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Ethan Frome

ACREDITADA POR ACCREDITATION COUNCIL FOR BUSINESS SCHOOLS AND PROGRAMS (ACBSP), EUROPEAN COUNCIL FOR BUSINESS EDUCATION (ECBE) Y AXENCIA PARA A CALIDADE DO SISTEMA UNIVERSITARIO DE GALICIA (ACSUG)

ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS

MANUAL:

AUDITORA GUBERNAMENTAL Y DE GESTIN

CICLO IX

SEMESTRE ACADMICO 2013 - I - II

Material didctico para uso exclusivo de clase

LIMA - PER

UNIVERSIDAD DE SAN MARTIN DE PORRESRECTORING. JOS ANTONIO CHANG ESCOBEDO

VICE RECTOR ING. RAL EDUARDO BAO GARCA

FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES, ECONMICASY FINANCIERAS

DECANODR. DOMINGO FLIX SENZ YAYA

DIRECTOR DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZAS DR. JUAN AMADEO ALVA GMEZ

DIRECTOR ESCUELA DE ECONOMADR. LUIS CARRANZA UGARTE

DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ACADMICO DE CONTABILIDAD, ECONOMA Y FINANZASDR. LUIS HUMBERTO LUDEA SALDAA

DIRECTOR DE LA SECCIN DE POSTGRADO DR. AUGUSTO HIPLITO BLANCO FALCN

DIRECTOR DE LA OFICINA DE GRADOS Y TTULOSDR. VICTOR LORET DE MOLA COBARRUBIA

DIRECTOR DE LA OFICINA DE EXTENSIN Y PROYECCIN UNIVERSITARIADR. REYNALDO ULADISLAO BRINGAS DELGADO

DIRECTOR DEL INSTITUTO DE INVESTIGACINDR.SABINO TALLA RAMOS

SECRETARIO DE FACULTADDR. LUIS ANTONIO CUEVA ZAMBRANO

JEFE DE LA OFICINA DE REGISTROS ACADMICOSSRA. BELINDA MARGOT QUICAO MACEDO

JEFE DE LA OFICINA DE BIENESTAR UNIVERSITARIOLIC. MARA RICARDINA PIZARRO DIOSES

JEFE DE LA OFICINA DE ADMINISTRACINMo. ABOG. LUIS FLORES BARROS

COORDINADOR ACADMICO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZASTURNO MAANADRA. YOLANDA MAURINA SALINAS GUERRERO

COORDINADOR ACADMICO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE CONTABILIDAD Y FINANZASTURNO NOCHEDR. ANTONIO AMILCAR ULLOA LLERENA

COORDINADOR ACADMICO DE LA ESCUELA PROFESIONAL DE ECONOMATURNO MAANA Y NOCHEMG. RENZO JAIR VIDAL CAYCHO

COORDINADOR DE LA SECCIN DE POSTGRADO DE CONTABILIDAD Y FINANZASDR. CRISTIAN YONG CASTAEDA

COORDINADOR DE LA SECCIN DE POSTGRADO DE ECONOMA DR. VICTOR LORET DE MOLA COBARRUBIA

NDICE N

PORTADA NDICE DE CONTENIDO OBJETIVOS 06PAUTAS PARA EL ESTUDIO Y LOS TRABAJOS DE APLICACIN 07

PROGRAMACIN DE CONTENIDOS.

UNIDAD I ASPECTOS GENERALES CONTENIDOS PROCEDIMENTALES10TIPOS DE ACCIONES DE CONTROL11AUDITORIA GUBERNAMENTAL 13AUDITORIA DE GESTION ( NAGU)14FINALIDADES DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL15PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE AUDITORIA GUBERNAMENTAL Y AUDITORIA FINANCIERA17DIFERENCIAS ENTRE LA AUDITORA FINANCIERA Y DE GESTIN18CONSTITUCION POLITICA DEL PERU19LEY ORGNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y DELA CONTRALORA GENERAL DE LA REPBLICA - LEY N 2778520OBJETIVOS DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL29OBJETIVOS DE LA AUDITORIA DE GESTION30NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL NAGU31NAGU. 1. NORMAS GENERALES31NAGU 1.10 ENTRENAMIENTO TECNICO Y CAPACIDAD PROFESIONAL 32. NAGU 1.20 INDEPENDENCIA 32NAGU 1.30 CUIDADO Y ESMERO PROFESIONAL 33NAGU. 1.40 CONFIDENCIALIDAD33NAGU 1.50 PARTICIPACION DE PROFESIONALES Y/O ESPECIALISTAS34NAGU. 1.60 CONTROL DE CALIDAD34TCNICAS DE AUDITORA35SISTEMA NACIONAL DE CONTROL37POSTULADOS BSICOS DE LA AUDITORA GUBERNAMENTAL38

UNIDAD II FASE DE PLANEAMIENTOCONTENIDOS PROCEDIMENTALES41PLANEAMIENTO DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL42PLANIFICACION GENERAL43NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACION DELA AUDITORIAGUBERNAMENTAL44NAGU. 2.10 PLANIFICACION GENERAL 44NAGU 2.2O PLANEAMIENTO DE LA AUDITORA46PLANEAMIENTO AUDITORA DE GESTIN47PLANIFICACION DE LA AUDITORA51MEMORANDUM DE PLANEAMIENTO51SUPERVISIN DEL TRABAJO DE AUDITORA52NAGU. 3.30 SUPERVISION DEL TRABAJO DE AUDITORIA53NAGU. 2.30. PROGRAMAS DE AUDITORIA 53PROGRAMA DE AUDITORIA54PREPARACION PARA LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL57DESARROLLO DEL PROGRAMA DE AUDITORIA58VENTAJAS DE UN PROGRAMA DE AUDITORIA59PROCESO DE PROGRAMACIN60CONTENIDO DEL PROGRAMA60NAGU. 2.40 ARCHIVO PERMANENTE61

UNIDAD III FASE DE EJECUCINCONTENIDOS PROCEDIMENTALES62TRABAJO DE CAMPO63NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCION DELA AUDITORIAGUBERNAMENTAL63EVALUACIN DE LA ESTRUCTURA DE CONTROL INTERNO63CONTROL INTERNO64OBJETIVOS65PRINCIPIOS BSICOS65ELEMENTOS66NAGU 3.10 EVALUACION DE LA ESTRUCTURA DEL CONTROL INTERNO 67NAGU.3.20 EVALUACION DEL CUMPLIMIENTO DE DISPOSICIONES LEGALES Y REGLAMENTARIAS 69EVIDENCIA71MEDICION DEL RENDIMIENTO72CLASIFICACIN DE LA EVIDENCIA72NAGU. 3.40 EVIDENCIA SUFICIENTE, COMPETENTE Y RELEVANTE 73CONFIABILIDAD DE LA EVIDENCIA PROVENIENTE DE SISTEMAS COMPUTARIZADOS74OBTENCIN DE INFORMACIN74SUPERVISIN75NAGU. 3.50 PAPELES DE TRABAJO76ARCHIVO DE LOS PAPELES DE TRABAJO79NATURALEZA CONFIDENCIAL DE LOS PAPELES DE TRABAJO80PAPELES DE TRABAJO81PROPSITOS DE LOS PAPELES DE TRABAJO81CONTENIDO DE LOS PAPELES DE TRABAJO82PLANEAMIENTO DE LOS PAPELES DE TRABAJO83NOTAS DEL AUDITOR84PREPARACIN DE LOS PAPELES DE TRABAJO84CLASES DE PAPELES DE TRABAJO85MARCAS DEL AUDITOR86REGLAS GENERALES PARA LA ELABORACIN DE LOS PAPELES DE TRABAJO87INDICE DE LOS PAPELES DE TRABAJO90REFERENCIA CRUZADA91NAGU. 3.60 COMUNICACIN DE HALLAZGOS92NAGU 3.70 CARTA DE REPRESENTACION 93MUESTREO DE AUDITORIA93DETERMINACION DE LA NECESIDAD DE UTILIZAR EL TRABAJO DE UN EXPERTO.97

UNIDAD IV FASE DE INFORMECONTENIDOS PROCEDIMENTALES98EL INFORME DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL99NAGU. 4. NORMAS RELATIVAS AL INFORME DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL 100NAGU 4.10 ELABORACIN DEL INFORME 101NAGU. 4.20 OPORTUNIDAD DEL INFORME 101NAGU. 4.30 CARACTERSTICAS DEL INFORME 102NAGU. 4.40 CONTENIDO DEL INFORME 102

16

NAGU 4.50 INFORME ESPECIAL 108NAGU 4.60 SEGUIMIENTO DE RECOMENDACIONES DE AUDITORAS ANTERIORES,112MODIFICACION DE LA NAGU R.C. N 309-2011-CG113

ABREVIATURAS127PRIVADO

BIBLIOGRAFIA 128

AUDITORIA GUBERNAMENTAL Y DE GESTIN

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

Alcanzar el perfeccionamiento en la Auditoria Gubernamental y de Gestin con un enfoque integral, dominando los fundamentos tericos y prcticos, el manejo de la metodologa de la auditoria gubernamental y de gestin y la utilizacin de indicadores de rendimiento y eficiencia tiles en los procesos de enseanza y aprendizaje. OBJETIVOS ESPECFICOS

1.- Identificar, comprender y valorar los principales fundamentos de los entornos a sus principales objetivos centrales, considerando los factores de riesgo tanto de las entidades gubernamentales como de aquellas en que se va desempear.2.- Alcanzar dominio significativo en el diseo y aplicacin a partir de la metodologa de la auditoria gubernamental y de gestin.3.- Distinguir, comprender que los informes de auditoria son medios de comunicacin y estn orientados a satisfacer las exigencias de informacin por parte de los niveles pertinentes, buscando mejoras en el desarrollo de las entidades gubernamentales.4.- Valorar que el enfoque integral de la auditoria gubernamental y de gestin constituye uno de los mas modernos modelos e instrumentos de control y de buscar la eficiencia, eficacia y economa en las entidades que lo requieran.

PAUTAS PARA EL ESTUDIO Y LOSTRABAJOS DE INVESTIGACIN

Este Manual ser utilizado como apoyo importante al desarrollo de la asignatura Lenguaje Audiovisual, en algunos casos ser estudiado previamente por indicacin del profesor, lo que permitir el anlisis y debate colectivo del tema ledo; en otros casos, servir para una lectura que complemente las explicaciones recibidas durante las sesiones de aprendizaje. Esta lectura ser comprensiva y deber utilizar las tcnicas de estudio que se propone en uno de los temas desarrollados.

Despus de la lectura comprensiva efectuada debers desarrollar las actividades de aplicacin propuestas en el Manual. Algunos trabajos son individuales y otros son para desarrollarse en grupos. Pueden ser realizados en aula, o requerir de trabajo de campo; ambas modalidades fortalecen la capacidad de autoaprendizaje del estudiante.

