restricciones de jornada ordinaria (nocturnidad y peores condiciones de seguridad y salud: minas, subterrneos, campo, cmaras frigorficas, etc.) CONCILIACIN DEL TRABAJO CON LA VIDA FAMILIAR Y SOCIAL (ET) Festivos, Permisos, Reduccin de Jornada y Excedencias
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  • DESARROLLO DE LA LEGISLACIN PREVENTIVA GESTIN DE LOS RIESGOS LABORALES (Plan, Evaluacin de Riesgos, Medidas y Revisin) El mayor tiempo de exposicin multiplica los riesgos Exposicin a agentes peligrosos y temperaturas extremas Trabajo repetidos, etc. La fatiga: por exceso de tiempo de trabajo, trabajo montono y ausencia de descanso El estrs: por la fatiga, el trabajo intensivo, la demanda, el control, los desplazamientos al trabajo, doble actividad, etc. COMPATIBILIDAD Y ADAPTACIN DE LAS PERSONAS AL TIEMPO DE TRABAJO Art. 25.1: en especial en trabajos nocturnos y a turnos
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  • EL TIEMPO DE TRABAJO EN LAS EVALUACIONES DE RIESGOS EN LA EVALUACIN DE SEGURIDAD La prevencin de la fatiga como condicin de seguridad EN LA EVALUACIN DE HIGIENE El tiempo como factor de peligro en la exposicin a agentes peligrosos EN LA EVALUACIN ERGONMICA El tiempo como factor de peligro en los movimientos repetidos y posturas forzadas EN LA EVALUACIN DE RIESGOS PSICOSOCIALES Todos los mtodos de evaluacin psicosocial incluyen el anlisis ms completo del tiempo de trabajo y en ocasiones su interrelacin con la vida privada (doble actividad)
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  • LA APLICACIN ARMONIZADA DE AMBAS LEGISLACIONES 3
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  • LA ESTRUCTURA DE CADA LEGISLACIN LEGISLACIN LABORALLEGISLACIN PREVENTIVA Mnimo de derecho necesario: Vacaciones Descansos, etc. La posibilidad de mejora mediante la negociacin en el Convenio Colectivo y el contrato individual de trabajo Prohibiciones Adscripcin a puestos incompatibles Exposicin que sobrepase los valores lmite La gestin preventiva Evaluacin de Riesgos La adopcin de medidas Es necesario el dilogo y la negociacin con los delegados de prevencin
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  • Estructura comn de ambas normativas LAS NORMAS IMPERATIVAS Lmites de jornada (ET y RD 1561/95) Los procedimientos de modificacin sustancial (Art. 41 ET) La compatibilidad psicofsica con el puesto de trabajo (Art. 25.1 LPRL) La exposicin a agentes peligrosos no puede superar los lmites mximos LA NEGOCIACION (Colectiva e Individual) Convenios y acuerdos colectivos con los representantes Acuerdos en el Comit de Seguridad y Salud Acuerdos Individuales entre empresas y trabajadores o entre los propios trabajadores
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  • Los escenarios de la negociacin sobre el tiempo de trabajo El Calendario Laboral Consultas al Comit de empresa sobre tiempo de trabajo Modificaciones y reducciones de jornada En la gestin de riesgos laborales En el Comit de Seguridad y Salud En los convenios y acuerdos colectivos Entre la empresa y los representantes del personal En los pactos de movilidad Entre la empresa y los representantes de los trabajadores y los trabajadores entre s En los programas de promocin de la salud laboral Entre la empresa y trabajadores que se adhieran voluntariamente al programa
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  • Las instancias que participan en la negociacin EL COMIT DE EMPRESA O DELEGADOS DE PERSONAL Calendario laboral Informacin peridica sobre horas extraordinarias y cambios Modificaciones sustanciales y reducciones de jornada Negociacin colectiva EL COMIT DE SEGURIDAD Y SALUD Las evaluaciones de riesgo y gestin de la prevencin Los programas de promocin de la salud AMBAS INSTANCIAS PODRAN PARTICIPAR Los planes de movilidad