Tambin debers resolver las cuestiones planteadas en la autoevaluacin al final de cada tema. Si tuvieras dificultad consulta a tu profesor o efecta investigaciones puntuales.

xitos y buena suerte

DIAGRAMA DE CONTENIDOS

AUDITORA GUBERNAMENTAL Y DE GESTIN

ASPECTOSGENERALES

PLANIFICACIN

EJECUCIN

INFORME

CONTENIDOS ACTITUDINALES

Los cuales sern desarrollados de manera transversal en todas las unidades temticas de la asignatura.

Valora la importancia de comprender los fundamentos de la auditoria gubernamental y de gestin como herramienta significativa del desempeo profesional.

Evala la importancia que tiene el proceso del planeamiento centrados en los enfoques que impone el mundo moderno.

Aprecia los resultados del aprendizaje significativo con la utilizacin del mapa conceptual y el desarrollo de las habilidades del estudiante universitario.

Distingue la importancia de la aplicacin de las caractersticas, lineamientos que requieren los informes de auditoria para lograr soluciones integrales que satisfagan las necesidades de las entidades.

AUDITORA GUBERNAMENTAL Y DE GESTIN

UNIDAD I

ASPECTOS GENERALES

CONTENIDOS PROCEDIMENTALES Analiza en forma individual los fundamentos de la enseanza como objeto de la Auditoria Gubernamental y de Gestin.

Discute en grupo de trabajo su caracterstica principal en su alcance y la evaluacin del desempeo de la gestin gubernamental y empresarial.DIAGRAMA DE CONTENIDOS UNIDAD I

ASPECTOS GENERALES

GENERALIDADES

LEY N 27785

NORMAS GENERALES

POSTULADOS BASICOS

TIPOS DE ACCIONES DE CONTROL

Que es la Accin de Control?Se denomina accin de control a la que desarrolla el personal conformante de los rganos del Sistema y/o el de las Sociedades de Auditoras designadas y contratadas para tal fin, mediante la aplicacin de un conjunto de procedimientos y mtodos, en el ejercicio de las atribuciones que le confiere la ley.

Quin desarrolla las acciones de Control?El personal de los rganos conformantes del Sistema Nacional de Control y/o de las Sociedades de Auditora designadas y contratadas para tal fin.

LAS ACCIONES DE CONTROL SE EJECUTAN MEDIANTE:a)Auditora Es el examen profesional que comprenden los campos financiero y administrativo, con la finalidad de formular un dictamen sobre la razonabilidad de los estados financieros en su conjunto e informar sobre la confiabilidad de controles internos, as como el cumplimiento de los dispositivos legales en vigencia y la consecucin de objetivos y metas previstas (gestin).

Segn las Normas de Auditora Gubernamental:a.1.Auditora Financiera. Comprende a la auditora de estados financieros y la auditora de asuntos financieros en particular.El objetivo de la auditora de estados financieros es determinar si estos presentan razonablemente la situacin financiera, los resultados de sus operaciones y sus flujos de efectivo de acuerdo con principios de contabilidad generalmente aceptados.

La auditora de asuntos financieros en particular se aplica a programas, actividades, funciones o segmentos, con el propsito de determinar si estos se presentan de acuerdo con criterios establecidos o declarados expresamente.

a.2.Auditora de Gestin. Tiene por objeto evaluar el grado de economa, eficiencia y eficacia en el manejo de los recursos pblicos, as como el desempeo de los servidores y funcionarios del Estado, respecto al cumplimiento de las metas programadas y el grado con que se estn logrando los resultados o beneficios previstos por la Ley de Presupuesto o por la entidad que haya aprobado el programa o la inversin correspondiente.

La Auditora de Gestin pasa a ser hoy por hoy un elemento vital para la gerencia, permitindole conocer a los ejecutivos qu tan bien resuelven los problemas econmicos, sociales y ecolgicos que a este nivel se presentan generando en la empresa un saludable dinamismo que la conduce exitosamente hacia las metas propuestas.La evaluacin integral es un nuevo enfoque dentro de la cultura administrativa moderna que consiste en implantar, utilizar y desarrollar mtodos y tcnicas que refleje en forma objetiva el nivel real de la administracin y la situacin de la empresa. Muchos trabajos, mtodos, tcnicas y procedimientos se pueden encontrar en libros y manuales para la realizacin del diagnstico de los problemas y sus causas.

b)Examen EspecialEs una auditora limitada que comprende la verificacin, revisin o estudio de una parte de las operaciones financier1as o administrativas. El alcance es menor al requerido para la emisin de un dictamen, con la finalidad de evaluarlas, verificarlas y elaborar el correspondiente informe que contenga observaciones, conclusiones y recomendaciones.

Asimismo se efecta exmenes especiales para investigar denuncias de diversa ndole y ejercer el control de las donaciones recibidas, as como de los procesos licitarios, del endeudamiento pblico y cumplimiento de contratos de gestin gubernamental, entre otros.

El examen especial es efectuado por la Contralora General de la Repblica y por los rganos de Auditora Interna del Sistema, como parte del alcance del trabajo necesario para emitir el informe sobre la Cuenta General de la Repblica presentada por la Contadura Pblica de la Nacin.

DEFINICINEs un Es el examen objetivo, sistemtico y profesional, realizado con el fin obtener las evidencias necesarias y de proporcionar una evaluacin independiente sobre el desempeo (rendimiento) de una entidad, programa, proyecto o actividad, orientada evaluar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas institucionales, observando la normativa vigente y a mejorar la efectividad, eficiencia, economa en el uso de los recursos y el control gerencial, para facilitar, segn corresponda, a la toma de decisiones por quienes son responsables de adoptar acciones correctivas y mejorar su gestin ante el pblico.

La Auditora GUBERNAMENTAL se ocupar de estudiar si las personas responsables de la administracin de estas actividades tcnicas han tomado las medidas necesarias para la implantacin de los controles administrativos, adecuados que aseguren que la calidad del trabajo llegue al standard establecido, que los programas se cumplan y que la labor se efecte en una forma econmica.

1.- Arthur W. Holmes y Wayne S. Overmyer en Auditora, Principios y Procedimientos 7ma. EdicinLa Auditora Operacional o Administrativa significa la extensin de la auditora a todas las operaciones de un negocio y no se limita a las reas financieras o contables.

2.- Edward F. Norberk en Auditora Administrativa

La Auditorade Gestin o Administrativa ha sido definida como una nueva disciplina de control para evaluar la efectividad de los procedimientos operativos y los controles internos.

3.- La Asociacin de Contadores del Gobierno Federal de los Estados Unidos de NorteamricaLa Auditorade Gestin de rendimiento o administrativa, son conceptos relativamente sinnimos los que:

(1) Describen los enfoques dinmicos de auditora y las tcnicas empleadas para extender el alcance de una auditora ms all de los aspectos tradicionales de control financiero y de custodia, para abarcar una dimensin e identificar las oportunidades de incrementar la eficiencia, reducir costos y mejorar la efectividad operacional o de programas.(2) Proporcionar un mtodo efectivo de satisfacer la demanda cada vez mayor, por parte de legislaturas, consejos, etc., de informacin definitiva sobre el uso productivo de los recursos presupuestarios asignados, de conclusiones basadas en criterios apropiados sobre la eficiencia de las operaciones de las diferentes reparticiones, y de la evaluacin por medio de las auditorias de la efectividad de los programas y el cumplimiento de la legislacin vigente.

4.- Lennis M. Knighton en La Auditora Posterior de Rendimiento en el Gobierno EstatalUna auditora posterior de rendimiento es un examen independiente con el fin de proveer a la legislatura una evaluacin e informe sobre la marcha en que los administradores de las entidades y dependencias del estado han descargado sus responsabilidades de administrar los programas del Estado de manera fiel, eficiente y efectiva.

5.- William T. Greenwood en la Poltica del Neogico Un enfoque de la Auditora GerencialUna auditora Gerencia es un enfoque tipo lista de verificacin del anlisis de las funciones gerenciales y de las operaciones y decisiones de la empresa.

6.- James P. Wesberry, en Auditora Operacional, instrumento de Gerencia DinmicaAuditora Operacionales el Examen y evaluacin de las actividades realizadas en una entidad para establecer y aumentar el grado de eficiencia, efectividad y economa de su planificacin, organizacin, direccin y control interno.

AUDITORIA GUBERNAMENTALLa Auditora Gubernamental es un examen general de documentos, registros, informes, sistemas de control, sistemas contables, procedimientos financieros y otras evidencias, para cumplir con determinados propsitos :Servir como un medio de control para evitar o descubrir la prdida de fondos pblicos, ya sean estos por ineficiencia o fraude;

- Determinar la propiedad, legalidad y exactitud numrica de las transacciones financieras de la entidad Gubernamental;Determinar que todas las transacciones financieras han sido debidamente registradas;-Sugerir ciertas mejoras para una administracin efectiva, luego de determinar si son adecuados los registros, documentos, procedimientos contables y controles internos;Determinar si la gestin de los funcionarios encargados de la administracin de los recursos financieros de una entidad gubernamental, son correctos.Determinar si los estados financieros han sido formulados en base a las cuentas contables, presentando razonablemente la posicin y los resultados de las operaciones financieras de la entidad gubernamental, de conformidad con los principios de contabilidad gubernamental y aplicados sobre bases uniformes con los del ao anterior.Establecer las responsabilidades penales, civiles y administrativas.

Otra definicin de Auditora Gubernamental es la siguiente:

Es el examen objetivo, sistemtico y profesional de las operaciones financieras y/o administrativas, efectuado con posterioridad a su ejecucin en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, elaborando el correspondiente informe. Se debe aplicar las tcnicas, mtodos y procedimientos establecidos por la profesin del Contador Pblico.

AUDITORIA DE GESTION ( NAGU)Su objetivo es evaluar el grado de economa, eficiencia y eficacia en el manejo de los recursos pblicos, as como el desempeo de los servidores y funcionarios del Estado, respecto al cumplimiento de las metas programadas y el grado con que se estn logrando los resultados o beneficios previstos por la legislacin presupuestal o por la entidad que haya aprobado el programa o la inversin correspondiente.

La auditora de gestin puede tener, entre otros, los siguientes propsitos:

1.Determinar si la entidad adquiere, protege y emplea sus recursos de manera econmica y eficiente.2.Establecer las causas de ineficiencias o prcticas antieconmicas.3. Evaluar si los objetivos de un programa son apropiados, suficientes o pertinentes y el grado en que produce los resultados deseados.

Generalmente, al trmino de una auditora de gestin el auditor no expresa una opininsobre el nivel integral de dicha gestin o el desempeo de los funcionarios. Por tanto, estas normas no prevn que se exija al auditor una opinin de esa naturaleza. Sin embargo, el auditor deber presentar en su informe, hallazgos y conclusiones respecto a la magnitud y calidad de la gestin o desempeo, as como en relacin con los procesos, mtodos y controles internos especficos, cuya eficiencia o eficacia considere susceptible de mejorarse. Si estima que existen posibilidades de mejora, el auditor deber recomendar las medidas correctivas apropiadas.

Auditora Gubernamental (CPC Juan Francisco lvarez I.)

La Auditora de Gestin es el Examen objetivo y sistemtico de evidencias, realizado con el fin de proporcionar una evaluacin independiente sobre la gestin de una entidad, programa o actividad gubernamental, orientada a mejorar la eficiencia y economa en el uso de los recursos pblicos, as como el cumplimiento de las leyes y reglamentos.

Su informe final identifica situaciones que inciden en la gestin y promueve mejorar en la entidad a travs de sus recomendaciones.

Se define Auditora de Gestin como: El examen que se realiza en una entidad para establecer el grado de economa, eficiencia y en la planificacin, control y uso de sus recursos y comprobar la observancia de las disposiciones pertinentes, con el objetivo de verificar la utilizacin ms racional de los recursos y mejorar las actividades primarias examinadasSe est en presencia de una auditora que evala objetivos econmicos, sociales y ecolgicos y por tanto su diseo corresponde a una actividad especfica, generalmente no puede ser utilizada en su totalidad en otra entidad diferente.

Auditora de Gestin: Es el examen de planes, programas, proyectos y operaciones de una organizacin o entidad pblica, a fin de medir e informar sobre el logro de los objetivos previstos, la utilizacin de los recursos pblicos en forma econmica y eficiente, y la fidelidad con que los responsables cumplen con las normas jurdicas involucradas en cada caso.

OTRA DEFINICINLa Auditora de gestin es el examen que se efecta a una entidad por un profesional externo e independiente, con el propsito de evaluar la eficiencia de la gestin teniendo en cuenta los objetivos generales; su eficiencia como organizacin y su actuacin y posicionamiento desde el punto de vista competitivo con el propsito de emitir un informe sobre la situacin global de la misma y la actuacin de la direccin.

FINALIDADES DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTALLa Auditora Gubernamental tiene como finalidad, efectuar exmenes independientes sobre la manera en que las entidades pblicas y sus funcionarios descargan sus responsabilidades financieras y administrativas. Tales responsabilidades incluyen una administracin prudente y control directo del patrimonio y fondos pblicos, y su utilizacin efectiva, eficiente y econmica destinada solamente para programas, actividades o proyectos autorizados que permitan alcanzar las metas propuestas por las entidades. Los conceptos de Eficacia, Eficiencia y Economa estn indisolublemente asociados a la auditora de gestin.EficaciaLogro de las metas u objetivos programados.Se entiende por eficacia el grado de cumplimiento de una meta, la que puede estar expresada en trminos de cantidad, calidad, tiempo, costo, etc. Es fundamental por lo tanto que la organizacin cuente con una planificacin detallada, con sistemas de informacin e instrumentos que permitan conocer en forma confiable y oportuna la situacin en un momento determinado y los desvos respecto a las metas proyectadas. Si esto no existe, difcilmente podr medirse la eficacia.

EficienciaRendimiento efectivo sin desperdicio innecesario.Se refiere a la relacin entre los bienes o servicios producidos y los recursos utilizados para producirlos. Una operacin eficiente produce el mximo de producto para una cantidad dada de insumos o requiere del mnimo de insumos para una calidad y cantidad de producto determinada. El objetivo es incrementar la productividad.

EconomaOperacin al costo mnimo posibleEl concepto de economa evala silos resultados se estn obteniendo a los costos alternativos ms balos posibles. Est referido a los trminos y condiciones bajo los cuales los entes adquieren recursos humanos y materiales. Una operacin econmica requiere que esos recursos sean obtenibles en la cantidad y calidad adecuada, de manera oportuna y al ms bajo costo.

Por lo tanto podemos decir que una auditora de cualquier naturaleza tiene las caractersticas siguientes:1.- Es un examen incluyendo evaluaciones, estudios, revisiones, diagnsticos e investigaciones necesarias.2.- Es objetivo siendo una condicin que el auditor sea independiente de las actividades y siempre manteniendo una independencia de actitud mental.3.- Es sistemtica, planeado y efectuado.4.- Es profesional siendo dirigido por un auditor o Contador Pblico Colegiado y con un cdigo de tica profesional.5.- Cubre las operaciones financieras y/o administrativas de una entidad.6.- Se efecta posteriormente al llevar a cabo sus operaciones, pero su valor disminuye en proporcin a cualquier demora entre la ejecucin de las operaciones y su examen posterior.7.- Evala las operaciones examinadas comprobndolas con normas de rendimiento, calidad y de cualquier otra norma aplicable.8.- Verifica las operaciones determinando su veracidad, legalidad y propiedad.9.- Concluye en un informe por escrito.10.- El informe contiene comentarios u observaciones en forma narrativa, presentando los hallazgos mas significativos.11.- El informe contiene recomendaciones constructivas para mejoras en las operaciones examinadas.

12.- El informe contiene las conclusiones del auditor con respecto a lo informado.

La Auditora de Gestin NO ES :

1.- La opinin del auditor sobre la marcha general de la entidad sin base tcnica.ES la conclusin general del auditor sobre el accionar de la entidad contrastando su rendimiento, efectividad. Eficiencia y Economa contra las pautas o normas establecidas para una slida gestin, para las operaciones especficas y para el campo tcnico de actividad.2.- Una revisin por un auditor de actividades fuera de su capacidad tcnica.ES Una revisin por un auditor asesorado por profesionales de otras disciplinas cuando sea necesario.3.- Un proceso de juicio sobre las decisiones diarias de los administradores y funcionarios.ES un proceso de evaluaciones que concluye con la formulacin de una opinin sobre la eficiencia, eficacia y economa de las decisiones diarias.4.- Una evaluacin aislada de acciones individuales.ES un examen y evaluacin global, en forma comprensiva de la eficiencia, efectividad y economa de la administracin integral de la entidad en el logro de las metas programadas.5.- Un examen dirigido a censurar la administracin de las entidades.ES un examen dirigido a asesorar a la entidad que no han logrado el cumplimiento de las metas programadas determinando por que y como accionar para lograr el cumplimiento de dichas metas con eficiencia, efectividad y economa.6.- Una fiscalizacin administrativa que busca encontrar nicamente irregularidades.ES un examen positivo que busca formular recomendaciones para posibles mejoras en la eficiencia, efectividad y economa de la entidad.

PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE AUDITORIA GUBERNAMENTAL Y AUDITORIA FINANCIERAPodramos decir que existen muchas similitudes as como diferencias entre la Auditora Financiera y la Auditora Gubernamental, obviamente que una se refiere a la Auditora del sector privado y otra a la Auditora del sector pblico respectivamente.

El proceso del examen y muchos de los procedimientos de Auditora no varan, sea en el sector privado como en el sector pblico. Los principios bsicos de Contabilidad y Auditora son uniformes, con pocas excepciones.

As podemos ir viendo algunas diferencias principales:1. Podramos decir que mientras la Auditora Financiera va dirigida ms a descubrir si los estados financieros presentan o no razonablemente la situacin financiera y los estados de operaciones de la entidad, la Auditora Gubernamental va dirigida ms a descubrir si las entidades y funcionarios pblicos han descargado sus responsabilidades financieras de manera efectiva, eficiente, econmica y honesta o transparente.

2. En la empresa privada no existe la restriccin legislativa, que s hay en las entidades pblicas, de ah que la Auditora Gubernamental va dirigida a determinar si las operaciones financieras se encuentran o no de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y reglamentos internos, poniendo nfasis en lo presupuestal.3.En las empresas privadas existe una flexibilidad mucho mas amplia que en la administracin pblica, por lo tanto la Auditora Financiera es algo mas flexible que la Auditora Gubernamental.4.En la Auditora financiera la oportunidad del examen lo decide la propia entidad, en la Auditora Gubernamental lo decide la Contralora General de la Repblica de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.5. Los valores que puedan tener los inventarios y activos fijos no son tan importantes en la Auditora Gubernamental como en la Financiera.(excepto en las empresas pblicas).6. Por ser los propsitos de las empresas privadas distintas a las del gobierno, la contabilidad es distinta, lo que trae consigo que la Auditora tambin difiera. 7. La Auditora Gubernamental no se encuentra muy desarrollada, de ah que se hace difcil y necesario de que cada vez que se presenta la oportunidad, la Auditora Gubernamental, deba beneficiarse de las tcnicas y avances de la Auditora Financiera.

DIFERENCIAS ENTRE LA AUDITORA FINANCIERA Y DE GESTIN

FINANCIERAGESTINObjetoEstados Financieros y PresupuestariosGestin de la Entidad

ObjetivoExpresar opinin sobre laMedir evaluar la eficiencia, economa,razonabilidad eficacia De los Estados Financieros y cumplimiento de metas y objetivos de la entidad.Sugerir soluciones y proponer mejoras en las operaciones y en los controles Gerenciales de la entidad.

EnfoqueFinancieroGerencial, operativo de resultados, metas y objetivos.

Oportunidad de la AuditoraExamen posteriorExamen posterior y presente.

Marco normativo de referenciaPlan contable, NIC, NIAMarco normativo de los sistemas administrativos.

Profesionales que intervienenContadores PblicosMultidisciplinario

Resultados de AuditoraDictamen sobre los Estados FinancierosInforme conteniendo Observaciones, Conclusiones y Recomendaciones.

Base del ExamenPrincipios de Contabilidad GeneralmentePrincipios de Contabilidad Generalmente Aceptados.Aceptados y cumplimiento de la normativa.

Propsito GeneralEvaluacin de la razonabilidad de losEvaluacin del desempeo, identificacin de Estados Financieros.Las oportunidades de mejoras y desarrollo deRecomendaciones promoviendo mejoras y acciones correctivas.PA CONSTITUCION POLITICA DEL PERULos artculos referentes al Sistema Nacional de Control y Contralora General de la Repblica son los siguientes :

El artculo 81 seala que la Cuenta General de la Repblica, acompaada del informe de auditora de la Contralora General, es remitida por el Presidente de la Repblica al Congreso en un plazo que vence el 15 de noviembre del ao siguiente al de ejecucin del presupuesto.

Como se puede apreciar, se seala claramente que el informe de la Contralora General de la Repblica, sobre la Cuenta General es el resultado de una auditora y no como lo sealaba anteriormente la Constitucin Poltica del Per de 1979 (art. 200), que se refera solo a un informe.

El artculo 82 seala que la Contralora General de la Repblica es una entidad descentralizada de Derecho Pblico que goza de autonoma conforme a su ley orgnica. Es el rgano superior del Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la ejecucin del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pblica y de los actos de las instituciones sujetas a control.

El Contralor General es designado por el Congreso a propuesta del Poder Ejecutivo por siete aos. Puede ser removido por el Congreso por falta grave.