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  • Calendario Laboral CONTENIDO DEL CALENDARIO LABORAL La reforma laboral de 1994 suprimi el cuadro horario El contenido bsico son los das de trabajo y los das de descanso EL DERECHO A SER CONSULTADOS DA 3 RD 1561/1995: Los representantes de los trabajadores tendrn derecho a ser consultados por el empresario y emitir informe con carcter previo a la elaboracin del calendario laboral. CONTENIDO DE LA NEGOCIACIN: Ajustes de horario y jornada a las caractersticas del ao Descansos de fin de semana, rotacin turnos y vacaciones (Conciliacin) Negociacin sobre horarios
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  • Consulta e informacin al Comit sobre tiempo de trabajo SOBRE HORAS EXTRAORDINARIAS DA 3 RD 1561/1995: Los representantes de los trabajadores tendrn derecho a ser informados mensualmente por el empresario de las horas extraordinarias realizadas por los trabajadores, cualquiera que sea su forma de compensacin, recibiendo a tal efecto copia de los resmenes que se entregan a cada trabajador (Art. 35.5. ET) SOBRE CONTROL Y ESTUDIOS DE TIEMPOS Art. 64 ET: derecho a ser consultados sobre la implantacin y revisin de sistemas de organizacin y control del trabajo, estudios de tiempos, establecimiento de sistemas de primas e incentivos y valoracin de puestos de trabajo IMPLICACIN DE LA SEGURIDAD Y SALUD Ambos temas tienen implicaciones de seguridad y salud y debera ser consultado el Comit de Seguridad y Salud y el Servicio de Prevencin
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  • Modificaciones Sustanciales y Reduccin de Jornada ART. 41 ET: NEGOCIACIN PREVIA CON LOS REPRESENTANTES DE LOS TRABAJADORES EN LAS MODIFICACIONES COLECTIVAS SOBRE JORNADA Y HORARIO ART. 47: PROCEDIMIENTO DE REDUCCIN DE JORNADA (SIMILAR AL ERE) En la prctica no se tiene en cuenta la prevencin de riesgos laborales en estos procedimientos. Es necesaria la actuacin de los servicios de prevencin en los cambios de condiciones de trabajo: Los cambios deben suponer la revisin de la evaluacin de riesgos (Art. 6 RSP) Anlisis de compatibilidad con las nuevas condiciones del puesto de trabajo (Art. 25.1. LPRL)
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  • En la gestin preventiva En el seno del Comit de Seguridad y Salud o comits ad-hoc durante la evaluacin de riesgos En este escenario se analizan los riesgos de cada puesto de trabajo y las medidas de prevencin adecuadas MEDIDAS Limitaciones de jornada en puestos peligrosos: por exposicin a agentes, carga mental, etc. Establecimiento de pausas en trabajos intensos y montonos Controles flexibles del trabajo y autonoma temporal Control de la fatiga en el trabajo nocturno y a turnos Conciliacin con la vida familiar y socia l
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  • En los acuerdos y convenios colectivos Es el escenario ms adecuado para tratar sobre la conciliacin entre el trabajo y la vida social y familiar MATERIAS MS HABITUALES Sobre la jornada intensiva Sobre el crdito y bolsa de horas Sobre el horario flexible Sobre el contenido mnimo del calendario laboral Sobre los cambios de horario (preaviso)
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  • En los planes de movilidad Es el mejor escenario para negociar sobre los problemas del desplazamiento por causa del trabajo No hay regulacin sobre estos planes pero s normas que establecen incentivos: BONUS, normas autonmicas y locales. MATERIAS QUE PUEDE ABARCAR: Evitar los desplazamientos Facilidades para los desplazamientos Horario flexible de entrada y salida Acuerdos entre los trabajadores para el desplazamiento
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  • En los programas de promocin de la salud en el trabajo No hay normas que los regulen ni que los incentiven. Solo hay programas y redes europeas como consecuencia del Pacto Europeo por la Salud Mental y el Bienestar (2008) Programas de la empresa que son voluntarios para los trabajadores y que tienen como contenido problemas que concurren tanto en el trabajo como en la vida privada. MATERIAS QUE ABARCA Ejercicio fsico (reparto de tiempo dentro y fuera del trabajo) Doble presencia (cuidar de que la flexibilidad no fomente la doble actividad) Alimentacin (dentro y fuera, en la jornada partida) Condiciones de descanso en el domicilio privado