En este artculo debemos resaltar que al hablar de la supervisin de los actos de las instituciones, estamos hablando de la Auditora de Gestin, es decir de eficiencia, eficacia y economa.

Adems debemos indicar que la Contralora General de la Repblica, como rgano superior del Sistema Nacional de Control es quien dicta las disposiciones que regula su funcionamiento.

El artculo 96 precisa que cualquier representante a Congreso puede pedir a los Ministros de Estado, al Jurado Nacional de Elecciones, Al Contralor General, al Banco Central de Reserva, a la Superintendencia de Banca y Seguros, a los gobiernos locales y a las instituciones que seala la ley los informes que estime necesario.

El pedido se hace por escrito y de acuerdo al Reglamento del Congreso. La falta de respuesta da lugar a las responsabilidades de ley.

El artculo 99 dice que corresponde a la Comisin Permanente acusar ante el Congreso : al Presidente de la Repblica; a los representantes a Congreso; a los Ministros de Estado; a los miembros del Tribunal Constitucional; a los miembros del Consejo Nacional de la Magistratura; los vocales de la Corte Suprema; a los fiscales supremos al Defensor del Pueblo y al Contralor General por infraccin de la Constitucin y por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco aos despus de que hayan cesado stas.

El artculo 170 nos dice que la ley asigna los fondos destinados a satisfacer los requerimientos logsticos de las Fuerzas Armadas y la Polica Nacional. Tales fondos deben ser dedicados exclusivamente a fines institucionales, bajo el control de la autoridad sealada por la ley.El artculo 199 seala que las Regiones y las municipalidades rinden cuenta de la ejecucin de su presupuesto a la Contralora General de la Repblica. Son fiscalizadas de acuerdo a Ley.

LEY ORGNICA DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Y DE LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPBLICA - LEY N 27785

I.I.ALCANCE, OBJETO Y MBITOLa Ley N 27785, establece las normas que regula el mbito, organizacin, atribuciones y funcionamiento del SNC y CGR como ente tcnico rector de dicho sistema.(Art. 1).

Es objeto de la ley propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar la correcta, eficiente y transparente utilizacin y gestin de los recursos y bienes del estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores pblicos, as como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos de las instituciones sujetas a control. (art. 2)

Se aplica la presente Ley a toda entidad sujeta a control por el Sistema. Ej: Entidades y rganos que bajo cualquier denominacin formen parte del Poder Ejecutivo, incluyendo las Fuerzas Armadas y Polica Nacional y sus respectivas instituciones. Gobiernos Regionales y Locales e instituciones y empresas pertenecientes a los mismos, por los recursos y bienes materia de su participacin accionaria. Las unidades administrativas del Poder Legislativo, del Poder Judicial y del Ministerio Pblico. Los Organismos Autnomos e instituciones y personas de derecho pblico. Los organismos reguladores de los servicios pblicos y las entidades a cargo de supervisar el cumplimiento de los compromisos de inversin provenientes de contratos de privatizacin. Las empresas del Estado, as como aquellas empresas en las que ste participe en el accionariado, cualquiera sea la forma societaria que adopten, por los recursos y bienes materia de dicha participacin. Las entidades privadas, las entidades no gubernamentales y las entidades internacionales, exclusivamente por los recursos y bienes del Estado que perciban o administren.(Art. 3).

Regula que las entidades que se encuentran sujetas al Sistema Nacional de Control y que destinan recursos a otra no sujeta, se encuentran obligadas a informar a la Contralora General sobre la inversin y sus resultados, derivados de la evaluacin permanente que debe practicarse sobre tales recursos. (Art.4).

Las disposiciones de sta Ley y aquellas que expida la CGR prevalecen en materia de control gubernamental sobre las que, en oposicin o menoscabo de stas, pueden dictarse por las entidades.(Art. 5)

I.II.DEL CONTROL GUBERNAMENTALDefine al Control Gubernamental como la supervisin, vigilancia y verificacin de los actos y resultado de la gestin pblica, en atencin al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economa en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado; as como el cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de poltica y planes de accin, tambin evala los sistemas de administracin, gerencia y control con fines de su mejoramiento a travs de la adopcin de acciones preventivas y correctivas pertinentes. Es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente.(Art. 6).

INTERNO : Acciones de cautela previa, simultnea y de verificacin posterior que realiza la entidad sujeta a control. Su ejercicio es previo, simultneo y posterior.

El Control Interno Previo y Simultaneo compete exclusivamente a las autoridades, funcionarios y servidores pblicos de las entidades como responsabilidad propia de las funciones que le son inherentes.El Control Interno Posterior es ejercido por los responsables superiores del servidor o funcionario ejecutor, as como por el rgano de control institucional segn sus planes y programas anuales.

EXTERNO : Conjunto de polticas, normas, mtodos y procedimientos tcnicos que compete aplicar a la CGR u otro rgano del Sistema. Se realiza fundamentalmente mediante acciones de control con carcter selectivo y posterior. Podr ser preventivo y simultaneo cuando se determine taxativamente por la presente Ley o por normativa expresa. Podr llevarse a cabo inspecciones y verificaciones, as como las diligencias, estudios e investigaciones necesarias para fines de control. (Art.7 8).

PRINCIPIOS DEL CONTROL GUBERNAMENTALSon principios que rigen el ejercicio del control Gubernamental:

a.Universalidad: b.Carcter Integral: c.Autonoma Funcional d.El carcter permanente e.El carcter Tcnico y Especializado f. La legalidadg. El debido proceso de controlh. La eficiencia, eficacia y economai. La oportunidadj. Objetividadk. La materialidadl. El carcter selectivo del control al. La presuncin de licitudm. El acceso a la informacinn. La reservao. La continuidad de las actividades o funcionamiento de la entidad al efectuar una accin de controlp. La publicidadq. La participacin ciudadanar. La flexibilidad

Los citados principios son de observancia obligatoria por los rganos de control y pueden ser ampliados o modificados por la CGR, a quien compete su interpretacin.(Art. 9).

ACCIN DE CONTROLEs la herramienta esencial del Sistema, mediante la aplicacin de las normas, procedimientos y principios que regulan el control gubernamental, efecta la verificacin y evaluacin, objetiva y sistemtica de los actos y resultados producidos por la entidad en la gestin y ejecucin de los recursos, bienes y operaciones institucionales.

Las acciones de control se realizan con sujecin al Plan Nacional de Control y a los planes aprobados para cada rgano del Sistema. Dichos planes deben contar con los recursos presupuestales y se encuentran protegidos por el principio de la reserva.

Como consecuencia de las acciones de control se emitirn los informes correspondientes.Sus resultados se exponen al Titular de la entidad, salvo que se encuentre comprendido como presunto responsable civil y/o penal (Art.10).

RESPONSABILIDADES Y SANCIONES DERIVADAS DEL PROCESO DE CONTROLLas acciones de control no sern concluidas sin antes otorgar al personal responsable la oportunidad de conocer y hacer sus comentarios y aclaraciones sobre los hallazgos en que estuvieran incursos, salvo en los casos justificados sealados en las normas reglamentarias.

En caso de que se identifiquen responsabilidad de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y lascompetentes de acuerdo a ley, adoptarn inmediatamente las acciones para el deslinde de la responsabilidad administrativa funcional y aplicacin de la respectiva sancin, e iniciarn, ante el fuero respectivo, aquellas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad sealada.

Las sanciones se imponen por el Titular y respecto de ste en su caso por el organismo o sector jerrquico superior o el llamado por ley. (Art. 11)

II.I.CONCEPTO Y CONFORMACIN DEL SISTEMAEl SNC es el conjunto de rganos de control, normas, mtodos y procedimientos, estructurados e integrados funcionalmente, destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada. Est conformada por la CGR, Todas las unidades orgnicas responsables del control gubernamental en las entidades sealadas en el art. 3 y las SOA cuando son designadas por la CGR.El ejercicio del control gubernamental se efecta bajo la autoridad normativa y funcional de la CGR.(Art. 12-13-14)

II.II. ATRIBUCIONES DEL SISTEMA NACIONAL DEL CONTROL.a. Efectuar la supervisin, vigilancia y verificacin de la correcta gestin y utilizacin de los recursos y bienes del Estado.b. Formular oportunamente recomendaciones para mejorar la capacidad y eficiencia de las entidades en la toma de sus decisiones y en el manejo de sus recursos.c. Impulsar la modernizacin y el mejoramiento de la gestin pblicad. Propugnar la capacitacin permanente de los funcionarios y servidores pblicos en materias de administracin y control gubernamental. Los Titulares de las entidades estn obligados a disponer que el personal que labora en los sistemas administrativos participe en los eventos de capacitacin en la Escuela Nacional de Control.e. Exigir a los funcionarios y servidores pblicos la plena responsabilidad por sus actos, sea administrativa funcional, civil y/o penal.f. Emitir informes con el debido sustento tcnico y legal, constituyendo prueba pre constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que sean recomendadas en dichos informes. g. Brindar apoyo tcnico al Procurador Pblico o al representante legal de la entidad, en los casos en que deban iniciarse acciones judiciales.(Art. 15)II.III RGANOS DEL SISTEMA

CONTRALORA GENERALLa Contralora General es el ente tcnico Rector del Sistema Nacional de Control, tiene autonoma administrativa, funcional, econmica y financiera que tiene por misin dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestin de las entidades, la promocin de valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores pblicos, as como contribuir con los Poderes del Estado en la toma de decisiones y con la ciudadana para su adecuada participacin en el control social. (Art.16)

RGANO DE AUDITORA INTERNALas entidades comprendidas en los incisos a), b), c) y d), del articulo 3, as como en las empresas donde el Estado tengan una participacin accionaria total o mayoritaria tendrn un OAI ubicado en el mayor nivel jerrquico de la estructura de la entidad. El titular tiene la obligacin de cautelar la adecuada implementacin del OAI.El citado rgano mantiene una relacin funcional con la CGR.El Jefe del OAI mantiene una vinculacin de dependencia funcional y administrativa con la CGR. Su designacin y separacin se efecta por la CGR. (Art. 17 18 19)

Las SOA, son las personas jurdicas calificadas e independientes en la realizacin de labores de control posterior externo, designados mediante Concurso Pblico de Mritos, cuyo proceso de designacin y contratacin, el seguimiento y evaluacin de informes, las responsabilidades, as como su registro, es regulado por la CGR.

Los rganos del SNC ejercen su funcin de control gubernamental con arreglo a lo establecido en la presente Ley y las disposiciones que emite la CGR.(Art. 20 21)

III.I. Son atribuciones de la CGR:a. Tener acceso en cualquier momento y sin limitacin a los registros, documentos e informacin de las entidades aun cuando sean secretos. Requerir informacin a particulares que mantengan o hayan mantenido relaciones con las entidades, siempre y cuando no violen la libertad individual.b. Ordenar que los rganos del Sistema realicen las acciones de control que sean necesarios o ejercer en forma directa el control externo posterior sobre los actos de las entidades..c. Supervisar y garantizar el cumplimiento de las recomendaciones.d. Disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata por el Procurador Pblico de la CGR.e. Normar y velar por la adecuada implantacin de los OAI.f. Presentar anualmente al Congreso de la Repblica el Informe de evaluacin a la Cuenta General de la Repblica, para cuya formulacin la CGR dictar las disposiciones pertinentes.g. Absolver consultas e interpretar la normativa de control gubernamental con carcter vinculante.h. Aprobar el Plan Nacional de Control y los planes anuales de control de las entidades.i. Efectuar acciones de control ambiental, recursos naturales, Patrimonio cultural, informando peridicamente a la comisin correspondiente del Congreso de la Repblica.j. Emitir opinin previa vinculante sobre adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras que tengan carcter de secreto militar.k. Otorgar autorizacin previa a la ejecucin y al pago de los presupuestos adicionales de obra pblica.l. Informar previamente sobre las operaciones, fianzas, avales y otras garantas que otorgue el Estado.ll. Designar en forma exclusiva, SOA que se requieran, a travs de Concurso Pblico de Mritos.m. Requerir el apoyo y/o destaque de funcionarios y servidores de entidades para ejecutar control gubernamental.n. Recibir y atender denuncias y sugerencias de la ciudadana.. Promover la participacin ciudadana, mediante audiencias pblicas y/o sistemas de vigilancia en las entidades, con el fin de coadyuvar en el control gubernamental.o. Participar directamente y/o en coordinacin con las entidades en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros.p. Recibir, registrar, examinar y fiscalizar las Declaraciones Juradas de Bienes y Rentas de los funcionarios y servidores pblicos.q. Verificar y supervisas el cumplimiento de las disposiciones sobre prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores pblicos y otros.r. Citar y tomar declaraciones a cualquier persona cuyo testimonio puede ser til para el esclarecimiento de hechos.s. Dictar disposiciones necesarias para articular los procesos de control con los Planes y programas nacionales.t.Emitir disposiciones y/o procedimientos para implementar operativamente medidas y acciones contra la corrupcin administrativa, promoviendo una cultura de honestidad y probidad de la gestin pblica.u. Establecer los procedimientos para que los titulares de las entidades rindan cuenta oportuna ante el rgano Rector, por los fondos o bienes del Estado a su cargo, as como de los resultados de su gestin.v. Asumir la defensa personal de la institucin.w. Establecer el procedimiento selectivo de control sobre las entidades pblicas beneficiarias por las mercancas donadas provenientes del extranjero.x. Ejercer el control de desempeo de la ejecucin presupuestal.y. Regular el procedimiento, requisitos, plazos y excepciones para el ejercicio del control previo externo, de los literales j), k), y l).z. Celebrar convenios de cooperacin interinstitucional. (Art. 22).

Las decisiones que emita la CGR no podrn ser objeto de arbitraje .Los Informes de control emitidos por el Sistema constituyen actos de administracin interna y pueden ser revisados de oficio por la CGR, quien podr disponer su reformulacin.El Congreso de la Repblica fiscaliza la gestin de la Contralora General.(Art. 23 24 25).

VI. CONTROL DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICA NACIONALSin perjuicio de las Inspectoras Generales del Ejrcito, Marina de Guerra, Fuerza Area y de la Polica Nacional, cuyas competencias es a asuntos netamente castrenses y disciplinarios, contarn con un OAI encargado de efectuar exclusivamente el control de la gestin administrativa, econmica y financiera de los recursos del Estado asignados de acuerdo a las normas del SNC.Las Jefaturas son designados por el Contralor General de la Repblica.

Responden directamente al Contralor General de la Repblica, con arreglo a las normas del SNC. Para su separacin se sujetan a lo prescrito en el artculo 19. (Art. 39 40).

OTRAS ACCIONES ENCOMENDADAS A LA CONTRALORA GENERAL DE LA REPBLICA1.-En el caso que el monto de los presupuestos adicionales de obras excedan, el 15% del valor de la obra contratada, el pago requiere la autorizacin previa de la Contralora General de la Repblica la que tendr diez (10) das hbiles improrrogables para revisar si la documentacin presentada est completa y veinte (20) das hbiles para su calificacin. De no emitirse la autorizacin respectiva en el perodo sealado, se aplica el silencio administrativo positivo, entendindose que el pago adicional es procedente y podr continuar con la ejecucin de la obra.La Contralora General de la Repblica informar a la Comisin de Presupuesto y Cuenta General de Congreso de la Repblica, dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de emitido el informe. Igualmente informar a dicha Comisin si ha operado el silencio administrativo positivo dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de producido ste.2.- La Contralora General de la Repblica debe evaluar las causas que motivaron de que las entidades declaren desiertas las Licitaciones Pblicas, Concursos Pblicos de Precios o Concursos Pblicos de Mritos en forma reiterativa. Para cuyo efecto las entidades remiten a la a la Contralora General de la Repblica, (C. G. R.) dentro de los quince (15) das calendario siguientes al cierre de cada trimestre, una relacin de todas las convocatorias a Licitacin Pblica y Concurso Pblico de Precios y de Mritos realizados durante dicho perodo, con la documentacin que permita apreciar sus resultados.3.- Las evaluaciones del presupuesto del sector pblico se remiten a la Comisin de Presupuesto y Cuenta General de la Repblica del Congreso de la Repblica, a la Contralora General de la Repblica y a la Direccin General de Presupuesto Pblico de acuerdo a lo siguiente :

a.Las evaluaciones financieras y globales, as como las del Comit de Caja dentro de los quince (15) das de efectuadas.

b.Las evaluaciones institucionales, de Gobiernos Locales, de las Empresas Financieras y no Financieras, del Programa de Promocin de la Inversin Privada, y del programa de la mejora de la calidad de los servicios sociales bsicos, dentro de los cinco (5) das de efectuadas. c.Las evaluaciones institucionales de los Programas de Mejora del Gasto Social Bsico, dentro de los cinco (5) das de efectuadas. Estas evaluaciones tambin son remitidas a la Presidencia del Consejo de Ministros.4.- La Contralora General de la Repblica y los rganos de Control Interno de cada entidad quedan encargadas de cautelar el estricto cumplimiento de las disposiciones dictadas en la Ley de Presupuesto General de la Repblica.5.- El rgano Rector del Sistema Nacional de Control asume la responsabilidad de la supervisin y control del gasto en lo que se refiere al Programa del Vaso de Leche, los recursos financian la racin alimenticia diaria compuesta por leche y/o alimento equivalente: avena, soya, quiwicha, quinua, o cualquier otro alimento, prioritariamente producidos en la zona, utilizado, por los pobladores de una regin o zona como desayuno, de acuerdo a sus hbitos de consumo; as como otros insumos que complementen o mejoren el valor nutritivo de la racin. Todos los excedentes que se generen como resultado del uso alternativo de donaciones en especie de los productos antes mencionados, se orientan, necesariamente, a la adquisicin de alimentos complementarios para el Programa del Vaso de Leche.

EL AUDITOR GUBERNAMENTALEs el profesional con entrenamiento y experiencia, tanto en Contabilidad como en Auditora, cuyas labores las efecta para el Gobierno.

Las cualidades personales y responsabilidades del Auditor Gubernamental, son similares a las del Auditor Financiero independiente, ya que si bien la responsabilidad del Auditor Financiero es ante los accionistas, el Auditor Gubernamental es ante la ciudadana (que se puede considerar como accionistas del estado).

Por ser una especializacin que busca su categora, es objetivo del Auditor Gubernamental tratar de mejorar y adelantar su desarrollo profesional.

El Auditor Gubernamental se encuentra con una administracin financiera gubernamental bastante distinta de la gerencia comercial, lo mismo que la Contabilidad Gubernamental es distinta a la comercial.

Es pues necesario que el Auditor Gubernamental adems de sus conocimientos de contabilidad y auditora deba conocer el funcionamiento del gobierno en general, saber interpretar la legislacin y reglamentaciones gubernamentales, poder juzgar con acierto las transacciones relacionadas con el presupuesto y cualquier otro aspecto propio de la administracin Pblica.

AUTORIDAD PARA EFECTUAR LA AUDITORIA GUBERNAMENTALPara ser posible llevar a cabo una Auditora, es necesario as como todo trabajo organizado, tener una autoridad delegada.

Mientras en el sector privado la autoridad para efectuar una auditora resulta del convenio o contrato entre la Empresa y la firma de Auditores, en el Sector pblico, la autoridad se encuentra en las disposiciones legales.

La Ley Orgnica del Presupuesto Funcional, N 14816, en su art. 67 , designa al Organismo Superior de Control Presupuestal, que se encargue del control de la ejecucin del Presupuesto General de la Repblica y la gestin de las entidades que recauden o administren rentas o bienes del Estado.

El artculo 82 de la Constitucin Poltica del Estado seala que la C.G.R. es una entidad descentralizada de Derecho Pblico que goza de autonoma conforme a su ley orgnica. Es el rgano superior del S.N.C. Supervisa la legalidad de la ejecucin del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pblica y de los actos de las instituciones sujetas a control.

El Contralor General es designado por el Congreso a propuesta del Poder Ejecutivo por siete aos. Puede ser removido por el Congreso por falta grave y en su artculo 81 se seala a la C.G.R. como el organismo encargado de emitir un informe de Auditora de la Cuenta General de la Repblica.

IMPORTANCIA DEL CONTROL GUBERNAMENTALPara tener una mayor visin de la gran importancia que tiene la Auditora Gubernamental, podemos decir que facilita encontrar una efectiva direccin de las operaciones, las que permitir alcanzar los niveles deseados para la Administracin Pblica. Permitir tambin una efectiva coordinacin entre las funciones y las operaciones de las entidades auditadas, al verificar si las acciones se estn llevando de acuerdo al plan financiero, para as poder aplicar los correctivos necesarios a las irregularidades que se puedan encontrar.

Se podr comparar permanentemente los planes originalmente trazados, con las metas alcanzadas, para determinar a travs de las auditoras, algunas causas discrepantes que pudieran existir, ya que al describir las deficiencias o irregularidades, posibilita su correccin evitando al mismo tiempo esfuerzos intiles y la mala utilizacin de los recursos pblicos.

Con la aplicacin del presupuesto por programas y la aplicacin de sistemas administrativos de apoyo, nacen otros sistemas de control y no como en el presupuesto tradicional en donde se daba importancia solo a los montos que se gastaban y no as se prestaba atencin a los resultados obtenidos y mucho menos a la forma como se obtenan, es decir solo exista el control previo y el control posterior.El control no puede solo limitarse a descubrir irregularidades o deficiencias, sino que debe sealar medidas CORRECTIVAS para los errores detectados, siendo necesario que recaiga sobre aquello que justifique el gasto de su aplicacin, es decir debe existir ECONOMICIDAD y por ltimo los resultados de una Auditora deben ser elaborados en forma SENCILLA, para que puedan ser captados y entendidos por los funcionarios de la entidad auditada.

MBITO DE COMPETENCIAEl campo de accin de la Contralora General de la Repblica en su condicin de organismo central del Sistema Nacional de Control, comprende a las entidades que integran el Sector Pblico Nacional.DESIGNACIN DE SOCIEDADES DE AUDITORALas Entidades comprendidas en el SNC no podrn contratar a la misma SOA para que ejecute servicios de consultora, asesora y trabajos contables que deriben de las auditoras ejecutadas.No podrn contratar directamente para ejecutar auditoras y exmenes especiales sin autorizacin de la CGR.

OBJETIVOS DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTALDentro de los objetivos de la Auditora Gubernamental podemos citar los siguientes:1.Es necesario tener presente que la Auditora Gubernamental va para promover mejoras y reformas constructivas en las operaciones financieras gubernamentales. 2. Evaluar la correcta utilizacin de los recursos pblicos, verificando el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias.3.Determinar las responsabilidades administrativas y fiscales u otras irregularidades que se puedan encontrar, aportando la evidencia suficiente para as poder formar la base de los juicios ya sean estos administrativos, civiles o penales. 4.Determinar si todas las rentas e ingresos obtenidos de las operaciones pblicas han sido cobrados y adecuadamente contabilizados.5. Determinar el grado en que se han alcanzado los objetivos previstos y los resultados obtenidos en relacin a los recursos asignados y al cumplimiento de los planes y programas aprobados por la entidad bajo examen.6. Tambin tiene como objetivo ver si los programas, actividades y proyectos han sido llevados a cabo y si los gastos han sido efectuados de manera transparente, efectiva, eficiente y econmica de acuerdo con las leyes y reglamentos vigentes, poniendo nfasis en la verificacin del cumplimiento de la Ley del Presupuesto correspondiente al ao del ejercicio por auditarse.7.Determinar si el sistema financiero cumple con los principios, normas, mtodos y requisitos prescritos; normas sobre control tanto interno como externo, contabilidad, presupuestos, activos fijos, etc.8.Determinar el grado de confiabilidad que se puede tener en los estados e informes financieros. 9.Dictaminar sobre si los estados financieros examinados presenta razonablemente la situacin financiera y resultados de operaciones.10.Comprobar si las operaciones administrativas y financieras se han efectuado de conformidad con los dispositivos legales en vigencia, principios contables y de administracin.

11.Determinar si las reas funcionales de la entidad vienen operando con eficiencia, efectividad, y economa y cumplen con las normas directivas emanadas de los sistemas administrativos (personal, contabilidad, presupuesto, abastecimiento, tesorera, etc.).12.Verificar el cumplimiento de los objetivos y metas programadas, como consecuencia de una correcta gestin y utilizacin de los recursos pblicos dentro de los objetivos y planes de la entidad.13.Determinar el grado de confiabilidad de los controles internos a efectos de determinar la naturaleza, extensin y alcance de los procedimientos de auditora y recomendar mejoras.14.-Revelar las desviaciones y/o anormalidades suscitadas en la gestin administrativa y financiera de la entidad, a efectos de que se adopten las medidas correctivas pertinentes y/o se apliquen las sanciones correspondientes.15.-Fortalecer el sistema de control interno de la entidad bajo examen.

OBJETIVOS DE LA AUDITORIA DE GESTINEn las Auditoras de Gestin anuales, que abarcan todas las reas crticas, se define como objetivos los siguientes:1.- Recomendar mejoras significativas. Soluciones prcticas a problemas y/o sugerencias para cambios dirigidos a aumentar la eficiencia, eficacia y economa en las operaciones.2.- Determinar el grado de confiabilidad del sistema de control interno.3.- Comprobar la observancia de las polticas, normas, procedimientos, etc. Prescritos al perseguir el logro de los objetivos y metas.4.- Revisar la manera en que los servidores descargan sus responsabilidades.5.- Averigua el logro de los objetivos y metas programadas o determinar las causas de no lograrlos.6.- Evaluar el rendimiento y/o productividad de las unidades y servidores.7.- Determinar si los objetivos, metas, planes, polticas, estrategias, normas, organizacin, procedimientos son adecuados.8.- Establecer el grado de utilidad de la informacin gerencial al proceso de toma de decisiones.9.- Revisar las medidas tomadas para salvaguardar y evitar el desperdicio de los recursos.10.- Identificar duplicaciones de esfuerzos y falta de coordinaciones.11.- Eliminar unidades, funciones y tareas obsoletas o de poca o ninguna importancia.12.- Averiguar el uso ineficiente o anti econmico de equipos u otros recursos.13.- Divulgar procedimientos ineficaces o de costos injustificables.14.- Determinar exceso o deficiencia de personal necesario.15.- Evaluar el flujo adecuado de los recursos financieros necesarios incluyendo tanto la inversin de fondos ociosos y la disponibilidad de fondos en prstamos cuando sea necesario.16.- Averiguar sobre la acumulacin de cantidades excesivas o innecesarias de materiales y suministros.17.- Informar a la gerencia sobre todo hallazgo significativo.

AUDITORA GUBERNAMENTALSe debe efectuar de acuerdo a las NAGU y disposiciones especializadas emitidas por la CGR, aplicando las tcnicas, mtodos y procedimientos establecidos por la profesin del contador pblico.

NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL - NAGU(R.C. N 162-95-CG DE 22.09.95, R.C. N 246-95-CG DE 28.12.95, R.C. N 112-97-CG DE 20.06.97, R.C. N 141-99-CG DE 25.11.99, N259-2000-CG DE 07.12.2000, N 012-2002-CG DE 21.01.2002 Y R.C. N 309-2011-CG DE 29.10.2011).

PRESENTACINPRLOGOI.INTRODUCCINII.MARCO CONCEPTUALIII.NORMAS DE AUDITORIA GUBERNAMENTAL1.NORMAS GENERALES1.10Entrenamiento Tcnico y Capacidad Profesional 1.20 Independencia 1.30 Cuidado y Esmero Profesional1.40 Confidencialidad1.50 Participacin de Profesionales y/o Especialistas1.60Control de Calidad

2. NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACION DELA AUDITORIA GUBERNAMENTAL2.10 Planificacin General2.20 Planeamiento de la Auditora2.30 Programas de Auditora2.40Archivo Permanente3.NORMAS RELATIVAS A LA EJECUCION DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTAL3.10 Evaluacin de la Estructura del Control Interno3.20Evaluacin del Cumplimiento de Disposiciones Legales y Reglamentarias3.30 Supervisin del Trabajo de Auditora3.40Evidencia Suficiente, Competente y Relevante3.50 Papeles de Trabajo3.60 Comunicacin de Hallazgos 3.70Carta de Representacin 4.NORMAS RELATIVAS AL INFORME DE AUDITORIAGUBERNAMENTAL4.10 Elaboracin del Informe4.20 Oportunidad del Informe4.30 Caractersticas del Informe4.40 Contenido del Informe4.50Informe Especial 4.60Seguimiento de Recomendaciones de Auditoras Anteriores

NAGU. 1. NORMAS GENERALESLa normas que conforman este grupo se relacionan con las cualidades y calificaciones del auditor y la calidad de su trabajo.

Estas normas que se aplican tambin para la ejecucin del trabajo y la preparacin del informe, se refieren al entrenamiento tcnico y capacidad profesional, independencia, cuidado y esmero profesional, confidencialidad, participacin de profesionales y/o especialistas, y control de calidad.

NAGU. NAGU 1.10 ENTRENAMIENTO TECNICO Y CAPACIDAD PROFESIONALEl auditor gubernamental debe poseer un adecuado entrenamiento tcnico, la experiencia y competencia profesional necesarios para la ejecucin de su trabajo.

El entrenamiento tcnico constituye la preparacin en las tcnicas de auditora y la constante actualizacin profesional, as como el desarrollo de habilidades necesarias para asegurar la calidad del trabajo de auditora.

A fin de lograr el cumplimiento de esta Norma, los rganos conformantes del Sistema Nacional de Control, deben promover y realizar programas de capacitacin en tcnicas necesarias para garantizar la capacidad e idoneidad profesional del personal que participa en el proceso de la auditora gubernamental.

La competencia profesional es la cualidad que caracteriza al auditor por el nivel de idoneidad y habilidad profesional que ostenta para efectuar su labor acorde con los requerimientos y exigencias que demanda el trabajo de auditora.NAGU. NAGU 1.20 INDEPENDENCIAEl auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de la entidad examinada y se mantendr libre de cualquier situacin que pudiera sealarse como incompatible con su integridad y objetividad.

La independencia de criterio es la cualidad que permite apreciar que los juicios formulados por el auditor estn fundados en elementos objetivos de los aspectos examinados.

El auditor deber considerar no solamente si es independiente y si sus actitudes y actividades le permiten proceder de acuerdo a ello, sino tambin si existe motivo que pudiera dar lugar a que otros cuestionaran su independencia.

Deber abstenerse de participar en la realizacin de una auditora en caso de incompatibilidad o conflictos de inters manifiestos.

El auditor estar libre de impedimentos personales y profesionales para garantizar una labor imparcial y objetiva en la entidad examinada. Se halla impedido de participar en la ejecucin de acciones de control en la entidad donde haya laborado anteriormente y que comprendan reas y/o aspectos en los cuales intervino o particip directa o indirectamente.

El auditor gubernamental se encuentra impedido de recibir beneficios en cualquier forma, para s o para otro, proveniente de personas naturales o jurdicas vinculadas a la entidad en la cual se efecta la accin de control.

Tampoco deber realizar actividad poltica partidaria durante el ejercicio funcional del cargo ni emitir opinin, intervenir o participar en actos de decisin, gestin o administracin de la entidad donde realice su examen.

En los rganos conformantes del Sistema Nacional de Control se establecern los mecanismos adecuados que cautelen debidamente la independencia del auditor, que incluyan la presentacin de una manifestacin personal de Independencia.NAGU 1.30 CUIDADO Y ESMERO PROFESIONALEl auditor debe actuar con el debido cuidado profesional a efectos de cumplir con las normas de auditora durante la ejecucin de su trabajo y en la elaboracin del informe.El debido cuidado y esmero profesional significa emplear correctamente el criterio para determinar el alcance de la auditora y para seleccionar los mtodos, tcnicas y procedimientos de auditora que habrn de aplicarse en ella.

Implica tambin que basndose en su buen juicio, aplique correctamente las pruebas y dems procedimientos de auditora y evale los resultados para la preparacin del informe correspondiente.

El auditor adquiere la capacidad, madurez de juicio y habilidad necesaria a base de la prctica constante, bajo supervisin adecuada y entrenamiento permanente.

Los niveles jerrquicos superiores cautelarn que el personal a su cargo mantenga un desempeo y conducta funcional acorde con las normas que rigen el Sistema Nacional de Control. En caso de apreciar un incumplimiento o transgresin debern informar a los funcionarios competentes sobre dichos actos a fin que se apliquen las correspondientes medidas correctivas.

NAGU. 1.40 CONFIDENCIALIDADEl auditor gubernamental debe mantener absoluta reserva respecto a la informacin que conozca en el transcurso de su trabajo.

La confidencialidad conlleva mantener estricta reserva respecto al proceso y los resultados de la auditora, no revelando los hechos, datos y situaciones que sean de conocimiento del auditor por el ejercicio de su actividad profesional.

Slo podr acceder a la informacin relacionada con el examen, el personal vinculado directamente con la direccin y ejecucin del trabajo de auditora.

En los rganos conformantes del Sistema Nacional de Control se establecern polticas orientadas a asegurar la debida confidencialidad. Esta obligacin subsistir an despus de cesar en sus funciones.

El auditor gubernamental debe desarrollar sus actividades profesionales de acuerdo a los correspondientes Cdigos de tica Profesional.

NAGU 1.50 PARTICIPACION DE PROFESIONALES Y/O ESPECIALISTASIntegrarn el equipo de auditora, en calidad de apoyo, los profesionales y/o especialistas que ejercen sus actividades en campos diferentes a la auditora gubernamental, cuando sus servicios se consideren necesarios para el desarrollo del examen. De ser pertinente, los resultados de sus labores se incluirn en el Informe o como anexos al mismo.

Los profesionales y/o especialistas, son personas naturales o jurdicas, que poseen idoneidad, conocimiento y experiencia en determinado campo tcnico distinto al ejercicio de la auditora gubernamental, cuyos servicios podrn ser utilizados de acuerdo a los objetivos y alcance del examen.

Cuando se requiera el trabajo del indicado personal de apoyo especializado, el auditor, previamente a su incorporacin, debe cerciorarse de su competencia y habilidad en sus respectivas especialidades.

Ejercern su labor bajo la direccin del auditor encargado, estando obligados, bajo responsabilidad, a sujetar su accionar a las normas de auditora gubernamental en lo que resulte aplicable.

Peridicamente presentarn avances de su trabajo, debiendo al trmino del mismo alcanzar un Informe documentado, que incluya las respectivas conclusiones, observaciones y recomendaciones, en concordancia con los objetivos del examen y la normativa vigente.

NAGU. 1.60CONTROL DE CALIDADLos rganos conformantes del Sistema Nacional de Control y las Sociedades de Auditora designadas, que ejecuten Auditora Gubernamental de acuerdo con estas normas deben establecer y mantener un adecuado sistema de control de calidad que permita ofrecer seguridad razonable que la Auditora se ejecuta en concordancia con las Normas de Auditora Gubernamental, el Manual de Auditora Gubernamental y las Guas de Auditora.

El control de calidad es el conjunto de polticas y procedimientos, as como los recursos tcnicos especializados para cerciorarse que las auditoras se realizan de acuerdo con las Normas de Auditora Gubernamental, el Manual de Auditora Gubernamental y las Guas de Auditora.

CONTROL DE CALIDAD INTERNOLa Contralora General de la Repblica, los Organos de Auditora Interna, conformantes del Sistema Nacional de Control, y las Sociedades de Auditora designadas, deben establecer un apropiado sistema de control de calidad interno que permita obtener una razonable seguridad de haberse establecido polticas y procedimientos, respecto a:a)Controles generales de calidad, relativos al desarrollo de instrumentos tcnicos normativos bsicos para la ejecucin de la auditora gubernamental; seleccin, capacitacin y entrenamiento de los auditores; y cualidades personales.b) Controles durante el desarrollo de la auditora, relativos a la supervisin sobre el trabajo delegado en personal idneo; direccin sobre el equipo de trabajo, con instrucciones adecuadas; e inspeccin respecto al grado de aplicacin de los procedimientos diseados para mantener la calidad de los trabajos de auditora.c) Controles despus de culminada la auditora, relativos al establecimiento de polticas y procedimientos para confirmar que los procedimientos de control de calidad han funcionado en forma satisfactoria y asegurar la calidad de los informes. CONTROL DE CALIDAD EXTERNOLa Contralora General de la Repblica, adoptar las polticas y procedimientos que permitan efectuar peridicamente el control de calidad externo de los rganos de Auditora Interna y las Sociedades de Auditora designadas.

El Control de Calidad Externo, debe incluir entre otros, la revisin de los informes de auditora y los correspondientes papeles de trabajo, as como, la idoneidad de los programas de capacitacin y entrenamiento.

Las Sociedades de Auditora designadas que, de acuerdo con sus polticas internas, se encuentran sujetas a revisiones de control de calidad externa, pondrn a disposicin a requerimiento de la Contralora General de la Repblica, constancia del resultado de la supervisin correspondiente.

TCNICAS DE AUDITORASon los mtodos prcticos de investigacin y prueba que el Auditor utiliza para lograr la evidencia necesaria para fundamentar su opinin.

Dependiendo de la forma en que el Auditor las aplica, la podemos clasificar en :

1.- Tcnicas oculares1.1.-COMPARAR.- Observar la similitud o diferencia de los dos conceptos.1.2.- OBSERVAR.- Examinar ocularmente.1.3.-REVISAR SELECTIVAMENTE.- Examinar ocularmente con rapidez con fines de separar asuntos no tpicos o normales.1.4.-RASTREAR.- Seguir una operacin o transaccin de un punto a otro dentro de su procedimiento contable para determinar su registro correcto.

2.-Tcnicas verbales2.1.-INDAGAR.- Obtener informacin verbal a travs de averiguaciones y conversaciones.2.2.- Conferencia: Consiste en sostener reuniones en diferentes fases del examen con gerentes o jefes de reas para percibir el ambiente de control, obtener sus impresiones sobre las observaciones y posibles aclaraciones, as como el grado de aceptacin de las recomendaciones.

3.-Tcnicas escritas 3.1.- ANALIZAR.- Separar en elementos o partes3.2- CONCILIAR.- Hacer que concuerden dos conjuntos de datos, separados e independientes.3.3.- CONFIRMAR O CIRCULARIZAR.- Obtener comprobacin por escrito completamente independiente.Pueden ser de dos tipos: Positiva Pide respuesta Directa, se seala los datos Indirecta, se pide los datos Negativa No pide respuesta, solo se contesta en caso de inconformidad.3.4. Comprobar: Examinar fundamentando la evidencia que apoya a una transaccin u operacin a la verificacin de un asiento, demostrando autoridad, legalidad.3.5.- Computar: Verificar la exactitud matemtica de las operaciones o efectuar clculos.3.6.-Examinar: Investigar, inspeccionar o comprobar la exactitud.3.7.-Encuesta: Recoleccin sistemtica de datos mediante el uso de cuestionarios de preguntas que requieren respuestas o descripcin de funciones y actividades.3.8.- Declaraciones: Manifestaciones por escrito con la firma del interesado.4.-Tcnicas de revisin4.1.- COMPROBAR.- Examinar fundamentando la evidencia, verificar un asiento, demostrando autoridad y legalidad.

4.2.-COMPUTAR.- Verificar la exactitud matemtica de las operaciones, efectuar clculos.4.3.- Totalizar: Verificar la exactitud de los sub-totales y totales verticales u horizontales.4.4.- Verificar: Probar la veracidad o exactitud de un hecho.4.5.- Revisin Analtica: Estudio y evaluacin de informacin financiera, utilizando comparaciones.5.-Tcnicas combinadas5.1.- INSPECCIONAR.- Examinar fsica y ocularmente.

SISTEMA NACIONAL DE CONTROLFUNCIONES DEL SISTEMA NACIONAL DE CONTROL Con la vigencia de la Carta Magna en Julio de 1980, se reconoce a la Contralora General de la Repblica, su importancia como organismo autnomo y central del Sistema Nacional de Control.

Conforme a su ley de creacin el Sistema Nacional de Control orienta su accionar, no slo a la realizacin de auditoras de regularidad, es decir, el examen de la legalidad de las operaciones, sino igualmente comprende el ejercicio de las auditoras de gestin, es decir si el gasto pblico se efecta con eficiencia, eficacia, economa y transparencia, cuyo nfasis se dirige a los procesos de planeamiento, organizacin, direccin y control administrativo interno, con el propsito de establecer los niveles de eficacia y eficiencia de la gestin pblica.

Para asegurar su funcionamiento el Sistema dispone de tres elementos fundamentales : - los organismos que lo conforman, - la normatividad legal y -los medios tcnicos para su realizacin.

Contralora General de la Repblica, a nivel Nacional ConstitucinPoltica y Ley 27785

rganos de Leyes Org-AuditorasAuditora nicas de Ent.ejecutadas porInterna Gob. CentralOAI del Sistema.* Inspectora Regional Inst. Pub. y RegionalOrg. Auton.* Inspectora Sectorial Ley General Ministerial de Sociedades* OAI Institu- Ley de Empresascional Estatales. Normas de Sistemas Administrativos. Normas de Auditora Gubernamental.

Las acciones que llevan a cabo los rganos de Auditora Interna son independientes de las tareas de control previo y concurrente, cuya responsabilidad es exclusiva de los funcionarios de cada entidad pblica, como actividades inherentes a los procesos de direccin y gerencia.Este accionar sistemtico hace posible que los Informes de Auditora que emiten los rganos de Auditora Interna del Sistema, sean puestos en conocimiento de los titulares de la propia entidad para los fines de ley, as como de la Contralora General de la Repblica quien en su condicin de organismo superior efecta el control de calidad sobre tales informes y al mismo tiempo el seguimiento del proceso de adopcin de correctivos que es competencia de los funcionarios a cargo de las reas examinadas en sus entidades.

El Sistema Nacional de Control, consiste en comprobar si todo ocurre conforme a lo programado, a las ordenes dadas y a determinados principios con el objeto de sealar las faltas y los errores con el fin de superarlos y evitar que se vuelvan a repetir.

Es la accin aplicada a verificar si los planes trazados y los resultados previstos se cumplen y que por su naturaleza sistemtica permite a los niveles superiores poder disponer de una informacin continua acerca de los resultados de las operaciones.

Desde el momento que se aprueban los recursos que las diferentes entidades del Sector Pblico precisan para solventar sus gastos, los que les permiten desarrollar las actividades a efecto de alcanzar sus metas y objetivos que deben encontrarse en el Presupuesto, nace el control, el cual no solo debe estar orientado a la ejecucin de los gastos y los ingresos, sino que tambin es necesario realizar un anlisis del avance de las operaciones realizadas, comparndolas con las metas originalmente previstas, explicando cualquier discrepancia que pueda descubrir.

Tradicionalmente este control fue destinado solo al aspecto financiero, verificando la legalidad del gasto a fin de evitar malversaciones o despilfarros.

Postulados bsicos de la Auditora Gubernamental

Postulado N 1.- Autoridad legal para ejercer las actividades de auditora gubernamental

AUTORIDAD PARA EFECTUAR LA AUDITORIA GUBERNAMENTALPara ser posible llevar a cabo una Auditora, es necesario as como todo trabajo organizado, tener una autoridad delegada.

Mientras en el sector privado la autoridad para efectuar una auditora resulta del convenio o contrato entre la Empresa y la firma de Auditores, en el Sector pblico, la autoridad se encuentra en las disposiciones legales.

Postulado N 2.- Aplicabilidad de las Normas de Auditora Gubernamental (NAGU)Las NAGU son criterios que determinan los requisitos de orden personal y profesional del auditor, y se orientan a uniformar el trabajo de la auditora gubernamental y obtener resultados de calidad.

Las NAGU deben ser cumplidas por la Contralora General de la Repblica y rganos de Auditora Interna de las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control; as como por el personal de las Sociedades de Auditora Independiente cuando son designadas para el desarrollo de la auditora gubernamental.Su incumplimiento conlleva responsabilidad administrativa, sin perjuicio de responsabilidades de distinta naturaleza que pudieran derivarse.

Postulado N 3.- Importancia RelativaSe considera importancia relativa a la magnitud o naturaleza de un monto errneo, incluyendo una omisin en la informacin que, sea individualmente o en total, conforme a las circunstancias, hace probable que se vea influenciado el juicio razonable de una persona que confa en la informacin, o que su decisin sea afectada como consecuencia de tales errores omisiones.

Postulado N 4.- La auditora gubernamental se dirige a la mejora de las operaciones de las entidadesLa auditora gubernamental propende a mejorar la administracin pblica, orientando con medidas efectivas, eficientes y econmicas que eleven el desempeo y la calidad de los servicios de las entidades del Estado, evitando la reiteracin de circunstancias adversas reveladas por la auditora.

Postulado N 5.- Juicio imparcial de los auditores

Postulado N 6.- El ejercicio de la auditora gubernamental impone obligaciones profesionales a los auditores. Los auditores deben conservar su independencia y objetividad. El Cdigo de tica Profesional constituye un grupo de reglas que resultan obligatorias en funcin del vnculo jurdico que las une. Las reas de obligacin profesional son cubiertas por la Ley del Sistema Nacional de Control, las Normas de Auditora Gubernamental y las directivas emanadas por la C.G.R.

Postulado N 7.- Acceso a todo tipo de informacin pblica. Los auditores gubernamentales tienen la autoridad para exigir la presentacin de evidencias y tomar declaraciones, adems, tienen un mecanismo de coordinacin con funcionarios de la entidad auditada, cuando la situacin lo amerita. La C.G.R. tiene la facultad de acceder en cualquier momento y sin limitacin a los registros, documentos e informacin de las entidades del sector pblico, aun cuando sean secretos.

Postulado N 8.- Aplicacin de la materialidad en la auditora gubernamental

Postulado N 9.- Perfeccionamiento de los mtodos y tcnicas de auditora

Postulado N 10.- Existncia de controles internos apropiados

Postulado N 11.- Las operaciones y contratos gubernamentales estn libres de irregularidades y actos de colusinEl Estado asume como premisa que sus servidores son honestos en ausencia de evidencia en contrario. Tiene que inculcar valores ticos y honestidad a sus servidores.

Postulado N 12.- Respondabilidad y Auditora GubernamentalRespondabilidad, es el deber de los funcionarios o empleados de rendir cuenta ante una autoridad superior y ante el pblico por los fondos o bienes del Estado a su cargo y/o por una misin objetivo encargado y aceptado. Constituye un concepto que tiene una relacin directa con la moral del individuo que gua su propia conciencia y se refleja en las creencias y compromisos sociales, culturales, religiosos, fraternales, cvicos e ideolgicos, adquiridos durante su existencia.Por ser el control aplicable a todas las entidades del sector Pblico Nacional de acuerdo con la naturaleza de ellas, debe tener el principio de la GENERALIDAD, el mismo que deber aplicarse en el momento OPORTUNO para lo cual se establecer un plan de accin que permita la comparabilidad con la gestin estatal, ya que es necesario descubrir los efectos en el momento PRECISO, para poder aplicar los correctivos respectivos.

Adems el control debe abarcar la INTEGRIDAD de la gestin de las entidades auditadas, es decir el plan financiero y los sistemas administrativos, el mismo que debe ser FLEXIBLE, ya que por ser el Presupuesto una tcnica de probabilidades, est sujeto a circunstancias cambiantes.

UNIDAD II

FASE DE PLANEAMIENTO

CONTENIDOS PROCEDIMENTALESUtiliza una matriz para analizar los pasos del modelo del Proceso de formulacin del planeamiento proponiendo las actividades necesarias para el aprendizaje significativo.

DIAGRAMA DE CONTENIDOS UNIDAD II

FASE DE PLANEAMIENTO

PLANIFICACIN GENERAL

PLANEAMIENTO AUDITORA

PROGRAMA DE AUDITORA

ARCHIVO PERMANENTE

PLANEAMIENTO DE LA AUDITORIA GUBERNAMENTALLa Planificacin es uno de los elementos importantes para el xito de una accin de control, llmese esta Auditora o Examen Especial

CONCEPTO E IMPORTANCIAEstablecer previamente la estrategia a seguir en cuanto a:

Qu es lo que va hacer? En qu oportunidad se va hacer? Cmo se va realizar? Quin lo va efectuar?

El planeamiento es un plan de accin.

La planeacin es importante en todo tipo de trabajo profesional ya que sin ello no se podra obtener calidad.

Las fases de la Auditora de Gestin son:1.- Estudio preliminar. Tiene el propsito de obtener informacin general sobre la entidad o empresa, su marco legal, antecedentes, organizacin y operaciones.2.- Revisin de los objetivos, polticas y normas, Busca lograr el entendimiento de la autoridad, responsabilidad, propsitos, mtodos de financiamiento y metodologa empleada por la empresa o entidad al efectuar sus operaciones.3.- Revisin y evaluacin del control internoIdentifica las reas crticas de operaciones que merecen examenms profundo.4.- Examen detallado de las reas crticas Permite el desarrollo de los hallazgos.5.- Comunicacin de los resultados Presenta por escrito los resultados de la Auditora.

Conocimiento de la EntidadSe profundizar en el conocimiento de la informacin general ya recopilada para definir el marco de accin, con el objeto de obtener la siguiente informacin de detalle: objetivos operativos de la organizacin y sus principales unidades polticas generales y de cada rea estrategias y tcticas en uso utilizacin de ndices de gestin nombre y caractersticas de sus principales ejecutivos estructura formal de la organizacin estructura informal y caractersticas del personal de la organizacin estado de la relacin entre el personal y la gerencia estructura de los sistemas de informacin y de comunicaciones productos y servicios que fabrica y/o comercializa canales de distribucin volmenes de produccin y/o de compras y ventas por productos y servicios mrgenes de contribucin ubicacin geogrfica de las plantas clasificacin y ubicacin de los clientes

caractersticas del mercado y naturaleza de la competencia nivel de inventarios tipos de procesamiento de la informacin utilizada sistemas de autorizaciones por nivel nivel y estructura del endeudamiento toda otra informacin relevante

El auditor debe observar en forma directa la marcha del ente auditado. Para ello realizar:Entrevistas con Ejecutivos de Lnea y Empleados.Verificacin OcularSe utilizar esta tcnica para visualizar los procesos productivos, los productos, las plantas productivas, computadoras, como asimismo para corroborar la existencia de los bienes.Otras Fuentes de Informacin:Debern revisarse y profundizarse otras fuentes, tales como: leyes y reglamentos especficos actas de directorio, juntas o comits revisin de escrituras manuales de organizacin y procedimientos manuales de funciones o descriptivos de cargos organigramas informacin del rea de recursos humanos o relaciones industriales memorias y balances informes de costos informes de gestin informes de cumplimiento de metas o ejecucin presupuestal. informes de auditora interna informes de auditora anteriores

PLANIFICACION GENERAL

En la Auditora Gubernamental, todos los rganos de Auditora Internaque conforman el Sistema Nacional de Control, incluyendo a la ContraloraGeneral de la Repblica, estn obligados a planificar sus actividades de auditoraa travs de sus Planes Anuales de Auditora Gubernamental, de acuerdo alos criterios de materialidad, economa, objetividad y oportunidad.

El Contralor General de la Repblica es quien dicta los lineamientos de poltica que rigen la planificacin de la Auditora Gubernamental en armona con los Planes y Programas de Desarrollo Nacional y aprueba los Planes Anuales de Auditora de las entidades sujetas al sistema.

Este Plan Anual de Auditora Gubernamental, contiene todas las actividades deauditora a ejecutarse en las reas o entidades comprendidas en el mbito delO A I que lo presenta. Su carcter es de naturaleza reservada, siendo deobligacin del personal vinculado a estas acciones de auditora, mantener unaabsoluta confidencialidad de su contenido.

As mismo los Planes Anuales de Auditora Gubernamental deben ser flexibles afin de permitir cambios que debidamente autorizados, se puedan efectuar deacuerdo a las circunstancias.

La Estructura y lineamientos de poltica y Directiva marco de formulacin,ejecucin y evaluacin del Plan Anual de Auditora Gubernamental y Seguimientode Medidas Correctivas, es aprobada por la Contralora General de laRepblica mediante la Resolucin de Contralora.

NAGU. NORMAS RELATIVAS A LA PLANIFICACION DELA AUDITORIA GUBERNAMENTALEste grupo de normas tiene por objeto establecer los criterios tcnicos generales que permitan una apropiada planificacin de la auditora en entidades sujetas al Sistema Nacional de Control, a fin de alcanzar los objetivos propuestos.

Las normas que se presentan en los acpites siguientes, se refieren a: Planificacin general, planificacin especfica, programas de auditora y archivo permanente.

NAGU. 2.10 PLANIFICACION GENERAL La Contralora General de la Repblica y los rganos de Auditora Interna conformantes del Sistema Nacional de Control, planificarn sus actividades de auditora a travs de sus Planes Anuales, aplicando criterios de materialidad, economa, objetividad y oportunidad, y evaluarn peridicamente la ejecucin de sus planes.

El Plan Anual de Auditora Gubernamental, es el documento que contiene el conjunto de actividades de auditora y el universo de entidades y/o reas, segn corresponda, a examinar durante el perodo de un ao y ser elaborado en concordancia con las polticas y disposiciones establecidas por la Contralora General de la Repblica.

El citado Plan es de naturaleza reservada, para cuyo efecto los niveles pertinentes adoptarn medidas cautelatorias siendo obligacin del personal vinculado con las acciones de auditora, mantener una absoluta confidencialidad de su con